Mostrando las entradas para la consulta Jayme Urgel ordenadas por relevancia. Ordenar por fecha Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas para la consulta Jayme Urgel ordenadas por relevancia. Ordenar por fecha Mostrar todas las entradas

domingo, 26 de julio de 2020

CAPÍTULO LIX.

HISTORIA DE LOS CONDES DE URGEL.

CAPÍTULO LIX.

Vida de don Armengol de Cabrera, XVI conde de Urgel. - Estado del condado de Urgel cuando murió el conde don Álvaro. - El conde de Foix trata de que el conde Armengol cobre el condado de Urgel, y déjase de hacer, por estar el conde en desgracia del rey.
- De las disensiones que hubo entre el rey y los condes de Urgel y otros señores de Cataluña. - De los servicios hizo el conde de Urgel al rey don Pedro, pasando a África, hasta tomar el reino de Sicilia. - De lo que pasó entre el rey y el conde don Armengol, sobre algunas pretensiones tenía el rey en los estados del conde. - De algunas cosas particulares del conde y condado de Urgel. - De la muerte y testamento del conde Armengol, y fundación del convento de Predicadores de la ciudad de Balaguer.

Muerto don Álvaro, quedó el condado de Urgel en el más mísero e infeliz estado que jamás se hubiese visto, lleno de confusión y división. El rey don Jaime, que después de haber tomado las tenencias de los castillos se quedó son (con) ellos, tenía ocupado casi lo mejor de él, y los pueblos y castillos más principales. Don Álvaro murió empeñado, cargado de inumerables deudas y obligaciones; era su recámara pobre y poca, y las rentas de los estados tenía en Castilla se cobraban con dificultad, y los acreedores, que eran muchos, pedían su dinero, y no había de dónde acudirles, y el rey no quería por entonces pagar na*
Guerau de Cabrera, vizconde de Cabrera, hermano * conde, que era de edad de veinte y cuatro años, decía * él era conde de Urgel, y que le competía aquel estado * el testamento de su padre, que había hecho muchos gra* de substitución, y entre otros, que muriendo su hijo segundo, que él llamaba Rodrigo, sin hijos varones de legítimo matrimonio, fuese heredero Guerau, su cuarto hijo, * había nacido poco antes que muriera el padre, porque *cia que don Armengol y don Alfonso no eran legítimos, * tenían derecho ni podían suceder en el condado de Urgel * y él les había de ser preferido; pero el rey poseía en sí * aquel estado o lo mejor de él, y don Guerau, que no te* posibilidad de pagar las muchas deudas de padre y herma* no continuó su pretensión. El rey, por mejor asegurarse en el condado, y por dar satisfacción a los que era justo * fuesen pagados, fue pagando 
lo que le pareció legítimamente deberse, que era mucho y pasaba más de doscientos cincuenta mil sueldos, que era más que ahora doscientos cincuenta mil ducados; porque hallamos en memorias * estos tiempos ser grande el valor de la moneda, por ha* poca y estimarse mucho, de donde se originaba el * barato de las cosas, porque de aquello que hay más abundancia se hace menos estima, y mucha de lo que * poco: por eso en estos tiempos un par de capones, según parece en registros y tarifas antiguas, valía diez y ocho dineros, un par de gallinas diez y seis dineros, un par de perdices ocho dineros, un par de xíxelles cuatro dineros, una liebre ocho dineros, un par de tórtolas cuatro dineros, y el cuarto del mejor carnero diez y ocho dineros, y un *cabrito lo mismo; y a ese precio estaban tasados estos mantenimientos en Barcelona; y el real era del mismo metal, peso, cuño y quilate que es el día de hoy; y este barato tan grande no era solo en Barcelona y Principado de Cataluña, pero aun en Castilla era lo mismo. Refiere el padre Mariana, que en el año 1239 se padecía en Córdoba mengua de mantenimientos, y valía la hanega de trigo doce maravedis, que, según la cuenta y averiguación del maestro Ambrosio de Morales, eran cuatro reales, porque el maravedí antiguo valía poco más que once de los de ahora, y tres maravedís antiguos hacían un real del mismo peso y quilate que es el día de hoy; así que vale el real castellano treinta y cuatro maravedís de los de ahora y tres de los antiguos, y la hanega de la cebada tres, que es un real y un maravedí de ahora, y esto en aquel tiempo se tenía por grande y subido precio; y en una hambre que hubo el año de 1228 en Cataluña, lo que se padecía era igual a lo que se padece en largos cercos: valía la cuartera del trigo veinte y ocho reales, que era un precio excesivo y muy extraordinario, y lo cuentan por cosa en aquellos tiempos no vista ni oída; y esto no solo pasaba en los tiempos que digo, pero en los años después era lo mismo. González de Ávila, en su historia de Salamanca, refiere el barato que había en el año 1415 en aquella ciudad, donde la hanega de trigo valía diez maravedís, el arrael de la vaca dos maravedís, y otro tanto el azumbre del vino. ¡Dichoso tiempo en que tanta abundancia había de mantenimientos y tan grande era el valor del dinero! Quisiera que consideraran esto algunos de levantado espíritu, que hacen escarnio y menosprecio cuando oyen hablar del gasto de los reyes y señores de aquellos tiempos y de lo que daban de dote a sus h*teniéndolo por bajeza y mengua, sin considerar la falta * oro y de plata que había, y el valor tan subido en que *taba entonces este metal, y que no acudían las flotas * las Indias con la abundancia y facilidad que hoy vien* porque pasaron muchos años antes que no se descubr* aquel nuevo mundo; y es muy verisímil que si el comer* de las Indias cesaba, o por acabarse las minas, o faltar * que trabajan en ellas, o por cualquier accidente, volve*mos al mismo tiempo de los romanos; y si queremos ir * atrás, en tiempo de Salomón era grande la copia de oro y plata que corría por sus señoríos, y las cosas se vendían * caras; pero después cesó todo eso, y los tiempos se m*ron, por faltar los minerales y los que trabajaban en * y vino a haber tanta carestía de oro y de plata y barat* mercaderías, como lo conocerá el que con atención le* las historias antiguas y modernas, y viere los autos y *tratos de unos siglos y otros. 

Volviendo, pues, a nuestra historia, digo, que * que murió el conde don Álvaro, los ejecutores de su testamento, que eran Jaime de Cervera, A. de Fluvia, abad de Fontfreda y antes de Poblet, y Juan, abad * Nuestra Señora de Bellpuig, tomaron posesión de los *estados de don Álvaro, para pagar lo que debía; pero por estar * pueblos más principales en poder del rey, se vieron * imposibilitados de poder acudir a las obligaciones del *difunto, y defender el condado y vizcondado de tantos *ensores como cada día salían, y por esto le renunciaron * favor del rey, con obligación y promesa de pagarse de * doscientos cincuenta mil sueldos que se le debían, y que * salían otros acreedores del conde, o se hubiese de pagar algo de las pías causas dejadas en su testamento o de su padre, lo cumpliría, según lo ordenarían los dichos ejecutores, y que luego que fuese pagado y satisfecho de todo, restituiría los estados e aquellos a quien de derecho pertenecieren.
Obligóse el rey a recuperar a sus costas los castillos y lugares del dicho condado, y que le fuesen pagadas solo las costas hiciere en la guarnición de los tales castillos y no más.
Esto pasó en Aljecira a 4 de los idus de marzo del año de la Encarnación 1267; y prometió que haría que el infante don Pedro, su hijo, lo firmase y jurase. Esto no agradó a don Guerau, hermano de don Álvaro, que decía que aquella renunciación habían hecho los marmesores le era muy perjudicial; pero porque estaba del todo imposibilitado de alcanzar el señorío de Urgel, que había sido de su hermano y pasados, suplicó al rey que, en satisfacción y enmienda de sus derechos, le asignase alguna parte de él con que pudiese vivir, y él renunciaría en su favor lo que le pertenecía por razón del testamento de su padre; y el rey, que no deseaba otra cosa, vino en ello. Entonces don Guerau renunció en favor del rey todos los derechos le competían en los estados de su hermano, y los derechos le competían sobre el conde de Foix, por razón del vizcondado de Castellbó, que poseía, y contra cualquier persona que tuviese tierras del dicho vizcondado, reservándose el castillo de Ager franco de todo servicio, y con obligación de dar las tenencias siempre que por parte del rey fuese requerido, y los castillos y villas de Os, Tartareu, Claramunt, Millas, Montsor, Boix é Ivars, en puro y franco alodio, y muriendo él sin hijos, hereden los dichos lugares Ramón y Guillen de Peralde, don Guillen de Peralta y doña Marquesa, su mujer y hermana de don Guerau, que ya era muerta, y que * castillo de Monfort no se pueda reedificar de nuevo, y que * que está edificado se derribe del todo, y si acaso de nuevo * se hiciera algún edificio, pueda el rey mandarlo derribar * sin embargo ni contradicción alguna. Este castillo está * sobre la Noguera Ribagorzana, y a los límites de Aragón y Cataluña, y debía ser gran conveniencia del rey, según * veras con que lo prohíbe; y por mayor seguridad, se obli* como a fianza G. de Anglesola. Esto pasó en Aljecira (Alcira, Alzira, vemos Valencia; no Algeciras) a 12 de las calendas de abril de este año de la Encarnación de 1267; y porque los hijos de don Álvaro y de doña Cecilia de Foix, favorecidos del conde de Foix, su curador y d*do muy cercano, pretendían suceder a su padre, según la disposición del testamento de don Ponce, su abuelo, conc* que en caso se pleitease esto, tomase él por propio el pleito y le continuase hasta sentencia definitiva, a gastos del rey, y que ganado, transfiriese y cediese todo su derecho en favor del rey: esto se concertó por medio de don Sancho de *ralta, obispo de Zaragoza, Jaime de Cervera, Guillen Bernat de Fluviá, arcediano de Ribagorza, y Jayme Gruny, ciudadano de Barcelona; y entonces el rey se quedó en posesión de dicho condado y de todas las villas y castillos de * y cobró algunas que había tomado el vizconde de Cardona cuando murió don Álvaro, y dejada en ellas buena guarnición, el rey se vino de Valencia a Aragón, y mandó * infante don Pedro que se fuese a Cervera y estuviese * cuidadoso del condado de Urgel, y si alguna cosa se movía en él, diese pronto remedio; y el rey de Aragón se *vino a Barcelona, para pasar a la conquista de la Tierra Santa de Jerusalén, movido por lo que refiere Zurita y otros autores.
Doña Constanza de Moncada, por razón de sus créditos dotales, quedó señora de cuatro lugares del condado de Urgel y vizcondado de Ager, y eran Agramunt y Linyola, Ager y Castelló de Farfanya; pero estos dos últimos el rey se los tenía ocupados. Pareció a Jaime de Cervera y a Guerau de Cabrera, que entre otros eran ejecutores del testamento del conde don Álvaro, que el valor de estos dos pueblos excedía a los créditos de doña Constanza, y que de aquellos les había de ayudar a pagar las deudas del conde, que eran muchas; pero ella no venía bien en eso, porque a más de sus créditos dotales, había de ser pagada de los gastos había hecho en Roma y otras partes, por razón de la causa matrimonial. Sobre esto había cada día contiendas, sin concluir nada; y Jaime de Cervera la llamó a juicio delante del rey: argumento claro que debía ser grande la justicia de los
testamentarios, pues les obligaba a convenir a la condesa delante del rey, que era deudo suyo muy cercano. Ella no quiso comparecer, sino que envió un caballero de su casa,
llamado Maymon de Castellaulí, y dijo que ella no podía pagar lo que se le pedía, porque el rey la había desheredado de Agramunt y Linyola, y que cuando se los restituyese, haría lo que debía; y que aunque es verdad que le quedaban Ager y Castelló, pero que aquel no era negocio para tomarse delante del rey, por ser aquellos castillos alodiales; y en este caso no quiere responder sino en poder de mano criminal, por ser esta la costumbre de Cataluña y observarse así, y más que ella poseía aquellos castillos por prenda, y no debía volverlos sino a aquel que se los dio o * sus herederos; pero dado que todo fuese como pretendían los ejecutores, aquella causa se había de tratar, no delante del rey, sino delante de juez eclesiástico, por ser cosa de última voluntad y legado pío, y que ella estaría a lo que fuese legítimamente declarado. Esto pasó en Lérida a * de las calendas de julio de 1268; el rey se sintió mucho de ello, porque no gustaba que declinase de fuer* y se quisiese apartar de su juicio, y se lo dio muy bien a entender dos días después; pero no pasó mucho tiempo que * se concertaron los ejecutores del testamento del conde, * y la pagaron de su dote y concertaron que de tres mil morabatines que ella tenía de esponsalicio (escreix, que decimos), recibiese dos mil a sus voluntades, y que pues el rey
tenía casi todo el condado de Urgel, que la pagase; * así lo prometió, dándole tres mil sueldos jaqueses de renta hasta que fuera pagada de dichos dos mil morabatines, por ello le obligó las rentas de Vallobar y Tamarit, con pacto que si las rentas excedían tres mil sueldos jaqueses el exceso fuese del rey, y si faltaba, el rey lo supliese, * que el año que se le pagasen los dos mil morabatines, * fuese pagada íntegramente de los dichos tres mil sueldos. Este concierto fue a 3 de las nonas de octubre de este año 1268; pero no quedó contenta de él doña Constanza porque le pareció que aquello perjudicaba a los derechos
tenía ella en los bienes del conde, por razón * gastos y marcas que en su favor habían adjudicado el romano pontífice y otros jueces apostólicos, y que obstaba a sucesión y derechos pertenecían a Leonor, su hija, en * condado de Urgel; pero el rey le dio satisfacción cumplida declarando no serle de perjuicio alguno. Estos lugares de Vallobar y Tamarit no debieron de quedar mucho tiempo en poder de la condesa, porque ya en mayo de 1273 el rey los dio a don Guerau de Cabrera, hermano de don Álvaro, por razón de ciertos concambios que hicieron.
Por estos tiempos los marmesores de don Álvaro dieron el lugar de Llorens, que les había quedado, a Maymon de Castellulí y Berenguer de Cardona, ejecutores del testamento de don Guillen de Cardona, y pidion guiaje al rey y seguridad, porque cada día les inquietaban en la posesión; y el rey lo concedió, y mandó a sus oficiales, que ninguno del dicho lugar pudiese ser preso o ejecutado, sino por delito líquido y claro, pues el rey les metía bajo su salvaguardia. En el año 1270, a 5 de los idus de noviembre, el rey, estando en Valencia, incorporó en la corona real los lugares y castillos de Albesa y Menargues, que habían sido de la condesa doña Margarita, madre del conde don Álvaro, que ya era muerta; y declara que los dichos lugares sean inseparables de la corona real, salvo en caso que de justicia perteneciesen a los hijos del conde don Álvaro, y les confirmó todos los privilegios.
El año de 1271, a 19 de las calendas de enero, dio el rey la bailía de Menargues a Arnaldo de Calaph, la cual dice el rey ser suya, y le enfeudó el castillo y lugar de Ivars, que dice el rey haber sido del conde de Urgel, y quiere que tenga de dar las tenencias, iratus et pacatus, según la costumbre de Cataluña. Este Arnaldo de Calaph había sido muy gran servidor del conde; el rey hacía mucha cuenta de él, y en vida del conde había tenido en custodia cuatro años y medio el castillo de Castelló de Farfanya, y aun muerto
el conde perseveró en ella, y se le debían once mil cuatrocientos y diez sueldos jaqueses, así por razón de dicha guarda, como por haber tenido otras cuentas con el conde * y el rey se lo mandó pagar todo en mayo de 1273, y asignó la paga sobre los derechos recibía el rey de la cal*ra de Lérida, de que hablamos en otra ocasión.
No poseyó mucho tiempo Arnaldo la villa de Ivars, * que convino al rey cobrarla, y en enmienda de ella le * el lugar y castillo de Gil, en el reino de Aragón, en feu* honrado, según consuetud de Cataluña y Usajes de Barcelona, y que le haya de dar, iratus et pacatus, las tenencias siempre que sea requerido, y que no esté obligado a hacer servicio alguno, y que cuando diere las tenencias * esté obligado a dar escombrado el castillo, antes bien * den en él todos los bienes muebles que hubiere, y el * se los asegure; y que en caso él los queira sacar del castillo y meter en poder de otro, donde quiera que fuere, el *rey se los guía y asegura; y por mayor seguridad, mandó el *rey a Jaime de Roca, sacrista de Lérida, que en su nombre lo jurase y prometiese, y después el rey lo firmó, y el * Arnaldo de Calaph se hizo hombre del rey, el cual le ace* por tal: esto pasó en Lérida a 9 de las calendas de * del año 1273, y he visto este auto en el Archivo Real de Barcelona, en un registro de estos años, del rey don Jaime, y hay copia de él en el armario de Sobrarbe, saco A, * 23. De esta manera iba el rey cobrando y añadiendo a la corona los castillos y villas del condado de Urgel y vizcondado de Ager.
Por este mismo tiempo, a 9 de las calendas de mayo de 1273, estando el rey en Lérida, le pidió Guerau de Cabrera alguna enmienda, porque no tenía efecto la donación que le había hecho del vizcondado de Ager y demás lugares y pueblos de aquel valle, porque el vizconde de Cardona y sus valedores le poseían; y el rey entonces cobró el *echo competía a don Guerau, y en recompensa de ello, *ió el castillo y villa de Vallobar, y el castillo y villas de *uarres y de Lesquarte, en franco alodio, y también el castillo y villa de Estopanyá, en feudo, y con obligación de las tenencias; pero que no alcanzando don Guerau el condado de Urgel por vía de justicia, esta permuta fuese * ningún valor, y las cosas volviesen como estaban antes de * este concambio. Están estos tres lugares en el reino de Aragón, y parece en memorias antiguas, que el dicho Guerau de Cabrera, a 16 de las calendas de enero del año 1277,los volvió al infante don Pedro, hijo del rey, y no * lo que cobrase el castillo de Ager y demás lugares de * Val de Ager (Val + Ager : Balaguer).
Estando en poder del rey el condado de Urgel y vizcondado de Ager, sucedieron las guerras civiles o deseximents * enviaron al rey el vizconde de Cardona y sus valedores
y amigos: cuéntanlos muy largamente Zurita en sus Anales, * el rey, en su historia, y Miedes en sus comentarios, y * muy ajustados con lo que hallamos en los registros *
este rey y escrituras de su tiempo. Turbóse entonces todo el Principado, y por los grandes disgustos que el vizconde y los de su bando dieron al rey, cayeron en su *desgracia y merecieron castigo. El conde Armengol y don *aro, su hermano, se declararon por el vizconde, y dieron cartas de deseximent de esta manera: que el conde * en la del vizconde, que se despachó en Solsona, donde *ban fortificados, su jornada de 6 de las nonas de julio de 1274; y don Álvaro dio la suya a 7 de las calendas de octubre del mismo año; y a 3 de las calendas de noviembre * dio el rey sus respuestas, escribiendo al vizconde de Cardona y a los que con él habían firmado una carta, y otra a don *varo. Hay de todo esto un registro en el real archivo, titulado Jacobi I, annorum 1273, 74 et 75. Sobre esto *nacieron entre el rey y estos barones muchas discordias, * duraron todo el tiempo de su vida, que refieren largo * autores arriba alegados.
Murió el rey don Jaime en Aljecira del reino de Valencia a 27 de julio del año 1276, después de haber reinado *sesenta y tres años y le sucedió en el reino el infante don
Pedro, su hijo, a quien sus hechos gloriosos dieron el nombre de Grande. Este rey tuvo grandes disgustos con los mismos que los había tenido su padre; porque en *ocasión
que estaba él ocupado en guerra con los moros del reino de Valencia, llamaron los barones de Cataluña a Roger Bernat, conde de Foix, que era muy poderoso y rico: jun*ronse con él Armengol, conde de Urgel, don Álvaro, su hermano, Arnaldo Roger, conde de Pallars, Ramón Rog* don Ramón de Anglesola, don Ramón Guillen de Jo*
Guillen Ramón, vizconde de Vilamur, Pedro de Moncada, Berenguer de Puigvert, Guerau Alamany de Cervelló y su hermano, Pons de Ribelles, Hugo de Troja, Guerau y Berenguer Despes, Gispert de Guimerá, Guillen de Belle* Ferrer de Abella, Ponç Çacosta, Ramón de Boxadors, P* de Oluja, Juan de Ponç, Guerau de Meyá, Guerau de *Aguiló, Jaime de Peramola y otros. Estos, después de haber enviado al rey sus cartas de deseximent, se confederaron * juramento de hacer guerra al rey, aunque ausente y ocupado en la guerra de los moros; combatieron muchos lugares y pueblos reales, y arruinaron toda la tierra. El de Foix y el de Urgel, con sus valedores, hicieron más daño: el obispo de Urgel, don Pedro Urg, fue notablemente damnificado, y dió razón de ello al rey, que estaba en Montesa, y firmó de derecho delante de él, prometiendo de estar a lo que fuese de justicia y declarase el rey; pero no aprovechó, porque sin hacer caso de unas letras reales que el
rey envió al conde, cada día hacían mil daños, y tomaba cada uno lo que podía. Pons de Ribelles tomó los castillos y lugares de Aguilar, de Çaclusa y Dansamora, y B. de Josa
el castillo de Tuxent, que eran de la mensa episcopal de Urgel: el rey les mandó los restituyesen, y que si no lo hacían, que Ferrico de Liçana, gobernador de Cataluña, o su lugarteniente, los sacase de paz y tregua, y a todos los vegueres, bailes, paeres y demás oficiales reales y subditos suyos, que favorezcan y den favor y valenza al obispo y a sus vasallos y cosas, siendo requeridos. El conde de Foix hizo también muchos daños; y el rey mandó, desde Valencia, al gobernador de Cataluña, que procediese contra de él, obligándole a dar satisfacción y enmendar el daño había dado al obispo y a sus cosas, y no por eso obedeció. El motivo porque hacían esto era porque el rey, después de su coronación, no acudía a tener cortes a los catalanes y confirmarles con juramento las leyes, privilegios y libertades que los reyes y condes de Barcelona, sus pasados, les habían concedido; y la causa era porque había algunas cosas que el rey no quería confirmar, sino que fuesen revocadas, por ser de algún perjuicio, dejando lo demás en su ser y disposición.
Los barones de Cataluña, sentidos de la resistencia * el rey hacía, hicieron su liga y enviaron al rey cartas de deseximent y despedida, firmadas y selladas de todos; y el *rey
respondió, que a él poco cuidado le daba lo que ellos *podían hacer; pero con todo ofreció y prometió de estar * ellos a lo que fuese de justicia, y enmendarles lo justo * debido.
Pero ellos no por eso se sosegaron, ni quisieron seg* sus causas por vía y medio de justicia, y partieron con *sus gentes a correr las tierras, y más en particular las del obispo de Urgel, sin que le valiese haber ofrecido estar a lo *que fuese juzgado por el rey, el cual mandó a don Ramón de Moncada, gobernador del reino de Aragón, que con la *gente que tenía fuese en ayuda del obispo, y lo mismo mandó a los bailes de Ribagorza y Pallars y a los vegueres de Cervera y Urgel; y por medio de don Estévan de *Cardona, repostero de la reina, trató con el conde de Pallars, don Guerau de Cabrera, don Guillen de Anglesola, don Ramón de Peralta, don Ramón de Cervera, don Ramón de Moncada, don Bernat y don Ramón de Anglesola y otros, *q diesen favor al obispo contra los condes de Foix y de Urgel; mandó que los concejos de Lérida, Tamarit, *Almenara, Camarasa, Cubells y Mongay se ajuntasen para *resistirle; y escribió a todos los barones que tenían feudos en Cataluña, que por todo el mes de marzo siguiente *estuviesen juntos, para irle a servir contra los condes de Foix y Urgel. Dejó el rey aparte todos los negocios de Aragón y Valencia y vino a Cataluña, y con las huestes habían acudido a *su llamamiento, fue al condado de Urgel, en ocasión que el conde de Foix había tomado a Pons y a Monmagastre, * se había fortificado con él. El conde de Urgel y los vizcondes de Cardona y de Ager, y otros que, temiendo al rey, habían escapado como mejor pudieron por no dar en sus manos, se fortificaron en Balaguer y otros castillos; y el conde de Foix, no se teniendo seguro allá, se pasó a Ciudad, castillo muy fuerte, en el vizcondado de Castellbó, con intento de defenderse: tomó el rey a Pons y a Monmagastre, y mandó derribar los castillos, y de allá pasó a Agramunt, y puso cerco a la villa y castillo. Entonces se movieron tratos de paz entre el rey y los condes y sus valedores, los que ofrecieron dejar las armas, si el rey les hacía derecho y les daba lo que *era suyo. Fueron los medianeros el obispo de Tarragona y *el abad de Poblet; y entre otras cosas que se trataron, fue *casar al infante don Jaime, hijo segundo del rey, que después sucedió en la corona (Jaime II), con doña Constanza, hija primogénita del conde de Foix y de doña Margarita, hija única y heredera de don Gaston de Moncada, señor de Bearne, a * quien Guillermo de La Perriere, en la historia de los condes de Foix, llama Juana, y la hace hija tercera del conde *(es error, así como lo es afirmar que tuvo efecto aquel casamiento). El rey, por contemplación de este matrimonio, *hacía donación al infante de todas las tierras tenía en Ribagorza y Pallars; y el conde daba a su hija el vizcondado de Castellbó, y muriendo sin hijos varones, el condado de Foix. Fueron los concertadores de este matrimonio, Ponce *Hugo, conde de Ampurias, Arnaldo Roger, conde de Pallars, Ramón de Peralta, Ponce de Ribelles y Pedro Martínez de Artesona. En esta ocasión, valiéndose el de Foix * favor del rey, le suplicó que el conde de Urgel fuese restituido en su condado y cobrase todos los pueblos y castillos de aquel estado, que estaban en poder del rey y sus ministros, y el rey, que no deseaba otra cosa sino dar *gusto al conde y obligarle más en su servicio, vino bien en *ello y estando en la villa de Agramunt, le dio a don Armengol en feudo el dicho condado de Urgel y el vizcondado de Ager (porque, a lo que conjeturo, era ya don Álvaro muerto – (pone esto en el texto en latín: Ermegaudo filio quondam nobilis Alvari quondam), según uso y consuetud de Barcelona, con todas las villas, castillos y lugares, grandes y pequeños, hombres y mujeres, * jurisdicciones, con todo lo demás que había en quel condado y vizcondado, con gran largueza y cumplimiento.
Reservóse el rey valenza contra cualquiera que le *ofendiese - es valenza la obligación que tiene el vasallo de valer * favorecer al señor cuando está en necesidad, y ayudarle con armas contra sus enemigos, y las tenencias de todos los castillos en el auto mencionados, y en ciertos casos de *rompimientos de paz y tregua, se reserva el rey la cognicion * ello. Oblígale a haber de asistir a las convocaciones generales de cortes, así como los otros nobles y caballeros, * esto porque estos condes de Urgel pretendían ser tan señores en sus tierras, que no les obligaban las Constituciones * Usajes de Cataluña, ni tenían obligación de asistir a cortes. A todo previno el rey para asegurarse de ello; pero nada bastó, según veremos adelante. El auto de esta donación, sacado del real archivo, es el siguiente:

Nos Petrus dei gratia rex Aragonum etc. ob gratiam et *honorem nobilis viri Rogerii Bernardi comitis damus et *concedimus per nos et nostros ad feudum ad consuetudinem *Barchinone vobis Ermegaudo filio quondam nobilis Alvari quondam *comitis Urgellensis et vestris perpetuo totum comitatum et vicecomitatum Urgelli cum omnibus castris et villis scilicet *castrum et villam de Balagario et de Albesia et de Menarguis et *de Linyola et de Acrimont et de Munmagastre et de Pontibus (Pons, Ponts, Ponç) de * Ribes et de Collfret de Uliana et de Tiurana et de Vilaplana et de Castilion (Castelló de Farfanya) et de Ager et de Os et de Tartareu et de Boix et de *Montassor et de Milla et de Claramunt et de Ivars et de Camols et de Peramola et de Lavansa et de Pinell et de Madrona et de Biosca et de Taltahull et omnia alia castra et munitiones villas et loca tam parva quam magna cum militibus et dominabus et aliis hominibus cujuscumque conditionis sint in dictis comitatu et vicecomitatu castris villis sen (seu) aliis locis heremitibus et habitalis et cum justitiis jurisdictionibus moneta questiis ademprivis usibus servitiis servitutibus senioraticis et cum montibus et planis silvis *guarrigiis (garrigas, garrigues) nemoribus aquis fluviis et omnibus aliis juribus universis salva tamen et retenta nobis et nostris in omnibus predictis valensa contra omnes homines et quod de predictis comitatu et vicecomitatu castris villis et aliis locis et omnibus aliis predictis que vobis damus et concedimus ad feudum faciatis nobis et nostris vos et vestri homagium et sacramentum et quod vos et vestri detis nobis et nostris potestates de omnibus predictis castris et locis irati et pacati quandocumque et quotienscumque a nobis et nostris fueritis requisiti ad consuetudinem et usaticos Barcinone quos in predictis comitatu et vicecomitatu et aliis locis volumus observari salvis specialibus consuetudinibus predictarum terrarum. Retinemus etiam nobis in predictis comitatu et vicecomitatu et aliis locis paces et treguas in hunc modum: quod si vos vel alius de terra vestra frangeretis pacem et treguam contra aliquem hominem nostrum vel regionum terre nostre quod pro his habeatis firmare et respondere in posse nostro vel officialium nostrorum secundum forum pacis et tregue: et si vos frangeretis pacem et treguas in aliquo exceptis hominibus nostris teneamini similiter firmare et respondere pro pace et tregua in posse nostro vel officialium nostrorum: si vero homines nostri inter se frangerent pacem vel treguam vel hominum religiosorum existentium in comitatu et vicecomitatu habeatis vos in eis pacem et treguam quam pro nobis teneatis ad feudum sicut alia que vobis damus ad feudum in hoc instrumento. Retinemus etiam nobis et nostris quod teneamini vos et vestri venire ad curiam (corte, cortes) nostram sicut alii nobiles Cathalonie: confirmantes et concedentes vobis et vestris nihilominus omnia jura vobis competentia quoquomodo in predictis ante *hujusmodi donationem et concessionem salvis tamen nobis et re*tis omnibus supradictis ut superius sunt expressa. Ad hec * Ermegaudus (Ermengaudus, Armengol) predictus recognoscentes vobis domino regi * fieri per vos gratiam specialem gratis et ex certa scientia *pimus a vobis predictum comitatum et vicecomitatum et *castris villas et omnia alia loca predicta et omnia alia suprascripta * feudum secundum usaticum Barcinone sub forma et *consuetudinibus seu conventionibus supradictis salvo tamen jure *abbatis monasterii Sancii Petri Agerensis in castro de Ager: et *promittimus et convenimus per nos et nostros vobis et vestris *facere homagium pro predictis feudis et dare vobis potestates * omnibus predictis castris villis et locis que a vobis recipi* in feudum irati et paccati quandocumque et quotiescumque
vobis vel vestris fuerimus requisiti et venire ad curiam * alii nobiles Cathalonie et juvare et valere vobis et vestris * et nostri cum corpore nostro et cum terra nostra et *hominibus nostris et servare et complere inviolabiliter omnia et singula que vobis retinetis in hac donatione et omnes conventiones * superius continentur. Et ad majorem vero cautelam juramus * Deum et ejus sancta quatuor evangelia per nos corporaliter *tacta omnia et singula attendere et complere inviolabiliter ut superius sunt expressa et ea bona fide firmiter observare et *fecimus vobis de presenti homagium ore et manibus pro *bus supradictis. Quod est actum in Acrimonte tertio idus *decembris anno Domini millessimo ducentessimo *septuagessimo octavo (1278).- P. Marquesii.

Esta fue la enfeudación que hizo el rey a don Armengol del condado de Urgel y el título con que lo poseyó, y otra vez que después de haberlo tomado los reyes lo volvieron a los descendientes de aquellos primeros Ermengaudos, *que tan libre y francamente lo poseyeron, y sin tantas condiciones como después añadieron los reyes, los cuales, cada vez que le volvían a los condes, los hacían obligar de nuevo, *para asegurarlos más en su servicio: pero no bastaban las prevenciones de los reyes, porque cuanto más se aseguraban de * más irritados los dejaban, y luego que hallaban sazón * tenían poder, era cierta la guerra entre ellos, para echar *de sí los pactos y obligaciones de nuevo impuestas; porque *aunque lo aceptaban y recibían de mano de los reyes y * las condiciones que ellos querían, no atendían sino solo * la sangre y gran linaje de donde venían, y va* con que sus ilustres progenitores habían adquirido aquel * de los moros, con sus armas y vasallos, y sin tantos *reconocimientos y sujeciones como después se les añadieron. Pocos días después, que fue a 17 de diciembre de 1278, el conde, en presencia de algunos magnates de la corte del rey, le hizo homenaje por todo el condado de Urgel y vizcondado de Ager, confesando y reconociendo tenerlos por el rey, con los cargos y obligaciones que quedan referidas; y *porque se había ya tratado, por medio de Arnaldo Roger, conde de Pallars, Ramón de Peralta y Pons de Ribelles y Pedro Martínez de Artesona, justicia de Aragón, que luego * el conde tuviese donación del condado, asegurase al rey * pagarle dentro de diez años, con diez iguales pagas, lo que se le debía de tiempo de don Álvaro, su padre, de cuan* los ejecutores de su testamento le entregaron el condado; * cumplimiento de ello obligó al rey todas las rentas y *provechos del condado y vizcondado y de todos los lugares tenía en feudo del rey, y por mejor asegurarlo, dio por fianza * conde de Foix; y el rey, con conocimiento del conde de Urgel,
dio en comanda al de Foix todo aquello que el de Urgel le había obligado, para que lo tenga por espacio de *ocho años en feudo del rey, y que no tenga obligación, durante el dicho tiempo, de volverlos o dejarlos, sino es que él se lo mandase, y que todos los frutos y provechos qued* en poder del de Foix. Y el rey prometió al conde de Urgel que, cuando llegue a edad de veinte y cinco años, le restituirá todo aquello que había dado en comanda al de Foix para que el conde lo tenga con los mismos pactos que se había dado en el auto arriba referido, obligándole al conde y a don Álvaro, su hermano, que se intitulaba vizconde de Ager y tenía algunos lugares en la Val de Ager, hiciesen * debido homenaje, siempre que por parte del rey fuesen requeridos. Todo esto pasó a los 16 de diciembre * dos días después prometió el rey al conde de Foix, que dentro de los dichos ocho años no le pediría ninguno de * pueblos y castillos le había encomendado: y por cuanto * castillo, villa y Val de Ager estaban en feudo del monasterio de San Pedro de Ager, de canónigos regulares de San Agustín, Pedro, abad de aquel monasterio, aprobó aquella donación que el rey había hecho, el cual prometió * haría el debido reconocimiento por razón de aquel, siempre que fuese requerido por parte de él y de los abades sucesores. Todo esto hacía el rey para facilitar la paga * aquello que se le debía, y asegurar más al conde y a sus valedores en su servicio, aunque aprovechó poco, por las *alteraciones y novedades que después de esto acontecieron en este principado de Cataluña.
No tuvo efecto el matrimonio se trataba entre la hija del conde de Foix y el hijo del rey; y el conde de Foix se * a Perpiñan a ver el rey de Mallorca, su cuñado, casado con Esclaramunda, su hermana. Tenía el rey de Mallorca algunos disgustos con el de Aragón, por razón del supremo *dominio tenía en sus estados; y aunque se vieron los dos reyes por dar asiento a ellos, quedaron más disgustados, como suele acontecer de las vistas de dos reyes. El de Foix se volvió dentro de pocos días a Cataluña, y juntóse con los demás señores del principado, y los halló muy quejosos del rey. El autor del Flos mundi dice que eran cuatro las quejas tenían del rey: la primera, porque no celebraba cortes generales; la segunda, porque no les confirmaba los privilegios y libertades; la tercera, porque les hacía nuevas demandas, pidiéndoles nuevos servicios; y la última, querían que les hiciese francos en alodio sus bienes, así como lo eran antiguamente: y por esto le enviaron sus embajadores, y el rey no lo quiso otorgar. Por esto se juntaron con el de Foix, el de Urgel y Álvaro, su hermano el conde de Pallars, el vizconde de Cardona, Pons de Ribelles, Arnau Roger, sobrino del de Pallars, Ramón de Avella, Pedro de Josa, Guillen de Canet, Bernat Roger de Eril, Ramón Roger, Ramon de Anglesola, Guillen Ramón, vizconde de Vilamur, Pedro de Moncada, Berenguer de Puigvert, Guerau Alemany de Cervelló, Hugo de Troja, Berenguer Despes, Guerau Despes, Gispert de Guimerá, Guillen de Bellera, Ferrer de Abella, Pons Çacosta, Ramón de Boxadors, Pons de Oluja, Juan de Pons, Guerau de Mejá, Guerau de Aguiló, Jaime de Peramola y otros, y enviaron al rey sus mensajeros con cartas de despedida o desafío, selladas con los sellos del de Foix y de los demás; y la respuesta del rey fue: que aunque sus desafíos y despedidas le daban poco
cuidado, quería estar a justicia y derecho con ellos en todas sus demandas y pretensiones, ofreciéndoles que les desagraviaría; pero ellos, que estaban poderosos, no hicieron caso de esto, y el rey, indignado, les sacó de la paz y tregua en que con él estaban, por pretender que ellos la habían *rompido. Hallábase el rey en Aragón, y allá mandó fortificar muchos castillos y convocó muchas gentes de armas, dejando en defensa toda su tierra. En esta ocasión Ramón Folc, vizconde de Cardona, con su gente, pasó una *noche el río de Llobregat, y corrió toda aquella comarca, hasta llegar a los muros de Barcelona, de donde salió Gombau Benavent, que era veguer, y le hizo retirar a Cabrera, dejando muchos heridos y maltratados: luego él y todos los pueblos reales dieron al rey aviso de lo que pasaba, pidiéndole con mucha instancia socorro y favor, porque los condes de Foix y Urgel también corrían la tierra y *llegaban a las puertas de Lérida, haciendo notables daños, y los labradores no osaban salir al campo; que por eso fue poca la *sementera de aquel año, y por faltar los mantenimientos *hubo hambre en Cataluña, y se pusieron a precio desmesurado.
Aunque el rey sabía lo que pasaba, no pudo acudir tan pronto como deseaba a remediarlo; pero mandó a sus *caballeros y pueblos que eran de su obediencia, estuviesen *prevenidos para cierto día, que él diría lo que habían de hacer. *Estando aún en Aragón, supo como el conde de Foix y sus valedores y amigos estaban en la ciudad de Balaguer, *con seiscientos hombres de a caballo y siete mil infantes, * intención de hacer una gran entrada en tierras del rey y sus servidores: el rey, con gran diligencia y con intento de tomarles desapercibidos, caminando de día y de noche, llegó a Lérida, y aquí tomó gente de nuevo, y con la que él ya llevaba, llegó al amanecer a Balaguer, en ocasión que los de dentro aún estaban en las camas. Ellos, oyendo el ruido de armas, se asomaron al muro y vieron que el rey con muy lucida gente asentaba su castro en una parte, y en otra el infante don Alonso el suyo, y que por momentos iban creciendo, por
la mucha gente que llegaba, así que, en breve tiempo se halló el rey con tres mil caballos y cien mil infantes, y entre ellos el rey de Mallorca, su hermano, que aunque entre los dos reyes habían pasado algunas disensiones, en razón de los feudos, pero no por esto dejó al rey, su hermano, en esta ocasión. Cercaron entonces la ciudad de Balaguer, y con cinco trabucos, que llamaban brígolas, (fonévols) muy grandes, de día y de noche, con piedras, combatían los muros y casas de aquella ciudad. Los cercados, que no eran gente bisoña, sino muy valientes y pláticos en aquel menester, se defendían muy bien, y de noche levantaban aquello que de día había derribado la batería, y la ciudad amanecía más fortificada, y ellos se ponían a la defensa, con gran valor y ánimo, sin que les espantase el numeroso ejército que les tenía cercados por todas partes. Esto pasó a la fin de junio de este año 1280. Estando en esto, aconteció que Ramón Roger, hermano del conde de Pallars, Ramón de Anglesola, Ramón de Marcha-Fava, caballero de la Gascuña, y Squiu de Miralpeix, caballero de Tolosa, con sesenta ballesteros de ballestas de cuerno, y cuarenta de a caballo, se juntaron en la villa de Agramunt, para entrar a dar socorro a los de Balaguer, y de allí enviaron un correo muy diligente, con cartas para los cercados, asegurándoles el socorro, y que en teniendo la entrada segura, sacasen dos faginas ardiendo en lo más alto del castillo, y después las dejasen caer en el foso, y con esta señal, ellos, con sesenta soldados y cuarenta caballos, acudirían la noche siguiente a la puerta de la ciudad. El correo fue desgra* porque llegando al real y conocido de los guardas *fue preso y llevado al rey: en las cartas supieron lo *que pasaba, y como se iban acercando a la torre de Alm* (Almenar?) por estar más cercanos a la ciudad, el rey, por mejor *gerlos, mandó que en la misma noche desde lo más alto de la iglesia de Nuestra Señora de Almata, donde * aposentado el rey, sacasen dos faginas ardiendo y las dejasen caer; y como era de noche y el castillo e iglesia * cerca y en igual altura, creyeron que los del castillo habían recibido las cartas y hacían la señal concertada * marcharon a toda prisa por dar el socorro a los cercados * el rey no mandó atajar los pasos, porque pensaba que darían el socorro hasta la noche siguiente, como decían las cartas, pero ellos, que ya estaban en la torre de Alme*, vistas las señales, no aguardaron más, sino que *salieron luego, caminaron tan aprisa, que a la media noche *estaban ya muy cerca de las trincheras del real. Enviaron *una espía, porque mirase si había centinelas o quien
*pudiese descubrir por la parte que habían de entrar, q* por el vado del río, que estaba entre ellos y los cercados * que por la puente era imposible la entrada, porque *los del rey la guardaban con mucha diligencia: la espía volvió y dijo que no había nadie que les pudiese impedir la entrada, y que ya los de la ronda habían pasado por aquella parte.
Con esto, caminaron hasta la orilla del río, * viendo estorbo, sin cuidar del vado, caminaron río a* hasta llegar a la puente: en ella tenían los de la ciudad *centinelas, e ignorantes del socorro, pensaron que los *del *rey escalaban la ciudad; tocaron alarma, y todos acudían a los muros, y los caballeros que habían de entrar, por no perder tiempo en allanar el paso de la puente, arrojados en el agua, pasaban nadando, y apellidaban: ¡Foix y Cardona! para darse a conocer, porque los de la villa no les dañasen.
Los del rey, que oyeron estos gritos, con ballestas y hondas les dieron una rociada; pero no impidieron el paso, y dieron poco daño; y uno de ellos se acercó a la ciudad y pidió por el conde de Pallars, y le dijo, que acudiese a socorrer a su hermano y a los demás que, por socorrerles, se habían echado a pasar el río, y que temía, por ser en aquella parte muy hondo, que no se habiesen ahogado. El conde, muy enojado de oír tales nuevas, echó de sí con despecho y enfado el escudo y celada y acudió a la puerta, donde halló a su hermano y los demás caballeros y peones, excepto cuatro caballeros y veinte y cinco de los demás, que quedaban ahogados en el río; y fue tal el contento de ver aquellos que se habían salvado, que les hizo olvidar la pérdida de los otros. Uno de los que hallaron menos fue Squiu de Miralpeix: éste, hallándose bajo la puente y en la parte donde corre el agua con más ímpetu, perdió el caballo, que se le fue al fondo, y él, como mejor pudo, se asió a un pilar de la puente y quedó abrazado en él, con harta pena, porque estaba armado; los caballeros de la ciudad salieron para recogerle a él y a otros, si hallaban por el río, y con un barco se pusieron bajo la puente, porque se dejase caer en él; pero estaba muy alto, y no se quiso aventurar, temiendo errar el salto y anegarse, y así le dejaron, porque la corriente no les dejaba parar en aquel lugar, y prosiguieron buscando los demás, y no hallaron ninguno. Creciendo el día, los del rey descolgaron al de Montesquiu de aquel lugar, y preso, le subieron a Almata, donde estaba el rey, el cual le preguntó él quién era, y le dijo * nombre y que iba a socorrer al conde de Foix, su deu* con diez y ocho caballeros y otros tantos peones. El rey * mandó desarmar y le dio un vestido suyo muy rico, y * mandó poner en buena guarda, quedando muy descontento del socorro que en la ciudad había entrado; y por impedi*le otra vez, mandó labrar dos puentes, una de estacas, * arriba de la ciudad, y otra más abajo, de barcas *atadas con cadenas, y en ellas muchos soldados de guarnición, que de día y de noche impedían la entrada a cualquiera. Quedaron con esto los cercados tan oprimidos, que por ninguna parte, si no era volando, podían salir, ni entrarles * la batería nunca cesaba, aunque salían ellos algunas veces a impedirla; sentíase ya falta de mantenimientos, y los *vecinos de Balaguer estaban cansados del cerco, y más de ver * sus ojos sus alquerías y huertas destruidas, y las casas, *por todas partes, con las piedras de los trabucos *derribadas
no podían tolerar tantos daños y pérdidas, y temían ser *dos a saco, si el rey entraba la ciudad por fuerza. * excusar todo esto, avisaron al rey con grande secreto, que si dentro de breve tiempo los caballeros cercados no daban traza de concierto, su voluntad era entregar la ciudad. Esto no fue tan secreto que no llegase a oídos de ellos, y consideraban que si los paisanos daban entrada al rey, sin saberlo ellos, habían todos de morir a sus manos, porque era hombre que no toleraba desobediencias, como, * siendo infante, lo había experimentado Fernán Sánchez, * hermano. Tuvieron entonces todos aquellos magnates, * estaban recogidos en el castillo, por mejor partido entregarse
en mano del rey y rendírsele: los que sentían *esto eran Ramón Roger, Ramón de Anglesola y Pons de Ribelles, y se lamentaban mucho de haberse de meter en poder
del rey, porque desconfiaban del perdón y de las vidas suyas y de los que con ellos estaban; pero habían llegado a un punto, que no lo podían excusar, y enviaron al rey a darle aviso de su venida, y poco después salieron desarmados de la ciudad, y llegados ante el rey, postrados a sus piés, le pidieron perdón y misericordia, suplicándole los tratase con piedad; *mas el rey, casi sin hacer semblante de oírles, mandó al infante don Alfonso, su hijo, les llevase presos, con buenas guardas, no curando de prender a los demás caballeros y peones que les habían servido, antes les dejó ir seguros, con sus
armas y caballos, y a todos los que le habían servido dio licencia para ir a descansar a sus casas. Esto pasó el día de santa Margarita de este año; y el infante llevó los presos
a Lérida y los encerró en una casa fuerte: Zurita dice en el castillo, y el anal de Ripoll dice esparcidos en diversos castillos de sus reinos; y cargados, según dice Desclot, de grillos y cadenas, con buenas guardas, estuvieron en ellas mucho tiempo. Al conde de Foix, que fue el caudillo de todos, y de quien más sentido estaba el rey, porque muchas veces le faltó en lo que le había prometido, y muy atrevidamente daba a entender al rey, que, si salía de la prisión, le haría mayor daño y guerra que hasta allí le había hecho, mandó de pasar al castillo de Ciurana. Tomic dice que el rey metió algunos de los prisioneros en el castillo de Miravet, que está a la ribera del Ebro, muy fuerte por arte y por naturaleza; y el conde de Foix, impaciente de la prisión, echaba bravatas de hacer, si estaba en libertad, todos los deservicios que pudiese al rey, el cual le mandó dar libertad, porque entendiese el poco caso que hacía de él, y que * poderoso, si se atrevía a hacer lo que decía, de castiga* así por lo hecho, como por lo que podía hacer.
Quedaron en la cárcel hasta el mes de mayo del * 1281; y Ramón Folc, vizconde de Cardona, Arnau *Roger, conde de Pallars, y Ramón, su hermano, Bern* Roger de Erill y Ramón de Anglesola, por cobrar la libertad, se concertaron con el rey, y pusieron en su poder los castillos y villas que tenían, hasta que fuese dada *entera satisfacción a los que se quejaban de ellos, y pag* al rey las costas que hizo su ejército real en el cerco de Balaguer, según fuese juzgado; y en caso que debieran * confiscados aquellos castillos, se los volvería, porque * tuviesen en feudo por el rey, otorgándoles toda jurisdicción
civil y criminal, y que estuviesen obligados a dar al rey las tenencias, siendo requeridos; y después estando el rey en Lérida, a 20 de agosto de este año, los jueces que fueron
nombrados para esto condenaron a los dichos en * suma inmensa, y por quedar imposibilitados a la paga de ella, dieron al rey sus castillos y villas, y el rey se los *
en feudo, obligándoles a ciertos reconocimientos; y de aquella hora en adelante todos quedaron en su servicio.
Fuera de esta concierto quedaron por entonces los condes de Foix, de Urgel y don Álvaro, su hermano, Guillen Ramón de Josa, Pons de Ribelles, Ramón de *Vilamur, Guillen y Galceran de Cartellá, y otros caballeros que * tiempo después* con el íntegro dominio de sus cosas, *vieron en servicio y gracia del rey, el cual los ocupó * cargos y puestos muy preeminentes en sus reinos, valiéndose de ellos en todos las empresas y sucesos de más importancia, * porque, olvidadas las cosas pasadas, y reconociendo la benignidad con que el rey les había tratado, hicieron en su servicio todo lo que pudiese hacer cualquier buen vasallo por su rey y señor.
Referiré sumariamente lo que hallo en memorias antiguas del conde don Armengol: él fue uno de los caballeros catalanes que con el rey don Pedro el Grande pasaron
a Berbería, llevando consigo muchos de sus vasallos que en aquella empresa quisieron seguir su fortuna; aquí guardó la vida al conde de Pallars, que siendo más valiente de lo
que debiera, solo, acometió un escuadrón de sesenta moros, y después de haber muerto a dos, que eran caudillos de los demás, otro le dio una cuchillada en un muslo. Por escaparse del peligro en que estaba, picó el caballo y atravesó todo el escuadrón, y se vio en manifiesto peligro de perderse: el conde de Urgel, con dos hijos de Vidal de Sarriá, acudió a socorrerle; pasó por medio de los sesenta moros (-2 muertos) hasta juntarse con el de Pallars, y dio una lanzada a un moro, que le pasó adarga y pecho, llevándose el caballo al moro, sin que el conde pudiese cobrar la lanza; sobrevino el de Pallars, que confiado en sus fuerzas, mayores que las del conde de Urgel, asió del cuento, y tiró tan fuertemente, que rompiendo las correas de la adarga, se la llevó atravesada en la lanza, cayendo el moro en tierra muerto.

Cuando fueron los desafíos tan nombrados entre el rey don Pedro y Carlos de Anjou, rey que fue de Sicilia, el conde de Urgel fue uno de aquellos cuarenta caballeros que en nombre del rey don Pedro, y por su parte, habían de jurar que cumpliría el rey todo lo que con Carlos estaba concertado, en razón de sus desafíos, so ciertas penas que refieren los autores que cuentan estos desafíos.
Fue asímismo uno de aquellos cien caballeros que el rey don Pedro escogió para combatir con el dicho rey Carlos y con otros tantos que habían de venir con él al desem*
aplazado en la ciudad de Burdeos, del reino de Francia * poseída entonces de Eduardo, rey de Inglaterra.
En aquel general entredicho que puso el pontífice *Martín en todas las tierras del rey don Pedro y de sus vasallos * los estados del condado de Urgel fueron de los más *trabajados, y duró mucho tiempo que no se ministraron otros *sacramentos, sino el bautismo a los que nacían, y la penitencia a los que morían: solo se permitía en las iglesias catedrales y colegiales una vez cada semana celebrar misas, para renovar la santísima Eucaristía para los que estaban en peligro de muerte, y esto era cerrados los templos.
Cuando Felipe, rey de Francia, hijo de san Luis, entró en Cataluña para la conquista de ella, jamás dejó las armas para defensa de ella y del rey, a quien siempre asistió; y fue
uno de aquellos caballeros que aconsejaron al rey, después de haberse fortificado en la villa de Peralada, que se saliese de ella, por no estar aquella villa para poderse defender
del ejército del rey de Francia largo tiempo, porque supo que había trazado el rey don Jaime de Mallorca, cómo el rey y el conde don Armengol y los demás estaban allá vinieran en poder del rey de Francia.
Menos faltó en los reencuentros que tuvo el rey con los franceses, cerca del cerro de Tudela, el día de Nuestra Señora de Agosto de este año 1285, en que el rey se vio en grandes peligros. De esta manera le fue sirviendo, hasta que murió, que fue a 10 de noviembre de 1285, en Igualada. (como Fernando I, el de Antequera)
Muerto el rey, fue a visitar la ciudad de Balaguer y demás pueblos de su estado, y arregló el regimiento de ellos, porque con las continuas guerras hubo en el principado de Cataluña necesitaban todas aquellas tierras de su presencia.
No estuvo mucho tiempo allá, porque el rey don Alfonso *, hijo del rey don Pedro y sucesor suyo en la corona, le *llamó, porque él y todos los demás caballeros de su corona asistieran a las exequias había de hacer al rey, su padre, en el monasterio de Santas Cruces, donde fue sepultado, *ara el mes de febrero de este año 1286.
Por estos tiempos, y por ser muerto el gran rey don Pedro, suscitó el vizconde de Cardona algunas pretensiones que *venían de años atrás, sobre algunos lugares y castillos del condado de Urgel; el vizconde rompió las treguas que había entre los dos, y el conde de Urgel le desafió, y *la uno de ellos llamó en su favor a sus valedores, y se
*citaron grandes bandos que de cada día se iban encen*ndo, y el rey, que de Valencia había de ir a Huesca, vino a Cataluña y los dejó en paz.
En la conquista del reino e isla de Menorca, sirvió al rey don Alfonso con quinientos infantes y grandes sumas de * y cebada, en socorro de la armada real que pasó a aquella isla.
Cuando el rey prometió dar libertad a Carlos, príncipe de *o, hijo del rey Carlos, que lo fue de Sicilia y estaba * en estos reinos, dio por rehenes al rey de Inglaterra, * intervino en aquel negocio, al infante don Pedro, su hermano, a los condes de Urgel y Pallars y al vizconde de Cardona.
Muerto el rey don Pedro, su hijo, el rey don Alfonso * fue continuando las empresas a que aquel gran rey no *pudo dar fin: para apartar de estos reinos a los enemigos, pa*
las conquistas de Mallorca, Menorca e Iviza; tuvo guerra con el rey de Castilla, y en la mar sustentaba gran armada, que gobernaba el almirante Roger de Lluria. Era * rey de natural liberal y dadivoso, por donde le quedó el nombre de franco, y así le nombran comunmente, para diferenciarle de los demás Alfonsos. Esta naturaleza del rey conocieron todos los barones y demás vasallos suyos, y *abusaron de ella: el rey no sabía negar cosa que le pidiesen, y * lo que daba le parecía poco, medido con su deseo; no *
ninguno de los que le cortejaban, que no saliese med* y rico. Obligaban al rey (a más de su natural) a ser ta* liberal y franco, la gran necesidad tenía él de sus vasallos, * notable perjuicio le había de ser, si le dejaban; y ello* entendían así, y le vendían muy caro el servicio que le hacían.
Entre muchas mercedes que hallamos en sus registros, * una en favor del conde Armengol, que, sacada de su *nal, dice así:

Noverint universi quod Nos Alfonsus dei gratia rex Arago* Majoricarum et Valentie ac comes Barcinone attendentes * vos nobilis Ermengaudus comes Urgelli exibuistis illustri* domino regi patri nostro inclite recordationis et nobis * grata et idonea servitia et quotidie exiberis et que de vob* posterum speramus idcirco concedimus vobis quod habeatis * et vestri comitatum Urgelli cum omnibus pertinentiis et ju* universis ad feudum prout nobilis Alvarus pater vester quondam comes Urgelli ipsum comitatum habebat et tenebat ad feudum pro domino rege avo nostro sic quod vos et vestri ipsum comitatum castra et alia loca ipsius comitatus teneatis pro nobis ad feudum sub illa conditione sub qua dictus pater vester ipsum tenebat pro dicto rege avo nostro. Salvamus igitur nobis et successoribus nostris integre jus quod pertinebat dicto domino regi Jacobo in comitatu predicto tempore quo vivebat dictus Alvarus pater vester revocantes de presenti ex certa scientia instrumenta conveniencias atque pacta inita inter dominum reem * patrem predictum ex una parte et vos seu nobilem Rogerium Bernardi comitem Fuxiensem nomine vestro ex altera super restitutione dicti comitatus et vicecomitatus Agerensis vobis facta per ipsum dominum regem patrem nostrum que quidem instrumenta convenientias et pacta inita carere volumus omni robore firmitatis: salvo tamen nobis et successoribus nostris in
predicto comitatu jure nobis pertinente et pertinere debente prout superius est jam dictum. Absolventes nihilominus de presenti omnes ricos homines milites et alios in dicto comitatu et vicecomitatu habitantes ab omni homagio et sacramento quod dicto domino regi patri nostro fecerunt ratione dictorum instrumentorum convenientiarum et pactorum initorum inter ipsum dominum regem patrem nostrum ex una parte et vos seu comitem Fuxiensem nomine vestro ex altera super restitutione dicti comitatus et vicecomitatus. Non tamen intendimus ipsos absolvere ab illo vinculo quo tenebantur dicto domino avo nostro tempore dicti nobilis Alvari patris vestri. Data Osce XII kalendas julii M.CC.LXXXVI. (1286)

Después, a 7 de las calendas de julio, se despacharon letras, absolviendo a todos los del condado de Urgel de todo sacramento y homenaje prestado al rey su padre, por razón de los instrumentos y concesiones hechas entre el dicho rey su padre y los condes de Urgel y Foix, sobre la restitución del condado de Urgel.
Eran estas y las demás donaciones muy por fuerza; por eso, estando el rey en su palacio real de Tarragona, con el mayor secreto le fue posible, a las idus de diciembre del año 1287, siendo testigos de ello Pedro Marqués, (P. Marquesii) su secretario, y Juan Sabata, juez de su casa y corte, mandó a Miguel Boter, notario de Tarragona, tomase auto y memoria de las donaciones y mercedes había hecho por fuerza contra su voluntad, y entre ellas, dice, donationem factam nobili Ermengaudo comiti urgellensi de quibusdam castris et juribus ipsius comitatus; y porque entendiesen mejor su intención, declara ser inválidas y contra su voluntad aquellas en que faltan estas palabras: gratis et spontanea voluntate et ex certa scientia; y pareciéndole que con esta primera declaración no quedaba bien explicada su voluntad, estando en Barcelona, a 17 de las calendas de abril de 1288, siendo testigos el dicho Pedro Marqués y Bernardo Guillen y notario Pedro Marc, con el mismo secreto, hace memoria de muchas mercedes y concesiones, entre ellas, donatio quam fecit comiti Urgelli de comitatu Urgelli; y dice haberlas hecho *inverec
petentium inhiatione et impressione et non motus de propria voluntate sed nimia impressione petentium, y siendo de menor edad, en caso que no le era lícito disminuir el real patrimonio; que su intención era, cuando tuviese oportunidad, revocarlas públicamente, porque todo lo hecho era con temor que los donatarios no le fuesen contrarios en aquellas guerras o estorbo en sus empresas.
No debieron ser, a lo que se puede conjeturar, estas revocaciones tan secretas, que no llegasen a noticia del conde, porque después de hechas, no hallo que asistiese al rey ni le sirviese como de antes; sino que todo el tiempo que vivió el rey, *asta 18 de junio de 1291, vivió retirado de la *casa real.
* el rey don Alfonso, heredó los reinos de la corona * don Jaime, rey de Sicilia, su hermano, que llama*uroso, el cual dejando aquel reino a don Fadrique * hermano, se pasó a Cataluña. Las cosas más notables * acontecieron al conde y condado de Urgel, conti*, según las he hallado en las memorias y regis*te rey.
*e las idus de mayo de 1297, reconociendo el *rvicios del conde y de sus pasados, estando en Va* confirmó la donación que a 12 de las calendas de *1286 le hizo el rey, su hermano, del condado de *clarando nulas cualesquier revocaciones que hubiese *icho rey, y en caso que pareciesen, quiere sean de *uerza o valor.
* mismo año le nombró el rey por juez, para de* juntamente con el maestre del Templo y el vizconde de Cardona, las diferencias había entre los pretenso* ndado de Pallars, que fueron tales, que pusieron * encender crueles guerras en estos reinos.
* en el mes de agosto del año 1298, el rey don * embarcó su gente en la marina de Pati, en la *Sicilia, se le rindieron, entre otros, el castillo de * el cual se volvió después a la obediencia del rey *.
El rey, o sentido de la mudanza, o porque le im*uella plaza, envió para tomarla al conde de Ur* na buen número de soldados, y la combatió por * hasta llegar a darle asalto; pero fue poco afor* porque los paisanos con piedras, vigas y armas, se defendieron animosamente, de manera que obligaron * conde y a su gente a haberse de retirar, dejando del to* el castillo; y pensando los de dentro que el conde había *ido por más gente, para dar más recio el combate, desampararon la plaza, la cual quedó vacía de gente, así de la del rey como de los enemigos, de la manera que en nuestros días
aconteció en el campo de Leucata, en el año de 163* cuando se retiró el duque de Cardona, dejando todo bagaje y artillería.
Fue esta misma campaña poco favorable al vizconde de Ager, hermano del conde, el cual, con don Berenguer y * hermano don Ramón de Cabrera, capitaneando un buen número de gente que estaba bajo de sus banderas, corrieron las campañas de Petra Percia, con pensamiento de tomar * los sicilianos, sus enemigos, todo lo que hallasen por aquellas comarcas; de lo que teniendo noticia don Blasco de Alagón, capitán del rey don Fadrique, puso su gente en celada, en un lugar llamado Jaretania, y acometiéndolos en un paso estrecho, por todas partes, en una noche muy tempestuosa de 
relámpagos y truenos, fueron desbaratados * presos, y llevados a Catania y presentados al rey Fadrique (Federico, Frederic) * los capitanes y cabos fueron llevados con buena guarda, * los demás ensartaron atándoles a todos en una larga cuerda * y así los entraron en aquella ciudad. 

En el año 1299, cuando el rey pasó a Italia, fueron con él el conde y don Álvaro, su hermano; y en el mes de mayo, cuando a instancia del rey Carlos dio libertad a
Berenguer de Entença, prometió que en diez años no tomaría las armas contra el rey Carlos, so pena de dos mil marcos de plata, que era suma notable en aquellos tiempos. Dio por *fianza al conde, a don Guillen de Entença, su hermano, a Ramón de Cervera y a Pedro Giménez, obligándose cada * por quinientos marcos.
En este tiempo, en las batallas navales que tuvieron él y *rey, y su hermano don Fadrique, en que fue herido el * de Aragón, murieron don Álvaro y don Berenguer de *Cabrera, y don Arnaldo, su hermano; y entonces el vizconde de Ager volvió a unirse con el condado de Urgel, y el * fue conde de Urgel y vizconde de Ager, porque no *daron ningunos hijos de don Álvaro, aunque fue casado * doña Sibilia de Cardona. Esta Señora murió a 11 de
las calendas de setiembre (no dicen las memorias que he * de qué año) y está sepultada en el real monasterio de *Poblet, sobre la puerta que pasa de la iglesia al claustro, *ce la memoria que era hermana de Ramón Folc, vizconde de Cardona, y dejó fundado, entre otras pías instituciones, un aniversario en la iglesia del monasterio de San *ente, de la villa de Cardona, celebrador perpetuamente * mismo día que murió.
En el mes de febrero de este mismo año declaró el rey, * la remisión y venta había hecho en favor del principado de Cataluña del derecho llamado bovaje, no fuese en perjuicio ni diminucion del que el conde solía recibir de sus *vasallos, porque si es que tal derecho le compita, su inten* solo era remitir y vender lo que él recibía, sin perjudicar al conde, el cual, aunque le recibía en algunas partes, no * era debido, y así, después de muerto, sus albaceas lo *restituyeron, como veremos en su lugar. Esto pasó en la ciudad de Barcelona, en las nonas del dicho mes del año 1299, *ante Ponce Hugo, conde de Ampurias, Ramón Folc, vizconde da Cardona, Hugueto de Mataplana, conde de Pallars, don Guillen de Entença y don G. de Anglesola.
El mismo día, delante de los dichos, confirmó al con* todas las donaciones, privilegios y concesiones le había hecho el rey, su hermano, y quiere sean firmes y válidas, así como lo eran antes de la celebración de las últimas cortes; por razón de lo hecho en ellas, no quiere sea de perjuicio al conde. El haber tenido noticia de las revocaciones había hecho el rey don Alfonso, siempre le tenía con recelo * sospecha.
En las cortes celebró el rey don Jaime en el año 1300 se hizo una constitución, que es la sesta, título de accione * y obligaciones, que habla del conde Armengol.
Fundóse por el rey don Jaime, este año de 1300, el estudio general de Lérida, (universidad) de quien en otra parte se hace larga mención.
Asímismo en este año, siendo viudo el conde de doña Sibilia de Moncada, hija de don Pedro de Moncada, y no teniendo hijos de ella, casó con doña Faydida, dama francesa, hija de Jordan, quinto de este nombre, vizconde de Illa (Dilla, D´Illa), y de madama Guillerma de Durfort, caballeros muy principales del reino de Francia; y hallo memoria como en dicho día el padre de la condesa y sus hermanos, Bernardo Jordan y Jordan de Illa, confesaron deber al conde Armengol cuatro mil quinientas libras *turonensium parvorum. Era este linaje muy antiguo y principal en el reino de Francia, y descendían de los condes de Tolosa: escribe de ellos Arnaldo Oihenarto, autor francés, en su Notitia Vasconiae, libro lleno de gran erudición y verdad.
* año 1307, a 4 de los idus de marzo, siendo tes* ello Guillen de Anglesola, Guillen de Moncada, * Ribelles, Bernardo de Bibelles, Berenguer de *, Hugo de Cardona, arcediano de Barcelona, *er de Sarriá, almirante, se concordaron el rey * de sobre la jurisdicción de algunos lugares con* con el condado de Urgel. El caso fue, que los * y otros oficiales reales de Lérida, Tárrega y Cer*an del mero y misto imperio en los lugares y cas* La Morana, Concabella, Hostafranchs, Riber, *Garayó, Montalé, Lo Canós, Queralt, Conil, Riudo*, Figuerosa, Luçá, Altet, Claresvalls, Cespigol, *Tornabous, Castelladral, Montclé, Roda, Lyll, La Foliola, Val* apçenic, Lo Pual, Guaten, Belvis, Termens, Çafa*galls, Ceteró, Spallargues, Florejáchs, Les Siges, * Belver, Ratera, Ganalon, Orçó, Besaldú, Alma*ascó, Ballestar y Castellserá, y el conde pretendía * él. Sobre la cognicion de esto nombró el rey por * Pedro .... , obispo de Lérida, y a Juan de *, capiscol de aquella iglesia, para que averiguasen *jercían estas jurisdicciones en tiempo del rey don * primero, y de don Álvaro, padre del conde; y * hay un proceso de testigos en el real archivo de *Barcelona.
Después cometió el rey esta causa a Berenguer *guers, arcediano de Urgel, y a Ramón de Penyafrac*lo de Lérida, que fue subrogado en el lugar del *po. Sobre esto se hicieron grandes averiguaciones, * el conde de ello, por evitar pleitos, que ya en *pos eran tan largos y enfadosos como usan hoy, *do en manos del rey, porque escogió antes alcanzar su derecho por vía de gracia y merced que de justicia * nombró por esto algunas personas que le hicieron relación de todo, y entonces hizo el rey merced al conde de la *íntegra
jurisdicción de los lugares de La Morana, Florejac*, Siges, Spallargues, Concabella, Hostafranchs, Ratera, Orç* Montalé, Castellserá, Ballestar, Bellvis, Tarascó, Almaç*
Besaldú, La Foliola, Valvert, Castelladral, Tornabous, Cespigol, Lo Pual, Xarapçenic, Çafaretg y Guaten, concediéndole la misma jurisdicción que tiene en el condado de Urgel
y declara que esta concesión no sea en perjuicio de * derechos y jurisdicciones que en dichos lugares *tuvieran otros, y que el conde lo haya de tener todo en feudo, * como tiene la ciudad de Balaguer y las otras jurisdicciones * y él lo aceptó todo. Está este auto con los sellos del rey * del conde pendientes: el del conde es de cera colorada con su figura a caballo, armado de todas piezas, con un escudo en la una mano de sus armas, y espada desnuda en la otra, silla y estribos de armar a la antigua, encubertado * caballo de paramentos jaquelados, y con unas letras por * orla, que dicen: Sigillum Ermengaudi comitis urgellensis; los listones do pende el sello son de seda amarilla y negra * tejidos a jaqueles como son las armas de Urgel; y el *sello o signum del conde es el que los condes de Urgel han usado siempre como a señal propio y particular de ellos.
A 14 de las calendas de setiembre de 1311 se decl* sobre la pretensión que tenía Ramón de Vilalta, rector de Balaguer, que la notaría o escribanía de aquella ciudad era suya y de la iglesia de Balaguer, y que el escribano de la corte del conde podía hacer las escribanías judiciales o procesales y los autos de los negocios pertenecientes al conde y a sus oficiales, y no otros, y que a solo el notario de dicho rector e iglesia pertenecía hacer escrituras públicas; y después, a 13 de las calendas de noviembre de 1331, el rey lo confirmó en Tortosa.
Con cuidado he visto los registros del rey don Jaime que están en el real archivo de Barcelona, y hallo que uno de los caballeros que más asistieron a aquel rey en las ocasiones de paz y de guerra, fue el conde, el cual por eso y continuos servicios fue muy estimado y preferido a muchos señores de sus reinos y señoríos.
El testamento del conde se otorgó en la villa de Camporells, del condado de Ribagorza, donde se era retirado, para gozar de buenos y saludables aires: allí le apretó la última enfermedad y acabó la vida. Tomólo Arnaldo de Gerona, notario de Balaguer, a 10 del mes de julio del año 1314; y en él ordenó de sus cosas en esta manera: que si quedare hijo varón, que sea heredero, y a la hija que en tal caso dejare, lega diez mil áureos; y si quedaren dos hijos varones, al mayor deja heredero, y al otro aquello que, por derecho de legítima, le perteneciere: si quedare una hija sola, la nombra heredera, y si muchas, heredera la primogénita, y diez mil áureos a cada una de las demás; y no quedando hijos, ordena y quiere que sus albaceas, que eran fray Ramón de Trebailia, obispo de Urgel, del orden de San Benito, Guillen de Moncada, tío y consanguíneo del testador, Bernardo de Peramola, señor de Peramola, Bernardo de Guardia, caballero, y Arnaldo de .... de
Balaguer (a quien nombra baile general de todas sus tierras, tanto cuanto tiempo estuviesen en poder de los testamentarios, confirmándole la gracia le había hecho de la
*bailía de Balaguer, y a quien encarga muy en particular * el manejo de la ejecución de su testamento y marme* con plenísimo poder), ejecuten y cumplan su testamento *siguiendo en todo el consejo y parecer de fray Bernardo Pi* la orden de San Francisco, conventual de Lérida, * muerto, del guardián que fuere de san Francisco de Lérida, y dando forma a su disposición, manda que vendan el condado de Urgel y vizcondado de Ager al rey don Jaime de Aragón, por precio de cien mil libras jaquesas, y a más de ellas, haya de dar a la condesa Faydida, su mujer, *por dote y esponsalicio, quince mil libras barcelonesas, a *
deja también mille aureos alfonsinos y todas sus joyas * recámara de ella, para que pueda hacer a su voluntad * albedrío, y que el rey haya de casar al infante don Alfonso * su hijo segundo, que después fue rey, con doña Teresa de Entença, y tomar armas de Urgel, sin mezcla algu* intitularse conde de Urgel, y asímismo cualquier que *viniere a suceder en dicho condado y vizcondado. Era doña Teresa hija de don Gombaldo de Entença y de doña *Constanza de Antillón, su mujer, que era hija de Sancho de Ant* y de doña Leonor, hermana del testador, por parte de padre, y no de madre, porque ella era hija de doña
Constanza de Moncada, y él de doña Cecilia de Foix.
Era este linaje de los Entenças muy antiguo y prim* en Aragón, y eran ricos hombres de natura y de gran * tuvieron señorío de honor en Zaragoza, Calatayud y T* y fueron muy estimados de los reyes. Fue esta casa de las más ricas de la corona, y hubo en este linaje muchos *varones principalísimos, que tuvieron muy gran parte en la conquista de los reinos de Valencia, Cerdeña y Sicilia y otros.
Sus armas eran un escudo de oro, con la cabeza negra.
En Cataluña y en las orillas del Ebro hay otra baronía que llaman de Entença, que fue de los duques de Cardona; pero es diferente de la baronía de Entença del reino de Aragón, que consiste en los pueblos que diremos después, en el capítulo siguiente.
En caso que el infante don Alfonso, hijo primogénito del rey, muriese antes de casar doña Teresa con él, quiere que esta case con el infante don Pedro, hijo tercero del rey don Jaime, que después casó con doña Guillerma de Moncada; y en caso que muera doña Teresa antes de casar, quiere que case don Alfonso con doña Urraca, su hermana, que después casó con Arnaldo Roger, conde de Pallars, hijo de Hugo de Mataplana, que sucedió a la condesa Saurina en aquel estado; y faltando Alfonso y Teresa, quiere que case el infante don Pedro con doña Urraca; y si antes de casar faltaren las dos hermanas Teresa y Urraca, llama al condado y vizcondado al infante don Alfonso, y él muerto, a don Pedro, obligándoles a que en su debido tiempo se hayan de casar; y si Alfonso viniere a ser rey de Aragón, como lo fue, quiere que suceda en el condado y vizcondado su hijo segundo. Revoca una donación que él y Álvaro, su hermano, años atrás habían hecho al
conde de Foix, que después movió harto ruido, como veremos en su lugar, ante Arnaldo de Gerona, notario de Balaguer, por muchas razones, y en particular por ser mayor de quinientos escudos, y carecer de los requisitos que el derecho dispone, y porque no cumplió ciertas cosas a que era obligado, y no le tenía buena correspondencia. Declara
también y quiere que sean revocados unos codicilos * antes de pasar el rey a Sicilia había otorgado, a 5 de los idus de julio de 1298, en que ordenó que, muerto Álvaro, su hermano, sin hijos, fuese heredero el conde de Foix, *con tal que estuviese en gracia del rey, y cuando no, le priva * la herencia, porque no quiere goce de sus bienes *hombre que no fuese muy servidor y buen vasallo del rey, y lo *repite dos veces.
Escogió su sepultura en el monasterio de Nuestra Señora de Bellpuig de las Avellanas, del orden Premostratense, * entiendo ser suyo un sepulcro muy suntuoso con un *simulacro sobre la tapa de la tumba, que está en la capilla * Cristo de la dicha iglesia, a la parte del evangelio; y dejó *para el gasto de las funerarias cien escudos, y sus armas y caball* y si no le tiene, quiere que sea comprado uno de valor * mil sueldos acrimonteses; y para reparar los edificios * aquel convento, mandó mil áureos, y dos mil en enmienda
de los daños o tuertos hubiere hecho al dicho monasterio * a sus cosas, a conocimiento del dicho su confesor, de *fray Pedro Olivon, del orden de predicadores, del maestro
Ramón Vilalta, rector de Balaguer, y de Berenguer Sala, *letrado de Lérida, a quienes, antes de morir, dio facultad * plenísimo poder para juzgar, conocer y enmendar y *mandó
restituir cualquier injurias, agravios, dineros u otras cosas cualquier cosas a que estuviese obligado en conciencia, *como realmente lo hicieron, y pasó el conde por lo que ellos
*saron, al revés de aquellos que de todas sus cosas *aguardan la enmienda para después de muertos, como * sus albaceas hubieran de saber mejor sus obligaciones y cargos, que ellos mismos que las hicieron; y mandó asímismo fuesen pagados los legados y dejas de sus pasados.
A su confesor legó cincuenta morabatines, para que los reparta en limosnas; y a los monasterios de Poblet y de las Franquesas, que era de monjas cistercienses y estaba en la vega de Balaguer, deja a cada uno, en enmienda de sus pecados y de sus mayores, mil morabatines, y quiere que las monjas de las Franquesas hayan de comprar bienes raíces en aumento del convento.
Al monasterio de Trago dejó doscientos morabatines; y quiere que si fuese declarado ser deudor a los dichos tres monasterios de Poblet, Franquesas y Trago, por razón de
injurias o daños causados a ellos o sus cosas, sean en pago de ello, y cuando no bastaren, sea hecho debido cumplimiento, según fuere tasado por los dichos nombrados para descargar su conciencia.
A los monasterios de Vallbona, Pedregal, Vallsanta y Bonrepós, dejó cincuenta morabatines a cada uno, y doscientos a la iglesia de Nuestra Señora de las Parrellas, junto a Balaguer,
Al monasterio de Nuestra Señora de Monserrate quiere sea hecha una campana de valor de cuatrocientos morabatines, y que de ciento cincuenta morabatines sea creado un
censal de pensión de diez quintales de aceite, o de cien sueldos acrimonteses, para que ardan diez lámparas perpetualmente en aquel monasterio.
A las monjas de los conventos de Santo Domingo y San Francisco de Lérida, deja doscientos morabatines a cada uno, y así a los dichos dos monasterios, como a los de
la Merced y Trinidad para rescatar cautivos, a la obra de la iglesia de Santa Eulalia de Agramunt, a Santa María de Pons, y a la iglesia de Albesa, y a la de Serriols y de Monmagastre, treinta morabatines a cada uno; a la iglesia * Seo de Lérida, setenta áureos para la obra; a la iglesia de Santa María de Salas, para ornamentos, cien *morabatines a Nuestra Señora de Almata, que era la iglesia *mayor de Balaguer, dejó cien morabatines, y otros cien a la cofradía * aquella, de la cual dice ser él cofrade, para que de ell* compre un censal; a la obra de san Salvador de Balaguer cuarenta morabatines, y a las iglesias de Nuestra Señora de Gualter, San Pedro de Pons, y Agramunt, cien morabatines a cada una, para cálices, y veinte a san Pedro de *Ager * Nuestra Señora del castillo de Farfanya; y a cada iglesia, *hospitales de sus tierras y señoríos, dejó a cada uno *
morabatines para cálices; a Santa Quiteria de Ayre, en *Gascuña, in cujus commenda, dice, nos sumus, deja setenta morabatines; y finalmente, que para satisfacción de sus pecados, hayan sus albaceas de distribuir diez mil *morabatines de oro alfonsíes en limosnas a los pobres del condado y otros señoríos del conde.
A don Guillen de Moncada dejó quinientos morabatinos, y a los demás, a Berenguer de Morello, Pons de Casti* a Jacinto, sobrino del conde, hijo de Pedro Martínez, * a cada uno; y así mismo a muchos caballeros y *servidores suyos, que nombra en su testamento, hace diversos *legados y mandas.
Quiere que sean fundados cinco perpetuos aniversarios * uno en Almata, otro en Ager, otro en Agramunt, otro en Pons, otro en Bellpuig, y deja, para fundación y *dota de ellos, doscientos cincuenta morabatines, y que le * de celebrar tal día como aconteciere el morir: y que Ager, Balaguer, Pons, Agramunt, Albesa y Castilló sean fundados seis cirios, de peso de una libra de cera cada uno, para llevar delante del santísimo Sacramento, cuando fuere a los enfermos, y que sea hecho un censo perpetuo de seiscientos sueldos, para vestir pobres en Pons, Balaguer y Agramunt.
Y aunque es verdad que todas estas instituciones fueron muy señaladas y pías, el día presente hay poca memoria de ellas, así por haber subido el precio de las cosas, como por haberse perdido muchas de las rentas se fundaron para ellas. Lo que es más notable y duradero es la fundación del monasterio de Predicadores de la ciudad de Balaguer, que
mandó fuese edificado en la huerta o llano de Villanueva, cerquita del cabo de la puente del río Segre, delante de la ciudad de Balaguer, uno de los mejores y más apacibles sitios de Cataluña; y ordena que le sean comprados libros, cálices de plata, cruces, paños y cualesquier ornamentos, y todos los demás aparamentos y aderezos que fuesen necesarios, y un censal de mil y quinientos sueldos de renta cada año, y le diesen la agua fuese menester de la acequia que pasa junto aquel puesto, y que hayan de vivir en él un prior y doce frailes: este convento no se edificó hasta el año 1323, y para ello alcanzó el rey don Jaime una bula del papa Juan XXII, dada en Aviñon, en que dio licencia paras esta fundación. Es obra y edificio muy suntuoso y bien labrado, todo de sillería, muy grande y capaz, con muchas y muy buenas capillas, y dos claustros muy grandes y espaciosos: hay buenos dormitorios, y todos los cuartos y oficinas necesarias para un gran convento y de los mejores de la Corona; pues anduvieron en este edificio tan liberales los testamentarios como el conde, si viviera. Hay en la iglesia muchas sepulturas de caballeros de la ciudad de Balaguer y condado de Urgel: en la capilla de san Pedro, mártir, hay una caja * mármol, muy bien labrada, larga cuatro palmos, y en la *dra que la cubre dos figuras que denotan ser de m*chos hijos del rey, con sus coronas en las cabezas y esp* en las manos; las almohadillas tienen bajo sus cabezas es* sembradas de escudos muy pequeños, unos con los palos * Cataluña, otros con las armas de Entença, señal cierto * de los hijos de los infantes don Alfonso y doña Teresa de Entença. El año 1636 algún curioso movió la tapa y * halló dentro de la caja cosa alguna: pudo ser que el *tiempo *que ha pasado desde doña Teresa de Entença hasta el d* año, que son más de trescientos años, haya consumido *aquellos cuerpecitos, o que de allí los hayan mudado a *Poblet o Almata, donde dice el rey don Pedro en su historia que tienen sepultura sus hermanos, que todos fueron *hijos de doña Teresa.
Este convento, aunque de esta vez quedó tan magníficamente edificado, el año 1413 fue muy maltratado de la *gente de guerra del rey don Fernando el primero de Aragón cuando asedió en aquella ciudad al último conde de Urgel * y se alojó en el convento el tercio del duque de Gandía, y *recibió mucho daño de la casa fuerte de la condesa, que *estaba vecina a aquel lugar, aunque después se reparó el *daño recibido, mandando el rey que Hernando de Bardaxí, *ector general del condado de Urgel, pagase dos mil * florines de oro de Aragón, para reparo de este *convento que de la guerra quedaba muy arruinado. Despachó el rey *esta orden en Montblanc, a 3 de octubre de 1414. Han *salido de este convento insignes religiosos en santidad y letras: uno de ellos fue fray Bartolomé de Panadés, lector de Sentencias en el sacro palacio, y después provincial de la Corona, y fray Bartolomé de la Rápita, que también fue provincial; y se han celebrado en este convento cinco capítulos provinciales, y seis congregaciones.
Continuando la disposición del testamento del conde, reconoció y declaró, que él ni sus antepasados no tenían bovaje ni monedaje en los hombres de sus lugares, ni en los vasallos de las iglesias del condado, ni en otras personas; y reconociendo y confesando que todo lo que por ello había recibido era injusto, quiere que sea plenariamente restituido a aquellos de quien lo había exigido.
A los vasallos manda obedezcan a sus albaceas en todo, correspondiendo con ellos, así como a él mismo, si viviera. Y porque fuesen conservadas a sus vasallos sus franquezas
y privilegios, manda, que antes que su heredero o su sucesor, cualquiera que sea, reciba el homenaje y juramento de sus vasallos, les apruebe y confirme plenísimamente, y con
auto público, todas las libertades, inmunidades y privilegios, en especial o en general por él y sus pasados a ellos concedidos; y si aquellos a quien tocare ejecutar su voluntad fueren en cumplirlo descuidados, ruega al obispo de Urgel les obligue a ello, y suplica al rey no lo impida; y que si alguno moviere pleito contra lo contenido en este su testamento, haya de perder lo que le manda, aunque sea su heredero, e instituye los pobres de Jesucristo nuestro Señor. Ratifica asímismo la donación había hecho a Bernardo de Foix, del lugar de Vilaplana, y a Ramón de Mur de ciertas rentas junto a Balaguer.
Tuvo el condado como cuarenta y seis años, y fue el último de los condes de la casa y linaje de Cabrera, que señorearon aquellos estados de Urgel y Ager, y que tanto trabajaron por poseerlos pacíficamente. Poseyéronle, con cortas interrupciones, por espacio de ciento y seis años, que tantos pasaron desde la muerte de Armengol, el octavo, en 1208, hasta la de este conde, y a la postre se acabaron así como los demás señoríos del mundo.


lunes, 13 de julio de 2020

CAPÍTULO LII.


CAPÍTULO LII.

De Armengol de Castilla, nono conde de Urgel. - Privilegio que dio a la ciudad de Balaguer, en que hace francos en alodio todos sus términos. - Conquista de la ciudad de Almería, y todo lo demás que se sabe de este conde de Urgel, hasta su muerte.

Hasta estos tiempos todos los condes de Urgel habían vivido en Cataluña, ahora ya iban mudando de tierra y por muchos años los hallaremos en Castilla. Armengol de Moyeruca dejó un hijo de su mismo nombre, y por ser niño, nombró para su gobierno y educación a su suegro, el famoso conde Pedro Anzures, señor de Valladolid, varón de gran prudencia y gobierno. Este se encargó de las cosas del nieto, que prefería a los de otras hijas, y todo el restante de su vida entendió en la buena administración de ellas.
A los sarracenos del condado de Urgel no fue poco el ánimo que se les acrecentó, cuando entendieron que los almorávides habían muerto al conde Armengol de Moyeruca; y teníanse persuadidos que su casa habría dado al través, porque el conde Pedro Anzures estaba en Castilla, y en Cataluña lo gobernaba un vizconde, como era costumbre hacerlo cuando los condes se ausentaban de sus condados.
Conquistó Armengol de Gerp la ciudad de Balaguer, mas no pudo sacar los moros del todo, porque su poder era grande: contentóse de concederles todo lo que le pidieron, con que quedasen súbditos y vasallos suyos; y ellos lo aceptaron con los tributos y parias que queda dicho cuando fue la presa de Balaguer, y estaban con esperanza de alzarse cuando posible les fuese, y sacar los cristianos de la ciudad, porque aún les había quedado parte de esta y del castillo, con obligación de pagar ciertos derechos a los condes; pero viendo las mudanzas habían sucedido en aquella ilustre casa de Urgel, y que había buena ocasión de levantarse, por ser el conde niño, se alzaron con los castillos y fuerzas que tenían en el condado, y los de Balaguer intentaron de echar fuera de la ciudad a los cristianos, sin hacer caso ni del vizconde que estaba allá, ni del conde Pedro Anzures, ni de otra persona alguna a quien debieran respetar. De todo esto tuvo aviso el conde Pedro Anzures, que estaba en Castilla, para que en nombre de su nieto acudiera a remediarlo. Aconteció este levantamiento el año de 1106, que fue poco más de tres años después de muerto Armengol de Moyeruca, y cuando menos se pensaba en ello, porque era grande el valor de Berenguer, conde de Barcelona, que reprimía el orgullo de ellos y aseguraba toda Cataluña; Pero por estar ocupado en otras empresas lejos del condado de Urgel, tomaron osadía de hacer este levantamiento. !Qué daños no causa una niñez o ausencia de un príncipe!
El conde Pedro Anzures, luego que entendió todo esto, dejó los estados y negocios de Castilla encomendados a doña Elo o Luisa (Eloísa, que todo es uno), su mujer, y llegó con la presteza posible a este principado, y con lucido ejército se presentó ante la ciudad de Balaguer, que estaba casi señoreada de los moros. Estaba la ciudad muy fortificada y proveida, y el ejército no era tal que pudiera tomarla. No osó probar fortuna, porque se acordaba cuán mal había salido a algunos condes de Urgel, que habían tomado en presas (empresas) mayores que sus fuerzas: pidió favor al conde Ramón Berenguer de Barcelona, que se dio muy grand* y entonces acometió la ciudad, y aunque pertrechada * arte y naturaleza, ayudando sus ciudadanos, en breves *días se vio el conde señor de ella y de muchos castillos de aquella comarca y de otros estaban a las orillas del Segre, donde se habían retirado una infinidad de moros, de *quienes alcanzó una grandiosa victoria, a los postreros días del mes de octubre del año cuarenta y seis de Felipe, rey de Francia, que es de Cristo señor nuestro 1106. Conquistada la ciudad de nuevo, se limpiaron los templos que la bárbara impiedad había sacrílegamente profanado, y el conde Pedro Anzures, con alguno de los caballeros más ancianos d* el condado, dividieron los despojos ganados. Hízose esta división el 1° de noviembre y reconociendo el favor recibido de Ramón Berenguer, conde de Barcelona, que con * mano les había socorrido, de común acuerdo le adjudicaron un castillo que a la parte meridional de Balaguer estaba, llamado Niummur, a un cuarto de legua. Este castillo es el que al día presente decimos Rápita, que en lengua arábiga es lo mismo que casa de devoción o mezquita que está fuera de poblado. Otro edificio del mismo nombre había junto a Tortosa, (San Carlos de la Rápita) en los Alfaques (donde se fundó un monasterio de monjas de la orden de san Juan), en que vivían los alfaquíes, de quienes tomaron el nombre los Alfaques, puerto harto conocido (sobre todo en la conquista de Mallorca por Jaime I).
Nota etimológica: Alfaque cast. y port., alfac mall., alfách cat. y val. Banco de arena que se hace en las costas del mar y en las bocas de los ríos. Acad. Acaso de alfacc, "fauces" en Raimundo Martín. Es de notar que la voz lat. usada en pl. vale, según Nebrija, "per translationem," las entradas estrechas de algunas cosas, como de valles, ríos, etc., estrechura. Así las palabras "fauces portus," que se encuentran en los Comentarios de Julio César, significan "la entrada de un puerto," que, en mi humilde sentir, es la verdadera acepción de la palabra alfaque, y no la de banco de arena. Creo que la circunstancia de aglomerarse esta en las entradas de los puertos y de los ríos (ejemplo: el delta del Ebro) ha sido parte para incurrir en tal equivocación. De no satisfacer esta congetura (conjetura) habría que buscar el origen de alfaque en alfalaq (alfaq, sincopada la sílaba la) "montón de arena," a no considerar la voz cast. como metátesis de alcoffa, "ora arenarum" en Freytag, "bande longue de sable" en Kazimirski.

Dieron también al dicho Ramón Berenguer la mitad de la azuda de Balaguer, que * el palacio real de los moros, que esto significa el vocablo Azuda (çuda, Zuda). En el auto de esta división, sacado del real archivo de Barcelona, del primer libro de los Feudos, verá el lector la llaneza del conde Pedro Anzures y el estilo de sus tiempos, y las cláusulas o cautelas con que se aseguraban las partes, en los instrumentos, y dice así:
(texto casi ilegible por mal escaneado) Hec est convenientia quam facio ego comes Petrus et nos seniores de Urgello vobis domino Raymundo Barchinonensi comiti et * vestre. Colligimus vos * Dei adjutorio la medietate de tota ipsa Zuda de Balaguer et donamus vobis ipsum castellum de Niummur vel de Rabita (Rapita, Rápita) ad totam vestram … hereditatem ad facere quidquid volueritis vos et posteritas vestra vel cui illud donaveritis: * donat Raymundus comes ad comitem Petrum et ad nepotem suum Ermengaudum illam medietatem de Zuda ut teneat eam per suam * sie quod per quantas vices ibi comes Raymundus fuerit et voluerit demandare inde potestatem ille aut homo per illum cui ille mandaverit quod donet et inde potestatem per fidem sine malo ingenio in tali convenientia quod comes Raymundus non tollat eam * comitem Petrus et ad Ermengaudum nepotem suum neque ad posteritatem eorum nisi tale forfactum fecissent quod illi emendare voluerint non potuissent infra quadraginta dies quod ille eas demandasset nisi fuerit per tale uncumbro quod habeat sine ullo enganno illo encumbre passato infra quadraginta dies quod eis illud fa* et ei illud adresent. Et convenit comes Petrus per se et per Ermengaudum quod illam partem de civitate Balegarii et de terminis suis comiti Raymundo donatam habent quod nec illi nec *orum fortia ne poder ne conser non eam illi tollent nec lin tollent et quisquis eam tollere quesierit quod illi per fidem ei inde valeant. Quod similiter convenit istam ipsam convenientiam quod eam attendat comiti Raymundo ille vicecomes Geraldus per fidem et sine malo ingenio: et si evenerit causa de illis comitibus aut de Geraldo vicecomite qui istam partem tenderit quod non sint in illis partibus aut in illis terris sic *endaquod de illis deveniat quisquis unquam istam medietatem de illa Zuda tenuerit quod ad comitem Raymundum inde respondeat et fidelis inde comiti predicto sit per fidem sine ullo malo ingenio sic quod comes Barchinonensis Raymundus totum suum talentum et totam suam voluntatem possit ibi facere. Et convenit Barchinonensis comes ad comitem domnum Petrum et Ermengaudum quod illam medietatem de ipsa Zuda et illam aliam partem de Balaguer et de omnibus suis terminis et castellis scilicet Lautens et Gerp et Castello et Algerre et Os cum tinentiis suis quod ille nec consulto suo non eis tollat et nullus christianus qu* eis hoc tollere querat quod comes Barchinonensis inde eis valeant e de hoste palatina de moros. Et convenit ille predictus comes et ill* vicecomes Geraldus predicto Raymundo Barchinonensi comiti quod quando Ermengaudus fuerit crescut et grandis quod faciet hoc ipsum sacramentum (sacramento, jura) et illum ipsum hominiscum (homenaje) comiti Barchinonensis qualem habet factum ille comes Petrus per illam suam partem de illa Zuda: quod si hoc non facere quesisset predictus comes Petrus et predictus vicecomes Geraldus tornent illam suam medietatem de illa zuda Barchinonensi comiti poderosam et sine ullo *encombro et sine ullo embargo (sin embargo) per totam suam voluntatem et suum talentum facere:et quisquis de illis vivus fuerit aut quisquis per eos illam medietatem comitis de illa Zuda tenuerit sicut supra scriptum est si* illud attendat sine arte et sine malo ingenio per directam fidem sine ullo engan. Et ego Raymundus comes Barchinonensis dono *uxor (mujer) mee Almodi et filiis quos de ea habuero omnia que acaptavi in Balagario. Actum est hoc quinto nonas novembris anno XXXXV* regnante Philippo rege. (Felip de França, los condes eran sus vasallos, no independientes como quieren hacer creer).

Alcanzada esta victoria y dejadas las cosas del condado de Urgel en buen estado, se volvió el conde don Pedro a Valladolid, donde, como uno de los más principales señores le ocupó el rey don Alonso en el gobierno de sus reinos y estuvo allá hasta el año de 1109, cuando por haber caído en desgracia de la reina y haberle ella despojado de su patrimonio y estado, se volvió al condado de Urgel, donde fue muy favorecido del conde de Barcelona y del rey de Aragón, el cual le dio para él y su mujer, con diez criados otros tantos caballos, lo que hubiesen menester para su comida y tres mil sueldos para gastos extraordinarios, que por estos tiempos, en que había tanta falta de dinero, era una gran cosa. El conde don Pedro, agradecido de esta y otras mercedes, que de aquel rey había merecido, le hizo donación de la mitad de la zuda (digo del castillo) de Balaguer, que la otra mitad la tenía el conde de Barcelona, con las tres partes de la ciudad y sus términos, con la mitad de los castillos de Laurens, Montaron, Buaso, Castellon, Algerre y Albesa, que aún estaban en poder de infieles; pero colígese que era grande la confianza de tomarlos, pues estando en poder ajeno, ordenan de ellos como de cosa propia: ya la otra parte de la ciudad de Balaguer, que era la cuarta, se la retuvo en su poder para si y para la condesa, su mujer, y Armengol, su nieto; y el rey vuelve a dar a dicho conde Pedro Anzures y a Armengol, su nieto, la misma mitad de la zuda o castillo que había recibido de ellos, para que de aquella hora en adelante lo tengan por el rey y en feudo suyo, y que esto mismo guardara el conde Armengol cuando fuere mancebo y se hubiere armado caballero, y no queriéndolo observar, que en tal caso pueda el rey cobrar la mitad de la zuda que él había dado en feudo al conde Pedro Anzures y la cuarta parte de la ciudad de Balaguer. A mas de esto, dice Zurita que el conde hizo homenaje y le juró fidelidad por los castillos, tierras y fortalezas que en Castilla le habían sido restituídas por orden del rey de Castilla, y antes se las había quitado la reina doña Berenguela, por disgustos que pasaron entre ellos, de que hacen larga memoria las historias de aquel reino. Las palabras de Zurita, en sus índices latinos, son estas: Petrus Azurius, comes, qui ex castellanis proceribus in magna potentia erat, Balagueria se cum Elone uxore recipit, uts Ermengaudi pueri nepotis ditionem, mauris oppositam, tueretur ac sustineret. Balagueris *arcem Azudam nominant, ac tres urbis regionis regi condonat; et cum castella propugnaculaque suae ditionis Castellae regni à rege suscepisset, se regi ea, irato aut pacato, traditurum sacramento spondet.
Siendo el abuelo del conde varón tan sabio y experimentado, es de creer que debía haber grandes conveniencias que le obligaron a meter dueños extraños en la hacienda del nieto; pero como después han pasado tantos siglos, ignoramos lo que le obligó a esto. En el libro primero de los Feudos del archivo real de Barcelona se conserva el auto, el cual está sin día ni año, como era costumbre no meterlos en los autos de esta calidad, y dice de esta manera:
In Dei nomine. Hec est convenientia quam facio ego comite don Pedro Azuris ad vos seniori meo regi Adefonso Aragonensium et Pampilonensium regi filio Regis Sancii et Regine Felicie: id est dono vobis tota illa Zuda de Balaguer ingenua libera cum illas tres partes de tota illa civitate et de totos suos terminos et totos suos dretaticos et cum omnibus suis pertinentiis qui pertinent ad illas tres partes de illa civitate et de suos terminos similiter. Adhuc dono vobis tota illa medietate de illos castellos unde moros sunt adhuc tenentes qua hora Deus Omnipotens illos dederit ad *Christianismo pro nomine Laurens et Montoron et Buasso et Castilgon et Agerre (Algerre) et Albessa (Albesa): et si ego comite don Petro potuero illos prendere antequam vos quod vobis inde donem illa medietate et si vos domino *meo regi illos potueritis prendere antequam ego quod similiter mibi *in donetis illa medietate: et de istos castellos si nobis inde voluerit *i aliquo tornare per habere dedero ad mille solidos quod ego comes don Petro mittam in ea medietate et vos domino regi illa altera medietate: et de mille solidis in suso quod vos ibi mittatis quantum ad vos se asimilaverit quoniam ego non inde ibi ponam nisi quingentos. Et hoc donativum supra nominatum dono et concedo vobis et quod illud habeatis ingenuum et liberum ad vestram propriam hereditatem per facere inde totam vestram voluntatem et * omnis generatio et posteritas vestra vel ad cui vos eam dederitis extra illos castellos quos francos prendiderint antequam vos illos prendissetis illa Zuda de Balaguer. Et convenit illo comite don Petro ad regem pro se et pro Ermengaudio suo nepto (nieto, antes sale nepotem) quod istam partem supra scriptam quam habet donata ad regem quod illos nec jure concilio nec jure forcia quod non eum ei tollat: et quisquis eum ei tollere voluisset quod illos inde ei valeant per fidem sine malo ingenio. Et ego comite don Petro retineo me ibi per ad meam propriam alodem (alodio) et de mea muliere et de Ermengaudo meo nepte illa quarta parte de illa civitate cum tota illa quarta parte de totos suos terminos de totos suos dretaticos et de omnibus suis pertinentiis qui pertinent ad illa quarta parte de illa civitate et de suos terminos. Et rex donat ad illo comiti don Petro et ad Ermengaudo suo nepto illa medietate de illa Zuda quo modo in antea eam tenebunt per fevum (feudo) et quod contineat pro sua manu et illam agnoscat per eum illos homines de rege qui tenuerint illa Zuda salva quod inde sedeant homines de illo comite don Petro et de Ermengaudo suo nepto pro illa medietate de illa Zuta salva illi fidelitate de rege: et quando ibi voluerint intrare illo comite don Petro aut sua muliere aut Ermengaudo in illa Zuta cum tantos homines illos ibi colligant quod tota hora sedeant unde plus poteras illos homines de rege pro illa Zuta tenere de tale guisa quod ille comite nec suos homines quod non inde possint sacare de illos homines de rege. Et quando fuerit Ermengaudo illo mancepo tan grandis et fuerit cavallero si quesierit atorchare conveniencias quod habet factas illo comite eum rege et fecerit illos juramentos ad regem quod ei fecit illo comite don Petro et in convenio attendat Rex ad Ermengaudo istos convenios quod habet factos cum illo comite don Petro pro illa quarta de Balaguer et pro illa medietate de illos castellos: et si tantum quod non illud quesisset facere Ermengaudo quod se retineat illa quarta parte de illa civitate et de illa medietate de illa Zuta quod per eum tenebat post obitum de illo comite et de sua *muriere et rex quod fuisset absolutum de illo sacramento quod fecit. Et venit rex ad illo comite don Petro pro illa media Zuta quam ei habet donata per fevum et pro ista quarta parte de Balaguer et pro illa medietate de illos castellos qui sunt supra scriptos per ad alodem ille nec suo concilio neque sua forza quod non eam illi
*ullat et quisquis illud ei tollere voluisset quod rex inde ei valeat per fidem sine malo ingenio. Et rex donat ad illo comite don Petro et ad sua muliere in lurs dies tamdiu vivos fuerint et prendere illud quesierint pane et vino et carne per decem homines et cibaria (cebada, para cebar; civada; sivada, sibada) per ad decem caballos et pro lure sollata tres mille solidos de dineros.

Residió el conde don Pedro Anzures en el condado de Urgel con su mujer y familia, hasta el año de 1108, que ya era vuelto a Castilla, porque las cosas de la reina doña Urraca, (Berenguela escribe antes) que le obligó a salirse de aquellos reinos, tenían muy diferente estado del que él las dejó cuando se vino. Lleváronse también el nieto, el cual aún era muy muchacho: pruébase esta ida, porque en el dicho año y al último día del mes de marzo, él y la condesa Elo o Luisa, su mujer, dotaron la iglesia catedral de Valladolid, que en el año de 1095 habían fundado; y por haber estado allá tantos años el conde, hay de él muchas memorias en las escrituras antiguas de aquellos reinos, y en los privilegios (que) concedían aquellos reyes, en que era costumbre confirmarlos los caballeros que residían cabe de los reyes. Por memorias antiguas parece que la primera confirmación o firma del conde Armengol, de que tenemos noticia, fue en un concilio provincial se tuvo en lar ciudad de Oviedo el año 1111, en que presidió Pelagio (Pelayo) obispo de ella, y se hicieron en él muchos decretos contra los sacrílegos y violadores de las inmunidades eclesiásticas. Fueron los confirmadores la reina doña Urraca, sus hijos, hijas y hermanos, y muchos señores de aquellos reinos, y entre ellos el conde Armengol.
Murió por estos tiempos la condesa doña Elo, abuela del conde, como parece por una escritura otorgada en 9 de enero, año 1117, en que el conde don Pedro dio parte de unas heredades al monasterio de san pedro de Dueñas, y dice que la da por el alma de la condesa doña Elo, su mujer. Muerta ella, volvió otra vez el conde Armengol a Cataluña, para ayudar al rey don Alfonso en la conquista de Zaragoza, donde llevó mucha gente del condado de Urgel; y el autor del antiguo libro llamado Flos mundi, que otras veces he alegado, dice que fueron en ella muchos caballeros de Cataluña, y los que nombra después del conde de Urgel, fueron: Hugo, vizconde de Cardona, Guillermo de Anglesola, Bernardo de Anglesola, T. de Bellpuig, Tomás de Cervera, Gombaldo de Ribelles y Ot de Moncada; y dice que todos se volvieron muy remunerados a sus casas, argumento cierto de la mucha parte que tuvieron en la conquista de aquella ciudad, la cual con tanta gloria de los conquistadores fue restituída a la santa fé católica, y echados de ella los moros, que impíamente habían profanado los lugares sagrados de ella.
Algunos años después, reconociendo el conde los grandes servicios que él y sus antecesores habían recibido de los ciudadanos de Balaguer, en las batallas pasadas y aún en la presa de la misma ciudad, y que, por su valor y piedad, nunca cesó en ella el culto divino y ley cristiana, ni menos sufrieron otro señor que los condes de Urgel, les concede en franco alodio ciertos términos y parte de tierra en el dicho auto o privilegio contenidos, el cual fue hecho a 3 de las calendas de julio del año diez del rey Ludovico, (Lluís, Luís, Loís, Luis, Luisico el gabacho, Ludwig, que no era señor de los condes, qué va, aparece en los textos para hacer bulto) que es el de Cristo señor nuestro 1120. Firmáronle Oton, obispo que era entonces de Urgel, y el vizconde Geraldo o Guerau, de quien ya en uno de los autos arriba nombrados hay hecha memoria; y éste, que durante la menor edad del conde había gobernado aquella tierra, le dio entera y cierta noticia de los servicios había hecho a sus pasados y a él aquella ciudad, de lo que movido el conde, les * este privilegio. (cortadas las palabras de la derecha)
In nomine Sancte et Individue Trinitatis Patris et Filii et *Spi Sancti Amen. Ego Ermengaudus gratia Dei Urgellensis comes cum consensu et voluntate Geraldi vicecomitis et domini *Ott episcopi decrevimus facere cartam donationis quam et facimus alode ad homines commorantes in Balagarium quod damus eis proprium alode. Isti sunt per nomina illi qui a principio *steter in supradicto Balaguer qui portarunt pondus et aestus fa*sitis captivitatem et rancuras multas et tenuerunt Balaguer ad *norem Dei et christianitatis et ad honorem et servicium suorun *niorum in fide. Hii sunt per nomina Bernardus de Guadal et Bernardus Guirt Girbertus et Bernat Bernardi Fortes et Izarnus *Raimundus Mir et Mir Arnald Radulfus presbiter et Pontius de Gradan *Guillelmus Rayner et Atto Guitardus et Arnaldus Guerrer Guillelmus *bater et Corvin Bernardus Cucuz et Arnaldus Mir Petrus Bernar* Bernardus Gerunt Petrus Guillelmi et Arnaldus Petri Arnaldus *fret et Petrus Mir Pontius Mayol et Amer Bernardus Selva et *Guillelmus Compayn. In primis damus illis ad hortos habendum su* Monsfavar unde habeant hortalia sic determinatum per qua* partes: Prima de illu orto Sancte Marie secunda de illa acechia *tia illa sorte sancti Petri de Osca quarta Sicoris (Segre). Deinde damus in illa plana de Vilanova de illa sorte de Miro Arnaldi de Concal* usque ad illum terminum de illo prestinguo et de illa margine que ad Sicorim (Segre). Hic vero quantum concludunt istas quatuor pa* excepta illa turrim de Bernardo Bigeri. Item damus illis aliam versam ad Trencavias sic determinata de illa sorte Senelasco *tagnones usque in illo villare antiquo de alia parte de illo * usque in Sicorim quantum concluditur in istis quatuor partibus * integro. Item damus in illa parte de Castelione sic determinata quatuor partes: prima pars de ipso muro usque in ipso safaregio *tia pars de illa porta de Castelione ipsa via usque in illa via pergit ad Albesam quantum concludunt istas quatuor partes *tegro. Igitur damus illis de illa parte de Cione alia division* determinata a parte orientis ipsam marginem usque in Cione * tertia parte ab illa torre de Berengario Beccu de quarta parte Sicoris: quantum inter istas quatuor partes omnia concluduntur damus similiter concedimus ad integrum. Ego vero predictus Ermengaudus cum dicto Geraldo vicecomite et episcopo Ottone facimus hec predicta scriptura et concedimus istis supramemoratis hominibus de Balagario ut habeant et possideant quantum in ista carta resonat illis et omnis posteritas eorum ad proprium allode et ad facere suam voluntatem: si quis tamen quod minime facere credimus ut nullus propinchus vel extraneus contra hunc nostrum scriptum insurrexerit et dirrumpere voluerit sub anathema sit et in futurum non possit inde aliquid condemnare. Facta carta hereditaria sive donationis notum diem quinta feria quod est tertio calendas julii epacta XI coé VI luna XXII indictione XV regnante Lodovico rege in anno suo decimo eodem comes Ermengaudus in Balagario et in Urgellum.
Ego igitur supradictus comes Ermengaudus qui hanc cartam scribere jussi et legentem audivi manibus meis Sig+num infixi.
Ego vicecomes Geraldus similiter ad confirmandam hanc cartam Sig+num infigi.
Ego episcopus Otto in hac carta Sig+num confirmationis injeci. Sig+num Arnaldi Berengarii. Sigi+num Petri Berengarii.
Arnaldus Berengarius testis. Berengarius Artaldus testis. Raymundus Arnaldus testis.

De este auto se infiere: que los condes de Urgel ponían vizcondes en su lugar y ausencia, así como el conde de Barcelona; que este vizconde se llamó Geraldo, de quien, en uno de los dos autos del conde Pedro Anzures, que pusimos arriba, queda hecha mención; que el culto divino no faltó aun en tiempo de los moros en aquella ciudad, aunque ellos fuesen dueños de ella, y este se conservó por el buen cuidado y piedad de sus vecinos; y que el conde de Barcelona y el rey de Aragón no tenían parte en ella, (pero sí el rey de Francia) por cuanto, así como firmaron el vizconde y el obispo de Urgel, es infalible hicieran lo mesmo el conde y el rey, si en aquella ciudad y territorio tuvieran algún interés; a lo menos en dicho auto se hiciera alguna memoria de ellos. Es este privilegio una de
las antiguas concesiones tiene aquella ciudad, y prerogativa grande de que posean sus tierras y heredamientos en franco alodio.
Por estos tiempos casó Armengol con Arsende, hija que era de los vizcondes de Ager: el nombre del padre no he podido averiguar, por la poca memoria o continuación hay de esta casa y linaje. Zurita es el que afirma ser esta señora de aquella casa, y así está comunmente recibido.
Pocos años después, que fue el de 1126, hubo una muy sangrienta batalla con los moros delante del castillo de Corbins, y se perdieron en ella muchos cristianos, y las cosas estuvieron en gran peligro, y el rey don Alfonso de Aragón tuvo vistas con el conde de Barcelona y con sus hijos, para dar favor a la guerra contra los infieles. El anal de Ripoll dice, hablando de este encuentro: Hoc anno ante castrum Corbins incursu mohabitarum multi christianorum perierunt; y dice también, que murió Bernardo, conde de Pallars; pero no especifica si fue su muerte en esta batalla. Después tuvieron algún remedio las furias de los moros, y dieron lugar al conde para ir a Castilla, donde era, para los estados tenía en aquel reino, muy necesaria su presencia, porque era muerto su suegro, y él quedaba heredero de Valladolid y de grand* estado en los reinos de Castilla y León. Fue sepultado en la iglesia mayor de Valladolid, que él había fundado, y en el sepulcro puso el conde su nieto sus armas, digo los jaqueles (jaque, del ajedrez) de oro y negro, porque los caballeros castellanos no usaban entonces de escudos de armas, como usaron después. Por nueva sucesión, hubo de residir allá algunos años, y fue muy estimado del rey don Alonso, hijo que fue de la reina doña Urraca, porque favorecía (aunque secretamente) la pretensión de aquel rey, el cual, por haber fallecido el de Aragón (Alfonso I el batallador) sin hijos, aspiraba a la sucesión del reino, por ser don Ramiro, hermano del muerto, sacerdote (Ramiro II el Monje) y obispo e incapaz de contraer matrimonio. Entróse con gran ejército por el reino de Aragón y tomó muchos lugares y pueblos de don Ramiro, que ya se intitulaba rey: éste, porque no podía resistir, se retiró con los suyos a las montañas, y el de Castilla entró en Zaragoza, usando del título de rey de Aragón, afirmando privilegios antiguos y concediendo otros nuevos. Estaban con él Ramón Berenguer, conde de Barcelona, y Armengol de Urgel, Alonso Jordán, señor de san Gil y de Tolosa, primo del rey y los condes de Fox, Pallars y Comenge, y muchos caballeros catalanes, franceses, castellanos y de Aragón. El rey don Ramiro estuvo retirado al castillo de Monclus en las montañas de Sobrarbe, hasta el noviembre del año 1135, y se intitulaba rey de Aragón, Sobrarbe y Ribagorza. Algunas personas trabajaron por la paz, y la concluyó san Olegario, arzobispo de Tarragona, de nacion catalan, natural de Barcelona. Vino este santo a Zaragoza, y después de varios tratos, quedó concordado que el de Castilla por toda su vida quedara con la ciudad de Zaragoza y sus apendicios, y por ellos hiciese reconocimiento al rey don Ramiro, y que después de muerto, viniese todo a don Ramiro y a sus sucesores. Vino esta paz muy bien al conde de Urgel, por ser su condado muy vecino a aquel reino y poseer en él muchos lugares y, entre otros, la villa de Bolea. Los aragoneses también holgaron mucho de este trato, por no meter rey estranjero, (el de Castilla) mientras había hijo y hermano de sus últimos reyes. Después de dado asiento a las pretensiones de los dos reyes, volvió el conde al reino de Castilla, y fue confirmador de muchos privilegios y escrituras reales de aquellos reinos. Las que han venido a mi noticia son: la que a 2 de junio de 1135, estando el rey en Valladolid, otorgó al conde don Rodrigo Martínez Osorio, de toda la heredad que el rey tenía en Famusco y en el infantado de san Pelayo, en Castilla. Asímismo confirmó a 2 de octubre de 1136 una donación que el rey de Castilla y Berenguela, su mujer, hermana de Ramón Berenguer, conde de Barcelona, hacen a la iglesia catedral de Astorga de unos lugares que doña Urraca, madre del rey había dado; y fue este uno de los primeros privilegios de Castilla que llaman rodados, de que habla la ley segunda, título 8.° de la tercera Partida, cuando dice; que «en la carta del privilegio rodado, después de haberse puesto la fecha, se escriban los nombres de los reyes e de los infantes e de los condes que fueron sus vasallos que le confirman, también de otro señorío como del suyo, e después deben facer la rueda del signo de scrivir, en medio el nombre del rey aquel que el da, y en el cerco maior de la rueda deven scrivir el nombre del alférez e del maiordomo, como le confirman, e de la una parte e de la otra deven scrivir los nombres de los arzobispos e de los obispos e de los ricos hombres de los reynos, e después destos sobredichos deben scrivir los nombres de los merinos mayores e de aquellos que deven fazer justicia, e de los notarios que son en reglas que son juso de la rueda.”
Esto dice la ley, y en el real archivo de Barcelona hay uno de estos privilegios.
El año siguiente de 1137, estando el conde en Cuenca con el rey, confirmó otro privilegio concedido a todos los cristianos que tenían hijos, casa y mujer en Toledo, para que no paguen portazgos ni otro tributo en todo el reino, por razón de ninguna mercadería.
En el año 1144 ya estaba el conde Armengol en Cataluña, y con Ramón Berenguer el cuarto pasó a Francia a socorrer al conde Berenguer Ramón, hermano del de Barcelona, que era conde de Prohenza (Provenza, Provincia, Provintia, Provence, Provença, etc), a quién Ramón de Baucio y sus hijos le habían movido guerra, pretendiendo algunos intereses en el dicho condado; y con los Condes de Urgel y Barcelona pasaron muchos caballeros de Aragón y Cataluña. Del condado de Urgel fueron Guillermo de Anglesola y Bernardo de Anglesola y Gombau de Ribelles. Ganóse la villa de Mompeller (Montpellier, Montispessulani) dejaron con gran sosiego las cosas de Berenguer Ramón y victoriosos se volvieron a Cataluña.
Estando en Castilla, confirmó en el año 1146, a 10 de las calendas de mayo, una donación que el rey Alonso y Berenguela, su mujer, hacen pro redemptione animae suae et parentum suorum a la iglesia de Santiago de Mezeruela de la villa de Manzanares; y en el mes de enero del año 1149, confirma la donación que el dicho rey de Castilla hace al arzobispo de Toledo y canónigos de aquella catedral, de la mejor y más principal mezquita de la villa de Calatrava, con sus viñas y todo lo que poseía en tiempo de los moros.
Movió entonces el rey de Castilla la conquista de la ciudad de Almería, en que trabajó mucho y se señaló el conde Armengol. Es Almería ciudad marítima y muy principal en el reino de Granada. Los latinos la llamaron Urgi, y al seno hay allá llamaron Urgitanum: es muy antigua en España y los primeros pueblos que tuvieron obispos; en ella fuélo san Indalecio, discípulo del apóstol Santiago. Era por estos tiempos esta ciudad de grande contratación y riqueza, y tenían en ella acogida todos los piratas que corrían aquellos mares e infestaban las costas del Mediterráneo: acogíanse allá algunas veces más de ochenta bajeles de ellos. Al rey de Castilla y el conde de Barcelona, que tenían muchas leguas de mar y sus vasallos frecuentaban la navegación, convenía más que a otros príncipes quitar de ella aquella cueva de ladrones. Antes de empeñarse en esto, fue muy conveniente apaciguar algunas alteraciones entre el rey de Navarra y Ramón Berenguer, conde de Barcelona; fueron las vistas en san Estévan de Gormaz, donde interviniendo también por medianero el conde de Urgel, se concordaron y entendieron a la conquista de Almería.
El primero que salió en campaña fue el rey de Castilla, el cual, de camino, tomó muchos pueblos de moros, y entre ellos la ciudad de Córdoba, que era el más principal pueblo que tenían los moros en España; pero halló grande dificultad en conservarla, y sin detenerse en ella, por la falta que podía hacer a la empresa de Almería, la dejó a Aben Gami o Aben Ami, moro, gobernador o rey que era entonces de ella, el cual le prometió fidelidad, con juramento que hizo sobre el Alcoran. Entretanto el conde de Barcelona, con su armada naval, aguardaba otra de genoveses, que venía a sueldo del pontífice Eugenio III. Las dos armadas fueron a Almería, y juntas las fuerzas de mar con las del rey de Castilla, se puso asedio a la ciudad por mar y por tierra, y por esta parte ganaron algunas torres, y derribaron buena parle del lienzo del muro. Atemorizados los de dentro, ofrecieron algunos partidos, que no quisieron aceptar los cristianos; apretaron el cerco ya, y a 17 de octubre de 1147 la entraron por fuerza: fue el saco grande; porque era la más rica ciudad de toda la marina.
La joya más notable que se tomó, fue un plato o escudilla de esmeralda, de inestimable precio: de este se contentaron los genoveses por la parte les cabía en aquellas victorias.
Consérvase en el día de hoy en Génova, por haber servido a Cristo nuestro señor en el jueves de la cena: es de inestimable valor, y afirman los lapidarios, que partiéndole en partes del tamaño que suelen ser comunmente las otras esmeraldas, no habría riqueza ni dinero con que poderlo pagar; trajéronle los godos a España, según se piensa, y créese piadosamente, que cuando Cristo señor nuestro se sirvió de él, que no era de aquella materia, sino que, por milagro, se convirtió en esmeralda, mandándolo así el que crió el cielo y todas las cosas de él y de la tierra. Jayme Ferrer, catalán de nación y lapidario famoso, en un tratado escribió sobre la comedia del poeta Dante, describe muy por menudo esta piedra, y considerando su quilate y valor; dice que si se dividiera en piedras menudas, valiera un grande tesoro: está hecho con seis ángulos o puntas, y tiene de ruedo cuatro palmos y medio catalanes. Fueron con el conde de Barcelona muchos caballeros, que se señalaron notablemente en esta conquista. El obispo de Pamplona refiere unos versos que trae el autor de la historia de Toledo, a la fin de su obra, en que, aunque bárbaros y mal concertados, como mejor supo, cuenta esta conquista de Almería, y la orden que el rey de Castilla tuvo en llevar sus gentes, y los sucesos de ella; porque era costumbre de los reyes antiguos de España, para animar a los caballeros que se señalasen con hechos de inmortal memoria, llevar en sus ejércitos poetas que en metro ...

Pasa de la página 381 a la 384 !
*daria al de Urgel la tercera parte de las parias, o tributos que le diesen los de la dicha ciudad, y si no valiesen mil morabatines, promete pagar y suplir lo que faltase; y por todo el tiempo se tardaría en tomar Lérida, le prometió mil morabatines, esto es, quinientos a Pascua y quinientos el día de san Miguel.
A 18 de setiembre del año 1148, confirmó en Toledo la donación que el rey don Alonso y Berenguela, su mujer, hicieron de la villa de Alvires, en el reino de León, junto a Majorica, de que arriba hablamos, en favor de Martín Díaz de Prado, criado de aquellos reyes.
Asímismo, a 24 de marzo del año siguiente, confirmó ciertas leyes o fueros que otorgó el rey a cierta aldea que estaba junto a Burgos. Había entonces en la corte de aquel rey grandes lutos, por ser muerta, a los primeros de febrero, la reina doña Berenguela, que fue hija de Ramón Berenguer, tercer conde de Barcelona, y hermana del cuarto, y tía de Dulce, que fue nuera del conde Armengol.
Por estos tiempos se efectuó la conquista de Lérida y otros pueblos de aquella comarca: emprendióla con grandes veras el conde de Barcelona, juntando todas las fuerzas que pudo del principado de Cataluña y reino de Aragón. El conde de Urgel, como más interesado, por razón de la vecindad tenía con la ciudad de Lérida, y por lo que estaba tratado con el conde de Barcelona, dejadas las cosas de Castilla, acudió con cuatro mil infantes y ochocientos caballos. Había entre ellos muchos caballeros que tenían castillos y lugares en su condado de Urgel; estos fueron Berenguer de Anglesola, Galceran de Pinós, Pons de Ribelles, Oliver de Termens, Ramon de Peralta, Berenguer Despes, Gombau de Besora, Pere Sbert de Mediona, Guillen de Alentorn, Pons de Oluja, Guillen de Pinel, Ramón de Caldes y otros. No faltaron los condes de Pallars y Ampurias, ni el vizconde de Cardona, que en su compañía llevaron a Guillen de Cervera, Pedro Alamany, Ramón de Anglesola, Guillen de Bellera, Berenguer de Eril y Artal de Mur. Del reino de Aragón acudió mucha nobleza. Acaecieron grandes cosas en este cerco, porque los moros echaron el resto en la defensa de esta ciudad: los de las riberas de Ebro, Segre y Cinca daban continuos socorros y por estorbarlos, envió el conde de Barcelona algunas compañías de almugávares que lo impidieron. En el mes de setiembre se puso muy de propósito el cerco a la ciudad, y porque había gente para todo, le pusieron también a Fraga, que eran los dos pueblos mejores de toda aquella comarca. Todo el tiempo que duraron estos medios fue notable el daño que las continuas baterías dieron a los cercados: cada día había asaltos; el más recio fue a 24 de octubre, que la ciudad fue entrada por la parte de la puerta de san Antón. Fue muy celebrada esta presa de los cristianos, por haber ganado un pueblo de los mejores y más fuertes y abastecidos tenían los moros en esta parte de la España Tarraconense. Rindióse asímismo en el dicho día la villa de Fraga. En el mes de enero del año 1149 de la encarnación, el conde de Barcelona y el de Urgel, el cual dice en el auto que abajo citaré per manum comitis Barcinone Ilerdum habet, conceden aquella ciudad en franco alodio a los vecinos de ella, y ordenaron algunas leyes eran menester para su buena policía y aumento. Otorgóse este auto en el mes de enero del año 1149 de la encarnación, y firmáronle Alfonso, hijo primogénito del conde de Barcelona, el cual fue rey de Aragón; Armengol, hijo primogénito del conde de Urgel; Arnaldo Mir, conde de Pallars; G. R. Dapifer, Ramón de Pujalt, Bernat de Belloc, G. de Jorba, G. de Cervera, G. de Castellvell, Berenguer de Anglesola, Gombau de Ribelles, Arnaldo de Pons y B. de Torroja; y los vecinos de la ciudad se obligaron tenere et conservare civitatem et villam Ilerde secundum posse suum, prometiendo ayudarles a los condes todo lo posible.
El conde de Barcelona con gran liberalidad dividió premios a los que lo habían merecido; y porque el de Urgel fue a quien más le debía el buen suceso de esta victoria, cumplió con él lo que antes de la conquista se le había prometido, y le dio también, según dicen algunos autores, los lugares y castillos de Aytona, Albesa, y la conquista de los lugares de aquella comarca, que son Alguayre, Almenar, Algerri, Alfarras, Corbins, Tamarit de Litera, Alcarraz y otros que estaban a las riberas de Segre y Noguera Ribagorzana, que después se fueron poco a poco conquistando y se añadieron algunos de ellos al condado de Urgel. El conde Armengol, agradecido del servicio había recibido de sus amigos y vasallos, les hizo parte de la victoria: a Gombau de Besora, que en la presa de Lérida se señaló notablemente, le dio una calle entera y dos torres de la ciudad, que por mucho tiempo les quedó las torres de Besora, y estaban muy vecinas al castillo, y una de ellas, que terminaba por tres partes con la costa del castillo real, y de otra parte cum via publica fue en el año 1328, a 5 de los idus de diciembre, vendida a Ferrario de Lilleto, baile general, por treinta libras jaquesas, el que la compró para servicio del rey don Alfonso, y, a lo que yo conjeturo, para unirla y aplicarla al castillo real. Vendiéronla los herederos de Raimundo de Penafreita, como parece en un auto que estaba en el real archivo, el cual hace larga designación de las terminaciones de la torre, y dice: quae est juxta castrum domini regis et afrontatur ex duabus partibus in carraria publica qua itur de Sede Ilerdensi (la Seo, Seu) usque Predicatores et ex alia parte in carraria per quam itur ad turrim predictam per portam superiorem et alia in platea terre que est juxta dictum castrum et turrim predictam et ex alia in loco qui dicitur la Devesa domini regis; y conquistada mucha parte de la tierra que le dio el conde de Barcelona y unida a su casa, hizo también merced a muchos de los caballeros habían ido con él. A Oliver de Termens dio la villa de Corbins, a Galceran de Pinós, la villa de Albesa en feudo; y porque este caballero se señaló mucho en esta ocasión, el conde de Barcelona le remitió el alodio directo que tenía en la villa de Alguayre, de que, por sus grandes merecimientos, le había hecho merced en esta ocasión; y dice Tomic, que el de Urgel fue muy liberal en dar muchas villas y castillos de los que había ganado, a aquellos que le habían servido; y esa es la razón porque había antiguamente tantas familias nobilísimas en estos condados, porque estos condes de Urgel siempre fueron muy liberales con la gente noble que les sirvió y se preciaron de tener en su condado muchos caballeros y barones. Dice Garibay que de esta vez ganó también a los moros un lugar llamado Curiana, aunque después se lo volvió, y sin estas ganó otras tierras y fortalezas, en el año de 1150.
No dejaré aquí de advertir para los curiosos el estilo y modo tenían en este tiempo en confirmar los privilegios, diferente del de ahora, que el privilegio confirmado se mete o inserta en el confirmante: entonces no era así, sino que cada rey, cuando confirmaba, metía su firma después de la del que le había concedido, y si otro confirmaba después, metía asímismo su firma, de suerte que en un mismo privilegio hay firmas del padre, hijo, nieto y otros descendientes, que en el tiempo se concedió el tal privilegio ni eran conocidos, ni aún nacidos en el mundo. Esto ha causado admiración a algunos y descrédito de los tales privilegios, no siendo sino muy grande crédito y autoridad de todos ellos; y así muchas veces estos privilegios están registrados con una firma sola en unos registros, y en otros con dos o más. Sea ejemplo el privilegio arriba calendado hecho en enero del año de la encarnación 1149, el cual, en el fol. 152 del libro 1.° de los Feudos, está sin la firma del rey don Pedro, y en en el saco A, núm. 34 del armario 3, está con la firma del dicho rey y de otros magnates que le firmaron; y la razón es, porque en el libro Feudorum se escribió antes de ser confirmado de este rey, y en el dicho saco A se metió después de la confirmación; y esto basta por ejemplo, aunque, si quisiera, pudiera traer otros muchos.
El año siguiente de 1150, el conde Armengol, con mucha caballería e infantería catalana, pasó a Castilla, en favor del rey Alonso, que quería cobrar la ciudad de Córdoba, que, como queda dicho, había tomado cuando fue a Almería, y por no poderse detener en ella, la dejó a Aben Gami, moro, que la tuvo algún tiempo por el mismo rey de Castilla, no porque hubiese amistad entre los dos, sino porque el rey no pudo hacer otra cosa. Sucedió que un numeroso ejército de gente africana, que llamaban musmitas, feroz y guerrera, después de conquistar el reino de Marruecos y gran parte del África, pasaron a España, y se hicieron señores de todas las ciudades que los moros tenían en ella, y ejecutaron grandes crueldades contra los pocos cristianos que entre los mismos moros españoles, con sus clérigos y obispos, vivían, desde la pérdida de España. Aben Gami, que de cualquier manera quería ser señor de Córdoba, se allegó a estos musmitas, negando el vasallaje al rey Alonso, el cual pasó allá, el verano de este año, con poderoso ejército, y en una batalla campal venció y destrozó los enemigos, quebrando poderosamente sus fuerzas; puso cerco a Córdoba, donde estaba fuerte el moro, y ganó gran parte de la ciudad con su mezquita mayor, la cual entró y saqueó, haciendo grande destrozo en los enemigos. En esta batalla y conquista de Córdoba hizo el de Urgel grandes hazañas, y vengó la muerte de Armengol de Córdoba, su antecesor, y fue
dichoso en esta conquista, que aquel en su empresa. En batalla se halló Ramón Berenguer, conde de Barcelona, el cual, cuando el rey de Castilla fue allá, estaba en su reino, y no pudieron él y los suyos faltar a su cuñado. Fueron en esta batalla con el rey de Castilla, Garci Ramírez, rey de Navarra, el conde don Fernando de Galicia, Fernán Joanes, el conde don Ponce, mayordomo del emperador, y otros muchos señores y caballeros. De todo esto da noticia un privilegio que trae el obispo de Pamplona, hecho a 23 de julio de este año, en que dicho rey de Castilla hace merced a un caballero llamado Pelayo, cautivo, de ciertas heredades y posesiones en el término de Astorga, y se la hace por los servicios que de él había recibido en las guerras que había tenido contra los moros; y dice que se dio este privilegio o carta en el tiempo que dicho rey tenía cercada a Córdoba, y peleó sobre ella contra treinta mil musmitas y con otros andaluzes, y les venció. Es la fecha de esta carta el dicho día, y está confirmada por los arriba nombrados. Sin esto, consta de otro privilegio concedido por este rey a 13 de marzo del año 1151, en favor del monasterio de San Isidro de Dueñas, en que le da los lugares de Baños y Ontoria, en Castilla, y dice el dicho rey, que peleó en Córdoba con los musmitas y les venció, y se hallaron con él sus hijos y el conde de Urgel, el conde Ramiro Flores, y Nuño Pérez, alférez del rey: tráelo el obispo de Pamplona.
Por otro privilegio hecho a 2 de enero 1153 consta, que en este tiempo estaba en Salamanca con los reyes Alonso de Castilla y Sancho, su hijo, quien ya se daba título de rey, y con los arzobispos de Toledo y otras muchas personas que, con el conde Armengol, fueron confirmadores.
Estaba ya por estos tiempos muy viejo y falto de salud, y con dificultad podía asistir a los reyes ni seguir la corte, por la edad le tenía trabadas las fuerzas; y así ya no se halla en los privilegios otorgados por estos tiempos confirmación suya, impedido de sus enfermedades, de las cuales murió en Castilla, a 28 de junio del año 1154, según el anal de Ripoll y la más común y corriente opinión. El padre Mariana dice que murió a 23 de agosto; el obispo de Pamplona, en la era 1193, que es año 1155 de Cristo señor nuestro. Está sepultado en el monasterio de nuestra señora de Valbuena, del orden del Cistel, ocho leguas junto a Valladolid, el cual monasterio pocos años antes había fundado doña Estefanía, su hermana, mujer que fue del conde don Pedro González Girón. Llamó esta señora para dicha fundación monjes del monasterio de Verdones, en Francia, que vinieron de allá con su abad, y ha sido uno de los más famosos monasterios que de esta sagrada orden ha habido en España, cuya fundación se atribuyeron a si muchos reyes de Castilla, preciándose de fundadores y bienhechores de esta casa, dotándola muy magníficamente, y concediendo muchas y muy grandes prerogativas, de que goza, muy debidas a la santidad y religión de los monjes, de ella.
De su mujer Arsende, que era del linaje de los vizcondes de Ager, tuvo dos hijos y tres hijas: los hijos fueron Armengol; que llamaron de Valencia, y fue conde de Urgel, y Galceran, que llamaron de Salas, por haber nacido y ser señor de un pueblo llamado así, en el marquesado de Pallars; las hembras fueron Isabel o Sibilia, que casó con Ramón Folc, (Folch) vizconde de Cardona, que llamaron el Prom, y Estefanía, que casó con Arnaldo Mir, conde de Pallars, y después con Bernardo Roco, gobernador y capitán general de las Asturias por los reyes don Fernando segundo y don Alonso, su hijo, de León. Era este linaje de los Rocos muy antiguo en aquel reino y estimado de los reyes: el hijo de este Bernardo Roco y de doña Estefanía, que también se llamaba Bernardo, tomó por armas quince escaques o jaqueles (del ajedrez, schachs, scacs, etc) de los condes de Urgel, y eran siete negros y ocho de oro. Yo he visto, entre otros, un privilegio del rey Alonso de León en favor de este Bernardo, que, por ser cosa del conde y testimonio cierto de la cuenta en que eran tenidos sus parientes, lo pongo aquí, sacado del archivo real de Simancas, que no es de menor autoridad que el de Barcelona, y dice así:
In nomine Domini Amen. Ego Alfonsus Dei gratia rex Legionis et Galletie etc. Per hanc cartam notum facio omnibus tam presentibus quam futuris quod do Bernaldo Roco duci et signifero ac successoribus suis ut possit facere in fluvio Tago quod est juxta opidum qui dicitur Alcantara molendina et piscaria in eo loco quem signaverit donus Hernandus magister de Calatrava cui ego heri dedi per meum privilegium castrum et villam predictam cum omnibus pertinentiis suis intus et exira cum suis directis postaticis molinis et aqueductibus eorum canalibus piscationibus et aquis earum pasquis pratis et cum quanto ibidem ad prestitum hominum esse videtur de quibus omnibus oro et jubeo magistro ut cum faciat partitionem cum fratibus et militibus suis ut det dicto Bernardo Roco bonam ac meliorem partem tam de canalibus quam de piscationibus et de ceteris omnibus supra contentis. Hoc autem do pro bonis et grandis servitiis que mihi fecit et etiam pro illis que fecit Armengol comes Urgelli avunculus ejus illustrissimo patri meo et eo quod sit nobilis ex genere comitum et principum natus. Quicumque hanc cartam donationis mee contrahire presumpserit sit maledictus et cum Juda Domini proditore et Datan et Abiron quos vivos terra absorbuit penas luat in perpetuum in inferno. Facta carta apud Cauriens quinto calendas junii era M.CC.LI.
Ego Alfonsus rex Legionis et Galletie hanc cartam quam fieri jussi roboro et confirmo.
P. Compostellanus archiepiscopus - P. Ovetensis episcopo. - Roderico episcopo Legionis.
- San Astoricensis episcopo (Astorga?). - Gumsalvo Salmanticensis episcopo. - Girardo Cauriensis episcopo. - Ego Infans dona Sancia regis Legionensis filia confirmo. - Ego Infans dona Dulcia regis Legionensis filia confirmo. - Dono Sancio Fernandez regis signifero tenente Legione Zamora Stremadura et Transserra et de manu ejus Fernandez Sancii signifer confirmo. - Comite dono Alvaro regis maiordomo et pro eo Petrus Marinus confirmo. - Dono Roderico Gomez Transtamar Montenigrum de Monterosum confirmo.
- Dono Roderico Fernandez Astoricam et Benaventum confirmo.- Presentibus Garcia Joanne Petro Pelagii Gunsalvi et multis aliis.
Abbas Arvensis de mandato domini regis propia manu scripsit.

Dura aún esta familia de los Rocos, y por haber dado el maestro Garci Fernández, maestre de Alcántara, a Diego Roco, nieto del hijo de doña Estefanía, unos heredamientos de gran consideración en un teritorio o término que llaman Campofrío, donde tenían su casa solariega, les quedó el nombre de Roco y Campofrío, y desde entonces acá se han nombrado así. Tienen por armas quince jaqueles, y están en algunas de sus sepulturas, que denotan la antigüedad de este linaje. De los últimos que yo he tenido noticia, son don Francisco Roco, que llaman de Córdoba, y de aquí quisieron algunos decir, que tomó este nombre por descender de Armengol de Córdoba, conde de Urgel, de quien descendía doña Estefanía, mujer de Bernardo Roco; pero no por esto tomó el apellido de Córdoba, sino por haber emparentado sus pasados con personas del linaje de Córdoba. Es este don Francisco del consejo del rey de Castilla, su oidor en Sevilla, Veinte y cuatro de Córdoba, y en el año 1639 fue procurador a cortes, y tiene hijos. También hay un caballero en aquellos reinos, que se llama don Pedro Roco y Campofrío, que desciende por línea de varón del hijo de doña Estefanía. Ha habido en este linaje personas de gran talento y consideración, y siempre han casado noblemente, y se hace en Castilla mucho caso de ellos. El ser esta familia sangre y descendencia de la casa de Urgel, me ha dado ocasión de hacer de ella esta memoria, porque, fuera de los
reyes de Castilla y duques de Cardona, hallo pocos que, con certeza, puedan afirmar que sean descendientes de aquella casa.
De sus estados dejó heredero a Armengol, su hijo mayor: a este, muriendo sin hijos, sustituyó a Galceran, y muriendo sin ellos, a Estefanía, su hija; y faltando ella sin hijos, hace heredero suyo a Guillen Ramon Dapifer, y después de él, a Pedro, su sobrino, hijo de Teresa, hermana del mismo Ramon Dapifer.
Estimó mucho la ciudad de Balaguer y sus vecinos, y les otorgó diversos privilegios y exenciones, en pago de los buenos y grandes servicios había recibido de ellos, confesando debérseles la conquista y conservación de la ciudad. Dejó mucho y muy grande estado, así en Cataluña, como en Castilla y reino de Aragón, y en su tiempo estuvo su casa en mayor grandeza y autoridad que no había estado hasta entonces, y su fama corrió por todo el mundo. Poseyó el condado cincuenta y tres años.