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domingo, 24 de mayo de 2020

LVI. Reg.n.15. Fol.56.21 jun.1267.


LVI.
Reg.n.15. Fol.56.21 jun.1267.

Volentes populacionem et villam construere et edificare in loco qui dicitur
parrochia de Figueres et quod omnes qui ibi populabunt seu habitabunt hujusmodi libertatibus
et bonis
consuetudinibus infra scriptis debeant congaudere idcirco per nos et successores nostros etc. (1).

(1) Suprimimos la continuación de este documento, porque, con muy leves variantes, es enteramente igual al continuado ya bajo el número XLIX. Sin embargo, hemos querido apuntarlo aquí, por ser este el lugar que le corresponde, atendida su fecha del año 1267, y porque creemos que esta es la verdadera, y no la del año 1257 que se lee en la otra copia: equivocación procedente de hallarse continuada la misma escritura en dos distintos registros de este archivo.