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miércoles, 30 de septiembre de 2020

21 DE FEBRERO. Por el Rey de Castilla e de Leon.

21 DE FEBRERO. 

Propúsose en este día que se invitase a la ciudad de Barcelona a hacer acopios de trigos, anticipándole, si era necesario, los fondos necesarios; y que la diputación levantase un empréstito para hacer frente a todas las eventualidades. Acordóse además no dar oídos a ninguna proposición del rey, de la reina ni de nadie, sin que la precediese la libertad del Príncipe de Viana; y por último se dio cuenta de la siguiente carta:

Por el Rey de Castilla e de Leon.

A los diputados ordinarios del Principado de Cathaluenna.
Nos el Rey de Castilla e de Leon embiamos mucho saludar a vos los diputados ordinarios del Principado de Cathaluenna conto aquellos para quien mucha honra e buena ventura querriamos. Fazemos vos saber que Nos havemos sabido que despues quel Rey de Aragon nuestro muy caro e muy amado tio ovo perdonado e segurado al Principe don Charles su fijo primogenito lo ha agora poquo tempo ha tomado preso assignando en la prision suya algunas causas e que la major sea porquel Principe toviesse e demostrasse haver voluntad de concluir el matrimonio con la infante nuestra muy cara e muy amada hermana. Sea verdad que este matrimonio fue por Nos movido asi con el Rey como con el Príncipe por el buen deseo que Nos havemos a la paz e concordia de aquestos regnos ciertamente otro tracto ni fabla alguna non se tovo con el dicho Principe nin aun en lo tocante al mismo matrimonio con el Principe aparte del Rey se fablo mas de aquello que al Rey su padre fue fablado. E si algunas otras cosas alla se han dicho o difamado sin dubda esto es fecho con mal proposito a fin de damnar la voluntad del Rey con su fijo por personas que el amor e concordia de entrellos non desean. Somos mucho maravillado de tal caso non menos havemos dello pesar e dolor por el grand amor e debdo que Nos havemos con los dichos Rey e Principe. Havemos assimesmo sabido quanto vosotros haveys trabajado e trabajays por la delliberacion del dicho Principe en lo qual fazeis como buenos e leales e aquello que la raczon vos obliga y corresponde bien a lo que vuestros antepassados siempre fizieron. Por ende quanto afectuosamente podemos vos rogamos lo continuedes asy fasta quel dito Principe sea libre ca Nos embiamos sobrello nuestra embaxada al Rey nuestro muy caro e muy amado tio e entendemos trabajar e procurar esta delliberacion. Certificandovos que nuestra intencion e proposito verdaderamente es de conservar e guardar la pacz destos nuestros regnos con esos. Fareys vosotros en esto vuestro deber e Nos vos lo agradeceremos mucho. Ayaos Nuestro Sennor todos tiempos en su special guarda. Dada en la muy noble ciudad de Cordova XX dias enero anno de LXI.
- Yo el Rey.

lunes, 17 de febrero de 2020

XXXVI , perg 1630, Jaime I, 20 septiembre 1260

XXXVI 

Perg.n°1630. Jai.I. 20 set. 1260.

Al muy noble et mucho ondrado don Jaymes por la gracia de Dios rey de Aragon de Mayorgas et de Valencia comde de Barcilona et de Urgel et sennor de Montpesler don Alfonso por essa mesma gracia rey de Castella de Toledo de Leon de Gallizia de Sevilla de Cordova de Murcia et de Jahen salut assi como a rey et a suegro que tenemos en logar de padre et a amigo que mucho amamos et en qui mucho fiamos et pora quien querriemos mucha de salud et mucha de buena ventura. Rey nos vos embiamos otra nuestra carta abierta de creencia con don Alfonso Tellez nuestro ricoome sobre lo que nos embiastes dezir por vuestras cartas en razon de la vuestra pasada pora Ultramar et del casamiento del inffante don Pedro vuestro fijo con la fija del princeb de Pulla que queriedes fazer: et bien dezimos verdat a Dios et a vos et a todos los omnes del mundo que aquellas cosas que nos vos embiamos decir et aconsejar sobresta razon con don Alfonso Tellez el sobredicho aquello entendemos que es mas a servicio de Dios et mas a vuestra pro et a vuestra ondra de vos et de vuestros vassallos e de vuestros amigos et de todos aquellos que debdo an conbusco et vos assi lo devedes querer. Onde vos rogamos quanto vos podemos rogar et aconsejamosvos que fagades assi como vos dira de nuestra parte don Alfonso Tellez el sobredicho sobresta razon et gradirvoslo emos mucho et tenervoslo emos en grand amor. Et si vos desto non nos quisiesedes creer de consejo et la passada pora Ultramar quisiesedes fazer et el casamiento con la fija del princeb quisiesedes levar adelante daqui nos desculpamos ende que de nenguna cosa non podriedes seer tan mal aconsejado nin en que mas fiziessedes vuestro danno: et quanto en lo nuestro terniemos que nengun omne del mundo tan grande tuerto nunquam recibio de otro como nos recibriemos de vos et vea Dios et los que conbusco son et todos los omnes del mundo que nos todo nuestro debdo avemos complido contra vos et sobresto creed a don Alfonso Tellez de todo quanto vos dixiere de nuestra parte. Fecha la carta en Cordova domingo XX dias de setiembre era de mille et dozientos noventa et ocho anyos. - Garcia Dominguez la fizo.