Repartimientos de los Reinos de Mallorca, Valencia y Cerdeña, publicación de real orden por D. Próspero de Bofarull y Mascaró cronista de la Corona de Aragon BARCELONA: En la imprenta del archivo. 1856.
Nota de Ramón Guimerá Lorente: Se actualiza en parte la ortografía en los textos que no sean originales, o sea, en las explicaciones de Bofarull (o como le llamo yo: bufa al ull).
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A LOS LECTORES.
Interrumpida esta publicación durante más de un año, aunque por causas que le habrán de producir desde luego no pocas ventajas, la emprendemos ahora nuevamente con más viva fé y con mejores medios, porque habiendo el Gobierno de S. M. autorizado el establecimiento en el mismo Archivo de una pequeña imprenta destinada exclusivamente a este objeto, podrá así continuarse la edición con mucha más regularidad y mayor esmero. Hemos debido también modificar algún tanto el plan que habíamos trazado desde un principio: la publicación de todas las actas de nuestras antiguas cortes; porque habiéndose propuesto la Real Academia de la Historia incluir las de todos los reinos y señoríos de España en la Colección de ellas que con tanto aplauso está dando a luz, obtuvo al efecto la correspondiente autorización de S. M., y se nos relevó al mismo tiempo del compromiso que habíamos contraído de publicar las que se custodian en este Archivo. Por nuestra parte hemos suministrado y suministraremos a la Academia, como nos está mandado, cuantas noticias y cuantos documentos teníamos recogidos sobre esta materia, para contribuir con lo que alcancen nuestras escasas fuerzas al mayor complemento de una publicación, que nadie, como aquel sabio Cuerpo, puede llevar a cabo con la perfección que su importancia requiere. De esta manera quedarán satisfechos con usura nuestros deseos de que vean la luz pública las actas de las antiguas asambleas de nuestra Corona aragonesa, y no menguará por ello el interés de nuestra Colección, ya que afortunadamente es tan abundante la mina cuyo laboreo nos está encomendado, que en la elección de los documentos que venimos publicando está la única dificultad con que tropezamos.
Para vencerla ahora con el posible acierto, hemos creído que después de haber dado a luz en el tomo 4.° de esta Colección los documentos relativos a la unión de Cataluña con Aragón, no sería fuera del caso el publicar los Repartimientos de Mallorca, Valencia y Cerdeña, que aparte del interés histórico que ofrecen en general, y en particular para cada uno de los territorios a que se refieren, constituyen, por decirlo así, el único titulo fehaciente de la agregación de aquellos estados a la monarquía catalano-aragonesa, son la más brillante ejecutoria de nuestros condes-reyes, (N. E. Será imbécil! y curas-cardenales, y sargentos-mariscales, y bedeles-CEO, etc.) y en medio de los muchos y preciosos datos que contienen sobre las fuerzas y estado social de los vencidos y de los vencedores en aquellos remotos tiempos, dan margen a serias meditaciones al que considere de qué manera se llevaron a cabo aquellas conquistas, y el universal despojo de que fueron víctimas los invasores musulmanes, del cual se libraron solamente los pocos tránsfugas o apóstatas que recibieron de los conquistadores el premio de su traición o de sus servicios. Ciertamente que la publicación de estos documentos nos hubiera dado pié para numerosas notas y no pocas aclaraciones, atendiendo a que los originales que hemos tenido a la vista se resienten del desorden de la época en que fueron redactados, cuando todavía se mantenía vivo hasta cierto punto el ardor de la lucha, y no se habían completado el establecimiento y la organización de los vencedores en el país conquistado; pero además de que esto nos hubiera llevado demasiado lejos, hubiéramos en cierto modo traslimitado nuestro mandato, reducido a transcribir fiel y puntualmente los manuscritos de que disponemos, para que sean para todos objeto de estudio, y pueda cada uno apreciarlos por lo que en sí sean. Por esto hemos sido y debemos ser parcos de tales notas y observaciones, que quizás muchas veces servirían solamente para dar una falsa luz a los documentos que publicamos. Bajo este concepto, no extrañe el lector la adulteración de nombres, la confusión de fechas, las repeticiones y algunos otros errores de más o menos monta que observará tal vez en estos libros: bástele estar advertido de ellos, para que poniendo su atención en el fondo, prescinda hasta cierto punto de la materialidad de la forma. Escribiéronlos sin duda amanuenses no muy eruditos, y fueron redactados en épocas sobrado agitadas y tumultuosas, para que debamos admirarnos de que no brillen en ellos ni un orden perfecto ni una corrección esmerada. Hecha por nuestra parte esta salvedad o, si se quiere, ligera advertencia, falta solamente que continuemos al pié de estas lineas, para conocimiento del lector, una ligerísima reseña de los manuscritos cuya publicación comenzamos.
DOCUMENTOS INÉDITOS DEL ARCHIVO GENERAL DE LA CORONA DE ARAGÓN, PUBLICADA DE REAL ORDEN POR SU ARCHIVERO, D. MANUEL DE BOFARULL Y DE SARTORIO,
TOMO XXV.
LEVANTAMIENTO
Y
GUERRA DE CATALUÑA
en tiempo de don Juan II. DOCUMENTOS RELATIVOS A AQUELLOS SUCESOS, PUBLICADOS DE REAL ORDEN POR D. MANUEL DE BOFARULL Y DE SARTORIO, Archivero de la Corona de Aragón.
Tomo XII.
BARCELONA. EN LA IMPRENTA DEL ARCHIVO. ------ 1863.
// Editor: Ramón Guimerá Lorente. Hay comentarios, (entre paréntesis y cursiva), y textos de Çaportella que no agradarán o gustarán demasiado a los lectores catalanistas del siglo, el XXI. Que se vayan a freír fuets o espetecs //
Con la idea de suministrar al lector todos los datos que puedan ayudarle a tener un cabal conocimiento de los asuntos a que hace referencia la Colección de documentos, (según manifestamos en el prólogo de la misma, y especialmente, por lo que toca a las Turbaciones de Cataluña, en la advertencia al lector que precede a esta parte,) damos a continuación el registro perteneciente al diputado Çaportella, único que, apartándose de sus compañeros, pretendió representar por si sólo la Generalidad o Diputación de Cataluña (no la llamaban Generalitat entonces los deputats del General, sino casa de la deputacio) en los puntos donde se conservaba la obediencia al rey Don Juan. En el mismo preliminar a que acabamos de aludir se encuentra consignado este hecho, al hacer referencia de todo lo que se proyectaba publicar para enriquecer con toda clase de documentos este azaroso periodo de discordias civiles, acerca de las cuales mucho se ha escrito y mucho se ha errado, especialmente por aquellos escritores inmediatos al tiempo en que la dinastía del rey Fernando 1.° estaba en todo su apogeo, los cuales o perpetuaron sin malicia y sin criterio histórico retrospectivo las falsedades de los que tenían interés y deber en celebrar los hechos de los vencedores, o temieron que el apartarse de la rutina y desentrañar la verdad era destruir lo que por la fuerza de los años se daba como cierto y admitido. Con el objeto, pues, de ayudar a la aclaración de la verdad, vamos cumpliendo lo prometido, y tocándole ahora el turno, después de publicados todos los registros de la Diputación y el de cartas, que precede, al indicado registro particular de Çaportella, lo daremos a luz, insiguiendo el mismo sistema, para su publicación, que hemos empleado en todos los demás tomos que el lector tiene ya conocidos, no sin que hagamos algunas prudentes observaciones para guia del que pretenda estudiar y comparar los diferentes documentos con que aquella se va enriqueciendo. Va encabezado el registro del Çaportella con una larga relación de los trabajos pasados al tener que residir como diputado en Barcelona, donde dice que unos pocos ciudadanos de la misma, unidos también con unos pocos del Principado, sustentaban la inicua rebelión, y añadiendo, sin duda para disculpar su inconsecuencia, que si bien había firmado papeles que servían para fomentar aquella, había sido sólo obligado a la fuerza, con gran peligro de muerte, llegando a asegurar que en las mismas sesiones, cuando él era de voto contrario, le llenaban de insultos y hasta le amenazaban con arrojarlo por la ventana. (No hace falta creer a Çaportella, sólo hace falta ver las sentencias de muerte de los deputats del General para cualquiera que les llevara la contraria. Ejecuciones de personas, exilio, embargo de bienes para usarlo en la guerra, etc. Está todo muy bien documentado en sus cartas anteriores; en especial esta de 1461). Estas son las razones en que se apoya para justificar su fuga, y hasta acaso para que se admita como regular y posible la representación de los estamentos de Cataluña en su persona, aun cuando dice obrar “en nombre de los presentes y ausentes fieles al Rey”, y cite algún personaje conocido y de gran influencia y representación. Mas como del examen comparativo de este volumen con los anteriores resulten desvanecidas algunas de las aserciones del prófugo, (este Manuelico era más liante que su padre Próspero) creemos deber nuestro consignarlas, para que así con más seguridad e interés pueda el lector estudiar los sucesos por los documentos, y deducir, por consiguiente, la pura verdad histórica. Resulta, pues, de nuestro estudio comparativo, que la fidelidad del Çaportella al rey Don Juan (recuerden que en el tomo 24 los deputats ya fueron a buscar a Portugal a Perico el de Calaf, el condestable, pactaban con el rey de Francia y el de Castilla) no se dio a conocer tan pronto como debía, (¿acaso os pensáis que le gustaba prescindir de su cuello al señor Çaportella?) puesto que siguió aquel ejerciendo su cargo de diputado (bien remunerado) desde el principio del trienio y sin tener medio o resolución para huir (consulten el documento donde se manda matar a algunos sediciosos en contra del Principat de Cathalunya; otros documentos donde se manda matar a presos del bando del Rey auténtico, Juan II, etc) hasta el siete de enero de 1463, esto es, más de un año después de la muerte del Principe de Viana; que, a ser victima de los insultos y violencias que cuenta, ni él hubiera seguido tanto tiempo (eso te lo crees tú, Bufa al ull, que también recibías una buena paga por tu empleo como archivero), sin gran fingimiento, representando uno de los principales cargos en una corporación que tenia buen cuidado de señalar por sospechosos a los que le parecía, confiscándoles los bienes cuando era menester, ni, de seguro, hubieran permitido los mismos insultadores que siguiera en el banco de la Generalidad (otra falsedad de Manuelico Bofarull que no sabe atenerse a los textos que transcribe, cosa que aprendió de su padre, la casa de la Deputacio, casa del General, tontolaba.) hasta la hora perentoria de su fuga, un diputado que, según él mismo revela después en su registro, era el principal enemigo de la rebelión: que los que representaban el Principado en Barcelona (los deputats del General, consell de cent, ciutat de Barchinona) no fueron tan pocos como se supone, ni aun durante ciertos periodos de mayores complicaciones y apuros, encontrándose entre ellos personas tan distinguidas como el vizconde de Rocaberti, don Francisco de Pinós, Gerardo Alemany de Cervelló, el conde de Pallars, el obispo de Vich, el abad de Montserrat, el deán de Lérida y otros muchos, cuyos nombres puede haber notado el lector en los anteriores documentos; que cuatro meses antes de desaparecer el diputado existen cartas suyas en las que no sólo manifiesta estar identificado con las ideas de los rebeldes de Cataluña (lo contrario le hubiese hecho bailar sin tarima), sino también gozarse en la esperanza de la venida del rey de Castilla, cuya llegada a Soria participa a varias municipalidades (sesión del 31 de agosto de 1862); (Manuelico, que no sabes ni en qué año estás trabajando los textos del archivo; te refieres a 1462; en 1863 se publica este tomo 25) y que el único acto por el que tal vez podria empezarse a sospechar de su modo de sentir politico es el que se nota en 11 de octubre del mismo año, cuando, al designarse a algunas personas como sospechosas, se abstuvo libremente Çaportella de manifestar su opinión en lo tocante a las personas eclesiásticas. Hacemos estas observaciones para que el lector, recordando estos antecedentes al leer el registro que ha de justificar la transformación del antiguo diputado rebelde, pueda admirar con mayor interés la desconocida causa de aquella, o sospecharla quizá, al ver que la descision(decisión) del prófugo no tuvo lugar hasta muy poco después de haberse acordado aclamar por rey a Enrique de Castilla, pudiendo así el que compara atribuir con mayor justicia a cada acto el valor que se merezca. (Esa aclamación haria rodar cabezas, y este buen hombre lo sabia desde hacia tiempo; y otras traiciones de catalanes representantes del Principado: lo de Portugal, Francia, etc.) El volumen, pues, que vamos a publicar a continuación comprende varias resoluciones y cartas escritas a veces en nombre de la Diputación, que, según es de ver, la venia a constituir el mismo consejo del Rey, o con la sanción del arzobispo de Tarragona, y abraza desde 23 de enero de 1463 a 15 de octubre de 1472, de manera que viene a completar en gran parte el azaroso periodo de las turbaciones, objeto de esta publicación desde algún tiempo, y en pro del cual iremos dando a luz todos cuantos materiales nos suministren el Archivo general de la Corona y el especial de la antigua Diputación o Generalidad de Cataluña
(en ninguna carta anterior de la colección, desde el tomo I de Próspero, la llaman Generalidad ni Generalitat, sino casa de la Deputacio. Tanto Próspero como Manuel sí la llaman así). Conviene advertir, sin embargo, que en el primer documento que se encuentra de octubre, (25 de octubre) el año es 64, y no 63, de manera, que o hay aqui un vacío de un año, o todos los documentos anteriores a aquel mes llevan equivocadamente el año anterior, con lo que resultaria ser la fuga del diputado más posterior aún de lo que decimos. (El 16 de noviembre aparece 1463. Manuelico no podía haber cogido los textos donde no cuadra la data y publicarlos aparte; no daba para más. Como liante no tiene parangón hasta la actualidad).
DOCUMENTOS INÉDITOS DEL ARCHIVO GENERAL DE LA CORONA DE ARAGÓN, PUBLICADA DE REAL ORDEN POR SU ARCHIVERO, D. MANUEL DE BOFARULL Y DE SARTORIO,
TOMO XXV.
LEVANTAMIENTO
Y
GUERRA DE CATALUÑA
en tiempo de don Juan II. DOCUMENTOS RELATIVOS A AQUELLOS SUCESOS, PUBLICADOS DE REAL ORDEN POR D. MANUEL DE BOFARULL Y DE SARTORIO, Archivero de la Corona de Aragón.
Tomo XII.
BARCELONA. EN LA IMPRENTA DEL ARCHIVO. ------ 1863.
// Editor: Ramón Guimerá Lorente. Hay comentarios, (entre paréntesis y cursiva), y textos de Çaportella que no agradarán o gustarán demasiado a los lectores catalanistas del siglo, el XXI. Que se vayan a freír fuets o espetecs //
Con la idea de suministrar al lector todos los datos que puedan ayudarle a tener un cabal conocimiento de los asuntos a que hace referencia la Colección de documentos, (según manifestamos en el prólogo de la misma, y especialmente, por lo que toca a las Turbaciones de Cataluña, en la advertencia al lector que precede a esta parte,) damos a continuación el registro perteneciente al diputado Çaportella, único que, apartándose de sus compañeros, pretendió representar por si sólo la Generalidad o Diputación de Cataluña (no la llamaban Generalitat entonces los deputats del General, sino casa de la deputacio) en los puntos donde se conservaba la obediencia al rey Don Juan. En el mismo preliminar a que acabamos de aludir se encuentra consignado este hecho, al hacer referencia de todo lo que se proyectaba publicar para enriquecer con toda clase de documentos este azaroso periodo de discordias civiles, acerca de las cuales mucho se ha escrito y mucho se ha errado, especialmente por aquellos escritores inmediatos al tiempo en que la dinastía del rey Fernando 1.° estaba en todo su apogeo, los cuales o perpetuaron sin malicia y sin criterio histórico retrospectivo las falsedades de los que tenían interés y deber en celebrar los hechos de los vencedores, o temieron que el apartarse de la rutina y desentrañar la verdad era destruir lo que por la fuerza de los años se daba como cierto y admitido. Con el objeto, pues, de ayudar a la aclaración de la verdad, vamos cumpliendo lo prometido, y tocándole ahora el turno, después de publicados todos los registros de la Diputación y el de cartas, que precede, al indicado registro particular de Çaportella, lo daremos a luz, insiguiendo el mismo sistema, para su publicación, que hemos empleado en todos los demás tomos que el lector tiene ya conocidos, no sin que hagamos algunas prudentes observaciones para guia del que pretenda estudiar y comparar los diferentes documentos con que aquella se va enriqueciendo. Va encabezado el registro del Çaportella con una larga relación de los trabajos pasados al tener que residir como diputado en Barcelona, donde dice que unos pocos ciudadanos de la misma, unidos también con unos pocos del Principado, sustentaban la inicua rebelión, y añadiendo, sin duda para disculpar su inconsecuencia, que si bien había firmado papeles que servían para fomentar aquella, había sido sólo obligado a la fuerza, con gran peligro de muerte, llegando a asegurar que en las mismas sesiones, cuando él era de voto contrario, le llenaban de insultos y hasta le amenazaban con arrojarlo por la ventana. (No hace falta creer a Çaportella, sólo hace falta ver las sentencias de muerte de los deputats del General para cualquiera que les llevara la contraria. Ejecuciones de personas, exilio, embargo de bienes para usarlo en la guerra, etc. Está todo muy bien documentado en sus cartas anteriores; en especial esta de 1461). Estas son las razones en que se apoya para justificar su fuga, y hasta acaso para que se admita como regular y posible la representación de los estamentos de Cataluña en su persona, aun cuando dice obrar “en nombre de los presentes y ausentes fieles al Rey”, y cite algún personaje conocido y de gran influencia y representación. Mas como del examen comparativo de este volumen con los anteriores resulten desvanecidas algunas de las aserciones del prófugo, (este Manuelico era más liante que su padre Próspero) creemos deber nuestro consignarlas, para que así con más seguridad e interés pueda el lector estudiar los sucesos por los documentos, y deducir, por consiguiente, la pura verdad histórica. Resulta, pues, de nuestro estudio comparativo, que la fidelidad del Çaportella al rey Don Juan (recuerden que en el tomo 24 los deputats ya fueron a buscar a Portugal a Perico el de Calaf, el condestable, pactaban con el rey de Francia y el de Castilla) no se dio a conocer tan pronto como debía, (¿acaso os pensáis que le gustaba prescindir de su cuello al señor Çaportella?) puesto que siguió aquel ejerciendo su cargo de diputado (bien remunerado) desde el principio del trienio y sin tener medio o resolución para huir (consulten el documento donde se manda matar a algunos sediciosos en contra del Principat de Cathalunya; otros documentos donde se manda matar a presos del bando del Rey auténtico, Juan II, etc) hasta el siete de enero de 1463, esto es, más de un año después de la muerte del Principe de Viana; que, a ser victima de los insultos y violencias que cuenta, ni él hubiera seguido tanto tiempo (eso te lo crees tú, Bufa al ull, que también recibías una buena paga por tu empleo como archivero), sin gran fingimiento, representando uno de los principales cargos en una corporación que tenia buen cuidado de señalar por sospechosos a los que le parecía, confiscándoles los bienes cuando era menester, ni, de seguro, hubieran permitido los mismos insultadores que siguiera en el banco de la Generalidad (otra falsedad de Manuelico Bofarull que no sabe atenerse a los textos que transcribe, cosa que aprendió de su padre, la casa de la Deputacio, casa del General, tontolaba.) hasta la hora perentoria de su fuga, un diputado que, según él mismo revela después en su registro, era el principal enemigo de la rebelión: que los que representaban el Principado en Barcelona (los deputats del General, consell de cent, ciutat de Barchinona) no fueron tan pocos como se supone, ni aun durante ciertos periodos de mayores complicaciones y apuros, encontrándose entre ellos personas tan distinguidas como el vizconde de Rocaberti, don Francisco de Pinós, Gerardo Alemany de Cervelló, el conde de Pallars, el obispo de Vich, el abad de Montserrat, el deán de Lérida y otros muchos, cuyos nombres puede haber notado el lector en los anteriores documentos; que cuatro meses antes de desaparecer el diputado existen cartas suyas en las que no sólo manifiesta estar identificado con las ideas de los rebeldes de Cataluña (lo contrario le hubiese hecho bailar sin tarima), sino también gozarse en la esperanza de la venida del rey de Castilla, cuya llegada a Soria participa a varias municipalidades (sesión del 31 de agosto de 1862); (Manuelico, que no sabes ni en qué año estás trabajando los textos del archivo; te refieres a 1462; en 1863 se publica este tomo 25) y que el único acto por el que tal vez podria empezarse a sospechar de su modo de sentir politico es el que se nota en 11 de octubre del mismo año, cuando, al designarse a algunas personas como sospechosas, se abstuvo libremente Çaportella de manifestar su opinión en lo tocante a las personas eclesiásticas. Hacemos estas observaciones para que el lector, recordando estos antecedentes al leer el registro que ha de justificar la transformación del antiguo diputado rebelde, pueda admirar con mayor interés la desconocida causa de aquella, o sospecharla quizá, al ver que la descision(decisión) del prófugo no tuvo lugar hasta muy poco después de haberse acordado aclamar por rey a Enrique de Castilla, pudiendo así el que compara atribuir con mayor justicia a cada acto el valor que se merezca. (Esa aclamación haria rodar cabezas, y este buen hombre lo sabia desde hacia tiempo; y otras traiciones de catalanes representantes del Principado: lo de Portugal, Francia, etc.) El volumen, pues, que vamos a publicar a continuación comprende varias resoluciones y cartas escritas a veces en nombre de la Diputación, que, según es de ver, la venia a constituir el mismo consejo del Rey, o con la sanción del arzobispo de Tarragona, y abraza desde 23 de enero de 1463 a 15 de octubre de 1472, de manera que viene a completar en gran parte el azaroso periodo de las turbaciones, objeto de esta publicación desde algún tiempo, y en pro del cual iremos dando a luz todos cuantos materiales nos suministren el Archivo general de la Corona y el especial de la antigua Diputación o Generalidad de Cataluña
(en ninguna carta anterior de la colección, desde el tomo I de Próspero, la llaman Generalidad ni Generalitat, sino casa de la Deputacio. Tanto Próspero como Manuel sí la llaman así). Conviene advertir, sin embargo, que en el primer documento que se encuentra de octubre, (25 de octubre) el año es 64, y no 63, de manera, que o hay aqui un vacío de un año, o todos los documentos anteriores a aquel mes llevan equivocadamente el año anterior, con lo que resultaria ser la fuga del diputado más posterior aún de lo que decimos. (El 16 de noviembre aparece 1463. Manuelico no podía haber cogido los textos donde no cuadra la data y publicarlos aparte; no daba para más. Como liante no tiene parangón hasta la actualidad).
COLECCIÓN DE
DOCUMENTOS INÉDITOS DEL ARCHIVO GENERAL DE LA CORONA DE
ARAGÓN, PUBLICADA DE REAL ORDEN POR SU ARCHIVERO D.
Manuel de Bofarull y de Sartorio.
TOMO XXIV.
(24)
LEVANTAMIENTO
Y GUERRA DE
CATALUÑA en tiempo de don Juan II. DOCUMENTOS RELATIVOS A
AQUELLOS SUCESOS, PUBLICADOS DE REAL ÓRDEN POR D. MANUEL
DE BOFARULL Y DE SARTORIO, Archivero de la Corona de Aragón. Tomo
XI. (11)
BARCELONA. EN LA IMPRENTA DEL
ARCHIVO. 1863.
AÑO 1464.
31 DE ENERO.
Deliberacion.
Oyda la creença
explicada al present consell per mossen abbat de Montserrat en
nom e per part del Christianissimo Rey de Françalo dit consell elegi los dit reverent abbat de
Montserrat noble don Francesch de Pinos e Francesch del
Bosch sindich de Leydalos quals refiren
a la Magestat del Senyor Rey les dites coses explicades e
totes circunstancies per manera la sua Altesa reste be
informada e proveescha al necessari.
Aprobacion
posterior de la ciudad.
Dimecres lo primer de febrer any
demunt fou loada approvada e consentida la preinserta deliberacio per
lo consell de Barchinona ab eleccio de les persones seguents ço
es mossen Miguel dez PlaGabriel Ortiguesmercader Barthomeu Fangar notari e Barthomeu Artiguelaurador. (siguen sin escribir llaurador; labrador)
Nos Alfonsus etc.
Quia nos ad supplicationemperhumilemparlamenti
quod his diebus incolis regni Valentie celebravimus et
finivimus volentes utiliter providere indemnitati nostri patrimonii
ac totius reipubliceregni ejusdem ordinavimus
statuimus ac dictis incolis concessimus quod ab hodie in antea
in nostre scribania fiant libri seu registra ad
partem et separatim qui intitulentur solum pro regno Valentie
eodem in quibus omnes cartelittere seu provisiones aut
negocia que ex nostra curia emanabunt regnum sepedictum
tangentia per nostros prothonotarios secretarios et locumtenentes
prothonotarii ac scriptores aut alios si qui sint ad quos spectet
continuentur et describantur et quod ex post iidem libri seu
registra dum completa fuerint ac etiam transumpta omnium aliorum
processuum actuum provisionum et negociorum consistencium in dictoarchivo Barchinonedictumregnum Valentietangencia quovis modo prout in dicta nostra provisione seu
ordinacione lacius continetur in nostro archivopalacii
regalis nostri civitatis Valentie recondantur prout moris
est et hactenus fuerunt reconditi in archivo dicti nostri
majoris palacii Barchinone: quia etiam opportunum imo
necessarium nobis imminet ad dictum archivum custodiendum
regendam ac ipsius claves tenendum certam debere deputari
personam fidelem expertam atque industrem: tenore presentis confisi
ad plenum et cerciorati de fide industria et legalitate vestri
fidelis scriptoris nostri Jacobi de PlanonotariiciviscivitatisValentie predicte comittimus sive comendamus
vobis ad curriculum vite vestre claves et custodiam
dicti archivi volentes et concedentes vobis quod pro vestro
salario et labore habeatis et recipiatis quitacionemquatuor solidorum regalium Valentie pro qualibet die et
vestitumtrecentorum solidorum dicte monete anno
quolibet ac etiam alia jura omnia et singula que per tenentem
claves dicti nostri archiviBarchinone sunt haberi
et recipi consueta: mandantes cum hac eadem scriptori porcionis domus
nostre quatenus albaranaquitacionis et vestitus
predictorum faciat et tradat vobis prout aliis scriptoribus nostris
fieri et tradi est consuetum. Preterea jubemus prothonotario nostro
qui nunc est et pro tempore fuerit quod de peccuniis juris sigilli
scribanie nostre quitacionem et vestitus supradictos vobis tribuat et
exsolvat recuperando a vobis albarana jamdicta pro curie
nostre cautela. In cujus rei testimonium presentem fieri jussimus
nostro sigillo pendenti munitam. DattaValencie ....
die septembris anno a nativitate Domini MCCCC decimo nono
regnique nostri quarto. - Rex Alfonsus. - Dominus rex
informatus de vita mandavit michiFrancisco Darinyo.
COLECCIÓN DE DOCUMENTOS INÉDITOS DEL ARCHIVO GENERAL DE LA
CORONA DE ARAGÓN. Publicada de Real órden POR EL ARCHIVERO
MAYOR D. Próspero de Bofarull y Mascaró.
TOMO I.
(Ortografía actualizada en algunos
casos, como dia: día, á: a)
PRELIMINAR.
Pocos
monarcas de Europa pueden gloriarse de poseer y conservar un depósito
tan rico y copioso de actas del alto gobierno y de correspondencias
diplomáticas y familiares de sus augustos predecesores, como los de
España que ciñen la corona de los antiguos estados de Aragón. El
archivo general de este reino, establecido en la ciudad de Barcelona,
custodia en efecto, no solo las matrices o registros de cancillería
y del real sello secreto de aquellas interesantes escrituras, si
que también muchas y diferentes colecciones de pergaminos
originales sueltos, de bulas pontificias, de procesos de las antiguas
cortes por estamentos, de cartas reales, de códices y códigos
curiosos, de causas de Estado y de gravámenes, de sentencias de la
antigua real Audiencia del principado de Cataluña, etc., con
otra multitud de volúmenes de registros, pergaminos y papeles no
menos interesantes, que han pertenecido a diferentes autoridades y
corporaciones estinguidas, y particularmente al voluminoso
archivo de la antigua Diputación de los tres Brazos de Cataluña,
que suprimió el Sr. D. Felipe V en 1714, agriado por la guerra de
sucesión. Estas escrituras, ordenadas cronológicamente y
colocadas con el mejor método y aseo, empiezan en el gobierno del
primer conde soberano de Barcelona D. Wifredo el
Velloso, a mediados del siglo 9.°, y acaban en los reinados de
la dinastía de Borbon en España, después de la muerte sin
sucesión de Carlos 2.° de la de Austria; formando juntos la serie
de diez siglos y treinta y nueve soberanos, divididos en sus cuatro
épocas principales, que son: 1a, la de los primitivos condes de
Barcelona. 2a, la de los antiguos reyes de Aragón. 3a, la de
los de la casa de Austria; y 4a, la de la casa de Borbon, que
felizmente reina en la augusta persona de Doña Isabel 1a de Aragón
y 2.a de Castilla (q. D. g.). Desde el año 1346, en el
floreciente reinado de Pedro 3.° de Cataluña y 4.° de Aragón,
llamado el Ceremonioso y vulgarmente el del punyalet,
hasta nuestros días, todos los soberanos sin interrupción han
dictado varias providencias más o menos atinadas para el aumento,
conservación y arreglo de este precioso archivo; especialmente el
Sr. D. Fernando 7.° (q. D. b.), a quien debe su casi completa
restauración y un doble volumen de papeles del que tenía a su
regreso de Francia en el mes de marzo de 1814. Mas ninguno de
aquellos monarcas, en tan larga serie de años, estimó conveniente
mandar, que se publicase una colección de documentos escogidos de
él, para ilustrar la historia del propio y ajeno reino en toda la
estension de sus diferentes ramos; por manera que puede
decirse con sobrada razón, que esta abundantísima mina de oro
apenas se ha comenzado a esplotar. Sin embargo es preciso
reconocer, que ninguno de nuestros soberanos, a pesar del espíritu
de reserva y ocultación del Sancta Sanctorum de los archivos en los
pasados siglos, ha tenido en absoluta inacción este tesoro; pues
son muchos y muy antiguos y recientes los reales permisos concedidos
a diferentes escritores nacionales y estranjeros, para
investigar, copiar y publicar las escrituras de este sagrado depósito
de fé pública; con cuya sabia medida se ha suplido y suple en parte
la falta de una colección diplomática general, tan deseada, como
necesaria a la pública ilustración. Así es, que sin estos
permisos ni la Crónica universal de España de Pedro Miguel
Carbonell, ni los Anales de la Corona de Aragón de Gerónimo Zurita,
ni la Historia inédita de los condes de Urgel de Diego Monfart (que
original se conserva en este archivo), ni la Crónica universal de
Cataluña de Gerónimo Pujades, ni la Historia de los condes de
Barcelona de Fr. Francisco Diago, ni los Anales de Cataluña de
Narciso Feliu, ni la continuación de la España sagrada de Fr. José
de la Canal, ni el Viaje literario a las Iglesias de España de Fr.
Jaime Villanueva, ni las memorias de Capmany, ni la Historia de
España del Sr. Cortada, ni finalmente otras muchas obras que han
publicado diferentes escritores para ilustración de la historia de
estos reinos, tendrían el mérito que han podido proporcionarles
estos Reales permisos: Pero todas estas publicaciones juntas,
aunque de grande estima, no son más en realidad que una pequeña
parte de la copiosa colección que ofrecen los inmensos materiales
que encierra este archivo; pues algunos de los indicados escritores
se han limitado a referir solo los hechos, sin citar siquiera las
escrituras de las que los estrajeron; al paso que las vaciadas
en los apéndices de los demás son en tan corto número, que
comparativamente no merecen el nombre de colecciones generales. Las
inéditas que compilaron los eruditos canónigos premostratenses de
Sta. María de Bellpuig, Caresmar, Pascual y Martí, y otros sabios
investigadores; no menos que la publicada por el Ilmo. arzobispo de
París en el apéndice de su Marca hispánica, contienen solo
un muy corto número de documentos de este archivo: únicamente a la
principiada por el P. Mariano Ribera, religioso mercenario y
especulador del establecimiento durante la sangrienta guerra de
sucesión, que existe en el mismo, puede dispensársele con algún
fundamento este título general; porque abraza los dos primeros
siglos después de la restauración de Barcelona por Ludovico Pio,
el año 801 de la Encarnación. En la obra de los Condes de
Barcelona vindicados se citan o copian también todos los documentos
de este archivo que más pueden esclarecer la oscura y escasa época
de aquellos soberanos. Pero nada de esto es comparable con lo
mucho que todavía puede publicarse de este archivo, especialmente de
la florida edad media, en que enlazada la casa de Aragón con la de
Barcelona, conquistadas Valencia y las Baleares, estendida la
dominación de estos soberanos a Italia y a varios otros puntos de
Asia y África, aumentadas rápidamente la civilización, las
relaciones diplomáticas y los negocios, cabalmente en la oportunidad
de la introducción del uso del papel en la cancillería de este
reino, que facilitó la escritura, crecieron asimismo
considerablemente las existencias y la importancia de este
establecimiento. Con tantos y tan ricos materiales como se ha
indicado, carece, sin embargo, el público de una colección
diplomática que dé a conocer y justifique cuáles fueron en sus
tiempos nuestros usos y costumbres, nuestras leyes y cortes, nuestras
espediciones marítimas y terrestres, gloriosas o
desgraciadas, nuestras relaciones así interiores como esteriores,
el temple de nuestras antiguas instituciones políticas, la
circunspección, firmeza, sabiduría, prudencia y tino con que se
condujeron nuestros mayores en las crisis y situaciones más
espinosas y delicadas, y en fin todo cuanto pueda contribuir a
esclarecer nuestros hechos cual pasaron, y no como los pintan y
desfiguran algunos escritores modernos que nunca han visitado
nuestros archivos, olvidando a cada paso que la verdad y la
imparcialidad son los dos ejes sobre que debe girar la historia de
las naciones. Para desvanecer sus inexactitudes y ausiliar
a los escritores sesudos y de buena fé, así nacionales como
estranjeros, facilitándoles armas para impugnarlos; y a fin de
proporcionarles al mismo tiempo un caudal de verdades para esplayar
sus talentos sobre los diferentes puntos o ramos de la historia, sin
que tengan que emprender largos, costosos y aventurados viajes; la
Reina Ntra. Sra., que tanto se desvela en difundir las luces en sus
dominios, considerando que la publicación de los más interesantes
documentos que conserva este rico depósito del archivo de la Corona
de Aragón ha de ser un presente de gran valía para la historia
nacional, y también para la literatura y las ciencias, se ha servido
disponer en reales órdenes de 28 de marzo y 7 de junio de 1846, y 28
de abril del presente año, que sin pérdida de tiempo se forme y
publique a expensas y bajo la inspección de su ilustrado gobierno
una continuada colección de estos documentos, dirigida por el actual
jefe del mismo establecimiento. Deseando asimismo S. M. que
esta colección se ponga cuanto antes en estado de producir alguno de
los muchos y buenos resultados que con tanto fundamento se promete, y
considerando también que las antiguas cortes son indudablemente las
fuentes de las que ha emanado la buena legislación que elevó este
antiguo reino al más floreciente y respetable estado, y las supremas
asambleas, en las que se trataban y resolvían por los monarcas los
negocios más graves del Estado; ha resuelto igualmente, que la
publicación empieze por los procesos de aquellas respetables
cortes, dando la preferencia a las actas del parlamento que los
catalanes celebraron en las ciudades de Barcelona y Tortosa, para
que, después de conciliados los aragoneses y valencianos, que en
aquella sazón hervían en bandos y parcialidades, pudiesen los tres
reinos de consuno resolver con prudencia y justicia sobre el gran
negocio de la sucesión a la corona, que se hallaba vacante
por muerte sin hijos del desventurado D. Martín, ocurrida
en el monasterio de Valldoncella, estramuros de
Barcelona, el día 31 de mayo de 1410: hecho singular en la historia
de las naciones, digno de ser imitado por todas las que se precian de
cultas y humanas, y que, al fin, produjo el célebre compromiso de
Caspe y la elección del infante de Castilla D. Fernando
de Antequera, con la que se apagaron nacientes odios, y se
evitaron el derramamiento de sangre de millares de inocentes y los
horrores de la cruel y fratricida guerra que amenazaba a los pueblos,
y que la sabiduría, prudencia y tino de nuestros antepasados supo
neutralizar. Para completa ilustración de tan memorable hecho,
le prepararemos con una sucinta introducción, acompañada de varios
documentos curiosos, comprobantes de sus antecedentes y del lastimoso
estado que presentaba la casa real de Aragón en los últimos años
anteriores a la muerte del rey D. Martín, en que la horfandad
de los reinos precisó al cuerpo municipal o consejo de Ciento de
Barcelona y a los tres brazos de Cataluña, escitados
por el gobernador general del Principado D. Gerardo Alamany
de Cervelló, a instalar un parlamento que, tomando la iniciativa
y poniéndose de acuerdo con los que formasen Aragón y
Valencia, pudiesen los tres unánimes resolver en
justicia el gran negocio de la sucesión a la corona,
según y conforme lo había ordenado el difunto monarca en los
últimos momentos de su existencia. Las dificultades casi
insuperables que hubieron de vencerse, tanto para conciliar los
partidos y enemistades en que hervía
el reino, como para contener los amagos y amenazas de los aspirantes
al trono, las pondrá de manifiesto el segundo período de esta
colección, presentando un estrado de las actas de dicho parlamento
de Cataluña, y copia fiel en su idioma natural de los
documentos de conocido interés en los respectivos lugares,
hasta la final y unánime determinación de los tres parlamentos
de Aragón, Cataluña y Mallorca, y Valencia, que se redujo a
nombrar nueve compromisarios, tres por cada reino, y uno por
cada brazo, que, reunidos en el castillo de Caspe,
decidieron por fin aquella gran cuestión, nombrando a D.
Fernando de Antequera, infante de Castilla, sin más
contradicción que la del malhadado D. Jaime, último conde de Urgel. Las actas de dicho compromiso formarán
el último período de esta primera publicación, que continuará
después bajo el mismo método por los demás procesos de cortes,
hasta entrar en las colecciones de documentos más interesantes de
cada reinado y de algunos preciosos códices que conserva este
archivo, a tenor de las citadas reales órdenes, que en todos tiempos
serán para los literatos un grato recuerdo de la ilustración de S.
M.
REALES ÓRDENES.
Ministerio de la Gobernación de
la Península. = Sección de instrucción pública. Negaciado
3.° = En la memoria que ha remitido V. S. a este ministerio de mi
cargo, dando cuenta de los trabajos ejecutados en ese archivo durante
el año próximo pasado, ha llamado la atención de S. M. la
colección de actas de cortes y demás documentos que ha reunido V.
S., y cuya importancia los hace dignos de ver la luz pública, para
esclarecer puntos interesantes de la historia nacional. Siendo
notorio el afán que demuestran en el día casi todos los gobiernos
europeos por sacar del polvo de los archivos estos preciosos
monumentos que tan útiles son a la literatura, S. M. desea que no
quede España ajena a este general movimiento, dejándose a los
estranjeros, como lo están haciendo, la gloria de aprovecharse de
las muchas riquezas que de este género poseemos. Es por lo tanto su
voluntad, que sin desatender la necesaria economía se emprenda una
serie de publicaciones, en que se vayan dando a conocer cuantos
documentos dignos de ver la luz contenga ese depósito, confiando a
V. S. tan importante trabajo, como la persona más apropósito para
dirigirlo y llevarlo a cabo con buen éxito. En su consecuencia,
manifestará V. S. las actas o documentos que para este objeto
merezcan la preferencia; el modo más conveniente de hacer la
publicación, pudiendo ser por entregas mensuales o quincenales; el
costo de la impresión y demás gastos que esta empresa debe
ocasionar, añadiendo cuantos datos juzgue oportunos y sea preciso
tener a la vista para el mayor acierto. De Real orden lo comunico a
V. S. para su inteligencia y efectos consiguientes. Dios guarde a V.
S. muchos años. Madrid 28 de marzo de 1846.= Burgos.= Sr. Archivero
general de Aragón.
Ministerio de la Gobernación de la
Península. = Sección de instrucción pública. Negociado núm. 3.=
La Reina (q. D. g. ) considerando que la publicación de las actas de
cortes y otros muchos documentos interesantes que se conservan en ese
rico depósito de la Corona de Aragón ha de ser un presente de gran
precio para la historia nacional y también para la literatura y las
ciencias, se ha servido disponer que, sin pérdida de tiempo, se
forme y publique una ordenada colección de ellos bajo la inmediata
dirección de V. S. y a espensas del Gobierno, con cargo a la
partida concedida por las cortes para esta clase de trabajos en el
artículo de Archivos generales del presupuesto. De real orden lo
digo a V. S. para los efectos correspondientes. Dios guarde a V. S.
muchos años. Madrid 7 de julio de 1846.= Pidal.=Sr. Archivero de la
Corona de Aragón.
Ministerio de Comercio, Instrucción y
Obras Públicas. = Instruccion pública. Negociado 4.° = Deseando la
Reina (q. D. g. ) llevar a cumplido efecto lo determinado en sus
soberanas resoluciones de 28 de marzo, y 7 de julio del año próximo
pasado, relativamente a la impresión y publicación de cuantos
documentos dignos de ver la luz pública contenga ese archivo, ha
tenido a bien resolver se adopten con este fin las disposiciones
siguientes: 1.a La colección de los documentos inéditos del
Archivo general de la Corona de Aragón, deberá salir a luz a la
mayor posible brevedad, y tau luego como se hallen impresos dos o
tres cuadernos, a fin de que no se interrumpa la publicación, que se
procurará sea regularmente periódica desde que parezca la primera
entrega. Al efecto se principiará por las Actas del compromiso de
Caspe, según el original remitido por el archivero para su exámen
y revisión. 2.a Por la depositaría de la universidad de
Barcelona se facilitarán al archivero general de Aragón las
cantidades que necesite para este objeto, siempre que no escedan
de cuatro mil reales mensuales; y dándose cuenta por aquel de su
inversión, para la aprobación de S. M. 3.a Se dará órden a
todos los administradores de correos para que se entiendan con el
referido archivero respecto de las suscripciones. El importe de estas
ingresará en las depositarías de las universidades del reino, a
donde lo entregarán los comisionados o administradores del ramo
comprendidos en el respectivo distrito universitario. 4.a Con el
objeto de que esta colección tenga la debida publicidad, se
remitirán prospectos por el ministerio de Estado a los cónsules y
agentes consulares de S. M. en países estranjeros, pudiendo los
mismos admitirlas suscripciones que se presenten y librar su importe
a favor del tesorero de este ministerio de mi cargo; y dando al
propio tiempo el oportuno aviso al archivero encargado de la
publicación, para que espida los correspondientes ejemplares
a los interesados. 5.a El número de ejemplares de la obra no
escederá de mil, de los cuales se remitirán doscientos a
este ministerio para distribuirlos según convenga entre las
secretarías del Despacho, Potencias estranjeras, Academias
Nacionales, Bibliotecas y demás establecimientos públicos. De Real
órden lo digo a V. S. para su inteligencia y cumplimiento en la
parte que le corresponde, a cuyo fin le devuelvo el manuscrito que
comprende las primeras entregas de la obra enunciada. Dios guarde a
V. S. muchos años. Madrid 28 de abril de 1847. = Pastor Díaz. = Sr.
Archivero general de la Corona de Aragón.
PROCESOS DE LAS ANTIGUAS CORTES
Y PARLAMENTOS DE CATALUÑA, ARAGÓN Y VALENCIA,
CUSTODIADOS EN EL ARCHIVO GENERAL DE LA CORONA DE ARAGÓN,
y publicados de real órden por el Archivero mayor D.
Próspero de Bofarull y Mascaró.
Tomo I.
Barcelona, en el Establecimiento tipográfico y litográfico
de D. JOSÉ EUSEBIO MONFORT. 1847.
ACTAS DEL
PARLAMENTO DE CATALUÑA, QUE PRECEDIÓ AL COMPROMISO DE CASPE Y
ELECCIÓN DEL INFANTE DE CASTILLA DON FERNANDO, EL DE ANTEQUERA,
DESPUÉS DE LA MUERTE DEL REY DE ARAGÓN DON MARTÍN EL HUMANO (1).
(1) La fundación del acreditado
colegio de medicina y cirujía de Barcelona, que tantos
profesores eminentes ha dado en alivio del doliente; la espaciosa y
bien dispuesta fábrica del hospital general de Santa Cruz de la
misma ciudad, en que este rey puso la primera piedra; y sus muchas
limosnas y disposiciones benéficas, son otros tantos comprobantes de
la justicia con que la posteridad honra su memoria con el renombre de
humano. Merece particular mención, por lo que puede
contribuir a ilustrar el origen de la sífilis, la Real orden que dio
en 20 de noviembre de 1401 (92 años antes de la venida de Cristóbal
Colón de América) a las autoridades de Gerona, para que castigasen
y espeliesen de aquella ciudad a los rufianes y mujeres
prostitutas, que contagiaban y propagaban la putrefacción de su mal,
en perjuicio de la salud pública y de las buenas costumbres. Aunque
en el día se tenga ya casi por indudable que la existencia de tan
terrible enfermedad ha sido muy anterior al descubrimiento del Nuevo
Mundo; apuntamos este documento, porque no son pocos los que creen
todavía, que la importaron en Europa los compañeros de Colón.
Tampoco nos atreveremos a asegurar si es físico o solamente moral el
sentido que debe darse a las palabras de la citada Real órden; pero
de cualquier modo es un documento que justifica las miras
humanitarias del monarca que la espidió. Véanse los
registros núm. 2,211, fol. 132; 1,325, fol. 41; 2,197, fols. 149 y
199; 2,198, fol. 93; 2;,203, fols. 17, 20 y 21, y otros.
INTRODUCCIÓN.
Un monarca justo y pío, de las
mejores prendas y del más suave carácter, de complexión algo
débil; entrado en años; sin esposa, sin hijos, hermanos ni
descendiente alguno legítimo que le sucediese; importunado
incesantemente con pretensiones prematuras e inconsideradas de
ambiciosos y poderosos parientes, rodeado de cortesanos intrigantes
movidos por diferentes afecciones: acometido el país de una
mortífera peste, y envuelto finalmente el Estado en disensiones
intestinas y en un espantoso cisma que dividía la unidad de
la Iglesia católico-romana …: tal era el triste cuadro que
presentaba la casa real de Aragón en los primeros años del siglo
XV, y tal el porvenir funesto que podían prometerse los reinos de
aquella antigua y respetable corona, que descansaba en las sienes del
desventurado D. Martín. Este digno sucesor del conde soberano de
Barcelona D. Ramón Berenguer 4.° y de su esposa la reina doña
Petronila de Aragón, hija de Ramiro el Monje, amado de sus vasallos
y lleno de satisfacciones y esperanzas, mantenía en una dichosa y
sólida paz sus estados, sin otro grave cuidado que el de procurar
con los demás príncipes cristianos de Europa la apetecida unión de
la Iglesia católica, conciliando a su deudo Pedro de Luna o
Benedicto XIII (1) con los demás pontífices electos en diferentes
cónclaves por los cardenales de sus respectivas partidos, que por
tantos años turbaron la comunión de la Iglesia romana.
(1)
Aunque varios escritores dicen que el antipapa Luna fue pariente de
la reina Doña María, y el respetable Zurita afirma que nació en la
villa de Illueca de Aragón y que fue hijo de la distinguida familia
de los Lunas, que tanto figuraron en aquel reino, especialmente en la
época que describimos; sin embargo el pueblo de Figuerola de la
Conca de Tremp, en Cataluña, conserva la tradición de haber
nacido allí este antipapa de otra familia también distinguida que
antiguamente habitaba en aquel pueblo, y de la que todavía queda la
casa solar arruinada y muchas noticias de ella en los libros
parroquiales. También se gloria el mismo pueblo de Figuerola de
ser patria del célebre almirante de AragónRoger de Luria
o Lauria, como que existe aun la familia de Llenes,
establecida en el día en Anglesola, cuyos señores después del
apellido de Llenes añaden el de Roger de Luria en sus firmas. La
discreta reina doña María, condesa de Luna, descansaba a su augusto
esposo, desempeñando con toda eficacia y acierto la lugartenencia
del reino que le tenía confiada; mientras que el esclarecido
príncipe heredero, don Martín, rey de Sicilia por sus
derechos o por heredamiento de su primera esposa doña María,
hija de Federico 2.° de aquel reino, reducía con su pericia
militar y política y con los ausilios de su padre a algunos
rebeldes de Sicilia y Cerdeña que se habían sustraído a su
obediencia. En esta tranquila situación se hallaban la real casa
y estados del bondadoso don Martín, cuando las enemistades, odios y
encarnizados bandos de los Urreas y Lunas en Aragón, y
de los Soleres y Centelles en Valencia, fueron un
triste presagio de mayores discordias, y de los males sin cuento que
dentro de poco hubieron de sumergir al rey y al reino en la mayor
consternación. La inesperada y temprana muerte de la reina doña
María, ocurrida en Villareal del reino de Valencia en
29 de diciembre de 1407 (1), después de haber otorgado el día
anterior su testamento, nombrando heredero al rey de Sicilia y
usufructuario al de Aragón, llenó de amargura el corazón de este
monarca, que mandó conducir el cadáver de su esposa al magnífico
panteón del monasterio de Sta. María de Poblet con todo el
ceremonial y pompa regia acostumbrada en aquellos siglos (2).
(1)
Si bien algunos escritores refieren la muerte de esta reina al año
1406, y otros la ponen al siguiente, no se sigue de aquí ningún
anacronismo, pues todos convienen en opinión; porque los primeros
cuentan los años del nacimiento de Cristo en el sentido común o
vulgar, es decir, de 1 de enero a 31 de diciembre, inclusive;
mientras que los segundos los toman a lo curial de la antigua
cancillería, que los empezaba el mismo día de Navidad y los
concluía en el de Noche buena o 24 de diciembre siguiente. En este
concepto, habiendo muerto la reina doña María de Luna el día
23 de diciembre en el sentido vulgar, debe entenderse el año 1406,
que en el curial es el 1407. Debemos también advertir, en orden
a datas, que todas las escrituras de este archivo desde el
siglo 9° al 12° están fechadas por calendas romanas y por
años de los reinados de Francia, a excepción de alguna que otra que
a estos años añade los de la Trabeacion o Encarnación que
en el sentido moral es lo mismo. Para sacar la correspondencia,
cuando se necesite, podrá acudirse al «arte de verificar las datas»
de los PP. Maurinos. La costumbre de datar los escribanos por los
reinados de Francia la abolió el rey don Alfonso el Casto de
Aragón en el concilio que se celebró en Tarragona en 1.180,
mandando que en adelante se datase por calendas y años de la
Encarnación; y así se practicó hasta mediados del año 1351, en
que el rey don Pedro el Ceremonioso mandó en las cortes de
Perpiñan, que en adelante se fechase por días del mes y año del
nacimiento de N. S. Jesucristo, cuya práctica desde entonces no ha
sufrido alteración. Castilla fechaba antiguamente por la Era de
Augusto y días andados del mes: Italia por calendas e indicciones.
(2) El ceremonial de la coronación de los reyes y reinas de
Aragón, y el de las exequias, cuando ponían de cuerpo presente sus
cadáveres en el tinell o salón mayor del palacio de
Barcelona y el camarlengo mayor y los alguaciles rompían delante del
regio cadáver los sellos reales y las varas á presencia del
pueblo, con otras curiosidades dignas de todo recuerdo, pueden verse
minuciosamente en la colección de registros de este archivo, n°
1,529, y n° 3 de la colección de códices.
Si fue dolorosa
para don Martín la pérdida de su excelente esposa la reina doña
María de Luna, pudo no obstante mitigar este sentimiento el cariño
de un hijo que le quedaba de las más elevadas prendas y adorado de
sus pueblos, a quienes prometía un digno sucesor de la gloriosa
estirpe varonil del conde don Wifredo el Velloso y conservada
sin alteración por espacio de cinco largos siglos. Este
esperanzado sucesor, jurado en las cortes de San Salvador de Zaragoza
el año 1398, había casado de primeras nupcias con la reina doña
María de Sicilia, de la que enviudó a mediados del de 1399, sin
que le quedarse hijo alguno de esta señora; y aunque enlazó de
segundas, en 1402, con doña Blanca (1), hija y heredera de
Carlos el Noble de Navarra, tampoco los tenía de esta reina,
cuando la muerte de la de Aragón; por haberse malogrado en la
infancia uno llamado don Martín como su padre. Pero como este
príncipe y su esposa doña Blanca vivían en la mejor armonía, y se
hallaban ambos en lo más florido de su edad, no causaba la menor
alarma pública la falta momentánea de un segundo sucesor, que
estaba en el orden de todas las probabilidades. Entretanto,
reparado el monarca de Aragón de la pérdida de su esposa doña
María, y ocupado enteramente en el buen gobierno de sus estados y en
el gran negocio de la unión de la Iglesia, pasaba sus días con
tranquilidad en Barcelona y en su inmediata quinta de Bellesguart,
donde recibió el día 14 de julio de 1409 con la mayor satisfacción
la plausible noticia de haber su hijo don Martín de Sicilia ganado
la famosa batalla de Sant-Luri a los rebeldes del partido de
Brancaleon Doria, con la que se aseguraba la pacificación de
la isla de Cerdeña. La alegría del tierno padre por tan
señalada victoria y las acciones de gracias que con tan plausible
motivo tributó públicamente al Todo-Poderoso fueron tales, cuales
pueden verse en la carta que dirigió el rey a su gran privado y
mariscal don Pedro Torrelles, en la que se vé pintada
la gran piedad del monarca (2) y su bellísimo carácter.
(1)
Esta señora casó algunos años después con don Juan 2.° de
Aragón, y fue la madre del desgraciado príncipe don Carlos
de Viana.
(2) fue efectivamente don Martín tan
dado a la piedad, como acredita el número de iglesias y capillas que
mandó fabricar, y la multitud de reliquias que poseyó y resultan de
varias cartas y del inventarío (Registro núm. 2,526) que en su
muerte recibió su esposa la reina doña Margarita. Una de
ellas fue Calicem lapideum, cum quo dominus noster Jhesus-Christus in
sua sacra coena sanguinem suum pretiosissimum consecravit, et quem
beatus Laurentius, qui ipsum habuit a sancto Sixto, existente Summo
Pontifice, cujus discipulus erat, missit et dedit monasterio, etc., y
que, según el pergamino núm. 136 de la colección de este reinado,
adquirió el rey don Martín del abad y monasterio de San Juan de
la Peña, en cambio de otro de oro, que después de algunos años,
según una nota de Pedro Miguel Carbonell, se custodiaba
en la seo de Valencia, así como se guarda hoy en Génova el
Grasér o fuente en que se sirvió el cordero pascual en
aquella sagrada cena.
Pero aun humeaban los inciensos en
las bóvedas de la iglesia catedral de Santa Cruz y Santa Eulalia,
en que se celebraron, cuando llegó a Barcelona la dolorosa e
infausta nueva del fallecimiento del idolatrado príncipe don
Martín, ocurrido en el castillo de Cáller de Cerdeña
el día 25 del mismo mes de julio en que se dio
aquella batalla, después de haber otorgado su testamento, nombrando
heredero a su padre, recomendándole sus dos hijos naturales don
Federico y doña Violante, y eligiendo vicario o
lugarteniente general del reino de Sicilia a su esposa la
reina doña Blanca. El llanto de los barceloneses y
sucesivamente de los demás pueblos de Cataluña, Aragón, Valencia y
Mallorca luego de divulgada tan infausta nueva está fuera de toda
ponderación; pues según refieren los dietarios antiguos y los
historiadores de más nota, los vecinos de todas edades y sexos de
esta desconsolada ciudad andaban por las calles anegados en lágrimas,
exclamando que aquel día habían perdido toda su honra y gloria,
adquiridas con grandes sacrificios en tantos siglos. No fue menor
el sentimiento y conflicto en que se hallaron las autoridades para
participársela al rey, que estaba bien ajeno de este disgusto en su
quinta de Bellesguart; pero como afortunadamente estuviese allí con
el monarca el apóstol y taumaturgo valenciano el Mtro. Vicente
Ferrer, religioso dominico, cuyas virtudes, doctrina y
predicación pública por las plazas de los pueblos de Cataluña le
habían adquirido la mayor reputación e influencia, especialmente
con don Martín; se dio el encargo a este santo religioso para que,
acompañado de los conselleres de la ciudad (1), participasen
al descuidado padre la dolorosa noticia. Recibióla el rey con la
más cristiana resignación, aunque estuvo a pique de sucumbir al
dolor y desconsuelo que le causó, no solo por la inesperada y
temprana muerte de un hijo único y de tales prendas, si que también
por las fatales consecuencias que preveía en daño de sus amados
pueblos.
(1) El cuerpo municipal de Barcelona, por privilegio
del rey don Jaime 1:° concedido a esta ciudad a 3 de las nonas de
noviembre del ano 1274 (Registro núm. 10, fol. 191.) se componía
de cinco conselleres y cien jurados, cuyo cargo era
anual y no requería más circunstancias que la probidad del elegido,
probus homo. Por esta razón se titulaba Consejo de
Ciento, y su primitiva atribución fue la de congregarse dos
veces cada semana para aconsejar al veguer y al baile
lo más conveniente a la utilidad pública y fidelidad al rey. La
elección para estos encargos la hacían en un principio los vocales
cesantes; pero, posteriormente fue preciso valerse de la
insaculación, para evitar las intrigas. Su autoridad y atribuciones
fueron tan grandes y democráticas, que pueden compararse con las de
un senado republicano, cuyo dux o presidente era el primer
consejero o Conseller en cap: Senatus Populusque
Barchinonensis se lee aun en la lápida del dintel de la puerta
del gran salón de las Casas Consistoriales en que este consejo
celebraba sus sesiones. El señor don Felipe 5° extinguió
este cuerpo municipal después de la guerra de sucesión,
sustituyéndole el Ayuntamiento .
Desde este momento
empezaron, en efecto, a notarse gestiones ambiciosas y prematuras en
algunos personajes elevados, deudos de la real casa de Aragón. Don
Jaime, conde de Urgel, el desdichado, biznieto por
línea masculina de don Alfonso 3.° de Aragón, que acababa
de casar con la infanta doña Isabel, hija de don Pedro 3.° y
hermana del mismo don Martín, no dudaba por ambos respetos
que le asistía el derecho de preferencia en la sucesión a la
corona de Aragón: el anciano don Alfonso, duque de Gandía y
conde de Ribagorza y Denia, descendiente por la misma línea
masculina de la casa de Aragón, e hijo de don Pedro, conde
de Ampurias y Ribagorza, que lo fue de don Jaime 2.° y
hermano de don Alfonso 3.°, no era de los que se creían con
menos derecho: con el mismo se consideraba don Fernando de
Antequera, hijo segundo de la reina de Castilla doña Leonor,
que lo fue de don Pedro 3.° de Aragón y hermana de don
Martín: don Luis, duque de Calabria, hijo de doña Violante,
que lo era de don Juan 1.° de Aragón, casada con el duque de
Anjou, que se titulaba rey de Nápoles, fundaba el suyo en la
proximidad del parentesco en que se hallaba con los últimos monarcas
de Aragón, si bien que de línea femenina: finalmente, el hijo
natural de don Martín de Sicilia, don Federico, que su
difunto padre había tan eficazmente recomendado en el sobredicho
testamento, y a quien su abuelo amaba con la mayor ternura, no sin
deseos de elevarle a la dignidad real, al menos del reino de
Sicilia, también se hallaba en el caso de poder gestionar
con bastante fundamento. Sin embargo, como la edad del
desventurado don Martín no estaba tan adelantada ni destituida de la
esperanza de poder conservar la estirpe varonil del inmortal conde
don Wifredo el Velloso, no faltó prudencia ni buena intención
en las cortes de Cataluña, que se hallaban entonces abiertas,
para aconsejar e inducir al monarca a que pasase a segundas nupcias
con doña Margarita, hija del conde de Prades y de
doña Juana de Cabrera, joven modesta y agraciada, deuda de la
misma casa real y educada por la difunta reina doña María de Luna,
a quien realmente pasó a sustituir. Celebráronse las bodas en
la real capilla de la quinta de Bellesguart el día 17 de
setiembre de 1409, con dispensa y bendición del entonces papa
Benedicto 13.°, que depuesto por el concilio de Pisa y
abandonado de todos los príncipes cristianos, menos del rey don
Martín, su deudo y amigo, se había refugiado al reino de su
naturaleza, donde por fin acabó sus días en la obstinación,
retirado al castillo de Peníscola, el día 23 de mayo del año
1423 (1). Asistieron a la ceremonia otros varios personajes, incluso
el Mtro. Vicente Ferrer, que tanta influencia tuvo en los
negocios públicos de aquella turbulenta época.
( l ) Fue
este antipapa en Peníscola lo que Napoleón en la isla africana, que
jamás pudo olvidar la púrpura que había vestido en las orillas del
Sena, según refieren las historias de los presentes y pasados
tiempos. Cuando después de haber favorecido con todas sus fuerzas la
elección de don Fernando, se vio abandonado por este monarca,
cuéntase que al despedirse de él le entregó un papel en que le
decía: «Ex nihilo feci te, et pro mutua mercede, solum me
dereliquisti in deserto. Dies tui erunt pauci, et vita tua
abreviabitur, illegilimaque tua progenies, in nefario incestu
concepta, non regnavit usque ad quartam generationem. » Cuyas
proféticas palabras vio el vulgo cumplidas en parte con la
prematura muerte de dicho soberano, acaecida en Igualada a 2
de abril de 1416. Así lo refiere Monfart en su Historia
inédita de los condes de Urgel, cap. 63. § 32.
Pero a
pesar de la condescendencia de don Martín, ni se logró el efecto
deseado, ni acallaron las pretensiones de los aspirantes al trono; en
tanto, que el rey se vio insultado por alguno de sus deudos en su
mismo real palacio, mientras que las cortes, que se hallaban aun
reunidas en Barcelona, noticiosas de tales demasías, y viendo por
otra parte que no aparecían síntomas de una esperanza que
tranquilizase la alarma pública, resolvieron en sesión de 15 de
abril de 1410 presentar una súplica al rey, rogándole
respetuosamente que sobre el grave negocio de la sucesión se dignase
tomar consejo de sus reinos, y dictar una medida preservativa y
bastante a acallar la ansiedad general. Habíase anticipado ya el
rey a los deseos de las cortes, escribiendo a todos sus reinos que le
enviasen mensajeros, para que con su asistencia y consejo pudiese
declarar a quien correspondería la corona, en caso que a Dios
pluguiese llamarle a sí, sin haberle concedido hijos varones: y esta
fue la respuesta que dio el monarca a la demanda que se le hacía,
añadiendo haber obrado así espontáneamente para mayor bien del
reino, y no porque reconociese en los demandantes ningún derecho
para obligarle a ello. A pesar de tanta diligencia, no parece que
tuviese efecto la junta convocada, ya porque los reinos, faltos aun
del necesario acuerdo acerca de la persona que más les convenida
designar, demorasen el acudir al llamamiento; ya porque el mismo don
Martín no anduviese tampoco muy solícito en dar su fallo, en duda
como estaba, y luchando entre la conciencia del derecho, y el
extremado cariño que profesaba a don Fadrique: mas no dejó
de ventilarse privadamente el negocio en los consejos del monarca,
abogando por quien bien le placía cada uno de los cortesanos. Esta
irresolución del rey, unida a lo dudoso del negocio, fomentaba las
esperanzas de todos los aspirantes, dándoles aliento para continuar
sus intrigas en palacio y sembrar la discordia en el país, con la
mira de acrecentar el número de sus partidarios. A poco de haber don
Martín contraído su segundo matrimonio, presentáronsele ya los
embajadores de don Luis y doña Violante de Nápoles, que
entre las felicitaciones que le dirigieron por su enlace, soltaron
una demanda de herencia a favor del hijo de aquellos príncipes, y
pidieron además, que como inmediato sucesor fuese educado en la
corte de Aragón; pero el rey no quiso dar oídos a semejante
súplica, juzgándola, como debía, muy prematura, ya que solo por
complacer a sus reinos y cumplirles el deseo de que les dejase un
heredero directo acababa de pasar a segundas nupcias. No había sido
tampoco de los menos diligentes el conde de Urgel don Jaime de
Aragón: fuerte, más que por su derecho, por los numerosos
partidarios que le daban sus multiplicadas relaciones de parentesco y
amistad con las principales familias de Cataluña, el favor de que
gozaba con los Lunas de Aragón, y la adhesión que le profesaban
todos los valencianos; no tuvo reparo en ostentar muy altamente sus
pretensiones, y en subir luego, como quien dice, el primer escalón
del trono, pidiendo le fuese conferida la lugartenencia general
del reino, cargo que solamente se daba al inmediato heredero.
Don Martín, con quien gozaba el conde de muy poco valimiento, ya
porque le diese sombra su desmesurado poder, ya porque se
recelase de la influencia y altivo carácter de su madre, accedió
sin embargo a lo que le pedía, y le envió a Zaragoza, sin
duda más que por complacerle y aumentarle autoridad, con la mira de
alejarle de sí, y comprometerle entre los bandos de Lunas y Urreas
(1) que agitaban aun a la sazón aquel reino. Así sucedió en
efecto; y aunque fue allá el conde, nunca pudo llegar a ejercer
su oficio, y privado del apoyo y autorización del rey, hubo de
abandonar aquella capital al cabo de poco tiempo, retirándose al
pueblo de Almunia.
Seguía entretanto don Martín en
sus deseos de que le sucediese don Fadrique; pedíanselo además los
sicilianos, se lo pedían también algunos aragoneses,
y para este objeto habíase ya tratado secretamente de la
legitimación de aquel príncipe con el papa Benedicto. El conde de Urgel, a quien su madre, que no se apartaba del monarca, y la misma
reina, que también le favorecía, noticiaban todo lo que ocurría en
palacio, empezaba ya a perder sus esperanzas; y acabaron estas de
desvanecérsele, cuando el rey señaló el día 1.° de junio para
celebrar solemnemente la legitimación de su nieto. Trasladóse para
esto don Martín de su quinta de Bellesguart al monasterio de
Valldoncella; pero cuando iba a ver satisfechos sus más constantes
anhelos, sorprendióle a 29 de mayo una cruel enfermedad que en pocos
días le llevó al sepulcro, muriendo en la celda de la abadesa de
aquel monasterio a los 31 días de mayo del año 1410, sin haber
designado el sucesor, ni haber tenido siquiera resolución bastante
para contestar categóricamente a las preguntas que sobre esto le
hicieron, así la condesa de Urgel y otros magnates que le rodeaban,
como las repetidas embajadas que las cortes le enviaron para
explorar su voluntad.
(1) … pero había otro linaje, que
era el de los Urreas, que no estaba bien con las cosas del conde, y
se había ya declarado por Ludovico, hijo de la reina de Nápoles; y
el que más se mostraba por él era el arzobispo de Zaragoza don
García Fernández de Heredia, que había sido obispo de Vique
en Cataluña, y era fama que recibía algunas rentas del rey Carlos
de Francia. Monfart, fol. 383.
Monarca bondadoso, deseó como
el que más el bienestar de sus pueblos, y sacrificó sus
inclinaciones por lograrlo; pero dudando del derecho que asistía a
cada uno de los aspirantes al trono, aborreciendo quizás más de lo
que debía al desdichado conde de Urgel (2), y encariñado con su
nieto don Fadrique, no se atrevió a decidir por sí negocio de tanta
importancia, y legó al país una manzana de discordia, que
hubiera podido acarrear fatales consecuencias, sin el celo de algunos
buenos patricios, y la sensatez y cordura de todos los súbditos.
Favorecíale hasta aquí la suerte al de Urgel; pues murió el rey en
sazón que todos sus competidores contaban aun con escasas fuerzas, o
se hallaban lejanos del territorio donde debía decidirse la
competencia: así es que, contando además con la común opinión de
todo el principado, que le era favorable, no se contentaba ya con
usar de su oficio de lugarteniente, sino que aspiraba a tomar
insignias de rey; y las hubiera usurpado, a no haber visto que el
país acogía malamente sus exageradas pretensiones.
(2)
Mereció justamente este conde el sobrenombre de desdichado, que le
dan todos los historiadores. Después de haber visto contra toda
esperanza desatendidas por los compromisarios de Caspe sus
pretensiones al trono, fue el único de los competidores que
se rebeló e hizo armas contra el rey don Fernando; pero
sitiado en Balaguer, hubo de rendirse; entregóse prisionero, vió
confiscados todos sus estados, y separado de su familia, fue llevado
al castillo de Ureña y de allí al de Játiva, donde
acabó desastradamente sus días, después de haber expiado su
rebelión con diez y nueve años de cárcel. Hállanse curiosas
noticias acerca de este último conde de Urgel, en la historia
manuscrita de Diego Monfart, y en el proceso que contra él y
su familia mandó formar el rey don Fernando. Las cortes
entretanto, que con la prematura muerte de don Martín habían
quedado abiertas; nombraron, antes de separarse, doce personas
que representasen y gobernasen el principado; y encargaron al
gobernador de Cataluña, asociado de los cinco conselleres de
Barcelona; el despacho de cuantas providencias fuesen necesarias
para la tranquilidad del país. Fue una de las primeras el
intimar al conde de Urgel que licenciase su gente de guerra y se
abstuviese de usar de su lugartenencia; pues no debían permitirse
semejante autoridad ni tales aprestos, si habían de ser iguales
todos los pretendientes y debía al cabo prevalecer la justicia.
Tampoco el principado quería decidir por sí solo este negocio, pues
recordaba cuan quejosos quedaron aragoneses y valencianos, cuando
Cataluña, sin consultar su voluntad, aclamó por reina a doña
María, primera consorte del mismo don Martín, entonces duque
de Montblanc; pero no tuvo reparo en tomar la iniciativa,
instando al gobernador para que convocase un parlamento (1), que se
pusiese de acuerdo con los demás reinos para la celebración de otro
general, en que se descerniese la corona a quien tuviese mejor
derecho. Accedió el gobernador, y espidió la convocatoria.
Tales
fueron los hechos que prepararon la reunión de aquel gran jurado
nacional, que adjudicó a un infante de Castilla la herencia de los
Wifredos y Berengueres. Así se desprende de documentos que a
continuación van insertos, y de otros muchos análogos que se hallan
custodiados en este archivo.
(1) Para que las asambleas de la
nación mereciesen el nombre de cortes, era esencial
que fuesen convocadas y presididas por el monarca. Cuando les
faltaba esta circunstancia, como sucedía en los interregnos,
entonces se les daba el nombre de parlamento.
ÍNDICE
de los documentos de la introducción al Parlamento de Cataluña,
por su orden cronológico (cronolójico en el original) y
correspondencia de su numeración romana.
AÑO DE 1403. Núm.I, 15 de enero. Convenio entre el rey don Martín de Aragón y el
Comúnde la república de Génova, confirmando las
paces ajustadas a 21 de noviembre de 1386, y estableciendo ciertas
reglas para indemnizar los perjuicios que aragoneses y
genovesesse habían causado mutuamente desde la celebración
de aquel tratado.
IV. 8 de junio. El rey don Martín
escribe al conde de Urgel, diciéndole que su hermana la infanta doña Isabel no había podido partir de Barcelona hasta el sábado último,
por haber de menester algunas cosas necesarias a su partida; y que no
habiéndose podido por lo mismo verificar la solemnización del
matrimonio de dicha infanta con don Jaime, hijo de dicho conde; le
suplicaba que lo prorogase hasta por todo el mes de junio,
dentro de cuyo término, con la gracia de Dios, se podría
solemnizar.
V. 9 de junio. Carta del rey don Martín de
Aragón a Dalmacio Bier, procurador real en los condados de Rosellon y Cerdaña, diciéndole, que habiéndole
participado su hermana la reina doña Violante, que el rey Luis de Francia había preso en París a Artal de Alagón; partiese
inmediatamente a verse con dicho rey Luis, y le suplicase de su parte
que le entregase el preso, mandándole conducir a uno de los puertos
de mar de Provenza, a donde don Martín enviaría una galera para
recogerle y castigarle por sus traiciones, rebeldías y
confederaciones con el común enemigo Lanzalao; y que para más
obligar a dicho rey Luis, le participase que su hijo el rey de
Sicilia, don Martín, había dado consejos y ayuda de naves y gente
al capitán de las suyas que se hallaban en Palermo, y salvaguardia a
la princesa de Taramo contra del referido Lanzalao.
X. 27 de junio. Carta
del rey don Martín a los diputados de Aragón, pidiéndoles consejo
sobre si daría o no acogida en sus reinos al Padre santo, que
trataba de venirse a ellos por causa de la desunión que se había
suscitado entre él y el rey de Francia, a quien había escomulgado
porque le había negado la obediencia.
XXVI.
agosto. Instrucciones sobre lo que mosen Jaime Roura ha de
hacer y decir, por mandato del rey de Aragón, a la señora reina de Sicilia y otras personas de aquel reino en su embajada. Jacme Roure.
XXXI. 13 de agosto. Carta del rey don Martín a mosen P., mandándole que él, en unión con los
barones, nobles, caballeros y gentiles hombres que están en Cerdeña,
ponga todo su conato en recobrar y reducir totalmente dicho reino
a su obediencia, siguiendo lo que él y otros habían hecho ya para
gloria y exaltación de su real corona, antes del fallecimiento del rey de Sicilia, su primogénito.
XXIII. 22 de agosto.
Nombramiento de tutor y curador del egregio niño don Federico,
hijo natural del rey de Sicilia, ya difunto, hecho por el rey don
Martín de Aragón a favor de Pedro de Torrelles, con amplios poderes
para dirigir, gobernar y administrar los bienes de dicho pupilo, ya
legitimado por dicho rey don Martín.
XXXIV. 26 de agosto.
Carta del cardenal de España al rey don Martín, participándole,
que el dux y común de Venecia, después de grandes consejos tenidos
con los mayores letrados, y oídas y consideradas todas las razones
de los embajadores del concilio general, y las de los embajadores deAngelo Corario y otros, determinaron que la obediencia que daban a
dicho Corario fuese retirada, y dada al papa Alejandro 5.°
XXXV.
16 de setiembre. Carta del rey don Martín a los mallorquines,
notificándoles que habiendo quedado sin hijo heredero por la muerte
del rey de Sicilia, su primogénito, había deliberado con consejo
del Padre santo y a ruego de las cortes generales de Cataluña,
elegir por mujer y reina a la egregia doña Margarita de Prades,
y celebrar al siguiente día su matrimonio.
XXXVIII. 21 de octubre.
Carta del rey don Martín al rey don Carlos el noble de Navarra, en la que, después de manifestarle el sentimiento que
tenía por la muerte de su primogénito el rey de Sicilia, le hace
saber que había conferido la lugartenencia de aquel reino a la reina viuda, en los mismos términos con que la tenía en vida de su
marido.
XLV. 16 de diciembre.
Comunicaciones que mediaron entre las cortes de Cataluña
y el vicecanciller del rey, a fin de que dicho señor saliese de Barcelona junto con la señora reina su esposa, y eligiese
S. M. el punto que fuese más conveniente en el Principado para trasladar a él la corte, y evitar el peligro que
amenazaba las vidas de tan sagradas personas, con motivo de la grande
epidemia que se había desarrollado en Barcelona.
AÑO
DE 1410.
XLVI. 9 de enero. Habiendo escrito el rey don
Martín al conde de Cardona para que fuese a juntarse con él,
le contesta el conde desde Lérida, (Leyda) diciendo que no puede
cumplirlo por el accidente ocurrido a su hermano el obispo. Mas
creyendo que le llamaba para tratar de los asuntos de Cerdeña, le
dice que para dar fin a la conquista de aquella isla y reducirla a la
obediencia, como conviene al honor de la casa de Aragón, era
necesario hacer gastos de consideración y socorrer a los que en ella
estaban prestando servicios.
XLVII. 15 de febrero. Carta
del rey de Navarra don Carlos al rey de Aragón, suhermano, diciéndole que pensaba partir para su reino el día 17
de febrero; que entendía pasar por Bourgesy ver a su amada
tía la duquesa de Berry, y de allí continuar su camino,
pasando por los reinos y señoríos suyos; a cuyo fin le rogaba que
para guiarle y darle entrada en las villas y lugares de su reino, le
enviase a Perpiñan uno de sus caballeros que le saliese al
encuentro.
XLIX. 12 de abril. Carta del rey don Martín a su nuera la reina de Sicilia, diciéndole que había
deliberado pasar a aquel reino para ponerlo en buen orden; y que ya
lo hubiera ejecutado, sino hubiese estado esperando a los
mensajeros de todos sus reinos y tierras, para que fuesen presentes a
la declaración que quería hacer sobre la sucesión de sus estados,
en caso de que Dios fuese servido que muriese sin hijos varones: y
que luego de hecha hecha aquella declaración, partiría
inmediatamente para aquel reino; rogándole que en el entretanto
tuviese gran diligencia y cuidado de regirlo y gobernarlo bien, para
cuyo fin le enviaría luego algunos sicilianos y catalanes
de probidad, para aumentar el número de los de su consejo.
L.
15 de abril. Las cortes de Cataluña piden al rey don Martín,
que en atención a haber fallecido su hijo el rey de Sicilia, escriba
a todos sus reinos y tierras para que destinen y envíen incontinenti notables y solemnes embajadores, que determinen el orden de sucesión a la corona, en el caso que Dios permitiera que muriese sin hijo varón. A cuya petición se contesta por parte del rey, que dicho
señor había ya para entonces escrito de motu propio a la mayor
parte de sus reinos y tierras que le enviasen sus embajadores, no
porque creyese estar obligado a ello ni necesitar su consentimiento,
sino porque quería llevar el negocio a buen término, como lo había
comenzado. (fill mascle)
LI. 20 de abril. Revocación de una real
provisión, en la cual se hace mérito de que san Vicente Ferrer
fue a Vich, y predicaba sus sermones en la plaza.
LIII. 50 de abril. Carta
del rey don Martín de Aragón a los obispos de Valencia y Segorbe y
a todo el brazo eclesiástico de aquel reino, quejándose de que
después de tanto tiempo como se lo había pedido y mandado, no le
hubiesen enviado aun personas instruidas para aconsejarle sobre la
persona que debía nombrar sucesor suyo en la corona de Aragón, en
el desgraciado caso de morir él sin hijos; y haciéndoles
responsables de los males que este retardo pudiese ocasionar a sus
vasallos.
LVI. 11 de mayo. Carta del conde de Urgel,
en la que se queja al rey su tío de que su secretario le mudase el
nombre en una credencial que había recibido el día antes por su
tesorero Narciso Sabastida, para que guardase de desórdenes
la ciudad de Zaragoza; y le dice que él ha sufrido por guardar la lugartenencia lo que no hubiera sufrido para sí mismo, y que en
adelante no recibiría otra carta alguna, que no le fuese dirigida
bajo el nombre de Jaime de Aragón, que era el suyo verdadero.
LXII.
4 de setiembre. Carta de los diputados del general de Cataluña
residentes en Barcelona al gobernador del Cataluña, que se
hallaba en Monblanch, diciéndole que les duele el haber
tenido que retardar su ida al parlamento; pero que habiendo
consistido dicha tardanza en el mal tiempo, partirían luego que
éste lo permitiese.