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martes, 16 de febrero de 2021

17 de septiembre, 1461

COLECCIÓN
DE

DOCUMENTOS INÉDITOS DEL ARCHIVO GENERAL
DE LA
CORONA DE ARAGÓN,
PUBLICADA DE REAL ORDEN
POR
SU ARCHIVERO
D. Manuel de Bofarull y de Sartorio. (Hijo de Próspero de Bofarull y Mascaró)
TOMO XVIII.

LEVANTAMIENTO
Y
GUERRA DE CATALUÑA
en tiempo de don Juan II,
DOCUMENTOS RELATIVOS A AQUELLOS SUCESOS,
PUBLICADOS DE REAL ORDEN

POR
D. MANUEL DE BOFARULL Y DE SARTORIO,
ARCHIVERO DE LA CORONA DE ARAGÓN.
TOMO V.
BARCELONA.
EN LA IMPRENTA DEL ARCHIVO.
1860.

Cuando se estaban imprimiendo las últimas páginas del tomo que precede, dejó de existir la persona que inició el útil pensamiento de dar a luz esta Colección de
documentos, el cual, acojido y protegido por el Gobierno de S. M., se ha desarrollado con felizes resultados desde su principio, bajo la acertada dirección del que, familiarizado por largos años con la riqueza diplomática del famoso Archivo que rijiera en otros días, justificó en esta publicación los grandes beneficios que de ella podían alcanzar las letras y la historia en general.
No bien tuvo noticia el Gobierno de tan lamentable acontecimiento, y deseoso, sin duda, de que no sufriera interrupción la obra iniciada y sostenida por Próspero de Bofarull, apresuróse a designar la persona que había de sustituirle en el difícil cargo de Director de la Colección, y a este objeto comunicó al Gefe superior de Instrucción pública del Distrito la real órden cuyo traslado sigue á continuación.
,, Universidad literaria de Barcelona. - N. 120. - El Excmo. Sr. Ministro de Fomento, con fecha 1 del actual, me dice lo siguiente: ,, Con esta fecha digo al Director general de Instrucción pública lo siguiente. - Ilmo. Sr. - Habiendo fallecido el Director de la Colección de Documentos inéditos del Archivo general de la Corona de Aragón, la Reina (Q. D. G.) ha tenido a bien conferir dicho encargo al Archivero D. Manuel de Bofarull y de Sartorio, teniendo en consideración los especiales méritos que le realzan. - De real orden lo traslado a V. S. para su inteligencia y efectos correspondientes. ,, Y lo comunico a V. para su conocimiento y satisfacción.
Dios guarde a V. muchos años. - Barcelona 18 de febrero de 1860. - El Rector, Víctor Arnau. - Sr. Don Manuel de Bofarull y de Sartorio, Archivero de la Corona de Aragón.,,
El nuevo Director de la Colección de documentos inéditos, sintiéndose honrado sobremanera por la munificencia de S. M. ,que le ha conferido un título, tan glorioso para su antecesor, solo debe añadir, al hacerlo público, que para que la obra continúe con la misma importancia y regularidad, tomará siempre como guía y ejemplo lo practicado constantemente por quien, después de haberle dado el ser, fue su maestro y su gefe en la carrera a que ambos se han dedicado.

AÑO 1461.

17 DE SETIEMBRE. (A partir de ahora escribiré septiembre)

No hubo sesión, pero, junto con las nueve personas y los abogados, trataron de la petición de socorro presentada por el Señor Primogénito, y como nada acordaran,
a pesar de haber conferenciado mucho, resolvieron continuar en la misma tarea el día siguiente.

martes, 1 de septiembre de 2020

colección documentos inéditos archivo general corona Aragón, tomo XIV, 14

COLECCIÓN 
DE 

DOCUMENTOS INÉDITOS DEL ARCHIVO GENERAL
DE LA
CORONA DE ARAGÓN,
PUBLICADA DE REAL ORDEN
POR
SU CRONISTA,
D. Próspero de Bofarull y Mascaró.

TOMO XIV.

LEVANTAMIENTO
Y
GUERRA DE CATALUÑA
en tiempo de don Juan II.
DOCUMENTOS RELATIVOS A AQUELLOS SUCESOS,
PUBLICADOS DE REAL ORDEN
POR
D. PRÓSPERO DE BOFARULL Y MASCARÓ;
Cronista de la Corona de Aragón.

Tomo I.

BARCELONA.
EN LA IMPRENTA DEL ARCHIVO.
1858.

/Nota de Ramón Guimerá Lorente: Se actualiza la ortografía en el texto de Bofarull, NO en los originales/.

AL LECTOR.

Conocidas son las turbulencias de que fue teatro el Principado de Cataluña durante el reinado de don Juan segundo, y que han sido historiadas por muchos y distinguidos escritores; pero son también muy diversos los juicios que sobre ellas se han emitido. Para los unos, la culpa de aquellos tristes sucesos estuvo toda de parte del Principado, que no hizo más que cubrir su espíritu de rebeldía con el manto de la legalidad y del celo por la paz de la real familia: para los otros, don Juan, por propio impulso o dominado por su segunda esposa doña Juana Enríquez, fue para su hijo don Carlos un verdadero padrastro, y para la provincia un verdadero tirano, como quebrantador de sus constituciones y privilegios. Al hijo le han llamado algunos rebelde: otros le apellidaron santo. Como quiera, es lo cierto que aquellos disturbios nacieron del propósito, hipócrita o sincero, de restablecer entre el padre y el hijo la deseada concordia, turbada por las males artes de pérfidos consejeros, y de amparar y defender a este último en los derechos que por la ley le competían; pero malogrados o torcidos los primeros pasos, por culpa tal vez de quien más debía encaminarlos a buen término, sobrepúsose luego a la fría razón el hervor de las pasiones, y faltando a los unos la necesaria cordura para llegar a un pronto y fácil acomodamiento, perdido por los otros el respeto a la Majestad, y roto al cabo el freno de la obediencia, vióse Cataluña envuelta en una desastrosa guerra civil de doce años, en que por ambas partes se malgastaron torpemente las fuerzas que el pais había empleado en mejores tiempos en acrecentar su grandeza, y durante la cual anduvo el Principado poco menos que mendigando reyes por toda Europa, puesta como quien dice en almoneda la corona condal de Barcelona.
No pretendemos aquí, ni es de nuestra incumbencia, el emitir un nuevo juicio acerca de aquellos acontecimientos: tratamos solamente de manifestar, que aun después de lo mucho que sobre ellos se ha escrito, puede ser que el proceso no se halle suficientemente instruido, y que, por lo mismo, no ha de ser del todo estéril para el que se consagra a semejantes estudios el cúmulo de cartas, acuerdos y otros papeles cuya publicación emprendemos con este tomo decimocuarto de nuestra Colección; porque pudiendo examinar así el asunto en sus últimos pormenores, podrán entenderse más claramente los móviles que se pusieron en juego en aquellas fatales circunstancias, la presión que sobre los ánimos de los jefes del movimiento pudo ejercer la opinión de la muchedumbre, y la rigidez de principios, extremada si se quiere, en que la Diputación
catalana y su consejo fundaron, primero su adhesión al Príncipe de Viana, y luego su desobediencia manifiesta a un soberano a quien consideraban como conculcador de los fueros de la provincia y violador de la fé jurada.
Bajo este supuesto, pasamos a dar razón de los originales con que contamos para el esclarecimiento de aquellos hechos, y que vamos ahora a dar a luz en este y otros tomos sucesivos de nuestra Colección.
Existen en primer lugar en este Archivo once volúmenes, que bajo el título: Turbationum Cathaloniae, contienen las actas de la junta que, compuesta de los diputados y oidores de cuentas del General, y de otras veintisiete personas que a estos se agregaron, se constituyó en esta provincia luego de haber sido prorogadas las cortes de Lerida, y por comisión de estas, para atender al pro común y procurar la libertad del Príncipe de Viana. Entre otros documentos, se lee en aquellas actas la voluminosa correspondencia que siguió dicha junta, ya con las numerosas embajadas que envió a la corte, ya con los comunes de la provincia, ya con los diputados de Aragón y de Valencia, ya en fin con los jefes que puso al frente de las armas, cuando creyó llegado el caso de alzar banderas contra el rey don Juan. Por ellas, pues, daremos ahora principio a nuestra publicación, trasladándolas íntegras, sin más que reducir a breve expresión la parte formularia del escribano; porque si bien podíamos haber cercenado mucho, ya que no todos los documentos han de tener igual importancia, y por necesidad habrán de verse repetidas más de una vez las mismas ideas, hemos preferido pecar de redundantes, a constituirnos árbitros de una elección que podía no ser para todos acertada.
Pero aquella junta cesó en sus funciones luego que, proclamado conde de Barcelona don Pedro, condestable de Portugal y ex-maestre de Avis, llegó este a las playas de la capital y tomó posesión del gobierno, a principios del año 1464. La soberanía de don Pedro no podía avenirse con las omnímodas facultades de una corporación que, desde que la provincia había negado la obediencia a don Juan, venía también ejerciendo atribuciones de soberana: y la junta fue disuelta. Por esto sus actas no alcanzan más allá de aquella fecha. La guerra continuaba, sin embargo; murió don Pedro de Portugal, y fue proclamado Renato de Anjou; perseveró Cataluña en su obstinada resistencia, y no se restableció la paz hasta fines del año 1472. Mas como durante esta segunda época continuó la diputación funcionando, si no como soberana, con las extensas facultades que le atribuían entonces las instituciones en la gestión de los negocios públicos de la provincia; en los registros de este Cuerpo, en sus Dietarios, en sus Libros de Deliberaciones y en los del diputado Zaportella, único que apartándose de sus compañeros, abrazó muy al principio la causa de don Juan, y pasándose a Tarragona, pretendió representar alló por si solo la Generalidad de Cataluña, (los diputats del General de Cathalunya residents en Barchinona ) hallaremos los materiales necesarios para la completa ilustración de este último periodo. En una palabra, poniendo a contribución todos los papeles de esta clase cuya custodia nos está confiada, entresacando y trasladando cuantos nos parezca que pueden dar alguna luz sobre aquellos graves sucesos; procuraremos en esta serie suministrar al lector todos los datos que puedan ayudarle a tener de ellos un cabal conocimiento, y a juzgarlos por si mismo, sin prevención y con justicia.
Tal es, en suma, nuestro propósito; tales son los elementos con que contamos para llevarlo a cabo: si contra nuestros deseos no lo conseguimos, y no podemos en este punto llenar cumplidamente el encargo que el Gobierno de S. M. nos ha confiado, cúlpese nuestro poco acierto, no nuestra falta de celo.

PROCESSUS FACTUS PER DOMINOS DEPUTATOS ET EORUM CONSILIUM PRO LIBERATIONE ILLUSTRISSIMI DOMINI CHAROLI PRIMOGENITI ARAGONUM ET SICILIE PER SERENISSIMUM DOMINUM REGEM PATREM SUUM DETENTI VIRTUTE COMISSIONIS PER CURIAM GENERALEM QUE IN CIVITATE ILERDE CELEBRABATUR DICTIS DOMINIS DEPUTATIS FACTE.