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viernes, 5 de marzo de 2021

30 DE DICIEMBRE.

30 DE DICIEMBRE.

Reunido el Consejo, presentóse Galceran Oliver, en nombre de la Reina, y entregó la proposición que dicha señora creía del caso hacer, sobre el asunto de don Jofre
de Castro, cuyo contenido es como sigue.

La Senyora Reyna per satisfer e complaure no solament a les coses compreses e havents sguart a la capitulacio e concessio feta per la Majestat del Senyor Rey mas encara per la molta benivolencia e amor que ha a condescendre a totes instancies dels poblats en lo Principat de Cathalunya havents a memoria lo que per part de diputats e consell a la Excellencia de la dita Senyora Reyna en los fets de don Jofre de Castro (igual sale Castro que Castre, supongo que de castrum) es stat suplicat e demanat. Plau a la dita Senyora tots aquells fets cometre e soltament comprometre e lexar aquells en poder de una persona per part del Senyor Rey e de la dita Senyora e altra persona per part del Principat de Cathalunya axi que aquestes hagen e puguen satisfer integrar e totalment egualar e smenar qualsevulla dans e interessers que sien donats al dit don Jofre terres sues o vassalls seus pus a les dites dues persones haguda vera informacio sia vist aquells tals dans haver rebuts per occasio e causa del servey fet per lo dit don Jofre al dit Principat.
(Ya eran pesadísimos desde antiguo los catalanes, y además, muy hinchadicos.
En la “guerra” contra el rey de Aragón Juan II se morían de hambre por los llanos de Fraga y Leyda; me hubiese gustado leer qué les hubiese pasado en invierno intentando entrar en Morella a sacar al príncipe tejemanejes de Viana, que encima, al morir, hizo milagros. Los daños que hicieron en Fraga, que constan en los textos de esta “guerra”, aún a esta fecha no están pagados por “lo General”, en una carta posterior de lo justicia de Fraga se lee.
)
Alargant aquestes coses a tota indemnitat e benefici del dit don Jofre sustancia no mudada. E si per cas les dites dues persones concordar no poran ara per lavors la dita Senyora Reyna nomena e es contenta sia tercera la ciutat de Barchinona prefigint temps en les sobredites coses axi breu com vist sera a deputats e consell oferint nomenar la persona decontinent haguda la resposta de la present scriptura oferint mes per la cosa judicada donar per fermançes mercaders de la present ciutat suficients e bastants.

Hecha la antecedente proposición, acordóse que pasase a las nueve personas designadas para ocuparse de este asunto, quienes podrían examinarla, hacer las observaciones y anotaciones que creyesen conducentes, y pasarla después al Consejo, para poder así deliberar.
En la misma sesión, se hizo lectura de una carta de los embajadores, cuyo contenido es como sigue.

Als molt reverents egregis nobles magnifichs e honorables senyors los diputats e consell representants lo Principat de Cathalunya.
Molt reverents egregis nobles magnifichs e honorables senyors. Recomendacions precedents a vostres senyories la present es per notificar vos com a XX del present mes de novembre arribam aci en Roma e Iendama anam a fer reverencia al senyor vicicanciller (canciller de los vicios? No, vicecanciller, hay varias versiones de este cargo) e li donam vostra letra lo qual nos rebe molt graciosament e se oferi de molt bona voluntat fer tot lo que possible li fos per lo Principat de Cathalunya e de continent nos hague audiencia de nostre Sant Pare e apres de la humil recomendacio e besament de peus a la sua Santedat de part de vosaltres senyors de diputats e conçell representant lo Principat de Cathalunya li presentam la letra de creença e apres que aquella hague legida li explicam largament la creença segons per vostres instruccions nos es stat comes e apres quens hague hoyts ab molt bona cara graciosament nos respos significant nos com lo Principat de Cathalunya ha obrat molt virtuosament en la liberacio del glorios Primogenit e que ha gran plaer del repos e tranquillitat del Senyor Rey e de aqueix Principat oferint se fer tot lo que degudament pora per lo dit Principat quant tocha als miracles de que ya sa Santedat havia hoyts dir molts e per nosaltres li son stats ratificats mostra trobar hi gran plaer dient nos com la sglesia de Deu acostuma de fer grans proves e examinacions dels sants ans que sien aprovats per aquella (espero que con San Luisico Companys también sea así) e quen remet al temps ha venir e que en tal manera se poran continuar los miracles que seran gran laor de Deu e proteccio de aqueix Principat. De les altres coses que demanau de hoyr missa en temps de entradit lo jorn de Sant Jordi e del altar portatil ja es signada la suplicacio de continent que sia desempatxada la bulla. Laus (us la; to la; tos la; os la) trametem eus (e us; i us en catalán de Pompeyo Fabra; y us; y tos; y os) scriurem pus larch. A present nons (no ens; no mos; no nos) occorre mes scriure sino que la Sancta Trinitat conserve longuissimament vostres senyories les quals nos manen lo que plasent vos sia. De Roma a XXVIII de novembre any Mil CCCCLXI. - Prests a la ordinacio de vostres senyories quins comanam a vosaltres lo prior de Cathalunya fra Johan de Cardona comanador del Masdeu.

Sigue la lista de los oficiales de la casa o servidumbre del señor Rey, creados en Cataluña, y que fue presentada a los Diputados de parte de la señora Reina.

Nomina dels oficials del Senyor Rey creats en Cathalunya.
(Están centrados en el pdf, los pongo a la izquierda, para que les guste más el texto a los rojillos que lo vayan a leer. )
Canceller.
Patriarcha e archabisbe de Terragona.
Governador de Cathalunya.
En Phelip Albert.
Vicecanceller.
Micer Marquilles.
Regent Cancellaria.
Micer Jaume Terranau. (Varias versiones, Taranau, Taranan)


Promovedors.
Mossen Johan Sorts.
Mossen Johan Dalmau. (Hostia, igual que lo caje de Beseit!)
Mossen Ramon Gilabert.
Mossen Galceran Hostalrich.

Alguacis.


Mossen Janer.
Mossen Anthoni Guillem Crespa.

Advocat fiscal de la cort del Senyor Rey.
Micer Anthoni de Mesa.

Advocat fiscal de la cort del veguer de Barcelona.
(Sale Barchinona, Barçelona, aún no había salido Barcelona.)
Micer Anthoni Riquer.

Jutges de cort.

Micer Pere Muntmany. (Montmany)
Micer Ramon Soler.

Hoidors de cort.


Micer Francesch Pujades.
Mossen Santdionis.

Advocats dels miserables.

Micer Francesch Alexandre.

Tresorer.

Mossen Galceran Oliver.

Prothonotari.

Micer Johan Dusay.

Loctinent de prothonotari.
En Gaspar Maymo.

Secretaris.

Mossen Johan Peyro.
Mossen Pere Perello.

Secretari extraordinari.
Mossen Jaume Vila.

Scrivans de manament del Senyor Rey.

Johan Sellent.
Bernat Audor.
Bernat Ros.
Johan Cirgos. (o Girgos, no se ve bien)
Daniel Bertran.
Johan de Gualbes.
Johan Solsona.

Scrivans de manament de loctinencia.

Johan Maso.
Johan Gallet.
En Lobera.
Berenguer Granell.
Barthomeu Timor.

Peticioners.

Pau Vida. (o Vidal, igual se me ha escapado la l)
Pere Çaçala.


Scrivans de manament de la thesoreria.

Miquel Bru.
Pere de Puig-gros.

Solicitador.


Luis Salvador.

Scrivans de registre.

Luis Cubells.
Bernat Baget.
Pere Descaus.
Johan de Cervello.

Sagelladors.

Johan de Sant Geordi.
Gaspar de Sadornes.

Scalfador de cera.


Francesch Pi.

Los del ofici de la tresoreria.

Barthomeu Scaler.
Pau Bedia.
En Riera.
Pere Ramon de Soler.
Miquel Cervia.
Tristan de Farrell.


Procurador fischal.

Garcia de Borau.

Procuradors de miserables.

Johan Brusca.
Jaume Johan.

Porters del Senyor Rey.

Johan Canet.
Gabriel de Mur.
Leonart Codina.
Rafhael lo Tort.
Gravalosa.
Fenals.
Eximeno.
Johan de Menargues.
Johan Sagarra. (Se ve Segarra justo más abajo)
Pere Calbo.
Venrell. (Como lo Vendrell)
Gaspar.
Olzina.
Geronella.
Johan Robro.
Johan Segarra.


Porters de la Senyora Reyna.

Garcia de Sant Audor.
Johan de la Reyna.
Sancho de Valmeseda.

Verguers.

Jaume Badia.
Pere Dempurda. (Empurdà, Empordà, Ampurdà, Emporium, Empuries, Ampurias, etc...)
Bernat Mariner.
Pere Sanchiz. (Sanchís, Sánchez, hijo de Sancho, Sancio, Santxo, etc,. Ramiro I, Ranimiro Sancio)

regnante X ranimiro sancio *in aragone

Anthoni de Marimon.
Johan de Valencia.
Pere Carnicer.
Francoy lo Giponer.
Johan lo Sabater.
Daniel Coll.

Verguers de la Audiencia.

Marti Dorna.
Johan Prats.

Se advierte, al pie de esta lista, que de los oficiales y ministros que en ella se mencionan, y que comprendía la capitulación otorgada por el Rey, se envía nota a los Diputados en satisfacción y cumplimiento de aquella, y de los demás no comprendidos, solo con la idea de manifestar y hacer ostensible la voluntad del monarca.
Leídas la lista y nota que preceden, se levantó la sesión, y para que quedase tiempo de meditar sobre lo que convieniese hacer, acordóse que se celebrase otra el día siguiente, a la misma hora.

martes, 2 de julio de 2019

LA ELECCIÓN DE RAMIRO II COMO REY DE ARAGÓN

106. LA ELECCIÓN DE RAMIRO II COMO REY DE ARAGÓN (SIGLO XII)
 
 LA ELECCIÓN DE RAMIRO II COMO REY DE ARAGÓN  (SIGLO XII)
 
 
Tras la muerte sucesiva de los hermanos Pedro I y Alfonso I, ambos reyes de Aragón, tuvo lugar una crisis
política agravada por el hecho de que un tercer hermano, Ramiro, el descendiente más directo, era monje, lo cual dificultaba la sucesión.

El reino fue un hervidero político, buscando soluciones a la crisis. Entre ellas tomó cuerpo la defensa
que varios nobles hicieron de Pedro Taresa o Atarés, señor de Borja, emparentado con la monarquía reinante. Pero don Pedro mostraba un carácter altanero y soberbio y menos prudente de lo
necesario como para promover la adhesión de toda la nobleza. Ante el descontento que tal actitud despertaba, los seniores Pedro Tizón y Peregrino de Castillazuelo comenzaron a defender la causa del monje don Ramiro quien, de no estar dedicado a la Iglesia, hubiera sido el descendiente natural.
Unos y otros se reunieron todos en Borja, dando lugar a la primera reunión de Cortes del Reino conocida, con el objeto de discutir cuál de los dos pretendientes debía ser elevado a la dignidad real.

Llegaron varios seniores navarros dispuestos a votar a Pedro Taresa, y Pedro Tizón, ante la actitud hostil de algunos nobles aragoneses, se convirtió en su anfitrión y valedor, tratando de atraerlos a su causa, que no era otra que la de don Ramiro. Pedro Tizón, que debía gozar de grandes dotes de psicólogo, sabiendo que el candidato Pedro Taresa se hallaba solazándose en el baño, ignorando y despreciando a todos los demás nobles, pretendió que les recibiera, máxime cuando eran defensores de su causa. Como el arisco señor de Borja les negara la entrevista, se enfadaron con él y decidieron cambiar de candidato.

Llegado el momento de las discusiones y subsiguiente votación, la actitud de dichos magnates navarros
desequilibró las fuerzas, y don Pedro Taresa no contó con los apoyos necesarios. Y, si de momento no se adoptó una decisión definitiva, en la siguiente asamblea, celebrada en Monzón, se impuso la tesis de que don Ramiro saliera del convento para suceder como rey a su hermano Alfonso I el Batallador, como así se hizo. Poco después, Ramiro II el Monje se casaba con una hermana del conde de Poitou, pues debía asegurar la descendencia.
 
[Ximénez de Rada, Rodrigo, De rebus Hispaniae, pág. 118.
Ubieto, Antonio, Historia de Aragón: Literatura medieval, I, págs. 249-253.]


https://es.wikipedia.org/wiki/Borja_(Zaragoza)

https://es.wikipedia.org/wiki/Ramiro_II_de_Arag%C3%B3n

Ramiro II el Monje, rey, Aragón, rex Aragonum


Ramiro II de Aragón, apodado el Monje o el Rey Campana (24 de abril de 1086 - 16 de agosto de 1157), fue rey de Aragón entre 1134 y 1157. En la renuncia de Zaragoza se comprometió a desposar a su única hija, Petronila, cuando ésta tenía un año de edad, con el conde Ramón Berenguer IV de Barcelona en 1137 (los esponsales se firmaron en Barbastro el 11 de agosto de 1137), en quien delegó el poder de facto, abandonó el ejercicio de su cargo y se retiró a la vida eclesiástica que había llevado antes de su entronización.

Desde muy joven pasó su vida dedicado a la Iglesia, primero como monje en el monasterio francés de San Ponce de Tomeras, luego como abad de San Pedro el Viejo (Huesca) y, por último, como obispo de Roda.

Su hermano, el rey Alfonso I, legó sus reinos a las Órdenes Militares (es decir, a la orden de los Templarios, a los Sanjuanistas y a los caballeros del Santo Sepulcro de Jerusalén), pero nadie pensó en cumplir dicho testamento, y los nobles aragoneses, reunidos en Jaca, reconocieron a Ramiro como rey. Por su parte, los navarros eligieron a García el Restaurador.

Ramiro era por entonces obispo de Roda-Barbastro y se encontraba celebrando la Natividad de la Virgen en Tierrantona​ cuando recibió la noticia de la muerte de su hermano el día anterior, teniendo que ocupar el trono. Su coronación tuvo lugar en Zaragoza el 29 de septiembre de 1134.​

El historiador Luis García de Valdeavellano señala acerca de la legitimidad de Ramiro II para acceder al trono aragonés:​
Ramiro II era indudablemente el legítimo heredero del Reino; conforme al derecho navarro-aragonés, a él correspondía heredar los territorios tradicionales de Aragón, y Alfonso I sólo podía, en realidad, haber dispuesto libremente de las tierras ganadas, o sea de los "acapetos" o conquistas, constituídas [sic] por el "Regnum Caesaraugustanum" (Zaragoza, Calatayud, Daroca, etc.)

Valdeavellano, loc. cit, pág. 439. 

Ramiro II, escucha, mira cómo se oyen las campanadas

Ramiro II gobernó como rey de Aragón, rey de Pamplona y conde de Sobrarbe y Ribagorza.
Los dos últimos eran antiguos condados unidos al Reino de Aragón en tiempos de Ramiro I.

A pesar de no tener experiencia política, sofocó con éxito varias revueltas durante su reinado, que mantuvo entre 1134 y 1157, siendo sucedido como reina en título (aunque sin potestad para ejercer el dominio, por su condición de mujer) por Petronila de Aragón, nacida del legítimo matrimonio de Ramiro con Inés de Poitou.
Petronila reinó entre 1157 y 1164, año en que esta abdicó en favor de su hijo Alfonso II, primer rey de la Corona de Aragón.

En el Reino de Aragón había varios bandos nobiliarios que luchaban por alcanzar mayores cotas de poder y de riqueza. Esos bandos se enfrentaron entre sí aprovechando el cambio de monarca. En una de esas disputas, Ramiro II estuvo a punto de perder el trono, por lo que tuvo que refugiarse en Besalú en 1135. El Rey Ramiro II fue a pedirle consejo a su antiguo abad, el cual le dijo que para solucionar los problemas en su reino debería arrancar las malas hierbas. A su vuelta el Rey Ramiro II dijo que iba a construir una campana lo suficientemente grande como para que se escuchara en todo su reino.
Los nobles que fueron a ver esa campana para reírse de él fueron hechos pasar uno a uno a una habitación donde fueron degollados.
Se cuenta que mientras les degollaba les iba diciendo "escucha, escucha, mira cómo se oyen las campanadas". Los nobles que degolló habían asaltado una caravana de musulmanes en tiempo de tregua. Esto hizo que sus enemigos en la corte desaparecieran por el temor que les infundió. Este hecho se conoce como la leyenda de la Campana de Huesca.

Documento de los acuerdos de esponsales de Barbastro, 11 de agosto de 1137. Según la traducción de Antonio Ubieto Arteta (1987b:144-145), y suprimidas las relaciones de villas y castillos donados e iglesias y monasterios que retenía, decía:

Yo Ramiro, hijo del rey Sancho, rey de los aragoneses, doy a ti Ramón, conde barcelonés, mi reino de Aragón, con mi hija, todo íntegramente, como lo dividió el rey Sancho el Mayor, abuelo de mi padre; y como lo dividí con el rey García Ramírez de los navarros, en Pamplona, exceptuadas las tenencias que el sobredicho rey Sancho [el Mayor] dio al rey Ramiro, mi abuelo, en Navarra [...] Esto te doy y concedo a los hijos de los hijos tuyos que fuesen de generación de mi hija, por los siglos de los siglos. Tú, en cambio, convienes conmigo, en palabra de verdad, y pones tus manos entre mis manos, que no enajenes, ni hagas enajenar, este reino que te doy, durante la vida de los hijos de mi hija. [...] Y que durante toda mi vida me tengas como padre y señor. [...] Aunque te entregue el reino, sin embargo, no renuncio a mi dignidad.

https://es.wikipedia.org/wiki/Ramiro_II_de_Arag%C3%B3n#/media/Archivo:Donaci%C3%B3_d'Arag%C3%B3_i_Peronella_als_Cap%C3%ADtols_matrimonials_de_Barbastre_(1137).jpg

Documento de los acuerdos de esponsales de Barbastro, 11 de agosto de 1137

Mostró una gran preocupación por que la corona no quedara sin heredero. Después del fracaso en prohijar a García Ramírez de Pamplona, ya rey de los navarros, procuró obtener un heredero para el reino de Aragón. Para ello se casó el 13 de noviembre de 1135 en la catedral de Jaca con Inés de Poitou, una noble viuda francesa que había demostrado fertilidad en un primer matrimonio.

De este matrimonio nació la heredera, Petronila, el 11 de agosto de 1136.​ A finales de ese mismo año, el rey y su esposa se separaron. Inés se retiró entonces al monasterio de Santa María de Fontevrault, donde murió hacia el año 1159.

Durante este periodo se presionó desde el reino de León para intentar casar a su hija Petronila, con Alfonso VII de León o con su hijo Sancho el Deseado, a fin de unir las coronas de León y Aragón, imponiendo a Petronila el nombre de Urraca. Finalmente no se llevó a cabo este enlace y Ramiro prometió a su hija, con un año de edad, con Ramón Berenguer IV, conde de Barcelona. Los esponsales se firmaron en Barbastro el 11 de agosto de 1137. Las condiciones jurídicas para el acuerdo se establecieron con la conformidad de Ramiro el Monje y Ramón Berenguer IV. El contrato de esponsales se hizo jurídicamente efectivo en varios documentos. El documento de encomendación de hombres pactado entre Ramiro II y Ramón Berenguer en Barbastro, el 11 de agosto de 1137,7​ la encomendación que el rey Ramiro hace a Ramón Berenguer sin data, seguramente en Barbastro, c. 11 de agosto de 1137,8​ la confirmación de donaciones hechas por Ramiro II a Ramón Berenguer en el documento de esponsales dada en Ayerbe el 27 de agosto de 1137,9​ y una confirmación complementaria de las donaciones de Ramiro II a Ramón Berenguer, dada en El Castellar, a 13 de noviembre de 1137;10​ y sus cláusulas se reflejan y reafirman en dos documentos posteriores: el testamento que Petronila de Aragón hace a favor del hijo que iba a tener en 1152, en el momento del parto, dado cerca de Barcelona el 4 de abril de 115211​ y la abdicación de la reina Petronila en favor de su hijo Alfonso hecha en Barcelona a 18 de junio de 1164.

Todavía en el siglo XVI el contrato de esponsales era conocido, como se muestra en los Anales de la Corona de Aragón de Jerónimo Zurita:

Presta juramento y homenaje el conde de Barcelona al rey. Lo que el rey se reservó en la donación. El conde prestó pleito homenaje que no ajenaría el reino [...] y que durante la vida del rey don Ramiro le ternía por señor. [...] Y dice que retenía su dignidad real.

En Barbastro concertó el rey el casamiento de su hija con el de Barcelona y el reino. El conde jura los fueros y los ricos hombres le prestan homenajes. Estaba el rey don Ramiro en Barbastro cuando se concertó lo deste matrimonio, y allí se otorgó el instrumento a once del mes de agosto del año de 1137. Y en él parece que dio al conde don Ramón Berenguer su hija por mujer con su reino cuanto se extendía y había sido poseído y adquirido por el rey don Sancho su padre y por los reyes don Pedro y don Alonso sus hermanos, quedando en su fuerza y vigor los fueros, usos y costumbres que en tiempo de sus predecesores tuvieron los aragoneses y se guardaban en el reino.

Queda el conde por rey en caso que muera su mujer sin hijos. Entonces le encomendó sus tierras y súbditos debajo de homenaje y juramento que guardarían fielmente la vida y cuerpo del conde sin ningún engaño y que lealmente le obedecerían, guardando la fidelidad que debían a su hija que era su señora natural, con tal condición: que en caso que ella muriese quedase el reino sujeto al conde sin contradicción alguna y le tuviese y poseyese después de la muerte del rey su suegro, el cual mientras viviese quedase por rey y señor y padre en el reino y en los estados y señoríos del conde de Barcelona hasta que le pluguiese.

El rey entrega a su yerno todo el reino y se retira del gobierno. Y en el mismo tiempo el rey don Ramiro su suegro junto a la ciudad dio sus cartas para todos los de su reino, mandando que de allí adelante los castillos y fortalezas que tenían en su nombre las tuviesen por el conde de Barcelona y le reconociesen y obedeciesen como a él en todo, con continua fidelidad. Y porque en ello no se pusiese duda hizo cesión de lo que se había retenido cuando le entregó su hija; declarando que el reino siempre le tuviese a su servicio y salva su fidelidad.

Jerónimo Zurita, Anales de la Corona de Aragón, vol. I, libro II.
A partir de la obra del historiador Antonio Ubieto, un sector de la historiografía actual interpreta que el matrimonio entre Ramón Berenguer IV y Petronila se celebró según los términos del casamiento en casa, una peculiaridad del derecho consuetudinario del Alto Aragón. Según esta interpretación, por este contrato de esponsales y su reflejo en la documentación posterior de Petronila; el marido se adscribe a la familia de la esposa, y es ella quien transmite la pertenencia al grupo familiar, junto con el patrimonio que hereda; el marido se somete formalmente a su suegro o al «Señor mayor» de la casa, y este, a cambio, le otorga la potestad sobre el solar familiar, pero reservándose su señorío tanto sobre los bienes del solar patrimonial como sobre los que aporta el marido. De este modo Ramón Berenguer desde 1137 «pasaba a ser un miembro más de la Casa de Aragón y de su linaje, a todos los efectos». Y consecuentemente la dinastía reinante empleará la designación «de Aragón»,​ con extinción de la dinastía condal.​ La ampliación de lo otorgado del documento de El Castellar (13 de noviembre), que comenzaba recordando la entrega de Petronila junto a «la honor de mi reino», finalizaba el conjunto de documentos esponsalicios y Ramiro II cedía el ejercicio del gobierno aunque reservándose la fidelidad de su nuevo yerno​ («tenga todas las cosas a mi fidelidad, en todo tiempo»),​ y regresó a la vida eclesiástica. Tras dichos esponsales, en 1137,​ se daba inicio a lo que entre los siglos XII y XIV fue conocido como «Casal d'Aragó» y entre los siglos XIII y XV con variadas denominaciones (Corona regia, Corona del reino de Aragón, Corona de los Reyes de Aragón, Corona de Aragón) cuyo elemento común es ser el conjunto de tierras y gentes sometidas a la jurisdicción del Rey de Aragón.

En contra de la teoría del casamiento en casa aplicada a los esponsales de Ramón Berenguer IV y Petronila, el profesor J. Serrano Daura, en 1997, alega la ausencia de referencias a esta institución consuetudinaria del derecho aragonés antes del siglo XV, y que las cláusulas que fueron establecidas por Ramiro II sobre la sucesión a la corona de Aragón no se ajustan a las peculiaridades de esta institución, por lo que no sería trasladable a los pactos de 1137.

Sin embargo, en la monografía de 2008 sobre Ramiro II de Ana Isabel Lapeña Paúl, esta autora señala que esta institución consuetudinaria tenía antecedentes anteriores al pacto de esponsales de Petronila y Ramón Berenguer IV en el siglo XI con Ramiro I de Aragón y a comienzos del XII con Alfonso I el Batallador, y que si bien aún no había un corpus legislativo escrito al respecto, sí se pueden observar anteriormente las pautas de este acuerdo de esponsales en la sucesión real:

[...] nació una niña [Petronila] y ello variaba sustancialmente las soluciones que debían buscarse. Era la primera vez que la sucesión aragonesa quedaba solo en manos femeninas. No había leyes escritas al respecto, pero sí existían lo que pueden considerarse unas pautas para resolver la situación. Las había fijado [en 1059] el primer rey de Aragón [Ramiro I] en el primero de los dos testamentos que otorgó. [...] Solo en el caso de que se agotara la estirpe, y esto era lo que sucedía en este momento, se contaba con la mujer para transmitir la potestas regia, pero sin que la ejerciera, ya que esta pasaba al marido que se le eligiese, por ello era necesario buscarle consorte.

Ana Isabel Lapeña Paúl, Ramiro II de Aragón..., 2008, pág. 184.
Tampoco era algo nuevo para la monarquía aragonesa del siglo XII, la prueba está en que ya anteriormente se había estipulado algo similar cuando se pactó la boda de Alfonso I y Urraca de Castilla. En diciembre de 1109 se otorgaron dos documentos que lo reflejan. El primero es la "carta de arras" del Batallador a su esposa, en el que, además de la entrega de varios castillos y bienes, se estipuló lo siguiente: «convengo contigo que si Dios omnipotente me diese un hijo de ti, y yo muriese y tu me sobrevives, que tú y mi hijo tengáis todas mis tierras que hoy tengo y en el futuro conquiste con ayuda de Dios [...] Que si no tuviese hijo de ti y me sobrevives, que sea para ti toda mi tierra, y que la tengas ingenua y libre, como propia heredad, para hacer allí tu voluntad después de mis días»

Ana Isabel Lapeña Paúl, Ramiro II de Aragón..., 2008, pág. 192.

 

Signum Regis, rex, rey, Ramiro II, Aragón, Arago, Aragó



Por su parte, Percy E. Schramm considera que la relación entre Ramiro II y Ramón Berenguer IV a raíz del documento de esponsales de agosto de 1137 «quedaba sujeta a las condiciones consuetudinarias del juramento de fidelidad». La donatio inicial de Ramiro fue ampliada con un donativum, por el cual se anulaban las donaciones hechas hasta entonces y el rey prometía al conde no realizar ninguna otra donación sin su consentimiento. Esto es interpretado por Schramm como una exigencia de Ramón Berenguer IV ante las concesiones hechas por Ramiro al rey de Navarra.​ Finalmente, el documento de noviembre muestra el deseo definitivo del rey Ramiro de volver al monasterio, por lo que declara «por libre voluntad» que sus vasallos pasan a depender de Ramón Berenguer y que le habrán de obedecer a partir de entonces como su rey (tanquam regi). No obstante, Schramm entiende que Ramón Berenguer pudo haber adoptado el título de rey, pero no lo hizo, inicialmente por respeto a la Iglesia, pues aún no se había resuelto el problema de la liquidación del testamento de Alfonso el Batallador, pero también porque sólo le interesaba el poder efectivo y no quería ofender la sensibilidad de sus nuevos súbditos, por lo que prefirió mantener la ficción de que el rey monje sería sucedido por su hija y que la dignidad real no pasaría a la nueva dinastía hasta la siguiente generación.

Guillermo Fatás Cabeza​ entiende que la Casa de Aragón, contra lo que sostiene una opinión muy extendida, no se extingue ni es «absorbida por la Casa de Barcelona» tras los esponsales del conde barcelonés y la reina de Aragón. Considera esta hipótesis «un error de bulto» y señala que «lo prueban a entera satisfacción» las propias afirmaciones de los reyes de Aragón de que este era el apellido de su linaje, el uso de dicho apellido como grito de guerra o aclamación por parte de los súbditos reales en todas las lenguas de la Corona, las condiciones establecidas en los varios documentos de los esponsales reiteradamente convertidas en «realidad actuante» y la «pervivencia jurídica y formal del linaje titular de las Barras de Aragón», lo cual supone un «conjunto de realidades» de coherencia «absoluta y compacta», y añade sobre los esponsales que:

El primer pacto concertado entre la Casa de Aragón y la de Barcelona lo llevan a cabo el rey Ramiro II y el conde Ramón Berenguer IV. Convienen que la hija del primero, Peronela o Petronila, cuando tenga edad núbil casará con el segundo. Se verifica, así, un matrimonio con la doble singularidad de tratarse de matrimonio desigual (entre reina y conde que, además, es vasallo del rey de Francia) y del que el Derecho aragonés llama "matrimonio en casa". Por ambas razones, para asumir como propio un linaje superior, el varón que se desposa renuncia al suyo. Se convierte con ello en miembro de la casa de su mujer, titular de los derechos, y en administrador de la misma aunque sujeto a la autoridad del varón mayor de su nueva casa si lo hubiere. Por ello consigna cuidadosamente Ramiro que tras los esponsales seguirá él siendo "rex, dominus et pater in prephato regno et in totis comitatibus tuis dum mihi placuerit". Ramón acepta por rey, señor y padre al señor mayor de la Casa de Aragón (así era en Derecho de Aragón), tanto en Aragón como en los condados de su casa de origen, sin limitación ninguna ("según plazca" a Ramiro). La fórmula es clara y precisamente la que cabía esperar. Es, pues, absurdo postular la extinción de una Casa cuando la documentación conservada, tan congruente con lo sucedido, se elabora justamente para afianzar sin dudas la supervivencia de la misma. El nuevo miembro de la Casa de Aragón no tendrá la nuda propiedad ni la titularidad de los derechos de la Casa, salvo que se extingan el señor mayor, la heredera y futura reina y los hijos que ésta pueda tener. Sólo en tal caso podrá el nuevo hijo, súbdito y vasallo, ser el señor mayor. Lo que no sucedió. El matrimonio pactado en 1137 tuvo verificación en 1150 e hijos a partir de 1152. En todas las ocasiones importantes, muerto ya Ramiro, Petronila consignó de forma solemne y ante testigos de notoriedad, estas circunstancias y condiciones, que se cumplieron sin excepción. Lo hizo en 1152, a punto de dar a luz a su primer vástago ("in partu laborans"), y en 1167 [sic pro 1164], cuando cedió sus derechos a su hijo, Alfonso II, primero quien fue señor mayor de la Casa de Aragón con inclusión de los bienes y jurisdicciones aportados por su padre, quien no se tituló nunca sino "princeps" mientras su esposa fue siempre y en toda ocasión "regina", como el hijo de ambos fue "rex". El archivo de los reyes, solícitamente formado y custodiado, conserva todas estas piezas auténticas de sencilla interpretación.

Fatás Cabeza (2000), págs. 170-172.

Según Ernest Belenguer las capitulaciones matrimoniales de Barbastro de 1137 se ajustaban al derecho del Reino de Aragón, que vetaba ejercer el poder a la mujer pero no poseer la titularidad del reino ni la transmisión de este. Añade el catedrático de la Universidad de Barcelona que «el "matrimonio en casa" aseguraba —pasara lo que pasara— el mantenimiento del reino». Si, muerto el rey Ramiro, también su hija Petronila muriera sin llegar a la mayoría de edad, el acuerdo de 1137 otorgaba a Ramón Berenguer «la transmisión del poder real casara con quien casara después». Sin embargo ese supuesto no llegó a darse, pues Ramón Berenguer falleció antes que su esposa. En todo caso el rey Ramiro buscó para el mantenimiento de su reino una unión dinástica con una de las potencias vecinas más fuertes, la que poseía el conde de Barcelona, que «jamás fue rey de Aragón porque Ramiro II mantuvo su privilegio de honor hasta su muerte, aunque cediera la potestad del mando». Así, continúa el historiador valenciano, «Ramón Berenguer IV fue príncipe de Aragón y como tal se le juró fidelidad por los aragoneses al tiempo que la mayoría de edad de Petronila y su paso a mujer facilitó la consumación del matrimonio», lo que sucedería con la boda de Lérida de 1150.

Aprés de aquesto, el dito rey don Remiro queriendo proveyr que enpués días suyos dissensión alguna non aviés en la successión del regno de Aragón, si fue tratado matrimonio con don Ramón Berenguer comte de Barchinona, noble hombre en todos actos de cavallería et regimientos de tierras et de gentes, a la qual deyan por bautismo don Payronella, porque nasció en dia de San Peyro, et después fue mudado nombre donna Urracha. Et casola con el dito noble comte en su vida et diole el regno de Aragón en casamiento, que succediessen en aquello los fillos que avría de la dita su filla successivament, et que por caso ninguno no podies alienar el regno de Aragón en personas algunas sino en los fillos et aquellos que descendrían de su filla propriament, en el anno de Nuestro Sennor M C XXXVII. [...] Todo esti regno dio en casamiento con su filla con las condiciones sobreditas. Et ya sea que li dies el dito regno en casamiento, no empero renunciava a la dignidat real [...] diziendo estas paraulas: «Maguera yo de a tu el regno pero la mi dignidat real non lexo».
— Crónica de San Juan de la Peña en aragonés. Apud Carmen Orcástegui Gros (ed. lit.), «Crónica de San Juan de la Peña», Cuadernos de Historia Jerónimo Zurita, 51-52, Zaragoza, Institución «Fernando el Católico», 1985, págs. 419-569.

El papel de Ramón Berenguer IV a partir de los esponsales de 1137 fue el de administrador de la Casa de Aragón como regente del Reino de Aragón,​ y en la documentación se intituló princeps y dominador, pero nunca rey.​ Fue Ramiro II quien siguió siendo «señor, padre y rey»​ como reza la documentación aducida («Y yo predicho Ramiro sea rey, señor y padre en el citado reino y en todos tus condados mientras me plazca» e «in tota vita mea teneas me sicut patrem et dominum» 'en toda mi vi vida me tengas como padre y señor'), y ostentando el título de Rey de Aragón hasta su muerte en 1157,​ con lo que Ramón Berenguer IV se integraba en la Casa de Aragón​ al ser pactadas sus capitulaciones matrimoniales de acuerdo a las instituciones jurídicas del derecho aragonés, y dando lugar, tras el reinado de Ramiro II, a que la reina fuera su hija Petronila, hasta que el 18 de junio de 1164 esta abdica en favor de Alfonso II, transcurridos dos años desde la muerte de su marido.

Frente a historiadores que, con Antonio Ubieto a la cabeza, interpretan el proceso sucesorio que dio origen a la Corona de Aragón con base en el derecho del reino de Aragón estricto,​ hay un sector de la historiografía que, siguiendo a Alfonso García-Gallo, en su artículo de 1966 «El derecho de sucesión del trono en la Corona de Aragón»​ hace un análisis muy diferente del mismo:

El célebre historiador castellano, García Gallo, estudioso del Derecho sucesorio en la Corona de Aragón, no tiene la menor duda de que el documento de 1137 es una donación de hija y reino, por parte de Ramiro II —que no tiene «deseos de conservar» el trono, más bien está «deseoso de desembarazarse del Reino»—, al Conde de Barcelona. Es tajante cuando dice que «no se trata de una escritura matrimonial, en virtud de la cual el marido adquiera los derechos de la mujer, ni de la promesa o entrega de una dote; sino [...] de la elección de un marido y de la entrega del poder directamente a éste. En la escritura no hay ni una sola frase de la que pueda inducirse que Petronila es la titular del poder que ejerce su marido o que en alguna parte se reserva. Salvo la fidelidad debida a Ramiro II y a su hija, los aragoneses quedan bajo la autoridad y obediencia de Ramón Berenguer. La condición jurídica de éste no se basa en que él es el marido [...] sino en una donación; por ello se prevé que aun disuelto el matrimonio por muerte de Petronila, Ramón Berenguer conserve el Reino de Aragón libre e inmutablemente». Constata también, refiriéndose a Petronila, que «desde el momento mismo en que muere su marido, Ramón Berenguer IV, y aunque éste no haya usado el título de Rey, su hijo Alfonso II se titula ya Rey de Aragón en vida de su madre. Lo cual indica que el regnum, es decir, el poder de reinar lo hereda de su padre —al que se lo había concedido Ramiro II— y no de su madre».

Armand de Fluvià, «De oro, cuatro palos de gules, escudo de los Condes de Barcelona», Hidalguía, vol. XLIV, n.º 256/257, 1996, pág. 460-461. ISSN 0018-1285
En el mes de agosto de 1150 se celebró la boda del conde Ramón Berenguer y Petronila en Lérida, al adquirir ella la edad canónica de 14 años permitida por la iglesia para consumar el matrimonio, si bien las consecuencias jurídicas del matrimonio altomedieval tenían efecto en los esponsales,37​ es decir, en el caso del enlace entre Ramón Berenguer IV y Petronila de Aragón, en 1137.

Parece que desde fines de 1137 los días de don Ramiro transcurrieron entre el Monasterio de San Pedro el Viejo y su posesión de San Úrbez de Sarrablo (Nocito). Murió en Huesca el 16 de agosto de 1157 y sus restos fueron dispuestos en un sarcófago romano del siglo II o III en la capilla de San Bartolomé de San Pedro el Viejo de dicha ciudad.

  1.  Iglesias Costa, Manuel (2001). Instituto de Estudios Altoaragoneses, ed. «Historia del condado de Ribagorza» (pdf). Huesca. p. 155. ISBN
    84-8127-121-7
    . Archivado desde el original el 11 de enero de 2012. Consultado el 24 de septiembre de 2011. «Alfonso murió el 7 de septiembre y consta que, celebrando la Natividad de la Virgen (8 de septiembre) en Tierrantona, Ramiro el Monje fue advertido de ello.»
  2.  Rubio Calatayud, Adela (2004). «I.-Los Ramírez». Breve Historia de los Reyes de Aragón (1ª edición). Cuarte de Huerva. Zaragoza: DELSAN ediciones. p. 53. ISBN 84-95487-34-9. «En cuanto llegó la dispensa, Ramiro II fue coronado y desposado con Inés de Poitiers, vizcondesa viuda de Tours [...]. La coronación tuvo lugar en Zaragoza el 29 de septiembre de 1134.»
  3.  Luis García de Valdeavellano, Historia de España I. De los orígenes a la baja Edad Media. Segunda parte, Madrid, Revista de Occidente, 19633, pág. 439 -. D. L. M. 15.535-63.
  4.  Iglesias Costa, Manuel (2001). Instituto de Estudios Altoaragoneses, ed. «Historia del condado de Ribagorza» (pdf). Huesca. p. 156. ISBN
    84-8127-121-7
    . Archivado desde el original el 11 de enero de 2012. Consultado el 24 de septiembre de 2011. «en la primera mitad de septiembre ya es reconocido por muchos rey de Aragón, Sobrarbe y Ribagorza.»
  5.  Rubio Calatayud, Adela (2004). «I.-Los Ramírez». Breve Historia de los Reyes de Aragón (1ª edición). Cuarte de Huerva. Zaragoza: DELSAN ediciones. p. 54. ISBN 84-95487-34-9. «Ramiro también firmó pactos con los musulmanes. Ostentando el título de rey de Aragón, Sobrarbe y Ribagorza, Ramiro II se quedó en el castillo de Monclús hasta el mes de septiembre de 1135.»
  6.  Lapeña Paúl (2008:140)
  7.  Editado por Antonio Ubieto Arteta, en Los esponsales de la reina Petronila y la creación de la Corona de Aragón, Zaragoza, Diputación General de Aragón, 1987a, doc. 1, apud Alberto Montaner Frutos, El señal del rey de Aragón: Historia y significado, Zaragoza, Institución «Fernando el Católico», 1995, págs. 23-27 y notas. ISBN 84-7820-283-8.
  8.  Ubieto Arteta (1987a), doc. 2
  9.  Ubieto Arteta (1987a), doc. 4
  10.  Ubieto Arteta (1987a), doc. 6
  11.  Ubieto Arteta (1987a), doc. 8
  12. Ubieto Arteta (1987a), doc. 11
  13. Jerónimo Zurita, Anales de la Corona de Aragón, vol. I, libro II, cap. LXVI. Ed. en línea (Zaragoza, Institución «Fernando el Católico», 2003) basada en la de Ángel Canellas López (ed. lit.), Zaragoza, Institución «Fernando el Católico», 1967-1977, 8 vols. <http://ifc.dpz.es/publicaciones/ver/id/2448>
  14.  Los testimonios de los documentos de los esponsales que ratifican estas condiciones son: «Et ego prephatus rex Rainimirus sim rex, dominus et pater in prephato regno et in totis comitatibus tuis, dum mihi placuerit.», «Tu [Raimundus] convenis mihi [Rainimiro], in verbo veritatis, et mitis manus tuas inter manus meas, ut [...] in tota vita mea teneas me sicut patrem et dominum.», «Hoc dono tibi et concedo filiis filiorum tuorum qui fuerint de generatione de mea filia, in secula seculorum.», «Ego Peronella, regina Aragonensis, iacens et in parto laborans, apud Barchinonam, concedo, dono et firmiter laudo infanti meo qui est ex utero meo, Deo volente, processus totum regnum Aragonensem»,
    «Ego Petronilla, Dei gratia Aragonensis regina et Barchinonensis comitissa, [...] dono et laudo et concedo tibi dilecto filio meo Ildefonso, regi Aragonensi et comiti Barchinonensi, [...] et omni posteritate tue, omne regnum Aragonis integriter», «Licet regnum tibi tradam, tamen dignitatem meam non ammito»
    («Aunque te entregue el reino, sin embargo, no renuncio a mi dignidad», trad. de Ubieto Arteta (1987b), pág. 145),
    «Supradicta quoque omnia ego Ranimirus, Aragonensium rex, dono et firmiter laudo prephato Raimundo comiti Barchinonensi, ut hec que illi presencialiter dono et omnia alia que habebat, semper habeat ad servicium meum et fidelitatem, in omni tempore» y «Ego Ranimirus, Dei gratia rex Aragonensis, dono tibi Raimundo, Barchinonensium comes et marchio, filiam meam in uxorem, cum tocius regni Aragonensis integritate, [...]. Et comendo tibi omnes prephati regni homines sub hominio et iuramento, ut sint tibi fideles [...], salva fidelitate mei et filie mee.» Cfr. Montaner Frutos, loc. cit.
  15.  Guillermo Fatás y Guillermo Redondo, Blasón de Aragón: El escudo y la bandera, Zaragoza, Diputación General de Aragón, 1995, pág. 59.
  16.  Montaner Frutos (1995), pág. 26.
  17.  Manuel Fuertes de Gilbert Rojo, «La Casa de Aragón: Genealogía de una monarquía mediterránea. (Sinopsis)», I Colloquio Internacionale de Genealogia. Organizado por el Institut International d’études généalogiques et d’histoire des familles Roma, Senado de la Répública, 7-11 de octubre de 2003:
    Este matrimonio uxorial hace que el marido se integre en la Casa, se adscriba al grupo familiar de la esposa, y quede sometido a la autoridad del donante o Señor Mayor de la Casa, quien pasa a ser padre y Señor también del marido y de lo este tiene o aporta. Por ello Ramón Berenguer, pasó a ser un miembro más de la Casa de Aragón y de su linaje con extinción del propio. Con ello se inicia en su hijo y sucesor, Alfonso, la Casa de Aragón-Barcelona.
  18.  Lapeña Paúl (2008:197)
  19. trad. de Ubieto Arteta (1987b:154)
  20.  Miquel Batllori, La Universidad de Valencia en el ámbito cultural de la Corona de Aragón, Cinc Segles, Universitat de València, 1999, pág. 8. ISBN 9788437041612. Lección magistral leída en el solemne acto de apertura del curso 1999-2000:
    La Corona de Aragón comienza a existir en 1137, con los esponsales de la infantil infanta doña Petronila, hija y heredera del rey Ramiro II de Aragón, con el conde de Barcelona, Ramón Berenguer IV
  21.  Cfr. «La expansión: el Casal d'Aragó (1213-1412) / L'expansió: el Casal d'Aragó (1213-1412)», en Ernest Belenguer, Felipe V. Garín Llombart y Carmen Morte García, La Corona de Aragón. El poder y la imagen de la Edad Media a la Edad Moderna (siglos XII - XVIII), Sociedad Estatal para la Acción Cultural Exterior (SEACEX), Generalitat Valenciana y Ministerio de Cultura de España - Lunwerg, 2006. ISBN 84-9785-261-3:
    Entre los siglos XII y XIV, la documentación poco habla de Corona de Aragón y más del Casal d'Aragó, si bien la expresión de Corona de Aragón ya se observa con Jaime el Justo, prevaleciendo así el título jerárquico del reino por delante del de condado y principado.
    Belenguer, Garín Llombart y Carmen Morte, «La expansión: el Casal d'Aragó (1213-1412) / L'expansió: el Casal d'Aragó (1213-1412)», op. cit. 2006.
  22. Jesús Lalinde Abadía, «Las Cortes y Parlamentos en los Reinos y tierras del Rey de Aragón», en Esteban Sarasa Sánchez et al., Aragón: Historia y Cortes de un Reino, Cortes de Aragón y Ayuntamiento de Zaragoza, 1991, págs. 89-90. ISBN 978-84-86807-64-1.
  23.  Serrano Daura, «La donació de Ramir II d'Aragó a Ramon Berenguer IV de Barcelona de 1137 i la institució del "casamiento en casa"», Estudis històrics i documents dels arxius de protocols, 15, Barcelona, 1997, págs. 7-14 (traducción al castellano: «La donación de Ramiro II de Aragón a Ramón Berenguer IV de Barcelona, de 1137, y la institución del "casamiento en casa"», Hidalguía, 270, Madrid, 1998, págs. 709-719.
  24.  Lapeña Paúl (2008:184, 191-192)
  25.  Percy E. Schramm, "Ramon Berenguer IV", en E. Bagué, J. Cabestany y P. E. Schramm, Els primers comtes-reis, Ed. Vicens-Vives, 3ª edición, Barcelona, 1985, pág. 10.
  26.  Schramm, op.cit., pág. 11.
  27.  Schramm, pág. 13
  28. Guillermo Fatás Cabeza, «El escudo de Aragón», en Aragón, reino y corona, Gobierno de Aragón, Ayuntamiento de Madrid y Secretaría de Estado de Cultura, págs. 170-172. Catálogo de la exposición celebrada en el Centro Cultural de la Villa de Madrid del 4 de abril al 21 de mayo de 2000. ISBN 978-84-8324-084-7
  29.  Ernest Belenguer, «Aproximación a la historia de la Corona de Aragón», en Ernest Belenguer, Felipe V. Garín Llombart y Carmen Morte García, La Corona de Aragón. El poder y la imagen de la Edad Media a la Edad Moderna (siglos XII - XVIII), Sociedad Estatal para la Acción Cultural Exterior (SEACEX), Generalitat Valenciana y Ministerio de Cultura de España - Lunwerg, 2006, pág. 26. ISBN 84-9785-261-3
  30. Benito Vicente de Cuéllar, «Los "condes-reyes" de Barcelona y la "adquisición" del reino de Aragón por la dinastía bellónida», Hidalguía, vol. XLIII, n.º 252, 1995, págs. 619-632
  31.  Cfr. José Ángel Sesma Muñoz, La Corona de Aragón, Zaragoza, CAI (Colección Mariano de Pano y Ruata, 18), 2000. ISBN 84-95306-80-8:
    Ramón Berenguer se integraba en la familia Aragón, anteponiendo este linaje a su filiación anterior que, para sus sucesores, debía quedar siempre en un segundo lugar respecto a la dinastía aportada por la esposa. Ramiro II seguía conservando la dignidad real, aunque inmediatamente volvió a incorporarse al mundo monástico y tuvo escasas intervenciones políticas. El conde de Barcelona, como príncipe de Aragón, sin recibir nunca el título de rey pero sí con capacidad de ejercer la potestas regia, se hizo cargo del gobierno, a la espera de que Petronila alcanzase la edad requerida en el Derecho Canónico para consumarse el matrimonio.
    José Ángel Sesma Muñoz, op. cit., pág. 40.
  32.  Lapeña Paúl (2008), pág. 194.
  33.  Lapeña Paúl (2008), pág. 200:
    Continuó Ramiro utilizando el título de rey, e incluso así le mencionan las crónicas escritas en otros reinos [...]
  34.  Javier Leralta, Apodos reales: historia y leyenda de los motes regios, Madrid, Sílex (Serie Historia), 2008, pág. 78. ISBN 9788477372110:
    Ramiro II siguió ostentando el título de rey hasta su muerte
  35.  Cf. Ubieto Arteta (1987b:31) nota 1.
  36.  Alfonso García-Gallo, «El derecho de sucesión del trono en la Corona de Aragón», Anuario de Historia del Derecho Español, 36, 1966, pp. 5-187.
  37.  Luis García de Valdeavellano, Historia de España I. De los orígenes a la baja Edad Media. Segunda parte, Madrid, Revista de Occidente, 1963, págs. 208-212. D. L.: M. 15.535-63 (11).
  38.  Sepulcro de Ramiro II de Aragón.
  39.  Exhumación de los restos mortales de Ramiro II de Aragón el 18 de junio 2008.

Bibliografía

  • BELENGUER, Ernest, «Aproximación a la historia de la Corona de Aragón», en Ernest Belenguer, Felipe V. Garín Llombart y Carmen Morte García, La Corona de Aragón. El poder y la imagen de la Edad Media a la Edad Moderna (siglos XII - XVIII), Sociedad Estatal para la Acción Cultural Exterior (SEACEX); Generalitat Valenciana; Ministerio de Cultura de España, Lunwerg, 2006, pág. 26. ISBN 84-9785-261-3.
  • FATÁS CABEZA, Guillermo, «El escudo de Aragón», en Aragón, reino y corona, Gobierno de Aragón, Ayuntamiento de Madrid y Secretaría de Estado de Cultura, págs. 170-172. Catálogo de la exposición celebrada en el Centro Cultural de la Villa de Madrid del 4 de abril al 21 de mayo de 2000. ISBN 978-84-8324-084-7
  • FATÁS CABEZA, Guillermo y Guillermo Redondo, Blasón de Aragón: El escudo y la bandera, Zaragoza, Diputación General de Aragón, 1995.
  • FUERTES DE GILBERT ROJO, Manuel, «La Casa de Aragón: Genealogía de una monarquía mediterránea. (Sinopsis)», I Colloquio Internacionale de Genealogia. Institut International d’études généalogiques et d’histoire des familles, Roma, Senado de la Répública, 7-11 de octubre de 2003.
  • GARCÍA-GALLO, Alfonso, «El derecho de sucesión del trono en la Corona de Aragón», Anuario de Historia del Derecho Español, 36, 1966, págs. 5-187. Cita de las páginas 67 y 68 en: Armand de Fluvià, «De oro, cuatro palos de gules, escudo de los Condes de Barcelona», Hidalguía, vol. XLIV, n.º 256/257, 1996, pág. 460-461. ISSN 0018-1285
  • LALINDE ABADÍA, Jesús, «Las Cortes y Parlamentos en los Reinos y tierras del Rey de Aragón», en Esteban Sarasa Sánchez et al., Aragón: Historia y Cortes de un Reino, Cortes de Aragón y Ayuntamiento de Zaragoza, 1991, págs. 89-90. ISBN 978-84-86807-64-1
  • LAPEÑA PAÚL, Ana Isabel, Ramiro II de Aragón: el rey monje (1134-1137), Gijón, Trea, 2008. ISBN 978-84-9704-392-2
  • MONTANER FRUTOS, Alberto, El señal del rey de Aragón: Historia y significado, Zaragoza, Institución «Fernando el Católico», 1995. ISBN 84-7820-283-8.
  • UBIETO ARTETA, Antonio, La creación de la Corona de Aragón, Zaragoza, Anubar (Alcorces, 2), 1977
  • —, La formación territorial, Zaragoza, Anubar (Historia de Aragón), 1981.
  • —, Los esponsales de la reina Petronila y la creación de la Corona de Aragón, Zaragoza, Diputación General de Aragón, 1987a.
  • —, Creación y desarrollo de la Corona de Aragón, Zaragoza, Anubar (Historia de Aragón), 1987b
  • VICENTE DE CUÉLLAR, Benito, «Los "condes-reyes" de Barcelona y la "adquisición" del reino de Aragón por la dinastía bellónida», Hidalguía, vol. XLIII, n.º 252, 1995, págs. 619-632.

domingo, 21 de abril de 2019

Aragón en la biblioteca histórica

BIBLIOTECA HISTÓRICA DE LA FILOLOGÍACASTELLANA POR EL CONDE DE LA VIÑAZA

original en pdf en archive.org

Unos pocos extractos donde aparece Aragón:

La lengua latina (escribe el ilustre conquense), desterró en España a la griega, y fué la que se habló con los residuos que de ésta quedaron, hasta la venida de los Godos, los cuales no hicieron desaparecer el latín, sino que le corrompieron más con nuevas exóticas palabras. Esta lengua latina, así mezclada y corrompida, duró por toda España, según el autor, hasta el año 719 (sic), en que vinieron los moros, cuyo idioma empezó a hablarse, excepto en Asturias, Vizcaya, Lepuzca y algunos lugares fuertes de Aragón y Cataluña que no pudieron ser sojuzgados.

Hasta la conquista de Granada, dice Valdés, no pudieron tanto conservar los españoles la pureza de su lengua, que no se mezclase con ella mucho de la arábiga; y de los vocablos que dejaron, añade, el uso hacía tener por mejores que los latinos algunos de ellos, diciéndose
alhombra, mejor que tapete; alcreuite, que piedra zufre; azeite, que olio.


Dolor grande fué que la obra de Valdés no pudiese ejercer influencia en los estudios filológicos por haber permanecido desconocida de todos hasta el siglo pasado, a lo cual pudo contribuir también el haberse compuesto en tierra extranjera, donde tenía que ser menos apreciado el manuscrito, si por casualidad llegó a verlo alguno. Por esto no hay citado nada de lo que sustenta aquel famoso conquense en su Diálogo, en ningún escrito anterior a los Orígenes de la lengua española de D. Gregorio Mayans, excepción hecha de la mención que del manuscrito de Valdés hizo el cronista D. Juan Francisco Andrés de Ustarroz en sus Progresos de la historia del reino de Aragón.

Don Pelayo, y sus Castellanos de las Montañas, y por años después que siguieron, hablaron la Lengua Castellana corrompida de la Romana latina, y aun entremezclada con la arábiga, por la comunicación que con los Agarenos tuvieron. La mesma Romana latina hablaron los moradores en las vertientes de los Pirineos; empero por la vecindad del estudio de Letras que antiguamente tuvieron en Huesca los Romanos, tenían muchas dicciones latinas; y como los moradores de aquella tierra fueron gente tosca y mal mirada, corrompieron aquel latín y mezclaron Lengua Gascona, y formaron una Lengua muy confundida del latín Bárbaro y corrompido, y de la Romana y Gascona: y assí, si no es en Zaragoza, Ciudad principal, y cabeza de Aragón, que la propria Lengua Aragonesa se habla, toda la otra gente, que está en las fronteras de Gascuña, Navarra, Castilla y Valencia, es muy agena de la verdadera Lengua Aragonesa.
Pues entremos en Castilla, que es un Reino muy grande, compuesto y ayuntado de muchos Reinos, donde el Rey y su Corte siempre reside, y tantos grandes Señores y Cavalleros, y hay Ciudades muy grandes y populosas, donde se habla la perfecta Lengua Castellana muy galana, cortesana y graciosa, y muy esmerada y estimada por todos los Reinos, y Provincias del mundo, por ser muy inteligible y conversable. Empero si nos imos por los linderos y aledaños de Castilla, donde afronta Aragón, Navarra, Vizcaya, Galicia, Portugal, Granada, en quanto hay Algaravía, y Valencia, qué mixturas de Lenguas hallamos, que se le han apegado por la comunicación de los foranos; por cierto que es lástima ver que en la Lengua Castellana aya tanta mixtura de términos y nombres del Arábigo, y ales venido por la mucha comunicación que por muchos años han tenido en guerra y en paz con los agarenos. Y hanse descuidado los Castellanos dexando perder los propios y naturales
vocablos, tomando los extraños: y desto rescibe la Noble Lengua Castellana, no poco, sino muy grande perjuicio, en consentir que de la más que
cevil y abatida Lengua Arábiga tome vocablo, ni nombre alguno; pues en Castilla hay millares de Varones sabios, que en lugar de los Arábigos podrían hallar vocablos proprios a qualquier cosa, en demás teniendo la Lengua latina, de la qual la Lengua Castellana pretende ser tomada del tiempo de los Romanos venidos a España; que pues la latina es madre de muchas otras Lenguas, la Castellana se mejoraría grandemente. Y conforme a lo dicho lo hallarán en la Lengua Valenciana, que por más que en Reino de Valencia havia dos tercios de Agarenos, que hablavan Arábigo, y en esta Era hay un tercio de convertidas que hablan Arábigo, jamás la Lengua Valenciana ha tomado, ni usado de palabra alguna Arábiga, antes por ser el Arábigo tan enemigo del Christiano, le tienen por muy aborrecido. Son estos conversos de la Secta
Mahomética a nuestra Santa Fe Cathólica tales, que al cabo de cinquenta años, que son baptizados, jamás se ha podido acabar con ellos que dexen el Algaravía, y hablen Lengua Valenciana; y quando mucho los apretamos, responden algunos de ellos:


Por qué quereis que dexemos la Lengua Arábiga? Por ventura es mala? Y si es mala, por qué la hablan los Castellanos mezclada en su Lengua? Dexen ellos nuestra habla, y nosotros la dexaremos poco á poco. Y viniendo a contradecirles un convertido bien avisado, en Lengua Castellana, dixo: No veis que a los Castellanos les faltan muchos vocablos proprios, y por aquella falta toman de la Algaravía estos:
Sarten, Azeyte, Azeituna, Azeituno, Azebuche, Alhombra, Altamia, Candil, Alcuza, Alhucema, Alquitara, Arrayan, Albahaca, Azaar, Adelfa, Azufeyfo, Azucena, Azaleja, y muchos otros sin número. Y los ríos casi todos son nombren de Algaravía, como Guadalquivir, Guadiana, Guadarrama, Guadalete, &c. Otra mixtura tiene la Lengua Castellana, pero no tan mala, y es que como los Castellanos son muchos, y andan por diversas partes en servicio de los Reyes, y en


jornadas de grande valor, quando tornan de su jornada hay algunos que trahen algunas señales de heridas en sus personas, con que se glorian y honran por tener aquellas por valerosos servicios que a su Rey hicieron contra Saxonia, Francia, Italia, Turco y Túnez, y otros enemigos. Otros ay, que pues su ventura los libró de las heridas y de la muerte, y bolvieron vivos a su tierra, por mostrar que allá sirvieron, traen dos docenas de vocablos extraños y háblanlos y péganlos a su Lengua Castellana. Y ya que esto se hace si fuere de otra lengua buena como la Castellana, aún sería de sufrir; pero a las veces es de alguna ruin Lengua, y en lugar de honrar su lengua ensúcianla; y de esta manera es Lengua compuesta de muchas. En qualquier Lengua, ora sea Castellana, Aragonesa, Valenciana, o otras ay tres maneras de hablar. La primera, y más principal, es la que hablan los hombres de ciencia y letras, porque guarda la propriedad del término, siguiendo la verdadera significación, pronunciación, ortographía y acento; y en caso, que estos no hallen, o tengan algún buen término, acuden a tomarle del Griego o latín, que son las dos princesas en bien hablar, y con esto tienen su lengua muy corregida y copiosa. La segunda manera es la que hablan los Cavalleros, y gente principal cortesana, y ciudadana, que hablan muy cortés, polido y gracioso; y es buena Lengua, y bien hablada, empero si no hay en los tales letras, adelgazan tanto su polideza, que se van confundiendo, acortándola como los vestidos de que usamos, que han venido a decir vuestra señoría, o merced. y por acortar, tráganse la dicción de vuestra, y exprimen la señoría o merced. Otros hay que del vicio hacen gala con duplicar la esse, que por decir casa o coja, dicen cassa o cossa. Otros exprimen la ache diciendo: Chuan, chente, &c. Otros pronuncian templum, dominum. mudando la final de eme en ene, siendo todo lo contrario a la verdadera ortographía y buen acento. Desde aquí pienso que alguno que no estava advertido destos defectos, leyendo este aviso me lo agradecerá, y se emendará. La tercera, y última manera de hablar es la que hablan los villanos, y gente común, que estos aplican a cada passo términos contrarios e improprios; y quanto más va, tanto corrompen su Lengua, de los quales no se ha de tomar exemplo alguno sino de la más esmerada y preciada Lengua de que usan los hombres de Letras, pues aquellos quanto más andamos siempre mejoran su Lengua. Esto se nos da a entender con los libros escriptos en tiempo antiguo, en los quales vemos la forma del antiguo hablar. Esso mesmo vemos en los libros que después en otros años fueron escriptos con la mejoría de la Lengua; y en esta era vemos los libros que se escriven quán bien y mejorada está la Lengua...


Cap. VI. A lingoa que oje falla em Portugal donde teve origem, & porque se chama Romance.

Desta introduçāo da lingoa latina, que os Romanos fizerāo em Hespanha, & como de muitas naçóes & varios costumes, se vierāo a conformar, & parecer tudo hum povo de Romanos, he teste minha mesma lingoa que oje fallamos, ainda que corrupta, & húa pedra antiga que se achou na cidade de Empurias do reino de Aragão, que era habitada de Gregos, & Hespanhoes que diz asi:

Emporitani popvli graeci hoc
templvm svb nomine dianae
ephesiae eo secvlo condidere,
qvo nec relicta graecorvm lingva,
nec idiomate patriae iberae
recepto, in mores, in lingvam,
in ivra, in dictionem cessere


romanam. m. Cetego et Lvcio Apromo. coss.

Acrecentaron la lengua indígena, al decir del Cronista aragonés, las colonias griegas y fenicias, los bárbaros y los árabes, en fin; mas de ninguna manera los judíos que en miserables y dispersas tribus vinieron a España. Y en cuanto a la semejanza y afinidad entre nuestra lengua y la latina, escribe: No deve hazer novedad, sabiéndose que son tenidos por Españoles aquellos Antiquísimos Príncipes Hespero, Italo, Zano i otros, i que el Antiguo Parentesco de Entrambas Lenguas se renovó con el arrivo de tantos Españoles a Roma... Con tales argumentos, nacidos de las turbias fuentes antes aludidas, escribe Pellicer todo su alegato, para probar que la lengua matriz de nuestra Península es la misma lengua española hablada hace más de dos mil años.



IV. E riflettendo, che la Lingua Provenzale, e la stessa appunto, che la mia materna Catalana, come attestano parecchi Autori e può conoscere ognuno, confrontando le parole, le maniere, i modi di dire, e lo stile delle nostre antiche Costituzioni di Catalalogna, esistenti nella Biblioteca Barberina, cogli antichi Statuti di Provenza, che si trovano nella Libreria Casanattense; e come anche più agevolmente riconoscerá il Lettore dalla lettera, che per questo efetto ho estratta dalla Storia, e Cronica di Provenza di Cesare di Nostradama scritta da Renato d Angió Re di Napoli il decimosesto, e Conte di Provenza il ventunesimo nell anno 1468, en son bon, & franc Catalan Provenzal, come dice l istesso Nostradama, a Giovanni d Angió intitolato Duca di Calavria suo figlio primogenito, e Generale dell Armata Franzese, e Provenzale, che allora si trovava ne confini di Catalogna; (benchê nel detto anno, anzi ventisei anni prima, fosse giá il suddetto Conté scaduto dalla Regia di Napoli, avendo prevaluto il partito, e il va ore delle armi de i Catalani, e degli Aragonesi contro degli Angioini, ed essendo in essa rimasto trionfante, e coronato fino dal 1442, il Re Alfonso il II d Aragona, e il I di Napoli cognominato il Magnanimo), la qual lettera ho qui trascritta con la medesima ortografía, che nella predetta Istoria si legge del seguente tenore:


...Ben noto e per altro, a tutti i Letterati, che la nostra Lingua, e più antica assai, della Castigliana, poiché su per tutto il Ponente, tra tutti gli altri Idiomi di quelle parti di gran lunga primiera e cosí florida, culta, ac polita ut nulla feré extiterit Regio, in quam immissa non fuerit e la Castigliana al contrario, mentre fino al 1479, nel quale ad unicum Principem tota Hispaniarum potestas rediit, come dice il Du-Fresne rarioris fuit usus, ut poté barbaris spersa vocabulis. Anzi lo stesso Crescimbeni, parlando sopra questa materia di precedenza, ed antichitá fra le lingue volgari, mi disse aver letto in un certo Autore straniero, che in Catalogna incominció a corrompersi il dialetto latino, che correva in tempo dell Imperio de Goti. Ed a questo proposito e cosa degna d osservare, che in Catalogna pure s incominció l uso di trattare le Leggi, e Costituzioni, e tutti gli atti giudiziali in lingua volgare; anzi nel 1412. D. Ferdinando I, Infante di Castiglia, che su eletto, e dichiarato Re d Aragona, e Conte di Barcellona dagli Stati di Catalogna, Aragona, e Valenza congregati in Caspe, per esser morto intestato, e senza successione il Re Don Martino, che su 1 ultimo Re, e Conte della stirpe de Beringhieri; fece in Catalogna una Legge, tra 1 altre, insieme co i tre Stati generali del Principato, cioé l Ecciesiastico, il Nobile, e l Borghese, o Cittadino, comandando espressamente, che tutte le suddette cose fossero fatte, e trattate nel nostro volgar Catalano, e non in latino, né in altro straniero linguaggio, come aparisce dal Volume delle nostre Costituzioni esistente nella Biblioteca Barberina, e cosí su sempre praticato fino al 1714; la quale legge, per dirlo di passaggio, pare che indirettamente, e in alcun modo sia stata confermata dalla Santissima Vergine Nostra DonnA, coll´ occasione d un miracolo, che a intercession sua, fece il Beato Fra Salvadore d Orta Francescano, di far parlare in Lingua Catalana una Donzella muta di otto anni di Nazione Navarrese, come raccontano i compilatori della Vita di esso Beato Fr. Salvatore, e riferisce il Bollando negli Atti de i Santi. E simile uso poi negli altri Stati, e Regni dell Europa, non che di Castiglia solo, non incominció, che cento cinquant anni dopo, nella propria lingua naturale di ciascun paese. Ma non occorre, che sopra ció mi affatichi, né perda più tempo in addurre dell altre autoritá, e memorie, che mi sono rimase nel Zibaldone, e fra laltre, che.
L´an 1613 on imprimá à Paris un gros livre in quarto en langue Françoise, qui contient 1030 pages, ayant pour titre: Thresor des Langue de cêt univers, contenant les origines, beautez, perfections, decadences, mutations, & ruines des langues, où l´Autheur Monsieur Claude Duret Bourbounois, en compte jusquà 56, & parmy les autres, il place la Cathalanne avant l´Espagnole, & plusieurs autres: mentre che dalle Tavole degli Autori, e de i libri in Provenzale, poste in fronte del mio Vocabolario puó il Lettore abbastanza foddisfarsi; conciossiaché i più antichi, che la Castigliana Lingua in questo, od altro giudizio possa produrre, faranno di gran lunga posteriori a molti di quei, che in esse Tavole oggidí compariscono... (Págs. 36-38.)


... Conchiudo, che più tofto che errori dovrebbero con più proprietá chiamarsi Provenzalismi, de quali abbondano le scritture Toscane del buon secolo, e maggiormente quelle tratte da i testi Provenzali, che sono molte. E molto più si rende ció manifesto, se si considera, come ho toccato di sopra, che la medesima nostra Lingua Provenzale pura, e schietta, che per tutta l Europa si sparse, su ella da Toscani studiosamente ne primi tempi adoperata, e poi lungamente imitata siccome da tutta la Francia, dall´ Inghilterra, e dalla Germania, essendo allora amata, e pregiata come la Greca, e la latina, e su a i più delicati ingegni comune, ed universale; anzi tant oltre passó in riputazione, e fama, che ella sola su in istima tra le lingue... (Págs, 69, 70).



Este escritor sostiene las mismas proposiciones de todos los bascófilos, a saber: que la lengua bascongada fué, no sólo la primera que se habló en España, a donde la trajo Túbal, sino también la primera del mundo. En su discurso estudia las etimologías de porción de nombres de lugar de la Península, modernamente usados, presumiendo probar que se derivan del eúskaro. Pirineos (= Bi-Erri-Eneac, Pirineac), Aragón (= Arrigonia), Cardona ( = Gatzona, Catzona), Gerona ( = Hiri-ona o Herriona), Barcelona (= Parcer-ona o Parcel-ona), Sagunto ( = Es-egunto), Andalucía ( = Landalucea), Setúval ( = Echetúval), etc.



Hicieron notar los articulistas la importancia excesiva que Mayans dio al elemento griego, en cuya apreciación anduvieron más acertados que en la inexactitud con que resumieron lo que en los Orígenes se dice respecto de la lengua hebrea; aumentaron las prerrogativas otorgadas por el erudito valenciano a la lengua árabe en la composición de nuestro Diccionario; quisieron (por ser, sin duda, nacido en Aragón uno de los articulistas del Diario) contradecir la opinión de que la lengua hablada en dicha comarca no es ningún dialecto, sino tal lengua aragonesa; discutieron con más o menos acierto algunas etimologías, y no se inspiraron, finalmente, en un espíritu de verdad y de justicia, pues llegaron hasta afirmar que el autor de los Orígenes no sabía traducir del latín al castellano.

Hicieron notar los articulistas la importancia excesiva que Mayans dio al elemento griego, en cuya apreciación anduvieron más acertados que en la inexactitud con que resumieron lo que en los Orígenes se dice respecto de la lengua hebrea; aumentaron las prerrogativas otorgadas por el erudito valenciano a la lengua árabe en la composición de nuestro Diccionario; quisieron (por ser, sin duda, nacido en Aragón uno de los articulistas del Diario) contradecir la opinión de que la lengua hablada en dicha comarca no es ningún dialecto, sino tal lengua aragonesa; discutieron con más o menos acierto algunas etimologías, y no se inspiraron, finalmente, en un espíritu de verdad y de justicia, pues llegaron hasta afirmar que el autor de los Orígenes no sabía traducir del latín al castellano.


1788.

27. Discurso sobre el origen, uso y cultura de la lengua española en Aragón.

Inserto en el Memorial literario de Febrero y Marzo de 1788, págs. 274 y 353.

La noble tendencia que inspira todo este trabajo se lee en síntesis a su comienzo.

Dos errores o preocupaciones igualmente injuriosas a Aragón (dícese), se van introduciendo en materia del idioma o lenguaje español. Uno es excluir a este reino de la formación de cultura de la lengua principal de la nación, y otro el adoptar en él la lengua lemosina o provenzal, queriéndola hacer en algunos tiempos común y ordinaria: el primero no se enseña abiertamente, pero el vulgo se va imbuyendo indirectamente de él, no faltando alguno de los doctos que incidentemente lo afirme; el segundo se publica como invención erudita y con todo el aparato seductivo de citar en su confirmación noticias exquisitas, códices y monumentos recónditos; de manera que es necesario cautelarse mucho para no dejarse alucinar de una opinión tan favorita de los sabios. Así es que, en lo antiguo, los mismos escritores llamaban nuestra lengua con la disyuntiva de castellana o española, como se ve en Aldrete, Covarrubias y Sepúlveda, La misma Real Academia le da con frecuencia el nombre de lengua española en la primera edición de su Diccionario, si bien en el Discurso proemial sobre el origen de la lengua dice que este dictado es del uso de los extranjeros, y en su segunda edición constante y solamente con el nombre de castellana. Mayans, en sus
Orígenes, poniéndose a explicar el significado de esta voz, lengua española, dice que por ella se entiende la lengua común de la nación; pero añade que no puede incluir la aragonesa por no tener la perfección que en Castilla, donde el menor comercio con los extranjeros la ha conservado más pura. Todavía está más áspero con nosotros el P. Terreros (Paleografía española, fol. 212, en el tomo XIII del
Espectáculo), que después de olvidar a Aragón, cuando tratando del origen de la lengua menciona casi todas las provincias de España, prosigue luego su historia, y dice que en tiempo del Rey D. Fernando de León, nieto del Rey D. Sancho de Castilla, con motivo de su dominación en León y


Navarra, les comunicó su lengua que también tomaron los aragoneses.


En ciertas circunstancias el dativo hace también la función del acusativo. Hay que observar:

a) El artículo neutro es una adquisición propia del castellano, y no se emplea más que con el adjetivo abstracto elevado a la calidad de sustantivo: lo bueno, lo grande, lo mejor, lo mío. Lo por él se encuentra en los antiguos, particularmente en el dialecto leonés y aragonés; por ejemplo: lo lazo, lo chico (niño); y se une a las preposiciones, según se indicará más adelante.



2: sustantivos: asinus, cophinus, dominus, fraxinus, bucina, femina, pagina. Castellano: asno, cofre, dueño, fresno, bocina, hembra, página. Poseemos también una forma ezno (esno), destinada a señalar el origen: lobo, lobezno; pavo, pavezno (arc.); pecado, pecadesno (ib.); víbora, viborezno. Es, sin duda, contracción de cinus, esto es, inus precedido de una c diminutiva: lobezno, latinizado, sería lupicinus (antiguo apellido aragonés: Lupicino). Este sufijo se aplica también a algunas palabras que designan objetos, como torezno (torrezno), rodezno.


aneus. -1.° Adjetivo: extraneus, circumforaneus, spontaneus, subitaneus, subterraneus.

Castellano (-año, -aneo): extraño, subterráneo, espontáneo, sopitaño (arc.) -De aneus se pasa fácilmente a la forma anus, como en el provenzal de Aragón forano, y en el latino fontaneus, a cuyo lado se encuentra fontanus. -A este ejemplo latino se ajustan algunas nuevas derivaciones que proceden, ya de sustantivos, ya de adverbios: tacaño, cutáneo, frustráneo.


ensis. -Adjetivo: designa la descendencia o la ciudadanía: algensis, forensis, lutensis, nemorensis, hortensis, portuensis, atheniensis, carthaginiensis, narbonensis, rhodensis. -En castellano esta forma ha permanecido activa, pero más bien para formar nombres de pueblos que nombres comunes. Ejemplos de vocablos, en su mayor parte nuevos, algunos de los cuales son empleados como
sustantivos (-és): cortés, burgués, marqués, aragonés, cordobés, francés, inglés, leonés, portugués;

(-ense): conquense, ateniense, oscense, hispalense.


3: Adverbios de cantidad.
Multo, longe = mucho, mucho más.
Mol, molt en chapurriau.
Nimis. Demasiado (de demás = de magio),
massa en chapurriau.
Satis = asaz.
Parum, paulum = paucum (
poco) = algo.
Tantum, solum = solo, no -sino, no -mas (perífrasis).
Tan, tant, sol en chapurriau.
Vix. Compuestos con a: alés (arc.), mal -avez (arc.) Perífrasis: apenas, a duro, de duro.
SALTEM = a lo menos, siquiera (sisqueraen chapurriau).
Vel = mismo,
vel - bel en aragonés.
Omnino sustituido por totus = del todo,
del tot en chapurriau.
Fere, paene = cuasi, fascas hascas (ares. hasta casi), por poco que, por poco no, falta poco.

Adverbios de comparación.

Sic = si, sin.
Tam = tan, tanto.
Aeque, perinde, están representados por compuestos con sic: otro -sí, otrosi, otrosí, ansí, así.
Ut ha sido suplantado por quomodo, para lo cual se ha despojado de su propio sentido. Como, en lo antiguo quomo, com (chapurriau igual), como, coma (usado todavía en La Litera, Huesca, por ejemplo).


Quam = cuan. El sentido de estos adverbios puede expresarse también con sustantivos: guisa, manera, suerte, modo.


II. Preposiciones.

La mayor parte de las preposiciones latinas las ha conservado el castellano: ab, cis, ex, erga, ob, prae, propter: otras menos importantes, ya no existen en castellano independientes. Las palabras nuevas de esta clase no todas tienen el mismo origen. Son:
1: Compuestos de diversas preposiciones; por ejemplo: de -ad, ad - Prope (
a prop, prop en chapurriau), in -contra, in -versus, per -ad, per -ante, per -inter.
2: Adverbios empleados con el sentido de preposiciones.
3: Nombres. -a) sustantivos que, repeliendo la preposición que les seguía, han tomado el sentido de una partícula: cabe. b) Adjetivos o participios considerados como neutros, que, por el abandono de toda flexión, se han convertido en partículas: bajo, junto. -Las preposiciones propias, son aquéllas que pueden ser inmediatamente prepuestas al nombre. Son impropios todos los adverbios y los nombres que, para expresar un sentido preposicional, necesitan el intermedio de una preposición. De la gran cantidad de estos últimos, la lista siguiente no puede dar más que un pequeño número de ejemplos. Para reconocerlos, únese a cada uno de ellos la preposición que ordinariamente les sigue; pero es de advertir que muchos nombres así caracterizados se emplean también sin este complemento.

Ab. -No existe más que en composición; en general ha sido reemplazada por
de. Para darle el sentido local o temporal de ex o in -de a, hay palabras especiales, como desde (de ex).
Ad = a -Compuesto que indica el fin: para = pora (pro ad,
per a -pera en chapurriau) en los siglos XII y XIII.

Ante = ante, antes de.
Ab ante = abáns en chapurriau.

Apud (en las inscripciones apue). -El sentido de esta preposición está representado por sustantivos, como cabe, cabo (arc.), a cabo.

Circa = acerca de.

Contra = contra.

Cum (cun, con en las inscripciones) = con.

De = de. Para expresar relación: acerca de.
Erga. -Reemplazada por versus. Posteriormente versus se reemplaza por contra, por ejemplo en una pelea.

Ex. -Reemplazada por
de.

Extra. -Reemplazada por foras, foris, con o sin de.
Extramuros = a las afueras del poblado.

In = en.

Inter -entre. -Sinónimo: en medio (
en mich en ch.). La significación temporal de inter está expresada por participios, como durante.

Intra. -Derivada del adverbio intro = dentro de.

Ob ha desaparecido, siendo reemplazada por
per, pro. -Expresiones perifrásticas: por razón de, a causa de (*g, griego moderno).

Per = per (arc.), hoy desaparecida,
excepto en chapurriau. -Por de pro.

Post = en pos de, después de.

Praeter, falta. -El adjetivo neutro
excepto la ha reemplazado.

PRO = por, que al mismo tiempo reemplaza la preposición perdida
per. Un sentido particular de pro está representado por en lugar (en lloc de en ch.), en vez (en ves de en ch.), cuyas expresiones se construyen con genitivo.

Prope (
prop en chapurriau). -Su sentido se expresa por medio de adjetivos. Así, junto de.

Sine = sin, sines, senes (arc.). De senes, por metátesis, se construye
sense en chapurriau.

Sub = so (
sota en aragonés, catalán). Ha sido reemplazada por subtus = bajo, debajo de (sinónimos). Deball -daball en chapurriau.

SUPER = sobre. Además, encima de, tienes la comida sobre la mesa.
Tens lo diná sobre la taula, damún (de) la taula; en chapurriau.

Tenus ha desaparecido. Hay que asignar otro origen a las palabras anticuadas
fata o ata (árabe, hatta). El antiguo vocablo fasta = hasta moderno, parece un compuesto de facia ata.

Usque. -Corresponde a la expresión arcaica
entro.

Trans, como preposición, toma en castellano el sentido de
post, pone. Tras, que puede estar precedido de a, de, atrás, detrás.

Versus, aunque ha sustituido a
erga en algunas lenguas neo-latinas, carece de correspondencia en la nuestra. Lucha de 1 VS 2 -actualmente (2019) CONTRA.

Hay todavía algunos nombres empleados como preposiciones, como
mediante, no obstante, etc.

III. -Conjunciones.

Quedan pocos vestigios originarios en esta clase de palabras, pues los adverbios y las perífrasis nominales han llenado este vacío histórico.

Et = y, i, e (arc.), et (arc.)
NEC = ned (arc.), nen (arc.), ni.
ETIAM = también,
tamé en chapurriau. Expresiones negativas: tampoco (tampoc en ch.), ni menos.
AUT = o, O.

Ut, quod = que. Compuestos: para que (*g, griego moderno), a fin (de) que.
Ut, sicut, quam. A esta última, en tanto que se refiere a un comparativo, corresponde que, ca (arc.) Quasi se ha conservado literalmente.
Casi moderno.
Si = si.
Nisi = si no.
Dummodo = Caso que.

Sed y las otras partículas adversativas están representadas por
magis (en lugar de potius), que ha producido también adverbios: mas, pero, empero,
Potius = antes,
sinó.

Etsi. -Está representada de diversas maneras: bien que , aunque, puesto que.
Tamen = todavía, con todo esto, sin embargo.

Nam, quia. Compuesta con la partícula que: por tanto que. Compuesta con el pronombre que: por qué. - Hay adverbios de tiempo tomados en un sentido casual: pues (
pos en chapurriau), pues que, ya que.

Nempe = a saber.

Igitur, ergo = pues, luego. Por ideo, propterea, empléanse ende, por eso, por tanto (
per tán en ch.).

Quum (
cuan en ch.) ha desaparecido: como partícula temporal ha dado al castellano la voz cuando. Varios adverbios de tiempo pueden, con el auxilio de la partícula que, pasar a la categoría de conjunciones, siendo suprimida también a veces esta partícula. Así, después de.
Una voz nueva por la latina DUM es la castellana
mientras.

IV. -Interjecciones.

El latín no es rico en esta parte de la oración; el castellano tiene, en cambio, muchas interjecciones. Las cuales son: 1:, sonidos naturales; 2:, sonidos más complejos; y 3:, palabras mutiladas o abreviadas.

La interjección más común, que sirve para reforzar el vocativo, es
oh. Las siguientes expresan una llamada: ha, he, ahe, aik en chapurriau. Compuesta con la: óla. El alemán usa Halló con acento en la ó para llamar la atención, Hállo con acento en la á para saludar.

El dolor se expresa por ah, ay. Con pronombre personal: ay me, ay de mí. -La amenaza o la queja se expresa por
guay (vái, gótico). Aragonés: Guaita (con los güellos) -mira (con los ojos. Quizás provenga del vái gótico.
Las primeras, que denotan el dolor, también sirven para revelar la alegría y la admiración.

Es difícil averiguar el origen de ciertas interjecciones, como
cáspita, caramba. Collóns o mecagondéu ya es más fácil de averiguar.

Para exhortar y alentar, empléase
ea (eja, lat.), ea pues, sus, upa, aúpa (¿las dos de origen alemán?), alafé, alahe, alae (las tres arcaicas). -Una llamada: al arma, ah de casa, aquí del rey. -Un deseo: ojalá (enschá allah, árabe). -Una caricia: halo halo (arc. halagar).

Interjecciones para la repugnancia y aversión: dale, zape, oxte (arc. por exte, de exir), fuera, vete, su,
fuch en chapurriau.

Para el silencio: chito, chitón, ta, tate (tace?)

Para la protestación (protesta) y la maldición: por Dios, cuerpo de Dios, cuerpo de tal, y muchas más blasfemias incluidas. 

El distinguido aragonés D. Mariano Nougués Secall ha extractado las principales ideas del trabajo de su compatriota, en la nota que copio a continuación:

En el trabajo del Sr. Lasala se combate la prioridad que pretenden los castellanos en el ejercicio del romance español, diciendo que de antes del siglo XII no posee Castilla escrito alguno oficial ni diplomático en romance español, y que tal vez no sucede lo mismo en Aragón.

Pretende que en el privilegio de los veinte, otorgado por Alfonso el Batallador a Zaragoza, se leen algunas palabras vulgares de aquel reino: cita un documento de 1148, que se encuentra en el archivo de la iglesia del Pilar de Zaragoza, en el cual, entre otras palabras, se leen las de carta, cuartals de trigo, campo, brazal, etc.

Cita asimismo otro documento, que trae Briz Martínez, del año 1061.

Pasa a examinar los códices, y sostiene que el de Sobrarbe es indisputablemente más antiguo que el de Avilés.

Observa que el Rey San Fernando, el conquistador de Sevilla, dio en 1241 el Fuero Juzgo a Córdoba; pero que no consta que en su reinado se romanceara, y que si en él no se hizo su romanceamiento, seria por su hijo D. Alonso.

Que si se duda de que el fuero de Sobrarbe lo dio Sancho Ramírez, no puede ofrecer duda que lo diera Alonso el Batallador a Tudela, en cuyo archivo se conserva con el mismo romance que los demás códices, de lo que se infiere que en romance se escribió este fuero.

Habla en seguida de un códice de fueros anteriores a Jaime I, que se conserva en el archivo del Pilar, y que observada la diferencia que existe entre el lenguaje del códice Pilarense y el de la compilación de Huesca del año 1247, aquél debe suponerse anterior a éste en un siglo. Añade que en la Biblioteca Nacional se halla un Ms. en pergamino de esta compilación, en la cual sólo se encuentran siete fueros de la Pilarense, cuyo lenguaje es más incorrecto que el usado en el del Obispo Canellas.

Deduce el Sr. Lasala de estos antecedentes que el códice Pilarense debía ser muy antiguo, cuando en 1247 se reconoció la necesidad de otra compilación, y viene a parar por qué el fuero de Avilés (de 1155) puede pasar por coetáneo, no del de Sobrarbe, sino en su caso de el del Pilar.

No cabe decir, en su concepto, que la compilación de Canellas se escribiera en latín y se romanceara después; porque es sabido que quien hizo la traducción fué el Justicia Salanova en 1352, advirtiéndose que el escrito en romance tiene más títulos y fueros y distinto orden que el latino, lo que demuestra que no es copia de éste el que se encuentra en romance, sino que éste es el original, y el otro su copia modificada y alterada en un latín poco castizo.

La consecuencia que deduce el Sr. Lasala de todos estos datos y antecedentes, es que el fuero asturiano no tiene la antigüedad que el de Sobrarbe, cuyo prologista murió en 1094, ni mayor tampoco que los del códice del Pilar, y que el romanceamiento del Fuero Juzgo fué posterior a la compilación de Canellas.

En seguida pasa a verificar un cotejo entre el fuero de Avilés y el Pilarense, deduciendo que entrambos pertenecen al mismo período histórico en que el habla común de los españoles luchaba por sacudir el yugo del idioma latino; y por si no se acepta el códice Pilarense, trae para hacer la comparación algunos fueros del de Sobrarbe.

De este parangón deduce también la mayor perfección de los fueros citados sobre el de Avilés, en el que no se encuentran oraciones completas, y sí el uso del presente de indicativo en vez de los demás tiempos de sus conjugaciones.

Todavía, por si se supusiese sofisticado el fuero de Sobrarbe y por sospechosos los del Pilar, sostiene que sólo con el Código de Canellas hay suficiente para probar la prioridad y perfección de Aragón en el uso del romance. San Fernando murió en 1252, dejando a su hijo el encargo de romancear el libro de los Jueces; la promulgación de la compilación de Canellas se hizo cinco años antes, o sea en 1247, no habiendo podido hacer más dicho Obispo que compilar, en el corto espacio de dos meses y medio que se le concedió, los fueros promulgados anteriormente, haciendo un argumento irresistible, y es el de que hubiera sido inútil la traducción de los fueros por Salanova si los hubiera redactado en latín el Obispo Canellas.

El Sr, Lasala, en su trabajo comparativo del prólogo del Fuero Juzgo y del de la compilación Oscense, observa que es más perfecta la construcción aragonesa que la del Código castellano.

Llevando a término su trabajo, hace un cotejo entre el lenguaje de las Partidas y el privilegio general otorgado en 1283 y con los privilegios de la Unión, que lo fueron tres años después del fallecimiento del autor de las Partidas.


52. Sobre el origen y formación de las lenguas romances y en particular de la lengua castellana, por D. José Amador de los Ríos.

Tomo II de su Historia critica de la literatura española: Madrid, imprenta de José Rodríguez... 1862. -Ilustración II, págs. 361-414, y Apéndice I, págs. 581-596.

Trabajo de selecta erudición, en el que su autor opina que, durante las dominaciones romana y visigótica, existían en España otros idiomas, hablados, si no escritos, a la vez que el latino, aunque éste, después del Concilio III, fué el preferido y el dominante. Fija en el año 739, fecha que lleva la famosa inscripción de Santa Cruz de Cangas, el punto de partida del romance declarado, que se formó, como dice el Sr. Amador, de los elementos congregados en el suelo español, entre los que si al latín corresponde mucha parte, no pequeña se les debe al hebreo y al arábigo; aunque es innegable que el primero constituye el núcleo y fundamento del castellano. Varios documentos ilustran la tesis defendida, y sirven para probar las diferencias distintivas del habla vulgar, usadas en los comienzos de su historia por aragoneses, navarros y castellanos.

1868.

56. Discurso leído ante la Real Academia Española de Arqueología y Geografía del Príncipe Alfonso, por el señor D. Francisco Otín y Duaso, en el acto solemne de su recepción de Académico de número de la misma. Madrid. 1868. Por D. Alejandro Gómez Fuentenebro, impresor de dicha Real Academia.

4.°-62 págs.

Tema del Discurso: El idioma de Aragón y de Castilla es uno mismo en su origen, formación y progreso; pero en determinada comarca del Pirineo se vislumbran los vestigios de una lengua desconocida, cuyos nombres de ignorada etimología aparecen como incrustados en el romance común. Los nombres en que se funda la segunda parte de esta tesis son principalmente los de ríos,
montes, pueblos y los patronímicos de todo el partido de Jaca y parte del de Boltaña y Huesca. La naturaleza de estos vocablos la supone el autor arraigada en tiempos anteriores a los de la dominación romana. Hace notar las frecuentes terminaciones en
es o íes, y las en üe, ües, üas y sus derivadas: üe-lo, üe-go, üe-rre; y, afirmando que las voces a que pertenecen no son ni éuscaras, ni latinas, ni godas, ni mucho menos árabes, necesariamente (dice el autor) han de corresponder a uno de los varios idiomas que se hablaban en la Península antes de las invasiones de cartagineses y romanos.

Siguen a este discurso muy eruditas notas, donde se ven catalogados muchos nombres de las citadas terminaciones, y se incluye además una lista de 328 voces aragonesas, 34 de ellas anticuadas, de uso común en el Pirineo de Aragón, de etimología evidentemente latina y derivadas las más del
ablativo o del infinitivo. Al lado de cada una de ellas pone el autor las correspondientes palabras latina y castellana.

A este Discurso acompaña el de contestación por el Académico Sr. D. Mariano Nougués y Secall, distinguido aragonés, como el Sr. Otín. En dicho trabajo sostiene el autor que el romance se habló antes con más perfección en la comarca aragonesa que en la de Castilla; que muchos de los
llamados provincialismos de Aragón han sido vocablos puros usados por los castellanos, y que en este antiguo reino, así como también en el de Navarra, se habló primitivamente el éuscaro o bascuence. Interesantes notas y algunos documentos castellanos (o aragoneses mejor dicho), de remota fecha, completan el trabajo.


87. Souhaits de bienvenue adressés a Ferdinand le Catholique par un poète barcelonais, en 1473. Estudio de crítica histórica y filológica, por D. Alfredo Morel-Fatio.

https://www.persee.fr/doc/roma_0035-8029_1882_num_11_42_6213 (varias páginas escaneadas).

Publicado en la Romania, núms. 43, (Julio 1882), y 61, (Enero 1887), tomos XI y XVI: páginas 333 -356 y 92 -97 respectivamente.

El poema consta de 225 versos, y su autor revela que no estaba acostumbrado a escribir en puro castellano, a pesar del esfuerzo que hizo para saludar en esta lengua al monarca aragonés. Abundan en él, por consiguiente, las palabras y giros extraños, y así es su estudio de gran utilidad para la historia de nuestra lengua.

En el análisis hecho por el Sr. Morel -Fatio trata primero de las modificaciones fónicas, siendo de notarse las siguientes:

a átona por e. -Ejemplos: bozas, enamigos = voces, enemigos.
e por a. -Ej.: egenos = agenos (
ajenos).
e final átona por o. -Ej.: testes, viente = testo, viento.
u átona por o. -Ej.: queus (queos) = que vos; suspecha, bufetadas (
chapurriau bufetada, bufetades) -sospecha, bofetadas.
ie por e. -Ej.: presidiente = presídente.
ue por o. -Ej.: puenga = ponga.
c inicial por g. -Ej.: critos, colpes = gritos, golpes =
chapurriau crits, cops.
T final por D. -Ej.: virtut, grant = virtud, grand.
s por ç, y. -Ej.: verguensa, punision = verguença (
vergüenza), punizion (punición, castigo).
tz por c. -Ej.: suitzia = sucia.

Después se ocupa el crítico francés de las modificaciones gráficas; y es de advertir que en el poema se pone la h entre dos vocales para indicar el hiato.

Estas particularidades las hace en parte propias Morel-Fatio, con muy buen acuerdo, del dialecto aragonés; porque, efectivamente, la lengua antigua aragonesa, así mencionada desde principios del siglo XV (Véase Colección de documentos inéditos del Archivo de Aragón, tomo I, pág. 103), sustituía los diptongos ie y ue por e y o; la d final por t; la ç o y por s; la ñ y ch por ny, tx y x, y pronunciaba nt, rt, y no nte, rte, como los castellanos.

No faltan tampoco formas catalanas en este pequeño poema; pero, a nuestro juicio, puede considerarse principalmente como un ejemplo precioso del lenguaje aragonés.

als presentz, Pedro II, Osca


104. Para la fonética castellana del siglo XIII es muy importante el estudio directo de los textos inéditos publicados, con una advertencia preliminar y preciosas notas de critica filológica, por el señor Morel-Fatio en la Romania. Números 62-64: Avril -Octobre, 1887.

Tomo XVI: págs. 364-382.
La transcripción de que el Sr. Morel-Fatio se ha valido para la impresión, parece ser hecha en Aragón, a juzgar por las siguientes importantes observaciones, propias del castellano da esta comarca:
1: Conservación de los grupos iniciales cl, pl: clamados, pleno, plora.
2: De la d media: fryda, frydor, odi, piedes, creder.
3: El uso de los pronombres
meu o meo y seu, etc.

Lo que diximos de la lengua ebraica, griega e latina: podemos mui mas claramente mostrar en la castellana: que tuvo su niñez en el tiempo de los juezes e Reies de castilla e de leon: e comenzo a mostrar sus fuerzas en tiempo del mui esclarecido e digno de toda la eternidad el Rei don Alonso el sabio. Por cuio mandado se escrivieron las siete partidas, la general istoria, e fueron trasladados muchos libros de latín e arabigo en nuestra lengua castellana. La cual se estendio después hasta aragon e navarra e de allí a italia siguiendo la compañía de los infantes que embiamos a imperar en aquellos Reinos. Y assi crecio hasta la monarchia e paz de que gozamos primeramente por la bondad e prouidencia diuina: después por la industria, trabajo e diligencia de vuestra real majestad.
En la fortuna e buena dicha de la cual los miembros e pedazos de españa que estauan por muchas partes derramados: se reduxeron e aiuntaron en un cuerpo e unidad de reino.

Los franceses mosier. los
aragoneses mosen. los moros abicid. mulei. Assi que sera don en nuestro lenguaje en lugar de pronombre e aun devesse escrivir por breviatura como los pronombres latinos, o como lo escriven agora los cortesanos en roma: que por lo que nosotros dezimos don Juan: ellos escriben do joannes. Connombre (cognom catalán) es aquel que se pone después del nombre proprio: e es común a todos los de aquella familia, e llamase propriamente entre nosotros el apellido, como los estunigas. los mendozas.

Denominativos se pueden llamar todos los nombres que se derivan e decienden de otros nombres, e en esta manera los patronímicos, possesivos. diminutivos, aumentativos, e comparativos se pueden llamar denominativos. Mas propriamente llamamos denominativos: aquellos que no tienen alguna especial significación. I porque estos tienen mucha semejanza con los possesivos e gentiles: diremos agora juntamente dellos. Gentiles nombres llaman los gramáticos: aquellos que significan alguna gente, como español, andaluz, sevillano. Aunque Tulio en el primero libro de los oficios haze diferencia entre gente, nación, e naturaleza . porque la gente tiene debaxo de si muchas naciones. Como españa a castilla, aragon. navarra, portogal.

117. Gramática de la Lengua Vulgar de España. (Grabadito en madera que representa un ignente sol, en cuyo centro está la figura del Niño Dios sentado, con el mundo en su mano izquierda: encima de esta empresa, en una línea, este lema: In sole posuit tabernaculum suum)
Impresso, en Lovaina por Bartholomé Gravio. M.D.LIX. Con Gracia i priuilegio del Rei. -(Al fin.) Impresso, en Lovaina por Bartholomé Gravio. M.D.LIX.

8.°-31 hs. útiles sin foliación. - Signs. Aij -dIIIIj, ó sean 4 pliegos de impresión. Portada. - Texto.

Cuatro son, i mui diferentes entre si, los lenguajes, en que hoi día se habla en toda España. Al primer lenguaje llaman
Vazquense, que es la lengua de Viscaia, de la Provincia, i de Navarra: tiene su origen esta lengua, i reconosce por madre a la lengua Caldea, según dizen los dotos que la entienden: es mui notorio (como paresce a los graves varones) que esta es la mas antigua lengua entre todas las otras, que se hablan por toda España en este tiempo. Síguese tras esta, la Araviga, que es verdaderamente Hebrea, la qual tiene el lugar segundo, no solo por su antigua y noble descendencia, como también por haver escrito en ella muchos Españoles bien, i agudamente diversas obras en todas las artes liberales: esta se habla en el reino de Granada, i en parte de los reinos del ´Andaluzia (i con diéresis), de Valencia, i Aragón.
La tercera es la lengua Catalana; esta es verdaderamente Francesa, i trahe su origen de la provincia de
Cascoña, de la mui antigua ciudad de Limojes: hablase en ella en los reinos de Cataluña, de Valencia, Mallorca, Menorca, Iviça, Cerdeña, i aun en Napoles, tiene esta lengua su lugar inmediatamente junto a la lengua Araviga (dexando aparte muchas, i mui buenas razones) por esta solo, que, después de los Araves, no se han escrito en toda España tantos, tan buenos, i tan sotiles libros en prosa, i metro, como en esta lengua Catalana, tanto que todos los Italianos a una voz dizen, i confiesan, havér sido los Proençales inventores de sus trobas, de que hoi día tanto se precia la ingeniosa i prudente Italia: i la lengua Proençal, de que ellos hablan, es la mesma Catalana, lo qual ninguno duda, i si lo dudase, se prueva del pie a la mano por las mui antiguas obras de los Proençales, por el Dante, por el Petrarca, por el Bocacho, i principalmente por el veinteno Canto de su Purgatorio del Dante, en el qual haze hablar a su maestro, el gran Limosin, padre de poesia (e con diéresis), el divino Arnoldo Daniel, digo, le haze hablar en lengua de Limojes, o Proençal, do se vée claramente, que la Proençal, i Catalana son una mesma lengua.

El quarto lenguaje, es aquel, que io nuevamente llamo, Lengua Vulgar de España, porque se habla, i entiende en toda ella generalmente, i en particular tiene su asiento en los reinos de Aragón, Murcia, Andaluzia, Castilla la nueva, i vieia (
vella en chapurriau), Leon, i Portugal: aunque la lengua Portoguesa tiene tantas, i tales variedades en algunas palabras, i pronunciaciones, que bien se puede llamar lengua de por si: todavia no es apartada realmente de aquella, que io llamo vulgar, antes son vna mesma cosa, manaron de vna mesma fuente, tienen en todo, i por todo vna mesma descendencia, saluo que la Portuguesa se paresce algo mas con la madre de entrambas, la lengua latina. Por esto no embargante, licito es a cada uno apartarlas la vna de la otra, i de quatro que io hize, hazer cinco lenguas diferentes. A esta, que io nombro Vulgar, algunos la llamaron lengua Española, en lo qual, a mi parescer, erraron, pues vemos que en España hai mas de una lengua; i otras mas antiguas, que no esta, i de mas lustre, por los mas escritores, que han tenido. Otros la llamaron Castellana, dándole el nombre de la provincia de Castilla, donde (según se dize) ella mas floresce; lo qual, aunque no paresce desaforado, todavia es nombre ambicioso, i lleno de imbidia, pues es mas claro que la luz del sol, que los reinos de Leon, y Aragon tienen maior y mejor derecho en lengua Vulgar, que no el reino de Castilla, i esto por tres razones: la primera porque estando Castilla debaxo la sujeción de reies Moros, do no se hablava sino en Aravigo, en Aragon, i Leon reinavan reies Cristianos, en cuio reino entonces ia se hablava en la lengua que ellos quieren nombrar Castellana: la segunda, porque toda Castilla fue conquistada i reduzida a la lei de Cristo por la industria emparo, i favor de los reies de Leon i Aragon, echando della los Moros, que la posseian: la tercera, por quanto siendo los dos reinos sobredichos con ceptro i real corona adornados, Castilla era condado sujeto i dando parias al reino de Leon. Por las quales causas, i otras que adrede callo, ma parescio nombrarla no Española, ni Castellana, sino Vulgar, como siempre la llamaré en toda esta obra; porque siendo la mas vulgar, la mas usada, i la que mas tierra ocupa en toda España, fue necessario hallarle un nombre conforme a lo que ella es, para que se diesse a cada uno lo suio quitando todo perjuicio i contienda, i esto basta para lo que se deve saber acerca del nombre desta lengua, que al presente enseñar queremos. Esta lengua Vulgar tiene su origen de la latina, sino que con el comercio i aun con el imperio de muchas i mui peregrinas naciones, como Africanos, Godos, Vandalos, Vnos, Alanos i otras; queda tan mudada, i desecha de su propiedad, i natural ser, admitiendo en su habla palabras, acentos, y pronunciaciones estranjeras, que ha resultado, i venido a hazerse una lengua de por si, compuesta de la latina, i de las sobredichas; de tal manera que tenga mui mucho mas de lo latino, que de las otras, tanto que claramente se le parescia ser aquella mesma, que antiguamente se usava en Roma: por donde no sin causa se puede llamar esta nuestra Vulgar, lengua latina alterada, i corropida. Desta pues quiero dar al presente tales reglas i precetos, que todo hombre de qualquier nación que fuere, pueda mui facilmente, i en breue tiempo hablarla, i escriuirla mas que medianamente: lo qual, para bien y perfetamente hazerse, devia tratarse quatro maneras dichas Ortografía, Etimología, Sintaxe, i Prosodia; pero io, dexando estas dos postreras partes al uso comun, de do se aprederan mejor i mas facilmente; solo trataré de las dos primeras, porque dellas depende la conicion necessaria desta lengua, de manera, que esta obrezita será diuidida en dos libros; en el primero diremos de la Ortografía: i en el segundo i postrero trataremos de la Etimología: en cada uno de los quales (servando breuedad) se tratará no todo quanto se pudiere dezir, si no lo que a mi me paresciere ser necessario para la instrucion de un principiante...

(Del primer libro de este tratado, o sea del llamado De ortografía, damos cuenta en el año 1559 de la tercera parte de este Segundo Libro de nuestra Biblioteca.)

(En cuanto a la primera parte de esta curiosa Gramática, júzguese por lo que a continuación consignamos:)

La etimología, es la segunda parte de las reglas de bien hablar, cuia fuerça consiste en mostrar la origen i descendencia de las palabras, es a saber, que raiz tienen, que fuerças, quantos ramos, que hoja, que flor, i que fruta llevan; seame licito hablar con esta metáfora, pues es mui conveniente i apropiada a la materia en que tratamos. Todas estas cosas, de que tiene cargo la etimología, los antiguos Gramáticos las abraçaron debaxo deste vocablo de origen, o descendencia; i en verdad que lo hizieron mui bien i agudamente, en hacerlo assi. Estas descendencias se consideran de muchas maneras; pero entre ellas, una hai muy necessaria a los principiantes, sin la qual no se pueden tan fácilmente entender ni aprender lenguas peregrinas; digo, que una hai mui necessaria, la cual por los latinos Gramáticos fue llamada Declinación o Conjugación, que todo es una mesma cosa... Declinación, es forma i manera de entender las finales cadencias i variedad de las palabras con que hablamos en respondencia de macho, i hembra, persona, numero, i tiempo: cujas partes son quatro solamente, Declinación del Articulo, del Nombre, del Pronombre, del Verbo; porque las partes de la Declinación no pueden ser mas, de lo que fueren las partes declinables...

Los articulos son de aquella calidad en esta lengua, que son en la griega, Hebrea, Italiana i Francesa, hai de tres suertes dellos: El, que es para el Macho: La, que es para la Hembra: Lo, para el Neutro... Casos no tienen los articulos, i por esso hazen mal, los que fuera, antes contra su naturaleza, los quieren declinar por casos... El articulo
veril algunas veces se pone por el articulo feminino en aquellas palabras que comienzan por vocal; como el alma, el agua; lo cual se hace, porque la pronunciación sea mas suave: aunque también se pone el articulo feminino a las mesmas; como la alma, la agua.

Este mesmo articulo juntándose con palabras que comiençan por vocal, suele perder su e, i allegando tanto a su nombre, que se haga un cuerpo de entrambos; como el ojo, el estandarte, lojo, lestandarte...
Sigue la declinación del nombre y de todos los pronombres.
Declinación del verbo en sus tres clases: Modos: Indicativo, Imperativo, Subjuntivo, Comun e Infinitivo. Tiempos de Indicativo: Presente, Imperfecto, Perfeto, Venidero. De Imperativo: Presente de Subjuntivo (se dize Subjuntivo, porque es de tal condición, que necesariamente se le ha de añadir otro verbo, para que diga algo): Presente y Venidero.

El quarto Modo es por mi llamado Común, porque todos sus tiempos son comunes i dedicados para declarar aquellos dos Modos que los latinos dizen Optativo i Subjuntivo, que en la lengua latina todos los gramáticos nesciamente han repetido, poniendo unos mesmos Tiempos en diversos
Modos, do no era menester. Este Comun Modo, tiene tres tiempos, Presente, Imperfeto i Promiscuo.