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domingo, 22 de diciembre de 2019

índice, tomo IV, Colección, documentos inéditos, ACA

Índice de los documentos y demás materias que comprende este tomo. 

Aragón, Petronila, Ramón Berenguer IV, conde de Barcelona, Alfonso II, el casto, rey de Aragón, casa real, casa de Aragón


(Se omiten las páginas porque no coinciden en este formato: word, Openoffice, html)

INTRODUCCIÓN.

I - Testamento del conde de Barcelona don Ramón Berenguer 3°, en el que, después de
ordenar varios legados y otras disposiciones de menor importancia, nombra heredero de sus estados de Cataluña a su primogénito don Ramón Berenguer 4°, y dispone de su condado de Provenza a favor de su hijo segundo, don Berenguer Ramón.

II - Testamento otorgado por el rey de Aragón don Alfonso el Batallador, con el cual instituyó herederos de su reino al Santo Sepulcro de Jerusalén, a los religiosos hospitalarios y a los
templarios, por iguales partes.

III - Convenio del conde de Barcelona don Ramón Berenguer 4° con Gauceberto de Peralada y los hermanos Raimundo y Aimerico de Torrelles, sobre la encomienda, custodia y bailía de la villa de Peralada, y feudo de Prats.

IV - Otro del mismo conde con Guillermo de Cornellá, sobre la encomienda del castillo de dicho nombre.

V - Donación de dicho castillo de Cornellá, otorgada por Majencia y su hijo Guillermo a favor del conde.

VI - Donación del castillo de Barberá, otorgada por el conde, de acuerdo con sus barones, a favor de la milicia del Templo, para cuando se estableciese esta en sus dominios.

VII - Homenaje que Raimundo Bernardo prestó al conde de Barcelona por el castillo de Castell-Adral y otros feudos.

VIII - Otro homenaje que Guillermo Raimundo de Berga prestó al conde por los castillos de Peguera, Figols, Valmaña y Torredella.

IX - Estatuto otorgado por el conde a favor de la iglesia de San Juan de Ripoll.

X - Carta-puebla de Artasona, concedida por don Alfonso el Batallador.

XI - Privilegio otorgado por el conde y San Olaguer, a favor de los templarios que debían establecerse en los estados de Aragón.

XII - Testamento de Berenguer de Moncada.

XIII - Donación de unas casas sitas cerca del Regomir, otorgada a favor de los templarios por Bernardo Raimundo de Mazanet y su hijo Berenguer.

XIV - Sentencia dada por el obispo de Barbastro en la controversia que tenía el abad de San Clemente con el de San Martín.

XV - Homenaje que Guillermo Raimundo, hijo de Inés, prestó al conde don Ramón Berenguer.

XVI - Convenio del mismo conde con Guillermo de San Martín y su mujer Beatriz, con el que aprueba su casamiento y les concede el feudo de Moncada, por el cual, y por los de Monbuy y Montornés, le prestó dicho Guillermo el correspondiente homenaje.

XVII - Otro convenio entre dicho conde y el senescal Guillermo Raimundo, con el que terminaron las
cuestiones que se debatían entre los dos sobre las aguas de los molinos de Moncada y Barcelona.

XVIII - Partición de bienes entre Guillermo Raimundo y su mujer Beatriz, por razón del divorcio que había sido declarado por el arzobispo de Tarragona.

XIX - Concesión en feudo de los castillos de Tudela, Sobreporta, Torelló, Tona y algunos otros, otorgada por el conde a favor del mencionado Guillermo Raimundo.

XX - Donación del diezmo de las parias que el conde don Ramón Berenguer percibía en España, otorgada a favor de Diosdado.

XXI - Privilegio concedido a los vecinos de Uncastillo por don Ramiro, rey de Aragón, ratificado por el conde de Barcelona don Ramón Berenguer, y confirmado por el rey don Juan 1° en 1389.

XXII - Donación de la ciudad de Tortosa, para cuando se conquistase, otorgada por el conde a favor de Guillermo de Monpeller.

XXIII - Concordia entre los condes de Barcelona y Ampurias, seguida de la concesión en feudo de los castillos de Cerset, Terrat y otros, otorgada por el primero al segundo.

XXIV - Donación del reino de Aragón, otorgada por don Ramiro a favor del conde de Barcelona.

XXV - Juramento de fidelidad que por orden del mismo don Ramiro prestaron al conde todos los vecinos de Huesca.

XXVI - Ratificación de la donación otorgada por don Ramiro a favor del conde.

XXVII - Orden del mismo don Ramiro, para que en adelante todos los que habían sido sus vasallos obedeciesen al conde de Barcelona.

XXVIII - Convenio entre el emperador de España, don Alfonso, y el conde de Barcelona, sobre el repartimiento de las tierras del rey de Pamplona, don García.

XXIX - Concesión de unas casas en Agramunt, otorgada a favor de Ramón Arnau por los condes de Urgel, Armengol y Elvira, con aprobación de su hijo.

XXX - Escritura con que el conde de Barcelona y príncipe de Aragón cedió a Reverter el vizcondado de Barcelona, el feudo de Piera y de algunos otros castillos.

XXXI - Donación de los bienes de Abin-Sila, en el término de Aranda, otorgada por el conde a favor de Íñigo Sánchez de Burbachana.

XXXII - Cesiones que los caballeros del Santo Sepulcro y los Hospitalarios otorgaron a favor del conde, de la parte del reino de Aragón que a cada uno les pertenecía en virtud del testamento de don Alfonso el Batallador.

XXXIII - Donación de los bienes de Abein-Sordo, hecha por el mismo conde a García Garcez.

XXXIV - Homenaje prestado al conde por Galceran de Sales, hijo de Ermesinda.

XXXV - Donación de unas casas en Barbastro, otorgada por el rey de Aragón, Pamplona, Sobrarbe y Ribagorza, don Pedro Sánchez, a favor de Galindo Garcez.

XXXVI - Confirmación de la cesión que los caballeros del Santo Sepulcro hicieron al conde de Barcelona, de la parte del reino de Aragón que les había dejado don Alfonso el Batallador.

XXXVII - Testamento del obispo de Barcelona, Arnaldo, otorgado antes de emprender su viaje a Jerusalén.

XXXVIII - Debitorio de quinientos sesenta maravedises y cien libras de plata, otorgado a favor de Guillermo Mainardo por el conde de Barcelona, príncipe de Aragón y marqués de Tortosa y Lérida.

XXXIX - Venta de una almolacenia, hecha por el conde a favor de Arnaldo Pérez de Arcos.

XL - Sentencia dada por la curia o tribunal del conde en el pleito de Guillermo de Castellvell con Poncio Pérez de Bañeres.

XLI - Convenio de Domingo Perdiguero con Ferrer de Benebar y García de Oiarda, acerca del castillo de Alhozerein.

XLII - Empeño de una tierra en Viladecans, otorgado por el conde a favor de Guillermo Suñer.

XLIII - Fundación de la orden del Templo en los estados del conde, y donación que se les hizo de los
castillos de Monzón, Moncayo, Chalamera, Barberá, Remolins y Corbins, junto con algunas otras rentas y derechos, para que dichos religiosos pudiesen mantenerse.

XLIV - Promesa de fidelidad que Geraldo Alemany hizo a su señor el conde de Barcelona. 


XLV - Juramento y homenaje prestado a dicho conde por el mismo Geraldo.

XLVI - Donación de una pardina en Barbastro, otorgada por el conde a su judío Zecri.

XLVII - Carta de hermandad y protección que los templarios concedieron a D. Perdiguero, D. Almoravech, G. Priavol y Ferrer de Benavar, por la donación que estos les habían hecho de la quinta parte de Alfoceya.

XLVIII - Donación de algunas heredades en Monzón, otorgada por el conde a favor de Beltrán, Geraldo, Sancho y Guillelmo de Belsa, Juan de Camporrells, Berenguer de Miravet, Domingo y Estévan de Soria.

XLIX - Encomienda de las castellanías de Piera y Cabrera, concedida por el conde a Guillermo de Guardia.

L - Donación de una parte del castillo y villa de Ciurana a Berenguer Arnau.

LI - Donación que el conde hizo a Guillermo Raimundo, del castillo y tercera parte de la ciudad de Tortosa, del castillo de Peñíscola y de las islas de Mallorca e Ibiza, todo para cuando se conquistase; y decisión de algunas cuestiones que se habían suscitado sobre dicha donación.

LII - El conde confirma a favor de Sibila, Alaman y Arnaldo Sord, la donación de unas casas que les había hecho.

LIII - Donación de una heredad en Consellos, otorgada por Fortuño Aznares a favor de Aznar Garcéz y de su mujer doña Oria.

LIV - Convenio entre el conde de Barcelona, don Ramón, y el de Urgel, don Armengol, en que el primero dio en feudo al segundo la tercera parte de la ciudad y territorio de Lérida, con reserva de la parte que
debía dar a los templarios; y el de Urgel prometió al de Barcelona ser su hombre fiel, y acudir como buen vasallo a sus huestes y cabalgadas.

LV - Empeño del señorío de Osor, otorgado por el conde de Barcelona a favor de los hermanos Guillermo y Otón de Moncada.

LVI - Capitulación concedida por el mismo conde a los moros de Tortosa.
(N. E. 13.12.2025: Ahora vas por la calle Moncada de Tortosa, y quizás te encuentres todavía con algún moro. El apellido Montecateno tiene muchas variantes, Moncada, Montcada, Montechateno, etc.)

LVII - Carta-puebla de Espluga Calva, otorgada por el conde a Porcel de Cervera y a otros, con reserva del noveno de todos los frutos.

LVIII - Carta-puebla que el conde de Barcelona y el de Urgel concedieron a los habitantes de Lérida.

LIX - Tratado de paz entre el conde de Barcelona y el rey de Navarra, y capítulos para el matrimonio de la hija de este con el referido conde.

LX - Donación del castillo y villa de Albalat, hecha por el conde a la santa Iglesia de Zaragoza.

LXI - Carta-puebla y franquezas concedidas por el conde don Ramon Berenguer a los vecinos de Tortosa, y varios otros documentos sobre usos y costumbres de dicha ciudad, y disputas que esta tuvo con los templarios.

LXII - Tratado de paz entre el conde de Barcelona y el emperador de España, don Alfonso.

LXIII - Debitorio de seis mil y cuatrocientos maravedises, firmado por el conde a favor de Guillermo Ibiloci.

LXIV - Consagración y dotalia de la iglesia de San Juan de Ripoll.

LXV - Convenio de doña Teresa de Boria con el conde, sobre la potestad de su castillo de Boria. (Borja)

LXVI - Concordia celebrada entre el conde de Barcelona y los religiosos del Templo, sobre los castillos de Boria y Magallón, y algunos otros bienes que habían sido de Pedro Teresa.

LXVII - Sentencia dada por el tribunal del conde en el pleito que seguían los religiosos hospitalarios con Umberto de Basea, sobre la partición del feudo de Montesquiu.

LXVIII - Donación del castillo de Gallifa, hecha a favor del conde por Pedro de Massanet.

Donación del castillo de Gallifa, hecha a favor del conde por Pedro de Massanet

LXIX - Donación de la tercera parte de la ciudad y territorio de Tarragona, otorgada por el arzobispo Bernardo a favor del conde don Ramón Berenguer.

LXX - Dotalia de la Santa Iglesia de Tortosa.

LXXI - Sentencia dada en el pleito que el arzobispo y clero de Tarragona seguían contra Roberto y Guillermo de Aguiló.

LXXII - Carta de protección, otorgada por el conde a favor de la iglesia de Ullá.

LXXIII - Testamento de la reina doña Petronila, con el que instituyó heredero de sus estados al hijo que había de nacerle, dejando empero el usufructo al conde su marido para mientras viviese, y la propiedad para el caso de que dicho su futuro hijo falleciese sin dejar sucesión.

LXXIV - Escritura con la que Guillermo Ça-Noguera y su mujer María cedieron al conde el señorío de los bienes que poseían en Santa María de Cornellá y San Juan Despí.

LXXV - Donación de Santa María de Moyá, otorgada por el conde a la iglesia de Santa María del Estañ, con retención de un mercado y feria que estableció en dicho pueblo.

LXXVI - Donación de un campo en el término de Vilamejor, hecha por el conde a Arnaldo Pérez y a su mujer Ermesinda.

LXXVII - Donación del castillo de Mirabet con todos sus términos, que acababa de conquistar el conde, otorgada a favor de los religiosos del Templo.

LXXVII - Venta de la tercera parte de la ciudad de Tortosa, que pertenecía a los genoveses, otorgada
por estos a favor del conde, por precio de diez y seis mil seiscientos maravedises, aunque con retención de la isla de San Lorenzo y estipulando a su favor varios privilegios.

LXXIX - Donación de la villa de Godall, hecha por el conde a Guillermo de Copons.

LXXX - Donación de Patirella, hecha a don Ezo por don Sancho, rey de Navarra.

LXXXI - Homenaje y juramento de fidelidad que prestaron al conde de Barcelona los magnates del vizcondado de Bearn, por muerte de su vizcondesa Guiscarda.

LXXXII - Concesión en feudo del castillo y términos de Flix, hecha por el conde a Bonifacio de La Volta.

LXXXIII - Promesa que Guillermo Fortuñ hizo al conde, de presentarse y estar a derecho por su señorío de
Villafortuñ, siempre y cuando fuese requerido.

LXXXIV - Remisión de algunas prestaciones a que estaban sujetos los vecinos de San Julián de Vallfogona, otorgada por doña Almodis, vizcondesa de Bas.

LXXXV - Escritura con que el conde cedió a favor de San Jaime de Frontañá el señorío de todos los
bienes que aquella iglesia poseyese en el término de Ripoll.

LXXXVI - Debitorio de setecientos maravedises, firmado por el conde a favor de Guillermo Leterico.

LXXXVII - Relación que hizo don Lope, obispo de Pamplona, de cuanto había practicado para que fuesen
resarcidos al conde de Barcelona los daños que le había causado don Sancho de Navarra, por lo que se había entregado en rehenes a dicho conde, sometiendo el negocio a la decisión del arzobispo de Tarragona y obispo de Lérida.

LXXXVIII - Sentencia dada en el pleito que Poncio, abad de San Juan, seguía contra Raimundo de Maurella.

LXXXIX - Venta del castillo de Guardia con toda la montaña de Monserrat, hecha a favor del conde por
Berenguer Ça-Guardia, hijo del vizconde Reverter.

XC - Bula del papa Adriano 4°, aprobando las donaciones y concesiones hechas por el conde a los religiosos del Templo.

XCI - Convenio celebrado con el conde por el emperador de España don Alfonso y sus hijos don Sancho y don Fernando, sobre el repartimiento del territorio ocupado por los moros, y de los estados del rey de Navarra, don García.

XCII - Recibo de varios ornamentos y libros de liturgia pertenecientes a San Martín de Estopañá, que fueron entregados a Poncio por Guillermo de Agela.

XCIII - Donación de tres partes de Flix, otorgada por el conde a favor de Bonifacio y de su hijo Gasqueto.

XCIV - Donación de Cuevas de Remolins, Sena, Sijena y otros territorios que debían conquistarse de los moros, hecha por el conde a los religiosos hospitalarios.

XCV - Concordia para terminar las cuestiones que se habían suscitado entre el conde y el rey don Sancho de Castilla, sobre los estados de Zaragoza y Calatayud.

XCVI - Ratificación que hizo el obispo de Pamplona, de estar en rehenes en poder del conde; y promesa de excomulgar al rey y reino de Navarra, luego que hubiese vuelto a su silla, hasta que fuese indemnizado dicho conde y le fuesen devueltos a él sus castillos, por los cuales prometió ser fiel a don Ramón Berenguer.

XCVII - Donación de las villas de Roncesvalles, Urruoz y Ovano, con una heredad en Galipienzo, hecha por el conde a García Moravid.

XCVIII - Sentencia dada en el pleito que Poncio, abad de San Juan, seguía contra Galceran de Sales.

XCIX - Sentencia dada por el tribunal del conde, en el pleito que éste tenía con Pedro de Puigvert, en la cual se hace mérito de las expediciones militares del conde a Lorca, Narbona y Aragon, y del asesinato de don Ramón Berenguer Cap d´Estopa.

C - Otra larga relación del obispo de Pamplona, en la que manifiesta lo mucho que había trabajado en favor de las indemnizaciones debidas al conde de Barcelona por el rey de Navarra don Sancho.

CI - Juramento de fidelidad que Alberto de Petra prestó al conde por el castillo de Rocamur.

CII - Homenaje que Guillerma y su marido Bernardo de Vilar prestaron al conde por el castillo de Petra.

CIII - Ampliación del homenaje que antecede, hecha por los mismos otorgantes.

CIV - Juramento de fidelidad que Berenguer Reverter prestó al conde por el castillo de Guardia y montaña de Monserrat.

CV - Carta-puebla de Monforte, con la que fueron concedidos a sus vecinos los fueros de Zaragoza.

CVI - Carta dotal que Parason, juez de Arborea, otorgó a favor de su mujer Agalbursa, sobrina del conde de Barcelona.

CVII - Venta de la mitad del molino de Abadenc, situado en la parroquia de San Vicente de Junqueras, otorgada por Bernardo Pedrós y su mujer Pereta a favor del conde.

CVIII - Donación de la cuarta parte del molino de Susgiter, hecha por el conde a Raimundo de Torredella y a su mujer Geralda. (N. E. Me encantan estos nombres típicos catalanes.)

CIX - Donación en feudo del castillo de Pratella, otorgada por el conde a favor de doña Ezo y sus hijos.

CX - Declaración del anciano Bernardo Echardo, en la que se hace mérito de algunas rentas que pertenecían a los condes de Barcelona, y del asesinato de don Berenguer Cap d´Estopa.

CXI - Empeño del dominio y derechos que percibía el conde en Prats y parroquia de San Justo, otorgado a favor de Guillermo Mainardo por la cantidad de dos mil y quinientos maravedises.

CXII - Enfeudación del castillo de Guardia, hecha por el conde a favor de Berenguer de Guardia, hijo del vizconde Reverter.

CXIII - Sentencia dada por el arzobispo de Tarragona, san Otaguer (Olaguer), y otros magnates, sobre las injurias y otros agravios que el conde decía haber recibido de su veguer Berenguer.

CXIV - Sentencia con que se decidieron las cuestiones pendientes entre el abad de San Cucufate y Raimundo Pérez de Bañeres.

CXV - Juramento de fidelidad que Beltrán de Canals prestó al conde por su casa y fortaleza de Canals.

CXVI - Cesión de las dos terceras partes del dominio del castillo de Cabra, otorgada por el monasterio
de San Martín de Albengena, a quien pertenecía dicho castillo antes de la invasión de los moros, a favor del conde de Barcelona, que lo había reconquistado.

CXVII - Reconocimiento que Pedro de Barcelona hizo a favor del conde, por todos los bienes que habían pertenecido a Pedro Ricart.

CXVIII - Reconocimiento de vasallaje, con obligación de pagar un censo anual de un cerdo o tres dineros, otorgado por Guillermo Dezplá a favor del conde.

CXIX - Donación en feudo del castillo llamado Deus-lo-vol, y por los moros Mezimeeger, otorgada por el conde a favor del arzobispo de Zaragoza.

CXX - Concesión de un terreno para edificar, situado en el mercado y junto al río de Gerona, otorgada por el conde a favor de Pedro Balma, con obligación de pagar un censo de doscientos cerdos o seiscientos dineros cada año.

CXXI - Debitorio de seis mil y setecientos maravedises, firmado por el conde a favor de Guillermo Leterico.

CXXII - Otro debitorio de seis mil maravedises, firmado también por dicho conde a favor del mismo Guillermo Leterico.

CXXIII - Licencia del conde a Bernardo Folch para construir un molino en los términos de Piera, Bedorch o Cabrera, con la obligación de que perteneciesen al conde la mitad de las rentas que produjese dicho molino.

CXXIV - Reconocimiento de vasallaje que Juan de Gron hizo a favor del conde, en testimonio de gratitud por cierta donación que dicho conde le había hecho.

CXXV - Reconocimiento de vasallaje hecho a favor del conde por Poncio de Palou, y promesa de pagarle cada año un cerdo o cuatro sueldos de moneda barcelonesa.

CXXVI - Venta de una casa en el arrabal de Barcelona, otorgada por Calvet a favor del conde.

CXXVII - Breve dirigido al conde por el papa Adriano 4°, en recomendación del obispo e iglesia de Huesca.

CXXVIII - Bula del papa Eugenio , concediendo varias gracias a los que acompañasen al conde en la guerra contra los infieles.

CXXIX - Bula del sumo pontífice Adriano 4°, previniendo a los arzobispos de Tarragona y Narbona que apremiasen con censuras eclesiásticas a los que de cualquier modo hostilizasen al conde, dando directa o indirectamente ayuda a los sarracenos.

CXXX - Otra del mismo pontífice, aprobando la cesión que los caballeros del Santo Sepulcro, hospitalarios y templarios habían hecho al conde, de la parte del reino que les había dejado don Alfonso el Batallador.

CXXXI - Breve del papa Eugenio 3°, exhortando al Conde de Barcelona a que haga las paces con G. (García), duque de Pamplona.

CXXXII - Convenio con que el abad de Ripoll, el de San Saturnino y algunos otros personajes prometieron estar a lo que dispusiese el conde en el negocio de Ripoll.

CXXXIII - Bula del papa Anastasio 4°, confirmando las gracias concedidas por Eugenio a los que acompañasen al conde de Barcelona en la guerra contra los infieles.

CXXXIV - Otra del sumo pontífice Adriano 4°, declarando que nadie pudiese excomulgar al conde sin expreso mandato de Su Santidad o de su legado á latere.

CXXXV - Otra del mismo pontífice, confirmando la excomunión pronunciada por Eugenio contra un conde Gaufredo, por delito de adulterio.

CXXXVI - Escritura de fianza, otorgada por Raimundo Ademaro con sus castillos de Finestres, para el cumplimiento de las obligaciones contraídas por Guillermo, conde de Besalú.

CXXXVII - Carta de Guillermo, patriarca de Jerusalén, y Pedro, prior del Santo Sepulcro, dirigida al conde, anunciándole la cesión que habían otorgado a su favor.

CXXXVIII - Donación de varios derechos y castillos, entre ellos el de Ceboller, otorgada por el conde a favor de Pedro de Estopañá.

CXXXIX - Franquezas concedidas por el conde y ratificadas por Guillermo Raimundo Dapifer a los habitantes de Tortosa.

CXL - Convenio entre los condes de Barcelona y Urgel, en que el primero cede al segundo la tercera parte de la ciudad de Lérida para cuando fuese conquistada.

CXLI - Convenio con que el conde se obligó a dar a los genoveses la tercera parte de lo que conquistase,
a cambio de los auxilios quo debían prestarle.

CXLII - Carta de Reverter, vizconde de Barcelona, a su señor el conde y rey de Aragon,
haciéndole mil protestas de amor y fidelidad, y noticiándole que le enviaba a su vasallo Roberto para
el arreglo de ciertas cuestiones que tenían entre sí acerca los feudos de Granera y Piera.

CXLIII - Juramento con que don Fernando, rey de León y dominador de Galicia, se obligó a ayudar a su tío
el conde de Barcelona para la defensa de sus estados.

CXLIV - Promesa que los genoveses hicieron al conde, de ayudarle con su ejército y armada en el sitio de Tortosa y conquista de las Baleares, y de cederle las dos terceras partes de cuanto conquistasen por sí solos desde el Ebro hasta Almería, facilitándole además cuantas máquinas se necesitasen para la guerra.

CXLV - Sentencia dada en Barcelona por el arzobispo de Tarragona y otros magnates, dirimiendo las disputas y pleitos que el conde tenía con Bernardo de Anglesola.

CXLVI - Otra sentencia dada por la corte de Barcelona, decidiendo las cuestiones que el mismo conde tenía con Galceran de Sales.

CXLVII - Otra para decidir el pleito que vertía entre el conde y Guillermo Raimundo Dapifer, con motivo de las partes que se habían señalado en Tortosa a los genoveses y a los religiosos templarios.

CXLVIII - Cambio que hizo el conde con Sancha y su hijo Bernardo de Belloch, de unas casas que
tenía establecidas a Guillermo Taberner, situadas en la plaza de la ciudad de Barcelona, por otros que dichos madre e hijo poseían en el foso del castillo nuevo, junto al muro de la ciudad.

CXLIX - Dibitorio de seis mil setecientos maravedises, firmado por el conde a favor de Guillermo Leterico.

CL - Traslado de una escritura en que se hace una larga relación de lo ocurrido en Aragón y Navarra entre los reyes don García Ramírez y don Ramiro el Monje, con varios magnates de uno y otro reino, para la elección de rey después de la muerte de don Alfonso el Batallador en la batalla de Fraga.

CLI - Carta de Pedro, rey y juez de Arborea, a su cuñado el conde, en la que se trata de la expedición que este proyectaba contra Mallorca.

CLII - Carta del obispo de Barcelona al conde, pidiéndole que amparase al abad de Vall-laura
en los daños que estaban causando a dicha iglesia los vecinos de Montagut.

CLIII - Otra del conde de Barcelona, pidiendo al maestre de los templarios que le enviase diez religiosos, a quienes dotaría competentemente, para la fundación de la orden en sus estados.

CLIV - Los cónsules de Pisa escriben al conde, pidiéndole la continuación de la buena amistad y alianza
en que siempre habían estado, y que no deje entrometer a los genoveses en el asunto de las Baleares.

CLV - Carta del conde al emperador don Alfonso, prometiéndole no invadir las tierras del rey de Navarra, y rogándole que envíe a su hijo don Sancho al frente del ejército, para acordar juntos los medios de combatir a los enemigos de la Cruz.

CLVI - Otra de Raimundo de Molnell al conde, aconsejándole algunas medidas para mejorar el deplorable estado de las salinas de Tarascona.

CLVII - Reverter, vizconde de Barcelona, escribe al conde, protestando de su adhesión, y quejándose de los daños que, según decía, se le habían causado en su honor de Guardia.

CLVIII - Juramento de fidelidad prestado al conde de Barcelona por el de Ampurias, Ponce Hugo.

CLIX - Homenaje que prestaron al conde los vecinos de Jaca y otros pueblos de Aragón.

CLX - Juramento de fidelidad al conde, prestado por Guillermo de San Martín.

CLXI - Memorial de los daños que Berenguer Miron había causado a su señor el conde en diferentes lugares.

CLXII - Donación de los castillos de Monzón, Ceboller y otros, otorgada por el conde a favor de Pedro de Estopañá.

CLXIII - Venta de la mitad de ciertos edificios situados en la plaza del mercado de Barcelona, otorgada por Calvet a favor del conde.

CLXIV - Promesa del conde a Bernardo Ug, de no entregar a otro la encomienda del castillo de Castellet.

CLXV - Testamento sacramental del conde don Ramon Berenguer 4°.

CLXVI - Donación del reino de Aragón, otorgada por la reina viuda doña Petronila a favor de su hijo Alfonso.

CLXVII - Testamento de doña Petronila.

CLXVIII - Testamento de don Alfonso II de Aragón, hijo de don Ramón Berenguer y doña Petronila.

Fin del índice.

lunes, 29 de abril de 2019

LA LOCALIZACIÓN DE SAZ

2.15. LA LOCALIZACIÓN DE SAZ (SIGLOS VIII/XII. ATEA Y MURERO)
 
En el término de Murero, en el lugar que actualmente ocupa el santuario de Nuestra Señora de los Mártires, a unos tres kilómetros de Atea, existía en tiempos anteriores a la dominación musulmana un pequeño y tranquilo núcleo rural llamado Saz, cuyos habitantes dedicaban sus afanes vitales al cultivo del campo y a la ganadería.

La imparable avalancha mora llegó hasta estas tierras y empleó en Saz tal dureza que absolutamente todos sus habitantes, sin excepción alguna, murieron abrasados entre las cenizas de sus casas, sus corralizas, sus graneros y su iglesia. Aun cuando se desconoce con certeza cómo pudo haber ocurrido tal catástrofe colectiva, se intuye que tuvo que ser por sorpresa y durante la noche, puesto que nadie, absolutamente nadie, pudo ni siquiera intentar defenderse ni ponerse a salvo. Todo quedó destruido, arrasado.

Durante algo más de cuatrocientos años —enorme paréntesis durante el cual dominaron los moros en estas tierras—, las ruinas apenas insinuadas y calcinadas de Saz permanecieron prácticamente ignoradas, aunque ocupaban un pequeño rincón en la memoria colectiva de los mozárabes de la zona, de modo que, cuando toda la comarca fue reconquistada por las tropas de Alfonso I el Batallador, los cristianos de Atea, movidos por ese remoto y vago recuerdo, trataron de localizar los restos.

No quedaba ningún rastro de nada, pues el fuego, la erosión y el tiempo habían borrado todo vestigio de vida, pero, entre las paredes arrumbadas de lo que fuera la iglesia de Saz, removiendo aquí y allí, hallaron una imagen de la Virgen. La limpiaron y, con fervor inusitado, la llevaron a Atea para ponerla a buen recaudo.

Naturalmente, tampoco sabían bajo qué advocación había sido venerada, de modo que de común acuerdo decidieron llamarla en adelante Nuestra Señora de los Mártires, en homenaje a todos los habitantes del pequeño poblado que murieron como mártires indefensos por sus creencias.
 
[Bernal, José, Tradiciones..., págs. 146-147.]
 
 
Murero es una población española de la provincia de Zaragoza, en la comunidad de Aragón.
 
En el año 1248, por privilegio de Jaime I, este lugar se desliga de la dependencia de Daroca, pasando a formar parte de Sesma del Campo de Gallocanta en la Comunidad de Aldeas de Daroca, que en 1838 fue disuelta.
 
Destacan la iglesia parroquial de Santa María La Mayor y la ermita de de San Mamés, con frescos del siglo XVIII, y pintura en tabla del XVI. Igualmente posee los peirones de: San Mamés, de la Virgen del Carmen, de Las Almas, de la Virgen del Rosario y el de San Gregorio, así como yacimientos paleontológicos.
 
El primer domingo de mayo se realiza la romería al "Peirón de San Gregorio". Las fiestas patronales en honor a San Mamés y a la Virgen del Rosario, tienen lugar sobre el 17 de agosto, realizándose la romería a la ermita del Santo.
 
Desde el punto de vista paleontológico, destaca la sucesión estratigráfica de la Rambla de Valdemiedes, donde se han hallado gran cantidad de fósiles de trilobites del Cámbrico inferior y medio,​ siendo el yacimiento más importante de estos organismos en España y uno de los más importantes del Cámbrico a nivel mundial. Incluso algunas especies fueron descritas por vez primera en Murero, como Paradoxides mureroensis. Eladio Liñán, catedrático de Paleontología de la Universidad de Zaragoza, dirige actualmente la investigación.
 
En la historia de las investigaciones paleontológicas en la localidad, cuatro taxones han recibido su nombre científico en homenaje a Murero: 4​
 
Acadoparadoxides mureroensis (Sdzuy, 1958), una especie de trilobites.
Sericichnus mureroensis Gámez Vintaned y Mayoral, 1995, una icnoespecie para una pista producida por un gusano.
Crumillospongia mureroensis García-Bellido, Dies Álvarez, Gámez Vintaned, Liñán y Gozalo, 2011, una especie de esponja de mar.
Mureropodia apae Gámez Vintaned, Liñán y Zhuravlev, 2011, un género de lobópodo.
 
  1.  Consejo General de Procuradores de España
  2.  Gobierno de Aragón. «Zonas altimétricas por rangos en Aragón y España, y altitud de los municipios de Aragón.». Datos geográficos. Archivado desde el original el 4 de diciembre de 2011. Consultado el 15 de agosto de 2012.
  3.  Gozalo, R.; Andrés, J. A.; Chirivella, J. B.; Dies Álvarez, M. E.; Esteve, J.; Gámez Vintaned, J. A.; Mayoral, E.; Zamora, S. y Liñán, E. (2010). «Murero y la explosión del Cámbrico: controversias acerca de este acontecimiento». Enseñanza de las Ciencias de la Tierra, 18(1): 47-59
  4.  Liñán, E. y Gámez Vintaned, J. A. (2012) «El nombre de Murero en las especies fósiles coincidiendo con el 150 aniversario del descubrimiento de su yacimiento». El Romeral (acceso: 26 de noviembre de 2013)
  5.  Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (Gobierno de España). «Treinta aniversario de las primeras elecciones municipales de la democracia». Archivado desde el original el 6 de marzo de 2014. Consultado el 6 de marzo de 2014.
  6.  «Alcaldes de todos los municipios de la provincia de Zaragoza». Heraldo.es. 14 de junio de 2015.
  7.  Gobierno de Aragón. «Archivo Electoral de Aragón». Consultado el 18 de octubre de 2012.
  • Liñán, E. y Bayón, J. M. 2009. Tras las huellas de la vida primitiva (el Periodo Cámbrico). Prensas Universitarias, Universidad de Zaragoza. [DVD, 30’.]
  • Liñán,E., Gámez Vintaned, J. A., Dies Álvarez, M. E., Chirivella Martorell, J. B., Mayoral, E., Zhuravlev, A. Yu., Andrés, J. A. y Gozalo, R. 2013. 150 años del descubrimiento del yacimiento cámbrico de Murero (Cadenas Ibéricas, NE España). Geogaceta, 53, pp. 25-28, 5 fig. Salamanca. http://www.sociedadgeologica.es/archivos/geogacetas/geo53/G53art6.pdf
  • Liñán, E. y Gozalo, R. 1986. Trilobites del Cámbrico Inferior y Medio de Murero (Cordillera Ibérica). Memorias del Museo Paleontológico de la Universidad de Zaragoza, 2, pp. 1-104, 26 fig., 37 lám. Zaragoza.
  • http://wzar.unizar.es/murero/equipo.htm
 
http://www.sociedadgeologica.es/archivos/geogacetas/geo53/G53art6.pdf
ABSTRACT

The lower-middle Cambrian palaeontological site of Murero (Cadenas Ibéricas, NE Spain) is a classical locality of the Cambrian in Europe. The site was first reported by the French geologist Edouard de Verneuil in 1862, and now it achieves 150 years of geological works contributing to a better knowledge of the Cambrian Period. Murero is an exceptional Lagerstätte because the coexistence of both skeletal and soft-bodied groups along a continuous record of ca. 8 million years, which is subdivided into 14 trilobite zones. Murero was the first palaeontological site in Spain to obtain the highest protection figure (Bien de Interés Cultural, BIC) from the Spanish Administration in 1997. Since then, the educational and social projection of the site is continuously increasing. Key-words: History of Palaeontology, Palaeontological heritage, Murero Biota, Cadenas Ibéricas, Spain. RESUMEN El yacimiento paleontológico del Cámbrico inferior-medio de Murero (Cadenas Ibéricas, NE de España) es una localidad clásica del Cámbrico europeo. Fue dado a conocer a la ciencia por Edouard de Verneuil en 1862,celebrándose en 2012 el 150 aniversario de su descubrimiento. Es un siglo y medio de trabajos geológicos y de logros puestos al servicio del conocimiento del Período Cámbrico. Murero es un Lagerstätte excepcional porque coexisten en él grupos esqueléticos y de cuerpo blando a lo largo de un registro estratigráfico continuo que abarca unos 8 millones de años, dividido en 14 zonas de trilobites. En 1997, este yacimiento paleontológico fue el primero de España en obtener de la Administración la máxima figura de protección legal: Bien de Interés Cultural. Desde entonces, su proyección social no ha cesado de aumentar. Palabras clave: Historia de la Paleontología, Patrimonio paleontológico, biota de Murero, Cadenas Ibéricas, España. Geogaceta, 53 (2013), 25-28. Fecha de recepción: 15 de julio de 2012 ISSN (versión impresa): 0213-683X Fecha de revisión: 25 de octubre de 2012 ISSN (Internet): 2173-6545 Fecha de aceptación: 30 de noviembre de 2012 Copyright © 2013 Sociedad Geológica de España / www.geogaceta.com 25 GEOGACETA, 53, 2013 Introducción Dieciséis años después de que el geólogo Joachim Barrande describiera en Bohemia la denominada “fauna primordial”, esta fue citada en Murero por el también francés Edouard de Verneuil (1862), describiéndola como compuesta por trilobites paradoxídidos yconocorífidos. Aunque no era la primera cita de la “fauna primordial” en España (se había descrito en rocas de la meseta), la mención sirvió de punto de arranque para los estudios paleontológicos en Murero. Así, poco después el yacimiento fue incluido en la tesis doctoral de Dereims (1898), defendida en la Universidad de Lille (Francia). Para una revisión en profundidad de los estudios geológicos llevados a cabo en Murero, véanse Liñán y Gozalo (1986, 1999).Las contribuciones paleontológicas más esenciales para comprender el yacimiento son – quizás– las monografías de Sdzuy (1961) y de Liñán y Gozalo (1986), pues describen la mayoría de las especies de trilobites utilizadas en la construcción de la escala biocronológica entre el Cámbrico inferior tardío y la parte media del Cámbrico medio para la provincia Mediterránea (Liñán et al., 1993). Situación geográfica y geológica, estratigrafía y biocronología Murero es un pequeño pueblo situado a ocho kilómetros al NO de la ciudad medieval de Daroca y a unos 80 km al SO de la de Zaragoza (Aragón, NE de España), en el corazón del sistema Ibérico. Geológicamente, el yacimiento se localiza en el sector SE de la Cadena Ibérica (o Celtibérica) Occidental (una de las dos grandes alineaciones de afloramientos precámbricos y paleozoicos que se disponen a ambos lados de la cuenca de Calatayud) 150 años del descubrimiento del yacimiento cámbrico de Murero (Cadenas Ibéricas, NE España) 150 years of the discovery of the Cambrian Lagerstätte of Murero (Cadenas Ibéricas, NE Spain) Eladio Liñán 1, José Antonio Gámez Vintaned 2, María Eugenia Dies Álvarez 3, Juan Bautista Chirivella Martorell 2, Eduardo Mayoral 4, Andrey Yu Zhuravlev 5, José Antonio Andrés 6 y Rodolfo Gozalo 2 1 Área y Museo de Paleontología-IUCA, Departamento de Ciencias de la Tierra, Facultad de Ciencias, Universidad de Zaragoza, c/ Pedro Cerbuna, n.º 12, 50009 Zaragoza, España. linan@unizar.es 2 Departamento de Geología, Universitat de València, c/ Dr. Moliner, n.º 50, 46100 Burjassot, España. gamez@unizar.es, juanchirivella@ieslesfoies.org, rodolfo.gozalo@uv.es 3 Departamento de Didáctica de las Ciencias Experimentales, Facultad de Ciencias Humanas y de la Educación, Universidad de Zaragoza, c/ Valentín Carderera, n.º 4, 22003 Huesca, España. medies@unizar.es 4 Departamento de Geodinámica y Paleontología, Facultad de Ciencias Experimentales, Campus de El Carmen, Universidad de Huelva, Avda. Tres de Marzo s/n, E-21071 Huelva, España. mayoral@uhu.es 5 Geological Institute, Russian Academy of Sciences, Pyzhevskiy pereulok, 7, 119017 Moscow, Russia. ayzhur@mail.ru 6 Dirección General de Patrimonio Cultural, Dpto. de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, Gobierno de Aragón, Avda. Alcalde Gómez Laguna, n.º 25. 50009 Zaragoza, España. jaandres@aragon.es (Fig. 1). De acuerdo con la terminología de Carls (1983), se encuadra en la unidad de Badules y, más localmente, en el denominado “bloque de Villafeliche”, un kilómetro al N de la población de Murero. La sucesión estratigráfica es normal y buza unos 30º hacia el SO, aflorando a lo largo de la rambla de Valdemiedes. Las dos secciones principales (RV1 y RV2) se sitúan a una y otra orilla de esta rambla (Liñán y Gozalo, 1986) (Fig. 2). Desde el punto de vista de su estratigrafía, en el yacimiento de Murero afloran materiales del Grupo Mesones (en orden estratigráfico, las formaciones Valdemiedes – en su parte superior–, Mansilla y Murero) y de la base del Grupo Acón, con un espesor total de 195 m.La edad de estas capas abarca desde el Bilbiliense superior (Cámbrico inferior temprano; piso 4 de la serie 2 del Cámbrico) hasta el Languedociense inferior (Cámbrico medio tardío; Piso Drumiense de la serie 3 del Cámbrico). Los estratos están compuestos por lutitas y algunas delgadas intercalaciones de areniscas de grano muy fino,con horizontes con más o menos abundantes nódulos de carbonatos y, ocasionalmente, niveles de dolomía. El color de las lutitas es gris verdoso, con excepción de la Formación Mansilla, donde el color es rojo vináceo y predominan los niveles dolomíticos. Los datos mineralógicos indican que las lutitas del Grupo Mesones experimentaron un incipiente anquimetamorfismo (Bauluz et al., 1998). Ello se traduce en el recrecimiento de pequeños cristales de clorita que suelen reemplazar los antiguos tegumentos y esqueletos de los fósiles (Gámez Vintaned et al., 2009a). En cuanto a la estratigrafía secuencial (secuencias de segundo orden), la sucesión de Murero registra, sucesivamente, un cortejo sedimentario transgresivo, uno de nivel del mar alto y de nuevo uno transgresivo (Gámez Vintaned et al., 2009b). En lo que a la biocronología respecta, el intervalo temporal del Cámbrico de Murero (unos 8 Ma, entre unos -511 Ma y unos - 503 Ma) se subdivide en 14 zonas de trilobites, en lo que es la escala más fina de todo el mundo para este intervalo temporal (Gozalo et al., 2008; Liñán et al., 2008). Estas zonas son, en orden estratigráfico: Protolenus jilocanus, Acadoparadoxides mureroensis, Eccaparadoxides sdzuyi, Eccaparadoxides asturianus, Badulesia tenera, Badulesia granieri, Pardailhania hispida, Pardailhania multispinosa, Pardailhania sdzuyi, Solenopleuropsis ribeiroi, Solenopleuropsis ribeiroi +S. verdiagana, Solenopleuropsis verdiagana + S. rubra, Solenopleuropsis simula, y Solenopleuropsis thorali +S. marginata. El límite clásico Cámbrico inferior/medio GEOGACETA, 53, 2013 E. Liñán, J.A. Gámez Vintaned, Mª.E. Dies Álvarez, J.B. Chirivella Martorell, E. Mayoral, A. Yu Zhuravlev, J.A. Andrés y R. Gozalo 26 Paleontología Fig. 1.- Localización geográfica y geológica de Murero (según Liñán et al., 2008). Fig. 1.- Geographic and geologic location of Murero (after Liñán et al., 2008). (esto es, el límite Bilbiliense/Leoniense) se sitúa en el FAD del trilobites polímero Acadoparadoxides mureroensis Sdzuy, 1958 (Fig. 3). Este descansa sobre estratos escasamente fosilíferos que registran el evento Valdemiedes(Liñán et al., 1993), en cuya base los valores isotópicos 13 Corg muestran una pronunciada variación negativa. Este evento coincidió en el tiempo con la extinción de los trilobites olenélidos en Laurencia (Gozalo et al., 2013). Paleontología Los estratos marinos someros de Murero son muy fosilíferos, con especímenes bien conservados de grupos con esqueleto y de cuerpo blando. De entre los primeros, los trilobites son especialmente abundantes. Destacar que, gracias al registro continuo de paradoxídidos en una misma sección (RV1), se demostró la existencia de dimorfismo (probablemente sexual) en los trilobites durante el Cámbrico medio (Gozalo et al., 2003).
Otros artrópodos encontrados son aracnomorfos y bradoríidos. El filo de los braquiópodos comprende seis especies y el de los equinodermos incluye eocrinoideos, edrioasteroideos y cinctas, con un registro preliminar de quince taxones. Los hiolitos están también presentes. La primera descripción de fósiles de cuerpo blando de tipo Burgess Shale en Murero fue publicada por investigadores anglosajones en 1986. Estudios posteriores sobre estos fósiles excepcionales han incrementado la relevancia de este yacimiento, habiéndose descrito algunas algas clorofíceas y feofíceas, esponjas, ecdisozoos (paleoescolécidos y xenúsidos lobópodos; Fig. 4), así como veinte icnotaxones. Murero como recurso educativo Desde, al menos, los años finales de la década de 1970, el yacimiento de Murero viene siendo visitado asiduamente por numerosos estudiantes de universidades españolas, así como por alumnos no universitarios, y también ha sido empleado como ejemplo en Didáctica de la Geología. El yacimiento fue declarado Bien de Interés Cultural en 1997 por el Gobierno de Aragón, siendo el primer yacimiento paleontológico español en obtener tal figura de protección. En los años recientes, se han instalado dos rutas turístico-educativas que discurren por la rambla de Valdemiedes, por sus inmediaciones y en el trayecto entre Daroca y Murero, estando prevista también una tercera (Dies Álvarez et al., 2009) (Fig. 5). Con el mismo objetivo de acercar el yacimiento de Murero a todos los públicos, se ha producido recientemente un documental divulgativo sobre la “Explosión Cámbrica” de la vida y Murero (Liñán y Bayón, 2009). Conclusiones Desde las primeras citas del yacimiento cámbrico de Murero en el S. XIX, han visto la luz una decena de tesis doctorales, varios libros y más de un centenar de artículos en revistas científicas. Como consecuencia, ya se han catalogado en el yacimiento –por el momento– más de cien especies, la mayoría de trilobites. Murero es, por tanto, considerado desde el S. XIX como uno de los yacimientos emblemáticos de España y también una localidad clásica de referencia internacional para el estudio del Período Cámbrico. También es crucial para el conocimiento de los numerosos fenómenos geológicos que concurrieron durante la transición entre el Cámbrico inferior y el Cámbrico medio a escala global en el planeta. Por todo ello, en 2012 se celebra jubilosamente el 150 aniversario de su descubrimiento. 150 años del descubrimiento del yacimiento cámbrico de Murero (Cadenas Ibéricas, NE España) GEOGACETA, 53, 2013 Paleontología 27 Fig. 2.- Cartografía geológica del yacimiento de Murero (modificada de Liñán y Gozalo, 1986; Liñán et al., 2008). En el sur, el bloque del Jiloca cabalga hacia el N sobre el bloque de Villafeliche, ambos rodeados de materiales terciarios continentales. Fig. 2.- Geological sketch of the Murero site (modified from Liñán and Gozalo, 1986; Liñán et al., 2008). In the south, the Jiloca block thrusts over the Villafeliche block, both surrounded by continental Tertiary materials. Fig. 3.- Acadoparadoxides mureroensis Sdzuy, 1958. Ejemplar MPZ 2003/682. Molde interno de cranidio.
Parte superior de la Formación Valdemiedes. (Barra de escala = 1 cm). Fig. 3.- Acadoparadoxides mureroensis Sdzuy, 1958. Specimen MPZ 2003/682. Internal mould of cranidium. Upper Valdemiedes Formation. (Scale bar = 1 cm). Agradecimientos Este trabajo es una contribución al proyecto CGL2011-24516 (Ministerio de Ciencia e Innovación-FEDER, UE), el Programa «Juan de la Cierva» (referencia JCI-2009-05319; Ministerio de Ciencia e Innovación), y del Grupo Consolidado E-17 (Gobierno de Aragón). Referencias Bauluz, B., Fernández-Nieto, C. y González López, J.M. (1998). Clay Minerals, 33, 373-393. Carls, P. (1983). En: Libro Jubilar J.M. Ríos. Tomo III. Contribuciones sobre temas generales (J. A. Comba, coord.). Instituto Geológico y Minero de España, 11-32. Dereims, A. (1898). Recherches géologiques dans le Sud de l´Aragón. T. II. Annales Hébert, 199 p. Dies Álvarez, M.E., Gámez Vintaned, J.A., Liñán, E.y Gozalo, R. (2009). En: Comunicaciones de las XXV Jornadas de la Sociedad Española de Paleontología (P. Palmqvist, P. y J.A. Pérez Claros, coords.), Málaga, 177. Gámez Vintaned, J. A., Liñán, E., Zhuravlev, A. Yu., Bauluz, B., Gozalo, R., Zamora, S. y Esteve, J. (2009a). En: International Conference on the Cambrian Explosion. Walcott 2009. Abstract Volume, 32-33. Gámez Vintaned, J.A., Schmitz, U. y Liñán, E. (2009b). En: Global Neoproterozoic Petroleum Systems:The Emerging Potential in North Africa (J. Craig, J. Thurow, B. Thusu, A. Whitham y Y. Abutarruma, Eds.). Geological Society,London, Special Publications 326, 231-244. Gozalo, R., Liñán, E. y Dies, M.E. (2003). En: Trilobites and their relatives (proceedings of Oxford conference 2001) (P.D.Lane, D.J. Siveter y R.A. Fortey, Eds.). Special Papers in Palaeontology, 70, 141-156. Gozalo, R., Liñán, E., Gámez Vintaned, J.A., Dies, M.E., Chirivella, J.B., Zamora, S., Esteve, J.y Mayoral, E. (2008). Cuadernos del Museo Geominero, 9, 137-151. Gozalo, R., Dies Álvarez, M.E., Gámez Vintaned, J.A., Zhuravlev, A. Yu., Bauluz, B., Subías, I., Chirivella Martorell, J.B., Mayoral, E., Gursky, H.- J., Andrés, J.A. y Liñán, E. (2013). Geological Journal, 48, 142-145. Liñán, E. y Bayón, J.M. (2009). On the trail of Primitive Life (the Cambrian Period). Prensas Universitarias de Zaragoza, Zaragoza, DVD, 30’. Liñán, E. y Gozalo, R. (1986). Memorias del Museo Paleontológico de la Universidad de Zaragoza, 2, 1-104. Liñán, E.y Gozalo, R. (1999). En: XV Jornadas de Paleontología y simposios de los proyectos PICG 393, 410 y 421. Actas (Tomo I) (I. Rábano, Ed.).Temas Geológico-Mineros, 26, Instituto Tecnológico Geominero de España, 83- 88. Liñán, E., Perejón, A. y Sdzuy, K. (1993). Geological Magazine, 130, 817-833. Liñán, E., Fernández-Nieto, C., Gámez, J.A., Gozalo, R., Mayoral, E., Moreno Eiris, E., Palacios, T. y Perejón,A. (1993). Revista Española de Paleontología, número extraordinario, 26-39. Liñán, E., Gozalo, R., Dies, M.E., Gámez Vintaned, J.A., Mayoral, E., Chirivella, J., Esteve, J., Zamora, S., Zhuravlev, A.Yu. y Andrés, J.A. (2008). Post-Conference Field Trip. Lower and Middle Cambrian trilobites of selected localities in Cadenas Ibéricas (NE, Spain). Fourth International Trilobite Conference,Trilo 08.Toledo, Spain, 2008. Universidad de Zaragoza, 52 p. Sdzuy, K. (1961). Akademie der Wissenschaften und der Literatur, Abhandlungen der mathematisch-naturwissenschaftlichen Klasse, 1961 (7-8), 499-690. Verneuil, E. de. (1862). Revista Minera, 13, 479. GEOGACETA, 53, 2013 E. Liñán, J.A. Gámez Vintaned, Mª.E. Dies Álvarez, J.B. Chirivella Martorell, E. Mayoral, A. Yu Zhuravlev, J.A. Andrés y R. Gozalo 28 Paleontología Fig. 4.- El xenúsido lobópodo Mureropodia apae Gámez Vintaned, Liñán y Zhuravlev, 2011. Ejemplar MPZ 2009/1241. (Barra de escala = 1 cm). Fig. 4.- The lobopod xenusian Mureropodia apae Gámez Vintaned, Liñán y Zhuravlev, 2011. Specimen MPZ 2009/1241. (Scale bar = 1 cm). Fig. 5.- Excursión de la Comisión de Patrimonio Geológico de la SGE a Murero el 19 de junio de 2009. Al fondo se observa el acondicionamiento de la sección RV2 en torno al límite entre las series 2 y 3 del Cámbrico (límite tradicional Cámbrico inferior/medio). Fig. 5.- Field excursion of the Commission on Geological Heritage of the Spanish Geological Society (SGE) in Murero (June 19th, 2009). On the background, stairs providing access to section RV2 around the Cambrian Series 2/3 boundary (traditional lower/middle Cambrian boundary).

jueves, 21 de noviembre de 2019

LOS URREA CONTRA LOS CORNEL

169. LOS URREA CONTRA LOS CORNEL (SIGLO XIV. ZARAGOZA)
 
Doña Brianda de Luna, una joven perteneciente a la importante familia de este apellido, estaba casada con el rico-hombre don Lope Ximénez de Urrea, mas el destino y la fatalidad quisieron que el enlace no funcionara bien y la muchacha, alegando que su marido era impotente, inició los trámites del divorcio.
 
Sin esperar la resolución pertinente, la joven abandonó el hogar, que estaba situado entre la
calle del Sepulcro y la ribera del Ebro. Intervinieron en el asunto tanto el arzobispo de Zaragoza, que era familiar suyo, como los abades de Montearagón y Veruela, conminando todos a la muchacha a
que volviera con su esposo al menos hasta que se resolviera el caso.
 
Regresó contrariada Brianda con su marido, pero como estaba resuelta a terminar con él, a los pocos días se descolgó por una ventana que daba al río, huyendo en compañía de su primo y amante, don Luis Cornel, para refugiarse ambos en el cercano castillo de Alfajarín. Al hacerse pública esta noticia entre los zaragozanos, los Urrea y los Cornel entablaron una disputa que desembocó incluso en luchas y choques sangrientos.
 
LOS URREA CONTRA LOS CORNEL (SIGLO XIV. ZARAGOZA)
 
El rey Pedro IV, viendo que las desavenencias entre tan importantes familias estaban asolando Alfajarín y sus contornos, decidió convocar a ambas partes a las Cortes reunidas en Zaragoza, con citación especial de los dos promotores de la discordia.
 
Acudió don Lope Ximénez de Urrea, el marido burlado, ante los brazos de las Cortes, pero no así don Luis Cornel, el amante burlador, que no sólo recibió con chanzas a los embajadores del rey sino que incluso arreció sus ataques contra las posesiones de su enemigo.

El rey, profundamente enojado por esta actitud, dispuso que sus tropas arrasaran los campos de Alfajarín, tomaran por asalto el castillo y llevaran prisionero a don Luis Cornel, que fue condenado al destierro, mientras doña Brianda acababa sus días recluida en un convento.
 
[García Ciprés, G., «Ricos hombres de Aragón. Los Luna», en Linajes de Aragón,
II (1911), 65.
Sánchez Pérez, José A.,
El Reino de Aragón, págs. 204-205.]


https://ifc.dpz.es/recursos/publicaciones/22/35/01otal.pdf
 

http://www.sipca.es/censo/1-INM-ZAR-017-017-002/.html

Gran Enciclopedia Aragonesa. (La web parece no funcionar, igual les han faltado perras de parte del Gobierno de Aragón y de la Generalitat de Catalunya.)  «El castillo de Alfajarín»

Heraldo de Aragón. «Alfajarín rehabilita torre del castillo»

Turismo de Zaragoza. «El Castillo de Alfajarín»

El castillo de los Cornel se sitúa en el término municipal de Alfajarín, en la provincia de Zaragoza sobre una cumbre de los Montes Blancos, junto a la ermita de la Virgen de la Peña de la localidad.
 
El castillo de Alfajarín fue construido por los musulmanes en el siglo XI. Alfajarín y su castillo se rindieron ante el avance cristiano (1119) tras la reconquista de Zaragoza por Alfonso I el Batallador en 1118, pero poco después volvió a manos musulmanas y en 1131 tuvo que volver a tomarlo el rey Alfonso, poniendo como tenente a Fortún Galíndez.
 
Tras la muerte de Alfonso I Batallador, a consecuencia de las heridas sufridas en la batalla de Fraga en 1134, volvió a poder de los almorávides, no siendo reconquistado definitivamente hasta 1141, durante el gobierno de Ramón Berenguer IV quien puso tenentes al frente de la guarnición hasta 1196.
 
Desde final del siglo XIII y hasta finales del siglo XIV perteneció a la baronía de los Cornel,​ como consecuencia de la donación hecha por Jaime II de Aragón en 1293. Tras extinguirse esta baronía fue comprado por diferentes personajes. Entre ellos destaca Ramón de Espés y la familia de los Alagón.
Con posterioridad el castillo quedó abandonado y comenzó un proceso de ruina.
 
La fortaleza se sitúa sobre un espolón rocoso sobre la ribera del Ebro, defendido por los lados norte y este por acantilados naturales y en el resto se construyó un foso defensivo para proteger la entrada teniendo acceso con puente levadizo protegido con dos torres. En una de las torres se encontraba el acceso en recodo, con arco apuntado revestido de ladrillo, en la actualidad muy deteriorada. La otra torre destaca por su volumen, presenta planta cuadrada, de unos 6 metros de lado, y gran altura. Interiormente se estructuraba en dos plantas superpuestas, cubiertas con bóvedas de cañón apuntado, de las que la de la planta baja ha desaparecido. Posee dos puertas y una ventana en arco apuntado situadas en la cara que mira al interior del recinto. el recinto tiene planta pentagonal irregular midiendo aproximadamente 100 por 60 metros. El muro norte es el menos deteriorado y en él se abre un portillo que lo une con la Torre del Homenaje, vigilado a su vez por un torreón rectangular. En el extremo este presenta existe torreón pentagonal en muy mal estado. Existe un foso artificial en todo este extremo. La torre del homenaje se construyó en el siglo XIV y en esta época también se reforzó todo el castillo. Esta torre debía ser imponente, pero sólo conserva dos paredes de gran espesor. La construcción es de tapial revestido de ladrillo macizo hasta media altura.

martes, 2 de julio de 2019

LA ELECCIÓN DE RAMIRO II COMO REY DE ARAGÓN

106. LA ELECCIÓN DE RAMIRO II COMO REY DE ARAGÓN (SIGLO XII)
 
 LA ELECCIÓN DE RAMIRO II COMO REY DE ARAGÓN  (SIGLO XII)
 
 
Tras la muerte sucesiva de los hermanos Pedro I y Alfonso I, ambos reyes de Aragón, tuvo lugar una crisis
política agravada por el hecho de que un tercer hermano, Ramiro, el descendiente más directo, era monje, lo cual dificultaba la sucesión.

El reino fue un hervidero político, buscando soluciones a la crisis. Entre ellas tomó cuerpo la defensa
que varios nobles hicieron de Pedro Taresa o Atarés, señor de Borja, emparentado con la monarquía reinante. Pero don Pedro mostraba un carácter altanero y soberbio y menos prudente de lo
necesario como para promover la adhesión de toda la nobleza. Ante el descontento que tal actitud despertaba, los seniores Pedro Tizón y Peregrino de Castillazuelo comenzaron a defender la causa del monje don Ramiro quien, de no estar dedicado a la Iglesia, hubiera sido el descendiente natural.
Unos y otros se reunieron todos en Borja, dando lugar a la primera reunión de Cortes del Reino conocida, con el objeto de discutir cuál de los dos pretendientes debía ser elevado a la dignidad real.

Llegaron varios seniores navarros dispuestos a votar a Pedro Taresa, y Pedro Tizón, ante la actitud hostil de algunos nobles aragoneses, se convirtió en su anfitrión y valedor, tratando de atraerlos a su causa, que no era otra que la de don Ramiro. Pedro Tizón, que debía gozar de grandes dotes de psicólogo, sabiendo que el candidato Pedro Taresa se hallaba solazándose en el baño, ignorando y despreciando a todos los demás nobles, pretendió que les recibiera, máxime cuando eran defensores de su causa. Como el arisco señor de Borja les negara la entrevista, se enfadaron con él y decidieron cambiar de candidato.

Llegado el momento de las discusiones y subsiguiente votación, la actitud de dichos magnates navarros
desequilibró las fuerzas, y don Pedro Taresa no contó con los apoyos necesarios. Y, si de momento no se adoptó una decisión definitiva, en la siguiente asamblea, celebrada en Monzón, se impuso la tesis de que don Ramiro saliera del convento para suceder como rey a su hermano Alfonso I el Batallador, como así se hizo. Poco después, Ramiro II el Monje se casaba con una hermana del conde de Poitou, pues debía asegurar la descendencia.
 
[Ximénez de Rada, Rodrigo, De rebus Hispaniae, pág. 118.
Ubieto, Antonio, Historia de Aragón: Literatura medieval, I, págs. 249-253.]


https://es.wikipedia.org/wiki/Borja_(Zaragoza)

https://es.wikipedia.org/wiki/Ramiro_II_de_Arag%C3%B3n

Ramiro II el Monje, rey, Aragón, rex Aragonum


Ramiro II de Aragón, apodado el Monje o el Rey Campana (24 de abril de 1086 - 16 de agosto de 1157), fue rey de Aragón entre 1134 y 1157. En la renuncia de Zaragoza se comprometió a desposar a su única hija, Petronila, cuando ésta tenía un año de edad, con el conde Ramón Berenguer IV de Barcelona en 1137 (los esponsales se firmaron en Barbastro el 11 de agosto de 1137), en quien delegó el poder de facto, abandonó el ejercicio de su cargo y se retiró a la vida eclesiástica que había llevado antes de su entronización.

Desde muy joven pasó su vida dedicado a la Iglesia, primero como monje en el monasterio francés de San Ponce de Tomeras, luego como abad de San Pedro el Viejo (Huesca) y, por último, como obispo de Roda.

Su hermano, el rey Alfonso I, legó sus reinos a las Órdenes Militares (es decir, a la orden de los Templarios, a los Sanjuanistas y a los caballeros del Santo Sepulcro de Jerusalén), pero nadie pensó en cumplir dicho testamento, y los nobles aragoneses, reunidos en Jaca, reconocieron a Ramiro como rey. Por su parte, los navarros eligieron a García el Restaurador.

Ramiro era por entonces obispo de Roda-Barbastro y se encontraba celebrando la Natividad de la Virgen en Tierrantona​ cuando recibió la noticia de la muerte de su hermano el día anterior, teniendo que ocupar el trono. Su coronación tuvo lugar en Zaragoza el 29 de septiembre de 1134.​

El historiador Luis García de Valdeavellano señala acerca de la legitimidad de Ramiro II para acceder al trono aragonés:​
Ramiro II era indudablemente el legítimo heredero del Reino; conforme al derecho navarro-aragonés, a él correspondía heredar los territorios tradicionales de Aragón, y Alfonso I sólo podía, en realidad, haber dispuesto libremente de las tierras ganadas, o sea de los "acapetos" o conquistas, constituídas [sic] por el "Regnum Caesaraugustanum" (Zaragoza, Calatayud, Daroca, etc.)

Valdeavellano, loc. cit, pág. 439. 

Ramiro II, escucha, mira cómo se oyen las campanadas

Ramiro II gobernó como rey de Aragón, rey de Pamplona y conde de Sobrarbe y Ribagorza.
Los dos últimos eran antiguos condados unidos al Reino de Aragón en tiempos de Ramiro I.

A pesar de no tener experiencia política, sofocó con éxito varias revueltas durante su reinado, que mantuvo entre 1134 y 1157, siendo sucedido como reina en título (aunque sin potestad para ejercer el dominio, por su condición de mujer) por Petronila de Aragón, nacida del legítimo matrimonio de Ramiro con Inés de Poitou.
Petronila reinó entre 1157 y 1164, año en que esta abdicó en favor de su hijo Alfonso II, primer rey de la Corona de Aragón.

En el Reino de Aragón había varios bandos nobiliarios que luchaban por alcanzar mayores cotas de poder y de riqueza. Esos bandos se enfrentaron entre sí aprovechando el cambio de monarca. En una de esas disputas, Ramiro II estuvo a punto de perder el trono, por lo que tuvo que refugiarse en Besalú en 1135. El Rey Ramiro II fue a pedirle consejo a su antiguo abad, el cual le dijo que para solucionar los problemas en su reino debería arrancar las malas hierbas. A su vuelta el Rey Ramiro II dijo que iba a construir una campana lo suficientemente grande como para que se escuchara en todo su reino.
Los nobles que fueron a ver esa campana para reírse de él fueron hechos pasar uno a uno a una habitación donde fueron degollados.
Se cuenta que mientras les degollaba les iba diciendo "escucha, escucha, mira cómo se oyen las campanadas". Los nobles que degolló habían asaltado una caravana de musulmanes en tiempo de tregua. Esto hizo que sus enemigos en la corte desaparecieran por el temor que les infundió. Este hecho se conoce como la leyenda de la Campana de Huesca.

Documento de los acuerdos de esponsales de Barbastro, 11 de agosto de 1137. Según la traducción de Antonio Ubieto Arteta (1987b:144-145), y suprimidas las relaciones de villas y castillos donados e iglesias y monasterios que retenía, decía:

Yo Ramiro, hijo del rey Sancho, rey de los aragoneses, doy a ti Ramón, conde barcelonés, mi reino de Aragón, con mi hija, todo íntegramente, como lo dividió el rey Sancho el Mayor, abuelo de mi padre; y como lo dividí con el rey García Ramírez de los navarros, en Pamplona, exceptuadas las tenencias que el sobredicho rey Sancho [el Mayor] dio al rey Ramiro, mi abuelo, en Navarra [...] Esto te doy y concedo a los hijos de los hijos tuyos que fuesen de generación de mi hija, por los siglos de los siglos. Tú, en cambio, convienes conmigo, en palabra de verdad, y pones tus manos entre mis manos, que no enajenes, ni hagas enajenar, este reino que te doy, durante la vida de los hijos de mi hija. [...] Y que durante toda mi vida me tengas como padre y señor. [...] Aunque te entregue el reino, sin embargo, no renuncio a mi dignidad.

https://es.wikipedia.org/wiki/Ramiro_II_de_Arag%C3%B3n#/media/Archivo:Donaci%C3%B3_d'Arag%C3%B3_i_Peronella_als_Cap%C3%ADtols_matrimonials_de_Barbastre_(1137).jpg

Documento de los acuerdos de esponsales de Barbastro, 11 de agosto de 1137

Mostró una gran preocupación por que la corona no quedara sin heredero. Después del fracaso en prohijar a García Ramírez de Pamplona, ya rey de los navarros, procuró obtener un heredero para el reino de Aragón. Para ello se casó el 13 de noviembre de 1135 en la catedral de Jaca con Inés de Poitou, una noble viuda francesa que había demostrado fertilidad en un primer matrimonio.

De este matrimonio nació la heredera, Petronila, el 11 de agosto de 1136.​ A finales de ese mismo año, el rey y su esposa se separaron. Inés se retiró entonces al monasterio de Santa María de Fontevrault, donde murió hacia el año 1159.

Durante este periodo se presionó desde el reino de León para intentar casar a su hija Petronila, con Alfonso VII de León o con su hijo Sancho el Deseado, a fin de unir las coronas de León y Aragón, imponiendo a Petronila el nombre de Urraca. Finalmente no se llevó a cabo este enlace y Ramiro prometió a su hija, con un año de edad, con Ramón Berenguer IV, conde de Barcelona. Los esponsales se firmaron en Barbastro el 11 de agosto de 1137. Las condiciones jurídicas para el acuerdo se establecieron con la conformidad de Ramiro el Monje y Ramón Berenguer IV. El contrato de esponsales se hizo jurídicamente efectivo en varios documentos. El documento de encomendación de hombres pactado entre Ramiro II y Ramón Berenguer en Barbastro, el 11 de agosto de 1137,7​ la encomendación que el rey Ramiro hace a Ramón Berenguer sin data, seguramente en Barbastro, c. 11 de agosto de 1137,8​ la confirmación de donaciones hechas por Ramiro II a Ramón Berenguer en el documento de esponsales dada en Ayerbe el 27 de agosto de 1137,9​ y una confirmación complementaria de las donaciones de Ramiro II a Ramón Berenguer, dada en El Castellar, a 13 de noviembre de 1137;10​ y sus cláusulas se reflejan y reafirman en dos documentos posteriores: el testamento que Petronila de Aragón hace a favor del hijo que iba a tener en 1152, en el momento del parto, dado cerca de Barcelona el 4 de abril de 115211​ y la abdicación de la reina Petronila en favor de su hijo Alfonso hecha en Barcelona a 18 de junio de 1164.

Todavía en el siglo XVI el contrato de esponsales era conocido, como se muestra en los Anales de la Corona de Aragón de Jerónimo Zurita:

Presta juramento y homenaje el conde de Barcelona al rey. Lo que el rey se reservó en la donación. El conde prestó pleito homenaje que no ajenaría el reino [...] y que durante la vida del rey don Ramiro le ternía por señor. [...] Y dice que retenía su dignidad real.

En Barbastro concertó el rey el casamiento de su hija con el de Barcelona y el reino. El conde jura los fueros y los ricos hombres le prestan homenajes. Estaba el rey don Ramiro en Barbastro cuando se concertó lo deste matrimonio, y allí se otorgó el instrumento a once del mes de agosto del año de 1137. Y en él parece que dio al conde don Ramón Berenguer su hija por mujer con su reino cuanto se extendía y había sido poseído y adquirido por el rey don Sancho su padre y por los reyes don Pedro y don Alonso sus hermanos, quedando en su fuerza y vigor los fueros, usos y costumbres que en tiempo de sus predecesores tuvieron los aragoneses y se guardaban en el reino.

Queda el conde por rey en caso que muera su mujer sin hijos. Entonces le encomendó sus tierras y súbditos debajo de homenaje y juramento que guardarían fielmente la vida y cuerpo del conde sin ningún engaño y que lealmente le obedecerían, guardando la fidelidad que debían a su hija que era su señora natural, con tal condición: que en caso que ella muriese quedase el reino sujeto al conde sin contradicción alguna y le tuviese y poseyese después de la muerte del rey su suegro, el cual mientras viviese quedase por rey y señor y padre en el reino y en los estados y señoríos del conde de Barcelona hasta que le pluguiese.

El rey entrega a su yerno todo el reino y se retira del gobierno. Y en el mismo tiempo el rey don Ramiro su suegro junto a la ciudad dio sus cartas para todos los de su reino, mandando que de allí adelante los castillos y fortalezas que tenían en su nombre las tuviesen por el conde de Barcelona y le reconociesen y obedeciesen como a él en todo, con continua fidelidad. Y porque en ello no se pusiese duda hizo cesión de lo que se había retenido cuando le entregó su hija; declarando que el reino siempre le tuviese a su servicio y salva su fidelidad.

Jerónimo Zurita, Anales de la Corona de Aragón, vol. I, libro II.
A partir de la obra del historiador Antonio Ubieto, un sector de la historiografía actual interpreta que el matrimonio entre Ramón Berenguer IV y Petronila se celebró según los términos del casamiento en casa, una peculiaridad del derecho consuetudinario del Alto Aragón. Según esta interpretación, por este contrato de esponsales y su reflejo en la documentación posterior de Petronila; el marido se adscribe a la familia de la esposa, y es ella quien transmite la pertenencia al grupo familiar, junto con el patrimonio que hereda; el marido se somete formalmente a su suegro o al «Señor mayor» de la casa, y este, a cambio, le otorga la potestad sobre el solar familiar, pero reservándose su señorío tanto sobre los bienes del solar patrimonial como sobre los que aporta el marido. De este modo Ramón Berenguer desde 1137 «pasaba a ser un miembro más de la Casa de Aragón y de su linaje, a todos los efectos». Y consecuentemente la dinastía reinante empleará la designación «de Aragón»,​ con extinción de la dinastía condal.​ La ampliación de lo otorgado del documento de El Castellar (13 de noviembre), que comenzaba recordando la entrega de Petronila junto a «la honor de mi reino», finalizaba el conjunto de documentos esponsalicios y Ramiro II cedía el ejercicio del gobierno aunque reservándose la fidelidad de su nuevo yerno​ («tenga todas las cosas a mi fidelidad, en todo tiempo»),​ y regresó a la vida eclesiástica. Tras dichos esponsales, en 1137,​ se daba inicio a lo que entre los siglos XII y XIV fue conocido como «Casal d'Aragó» y entre los siglos XIII y XV con variadas denominaciones (Corona regia, Corona del reino de Aragón, Corona de los Reyes de Aragón, Corona de Aragón) cuyo elemento común es ser el conjunto de tierras y gentes sometidas a la jurisdicción del Rey de Aragón.

En contra de la teoría del casamiento en casa aplicada a los esponsales de Ramón Berenguer IV y Petronila, el profesor J. Serrano Daura, en 1997, alega la ausencia de referencias a esta institución consuetudinaria del derecho aragonés antes del siglo XV, y que las cláusulas que fueron establecidas por Ramiro II sobre la sucesión a la corona de Aragón no se ajustan a las peculiaridades de esta institución, por lo que no sería trasladable a los pactos de 1137.

Sin embargo, en la monografía de 2008 sobre Ramiro II de Ana Isabel Lapeña Paúl, esta autora señala que esta institución consuetudinaria tenía antecedentes anteriores al pacto de esponsales de Petronila y Ramón Berenguer IV en el siglo XI con Ramiro I de Aragón y a comienzos del XII con Alfonso I el Batallador, y que si bien aún no había un corpus legislativo escrito al respecto, sí se pueden observar anteriormente las pautas de este acuerdo de esponsales en la sucesión real:

[...] nació una niña [Petronila] y ello variaba sustancialmente las soluciones que debían buscarse. Era la primera vez que la sucesión aragonesa quedaba solo en manos femeninas. No había leyes escritas al respecto, pero sí existían lo que pueden considerarse unas pautas para resolver la situación. Las había fijado [en 1059] el primer rey de Aragón [Ramiro I] en el primero de los dos testamentos que otorgó. [...] Solo en el caso de que se agotara la estirpe, y esto era lo que sucedía en este momento, se contaba con la mujer para transmitir la potestas regia, pero sin que la ejerciera, ya que esta pasaba al marido que se le eligiese, por ello era necesario buscarle consorte.

Ana Isabel Lapeña Paúl, Ramiro II de Aragón..., 2008, pág. 184.
Tampoco era algo nuevo para la monarquía aragonesa del siglo XII, la prueba está en que ya anteriormente se había estipulado algo similar cuando se pactó la boda de Alfonso I y Urraca de Castilla. En diciembre de 1109 se otorgaron dos documentos que lo reflejan. El primero es la "carta de arras" del Batallador a su esposa, en el que, además de la entrega de varios castillos y bienes, se estipuló lo siguiente: «convengo contigo que si Dios omnipotente me diese un hijo de ti, y yo muriese y tu me sobrevives, que tú y mi hijo tengáis todas mis tierras que hoy tengo y en el futuro conquiste con ayuda de Dios [...] Que si no tuviese hijo de ti y me sobrevives, que sea para ti toda mi tierra, y que la tengas ingenua y libre, como propia heredad, para hacer allí tu voluntad después de mis días»

Ana Isabel Lapeña Paúl, Ramiro II de Aragón..., 2008, pág. 192.

 

Signum Regis, rex, rey, Ramiro II, Aragón, Arago, Aragó



Por su parte, Percy E. Schramm considera que la relación entre Ramiro II y Ramón Berenguer IV a raíz del documento de esponsales de agosto de 1137 «quedaba sujeta a las condiciones consuetudinarias del juramento de fidelidad». La donatio inicial de Ramiro fue ampliada con un donativum, por el cual se anulaban las donaciones hechas hasta entonces y el rey prometía al conde no realizar ninguna otra donación sin su consentimiento. Esto es interpretado por Schramm como una exigencia de Ramón Berenguer IV ante las concesiones hechas por Ramiro al rey de Navarra.​ Finalmente, el documento de noviembre muestra el deseo definitivo del rey Ramiro de volver al monasterio, por lo que declara «por libre voluntad» que sus vasallos pasan a depender de Ramón Berenguer y que le habrán de obedecer a partir de entonces como su rey (tanquam regi). No obstante, Schramm entiende que Ramón Berenguer pudo haber adoptado el título de rey, pero no lo hizo, inicialmente por respeto a la Iglesia, pues aún no se había resuelto el problema de la liquidación del testamento de Alfonso el Batallador, pero también porque sólo le interesaba el poder efectivo y no quería ofender la sensibilidad de sus nuevos súbditos, por lo que prefirió mantener la ficción de que el rey monje sería sucedido por su hija y que la dignidad real no pasaría a la nueva dinastía hasta la siguiente generación.

Guillermo Fatás Cabeza​ entiende que la Casa de Aragón, contra lo que sostiene una opinión muy extendida, no se extingue ni es «absorbida por la Casa de Barcelona» tras los esponsales del conde barcelonés y la reina de Aragón. Considera esta hipótesis «un error de bulto» y señala que «lo prueban a entera satisfacción» las propias afirmaciones de los reyes de Aragón de que este era el apellido de su linaje, el uso de dicho apellido como grito de guerra o aclamación por parte de los súbditos reales en todas las lenguas de la Corona, las condiciones establecidas en los varios documentos de los esponsales reiteradamente convertidas en «realidad actuante» y la «pervivencia jurídica y formal del linaje titular de las Barras de Aragón», lo cual supone un «conjunto de realidades» de coherencia «absoluta y compacta», y añade sobre los esponsales que:

El primer pacto concertado entre la Casa de Aragón y la de Barcelona lo llevan a cabo el rey Ramiro II y el conde Ramón Berenguer IV. Convienen que la hija del primero, Peronela o Petronila, cuando tenga edad núbil casará con el segundo. Se verifica, así, un matrimonio con la doble singularidad de tratarse de matrimonio desigual (entre reina y conde que, además, es vasallo del rey de Francia) y del que el Derecho aragonés llama "matrimonio en casa". Por ambas razones, para asumir como propio un linaje superior, el varón que se desposa renuncia al suyo. Se convierte con ello en miembro de la casa de su mujer, titular de los derechos, y en administrador de la misma aunque sujeto a la autoridad del varón mayor de su nueva casa si lo hubiere. Por ello consigna cuidadosamente Ramiro que tras los esponsales seguirá él siendo "rex, dominus et pater in prephato regno et in totis comitatibus tuis dum mihi placuerit". Ramón acepta por rey, señor y padre al señor mayor de la Casa de Aragón (así era en Derecho de Aragón), tanto en Aragón como en los condados de su casa de origen, sin limitación ninguna ("según plazca" a Ramiro). La fórmula es clara y precisamente la que cabía esperar. Es, pues, absurdo postular la extinción de una Casa cuando la documentación conservada, tan congruente con lo sucedido, se elabora justamente para afianzar sin dudas la supervivencia de la misma. El nuevo miembro de la Casa de Aragón no tendrá la nuda propiedad ni la titularidad de los derechos de la Casa, salvo que se extingan el señor mayor, la heredera y futura reina y los hijos que ésta pueda tener. Sólo en tal caso podrá el nuevo hijo, súbdito y vasallo, ser el señor mayor. Lo que no sucedió. El matrimonio pactado en 1137 tuvo verificación en 1150 e hijos a partir de 1152. En todas las ocasiones importantes, muerto ya Ramiro, Petronila consignó de forma solemne y ante testigos de notoriedad, estas circunstancias y condiciones, que se cumplieron sin excepción. Lo hizo en 1152, a punto de dar a luz a su primer vástago ("in partu laborans"), y en 1167 [sic pro 1164], cuando cedió sus derechos a su hijo, Alfonso II, primero quien fue señor mayor de la Casa de Aragón con inclusión de los bienes y jurisdicciones aportados por su padre, quien no se tituló nunca sino "princeps" mientras su esposa fue siempre y en toda ocasión "regina", como el hijo de ambos fue "rex". El archivo de los reyes, solícitamente formado y custodiado, conserva todas estas piezas auténticas de sencilla interpretación.

Fatás Cabeza (2000), págs. 170-172.

Según Ernest Belenguer las capitulaciones matrimoniales de Barbastro de 1137 se ajustaban al derecho del Reino de Aragón, que vetaba ejercer el poder a la mujer pero no poseer la titularidad del reino ni la transmisión de este. Añade el catedrático de la Universidad de Barcelona que «el "matrimonio en casa" aseguraba —pasara lo que pasara— el mantenimiento del reino». Si, muerto el rey Ramiro, también su hija Petronila muriera sin llegar a la mayoría de edad, el acuerdo de 1137 otorgaba a Ramón Berenguer «la transmisión del poder real casara con quien casara después». Sin embargo ese supuesto no llegó a darse, pues Ramón Berenguer falleció antes que su esposa. En todo caso el rey Ramiro buscó para el mantenimiento de su reino una unión dinástica con una de las potencias vecinas más fuertes, la que poseía el conde de Barcelona, que «jamás fue rey de Aragón porque Ramiro II mantuvo su privilegio de honor hasta su muerte, aunque cediera la potestad del mando». Así, continúa el historiador valenciano, «Ramón Berenguer IV fue príncipe de Aragón y como tal se le juró fidelidad por los aragoneses al tiempo que la mayoría de edad de Petronila y su paso a mujer facilitó la consumación del matrimonio», lo que sucedería con la boda de Lérida de 1150.

Aprés de aquesto, el dito rey don Remiro queriendo proveyr que enpués días suyos dissensión alguna non aviés en la successión del regno de Aragón, si fue tratado matrimonio con don Ramón Berenguer comte de Barchinona, noble hombre en todos actos de cavallería et regimientos de tierras et de gentes, a la qual deyan por bautismo don Payronella, porque nasció en dia de San Peyro, et después fue mudado nombre donna Urracha. Et casola con el dito noble comte en su vida et diole el regno de Aragón en casamiento, que succediessen en aquello los fillos que avría de la dita su filla successivament, et que por caso ninguno no podies alienar el regno de Aragón en personas algunas sino en los fillos et aquellos que descendrían de su filla propriament, en el anno de Nuestro Sennor M C XXXVII. [...] Todo esti regno dio en casamiento con su filla con las condiciones sobreditas. Et ya sea que li dies el dito regno en casamiento, no empero renunciava a la dignidat real [...] diziendo estas paraulas: «Maguera yo de a tu el regno pero la mi dignidat real non lexo».
— Crónica de San Juan de la Peña en aragonés. Apud Carmen Orcástegui Gros (ed. lit.), «Crónica de San Juan de la Peña», Cuadernos de Historia Jerónimo Zurita, 51-52, Zaragoza, Institución «Fernando el Católico», 1985, págs. 419-569.

El papel de Ramón Berenguer IV a partir de los esponsales de 1137 fue el de administrador de la Casa de Aragón como regente del Reino de Aragón,​ y en la documentación se intituló princeps y dominador, pero nunca rey.​ Fue Ramiro II quien siguió siendo «señor, padre y rey»​ como reza la documentación aducida («Y yo predicho Ramiro sea rey, señor y padre en el citado reino y en todos tus condados mientras me plazca» e «in tota vita mea teneas me sicut patrem et dominum» 'en toda mi vi vida me tengas como padre y señor'), y ostentando el título de Rey de Aragón hasta su muerte en 1157,​ con lo que Ramón Berenguer IV se integraba en la Casa de Aragón​ al ser pactadas sus capitulaciones matrimoniales de acuerdo a las instituciones jurídicas del derecho aragonés, y dando lugar, tras el reinado de Ramiro II, a que la reina fuera su hija Petronila, hasta que el 18 de junio de 1164 esta abdica en favor de Alfonso II, transcurridos dos años desde la muerte de su marido.

Frente a historiadores que, con Antonio Ubieto a la cabeza, interpretan el proceso sucesorio que dio origen a la Corona de Aragón con base en el derecho del reino de Aragón estricto,​ hay un sector de la historiografía que, siguiendo a Alfonso García-Gallo, en su artículo de 1966 «El derecho de sucesión del trono en la Corona de Aragón»​ hace un análisis muy diferente del mismo:

El célebre historiador castellano, García Gallo, estudioso del Derecho sucesorio en la Corona de Aragón, no tiene la menor duda de que el documento de 1137 es una donación de hija y reino, por parte de Ramiro II —que no tiene «deseos de conservar» el trono, más bien está «deseoso de desembarazarse del Reino»—, al Conde de Barcelona. Es tajante cuando dice que «no se trata de una escritura matrimonial, en virtud de la cual el marido adquiera los derechos de la mujer, ni de la promesa o entrega de una dote; sino [...] de la elección de un marido y de la entrega del poder directamente a éste. En la escritura no hay ni una sola frase de la que pueda inducirse que Petronila es la titular del poder que ejerce su marido o que en alguna parte se reserva. Salvo la fidelidad debida a Ramiro II y a su hija, los aragoneses quedan bajo la autoridad y obediencia de Ramón Berenguer. La condición jurídica de éste no se basa en que él es el marido [...] sino en una donación; por ello se prevé que aun disuelto el matrimonio por muerte de Petronila, Ramón Berenguer conserve el Reino de Aragón libre e inmutablemente». Constata también, refiriéndose a Petronila, que «desde el momento mismo en que muere su marido, Ramón Berenguer IV, y aunque éste no haya usado el título de Rey, su hijo Alfonso II se titula ya Rey de Aragón en vida de su madre. Lo cual indica que el regnum, es decir, el poder de reinar lo hereda de su padre —al que se lo había concedido Ramiro II— y no de su madre».

Armand de Fluvià, «De oro, cuatro palos de gules, escudo de los Condes de Barcelona», Hidalguía, vol. XLIV, n.º 256/257, 1996, pág. 460-461. ISSN 0018-1285
En el mes de agosto de 1150 se celebró la boda del conde Ramón Berenguer y Petronila en Lérida, al adquirir ella la edad canónica de 14 años permitida por la iglesia para consumar el matrimonio, si bien las consecuencias jurídicas del matrimonio altomedieval tenían efecto en los esponsales,37​ es decir, en el caso del enlace entre Ramón Berenguer IV y Petronila de Aragón, en 1137.

Parece que desde fines de 1137 los días de don Ramiro transcurrieron entre el Monasterio de San Pedro el Viejo y su posesión de San Úrbez de Sarrablo (Nocito). Murió en Huesca el 16 de agosto de 1157 y sus restos fueron dispuestos en un sarcófago romano del siglo II o III en la capilla de San Bartolomé de San Pedro el Viejo de dicha ciudad.

  1.  Iglesias Costa, Manuel (2001). Instituto de Estudios Altoaragoneses, ed. «Historia del condado de Ribagorza» (pdf). Huesca. p. 155. ISBN
    84-8127-121-7
    . Archivado desde el original el 11 de enero de 2012. Consultado el 24 de septiembre de 2011. «Alfonso murió el 7 de septiembre y consta que, celebrando la Natividad de la Virgen (8 de septiembre) en Tierrantona, Ramiro el Monje fue advertido de ello.»
  2.  Rubio Calatayud, Adela (2004). «I.-Los Ramírez». Breve Historia de los Reyes de Aragón (1ª edición). Cuarte de Huerva. Zaragoza: DELSAN ediciones. p. 53. ISBN 84-95487-34-9. «En cuanto llegó la dispensa, Ramiro II fue coronado y desposado con Inés de Poitiers, vizcondesa viuda de Tours [...]. La coronación tuvo lugar en Zaragoza el 29 de septiembre de 1134.»
  3.  Luis García de Valdeavellano, Historia de España I. De los orígenes a la baja Edad Media. Segunda parte, Madrid, Revista de Occidente, 19633, pág. 439 -. D. L. M. 15.535-63.
  4.  Iglesias Costa, Manuel (2001). Instituto de Estudios Altoaragoneses, ed. «Historia del condado de Ribagorza» (pdf). Huesca. p. 156. ISBN
    84-8127-121-7
    . Archivado desde el original el 11 de enero de 2012. Consultado el 24 de septiembre de 2011. «en la primera mitad de septiembre ya es reconocido por muchos rey de Aragón, Sobrarbe y Ribagorza.»
  5.  Rubio Calatayud, Adela (2004). «I.-Los Ramírez». Breve Historia de los Reyes de Aragón (1ª edición). Cuarte de Huerva. Zaragoza: DELSAN ediciones. p. 54. ISBN 84-95487-34-9. «Ramiro también firmó pactos con los musulmanes. Ostentando el título de rey de Aragón, Sobrarbe y Ribagorza, Ramiro II se quedó en el castillo de Monclús hasta el mes de septiembre de 1135.»
  6.  Lapeña Paúl (2008:140)
  7.  Editado por Antonio Ubieto Arteta, en Los esponsales de la reina Petronila y la creación de la Corona de Aragón, Zaragoza, Diputación General de Aragón, 1987a, doc. 1, apud Alberto Montaner Frutos, El señal del rey de Aragón: Historia y significado, Zaragoza, Institución «Fernando el Católico», 1995, págs. 23-27 y notas. ISBN 84-7820-283-8.
  8.  Ubieto Arteta (1987a), doc. 2
  9.  Ubieto Arteta (1987a), doc. 4
  10.  Ubieto Arteta (1987a), doc. 6
  11.  Ubieto Arteta (1987a), doc. 8
  12. Ubieto Arteta (1987a), doc. 11
  13. Jerónimo Zurita, Anales de la Corona de Aragón, vol. I, libro II, cap. LXVI. Ed. en línea (Zaragoza, Institución «Fernando el Católico», 2003) basada en la de Ángel Canellas López (ed. lit.), Zaragoza, Institución «Fernando el Católico», 1967-1977, 8 vols. <http://ifc.dpz.es/publicaciones/ver/id/2448>
  14.  Los testimonios de los documentos de los esponsales que ratifican estas condiciones son: «Et ego prephatus rex Rainimirus sim rex, dominus et pater in prephato regno et in totis comitatibus tuis, dum mihi placuerit.», «Tu [Raimundus] convenis mihi [Rainimiro], in verbo veritatis, et mitis manus tuas inter manus meas, ut [...] in tota vita mea teneas me sicut patrem et dominum.», «Hoc dono tibi et concedo filiis filiorum tuorum qui fuerint de generatione de mea filia, in secula seculorum.», «Ego Peronella, regina Aragonensis, iacens et in parto laborans, apud Barchinonam, concedo, dono et firmiter laudo infanti meo qui est ex utero meo, Deo volente, processus totum regnum Aragonensem»,
    «Ego Petronilla, Dei gratia Aragonensis regina et Barchinonensis comitissa, [...] dono et laudo et concedo tibi dilecto filio meo Ildefonso, regi Aragonensi et comiti Barchinonensi, [...] et omni posteritate tue, omne regnum Aragonis integriter», «Licet regnum tibi tradam, tamen dignitatem meam non ammito»
    («Aunque te entregue el reino, sin embargo, no renuncio a mi dignidad», trad. de Ubieto Arteta (1987b), pág. 145),
    «Supradicta quoque omnia ego Ranimirus, Aragonensium rex, dono et firmiter laudo prephato Raimundo comiti Barchinonensi, ut hec que illi presencialiter dono et omnia alia que habebat, semper habeat ad servicium meum et fidelitatem, in omni tempore» y «Ego Ranimirus, Dei gratia rex Aragonensis, dono tibi Raimundo, Barchinonensium comes et marchio, filiam meam in uxorem, cum tocius regni Aragonensis integritate, [...]. Et comendo tibi omnes prephati regni homines sub hominio et iuramento, ut sint tibi fideles [...], salva fidelitate mei et filie mee.» Cfr. Montaner Frutos, loc. cit.
  15.  Guillermo Fatás y Guillermo Redondo, Blasón de Aragón: El escudo y la bandera, Zaragoza, Diputación General de Aragón, 1995, pág. 59.
  16.  Montaner Frutos (1995), pág. 26.
  17.  Manuel Fuertes de Gilbert Rojo, «La Casa de Aragón: Genealogía de una monarquía mediterránea. (Sinopsis)», I Colloquio Internacionale de Genealogia. Organizado por el Institut International d’études généalogiques et d’histoire des familles Roma, Senado de la Répública, 7-11 de octubre de 2003:
    Este matrimonio uxorial hace que el marido se integre en la Casa, se adscriba al grupo familiar de la esposa, y quede sometido a la autoridad del donante o Señor Mayor de la Casa, quien pasa a ser padre y Señor también del marido y de lo este tiene o aporta. Por ello Ramón Berenguer, pasó a ser un miembro más de la Casa de Aragón y de su linaje con extinción del propio. Con ello se inicia en su hijo y sucesor, Alfonso, la Casa de Aragón-Barcelona.
  18.  Lapeña Paúl (2008:197)
  19. trad. de Ubieto Arteta (1987b:154)
  20.  Miquel Batllori, La Universidad de Valencia en el ámbito cultural de la Corona de Aragón, Cinc Segles, Universitat de València, 1999, pág. 8. ISBN 9788437041612. Lección magistral leída en el solemne acto de apertura del curso 1999-2000:
    La Corona de Aragón comienza a existir en 1137, con los esponsales de la infantil infanta doña Petronila, hija y heredera del rey Ramiro II de Aragón, con el conde de Barcelona, Ramón Berenguer IV
  21.  Cfr. «La expansión: el Casal d'Aragó (1213-1412) / L'expansió: el Casal d'Aragó (1213-1412)», en Ernest Belenguer, Felipe V. Garín Llombart y Carmen Morte García, La Corona de Aragón. El poder y la imagen de la Edad Media a la Edad Moderna (siglos XII - XVIII), Sociedad Estatal para la Acción Cultural Exterior (SEACEX), Generalitat Valenciana y Ministerio de Cultura de España - Lunwerg, 2006. ISBN 84-9785-261-3:
    Entre los siglos XII y XIV, la documentación poco habla de Corona de Aragón y más del Casal d'Aragó, si bien la expresión de Corona de Aragón ya se observa con Jaime el Justo, prevaleciendo así el título jerárquico del reino por delante del de condado y principado.
    Belenguer, Garín Llombart y Carmen Morte, «La expansión: el Casal d'Aragó (1213-1412) / L'expansió: el Casal d'Aragó (1213-1412)», op. cit. 2006.
  22. Jesús Lalinde Abadía, «Las Cortes y Parlamentos en los Reinos y tierras del Rey de Aragón», en Esteban Sarasa Sánchez et al., Aragón: Historia y Cortes de un Reino, Cortes de Aragón y Ayuntamiento de Zaragoza, 1991, págs. 89-90. ISBN 978-84-86807-64-1.
  23.  Serrano Daura, «La donació de Ramir II d'Aragó a Ramon Berenguer IV de Barcelona de 1137 i la institució del "casamiento en casa"», Estudis històrics i documents dels arxius de protocols, 15, Barcelona, 1997, págs. 7-14 (traducción al castellano: «La donación de Ramiro II de Aragón a Ramón Berenguer IV de Barcelona, de 1137, y la institución del "casamiento en casa"», Hidalguía, 270, Madrid, 1998, págs. 709-719.
  24.  Lapeña Paúl (2008:184, 191-192)
  25.  Percy E. Schramm, "Ramon Berenguer IV", en E. Bagué, J. Cabestany y P. E. Schramm, Els primers comtes-reis, Ed. Vicens-Vives, 3ª edición, Barcelona, 1985, pág. 10.
  26.  Schramm, op.cit., pág. 11.
  27.  Schramm, pág. 13
  28. Guillermo Fatás Cabeza, «El escudo de Aragón», en Aragón, reino y corona, Gobierno de Aragón, Ayuntamiento de Madrid y Secretaría de Estado de Cultura, págs. 170-172. Catálogo de la exposición celebrada en el Centro Cultural de la Villa de Madrid del 4 de abril al 21 de mayo de 2000. ISBN 978-84-8324-084-7
  29.  Ernest Belenguer, «Aproximación a la historia de la Corona de Aragón», en Ernest Belenguer, Felipe V. Garín Llombart y Carmen Morte García, La Corona de Aragón. El poder y la imagen de la Edad Media a la Edad Moderna (siglos XII - XVIII), Sociedad Estatal para la Acción Cultural Exterior (SEACEX), Generalitat Valenciana y Ministerio de Cultura de España - Lunwerg, 2006, pág. 26. ISBN 84-9785-261-3
  30. Benito Vicente de Cuéllar, «Los "condes-reyes" de Barcelona y la "adquisición" del reino de Aragón por la dinastía bellónida», Hidalguía, vol. XLIII, n.º 252, 1995, págs. 619-632
  31.  Cfr. José Ángel Sesma Muñoz, La Corona de Aragón, Zaragoza, CAI (Colección Mariano de Pano y Ruata, 18), 2000. ISBN 84-95306-80-8:
    Ramón Berenguer se integraba en la familia Aragón, anteponiendo este linaje a su filiación anterior que, para sus sucesores, debía quedar siempre en un segundo lugar respecto a la dinastía aportada por la esposa. Ramiro II seguía conservando la dignidad real, aunque inmediatamente volvió a incorporarse al mundo monástico y tuvo escasas intervenciones políticas. El conde de Barcelona, como príncipe de Aragón, sin recibir nunca el título de rey pero sí con capacidad de ejercer la potestas regia, se hizo cargo del gobierno, a la espera de que Petronila alcanzase la edad requerida en el Derecho Canónico para consumarse el matrimonio.
    José Ángel Sesma Muñoz, op. cit., pág. 40.
  32.  Lapeña Paúl (2008), pág. 194.
  33.  Lapeña Paúl (2008), pág. 200:
    Continuó Ramiro utilizando el título de rey, e incluso así le mencionan las crónicas escritas en otros reinos [...]
  34.  Javier Leralta, Apodos reales: historia y leyenda de los motes regios, Madrid, Sílex (Serie Historia), 2008, pág. 78. ISBN 9788477372110:
    Ramiro II siguió ostentando el título de rey hasta su muerte
  35.  Cf. Ubieto Arteta (1987b:31) nota 1.
  36.  Alfonso García-Gallo, «El derecho de sucesión del trono en la Corona de Aragón», Anuario de Historia del Derecho Español, 36, 1966, pp. 5-187.
  37.  Luis García de Valdeavellano, Historia de España I. De los orígenes a la baja Edad Media. Segunda parte, Madrid, Revista de Occidente, 1963, págs. 208-212. D. L.: M. 15.535-63 (11).
  38.  Sepulcro de Ramiro II de Aragón.
  39.  Exhumación de los restos mortales de Ramiro II de Aragón el 18 de junio 2008.

Bibliografía

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