domingo, 7 de marzo de 2021

10 DE MARZO.

10 DE MARZO.

Dióse lectura a la siguiente carta que remitían los jurados de Gerona.

Als molt magnifichs e de gran providencia senyors los deputats e consell del General de Cathalunya.
Molt honorables magnifichs e de gran saviesa. Vuy demati havem reebuda dels jurats de la vila de Besalu una letra closa ab quens demanen homens ballesters e arnesos la qual cosa a nosaltres demanada axi promptament no es facil de suplir ni fer ne seria a nosaltres segons lo temps fahedor. La qual letra es del tenor seguent. Als molt magnifichs mossenyors los jurats de Gerona. Mossens molt magnifichs. La causa de la present es per quant los homens de remença gran gent venen ves aquesta vila han devallat Castellflorit alli havien lurs tencats los portals aquells per força han romputs. De llur venguda no fan sino tot mal. Lo sotzveguer lo jutge e hun de nosaltres lus (o los) son exits no sabem ques sera. E per que se diu ells desigen alguna força en aquesta terra tenir havem gran temor per aqueixa causa vinguen per haver aquesta vila. E car som pocha gent e poch armades pregam vos maximes savieses vos placia de continent trametrens e fer secos de aquells ballesters homens de vila que possible vos sera a fi que entre Deus e bones ajudes puixam dar bona raho de aquesta vila al Senyor Rey. Signantment afreturam de ballesters e aximateix de bombardes e spingardes que non tenim per poder nos defendre. Altra vegada hous (os; tos; us) pregam segons damunt car dema nos speram haver la conguixa. E sia Jhesus vostra guarda. De Baselu (Besalú) a VIII de març hora apres lo sol recullet. Si mossen veguer es aqui placiaus comunicarli aquest e per semblant scriurem a la Senyora Reyna si facultat haureu. A les vostres maximes savieses tots prests los jurats de Besalu. Perque senyors molt magnifichs e de gran providencia notificam vos lo dit fet a fi que vostres grans providencies proveesquen a la tuicio e defencio en la preinserta letra demanades e contengudes per aquelles vies que millor semblara a les vostres providencies del qual fet semblantment havem scrit e consultada ab lo dit mateix efecte la lllustrrssima Senyora la Senyora Reyna. La Trinitat increada sia en proteccio vostra. Scrita en Gerona dimarç a VIIII de març Mil CCCCLXII. - A. vostres ordinacions prests los jurats de Gerona.

Considerando todos que las conmociones de los remensas eran un mal ejemplo y muy perjudiciales para el Principado, pasóse a votación para ver el acuerdo que podrían tomar, votándose al propio tiempo la proposición de si los embajadores enviados a Castilla serían pagados desde el día en que se les avisase su regreso, hasta su entrada en esta ciudad; sobre lo que, dio antes que todos su voto el obispo de Vich en los siguientes términos.

Que los sis elegits per los diputats e consell e quatre per la ciutat de Barchinona decontinent se apleguen e vegen les coses e letres e noves que concurren dels fets dels pagesos de remença e apunten tot ço quels parra se dega fer per exequcio de les coses deliberades per los diputats e consell e per la ciutat de Barchinona a cinch del present mes de març e que ho refiren al consell. En lo fet dels cinch embaxadors dix que a son parer deurien haver la maytat. (meytat, meitat; mitad; mitat)

Examinada la votación, prevaleció el mencionado voto del señor obispo de Vich, y en consecuencia se tomó como acuerdo lo que en aquel se contiene.

6, 8 marzo, 1462

6 DE MARZO.

Se suscitó la duda de si las cartas que se habían redactado, días atrás, sobre el asunto de don Jofre de Castro habían de ser enviadas o no, en vista de los procesos que se habían recibido a instancia de mosen Rebolledo; y como el Patriarca observase que antes convenía examinar detenidamente los referidos procesos, pasóse a votación, y examinada, acordóse, en vista del mayor número de votos, que fuesen enviadas las cartas, no obstante los procesos recibidos, los cuales se podrían examinar maduramente entretanto; cuya resolución se hizo saber al Concejo de la ciudad, enviando a este objeto tres comisionados, que alcanzaron del mismo la oportuna aprobación.
En los demás asuntos no tomaron acuerdo alguno por falta de tiempo.

8 DE MARZO.

Se propuso que fuese acordada la contestación a la Señora Reina, para solicitarle que proveyera sobre la admisión o no admisión de los oficiales; y pasado a votación, tomóse el siguiente acuerdo.

Ço es que sia haguda nomina de la ciutat dels oficials que per ella son passats juxta les deliberacions del present consell que a la dita ciutat son stades reportades. E que de aquells tals sia significat per deputats a la Senyora Reyna esser passats per lo Principat e que los altres no son passats per lo dit Principat.

Antes de levantarse la sesión, el obispo de Vich, el conde de Pallars, mosen Arnaldo de Vilademany y mosen Jaime Ros requirieron a los Diputados, para que se llevase a efecto la deliberación tomada por el Consejo y la ciudad en el asunto de los remensas; a que contestaron que cumplirían en toda ocasión lo que tenían obligación de hacer.
En seguida el escribano del Concejo de la ciudad presentó la lista testimonial de los oficiales clasificados por dicha corporación, y en la que se marcaba cuales eran los admitidos y cuales los rechazados; e insiguiendo la deliberación en que se expresó que se notificara el resultado de dicha clasificación a la Señora Reina, los señores Diputados se la remitieron desde luego.

Lista de los oficiales que no se han tenido por odiosos ni sospechosos, relativamente al Principado de Cataluña.

Primo mossen Anthoni Crespa en ofici de algutzir.
Item lo honorable micer Francesch Merquilles en ofici de vicicanceller.
Item los honorables mosssen (tres s ya es demasiado) Galceran Oliver al ofici de tresorer e micer Johan Dusay al ofici de prothonotari.
Item los honorables En Pere Perello en ofici de secretari e micer Bergua en ofici de jutge de cort.

Lista de los oficiales odiosos y sospechosos en los oficios que se designan.

Primo lo reverendissimo archabisbe de Tarragona en ofici de canceller.
Item lo honorable En Phelip Albert en ofici de governador.
Item lo honorable micer Jaume Taranan (Taranau) en ofici de regent la cancellaria.
Item micer Anthoni Riquer en ofici de advocat fischal de la cort del veguer de Barchinona.
Item micer Ramon Soler en ofici de jutge de cort.

Reunido el Consejo en otra sesión, el mismo día, los Diputados, y con ellos los oidores de cuentas, manifestaron que desistían de la condición expresada en el acuerdo de cinco del presente mes sobre los remensas, y que daban por nula la referida condición y todas las demás que hubiese, adheriéndose en todo a lo que votaron las treinta y cinco personas que no habían aceptado dicho acuerdo; de lo que se levantó, en seguida, formal testimonio.
Dióse entrada, desde luego, al honorable Pedro de Sant Dionis, doncel, veguer de Gerona, el cual manifestó verbalmente, que las reuniones y movimientos de los remensas iban en aumento, pues con sus trompetas y tambores, en grupos de ciento, doscientos y hasta quinientos, se paseaban por todas partes, dando gritos contra sus señores, diciendo que les alanzearían si les exhigían derecho alguno; y que días pasados, le habían obligado en Besalú a que entregase a los síndicos que les representaban, un preso que tenía en la cárcel pública; de manera, que no pudiendo ponerse coto a tales desmanes, iba a manifestar a la señora Reina, como también manifestaba al Consejo, que, no teniendo el veguer bastante fuerza para contener, se hacía indispensable poner en aquel punto un oficial prehemiente (preeminente) y de mayor representación que el veguer, sobre todo descubriéndose en los revoltosos grande ánimo y disposición a procurar escándalos y entorpecimientos. En consecuencia, nombróse una comisión para que fuese a 
ver a la señora Reina, a fin de suplicarla que se sirviese proveer en el asunto de las remensas, conforme se había acordado por los Diputados y Consejo en la sesión del cinco.