LA CORONA DE ARAGÓN. CONTRA LA MANIPULACIÓN DE LA HISTORIA DE ARAGÓN Y CATALUÑA.
José Luis Corral Lafuente.
Lamentablemente, ultranacionalistas indocumentados o tergiversadores están empeñados en falsificar esta historia.
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https://es.wikipedia.org/wiki/Borja_(Zaragoza)
https://es.wikipedia.org/wiki/Ramiro_II_de_Arag%C3%B3n

Ramiro II de Aragón, apodado el Monje o el Rey Campana (24 de abril de 1086 - 16 de agosto de 1157), fue rey de Aragón entre 1134 y 1157. En la renuncia de Zaragoza se comprometió a desposar a su única hija, Petronila, cuando ésta tenía un año de edad, con el conde Ramón Berenguer IV de Barcelona en 1137 (los esponsales se firmaron en Barbastro el 11 de agosto de 1137), en quien delegó el poder de facto, abandonó el ejercicio de su cargo y se retiró a la vida eclesiástica que había llevado antes de su entronización.
Desde muy joven pasó su vida dedicado a la Iglesia, primero como monje en el monasterio francés de San Ponce de Tomeras, luego como abad de San Pedro el Viejo (Huesca) y, por último, como obispo de Roda.
Su hermano, el rey Alfonso I, legó sus reinos a las Órdenes Militares (es decir, a la orden de los Templarios, a los Sanjuanistas y a los caballeros del Santo Sepulcro de Jerusalén), pero nadie pensó en cumplir dicho testamento, y los nobles aragoneses, reunidos en Jaca, reconocieron a Ramiro como rey. Por su parte, los navarros eligieron a García el Restaurador.
Ramiro era por entonces obispo de Roda-Barbastro y se encontraba celebrando la Natividad de la Virgen en Tierrantona cuando recibió la noticia de la muerte de su hermano el día anterior, teniendo que ocupar el trono. Su coronación tuvo lugar en Zaragoza el 29 de septiembre de 1134.
El historiador Luis García de Valdeavellano señala acerca de la legitimidad de Ramiro II para acceder al trono aragonés:
Ramiro II era indudablemente el legítimo heredero del Reino; conforme al derecho navarro-aragonés, a él correspondía heredar los territorios tradicionales de Aragón, y Alfonso I sólo podía, en realidad, haber dispuesto libremente de las tierras ganadas, o sea de los "acapetos" o conquistas, constituídas [sic] por el "Regnum Caesaraugustanum" (Zaragoza, Calatayud, Daroca, etc.)
Valdeavellano, loc. cit, pág. 439.

Ramiro II gobernó como rey de Aragón, rey de Pamplona y conde de Sobrarbe y Ribagorza.
Los dos últimos eran antiguos condados unidos al Reino de Aragón en tiempos de Ramiro I.
A pesar de no tener experiencia política, sofocó con éxito varias revueltas durante su reinado, que mantuvo entre 1134 y 1157, siendo sucedido como reina en título (aunque sin potestad para ejercer el dominio, por su condición de mujer) por Petronila de Aragón, nacida del legítimo matrimonio de Ramiro con Inés de Poitou.
Petronila reinó entre 1157 y 1164, año en que esta abdicó en favor de su hijo Alfonso II, primer rey de la Corona de Aragón.
En el Reino de Aragón había varios bandos nobiliarios que luchaban por alcanzar mayores cotas de poder y de riqueza. Esos bandos se enfrentaron entre sí aprovechando el cambio de monarca. En una de esas disputas, Ramiro II estuvo a punto de perder el trono, por lo que tuvo que refugiarse en Besalú en 1135. El Rey Ramiro II fue a pedirle consejo a su antiguo abad, el cual le dijo que para solucionar los problemas en su reino debería arrancar las malas hierbas. A su vuelta el Rey Ramiro II dijo que iba a construir una campana lo suficientemente grande como para que se escuchara en todo su reino.
Los nobles que fueron a ver esa campana para reírse de él fueron hechos pasar uno a uno a una habitación donde fueron degollados.
Se cuenta que mientras les degollaba les iba diciendo "escucha, escucha, mira cómo se oyen las campanadas". Los nobles que degolló habían asaltado una caravana de musulmanes en tiempo de tregua. Esto hizo que sus enemigos en la corte desaparecieran por el temor que les infundió. Este hecho se conoce como la leyenda de la Campana de Huesca.
Documento de los acuerdos de esponsales de Barbastro, 11 de agosto de 1137. Según la traducción de Antonio Ubieto Arteta (1987b:144-145), y suprimidas las relaciones de villas y castillos donados e iglesias y monasterios que retenía, decía:
Yo Ramiro, hijo del rey Sancho, rey de los aragoneses, doy a ti Ramón, conde barcelonés, mi reino de Aragón, con mi hija, todo íntegramente, como lo dividió el rey Sancho el Mayor, abuelo de mi padre; y como lo dividí con el rey García Ramírez de los navarros, en Pamplona, exceptuadas las tenencias que el sobredicho rey Sancho [el Mayor] dio al rey Ramiro, mi abuelo, en Navarra [...] Esto te doy y concedo a los hijos de los hijos tuyos que fuesen de generación de mi hija, por los siglos de los siglos. Tú, en cambio, convienes conmigo, en palabra de verdad, y pones tus manos entre mis manos, que no enajenes, ni hagas enajenar, este reino que te doy, durante la vida de los hijos de mi hija. [...] Y que durante toda mi vida me tengas como padre y señor. [...] Aunque te entregue el reino, sin embargo, no renuncio a mi dignidad.

Mostró una gran preocupación por que la corona no quedara sin heredero. Después del fracaso en prohijar a García Ramírez de Pamplona, ya rey de los navarros, procuró obtener un heredero para el reino de Aragón. Para ello se casó el 13 de noviembre de 1135 en la catedral de Jaca con Inés de Poitou, una noble viuda francesa que había demostrado fertilidad en un primer matrimonio.
De este matrimonio nació la heredera, Petronila, el 11 de agosto de 1136. A finales de ese mismo año, el rey y su esposa se separaron. Inés se retiró entonces al monasterio de Santa María de Fontevrault, donde murió hacia el año 1159.
Durante este periodo se presionó desde el reino de León para intentar casar a su hija Petronila, con Alfonso VII de León o con su hijo Sancho el Deseado, a fin de unir las coronas de León y Aragón, imponiendo a Petronila el nombre de Urraca. Finalmente no se llevó a cabo este enlace y Ramiro prometió a su hija, con un año de edad, con Ramón Berenguer IV, conde de Barcelona. Los esponsales se firmaron en Barbastro el 11 de agosto de 1137. Las condiciones jurídicas para el acuerdo se establecieron con la conformidad de Ramiro el Monje y Ramón Berenguer IV. El contrato de esponsales se hizo jurídicamente efectivo en varios documentos. El documento de encomendación de hombres pactado entre Ramiro II y Ramón Berenguer en Barbastro, el 11 de agosto de 1137,7 la encomendación que el rey Ramiro hace a Ramón Berenguer sin data, seguramente en Barbastro, c. 11 de agosto de 1137,8 la confirmación de donaciones hechas por Ramiro II a Ramón Berenguer en el documento de esponsales dada en Ayerbe el 27 de agosto de 1137,9 y una confirmación complementaria de las donaciones de Ramiro II a Ramón Berenguer, dada en El Castellar, a 13 de noviembre de 1137;10 y sus cláusulas se reflejan y reafirman en dos documentos posteriores: el testamento que Petronila de Aragón hace a favor del hijo que iba a tener en 1152, en el momento del parto, dado cerca de Barcelona el 4 de abril de 115211 y la abdicación de la reina Petronila en favor de su hijo Alfonso hecha en Barcelona a 18 de junio de 1164.
Todavía en el siglo XVI el contrato de esponsales era conocido, como se muestra en los Anales de la Corona de Aragón de Jerónimo Zurita:
Presta juramento y homenaje el conde de Barcelona al rey. Lo que el rey se reservó en la donación. El conde prestó pleito homenaje que no ajenaría el reino [...] y que durante la vida del rey don Ramiro le ternía por señor. [...] Y dice que retenía su dignidad real.
En Barbastro concertó el rey el casamiento de su hija con el de Barcelona y el reino. El conde jura los fueros y los ricos hombres le prestan homenajes. Estaba el rey don Ramiro en Barbastro cuando se concertó lo deste matrimonio, y allí se otorgó el instrumento a once del mes de agosto del año de 1137. Y en él parece que dio al conde don Ramón Berenguer su hija por mujer con su reino cuanto se extendía y había sido poseído y adquirido por el rey don Sancho su padre y por los reyes don Pedro y don Alonso sus hermanos, quedando en su fuerza y vigor los fueros, usos y costumbres que en tiempo de sus predecesores tuvieron los aragoneses y se guardaban en el reino.
Queda el conde por rey en caso que muera su mujer sin hijos. Entonces le encomendó sus tierras y súbditos debajo de homenaje y juramento que guardarían fielmente la vida y cuerpo del conde sin ningún engaño y que lealmente le obedecerían, guardando la fidelidad que debían a su hija que era su señora natural, con tal condición: que en caso que ella muriese quedase el reino sujeto al conde sin contradicción alguna y le tuviese y poseyese después de la muerte del rey su suegro, el cual mientras viviese quedase por rey y señor y padre en el reino y en los estados y señoríos del conde de Barcelona hasta que le pluguiese.
El rey entrega a su yerno todo el reino y se retira del gobierno. Y en el mismo tiempo el rey don Ramiro su suegro junto a la ciudad dio sus cartas para todos los de su reino, mandando que de allí adelante los castillos y fortalezas que tenían en su nombre las tuviesen por el conde de Barcelona y le reconociesen y obedeciesen como a él en todo, con continua fidelidad. Y porque en ello no se pusiese duda hizo cesión de lo que se había retenido cuando le entregó su hija; declarando que el reino siempre le tuviese a su servicio y salva su fidelidad.
Jerónimo Zurita, Anales de la Corona de Aragón, vol. I, libro II.
A partir de la obra del historiador Antonio Ubieto, un sector de la historiografía actual interpreta que el matrimonio entre Ramón Berenguer IV y Petronila se celebró según los términos del casamiento en casa, una peculiaridad del derecho consuetudinario del Alto Aragón. Según esta interpretación, por este contrato de esponsales y su reflejo en la documentación posterior de Petronila; el marido se adscribe a la familia de la esposa, y es ella quien transmite la pertenencia al grupo familiar, junto con el patrimonio que hereda; el marido se somete formalmente a su suegro o al «Señor mayor» de la casa, y este, a cambio, le otorga la potestad sobre el solar familiar, pero reservándose su señorío tanto sobre los bienes del solar patrimonial como sobre los que aporta el marido. De este modo Ramón Berenguer desde 1137 «pasaba a ser un miembro más de la Casa de Aragón y de su linaje, a todos los efectos». Y consecuentemente la dinastía reinante empleará la designación «de Aragón», con extinción de la dinastía condal. La ampliación de lo otorgado del documento de El Castellar (13 de noviembre), que comenzaba recordando la entrega de Petronila junto a «la honor de mi reino», finalizaba el conjunto de documentos esponsalicios y Ramiro II cedía el ejercicio del gobierno aunque reservándose la fidelidad de su nuevo yerno («tenga todas las cosas a mi fidelidad, en todo tiempo»), y regresó a la vida eclesiástica. Tras dichos esponsales, en 1137, se daba inicio a lo que entre los siglos XII y XIV fue conocido como «Casal d'Aragó» y entre los siglos XIII y XV con variadas denominaciones (Corona regia, Corona del reino de Aragón, Corona de los Reyes de Aragón, Corona de Aragón) cuyo elemento común es ser el conjunto de tierras y gentes sometidas a la jurisdicción del Rey de Aragón.
En contra de la teoría del casamiento en casa aplicada a los esponsales de Ramón Berenguer IV y Petronila, el profesor J. Serrano Daura, en 1997, alega la ausencia de referencias a esta institución consuetudinaria del derecho aragonés antes del siglo XV, y que las cláusulas que fueron establecidas por Ramiro II sobre la sucesión a la corona de Aragón no se ajustan a las peculiaridades de esta institución, por lo que no sería trasladable a los pactos de 1137.
Sin embargo, en la monografía de 2008 sobre Ramiro II de Ana Isabel Lapeña Paúl, esta autora señala que esta institución consuetudinaria tenía antecedentes anteriores al pacto de esponsales de Petronila y Ramón Berenguer IV en el siglo XI con Ramiro I de Aragón y a comienzos del XII con Alfonso I el Batallador, y que si bien aún no había un corpus legislativo escrito al respecto, sí se pueden observar anteriormente las pautas de este acuerdo de esponsales en la sucesión real:
[...] nació una niña [Petronila] y ello variaba sustancialmente las soluciones que debían buscarse. Era la primera vez que la sucesión aragonesa quedaba solo en manos femeninas. No había leyes escritas al respecto, pero sí existían lo que pueden considerarse unas pautas para resolver la situación. Las había fijado [en 1059] el primer rey de Aragón [Ramiro I] en el primero de los dos testamentos que otorgó. [...] Solo en el caso de que se agotara la estirpe, y esto era lo que sucedía en este momento, se contaba con la mujer para transmitir la potestas regia, pero sin que la ejerciera, ya que esta pasaba al marido que se le eligiese, por ello era necesario buscarle consorte.
Ana Isabel Lapeña Paúl, Ramiro II de Aragón..., 2008, pág. 184.
Tampoco era algo nuevo para la monarquía aragonesa del siglo XII, la prueba está en que ya anteriormente se había estipulado algo similar cuando se pactó la boda de Alfonso I y Urraca de Castilla. En diciembre de 1109 se otorgaron dos documentos que lo reflejan. El primero es la "carta de arras" del Batallador a su esposa, en el que, además de la entrega de varios castillos y bienes, se estipuló lo siguiente: «convengo contigo que si Dios omnipotente me diese un hijo de ti, y yo muriese y tu me sobrevives, que tú y mi hijo tengáis todas mis tierras que hoy tengo y en el futuro conquiste con ayuda de Dios [...] Que si no tuviese hijo de ti y me sobrevives, que sea para ti toda mi tierra, y que la tengas ingenua y libre, como propia heredad, para hacer allí tu voluntad después de mis días»
Ana Isabel Lapeña Paúl, Ramiro II de Aragón..., 2008, pág. 192.
Por su parte, Percy E. Schramm considera que la relación entre Ramiro II y Ramón Berenguer IV a raíz del documento de esponsales de agosto de 1137 «quedaba sujeta a las condiciones consuetudinarias del juramento de fidelidad». La donatio inicial de Ramiro fue ampliada con un donativum, por el cual se anulaban las donaciones hechas hasta entonces y el rey prometía al conde no realizar ninguna otra donación sin su consentimiento. Esto es interpretado por Schramm como una exigencia de Ramón Berenguer IV ante las concesiones hechas por Ramiro al rey de Navarra. Finalmente, el documento de noviembre muestra el deseo definitivo del rey Ramiro de volver al monasterio, por lo que declara «por libre voluntad» que sus vasallos pasan a depender de Ramón Berenguer y que le habrán de obedecer a partir de entonces como su rey (tanquam regi). No obstante, Schramm entiende que Ramón Berenguer pudo haber adoptado el título de rey, pero no lo hizo, inicialmente por respeto a la Iglesia, pues aún no se había resuelto el problema de la liquidación del testamento de Alfonso el Batallador, pero también porque sólo le interesaba el poder efectivo y no quería ofender la sensibilidad de sus nuevos súbditos, por lo que prefirió mantener la ficción de que el rey monje sería sucedido por su hija y que la dignidad real no pasaría a la nueva dinastía hasta la siguiente generación.
Guillermo Fatás Cabeza entiende que la Casa de Aragón, contra lo que sostiene una opinión muy extendida, no se extingue ni es «absorbida por la Casa de Barcelona» tras los esponsales del conde barcelonés y la reina de Aragón. Considera esta hipótesis «un error de bulto» y señala que «lo prueban a entera satisfacción» las propias afirmaciones de los reyes de Aragón de que este era el apellido de su linaje, el uso de dicho apellido como grito de guerra o aclamación por parte de los súbditos reales en todas las lenguas de la Corona, las condiciones establecidas en los varios documentos de los esponsales reiteradamente convertidas en «realidad actuante» y la «pervivencia jurídica y formal del linaje titular de las Barras de Aragón», lo cual supone un «conjunto de realidades» de coherencia «absoluta y compacta», y añade sobre los esponsales que:
El primer pacto concertado entre la Casa de Aragón y la de Barcelona lo llevan a cabo el rey Ramiro II y el conde Ramón Berenguer IV. Convienen que la hija del primero, Peronela o Petronila, cuando tenga edad núbil casará con el segundo. Se verifica, así, un matrimonio con la doble singularidad de tratarse de matrimonio desigual (entre reina y conde que, además, es vasallo del rey de Francia) y del que el Derecho aragonés llama "matrimonio en casa". Por ambas razones, para asumir como propio un linaje superior, el varón que se desposa renuncia al suyo. Se convierte con ello en miembro de la casa de su mujer, titular de los derechos, y en administrador de la misma aunque sujeto a la autoridad del varón mayor de su nueva casa si lo hubiere. Por ello consigna cuidadosamente Ramiro que tras los esponsales seguirá él siendo "rex, dominus et pater in prephato regno et in totis comitatibus tuis dum mihi placuerit". Ramón acepta por rey, señor y padre al señor mayor de la Casa de Aragón (así era en Derecho de Aragón), tanto en Aragón como en los condados de su casa de origen, sin limitación ninguna ("según plazca" a Ramiro). La fórmula es clara y precisamente la que cabía esperar. Es, pues, absurdo postular la extinción de una Casa cuando la documentación conservada, tan congruente con lo sucedido, se elabora justamente para afianzar sin dudas la supervivencia de la misma. El nuevo miembro de la Casa de Aragón no tendrá la nuda propiedad ni la titularidad de los derechos de la Casa, salvo que se extingan el señor mayor, la heredera y futura reina y los hijos que ésta pueda tener. Sólo en tal caso podrá el nuevo hijo, súbdito y vasallo, ser el señor mayor. Lo que no sucedió. El matrimonio pactado en 1137 tuvo verificación en 1150 e hijos a partir de 1152. En todas las ocasiones importantes, muerto ya Ramiro, Petronila consignó de forma solemne y ante testigos de notoriedad, estas circunstancias y condiciones, que se cumplieron sin excepción. Lo hizo en 1152, a punto de dar a luz a su primer vástago ("in partu laborans"), y en 1167 [sic pro 1164], cuando cedió sus derechos a su hijo, Alfonso II, primero quien fue señor mayor de la Casa de Aragón con inclusión de los bienes y jurisdicciones aportados por su padre, quien no se tituló nunca sino "princeps" mientras su esposa fue siempre y en toda ocasión "regina", como el hijo de ambos fue "rex". El archivo de los reyes, solícitamente formado y custodiado, conserva todas estas piezas auténticas de sencilla interpretación.
Fatás Cabeza (2000), págs. 170-172.
Según Ernest Belenguer las capitulaciones matrimoniales de Barbastro de 1137 se ajustaban al derecho del Reino de Aragón, que vetaba ejercer el poder a la mujer pero no poseer la titularidad del reino ni la transmisión de este. Añade el catedrático de la Universidad de Barcelona que «el "matrimonio en casa" aseguraba —pasara lo que pasara— el mantenimiento del reino». Si, muerto el rey Ramiro, también su hija Petronila muriera sin llegar a la mayoría de edad, el acuerdo de 1137 otorgaba a Ramón Berenguer «la transmisión del poder real casara con quien casara después». Sin embargo ese supuesto no llegó a darse, pues Ramón Berenguer falleció antes que su esposa. En todo caso el rey Ramiro buscó para el mantenimiento de su reino una unión dinástica con una de las potencias vecinas más fuertes, la que poseía el conde de Barcelona, que «jamás fue rey de Aragón porque Ramiro II mantuvo su privilegio de honor hasta su muerte, aunque cediera la potestad del mando». Así, continúa el historiador valenciano, «Ramón Berenguer IV fue príncipe de Aragón y como tal se le juró fidelidad por los aragoneses al tiempo que la mayoría de edad de Petronila y su paso a mujer facilitó la consumación del matrimonio», lo que sucedería con la boda de Lérida de 1150.
El papel de Ramón Berenguer IV a partir de los esponsales de 1137 fue el de administrador de la Casa de Aragón como regente del Reino de Aragón, y en la documentación se intituló princeps y dominador, pero nunca rey. Fue Ramiro II quien siguió siendo «señor, padre y rey» como reza la documentación aducida («Y yo predicho Ramiro sea rey, señor y padre en el citado reino y en todos tus condados mientras me plazca» e «in tota vita mea teneas me sicut patrem et dominum» 'en toda mi vi vida me tengas como padre y señor'), y ostentando el título de Rey de Aragón hasta su muerte en 1157, con lo que Ramón Berenguer IV se integraba en la Casa de Aragón al ser pactadas sus capitulaciones matrimoniales de acuerdo a las instituciones jurídicas del derecho aragonés, y dando lugar, tras el reinado de Ramiro II, a que la reina fuera su hija Petronila, hasta que el 18 de junio de 1164 esta abdica en favor de Alfonso II, transcurridos dos años desde la muerte de su marido.
Frente a historiadores que, con Antonio Ubieto a la cabeza, interpretan el proceso sucesorio que dio origen a la Corona de Aragón con base en el derecho del reino de Aragón estricto, hay un sector de la historiografía que, siguiendo a Alfonso García-Gallo, en su artículo de 1966 «El derecho de sucesión del trono en la Corona de Aragón» hace un análisis muy diferente del mismo:
El célebre historiador castellano, García Gallo, estudioso del Derecho sucesorio en la Corona de Aragón, no tiene la menor duda de que el documento de 1137 es una donación de hija y reino, por parte de Ramiro II —que no tiene «deseos de conservar» el trono, más bien está «deseoso de desembarazarse del Reino»—, al Conde de Barcelona. Es tajante cuando dice que «no se trata de una escritura matrimonial, en virtud de la cual el marido adquiera los derechos de la mujer, ni de la promesa o entrega de una dote; sino [...] de la elección de un marido y de la entrega del poder directamente a éste. En la escritura no hay ni una sola frase de la que pueda inducirse que Petronila es la titular del poder que ejerce su marido o que en alguna parte se reserva. Salvo la fidelidad debida a Ramiro II y a su hija, los aragoneses quedan bajo la autoridad y obediencia de Ramón Berenguer. La condición jurídica de éste no se basa en que él es el marido [...] sino en una donación; por ello se prevé que aun disuelto el matrimonio por muerte de Petronila, Ramón Berenguer conserve el Reino de Aragón libre e inmutablemente». Constata también, refiriéndose a Petronila, que «desde el momento mismo en que muere su marido, Ramón Berenguer IV, y aunque éste no haya usado el título de Rey, su hijo Alfonso II se titula ya Rey de Aragón en vida de su madre. Lo cual indica que el regnum, es decir, el poder de reinar lo hereda de su padre —al que se lo había concedido Ramiro II— y no de su madre».
Armand de Fluvià, «De oro, cuatro palos de gules, escudo de los Condes de Barcelona», Hidalguía, vol. XLIV, n.º 256/257, 1996, pág. 460-461. ISSN 0018-1285
En el mes de agosto de 1150 se celebró la boda del conde Ramón Berenguer y Petronila en Lérida, al adquirir ella la edad canónica de 14 años permitida por la iglesia para consumar el matrimonio, si bien las consecuencias jurídicas del matrimonio altomedieval tenían efecto en los esponsales,37 es decir, en el caso del enlace entre Ramón Berenguer IV y Petronila de Aragón, en 1137.
Parece que desde fines de 1137 los días de don Ramiro transcurrieron entre el Monasterio de San Pedro el Viejo y su posesión de San Úrbez de Sarrablo (Nocito). Murió en Huesca el 16 de agosto de 1157 y sus restos fueron dispuestos en un sarcófago romano del siglo II o III en la capilla de San Bartolomé de San Pedro el Viejo de dicha ciudad.
Este matrimonio uxorial hace que el marido se integre en la Casa, se adscriba al grupo familiar de la esposa, y quede sometido a la autoridad del donante o Señor Mayor de la Casa, quien pasa a ser padre y Señor también del marido y de lo este tiene o aporta. Por ello Ramón Berenguer, pasó a ser un miembro más de la Casa de Aragón y de su linaje con extinción del propio. Con ello se inicia en su hijo y sucesor, Alfonso, la Casa de Aragón-Barcelona.
La Corona de Aragón comienza a existir en 1137, con los esponsales de la infantil infanta doña Petronila, hija y heredera del rey Ramiro II de Aragón, con el conde de Barcelona, Ramón Berenguer IV
Entre los siglos XII y XIV, la documentación poco habla de Corona de Aragón y más del Casal d'Aragó, si bien la expresión de Corona de Aragón ya se observa con Jaime el Justo, prevaleciendo así el título jerárquico del reino por delante del de condado y principado.Belenguer, Garín Llombart y Carmen Morte, «La expansión: el Casal d'Aragó (1213-1412) / L'expansió: el Casal d'Aragó (1213-1412)», op. cit. 2006.
Ramón Berenguer se integraba en la familia Aragón, anteponiendo este linaje a su filiación anterior que, para sus sucesores, debía quedar siempre en un segundo lugar respecto a la dinastía aportada por la esposa. Ramiro II seguía conservando la dignidad real, aunque inmediatamente volvió a incorporarse al mundo monástico y tuvo escasas intervenciones políticas. El conde de Barcelona, como príncipe de Aragón, sin recibir nunca el título de rey pero sí con capacidad de ejercer la potestas regia, se hizo cargo del gobierno, a la espera de que Petronila alcanzase la edad requerida en el Derecho Canónico para consumarse el matrimonio.José Ángel Sesma Muñoz, op. cit., pág. 40.
Continuó Ramiro utilizando el título de rey, e incluso así le mencionan las crónicas escritas en otros reinos [...]
Ramiro II siguió ostentando el título de rey hasta su muerte
Bibliografía
130. JAIME II ELIGE ESPOSA (1314) (SIGLO XIV).
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| Consejo de nobles presidido por Jaime II de Aragón. |
Jaime II, que había sido rey de Sicilia antes de acceder al trono de Aragón, se había casado con Blanca de Anjou, hija mayor de Carlos II de Nápoles, con la que había tenido varios hijos, entre ellos quien sería el heredero de la corona, Alfonso IV.
Pero muerta doña Blanca en 1310, parece que el rey Jaime II estuvo dispuesto a consolarse pronto de su viudez, pues al año siguiente envió embajadores suyos a pedir la mano de una cualquiera de las dos hijas, María o Eloísa, del rey de Chipre, Hugo de Lusignan.
Los dos emisarios, una vez puestos en camino para tratar de cumplir encargo tan delicado por parte del rey, pensaron que en lugar de solicitar la mano de «una cualquiera» de las dos hermanas era preferible conocerlas primero y elegir después aquella que mejor les pareciera. Para ello tuvieron que pasar algunos días en torno a la corte chipriota y con el mayor disimulo fueron estudiando, hasta donde podían llegar sin levantar sospechas, el comportamiento de ambas infantas, acabando por decidirse por la más pequeña, llamada Eloísa.
Una vez adoptada la decisión, solicitaron audiencia al rey chipriota al que confesaron sus verdaderas intenciones y le pidieron la mano de Eloísa, la hermana menor, para unirla en matrimonio nada menos que a Jaime II de Aragón, señor del Mediterráneo. Hugo, al saber que era para ceñir la corona de Aragón, les convenció para que se decantaran por la mayor, María, que era la heredera del trono de Chipre y de Jerusalén, y a la que no le faltaban virtudes.
Cambiaron impresiones los dos embajadores aragoneses entre sí y, ante las razones tanto personales como políticas argumentadas por el rey chipriota, accedieron gustosos al cambio, regresando a Barcelona en junio de 1313. Un año después llegó a Gerona procedente de Chipre María de Lusignan, tras varios días de navegación. Allí mismo se verificó el enlace y la coronación de la nueva reina de Aragón, que desgraciadamente habría de morir, sin haberle dado sucesión a don Jaime, en Tortosa, pocos años más tarde, en 1321, fatal desenlace que motivó aún un tercer matrimonio del monarca, entonces con doña Elisenda de Moncada.
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| Sepulcro de la reina María de Chipre, esposa de Jaime II de Aragón, en la Catedral de Barcelona. |
[Sánchez Pérez, José Augusto, El Reino de Aragón, págs. 193-194.]
http://www.enciclopedia-aragonesa.com/voz.asp?voz_id=11344
http://worldcat.org/identities/lccn-n84805690
https://es.wikipedia.org/wiki/Mar%C3%ADa_de_Chipre
María de Chipre o María de Lusignan (1279 - Tortosa, 1319), princesa de Chipre y reina consorte de Aragón entre 1315 y 1319 por su matrimonio con Jaime II de Aragón.
Hija de Hugo III, rey de Chipre y de Jerusalén y de Isabel de Ibelín. Era nieta por vía paterna de Enrique de Poitiers e Isabel de Lusignan y por vía materna de Guido de Ibelín y Felipa de Berlais. Hermana del senescal de Chipre Felipe de Ibelín.
El 15 de junio de 1315 contrajo matrimonio por poderes con Jaime II en la catedral de Santa Sofía de Nicosia y en persona el 27 de noviembre del mismo año en la catedral de Gerona. No tuvo descendencia.
Falleció el mes de septiembre de 1319 en Tortosa.
A la muerte de la reina, su cadáver recibió sepultura en el Convento de San Francisco de Barcelona, donde a lo largo de la Edad Media recibieron sepultura numerosos miembros de la familia real aragonesa, como el rey Alfonso III el Liberal. Allí permaneció sepultado el cadáver de la esposa de Pedro III durante varios siglos, hasta que en 1835 el Convento de San Francisco fue demolido, y la mayoría de los restos de las personas reales allí sepultadas, incluyendo a la reina María de Chipre, fueron trasladados a la Catedral de Barcelona.
En el siglo XX, los restos de la reina fueron colocados en un sepulcro, en el lado izquierdo del Altar Mayor de la Catedral de Barcelona, en el que también se encuentran los restos mortales de otras dos reinas de Aragón, la reina Constanza de Sicilia, esposa de Pedro III el Grande, y la reina Sibila de Fortiá, cuarta esposa de Pedro IV el Ceremonioso. En el mismo sepulcro también descansan los restos de la reina Leonor de Aragón, reina de Chipre por su matrimonio con Pedro I de Chipre, y nieta de Jaime II de Aragón. Los sepulcros, en los que los restos de las reinas fueron depositados en 1998, fueron realizados por el artista español y catalán Frederic Marès.
Arco y Garay, Ricardo del (1945). Sepulcros de la Casa Real de Aragón. Madrid: Instituto Jerónimo Zurita. Consejo Superior de Investigaciones Científicas. OCLC 11818414.
https://www.worldcat.org/oclc/11818414
https://es.wikipedia.org/wiki/Jaime_II_de_Arag%C3%B3n
Jaime II de Aragón, el Justo (Valencia, 10 de abril de 1267– Barcelona, 2 de noviembre de 1327) fue rey de Aragón, de Valencia y conde de Barcelona entre 1291 y su muerte, y rey de Sicilia entre 1285 y 1302. Ostentó los títulos honoríficos de Portaestandarte, Almirante y Capitán General de la Santa Iglesia Católica.
Segundo hijo de Pedro III y de su esposa Constanza II de Sicilia, de su madre heredó el reino de Sicilia en 1285. Derrotó a su competidor Carlos de Anjou, cuyas fuerzas navales fueron deshechas en más de un encuentro por el almirante Roger de Lauria, nacido en la Basilicata italiana y al servicio de Jaime II. Conquistó parte de Calabria y las islas del golfo de Nápoles.
https://www.academia.edu/34154582/LENGUA_NAPOLITANA_NAPULITANO_UNA_ACADEMIA_POR_UN_PATRIMONIO_DE_LA_HUMANIDAD
https://www.youtube.com/watch?v=6IAq2QWik-k
En 1291 recibió también la Corona de Aragón, al morir sin descendencia su hermano Alfonso III, y se alió con el rey de Castilla con una alianza matrimonial casándose con la hija de éste Isabel de Castilla. Dicha unión fue solo civil al ser frustrada por el Papa a causa de la consanguinidad de los prometidos. No tuvo descendencia dicho matrimonio dado que no llegó a consumarse; la novia en el momento de la boda tenía ocho años de edad. Tras la muerte de su suegro, el rey Sancho IV de Castilla en 1295, este primer matrimonio del monarca aragonés quedó definitivamente anulado.
Intentó obtener una alianza con el sultán Khalil en 1292, pero al disminuir las amenazas exteriores, la dejó sin ratificar.
En 1296 iniciaría una contienda con Castilla, aprovechando la minoría de edad de Fernando IV y los conflictos entre sus regentes, sin declaración de guerra, para conquistar el Reino de Murcia. / Jaime I lo conquistó y lo entregó a Castilla, a su yerno Alonso o Alfonso X el sabio, casado con Violante de Aragón / Alicante sería la primera ciudad en caer en el mes de abril, y tras ella Elche, Orihuela, Guardamar del Segura y Murcia. En 1298 tomaría Alhama de Murcia y Cartagena y el 21 de diciembre de 1300 finalizaba la contienda con la conquista de Lorca. Por la Sentencia Arbitral de Torrellas (1304) y el Tratado de Elche (1305) se firmaría la paz con Castilla, devolviéndole la mayor parte del Reino de Murcia a excepción de los territorios al norte del río Segura, quedando las comarcas de Alicante, Orihuela y Elche en posesión del Reino de Valencia.
Su dominio sobre Sicilia había sido contestado por el Papado y los Anjou, por lo que Jaime se avino finalmente a ceder la isla al papa a cambio de los derechos sobre Córcega y Cerdeña y la cesión de la isla de Menorca a Jaime II de Mallorca, por el Tratado de Anagni (1295). Sin embargo, su hermano menor Fadrique o Federico, al que había nombrado gobernador de Sicilia, se negó a abandonar el dominio de la isla y resistió eficazmente la campaña militar de Jaime II para arrebatársela aunque finalmente fue derrotado en 1299. Ese mismo año se reforzó el pacto mediante la boda de Jaime II con Blanca de Anjou, hija de Carlos de Anjou.
Federico fue reconocido como rey de Sicilia por la paz de Caltabellota (1302).
Terminada aquella contienda, Jaime conquistó Cerdeña (1323-1325), que quedó así incorporada a la Corona de Aragón, a pesar de la oposición de Génova y Pisa y de múltiples rebeliones locales posteriores.
repartimiento Cerdeña, compartiment Sardenya
Esta política de expansión en el Mediterráneo se completó con un acuerdo con Castilla para repartirse las respectivas zonas de influencia en el norte de África. Para ello selló una alianza con Sancho IV, las (Vistas de Monteagudo, 1291), quien ayudó a la Corona de Aragón a intensificar su presencia en Túnez, Bugía y Tremecén a cambio del correspondiente apoyo contra los franceses.
Jaime II organizó también una expedición a Oriente bajo el mando de Roger de Flor, concebida para librar al reino de la presencia de las peligrosas compañías militares conocidas como los «almogávares» (1302).
Intentó rescatar a los templarios peninsulares (especialmente a fray Dalmau de Rocabertí, submariscal de la orden) caídos en la expugnación de la isla y fortaleza de Arwad (septiembre de 1302). Para ello, envió una serie de embajadas, las primeras (1304-1305 y 1306-1307) llevadas a cabo por Eymeric de Usall, que llegó a traer consigo a Barcelona al "ustadar" (una especie de primer ministro de temas económicos y militares en Egipto)
Fakhr al-Dihn. Consiguió su libertad en 1315, y fray Dalmau murió en 1326 en el Monasterio de Santa María de Vilabertrán. Otras embajadas de don Jaime pidieron, sin éxito, el Santo Grial y el Lignum Crucis al sultán Muhammad al-Nasir.
En 1312 Felipe IV de Francia conmina a Jaime II a extinguir la Orden del Temple en su Reino, pero no teniendo queja el Rey Aragonés del comportamiento de los Templarios, (recordemos que Alfonso I el Batallador les había legado en testamento todo el Reino, aunque finalmente no prosperó dicha cesión), se niega en principio a actuar contra ellos, aunque instado a ello por el Papa, no tiene más remedio que prenderlos, si bien no los condena sin la celebración de juicio previo, resultado del cual se les declara inocentes en los términos que expresa el acta del mismo:
“Por lo que, por definitiva sentencia, todos y cada uno de ellos fueron absueltos de todos los delitos, errores e imposturas de que eran acusados, y se mandó que nadie se atreviese a infamarlos, por cuanto en la averiguación hecha por el concilio fueron hallados libres de toda mala sospecha: cuya sentencia fue leída en la capilla de Corpus-Christi del claustro de la iglesia metropolitana en el día 4 de noviembre de dicho año de 1312 por Arnaldo Gascón, canónigo de Barcelona, estando presentes nuestro arzobispo y los demás prelados que componían el concilio”.
Jaime II dio su apoyo a las propuestas de fray Ramon Lull sobre la recuperación de Tierra Santa (proyecto Rex Bellator). Su hijo primogénito, el infante don Jaime, renunció a la corona y vistió el hábito blanco con la cruz roja, seguramente con la esperanza de llegar a ser «la espada de la cristiandad».
También la fracasada cruzada de Almería en 1309, a la que ayudó Arnau de Vilanova con sus consejos de sanidad y medicina, se enmarca, junto con la fugaz toma de Ceuta, en la estrategia de Lull del libro De Fine (1305).
Con respecto a su política peninsular:
En las cortes de Zaragoza de 1301 Jaime II de Aragón dictaminó que Ribagorza pertenecía a Aragón y que sus límites estaban en la clamor de Almacellas. Aunque en las cortes de Barcelona de 1305 se protestó esta situación, Jaime II el Justo, tras pedir un informe al Justicia Jimeno Pérez de Salanova, confirmó que Ribagorza se incluía en Aragón.
Consolidó la Corona de Aragón al declarar la unión indisoluble entre los reinos de Aragón y Valencia y el condado de Barcelona (1319).
Obtuvo el vasallaje de los reyes de Mallorca (miembros de la casa real aragonesa).
Recuperó el Valle de Arán.
Reforzó la posición de la Corona sometiendo a la nobleza con el apoyo de las ciudades.
Hizo avanzar la frontera del reino de Valencia a costa del de Murcia, aprovechando la intervención en las disputas sucesorias castellanas (1304).
Reforzó la defensa del flanco sur frente a los musulmanes creando para ello la orden militar de Montesa (1317), aprobada por el papa Juan XXII en 1317, con el fin de luchar contra los musulmanes.
Fundó en 1300 la Universidad de Lérida y en 1305 el Consejo (actual Senado) en Crevillente.
Dirige el fracasado asedio a Almería en 1309.
Al final de su reinado, en 1325, las Cortes reunidas en Zaragoza acordaron la supresión del tormento.
En su testamento otorgado en Barcelona el 28 de mayo de 1327, Jaime II ordenó la erección de la tumba de su padre, el rey Pedro, al mismo tiempo que disponía la creación de la suya y de su segunda esposa, Blanca de Anjou, fallecida en 1310. Se dispuso que los sepulcros se hallaran cobijados, como así se hizo, bajo baldaquinos labrados en mármol blanco procedente de las canteras de San Feliu, cerca de Gerona. Cuando el rey Jaime II dispuso la creación de su propio sepulcro, tomó como modelo el sepulcro de su padre.
En el mausoleo de Jaime y Blanca, ejecutado por Bertrán Riquer entre 1313 y 1315, ambos difuntos tienen estatua yacente sobre sus sepulcros, labradas en mármol, a diferencia del de Pedro III.
Rey y reina aparecen vestidos con el hábito cisterciense. Cada una de las efigies de los monarcas ocupa todo el plano en declive que forma la cubierta del sepulcro, ejecutada en mármol, que cubre la urna de alabastro donde se encuentran los restos de los monarcas.
El epitafio del rey Jaime II se halla enfrente de su sepulcro y dice así:
HONORATUR HAC TUMBA QUI SIMPLICITATE COLUMBA
EST IMITATUS REX JACOBUS HIC TUMULATUS,
REX ARAGONENSIS COMES ET DUX BARCINONENSIS,
MAYORICENSIS REX NEC NON CICILIENSIS:
MORIBUS ET VITA CONSORS SUA BLANCA MUNITA,
ILLUSTRI NATA CARULO SIMUL HIC TUMULATA.
NEC FUIT HIC SEGNIS IN SUBDENDIS SIBI REGNIS,
SUBDITA SUNT JAMQUE SIBI MURCIA SARDINIAQUE,
FLORUIT HIC QUINQUE REGNIS TEMPUS UTRIUMQUE,
RESTITUIT GRATIS TRIA JUS SERVANS DEITATIS,
HIC HUMILIS CORDE PECCATI MUNDUS A SORDE,
MISERICORS MUNDUS ANIMO SERMONE FACUNDUS,
JUDICIS JUSTUS ARMIS BELLOQUE ROBUSTUS,
LAETUS NON MAESTUS VULTU MITISQUE MODESTUS,
DICI PACIFICUS MERUIT QUIA PACIS AMICUS,
REGNA TENET COELI DOMINO TESTANTE FIDELI,
CUM SE COLLEGIT HABITUM CISTERCIENSEM PRAE ELEGIT,
QUI CUNCTA REGIT PARCAT QUAE NESCIUS EGIT.
DEFECIT MEMBRIS SECUNDA NOCTE NOVEMBRIS,
ANNO MILLENO CENTUM TER BIS QUOQUE DENO
SEPTENOQUE PIA SIBI SISTAT DEXTERA VIRGO MARIA. AMEN.
En diciembre de 1835, durante la Primera Guerra Carlista, tropas gubernamentales integradas por la Legión Extranjera Francesa (procedente de Argelia) y varias compañías de migueletes se alojaron en el Monasterio de Santes Creus, causando numerosos destrozos en el mismo, profanando las tumbas reales de Jaime II y su esposa y quemando sus restos, aunque parece que algunos permanecieron en el sepulcro. La momia de la reina Blanca fue arrojada a un pozo de donde fue sacada en 1854. El sepulcro de Pedro III, a causa de la solidez de la urna de pórfido utilizada para albergar los regios despojos, impidió que sus restos corrieran igual suerte.
Elaboró una política de enlaces matrimoniales con la familia real castellana, pero no dio los resultados esperados. La hija de Sancho IV formaba parte del trato y, pese a sus ocho años de edad, fue enviada a Aragón para ser casada con Jaime II, pero tres años más tarde fue devuelta a Castilla, pues el papa Bonifacio VIII no concedió la dispensa matrimonial.
Se casó cuatro veces: con Isabel de Castilla, Blanca de Anjou, María de Chipre y Elisenda de Moncada. Sólo tuvo descendencia con su segunda esposa, Blanca de Anjou, naciendo diez hijos de dicho matrimonio:
Jaime de Aragón (1296-1334), que renunció a sus derechos reales después de su matrimonio con Leonor de Castilla para ingresar en la Orden de San Juan de Jerusalén.
Alfonso IV de Aragón (1299-1336), rey de Aragón, rey de Valencia y conde de Barcelona.
María de Aragón (1299-1347), casada con Pedro de Castilla y, después de enviudar, monja en el Monasterio de Santa María de Sigena.
Constanza de Aragón (1300-1327), casada con Don Juan Manuel.
Blanca de Aragón (c. 1301-1348), monja y priora en el Monasterio de Santa María de Sigena.
Isabel de Aragón (1302-1330), que casó en 1315 con Federico I de Austria.
Juan de Aragón (1304-1334), arzobispo de Toledo, de Tarragona y patriarca de Alejandría.
Pedro IV de Ribagorza (1305-1381), conde de Ribagorza, de Ampurias y de Prades.
Ramón Berenguer I de Ampurias (1308-1364), conde de Prades y señor de la Villa de Elche.
Violante de Aragón (1310-1353), casada con Felipe, déspota de Romania e hijo de Felipe I de Tarento, y posteriormente con Lope Ferrench de Luna, primer conde de Luna.