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domingo, 26 de julio de 2020

Capítulo LVIII, Álvaro de Cabrera, XV conde de Urgel

CAPÍTULO LVIII.

De don Álvaro de Cabrera, XV conde de Urgel y vizconde de Ager.
Venida de don Álvaro, y como por muerte de su hermano heredó su padre. - Del pleito que se movió entre el conde don Álvaro doña Constanza, su mujer, sobre la validez de su matrimonio.- De lo que hizo doña Cecilia de Foix, después que el conde volvió con doña Constanza de Moncada; y de lo que declararon los obispos de Francia.

Armengol, hijo mayor y primogénito de Ponce de Cabrera, conde de Urgel, murió pocos días después de los * su padre, y un sepulcro muy bien labrado, que está en * iglesia mayor de Castellón de Farfanya, al lado del *evangelio, con un simulacro de un niño encima de él, con * armas de Urgel, dicen ser suyo. La breve vida de * Armengol es ocasión que todos los escritores lo dejan * aunque fue señor del condado de Urgel y heredero del *padre, pero no gobernó, impedido por su menor edad: *durante esta, y por ser ya muerto Guerau de Cabrera, vizconde Cabrera, hermano de Ponce y tío de estos, Jaime de Cervera, caballero muy principal de Cataluña, cuidaba de to* y por sustitución hecha por el padre en favor de Álvaro * sucedió en el condado. Llamábase antes Rodrigo, y d* este nombre; mas aunque según el testamento del padre se * bía de llamar Armengol, porque quiso que cualquier de * hijos o nietos que llegase a ser conde de Urgel hubiera de * el nombre de Armengol, no obstante esto, se quedó con el * Álvaro, y así le hallo nombrado en todos los autos y memorias quedan de él. Nació en Castilla en el mes de *marzo del año 1239 en unas casas junto al monasterio de las Huelgas de Burgos, y fue bautizado en el dicho monasterio, y padrinas dos reinas, Juana, mujer de Fernando el Santo, rey de Castilla, y Leonor, mujer que fue de don Jaime, rey de Aragón (Jaime I). Crióse en aquellos reinos y al lado de don Rodrigo González de Girón, hermano de la condesa doña María, su madre, y heredó gran parte del estado de don Fernández de Castro, que fue bisabuelo suyo, por no haber quedado sucesión de don Fernán Ruiz de Castro, ni de doña Leonor Rodríguez, que también eran bisnietos de dicho don Pedro: vivió allá hasta edad de siete u ocho años, que le llevaron a Cataluña, por haber muerto su hermano; y hasta el año de 1253 no gozó las rentas del condado de Urgel, ni vizcondado de Ager, por lo que queda dicho arriba: acabado este tiempo, y siendo de edad de poco más de catorce años, casó con doña Constanza de Moncada, hija de don Pedro de Moncada y de doña Cecilia, su mujer. Fue este don Pedro hijo de don Guillen de Moncada y de doña Constanza, hija del rey don Pedro, y hermana de don Jaime el primero, rey de Aragón. Era la novia, cuando casó, de edad de poco más de diez años: el dote fueron sex mille aurei, nombre muy usado en la moneda de aquellos tiempos: dice el padre Diago que eran seis mil ducados; pero yo entiendo que no eran sino florines, y eran de peso cada uno de ellos de sesenta y ocho granos, y de oro de diez y ocho quilates,
y según los tiempos recibían el valor, y al tiempo que escribió el dicho padre Diago valían (si usara esa especie de moneda) doce reales, y así les da el dicho autor el nombre de ducados (se lee ducadós, igual esa tilde es una mancha). En el archivo real de Barcelona, en el libro de las Conclusiones Civiles del año 1595, fol. 297, hay una conclusión que dice, que quinientos áureos valen seis mil *libras barcelonesas. Según he visto en memorias de estos tiempos * dio el rey mil morabatines a don Pedro, para ayudar * paga de este dote, por ser la novia parienta suya muy cercana: celebróse la boda en la villa de Seros que era de * Pedro de Moncada, a 24 de junio, día de San Juan Bautista * de este año 1253; y fueron velados en la puerta de la iglesia de la villa, por fray Berenguer de Gatell, del orden de San Francisco. Estuvieron muy vergonzosos los novios, * las preguntas ordinarias que les hacía el sacerdote, *respondía por el conde Jaime de Cervera; y enfadado de ello el
sacerdote, le dijo que él no casaba a doña Constanza co* sino con el conde, y él entonces respondió a lo que le *preguntaba el sacerdote, y fueron desposados. La bendición * misa celebró el mismo sacerdote, y predicó fray Berenguer Desbach, del orden de Santo Domingo, y prior del convento de Lérida: el tema del sermón fue quasi stella matutina, *.
Fue muy regocijado y solemne este desposorio, y ha* acudido en Seros mucha nobleza de Cataluña y Aragón * todos o los más vasallos del conde y de don Pedro, *para
solemnizar la boda (que tan reñida fue): de la iglesia fueron al castillo, con mucho acompañamiento, y allá hubo *un grandioso banquete.
La primera noche durmieron separados los novios, porque así lo quiso la madre de doña Constanza: debió temer *la poca edad de los dos. Vivieron algunos días en Seros, si*
que el conde tratase de llevarse la novia, con pretesto de que no se le había pagado íntegramente la dote que se le había prometido, y continuaron de esta manera dos años,
poco menos: el conde mostraba disgusto del casamiento * lloraba, diciendo que don Pedro de Moncada y su hija le tenían preso; y aconsejado de algunos, ponía duda si aquel casamiento era válido o no, alegando que él cuando casó solo tenía doce años, y la novia diez; los suegros atajaron estas pláticas, conociendo el mal que podía suceder de ellas, e hicieron que ratificasen el matrimonio delante del abad de Fontfreda, que también era abad del monasterio de Escarp, del orden cisterciense, que está entre Segre y Cinca. Esta ratificación hizo el conde con pacto que se le pagase la dote íntegramente, y después sobre la paga hubo entre suegro y yerno muchos dares y tomares, y mientras
se tardaba a pagar, dio don Pedro a don Álvaro la villa de Mequinenza, que la poseyó más de año y medio, con toda la jurisdicción y dominio que en ella tenía don Pedro de Moncada; y al tomar posesión, dice una memoria antigua, que un hombre del conde subió en una torre, y con grandes gritos decía: Urgel, Urgel, por el conde. Esto no aquietó a don Álvaro; antes bien no pasó mucho tiempo que volvió a decir que él no era casado, porque el matrimonio no fue consumado, y que él era soltero, y que doña Constanza y él estaban cada uno en su libertad, y les era lícito casar a su albedrío; y como a los príncipes y señores jamás les faltan aduladores y malos consejeros, aquí los hubo más de lo que era menester. Jaime de Cervera y otros, que debieran darle buen consejo, eran los que más le incitaban y llevaban por la parte que más gustaba: si decía que el matrimonio no era válido, todos lo afirmaban, y si decía que quería casar con otra, todos a porfía le hallaban casamiento, y ya quería casarse con otra. Doña Constanza y sus padres, con cuidado, estaban a la mira, aguardando en qué había de parar aquello. Jaime de Cervera le aconsejó que pidiera por mujer una hija de Berenguer de Anglesola, llamada *Sibila (no se lee) el conde lo escuchó de buena gana, y dijo que casaría * ella o con otra cualquiera que le hablasen, con tal * quedase libre de don Pedro y doña Constanza: trazó Jaime de Cervera el casamiento con Berenguer de Anglesola, * prometió que por parte del conde se cumplirá todo * que ellos tratasen; concertóse la dote, y en Lérida se *cortaron los vestidos a la novia; señalóse día para la boda * ya la comida estaba aparejada y todos aguardando el conde * que estaba a la otra parte del río Segre y venía para celebrar
la boda. Iba con él Jaime de Cervera, y a la *que fueron a la vega de Menargues, el conde se tomó a *llorar muy amargamente, diciendo, que ya no quería casar con la hija de Berenguer de Anglesola, sino con la hermana del conde de Foix, que yo entiendo que no la había *visto. El Cervera, enfadado de aquella rapacería, le dijo, que en su nombre y con voluntad suya había dado palabra * cumplir este casamiento, y que era mal caso que *ahora que todos le aguardaban, saliese con esto; púsole delante * razones, pero todo fue vano, porque él pensaba en su *nion, y no quería sino la hermana del conde de Foix.
S* esto Berenguer de Anglesola, y enfadado de ello, dijo un * tigo que dijo: se nolle dare amasium filiae suae.
Doña Constanza había ya dado queja al arzobispo de Tarragona de lo que pasaba, y él despidió de su corte * letras al conde y don Berenguer de Anglesola, y así * casamiento no pasó adelante: el conde luego trató de * con doña Cecilia, hermana de Roger, conde de Foix; * segunda de Roger Bernat, conde de Foix, y la mayor, * llamaba Esclaramunda, casó con el vizconde de Cardona. Jaime de Cervera lo procuró con grandes veras; y porque el conde no conocía a la dama, sino por relación, los dos fueron a tomar vista, y el mancebo quedó muy enamorado. Tratóse el casamiento, y concordaron, al cabo de dos años y siete meses que había que estaba casado con doña Constanza. El conde de Foix ya tenía noticia de todo y rehusaba darle su hija; pero el conde, Jaime de Cervera, Berenguer de Anglesola, Ramón de Cervera, Berenguer Arnaldo y Berenguer Ramón de Ribelles, que todos eran servidores del conde y heredados en el condado de Urgel, juraron que el conde podía legítimamente cantratar (contraer, contratar) matrimonio con doña Cecilia, y que todo lo que había pasado entre él y doña Constanza no era bastante impedimento. El conde de Foix no se satisfizo de esto; hiciéronse tres amonestaciones en la iglesia mayor de Foix, y nadie contradijo, y dijo doña Cecilia en el proceso del casamiento, que lo que le movía a ella a tomar al conde por marido era que todos las que estaban en la iglesia decían que bien podía hacerse aquel matrimonio; y como por parte de doña Constanza no hubo contradicción, porque no tenía noticia de ello, quedó satisfecho el conde de Foix, y sin más averiguar, dio a su hermana por mujer al conde de Urgel.
En esta ocasión concertó Jaime de Cervera, que era muy amigo del conde de Foix y del vizconde de Castellbó, las diferencias que de muy antiguo tenían los condes de Urgel con aquellos señores, y le cedieron el derecho que tenían el conde don Álvaro y su hermano, y les podía pertenecer en los lugares de que se habían apoderado los condes de Foix y vizcondes de Castellbó, desde el castillo de Oliana, la ribera de Segre arriba, en el territorio de Urgellet, * ahora llaman la Seo de Urgel, y por la ribera de Bel* hasta el puerto del valle de Andorra, y desde el *collado de Arnalt hasta el que llaman de las Cruces y de la *narda, especialmente el castillo de Nargó y el valle de *bo, y el de Castellbó y la Ciudad, con los vallesde * Juan y de Andorra, y con los castillos de Arrahen, y *ron por libre al conde de Foix de todo lo que poseía en el condado de Urgel, absolviéndole de cualquier reconocimiento que fuese obligado hacer. Esto pasó a la fin del *año 1256, en que este matrimonio se efectuó; y a más de * Jaime de Cervera, lo prometieron y se obligaron al cumplimiento de ello, don Ramón de Cervera, su hermano Berenguer, Arnaldo de Anglesola, Bernat Ramón de *Ribelles y Ramón de Besora; y dice Zurita, que en esta ocasión Ramón de Cervera se quedó con la villa de Algerre, * era del condado de Urgel, y después sucedió en ella * Esclaramunda, su hija, y de doña Berenguera de Pinos * mujer, que fue hija de don Galceran de Pinós.
Fue el desposorio de doña Cecilia ocho días antes de Navidad, en la villa de Sellent; y en el mes de enero siguiente, en la villa de Monmagastre, recibieron la bendición * capitulóse ante G. de Murello, escribano de Balaguer, * dote fueron veinte y cinco mil sueldos melgarenses * fue la misma que se había dado a la otra hija, y corri* la provincia de Languedoc; y he observado que el rey Alfonso, (II) hijo de la reina doña Petronila y del conde de Barcelona (Ramon Berenguer IV), que fue marqués de la Provenza, todos los leg* que hizo a las iglesias del dicho marquesado son de esta moneda, y aun he yo visto en Cataluña contratos hechos es* moneda. Bertrán Elías de Pamias, en la Vida de Bernat primero, conde de Foix, dice que es lo mismo que la moneda de Barcelona: * (no se lee bien) erogataque militibus stipendia (quoscum habere adversus tolosatis vim oportuit) dena solidorum melgarensium (Barchinonensis moneta) pugilum millia eidem exsolverentur; y parece había de ser igual la moneda catalana y de aquellos condados, y aun de Languedoc, por facilitar el comercio había en estos tiempos.
Acabada la boda, se fueron los novios a Agramunt. El rey don Jaime y doña Constanza y sus padres tuvieron notable sentimiento de este hecho, el cual fue gran escándalo y malísimo ejemplo a todos estos reinos.
Puso doña Constanza pleito a su marido, delante de Bernardo, que era obispo de Urgel, y don Pedro de Moncada puso gente en campaña, que se juntó con la de don Guillen de Cardona, que era tío de la condesa, y estaba muy mal con el conde, por razón de cierta heredad que le había comprado el conde en el vizcondado de Ager, y pretendía habérsela de volver; por esto había tomado armas, y corría las tierras del condado de Urgel: estos juntos tomaron después la villa de Pons, y la quemaron. La condesa doña María, madre de don Álvaro, poseía las villas de Albesa y de Menargues, por razón de su dote y derechos, y estaba con continuo cuidado que estas guerras no diesen sobre estos dos pueblos, y los destruyesen: pidió favor al rey, el cual, a 5 de los idus de noviembre de 1259, le aseguró los dichos lugares y dio guiaje a los vecinos de ellos, prometiendo que las gentes de don Pedro de Moncada no harían daño alguno, no dando ellos causa: los demás lugares y pueblos padecían mil infortunios, y se cometían muchos delitos y homicidios, y ofensas a Dios; y a la que el obispo de Urgel empezaba a entender en la causa del matrimonio, la condesa pidió al papa Alejandro IV que le nombrase otro juez, porque ella ni los suyos no tenían paso seguro para ir al obispo, porque había de pasar por medio del condado de Urgel y entre sus enemigos, que debían impedir a los que iban y venían de ella al obispo; y el pontífice, a 11 de las calendas de marzo, año cuarto de su pontificado, y de Cristo * 1258, dio sus bulas dirigidas a don Domingo de Solá, obispo de Huesca, gran teólogo e insigne predicador, y le encargó la cognicion y justicia de esta causa, haciéndole juez de ell* en caso que fuese verdad que no tenía seguridad la condesa para proseguir su pleito delante del obispo de Urgel * por estar de por medio las tierras y estados del conde * presúmese ser esto verdad, porque el obispo de Urgel
*dejó la causa, y el de Huesca se quedó con ella. Encargó también el papa, que estrechase al conde sin incurso * apelación, y su tierra con entredicho, a dejar a doña Cecilia y cobrar a doña Constanza, su legítima mujer y esposa; y para la cognicion de la causa fue asignada la ciudad de Lérida, por ser lugar acomodado y vecino de las partes *
y porque se creyó que de cualquier interlocutoria o procedimiento que hiciese el obispo de Huesca se apelaría *daría de nulidad, y cada día saldrían mil estorbos que harían inmortal la causa, hicieron un auto el rey y el conde * que he visto en el archivo real, armario 16, saco T, a * 26 de las calendas de junio, año de la Encarnación 126* en que declaró el conde que aceptaba de buena gana por juez al obispo de Huesca, y que no pondría excepciones maliciosas en la causa, ni apelaría de ninguna declaración interlocutoria, sino es que fuese tal, que de no apelar de ella, corriese riesgo de perder el pleito; y que la causa se tratase en Lérida, prometiendo comparecer el día que fuese asignado y el juez le mandase, y daría a los asesores del obispo por sus salarios y derechos doscientos morabatines, y que en caso que el juez declarase en contra su pretensión, pueda apelar a la sede apostólica, y haya de estar a lo que allí * declarado por el sumo pontífice; y que si se declara *nulo el segundo matrimonio, haya de volver la dote que *había tomado de doña Constanza, y por eso obliga los castillos y pueblos de Balaguer, Pons y Agramunt; y quiere * no obedeciendo a la sentencia del pontífice, se queden * dichos castillos en poder del rey, hasta que haya obedecido; pero lo que no hacía el conde, impedido por este auto, hacía doña Cecilia, como veremos después. La causa * adelante, pero de modo, que se iba dilatando por parte del conde y de doña Cecilia, de manera que todos * conocían claro; y el rey se enfadó de ello más que to* y por asegurar al conde en su servicio, divertirle del * y domar su orgullo, le pidió las tenencias de los castillos de Agramunt, Balaguer, Linyola y Oliana, que * los pueblos más fuertes y mejores del condado, donde
* conde y los suyos se recogían; y el conde se los entregó, por estar obligado a ello y no serle permitido hacer otra cosa. Estas tenencias o posesión de castillos duraban diez días no *, y pasados aquellos, según costumbre de Cataluña, * el rey requerido, tenía obligación de volverlos a restituir. Pasados los diez días, el conde envió a Bernat Ramón de Ribelles al rey, suplicándole le volviese sus castillos, pues se los había entregado y se le habían de volver, a uso y costumbre de Barcelona y de Cataluña; pero el rey no quiso dar lugar a ello, aunque el conde ofrecía estar a derecho con él. Esto alteró mucho al conde, y se tuvo por muy agraviado, y envió a decir al rey, que mirase que le tenía por fuerza sus castillos, y que él no era hombre que hubiese de sufrir tan gran perjuicio y desheredamiento, * por esto, aunque le pesaba mucho, se salía de su obediencia *
del modo y forma que según derecho le era permitido, y p* esto le envió su carta de deseximent. (Eixir, eixí, eixida, eiximén; exit, exitus : salir, salida; surtida viene de sortie francés)
Estas tenencias que pidió el rey no fueron otra cosa que dispertar a quien dormía, porque los magnates y caballeros de Cataluña, que cuidaban poco de lo que pasaba entre el rey y doña Constanza y el conde, porque no les pertenecía ni les era interés, luego que el conde les * parte de la detención que hacía el rey de sus castillos, *dos se alteraron, porque los más de ellos estaban obligados a dar las tenencias siendo requeridos, y era mal * e interés común que quisiese el rey, pasados los *diez días, quedarse con ellas, y quedar ellos desheredados. * este negocio de manera, que por donde pensaba el rey asegurarse y aquietar al conde de Urgel, alborotó a todos los barones de Cataluña, y las armas que estaban en el condado y castillos de Urgel se derramaron por todo el principado, y cuando el rey lo quiso remediar, no pudo, porque ya todos estaban empeñados. Los que más se mostraban amigos y valedores del conde eran Ramón Folc, vizconde de Cardona, Berenguer de Anglesola, don Jaime de Cervera, Ramón de Cervera, don Guillen de Cervelló, don Hugo, * hermano, don Guerau de Cabrera, hermano del conde, Bernat Ramón de Ribelles, Guillen Ramón de Josa, Arnaldo de Juz y otros muchos; y todos se despidieron del rey, según el uso y estilo de aquellos tiempos.
El vizconde Ramón Folc era deudo muy cercano del conde y había estado a la mira de todo, y en esta ocasión se despidió del rey con quejas más particulares que los otros, porque el rey le había mandado que, en la guerra, no llevara fonévol, que era máquina de dar baterías de aquellos tiempos y a solos los reyes era lícito usar de ella, y había el

rey don Jaime, en el año 1226, en Tortosa, hecho una constitucion que lo impedía, exceptuando a los caballeros que tenían especial privilegio del dicho rey y de sus pasados; y le había mandado tapiar una puerta de la calle del castillo de Monblanc, por la cual estaban en posesión el vizconde y los suyos de entrar y salir, y lo juzgaba el vizconde por un *grande desheredamiento y perjuicio; y el rey daba toda la satisfacción que podía al vizconde, por apartarle del conde de Urgel, porque el rey se persuadía que todo lo que el conde hacía era con consejo suyo. En esta ocasión se fue el rey a Lérida, con pensamiento de hacer guerra al conde y a todos sus valedores, si es que ellos intentasen alguna novedad, y desde allí envió a decir al vizconde y a sus valedores ,que bien sabían él y todos sus vasallos y todo el mundo, que no había príncipe y señor que menos agravios hiciese a los suyos, que él hacía a sus vasallos, antes que por hacerles bien y disimularles tanto, les perdía, y que el vizconde era uno de ellos; pero esto no bastó, porque el conde de Urgel se puso a punto de guerra, para cobrar del rey sus castillos a fuerza de armas. Estuvo el rey en Lérida hasta el principio de este año 1260, y se partió a Aragón para dar razón a algunos negocios de aquel reino, que necesitaban de su real presencia; y el conde don Álvaro * con sus gentes, cobrando algunos lugares y castillos del condado de Urgel, y estragó la tierra y comarca de los q* estaban por el rey, el cual en esta ocasión mandó paga* don Álvaro mil quinientos morabatines alfonsíes, y cobró * él los pueblos de Somet (o Sornet), Roda, Fontes y Embit, que * Alfonso, abuelo del rey, había empeñado por dicha cantidad a los antecesores del conde, el cual libremente se *
volvió, y otorgó carta de pago del dinero; y después de * tomó por fuerza de armas las villas y castillos del est* de Ribagorza, que estaban por el rey, e hizo mucho daño * las aldeas y campañas de Balbastro (Barbastro). Convocaron todos * pueblos comarcanos, y particularmente aquellos que habían recibido daño de don Álvaro, en la dicha ciudad, y die* de ello queja al rey, el cual enojado de aquel atrevimiento mandó a Martín Pérez de Artesona, justicia de Aragón, que persiguiese con ejército formado a la gente de *don
Álvaro, porque estaba determinado de sacarle del *mundo si no se retiraba y apartaba de hacer los daños que hacía * poco después tuvo el rey cortes en Barcelona, y en ellas
se pudo dar remedio al estado de estas cosas, antes bien * vizconde de Cardona y sus parientes no querían conse* al donativo o servicio, que no quedasen él y los demás querellantes satisfechos de los agravios decían haber recibido del rey; pero sin darse a esto cumplida satisfacción, se o*gó el servicio, y quedaron las cosas de los barones *
de antes. Esto pasaba entre el rey y el conde don Álvaro y sus valedores, cuando el obispo de Huesca iba procediendo con gran cuidado en la causa del matrimonio; y a la *
estaba a lo mejor de ella, ora fuese que doña Cecilia *desconfiase por su poca justicia, ora porque no le pareciese la ciudad de Lérida segura, como ella decía, o que quisiese
dilatar el pleito, o por cualquiera otra causa, a 10 de las calendas de enero de 1261, por medio de su procurador, alegó delante del pontífice, que ella no tenía paso seguro para ir a la ciudad de Lérida, y que la dicha ciudad estaba muy cercana a las tierras de don Pedro de Moncada, y que él tenía allá muchos amigos y valedores, y que el obispo de Lérida don Guillen de Moncada era tío de doña Constanza, y que el rey don Jaime de Aragón, y don Sancho, arzobispo de Toledo, hijo del rey don Fernando, el Santo, estaban muy apasionados por doña Constanza y habían escrito al pontífice en su favor, y que el infante don Pedro, hijo del rey, había dicho, que él había de hacer que su prima doña Constanza fuese condesa de Urgel, y que era mal caso hubiese ella de acudir en una ciudad para ella tan sospechosa, de la cual era señor el rey don Jaime y lo había de ser don Pedro, su hijo, que tan declarado se mostraba en favor de ellas; y sobre esto pasaron algunas razones entre los procuradores de las partes, y a la postre * comprometieron, y por parte de doña Constanza nombraron a don Bernardo de Olivella, obispo de Tortosa, que después fue arzobispo de Tarragona, y por parte de doña Cecilia al de Carcasona, y al de Vique por tercero, en caso que los dos no concordaran; y el papa les cometió el negocio con un breve, despachado decimo calendas januarii pontificatus sui anno primo. Los obispos, recibido el breve, entendieron en el negocio y citaron las partes, asignándoles la ciudad de Manresa para oírlas; y porque el obispo de Carcasona no podía acudir, subdelegó a Bernardo, canónigo, y al arcipreste de la iglesia de Carcasona; pero estos, * no poderse juntar, o por sus ocupaciones, o por otra cualquier causa, pasó un año que no hicieron nada; y el obispo de Huesca procedía en la causa, y al 1.° de junio * 1262 declaró en ella, guardando siempre la disposición de los sagrados cánones, y con difinitiva sentencia adjudicó al conde por marido de doña Constanza, mandándole *
dejada la intrusa, la recibiese, como era obligado, y trat* con marital afecto, haciendo las amonestaciones y mandamientos eran menester, hasta descomulgarle a él y * entredicho en sus tierras y estados. Doña Cecilia y el conde apelaron cada uno de por si de esta sentencia a la sese apostólica; el conde pidió apóstoles, y estos le concedió * obispo de Huesca, a 14 de las calendas de agosto, * en ellos refiere muy largamente los motivos con que fu* la declaración había hecho y sumariamente las faltas * por parte del conde, el cual, después de haber apelado no se curó más de proseguir la causa, cohabitando con doña Cecilia, no obstante los mandamientos que él le había hecho. Doña Constanza, deseosa de cobrar su marido y que la sentencia se ejecutase, pidió al papa remedio *sobre esto; y él, con su bula despachada a 20 de febrero de 1263, lo sometió a don Arnaldo de Gurb, obispo de Barcelona, y al glorioso san Ramón de Penyafort, cuya santidad y buena fama era pública por todo el mundo, porque es* le obligasen a cobrar a doña Constanza y obedecer en to* a la sentencia del obispo de Huesca. Esto parece en *
misma bula, que vertió el padre Diago, del orden de Predicadores, en la vida que escribió de san Ramón de Penyafort: aquel autor la trae en romance, y aquí va en latín y dice *
episcopus servus servorum Dei venerabili fratri epis *Barchinone et reverendo filio fratri Raymundo de Penna-*Fortis Predicatorum capellano et penitentiario nostro sa* apostolicam benedictionem. Ad nostram noveritis au* pervenisse quod licet nobilis vir Alvarus comes urge* dudum cum dilecta in Christo filia nobili muliere * nepti charissimi in Christo filii nostri aragonensis *tris in ecclesie facie matrimonium per verba de pre*rit legitime contrahendum idem tamen comes eam *m traducere denegans minus juste nobilem mulierem * sororem dilecti filii nobilis viri comitis fuxensis (conde de Foix) de * de jure non posset super inducere presumsit uxo* m cum predicta Constantia coram venerabili fratre *urgelensi episcopo jus suum super hoc non posset pro * eo videlicet quod ad ipsum accessus haberi non pote* er districtum Alvari comitis memorati prefata nobili * benignitatem apostolicam implorante felicis recorda *Alexander papa predecessor noster dedit sub certa forma * fratri nostro oscensi episcopo per litteras apostolicas *tis ut si esset ita prefatum Alvarum comitem quod hu* super inducta dimissa eandem Constantiam traduceret *li affectione tractaret per excomunicationis in perso* terram ipsius comitis interdicti sententias apellatione *tione previa coerceret. Postmodum vero idem oscen* (Huesca, oscense) *episcopus cognitis hujusmodi cause meritis et juris ordine * difinitivam pro predicta Constantia sententiam profe*bi prefatum Alvarum comitem in virum adjudicans *us comiti mandavit eidem ut prefata super inducta di* den Constantiam ut tenetur traduceret et maritali af*ractaret: et licet idem comes super hoc ab eodem os*scopo (obispo de Huesca) ad sedem apostolicam duxerit apellandum appel* tamen suam cum potuerit elapsis septem mensibus et am* eurans prossequi ac super inductam ipsam damnabiliter predictam Constantiam ducere denegat pro sue inconsul* voluntatis. Porro sicut dolentes audivimus inter consa* ejusdem Constantie ex una parte ac memoratum comitem * olim propter hoc adeo graves inimicitie fuerunt exorte *tigante inimico humani generis nonnulla homicidia ac etiam incendia plurium locorum habitabilium exinde sunt * cuta. Nos itaque prout ex injuncte nobis servitutis officio * neri dignoscimur et animarum obviare periculis ac * inimicitiis finem imponere necnon periculo et guerrarum dis*mini que inter personas tam potentes et nobiles hujus* occasione invalescere possent viam percludere cupientes * cretioni vestre per apostolica scripta precipiendo mandam* quatenus predictum Alvarum comitem urgelensem monitis * ficacibus inducatis ut sue saluti consulens in hac parte sep* dictam Constantiam prefata super inducta prius omnino
dim*sa traducere ac maritali studeat affectione tractare: quod * forte ipse monitis vestris acquiescere in hac parte noluerit * vocatis qui fuerint evocandi de supradicta sententia per
supradictum oscensem episcopum promulgata legitime cognoscen* quod canonicum fuerit apellatione postposita statuatis facien* quod decreveritis per censuram ecclesiasticam firmiter observari non obstante aliqua indulgentia tibi Raymundo aut * ni tuo ab apostolica sede concessa quod te de causis intromitt* non tenearis invitus per ipsius sedis litteras non facientes * nam et expressam de indulto hujusmodi mentionem. Quod* non ambo his exequendis potueritis interesse alter vestrum * nihilominus exequatur. Data apud Urbem Veterem (Civitavecchia, Ciudad Vieja ?) X kalendas martii pontificatus nostri anno secundo.

A 9 de las calendas de octubre fueron intimadas estas bulas al conde en la ciudad de Balaguer, en ocasión que salía a caza en compañía de Geraldo de Cabrera, su hermano, y dos otros caballeros, con unas letras citatorias *emanadas de la corte del obispo de Barcelona a 16 de las calendas de octubre, y en ellas estaban pendientes los sellos del obispo de Barcelona y de san Ramón, el cual, dice el proceso que era imago predicatoris stantis manibus junctis et flexis genibus et desuper erat manus hominis benedicentis, y en derredor del sello estaban escritas estas palabras: Signum fratris Raimundi domini Papae poenitentiarii. Doña Cecilia, pocos días después de la data de esta bula, *alcanzó otra del mismo papa Urbano, que cometía esta causa a los obispos de Oloron y Comenge, despachada en Ci*avechia (Civitavechia, Civitaveccia, Ciudad Vieja, Urbem Veterem), a 4 a de las nonas de mayo, de su pontificado *año segundo, que era el de Cristo Señor nuestro 1263, *nde a su modo dio razón al pontífice de todo lo que había pasado. Esta bula he visto en el Archivo Real, en el armario 16, en el saco de los papeles de este casamiento, y en un proceso que está en el mismo saco, y es la que se sigue.
Urbanus episcopus sorvus servorum Dei venerabilibus fra* Oloronensi et Convenarum (Comenges) episcopsis salutem et apostoli* benedictionem. Dilecta in Christo filia nobilis mulier *Cecilia comitissa Urgelli uxor nobilis viri comitis urgellensis no* significare curavit quod nobilis mulier Constantia nata nobilis viri Petri de Montecateno (Moncada, Montcada) Illerdensis diocesis falso asse* quod ipsa cum eodem comite matrimonium per verba con*
de presenti quodque dictus comes eam non curans tra* eandem Ceciliam de facto super duxerat in uxorem et * felicis recordationis Alexandro pape predecessori nostro quod ipsa ad venerabilem fratrem nostrum Urgellensem episcopum ipsius comitis diocesanum accedere non poterat *nisi per terram comitis memorati super hoc ad venerabilem *fratrem nostrum Oscenem episcopum contra eundem comitem *ipsius predecessoris sub certa forma litteras impetravit quarum auctoritate cum eadem Constantia nominatum comitem coram prefato episcopo citare fecisset predicta Cecilia rem suam agi * ciens et ex hoc inveniens sibi prejudicium generari ab *eodem Oscensi episcopo ad docendum de jure suo se postulavit *admitti: et licet dictus episcopus Oscensis ad hoc eam duxerit * quia tamen dictus episcopus ad hoc ei locum non * assignans alium sibi contra justitiam denegabat assig* *securum humiliter requisitus predicta Cecilia sentiens ex hoc indebite se gravari ad sedem duxit apostolicam apella*dum et super apellatione sua ad fratrem nostrum Carcassonensem episcopum ejusque collegas ipsius sedis litter* impetravit: et licet iidem judices in hujusmodi appellatione causa infra annum procedere non curaverint quamvis ab *eodem Cecilia fuerint super hoc pluries legitimis temporibus *quisiti predictus tamen Oscensis episcopus in principali * de facio procedens eundem comitem predicte Constantie * iniquam difinitivam sententiam adjudicavit in virum a *prefata Cecilia ad eandem sedem vocem appellationis emis* Quocirca fraternitati vestre per apostolica scripta manda* quatenus vocatis qui fuerint evocandi et auditis hinc inde *positis quod canonicum fuerit appellatione postposita decer* tis facientes quod decreveritis per censuram ecclesiastic* firmiter observari non obstante constitutione de duobus di*
edita in concilio generali dummodo infra ipsas predicta Cecilia super his assequi nequeat justitie complementum et u* tertiam vel quartam aliquis extra suam diocesim auctoritate *
sentium ad judicium non trahatur (o trabatur) proviso ne in terris dictor* nobilium excomunicationis vel interdicti sententiam profer* nisi super hoc a nobis mandatum receperitis speciale: quod* non ambo his exequendis potueritis interesse alter vestrum
*nihilominus exequatur. Data apud Urdem (Urbem) Veterem IV *nonas maii Pontificatus nostri anno secundo.

Los obispos de Oloron y Comenge, a quienes vino dirigida esta bula, subdelegaron al abad de Monte Oliveveto * la diócesis de Carcasona, y a Izarno, pavorde Talabuxens*
a Bernardo, arcediano de la dicha iglesia de Carcasona, para que recibiesen las informaciones; y ellos se reserv* el hacer la sentencia, difinitiva, aunque después también
dieron comisión para promulgarla. Citaron al conde * doña Constanza, la cual jamás contestó la lite, y prosiguieron su pleito hasta sentencia difinitiva; y en el discurso *
él, ya se excusaba de la causa el uno de los subdelegados, ya el otro, y el conde, que en aquella ocasión debía tener pocas ganas de volver a estar con doña Cecilia, alegó que él
no tenía obligación delante de los dichos obispos, por estar remotos más de dos dietas, pero a la postre, instados de doña Cecilia, señalaron lugar para la decisión de la causa y
publicación de la sentencia en la ciudad de Carcasona, en la iglesia de Santa María de Burgo Nuevo. Mientras estas apelaciones duraban y los obispos de Francia y subdelegados por ellos hacían lo que queda dicho, el conde, ora fuese por temor de las censuras con que le obligaba el obispo de Lérida o remordido de su conciencia, o por temor del rey, o por otra cualquier causa, obedeció, y a 16 de setiembre del año 1263 dejó del todo a doña Cecilia y cobró a doña Constanza, siendo él de edad de veinte y cuatro años, y vivieron juntos cerca de un año, con mucha paz y amor, y engendró a doña Leonor, que casó con don Sancho de Antillon, y tuvo de ella una hija, llamada Constanza, que casó con don Gombau de Entença, y de este matrimonio salió doña Teresa, que casó con el infante don Alfonso, que fue conde de Urgel y después rey de Aragón, y le llevó en dote el condado de Urgel, vizcondado de Ager y baronía de Entença, porque ella lo vino a heredar todo. El glorioso san Ramón, que fue el juez delegado con el obispo de Barcelona
por el romano pontífice, contento de este tan buen *suceso de que el conde hubiese dejado a doña Cecilia y *cobrado a doña Constanza, se excusó de esta causa, porque
estaba enfermo y pasaba de edad de ochenta años: esto fue * 3 de las nonas de febrero de 1264, y quedó solo juez de * causa el obispo de Barcelona.
Doña Cecilia quedó muy agraviada de lo que el conde había hecho e instó con grandes veras la causa de apelación; cometida a los obispos de Francia, y por ellos, a *26 de
febrero de 1264, Bernardo, arcediano de Carcasona, e Izarno de Fano-Jovis, paborde de Talabux, jueces subdelegados, dieron su sentencia, y declararon haber doña Cecilia bien
apelado, y el obispo de Huesca mal declarado y proseguido su causa; y pocos días después instó el procurador de doña Cecilia a los dichos jueces para que conocieran *
aquel matrimonio era legítímo o no, y ellos dieron sob* ello su sentencia, declarando que el matrimonio de doña Cecilia era bueno, y que el conde estaba obligado a dejar a doña Constanza y volver con doña Cecilia, y condenaron a doña Constanza en costas, y que pagase por ellas no * cientos marcos de plata; y a 29 de marzo, el con* que estaba ya olvidado de doña Cecilia y arrepentido * lo mal hecho, apeló al pontífice de esta sentencia, y * otras razones que da, es no haber sido citado ni haber *contestado la lite. Estas sentencias fueron la perdición y confusión de este negocio, y causaron los grandísimos *males que después se siguieron: con todo el conde persev* con doña Constanza, hasta 23 de setiembre de este año * y en dicho tiempo procedieron los dichos obispos o *sus
subdelegados con censuras contra el conde, obligándole * que obedeciese, y presentaron sus letras al abad de *San Saturnino de Tavernoles y al prior de Organyá, para que
ejecutaran su sentencia; y un martes, pasada la fiesta de Pascua de Resurrección, mandaron a todos los obispos, abades, rectores, priores y otros a quienes fuesen presentadas sus letras y mandamientos, que obligasen con censuras, hasta tañer campanas y matar candelas, al dicho conde y a doña Constanza, a obedecer a la dicha sentencia, y según es* determinados, si pudieran, también metieran entredi* las tierras del conde; pero el papa, como vimos en * bula, se lo había expresamente prohibido. Estos manda* se publicaron en nueve lugares o parroquias del *obispado y condado de Urgel. Al principio el conde no hacía * de estas censuras, pero después fue muy obediente a *
mandamientos, que no debiera, y dejando a doña Constanza, que había ya un año y siete días que estaba con * volvió a tomar a doña Cecilia, lo que pareció a todos muy mal y causó general escándalo en todos estos reinos, * parientes de doña Constanza se alteraron mucho de *. El obispo de Barcelona, por remediar tantos daños co* habían sucedido, y obviar muchos más que se esperaban, con toda la diligencia posible mandó meter a punto de * declarar el proceso que se ventilaba delante de él, * dar fin a aquel pleito y sacar de escrúpulo, si es que le * al conde y a su conciencia; y para más facilitar la recepción de los testigos que se habían de dar por las * señalaron la villa de Cervera, por lugar más cómodo * dicha recepción, y la cometieron a Arnaldo de Vernet, dean de Lérida, y a Ricardo arcediano de Urgel. El deán de Lérida acudió a Cervera, y a 14 de julio de este año *1264, estaba ya aparejado para recibir dichos testigos. El *arcediano, ora fuese para dilatar el negocio, y en eso dar * al conde y a doña Cecilia, rehusó acudir, dando por * que no se tenía por seguro, porque toda aquella * estaba llena de gente de guerra, unos por cuenta * don Pedro de Moncada, y otros del conde de Urgel. Doña Cecilia estaba en Pons e instaba que el arcediano y los testigos que ella había de dar fuesen guiados porque de otra manera nadie osaba ponerse en camino.
El obispo de Barcelona y el deán de Lérida lo acomodaron todo, y quedaron guiados el arcediano y testigos, y les dieron hombre que les acompañase, y prometieron don Pedro de Moncada y el conde de Urgel que no les harían, ni ellos ni su gente, daño alguno; pero los testigos de doña Cecilia tardaron algunos días, y a la postre dijeron que no querían ir sino compelidos con censuras, y pidió doña Cecilia * fuesen recibidos otros que ella tenía en el condado de Foix y reino de Francia: hiciéronse letras de comisión para los obispos de aquellas tierras, y fueron recibidos, y doña Cecilia quedó satisfecha. Todo esto pasó en los meses de julio y agosto, y cada una de las partes, como mejor pudo, justificó su causa.
En esta ocasión, el conde de Urgel no dormía, * hacía todo lo que podía para quitar la causa de manos * obispo, y meterla en manos de los prelados de *Francia por ver que ellos sentían diferentemente de los de Cataluña de aquel pleito (porque no estarían tan bien informados en él; y así representó al papa Clemente, que él *sentía muy agraviado de lo que le habían hecho el obispo de Barcelona y san Ramón, y de lo que el obispo hacía, * no esperaba de ellos justicia, y así suplicaba que le di* otro juez que conociera de estos perjuicios que decía se le hacían, y sobre de ello informó largamente al papa, si bien no le dio entera noticia de lo que pasaba. El papa, qui* idus julii, pontificatus anno primo, que era de Cristo 126*, despachó sus bulas al obispo de Beziers, cometiéndole *ete negocio; y él intimó al obispo de Barcelona y a san R* dichas bulas, porque no pasaran adelante en su co* Doña Constanza envió allá su procurador, que le dio *
satisfacción y respuesta, y se apeló al pontífice; y * el obispo de Beziers, enterado de la verdad y cali* negocio no se curó más de él, porque conoció que *sistía en dilaciones y subterfugios que buscaba don *; y por mayor claridad del negocio, el obispo de *na firmiter declaró que, no embargante la comisión * de Beziers, de la cual se había ya apelado, podía *eder en la causa. Esto pasó a 30 de octubre, y *guiente, en iglesia de Santa Catalina, mártir, de *ma, el obispo de aquella ciudad, estando presentes *mon y fray B. Dezbach, declaró, que por haber de ir * rey a la conquista de Murcia, tomando la cruz con* sarracenos, subdelegaba al prior de Santa Eulalia *mpo, del orden de los canónigos reglares de San *, encargándole que, en lo que pudiese tomar * con san Ramón, lo tome; y este el día siguiente, *dó citar al conde, a quien nadie osaba presentar *nes, y el que le citó dejó las letras sobre el altar * de la iglesia mayor de Balaguer, que dice se llamaba *
María de Almatano, y en presencia de Ricardo, *arcediano de Urgel y rector de la ciudad de Balaguer. Hecho * prosiguió su causa, y el proceso quedó concluido y de* muchas dudas y dificultades que por parte del con* oña Cecilia se movieron, que más eran para dilatar *, que por otro buen fin, y a 12 de noviembre de * año, estando el dicho prior de Santa Eulalia en el *ro de la Seo de Barcelona, y tomado consejo de san *n, según el obispo se lo había encargado y negocio tan grave requería, dio sentencia en favor de doña Constanza, confirmando la que había hecho el obispo de Huesca. *
No se puede explicar con palabras que tal quedó el co* y todos sus amigos y valedores, y las alteraciones que *bieron en su ánimo con tal declaración, la cual aprovechó poco, porque el conde declaró que no quería obedecer a esta sentencia, sino estar a lo que declararon los juecen de Francia, de cuya declaración nacieron daños irremediables; y el glorioso san Ramón, condolido de ellos y lastimado del poco caso que hacía el conde de la última sentencia, y pareciéndole que este negocio, por razón de las sentencias encontradas que había no podía tener aquí buen fin, escribió una carta al papa Clemente, dándole razón de todo lo que había pasado, aconsejándole que se asuma a si este negocio, y vistas las pretensiones de las partes, sea el juez y conocedor de este negocio. Copia de esta carta he visto en el archivo real de Barcelona, aunque ya algo consumida del tiempo, y la tradujo en castellano el padre Diago, en la vida del santo, y yo, por ser de un santo tan grande y paisano nuestro, y para defenderla de las injurias del tiempo, de quien, por su antigüedad, queda algo maltratada, la traigo aquí, y dice de esta manera:

Sanctissimo et in Christo patri reverendissimo domino Clementi divina providentia sacrosancte Romane Ecclesie summo pontifici frater Raimundus de Pennaforti terram coram *Beatissimis pedibus osculari. Reverende Paternitati vestre duxi humiliter in Domino intimandum quod bone memorie dominus Urbanus predecessor vester causam matrimonialem que vertebatur inter comitem Urgellensem ex una parte et filiam nobilis Petri de Montecateno ex altera venerabili patri episcopo barchino* terminandam sub certa *foram comissit: et quo*er infirmitates meas multiplices et nimiam debi* prosecutione cause non poteram personaliter * hujusmodi rationabili ac sufficienti ac nota *entia partium assignata renuntiavi simpliciter *us episcopus procederet sine me prout secun* escripti de jure poterat et debebat: qui cum ali*e processisset occasione facti frontarie contra sar* impeditus causam ipsam subdelegavit priori * de Campo ordinis sancti Augustini in suburbio * prior de concilio sapientium et virorum Deum *sam ipsam sententialiter terminavit quantum in* et humana fragilitas nosce sinit rationabiliter et * canonicas sanctiones. Hinc est quod ego ad excu*entiam meam super hoc quod propter causam * necessariam superius assignatam renuntiavit pro * predicte et ut aliqua de periculis imminentibus * presentes litteras per dilectum in Christo G. de *rem presentium mittere destinavi. Supplico igitur * Pater coram vestris sanctis pedibus provolutus *ras strages hominum scandala gravia et pericula * jam ex hoc sunt secuta sicut ad vestram credi* pervenisse et alia que imminent in posterum gra*riter subveniatur misericorditer intendas diligen* rocessibus et circunstantiis attenter habitis et * omnia fideliter per ipsum presentium portito* presentiam transmittuntur finem optatum pari* am predicto negocio imponatis: nam sicut mihi * pars hoc desiderat et expectat et insuper fama *redicat et credo firmiter verum esse quod nunquam * apostolicam sepe fata causa potui terminari * hujusmodi determinatio quod Deus avertat per * vestram non fiat vel etiam diferatur in longum *liter quod cum ex utraque parte sint multum no* es tantum agravabitur indignatio et pericula tam *entur quod vix temporibus nostris poterit nego* pacem. Dominus Jesus Christus dirigat vos et * vestros tam in iis quam in aliis in beneplacito suo semper ita quod per vestram piam et sanctam sollicitudinem fides sancta catholica exaltetur et pax Dei que exsuperat omne censum undique procuretur. Data Barchinone quarfa feria *
Paschas.
Esta carta fue de tanta eficacia, que ella sola fue bastante para que el papa se hiciese juez de este negocio, el cual, a 15 de mayo, año segundo de su pontificado, y de Cristo nuestro Señor 1266, lo cometió al obispo y cardenal Prenestino, encargándole con grandes veras mirase en ello; y éste, citadas y oídas las partes, procedió en la causa, y a la que pidieron al procurador del conde, que era G. de Montalbá, el que llevó la carta de san Ramón, que enseñase su poder, lo rehusó, diciendo que primero quería ver la comisión que el papa le había hecho de esta causa y negocio, lo que fue muy notado; y esto y otras dificultades semejantes, como era impugnar la procura de doña Constanza,
porque era otorgada sin licencia o consentimiento de su padre, cada día desacreditaban la causa de doña Cecilia, y del conde. Aquí se representaron los motivos con que las
partes fundaban su intención, y se repitió otra vez todo lo que hasta aquel punto se había alegado por cada una de las partes; articuláronse muchas cosas particulares y muy menudas que habían pasado entre el conde y doña Constanza, y todo lo que alegaron se dio probado con testigos que se ministraron en gran número: por parte del conde se dieron más de treinta, y muchos más por parte de la condesa; y aunque estos probaban mejor y daban muy acertadas razones de sus dichos, pero los del conde se mostraron más apasionados y sobornados, y los más de ellos o *casi todos eran vasallos y hombres suyos; y confesaron los *más de ellos que todo lo que tenían lo tenían por el *conde,
que le eran amigos y estaban muy deseosos que saliese * negocio a gusto suyo. Estos dijeron, que cuando el conde y doña Constanza fueron desposados, eran los dos de tan poca edad; que del todo eran inhábiles para el uso del matrimonio, y mucho más para dar el consentimiento que * necesario, y que estando en casa de su suegro, lloraba * verse casado, y que cuando lo desposaron estaba tan *vergonzoso y pasmado, que no estaba en lo que hacía, y * la edad poca de los dos impidió que aquel matrimonio * consumado, porque a doña Constanza no se le apa* diez años, ni al conde doce, y era tan inhábil para el uso del matrimonio, que aun dos años después de él no * para ello. Pedro Cortit, de Balaguer, en su deposición, *ando de esto, cuenta ciertos tratos que tuvo (dos años después de casado con doña Constanza) con una criada de *Bernardo de Anglesola, con que destruye más la pretensión *el conde, que no la fortifica; y Jaime de Cenvera dice,
* una vez, estando en la TorrebIanca, junto a Linyola, * dijo, que no quería casar con la hija de don Pedro de Moncada. Esto se decía por su parte. Por parte de doña Constanza se justificó, que cuando los * fueron casados eran de tal edad y aspecto, que cualquier persona que los hubiera visto los juzgara por hábiles al matrimonio, y que habían visto muchos, que no eran de tan buena disposición como ellos, que le habían consumado, y que los dos eran de tan buena estatura del cuerpo, que nadie que los hubiera visto podía juzgar otra cosa, y que el conde, ya antes de casar, en la villa de Tamarit y Linyola había tenido conversación con mujeres cort* y se había encerrado solo con ellas, y que cada * después de esposado, se acostaban él y doña Constanza * una misma cama, y allá quedaban solos; y ella, el *otro después de la primera noche, comunicó a una dueña
llamada María Serrano todo lo que había pasado, y * deposición, que está en el dicho armario, lo refiere muy largamente y por menudo; que seis meses después de ca* salió a caballo, armado de todas armas, en unas *cias que tuvo con Guillen de Anglesola y Ramón de Cardona, así como pudiera salir cualquier hombre de * edad. Estas y otras muchas cosas, dichas por testigos * calificados y mayores de toda excepción, probó por *
te doña Constanza; y declaradas las dudas y dificultades * se ofrecieron, que en causas matrimoniales suelen ser *chas, quedó el proceso concluido; y el cardenal, * en Viterbo, a 4 de abril, año 1267, indiccion décima * declaró en la causa (está la sentencia en el archivo real de Barcelona, armario 16, n.° 4), sentenciando en favor de doña Constanza; y luego el pontífice, que estaba * en dicha ciudad de Viterbo, a 11 de dicho mes de abril y de su pontificado año tercero, despachó un rescr* obispo de Barcelona y al de Magalona, en Francia, * el de Mompeller, haciendo en él mención larga de la declaración del cardenal obispo Prenestino, mandándoles hicieran ejecutar, hasta descomulgar al conde y *meter en entredicho sus tierras, en caso que no quisiera obedecer*.
Estaba enfadado el conde de tanta persecución y *cha como tenía, espiritual y temporal; cada día se le *maban mandatos penales en razón de su matrimonio, y * armas del rey le inquietaban lo poco que le había * del condado de Urgel, cuando se retiró a Foix doña Cecilia; y estando allí, la tristeza le consumió, *dados y pesadumbres le volvieron tísico, y con ca* que sobrevinieron dentro de pocos días, murió, no *uelto de las censuras en que había incurrido, por * obedecido a las sentencias y mandatos apostólicos.
Según la más común opinión, al principio del mes * del año 1268, según Zurita; y según el anal de * memorias de aquel ilustre convento, del año 1267; * puede ser, contando o entendiendo los unos de la *cion, y los otros de la Navidad. El autor del libro Flos mundi dice que murió la vigilia de san Ber* Foix; pero no especifica el año: murió de edad *e y ocho años, pocos meses más o menos, y este año murió don Pedro de Moncada.
* don Álvaro muchos dones y gracias de naturaleza: * liberal y generoso, diligente, gran soldado y muy * de sus vasallos y amigos; y si sus virtudes no las *ara con el desordenado amor que tuvo a doña Cecilia * tuviera mejores consejeros, hubiera sido uno de * esclarecidos príncipes de estos tiempos. El autor * de Ripoll, no pudiendo disimular lo bueno que * él dice: fuit armis strenuus, probus, largus, dili* urimum generosus, qui propter discordiam et dimis* primae uxoris, habuit multas guerras, et pthysi ac * est
mortuus apud Fuxum, anno Domini MCCLXVIl, *it magna discordia et tribulatione comitatum, etc. * sepultado en Foix, y dejó de doña Constanza una hija * Leonor, de quien hablamos arriba, y de doña Cecilia dos hijos: el mayor se llamó Armengol y le sucedióen el condado y el otro Álvaro, que fue vizconde de Ager. Este casó con Sibila, hija de Ramón, vizconde de Cardona, y de Sibila, su mujer, y hermana de Ramón Folc, vizconde de Cardona: consta en auto de la dotalia del beneficio de San Anton en la Seo de Barcelona, que fundó Brunisenda, su hermana, mujer de don Guerau de Cervelló, en las nonas de enero de 1319. No he visto hasta ahora su testamento; pero sé que dejó a la fábrica del monasterio de Predicadores de la ciudad de Lérida cien morabatines, los cuales pagó el rey don Jaime a 4 de mayo de 1275, con otros ciento que le dejó la reina doña Violante, su mujer.
En vida de este conde se trató entre san Luis, rey de Francia, y don Jaime, rey de Aragón, de concordar las diferencias antiguas que había entre los reyes, sus antecesores, sobre los derechos que unos tenían en algunas tierras de los reinos de los otros. Por facilitar el trato de esto, envió el rey don Jaime a don Arnaldo de Gurb, obispo de Barcelona, a Guillen, prior de Cornellá, y a Guillen de *Rocafull, gobernador de Monpeller por el rey; y en marzo de 1275 les dio poder para renunciar en favor de san Luis y de sus sucesores, y aceptar la renunciación de él; y después, (atrás pone 1275, delante 1258) a 5 de los idus de marzo del año 1258, en un lugar del reino de Francia, llamado Corbolio, (tratado de Corbeil) renunció en presencia de Felipe, hijo primogénito del santo, y de otros muchos *
el derecho que pretendía competerle por razón de los señoríos o feudos antiguos o por cualquier razón en los condados de Barcelona, Urgel, Besalú, Rosellon, Ampurdan,
Cerdaña, Conflent, Gerona y Vich, y de esto se hizo el di* día auto público, sellado con el sello de este glorioso *, en cera verde y pendiente de un cordón de seda co* sin torcer, y en él la imagen del santo sentado, con * a la cabeza y vestiduras reales; a la una mano tiene * flor de lis, y a la otra un cetro real, con algunas flores * lis por remate, así como le pinta Tillet en su historia, y * derredor unas letras que dicen: Ludovicus Dei gratia * Francorum Rex, y al dorso una sola flor de lis, casi del * que la pinta Tillet, y sin aquellas dos florecitas que sa* de las hojas de la flor. Guárdase esta escritura, o, por * decir, reliquia en el archivo real de Barcelona, en el armario 7, saco 1, n°. 62; y después, a 17 de las calendas de *sto del mismo año, el rey don Jaime renunció el dere* le competía en algunas tierras del reino de Francia, * largamente quedan especificadas en el auto de la dicha * renunciación, el cual dejo de continuar aquí, pues le podrá * el curioso en la historia o memorias del Languedoc, * estos años atrás con mucha erudición y diligencia sacó * Mr. Guillen Catel, del consejo del rey Luis XIII, * la página 29: y después de estas renunciaciones, se fue *vidando el contar, tan usado en Cataluña, por los años de los reyes de Francia, tomando de aquí adelante, unos el de la encarnación, y otros el de la Navidad de nuestro Señor Jesucristo, como lo usamos ahora, y se fue continuando muchos * después; y en su lugar veremos cómo lo mandó con *constitución el rey don Pedro III (IV de Aragon).

FIN DEL TOMO NOVENO DE LA COLECCIÓN, PRIMERO DE LA HLSTORLA
DE LOS CONDES DE URGEL.

ERRATA NOTABLE.

En la página 186, línea última, donde dice: 10 años, léase: 50 años.


viernes, 14 de agosto de 2020

CAPÍTULO LX.

CAPÍTULO LX. 

* del infante don Alfonso de Aragón y de la infanta * Entença, condes de Urgel y vizcondes de Ager. - De las * hizo el rey don Jaime de Aragón, para asegurar el esta * Armengol de aquellos que pretendían derechos en él. - *manumesores del testamento del conde Armengol al rey el * y vizcondado de Ager; compruébase públicamente el * de Foix tenía en su favor, y descúbrese la falsedad * infante don Alfonso con doña Teresa de Entença, y de la * el rey del condado de Urgel y vizcondado de Ager. - * capitulado entre el infante don Alfonso y la infanta do*uncia el infante don Jaime la primogenitura, y el * es jurado por primogénito, y nacimiento del rey *ceremonioso, y quejas de la condesa de Foix al pontífice, * Emprende el rey la conquista de Cerdeña; descripción * y preparativos se hacen para pasar a ella.- De la ar* los infantes, y como pasaron a la isla de Cerdeña y * ella. - De las enfermedades tuvimos en nuestro ejército, * socorros que envió el rey don Jaime, para suplir el *ue faltaban.- Pretende el conde de Foix el vizcondado * lugares, y casar con la hija del rey: llega la armada de *Cerdeña, y lo que pasó entre ellos y la gente del rey. - *Algunas cosas notables de la espada del infante don Alfonso *gel, llamada la espada de Vilardell.- Del socorro que * infantes, y de lo demás que pasó en Cerdeña, hasta la * Cataluña. - De lo que pasó al infante sobre la preten*manos, en caso que él muriera; y de lo demás hasta la *anta doña Teresa, y de sus hijos y virtudes. - De lo que * en su testamento, y de la coronación del infante, su *


* Jaime luego que entendió la muerte del *engol de Cabrera, que fue en el mes de ju* que dejó sus cosas de la manera que queda dicho, se vino a la ciudad de Lérida, para desde allí * ser lugar cercano al condado de Urgel, dar orden a lo * fuere menester, y asegurar las fuerzas de él y del vizconde de Ager, más aquellas que confinaban con el de Cast* y Vall de Andorra, que eran de Gastón, conde de * vizconde de Castellbó y Bearn. Era este Gastón hijo de *Roger Bernat y de Margarita de Moncada, hija de Gastón de Moncada, vizconde de Bearn, por cuyos ruegos e inter* el rey don Pedro dio al conde Armengol, el año 12* condado de Urgel y vizcondado de Ager, como queda * Este Gastón pretendió suceder en los lugares y *castillos de Monmagastre, Tiurana, Puigvert, Oliola, Altés y * lugares del condado de Urgel, que tenía el conde Armengol en franco alodio, y en los castillos y lugares de * Castelló de Farfanya, Claramunt, Mejá, Tartareu, Os, * Boix, Montasor y demás lugares del dicho vizcondado * en virtud de dos donaciones que a 9 de junio de 1* ante Arnaldo de Gerona, notario de Balaguer, hic* la una don Armengol, y la otra Álvaro, su hermano, *vizconde de Ager, en favor de Roger Bernat, conde de * su padre. Ramón Folc, vizconde de Cardona, y Ramón Guillen, sus hijos, y Ramón de Cardona, señor de To* Magaulin, conde de Ampurias y vizconde de Bas, prete* parte del condado de Urgel; y la tierra se ponía en * unos por defender y continuar su posesión, otros por *adquirirla. Esto alteró mucho a las personas que el conde * nombrado para ejecutar su testamento, temiendo el *estorbo habían de causar estas novedades, impidiendo lo que * de obrar como a marmesores del conde: por esto acord* de suplicar al rey, mandase a todos los dichos preten* no inovasen cosa alguna, por el daño se podía seguir de cualquier novedad, ofreciendo estar a lo de justicia; y por mayor firmeza de lo que ofrecían, en el castillo de Lérida, a 11 de setiembre, delante del rey, y en presencia de Gonzalo García, Bernardo de Fonollar, Bernardo de Vilanova y Pedro de Boil, de su consejo, firmaron de derecho, así al conde de Foix, como a otros cualesquier que pretendieran derecho en la hacienda del conde don Armengol, poniendo aquella so protección y manutenencia del rey, para que la defendiese y amparase; y por seguridad y firmeza que pasarían por lo que fuese de justicia, dieron por fiadores a don Ponce de Ribelles y a don Guillen Ramón de Moncada; y el rey mandó al conde de Foix, que era presente a esto, que fundase su derecho y enseñase el título de su pretensión, y él entonces muy despejadamente dijo tener las antedichas donaciones, que eran divididas por alfabeto. Tratóse luego de la validez de ellas con los marmesores, y pasaron entre ellos y el conde algunas razones, algo pesadas; pero los marmesores siempre perseveraron en impugnarlas, y principalmente fundaban la invalidez de ellas por ser mayores de quinientos escudos, y que no eran insinuadas, habiendo sido voluntad del difunto que lo fuesen, que por esto, a 4 de las nonas de enero del año 1300, en poder del mismo Arnaldo de Gerona, nombró juez para ello a Ramón de Guardia, caballero, y antes había hecho procurador suyo, para el mismo efecto, a Berenguer de Castro; y el conde en su testamento las revocó, y dijo que no eran insinuadas, ni había cumplido el conde de Foix los pactos y condiciones con que se hicieron y él había prometido; y aun el conde Armengol, a 17 de las calendas de agosto de 1314, había mandado a Ferrer Colom, letrado de Balaguer y ju* del condado, que después fue obispo de Lérida, que *requiriese al conde de Foix que cumpliese lo que debía *cumplir y había prometido al conde, su padre; y aunque a * de las nonas de agosto se lo requirió en el lugar de *Tirvia, *pero el de Foix cuidó poco de ello, porque confiaba de los *autos que en su poder tenía, que a la postre, en justificación de su derecho, sacó. Leyéronse públicamente, y en la donación había hecho don Álvaro, notaron que, en la línea *treinta y dos, estaban de diferente pluma añadidas estas palabras * Item volumus quod si hec donatio indigeret insinuatione qu*tot donationes volumus intelligi predictas factas esse divi* quod quelibet subsistat infra summam quingentorum aureorum * Notaron también, que después de la firma y clausura *del notario, y de diferente letra y mano, se hacía fé de las *dichas palabras supuestas y añadidas. Sobre esto pasaron *diversas razones, y todos afearon esta falsedad tan notoria que al rey y demás de su consejo pareció muy desvergonzada, y mandó cesar la plática, y al conde de Foix que *callase, que sentido de ello, se partió de allí para Anglesola y aunque todos le decían aguardase, porque el rey no gustaba se fuese, antes le quería hacer justicia, no se pudo *acabar cosa, y así se fue. Estando en Anglesola con Ramón Folc, vizconde de Cardona, se presentaron a los dos letras citatorias (pone citotarias) de parte del rey, y a instancia de los marmesores: asistían con ellos * Ramón de Cardona, señor de Torá, Ramón de *Abella, Dalmau de Palau, Bernat de Castellaulí, Maymó de *J, Berenguer de Almenara, Ramón de Orcau y otros. Aconsejado de estos, respondió el de Foix al rey, en su satisfacción y abono, fundando su justicia, y significando cuán agraviado quedaba de lo que había oído en su presencia, y que si lo que le escribía con aquella carta no se lo había dicho en Lérida, fue por parecerle que no estaba seguro. El rey, a 19 de agosto, le respondió, asegurándole 
que lo que había pasado entre él y los testamentarios, ni le había de causar pesadumbre, ni tenerlo por agravio, porque todo lo que se habló fue en orden de fundar cada una de las partes su justicia, y era cosa muy usada en tribunales impugnar los autos que no están en la debida forma; y que si le mandó callar, fue porque, encendido en cólera, no excediera los límites de la debida cortesía; y sobre todo le certificó que le haría justicia: pero no por esto quedó el de Foix satisfecho, ni gustaba que sobre su donación se hablara tanto. Los ejecutores o marmesores del testamento de don Armengol, que, por haberse excusado el obispo de Urgel, eran Guillen de Moncada, señor de Fraga y senescal de Cataluña, Bernardo de Peramola, señor de Peramola, Bernardo de Guardia, caballero, y Arnaldo de Murello, ciudadano de Balaguer, a quien el difunto había nombrado baile general y procurador de todo el condado y receptor de los emolumentos de aquel, temieron que el conde de Foix y demás pretensores no se metiesen con armas y poder por el condado y vizcondado, inquietando aquel y estorbando lo que habían de cumplir, según el testamento del conde; y por esto resolvieron luego, lo más presto que les fuese posible, venderlo al rey, según había mandado el conde, porque ellos no se sentían poderosos a resistir al de Foix y demás amigos suyos de cualquier invasión hiciesen; y sobre esto se concertaron con el rey, y él, estando en Mequinenza, a 17 de agosto de 1314, nombró procuradores suyos para firmar esta compra, en su nombre, a Bernardo de Fonollar, procurador general del infante don Jaime, primogénito del rey, y a Guillermo de Alomar, juez de su casa y corte; y a 20 de dicho mes se hizo esta venta, y ellos en nombre del rey la aceptaron, y el rey a 22 de setiembre la ratificó. Luego que la venta fue hecha, el rey quiso averiguar la suposición se había hecho en el auto de la donación que don Álvaro había hecho al conde de Foix; y así, a 10 de este mes de setiembre, estando el rey en el castillo de Lérida, mandó juntar su consejo, y llamó tres notarios, que eran Bernardo de Aversó, Pedro de Letoner y Domingo de Biscarra, para que se hiciese allí públicamente comprobación del dicho auto de donación, y fue de esta manera: que llevaron allá el original, que había quedado en poder de Arnaldo de Gerona, notario, y el Guillermo de Alomar lo tenía en las manos y leía, y los tres notarios comprobaban; y hallaron claro que en la línea treinta y dos habían añadido las palabras que quedan referidas, y que en la clausura, y de letra bien diferente, se hacia fé de ellas, y que no estaban en el original y prima matrice; y el rey mandó levantar auto de lo que había pasado, y todo esto se hizo para asegurar el rey mejor su derecho e invalidar el título de que se valía el de Foix.
Volviendo a la venta del condado y vizcondado, dio el rey por él cien mil libras jaquesas, que habían de emplearse en pagar las mandas que el conde dejó en su testamento, y quince mil libras barcelonesas, para pagar el dote y derechos de la condesa doña Faydida, obligando al rey a confirmar los privilegios y prerogativas concedidas por los condes pasados a los del condado y vizcondado, según lo dejó mandado al conde Armengol en su testamento.
Diéronse luego de contado diez mil libras jaquesas, y las noventa mil que quedaban, prometió pagar el rey dentro de los primeros nueve años, es á á saber, diez mil libras cada un año, el día de todos los Santos, prometiendo llevarlas a la casa de los monjes de Poblet, de la ciudad de Lérida, do había de estar una arca con cuatro llaves, una para cada uno de los marmesores, y en ella meterse todo el dicho dinero, porque en estos tiempos aún no usaban las tablas para los depósitos de los dineros comunes y particulares como después, y tuvieron principio en el año 1441, que la ciudad de Barcelona dio principio a la suya.
Las quince mil libras barcelonesas del dote de Faydidia o Fahyda o Faydida (que estos tres nombres le daban), viuda del conde don Armengol, prometió de pagar el rey dentro de un año, que comenzó del día que ella enviudó; y para seguridad de esto, le dio el castillo y villa de Ager y otras rentas, y los marmesores se obligaron a hacerle el gasto por todo ese año; pero los gastos del rey fueron tantos y tan grande el trabajo de juntar el dinero para pagar el precio del condado, que tardó mucho esta señora a cobrar estas quince mil libras, y hallo memoria que se quejó al papa Juan XXII, que era de nación francés, así como ella, y el papa lo dijo a don Gastón de Moncada, arcediano de Barcelona, consanguíneo del rey, que estaba en Aviñon, donde residía la corte romana, quejándose mucho de esta dilación de paga; y el Moncada hizo sabedor el rey de la queja del papa, y a 18 de agosto del año 1320, el rey escribió una cumplidísima carta al papa, dándole razón de * mucho que había pagado y había de pagar por el condado de Urgel, y que aunque se dilataba la paga de las quince mil libras, pero había dado a la condesa Faydida lugares * rentas equivalentes e la dicha cuantidad, para que *gozase de ellas mientras tardaba la paga del dote, asegurando * mucho deseaba que enteramente quedara pagada: en la *misma carta encomienda al papa a don Ot de Moncada, pariente suyo, para que le tenga en memoria, honrando y proveyéndole, según su mecer y calidad; y por aquietar a esta señora, consignó a los marmesores lo que quedaba de la ganancia de ciertas monedas que batía el rey, para que *de lo que resultase de ellas la fuesen pagando. A los marmesores se les habían de pagar las noventa mil libras jaquesas, y para seguridad de ellas, les dio el rey los castillos y villas de Camarasa (que de esta vez salió del condado de Urgel), Cubells, Mongay, Santa Linya, *Lorens, Mejá, Alós, con los castillos y lugares de su honor, el castillo y villa de Almenara, con cumplimiento de todos *los derechos que el rey tenía en ella, y también les *quedó obligada la villa de Albesa, según se infiere de un auto hecho en Valencia a 18 de las calendas de abril de 13* en que manda la infanta doña Teresa a Ferrer Colom, administrador del condado de Urgel, que pague cada un * a doña Urraca, condesa de Pallars, su hermana, cuatro *mil libras, en enmienda y satisfacción de otras tantas *que le habían dado durante su vida, ella y el infante don Alfonso, sobre la dicha villa de Albesa, y dejaba de *recibirlas, por estar aquella en poder de los testamentarios *del conde Armengol; y que le sean pagadas hasta que sea acabada la obligación hecha a los dichos, pues entonces las podrá recibir de las rentas de la misma villa. Obligóles a los dichos el castillo y villa de Ciurana, con todos los demás castillos y pueblos de las montañas de Prades, que poco había le pertenecían al rey, por donación de don Guillen de Entença (aunque este duró poco en poder de los marmesores, porque hallo que el rey lo cobró en agosto de 1322, en ocasión que hizo nuevo concierto con ellos, y se quedaron con el castillo de Ciurana, que también les duró poco tiempo, porque a 18 de agosto de 1324 lo dieron al rey, en ocasión que hizo merced al infante Ramón Berenguer, su hijo, del condado de Prades). Dióles asímismo las rentas reales de Tortosa, para que las poseyesen por tiempo de nueve años, recibiendo cada un año diez mil libras jaquesas, en paga y enmienda de los frutos que les pudieran rentar estas noventa mil libras jaquesas, si se hubiesen pagado de contado; prometiendo que si todo esto no rentaba las diez mil libras jaquesas y los cincuenta mil sueldos, él supliría lo que faltase cada un año, reservándose el rey, que siempre que él diese de contado trescientos mil sueldos jaqueses, pudiese cobrar estas rentas de Tortosa: impúsose pena de cincuenta mil sueldos, en caso no cumpliese lo prometido, y por mejor seguridad de todo, dio por fiadores a don Guillen de Entença, a don Felipe de *Saluces, que era pariente del rey, y de quien, por su gran valor y riqueza, se hacía mucha cuenta en estos reinos, a Pons de Ribelles, Berenguer de Anglesola, y las ciudades de Barcelona, Tortosa, Gerona, que se lo pidió con cartas, su data el día antes de las calendas de octubre de 1314, y la ciudad de Lérida, a quien lo pidió de palabra, por estar en ella; y para esto enviaron sus síndicos con *poder bastante. Los de Barcelona fueron Guillen Lull y M* Marquet, y a 26 de octubre firmaron, y el rey les * reconocimiento que por aquella obligación no se ente*se hecho perjuicio a los privilegios, inmunidades y *franquezas de la dicha ciudad de Barcelona, y lo mismo hizo c* demás. Después, por convenirle al rey cobrar las rentas * consignado sobre la ciudad de Tortosa, que se le hab* volver siempre que de contado diese quince mil libras jaquesas, hizo con ellos nuevo concierto; y fue, que * esta cantidad en esta forma: siete mil quinientos *sueldos en dinero, y por lo demás les consignó cien mil *besantes de plata, que eran de aquellos trescientos mil que le dio * dote la reina doña María, su mujer, hermana de Enr* rey de Chipre, con quien había entonces casado; y ell* aceptaron en descargo de las noventa mil libras: y * más fácil y seguramente cobrasen los cincuenta mil * que cada año les daba por los frutos e intereses, les * las rentas de los castillos y villas de Peratallada, Cruilles, Begur, Santiscla y Rajancós, y dos mil sueldos jaqueses * recibía sobre la aljama de los judíos de Lérida, y cinco * setenta sobre la de los de Gerona, con facultad de *poder vender todo, así por los cincuenta mil sueldos de los *reses, como por los cincuenta mil sueldos de la ante*pena; pero esta obligación de Cruilles y Peratallada *duró poco, porque en el año de 1317 el rey los hubo de *restituir a don Bernardo de Cruilles, y en satisfacción de *dió el rey once mil sueldos barceloneses de renta *sobre las rentas que tenía en la ciudad de Lérida, como * el archivo real, en un registro Comitatus Urgelli de *314, fol. 163. * concierto duró hasta 14 de agosto de 1315, en * rey tomó carta de pago de cuarenta mil libras jaquesas en descargo de las noventa mil que debía; y estas *ron de esta manera: el conde Armengol hizo un au*oder de Arnaldo de Gerona, ante quien había otor* testamento, en que dio amplísima facultad a fray *do Pintor, su confesor, del orden de san Francisco, *dro Olivon, del orden de Predicadores, el maestro Ra* Vilalta, rector de Balaguer, canónigo de Lérida y * y Berenguer Çasala, letrado de Lérida, para juzgar, * mandar, enmendar y restituir cualesquier injurias, * e injusticias a que estuviesen obligados él y sus * así a sus vasallos, como a otras cualesquier perso*tos, cumpliendo su cargo y descargando la conciencia *de y de los suyos, declararon estar obligada su ha* en cuantidad de cincuenta mil seiscientas y cincuenta *acrimontesas, por razón de quistias, monedajes, bo* otros derechos que él y sus pasados habían in*ente exigido de la ciudad de Balaguer, villas de *nt, Ager, Castelló de Farfanya, Albesa, Pons, *Monmagastre, Linyola, Os, Ivars, Tartareu, Oliola, Collfret, Oliana y Claramunt, y que estaban obli* ejecutores de su testamento, así para la seguridad * conciencia del conde, como de sus pasados, a la res* de toda la dicha cuantidad; y entonces las dichas *dades, por demostración del amor tenían al infante * Alfonso, le hicieron donación y servicio de esas cin* mil y seiscientas cincuenta libras, y él las dio al rey, su padre, a 13 de marzo de 1315, y él, en descargo de las noventa mil que había de dar a los testamentarios les remitió cuarenta mil acrimontesas por otras tantas *jaquesas, porque la moneda jaquesa y acrimontesa era *una misma, y las restantes diez mil seiscientas y cincuenta libras graciosamente las renunció a los testamentarios, para que las empleasen en cumplir el testamento y voluntad del conde, sin estar obligados a volverlas a los pueblos a quien* debían, pues estos las habían ya dado al infante, que * dio al rey, su padre, y él las cedió en favor de los mismos testamentarios, para que las empleasen en bien de la * del conde. Entonces el rey y el infante don Alfonso, *su hijo, y los testamentarios, interviniendo Gonzalo Garc* Artal Des-Llor, de su consejo, Pedro Boil, maestre *racional, Pedro Martínez, tesorero, Guillermo Alomar, q* después fue vicecanciller del rey, y Guillen de Vallseca, *trados y del consejo real, acordaron, según parece en un *auto hecho a 3 de los idus de julio de 1315, que así como ha* de pagar el rey cada un año diez mil libras jaquesas, *de allí adelante, hasta que hubiese acabado de pagar, di* cada un año la mitad, que eran cinco mil libras; y que aquellos cincuenta mil sueldos jaqueses que el rey había de dar cada un año durante los nueve años que tardaba a pagar, que fuesen solos los primeros seis años por los frutos, y los otros tres en descargo de la deuda principal, y por esto dio igual seguridad como había dado de antes; y por la ciudad de Barcelona, y en nombre de ella, firmaron Tomas Gruny y Arnaldo de Sarriá, sus síndicos, enviados al rey por esto; y con esta nueva convención y trato quedaron satisfechos los testamentarios.

Después, siendo solos testamentarios (por ser los demás muertos) Guillen de Moncada y Bernardo de Guardia, se hizo otro concierto con el rey; y fue, que por razón de pagarle ciento y cincuenta mil sueldos que debía el rey al conde, por salarios y gajes, como dije en otro lugar, y el cumplimiento de las noventa mil libras, les volvió a dar los lugares de Camarasa, Almenara, Cubells, Mongay, Santa Linya y los demás que dijimos, y los once mil sueldos jaqueses cobraderos de las rentas reales de Lérida, y dos mil jaquesas cobraderas de la aljama de los judíos de Lérida; y entonces los marmesores volvieron al rey todos los castillos y villas de las montañas de Prades (excepto el de Ciurana) y los cinco mil setecientos sueldos recibían de la aljama de los judíos de Gerona, y concordaron que pagados que fuesen íntegramente de todo el dicho precio del condado y vizcondado y de los ciento y cinco mil sueldos, hubieran de restituir los castillos, lugares y todo lo demás que el rey les había dado, en satisfacción y por seguridad de ello; y de este modo se fue pagando todo lo que el rey les debía. Bien es verdad que se fueron algo dilatando estas pagas, porque el rey, ya para la conquista de Cerdeña, ya para el gasto de su casa, ya para pagar sus deudas y obligaciones, se valía del dinero que tenían los marmesores, que no solo le osaban contradecir, pero, lo que más es, don Guillen de Moncada era pagado del salario de la senescalía de los dineros de esta marmesoría, y aun cuando murió quedaba debiendo alguna cantidad, porque a 6 de las nonas del mes de marzo de 1330, hallo que manda el rey a sus marmesores, que eran Ferrer Colom, prior de Fraga, Guillen de Torrelles, Gombau de Oluja, Jofre de Oluja y Jaime de Montolíu, que pagasen lo que él quedaba debiendo; y aunque el rey se lo prestaba de este dinero de la marmesoría, pero luego que había pedido prestado o o hecho merced sobre ella, volvía a obligar los lugares y rentas consignados, para que cobrasen de ellas el dinero que había dado o le habían prestado; y parecía no ser dinero este de ninguno, porque no solo el rey, mas el infante y la infanta doña Teresa, todos se valían de él, y servía de arbitrio para los que habían de ser pagados y no podían, por no haber dinero en la tesorería real; y todo nació de haber muerto * el Arnaldo de Murello, y los que habían quedado ser personas flojas y no tener ni el pecho ni la inteligencia del Murello *
El rey don Jaime, conociendo el daño que se seguía de esto, y que, si se continuara, jamás había de quedar pagado el precio del condado y vizcondado, y los ciento y cinco mil sueldos, estando en Valencia, a 10 de las calendas de abril del año 1324, hizo juramento de no hacer merced ni paga alguna, ni valerse de los dineros de la marmesoría del conde ni de las rentas le eran consignadas, y lo cumplió así como lo había jurado; pero el rey don Alfonso, su hijo, en octubre de 1333 les pidió prestados diez mil sueldos, y por paga de ellos les dio las rentas recibía de los judíos de Lérida y del lugar de Almenar, acudiendo con ellos a sus menesteres: y con todo, de lo que se había de pagar dentro de pocos años, aun en el de 1342, en que reinaba el rey don Pedro, hijo del infante don Alfonso y doña Teresa, se debía buena partida; y así en el año 1343, a 5 de las idus de abril, por muerte de los dichos ejecutores, fueron subrogados y puestos en lugar de ellos García de Santa Pau, canónigo de la Seo de Urgel y rector de Balaguer, y Jaime de AIós, caballero, para que acabaran de cumplir algunas cosas que faltaban; porque en aquellos tiempos, como había tan poco dinero en España, y los reyes habían gastado tanto en la conquista de Cerdeña y en otras *empresas que se les ofrecían, se habían de valer de lo que podían; pero a la postre, aunque tarde, todo se vino a *
El rey, después de comprado el condado y tomada posesión de él, entendió en casar su hijo, el infante don Alfonso, que sería de edad de doce años, con doña Teresa de Entença, sobrina del conde, como él lo había ordenado en su testamento. Era esta señora una de las más ricas y principales damas de estos reinos, hija de don Gombaldo de Entença y de doña Constanza de Antillon, que fue hija de * Sancho de Antillon y de doña Leonor, hermana del conde don Armengol. Tenía esta señora la baronía de Anti* que le pertenecía por su madre, y la de Alcolea y el *damiento que decían de Balbastro, que consistía, entre
otras cosas, en un palacio que tenían en aquella ciudad * el castillo de ella (que después le dio a don Guillen de Entença, que entiendo le era hermano natural, como lo he *to en un registro intitulado Infantisse Teresie, a 10 de las calendas de marzo del año 1324), que le pertenecía * su padre. Los pueblos y lugares de estas baronías eran *Antillon, Les Ceylles, Ponça, Graus, Artesona, Set-Castells, Avicaula, Puig de Cinca, Clamosa, San Mitier, Mar*t, Solana, Alerse (que se lo dio doña Sibilia de Antillon), *tis, Aviego, Alcoletge, Huesso, Rafols, Castellfolit, *castro-Casados, La Gruesa y otros muchos en el reino de Aragón; y estos últimos llamaron la baronía de Entença, por haber sido del linaje de los Entenças, que tomaron * nombre de un lugar hay en estas baronías, llamado * Entença. En el de Valencia tenía Chiva, que en el año de 12* en la conquista de aquel reino, perteneció a don Berenguer de Entença, por heredamiento, con sus alquerías; Ma*ra, que después fue de don Pedro Ladrón, vizconde de *lanova; Bunyol, Cestalgar, Siete-Aguas, Macastre, T* de Alborraix, y otros muchos que fueron de su padre * de don Sancho de Antillon, su abuelo, y valles de Ant* y Cutiot; y en el reino de Navarra había Mugque, Sorid*, Gorriza y otras heredades. Concertóse la boda en la ciudad de Lérida, para domingo, a 10 de noviembre, que se *llaron en ella el infante don Jaime, primogénito del *
don Guillen de Rocaberti, arzobispo de Tarragona, * don G. de Aranyó, obispo de Lérida, fray don Andr* abad de Poblet, fray don Pedro, abad de Santas Cruces, don Felipe de Saluces, don Guillen de Entença, don Guillen de Moncada, don Ot de Moncada, don Gerar* de Cabrera, don Guillen de Anglesola, don Pedro de *Queralt, don Pons de Ribelles, don Guillermo de Eril, *Berenguer de Almenara, Berenguer y Guillermo de San* cens, Bernat de Peramola, Bernat de Guardia, Ar* Dezllor, Gonzalo García, Bernardo de Fonollar, Pedro Pomar, Acardo de Mur, Pedro de Meytat, Vidal de V*nova, Dalmau de Pontons, Berenguer de Rajadell, G. River, Ramón de Puigvert, G. de Santa Coloma, Ar* de Morello y otros muchos caballeros; y allá en presencia de ellos dio el rey al infante su hijo el condado de Urgel * vizcondado de Ager, que poco había le habían vendido* ejecutores del testamento del conde don Armengol, * dio con los pactos que ordenó el conde en su testamento, * que eran: que el infante don Alfonso casase con doña Teresa de Entença, so sobrina; que tomase las armas del condado de Urgel, que eran los jaqueles o escaques de oro y * negro, y usase de ellas en los sellos, pendones y demás partes en que se usa llevar armas, sin mezcla ni añadidura alguna; que se intitulase conde de Urgel, y que lo que era en feudo en el condado lo hubiera como a feudal, y lo alodial como a tal: y porque de una vez se enterara qué era lo feudal, declaró serlo la ciudad de Balaguer y los castillos y lugares de Agramunt, Albesa, Menargues y Linyola; y que queden obligados él y sus sucesores a dar las tenencias de estos castillos, según los *usajes y costumbres de Cataluña, cada vez que fuesen requeridos; y que si el infante viniera a ser rey de Aragón, como lo fue, sucediera en el condado y vizcondado su hijo segundo, y llevara las armas de Urgel, sin mezcla, y se intitulase conde de Urgel; y que el asiento y concordia que se * con el conde Armengol en Barcelona a 12 de marzo de 1307, sobre el mero y mixto imperio de algunos *pueblos, quede confirmada y válida; y que en el dicho con* hayan de suceder los hijos varones, y si no les tuviere * infante de doña Teresa, los que tuviere de otro matrimonio; y que acabándose la línea masculina, vuelva todo, * lo alodial como lo feudal, al que fuese rey de Aragón * conde de Barcelona; y que las hijas las tenga el rey, en * caso, de casar según su calidad. Con estas condiciones y otras dio el rey al infante, su hijo, los dichos condado y vizcondado y demás lugares y jurisdicciones que había comprado a los testamentarios del conde don Armengol.
Parece todo muy largamente en el auto de la dicha *cion, la cual, por ser la guía de lo que queda por * sucedió, la traigo entera, sacada del archivo real de Barcelona, de un registro de las cosas del condado, del * del rey don Jaime el segundo, de los años 1314 a * y es la que se sigue:

In nomine Domini nostri Jesu Chrisli ad notitiam *tium et memoriam futurorum Nos Jacobus Dei gratia *rex Aragonum Valentie Sardinie et Corsice ac comes Barchinone * regalis preheminentia dignitatis in qua feliciter superna* sitione regnamus ut regna terrasque nostra a Deo nobis * gubernanda omniumque gressus potissime nostri regimi *minio subditorum in via justitie atque pacis assidua soll* ne dirigamus et directos foveamus in illa ac singulorum * et gradus prout sua merita et cause requirunt prom* utiliter benevolentia speciali nos profitemur comuniter * citer obligatos: circa que prout nobis ab alto conceditu * nuis meditationibus sponte vacamus modos oportunos * mus et operationis nostre debitum voluntarii exhib* si generaliter omnibus nostris in premissis taliter e* debitores attamen erga proprios nostros filios nobis cel* nedictione concessos qui eadem nobiscum persona * ut cum casus seu modus se ingerunt illos et regia ac * provisiones promoveant humana ratio fortius et insup* ralia jura que sunt immutabilia efficacius nos const* itaque ex presenti opere nostro quod ad laudem et *domini Dei nostri et beatissime Virginis Marie matris s* tius curie celestis insequimur confidentius expectamus * nostris regnis et terris cultum augere justitie procurare * pacificis et eam odientibus refrenabile remedium prep* agere etiam que reipublice utilitatis atque quietis respi* crementum et ex eodem etiam opere inclitum infantem * sum secundo genitum nostri karissimum ex donatione * ta comitatis et vicecomitatis dignitatis et aliorum subscri* orum attollimus insignimus ac etiam sublimamus. Attenden* igitur quod nobilis vir Ermengaudus quondam comes Urgelli de universis bonis suis disponens inter cetera statuit or*navit voluit et mandavit io suo ultimo testamento quod manumissores sui videlicet nobiles G. de Montecateno Bernardus * Peramola Bernardus de Guardia et Arnaldus de Murello * consilio voluntate et assensu religiosi fratris Bernardi Pictoris * ordine Minorum consiliarii ipsis manumissoribus a dicto *comite in dicto suo testamento ultimo assignati venderent et *traderent et vendere et tradere possent propria auctoritate in perpetuum sine impedimento et contradictione cujuscumque *persone nullius licentia expectata certo pretio in testamento predicto expressato totum comitatum Urgelli et vicecomitatum *Agerensem cum omnibus suis pertinentiis totamque aliam terram suam et castra et loca et jura omnia sua jurisdictiones et * quecumque et ubicumque que vel quas habebat vel habere poterat aut debebat quocumque modo jure ratione vel causa nobis Jacobo Dei gratia regi predicto sub certis modis et formis inter quos sunt videlicet quod predictus inclitus infans Alfonsus filius noster secundo genitus duceret in uxorem *Theresiam filiam majorem nobilis Gombaldi de Entensa quondam et *Constantie neptis dicti quondam comitis et quod dictus infans Alfonsus faceret et portaret insignia ipsius comitis consueta *videlicet insignia comitatus Urgelli in armis sigillo et vexillo et *omnibus aliis in quibus consuetum est insignia propria de*tari sine aliquibus aliis insigniis ibi mixtis et quod vocare* comes Urgelli sic tamen intelligendo et sub modis et formis * dictus infans qui comes esset teneret et possideret totum comitatum et vicecomitatum dicti quondam comitis et totam * suam et omnia jura et jurisdictiones suas eo modo quo * comes tenebat et possidebat scilicet quod terram quam ip* comes ad francum alodium tenebat similiter ipse infans *liberam et quitiam et ad francum alodium teneret et eam quam * feudum tenebat simili modo ad feudum teneret ita quod si * absit inclitus infans Jacobus carissimus primogenitus *noster defficeret et contigeret dictum Alfonsum post contractum matrimonium cum dicta Theresia assumi in regem Aragonum *cundo genitus ipsius Alfonsi esset comes Urgelli et quod faceret nomen et insignia comitis Urgelli et quod alia co* subiret prout hec omnia et singula inter alis in dicto *testamento facto in villa de Camporellis de Ripacurtia VI idus julii anno Domini M.CCC.XV. auctoritate Arnaldi de Gerunda *publice notarii Balagarii et per totam terram et jurisdictionem nostra plenius et latius continetur: attendentes etiam quod prenominati manumissores juxta ordinationem testamentariam co* prelibati et auctoritate ejusdem ac de consilio predicti frat* Bernardi Pictoris consiliarii eorum vendiderunt nobis *memorato regi pretio in testamento prelibati comitis contento in *quidem pretio jam eis satisfecimus totum comitatum *Urgelli  videlicet civitatem Balagarii et castrum et villam de *Albesa castrum et villam de Menargis excepto violario quod in ipso loco habet nobilis Gerardus de Capraria et castra et villas * Linesola de Acrinonte de Pontibus de Montmagastre de Comeols de La Donzell de Viuves de Collfret de Tiurana de *na et de Villaplana excepto violario quod in ipso loco de Villaplana habet Bernardus de Foix et jus quod predictas * habebat In castro et villa de Altes necnon castrum et villas Podioviridi et de Uliola et dominium loci nominati de Puelles necnon et totam terram aliam castra et villas et mansos * omnia alia loca et jura jurisdictiones omnimodas potestates *carias et dominia quecumque que predictus comes *quondam habebat vel habere debebat tenebat et possidebat et possidere debebat infra dictum comitatum et extra ubicumque necnon totum viceomitatum agerensem videlicet castrum et villa* agerensem castrum de Monfort et castra et villas de *Claramont de Miyla de Tartareu de Osso de Castilione de Ivarcio* Montasor et de Buxo excepto violario quod in ipso loco de Buxo habet dictus Bernardus de Guardia et omnia alia castra * villas mansos loca et jura jurisdictiones omnimodas potestates vicarias et dominia quecumque que predictus comes quondam habebat vel habere debebat tenebat et possidebat et tenere * possidere debebat infra dictum vicecomitatum et extra ubi*que sub modis tamen et formis supradictis prout pleni* instrumento ipsius venditionis nobis facto auctoritate pre* A. de Gerunda notarii publici XIII kalendas septembris *anno predicto hec et alia contineri noscuntur: Idcirco Nos Jacobus *Dei gratia rex predictus volentes in predictis ordinationem *complere et servare comitis supradicti gratis et ex certa scientia ac voluntate spontanea per nos et nostros presentes et futuros *damus et concedimus titulo perfecte et pure et irrevocabilis donationis inter vivos vobis memorato infanti Alfonso filio nostro presenti et recipienti totum comitatum Urgelli videlicet civitatem Balagarii et castrum et villam de Albesia et castrum et villam de Menargis et castrum et villas de Linesola de Acrimonte de Pontibus de Montmagastre de Comeols de La Donzell de Viuves de Collfret de Tiurana de Uliana de Villaplana et jus quod predictus comes habebat in castro et villa de Altes necnon castrum et villas de Podioviridi et de Uliola et dominium *loci nominati de Puelles necnon etiam totam terram et alia castra villas mansos et omnia alia loca et jura jurisdictiones omnimodas potestates vicarias et dominia quecumque que predictus comes quondam habebat vel habere debebat tenebat et possidebat et tenere et possidere debebat infra dictum comitatum et extra ubicumque necnon et totum vicecomitatum agerensem videlicet castrum et villam agerensem et castrum de Monfort et castra et villas de Claramunt de Miyla de Tartareu de Osso de Castilione et de Ivarcio de Montasor et de Buxo et omnia alia castra villas et mansos ac loca et jura jurisdictiones omnimodas potestates vicarias et dominia quecumque que predictus comes quondam habebat vel habere debebat tenebat possidebat et tenere et possidere debebat infra dictum vicecomitatum et extra ubicumque cum omnibus nobilibus sive baronibus militibus feudatariis seu castlanis et cum omnibus hominibus et feminis cujuscumque conditionis seu legis existant ibidem habitantibus et habitaturis et cum omnibus dominicaturis honoribus et possessionibus quibuscumque et cum terris omnibus plantatis seu non plantatis heremis et populatis et cum montibus et planis garrigiis cumbis sive vallibus et cum fluviis rivis seu fontibus ademprivis talliis et collectis subsidiis atque questiis bovatico et monetatico et cum justitiis caloniis districtibus placitis firmamentis et stacamentis et cum tertiis bannis et faticis et cum mero imperio atque mixto et cum omnibus dominiis seu dominationibus potestatibus et jurisdictionibus quibuscumque et cum lezdis passagiis carnalagiis et mensuratico atque penso et cum hostibus exercitibus et cavalcatis et redemptionibus eorundem et cum pace et guerra et cum omnibus redditibus exitibus fructibus proventibus obventionibus inventionibus sive trobis et cum decimis questiis et tertiis ac cum omnibus terminis pertinentiis et adjacentiis omnibus predictorum omnium et singulorum que vobis damus et cum omnibus aliis universis et singulis que *nos ibidem habemus vel habere debemus aut possumus ratione di*te venditionis nobis facte et que ibidem habebat prelibat * quondam comes et percipiebat et habere et percipere consue* seu debuit quibuscumque modis juribus rationibus vel causis.
Hanc autem donationem et concessionem facimus vobis prescripto infanti Alfonso filio nostro de predictis comitatu et vicecomitatu et aliis terris castris villis locis et aliis predictis sub modis et formis ordinatis per dictum quondam comitem in dicto suo ultimo testamento et aliis etiam conditionibus et retentionibus infra contentis sicut melius dici potest et intelligi ad vestrum et vestrorum salvamentum et bonum intellectum: ita quod ea omnia ex predictis que dictus quondam comes tenebat et tenere debebat a nobis et nostris in feudum teneatis vos et vestri similiter sub premissa et infrascripta forma in feudum et ea omnia que idem comes tenebat et tenere debebat pro alodio vos et vestri similiter sub premissa et infrascripta forma pro alodio teneatis. Et ne super his que feuda sunt et hiis que allodia sunt ex predictis questio de cetero seu dubium valeat exoriri certificati plenarie de predictis declaramus civitatem Balagarii necnon castra et loca de Acrimonte de Albesia de Menargis et de Linesola esse feuda nostra sicquq vos et vestri sub forma supra et infra declarata teneatis civitatem et castra seu loca ipsa a nobis et nostris in feudum: alia vero castra loca ville et alia supra dicta que et quas superius vobis damus sunt alodia et per alodium tenentur sicque vos et vestri ut supra et infra continetur ea omnia per alodium teneatis. Sub talibus tamen conditione retentione modo et forma vobis donationem et concessionem predictam facimus et expresse nobis et nostris retinemus quod in predictis comitatu et vicecomitatu ac castris locis villis et terris et aliis supradictis et singulis succedant et succedere debeant vobis filius vel filii masculi ex predicto *matrimonio *os et dictam Theresiam contrahendo procreandus *ndi et de ipso matrimonio filio vel filiis masculis *bus succedant vobis filius vel filii masculus vel mas* vel si quos ex alia matrimonio legitimo duxeritis *. Si vero contigerit vos vel heredem aut heredes *vestrorum heredum seu successorum quandocumque *ere absque filio vel filiis masculo seu masculis ex * alio legitimo matrimonio procreato seu procreatis *comitatus et vicecomitatus et alia castra loca ville terre *es et dominia ac omnia alia et singula supradicta *a quam feudalia ad nos seu ad heredem nostrum * qui pro tempore fuerit qui erit rex Aragonum et *Comes Barchinone libere et absque contradictione et impedi*ibet revertantur: et in hoc casu volumus et ad hec * des nostros obligamus quod si ex predicta Theresia * legitimo matrimonio filiam vel filias vos aut vestri *sculini sexus relinqueritis masculis non relictis nos *neamur et debeamus ipsas filias sive una sive plu* in matrimonio juxta earum conditionem honorabi*are in quo casu ut est dictum predicti comitatus et vicecomitatus et alia predicta omnia et singula ad nos et nostros * libere revertantur. Preterea ex causa hujus doña*ncessionis damus et cedimus vobis et vestris sub *nis conditionibus et retentionibus supra contentis * nostra voces et actiones nobis ratione dicte vendi*nentes et pertinere debentes in predictis que vobis *ontra quascumque personas et res ratione eorum: *sitis uti agere et experiri in judicio et extra quemad* possemus ante hujusmodi donationem constituen* vestros ut predicitur in hiis omnibus et singulis do* procuratores ut in rem vestram propriam sub forma * expressata salvis tamen nobis et nostris in hiis que *ur pro nobis tenentur in feudum potestate et potes* dominio ac dominiis et aliis quibuslibet juribus in eis *nentibus ratione alodiarii dominii ac etiam potestatis * et vestri masculini sexus ut predicitur prestetis et *teneamini nobis et nostris pro predictis feudis *homagium * manibus secundum Usaticos Barchinone et Consuetudines Catalonie. Teneamini etiam nobis et nostris vos et vestri masculini sexus ut prescribitur dare irati et pacati de predictis feudis potestatem et potestates secundum predictos Usaticos Barchinone et Consuetudines Catalonie quandocumque et quotienscumque eam vel eas duxerimus requirendas et alia etiam facere et complere que in rebus feudalibus requiruntur per vassallum fieri domino feudi. Volumus preterea ac etiam retinemus quod compositio sive redemptio olim facta inter nos ex parte una et dictum quondam comitem Urgelli ex altera super mero et mixto imperio et alia jurisdictione quorundum castrorum et locorum sit et remaneat in sua firmitate et robore prout in carta inde facta nostri sigilli et sigilli etiam dicti comitis munimine roborata plenius continetur ita quod dictus infans Alfonsus et filius vestri et vestrorum masculi* sexus sub predicta forma teneatis pro nobis et nostris *perpetuum in feudum merum et mixtum imperium et aliam jurisdictione castrorum et locorum predictorum sicut tenebitis et tenere debebitis Balagarium et alia que pro nobis tenebitis in feud*queque superius declarata sunt prout in predicta carta *compositionis et transactionis plenius est expressum. Ad hec nos *infans Alfonsus predictus confitentes sub virtute juramenti *rius per nos prestiti excessisse etatem XIIII annorum et u* recipientes cum reverentia et filiali subjectione a vobis
*excelentissimo principe et domino domino Jacobo Dei gratia rege Aragonum supradicto domino et patre meo carissimo gratiam *nationem et concessionem predictas cum modis formis co*tionibus et retentionibus supra scriptis ac eisdem omnibus singulis prout superius latius et clarius continentur *constientes expresse convenimus et promittimus vobis dicto *domino regi presenti et recipienti et vestris modos formas conditiones * retentiones prescriptas attendere et complere ac perpetuo per * et nostros inviolabiter observare. El hec omnia et singula *juramus per Deum et ejus sancta IIII evangelia manibus nostris corporaliter tacta attendere et complere et in aliquo nunquam contravenire et etiam pro predictis feudis superius declaratis q* a vobis tenemus et a vestris perpetuo tenere debemus nos *et nostri sub modis formis conditionibus et retentionibus supradictis facimus vobis de presenti homagium ore et manibus com* datum juxta Usaticos Barchinone et Consuetudines Cathalonie * Ad hujus autem rei memoriam et perpetuam firmitatem * sunt inde duo consimilia instrumenta alterum habendum *endum per antefatum dominum regem et alterum ha* et tenendum per dominum infantem Alfonsum prescriptum. Que sunt acta in civitate Ilerde in ecclesia Sedis (la Seo o Seu) civitatis ipsius die dominica qua computabatur IV idus novembris anno Domini M.CCC.XIIII (1314).- Sig+num Jacobi Dei gratia regis Aragonum Valencie Sardinie et Corsice ac comitis Barchinone * predicta laudamus concedimus et firmamus presensque *instrumentum munimine bulle nostre plumbee jussimus corro*rari - Sig+num infantis Alfonsi predicti qui premissa laudamus concedimus et firmamus sigillumque nostrum appendi* huic instrumento jussimus apponendum.
Premissis autem omnibus fuit presens inclitus dominus *infans Jacobus memorati domini regis primogenitus.- Fuerunt * presentes testes reverendi ac venerabiles in Christo *patres G. Tarraconenssis Archiepsicopus (Archiepiscopus) frater G. Episcopus *Illerdensis ac frater Andreas Populeti et frater Petrus Sanctarum *Crucum monasteriorum abbates nobiles Philippus de Saluciis G. de *Entença G. de Montecateno Otto de Montecateno Geraldus de *Capraria G. de Angularia Berengarius de Angularia Bernardus de Angularia Petrus de Queralto Pontius de Ribelles G. * Erillo et milites Berengarius de Almenara Berengarius de *sancto Vincentio G. de Sancto Vincentio Bernardus de *Peramola Bernardus de Guardia Galcerandus de Curte Arnaldus * Azior Gondisalvus Garcia Bernardus de Fonollario Petrus *mar Acardus de Muro Petrus de Meytat Vitalis de *Vilanova Dalmatius de Pontonibus Berengarius de Rajadello G. De * Raimundus de Podioviridi G. de Sancta Columba et A. Murello et A. de Gerunda ac quamplures alii in ipsius *Sedis ecclesia congregati. Sig+num mei Bernardi de Aversone *predicti domini regis notarii et publici etiam auctoritate sua per totam terram et dominationem ejusdem qui predictis interfui * hec scribi feci et clausi loco die et anno prefixis.

En el mismo día y poco después de hecha la donación se firmaron los capítulos entre el infante y doña Teresa, la cual, con consentimiento de doña Elvira de Antillon, abadesa del monasterio de Casues, en el reino de Aragón, su tía, de don Guillen de Entença, de don Guillen de Moncada, de don Guillen de Anglesola, don Ponce de Ribelles, parientes suyos, y de Guillen de Valsenis, sacrista * Pedro de Ayvar pavorbe de Huesca, tutores suyos, le * en dote todos los castillos y villas tenía en el reino (los reinos) de Aragón y Valencia, exceptos la villa de Cestalgar, en Valencia, y los lugares y heredamientos de Navarra, que quedaron por entonces en poder de los testamentarios de su padre * abuelo, para cumplir el testamento de ellos. Heredó * su dote al hijo que nombraría de aquel matrimonio, y pa* testar se reservó cincuenta mil sueldos jaqueses, y no quedando hijos, sino hijas, se reservaron los dos, para *disponer * diez mil libras jaquesas. El infante le hizo esponsalicio * cien mil sueldos jaqueses, y que si muerto él, quisiera * mitad, que se la tengan de dar para poder disponer de el * a su voluntad, y no tomándola, o tomando la mitad, vuelvan la otra mitad los herederos del infante, y para mayor seguridad de ellos, le dio los castillos y lugares de Castelló de Farfanya, Os y Tartareu.
En el entretanto que el rey entendía en esto, doña Margarita, condesa de Foix, mujer que fue del conde Roger Bernat e hija de Gaston de Moncada, señor de Bearn, solicitaba al rey que diese el vizcondado de Ager a su hijo Gastón y baronía de Moncada; y el rey, que estaba disgustado de él, no lo quería hacer, y ella enfadada se lo escribió de manera, que obligó al rey a que le dejase claro * él gustaría que las acciones de su hijo fuesen tales que *gasen a merecer de gracia y por merced la baronía de *Moncada, y que si por sus méritos no viene a ser me* de su gracia y merced que le desea hacer, le cer*ca que no dejará de hacer por vía de justicia todo lo * deberá y fuese justo. Esto pasó a 28 de octubre de * año 1314; y el día de santa Lucía, que es a 13 de diciembre de este mismo año, murió el de Foix, dejando tres *hijos y tres hijas, que el mayor de todos no pasaba de siete años, y esto fue parte para que los demás pretensores disi*aran, habiendo faltado el más principal de ellos, y el infante gozó con mucha paz y sosiego del condado y *demás tierras (que) tenía.

Duró esta paz y sosiego hasta el año 1319, en que se movió la guerra entre el infante don Alfonso, de una parte, * Ramón Folc, vizconde de Cardona, Ramón y Guillen, sus hijos, Ramón de Cardona, señor de Torá, el conde de Ampurias y otros que pretendían ciertos castillos y pueblos del condado, que ya cuando murió el conde Armengol los quisieron cobrar, y ya por haber faltado el conde de Foix, que era el principal pretensor, ya por otras causas, aguardaron hasta este año; y estaban ya desafiados todos los caballeros y ricos hombres, que seguían los unos las partes de * otros; y el infante don Alfonso se estaba en la ciudad de Balaguer, aparejándose para la defensa; y el infante don Juan, su hermano, que había por este tiempo sido elegido arzobispo de Toledo, puso entre ellos treguas de diez años, y porque no se pudieron concertar de sus diferencias, el rey les requirió que cesasen de la guerra, y cuando no, procedería contra ellos según Usajes y derecho de Cataluña, señaladamente contra don Ramón de Cardona, pri* del vizconde, que era muy valeroso y guerrero, que por *este tiempo se fue a Italia, y su partida fue gran causa * concertasen sus diferencias, y más, que este mismo año * el infante don Alfonso jurado por primogénito y sucesor en estos reinos, y el de Cardona no quiso tener guerra con quien había de ser su rey y señor. Dice Zurita que, *al haber ido don Ramón de Cardona a servir otro príncipe sin su licencia, el rey le quiso quitar las caballerías, y *dudando si lo podía hacer, el Justicia de Aragón le aconsejó que sí.
El infante don Jaime, hijo primogénito del rey, estaba ya jurado en Aragón y Cataluña por inmediato sucesor del rey, su padre; y movido de nuevo fervor, declaró que *no quería ser rey ni casarse, sino tomar el hábito de la orden de Montesa, recién fundada, y esto con grandes *veras y resoluciones; y aunque el rey, su padre, hizo lo que *pudo y supo para apartarle de aquel propósito, hasta asegurarle que desde luego renunciaría en su favor el reino y lo daría en mano, y se retiraría en el monasterio de Santas Cruces, pero no acabó nada: solo alcanzó con él que oye* misa con la infanta doña Leonor, hija del rey don Fernando de Castilla y de León, que había venido para desposarse con él, por haber ya muchos días que este matrimonio estaba concertado. Oyeron misa en la villa de Gandesa; * al dar la paz, no quiso llegarse a ella, antes el rey, su padre, se la dio, y él, luego que fue acabada la misa, se salió del lugar y se vino acompañado de algunos a un lugar llamado el Ledó (Lledó, Teruel), donde comió aquel día, y el rey se quedó en Gandesa con la novia. Volvió otra vez a ofrecerle el reino; pero aprovechó poco, porque perseveraba en querer renunciar la primogenitura, como a la postre lo hizo, y doña Leonor se hubo de volver a Castilla, y después, como veremos, por muerte de la infanta doña Teresa, vino a casar con el infante don Alfonso, siendo ya rey de Aragón. El rey, desconsolado del desapego del infante, se vino a Tarragona, donde había mandado convocar cortes, y a 23 de diciembre de este año de 1319, en la iglesia de predicadores y en presencia de mucha nobleza que había acudido allá, con auto solemne emancipó al infante, y él renunció la primogenitura y absolvió a todos del juramento y homenaje que le habían hecho como a primogénito. Aceptó el rey esta renunciación, y luego tomó el hábito de la religión de san Juan, porque ya que quería ser religioso, quiso el rey que fuese de una religión que profesase luego, y no se pudiese el otro día salir de ella e inquietar estos reinos; y profesó luego en el mismo monasterio, en la capilla de Santa Catalina, asistiendo el prior de Cataluña y muchos caballeros de aquella orden, en que perseveró poco tiempo, y se pasó a la de Montesa. Su manera de vivir, que después fue muy libre y poco compuesta, dio ocasión de creer que aquello que hizo no fue devoción, sino liviandad.
Hecho esto, luego los prelados, caballeros y los que estaban allá y se habían hallado en aquellas cortes, juraron el infante don Alfonso, que estaba presente, por primogénito, heredero y sucesor en los reinos, después de los felices días del rey, su padre, y le besaron la mano los infantes, sus hermanos, y los ricos hombres y demás que allí estaban, y dejó las armas e insignias de conde, y de aquí adelante se intituló Alfonso, del alto señor rey de Aragón * primogénito y procurador general, conde de Urgel; y el año siguiente, a 15 de setiembre, fue jurado en Zaragoza, y entonces el vizconde de Cardona, como sabio y cuerdo que era, dejó las armas y no quiso tener guerra con quien había de ser su rey y señor.
Poco antes de esto, domingo, a 5 de setiembre de este año 1319, parió la infanta en la ciudad de Balaguer, en los cuartos bajos del gran palacio del castillo (así lo dice el rey), al rey don Pedro, que llamaron el Ceremonioso, y fue bautizado luego en el mismo aposento do nació, porque se temía de su vida, por haber nacido de siete meses, y pensaron que no viviría muchas horas: su padrino fue don Ot de Moncada, hermano de la reina doña Elizen de Moncada, que fue última mujer del rey don Jaime. Llamáronle Pedro, por devoción del apóstol y en memoria del rey don Pedro, su bisabuelo, (este fue el IV Pedro de Aragón) y pasó siendo niño grandes trabajos, y él mismo escribe en su historia, que en un año mudó siete amas.
Perseveraba todavía la condesa doña Margarita de Foix en la pretensión del vizcondado de Ager, y daba públicamente quejas contra del rey, y más en la corte romana, donde
era oída, y los que no sabían lo que había de por medio juzgaban mal del rey; y él, por informar al papa de lo que había en esto, le envió a Gerardo de Rocaberti y a don Juan López, arcediano de Calatayud, con orden que, cesando la condesa de sus quejas, disimulasen, y perseverando en ellas, informasen al papa, haciéndole sabedor de la donación, y falsedad había en ella; y sobre esto les escribió largamente, a 5 de las nonas de mayo de 1320.
En este mismo año mandó el rey convocar cortes en la ciudad de Zaragoza, para que en ellas fuese jurado el infante don Alfonso, su hijo, por primogénito; y juntos los prelados,
caballeros, ricos hombres y los demás que suelen entrevenir en ellas, en la iglesia de san Salvador, (la Seo, donde se coronaban reyes y reinas) un lunes, a 15 de setiembre, llamaron al infante don Jaime, que no vino en ellas, y con información que se tomó de la renunciación que había hecho, juraron al infante don Alfonso por primogénito, heredero y sucesor de los reinos, y por rey, después de los días de su padre, y él luego, con gran solemnidad, hizo juramento de guardar las libertades, privilegios, fueros y costumbres y unión de los reinos de la corona, para que de aquella hora en adelante no se separasen de ella.
En estas cortes, y a 23 del mes de octubre, hizo el rey merced al infante don Alfonso del castillo y villa de Luna, que había sido de don Ruy Giménez de Luna, caballero muy principal y rico hombre de Aragón.
Había muchos años que deseaba el rey entender en la conquista de Cerdeña y añadir a su corona aquel reino e isla; pero reparaba, por no saber a quien encomendaría aquella gran empresa. Él en persona no podía ir, por ser viejo, y *lo fue difiriendo hasta estos tiempos, en que lo encomendó al infante don Alfonso, su hijo, cuyo ánimo era aun para cosas mayores. Pertenecía esta conquista al rey, por concesión que en el año de 1297 le hizo el papa Bonifacio VIII, cuando el rey fue a Roma; y la tenían entonces los *pisanos usurpada.
Fueron estas islas de los emperadores orientales, y en eI año 720, los sarracenos de 
África, gente bárbara y fiera, las sojuzgaron, poniéndolas a sangre y fuego, y *profanando todos los templos de ellas con extraña crueldad: *tuviéronlas hasta el año 730, que Luitprando, rey long* los echó de ellas; y sus sucesores las poseyeron * años de 774, que Carlo Magno venció y prendió a D* rey de ellos, y dio la isla al pontífice romano. * los pisanos pretendieron a Cerdeña, por estar en * Tirreno, de la provincia de Toscana, de que la ciud*sa era cabeza, y también porque Phorcio, que fue el * rey de aquella isla, era de la provincia de Toscana, * se la usurparon contra voluntad de los pontífices, y *ron hasta el año 1297, que el papa Bonifacio VII* conquista de ella al rey don Jaime; el cual, aun *seaba mucho entender en esto y se lo solicitaba al *tólico de Nápoles, por cuyas persuasiones pensaban *os que el rey entendería en ello, y también las * de Florencia y Luca, que estaban mal con la de Pi* como esta guerra había de ser contra los gibilinos, * su padre y hermano habían siempre favorecido, y * habían favorecido en la conquista de Sicilia, y * razones, no quiso entender en ello por aquella vez. * viniéronle al rey tantas ocupaciones y negocios, que * fue posible de muchos años entender en esto, como * hasta estos tiempos de ahora, que lo encomendó a don Alfonso, asegurado que había de salir de ell* confiaba. 

Es Cerdeña isla situada en medio del mar Mediterráneo * tiene al oriente a Italia, a mediodía a África, a * el mar Sardo y al septentrión la isla de Córcega * grandeza casi igual a la de Sicilia, aunque no *poblada: su figura es como una suela de zapato; tiene de circuito 562 millas, según opinión de Botero; tiene cabe sí cuarenta y cuatro islas, aunque todas despobladas. Está toda la isla rodeada de muchas y diversas torres, que a más de hermosearla, la guardan de turcos, moros y corsarios: su sitio, por la parte que mira a Córcega, es áspero y fragoso, y por la parte de África, llano: es toda ella abundantísima de trigo, y se saca con gran abundancia para España e Italia, y produjera más, si más se cultivara: cría mucho ganado y vino excelentísimo y aceite, todo en abundancia; tiene infinita caza, y hay muchos muflones, que no se hallan en otra parte, y dan muy grande provecho; no se crían allí lobos ni otros animales nocivos, salvo raposas; cría muchos caballos y jumentos; tiene sus minerales de oro y plata, salinas y baños de aguas calientes, y en el mar, coral finísimo en abundancia; descúbrense en ella muchas y muy grandes ruinas, que denotan lo que fue en tiempos pasados; tiene el día de hoy tres arzobispados y cuatro obispados, y en tiempos atrás tenía más: usan lengua propia; Cáller es la ciudad metrópoli, do reside el virey y la corte; y finalmente, después de Sicilia, es la mejor isla de todo el mar Mediterráneo.
Tuvo el rey don Jaime muchas ocasiones de emprender esta conquista, y fue solicitado y rogado de muchos señores y repúblicas de Italia, que aborrecían los pisanos y deseaban verlos fuera de ella. Ofreciéronle al rey dineros, navíos, gente y todo el favor posible para ello; pero no lo aceptó, porque esta conquista la dejaba para sí solo, pues era poderoso, ayudado de sus vasallos, para salir con ella; y resuelto esta vez a emprender lo que otra había escusado, convocó a los catalanes en la ciudad de Gerona, y en ellas (cortes) les dio cuenta de su pensamiento, pidiendo ayuda. Sirvióle todo el principado con el amor y largueza que suele, y el rey de Mallorca le sirvió con 20 galeras armadas y pagadas a su * ta, por cuatro meses, y los reinos de Aragón y Valencia hicieron lo mismo. El infante se vino a Barcelona y sacó el estandarte real, con aquella solemnidad que solían cuando los reyes en persona salían a alguna guerra. Era mucha la prisa que daban el rey y el infante para la partida; y el rey se vino a Tortosa, donde estaba como en medio de sus reinos, para mejor acudir a las cosas de Cataluña, Valencia y Aragón; y quería que aquel verano, que era el del año 1322, se partiera la armada; pero sobrevinieron estorbos que lo dilataron a la primavera, y en el entretanto envió a don Dalmau, vizconde de Rocaberti, y a don Guillen de Rocaberti, su tío, Bertrán de Castellet y Hugo de Santa Pau, con ciento ochenta hombres de a caballo y algunos almogávares, para socorrer a Hugo, juez de Arborea, señor sardo, (que bailaba el baile sardo, parecido a la sardana) que solicitaba este viaje con grandes veras, porque los pisanos le querían mal y tenían usurpado lo mejor de su estado. Había entonces muchos mercaderes de Barcelona, Tarragona, Tortosa y Valencia y otros lugares, vasallos del rey y del de Mallorca, que negociaban y trataban en tierra de pisanos: mandóles el rey notificar esta conquista, porque en tiempo se retirasen y pusiesen en cobro, y no fuesen empachados o detenidos, negociando en tierras de pisanos; y aunque ellos fueron muy diligentes, pero no tanto, que no cogieran algunos. Hallo en memorias de estos tiempos que a Ramón de Vall, Guillermo Bastida, Bertrán de Vall y Arnaldo Bastida, mercaderes de Barcelona, cogieron diez mil ochocientas y dos libras trece sueldos dos dineros, moneda barcelonesa, y después los infantes don Alfonso y doña Teresa * consignaron sobre la moneda que se batía en la seca *illa de Iglesias, en la isla de Cerdeña: y parece en un *ro del infante, con sus letras dadas en Balaguer, a * las nonas de julio, y con otras de la infanta, dadas en *el, a 6 de los idus de diciembre de 1326.
Nombró el rey por almirante a don Francisco Carroç, * muy experimentado en cosas de guerra y navales. El * que se le ofrecía al rey era grande, y aunque todos * reinos de la Corona le sirvieron de buena gana en lo que pudieron, pero no pudo ser tal el servicio, que bastara *para pagar tan gran gasto: entonces se valió de los dineros * las albaceas del testamento del conde don Armengol, * diversas veces les tomó prestados más de cien mil sueldos jaqueses, que aunque destinados para cumplir la voluntad del difunto, se los prestaban al rey de buena gana, * con la misma daba orden y cartas de donde pudie* ser pagados. Todo el condado le valió con grandes sumas de dinero: Camarasa y Cubells sirvieron con nueve mil *sueldos jaqueses, Santa Linya con mil, y así los demás, según la posibilidad de cada uno. Trató entonces el rey de * la baronía de Entença, del principado de Cataluña, que pocos días había le dio don Guillen de Entença, * arzobispo de Tarragona; y al de Zaragoza muchos *lugares y rentas de gran consideración. Las fiestas de Navidad * pasó el rey en Tarragona, y estando aquí, mandó que * caballeros y ricos hombres y todos los que habían de ir *con el infante se juntaran en Port-fangós, () que era un puerto muy grande y capaz, que estaba a la boca del río Ebro * el más frecuentado de toda Cataluña, muy acomodado para recoger gente y vituallas, aunque después las avenidas del río Ebro del todo le han cegado. De los reinos de Aragón, Cataluña y Valencia vino mucha gente noble: muchos nombra Zurita, y así los dejo.
Esta armada dio no poco cuidado a todos los príncipes y estados de Italia, y más al rey Roberto de Nápoles; que aunque se publicó para Cerdeña, no lo quisieron creer, porque estaban escarmentados del rey don Pedro, abuelo del rey, que habiendo publicado la conquista de África, salió con la de la isla de Sicilia. Los pisanos, señores de Cerdeña, fueron los que más temieron, y buscaron medios con el rey para que desistiera de lo comenzado y volviera sus fuerzas contra infieles. Sobre esto fue Vidal de Vilanova, caballero catalán, a Roma, a suplicar al papa no le estorbase aquella empresa, porque le pesaba que expeliese a los pisanos de aquella isla, y había hecho todo lo posible para desviar al rey de aquel pensamiento, y aun le prometía pagar los gastos hechos, que eran muchos; pero nada fue bastante para que mudase de intento.
Antes de partirse, nombraron los infantes por procurador general y gobernador del condado de Urgel y vizcondado de Ager y de todas sus tierras y señoríos, a Ferrer Colom, del consejo del rey, que era canónigo de la Seo de Lérida y rector de la ciudad de Balaguer, y gobernó muchos años toda aquella tierra a gusto y satisfacción del rey y de los infantes, y con contento del pueblo, y perseveró hasta el año 1332, o poco más, que fue nombrado obispo de Lérida, y en su lugar sucedió Ferrer de Abella, de quien después hablaremos.
Estaba ya el infante en el mes de mayo en Barcelona, y * allí, con veinte galeras y otros navíos, pasó a Port-fangós, con la infanta doña Teresa, su mujer; y pocos días * el almirante Francisco Carroç, con veinte galeras *das en Valencia y otras tantas del rey de Mallorca, * muchas naves y bajeles que llegaban cada día: y era tan *le y general el contento que todos tenían de esta empresa, y acudía la gente en tan gran número, que fueron * veces más de los que pensaban, lo que es de *maravillar porque sabían todos que iban a una tierra mal sana y *ruines aires. Dice Ramón Montaner, testigo de vista de * pasó en esta ocasión, que quedaron en Port-fangós * de veinte mil hombres de armas, por falta de bajeles. *ieron a la embarcación el rey y la reina y los infantes *hijos; y el rey, antes de embarcar, dijo al infante su hijo, * le encomendaba un privilegio que Dios, por su misericordia, había encomendado a la casa real de Aragón, se* con sello de oro, claro y limpio y no corrompido ni *do, y era que el estandarte de ella jamás había sido *ido, excepto una vez que, por culpa de quien lo llevó, *erdió: y dicen que lo dijo por el rey don Pedro, que * en la guerra y fue por culpa suya, y le encargaba * lo volviese así como se lo había encomendado, y que *ese batalla a sus enemigos, hiriese y acometiese el primero, animosa y poderosamente, con intención determinada de vencer o morir, repitiendo tres veces esta palabra: vencer o morir. Y le advertía, que con el consejo e industria de * caballero acontecía muchas veces ganarse una batalla, y * antes que se diese, tuviese sus caballeros juntos así * tomar de ellos consejo, como por no privar al ausente * la gloria del vencimiento. Dicho esto, les dio su bendición, y se fueron los infantes a embarcar en una nave * Bernardo Ballestar y Arnaldo Ballestar, ciudadanos de Barcelona, llamada Santa Eulalia. Fue esta embarcación a 30 de mayo, o según dice el rey don Pedro en su historia, a 1.° de junio de este año 1323, y el rey y reina les acompañaron hasta el navío en que habían de ir, y después * quedaron en la orilla del mar, hasta que los perdieron de vista. Era esta armada de sesenta galeras y veinte y cuatro naves gruesas, que, juntas con los demás navíos menores llegaban a trescientas velas. Cinco días después de embarcados, llegaron al puerto de Mahon, de la isla de Menorca, y allá estuvieron cuatro días y tomaron refresco; y estuvieran más, si no entendiera el infante que la señoría de Pisa enviaba socorro a Cerdeña. A 9 de julio, a la tarde, que el tiempo estaba en calma, se salieron los infantes del puerto y se embarcaron en su nave, llamada Santa Eulalia, y se engolfaron el día siguiente: a 13 del mismo mes llegaron al cabo de San Marco, que está cabe Oristan, en la isla de Cerdeña, y a los del consejo del infante pareció que pasase a desembarcar al puerto de Palma de Sols, y al pasar el estrecho que hay entre la isla de Cerdeña y San Pedro, se movieron vientos provenzales, y se perdió una de las galeras del rey de Mallorca, que dio en unas peñas, y se anegaron algunos; luego el día siguiente fueron allá las naves y demás bajeles, y llegaron con próspero viento, y los que iban en ellas saltaron en tierra.
Hugo, juez de Arborea, con muchos caballeros de la isla, fueron a recibir al infante y juraron por señor de aquella isla al rey de Aragón, y para después de sus días, al infante, como a hijo y sucesor suyo: acordaron de poner sitio en * de Iglesias, que era el lugar de donde recibían mayor * tierras del juez de Arborea, y el almirante con * galeras se fue a Cáller, donde estaba el vizconde de *Rocaberti, su primo hermano, que días había que con dos * infantes y dos cientos caballos, tenían puesto sitio a la ciudad de Caller; porque, como dije, se habían embarcado *os días antes que los infantes, y habían pasado con na* estos con la venida del almirante apretaron bravamente la ciudad y el castillo, no obstante que dentro había *entos caballos y diez mil infantes. La demás armada * a la playa de Canyellas, que dista dos millas de * de Iglesias, y aquí se desembarcaron los trabucos y las máquinas de batir. Dividió el infante sus gentes en *ancias para combatir la villa; dióse el primer *combate a 6 de julio, aunque lo llevaron mal los nuestros, por* cava era más ancha y honda de lo que pareció a * la reconocieron. Estando aquí el infante, vinieron *Hugo, juez de Arborea, y otros caballeros de la isla, y prestaron homenaje por los lugares que tenían en ella, y el de Arborea prometió tres mil florines de oro de censo, pagaderos el día de san Pedro y san Pablo, y ochenta mil para *to de la conquista del reino. Tuviéronse inteligencias * de Sácer, que prometieron que luego, en llegando * armada, se rendirían, y así lo cumplieron. El cerco de * de Iglesias perseveraba, y a 20 de julio se dio un * combate y murieron muchos de ambas partes, y la *charon de suerte, que no podía entrar socorro dentro, *pieron los arcaduces por donde entraba el agua. Rin* poco después de esto el castillo de Ullastre: comba* también el castillo de Terranova, aunque no le pudieron ganar más de una torre. Pasó el almirante con * galeras a Córcega; pero porque el invierno entraba y aquel mar era poco seguro, se volvió a Cerdeña, do llegaron treinta y cinco galeras de pisanos, para socorrer el castillo que tenía cercado el vizconde de Rocaberti; pero temiendo nuestras galeras, se retiraron, sin hacer lance alguno.
Tiene la isla de Cerdeña, en algunas regiones de ella, unos aires tan mal sanos y poco saludables, que obligaron a los que no habían experimentado lo bueno que hay en ella,
por haberles luego probado mal aquel cielo, a darle nombre de ínsula pestilente; pero siendo cierto que ella de sí no lo es, y que si algún pedazo de ella tiene mal clima, lo demás de la isla lo tiene bueno, sano y saludable, por do ha venido a perder aquel mal renombre; y al infante y a su gente los trató tan mal, que llegaron a punto de quedar él y la infanta solos, porque, por corrupción del aire, recrecieron en el verano grandes enfermedades y dolencias en el ejército, que apenas quedó persona que no enfermase: siguiéronse grandes mortaldades; perecieron muchos caballeros y personas de cuenta y gente ordinaria, tanto, que ya no había quien hiciese guarda, ni aun quien enterrase los muertos. A 21 de setiembre adoleció el infante de tercianas, y eran de tan mala especie, que apenas pasaba día sin calentura. Adoleció también la infanta, y le murieron todas las doncellas que con ella habían pasado, y hubo de tomar de las naturales de la isla y otras estranjeras. Fue tan constante el infante en estos infortunios, que jamás quiso salirse del Real, aunque los médicos se lo aconsejaban; antes bien cada día, aunque tuviera calentura, salía armado. Murieron también la mitad de la gente de la armada, y de los que quedaron, ninguno se escapó de enfermedad o dolencia, hasta punto de venir a morir.
Duró esto todo aquel estío y primavera y una parte del invierno, que fue muy lluvioso y frío; y fue tal la corrupción engendrada de los cuerpos muertos, que engendró una * inficion. Estos trabajos y enfermedades sentían no menos los de Villa de Iglesias, a más de la gran hambre que padecían, que llegó a punto de valerse para el sustento, de los animales que morían y de todas las sabandijas que podían haber. Echaron fuera las mujeres, niños y viejos, pero el infante les mandó volver dentro, y de cada día se
* estrechando el cerco. Concordaron a la postre, que si * 3 de febrero no eran socorridos de los pisanos, cuya armada se publicaba ser de cincuenta galeras, entregarían la *plaza, como lo hicieron seis días antes del plazo, porque *ni los pisanos acudieron, ni ellos podían aguardar más. Los soldados de Villa de Iglesias se pasaron al castillo de
ciudad de Cáller, porque así se lo permitió el infante, * haberse tratado, y la villa quedó por él, y conocieron * clara el punto a que habían llegado los cercados, por* entrando el infante en ella, no halló cosa que comer, * ni rastro de ella. Fue tomada esta villa después de siete meses y diez días de cerco, en que padeció el infante *insufrible fatiga y trabajo, así en las muertes de tan principales caballeros que allá murieron, como también en las
*discordias y motines hubo en los suyos, que no le costó *menos trabajo el asosegarles, que el conquistar la isla, a * de los sustos que cada día le daba la armada de los *pisanos, que por momentos aguardaban, y estar tan lejos * socorro que le podía venir. Eran cosas estas que juntas reciamente le atormentaban el corazón; y dice un autor italiano, que todo el buen suceso del infante consistió en que una armada de cincuenta y dos velas, que salió de Pisa a 25 de enero, no pudo llegar, por tiempo contrario; antes se detuvo en Elba hasta 13 de febrero, que era el día en que se había de entregar Villa de Iglesias, si no era
socorrida. Entre otros hombres de cuenta que murieron en este cerco, fueron: don Gombau de Benavent, don Dalmau de Castellnou, don Guerau de Rocaberti, don Gilaberto de Centelles, don Pedro de Queralt, don Ramón Berenguer de Cervelló, don Ramón Alamany, don Galceran de Santa Pau y don Ramón de Cardona.
Estando el infante don Alfonso sobre Villa de Iglesias, juntaba el rey don Jaime todas las galeras le eran posibles para enviar socorro, porque sabía muy bien las enfermedades y muertes había en el ejército y cuán disminuído quedaba de gente. Mandó poner tabla de acordar, que es lo que decimos tocar atambores, arbolar banderas y hacer gente; juntó veinte galeras, ocho en Borcelona (Barcelona), ocho en Valencia, dos en Tortosa y dos en Tarragona; tomó prestados muchos dineros, y en particular se valió de los consignados a los testamentarios del conde don Armengol. Ramón Montaner dice que él, en compañía de Jaime Escrivá, cuidó de armar las ocho galeras de Valencia: fue toda la armada a Barcelona; nombró el rey por capitán a Pedro de Belloch, caballero catalán, y de esta vez se embarcaron muchos caballeros de los más mozos, ricos y principales de estos reinos, que pasaron allá con gran amor y gana, por lo que debían a su naturaleza, y porque el rey y el infante tenían gran cuidado de gratificar a todos los que pa* (salto de página)
esta conquista y a los hijos de los que murieron * de Gastón de Foix, hijo de la condesa doña Mar*e Bearn, por estos tiempos vino a Barcelona a * rey don Jaime, pensando ser desagraviado de la * que él decía hacérsele en el derecho tenía en el *condado de Urgel, vizcondado de Ager y baronía de *Moncada. * pretendía casar con la infanta doña Violante, hija * que después casó con el príncipe de Taranto; y * era gran señor y de gran linaje, pero era mucho *edia, y así no hubo lugar aquel matrimonio.
*es de tomado el castillo de Villa de Iglesias, se * él el infante siete días, y acordándose de la mer*abia Dios hecho, y en memoria de Santa Eulalia *elona, cuya invocación estaba en la nave en que *mandó edificar en él una capilla so invocación de *, y mandó que de su tesorería se pagasen cada *cincuenta libras alfonsinorum minutorum a un clé* * asignó para el ministerio de aquella, fundando un * beneficio o prebenda. Entonces dio a la infanta *vida el castillo y villa, y ella se quedó en ella con *os hombres de a caballo por guarda. Partióse pa* siete días a Cáller, no sin algún enfado, porque * no quería entender en el cerco de aquella ciudad, *ero no quedasen pagados de lo que se les quedaba * y el infante prometió que no se pondría asedio * ni a otra plaza antes de ser pagados, salvo si *tranjera viniera en socorro del castillo. Detúvose * en un lugar llamado Salico, que dista cuatro *leguas de Cáller, reparando su ejército. En este tiempo llegó la armada que había salido de Pisa, y llevaba cuatrocientos hombres de a caballo, entre tudescos e italianos (Montaner dice ochocientos, y dos mil ballesteros y otra mucha gente de guerra), y llegaron un lugar del golfo de Cáller, llamado Cabo Tierra, y aquí supieron que Villa de Iglesias estaba presa, y que la ciudad y castillo de Cáller estaban apretados, y así fueron a socorrerle. Sabida su venida, a 24 de febrero, el infante pasó a poner su real sobre ella, y mandó armar veinte galeras, y por falta de gente no le fue posible; mas, que las del rey de Mallorca se eran vueltas. Presentáronse ante de la armada pisana, y a dos tiros de ballesta pararon, aguardando qué harían y vieron que toda la armada enemiga pasó a un lugar que se llamaba Santa María Magdalena, donde tomaron tierra y sacaron los caballos y alguna gente. El infante, que había saltado en tierra, mandó a unos jinetes que les siguiesen mirando el camino que llevaban; y conocieron que venían hacia el real del infante, y que a 28 de febrero habían llegado a un lugar llamado Decimo, y que se les había juntado gran número de gente de la isla, y eran más de seis mil hombres. El infante, después de tomado consejo de lo que había de hacer, les salió al encuentro, sin darles lugar, ni de rehacerse, ni descansar de la fatiga del mar. El almirante Francisco Carroç quedó con las galeras en defensa de las naos que había en el puerto y en guarda del real, que estaba junto del castillo, donde había también doscientos caballos y muchos hombres de a pie que había dejado el infante en guarda de él, y él con lo mejor de su gente, que eran cuatrocientos hombres de armas, y ciento cincuenta a la lijera y dos mil infantes, los más de ellos almogávares, que entre todos serían dos mil quinientos cincuenta hombres, porque los más estaban enfermos e imposibilitados de tomar armas, salió el primer día de cuaresma del lugar de Buen Aire, y tomó un lugar por donde había de pasar el ejército de los pisanos, que, según habían dado aviso los jinetes, no estaban muy lejos. Ordenó el infante sus escuadrones con gran destreza, y lo mismo hicieron sus enemigos; y en un campo raso llamado Lugo Cisternas se encontraron los dos ejércitos. Súpose por cosa cierta que el general de los pisanos, aconsejado de un caballero tudesco llamado Horigo, que había salido de Villa de Iglesias y conocía muy bien al infante, escogió doce caballeros, los mejores de todo el ejército, y entre ellos a este tudesco, a fin de que estos solo atendiesen a matar o prender al infante; y los nuestros, aunque no sabían el intento de los pisanos, escogieron diez hombres, los mejores de todos, que solo cuidasen de la persona del infante y del estandarte real, sin jamás partirse de su estribo. (Esto ya lo hacían los moros, como pasó en las Navas de Tolosa, con las cadenas y guerreros que protegían al Miramamolin). Los doce pisanos, luego que descubrieron el infante, le embistieron; y él, conociendo al mal intento que llevaban, con su lanza dio tal
golpe al primero, que cayó allí muerto; y luego echó mano a una maza de armas, y a otro que venía hacia él, le dio tal golpe en la cabeza, que le rompió el yelmo y los sesos le salieron por las orejas; y llegándosele los demás, mató tres de ellos, e hiciera lo mismo de los otros, sino se le rompiera la maza (esto me suena al apellido Maza, Maça); y los siete que quedaron le mataron el caballo, y el infante vino a tierra y echó mano a la espada
que llevaba, y con ella peleó muy buen rato, defendiéndose de los enemigos, hasta que se le rompió (así lo dice Ramón Montaner), y entonces echó mano de un puñal (que aquel autor llama bordon) que llevaba ceñido, y con él peleó. En este primer encuentro, todos los pendones de los ricos hombres vinieron en tierra, (excepto el de Guillen de Cervelló); y el del infante, que llevaba don Giménez de Urrea, aragonés, también cayó, y un caballero de los enemigos le tomó; y aquí fue una brava batalla do pelearon todos animosamente, los nuestros por cobralle, y los enemigos por defendelle; y el infante se puso en medio de la fuerza y poder de los contrarios, y perseveró allí, peleando con su puñal valerosamente, hasta que con ayuda de los suyos le cobró y encomendó a Bernardo de Baxadors, caballero catalan muy principal, que fue tres veces virey del reino de Cerdeña. Este dio al infante su caballo, y subió en él, y se volvió a mezclar con la gente, y los siete caballeros que habían quedado de los doce se presentaron delante de él, y arremetió con su bordon a Horigo, caballero tudesco, y se lo metió en los pechos, y cayó muerto. Sus compañeros quisieron huir, pero diéronles alcance y quedaron muertos, y de los doce, los siete murieron a manos del infante, el cual tomó una lanza y arremetió al general de los pisanos, y le dejó muy mal parado, y de aquel punto comenzaron los enemigos a huir, mostrándose vencidos. Fue grande el daño que recibieron en este día, y murieron más de mil doscientos de ellos, unos degollados, y otros anegados en un estanque que allí junto estaba, y los que quedaron, se recogieron en el castillo, y con ellos Manfredo de Donorático, su general, que, aunque vivió algunos meses, a la fin de este año murió, quien dice de enfermedad, quien de las heridas que recibió.
Es cierto que fuera muy mayor el daño que recibieron * enemigos en el alcance, si no se detuvieran los nuestros * el infante, que de una herida en las sienes y junto la *, perdía mucha sangre; y con todo fue el postrero que * del campo, peleando con los enemigos, y vengándose de *rida que había recibido, con grande ánimo y coraje. Aca* la batalla y reconociendo los muertos, hallaron solo * muerto seis caballeros y seis soldados ordinarios: man* entonces el infante ahorcar a un soldado que había huido * Villa de Iglesias, y había publicado que el infante que* muerto y vencido, y causó en la infanta gran sentimiento, y en aquel pueblo mucha alteración y peligro de * movimiento.
*Todos los autores cuentan esta batalla por muy señalada, *or el valor de los capitanes y personas de cuenta que *lla se hallaron, como por el singular esfuerzo y valen*el infante, al cual, a más de la dicha herida, en solo *orjal (gorguera la llaman hoy) se le contaron diez y *e señales de heridas, y el rey don Pedro, su hijo, que * historia cuenta esta batalla, dice, que cuando cayó * estandarte en tierra y se le quebró la lanza, echó mano * espada, llamada Vilardell, y con ella los venció e hizo *.
Era esta espada muy notable, y por decirse de ella * singulares haré luego mención particular de ella.
*El infante, en memoria de la merced que Dios le había hecho * victoria tuvo aquel día, mandó edificar en aquel campo *Lugo Cisternas, en el mismo lugar donde le mataron el
*caballo, y sino por Bernardo de Boxadors y demás que le *socorrieron, muriera, una capilla en honor de san Jorje, *on y tutelar de la casa real de Aragón, y fundó en ella
* capellanía, con obligación de decir cada día *perpetuamente en ella misa rezada; y a 12 de las calendas de noviembre de 1324, estando en Zaragoza, mandaron los infantes a
Guillermo de Rivo, su camarlengo, que de los dineros de su casa y corte pague lo necesario para el sustento de un clérigo que celebre en ella misa, y de un monacillo que la *sirva continuamente.
El almirante, que había estado, mientras duró la batalla, con sus galeras en guarda de la armada pisana, impidiéndoles no sacaran gente en tierra, salió contra ella; pero no quiso aguardar, y dejaron muchos navíos cargados de vituallas y municiones; y el infante, continuando su buena fortuna, se fue al fuerte que tenían los suyos sobre Cáller, y allí mandó labrar un castillo y villa, que llamaron de Buen Aire, y tuvo cercado al de Cáller por mar y por tierra, donde casi todos los pisanos que habían escapado de la batalla se habían recogido.
Fue costumbre de capitanes y hombres famosos en el arte militar tener, para su servicio, armas o instrumentos bélicos muy aventajados y singulares, usando de ellos en las ocasiones, confiando no solo de sus personas y esfuerzos, mas también de los instrumentos habían de servirse, *escogiéndoles buenos, fuertes y esquisitos, y tales, que no faltándoles a ellos el ánimo, menos faltasen sus armas, porque ¿qué importa ser el hombre valiente, si en la mejor ocasión la espada y lanza se le rompen, y el arcabuz revienta y el mosquete hace falta, y desarmado, queda vencido del adversario, que las más veces le será inferior en fuerza, industria y experiencia del arte militar? Por no venir a esto los príncipes, de cuya salud y vida, si son buenos, depende el bien público (reipublice), escogen tales armas, que en ocasiones apre* no solo no les hacen falta, mas aun con ellas vencen *pen las de los enemigos. Eran, por esto, las armas de * especie más estimadas de ellos que sus joyas, porque * solo les adornaban las personas, y aquellas les guardaban la vida y reputación, que vale más que todos los tesoros del mundo. Buscaban las de los artífices famosos y maestros insignes: estos en la fábrica de ellas observaban los * y movimientos celestiales, teniendo cabe sí en sus * astrólogos que les avisaban del tiempo y hora en * los planetas y signos celestiales predominaban a los *metales de que se labraban, y tanto cuanto duraba aquella *constelación, se trabajaba en ellas, y acabada, cesaba la * hasta otro tiempo semejante; y por esto las llama* armas de constelación, y aventajaban en muchas cosas a las demás, ya por la fineza del metal, ya por la fuerza * estrellas que en la obra de ellas predominaron: por * eran de subido precio y valor, y solos los príncipes las *usaban, por ser ellos poderosos para pagar las hechuras * se ofrecía en tales fábricas. Era la virtud y bondad *ellas natural, como lo son las que se templan con las * de algunos ríos de Galicia, que salen muy buenas, *des cortadoras y muy seguras (sin concurrir ni pactos * ni esplícitos con el enemigo del linaje humano): con* la bondad de estas en que eran, sin comparación, *fuertes y cortadoras que las demás, y al golpe de ellas *acababan rompidas las otras como si fuesen de vidrio o * y así mismo las lanzas y picas pasaban cualquier *armadura de hierro como si fuera de plomo, estaño o car* porque el acero de ellas era muy fuerte y de mejor * que las dichas armas defensivas, que a la punta de aquellas no podían resistir. En los duelos, que en aquellos tiempos tan usados eran, no era lícito a ninguno de los duelantes llevar tales armas, antes habían de jurar que no las llevaban, y llevándolas alguno de ellos, aunque venciera, ni quedaba vencedor, ni el otro por vencido, ni el tal duelo valía, antes el vencido quedaba con la misma honra y reputación en que estaba antes; y por esto dice fray Francisco Eximenez, que habían de jurar que no llevaban armas que tuvieren virtud, entendiéndolo de estas armas, que el vulgo llamaba armas virtuosas; pero fuera los desafíos era lícito a cualquier rey a capitán, y a los que las tenían, llevarlas, así para ofender al enemigo, como para defender sus personas; porque como no eran conocidos los mosquetes, arcabuces y demás armas de fuego en las batallas, se llegaba muy a menudo a pelear con espada y lanza, cosa que en nuestros días acontece raras veces. La espada de mejor fama y estimación era la que llamaban de Soler de Vilardell, que fue de los reyes de Aragón, y trabajaron mucho para alcanzarla y la estimaron como * de sus más preciosas joyas.
El principio o lo que se sabe de ella, es lo que diré. Había junto al lugar de San Celoni, que está entre Gerona y Barcelona, un dragón o serpiente de estraña grandeza y mayor ferocidad, que no solo tenía aquella comarca consola consumida y acabada, mas aun nadie osaba pasar junto a ella, por evitar los notables daños recibían de aquel monstruo.
Intentaron muchos de matarlo, pero fue vano su intento: antes quedaron los más muertos. Salió este Soler de su casa una víspera de fiesta, para ir a cortar rama a un bosque, y topó con un pobre que le pidió limosna: para dársela, su* a su casa, y por ir más lijero, dejó una espada que *llevaba al umbral de su puerta, y cuando bajó con la li* ni halló al pobre, ni a su espada, sino otra en el * lugar que había dejado la suya. Desenvainóla, y re*ciéndela por buena, dio un revés a un árbol que ha*mano, y le rompió como si fuera una caña. Admiró* la bondad de ella, y juzgó que milagrosamente le ha* venido y se la había dado el cielo, para obrar algún * maravilloso: acordóse del fiero dragón que infestaba * tierra, y creyó ser aquella espada la que le había de dar *muerte; y aconsejado de personas sabias, encomendando a * la empresa, salió a matar el dragón, y por mejor *asegurarse de la bondad de la espada, dicen que dio * ella en una peña que halló en medio del camino, y *partió, y se vé el día de hoy junto a la villa de San Celoni, y es tradición que lo que falta de ella fue cortado con * espada. Continuó su camino muy satisfecho con la * había hecho, prometiéndose mil felices aventuras: * donde estaba el dragón, y topando con él, le dio tan * cuchillada, que le partió por el medio y le dejó muerto. * Contento de la victoria, volvió donde le aguardaban los *, y alzando el brazo derecho en que llevaba la espada * mostrársela, algunas gotas de aquella venenosa sangre, * que estaba mojada la espada, cayeron por el brazo y se * hincharon de manera, que dentro de pocos días murió. *edó con esto tan acreditada aquella espada, que era co*ada de muchos príncipes, que la desearon comprar, y * dueño (el nuevo, ya que el otro, Vilardell, murió) jamás la quiso poner en precio, estimándola como * cosa única y singular. El rey don Pedro, hijo del rey * Jaime el primero, siendo infante, la quiso comprar, y * daba por ella cuatrocientos sueldos barceloneses de terno, de renta perpetua a su dueño, que por aquellos tiempos, que era antes del año 1276, era un gran precio. No se la quiso vender, antes en su testamento la vinculó entre sus herederos, y eran tan celosos de ella, que, una vez que la prestaron, les fue asegurada por setecientos morabatines, y otra vez por mil quinientos, y con razón, por ser única en el mundo. Después vino en manos de los reyes de Aragón, por las muchas diligencias hicieron por ella, y el
primero de los reyes de Aragón que la llevó (según lo que he hallado) fue el infante don Alfonso, que, como vimos, sirviéndose de ella, salvó su vida y reputación en la isla y reino de Cerdeña. Después de él la poseyó su hijo, el rey don Pedro, que, como gran soldado y conociendo el valor de ella, en su testamento, hecho a 14 de mayo de 1370,
ante Juan de Conesa, su secretario, después de haber mandado vender su recámara, exceptuó de ella algunas joyas preciosas, y una de ellas fue esta espada, y dícelo de esta manera: Excipimus tamen inde vexillam deauratam que nostro servitio est continuo deputata et de qua supra ordinavimus et unum salerium quod vocatur Castrum Amoris et quatuor flascones argenti et omnes anulos aureos lapides pretiosos sive sint incastati sive non et quinque enses quorum unus vocatur Sancti Martini alius de Vilardello alius Tison (Tizona en otras fuentes) et istum habet jam noster primogenitus ex largitione nostra cum eum militari auxilio duximus decorandum alius Triveta alius Clareta nec non tabulam de Cistallo etc.

Después de muerto el rey don Pedro, no hallo más memoria de ella, aunque es cierto que sus hijos la estimarían por lo que ella era, adornando con esta y las demás sus *.
En el archivo real de Barcelona, en un registro * rey don Jaime el primero, del año 1270, fol. 197, he * una sentencia que dio aquel rey, en que declara mal * un duelo en que Bernardo de Centellas venció * Bernardo de Cabrera, por haberse probado que el *vencedor llevaba esta espada: es muy larga aquella senten* y contiene muchas cosas tocantes al uso de estos maldi* desafíos, que tan introducidos estaban en el mundo;
* para confirmación de lo que he dicho, referiré dos *las de ella, la una sacada de la petición o querela * dio el Arnaldo de Cabrera contra el Centellas, que * insertada en la misma sentencia, y dice de esta manera: * denunciat vobis dictus Arnaldus dicens quod contra sa*mentum de quo supra dixit dictus Bernardus filius Ber* de Scintillis portavit ensem de Vilardello qui quidem * habet virtutem ut nullus succumbere vel superari possit
* illum in bello detulerit et si ponitur in aliquo loco etc. * habet alias virtutes multas per quem ensem ipse Bernar* de Scintillis obtinuit in sua intentione etc. Y después dice:
* Nos Jacobus rex predictus etc. Quia constat nobis per * acta sunt dictos denunciantes in dicto bello illicite pro* intromittendo arma illicita et prohibita et etiam virtuosa *idens et publica probat fama videlicet ensem de Vilarde* cujus introductione nobis constat per confessionem dicti *Bernardi de Scintillis senioris qui ensis ut haberetur fuit as*atus pro septingentis morabatinis pro quo etiam ense in* Petrus filius noster voluit dare quadringentos solidos Bar* de terno in redditus annuales quem ensem dominus * dare noluit aliquo pretio immo expresse prohibuit illum *i: fuit etiam etc.
Y después acaba: Quia quidquid in * isto bello vel ejus occasione vel causa factum est quia consta* nobis illicite et indebite factum esse pronuntiamus penitus non valere.
Y hablando de esta espada fray Francisco Eximenez, del orden de San Francisco, que fue obispo de Elna y patriarca de Jerusalén, contemporáneo del rey don Pedro el Ceremonioso de Aragón, dice en el libro 12, capítulo 44:
"Y en los archivos del señor rey de Aragón que hoy reina es la espada de Vilardell, famoso caballero, con la cual mató aquella gran serpiente de San Celoni, que salía a matar los hombres en el camino; y otras espadas de gran virtud tiene el dicho señor, según me ha dicho persona de consideración de su reino".
No era sola esta espada, porque hallo memoria de otras que eran tenidas en la misma estima y aprecio: de este jaez era la que llamaron Tizona, que fue del Cid, y después la llevó el rey don Jaime en la conquista de valencia, y dice Beuter de ella, que fue de maravilloso templamiento, y que no había que temer que se quebrase por cortar hierro ni acero, y se la habían traido de Monzón, donde estaba colgada sobre el sepulcro de un caballero templario, cuya había sido; y dice el rey, que la tenía por venturosa y era muy preciada en aquellos tiempos, y dice el mismo autor, que aquella espada quedó colgada sobre el sepulcro del rey hasta sus tiempos; pero yo entiendo que en lugar de ella pusieron otra por memoria, porque la Tizona vino a poder de los reyes sucesores suyos, y el rey don Pedro el Ceremonioso la dio al infante don Juan, su hijo, como lo dice en el testamento arriba citado. Llamáronla Tizona, como si dijéramos ardiente, derivándolo de la palabra tizón, (teó, tió) que es un leño *encendido y lo confirma el título del otro que llamaban De la ardiente Espada, si ya no es que derive de un verbo *ego que suena lo mismo que feliz y dichosa, así como * de Roldán, que llamaron Durena, como si dijésemos cosa *duradera y fuerte, por los duros y fuertes golpes que daba * ella.
Fue notable la del rey don Alfonso el primero de Portugal, que, como joya singular, con el escudo con que peleaba *ardan en el monasterio de Santa Cruz de Coimbra, donde él está sepultado; y lo llevó todo el rey don Sebastián * África, fiándoselo los religiosos de aquel monasterio con *grandes condiciones; y algunos observaron, que por haber * rey desembarcado sin ella, dejándola en el navío, *quedó vencido, pareciéndoles que quien la llevaba había * vencer, y habiendo, por su desdicha, de ser vencido, se *descuidó de ella, porque dicen ser imposible que quien *la llevaba pudiera perder batalla.
La espada de San Martín fue muy estimada de los reyes de Aragón: llevóla de Alemania el conde de Barcelona, cuando fue a defender la emperatriz: poseyéronla los *reyes sucesores suyos; y muerto el rey don Martín, quedó * poder de la reina doña Margarita, su mujer, y ella *muerta, fue vendida en el encante público, y un caballero * casa del rey, que la conocía, la compró y dio a la *cofradía de los algodoneros de Barcelona, que tienen capilla * San Martín en la iglesia de San Agustín, donde la guardan y veneran como reliquia, por haber sido de aquel tan * santo, como lo cuentan el dicho doctor Beuter, *libro 2, capítulo 17, y Carbonell, folio 42.
La de Lope Juan fue muy preciada en tiempos pasados, y por un gran don, la dieron el abad y monjes de San Salvador de Leyre al rey don Ramiro el Monje.
La del rey don Fernando el Santo, que ganó a *Sevilla es estimada en aquel reino como reliquia, por haber * de aquel buen rey, tan señalado y adornado en todo *ro de virtudes; y en el día y vigilia de la Santísima Trinidad * y día siguiente, es costumbre, en la seo de Sevilla, *celebrar un muy solemne aniversario por él, y sobre un túmulo *poner dos cojines de brocado, y en el uno la espada, y *en el otro la corona de este rey, que todo se guarda con*dado y reverencia; y a las veces, los capitanes a la *presas la solían tomar, con seguridad de volverla, * lo hizo el infante don Fernando, que después fue rey de Aragón, que habiendo de salir contra moros, se la llevó * homenaje de volverla, y vencidos, la restituyó al lugar * do la había sacado.
No debía ser en valor inferior a las dichas la d* Mitridates, pues solo la vaina valía doscientos y cu* mil ducados, según dice Trujillo, en el tratado de la*serias del hombre, folio 126.
La que llevó san Luis, rey de Francia, en la *conquista de la Tierra Santa, tuvieron en cuenta de reliquia *yes sucesores suyos, hasta Ludovico XII, que la dio al *maestre de Rodas, con otras muchas reliquias.
Bien es verdad que algunas veces las espadas que e*no de unos obran hechos maravillosos, parecen emb* y sin virtud en las de otros, no por falta de de ellas * de quien las rige. Cuentan Gaspar Bugato, en la historia * Milán, y otros, que el gran turco Mahometo, admir* las cosas le referían de la espada de aquel gran Jorge *rberg o Castrioto, príncipe de Epiro, se la envió a pe* y él se la envió, y dando con ella un golpe, por probarla, no le salió como pensaba, y creyó le había enviado * por otra, y se quejó de ello; pero el Castrioto le *aseguró haberle enviado la suya misma, mas no la fuerza de su brazo.
La armada que el rey había mandado apercebir se partió de Barcelona a 27 de marzo, para socorrer a las cosas de Cerdeña. Varían los autores en el número de los bajeles, *
concuerdan ser los mejores del mar. En el entretanto * tardaban a llegar, estaba el infante sobre Cáller y apretaba mucho aquel castillo con las continuas baterías le *aba con los trabucos y demás máquinas de batir; pero no *era menor la batería que enfermedades causadas de aires corruptos y malos daban a sus soldados, y era necesario mudarles a lugares sanos, donde convalecían y después volvían al real.
Los pisanos trataban de concordarse con el infante, y aun movieron algunos tratos; pero él hizo poco caso de ellos, antes continuaba sin cesar el cerco, estrechándoles cada día. En este medio un sábado, últimos días de abril, convino a la infanta doña Teresa pasar de * Villa de Iglesias, donde estaba, a Monreal, que era de Hugo, juez de Arborea: fuéronla a acompañar ciento ochenta caballos de los que estaban sobre Cáller, porque de Villa de Iglesias nadie salió, por no dejar aquella plaza sin la debida guarnición: supo el conde Mamfredo que faltaba esta caballería, porque así se lo dijeron los espías que tenía en nuestro campo, y cerca del mediodía, cuando juzgó que estarían los nuestros más descuidados, salió con quinientos de a caballo y muchos de a pie, y embistió la villa de Buen Aire, y fue con tanta presteza y diligencia, que por poco *no la tomaron. Salieron los nuestros a la defensa, y fue tal *el estrago y matanza que con sus lanzas y dardos hicieron * almogávares en la caballería enemiga, que mataron más de trescientos de a caballo y tres mil de a pie, y aun *no quedara ninguno, si no se retiraran al castillo. El infante, por su persona peleó bravamente, primero con la lanza, * rompida, con la maza de armas; y de los nuestros murieron pocos, y esos por su culpa, porque se entraron dentro del castillo con los que huían, y allí les mataron.
La armada de los pisanos estaba con gran temor del socorro que había salido de Cataluña, y cuando *entendieron que se acercaba, se retiró, y con esto quedaron los pisanos que estaban dentro de Cáller sin esperanza del socorro. En aquella ocasión aconteció meterse fuego en el real, y se quemó todo, con que quedó aguado el contento habían tenido de la victoria pasada.
Llegó en el entretanto la armada de Barcelona, y * cercados perdieron del todo el ánimo, y la señoría de *Pisa conoció que estaba imposibilitada de poder sustentar el señorío que tenía en aquella isla, y así se vino a concertar con el infante, y se concordó que toda quedase por el rey de Aragón, excepto el castillo de Cáller, con sus apéndices, que eran el castillo de Stampatg y Villanova, cuya vega decían no ser más espaciosa que la de San Pablo de Barcelona; y el infante se lo concedió en feudo, y con cargo que diesen al rey mil libras de moneda genovesa cada un año, en unos dineros que llamaban aquilios,
y dio la investidura al embajador de Pisa en nombre de aquella señoría. Entonces se acabó de fortificar el castillo de Buen Aire, que sojuzgaba la poco que tenían y quedaba a * pisanos.
Esta concordia, aunque perseveraron en ella poco los *pisanos, fue muy grata a todos los del infante, por *considerar que dentro de un año habían conquistado y añadido * la Corona de Aragón un reino tan fértil como el de Cerdeña, sin dejar palmo de tierra que no quedase en su obediencia y so reconocimiento de feudo, y por quedar el común de Pisa (que en Italia había tenido gran autoridad y reputación) so vasallaje del rey de Aragón, después de haber poseído aquella isla más de trescientos años. Pero * que en esta conquista fue más considerable y de *notar, es el grande trabajo, enfermedades y peligros que padecieron el infante don Alfonso y la infanta doña Teresa, su mujer, y casi todos los que fueron con ellos, y la muerte de más de doce mil hombres, los mejores de Cataluña y Aragón, que perecieron por la intemperie de aquel cielo y *aires, que tan mal les trataron a todos.
El infante, después que tuvo las cosas en el estado que queda dicho, dejó la isla con la seguridad le fue posible. *Reyner de Donoratico y Bonifacio, su sobrino, que se llamaban condes de Donoratico y habían sido de la parte de los pisanos, para tenerlos de la suya, les enfeudó el castillo de Joyosa Guarda y todo lo demás que tenían cuando el común de Pisa era señor de ella; porque siempre se sospechó que siendo estos tan poderosos, dañaría cualquier novedad que intentaran, y así el rey los quiso tener gustosos y obligados, con mercedes. Por otra parte Hugo, juez de Arborea, era muy servidor de la casa de Aragón; con esto y dejar por gobernador general a Felipe de Saluces, pariente del rey, que pocos días antes había venido de Sicilia, cuya prudencia e inteligencia en materia de estado era muy estimada de todos, y guarnición de doscientos caballos y quinientos soldados, y por teniente de general a don Pedro de Lupiá, y por capitán de la gente de guerra en el castillo de Buen Aire, cuyo lugar estaba ya murado y con muchos y muy buenos edificios y con más de seis mil hombres para tomar armas, a Berenguel de Carroç hijo del almirante, que había casado con una hermana de la infanta, que se llamaba doña Teresa Gombal de Entença, y después de Felipe de Saluces fue gobernador general del reino (en la ciudad de Sacer y en las otras fuerzas y castillos dejó otros capitanes aragoneses y catalanes cpie se habían hallado en la conquista); salió del castillo de Buen Aire con la infanta, a 18 de julio de este año, y después de dos días se hizo a la vela, y llegó a Barcelona a 2 de agosto de 1324, y fue recibido y festejado tan alta y magníficamente como lo merecía la gloria del vencimiento y conquista que dejó hecha; aunque sucedió una cosa de notar: esta fue, que cuando fue a besar la mano al rey, su padre, ni le hizo rostro de padre, ni aun le quiso dar la mano, ni hablarle, porque llegó vestido en hábito de sardo y no de catalan, lo que pareció muy mal al rey; pero después de comer, que mudó los vestidos y entró en palacio con vestido de caballero catalán, el padre, muy alegre, le salió a recibir hasta el pie de la escalera, y le abrazó y besó y le hizo tanta fiesta, que todos quedaron maravillados de ello; y la reina le preguntó porqué se había habido con el hijo de aquella manera; y dijo porque a la mañana había venido en hábito de vencido, que era el vestido sardo que llevaba, y a * en hábito de vencedor; y le había parecido lo pri* mal, que no le pudo hacer fiesta alguna, mas de * como vencido; pero cuando le vio como vencedor, * como hijo victorioso: y la reina y cortesanos se * mucho de la respuesta del rey y prudencia ha* en lo hecho.
*Mientras estaba el infante en Cerdeña trabajando la conquista de aquel reino, expeliendo de él a los pisanos, *exponiéndose a mil peligros y tolerando las incomodidades que quedan referidas, por añadir un reino tan rico y fértil *a la Corona de Aragón, no faltó quien, por sus buenos ser* le negociaba mal galardón: éste fue el infante don *, su hermano, a quien el rey, a 20 de mayo de 1322, * del condado de Ribagorza y Ampurias y castillo de *, en el reino de Aragón, y estaba en el dicho con* Ribagorza, y codicioso de reinar, instaba que el * padre, declarase que en caso que premuriese el infante don Alfonso, pertenecía a él la sucesión de la corona *bía de ser preferido a los nietos; y como a los *es no les faltan malos consejeros, esforzó esto el infante don Pedro, y lo llevó tan adelantado, que siendo * de ello el infante don Alfonso, asentó paz con los *, como mejor pudo, y se vino a Cataluña, para es* que el rey, su padre, no hiciese alguna declaración
*revolviese todos estos reinos. Fundábase entre otras razones * infante don Pedro, que en Castilla el rey don *, que llamaron el sabio (aunque en esto no lo fue), * a Sancho, su hijo segundo, a su nieto don Alonso, * Fernando, su hijo mayor, que había muerto en vida
*; no considerando el daño que de esto se había seguido, y cuán caro costó al rey de Castilla y a toda su corona; y el rey don Jaime estuvo dudoso sobre esto, y aun se sospechó no hiciese alguna cosa no debida; pero por el parentesco que había entre la reina doña Elisen de Moncada y la infanta doña Teresa, pidió la reina a su marido y le exhortó, que mirase lo que hacía; y aunque el rey estaba muy afecto a don Alfonso y a su hijo don Pedro, que después fue rey, dudaba que vinieran bien en ello algunos ricos hombres de Aragón, que seguían el parecer del infante don Pedro, y entre ellos era don Gimeno Cornel; pero después, bien considerado todo y por atajar las disensiones podían
acontecer después de su muerte, no quiso dar lugar a esto, y más contra un hijo cual era el infante don Alfonso, de quien había recibido toda su corona tan grande honor y beneficio; y por dejarlo todo averiguado de una vez, declaró que, en dicho caso, la corona pertenecía al infante don Pedro, su nieto, de edad entonces de cinco años, y que se criaba en poder de don Pedro de Luna, que después fue arzobispo de Zaragoza, a quien sus padres, cuando pasaron a la conquista de Cerdeña, lo habían encomendado; y después, en las cortes que en el año 1325 se celebraron en Aragón, fue jurado; y aunque al principio no venía bien en ello el infante, ni don Gimeno Cornel, pero a la postre consintió con los demás, porque la infanta doña Teresa le prometió que le haría dar el regimiento de la gobernación de Aragón, como lo hizo, aunque le fue quitado antes de
mucho tiempo; y el infante don Pedro se salió de Zaragoza y no quiso jurar a su sobrino, pero dentro de un año, por quererlo así el rey y atajar enemistades y sospechas entre sus hijos, lo hizo, y el infante don Pedro, hijo de don Alfonso y doña Teresa, quedó, después de muertos sus abuelos *re, por sucesor en el reino y señor nuestro.
*Sentadas estas cosas, las demás del infante don Alfonso refiere Gerónimo Zurita largamente, y así solo diré *, que quedó con el cargo de gobernador general del * su padre, residiendo ya en Barcelona, ya en Zaragoza, * lo más del tiempo en los condado y vizcondado de *Urgel y demás baronías suyas, en compañía de la infanta doña Teresa, su mujer, la cual cuidaba de todo lo que era *gobierno y regimiento de la casa real y de los infantes, *sus hijos, sin que en todo el tiempo que vivieron la reina * Elisen de Moncada, su madrastra, y el infante, su ma* y ella tuvieran disgusto alguno ni pesadumbre, y en
* de la infanta se despachaban las provisiones y ór* tocantes a ello, disponiendo también de las rentas * condado, vizcondado y baronías, a su voluntad, y administrando en ellos la justicia civil y criminal, según *parece en los registros de estos tiempos, conservados en el archivo real de Barcelona. No hallo que saliesen de estos *s; porque el rey estaba ya muy viejo y lo más del tiempo enfermo, y temían el daño les podía venir de los otros *, si se ausentaran, como les había acontecido cuando *estaban en Cerdeña. De esta manera pasaron hasta el año *, que martes, a 28 de octubre, en la ciudad de Zaragoza, murió de parto la infanta doña Teresa, en lo mejor de su edad, y cinco días antes de reina, porque no pa* más del día de su muerte hasta la del rey, su suegro, * murió a 2 de noviembre del mismo año, en la ciudad de Barcelona.
Ramón Montaner, que vivía en estos tiempos, dice de la infanta, que fue muy noble, rica, y de las más hermosas de España, y una de las más sabias y discretas mujeres que hubo en el mundo en aquellos siglos, y que de su discreción y prudencia se pudiera escribir un grande libro; que fue muy cristiana; y adornada de muchas obras buenas, hechas en servicio de Dios. Dale título de bendita y santa mujer, católica y graciosa a Dios y al mundo, y como a tal, la llamó Dios a su reino en lo mejor de su edad, después de haber recibido los sacramentos de la santa Iglesia. Fue sepultada en el monasterio de san Francisco de la ciudad de Zaragoza, que ella había reedificado, donde parece aún el día de hoy su sepulcro, en la capilla mayor, a la parte del evangelio. Está sobre él un simulacro de *mujer, con corona real en la cabeza, y el almohada donde reclina está sembrada de escudos, interpoladamente en * unos las armas de Cataluña, que son los cuatro palos, y en los otros las armas de Entença, que son un escudo de * con la cabeza negra, de esta manera: (imagen)
Lleva hábito de san Francisco y sandalias en los pies, que firman sobre dos perrillos. Tiene por cada parte dos figuras de enlutados que lloran su muerte; a la testera, y pies de él hay en cada parte tres plañideras, y al derredor del túmulo unos ángeles sobre basas pequeñas que le adornan; y estriba todo sobre seis leones que sustentan el sepulcro.
*Tuvo esta señora cinco hijos varones y dos hijas: los dos * fueron don Alfonso, que murió de edad de un año * enterrado en la iglesia de Nuestra Señora de Almata, en la ciudad de Balaguer, según dice Zurita, aunque el rey don Pedro, en su Crónica, dice que vivió dos años; y *do que fue enterrado en el monasterio de Santo *Domingo de Balaguer, en la capilla de san Pedro, mártir, en un sepulcro de mármol que está en la dicha capilla a la * del evangelio, y en la tapa de él hay dos simulacros de niños, con coronas en la cabeza, y las almohadillas * reclinan sembradas de escudos de las armas reales de Aragón y Entença; y no ha muchos años que algún * le abrió y le dejó mal tapado, conque no queda hoy * rastro de la cuerpos que allí fueron sepultados, o * haberlos sacado de allá, que no debieran, o por ha* del todo consumido el espacio de más de trescientos años.
El otro hijo fue el rey don Pedro, que llamaron el ceremonioso, que reinó después de su padre, y a imitación de * dejó escrita historia de sus hechos. El tercero fue el *infante don Jaime, que fue conde de Urgel, y de quien hablaremos en el capítulo siguiente. El cuarto fue la infanta *doña Constanza, que casó con el rey don Jaime, el último * Mallorca. El quinto fue el infante don Fadrique, que *murió el postrer día del mes de julio del año 1320, según *parece en una memoria del monasterio de San Francisco de Barcelona, donde está sepultado, en la capilla de santa *bet, que llaman la capilla Real, por estar en ella enterrados muchos del linaje real de Aragón, y hoy en dicha * está reservado el Santísimo Sacramento. Algunos * estuvo en el altar mayor, en un sepulcro de mármol, y en la cubierta de él, su simulacro, y en la almohada que está bajo la cabeza, muchos escudos, unos con las armas reales, y otros con las de Entença. El día de hoy no parece más de la dicha cubierta, y está al lado de la epístola del altar mayor, sobre un sepulcro de mármol, que es del rey don Alfonso el Casto. El rey don Pedro, en su Crónica, pone la muerte de este infante el año 1319. El sexto fue la infanta doña Isabel, que nació en la ciudad de Zaragoza, y murió antes de un año; y el último fue el infante don Sancho, que murió pocos días después de nacido, y del parto de éste murió la infanta. Estos dos últimos están sepultados en San Francisco de Zaragoza, junto a la madre, y en el sepulcro de ellos se lee esta memoria:
HOC SEPULCHRO TUMULANTUR DUO GENITII REGALES
QUI DUO ALVO... CREANTUR PER PARENTES NATURALES
ALTER FRATER SANCTIUS VOCALITER NUNCUPATUR
QUI VELUT CONSTANTIUS IN EXCELSIS COLLOCATUR
ELISABETH INFANTISSA SOROR EIUS NOMINATUR
QUE UT CLARA MINORISSA ETERNE CONGRATULATUR.
AMEN. AMEN.

A a 23 de octubre de este año 1327 otorgó la infanta su testamento, ante Sancho López de Almeda, y, según parece en un registro que se conserva en el archivo real de Barcelona, sobre la ejecución de los testamentos del rey don Jaime el segundo y de la infanta, dejó heredero al infante su marido, y él muerto, al infante don Jaime, su hijo, de las baronías de Alcolea, Antillon y otras del reino de Valencia; nombró testamentarios al rey su marido, a don Pedro Lope de Luna, que fue el primer arzobispo de Zaragoza, ayo que fue del infante don Pedro, a Garci de Loris, mayordomo y tesorero del rey, a quien dejó de vida dos *mil sueldos jaqueses, y a Bernardo Fuster. Entre otras muchas pías y devotas instituciones que ordenó en su testamento, fue: que en San Francisco de Zaragoza dejó fun* renta para el sustento de siete sacerdotes, y a las * que estaban en su servicio, doncellas, que eran do* Podiatis, hija de don Bernardo de Podiatis, *ona de Ribelles, que era parienta suya, Geraldona *Monsonis, Francisca de Morello y Sibilia Otgero, dejó *a cada una de ellas ocho mil sueldos para su dote; a Gar* Rodríguez de Boxadors tres mil sueldos de renta cada un año, en reconocimiento de lo mucho le había servido; * doña Toda, hija de don Gil de Peralta, cuatro mil sueldos para su dote; y a 11 de las calendas de febrero de *1327, mandó el rey muy apretadamente que fuese paga* y que no habiendo dinero, fuesen vendidas las joyas * la infanta, y del precio de ellas fuese pagada; a doña ,* hija de don Manuel 
de Entença, deuda suya, siete mil sueldos (esta casó después con don Ramón de Boil, * quien dejó diez mil sueldos); a Berenguerona, hermana de doña Teresa e hija de don Manuel, dejó alguna cosa, aunque no hallo qué; solo he visto que casó con Francisco de Morello, ciudadano de Balaguer, a quien el rey, * de marzo de 1330, dio tres mil sueldos para su ves* a Toda Martínez, que había criado al infante don Pedro, su hijo, dejó mil sueldos de renta durante su vi*tuados sobre las rentas de la villa de Graus, junto a Barbastro; y a Geraldona, que había criado también al dicho infante don Pedro y a la infanta doña Constanza, que fue reina de Mallorca, dos mil sueldos, y otros tantos a 
Geraldona Alguer, que había criado a la dicha doña Constanza; a don Ponce Hugo de Entença, hermano natural suyo, dejó quince mil sueldos, que el rey se los *consignó sobre Maçanera, en el reino de Valencia; y a la abadesa del monasterio de Casúes, en el reino de Aragón, dejó diez mil sueldos, y doscientos para fundar una capellanía.

Mandó que las rentas de Chiva y Buñol sirvieran para limosna de ciertos sufragios había dejado para su alma; el rey su marido, porque mejor y más presto se cumpliera, mandó que ciertos dineros que se cogían por el *maridaje de la infanta doña Constanza, que casó con el rey de Mallorca, sirvieran para la limosna de duelos y *sufragio y porque entendió que en algunas cosas faltaba a cumplir se las mandas pías de los testamentarios de don Gombaldo de Entença, padre de la infanta, y de don Sancho de Antillon, su abuelo, les asignó las rentas de Maçanera y C*talgar, villas en el reino de Valencia. Por no haber *hallado el testamento de esta señora, he traido esto, sacado de diversas memorias y registros de estos tiempos.
Batióse en su tiempo moneda de hoja de latón, con * armas de Urgel, y al derredor estas letras: Ter. Com. *que es Teresia Comitissa, y corría por todo el condado de Urgel, vizcondado de Ager, y en muchos lugares de Aragón y Cataluña.
Cuatro días después de muerta la infanta, murió el rey, su suegro, en la ciudad de Barcelona, de edad de sesenta y * años, y después de una muy larga enfermedad: fue sepultado en el monasterio de Santas Cruces, del orden Cisterciense, en Cataluña. Su sepulcro, que está entre la capilla mayor y el coro, a la parte de la epístola, se abre, y muestran su cuerpo y el de la reina doña Blanca, su mujer, enteros, reclinados en una tabla.
Sucedió en sus reinos y señoríos el infante don Alfonso, su hijo, que supo la muerte del rey, su padre, en la ciudad de Zaragoza, celebrando las exequias de la infanta, y luego se partió a Cataluña para celebrar y asistir a las del rey, su padre, y tomar el juramento de fidelidad y homenaje de * del Principado. Pasó las fiestas de Navidad en Barcelona, y de allí se partió para Zaragoza, para recibir la corona según la ceremonia y observancia de aquellos siglos, que era la mayor demostración de su grandeza, majestad y riquezas; y aunque estas fiestas solían ser muy solemnes, quiso el rey señalarse de su suerte en su coronación, que *cediesen y fuesen más que las de todos los reyes pasados.
Mandóla publicar para la Pascua de Resurrección, y asistieron entonces en ella los embajadores de los reyes de Castilla, Navarra, Bohemia, Granada y Tremecen, con toda la nobleza de estos reinos, y los de a caballo pasaban de treinta mil hombres. Ramón Montaner, síndico de Valencia, que asistió a estas fiestas, en los capítulos últimos de su historia cuenta toda esta coronación muy largamente, y por una de las mejores cosas de su tiempo. Solo por ser cosa notable, diré, que en la corona, que era de oro, sembrada de rubis, *balajes, zafires, turquesas y esmeraldas, tenía muchas perlas del tamaño de huevos de paloma (cosa muy singular), y tenía también un carbunclo de gran estima, y estaba apreciada en cincuenta mil libras barcelonesas. El cetro era de oro, largo cuatro palmos; tenía por remate un finísimo rubí del tamaño de un huevo de gallina, y al igual de esto era todo lo demás.
Después de esto, celebró el rey cortes a los aragoneses, y a 15 de mayo de este año 1328, dio al infante don Jaime, su hijo segundo, el condado de Urgel y vizcondado de Ager, con los mismos pactos y condiciones que lo había recibido del rey, su padre, como vimos, observado en todo la disposición del conde don Armengol de Cabrera, ordenada en su testamento.
Y prosiguiendo el catálogo de los obispos de Urgel, según lo que he podido hallar, era obispo, después de don Guillen de Moncada, fray don Raymundo de Trebaylia, de la orden de San Benito, el cual tuvo el obispado diez y s* años, y murió el de 1321. No hallo cosa notable de * no porque no la hiciese, que fue gran prelado y santo varón, sino por la negligencia ha habido en conservar y escribir los hechos de los prelados de esta santa Iglesia, i* dignos del olvido y poca memoria nos queda de ellos.
Don Arnaldo de Llordat fue nombrado obispo después del precedente, y fue muy celoso de las preeminencias de su Iglesia y conservación del patrimonio de ella: tuvo con el rey Alfonso algunos encuentros sobre la moneda de Agramunt, que no quería que corriese en la villa de Sanahuja, que era de la mensa episcopal, como lo digo en otro lugar; después fue trasladado a la iglesia de *Tortosa y tomó posesión de ella a 11 de diciembre de 1341, y, murió a 3 de mayo de 1346. Dejó quinientos escudos para edificar una capilla en que fuese sepultado, como * dice Francisco Martorell de Luna en la historia de Tortosa.