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lunes, 13 de julio de 2020

Capítulo XLV.

Capítulo XLV.

De Sunyer, segundo conde de Urgel.

Al conde Armengol, que murió sin hijos, sucedió en el condado de Urgel Vifredo Peloso, conde de Barcelona, y fue señor de él hasta el año 912; qué murió, ordenando de sus estados entre sus hijos. Vifredo fue conde de Barcelona, y murió sin hijos, después de haber tenido solos dos años el condado: por su muerte fue conde Mir, su hermano, que ya era conde de Rosellón, Cerdaña y Besalú. En el condado de Urgel instituyó a su hijo Sunyer, que otros llamaron Sinofredo: también tuvo otro hijo llamado Rodolfo, que fue monje de Ripoll y después obispo de Urgel. El cuidado mayor de Sunyer fue dilatar su condado, que entonces estaba en lo más fragoso y áspero de las montañas de la Seo de Urgel, guerreando con los moros sus vecinos, que en este tiempo señoreaban las ciudades de Balaguer, Lérida, vizcondado de Ager y todas las riberas de Segre y Ebro, hasta Tortosa; y cada día entraban en las tierras del conde, haciendo todo el mal que podían. El conde pidió socorro a su hermano, el de Barcelona; el cual con toda o la mayor parte de sus caballeros de Cataluña y demás gente que pudo juntar, acudió a socorrerle, e hicieron una famosa entrada en las tierras de los enemigos, y después de hallada mucha resistencia, llegaron a la ciudad de Balaguer y le pusieron cerco; pero se defendió tan valerosamente y sobrevino tanto socorro a los cercados, que por aquella vez se hubo de alzar el cerco, porque la ciudad estaba muy fuerte y municionada. Contentáronse con talar el campo y vega, y dar a los enemigos todo el daño que les fue posible.
En el año 929 murió Mir, conde de Barcelona, a los treinta y cuatro años de su edad, y décimoctavo de su condado: dejó tres hijos que fueron Sinofredo, Oliva Cabreta y Mir, todo en pupilar edad; el primero fue conde de Barcelona, el segundo de Besalú y Cerdaña, y el tercero conde de la ciudad y territorio de Gerona, y después obispo de ella. Otro hijo dicen que tuvo llamado Endescarrechs, que tuvo título de vizconde de Cardona, y conociendo el gran valor y lealtad de su hermano, y sabiendo cuánto podía confiar en él, le nombró tutor y curador de sus hijos y tierras. Entonces dejó gobernador o vizconde (que este título tenían los gobernadores de los condes) en el condado de Urgel y vino a residir en el de Barcelona, porque sabía muy bien cuánto convenía la conservación de Barcelona a todo lo restante de Cataluña. Gobernólo por veinte años, porque este era el tiempo que señaló el testador, y le nombraron conde de Barcelona y está contado en el número o catálogo de ellos, no porque lo fuese en propiedad, sino en administración.
Su gobierno fue muy quieto y gozó de más paz y sosiego que sus pasados, y pudo entender en obras y ejercicios que en tiempo de guerras era imposible. En el año 935 fue la segunda dedicación del monasterio de Ripoll, y se solemnizó aquella fiesta en presencia suya y de toda la nobleza de Cataluña, que con liberalidad y devoción regocijaron aquella festividad.
Los términos del condado de Barcelona, por este tiempo, de la parte de occidente no pasaban de Villafranca del Panadés, aquí era la frontera de los moros, de quien recibían los cristianos cada día mil daños; bajaban de las montañas y talaban los campos de los cristianos, cautivando los que hallaban, y luego se retiraban con las presas en lo más fragoso de ellas. Allá quedaban seguros, por ser la tierra áspera y rompida para mejor resistirles. Escogió Sunyer un lugar acomodado en los mismos montes que están entre Villafranca y la marina: aquí estuvo antiguamente la ciudad de Olérdola, cuya memoria ya casi del todo queda perdida, y de consejo de Teuderico, obispo de Barcelona, y otros de su corte, edificó un famoso castillo y dentro una iglesia en honor del arcángel san Miguel, tutelar y patrón de la casa de los condes de Urgel, y la dotó de muchas rentas que, en parte, están el día presente aplicadas con autoridad apostólica a la iglesia de Villafranca del Panadés, quedando buena cantidad para el debido culto y aseo de la iglesia, y sustento de sus ministros. El castillo está casi del todo derribado, los vestigios que quedan de él son argumento y señal de su antigua fortaleza y grandeza. Fue esta obra de grande utilidad, pues por mucho tiempo quedaron aquellas comarcas libres de los asaltos y correrías de los enemigos. Entonces reedificó por aquellas montañas muchas iglesias, que fueron de los godos, y después que entraron los moros, quedaron yermas y destruidas, hasta en estos tiempos, que el conde las restituyó a lo que antes eran. Es cosa muy fácil de conocer esto, porque las mas iglesias de estos montes parecen de medio arriba, edificadas de nuevo, y de medio abajo, obra gótica o romana. La iglesia catedral de Barcelona recibió en su tiempo gran aumento, porque él y la condesa Riquilda, su mujer, le dieron ciertos alodios que habían comprado en la villa de Caldes, y el diezmo del señorío directo de las raficas de Tortosa, y esto lo dieron por las almas de un hijo suyo llamado Ermengaudo y del conde Vifredo, su padre, y de Guinidilda, su madre, y del conde Borrell, su hermano: de esta dotación hace memoria el gran averiguador de antigüedades, Diago, y en el libro segundo de la historia de los condes de Barcelona.
Asímismo en tiempo de este conde fue consagrado el monasterio de san Pedro de las Puellas de Barcelona, que años atrás había edificado Ludovico Pío, rey de Francia: (y qué rey tenían los catalanes entonces?) fue la consagración, según dice Diago, solemnísima, y allende el grande concurso que se halló en ella, estuvieron también presentes el conde Sunyer y su mujer Riquilda, y sus hijos san Hermengaudo, que después fue obispo de Urgel, y Borrell; y así el conde y condesa y Vilara, obispo de Barcelona, se mostraron aquel día liberales y magníficos, dotando de nuevo el monasterio magníficamente, y concediéndole grandes cosas; y dice aquel autor, que se tenga por dichoso aquel monasterio, sabiendo que un santo tan grande entra en la lista de los que lo dotaron. Acabados los veinte años (que fue el de 949) había asignado el conde de Barcelona en que gobernase el condado, lo volvió a sus sobrinos (1) lisamente y sin dilación alguna, aumentado, quieto y pacífico, y entonces se retiró en las montañas vecinas a la Seo de Urgel, donde pasó el tiempo que le quedó de vida, hasta el año de 951, en que murió. Poseyó el condado de Urgel veinte y dos años, y los veinte ocupado en el gobierno del de Barcelona.
(1) Sobre este gobierno y tutoría, y los condes Sunyer y Seniofredo, consúltese lo que expuso ya el colector (Próspero de Bofarull) en sus Condes de Barcelona vindicados, tom. 1.° pág. 65.

Fue sepultado en el monasterio de Ripoll en el sepulcro de sus antecesores, que está junto a la puerta de la iglesia que pasa al claustro, con una inscripción o letrero que dice: A quo dotatus locus est hic, et aedificatus, porque están allí el cuerpo de Vifredo Peloso, fundador del monasterio, y de sus descendientes y colaterales.

De Riquilda, mujer suya, tuvo, según la más común opinión, cuatro hijos, Borrell que le sucedió en el condado de Urgel; Armengol, que fue santo y obispo de Urgel; Miron, y otro Armengol, que murió en vida de los padres.

(Como siempre, la wiki da muchos datos que hay que cotejar: 
https://es.wikipedia.org/wiki/Wifredo_el_Velloso)
y con los Bofarull pasa lo mismo.  

CAPÍTULO XLIX.


CAPÍTULO XLIX.

Que contiene la vida de Armengol de Barbastro, sexto conde de Urgel.

Cuando murió el conde Armengol, que llamaron el Peregrino, quedó su hijo de edad de cinco años, y en poder de doña Constanza su madre, que fue una de las más varoniles mujeres de estos tiempos, y vivía con su hijo retirada en lo más fuerte y seguro del condado de Urgel, para poder con mayor seguridad criarle. Era entonces muy pequeño este condado, que casi todo consistía en los montes, y al llano poco se extendía, porque estaba aún en poder de los moros, que ya en estos tiempos estaban muy amedrentados y sin ánimo para intentar al descubierto cosa de consideración, como antes, porque el conde Ramón Berenguer había ya cobrado todo lo que a su padre habían quitado, y los tenía muy sojuzgados, tanto, que doce reyes moros le eran tributarios y cada uno le pagaba parias, en reconocimiento del supremo señorío que tenía sobre ellos, y por esto adquirió título de muro y defensa del pueblo cristiano y de sojuzgador de España; y Arnaldo Miron de Tost, que fue el primer vizconde de Ager, los había sacado del vizcondado y orillas de las dos Nogueras, Pallaresa y Ribagorzana, y les hacía continuamente guerra.
En el año 1040, que era el décimo de Enrique, rey de Francia, a 10 de las calendas de noviembre, asistieron doña Constanza y Armengol, su hijo, y Guifre, arzobispo de Narbona, que fue hijo del conde Jofre de Cerdaña; y los obispos Embaldo, de Urgel; Guifredo, de Barcelona; Arnulfo, de Roda; Berenguer, de Elna, a la dirección de la dedicación de la iglesia de la Seo de Urgel, y todos ofrecieron dones, según la posibilidad y devoción de cada uno.
Ramón Vifredo conde de Cerdaña hijo de Vifredo y nieto de Oliva Cabreta, a quien privaron del condado de Barcelona eligiendo a Borrell, conde de Urgel, no quedaba satisfecho de ello y le quedaban pensamientos de cobrarle, porque la incapacidad del abuelo no había de dañar al nieto ni menos a su padre, y tuvo recurso a las armas. Ramón Berenguer llamó a los barones de Cataluña, para que en tal caso le valieran y se apartaran del de Cerdaña. El conde de Urgel tenía muchos vasallos que confinaban con el de Cerdaña, el cual así por vecindad, como por el parentesco, confiaba mucho de él.
El de Barcelona ganó la mano al de Cerdaña y se confederó con el de Urgel, y le dio fé y palabra de ayudarle todo lo posible contra don Ramón, y de no hacer paz con él ni con Adelesa, su mujer, ni con Guillen Ramón y Enrique, sus hijos, hasta que el de Barcelona lo consintiese, so pena de doscientas onzas de oro; y para seguridad de su promesa le dio por rehenes seis caballeros de su condado, que eran Ricardo Altemir, Arnaldo Miron Izarno, Raimundo de *Labevez, Hugo Guillen, Dalmau Izarno y Bernat Izarno, su hermano; y para mejor asegurar esto, el conde de Urgel y Adaleta, su mujer, se concertaron con los hermanos del conde de Cerdaña, que eran Guillermo, obispo de Urgel, Bernardo, conde de Bergadá, y otro Guillermo. Estos, aunque hermanos del de Cerdaña, prometieron al de Urgel hacer guerra a su hermano, y no hacer paz con él ni
con los suyos, sin su consentimiento y voluntad y de la condesa Adeleta, su mujer, so pena de pagar cada uno de los tres cien onzas de oro; y el conde de Urgel se obligó a lo propio, so pena de otras trescientas onzas de oro. Muy poca cosa debía ser la justicia del conde de Cerdaña, pues hasta sus hermanos le eran contrarios, y por esto y no arrostrar ninguno su pretensión y ver al de Barcelona poderoso y determinado, se vinieron a reconciliar los dos, y el de Urgel y sus rehenes quedaron fuera de obligación.
Movióse cerca de estos tiempos otra guerra contra Alcajib, moro y capitán de Almugdabar, rey moro de Zaragoza, el cual muy a menudo hacía entradas y daños en las tierras del conde de Urgel que estaban en el condado de Ribagorza. Ramón Berenguer, conde de Barcelona, tenía también en aquel condado algunos pueblos, y los dos, antes que el moro se hiciese más poderoso, hicieron liga entre sí, y con intervención de Guilaberto, obispo de Barcelona; Guillermo, de Urgel; otro Guillermo, de Vique; Arnaldo Miron de Tost, vizconde de Ager; Amat Elrico, Bernat Amat, Ricardo Altemir, Brocardo Guillen, Giberto Miron y Pedro Miron, concordaron que el de Urgel valiese en todo lo que le fuese posible, sin engaño alguno, al de Barcelona y a Almodis, su mujer, así solos como juntos, contra el dicho capitán Alcajib, y que en el ejército se formase contra de él hubiese el de Urgel de contribuir con la tercera parte, así de la gente como del gasto se ofreciese, excepto donum de habere donum de ingeniatores et dispensa de sagitas, porque el gasto de estas tres cosas quiere que sea a cuenta del conde de Barcelona, y que lo que se ganase fuese la tercera parte para el conde de Urgel, y las otras dos para el de Barcelona; y en caso que haciendo paces hubiese el moro de contribuir alguna cosa, fuese lo mismo. Cuando se hicieron estas convenciones, poseía mucha parte de aquel condado de Ribagorza el rey don Ramiro de Aragón, que fue abuelo del otro don Ramiro, el Monje; y lo demás tenían los condes de Urgel, Barcelona y los moros. Había allá dos lugares llamados Pilzan y Puigroig, que poco había les habían ganado, y por excusar los daños que los vecinos recibían de los moros, concordaron que en la colina o peña que se levanta delante de Puigroig (podium: pueyo, puig, puch) que era lugar acomodado, se edificase un fuerte a costa de los dos condes, y mudasen allí los vecinos de los dichos dos lugares, y que este castillo fuese la mitad del conde de Barcelona y de Almodis, y la otra del de Urgel; y no edificándose el tal castillo, quedase el de Urgel señor de Pilzan y de la tercera parte de Puigroig: y a lo que se entiende no se edificó este fuerte. Pilzan por entero, y Puigroig por la tercera parte, quedaron al conde de Urgel, y lo demás al de Barcelona. Esto pasó a 5 de setiembre del año veinte y ocho del rey Enrique, que es de Cristo señor nuestro 1058.
Al conde no agradó el concierto, pareciéndole era poco ir en compañía del conde de Barcelona con la tercera parte de las fuerzas, por lo cual hizo resolución de congregar un buen ejército e ir por sí solo contra los infieles. Comunicáronlo los dos, y a 25 de julio de 1063 se concertó entre los dos, que el de Urgel estuviese obligado a valer al de Barcelona con lo que tocaba a sus estados y los castillos de Cardona, Tamarit, Tárrega, Cervera, Cubells, Camarasa y Estopañá, y a las dos partes tenía en Cañellas y otras dos en Puigroig, et ad castra et castella et terras quas habet praedictus Raymundus, comes, in comitatu Ribagorza et habere debet, et ad ipsas parias de Hispania, quas jam dictus Raymundus, comes, inde habet et habere debet et quae sunt convengude ad eum; y a las fortalezas y castillos y tierras que tiene y debe tener el de Barcelona en Ribagorza y a las parias que tiene en España: que los vasallos del de Urgel, por orden y mandato suyo, estuviesen obligados a seguir al de Barcelona, así contra moros, como contra cristianos, siempre que él quisiese: que de todo lo que él de allí adelante ganase, así a Alcajib, como a Almugdabar, hubiese de darle la tercera parte, exceptuando solamente el castillo de Drodo y las parias con que le hubiesen de servir estos moros, en caso que llegase a rendirles y a hacer paz con ellos. Dióse entonces asiento sobre lo que se había de guardar en la partición de los castillos que aconteciesen ganarse, en caso que los dos no pudieran concertarse, y por seguridad de esto dio el de Urgel en rehenes cinco caballeros principales de su tierra, llamados Dalmacio Izarno, Guitardo Guillen de Mediano, Brocardo Guillen, Pedro Miron y Ramón Miron, su hermano, cada cual de ellos por diez mil sueldos que, juntos, eran cincuenta mil sueldos. Al punto se aprestó para la guerra, e hízola con tanta furia a los moros, que se le hicieron tributarios los reyes de Balaguer, Lérida, Monzón, Barbastro y Fraga, y otros que se le obligaron a hacerle parias, con que quedó su casa muy rica y ennoblecida. Usó de aquí adelante el título de marqués, por haber conquistado y tenido victorias de tierras comarcantes y confinantes con los moros, que llamaban marquias, de donde derivó el nombre de marqués; que por estos tiempos tuvo principio en España, y los condes de Barcelona y Urgel, que eran de los más ricos y nobles de ella, fueron los primeros que se intitularon marqueses, imitando el de Urgel al de Barcelona. El uso de este título quedó después muchos años en silencio, hasta que el rey don Enrique segundo de Castilla lo dio a don Alonso, hijo de don Pedro, conde de Ribagorza y nieto del rey don Jaime, el 
segundo, y el autor de la Historia de los Girones le tiene por el primer marqués de España; pero ya antes de él fueron estos dos condes de Urgel y Barcelona, y el infante don Fernando, hijo del rey Alonso de Aragón y de Eleonor, el cual murió antes que fuese el rey don Enrique, el segundo; y este don Fernando lo fue tanto cuanto vivió, y en su sepultura, que está en San Francisco de Lérida, está intitulado marqués de Tortosa, que es el título que por importunación de doña Eleonor, su madre, le dio el rey. Este título antes no era en propiedad, sino que se daba a los presidentes y gobernadores de provincias, y duraba tanto como la presidencia o gobierno, y se mudaba cuando quería el príncipe que daba el tal gobierno, el cual acabado, lo era el título de marqués, y el quitarle estaba en la voluntad del que le concedía, y no era tan estimado como después que se dio en propiedad. 
Reinaba por estos tiempos en Castilla el rey don Sancho, que después de haber tenido con el rey de Aragón crueles guerras, habían hecho la paz. Durante aquella, persuadió el de Castilla a Abderramen, rey moro de Huesca, que negase el tributo que prestaba al de Aragón y se le rebelase: el moro, que le vio ocupado en guerras, siguió el consejo del de Castilla; imitóle el rey moro de Zaragoza, llamado Almugdabar, que también le era tributario. El de Aragón enfadado del atrevimiento de estos dos moros, concertó paces con Castilla, para vengarse de ellos. Era el rey moro de Huesca valiente mozo, y tenía guardadas las espaldas por la parte de Zaragoza, y al de Aragón por esto le convenía más emprender aquella guerra por la parte de Barbastro, porque por aquí tenía socorro más cierto y seguro de Ribagorza, Urgel y Pallars, y tomada Barbastro, le era más fácil la conquista de Huesca y otras que tenía intento de hacer. Valióse del conde de Urgel, al cual siguieron muchos caballeros amigos y deudos suyos, domiciliados en el condado de Urgel y su vecindad. De los más principales y que consigo más gente llevaron fueron don Guillen de Anglesola, Ramón o Amorós de Ribellas, Tomás de Cervera, Berenguer de Spes, Berenguer de Puigvert, Ramón de Peralta, Juan de Pons, Juan de Ortafá, Guillen de Alentorn, que después acompañó a Armengol de Gerp a la conquista de Balaguer, Galceran de Alenyá, Pere de Çacosta, Galceran de Çacosta, que después con el conde de Urgel se halló en la batalla de Úbeda (Navas de Tolosa), y otros muchos, y todos fueron con gran deseo de expeler los moros de aquella tierra y exaltar en ella la santa fé católica. Pusieron cerco a la ciudad de Barbastro y allá tuvieron varios y diversos sucesos que los historiadores callan, y concuerdan todos que, después de varios encuentros con los moros, tomaron la ciudad de Barbastro, sacándola de poder de infieles, habiéndola defendido varonilmente, y que en un asalto en que quiso señalarse más que todos el conde de Urgel, quedó muerto, estando en la flor de su edad, pues no pasaba de los treinta y ocho años. Sucedió su muerte en el año 1065. Sintió esta desgracia más que todos el rey de Aragón, su yerno, por haber perdido uno de los mejores caballeros que había en aquel ejército, como también todos los caballeros y demás gente de Cataluña que con él habían ido. Gobernó su estado veinte y nueve años, aumentándole muchos castillos y lugares, tanto, que hasta entonces ninguno de sus predecesores le tuvo tan aumentado. Por haber muerto en el dicho cerco, le quedó el apellido de Barbastro con que es diferenciado de los demás condes Armengoles que tuvieron aquel condado de Urgel.
Fue su sepultura en el monasterio de Ripoll, en el sepulcro de los condes de Barcelona, sus antecesores.
Tuvo tres mujeres: una de ellas, dice Zurita que fue doña Clemencia, y hubo en ella muchos hijos, y entre ellos, según se entiende por muy evidentes conjeturas, fue la reina Felicia, mujer del rey don Sancho Ramiro, y madre de tres reyes, todos de Aragón, y abuela de doña Petronila, que casó con Ramón Berenguer (IV), conde de Barcelona. Asímismo entiendo que eran suyos los tres hijos del conde, llamados Guillen, Ramón y Berenguer, aunque es tan poca la memoria que hay de ellos, que no se puede con certeza afirmar quién era la madre, ni de qué edad murieron.
La otra mujer fue doña Adaleta, de la cual queda hecha mención en el auto de las convenciones contra del conde de Cerdaña; y en esta, a lo que yo entiendo, tuvo al conde Armengol que llamaron de Gerp.
La última fue doña Sancha, que el padre Diago dice ser hija del rey don Sancho de Aragón, que fue casada con el conde de Tolosa, que a buena razón había de ser Guillermo Tallafer, que murió en el año 1045, lo que impugna muy eruditamente don Juan Briz Martínez, abad de San Juan de la Peña, con aquella destreza que suele tratar todas las cosas. El haber tenido este conde una mujer llamada Sancha nadie lo puede dudar, pero sí quién era su padre. Toda la opinión del padre Diago se funda en dos autos que él alega y deseaba mucho haber visto el abad de san Juan, sacados del archivo real de Barcelona y del libro primero de los Feudos, que es uno de los libros de más autoridad de toda España. Hame parecido ponerlos aquí, porque si el curioso quiere averiguar las opiniones de estos dos autores y tener noticias ciertas y verdaderas de las cosas del condado de Urgel, pueda fundarse en escrituras antiguas, ciertas y verdaderas.
Instrumento primero, sacado del libro primero de los Feudos, fol. 147, en que consta que el conde Armengol de Barbastro estuvo casado con Sancha, la cual dio a Raimundo, conde de Barcelona, y a Almodis, su mujer, el castillo de Pilzan y la tercera parte del castillo de Puigroig, que le pertenecían por donación le había hecho el conde Armengol de Urgel, su marido.

In nomine Domini. Ego Sanctia comitissa donatrix sum vobis domno Raymundo comiti Barchinonensi et domne Almodi comitisse. Per hanc meae donationis scripturam dono vobis ipsum castrum de Pilzano cum turribus et edificiis omnibus et cum ecclesiis et decimis et primitiis et oblationibus et cum terris et vineis cultis et heremis et arboribus universis simul cum silvis atque garriciis et pradis et pasquis et terminis et pertinentiis et omnibus rebus sibi pertinentibus quantum potest dici vel terminari: et extra hoc dono vobis tertiam partem quam habeo in castro de Podio-Royo (Puigroig, puchroch, pueyo royo o rojo) cum omnibus finibus et terminis ejus. Advenerunt mihi haec omnia per donationem viri mei Ermengaudi comitis Urgelensis (Armengol): et sunt predicta castra cum suis terminis et pertinentiis in extremis finibus marchiarum juxta Hispaniam et habent afrontationem ab oriente in termino de Castro Serris, a meridie in termino de Stopiniano et de Gavasa, de occiduo in termino de castro de Calasantio et de Josset, et circio iterum in termino de Benavarri et de Falch. Quantum istae afrontationes includunt et isti termini ambiunt dono vobis ab integro ad vestrum proprium allodium excepto ipso manso de Pasqual cum suis pertinentiis et cum quatuor pariliatis terrae juxta terminum de Stagna quod ego dedi ecclesiae Sancti Petri de Ager pro anima Domini Ermengaudi comitis vir mei. Et de meo jure sic trado hoc totum in vestrum dominium ad quod volueritis faciendum: et qui hoc vobis voluerit dirrumpere nullo modo possit facere sed pro sola presumptione hoc totum vobis in duplo componat et posthec haec scriptura donationis firma permaneat. Quae est facta sexto kalendas augusti anno septimo regni Philippi regis. (Rey Felipe de Francia) Sig+num Sanctiae comitisse quae hanc scripturam donationis scribere jussi et firmavi et firmare firmarique rogavi.
Sig+num Geraldi Alemanni. Sig+num Guilermi Bernardi de Odena. Sig+num Sicarci Salomonis. Sig+num Raimundi Mironis de Acuta. Sig+num Raymundi Raymundi.Sig+num Berengarii fratris ejus. Sig+num Bernardi Raymundi de Camarasa. Sig+num Mironis Izarni. Sig+num Ugonis Arnaldi. Sig+num G. Raymundi de Callaris. Sig+num Raymundi G. de Odena. Sig+num Arnaldi Bernardi de Castelleto. Sig+num Guillermi de Monte Catano. Sig+num Bernardi Raymundi de Sancto Minato. Sig+num Alberti Raymundi. Sig+num Bernardi Izarni. Sig+num Alberti lzarni. Sig+num Bernardi Dalmatii. Sig+num Ugonis Dalmatii. Sig+num Berengarii Regulfi.
Nos omnes hujus rei testes sumus.
Sig+num Ugonis Dalmatii de Bergedan. Sig+num Arnaldi Mironis. Sig+num Geraldus Gibert Mir.
Petrus decanus hujus cedulam largitionis scripsit sub die et anno praefixo.

Instrumento segundo, en que se prueba, por confesión del conde Armengol de Gerp y Luciana, su mujer, que el conde Armengol de Barbastro dio el castillo de Pilzan a la condesa Sancha, hija de Ramiro, rey de Aragón, la cual lo vendió al conde de Barcelona por dos mil mancusos de moneda barcelonesa.

In nomine Domini. Ego Ermengaudus comes Urgelensis et Luciana comitissa uxor ejus donatores et definitores ac evacuatores sumus tibi Raymundo Berengario Barchinonensi comiti. Volumus satis ut sciatur a cunctis tam presentibus quam futuris quia hactenus habuimus magnam querelam de te per directum et per vocem quam et quas proclamabamus in castro de Pilzano et de Podio Rubro (rubro, rubeo, royo, rojo, roig, roch) et de Castro Serris et eorum decimis et pertinentiis: nunc autem approbando recognoscimus quia noluisti nobis hoc placitare per voces et aucthoritates quas inde habebas et per quas totum hoc retinebas et directum inde facere. Manifestum est satis quia pater meus Ermengaudus comes dedit solide et libere castrum de Pilzano et de Podio-rubro Sanctiae comitisse filiae Ranimiri regis et ille vendidit praedicta castra tibi et Arnaldo Mironis vendidit tibi praelibatum castellum de Castro Serris quod ipse tulerat a sarracenis: sed conciliante episcopo Urgelensi Dalmacio Izarni et Brocardo Guillelmi et Raymundo Gondeballi cum ceteris nostris hominibus qui interfuerunt venimus ad firmam pacem et sinceram concordiam in presentiarum scriptam: videlicet quia accepimus de
te duo millia mancussos Barcinonensis monete ideo donamus et jachimus et evacuamus ac definimus tibi omnes voces et omne directum quas et quod qualicumque modo apellabamus et proclamabamus tibi et praedicte Sanctiae et jamdicto Arnaldo in supradictis castris et in eorum terminis et pertinentiis ita ut ab hodierno die et tempore nihil unquam in supradictis rebus omnibus requerimos nec repetamus nec nos nec posteritas nostra nec ullas ex successoribus nostris nec ullus homo vivens pro nobis sed solide et libere absque ulla reservatione et sine fraude et malo ingenio maneant hec omnia in tua potestate ut facias inde quidquid tibi placuerit facere absque ullios hominis inquietudine et contradictione et sicut est super scriptum per …. bonam voluntatem et per sinceram fidem sine ullo enganno confirmamus tibi hoc totum ad tuum propriam allodium ad quod volueris faciendum. Quod si nos qui sumus donatores et evacuatores ac difinitores hoc voluerimus repetere ac disrumpere aut aliquo modo unquam minuere aut mutare nichil inde valeat sed in triplo hoc totum componamus et postea haec scriptura donationis et evacuationis sive difinitionis plenissimum robur semper obtineat et quisquis fecerit similiter hoc totum adimpleat et faciat. Quod est actum decimo kalendas apprilis (pone appilis) XII anno Philippi regis.
Nos qui hoc scribere jussimus et manibus propriis firmavimus et firmari rogavimus.
Sig+num Dalmatii Izarni. Sig+num Brocardi Guillelmi. Sig+num Raymundi Gondebaldi. Sig+num Berengarii Gondebaldi. Sig+num Alberti Izarni. Sig+num Guillelmi Arnaldi. Sig+num Mumis Aguet. Sig+num Bernardi Raymundi de Camarasa. Sig+num Guillelmi fratris ejus. Sig+num Ugonis Dalmatii. Sig+num Bernardi Dalmatii. Sig+num Giberti Guitardi. Sig+num Dalmatii Guitardi.
Nos sumus hujus rei auditores et testes.
Sig+num Pontii levite qui hoc scripsit die et anno quo supra.

sábado, 15 de febrero de 2020

Contra la manipulación de la Historia de Aragón y Cataluña

Todos los amantes de la Historia, hemos oído hablar de José Luis Corral Lafuente, Este aragonés ilustre, nació en Daroca, Profesor de Historia y escritor. Licenciado en Filosofía y Letras, se doctoró en Historia por la Universidad de Zaragoza, en la que es profesor de historia medieval y director de Taller de Historia S.L. Como medievalista, ha centrado buena parte de su labor investigadora en la España musulmana y en la Historia de Aragón. Es también uno de los más prolíficos autores españoles de novela histórica.

Este es un resumen del propio J. L. Corral, de un texto que publico en 2010, y que conviene recuperar para clarificar ciertos mensajes que llegan desde el ultranacionalismo pancatalanista).

LA CORONA DE ARAGÓN. CONTRA LA MANIPULACIÓN DE LA HISTORIA DE ARAGÓN Y CATALUÑA.

José Luis Corral Lafuente.
LA CORONA DE ARAGÓN. CONTRA LA MANIPULACIÓN DE LA HISTORIA DE ARAGÓN Y CATALUÑA.

La Historia es una materia propicia para la manipulación. En este sentido, el caso de la historia de la Corona de Aragón es paradigmático. A mediados del siglo XIX un movimiento cultural, y político, nacido en Barcelona y denominado “la Renaixença” se empeñó en cambiar la historia a base de alterar definiciones y de imaginar símbolos y espacios que jamás existieron.
En su desvarío historiográfico, algunos eruditos de ese movimiento comenzaron a acuñar conceptos que nunca existieron como “la Corona catalana-aragonesa”, “los condes-reyes”, “los reyes-condes”, “los reyes de Cataluña”, la “Confederación catalana-aragonesa” y otras denominaciones falsas, de ese mismo estilo, que culminó con la peregrina ya histórica denominación, ya en el siglo XX, de “Els Països Catalans” para definir un inexistente territorio "histórico" común en el que se incluían los actuales Cataluña, Rosellón, Cerdaña, las comarcas orientales de Aragón, la Comunidad de Valencia y las Islas Baleares.
Proyectando ideas políticas nacionalistas del presente en el pasado, se alteró el ordinal dinástico de los reyes de Aragón, de modo que Alfonso II el Casto pasó a ser “Alfons I” y Pedro II el Católico, “Pere I de Catalunya”; y así siguen siendo denominados estos soberanos en los ficheros del Archivo de la Corona de Aragón y en las denominaciones de algunos políticos ultranacionalistas catalanes.
La llamada Corona de Aragón tuvo su origen en una unión dinástica basada en una alianza matrimonial, siguiendo el derecho medieval sucesorio navarro y aragonés y el derecho canónico. La Corona de Aragón no se llamó así desde el principio. En el siglo XII ni los reyes de Aragón ni los condes de Barcelona tenían como distinción de su rango una "corona". El primero de ellos en ser coronado fue Pedro II, y lo hizo en Roma en 1204 de manos (o mejor de pies, según una leyenda) del papa Inocencio III. Para ser rey legítimo de Aragón era necesario haber nacido de matrimonio canónico, jurar los fueros de Aragón, y luego los de los demás territorios de la Corona, y ser coronado en la catedral de La Seo de Zaragoza.
Desde 1068 los reyes de Aragón eran vasallos de la Santa Sede, y por tanto debían juramento de homenaje a los papas. Por ello, la monarquía aragonesa adoptó sus colores heráldicos, el rojo y el amarillo, copiando los de su señor feudal, el papado, pues esos eran los que usaban los pontífices en la Edad Media.
La Corona de Aragón se sostuvo en sus soberanos y en la continuidad de su linaje, y ello a pesar de que los tres primeros, Alfonso II, Pedro II y Jaime I accedieron al trono en minoría de Edad, con algunas dificultades.
Los Estados fundacionales de la llamada Corona de Aragón fueron el reino de Aragón (con la reina Petronila) y el condado de Barcelona (con el conde Ramón Berenguer IV, que también lo era además de Ausona, Cerdaña, Besalú y Gerona). Pero no de Urgel, por ejemplo. Desde 1137 se fueron sumando otros territorios; en algunos casos por incorporación pacífica, como el marquesado de Provenza o los condados de Pallars y Urgel; en otros por conquista a los musulmanes, como las tierras de Lérida, Fraga, Tortosa, Teruel, el reino de Mallorca, el de Valencia o el señorío de Albarracín; y en otros durante el proceso de expansión mediterránea, como los reinos de Sicilia, Cerdeña, Nápoles o los ducados de Atenas y Neopatria en Grecia.
Estos soberanos nunca se intitularon “reyes de la Corona de Aragón”, sino que lo hicieron con todos y cada uno de sus títulos privativos. Así, Petronila fue reina de Aragón, como heredera de Ramiro II, y condesa de Barcelona, por su matrimonio con Ramón Berenguer IV, que fue príncipe de Aragón y conde de Barcelona; Alfonso II fue rey de Aragón, conde de Barcelona y marqués de Provenza; Jaime I, rey de Aragón, rey de Valencia, rey de Mallorca, conde de Barcelona y señor de Montpellier; y Pedro IV rey de Aragón, rey de Valencia, rey de Mallorca, conde de Barcelona y duque de Atenas y Neopatria, e incluso rey de Jerusalén, entre otros títulos. Y cuando se abreviaban los títulos y sólo se colocaba uno, siempre prevalecía el más antiguo e importante en el orden protocolario: rey de Aragón.
Desde luego, los soberanos de la Corona nunca se intitularon como “reyes o condes de Cataluña”, pues aunque desde fines del siglo XII ya aparece el macrotopónimo "Cataluña", la idea de un territorio llamado Cataluña, de extensión similar a la actual Comunidad Autónoma española del mismo nombre, que englobara a la mayoría de los condados cristianos altomedievales del noreste hispano, y a las tierras de Lérida, Tarragona y Tortosa no se concretó hasta el reinado de Jaime I, ya en el siglo XIII, cuando comenzaron a definirse las fronteras políticas entre los reinos y Estados de Aragón, Cataluña y Valencia, que no quedaron perfiladas definitivamente hasta bien entrado el siglo XIV.
Dentro de la unidad dinástica de la Corona de Aragón, cada uno de los Estados que la integraron mantuvo sus instituciones políticas, su autonomía fiscal, su lengua, sus derechos, sus costumbres, sus normas cívicas, su moneda, su sistema de medidas y su cultura hasta los Decretos de Nueva Planta impuestos por la dinastía de Borbón a comienzos del siglo XVIII. La Corona de Aragón fue un ejemplo de convivencia y tolerancia que, en su propia historia, puede dejar no pocas enseñanzas a la España y a la Europa contemporáneas.
Lamentablemente, ultranacionalistas indocumentados o tergiversadores están empeñados en falsificar esta historia.


domingo, 22 de diciembre de 2019

índice, tomo IV

Índice de los documentos y demás materias que comprende este tomo. 

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INTRODUCCIÓN.

I - Testamento del conde de Barcelona don Ramón Berenguer 3°, en el que, después de ordenar varios legados y otras disposiciones de menor importancia, nombra heredero de sus estados de Cataluña a su primogénito don Ramón Berenguer 4°, y dispone de su condado de Provenza a favor de su hijo segundo, don Berenguer Ramón.

II - Testamento otorgado por el rey de Aragón don Alfonso el Batallador, con el cual instituyó herederos de su reino al Santo Sepulcro de Jerusalén, a los religiosos hospitalarios y a los templarios, por iguales partes.

III - Convenio del conde de Barcelona don Ramón Berenguer 4° con Gauceberto de Peralada y los hermanos Raimundo y Aimerico de Torrelles, sobre la encomienda, custodia y bailía de la villa de Peralada, y feudo de Prats.

IV - Otro del mismo conde con Guillermo de Cornellá, sobre la encomienda del castillo de dicho nombre.

V - Donación de dicho castillo de Cornellá, otorgada por Majencia y su hijo Guillermo a favor del conde.

VI - Donación del castillo de Barberá, otorgada por el conde, de acuerdo con sus barones, a favor de la milicia del Templo, para cuando se estableciese esta en sus dominios.

VII - Homenaje que Raimundo Bernardo prestó al conde de Barcelona por el castillo de Castell-Adral y otros feudos.

VIII - Otro homenaje que Guillermo Raimundo deBerga prestó al conde por los castillos
de Peguera, Figols,Valmaña y Torredella.

IX - Estatuto otorgado por el conde a favor de la iglesia de San Juan de Ripoll.

X - Carta-puebla de Artasona, concedida por don Alfonso el Batallador.

XI - Privilegio otorgado por el conde y San Olaguer, a favor de los templarios que debían establecerse en los estados de Aragón.

XII - Testamento de Berenguer de Moncada.

XIII - Donación de unas casas sitas cerca del Regomir, otorgada a favor de los templarios por Bernardo Raimundo de Mazanet y su hijo Berenguer.

XIV - Sentencia dada por el obispo de Barbastro en la controversia que tenía el abad de San Clemente con el de San Martín.

XV - Homenaje que Guillermo Raimundo, hijo de Inés, prestó al conde don Ramón Berenguer.

XVI - Convenio del mismo conde con Guillermo de San Martín y su mujer Beatriz, con el que aprueba su casamiento y les concede el feudo de Moncada, por el cual, y por los de Monbuy y Montornés, le prestó dicho Guillermo el correspondiente homenaje.

XVII - Otro convenio entre dicho conde y el senescal Guillermo Raimundo, con el que terminaron las cuestiones que se debatían entre los dos sobre las aguas de los molinos de Moncada y Barcelona.

XVIII - Partición de bienes entre Guillermo Raimundo y su mujer Beatriz, por razón del
divorcio que había sido declarado por el arzobispo de Tarragona.

XIX - Concesión en feudo de los castillos de Tudela, Sobreporta, Torelló,Tona y algunos otros, otorgada por el conde a favor del mencionado Guillermo Raimundo.

XX - Donación del diezmo de las parias que el conde don Ramón Berenguer percibía en España, otorgada a favor de Diosdado.

XXI - Privilegio concedido a los vecinos de Uncastillo por don Ramiro, rey de Aragón, ratificado por el conde de Barcelona don Ramón Berenguer, y confirmado por el rey don Juan 1° en 1389.

XXII - Donación de la ciudad de Tortosa, para cuando se conquistase, otorgada por el conde a favor de Guillermo de Monpeller.

XXIII - Concordia entre los condes de Barcelona y Ampurias, seguida de la concesión en feudo de los castillos de Cerset,Terrat y otros, otorgada por el primero al segundo.

XXIV - Donación del reino de Aragón, otorgada por don Ramiro a favor del conde de Barcelona.

XXV - Juramento de fidelidad que por orden del mismo don Ramiro prestaron al conde todos los vecinos de Huesca.

XXVI - Ratificación de la donación otorgada por don Ramiro a favor del conde.

XXVII - Orden del mismo don Ramiro, para que en adelante todos los que habían sido sus vasallos obedeciesen al conde de Barcelona.

XXVIII - Convenio entre el emperador de España, don Alfonso, y el conde de Barcelona, sobre el repartimiento de las tierras del rey de Pamplona, don García.

XXIX - Concesión de unas casas en Agramunt, otorgada a favor de Ramón Arnau por los condes de Urgel, Armengol y Elvira, con aprobación de su hijo.

XXX - Escritura con que el conde de Barcelona y príncipe de Aragón cedió a Reverter el vizcondado de Barcelona, el feudo de Piera y de algunos otros castillos.

XXXI - Donación de los bienes de Abin-Sila, en el término de Aranda, otorgada por el conde a favor de Iñigo Sánchez de Burbachana.

XXXII - Cesiones que los caballeros del Santo Sepulcro y los Hospitalarios otorgaron a favor del conde, de la parte del reino de Aragón que a cada uno les pertenecía en virtud del testamento de don Alfonso el Batallador.

XXXIII - Donación de los bienes de Abein-Sordo, hecha por el mismo conde a García Garcez.

XXXIV - Homenaje prestado al conde por Galceran de Sales, hijo de Ermesinda.

XXXV - Donación de unas casas en Barbastro, otorgada por el rey de Aragón, Pamplona, Sobrarbe y Ribagorza, don Pedro Sánchez, a favor de Galindo Garcez.

XXXVI - Confirmación de la cesión que los caballeros del Santo Sepulcro hicieron al conde de Barcelona, de la parte del reino de Aragón que les había dejado don Alfonso el Batallador.

XXXVII - Testamento del obispo de Barcelona,Arnaldo, otorgado antes de emprender su viaje a Jerusalén.

XXXVIII - Debitorio de quinientos sesenta maravedises y cien libras de plata, otorgado a favor de Guillermo Mainardo por el conde de Barcelona, príncipe de Aragón y marqués de Tortosa y Lérida.

XXXIX - Venta de una almolacenia, hecha por el conde a favor de Arnaldo Pérez de Arcos.

XL - Sentencia dada por la curia o tribunal del conde en el pleito de Guillermo de Castellvell con Poncio Pérez de Bañeres.

XLI - Convenio de Domingo Perdiguero con Ferrer de Benebar y García de Oiarda, acerca del castillo de Alhozerein.

XLII - Empeño de una tierra en Viladecans, otorgado por el conde a favor de Guillermo Suñer.

XLIII - Fundación de la orden del Templo en los estados del conde, y donación que se les hizo de los castillos de Monzón, Moncayo, Chalamera, Barberá, Remolins y Corbins, junto con algunas otras rentas y derechos, para que dichos religiosos pudiesen mantenerse.

XLIV - Promesa de fidelidad que Geraldo Alemany hizo a su señor el conde de Barcelona. 


XLV - Juramento y homenaje prestado a dicho conde por el mismo Geraldo.

XLVI - Donación de una pardina en Barbastro, otorgada por el conde a su judío Zecri.

XLVII - Carta de hermandad y protección que los templarios concedieron a D. Perdiguero, D. Almoravech, G. Priavol y Ferrer de Benavar, por la donación que estos les habían hecho de la quinta parte de Alfoceya.

XLVIII - Donación de algunas heredades en Monzón, otorgada por el conde a favor de Beltran, Geraldo, Sancho y Guillelmo de Belsa, Juan de Camporrells,Berenguer de Miravet, Domingo y Estévan de Soria.

XLIX - Encomienda de las castellanías de Piera y Cabrera, concedida por el conde a Guillermo de Guardia.

L - Donación de una parte del castillo y villa de Ciurana a Berenguer Arnau.

LI - Donación que el conde hizo a Guillermo Raimundo, del castillo y tercera parte de la ciudad de Tortosa, del castillo de Peñíscola y de las islas de Mallorca e Ibiza, todo para cuando se conquistase; y decisión de algunas cuestiones que se habían suscitado sobre dicha donación.

LII - El conde confirma a favor de Sibila, Alaman y Arnaldo Sord, la donación de unas casas que les había hecho.

LIII - Donación de una heredad en Consellos, otorgada por Fortuño Aznares a favor de Aznar Garcéz y de su mujer doña Oria.

LIV - Convenio entre el conde de Barcelona, don Ramón, y el de Urgel, don Armengol, en que el primero dio en feudo al segundo la tercera parte de la ciudad y territorio de Lérida, con reserva de la parte que debía dar a los templarios; y el de Urgel prometió al de Barcelona ser su hombre fiel, y acudir como buen vasallo a sus huestes y cabalgadas.

LV - Empeño del señorío de Osor, otorgado por el conde de Barcelona a favor de los hermanos Guillermo y Oton de Moncada.

LVI - Capitulación concedida por el mismo conde a los moros de Tortosa.

LVII - Carta-puebla de Espluga Calva, otorgada por el conde a Porcel de Cervera y a otros, con reserva del noveno de todos los frutos.

LVIII - Carta-puebla que el conde de Barcelona y el de Urgel concedieron a los habitantes de Lérida.

LIX - Tratado de paz entre el conde de Barcelona y el rey de Navarra, y capítulos para el matrimonio de la hija de este con el referido conde.

LX - Donación del castillo y villa de Albalat, hecha por el conde a la santa Iglesia de Zaragoza.

LXI - Carta-puebla y franquezas concedidas por el conde don Ramon Berenguer a los vecinos de Tortosa, y varios otros documentos sobre usos y costumbres de dicha ciudad, y disputas que esta tuvo con los templarios.

LXII - Tratado de paz entre el conde de Barcelona y el emperador de España, don Alfonso.

LXIII - Debitorio de seis mil y cuatrocientos maravedises, firmado por el conde a favor de Guillermo Ibiloci.

LXIV - Consagración y dotalia de la iglesia de San Juan de Ripoll.

LXV - Convenio de doña Teresa de Boria con el conde, sobre la potestad de su castillo de Boria.

LXVI - Concordia celebrada entre el conde de Barcelona y los religiosos del Templo, sobre los castillos de Boria y Magallon, y algunos otros bienes que habían sido de Pedro Teresa.

LXVII - Sentencia dada por el tribunal del conde en el pleito que seguían los religiosos hospitalarios con Umberto de Basea, sobre la partición del feudo de Montesquiu.

LXVIII - Donación del castillo de Gallifa, hecha a favor del conde por Pedro de Massanet.

LXIX - Donación de la tercera parte de la ciudad y territorio de Tarragona, otorgada por el arzobispo Bernardo a favor del conde don Ramón Berenguer.

LXX - Dotalia de la Santa Iglesia de Tortosa.

LXXI - Sentencia dada en el pleito que el arzobispo y clero de Tarragona seguían contra Roberto y Guillermo de Aguiló.

LXXII - Carta de protección, otorgada por el conde a favor de la iglesia de Ullá.

LXXIII - Testamento de la reina doña Petronila, con el que instituyó heredero de sus estados al hijo que había de nacerle, dejando empero el usufructo al conde su marido para mientras viviese, y la propiedad para el caso de que dicho su futuro hijo falleciese sin dejar sucesión.

LXXIV - Escritura con la que Guillermo Ça-Noguera y su mujer María cedieron al conde el señorío de los bienes que poseían en Santa María deCornellá y San Juan Despí.

LXXV - Donación de Santa María de Moyá, otorgada por el conde a la iglesia de Santa María del Estañ, con retención de un mercado y feria que estableció en dicho pueblo.

LXXVI - Donación de un campo en el término de Vilamejor, hecha por el conde a Arnaldo Pérez y a su mujer Ermesinda.

LXXVII - Donación del castillo de Mirabet con todos sus términos, que acababa de conquistar el conde, otorgada a favor de los religiosos del Templo.

LXXVII - Venta de la tercera parte de la ciudad de Tortosa, que pertenecía a los genoveses, otorgada por estos a favor del conde, por precio de diez y seis mil seiscientos maravedises, aunque con retención de la isla de San Lorenzo y estipulando a su favor varios privilegios.

LXXIX - Donación de la villa de Godall, hecha por el conde a Guillermo de Copons.

LXXX - Donación de Patirella, hecha a don Ezo por don Sancho, rey de Navarra.

LXXXI - Homenaje y juramento de fidelidad que prestaron al conde de Barcelona los magnates del vizcondado de Bearn, por muerte de su vizcondesa Guiscarda.

LXXXII - Concesión en feudo del castillo y términos de Flix, hecha por el conde a Bonifacio de La Volta.

LXXXIII - Promesa que Guillermo Fortuñ hizo al conde, de presentarse y estar a derecho por su señorío de Villafortuñ, siempre y cuando fuese requerido.

LXXXIV - Remisión de algunas prestaciones a que estaban sujetos los vecinos de San Julián de Vallfogona, otorgada por doña Almodis,vizcondesa de Bas.

LXXXV - Escritura con que el conde cedió a favor de San Jaime de Frontañá el señorío de todos los bienes que aquella iglesia poseyese en el término de Ripoll.

LXXXVI - Debitorio de setecientos maravedises, firmado por el conde a favor de Guillermo Leterico.

LXXXVII - Relación que hizo don Lope,obispo de Pamplona, de cuanto había practicado para que fuesen resarcidos al conde de Barcelona los daños que le había causado don Sancho de Navarra, por lo que se había entregado en rehenes a dicho conde, sometiendo el negocio a la decisión del arzobispo de Tarragona y obispo de Lérida.

LXXXVIII - Sentencia dada en el pleito que Poncio, abad de San Juan, seguía contra Raimundo de Maurella.

LXXXIX - Venta del castillo de Guardia con toda la montaña de Monserrat, hecha a favor del conde por Berenguer Ça-Guardia, hijo del vizconde Reverter.

XC - Bula del papa Adriano 4°, aprobando las donaciones y concesiones hechas por el conde a los religiosos del Templo.

XCI - Convenio celebrado con el conde por el emperador de España don Alfonso y sus hijos don Sancho y don Fernando, sobre el repartimiento del territorio ocupado por los moros, y de los estados del rey de Navarra, don García.

XCII - Recibo de varios ornamentos y libros de liturgia pertenecientes a San Martín de Estopañá, que fueron entregados a Poncio por Guillermo de Agela.

XCIII - Donación de tres partes de Flix, otorgada por el conde a favor de Bonifacio y de su hijo Gasqueto.

XCIV - Donación de Cuevas de Remolins, Sena, Sijena y otros territorios que debían conquistarse de los moros, hecha por el conde a los religiosos hospitalarios.

XCV - Concordia para terminar las cuestiones que se habían suscitado entre el conde y el rey don Sancho de Castilla, sobre los estados de Zaragoza y Calatayud.

XCVI - Ratificación que hizo el obispo de Pamplona, de estar en rehenes en poder del conde; y promesa de escomulgar al rey y reino de Navarra, luego que hubiese vuelto a su silla, hasta que fuese indemnizado dicho conde y le fuesen devueltos a él sus castillos, por los cuales prometió ser fiel a don Ramón Berenguer.

XCVII - Donación de las villas de Roncesvalles, Urruoz y Ovano, con una heredad en Galipienzo, hecha por el conde a García Moravid.

XCVIII - Sentencia dada en el pleito que Poncio, abad de San Juan, seguía contra Galceran de Sales.

XCIX - Sentencia dada por el tribunal del conde, en el pleito que éste tenía con Pedro de Puigvert, en la cual se hace mérito de las espediciones militares del conde a Lorca, Narbona y Aragon, y del asesinato de don Ramón Berenguer Cap d´Estopa.

C - Otra larga relación del obispo de Pamplona, en la que manifiesta lo mucho que había trabajado en favor de las indemnizacíones debidas al conde de Barcelona por el rey de Navarra don Sancho.

CI - Juramento de fidelidad que Alberto de Petra prestó al conde por el castillo de Rocamur.

CII - Homenaje que Guillerma y su marido Bernardo de Vilar prestaron al conde por el castillo de Petra.

CIII - Ampliación del homenaje que antecede, hecha por los mismos otorgantes.

CIV - Juramento de fidelidad que Berenguer Reverter prestó al conde por el castillo de Guardia y montaña de Monserrat.

CV - Carta-puebla de Monforte, con la que fueron concedidos a sus vecinos los fueros de Zaragoza.

CVI - Carta dotal que Parason,juez de Arborea, otorgó a favor de su mujer Agalbursa, sobrina del conde de Barcelona.

CVII - Venta de la mitad del molino de Abadenc, situado en la parroquia de San Vicente de Junqueras, otorgada por Bernardo Pedrós y su mujer Pereta a favor del conde.

CVIII - Donación de la cuarta parte del molino de Susgiter, hecha por el conde a Raimundo de Torredella y a su mujer Geralda.

CIX - Donación en feudo del castillo de Pratella, otorgada por el conde a favor de doña Ezo y sus hijos.

CX - Declaración del anciano Bernardo Echardo, en la que se hace mérito de algunas rentas que pertenecían a los condes de Barcelona, y del asesinato de don Berenguer Cap d´Estopa.

CXI - Empeño del dominio y derechos que percibía el conde en Prats y parroquia de San Justo, otorgado a favor de Guillermo Mainardo por la cantidad de dos mil y quinientos maravedises.

CXII - Enfeudación del castillo de Guardia, hecha por el conde a favor de Berenguer de Guardia, hijo del vizconde Reverter.

CXIII - Sentencia dada por el arzobispo de Tarragona, san Otaguer (Olaguer), y otros magnates, sobre las injurias y otros agravios que el conde decía haber recibido de su veguer Berenguer.

CXIV - Sentencia con que se decidieron las cuestiones pendientes entre el abad de San Cucufate y Raimundo Pérez de Bañeres.

CXV - Juramento de fidelidad que Beltran de Canals prestó al conde por su casa y fortaleza de Canals.

CXVI - Cesión de las dos terceras partes del dominio del castillo de Cabra, otorgada por el monasterio de San Martín de Albengena, a quien pertenecía dicho castillo antes de la invasión de los moros, a favor del conde de Barcelona, que lo había reconquistado.

CXVII - Reconocimiento que Pedro de Barcelona hizo a favor del conde, por todos los bienes que habían pertenecido a Pedro Ricart.

CXVIII - Reconocimiento de vasallaje, con obligación de pagar un censo anual de un cerdo o tres dineros, otorgado por Guillermo Dezplá a favor del conde.

CXIX - Donación en feudo del castillo llamado Deus-lo-vol, y por los moros Mezimeeger, otorgada por el conde a favor del arzobispo de Zaragoza.

CXX - Concesión de un terreno para edificar, situado en el mercado y junto al río de Gerona, otorgada por el conde a favor de Pedro Balma, con obligación de pagar un censo de doscientos cerdos o seiscientos dineros cada año.

CXXI - Debitorio de seis mil y setecientos maravedises, firmado por el conde a favor de Guillermo Leterico.

CXXII - Otro debitorio de seis mil maravedises, firmado también por dicho conde a favor del mismo Guillermo Leterico.

CXXIII - Licencia del conde a Bernardo Folch para construir un molino en los términos de Piera, Bedorch o Cabrera, con la obligación de que perteneciesen al conde la mitad de las rentas que produjese dicho molino.

CXXIV - Reconocimiento de vasallaje que Juan de Gron hizo a favor del conde, en testimonio de gratitud por cierta donación que dicho conde lehabía hecho.

CXXV - Reconocimiento de vasallaje hecho a favor del conde por Poncio de Palou, y promesa de pagarle cada año un cerdo o cuatro sueldos de moneda barcelonesa.

CXXVI - Venta de una casa en el arrabal de Barcelona, otorgada por Calvet a favor del conde.

CXXVII - Breve dirigido al conde por el papa Adriano , en recomendación del obispo e iglesia de Huesca.

CXXVIII - Bula del papa Eugenio , concediendo varias gracias a los que acompañasen al conde en la guerra contra los infieles.

CXXIX - Bula del sumo pontífice Adriano , previniendo a los arzobispos de Tarragona y Narbona que apremiasen con censuras eclesiásticas a los que de cualquier modo hostilizasen al conde, dando directa o indirectamente ayuda a los sarracenos.

CXXX - Otra del mismo pontífice, aprobando la cesión que los caballeros del Santo Sepulcro, hospitalarios y templarios habían hecho al conde, de la parte del reino que les había dejado don Alfonso el Batallador.

CXXXI - Breve del papa Eugenio 3°, exhortando al Conde de Barcelona a que haga las paces con G. (García), duque de Pamplona.

CXXXII - Convenio con que el abad de Ripoll, el de San Saturnino y algunos otros personajes prometieron estar a lo que dispusiese el conde en el negocio de Ripoll.

CXXXIII - Bula del papa Anastasio 4°, confirmando las gracias concedidas por Eugenio a los que acompañasen al conde de Barcelona en la guerra contra los infieles.

CXXXIV - Otra del sumo pontífice Adriano , declarando que nadie pudiese escomulgar al conde sin espreso mandato de Su Santidad o de su legado á latere.

CXXXV - Otra del mismo pontífice, confirmando la escomunion pronunciada por Eugenio contra un conde Gaufredo, por delito de adulterio.

CXXXVI - Escritura de fianza, otorgada por Raimundo Ademaro con sus castillos de Finestres, para el cumplimiento de las obligaciones contraídas por Guillermo, conde de Besalú.

CXXXVII - Carta de Guillermo, patriarca de Jerusalén, y Pedro, prior del Santo Sepulcro, dirigida al conde, anunciándole la cesión que habían otorgado a su favor.

CXXXVIII - Donación de varios derechos y castillos, entre ellos el de Ceboller, otorgada por el conde a favor de Pedro de Estopañá.

CXXXIX - Franquezas concedidas por el conde y ratificadas por Guillermo Raimundo Dapifer a los habitantes de Tortosa.

CXL - Convenio entre los condes de Barcelona y Urgel, en que el primero cede al segundo la tercera parte de la ciudad de Lérida para cuando fuese conquistada.

CXLI - Convenio con que el conde se obligó a dar a los genoveses la tercera parte de lo que conquistase, a cambio de los ausilios quo debían prestarle.

CXLII - Carta de Reverter, vizconde de Barcelona, a su señor el conde y rey de Aragon, haciéndole mil protestas de amor y fidelidad, y noticiándole que le enviaba a su vasallo Roberto para el arreglo de ciertas cuestiones que tenían entre sí acerca los feudos de Granera y Piera.

CXLIII - Juramento con que don Fernando, rey de León y dominador de Galicia, se obligó a ayudar a su tío el conde de Barcelona para la defensa de sus estados.

CXLIV - Promesa que los genoveses hicieron al conde, de ayudarle con su ejército y armada en el sitio de Tortosa y conquista de las Baleares, y de cederle las dos terceras partes de cuanto conquistasen por sí solos desde el Ebro hasta Almería, facilitándoIe además cuantas máquinas se necesitasen para la guerra.

CXLV - Sentencia dada en Barcelona por el arzobispo de Tarragona y otros magnates, dirimiendo las disputas y pleitos que el conde tenía con Bernardode Anglesola.

CXLVI - Otra sentencia dada por la corte de Barcelona, decidiendo las cuestiones que el mismo conde tenía con Galceran deSales.

CXLVII - Otra para decidir el pleito que vertía entre el conde y Guillermo Raimundo Dapifer, con motivo de las partes que se habían señalado en Tortosa a los genoveses y a los religiosos templarios.


CXLVIII - Cambio que hizo el conde con Sancha y su hijo Bernardo de Belloch, de unas casas que tenía establecidas a Guillermo Taberner, situadas en la plaza de la ciudad de Barcelona, por otros que dichos madre e hijo poseían en el foso del castillo nuevo, junto al muro de la ciudad.

CXLIX - Dibitorio de seis mil setecientos maravedises, firmado por el conde a favor de Guillermo Leterico.

CL - Traslado de una escritura en que se hace una larga relación de lo ocurrido en Aragón y Navarra entre los reyes don García Ramírez y don Ramiro el Monje, con varios magnates de uno y otro reino, para la elección de rey después de la muerte de don Alfonso el Batallador en la batalla de Fraga.

CLI - Carta de Pedro, rey y juez de Arborea, a su cuñado el conde, en la que se trata de la espedicion que este proyectaba contra Mallorca.

CLII - Carta del obispo de Barcelona al conde, pidiéndole que amparase al abad de Vall-laura en los daños que estaban causando a dicha iglesia los vecinos de Montagut.

CLIII - Otra del conde de Barcelona, pidiendo al maestre de los templarios que le enviase diez religiosos, a quienes dotaría competentemente, para la fundación de la orden en sus estados.

CLIV - Los cónsules de Pisa escriben al conde, pidiéndole la continuación de la buena amistad y alianza en que siempre habían estado, y que no deje entrometer a los genoveses en el asunto de las Baleares.

CLV - Carta del conde al emperador don Alfonso, prometiéndole no invadir las tierras del rey de Navarra, y rogándole que envié a su hijo don Sancho al frente del ejército, para acordar juntos los medios de combatir a los enemigos de la Cruz.

CLVI - Otra de Raimundo de Molnell al conde, aconsejándole algunas medidas para mejorar el deplorable estado de las salinas de Tarascona.

CLVII - Reverter, vizconde de Barcelona, escribe al conde, protestando de su adhesión, y quejándose de los daños que, según decía, se le habían causado en su honor de Guardia.

CLVIII - Juramento de fidelidad prestado al conde de Barcelona por el de Ampurias, Ponce Hugo.

CLIX - Homenaje que prestaron al conde los vecinos de Jaca y otros pueblos de Aragón.

CLX - Juramento de fidelidad al conde, prestado por Guillermo de San Martín.

CLXI - Memorial de los daños que Berenguer Miron había causado a su señor el conde en diferentes lugares.

CLXII - Donación de los castillos de Monzón, Ceboller y otros, otorgada por el conde a favor de Pedro de Estopañá.

CLXIII - Venta de la mitad de ciertos edificios situados en la plaza del mercado de Barcelona, otorgada por Calvet a favor del conde.

CLXIV - Promesa del conde a Bernardo Ug, de no entregar a otro la encomienda del castillo de Castellet.

CLXV - Testamento sacramental del conde don Ramon Berenguer 4°.

CLXVI - Donación del reino de Aragón, otorgada por la reina viuda doña Petronila a favor de su hijo Alfonso.

CLXVII - Testamento de doña Petronila.

CLXVIII - Testamento de don Alfonso II de Aragón, hijo de don Ramón Berenguer y doña Petronila.

Fin del índice.