lunes, 10 de junio de 2019

Tomo I, texto XL, rey de Navarra


XL.

Reg. 2.252, fol. 129. 22 de noviembre de 1409.

Rey muy caro e muy amado hermano. Havientes muy gran deseyo de saber la salut e buen estamiento de vuestra persona assin affectuosament como podemos vos rogamos que al mas soven que poredes nos ende querades con vuestras letras consolar: e porque a nos es bien cierto rey muy caro e muy amado hermano quende havredes muy gran plazer significamosvos que nos e la reyna nuestra muy cara muger somos en buena disposicion de nuestras personas merced a nuestro Senyor Dios. Rey muy caro e muy amado hermano nos havemos informado el amado consellero nuestro mossen Dalmau de Dernius dalgunas palavras que de nuestra parte vos deve explicar: porque vos rogamos con gran affeccion rey muy caro e muy amado hermano que a aquelles querades dar fe et indubitada credença assin como si por nos personalmente vos eran dites. E sea la sancta Trinidat rey muy caro e muy amado hermano vuestra continua proteccion. Dada en la casa de Bellesguard del territorio de Barchilona dius nostro siello secreto a XXII dias de noviembre del anyo MCCCCVIIII. - REX MARTINUS. - Dominus rex mandavit michi - Bernardo Medici. - Dirigitur al reyde Navarra.

Tomo I, texto XXXIX, cardenal de Hispania


XXXIX.

Legajo de cartas reales autógrafas. 7 de noviembre de 1409.

Muy alto et poderoso et victoriosissimo senyor rey de Aragon et de Sicilia etc. - Muy alto et poderoso et victoriosissimo senyor. Con homil et devida recomendacion fueme scripto de Barçilona como algunos se trabajavan que vuestra altesa revocase el salvoconducto que me havia otorgado et que la vuestra senyoria non lo quesiera facer lo qual vos tengo en señalada gracia et apartada merçed: et en verdat senyor esto en parte aun mas por la honra que non por al: et ruego a Dios que el me de logar en que vos lo yo pueda merescer con servicio. Otrosy muy engrandeçido senyor una carta de la vuestra senyoria escripta en Barçilona a XXIIII dias de setiembre resçeby en Pistorio segundo dia de noviembre con la qual ove muy grant placer por saber de la buena salud et estado de la vuestra majestad que Dios quiera siempre engrandeçer al vuestro deseo: en la qual entre las otras cosas en efecto se contenia que vuestra altesa avia avido gran placer de las nuevas que de aca vos avia scripto et avriades todavia que vos ende escreviesse: mas que non tomariades placer sy en ellas se continiese alguna cosa contra aquel que decides que tenedes por papa. Muy engrandecido senyor de aca yo no vos puedo escrevir nuevas que de gran valor sean sino tocant a los fechos de la Eglesia et del çisma et de saber desto todo buen christiano deve haver placer et mayorment vos que sodes tan religioso et catolico principe: ca senyor yo no vos escrevi al synon lo que aca paso en verdat es a saber commo esse omme que desides papa et el otro que se llamaba Gregorio fueron por todo el conçilio general et universal Eglesia declarados pronunciados et condempnados por publicos et notorios herejes et sçismaticos et criadores et facedores del scisma antiquado et desviados de la fe et a mayor cautela despuestos del papadgo et la Eglesia vacar et que en concordia non contradeciente alguno fuera esleydo en papa et verdadero vicario de Jesuchristo el padre de muy grant reverencia don Pedro de Camdia de la orden de sant Francisco cardenal de Milan omme de muy grant sçiençia et de santa vida que ni era de Francia ni de Spanya ni de Italia antes es de Greçia natural et enbiavavos el traslado de la scritura et el decreto de la esleçion: et sy destas cosas a vos senyor enoja asaber plega a vuestra senyoria notificarme de que vos escriva con que vos ayades goso ca yo lo fare muy de talante commo aquel que desea siempre facervos placer. Otrosy muy ensalçado senyor se contenia en dicha vuestra carta que el dicho que decides papa avia de entrar en Barçilona et facer muchos actos entre los quales avia de desponer et dar por scismaticos a los cardenales que avian estado inobedientes a el et que esto me notificavades por que no me maravillase si despues de fecho el dicho acto non me escreviessedes como a cardenal. Et muy exçellentissimo senyor vos bien sabedes que el que es hereje fuera es de la Eglesia et menor es que qualquier catholico et non puede ni privar ni desponer ni descomulgar ca non ha poder alguno antes el es privado despuesto et descomulgado: et por ende vuestra senyoria escrevira como a ella placera pero tengo yo que siempre escrevira segund aquella honestidad que atanye et pertenesce a la su grand sabidoria et dignidat ca quanto yo siempre escrevire a la vuestra altesa con grant reverencia et homildança como cumple a tan grant rey principe et magnifico senyor non enbargantes las sentencias et excomuniones et privaciones de dignidades spirituales et querelas puestas por los derechos contra los creyentes fautores et defensores de los herejes: por quanto creo que toda via que sea enformada en la verdad la conoscera et seguira vuestra sublimidat et pura consciencia que el Spiritu santo siempre guye et endresçe a lo mejor et que siempre me escriva et mande fiablement como a cosa suya ca en complirlo me sera apretado placer. En Pistoya a VII de noviembre de CCCCVIIII. - El siempre et todavia vuestro cardenal de Hispania.