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domingo, 13 de noviembre de 2022

Sententia contra mossen Dalmau de Tolosa prevere canonge e preborda de la Seu de Leyda

Sententia contra mossen Dalmau de Tolosa prevere canonge e preborda(pavordre) de la Seu de Leyda natural del Archabisbat de Tarragona.

Jesus Christus.

Los noms de nostre Senyor Deu Jesu Christ e de la humil Verge Maria digne mare sua benignement invocats.

Vist per nos don Pere per la gracia de Deu e de la Sancta Seu apostolica bisbe de Barcelona frare Enguera en sacra theologia mestre del orde dels preicadors e don Francesch Pays de Sotomayor etc. per la mateixa Sancta Seu apostolica inquisidors de la heretica e apostatica pravitat dats creats e deputats en les ciutats e diocesis de Tarragona Barcelona Urgell Vich Gerona e Elna e lo dit reverend mestre Enguera vicari general en los actes de la Sancta inquisitio per lo reverendissimo Senyor don Gonçalbo Ferrandez de Heredia Archabisbe de Tarragona be e diligentment examinat lo proces criminal devant nos e en nostre consistori ventilat e actitat entre lo venerable promotor e procurador fiscal del Sanct Offici de la inquisicio de una part agent e denuntiant e mossen Dalmau de Tolosa prevere canonge e preborda de la Seu de Leyda natural del archabisbat de Tarragona convers e del linatge de jueus devallant de la part altra defenent en e sobre la petitio e demanda e accusatio devant nos per lo dit procurador fiscal contra lo dit mossen Dalmau de Tolosa donada e intentada en la qual diu e allega que dit mossen Dalmau de Tolosa es fill de pare e mare conversos e per semblant de linatge de jueus devallant e la dita sa mare nomenada Isabel de Tolosa per heretica fugitiva per los reverends olim inquisidors condemnada e que moltes e diverses vegades en los dies dels digmenges y festes manades per Sancta mare Esglesia lo dit Dalmau de Tolosa faea faena ingerint e posantse a fer algunes obres servils les quals als catholics christians son prohibides de fer en dits dies de festes e digmenges manades e que moltes e diverses vegades per la devotio e creença que tenia a la ley de Moyses ha servat e tengut los dissaptes solemnizant aquells a la forma e modo judaica comensant lo divenres en la nit lexant se de negociar e tractar mudantse les camises e robes per honrar e festivar los dits dies dels dissaptes. Mes que ha servades festes e solemnizades moltes paschas e festes dels jueus en special la pascha dels jueus quis diu del pa alis menjant en aquell lo dit Dalmau de Tolosa ensemps ab altres persones en companya sua tots los vuyt jorns que duraba dita festa de pascha pa alis e altres viandes que los jueus en les tals festes e paschas acostumen manjar. Item que moltes e diverses vegades per la devotio gran que a la dita ley de Moyses tenia dit Dalmau de Tolosa ha fets e dejunats los dejunis judaychs en companya daltres persones per heretges condemnades en special lo gran dejuni ques diu de Quipur (Equipur anteriormente) quis fa en lo mes de setembre a la forma judaica no menjant de tot lo dia fins al vespre vistes les steles stants ab los peus descalçes e ans de sopar lo dit Dalmau de Tolosa e los altres exien en part que podien veure lo cel e se agenollaven ab los genols (aún se encuentran muchas palabras con una sola l, genolls, legir, libre, etc) mesos en terra e faen tots la oratio maldant e faent altres coses e cerimonies judaiques e apres tots anaven a sopar apres que eran exits de les steles e que lo dit Dalmau de Tolosa demanava perdo a les persones que en sa companya aquelles hores ab ell en dites cerimonies eran. E apres totes sopaven de les viandes judaiques que staven apparellades. Item que tenint lo dit Dalmau de Tolosa creença e gran devotio en la ley de Moyses portava en si e en sa persona una nomina scrita en hebraichfeta a forma de un rotol creent que portant aquella no podia haver nenguna adversitat e moltes altres scriptures judaiques diu que portava ab si per la devotio que a la ley de Moyses tenia. Item que moltes e diverses vegades per guardar e observar los preceptes e manaments de la ley de Moyses dit Dalmau Tolosa manjava gallines e altres volateries e altra carn degollades per mans de jueus a la forma e modo judaica e que no manjava carn salada de porch ni conills ni altres animals del pel agut ni peix sens scata prohibides menjar per la ley dels jueus e que si alguna volateria manjava volia que fos degollada al modo judaich e que sempre fossen sublimades ab aygua e ab sal e oli e no ab sagi ni carn salada. Item que por la observança de la ley de Moyses e devotio que lo dit Dalmau de Tolosa a aquella tenia faea netejar e purgar la carn del greix e levar la vertoleta de la cuxa e mes que moltes e diverses vegades ha fetes e servades moltes e diverses serimonies e ritus de la ley de Moyses e ha dites moltes paraules hereticals contra nostra sancta fe catholica christiana segons que mes largament de dites coses consta e se monstra en la dita demanda e accusatio contra dit Dalmau de Tolosa per lo dit promotor fiscal donada e intentada a la qual nos referim per les quals coses lo dit procurador fiscal demana e requiri per los reverends olim inquisidors esser pronunciat e declarat dit Dalmau Tolosa haver insidit e encorregut sententia de excomunicatio e esser heretge e apostata de nostra Sancta fe catholica e per tal haverse de condemnar e liurar al brase justicia secular. Vistes per nos les respostes per lo dit Dalmau Tolosa fetes e donades a la demanda sobredita contra ell donada e articles en aquella contenguts e la assignatio e termini al sobre dit procurador de la fe a probar donats e assignats. Vists encara los terminis e dilations al dit Dalmau de Tolosa e als defensors e advocats de aquell en gran numero donades e a contra e assignades. Vist que en dit proces trobam per dits e depositions de testimonis que lo dit Dalmau de Tolosa ensemps ab Na Isabel de Tolosa mare sua e Gabriel de Tolosa e Lois de Tolosa sos germans Blanquina muller del dit Lois de Tolosa e Aldonça muller del dit Gabriel de Tolosa cunyades sues filles den Gabriel March de la vila de Falset e una dona vella avia dels dits Gabriel e Dalmau de Tolosa tots per heretges condemnats junctament ab dit Dalmau delat faen e servaven e solemnizaven la pascha sobredita dels jueus en la forma ques segueix ço es que faen purgar lo forment que havia de servir per al pa de la dita pascha molt netament en casa del dit Gabriel de Tolosa en la ciutat de Tarragona e apres venia un jueu quis faea parent de les dites Toloses nomenat lo jueu de la parra portantsen lo dit forment a la juhiria (judería) e apres la muller del dit jueu lo pastava e quant lo havia pastat lo dit juheu de la parra lo portava a la casa del dit Gabriel de Tolosa hon dita pascha judaica se celebrava faent coques alises e les donava a la vella mare dels sobredits Tholoses lo qual pa alis los faea piquar ab un morter e lo faen coure ab species de salses e ous en una caçola nova e compraven totes les aynes noves que eran menester per la casa de les quals servien en tot lo temps que durava la dita pascha e aquellos sobredites dones les se rantaven e no permettien que nenguna serventa les netejas e apres que era acabada la dita pascha la qual durava huyt jorns astojavenles dites aynes e no servien mes e en tot aquest temps lo dit Dalmau de Tolosa e tots los sobredits manjaven del dit pa alis e que per cobrir e dissimular si algu venia a casa per cas no veessen que no manjaven del dit pa alis de la pascha posaven en dita taula pa levat pero que no manjaven de aquell e per mes cobrir e dissimular los dits Dalmau Lois e Gabriel Tolosa algunes vegades tenint les mans de baix los capussos les trayen per lo cap del dit capus e axi manjaven dit pa e que en dits dies de la pascha manjaven gallines degollades e carn de la carneceria dels jueus e algunes persones converses ço es la viuda Alexandria e En Gabriel March per heretges condemnats e altres conversos en dits dies de la pascha judaica venian a visitar a la casa del dit Gabriel Tolosa e en dita pascha se reposaven los quals tanbe manjaven del dit pa alis e de les dites viandes que eran apparellades en la dita casa e tots guardaven la dita pascha judaica axi com los jueus mateixos tant com podian. E mes trobam que en lo temps de les figues e dels rayms los sobredits En Dalmau de Tolosa ensemps ab dita Isabel de Tolosa mare sua Gabriel Tolosa Lois Tolosa germans del dit Dalmau e les mullers de aquells faen un dejuni dels jueus que no menjaven de tot lo dia fins al vespre vistes les steles e una hora ans de sopar poch mes o menys lo dit Dalmau de Tolosa en la casa del dit Gabriel Tolosa ensemps ab Na Isabel mare sua e Lois Tolosa e Gabriel Tolosa germans e Blanquina muller del dit Lois Aldonsa muller del dit Gabriel exien en un cel ubert a peus descalsos genolls mesos en terra ben tancades les portes se agenollaven en terra e faen oratio al cel e apres feta dita oratio se anaven a sopar. Es veritat que en totes les vegades que los sobrenomenats faen e servaven dites cerimonies e juyateries no si trobave lo dit Dalmau de Tolosa per algunes vegades e per que era home de negocis e anava daça e della pero les vegades que lo dit Dalmau de Tolosa si trobava axi observava e solemnizava com tots los altres sobrenomenats per que tots staven e havitaven en una casa. E mes trobam per dits testimonis que lo dit Dalmau Tolosa per observatio de la ley de Moyses e la devotio que tenia als ritsdels jueus tenia e servava los dies dels dissaptes en lo modo e forma judaiques stantse de negociar e contractar en aquells mudantse camises netes e robes millors que los altres dies dintra setmana començant ja lo divenres en la vesprada per honor dels dits dissaptes fins al dissapte al vespre ami e viandes apparellades lo divendres per al dissapte e altres coses a la forma judaica. Encara trobam per merits del dit proces e depositions de testimonis que los dits Dalmau de Tolosa feu e dejunava un dejuni ques diu dels jueus qui ve en lo temps dels rayms e figues de Burgiçot en lo temps quen Lois de Tolosa ab sa muller e sa mare Isabel de Tolosa stigueren en Barçelona be dos anys en lo carrer Ample en un canto prop casa de un Benet convers nomenat o Franci o Pere Venes lo qual tenia logada a una cambra que sta prop lo manjador de la dita casa un dia del dit temps dels rayms e figues de Burgiçot lo dit Dalmau de Tolosa son germa e Blanquina muller del dit En Lois en Gabriel mare dels dits En Lois e Dalmau de Tolosa tots faeren un dejuni de jueus que no menjaven de tot lo dia fins al vespre que foren exides les steles e tots los sobredits tancats en dita cambra del manjador hon dits Lois Tolosa e sa muller acostumaven dormir dejunaren e soparen de peix e gallines e de la manera que desobre es dit lo dit Dalmau de Tolosa faea e solemnizava ab los sobrenomenats lo dit dejuni judaich en la ciutat de Barcelona. E mes trobam per merits del dit proces que lo dit Dalmau Tolosa per la gran devotio que tenia a la ley de Moyses e cerimonies e ritus de aquella festivava e honrava moltes festes de jueus en lo temps que venien entre lany ab grans robes bones e honrades mes que en altres dies anant en horts jardins e convits e deports ab los dits Gabriel e Lois Toloses tots e mullers de aquells e Na Isabel Tolosa mare sua e la viuda Alexandria e los dits Gabriel March heretges condemnats e altres conversos de la ciutat de Tarragona tots per honra e devotio de la ley de Moyses axi com los jueus acostumaven e practicaven. Mes que lo dit Dalmau de Tolosa per la devotio que a la dita ley tenia faea purgar e purgava lo carn que havia de manjar del greix e tambe faea obrir e obria la cuxa del molto e levaven la glanoleta(vertoleta) segons era pratica e costuma dels juheus. E mes trobam que lo dit Dalmau de Tolosa portava ab si una nomina scrita en ebraich en pergami en forma de rotol (mezuzá) pensant e tenint cregut que puix portava la dita devotio e altres christians hebraica no li podia venir cosa alguna que li fos adversa ni mala.E mes trobam que lo dit Dalmau de Tolosa que tenint poca devotio e creença en la ley evangelica no creent en lo sagrament de Sancta mare Esglesia essent ell excomunicat entrava moltes e diverses vegades en les esglesies mentre que los officis divinals se celebraven e assistia en aquells no tement ne faent cas de la dita excomunicatio e censures ecclesiastiques. E mes trobam en dit proces que lo dit Dalmau de Tolosa per observança de la ley Mosaycae devotio que en aquella tenia no menjava carn salada de porch per que era prohibit e vedat en la ley dels jueus. E mes avant trobam que per confessio del dit Dalmau de Tolosa se prova que com essent ell de edat de infantesa com la sobredita Na Isabel mare sua e Na Isabel Barona heretges condemnats (condemnades) essent la dita Isabel Tolosa en pensa en dies e dejunaven alguns dies entre setmana dit Dalmau de Tolosa li deya “ma mare perque voleu tant dejunar que vos matau a vos matexa" e que alguna vegada los deya a sa infantesa “yo ho dire al Bisbe per que vos castiga” pero ell ho faea per cerimonia judaica o no que Deu e ells ho saben. Finalment se prova be e lealment per depositio y relatio de molts testimonis com lo dit Dalmau de Tolosa es circuncis e retallat al modo e forma judaica (N. E. También Jesús fue circuncidado y tiene su fiesta en esa fecha) per hon clarament se monstra la descendentia sua esser de linatge de jueus e la devotio e ley que en aquella tenia e moltes altres coses ha fetes e perpetrades lo dit Dalmau Tolosa contra nostra Sancta fe catholica segons que largament se monstre en lo dit proces al qual en tot e per tot nos referim. Vistes finalment totes les altres coses en dit proces contengudes e totes les altres que veure e consyderar se podien oides totes les parts en tot ço e quant han volgut dir e allegar fins ques stat renunciat e conclos en la dita causa e assignar a sentencia segons que a major cautela los assignam als presents loch e hora haguda nostra deliberatio a nostre medur (madur) consell ab persones de molta scientia e bona conscientia nostre Senyor Deu Jesu Crist tenint devant los ulls de la nostra pensa del qual tots los justs e vertaders juys procehexen trobam que devem sententiar e declarar axi com ab tenor de la present nostra diffinitiva sententia pronunciam sententiam e declaram lo dit Dalmau de Tolosa esser transfferit transpassat al rits e cerimonies dels jueus e de la ley de Moyses e esser vertader heretge e apostatich de la nostra sancta fe e ley christiana per la qual causa e raho del temps que comete los dits crims de heretgia haver stat e esser de present en sententia de excomunicatio major e anathema ligat e laqueat e que devem declarar segons que ab la tenor de la dita present nostra sententia declaram tots los bens de aquell del temps que los dits crims de heretgia e apostasia commette e perpetra esser stat e esser de present confiscats ço es la una part al reverend Bisbe ordinari a qui es subdit com aquell a qui de dret se pertanga la segona a la Esglesia o Esglesies ques diu lo dit Dalmau de Tolosa es stat beneficiat e la terça part a la cambra del fisch del Rey nostre Senyor per los treballs e despeses que en la prosecutio de la causa e proces contra ell actitat se son fets. E mes ab la present nostra sententia a dit consell privam e per privat denunciam lo dit Dalmau de Tolosa de totes les dignitats e beneficis ecclesiastichs e officis publics e de totes e qualsevol honors es e liuram e donam a son ordinari perque aquell deposa e degradua de tots los ordens e graus ecclesiastichs en la forma de dret statuida e ordenada.

Et incontinenti lecta et publicata per me dictum notarium supradicta sententia usque in hujusmodi passum et locum predictus Dalmatius de Tolosa hereticus condemnatus fuit ductus per officiales et ministros Sanctae inquisitionis ad aliud pulpitum sibi subjectum et constructum eodem modo in dicta Regia platea barchinonensi in qua personaliter residebat et sedebat pro tribunali reverendus in Christo pater et dominus dominus Guillelmus Dei et apostolicae sedis episcopus Hypponensis indutus et ornatus vestibus et insigniis pontificalibus cum multis ex dignitatibus canonicis et presbyteris sedis Barcinonae denique Dalmatio de Tolosa coram dicto reverendo Episcopo Hypponensi presente me Joanne Maya notario et scriba dicti secreti Sanctae inquisitionis predicto testibusque infrascriptis processit ad preferendam depositionis et degraduationis sententiam eaque tulit et promulgavit et illam per me prefatum Joannem Maya notarium et Sanctae inquisitionis scribam legi et publicari alta et intelligibili voce mandavit in hunc qui sequitur modum.
En nom del Pare del Fill e del Sanct-Spirit Amen. Per quant a nos Guillem Serra per la gratia de Deu e de la Sancta Sede Apostolica bisbe de Hyppona consta per la sententia denant nos donada e promulgada per los reverends pares inquisidors de la heretica pravitat contra tu Dalmau de Tolosa canonge e preborda de Leyda habitant en la ciutat de Barcelona tu esser caygut en crim de heretgia e apostasia esser heretge e haver gravament delinquit contra nostra Sancta fe catholica e haver comes crim no solamen grave mes encara molt damnable e danyos en tanta manera grave e enorme que del dit crim per tu perpetrat no soles la divina majestat has offes mas encara tota la maior part de la congregatio dels feels christians specialment en aquests regnes e senyories de Hespanya ses commoguda e scandalizada per la qual test fet indigne de tot offici e benefici ecclesiastich per tant nos dit Guillem Serra bisbe predit per la auctoritat a nos comesa per lo reverend senyor don Pere bisbe de Barcelona de la qual en aço usant privam a tu dit Dalmau de Tolosa de tot offici e benefici ecclesiastich perpetualment per aquesta nostra sententia en aquests scrits e te deposam de dits officis e beneficis ecclesiastichs e pronunciam real e actualment e de fet segons la depositio de les sagrades canones tu dit Dalmau de Tolosa deure esser deposat e degraduat.
- Lata fuit preinserta sententia per supradictum reverendum Guillelmum Serra episcopum Hypponensem et lecta alta et intelligibili voce et mandato suae reverendae dominationis per me Joannem Maya notarium et scribam supra nominatum die veneris decima septima mensis januarii anno predicto M quingentesimo quinto presente prefato Dalmatio de Tolosa heretico condemnato presentibus ibidem videntibus et audientibus magnificis viris dominis Jacobo de Fiella decretorum doctore canonico et decano sedis Barcinonensis Lodovico Despla archidiacono Antonio Codo Bartholomeo de Salavert canonicis sedis Barcinonensis Petro Joanne Ferrario Petro Antonio Falco in civitate Barcinonae domiciliatis Joanne Gonçalvo residente cum domino Castri et loci Dalcarras (castell y lloc de Alcarrás, Alcarraç) Alvaro de Montoya Dalmatio Çarriera domicellis Joanne Martialis decretorum doctore Petro de Ledesma et Petro Sancti Stephani nunciis officii Sancte inquisitionis et aliis pluribus prioribus abbatibus presbyteris et clericis religiosis atque secularibus personis in multitudine grandi et me jam dicto Joanne Maya notario memorato et Scriba officii Sanctae inquisitionis Barcinonae. Qua quidem sententia lata et promulgata incontinenti prefatus reverendus dominus episcopus presente me dicto Joanne Maya notario et testibus subscriptis degraduavit actualiter dictum Dalmatium de Tolosa hereticum condemnatum in forma juris ab ordinibus per eum receptis et assumptis incipiendo ab ordinibus presbyteratus usque ad primam clericalem tonsuram inclusive quo siquidem degradato fuit ab illo ablatus habitus clericalis qui cum illo deferebat et indutus vestibus laicalibus et desuper induta linea veste crocei coloris flamnis igneis depicta et mittra in capite ipsius apposita fuit reductus in sui gestum a quo exiverat per dictos ministros Sanctae inquisitionis. His itaque gestis et peractis incontinenti de mandato dictorum reverendorum dominorum episcopi et inquisitorum et Vicarii generalis ego dictus Joannes Maya notarius et
 Scriba supra nominatus continuavi et legi partem ex confessione dictae sententiae que est tenoris sequentis.

- E per quant la Sancta mare Esglesia no te altra cosa que contra lo dit Dalmau Tolosa heretge apostata de nostra Sancta fe catholica christiana excomunicat privat e degradat e despullat de tots officis e beneficis ordens privilegis e honors dessus dites puixa ne dega fer sino desemparar e remettre aquell a la justitia e bras secular. Per tant ab tenor de la present nostra difinitiva sententia remettem e relaxam lo dit Dalmau Tolosa heretge e apostata dessus dit al magnifich e egregi misser Hieronym Albanell en cascun dret doctor la Real cancellaria per lo rey nostre Senyor en lo present Principat de Catalunya regent qui açi es present lo qual requerim tant quant de dret degua e podem e no en altra manera que reba lo dit Dalmau de Tolosa per nos desemparat e remes a son for e juy el pregam se haja ab ell ab tota clementia e pietat e modere la pena en vers lo dit Dalmau de Tolosa citra mort effusio de sanch e mutilatio de membres. E axi ho pronuntiam sententiam e declaram ab aquesta nostra diffinitiva sententia en aquests scrits e per ells. - P. Episcopus Barcinonensis. - Frater Joannes Enguera inquisitor et vicarius reverendissimi domini archiepiscopi Terraconensis - F. Pay (Pays anteriormente) de Sotomayor.

Lata et promulgata fuit praeinserta sententia per dictos reverendos dominos episcopum Barcinonensem fratrem Joannem Enguera in sacra theologia magistrum Franciscum Pays de Sotomayor inquisitores hereticae pravitatis dictum reverendum magistrum Joannem Enguera pro reverendissimo domino archiepiscopo Tarraconensi in actibus Sanctae inquisitionis vicarium generalem et de ipsorum mandato alta et intelligibili (la última i es una t en el texto) voce lecta et publicata in dicta regia platea civitatis Barcinonae per me Joannem Maya apostolica Regia auctoritatibus (pone atctoritatibus) notarium et scribam secreti Sancte inquisitionis Barcinonae die veneris Sancti Antonii intitulata decima septima mensis januarii (17 de enero, San Antonio, Antón, Antoni) anno a nativitate Domini millesimo quingentesimo quinto praesentibus Joanne Jacon procuratore fiscali ex una et Dalmatio de Tolosa partibus ex altera presentibus etiam pro testibus vocatis atque assumptis magnificis Jacobo Fiella decretorum doctore canonico et decano Sedis Barcinonensis Lodovico Despla canonico et archidiacono Bartholomeo de Salavert decretorum doctore canonico et Antonio Codo similiter canonico Sedis Barcinonensis magnificisque Antonio Falco Petro Joanne Ferrarii Petro Durall militibus in civitate Barchinonae domiciliatis Joanne Gonçales de Resende (Resente más arriba) milite domino loci Dalcarras vicarie Ilerdensiset pluribus aliis militibus et civibus Barcinonae nec non discreto Bernardo Texidor presbytero Joanne Palomeres Guillelmo Laurador et me Joanne Maya notariis et dicti officii Sancte inquisicionis scribis et pluribus aliis tam masculis quam feminis in multitudine copiosa.

(Continúa con la sentencia contra Na Blanquina Casafranca)

lunes, 13 de julio de 2020

CAPÍTULO LIII.

CAPÍTULO LIII. 

Que trata de Armengol de Valencia, décimo conde de Urgel. - De la donación que hizo el rey don Fernando de León al conde Armengol, de los lugares de Almenarilla y Santa Cruz. - Principio del sagrado orden Premostratense, y de un monasterio que edificaron de él los condes de Urgel en su condado. - De la muerte, hijos y testamento del conde.

Gobernando el principado de Cataluña y condado de Barcelona Ramón Berenguer el cuarto, y en el año de Cristo señor nuestro 1154, Armengol de Valencia, hijo del precedente, heredó su casa. Llamóse de Valencia, porque murió en aquel reino.
A 21 de agosto de 1157 murió Alonso VII, rey de Castilla, llamado el Sabio (como el X): dejó divididos sus reinos entre sus dos hijos: a Sancho, llamado el Deseado, dejó el de Castilla, y a Fernando el de León. A este asistió el conde Armengol casi toda su vida, con tanto amor y puntualidad, que mereció alcanzar de él muchas y muy grandes mercedes y honras: hízolo su mayordomo, y fue tal su preeminencia en aquel reino, que, después de los prelados, firmaba primero que los demás señores de aquellos reinos, como consta de algunos privilegios que hay de aquel tiempo. Igual fue la estima que hicieron de él los reyes de Aragón y Castilla.
Ramón Berenguer concertó por este tiempo matrimonio entre su hijo Ramón, que después llamaron Alfonso, y Sancha, hija del rey Alonso VII de Castilla, hermana de los reyes de Castilla y León, e hija de doña Rica, su segunda mujer, que era hija de Ladislao, duque de Polonia; y para más festear la novia, el mismo Ramón Berenguer la fue a buscar con majestuoso acompañamiento. Fueron con él Ramón Berenguer, su sobrino, conde de la Prohenza; Armengol, conde de Urgel; Arnaldo Mir, conde de Pallars; los obispos de Barcelona, Urgel, Zaragoza, Tarragona y otros muchos. Viéronse el conde de Barcelona y el rey don Sancho de Castilla en el lugar de Naxama en febrero de 1158, donde concertaron ciertas diferencias que había entre ellos, sobre el reconocimiento que el dicho rey pretendía habérsele de hacer por las ciudades de Zaragoza y Calatayud y otros lugares del reino de Aragón, en cuyos conciertos intervinieron los que le habían acompañado.
Cuando Alfonso, rey de Aragón, cuñado del conde, entró en Francia contra Ramón, conde de san Gil y Tolosa, fueron con el rey muchos nobles del principado de Cataluña y condado de Prohenza, que nombra Tomic (y entre los de Cataluña, nombra primero al conde Armengol), y pusieron cerco a la ciudad de Tolosa: lo que allá pasó cuenta con gran averiguación Guillen Catel, del parlamento de Tolosa, en la historia de los condes de Tolosa, y otros autores que él cita en la vida de este conde Ramón de Tolosa.
Después de esto, pasó el conde Armengol a los reinos de Castilla y León, donde ya era muerto el rey don Sancho, y había dejado a Alonso, su hijo, de edad de tres años, y encomendada la educación de él don Gautier Fernández de Castro; sobre esto hubo grandes disgustos entre los grandes, porque estaban sentidos que el rey les hubiese privado de la educación de su hijo y del gobierno del reino. Fernando, rey de León, sentido de lo mismo, y también de la división que el padre hizo de los reinos de León y Castilla entre él y su hermano don Sancho, valiéndose de las guerras civiles que había entre los grandes de Castilla, que les tenían todos ocupados y divertidos, con mano poderosa se entró por el reino de Castilla, haciéndose señor de lo mejor de ella, y llegó a tanto, que don Manrique de Lara, el cual por estos tiempos cuidaba de la persona del rey, hizo homenaje y promesa de entregarle la persona del rey don Alonso, por vasallo. Cuando estas cosas pasaban en Castilla, el conde Armengol se declaró por el rey Fernando de León, sirviéndole como si fuera vasallo suyo, y fue causa de muchos y muy prósperos sucesos que tuvo en varias ocasiones; y el rey, agradecido de ello, y por obligarle a que no se fuese de sus reinos, le hizo merced de la villa de Alcántara. Pondré aquí las mismas palabras del autor de la crónica de Alcántara. (las tildes varían)
“Acerca de lo dicho es de notar, que aunque es cosa muy cierta haber ganado el rey don Alonso de León la villa de Alcántara y dádola a la orden de Calatrava, como consta por el título de donación y por la crónica general de España, también es cierto, qué antes de esto la había ganado otra vez el rey don Fernando de León, padre del dicho rey don Alonso, en la era de 1205, que fue el año del Señor 1167, y la había dado a su fiel vasallo don Armengol, conde de Urgel, como consta por el título de la donación, que está en el archivo de Uclés, donde dice el rey, que se la da con sus términos como los partía con los moros por la sierra de san Pedro, y por otra sierra, cuyas aguas caían en el río Tajo. Dice más, que se la da por los buenos servicios que le hizo en la conquista de Estremadura, con otros caballeros catalanes, cuyos nombres eran estos: Arnal de Ponte, Berenguer Arnal, Arnal de Sanahuja, Beltran de Tarascum, Pedro de Belvis, Bernal de Midiá, Ramón de Vilalta. Fue el dicho don Armengol, conde de Urgel, de nacion catalan, aunque se crió en la corte del rey de León, a la cual otro conde don Armengol, padre suyo, se vino desavenido del rey de Aragón. Este don Armengol, el mayor, fue nieto del conde don Peranzures, (Pedro Anzures) señor de Valladolid, por parte de su madre, y así heredó de ella este señorío y otras tierras en los reinos de Castilla y León. Todo esto heredó el conde don Armengol, a quien se hizo la donación de Alcántara, y demás de esto, el rey de León le dio la villa de Almenarilla y Santa Cruz y otros heredamientos en su reino.”
En el año de 1171, a los 28 de abril, en Salamanca, el rey don Fernando de León, agradecido de los servicios del conde Armengol, le dio dos lugares que, como dice el dicho autor de la historia de Alcántara, estaban en el reino de León, y eran Almenarilla y Santa Cruz, con todos sus términos y derechos, y sin retención alguna, y para que pueda hacer de ellos, él y sus sucesores, a su voluntad y albedrío; y dice el rey, que la hace por remedio de su alma y de sus padres, y con consejo de los más principales de su corte, y por los buenos servicios que de él había recibido y otros que esperaba recibir; y porque no fuese jamás esta donación impugnada, dice, que si algunos de su linaje u otro cualquier osase impugnar donación que tan acertadamente había hecho, este tal incurra en la maldición de Dios y del rey, y sea condenado con Judas en el infierno, y con Datan y Abiron, a quienes tragó vivos la tierra, y que allá perpetuamente sean atormentados, y que en enmienda de lo que alguno ocupase de lo contenido en la donación de dichos dos lugares, haya de pagar cuatro veces otro tanto como lo que será tomado o dañado, y por pena diez libras de oro, y que la dicha donación quede en su fuerza y valor; y porque en el dicho privilegio se echa de ver la estima hacia el rey de León del conde, le traigo aquí y es el que sigue:

In nomine Dei nostri Jesu Christi Amen. Catholicorum est regum ut quantum fidelibus vassallis suis pro bono servicio concedendum putant ut semper ratum habeatur scripto perpetuo faciant comendare. Eapropter ego rex domnus Fernandus una cum filio meo rege domno Alfonso volens ipsorum vestigia sequi qui istud facerent facio cartam donationis vobis vassallo meo et amico fidelissimo Armengoto Urgelensi comiti viro nobilissimo in perpetuum valituram quod vos et omnis homo quicumque de vobis istud convenerit habeatis semper et possideatis jure hereditatis et cauterio regis Almanarella et Sanctam Crucem cum omnibus istis terminis qui hac carta nominantur videlicet per iter de Almazzayde quo modo venit terminus et ferit in Arrago et ascendit per Arragum sussum donec transit per iter de Gomar et transit similiter Arragum per iter ad Villares de sinistro et inde per Atalaya eas lexando de sinistro et cundo recte ad Guijo et quo modo vadit del Guijo et ferit in Athalia de Lazanbujo unde videntur Acuzuola et Rancunada quo modo et determinat Puzuola cum ipsa Rancunada et de hic in antea per Visus donec cadit Sancta Crux in Alavon: et hec omnia do et concedo vobis comiti Urgelensi et cui vos mandavitis in perpetuum ut supra dictum est cum ceteris directionibus et pertinentiis suis scilicet quo modo descendunt aque de Serris et redeunt ad Almazzayde cum pratis pasquis et rivis cum montibus fontibus terris cultis et incultis cum arboribus per omnes suos terminos novissimos et antiquos ubicumque vos et vox vestra in omni tempore possitis invenire. Ceterum sciant omnes ad quos hec carta venerit quod quemadmodum vos comes Urgelensis et Michael Sesmiti inter vos ipsos composuistis et convenistis imponendo moliones (o mollones; mojones, mojón; molló) vestros inter Sanctam Crucem et Polumbarium sic concedo firmum et inconcussum pono in vestra carta. Comes Urgelensis deinde …. hoc totum vobis quod ab hac die nemini liceat in istas hereditates vestras intrare contra vestram voluntatem aut pro damno vestro inde aliquem prendere seu aherare libero et nomino quod semper hec omnia habeatis possideatis vendatis et commutetis et totum velle vestrum de his hereditatibus faciatis sicut et de aliis quos unquam melius habuistis et ista de cetero foris ab omni jure regali voce pono quod non nisi vobis et vocem vestram pulsanti amplius debeat pertinere. Hujus autem donationis liberationem facio et incautacionem vobis comiti Urgelensi et vocem nostram pulsanti in perpetuum ob remedium anime mee et parentum meorum et de concilio procerum curie mee et pro multo bono servitio quod mihi fecistis et in futuro me spero de vobis habiturum. Si quis igitur tam de meo quam de aliorum genere istud factum meum spontaneum infringere temtaverit iram Dei Omnipotentis et regiam indignationem incurrat et cum Juda Domini proditore Datan et Abiron quos vivos terra absorbuit in inferno sit damnatus perpetuam passurus gebennam et pro ausu suo temerario quantum invaserit vobis reddat in quadruplum et decem libras auri in pena componat maledictus et hoc scriptum semper remaneat firmum quod regio robore meo et meorum nobilium subscriptionibus comunitur. Facta carta apud Salmanticam IIII calendas Maii Era M.C.C.lX regnante rege domno Ferdinando Legione Galletie Asturiis et Stremadura. Ego rex domnus Ferdinandus una cum filio meo domno Alfonso hoc scriptum quod fieri jussi proprio robore confirmo. Signum + Fernandi regis Hispanorum.
Petrus sancte Compostellane Ecclesie archiepiscopus presens confirmo. - Manricus Legionesis electus confirmo. - Joannes Lucensis episcopus confirmo. - Rodericus Ovetensis episcopus confirmo. Vitalis Salmantinus episcopus presens confirmo.
- Bernardus Tudensis episcopus confirmo. - Alfonsus Auriensis episcopus confirmo.
- Rabinaldus Minduniensis episcopus confirmo. - Fernandus Astoricensis episcopus confirmo. - Willelnus Cemorensis (Guillermo, Zamora) episcopus confirmo. - Petrus Civitatensis episcopus presens confirmo. - Arnaldus Cauriensis episcopus presens confirmo. - Petrus de Areis Hospitalis prior presens confirmo. - Guido militie Templi magister presens confirmo. - Petrus Ferdinandi militie Sancti Jacobi magister presens confirmo. - Ego Ferdinandus Roderici castellanus confirmo. - Comes Velascus presens confirmo. - Comes Fernandus Poncii confirmo. - Guterius Roderici confirmo. - Comes Gumes dominans in Trastamara confirmo. - Guterius Roderici confirmo. - Gunsalvus Roderici regis signifer presens confirmo. - Veremundus Alvaris confirmo. - Froyla Ramiris presens confirmo. - Fernandus Veles presens confirmo. - Pontius Vele presens confirmo.
- Alfonsus Lupis confirmo. - Rodericus Ferdinandi confirmo. - Rodericus Lupis confirmo. - Fernandus Roderici de Benevento confirmo. - Pelagius Tabladllus presens confirmo. - Petrus Martinez submajordomus presens confirmo. - Michael Alcaidus in Salmantica presens confirmo. - Nuno *Perlei *pnf *aens confirmo. - Joannes Gallecus presens confirmo. - Pelagius Nicola confirmo.
Ego Bernardus domini regis notarius per manus P. Deller archidiaconi cancellarii domini regis Ferdinandi scrisi propria manu et presens confirmo.

Por estos tiempos, o poco antes, Alfonso, rey de Aragón, estaba muy quejoso de Lobo, rey moro de Murcia, porque no había pagado las parias y tributos que solía dar cada un año, desde que postreramente partió para la Prohenza el príncipe su padre (princeps Ramon Berenguer), y se había confederado con Alonso, rey de Castilla, y confiado de su favor, intentaba mover guerra al de Aragón y eximirse de sus obligaciones y cargos, de lo que quedó muy sentido, y más de que el rey de Castilla favoreciera al moro. Armengol estaba entonces en Castilla, y púsose de por medio, y con su buena diligencia les concertó y el moro prometió pagar aquello que era obligado; de la manera que lo declarasen Guillen Ramon de Moncada y Guillen de Jorba, que lo cobraban en tiempo
del príncipe de Aragón; y porque a más de esto tenía el rey de Aragón algunas quejas contra el rey de Murcia, prometió estar a lo que dirían Armengol y los condes don Nuño Pérez de Lara y don Gómez, que algunos dicen haber sido el primer maestre de Calatrava y otros llaman conde de Trastámara, que todos seguían la corte del rey de Castilla, o los dos de estos; y le prometió el de Aragón, que cumpliéndolo el rey moro, guardaría con él la paz que con él tuvo el príncipe de Aragón, su padre, y no favorecería a los moros llamados musmitas, enemigos del rey de Murcia, ni los ampararía. Esto juraron por parte del rey de Castilla los condes don Armengol, don Nuño y don Lope Díaz, y por parte del de Aragón, Ramón Folch, Ramón de Moncada y Guillen de Sanmartín.
Fueron el conde Armengol y Dulcia, su mujer, muy devotos y celosos del culto divino; florecía en su tiempo la santa orden premostratense, que había fundado san *Notberto arzobispo. Este santo varón fue natural de Xantis, pueblo en Colonia, llamado antiguamente Troya, hijo de padres ilustres y ricos; antes de su nacimiento hubo pronósticos de lo que había de ser; dejó las cosas del siglo, menospreciando los aumentos y dignidades que, según su calidad, se le aguardaban; todo su estudio era entender en las cosas del espíritu; ordenóse de sacerdote, cubierto con un hábito y vestidura de varón penitente, y en la misma iglesia donde era canónigo, comenzó de predicar con gran fervor y espíritu, con un notable ejemplo; fue grande el fruto que hizo y muchas las virtudes que plantó en los corazones de los fieles, y muchos los vicios que arrancó de ellos. Fue muy perseguido de muchos que de él eran repreendidos, y le pusieron asechanzas para le dañar; pero él, haciendo poco caso de ellos y deseoso de correr más lijero la carrera de la vida espiritual, determinó dejar todos sus beneficios y rentas eclesiásticas, vendió su patrimonio y dio a los pobres el precio de él, y descalzo, con dos compañeros que le seguían, fue en busca del papa Gelasio, que regía la Iglesia romana, y le dio cuenta de su vida y de los intentos que tenía. Holgó el papa de ver al que por fama era muy conocido, y quiso tenerle consigo; pero el varón de Dios excusó de quedar allá, porque la merced y favor que el papa le hacía no le estorbasen su vida penitente. El papa lo tuvo por bien, y le dio facultad de predicar la palabra de Dios por cualquier parte del mundo que fuese; y esta facultad le confirmó el papa Calixto II, que sucedió a Gelasio. Con esta licencia se fue por el mundo predicando, e íbansele juntando discípulos y compañeros cuyos ejercicios eran obras de virtud y de misericordia.
Alumbrábale Dios para fundar una nueva religión, y estando una vez en oración, le apareció la Virgen nuestra Señora y le dio una vestidura o hábito de maravillosa blancura, y oyó una voz que le dijo: Notberto, toma esta vestidura blanca. Esta visión sucedió el año de 1120, según afirma el padre *Motigia, y teniendo revelación de la voluntad del rey nuestro señor, escogió un lugar solitario, áspero y apartado, que se llamaba Premostrato, en el obispado de Lauduno, donde tuvo principio esta santa religión, que tomó la regla de San Agustín, con el hábito blanco de canónigos reglares. La fama de esta nueva religión cada día se iba extendiendo por el mundo, y eran muchos los que entraban en ella; entre otros fue Gofredo (Gottfried, Gottfried), conde de Wesfalia (Westphalia, Westfalia), hombre muy poderoso y que estaba en la flor de su edad.
A imitación suya, quiso hacer lo mismo el conde Teobaldo príncipe nobilísimo y riquísimo en Francia; mas el santo le aconsejó que casase, porque en aquella ocasión haría más servicio a Dios y bien a la Iglesia. Ilustróle Dios con muchos milagros; dióle don de profecía, y tuvo revelación de lo mucho que había de crecer su orden. En el año 1122, obtuvo del pontífice Calixto II la confirmación de ella, y después Honorio II la confirmó de nuevo bajo la regla de san Agustín, y les nombró canónigos reglares de san Agustín, el cual nombre les ha quedado (Agustiner, Augustiner; agustinos); y después Inocencio III lo confirmó, año 1199. Estando en Roma para alcanzar la confirmación de su regla, tuvo revelación había de ser obispo Madeburgense (Magdeburg), y así fue, y maravilloso el fruto hizo en su Iglesia: recuperó mucha hacienda de ella, que por descuido de sus antecesores estaba usurpada, y por esto tuvo grandes persecuciones. Ni por ser obispo se alvidó (olvidó) de su religión, y así la proveyó de prelado la gobernase; y esto lo hizo con parecer de los varones más graves de ella, y se tuvo revelación que Dios había aprobado su elección. Hizo en su vida muchos hechos dignos de memoria que escriben los que refieren su vida, lo que él acabó después de haber gobernado su Iglesia ocho años santamente, y después de una enfermedad de cuatro meses, a los 6 de junio 1134, y en tal día celebra la Iglesia su fiesta. Después de muerto, apareció a sus frailes, y hubo muchas revelaciones de su gloria. Entre otras muchas cosas notables que hay de esta santa religión, es lo que refiere fray Bernardo del Castillo, el cual dice, que después de haber el glorioso padre santo Domingo hecho largos discursos y examen en cuanto a las constituciones y ceremonias particulares de la religión de predicadores, se determinó tomar las de esta santa orden. Extendióse mucho así en España y Francia, como en muchas otras partes, y llegó a dividirse en treinta provincias, en que había más de mil trescientos monasterios, y cuatrocientos de monjas: los abades son perpetuos, y tienen autoridad de dar a sus súbditos órdenes menores y de bendecir todos los ornamentos de la iglesia, y usan insignias episcopales; en las misas solemnes tienen rezo particular; su hábito es blanco, con su capilla y escapulario como los dominicos, y encima llevan una capa blanca, abierta por delante, como la de los failes (frailes) carmelitas: todos los autores que escriben de esta religión no acaban de alabarla y contar cosas maravillosas de ella.
En Cataluña, por estos tiempos, se edificaron muchos monasterios e iglesias, porque la cristiandad y religión florecían mucho entre los príncipes de ella y sus vasallos. Habíanse edificado los monasterios de Poblet, Santas Cruces y Vallbona, del orden cisterciense; Scala-Dei, del orden cartusiano (cartujo, cartuja; cartoixa); y Roda y otros, del orden de San Benito. Los condes de Urgel, imitando a los devotos fundadores de dichos monasterios, hicieron lo mismo, porque hasta ahora no habían tenido sepultura cierta, ni lugar oportuno para ello, porque toda aquella tierra había estado cubierta de moros, y cada día era fuerza haber de venir a las manos con ellos; pero ya su poder no era el que solía ser, e iba aquella nacion muy decaída, y hacían harto de estar quietos en sus tierras, sin buscar ruido en las ajenas.
A una legua de la ciudad de Balaguer, y a la parte septentrional, había unos bosques deshabitados, en sitio apacible y regalado de fuentes, y remoto del camino real y poblaciones, lugar propio para edificar casa de devoción y recogimiento: había en medio de estas soledades un montecillo que llamaban los antiguos Mons de Mollet, que descubrió un clérigo de Orgañá, llamado Juan; porque toda aquella tierra era llena de espesuras y malezas e inhabitada, y no era fácil penetrar lo que aquí había dentro de aquellos montes; y habiendo dado noticia de él a los condes, lo escogieron como lugar propio para fundar el monasterio que deseaban.
Entonces, que era el año 1166, florecía por todo el mundo el sagrado orden premostratense, y era muy favorecido y amparado de todos los señores. Había ya cuarenta y dos años que era muerto el santo varón Notberto, y era grande la devoción que a esta santa religión tenían el conde y Dulcia, su mujer, y les venía ya muy de atrás, porque ya el conde su padre dio una buena partida de hacienda que tenía en las riberas del Duero, por su alma, al monasterio de nuestra señora de Fuentes Claras, que hoy llaman de Retuerta, en el obispado de Palencia, que era de esta orden y le pertenecía la hacienda por su mujer, hija que fue del conde don Pedro Anzures, siendo abad de aquella casa Sancho, el cual la aceptó en honor de la Virgen nuestra Señora. Fue esto en el año 1146, según parece en el auto de la fundación de aquel monasterio. Asímismo la invocación del que edificó el conde fue de la Virgen nuestra Señora; y dejando el nombre de Mons de Mollet, se llamó Santa María de Bellpuig, como aún propiamente se llama, aunque por estar cerca del lugar de las Avellanas, vulgarmente le llaman el monasterio de las Avellanas.
Es dicho monasterio capaz para treinta religiosos, y para las personas necesarias para el servicio de ellos. La iglesia es muy grande y edificada en forma de cruz; la capilla mayor cubierta de bóveda muy curiosa, lo demás de tejado; las paredes de ella, así dentro como fuera, son de sillería y denotan principio de un grande edificio. En el crucero inferior, que responde al de la capilla mayor, está el coro, y es bajo, con sus sillas y asientos para más de setenta religiosos: tiene dos puertas, una de ellas sale al claustro, y otra al campo, y está adornada con siete escudos de la casa de Urgel, uno del mismo monasterio, que son un montecillo de plata en campo vermejo, y el otro un león rampante (por ser, todo de piedra, no hay colores); y dicen ser las armas de la casa de donde salieron los primeros fundadores de esta. Tiene un claustro con sola una orden de columnas; en medio de él hay una caudalosa fuente: aquí está el cabildo, y en él las sepulturas de los abades y religiosos. Hay por las paredes del claustro muchos sepulcros de piedra; pero por ser antiguos y sin letreros, está perdida la memoria de los que están dentro, pero es tradición ser de caballeros deudos o vasallos de la casa de Urgel, que a imitación de sus señores escogían allá su sepultura. Junto a la puerta hay una sobre cuatro colunas, con estas armas: (un castillo)
Otra hay con un escudo con un león rampante, y otra con estas armas: (AVE MA R-abajo y al revés- IA)
Y otra con estas: (tres franjas oblicuas)
Y todas estas sepulturas están sobre sendas cuatro columnas de piedra; y sin estas había otras muchas, que el tiempo, que todo lo consume, las acabó. El dormitorio tiene muchas celdas, pero esas muy pequeñas, en que se echa de ver la estrechez y aspereza de esta santa religión. Para el común servicio de la casa hay muy grandes oficinas, que todas dicen lo que fue antiguamente esta casa, y las prosperidades y opulencias que gozó en tiempo de los fundadores y mientras duró la illustre casa de los condes de Urgel. A la parte de mediodía hay un palacio, donde estaban los condes con toda su familia cuando se retiraban en dicho monasterio: hay en él muchos cuartos, y en uno de ellos una gran sala, que llaman la sala de los condes, y aún en el techo hay muchos escudos de sus armas y del monasterio. Está este palacio muy separado de la clausura del monasterio. Goza toda aquella tierra de muy saludables aires y aguas, y abunda de todo género de caza. Ahora todo está muy derruido, porque ha estado esta casa muchos años sin abad, por no nombrarle el rey de Castilla, a quien, como a conde de Barcelona, tocaba la nominación, y las rentas en poder de secuestradores: la casa se va perdiendo, y por faltar el debido número de religiosos, se dejan de celebrar los oficios divinos con la solemnidad que manda la regla, y cesan las misas y sufragios que fundaron los condes de Urgel y otras muchas personas. Las rentas, que eran muy calificadas y muchas, cada día se van menoscabando y perdiendo, y muchas de ellas en poder de seglares, como bienes que no tienen dueño ni quien mira por ellos. Estando esta abadía en poder de comendatarios, se perdió mucha plata de la sacristía, que era de gran valor, y adorno de la iglesia; y con no darse a los religiosos que allá viven sino un sustento y vestido muy limitado, se ejercita la limosna y hospitalidad con grande amor y caridad, aventajando a otras casas más ricas y abastecidas; y es cierto que si el rey nombra hoy abad, como se espera, y se reciben religiosos, volverá esta santa casa al esplendor y lustre que tenía antiguamente y le dieron los primeros fundadores que del reino de Francia vinieron a fundar en ella.
Fue esta casa muy favorecida en tiempos pasados, no solo de los condes de Urgel, pero también de los reyes y reinas de Aragón; y lo fuera el día presente, si se tuviera noticia de lo que ella es. El rey don Juan el segundo fue muy devoto de ella; y en enmienda de sus culpas, y visto el estrago grande que por las guerras que hubo en su tiempo se hizo en el principado de Cataluña y reino de Navarra, procuró con muchas veras con el sumo pontífice, que se conmutase la orden premostratense en la de san Gerónimo, de la cual era aquel rey muy devoto; pero no lo vio cumplido, y por eso dejó muy encargado al rey don Fernando, su hijo, que por descargo de su conciencia y salvación de su alma, procurase con el sumo pontífice esta concesión: pero por cuanto a la fin del auto de la fundación de dicha casa hay unas palabras que prohíben hacerse lo que aquel rey quería, se quedó todo así como estaba de antes, y no se cumplió nada de lo que el rey había ordenado, porque era directamente contra la intención de los fundadores, y en perjuicio de la orden premostratense, Iglesia, cabildo y obispo de Urgel.
En la capilla mayor de dicha iglesia, a la parte del Evangelio, están sepultados el conde Armengol y la condesa Dulcia, su mujer, fundadores de ella, en dos sepulcros o tumbas de piedra muy grandes y bien labradas, capaces para cualquier cuerpo humano. La una está encima de la otra, en forma de gradas: en la más alta está el cuerpo del conde Armengol, y encima un simulacro de piedra del tamaño de un hombre, con un sayo que llega hasta la rodilla, el cabello largo, según uso de aquellos tiempos, con espuelas; y por la tumba hay seis escudos de las armas de Urgel, sin mezcla. Está alta del pavimento seis o siete palmos. Debajo de esta está la otra, que sale algo más hacia fuera: es del mismo tamaño y hechura. Aquí reposa la condesa Dulcia, su mujer: hay alrededor de ella muchos escudos de la casa de Urgel y de los condes de Barcelona, con tres palos no más. Sobre esta arca está el simulacro de la condesa, vestida al uso de entonces. No ha mucho tiempo que por un agujero había se veían los huesos de aquella princesa, y por la veneración debida a ella, lo mandó cerrar el presidente de aquella casa, que era el padre fray Miguel Claverol.
Al lado de la epístola hay otra supultura, y a lo que yo conjeturo, está en ella el conde don Ponce de Cabrera: es muy magnífica y majestuosa, de grande labor y ornato; dos grandes leones sustentan la tumba o arca, capaz de cualquier cuerpo humano: tiene muchos escudos de la casa de Urgel, y está sobre ella el bulto o figura del conde, armado de todas piezas y la celada alta; luego tras él están los clérigos, de relieve, como diciendo responsos, y tras ellos muchos enlutados que lloran a su señor. Sobre esto, á la misma pared, hay una imagen de nuestra Señora, todo de buena mano; y a cada lado de esta curiosa sepultura hay dos hombres a caballo, cubiertos de luto, que representan el pesar que les cabe de la muerte de su señor. Había antiguamente al derredor de estos sepulcros, según el uso de aquellos siglos, muchos paveses, banderas, estandartes y otros trofeos; pero todo lo ha consumido el tiempo.
En el crucero o brazo que hace la iglesia, a la pared de la epístola, hay una capilla que llaman del Cristo, por haber una imagen de Cristo señor nuestro crucificado: en la pared está otra tumba como las demás, y en ella seis escudos de las armas de Urgel. Sobre ella está el simulacro del conde, armado, y con celada abierta: la almohada está bajo su cabeza; está toda sembrada de escudos de las armas de Urgel, del tamaño de un real de á ocho. Esta sepultura es del conde Armengol, fundador del convento de Predicadores de Balaguer, de quien hablaremos en su lugar. Al crucero de la parte del Evangelio hay en la pared otra grande sepultura, que sale medio palmo no más, toda muy curiosamente labrada; es larga doce palmos, y hay en ella siete escudos, sin armas ni señal que jamás las haya habido: no se sabe de quién es, porque el tiempo, que ha borrado muchas cosas, ha puesto en olvido lo que hay en ella.
Entre otras muchas reliquias dignísimas de toda veneración hay en este convento, es un zapato de la Virgen nuestra señora: tiénenla en grande veneración y decoro, como prenda dignísima de ello. Un monje, tentado de hurtarla, se la llevó para enriquecer su pueblo con ella; caminó toda la noche, y cuando pensó estar muy lejos, se halló en el campanario repicando aprisa las campanas: admiráronse todos, acudieron al campanario, y hallaron al fugitivo monje; mandóle el prelado se sosegara, y vuelto en si, admirado de estar allá y de que tan poco le hubiesen aprovechado sus pasos, confesó su culpa y alcanzó perdón de ella. Desde aquel tiempo hasta el presente se ha guardado con mayor cuidado: está en un relicario bajo un vidrio; con dificultad de divisar la hechura de ella, por estar tomada con puntos sobre un tafetán.
El auto de la fundación y dotación de la casa me ha parecido poner aquí, y es la mejor y más puntual relación que se puede hacer de ella.

In nomine omnipotentis Patris et lncarnati Verbi Filii ejus ab utroque procedentis Spiritus Sancti. Ego Ermengaudus Dei dispositione comes Urgelli et Dulcia comitissa uxor mea considerantes beneplacitum esse et acceptabile in conspectu divine Majestatis habitare fratres in unum quibus sit cor unum et anima una in Deo presertim cum ipse Christus in Evangelio in medio eorum qui congregati sunt in nomine ejus se esse testetur: cum consilio nostrorum nobilium virorum pro redemptione peccatorum nostrorum elegimus edificare domum Dei et ecclesiam in honorem Dei et beatissime genitricis Dei Marie construere in qua semper constituti sint viri religiosi ad serviendum Deo non habentes aliquid proprium sed vivant sub regula beati Augustini secundum institutionem premostratensis ordinis et orent pro nobis et pro omni populo Dei. Ad ecclesiam autem predictam et monasterium ubi fratres predicti divino servitio se subdant edificandum nos supradicti scilicet Ermengaudus comes et Dulcia comitissa donamus tradimus et offerimus pro salute nostra et pro redemptione peccatorum nostrorum atque omnium parentum nostrorum domino Deo et alme Virgini Marie locum qui solet vocari Mons de Mollet et deinceps vocabitur locus Sancte Marie de Bellpuig et addemus in circuitu quantum aque discurrunt inferius ex omni parte ita quod a vallibus proximis usque ad cacumen predicti montis sit perpetuum allodium supradicte ecclesie Sancte Marie et sit semper infra terminos istos secura et perpetua salvitas. Damus etiam ad luminaria ipsius ecclesie omnes redditus olei vel olivarum et omnes olivarios quos habemus in Alos et suis terminis: addimus quoque predicte donationi ad victum predictorum fratrum qui ibi sunt vel erunt totam decimam omnium luguminum totius termini de Meragenes et totam decimam que exierit de omnibus hortis de Meragenes ita quod fratres faciant easdem decimas congrerare … voluerint absque inquietatione bajuli nostri. Iterum donamus et offerimus et tradimus domino *Deo et prefate ecclesie Sancte Marie de Bellpuig et fratribus qui modo ibi sunt vel erunt ipsam turrim veterem de Meragenes in perpetuum habendam vel possidendam cum ipsa statica et cum suo annexo in circuitu sicut jam assignando dederamus Gillelmo de Ager ut habenti ibi hospitium suum extra villam: et possint ibi colligere et congregare expletos illius honoris quem nos donamus vel daturi samus predicte ecclesie. Addimus etiam prefate donationi ipsam vineam quam plantavit Guiilelmus (Guillelmus) de Ager et exenie juxta predictam turrim sicut extenditur a parietibus ville veteris usque ad vineam de Ferrer et a via publica superius sicut aqua discurrendo rigare potest usque ad vineas de Benet de Tolo et Ermegaudi fratris sui et ex alia parte extenditur in longum usque ad ipsam sequiam et in amplum extenditur usque ad vineam Joannis de Valle fecunda et ex alia parte in vineam Ermengaudi: tertiam scilicet partem quam habemus in predicta vinea libere et quiete habendam et possidendam per secula cuncta eis concedimus et tertiam partem similiter quam habemus in ipsa villa de Bonet de Tolo et Ermengaudi fratris sui huic addimus donationi: tali quidem modo quod si ex ipsa tertia parte predictarum vinearum non potuerint colligere sex modiatas vini ad mensuram Acrimontis vel Ilerde nos ibidem complebimus unde plenarie colligant. Iterum donamus predicte ecclesie et fratribus ipsas casas de Alegret in villa Balagarii ad ipsum grat de Almata cum suis ferraginals in circuitu et omnibus suis pertinentiis et unum nostrum ortum in ipsa orta Balagarii cum omni integritate sua et subtus ortum de Almudufar juxta alium ortum nostrum sub ipsa cequia. Post hec vero donamus prenominate ecclesie et fratribus qui ibi modo sunt vel erunt decem pancalalas allodii in termino Ilerde in castro scilicet de Almugaver juxta ipsas turres de Fenollet concessione quidem confirmatione Ildefonsi Regis Aragonensis. Donamus etiam supradicte ecclesie et fratribus villam novellam (villanueva, vila nova) de Privadano quam noviter edificavimus et populavimus cum omnibus suis terminis et pertinentiis sicut nos jam dedimus et assignavimus populatoribus ejusdem loci et in cartam illam ressonat cum lignis et pasquis et aquis et molendinis et viaductibus et reductibus et cum omni adempriu quod ad usum hominis pertinere potest in loco illo et cum decimis et censibus et usaticis et servitiis et cum senyorivo omni et destrictu et mandamento sicut nos melius habemus et habere debemus cum omni integritate et sine aliquo retentu. Hec omnia supradicta donamus et concedimus omnipotenti Deo et prenominate ecclesie Sancte Marie de Bellpuig et fratribus qui ibi modo sunt vel erunt. Deo servientibus libere et quiete habenda et possidenda in perpetuum pro salute animarum nostrarum et omnium nostrorum parentum et pro redemptione omnium peccatorum nostrorum ut sacrificiis et orationibus et aliis bonis operibus que in loco illo facta fuerint mereamur veniam percipere peccatorum et regni celestis participes fieri cum Jesuchristo filio Dei qui sola gratia et misericordia sua salvat sperantes in se. Statuimus etiam quod prior loci ejusdem seu fratres ibidem commorantes non possint assumere alium ordinem nec submittere se alie Ecclesie sine consilio nostro vel successorum nostrorum excepta Urgelensi Ecclesia et ejus episcopo in cujus obedientia et subjectione consistant omni tempore. Acta fuit prima donatio ista in manu Joannis presbiteri nuncupati Organiensis (Organyà, Orgañá) qui primus locum Sancte Marie de Bellpuig invenit et acquisivit donatione predicti comitis et comitisse V nonas februari anno dominice incarnationis MCLXVI. (1166)
Cetere donationes subsecute sunt ceteris temporibus suis.
Sig+num Ermengaudi comitis. - Sig+num Dulcie comitisse qui hanc donationem facimus et scriptam propriis manibus firmamus et testes firmare rogamus.
Sig+num Ermengaudi filii eorum. - Sig+num Gombaldi de Ribelles. - Sig+num Arnaldi Urgelensis episcopi. - Sig+num Raymundi Urgelensis archidiaconi. - Sig+num Guillelmi Capuscolei. - Sig+num Magistri Alexandri. - Sig+num Arnaldi de Pontis. - Sig+num Galcerandi de Salas. - Sig+num Raymundi Danglerola. - Sig+num Raymundi de Ribelles. -Sig+num Artalli de Callers. - Sig+num Berengarii de Gavellor. - Sig+num Joannis de Albesa. - Sig+num Petri Raymundi Bernardi.
Raymundus sacerdos rogatus scripsit die et anno quo supra.

Gobernaron en los principios esta casa priores, después abades, y tienen voz y voto en cortes, pueden ser insaculados en la Diputación, y gozan de todas las prerogativas y preeminencias que los otros abades en Cataluña, en cuanto les son aplicables.
No paró el religioso ánimo de estos príncipes en esta fundación, porque, según parece en memorias antiguas, fundó en la villa de Pons, que era de las mejores del condado, la iglesia de san Pedro, y en ella hizo un monasterio de la orden de san Benito, con título de priorato, y en su tiempo se consagró la iglesia colegial de Solsona, asistiendo don Pedro de Torroja, que fue abad de Vila-Bertran, R. de Pamplona, G. de Barcelona y otros muchos. Fue esta consagración a 8 de los idus de noviembre de 1163, como parece en el libro primero de las dotalias de la Seo de Urgel, folio 8, y presenta el conde ofrendas de gran valor. Pobláronse en el condado muchas villas y lugares que por las guerras pasadas se habían despoblado, y otras muchas se fundaron de nuevo.
Corría el año 1184, en que el conde y Galceran de Salas, su hermano, con gran ejército entraron en el reino de Valencia, que era de moros; y según dice el padre Mariana, después de algunos buenos sucesos que tuvieron, habiendo cautivado muchas personas, volviendo con gran presa y despojo, se juntaron diversas compañías de jinetes y gente de guerra del reino de Valencia y lugares vecinos, y dieron sobre el conde y su hermano, y fueron muertos junto a la villa de Rachena (Requena), con engaño y una celada que les tenían parada: otros dicen que unos castellanos que en dicho reino estaban retraídos les dieron muerte, ocasionados de palabras que entre ellos pasaron, sobre defender cada uno su rey; y también dicen que esta ida del conde fue de paz, para tratar algunos negocios del rey don Alfonso, su cuñado, y a fin de rescatar algunos de los muchos cristianos que los moros de Valencia tenían cautivos; y era común opinión que cristianos le mataron. Dícenlo las memorias de Ripoll por estas palabras: interfectus est cum fratre suo Galcerandus de Salas apud Valentiam á christianis. Zurita en sus índices latinos dice: tertio idus augusti, cum Armangaudus, Urgelitanus comes, et Galcerandus, ejus frater, Valentini regni oras magno comparato equitatu incurrissent, neque, praeda paria (parla, parta), equitum turmas retinere possent, dissipati et palantes prope Requenam, cessis profligatisque copiis, a christianis interimuntur; y lo mismo dice casi todo el corriente de los historiadores. Fue esta muerte a 21 de agosto 1184, después de haber poseído su condado treinta años, un mes y catorce días.
De su mujer la condesa Dulce, hija de Ramón Berenguer el IV, conde de Barcelona, hermana del rey Alfonso de Aragón, tuvo a Armengol, que sucedió en el condado, y a doña Marquesa y doña Miracle. La primera casó con Ponce, vizconde de Cabrera, padres que fueron de don Guerau de Cabrera, que fue conde de Urgel; la otra, que su padre en el testamento llama Miracle y los historiadores llaman María Miraglo, no hallo con quien casó, y es error de aquellos que afirman que casó con Ponce de Cabrera; porque en las escrituras que hay en el archivo real de Barcelona, no hallo ninguna que hable de este casamiento: pero que Marquesa casase con Ponce de Cabrera, y que tuviesen un hijo llamado Guerau, lo pruebo con un auto hecho a 11 calendas noviembre 1186, en el archivo real, armario de Urgel, n° 235 y 261; con otro hecho a 2 de los idus de marzo de 1195, en que Ponce de Cabrera promete al conde Armengol, hijo de este de Valencia, dalle (darle) las tenencias del castillo de Ager, y le da título de señor, diciendo: tibi Ermengaudo domino meo; y lo firman Marquesa, su mujer, y Guerau hijo de los dos: está este auto en dicho armario n.° 248. Mas, en el libro primero de los feudos, folio 416, a 5 de las calendas de setiembre de 1194, en el monasterio de Poblet, estando junta la corte, el rey Alfonso dice, que, no obstante que hasta aquel punto había rehusado de recibir en su gracia y servicio, al dicho Ponce de Cabrera, pero que, movido de los ruegos de Armengol, conde de Urgel, y de Marquesa, mujer de Ponce, y de muchos varones, eclesiásticos como seglares, le admitía en su gracia, y le restituyó los castillos de Santiscle, Torrafellona, Stalric, Aricsmon, Avellana, Mediona, Os, Montesor, Rufera, Bellmunt, con pacto que no puedan él ni los suyos reedificar en dichos castillos sin voluntad y consentimiento del rey, y que trate bien los vasallos, y cuando no, se reserva el rey derecho de juzgar entre el vizconde y ellos. Mas, con otra escritura consecutiva a las dichas, promete al rey, delante (de) toda la corte, que de los castillo de Monsonis y de Castelló, que está sobre Balaguer (es Castelló de Farfanyá), no se hará daño al rey ni a
sus cosas; y Ponce y Marquesa hicieron pleito y homenaje, que, si Guerau y sus hijos y sucesores hiciesen lo contrario, pasados treinta días después de ser requeridos, entre el rey en posesión de cinco castillos, que son Santiscle, Torrafellona, Stalric, Avellana y Mediona, en franco alodio, para hacer de ellos a sus voluntades: y en el mismo día, con otra escritura que está después de la dicha, Arnaldo de Stopanyá y Berenguer de Ager, Arnaldo de Concas, Bernat de Seros, Arnau Guillen de Cartellá, Berenguer de Anglés, Guillen de Rocafort, Arnau de Cabrera, Bernat de Vilagelans y otros prometieron, que cuando Guerau de Cabrera, hijo de los dichos Ponce y Marquesa, llegare a la edad de veinte años, cumplirá lo que sus padres en el precedente auto habían prometido. En el armario de Lérida, n.° 1, extra sacos, hay, en el folio 418, otra escritura, hecha en Huesca en abril de 1196, en que Ponce de Cabrera y Marquesa, su mujer, prometen ser fieles y buenos vasallos del rey y requeridos, le prometen dar las tenencias de los castillos de Gerona, Argemon, Blanes, Monpalau, Cabrera, Camarasa, Cubells, Stopanyá, Falces, Viacamp y Benavarre y otros; y después, a 8 de los idus de junio 1199, Guerau de Cabrera, estando en Barcelona, in plena curia, promete lo mismo a Pedro, rey de Aragón, y dice ser hijo de Ponce de Cabrera y de Marquesa, su mujer, y el rey le remitió ciertas obligaciones y promesas que Ponce, su padre, había hecho al rey don Alfonso, padre del rey, y que los castillos que tiene en Ribagorza, los tenga por el rey, así como los tuvieron sus antecesores; con que queda probado este casamiento, y lo pudiera probar con otras muchas escrituras auténticas.
El testamento o última disposición del conde no referiré, sino que pondré aquí su testo, del cual podrá cada uno escoger lo que le pareciere más al propósito.

In nomine omnipotentis Patris et incarnati Verbi Filii ejus et ab utroque procedentis Spiritus Sancti. Sit notum cunctis presentibus atque futuris quod ego Ermengaudus gratia Dei comes Urgelli volens adire Hispaniam et considerans humane vite transitum quem nemo mortalium evadere potest facio testamentum nostrum et jubeo res meas distribui sicut in presen* pagina demptabitur. Mando in primis quod omnia mea debita que vera fuerint fideliter persolvantur ad quorum solutionem diligenter implendam dimitto totum nostrum honorem quem habeo in campo de Mascancano scilicet Linerola Remolins Pedriz Belquaire et omnes molendinos Balagarii quos habeo in ripa Sicoris a loco qui vocatur Postriu usque ad villam de Ció et in termino Illerda villam de Bellog cum omnibus redditibus et usaticis ejusdem ville. Preterea dimitto totum nostrum comitatum cum omnibus sibi pertinentibus scillicet villas et castella et munitiones et potestates castellorum et milites et fidelitatem et servitia militum et omnes reditus et census et usaticos et seniorium districtum et mandamentum totius mei honoris et Illerdam cum omnibus sibi pertinentibus similiter Dulcie comittisse uxori mee habenda et possidenda predicta omnia sine inquietatione filii vel filie quamdiu in predicto honore sine viro stare voluerit et ipsa honorifice et diligenter nutriat infantes meos et suos. Si autem quolibet modo ab infantibus suis recedens seorsum manere voluerit habeat predicta comitissa castrum de Alos et castrum de Saltu *Lezinis et castrum de Menarges et castrum de Albesa et castrum de Albelda et castrum de Azitona cum omnibus eorum pertinentiis redditibus et censibus et usaticis et medietatem omnium terminorum suorum. Post vero preffate comittisse obitum totus honor iste prenominatus revertatur integre et plenarie ad filium nostrum Ermengaudum cui dimitto omnem nostrum comitatum et omnia ad cundem comitatum pertinentia silicet villas et castella et munitiones et potestates castellorum et milites el fidelitates et servitia militum et omnes redditus et census et usaticos et seniorium districtum et mandamentum jure perpetuo et hereditario habenda et possidenda sicut ego habeo et habere debeo. Similiter dimitto ei Illerdam civitatem cum omnibus suis terminis et pertinentiis sicut ego habeo vel melius habere debeo per dominum regem Aragonensem et castrum de Azitona cum omnibus sibi pertinentibus quod est allaudium nostrum proprium si omnia jura nostra et universum honorem nostrum ubicumque sit integro et plenarie dimitto predicto filio meo Ermengaudo exceptis hiis que ad opus anime mee retineo sicut inferius continetur. Iterum ecclesie Beate Marie Urgellensis sedis totam nostram partem decimarum quam habeo in castro de Sentit donech de ipsis expletis restituatur thesaurus quem manlevavi de predicta ecclesia. Concedo iterum et confirmo prefate Urgellensi Ecclesie quartam partem totius Albese sicut antiquitus melius adquisivit preffata Urgellensis Ecclesia ab antecessoribus meis: et propter contentionem que sit in Albesa et Balagario mando quod sit divisa pars illa et recognita que pertinet ad Urgellensem Ecclesiam ita ut libere eam possit habere. Si autem quod absit obierit filius meus Ermengaudus sine infante de legitimo conjugio revertatur ad filiam majorem meam nomine Marquesa predictus honor suus et filia mea minor nomine Miracle habeat jure hereditario castrum de Menarges et castrum de Albesa cum omnibus illorum terminis et pertinentiis et redditibus cunctis. Similiter si decesserit predicta filia major absque legitima prole revertatur ad minorem et si minor decesserit sine legitima prole revertatur predictus honor meus ad Guillermum de Cardona nepotem meum: sed alius nepos meus filius Guillermi de Sancto Martino nomine Guillermus habeat per supradictum Guillermum de Cardona castrum de Linerola et villam de Padriz et villam de Remolins cum medietate de omnibus expletis et redditibus que inde exierint et habeat castrum de Menarges cum omnibus suis terminis et pertinentiis ad proprium alaudem. Iterum si Guilermus de Cardona sine legitima prole obierit succedat ei alius nepos meus nomine Ermengaudus filius sororis mee Marie de Almenara. Adhuc etiam instituo quod si predictus filius meus Ermengaudus ab ac vita sine prole legitima migraverit ut predictum est habeat prefatus nepos meus Ermengaudus villam Vallis Oleti (Valladolid) et omnem hereditatem quam habeo et habere debeo in regno Castelle. Dimitto iterum ecclesie Sancte Marie sedis Urgelli tertiam partem totius decime quam habeo et habere debeo in castro de Sentit et in suis terminis: et si predictus filius meus obierit sine infante legitime habeat predicta Urgellensis Ecclesia medietatem illius decime quam habeo in prefato castro de Sentit et in suis terminis. Rursus dimitto Celsonensi (Solsona?) Ecclesie tertiam partem totius decime de Remolins et restituo ei hoc totum quod solebat habere in Privadano. Et dimitto monasterio Sancti Saturnini (Sant Sadurní) unum mansum in Nargo vel in Uliano. Et monasterio Sancti Andree similiter. El monasterio Sancte Marie de Galter unum molendinum in ipsa ribera de Pons. Et dimitto cavallerie Templi Hyerosolimitani unum cavallum et arma nostra et unam loricam (lloriga) et quartam partem decime quam habeo et habere debeo in christianis qui morantur in Azitona: et domui Hospitalis Hyerusalem unum cavallum el unam loricam et arma. Dimitto etiam monasterio Populeti (Poblet) totam dominicaturam laborationis quam habeo vel habere debeo in villa de Bellog.
Et monasterio Sancte Crucis unam pareliatam alodii in termino Illerde: et monasterio de Vallbona unam pareliatam alodii in termino de Linerola. Et iterum dimitto ecclesie Sancte Marie de Bellpuig quam divina inspiratione noviter edificavi totam villam nostram de Belquaire cum omnibus suis terminis et pertinentiis sicut ego melius habeo et habere debeo: et corpus nostrum ibi sepeliendum propter humilitatem et paupertatem loci illius in honorem et memoriam Salvatoris nostri Jesu Christi qui semper humilia respicit diligit et exaltat.
Sicut superius scriptum est sic jubeo atque instituo distribui et compleri pro salute anime mee si morte preventus fuero antequam aliud testamentum faciam. Instituo etiam quod sint manumissores mei Dulcia comitissa uxor mea et Arnaldus Urgellensis episcopus et Gomballus de Ribelles et Arnaldus de Pons qui omnia supradicta fideliter distribuant et compleri faciant sicut in presenti pagina continetur et si necesse fuerit jurejurando confirment. Actum est hoc quarto decimo calendas julii anno Dominice Incarnationis M.C.L.XXVII.
Sig+num Ermengaudi comitis Urgelli.
Sig+num Dulcie comitisse uxoris ejus.
Sig+num Ermengaudi filii eorum.
Nos qui hec scribi firmarique rogavimus et propriis manibus firmavimus: et ego prefatus comes Ermengaudus mando nobilibus viris et magnatibus terre nostre ut sicut hic scriptum est fideliter attendant et observent et observari faciant.
Sig+num Arnaldi Urgellensis episcopi. - Sig+num Gomballi de Ribelles. - Sig+num Arnaldi de Pons. - Sig+num Raymundi Urgellensis Sedis sacriste. - Sig+num Bernardi Celsonensis prepositi.
Arnaldus canonicus Celsone qui hec scripsi cum litteris superpositis in quarta linea et hoc sig+num imposui.

jueves, 4 de julio de 2019

LA CORONACIÓN DE PEDRO II EN ROMA

114. LA CORONACIÓN DE PEDRO II EN ROMA (SIGLO XIII. ROMA)

Pedro II, rey de Aragón, hizo un viaje que hoy llamaríamos de Estado a Roma, cuando ya llevaba gobernando los destinos del reino desde hacía ocho años. Allí, ante el Papa y con la intervención de éste, fue coronado solemnemente rey de los aragoneses.

De lo que ocurrió en Roma, así como del acto de la coronación efectuada por Inocencio III, pronto comenzaron a correr versiones y noticias de todo tipo, algunas no exentas de cierta verosimilitud.

Parece ser que, según la leyenda naturalmente, era costumbre que el papa, para poner de mayor relieve la dignidad pontificia, colocaba la corona sobre la cabeza de los reyes coronados con los pies, en lugar de hacerlo, como parece lógico, con las manos.

Pedro II, que se enteró de esta curiosa costumbre protocolaria cuando se hallaba en Roma, la estimó algo vejatoria y humillante para cualquier autoridad secular, por modesta que fuera, pero sobre todo para el representante de un reino tan importante como el aragonés. Ideó entonces cómo evitar pasar por el trance sin que ello molestara al pontífice.

Tras barajar varias alternativas con sus asesores, Pedro II se decidió finalmente por la de confeccionar una corona de pan blando, con escasa corteza, que hizo elaborar y cocer el mismo día en que iba a tener lugar el acto de la solemne coronación.

Se preparó con todo detalle la ceremonia, a la que acudieron, aparte de los representantes vaticanos, no sólo la delegación aragonesa, sino también embajadores de otros Estados. Tras el rey Pedro II, un camarlengo portaba una bandeja con la corona de pan encima. El salón era todo luz.

Cuando llegado el momento de la coronación Inocencio III se descalzó y quiso tomar el pan con los pies para proceder como era costumbre, se vio imposibilitado para manejar la corona de pan blando, de modo que se vio obligado a tomarla con las manos para colocarla en la cabeza de Pedro II.

[Blancas, Jerónimo, Comentarios a las cosas de Aragón, pág. 5.

A la memoria de Jerónimo de Blancas, cronista del Reino de Aragón
https://archive.org/details/comentariosdela00blangoog/

Palacios, Bonifacio, La coronación de los Reyes de Aragón, 1204-1410, pág. 23.]



LA CORONACIÓN DE PEDRO II EN ROMA

Pedro II de Aragón el Católico en un acto feudal en febrero de 1198. Es la única imagen contemporánea al rey de Aragón que se conoce. Aparece sentado en el trono y coronadoLiber feudorum Ceritaniae (1200-1209).

Pedro II, Osca, als presentz, fuero, bando, occitano aragonés

Pedro II de Aragón, apodado «el Católico» (Huesca, julio de 1178a​-Muret, actual Francia, 13 de septiembre de 1213), fue rey de Aragón (1196-1213), conde de Barcelona (como Pedro I, 1196-1213) y señor de Montpellier (1204-1213). Era hijo de Alfonso II el Casto de Aragón y Sancha de Castilla.

Nació, casi con toda probabilidad en el mes de julio de 1178 en Huesca, ciudad en la que estaba su padre Alfonso II que ese mismo mes otorgó al menos dos documentos. Recibió el bautismo en la catedral de Huesca. Su infancia transcurrió en la capital altoaragonesa criado por su ama Sancha de Torres.

Pedro II gobernó como rey de Aragón, conde de Barcelona y señor de Montpellier; según Iglesias Costa esto suponía asumir el reconocimiento sobre Sobrarbe y Ribagorza, aunque esos títulos se omitieron desde Alfonso II.​ Estos eran antiguos condados ya unidos al Reino de Aragón en tiempos de Ramiro I.

En líneas generales, el reinado de Pedro II estuvo dedicado a la política en los territorios transpirenaicos con limitados resultados y finalmente fracasada, lo que, aparte de la merma crónica de recursos financieros y el endeudamiento de la corona durante su reinado, determinó una menor atención a la frontera hispánica, logrando apenas alguna posición avanzada en territorio andalusí, como Mora de Rubielos (1198) Manzanera (1202) Rubielos de Mora (1203), Camarena (1205) y Serreilla, El Cuervo, Castielfabib y Ademuz (1210)​ si bien desempeñó un papel político de apoyo a una acción cristiana conjunta que frenara la fuerza del poder almohade en la península, y participó activamente junto a Alfonso VIII de Castilla y Sancho VII de Navarra en la campaña que culminó en la batalla de Las Navas de Tolosa en 1212, un triunfo cristiano, según muchos decisivo, y de gran resonancia ya en aquellos momentos.

Pedro II renovó la infeudación o vasallaje de Aragón a San Pedro (al igual que ya hicieran tiempo atrás Sancho Ramírez y Pedro I) con su coronación por el papa Inocencio III en el monasterio de San Pancracio de Roma en noviembre de 1204, adquiriendo también el compromiso de la concesión al Papado de una suma anual.​ Esta política de legitimación papal le convirtió en el primer monarca del reino que fue coronado y ungido. A partir de él y por concesión de la Santa Sede en bula dictada el 6 de junio de 1205, los monarcas aragoneses debían ser coronados en la Seo de Zaragoza de manos del arzobispo de Tarragona tras solicitar la corona al Papa (formalidad que implicaba el permiso de Roma), haciéndose extensiva esta prerrogativa a las reinas en 1206.

Los Reys Darago


Casado en 1204 con María de Montpellier, un matrimonio guiado por sus intereses en el mediodía francés que le proporcionó la soberanía sobre la ciudad de Montpellier, su escasa vida marital estuvo a punto de crear una situación de crisis sucesoria por falta de heredero. La reina María dio finalmente un hijo, Jaime I, (treta palaciega) que garantizó la continuidad de la dinastía aunque hubo un intento de divorcio, que el Papa no concedió, para casarse con María de Montferrato, heredera nominal del reino cruzado de Jerusalén, por entonces inexistente ya en la práctica.



occitania, Aragón, 1213
Occitania, Aragón, 1213

Pedro II no renunció a la política en Occitania y con él se dan, a la vez, la culminación y el fracaso de esa política en la Corona de Aragón que, heredada de la casa condal de Barcelona desde el siglo XI y las campañas con ayuda de magnates ultrapirenaicos de Alfonso I de Aragón, su padre Alfonso II había acrecentado en su doble condición de 
Rey de Aragón y Conde de Barcelona.

Ramón Berenguer I había iniciado, en oposición a los condes de Tolosa, una política de penetración en Occitania del condado de Barcelona con la adquisición de los territorios de los condados de Carcasona y Rasés (más tarde perdidos a manos de los Trencavel), que continuó en el siglo XIII con Ramón Berenguer III y IV, consolidando su posición en la zona como condes de Provenza y obteniendo, entre 1130 y 1162, el vasallaje de numerosos señores en la zona.

Alfonso II, en el contexto de la expansión almohade (que actuaba de freno a la expansión hacia el sur en la Península Ibérica), pero ahora también como primer soberano titular de la Corona de Aragón (lo que le proporcionaba una base de poder territorial más amplia) había reforzado su presencia en Occitania frente al expansionismo del condado de Tolosa y estuvo «a punto de crear un reino pirenaico que englobara las cuencas del Ebro y del Garona». Pedro II será quien con más decisión lo intentará hacer realidad, culminando la tradición dinástica occitana ahora en un nuevo contexto de alianzas ante el intento de expansión en la zona de otra monarquía rival, los capetos.

Pese a que el condado de Provenza, perteneciente a la Casa de Aragón-Barcelona, había sido asignado a su hermano Alfonso II de Provenza, Pedro II mantuvo su actividad en aquel complejo tablero de intereses marcado por su atomización política, el intento de expansión francesa sobre ella, el desarrollo del catarismo y los consiguientes conflictos con el papa Inocencio III, interesado en erradicarlo e imponerse en la zona.

En 1200 concertó el matrimonio de su hermana Leonor y Raimundo VI de Tolosa. En un concilio en Bagnères-de-Luchon de 1201, Bernardo IV de Cominges se hizo vasallo del rey de Aragón, a cambio de la entrega del Valle de Arán, que pertenecía al rey católico.
En 1202 se celebró la boda del conde de Tolosa con la infanta Leonor.
En 1204, Pedro II se casó con María, heredera del conde de Montpellier, teniendo además, como vasallo, a Ramón-Roger Trencavel, vizconde de Béziers y Carcasona. Ese mismo año intervino en la zona forzando una paz entre su hermano, el conde de Provenza, y el conde de Forcalquier, aliado de Pedro II.


Asimismo se hizo feudatario de la Santa Sede en noviembre de ese mismo año, sin duda con las miras puestas en jugar un papel político en la zona desde una posición de preeminencia y legitimidad, en su condición de rey coronado por el Papa y distanciado del catarismo, catarrismo no, contra el que tanto en Provenza como en Montpellier se tomaron algunas medidas, teniendo que sofocar en esta última ciudad una revuelta en 1206.

Por otro lado, interesado en una alianza con el Sacro Imperio Romano Germánico, comprometió a otra de sus hermanas, Constanza, con el rey de Sicilia Federico II Hohenstaufen, matrimonio que se culminó en 1210, para ser en 1212 coronadas como emperadores del Sacro Imperio.

A lo largo de los siglos xii y xiii, la influencia del catarismo, una herejía cristiana con orígenes en Asia Menor y los Balcanes (paulicianos y bogomilos), se había ido extendiendo en el occidente latino y consolidado con fuerza en la llamada Occitania o territorios del actual mediodía francés, donde se estructuró una Iglesia cátara con varios obispados y cuyo epicentro era la zona de la ciudad de Albi, por lo que también se lo denomina movimiento albigense. La situación de coexistencia con esta iglesia rival, tolerada por los poderes de la zona (situación favorecida por la atomización del poder político y la ausencia de un centro de poder efectivo en Occitania, nunca logrado por el condado de Tolosa), amenazaba allí la hegemonía de la Iglesia romana.

Al mismo tiempo, la prosperidad occitana despertaba la ambición expansionista de la monarquía francesa de los Capetos y de sus baronías de la Isla de Francia, dispuestos a servirse de cualquier argumento para intervenir en los territorios de la Langue d'oc.
Por su parte, Inocencio III encontró en la monarquía francesa el medio más favorable de atajar la «herejía» y reducir a sus prosélitos a la obediencia a Roma, por lo que se mostró siempre complaciente y predispuesto a favorecer las empresas del rey francés, a quien también apoyará en la batalla de Bouvines y en sus conflictos con Inglaterra.
De esta comunión de intereses surgió la cruzada contra los albigenses que se empezó a fraguar a inicios del siglo xii y que finalmente el papa predicó en toda la cristiandad latina, con especial éxito en la Isla de Francia, legitimando al monarca francés en su política expansiva al enviar contra los territorios occitanos –considerados heréticos por Roma– un poderoso ejército mandado por Simón de Montfort bajo la denominación de Cruzada.






Dinero de Pedro II de Aragón (1205-1213). Anverso: Busto del rey coronado. Leyenda: PETRO REX. Reverso: Cruz procesional sobre vástago con florituras de ramas a los lados o «arbor ad modum Floris» (mal llamada "Encina de Sobrarbe", como se interpretó desde el siglo XVI). Leyenda a ambos lados del vástago: ARA-GON.

Dinero de Pedro II de Aragón (1205-1213). Anverso: Busto del rey coronado. Leyenda: PETRO REX. Reverso: Cruz procesional sobre vástago con florituras de ramas a los lados o «arbor ad modum Floris» (mal llamada "carrasca o encina de Sobrarbe", como se interpretó desde el siglo XVI). Leyenda a ambos lados del vástago: ARA-GON.

El acontecimiento que desató el conflicto fue el asesinato en enero de 1208 de Pierre de Castelnau, enviado a Toulouse como legado papal para mediar en nombre de Roma, que indujo al Papa a excomulgar al conde de Toulouse y promulgar la cruzada contra los albigenses.

La guerra «relámpago» en 1209 se dirigió inicialmente contra los vizcondados de la dinastía occitana Trencavel, donde se produjo la brutal toma de Béziers, con una matanza generalizada sin distinción de credo que quedó luego ilustrada en la célebre frase atribuida por las crónicas al legado papal Arnaud Amaury.​ Esta fase inicial de la cruzada acabó con el sitio y la subsiguiente toma de la ciudad de Carcasona en el verano de 1209, tras lo cual le fueron otorgadas al cruzado francés Simón de Montfort, por el propio legado papal, las tierras sometidas de la familia Trencavel. Desde sus nuevas posesiones mantendría una política de ataques y asaltos a los señoríos de la zona incluido el fracasado intento de toma de Toulouse en 1211 y comenzaba la persecución y quema de cátaros a través de la Inquisición, creada expresamente por Roma en 1184 con el objetivo de erradicar la llamada herejía cátara o albigense.

La situación creada generó entre los poderes occitanos un sentimiento de amenaza y repulsa ante la intervención francesa y la cruzada que era propicio para que Pedro II el Católico, como rey y vasallo del papado desde 1204, pudiera obtener una posición de prestigio en la zona actuando como intercesor ante el papado y protector ante Simón de Montfort (ya en la toma de Carcasona de 1209 evitó una matanza negociando con los cruzados una expulsión de los cátaros), prestigio acrecentado con su participación exitosa contra los musulmanes en las Navas de Tolosa. Habiendo obtenido el vasallaje del conde de Toulouse, Raimundo VI, y de otros poderes de la zona, desplegó una política de pacificación concertando el matrimonio de su hijo, el futuro Jaime I, con la hija de Simón de Monfort, entregándole a este, como garantía, la tutela del joven príncipe y único heredero del linaje, que permaneció en Carcasona. Asimismo negoció con Arnaud Amaury, ahora obispo de Narbona y también presente en la campaña de las Navas, la convocatoria de un sínodo en Lavaur para intentar la reconciliación.

Tras el fracaso de la reconciliación entre occitanos y Simón de Montfort, Pedro II se declaró protector de los señoríos occitanos amenazados y de Toulouse. Pese a que su hijo permanecía bajo tutela en poder de Simón de Montfort y la excomunión de Inocencio III, que había optado finalmente por apoyar la causa francesa, reunió finalmente un ejército en sus reinos y territorios peninsulares con el que pasó los Pirineos y junto a los aliados occitanos puso cerco a la ciudad de Muret, donde acudió Simón de Montfort. Partiendo de una situación ventajosa en cuanto a fuerzas y avituallamientos, en la campaña, parece ser, sus huestes actuaron con precipitación y desorganización sin esperar la llegada de todos los contingentes. Resultaría muerto al ser aislado por los caballeros franceses en un combate en el que el rey ocupaba una posición de peligro en la segunda escuadra, en lugar, según era lo habitual, de situarse en la retaguardia. La muerte del rey trajo el desorden y la desbandada entre las fuerzas tolosano-aragonesas y la consiguiente derrota.​ Muret supuso el fracaso y abandono de las pretensiones de la Corona de Aragón sobre los territorios ultrapirenaicos y, según el autor Michel Roquebert, el final de la posible formación de un poderoso reino aragonés-occitano que hubiera cambiado el curso de la historia de Francia y España.

Excomulgado por el mismo Papa que lo coronó, permaneció enterrado en los Hospitalarios de Toulouse, hasta que en 1217 el Papa Honorio III autorizó el traslado de sus restos al panteón real del Monasterio de Santa María de Sigena en Huesca, donde fue enterrado fuera del recinto sagrado.

Muerto Pedro II, Simón de Monfort mantenía aún en custodia a Jaime, el heredero al trono, que había quedado en ese mismo año de 1213 huérfano de padre y de madre, al morir también la reina María de Montpellier con solo 33 años en Roma, donde había viajado para defender la indisolubilidad de su matrimonio.

Ante esta situación, los nobles aragoneses y catalanes posiblemente solicitaran la restitución del joven heredero a Simón de Montfort. Se envió una embajada del reino a Roma para pedir la intervención de Inocencio III quien, en una bula y por medio del legado Pedro de Benevento, exigió contundentemente a Simón de Montfort la entrega de Jaime que se produjo finalmente en Narbona en la primavera de 1214, donde le esperaba una delegación de notables de su reino, entre los cuales se encontraba Guillem de Montredon, maestre del Temple en Aragón encargado de su tutela.

Siendo un niño, Jaime I de Aragón cruzará por primera vez los Pirineos para ser, junto a su primo, Ramón Berenguer V de Provenza, formado y educado con los templarios de Aragón en Monzón, deteniéndose antes en Lérida, donde le juran fidelidad unas Cortes conjuntas de Aragón y Condado de Barcelona.