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domingo, 15 de marzo de 2020

IV. Col. De cód. t.9, fol 81. 13 abr. 1147.

IV.

Col. De cód. t.9, fol 81. 13 abr. 1147.

Sit notum cunctis presentibus et futuris quod ego Raimundus gratia Dei barcinonensis comes et marchio princepsque Aragonis dono et concedo ipsum castrum de Almenar hominibus centum de Balager cum omnibus suis terminis et pertinentiis et cum omnes almunias quas infra terminos ipsius castri fuerunt sive adhuc erunt dempta ipsa turre Sancte Marie Solsone cum suo termino et meum domengum sive dominicum de ipso milite qui tinnerit ipsum castrum per me. Afrontat namque predictum castrum ex parte orientis in alveo que vocant Noguerola sive in termino de Allesa et a parte orienti sic ascendit per terminos et signos et cruces ad ipsa Serra de ipso Sas. Et.... dit per signos et cruces et terminos usque ad turrem de Mirarnal. Et sic descendit per terminos signos et cruces per terminum de ipsa Çaida et sic vadit et descendit per terminos et signos et cruces usque in guardia de Fenoledo et descendit usque in ipsa serra. Et sic va.... tra solis occasum. Et sic ascendit per signos et cruces usque ad ipsa turre de Arches et per terminos et signos et cruces ascendit usque ad ipsa turre de Agela et sic ascendit per terminos usque ad ipsa turre que est ultra Villa Viride et ascen.... et cruces usque ad rivum de Castilo et sic revertitur per terminos et signos et cruces usque ad supradictum alveum Noguera in aquilonari parte. Et quantum inter istas afrontationes includunt et ipsi termini continent sic dono vobis supradictum.... montes et valles petras mobiles et inmobiles podios constructos vel construendos fontes et fontanulis aquis aqualibus molendinis cum caputaquis piscationes sive venationes arbores pomiferas aut impomiferas.... sechanum et subregum turres et almunias constructas vel construendas vieductibus et reductibus inventiones vias et semitarias sive omnia visibilia aut invisibilia que ad usum pertinet aut inde exierit sive supradictum.... turrem sancte Marie. Et adhuc dono vobis hominibus de Almenar ut in omni Aragonensi regione nec in Barchinonensi comitatu vos nec vestra posteritas in civitate nec in villa aut in via nec in foro usaticum nec toloneum nullum detis. Tali vero pacto dono supradicta omnia ut vos et vestra posteritas habeatis eum per me et per mea posteritas per secula cuncta ad vestrum proprium alaudem et ad faciendas vestras voluntates et inde non eligatis nullum alium seniorem neque patronem nisi me aut posteritas mea et ego non mittam alium nullum seniorem super vos nec super vestra posteritas nisi Petrus Raimundi de Eril qui modo tenet ipsum castrum per me et sua posteritas que post illum teneat per me: et quando Deus dederit Ilerdam in potestate christianorum vos et vestra posteritas per unumquemque annum mihi et mea posteritas faciatis censum pernas C que unaquaque valeat denarios decem et octo et tres centas fogaças et fanechas C de civata et vos nec vestra posteritas nullum alium censum faciatis nisi hoc quod superius.... nisi decima et primicia quam fideliter domino Deo donetis: et si opus est mihi ad bellum nec ad defendendum de nostrum honorem ubi possitis cum cybum ad duos dies volo ut mihi succurratis: et jubeo ut supradicto militi et sua posteritas omni tempore dum ipsius castri habeat guerram ille vos bene custodiat cum suos milites et vos teneatis vestras guardias. - Signum + Raimundi comes qui hanc cartam donationis scribere jussi et cum propria manu hoc signum scripsi et firmavi testibusque subscriptis firmare mandavi. - Acta ista carta donationis idus aprilis anno ab incarnatione Christi M°C°XLVII. - Sig+num Petrus Raimundi de Eril qui hoc donum laudo et confirmo. - Sig+num Guillelmus Raimundi Dapifer. - Sig+num Gerallus de Yorba. - Sig+num Guillelmus de Subirats. - Sig+num Raimundi de Puigalt. - Guillelmus Sac qui per mandamentum comitis scripsi die et anno quo supra et hoc est signum + ejus (1).

(1) Esta escritura y la que lleva el número XV no existen ahora en el archivo, pero existirían seguramente cuando el archivero Pedro Miguel Carbonell las trasladó en las últimas hojas del códice que se cita.
Este códice es una recopilación de constituciones catalanas sobre paz y tregua.


martes, 24 de diciembre de 2019

CXV, perg. 21 mayo 1160

CXV.

Perg. n° 335?. 21 may. 1160.

Juro ego Bertrandus de Canals tibi domno Raimundo Berengarii barchinonensium comiti et marchioni et aragonensium principi quod ab ista hora in antea non exeat tibi ullum malum neque tuo honori neque tuis hominibus de ipsa domo vel fortitudine de Canals. Et si forte contigerit fieri redirigam illud tibi vel tuis infra XXX dies quibus amonitus vel inquisitus fuero per te vel per tuos et me videri vel amoneri non vetabo: et convenio tenere et attendere ipsam scripturam et que in ea continentur que est inter Sanctum Cucuphatem et me per laudamentum amicorum meorum facta sine engan per Deum et hec sancta.
- Actum est hoc XII kalendas junii anno XXIII regni regis Ledovici junioris.
- Sig+num Bertrandi de Canals. Sig+num Guillelmi de Castrovetulo. Sig+num Raimundi de Subirats. Sig+num Raimundi Bermundi de Castro-Episcopali. Scripta libens ista Petrus confirmo sacrista. - Bernardus Levita qui hoc scripsit die et anno pre+fixo.
- Facto hoc sacramento super altare Sancti Justi martiris (Alphabeto divisa.)

Ramon Berenguer IV

lunes, 23 de diciembre de 2019

XLVIII , perg 181, julio 1145

XLVIII.

Perg. n° 181. Julio 1145.

In Christi nomine. Ego Raimundus gratia Dei comes Barchinonensis et princeps regni Aragonensis.
Placuit mihi libenti animo et spontanea voluntate propter magnum et bonum servitium quod mihi fecistis facio hanc cartam donationis vobis Alegret et Bertrando atque Geraldo et Sancio et Guillelmo de Belsa atque Johanni de Camporrels et Berengario de Miravet cum suo socio Dominico et Stephano de Soria. Dono namque vobis supranominatis in ipsa orta de Montsso terram seminaturam de XVI kafiçatas de tritico et dono vobis terram in termino de Valcarcara XVI jovatas insimul de bona et de alia et dono vobis ipsam almuniam de Mata cum omnibus terminis et pertinentiis ejus et dono vobis VIII ortos in illa fossa de Montsso. Supradicta omnia dono vobis et omnibus succedentibus vobis ut habeatis et possideatis ea solide et libere in hereditate propria francha et ingenua ad faciendum ibi et inde totam voluntatem vestram. Et dono vobis totas illas chasas quas habetis in Montsso et dono vobis omnia supradicta per hereditatem propriam francham et ingenuam per facere inde totas vestras voluntates sicut de vestra propria hereditate libera et ingenua vos et omnis generatio vestra vel omnis posteritas vestra salva fidelitate Dei omnipotentis ac Sancte milicie et mei ac successorum meorum per secula cuncta Amen. Insuper ego Raimundus comes jamdictus convenio vobis omnibus prenominatis quod de isto honore sim vobis in defensione et in salvamento contra omnes homines vel feminas per fidem vestram sine aliqua fraude. Si qua autem persona presentem donationem disrumpere temptaverit nichil proficiat sed iram Dei incurrat et postea hec donatio firma permaneat. Facta carta donationis mense julii in era millesima CLXXXIII dominante Raimundo comite suprascripto in Aragone in Suprarbe in Ripacurça in Barbastro in Oscha in Cesaraugusta in Calataiub in Darocha episcopus Guillelmus in Rota episcopus Dodo in Oscha episcopus Bernardus in Cesaraugusta comite Arnallo Mironis in Paiars Furtundat in Barbastro Petro de Stopana in casteio Cepoler Peregrinus in Alcheçer Ferriç in Sancta Eulalia. - Sig+num Raimundi comes. - Sunt testes visores auditores Arnallus Mironis comes Palearensis Guillelmus Raimundi Seneschale Petrus Lopeç de Sancto Stephano Guillelmus de Sopiratis Gomballus de Mur et Poncius scriptor comitis qui hoc scripsit et hoc sig+num fecit.

Nota: tritico, kafiçatas : cafiz, cahiz, cahizada de trigo.
Orto, orta, ortos, ortas: huerto, huerta, huertos, huertas.
Chasas, se lee también casas.
Montsso : Monzón : Montisono (monte + sonido): Montço: Montso, Monçon, etc.
Suprarbe : Sobrarbe (Huesca).
Ripacurça : Ribagorza (Huesca).
comes Palearensis : conde de Pallars.
Sopiratis: no significa sopa de ratas, sino Subirats.

Ramon Berenguer IV, XLVIII , perg 181, julio 1145

L, perg. 2 del A, 17 febrero 1146

L.

Perg. N° 2. Del A. 17 feb. 1146.

Sit notum cunctis presentibus atque futuris quoniam Raimundus comes Barchinonensis et
Aragonensium princeps dono tibi Berengario Arnalli et filiis tuis castrum et villam de Siurana cum omnibus terminis suis et dono sancte militie templi quintam partem jamdicte ville et honoris ac terminorum suorum. In quatuor vero partibus que remanent retineo medietatem ad opus meum et dono tibi jamdicto Berengario et filiis tuis alteram medietatem. Tali quoque pacto prephatum castrum cum terminis suis tibi dono ut habeas illud et teneas tu et omnis posteritas tua ad servitium et fidelitatem meam et successorum meorum per secula cuncta et dones michi potestatem de predicto castro quotiescumque eam tibi petiero per me aut per meos iratus aut pachatus sine malo ingenio.
Propter hoc quoque donum superius comprehensum ego Berengarius Arnalli convenio tibi domino meo Raimundo comiti Barchinonensi ut sim inde tibi fidelis et donem tibi vel tuis quibus michi mandaveris potestatem de predicto castro quandocumque eam michi quesieris per te aut per tuos et hoc faciam
iratus aut pachatus sine tuo engan et convenio tibi ut post obitum meum unus ex filiis meis sit inde tuus homo solidus et fidelis sine aliqua fraude et malo ingenio. Et ego Raimundus comes convenio tibi jamdicto Berengario Arnalli ut non mitam ibi preter me aliquem seniorem. Si quis hoc disrumpere temptaverit nichil proficiat sed in duplo componat et postmodum hoc firmum permaneat omni tempora. Quod est actum XIII kalendas marcii anno VIIII regni Ledovici regis junioris. - Sig+num Raimundi comes.- Sig+num Bernardi de Bellog. Sig+num Raimundi de Pugalt. Sig+num Guillelmi de Castrovetulo. Sig+num Guillelmi de Subirats. - Sig+num Poncii scriptoris comitis qui hoc scripsit ex mandato comitis die annoque prescripto suprapositis literis in linea VII.

Perg. N° 2. Del A. 17 feb. 1146.

domingo, 26 de julio de 2020

VEGUERIA DE VILAFRANCHA. FOCHS (censo)

VEGUERIA DE VILAFRANCHA.

VEGUERIA DE VILAFRANCHA; Penades, Penedés, Penedès, Penitensis



FOCHS REYALS.

Vilafrancha de Penades. 453.

Vila de Cerbos. 137.
Piera. 118.
Gualada. 179. (+ Igualada, Egualada, Agualada.)

Cubelles. 106.
Castell de Fontrubia e son terme. 85. (Fontrubí o Font-rubí)

FOCHS DE CIUTADANS.

Quadra de Canyelles: den R. Merquet ciutada de Barchelona. 15.
Pujades de Les Cucales ab lo Mas den Torra del terme de Piera. (no hay número)
La Cort Comdal: qui es den R. Pellicer de Vilafrancha. 1.
Castell de Gillida: den Francoy Bertran. 95. (Gelida)
Castell de Calafell: de Micer Gerau de Palou. 16.
Quadra de Rocha Crespa: qui es den G. Ledo ciutada de Barchelona. 11.
Quadra de Salicrup del terme del Castell de Sa Guialtrun (la Geltrú):
qui es den Bernat Merquet ciutada de Barchelona. 5.

FOCHS DESGLEYA E DE CAVALLERS.

Altafulla e Sanou: den Luys de Requesens. 36.
Castell de Ça Guialtrun: qui es den Guerau de Sanehuja donzell 62.
Castell Desperaguera: qui es del prior de Muntserrat51.
(de Esparraguera)
Castell de Masquefa: qui es del pebordre del Penedes. 14.
Monistrol de Noya: qui es del prior de Muntserrat. 8. (Monistrol d'Anoia)
Quadre de La Fortesa: de la Almoyna de Barchelona. 5.
Sent Jacme Ces Oliveres e Santa Creu de Crexa: qui son del rector del dit loch dels quals ni ha VI den Pont Ces Torres e IIII reyals. 24.
Castell de Frexa: del pabordre de Solsona. 15.
Sent P. de Riudebirles: del Cardinal de Sent P. 59. (birles, no bitlles)
Castell de Terrasola: qui es del dit Cardinal. 32.
Loch de Malcavaller e Quadra de Banas: del prior de Muntserrat. 9.
Loch o quadra del Gorner: del pebordre de Solsona. 5.
Santa Fe: del archabisbe de Terragona. 16.
Castell de La Granada: qui es del bisbe de Barchelona. 27.
Perroquia de Sent Cugat Ses Garrigues: qui son del rector del dit loch e daltres persones ecclesiastiques. 35.
Loch de Sent Sabastia: qui es del Cardinal Dagrafulla. 14.
Castell de Avinyo: den March de Avinyo. 24.
Quadra de Cantalops: del prior de Sent Pol. 15.
Quadra Dordal: del Espital de Cervello. 7.
Castell de Franer de Sent P. de Melanta: qui son del abbat de Santes Creus. 12.
Quadra Dalbereda: qui es del dit abbat. 8.
Castell de Pontons: del dit abbat 45.
Castell de La Roqueta: del dit abbat. 5.
Quadra de Vilaubi: de la Almoyna de Barchelona. 11.
Gayans: del abbat de Santes Creus. 17.
Castell de Muntmell: qui es del bisbe de Barchelona ab V fochs de la Quadra den G. Dayguaviva donzell. 43.
Vila Rodona: del bisbe de Barchelona. 5.
Castell de Muntornes: de Santes Creus. 30.
Castell de Crexell Bara e Roda: del Prior de Caserres. 33. (Roda de Bará o Barà, Creixell)
Sent Vicens des Calder: del abat de Sent Cugat de Vallés. 28.
Castell de Bonastre: del dit abat. 43.

Castell Dabinyana: del dit abat. 34.
Loch del Venrell: del dit abat. 66. (Vendrell)
Santa Oliva: del dit abat. 33.

Albornar: del dit abat. 6.
Castell de Banyeres: del bisbe de Barchelona. 45.
La Lacuna del terme del Castell de Castellet: del abat de Santes Creus. 15.
Moja: qui es del pebordre de Penades. 13.
Sent Steve del Castellot: qui son del dit pebordre e den Mas-dovelles donzell. 8.
Castell de Ribes de cavaller ab I foch de la Quadra des Cortey. 35.
Quadra del Clot del terme de Ribes. 4.
Castell de Ciges: de la Almoyna de Barchelona. 109. (Sitges)
Castell de Campdasens: desgleya. 15.
Castell de Garraf: del prior de Garraf. 2.
Castell Delmella: desgleya. 16.
Perroquia de Santa Margalida: de diverses senyors ecclesiastichs ab XIII de cavallers. 38.
Quadra de La Serra de Santa Maria des Pla: qui es de cavaller. 4.
Perroquia de La Bleda: de Sgleya. 5.
Castell de Colbato: de Sgleya. 32.
Castell de La Guardia des Bruch: desgleya. 43.
Castell de Pierola e Quadra des Vilar: de cavallers ab II fochs de la Quadra de Castellet. 84.
Castell de Sobirats: del noble En Ramon Alamany de Cervello. 159. (Subirats)
Castell de Sanit: de cavaller ab IIII fochs de la Quadra de Puig Alber qui es de Micer Guerau de Palou. 41.
Castell de Cabrera: de cavaller e Quadra de Vallbona. 26.
Castell de Pachs: den Ramon de Barbera ab III fochs qui son del monastir de Santes Creus e IIII fochs qui son del Spital de Sent Johan e II de la Almoyna e II fochs den Vilafrancha. 21.
Castell de Sent Marti: qui es del infant En Marti ab la Quadra de Vernet qui es den Arnau de Vernet. 95.

Infant En Marti, Martí, Martín I de Aragón

Castell de Foix: de cavaller. 43.
Mas de Pontons: den Jacme Davinyo donzell. 4.
Castell de Vila de Mager: den Guerau de Cervello. 93.
Castell de Miralles: den Guerau de Cervello. 39.

Castell e terme de Querol: de Mossen En Ramon Alamany de Cervello. 89.
Castell e terme de Muntagut: del dit noble. 60.

Castell de Salba: den Bertran de Gallifa ab II fochs de Vilardida
qui es den Tamerit. 22.
Castell e terme de Seguer: qui es den P. de Muntagut donzell. 3.
Quadra de Puig Loret: den Johan de Muntagut donzell. 6.
Santa Perpetua. 25.
Castell de Marmellar: den A. de Vernet. 13.
Quadra de Cimitrells: den Bertran de Galifa: 15.
Ardenya del terme de Muntoliu: qui es den Bertran de Galifa. 8.
Quadra de Virgili: den Berenguer de Boxados. 9.
Castell de Secabechs: de cavaller. 1.
Torra den Barra: den Berenguer Dolzinelles. 28. (Torredembarra)
Mas den Armengol (nos troba comptat). 2.
Castell de Vespella e terme: den Dalmau de Queralt. 33.
Roda e Bara: del Prior de Caserres. 18.
Quadra de Bellvey: den Eymerich de Bellvey. 18.
Castell Nou e Esquornal: den Francesch de Montbuy. 13.
Lorenc e Lotger: den Bernat de Tous donzell. 22.
Castell e terme de Castellet: den Blascho de Castellet. 69.
Castell de Conit qui es den Berenguer de Conit e la Quadra de Segur qui es den Jacme de Miralpex e la Quadra de Vilasecha. 25. (Cunit, Segur de Calafell)
Quadra de Sent P.: qui es del prior de Cubelles. 3.
Quadra de Galifa: qui es den Jacme de Miralpex donzell. 10.
Castell de Miralpex: den Jacme de Miralpex donzell. 14.
Quadra de Ses Gunyoles: desgleya e de cavallers. 19.
Quadra den Veia e de Adarro: den Bernat de Castell Bisbal donzell. 6.
Casa de Jafer. 1.
Clariana: qui es den Riera. 2.
Olerdola: desgleya e de cavallers. 12.
Quadra de Vila de Lops: del comanedor de Vilafrancha. 16.

Castell de Çelma: del Spital de Sent Johan. 32.
Castell de Claramunt: del Comte de Cardona. 53.
Castell Dorpi: den Berenguer Sallent. 15.
Homens de Santes Creus poblats en terme del dit castell. 6.
Homens den Bernat de Tous castla de Clarmunt 3.
Homens de Vilanova del Cami: de Mossen Johan de Muntbuy. 7.
Quadra de Vilanova Despeya: son den Spitles donzell. 5.
Quadra de Capellades: del pabordre de Sent Cugat. 22.
Quadra de La Torra de Clarmunt: qui es den R. de Clarmunt. 20.
Castell de Mediona ab XII fochs de la quadra den Gispert de Barbera e ab III de la quadra den R. Sa Noguera e ab V fochs de Santa Margalida de
Clarmunt e ab II fochs de Sent P. de Riu de Birles. 88.
Castell Dodena. 52.
Castelleuli: del Comte de Cardona. 27.
Castell de Muntbuy. 41.

FOCHS ALOERS E FRANQUERS.

Ramon des Ortis, Ramon Venrell, Bertran Vallés: del terme de Terraçola.
3.
P. Fabre, Bernat Fabre: Bertran Feliu: del terme de Çanit. 3.
Galceran Bertran, Berenguer Jofre: de perroquia de Sent Cugat Ces Garrigues. 2.
P. Soler de Durban, Jacme Rossell, March Alabutz, P. Font, Francesch F., Bonanat Ruvire de Cases, Martines, P. Massana, P. Tergell., G. Palau, R. Bertran Gilabert, Berenguer Gilabert, P. Soler de Cases blanques, G. Balart : de perroquia de Santa Margalida. 14.
Clara (nos troba que sia comptat).
Berenguer Cuniy, R. Triter, R. Brugal, G. Soler, Berenguer de Caldoy: de Olerdola. 5.
Mas de Palams: del terme de Piera. 1.
La muller den Bernat Pellicer quondam: de la quadra de Ces Gunyoles.
1.
P. Miro de Sent P.: de Sent P. de Molanta. 1.
Francesch Jorda: de Adarro. 1.
Jacme Gual, Francesch Mas, P. Busquet: de la perroquia de Santa Maria de la Bleda. 3.
Romeu Sans hom espars: del terme de Ribes. 1.
P. Rossell des Viver hom espars: del terme de Cubelles. 1.
P. Guerau aloer del mas des Cortal, Jacme des Frexes, G. Paschal des Mas de Canaletes: aloers del terme de Cabrera. 3.
G. Garriga, Berenguer Clariana, R. Johan alias Jorda, R. Johan: aloers de Castell Nou e Desgornal. 4.
Castell Viy de Panades. 109.
Lo Mas de Narbones. 4.
Los homens de Sant Lorenç e de Salamo. 26.
Puig Tinyos. 25.
Los homens de la Figuerola e del Mas Lorenç. 17.
Rocha Mora. 5.
Lespital de Sant Johan del terme de Castell Viy. 5.
Item homens sparsos de Santes Creus del dit terme. 4.

domingo, 19 de julio de 2020

CAPÍTULO LIV. Armengol VIII (conde de Urgel)

CAPÍTULO LIV.

Que contiene la vida de Armengol, octavo de este nombre, y undécimo conde de Urgel.
- De como el conde Armengol volvió en gracia del rey, su casamiento, y disgustos con Ponce de Cabrera. - Del casamiento del conde, muerte y testamento suyo.

CAPÍTULO LIV. Armengol VIII (conde de Urgel)



Muerto Armengol séptimo, llamado de Valencia, heredó su hijo, que llamaron octavo; en el principio tuvo algunos disgustos con el rey don Alfonso de Aragón, su primo, que venían ya de tiempo de su padre, causados por Ponce de Cabrera, su cuñado, que estaba en este tiempo preso en Castilla, y por esto con sosiego y paz el condado de Urgel. No sé qué movió al rey para favorecer a Ponce, obrando por su libertad, y darle la mano contra el conde, su cuñado: parece esto en un auto (que) está en el real archivo, donde dice el rey: promittimus eum habere honoratum in curia nostra tanquam unum de melioribus terre nostre; y el vizconde, en agradecimiento de la merced que el rey le hacía, y porque así estaba concertado entre ellos, prometió tener por él los castillos de Monmagastre, Artesa, Castelló, Camporells, Torrafellona y Hostalric, para que pudiese en tiempo de guerra valerse de ellos, y el rey le prometió su favor contra el conde, hasta que, o concordase, o la justicia diese a cada uno lo suyo: así lo he visto en un registro vermejo, fol. 61, del archivo real.
En el entretanto que esto pasaba, no se olvidaba el conde del provecho de su alma, y según he visto en las escrituras del archivo de Arbeca, que fue de los duques de Segorbe, en las nonas de febrero de 1190, él y Elvira, su mujer, que Zurita llama condesa de Subirats, dieron a Hugo, abad de Santas Cruces (Santes Creus), y a los monjes, cinco cafices de trigo, que ellos recibían en Linyola, y veinte sueldos de censal, que recibían en la ciudad de Lérida, sobre el obrador de Azoch de los Sarraynes, que era en la parroquia de Martín, y que esto durase tanto cuanto el conde viviese, y después de su muerte cesase la prestación del trigo, y los veinte sueldos fuesen cien sueldos, pagaderos en la mejor moneda (que) corriese en Lérida en las compras de pan y vino; y que de estos réditos se pague el sustento y vestir de un monje sacerdote, que cada día sea obligado celebrar misa por las almas de ellos y de sus padres y de todos los fieles vivos y muertos; y el abad lo aceptó, e hizo partícipes a los condes de todo el bien se hiciese en aquel santo convento, y el rey Alfonso lo firmó.
En el año siguiente de 1191 volvió el conde en gracia del rey, y por algunos medios, que no se saben, quedó el vizconde en desgracia. En el registro vermejo del archivo real de Barcelona hay una concordia hecha en Lérida, en el mes de agosto, en que el rey y el conde parten entre si los castillos del vizconde que tenía en Cataluña, Aragón y Ribagorza, quando illos Deo dante acquirere possint, que era cláusula usada en aquellos tiempos, cuando dos partían cosa que aún estaba en poder de tercero; y convinieron en que el rey tome los castillos que el vizconde tuviese en la otra parte de Cervera, et castrum de Pinnano et de Zofana castrum de Finestris et de Bellomonte et de Federico et *Castellonem episcopi (Castell Bisbal) et castrum de *Bedells Camporrell et castrum de *Valldellor et totum honorem quod habet ultra aquam de *Mitana (o Milana) exceptis castris de Pinciano et Podio Rubio (Puig-Roig, Pueyo Rojo o Royo) que sunt allodia ipsius comitis et quod retineat feudum quod per ilum habeat; y que el conde de Urgel tome el castillo de San Jaime de Artesans, Monmagastre, Ager (aunque este, o se quedó en poder del vizconde, o el de Urgel, después de tomado, le debió de hacer gracia de él, porque en el armario de Urgel núm. 248, consta que a 2 de los idus de marzo 1195, prometió Ponce de Cabrera dar al conde y los suyos potestatem castri de Ager sine difficultate et retentione), castillo de Balaguer, Os y el castillo de Motasor, y que este castillo se derribe del todo, y si acaso el rey tomase alguno de los castillos del conde o el conde de los del rey, el que lo tomare lo debe restituir al otro: y con otro auto hecho, a lo que se entiende, en el mismo día, prometió el rey Alfonso, que por toda su vida dará favor y ayuda al conde contra Ponce de Cabrera y Arnaldo de Castelló y todos sus valedores que hicieren guerra al conde, y no hará con ellos tregua, sin el consentimiento y voluntad del conde; y el conde Armengol promete al rey servirle contra los dichos y cualquier barones que intentaren hacer guerra al rey; y por su parte firmaron y juraron Arnaldo de Avinyó y Berenguer de Ballestar, y por parte del conde, Gombaldo de Ribelles y Arnaldo de Pratello.
Y continuando el rey las mercedes, el año siguiente, estando en Tarragona, en el mes de abril, confirmó la donación que Ramón Berenguer, su padre, había hecho al abuelo del conde, de la ciudad de Lérida, en feudo, y de las villas y castillos de Albesa y Aytona. El modo que el rey tuvo en hacer esta confirmación fue firmar de su mano el auto de la dicha donación, según el estilo de aquellos tiempos; y porque el príncipe de Aragón, cuando fue la conquista de Lérida, por la gran devoción tenía a la religión militar del Templo, que por estos tiempos era entrada en Cataluña y florecía por todo el mundo, les había dado la quinta parte de la ciudad de Lérida, dio al conde, en satisfacción y enmienda de esa quinta parte, las villas de *Gebut y Mequinenza, vecinas de Lérida; y según eso, es muy verosímil que el rey o su padre habrían ya por estos tiempos dado al conde de Urgel, o a sus antecesores, las dos partes de aquella ciudad, que el padre del rey se reservó en la conquista de ella, cuando la dio en feudo al conde Armengol, y de estas dos partes, dio la quinta a la milicia del Templo; y pues por esta quinta parte hacía enmienda al conde, es muy verisímil le habría dado las dichas dos partes: confírmase esto, porque cuando la condesa Aurembiaix dio al rey don Jaime la ciudad de Lérida, se la dio toda, sin hacer memoria que tuviese la tercera o las dos partes, lo que, si tuviera, no lo callara el auto de la dicha donación, ni otros de que hago mención en la vida de la condesa, que todos son autos hechos con grande consideración y acuerdo.
Tuvo este conde muchos encuentros y guerras con Ramón Roger, conde de Fox, hijo de Barnardo Roger y de Cecilia, que fue hija de Ramón Berenguer, conde de Barcelona, y hermana de Ramón Berenguer (IV), príncipe de Aragón; así que, Ramón, Roger y Dulcia, madre del conde, eran primas hermanas. Era esta casa de los condes de Fox (Foix) muy antigua y principal y de grande estado, y muy emparentada con los reyes de Aragón y condes de Barcelona: hubo en ella diez y siete condes, y a la postre se unió con la de los reyes de Navarra, y hoy lo está a la corona de Francia. Fueron estas guerras por los años 1197, y los ricoshombres de Cataluña y Aragón se dividieron en bandos por parte del de Urgel. Se señaló mucho Guillen, vizconde de Cardona, su primo, que le prometió todo favor; y él y la condesa Elvira, su mujer, delante de Gombaldo de Ribelles, Poncio de Pinell, Pedro Fals y otros caballeros, le dieron quinientos sueldos de renta, sobre la que los dichos donadores tenían en Lérida, que llamaban *Trocella. Este auto estaba en el archivo de Arbeca, hecho a 7 de las calendas de noviembre de 1197. El conde de Fox con sus valedores entraron hasta la ciudad de Urgel a fuerza de armas, y trataron malamente los vecinos de ella y a todos los de aquella comarca. Nacieron de aquí muchas alteraciones en el principado de Cataluña, y todo se dividió en bandos, que duraron mucho tiempo, con daños y pérdidas comunes; y el rey don Pedro, que estaba obligado, según algunas convenciones antiguas, de valer al conde contra don Ramón de Cervera, se escusó de ello, y se levantó de esto escritura, que está en el armario de Urgel, núm. 9, hecha en el mes de mayo de 1200; y entonces Ramón de Cervera hizo todo el mal que pudo en el condado de Urgel, y llevaba cuatro mil infantes y buen número de caballería, armados con lorigas, y con ser tantos, ochocientos hombres de la villa los desbarataron.
En esta ocasión fue cuando el conde prometió a nuestra Señora de Poblet, pro salute animae suae et remissione peccatorum suorum, tenerle adornado su altar con la ropa y lienzos necesarios para su adorno, y para ello dio cien sueldos de renta, de los que recibía sobre las leudas et *Trocallis de Lérida, y Pedro, abad de Poblet, y Arnaldo, prior, Bernardo, sacrista, y R. celerario, prometieron cumplirlo así:
recibióse el auto en Agramunt, en abril de 1202, y lo confirmó el rey don Alfonso.
El año siguiente, a 26 de febrero, fue roto el vizconde de Castellbó, el cual, con cincuenta de a caballo y quinientos de a pie, toparon con gente del conde, que les acometieron, y prendieron al vizconde y a muchos de ellos.
Fue esta presa a 26 de febrero de 1203, y los presos, por pedirlo él, fueron encomendados a Gombau de Ribelles, el cual los tuvo como en tercería y con guarda; y aunque el rey deseó la libertad de ellos, el conde se escusaba, y pedía enmienda de algunos daños había el de Castelló dado al obispo de Urgel y a él, y que entregase las tenencias de algunos castillos que había prometido al rey que entregaría, si le daban libertad; y el rey pidió la libertad al conde, el cual escribió a Gombau de Ribelles, que si le habían, dentro de ciertos días, entregado las tenencias, reddas et *ab cum domino regi; et (si no las entrega) reddas cum mihi sine omni contradictione: hoc addito quod non exeat de potestate tua donech sim certus quod omnes potestates mihi et *episcopo compleverit; pero el de Fox no quiso más guerra con el conde, sino que concordó con él, olvidando todos los daños y guerras pagadas: consta por escritura hecha en el mes de setiembre de este año 1203, que está en el archivo real, armario de Urgel, núm. 216.
Este año fue muy notable para la ciudad de Lérida: derribóse la iglesia mayor que había en ella, por ser muy antigua y vieja, labrada a lo morisco, porque había sido mezquita de los moros, y era muy poco capaz para los vecinos de la ciudad, la cual de cada día crecía en número copioso de vecinos, y dieron principio a la que tenemos el día presente. En el día de la festividad de santa Magdalena pusieron la primera piedra el rey don Pedro el Católico y el conde Armengol, y para recordar el hecho, en el altar mayor pusieron una memoria que dice así:

ANNO DOMINI MCCIII. ET XI KAL. AUGUSTI SUB DOMINO INNOCENTIO PAPA lII VENERABILI GONBALDO HUIC ECCLESIE PRESIDENTE INCLYTUS REX PETRUS SEDUNDUS ET ERMENGAUDUS COMES URGELENSIS PRIMARIUM ISTIUS FABRICE LAPIDEM POSUERUNT BERENGARIO OBIGIONIS OPERARIO EXISTENTE PETRUS DE GUMBA M. ET FABRICATOR.

Y después poco a poco se fue acabando aquel suntuoso edificio con el campanario y claustro, que es de los mejores de España, ya por su apacible y alegre vista, ya por su ingeniosa arquitectura, en que tienen los curiosos mucho que ver y los artífices que considerar.
El año siguiente los dos, con algunos caballeros de Lenguadoc, Cataluña y Rosellón, acompañaron el rey a Roma, donde pasó, para recibir de mano del pontífice la corona y demás insignias reales. De esta ida de los condes de Urgel y de Fox a Roma, no hace mención Zurita pero sí Tomic, que nombra los caballeros que acompañaron al rey en aquel viaje, el cual acabado, dice Zurita, que hubo grandes alteraciones y discordias, así en Cataluña, como en Aragón, por la guerra que entre si tenían los condes de Fox y Urgel; y esta vuelta del rey fue el año 1204. Pero lo que daba más cuidado al conde, eran las diligencias y pensamientos de Guerau de Cabrera, el cual aspiraba al condado de Urgel, por no tener el conde hijos varones, y por esto el conde esforzaba todo lo posible asegurarse de sus amigos y ganar de nuevos, que cuando fuese el caso, valieran a Aurembiaix, su hija única. En esta ocasión Guillen de Cervera, que hartas veces habemos nombrado, necesitaba el favor del conde, el cual se le dio muy liberalmente, y a 3 de las nonas de febrero, el conde le prometió valenza y favor contra cualquier le quisiese damnificar, salvo el rey, reina y Ramón de Cervera. A este Ramón de Cervera había dado, a 4 de las nonas de mayo 1206, el conde Armengol, el castillo de Toló, reservándose a si las tenencias, hueste y cabalgada, y cien sueldos de renta sobre las quistias de Lérida; y Guillen de Cervera prometió valer al conde contra Guerau de Cabrera, y que no haría treguas ni paz con ninguno de sus enemigos. También consta que, a 8 de los idus de mayo del siguiente año, el rey don Pedro prometió a la condesa doña Elvira de ayudarla y favorecerla y conservarla pacíficamente en todo aquello que el conde su marido, que allá estaba presente, le había dado.
De estos sucesos particulares hay poca memoria en los autores, porque todos escriben las cosas de este conde de corrida: solo sabemos de cierto que murió el año de 1208, después de haber tenido el condado veinte y cuatro años. Fue príncipe muy religioso y pío. En su tiempo fue la dedicación de nuestra Señora de Gualter, en el condado de Urgel, que está junto a la villa de Pons, y a la otra parte del Segre, y la dotó de su patrimonio magníficamente.
En su vida, edificaba el rey don Alfonso primero de Aragón, conde de Barcelona, el ilustre y devoto monasterio de Poblet; y el conde, por participar del mérito de aquella santa obra, labró una buena parte del claustro, que es el que queda a la mano derecha, cuando salen del refitorio, denotándolo los jaqueles de oro y negro esculpidos en él.
Habíales ya dado, a 4 de las nonas de mayo de 1191, cien sueldos de renta in trocellis Illerdae et unum sarracenum scilicet Almalquicina qui permanet in castro quod vocatur Aytona cum omnibus rebus suis quas ipse in praesenti possidet scilicet cum domibus et hortis et vineis et agris quos ipse in sacano (secano) et in rigano (regadío) possidet; y el abad, que se llamaba Pedro, y los demás monjes les hicieron participantes y acogieron en las oraciones, vigilias y demás buenas obras que cada día se hacían en el dicho monasterio y orden cisterciense, y les tomaron en cuenta de frailes, y les prometieron que, cuando muriesen, harían por sus almas lo que suelen hacer por las de los religiosos de la orden. Firmaron este auto el rey don Alfonso de Aragón, los condes Armengol y Elvira, su mujer, y doña Dulcia, madre del conde.
Consta también por memorias de estos tiempos, que poco antes que muriera el conde, que fue a 7 de las calendas de setiembre, dio a la orden de san Juan de Jerusalén, y por ella a fray Gimeno de Lavara, maestro (maestre) de la orden en España, fray García Rufo, castellano de Amposta, y fray Bernat Amil, comendador de Lérida, en enmienda de los daños había dado a la religión, y en remisión de sus pecados, doscientos sueldos de renta, perpetuos, esto es, cien sueldos sobre los derechos que tenía el conde en la faneca de Lérida, y estos, que corriesen luego; y otros cien sueldos sobre un huerto que tenía junto a la puente de Balaguer, en el lugar llamado Almudafar, estos, que comiencen a correr por la religión el día que muriese la condesa doña Dulce, su madre; y a la postre, añade estas palabras: Quod si quis hanc donationem a nobis factam sciens contra eam ire attentaverit indignationem omnipotentis Dei et Sanctorum omnium incurrat in praesenti saeculo et futuro. Fueron confirmadores Guillen de Cervera, que firmó salvo jure pignoris, quod ibi habebat Bernardo Armengol, caballero, y Bernardo de Castellnou.
He hallado que, muerto el conde, estando el rey don Pedro en Lérida, a 15 de las nonas de diciembre, año de la encarnación 1210, confirmó a fray Pedro de Monteagudo, maestro del Temple en Prohenza y en algunas partes de España, a fray Ramón Berenguer de Ager, y G., comendador de Monzón, y fray Guillen de Monrodon, comendador de Gardeny, aquellos doscientos sueldos de renta que el conde Armengol les había dado por remedio de su alma, habedores cada un año de las rentas que él tenía sobre la faneca de Lérida; y también confirma aquellos cien sueldos, el dicho conde había asignado a la casa del Templo, habedores cada un año sobre las leudas y faneca de Lérida, y son satisfacción y enmienda invasionis quam feci domus de *Barbens; y manda que estos trescientos sueldos sean pagados de dichas rentas antes que otras cosas u obligaciones.
Casó con doña Elvira, a quien todos los autores llaman condesa de Subirats; tuvieron al principio los dos algunas discordias, que pasaban muy adelante: no sé si las causaba la esterilidad de la condesa o mala condición de alguno de los dos. Duraron algún tiempo, y a la postre, se reconciliaron: no se fió el uno de la palabra del otro, antes bien delante de escribano y testigos se otorgó auto de ella: está en el archivo real, armario 16, núm. 23 y 214, saco N, y se piden perdón el uno al otro de todo lo hecho, y prometen tratarse con amor y que el uno no dañará al otro ni dará causa para ello. Él le dio fianzas, que fueron Guillen de Cardona y Pedro Ferrandis, y convinieron que, en caso que el conde dejase la condesa, la hubiese de dejar, o en Cardona, o en Puigvert o en Oliola, y entonces estos caballeros le han de valer contra el conde. Este último auto es en agosto, y el primero de 3 de los idus de diciembre de 1203, y pocos años después, mando el conde a los vecinos de Liñola y Agramunt, que hiciesen pleito y homenaje a la condesa, prometiéndole todo favor contra aquellos que le quisiesen usurpar sus cosas o hacer daño a su persona, por ser esa la voluntad del conde, su marido. Consta con escritura hecha a 16 de las calendas de setiembre 1206: está en dicho armario 16, núm. 192 y 173; y aunque ya en el año 1187 habían hecho los de Agramunt semejante obligación, vuelven ahora a hacerla; y los de Pons hicieron lo mismo a 16 de las calendas de Setiembre 1206, núm. 198 y 250.
Tuvo el conde una hija llamada Aurembiaix, de quien hablaremos largamente en su lugar. Elvira quedó heredera de vida del condado de Urgel, y tuvo muchas pesadumbres, que le dio Ponce de Cabrera, cuñado del conde, que pretendía el condado, y con mano armada tomó muchos lugares y pueblos de él; lo mismo hacía su hijo Guerau de Cabrera, pareciéndoles que, por ser mujer, nadie había de mirar por ella, y por eso casó con Guillen de Cervera, caballero de los más principales de Cataluña, y muy estimado de los reyes don Alfonso, don Pedro y don Jaime, en cuyo tiempo vivió. Por razón de este casamiento, el vizconde y su hijo trataron con más respeto las cosas de la condesa y de Aurembiaix su hija.
Vivió el conde Armengol en el condado veinte y cuatro años, y murió el de 1208; fue sepultado en el monasterio de Poblet, en la capilla de los evangelistas, en una tumba
de piedra, algo elevada del suelo, que está metida casi toda dentro la pared: estaba muy pintada de escudos y follajes; pero ahora poco se conoce la pintura, porque el tiempo la ha consumido.
Hizo testamento; y porque en él dispone muchas cosas y pueden ser útiles, le pongo aquí por entero, sacado del archivo real, armario primero de Cataluña, núm. 113, y es el que se sigue:
Hoc est translatum fideliter factum XVII kalendas novembris anno Domini millesimo ducentesimo nono de carta que habetur sic. Quoniam nullus qui in carne positus est periculum mortis avadere potest idcirco in Christi nomine ego Ermengaudus Dei gratia comes Urgelli in mea plena memoria et sanitate integra inspirante divina misericordia facio meum testamentum scribere et eligo manumissores meos quos precor et volo esse Alviram *comitissam Urgelli uxorem meam et Guillelmum Dei gratia vicecomitem Cardone et Guillelmum de Cervaria et Guillelmum de Peralta et abbatem Populeti qui dividant omnia mea sicut in hac pagina scriptum est et sine damno quod eis non eveniat aliquo modo: et si me mori contigerit antequam aliud testamentum faciam istud volo esse firmum et stabile omni tempore. In primis dimitto corpus meum et animam meam omnipotenti Deo et hospitali de Hyerusalem et eligo sepulturam meam in hospitale de Emposta cum mille et quingentis morabatinis quos ibi dimitto pro anima mea cum equo et armis et lecto et animalibus tunc temporis meis stantibus: et constituo heredem meum filiam meam Aurenbiaix et comitissam totius terre mee et comitatus Urgelli: et si ipsa decesserit absque liberis substituo ei in omnibus bonis Marquesiam sororem meam et si ipsa decesserit sine liberis substituo ei sororem meam Miracle et si ipsa Miracle decesserit absque liberis substituo ei Guillelmum de Cardona consanguineum meum: tamen si contigerit me habere filium masculum antequam aliud testamentum faciam volo quod sit ita de meo sicut continetur in cartis inter me et Petrum Ferrandum confectis salvo tamen in omnibus et per omnia jure Alvire Urgelensis comitisse sicut inferius in hoc testamento continebitur. Dimitto siquidem filiam meam predictam cum omnibus bonis suis sub tutela et potestate Alvire comitisse matris sue donec ipsa filia sit perfecte et plene etatis. Volo siquidem et mando militibus et hominibus nostris *ut ipsi scilicet Alvire comitisse ita interim attendant sicut mihi facere tenentur. Si autem predicta filia mea decesserit infra predictam etatem dimitto Alvire comitisse quinquaginta mille solidos pro quibus tamdiu teneat totum honorem et comitatum meum donec ille quicumque heres erit meus persolvat ei dictos quinquaginta mille solidos. Item dimitto eidem comitisse Alvire ratione dotis et sponsalitii sui et ratione donationis et legati quindecim mille morabatinos ad omnes suas voluntates perpetuo faciendas. Item dimitto in posse Alvire comitisse novem mille morabatinos de quibus mando ei ut donet Hospitali de Hyerusalem supradictos MD morabatinos quos ei superius dari disposui. Item mando comitisse Alvire ut de illis morabatinis donet monasterio Sancti Hylarii MD morabatinos per remedium anime mee. Item donet Guillelme de Bellog nepti mee mille morabatinos: residuos autem quinque mille morabatinos donet creditoribus meis pignus vel hypotecam non habentibus: supradictos vero viginti quatuor mille morabatinos habeat Alvira comitissa super meum castrum et villam de Acrimonte et supra meum castrum et villam de Pontibus (Pons, de donde es Pau de Pons, Ponts) et de Linerola et super civitatem Ilerde et super omnia illa pignora que Guillelmus de Cervaria per me tenet ipso tamen prius pacato de debitis quos ei debeo. Habeat etiam Alvira comitissa predictos morabatinos super ipsum honorem quem Guillelmus de Peralta per me tenet. Ita scilicet habeat Alvira comitissa dictos morabatinos in his pignoribus quod si ille quicumque fuerit heres meus non pacaverit ei dictos XXIIII mille morabatinos ad complendam voluntatem meam infra annum habeat ipsa licentiam et potestatem ex auctoritate mea et sua *impignerandi vel vendendi dictos honores pro predicta pecunia et si quid residuum fuerit heredi meo restituatur et mando hominibus et militibus meis tu cum ipsis honoribus se habent et teneant et attendant Alvire comitisse sicut mihi tenentur facere. Et dimitto Petro de Sasala (ça Sala) ad persolvendum debita que ei debeo meum castrum et villam de Aiabud cum omnibus terminis et pertinentiis suis et mea operatoria de bladeria Ilerde ut ipse Petrus de Sasala possit omnia ea vendere vel impignorare cuicumque voluerit pro debita que ei debeo sibi recuperando si ille qui heres meus fuerit noluerit eum pacare ad suam amonitionem et si quid residuum fuerit heredi meo restituatur. Et dimitto Miracle sorori mee duo millia morabatinos ad omnes voluntates suas faciendas quos habeat super ipsos honores quos Raymundus de Cervaria per me tenet excepto castro de Aiebud et Siego: et si ego vel predicta filia mea absque liberis decesserimus dimitto Miracle sorori mee totum illam honorem quem Raimundus de Cervaria pro me tenet salvo * quod superius dixi de castro de Aiabud ad Petrum de Sasala. Item volo et mando quod si ego vel predicta filia mea absque liberis decesserimus quod Guillelmus de Cardona habeat in proprium allodium totum hoc quod pro me tenet: et dimitto *Guillelmo de Cervaria post obitum meum ad alodium francum et liberum omni tempore et ad omnes suas voluntates perpetuo faciendas hoc quod per me tenet excepto castro de Sancta Linia. Et dimitto omnipotenti Deo et ecclesie Sancte Marie sedis Urgelli meum castrum de Nargo cum omnibus suis terminis et pertinentiis in proprium alodium francum et liberum. Et dimitto monasterio sancti Saturnini omnes meas dominicaturas castri de Ciutad in francum alodium. Et dimitto monasterio Sancte Cicilie villam que vocatur Noves et mansa de Perles. Et dimitto ecclesie Sancte Marie de Solsona omnes meas dominicaturas de *Huliana et omnia mansa mea de Oden in suum allodium francum et liberum. Et dimitto Monasterio Sancte Marie Gualter in omnibus meis molendinis de Pontibus expleta et redditus unius diei in hebdomada omni tempore. Et dimitto monasterio Sancte Marie de Belpuig omnia mea dominicatura castri de Sancta Linia post obitum Raymundi Berengarii de Ager. Et dimitto monasterio Sanctarum Crucum omnia mea jura que habeo vel habere debeo in molendinis Bernardi de Cio ad Balager post obitum matris mee in suum allodium francum et liberum. Et dimitto monasterio Sancte Marie Vallis bone mille morabatinos scilicet quingentos morabatinos ex mera donatione et alios D. morabatinos dimitto ibi pro procuratione conventus in mense septembris omni tempore sicut cum ipsis disposui: et volo et mando quod predictum monasterium accipiat inde omnes meos exitus plenarie ex mera donatione mea donec lile quicumque fuerit heres meus persolvat dicto conventui dictos mille morabatinos plenarie: et super hoc mando Guillelmo de Anglerola quod ipse attendat Monasterio Vallisbone cum ipso castro de Conques et exitibus meis sicut mihi tenetur attendere donec de predictis mille morabatinis plenarie sit eis satisfactum. Et dimitto monasterio Populeti post obitum matris mee omnes ipsas meas decimas de Menarges et de omni re que ad usum hominis pertinet in suum allodium francum et liberum. Et dimitto monasterio Sancte Marie de Franqueses ut firmos habeat omnes honores quos aliquo modo acquisiverit per totam terram meam aliqua parte sine aliquo impedimento alicujus heredis mei. Et dimitto domui militie Templi totam dominicaturam meam de Albesa et ut liceat eis molendina facere in cequia de Albesa. Et dimitto eidem domui arma et ballistas et fundibula cum eorum apparatu et ensem meum et anulum et cofas meas. Mando et volo ut heres meus
persolvat peccuniam creditoribus meis que debetur eis sub pignoribus et si non faceret volo ut eis pignora non auferantur ab aliquo sed libere de illis pignoribus possint habere suas pecunias. Item dimitto domino pape Ignocentio sub protectione sua omnia mea et testamentum meum ut illud firmum et ratum habere faciat et mandari executioni sicut dispositum est et si quis contravenerit per censuram ecclesiasticam firmiter faciat observari: et propter hoc dimitto ei medietatem de Valladolit quod est hereditas mea et aliam medietatem dimitto heredi meo ut eam semper habeat per ecclesiam romanam et per celsitudinem suam et dominus papa faciat heredi meo tenere et possidere in pace.
Quod est actum tertio kalendas septembris anno domini millessimo ducentessimo octavo.
Sig+num Ermengaudi comitis Urgelli qui hoc testamentum propia manu mea firmo et laudo testibus ac manumissoribus firmare rogo.
Sig+num Albire comitisse.
Sig+num Guilelmi de Cervaria. - Sig+num Guilelmi vicecomitis Cardone. - Sig+num Petri abbatis Populeti. - A. de *Tolone subscribo cum + Salomone.- Sig+num Raymundi Berengarii de Ager. - Sig+num Raymundi de Montecatano.
Sig+num Guilelmi de Anglerola testis.
Raymundus Dominici qui hoc testamentum scripsit cum litteris suprapositis in vigessima linea et hoc + fecit:
Sig+num fratris Arnaldi de Tilella monachi Populeti. - Sig+num fratris Raymundi Sfortati monachi Populeti subscribentis.
Testes hujus translati.
Raymundus Dominici qui hoc testamentum translatavit cum litteris suprapositis in nona linea et hoc + fecit.

jueves, 4 de julio de 2019

LA CORONACIÓN DE PEDRO II EN ROMA

114. LA CORONACIÓN DE PEDRO II EN ROMA (SIGLO XIII. ROMA)
 
Pedro II, rey de Aragón, hizo un viaje que hoy llamaríamos de Estado a Roma, cuando ya llevaba gobernando los destinos del reino desde hacía ocho años. Allí, ante el Papa y con la intervención de éste, fue coronado solemnemente rey de los aragoneses.
 
De lo que ocurrió en Roma, así como del acto de la coronación efectuada por Inocencio III, pronto
comenzaron a correr versiones y noticias de todo tipo, algunas no exentas de cierta verosimilitud.
 
Parece ser que, según la leyenda naturalmente, era costumbre que el papa, para poner de mayor relieve
la dignidad pontificia, colocaba la corona sobre la cabeza de los reyes coronados con los pies, en lugar de hacerlo, como parece lógico, con las manos.
 
Pedro II, que se enteró de esta curiosa costumbre protocolaria cuando se hallaba en Roma, la estimó algo vejatoria y humillante para cualquier autoridad secular, por modesta que fuera, pero sobre todo para el representante de un reino tan importante como el aragonés. Ideó entonces cómo evitar pasar por el trance sin que ello molestara al pontífice.
 
Tras barajar varias alternativas con sus asesores, Pedro II se decidió finalmente por la de confeccionar
una corona de pan blando, con escasa corteza, que hizo elaborar y cocer el mismo día en que iba a tener lugar el acto de la solemne coronación.
 
Se preparó con todo detalle la ceremonia, a la que acudieron, aparte de los representantes vaticanos, no sólo la delegación aragonesa, sino también embajadores de otros Estados. Tras el rey Pedro II, un camarlengo portaba una bandeja con la corona de pan encima. El salón era todo luz.
 
Cuando llegado el momento de la coronación Inocencio III se descalzó y quiso tomar el pan con los pies para proceder como era costumbre, se vio imposibilitado para manejar la corona de pan blando, de modo que se vio obligado a tomarla con las manos para colocarla en la cabeza de Pedro II.
 
[Blancas, Jerónimo, Comentarios a las cosas de Aragón, pág. 5.
 
A la memoria de Jerónimo de Blancas, cronista del Reino de Aragón

https://archive.org/details/comentariosdela00blangoog/
 
Palacios, Bonifacio, La coronación de los Reyes de Aragón, 1204-1410, pág. 23.]
 
 
 
LA CORONACIÓN DE PEDRO II EN ROMA
 
Pedro II de Aragón el Católico en un acto feudal en febrero de 1198. Es la única imagen contemporánea al rey de Aragón que se conoce. Aparece sentado en el trono y coronado. Liber feudorum Ceritaniae (1200-1209).
 
Pedro II, Osca, als presentz, fuero, bando, occitano aragonés
 
Pedro II de Aragón, apodado «el Católico» (Huesca, julio de 1178a​-Muret, actual Francia, 13 de septiembre de 1213), fue rey de Aragón (1196-1213), conde de Barcelona (como Pedro I, 1196-1213) y señor de Montpellier (1204-1213). Era hijo de Alfonso II el Casto de Aragón y Sancha de Castilla.
 
Nació, casi con toda probabilidad en el mes de julio de 1178 en Huesca, ciudad en la que estaba su padre Alfonso II que ese mismo mes otorgó al menos dos documentos. Recibió el bautismo en la catedral de Huesca. Su infancia transcurrió en la capital altoaragonesa criado por su ama Sancha de Torres.
 
Pedro II gobernó como rey de Aragón, conde de Barcelona y señor de Montpellier; según Iglesias Costa esto suponía asumir el reconocimiento sobre Sobrarbe y Ribagorza, aunque esos títulos se omitieron desde Alfonso II.​ Estos eran antiguos condados ya unidos al Reino de Aragón en tiempos de Ramiro I.
 
En líneas generales, el reinado de Pedro II estuvo dedicado a la política en los territorios transpirenaicos con limitados resultados y finalmente fracasada, lo que, aparte de la merma crónica de recursos financieros y el endeudamiento de la corona durante su reinado, determinó una menor atención a la frontera hispánica, logrando apenas alguna posición avanzada en territorio andalusí, como Mora de Rubielos (1198) Manzanera (1202) Rubielos de Mora (1203), Camarena (1205) y Serreilla, El Cuervo, Castielfabib y Ademuz (1210)​ si bien desempeñó un papel político de apoyo a una acción cristiana conjunta que frenara la fuerza del poder almohade en la península, y participó activamente junto a Alfonso VIII de Castilla y Sancho VII de Navarra en la campaña que culminó en la batalla de Las Navas de Tolosa en 1212, un triunfo cristiano, según muchos decisivo, y de gran resonancia ya en aquellos momentos.
 
Pedro II renovó la infeudación o vasallaje de Aragón a San Pedro (al igual que ya hicieran tiempo atrás Sancho Ramírez y Pedro I) con su coronación por el papa Inocencio III en el monasterio de San Pancracio de Roma en noviembre de 1204, adquiriendo también el compromiso de la concesión al Papado de una suma anual.​ Esta política de legitimación papal le convirtió en el primer monarca del reino que fue coronado y ungido. A partir de él y por concesión de la Santa Sede en bula dictada el 6 de junio de 1205, los monarcas aragoneses debían ser coronados en la Seo de Zaragoza de manos del arzobispo de Tarragona tras solicitar la corona al Papa (formalidad que implicaba el permiso de Roma), haciéndose extensiva esta prerrogativa a las reinas en 1206.

Los Reys Darago

 
 
Casado en 1204 con María de Montpellier, un matrimonio guiado por sus intereses en el mediodía francés que le proporcionó la soberanía sobre la ciudad de Montpellier, su escasa vida marital estuvo a punto de crear una situación de crisis sucesoria por falta de heredero. La reina María dio finalmente un hijo, Jaime I, (treta palaciega) que garantizó la continuidad de la dinastía aunque hubo un intento de divorcio, que el Papa no concedió, para casarse con María de Montferrato, heredera nominal del reino cruzado de Jerusalén, por entonces inexistente ya en la práctica.
 
 
occitania, Aragón, 1213
Occitania, Aragón, 1213

 


Pedro II no renunció a la política en Occitania y con él se dan, a la vez, la culminación y el fracaso de esa política en la Corona de Aragón que, heredada de la casa condal de Barcelona desde el siglo XI y las campañas con ayuda de magnates ultrapirenaicos de Alfonso I de Aragón, su padre Alfonso II había acrecentado en su doble condición de Rey de Aragón y Conde de Barcelona.

Ramón Berenguer I había iniciado, en oposición a los condes de Tolosa, una política de penetración en Occitania del condado de Barcelona con la adquisición de los territorios de los condados de Carcasona y Rasés (más tarde perdidos a manos de los Trencavel), que continuó en el siglo XIII con Ramón Berenguer III y IV, consolidando su posición en la zona como condes de Provenza y obteniendo, entre 1130 y 1162, el vasallaje de numerosos señores en la zona.

Alfonso II, en el contexto de la expansión almohade (que actuaba de freno a la expansión hacia el sur en la Península Ibérica), pero ahora también como primer soberano titular de la Corona de Aragón (lo que le proporcionaba una base de poder territorial más amplia) había reforzado su presencia en Occitania frente al expansionismo del condado de Tolosa y estuvo «a punto de crear un reino pirenaico que englobara las cuencas del Ebro y del Garona». Pedro II será quien con más decisión lo intentará hacer realidad, culminando la tradición dinástica occitana ahora en un nuevo contexto de alianzas ante el intento de expansión en la zona de otra monarquía rival, los capetos.

Pese a que el condado de Provenza, perteneciente a la Casa de Aragón-Barcelona, había sido asignado a su hermano Alfonso II de Provenza, Pedro II mantuvo su actividad en aquel complejo tablero de intereses marcado por su atomización política, el intento de expansión francesa sobre ella, el desarrollo del catarismo y los consiguientes conflictos con el papa Inocencio III, interesado en erradicarlo e imponerse en la zona.

En 1200 concertó el matrimonio de su hermana Leonor y Raimundo VI de Tolosa. En un concilio en Bagnères-de-Luchon de 1201, Bernardo IV de Cominges se hizo vasallo del rey de Aragón, a cambio de la entrega del Valle de Arán, que pertenecía al rey católico.
En 1202 se celebró la boda del conde de Tolosa con la infanta Leonor.
En 1204, Pedro II se casó con María, heredera del conde de Montpellier, teniendo además, como vasallo, a Ramón-Roger Trencavel, vizconde de Béziers y Carcasona. Ese mismo año intervino en la zona forzando una paz entre su hermano, el conde de Provenza, y el conde de Forcalquier, aliado de Pedro II.

Asimismo se hizo feudatario de la Santa Sede en noviembre de ese mismo año, sin duda con las miras puestas en jugar un papel político en la zona desde una posición de preeminencia y legitimidad, en su condición de rey coronado por el Papa y distanciado del catarismo, catarrismo no, contra el que tanto en Provenza como en Montpellier se tomaron algunas medidas, teniendo que sofocar en esta última ciudad una revuelta en 1206.

Por otro lado, interesado en una alianza con el Sacro Imperio Romano Germánico, comprometió a otra de sus hermanas, Constanza, con el rey de Sicilia Federico II Hohenstaufen, matrimonio que se culminó en 1210, para ser en 1212 coronadas como emperadores del Sacro Imperio.

A lo largo de los siglos xii y xiii, la influencia del catarismo, una herejía cristiana con orígenes en Asia Menor y los Balcanes (paulicianos y bogomilos), se había ido extendiendo en el occidente latino y consolidado con fuerza en la llamada Occitania o territorios del actual mediodía francés, donde se estructuró una Iglesia cátara con varios obispados y cuyo epicentro era la zona de la ciudad de Albi, por lo que también se lo denomina movimiento albigense. La situación de coexistencia con esta iglesia rival, tolerada por los poderes de la zona (situación favorecida por la atomización del poder político y la ausencia de un centro de poder efectivo en Occitania, nunca logrado por el condado de Tolosa), amenazaba allí la hegemonía de la Iglesia romana.

Al mismo tiempo, la prosperidad occitana despertaba la ambición expansionista de la monarquía francesa de los Capetos y de sus baronías de la Isla de Francia, dispuestos a servirse de cualquier argumento para intervenir en los territorios de la Langue d'oc.
Por su parte, Inocencio III encontró en la monarquía francesa el medio más favorable de atajar la «herejía» y reducir a sus prosélitos a la obediencia a Roma, por lo que se mostró siempre complaciente y predispuesto a favorecer las empresas del rey francés, a quien también apoyará en la batalla de Bouvines y en sus conflictos con Inglaterra.
De esta comunión de intereses surgió la cruzada contra los albigenses que se empezó a fraguar a inicios del siglo xii y que finalmente el papa predicó en toda la cristiandad latina, con especial éxito en la Isla de Francia, legitimando al monarca francés en su política expansiva al enviar contra los territorios occitanos –considerados heréticos por Roma– un poderoso ejército mandado por Simón de Montfort bajo la denominación de Cruzada.

Dinero de Pedro II de Aragón (1205-1213). Anverso: Busto del rey coronado. Leyenda: PETRO REX. Reverso: Cruz procesional sobre vástago con florituras de ramas a los lados o «arbor ad modum Floris» (mal llamada "Encina de Sobrarbe", como se interpretó desde el siglo XVI). Leyenda a ambos lados del vástago: ARA-GON.
 
Dinero de Pedro II de Aragón (1205-1213). Anverso: Busto del rey coronado. Leyenda: PETRO REX. Reverso: Cruz procesional sobre vástago con florituras de ramas a los lados o «arbor ad modum Floris» (mal llamada "carrasca o encina de Sobrarbe", como se interpretó desde el siglo XVI).
Leyenda a ambos lados del vástago: ARA-GON.

El acontecimiento que desató el conflicto fue el asesinato en enero de 1208 de Pierre de Castelnau, enviado a Toulouse como legado papal para mediar en nombre de Roma, que indujo al Papa a excomulgar al conde de Toulouse y promulgar la cruzada contra los albigenses.

La guerra «relámpago» en 1209 se dirigió inicialmente contra los vizcondados de la dinastía occitana Trencavel, donde se produjo la brutal toma de Béziers, con una matanza generalizada sin distinción de credo que quedó luego ilustrada en la célebre frase atribuida por las crónicas al legado papal Arnaud Amaury.​ Esta fase inicial de la cruzada acabó con el sitio y la subsiguiente toma de la ciudad de Carcasona en el verano de 1209, tras lo cual le fueron otorgadas al cruzado francés Simón de Montfort, por el propio legado papal, las tierras sometidas de la familia Trencavel. Desde sus nuevas posesiones mantendría una política de ataques y asaltos a los señoríos de la zona incluido el fracasado intento de toma de Toulouse en 1211 y comenzaba la persecución y quema de cátaros a través de la Inquisición, creada expresamente por Roma en 1184 con el objetivo de erradicar la llamada herejía cátara o albigense.

La situación creada generó entre los poderes occitanos un sentimiento de amenaza y repulsa ante la intervención francesa y la cruzada que era propicio para que Pedro II el Católico, como rey y vasallo del papado desde 1204, pudiera obtener una posición de prestigio en la zona actuando como intercesor ante el papado y protector ante Simón de Montfort (ya en la toma de Carcasona de 1209 evitó una matanza negociando con los cruzados una expulsión de los cátaros), prestigio acrecentado con su participación exitosa contra los musulmanes en las Navas de Tolosa. Habiendo obtenido el vasallaje del conde de Toulouse, Raimundo VI, y de otros poderes de la zona, desplegó una política de pacificación concertando el matrimonio de su hijo, el futuro Jaime I, con la hija de Simón de Monfort, entregándole a este, como garantía, la tutela del joven príncipe y único heredero del linaje, que permaneció en Carcasona. Asimismo negoció con Arnaud Amaury, ahora obispo de Narbona y también presente en la campaña de las Navas, la convocatoria de un sínodo en Lavaur para intentar la reconciliación.

Tras el fracaso de la reconciliación entre occitanos y Simón de Montfort, Pedro II se declaró protector de los señoríos occitanos amenazados y de Toulouse. Pese a que su hijo permanecía bajo tutela en poder de Simón de Montfort y la excomunión de Inocencio III, que había optado finalmente por apoyar la causa francesa, reunió finalmente un ejército en sus reinos y territorios peninsulares con el que pasó los Pirineos y junto a los aliados occitanos puso cerco a la ciudad de Muret, donde acudió Simón de Montfort. Partiendo de una situación ventajosa en cuanto a fuerzas y avituallamientos, en la campaña, parece ser, sus huestes actuaron con precipitación y desorganización sin esperar la llegada de todos los contingentes. Resultaría muerto al ser aislado por los caballeros franceses en un combate en el que el rey ocupaba una posición de peligro en la segunda escuadra, en lugar, según era lo habitual, de situarse en la retaguardia. La muerte del rey trajo el desorden y la desbandada entre las fuerzas tolosano-aragonesas y la consiguiente derrota.​ Muret supuso el fracaso y abandono de las pretensiones de la Corona de Aragón sobre los territorios ultrapirenaicos y, según el autor Michel Roquebert, el final de la posible formación de un poderoso reino aragonés-occitano que hubiera cambiado el curso de la historia de Francia y España.

Excomulgado por el mismo Papa que lo coronó, permaneció enterrado en los Hospitalarios de Toulouse, hasta que en 1217 el Papa Honorio III autorizó el traslado de sus restos al panteón real del Monasterio de Santa María de Sigena en Huesca, donde fue enterrado fuera del recinto sagrado.

Muerto Pedro II, Simón de Monfort mantenía aún en custodia a Jaime, el heredero al trono, que había quedado en ese mismo año de 1213 huérfano de padre y de madre, al morir también la reina María de Montpellier con solo 33 años en Roma, donde había viajado para defender la indisolubilidad de su matrimonio.

Ante esta situación, los nobles aragoneses y catalanes posiblemente solicitaran la restitución del joven heredero a Simón de Montfort. Se envió una embajada del reino a Roma para pedir la intervención de Inocencio III quien, en una bula y por medio del legado Pedro de Benevento, exigió contundentemente a Simón de Montfort la entrega de Jaime que se produjo finalmente en Narbona en la primavera de 1214, donde le esperaba una delegación de notables de su reino, entre los cuales se encontraba Guillem de Montredon, maestre del Temple en Aragón encargado de su tutela.

Siendo un niño, Jaime I de Aragón cruzará por primera vez los Pirineos para ser, junto a su primo, Ramón Berenguer V de Provenza, formado y educado con los templarios de Aragón en Monzón, deteniéndose antes en Lérida, donde le juran fidelidad unas Cortes conjuntas de Aragón y Condado de Barcelona.

 
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