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lunes, 22 de junio de 2020

251. NACIMIENTO DE SAN JUAN DE LA PEÑA

7. ASPECTOS RELIGIOSOS.

7.1. LOS MONASTERIOS.

251. NACIMIENTO DE SAN JUAN DE LA PEÑA (SIGLO VII. SAN JUAN DE LA PEÑA)

NACIMIENTO DE SAN JUAN DE LA PEÑA (SIGLO VII. SAN JUAN DE LA PEÑA)


Don Juan de Atarés era un respetado caballero cristiano que, perteneciente a una noble y prestigiosa familia hispanogoda, tenía su casa solariega en Atarés, pueblecito cercano a Jaca, donde fundamentalmente se dedicaba a la agricultura y a la ganadería. Un día, a fines del siglo VII, movido por su profunda vocación religiosa, decidió renunciar a sus cuantiosos bienes y a su familia y se hizo penitente.

Se estableció en solitario Juan de Atarés en una cueva del monte llamado Pano, en un aislado paraje de la sierra de San Juan, cerca de Jaca, donde pasaba las horas orando. Un día, sin saber por dónde había llegado, lo fue a visitar un caballero ricamente vestido (era, en realidad el propio Lucifer disfrazado) y ambos salieron a hablar al exterior de la cueva. De pronto se oyó un gran estruendo y las piedras de la montaña comenzaron a moverse hasta formar un hermoso palacio. Mostró así Satanás a don Juan su inmenso poder y le incitó a que renunciara a Dios regresando a las cosas del siglo. Por respuesta, el anacoreta Atarés comenzó a rezar y cayó al suelo privado de sentido.

Cuando volvió en sí vio que se hallaba en presencia de un ángel y observó cómo el suntuoso palacio se venía abajo con otro gran estruendo. «Ya ves lo que queda del poderío del enemigo de Dios que ha venido a tentarte», le dijo el ángel, y le pidió que se trasladara a una gran cueva que había en el monte Uruel y labrara allí un altar bajo la advocación de san Juan Bautista, a quien debía encomendar su vida y su alma.

Una vez que desapareció el ángel, Juan de Atarés se aprestó a cumplir la orden recibida. Anduvo por el monte y encontró una oquedad, en cuyo fondo existía una inmensa gruta. Preparó un pequeño habitáculo para resguardarse de la intemperie y colocó una imagen de san Juan Bautista toscamente modelada con su propia navaja en un improvisado altar, fundando así una iglesia en honor de san Juan, donde andando el tiempo surgiría un famoso monasterio en el que los monjes harían vida en común y de donde arrancaría —la leyenda se encargará de decírnoslo— el nacimiento del reino de Sobrarbe y del condado de Aragón.

[Libro de S. Voto. Manuscrito Bibl. Universitaria de Zaragoza. Cop. siglo XIII, fol. 0-2.
Papebroch, D., Acta Sanctorum, Mai VII, págs. 61-63.
Risco, P., España Sagrada, 30, págs. 400-408.
Sánchez Pérez, José A., El Reino de Aragón, págs. 118-120.]

 
 
 

DON PEDRO DE ATARÉS, FUNDADOR DE VERUELA

258. DON PEDRO DE ATARÉS, FUNDADOR DE VERUELA (SIGLO XII. VERUELA)

DON PEDRO DE ATARÉS, FUNDADOR DE VERUELA


Don Pedro de Atarés (o Pedro Taresa, como le denominan algunos documentos), uno de los seniores o tenentes más importantes del momento, era un noble aragonés emparentado con la monarquía, que a punto estuvo de convertirse en rey tras la muerte de Alfonso I el Batallador, ante la crisis dinástica que entonces tuvo lugar. Tenía don Pedro el centro principal de su señorío en Borja y sus tierras aledañas.
 
Era don Pedro un hombre de acción, por lo que también era frecuente verle recorrer sus dominios, interesándose por todo cuanto en ellos acontecía. No es extraño, pues, que, en cierta ocasión, una auténtica tempestad le sorprendiera en las inmediaciones del Moncayo, donde de paso pretendía cazar.
 
Se perdió el noble en plena montaña y a punto estuvo de despeñarse con su cabalgadura. La cortina de agua era intensa; varios rayos cayeron a su alrededor segando de raíz inmensos árboles; las torrenteras se habían convertido en auténticas cataratas; y el viento huracanado apenas dejaba avanzar a su caballo que, enloquecido por el espectáculo, acabó por derribar al jinete, que se encontraba perdido y solo.
 
Quizás por la gran devoción que le profesaba, en momento tan trágico para el noble se le apareció la Virgen a don Pedro. Venía a consolarle y a infundirle ánimos para seguir luchando contra los elementos adversos, como así sucedió. A la vez, invitó al señor de Borja a que levantara en aquellos parajes un monasterio en su honor, para que se convirtiera en centro espiritual de la comarca y en refugio de los caminantes como él.
 
Pocos días después de acaecido este suceso, don Pedro de Atarés preparó los documentos pertinentes, dotó de dinero el proyecto que le diseñó su propio arquitecto y comenzó a levantar, con obreros llegados de todas las latitudes, el que se conocería como monasterio de Santa María de Veruela y que encomendó a una congregación de monjes cistercienses, orden religiosa que hizo del cenobio un centro de enorme importancia repobladora y cultural para el desarrollo ulterior del Reino.
 
[Recogida oralmente.]

viernes, 28 de junio de 2019

LA DONACIÓN DE ABETITO A SAN JUAN DE LA PEÑA, SIGLO X

3. EL MUNDO CRISTIANO
 
3.1. LOS REYES
 
88. LA DONACIÓN DE ABETITO A SAN JUAN DE LA PEÑA (SIGLO X. SAN JUAN DE LA PEÑA)
 
LA DONACIÓN DE ABETITO A SAN JUAN DE LA PEÑA  (SIGLO X. SAN JUAN DE LA PEÑA)
 
 
Durante el largo reinado de don García Sánchez II (934-970), en cierta ocasión visitó y permaneció
durante varias jornadas en el monasterio de San Juan de la Peña el conde de Aragón Fortún Jiménez, siendo muy bien recibido y acogido por la congregación de frailes que entonces encabezaba con
reconocido acierto el abad Jimeno.

Sin duda alguna —por las naturales dificultades que para el desarrollo de la agricultura presentaba el terreno en el que estaba asentado—, la base en la que sustentaba su economía el cenobio pinatense era eminentemente ganadera, lo cual significaba, sin duda alguna, una cierta colisión de intereses con
los rebaños del cercano poblado de Atarés, de modo que el abad Jimeno debió convencer al conde para que tratara de delimitar con claridad y legalmente los términos donde podían pacer sin impedimentos los ganados de su subsistencia y evitar así enfrentamientos que no deseaban.

Poco tiempo después de aquella visita, comunicó el conde Fortún Jiménez al rey el proyecto y, acompañados por el obispo jaqués Fortún, decidieron trasladarse ambos al monasterio no sólo para redactar y firmar el documento de delimitación, sino también para recortar al conde de Atarés algunas de sus importantes prerrogativas y donar al cenobio quinientos siclos de plata, una antigua moneda bíblica. Además, el monarca decidió confirmar a los monjes la licencia para llevar a pacer sus ganados y cortar leña en el monte Abetito.
 
Años después, ya en 959, según la tradición, regresó en cierta ocasión a San Juan de la Peña el rey García Sánchez II y, viendo que, a pesar de sus órdenes concretas, los monjes se sentían completamente inermes ante el poderoso señor de Atarés, ordenó que los términos pinatenses no pudiesen ser atravesados por nadie a no ser con el permiso expreso del abad o, en caso contrario, los monjes tenían potestad desde aquel momento para matar vacas, puercos y carneros sin que ello pudiera dar origen a ningún tipo de pleito real. Desde aquel instante, el monasterio de San Juan de la Peña comenzaba a cimentar así el que sería con el tiempo su importante señorío.
 
[Risco, P., España Sagrada, 30, págs. 409-413.
Ubieto, Antonio, Historia de Aragón: Literatura medieval, I, págs. 45-46.]
 
 
 

jueves, 23 de mayo de 2019

FUNDACIÓN Y DESTRUCCIÓN DE LA CIUDAD DE PANO

2.81. FUNDACIÓN Y DESTRUCCIÓN DE LA CIUDAD DE PANO (SIGLO VIII. SAN JUAN DE LA PEÑA)
 
FUNDACIÓN Y DESTRUCCIÓN DE LA CIUDAD DE PANO  (SIGLO VIII. SAN JUAN DE LA PEÑA)
 
 
En los momentos inmediatamente posteriores a la conquista musulmana de Zaragoza, la principal ciudad
del valle medio del Ebro, no era extraño advertir la presencia de pequeños grupos de cristianos huidos y escondidos en bosques, cuevas y montes que esperaban a ver cómo se desarrollaban los acontecimientos por si podían regresar a los hogares que habían abandonado de manera precipitada. Estos fugitivos solían reunirse para llorar sus penas, solicitar la ayuda de Dios y ayudarse unos a otros. Fue en una de estas reuniones cuando, ante la permanencia de los moros en la ciudad, surgió la idea de reconquistar las tierras perdidas y tratar de fundar una ciudad cristiana.
Animados por esta ilusionante idea, los cristianos huidos —que conocían perfectamente la zona, pues no en vano era su casa— escogieron una cumbre inaccesible, la cima del monte Pano, como lugar de asentamiento de su primera ciudad tras la invasión agarena. Dicho monte, que situado entre Santa Cruz de la Serós y Botaya, está coronado en su cima por una extensa llanura, por lo que el trazado y la construcción fueron fáciles, máxime cuando aún hoy por allí abundan la piedra y la madera. Se dieron cita en aquel lugar familias enteras que se rigieron por los antiguos usos y costumbres bajo la protección de la Cruz, el auténtico símbolo de su fe.
No tardó mucho en llegar la noticia de la existencia de esta nueva y pequeña comunidad a oídos de
Abdelaziz, gobernador musulmán de Zaragoza, quien, temeroso de que aquel intento pudiera constituir algún peligro, dispuso inmediatamente un ejército, capitaneado por Abdemelic, para tratar de someter a la ciudad de Pano.
 
Cuando los cristianos advirtieron la presencia del ejército musulmán se aprestaron a defender sus casas.
En principio, las dificultades para acceder al lugar escogido pudieron mantener a salvo sus casas y enseres por un cierto espacio de tiempo, pero finalmente acabó imponiéndose el mayor poderío humano y bélico del ejército atacante, que penetró en la ciudad y la arrasó por completo, frustrando así el sueño de aquellas familias.
Nada quedó en la ciudad de Pano, salvo esta historia.
 
[Martínez y Herrero, B., Sobrarbe y Aragón..., I, págs. 46-48.]
 
https://es.wikipedia.org/wiki/Real_Monasterio_de_San_Juan_de_la_Pe%C3%B1a
 
El Real Monasterio de San Juan de la Peña situado en Botaya, al suroeste de Jaca, Huesca, Aragón (España), fue el monasterio más importante de Aragón en la alta Edad Media. En su Panteón Real fueron enterrados un buen número de reyes de Aragón. Forma parte del camino aragonés del Camino de Santiago. Su enclave es extremadamente singular.
 
Cuenta la leyenda, que un joven noble de nombre Voto (en algunas versiones, Oto), vino de caza por estos parajes cuando avistó un ciervo. El cazador corrió tras la presa, pero ésta era huidiza y al llegar al monte Pano, se despeñó por el precipicio. Milagrosamente su caballo se posó en tierra suavemente. Sano y salvo en el fondo del barranco, vio una pequeña cueva en la que descubrió una ermita dedicada a San Juan Bautista y, en el interior, halló el cadáver de un ermitaño llamado Juan de Atarés. Impresionado por el descubrimiento, fue a Zaragoza, vendió todos sus bienes junto a su hermano Félix se retiró a la cueva, e iniciaron una vida eremítica.
 
Este sería el inicio del Monasterio del que escribía don Miguel de Unamuno:
 
...la boca de un mundo de peñascos espirituales revestidos de un bosque de leyenda, en el que los monjes benedictinos, medio ermitaños, medio guerreros, verían pasar el invierno, mientras pisoteaban la nieve jabalíes de carne y hueso, salidos de los bosques, osos, lobos y otros animales salvajes.
 
Claustro de San Juan de la Peña.
Claustro de San Juan de la Peña.

 

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Se habitan estas montañas poco después de la conquista musulmana, al construir el castillo de Pano, destruido en el año 734. El origen legendario del Reino de Aragón también encuentra en el monasterio cueva de San Juan de la Peña su propia historia, cuando reunidos los guerreros cristianos junto a Voto y Félix deciden por aclamación nombrar a Garcí Ximénez su caudillo que les conducirá a la batalla por reconquistar tierras de Jaca y Aínsa, lugar este donde se produjo el milagro de la cruz de fuego sobre la carrasca del Sobrarbe.
 
Reinando en Pamplona García Íñiguez y Galindo Aznárez I, conde de Aragón, comienzan a favorecer al Monasterio. El rey García Sánchez I concedió a los monjes derecho de jurisdicción, y sus sucesores hasta Sancho el Mayor, continuaron esta política de protección. Allí pasó sus primeros años San Íñigo.
En el reinado de Sancho Ramírez de Aragón adquiere su mayor protagonismo llegando a ser panteón de los reyes de Aragón.
 
Fueron devastadores los incendios de 1494 y 1675. A raíz del último de ellos, se construyó el Monasterio Nuevo. El Monasterio Antiguo fue declarado Monumento Nacional el 13 de julio de 1889 y el Monasterio Moderno el 9 de agosto de 1923. La restauración fue dirigida por el arquitecto modernista aragonés Ricardo Magdalena.
 
Probablemente existiera algún tipo de cenobio anterior al siglo XI, pero la construcción de mayor importancia empieza el año 1026 por iniciativa de Sancho el Mayor. En el año 1071 el rey Sancho Ramírez cede el conjunto existente a los monjes cluniacenses y favorece su reforma. En este momento se levanta el conjunto que hoy queda, en mayor o menor medida. La reforma benedictina de Cluny no podía obviar la construcción de un claustro que se finalizará ya entrado el siglo XII.
 
A finales del siglo XI son un conjunto de capiteles de influencia jaquesa del claustro con temas de animales fantásticos y algunos motivos geométricos y vegetales donde destacan los roleos. Un segundo grupo, formado por veinte capiteles, fue encargado en el último tercio del siglo XII al llamado maestro de San Juan de la Peña, autor anónimo, también conocido como Maestro de Agüero, probablemente para sustituir otro anterior.​ El pequeño recinto ofrecía un cerramiento diáfano en forma de arcadas separadas por columnas. Los arcos se veían rematados con cenefas con el típico taqueado jaqués.
 
El Maestro desarrolla un programa sobre escenas bíblicas donde aparecen entre otras el Anuncio a los pastores, la Natividad, la Anunciación, la Epifanía, el Bautismo y la Circuncisión de Jesús, la Última Cena, episodios sobre Caín y Abel, la Creación de Adán y Eva, así como su Reprobación y posterior condena al trabajo. Seguramente el maestro de Agüero solo elaboró los capiteles para dos alas del claustro ya que a finales del siglo XII el monasterio entró en franca decadencia. El programa iconográfico que plantean los 26 capiteles que conservamos parece enfocar la Salvación a través de la Fe escogiendo los episodios más significativos para ello.
 
Se trabaja con bajorrelieves casi todos dominados por un horror vacui muy acentuado que provoca contorsiones en algunas figuras que superan el propio marco sacando un brazo como en la escena de Jesús y los Apóstoles. Los gestos son exagerados, casi teatrales, acentuando los ojos y la boca, y confiriendo narratividad a las escenas. En cuanto a las formas, estas se someten a esquemas geométricos que dominan desde la configuración del rostro o los pliegues de los paños, hasta los movimientos de caballos o de la misma agua que se vierte de un jarro a otro.
 
En el piso superior se encuentra el Panteón real. En él, durante cinco siglos se enterraron algunos de los monarcas de Aragón y de Navarra. Su aspecto actual data del siglo XVIII.
 
En San Juan de la Peña, los reyes de Aragón fueron sepultados en tumbas de piedra colocadas en tres órdenes superpuestos, desde la roca hacia afuera, presentando a la vista solo los pies del féretro. El panteón real ocupa las dependencias de la antigua sacristía de la iglesia alta, que data del siglo XI; fue reformado por Carlos III en 1770, siguiendo las indicaciones de don José Nicolás de Azara y del conde de Aranda, quien quiso ser enterrado en el atrio. La reforma solo afectó a la decoración, quedando los sepulcros en el mismo lugar; se levantó delante de ellos una pared en la que se colocaron láminas de bronce con las inscripciones correspondientes, se distribuyó por la sala profusión de estucos y mármoles, colocando en la pared frontera unos medallones con relieves que representan escenas de legendarias batallas.
 
Alberga los restos de algunos monarcas navarros que reinaron en Aragón, de los primeros condes aragoneses y de los tres reyes iniciales de la dinastía ramirense, Ramiro I, Sancho Ramírez, Pedro I, junto con sus esposas.
 
En 1889 se le otorga el título de Monumento Nacional que en 1920 es completado con la declaración por parte del rey Alfonso XIII como Sitio Nacional. Ya el 2 de febrero de 2004, el Gobierno de Aragón completa su declaración como Bien de interés cultural con la protección del conjunto monástico y su entorno.
 
La mayor parte del fondo documental del Monasterio se trasladó al Archivo Histórico Nacional de Madrid, donde se encuentra en la sección de Clero. Atendiendo a los trabajos publicados, la documentación se divide en tres grandes grupos:
 
Textos más antiguos, entre 507 y 1064, que se recogen en el Cartulario de San Juan de la Peña.
Documentos fechados entre 1064 y 1194.
Documentos fechados entre 1195 y finales del siglo XV.
 
Según la leyenda española sobre el Santo Grial, este permaneció en el monasterio, después de pasar por diversas ubicaciones como la cueva de Yebra de Basa, monasterio de San Pedro de Siresa, iglesia de San Adrián de Sásabe, San Pedro de la Sede Real de Bailo, la Catedral de Jaca, desde 1071 hasta 1399.
 
La necesidad de atraer a los peregrinos a Santiago que pasaban por el cercano camino de Jaca al monasterio aconsejó que en él se ubicara la reliquia. En 1399 el rey Martín I se llevó el vaso sagrado al palacio de la Aljafería de Zaragoza, donde estuvo más de veinte años, después de una breve estancia en Barcelona, acompañando al rey y posteriormente se trasladó a la Catedral de Valencia.
 
El primer lugar en España donde se celebra con el rito Romano es en el Reino de Aragón en el monasterio de San Juan de la Peña, el 22 de marzo de 1071, durante la estancia del Santo Cáliz en el monasterio y a continuación se oficializa en el resto del reino, sustituyendo al rito mozárabe.
 
Martínez y Herrero, Bartolomé (1866). Sobrarbe y Aragón : estudios históricos sobre la fundación y progreso de estos reinos, hasta que se agregó á los mismos el Condado de Barcelona. pp. 54-59.

http://bibliotecavirtual.aragon.es/i18n/consulta/registro.cmd?id=3703
 
Enríquez de Salamanca, Cayetano, Rutas del románico en la provincia de Huesca, Las Rozas (Madrid), 1987, pág. 42, ISBN 84-398-9582-8.

Lapeña Paúl, Ana Isabel (1997). «Documentos en romance del Monasterio de san Juan de la Peña (primera serie, siglo XIII-1325)». Alazet, 9, pp. 215-249.


La introducción del rito romano en Aragón y Navarra.

 

http://www.jacetania.es/jacetaneas/opencms/site/web/conoce_la_comarca/jaca/botaya/?comboIdiomas=spanish

lunes, 22 de junio de 2020

252. VOTO Y FÉLIX, EN SAN JUAN DE LA PEÑA

252. VOTO Y FÉLIX, EN SAN JUAN DE LAPEÑA
(SIGLO VIII. SAN JUAN DE LA PEÑA)

VOTO Y FÉLIX, EN SAN JUAN DE LA PEÑA


Los hermanos Voto y Félix provenían de una noble familia hispanogoda y vivían con su padre en la fortaleza construida en uno de los montes pirenaicos donde se congregaron buena parte de los cristianos huidos de Zaragoza tras la invasión árabe. Un buen día el anciano padre los alertó acerca de un grito o quejido que había oído en la Peña Maladeta y de una densa nube negra que rodeaba la cumbre del monte Cóculo, ambos hechos indicadores, según la tradición, de que iba a suceder una gran desgracia.

No tardó mucho tiempo en concretarse aquel augurio porque, en efecto, desde la torre de la fortaleza vislumbraron junto al río Aragón un numeroso ejército de musulmanes, que no tardó en penetrar en las primeras casas. Pronto se trabó una verdadera batalla, de la que salieron victoriosos los árabes, que regresaron con un respetable botín de guerra. Voto y Félix, que resultaron heridos en la refriega, hallaron al pie de la torre el cadáver de su padre.

Poco más o menos un año después, en una tarde de otoño de los primeros años del siglo VIII, Voto salió de caza por los montes. Divisó un ciervo y corrió tras él; éste, en su huida, cayó a un abismo. Voto, con el caballo desenfrenado y creyendo que iba a correr la misma suerte, se encomendó a san Juan Bautista, como le enseñara su padre, y el animal se paró en seco en el mismo borde del precipicio. Después de dar gracias a Dios por haberlo salvado, descendió por la pendiente y halló abajo una cueva, en la que encontró el cadáver de un viejo ermitaño, Juan de Atarés, a quien dio sepultura.

Conmovido su hermano Félix por el relato que le hizo Voto de lo ocurrido, ambos decidieron ceder a los pobres sus cuantiosos bienes y retirarse a la cueva para consagrarse a la oración y la penitencia.
Pocos años después se les agregaron, según la tradición, otros dos anacoretas de Zaragoza, Benedicto o Benito y Marcelo. Había nacido la primera comunidad del monasterio de San Juan de la Peña.

[Sánchez Pérez, José A., El Reino de Aragón, págs. 120-122.]

253. GARCÍA JIMÉNEZ FUNDA SAN JUAN DE LA PEÑA

253. GARCÍA JIMÉNEZ FUNDA SAN JUAN DE LA PEÑA (SIGLO VIII. SAN JUAN DE LA PEÑA)
 
253. GARCÍA JIMÉNEZ FUNDA SAN JUAN DE LA PEÑA  (SIGLO VIII. SAN JUAN DE LA PEÑA)
 
 
Un buen día, tras la debacle de la derrota ante los musulmanes, entre los años 716 y 724, unos trescientos guerreros cristianos, mal pertrechados y agotados por la fatiga, se guarecieron en la cueva donde moraban los cenobitas Voto, Félix, Benedicto y Marcelo para ponerse a su amparo y descansar, pues iban huyendo de una nueva incursión bélica de los musulmanes.
 
Durante un cierto tiempo, mientras reponían sus fuerzas y curaban sus heridas, imploraron la ayuda del cielo, celebrando ayunos, oraciones, vigilias y penitencias. Luego, transcurridos unos días de meditación, siguiendo el sabio consejo de los santos eremitas que les habían acogido y dado cobijo, acordaron hacer frente a los enemigos de los cristianos, a la vez que decidieron organizarse como una auténtica monarquía, tal como era costumbre en la Hispania goda antes de la llegada de los musulmanes y como sabían ocurría al otro lado de los montes Pirineos.
 
Reunidos todos los hombres y tras celebrar una a modo de asamblea general al amparo de aquella inmensa gruta, decidieron elegir y proclamar como primer rey de Sobrarbe a don García Jiménez, señor de Amezcoa y Abárzuza, quien, una vez investido de la dignidad real, cabalgando al mando de sus trescientos guerreros y cuantos hombres pudo reclutar a lo largo del camino, conquistó por las armas la lejana población de Aínsa, convertida desde entonces en capital del nuevo reino sobrarbense.
 
Cuando aquella importante gesta acabó, en pleno año del Señor de 732, en agradecimiento a los eremitas que les habían acogido y dado ánimos en momentos tan difíciles, el rey García Jiménez mandó construir en la enorme cueva un monasterio para monjes, al que dotó con la regla cenobítica de san Benito, el monje italiano. Acababa de morir así el anacoretismo y nacer la vida eremítica en común. Había nacido el que pronto se llamaría monasterio de San Juan de la Peña, en cuya abadía, convertida en panteón real, se guardaron los restos mortales de san Juan de Atarés, san Voto, san Félix y san Indalecio, y donde en adelante serían enterrados la mayoría de los reyes de Sobrarbe y luego de Aragón, además de muchos nobles y caballeros del viejo reino.
 
[La Ripa, Domingo, Defensa histórica..., pág. 59.]

sábado, 24 de diciembre de 2022

Convenientia inter Episcopos Aragonensem et Rotensem an. MLXXX. (1080)

XXXVI. 

Convenientia inter Episcopos Aragonensem et Rotensem an. MLXXX. (1080) (Vid. pág. 145). 

Ex arch. eccl. Rotensis, et ex autentico et coaevo translato in eccl. Illerd. (Lérida) 

In nomine sanctae Trinitatis. Hoc est testamentum pacti quod fecimus nos Episcopi, scilicet, ego Garsias, Aragonensis Episcopus, et ego Raimundus, Rotensis ecclesiae Episcopus. Orta namque contencio fuerat inter nos de antiquis terminis nostri episcopatus, quia olim, Christiana religione expulsa ex nostra patria, invadente impia Ismaelitarum gente Ispaniam, destructis Sedibus, captivata patria, fuerant nobis longa oblivione incogniti. Venientes itaque ante praesentiam excellentissimi ac piissimi Principis nostri Sancii facta ad invicem concordia constituimus causam iudicio eius. At ille divina inspirante clemencia statuit nobis certos finium limites per quos omnis occasio altercationis possit ammoveri et a nobis et a successoribus nostris. Itaque in Suprarbiensi (Sobrarbe) regione constituit terminos, ut sicut surgit illa serra quae vocatur Arvi (super Arvi o Arbi), habens ex septentrionali latere oppida quae vocantur Elson et Avinzanla, et protenditur in orientem contra castrum quod vocatur Civitas, pertingens usque ad fluvium qui dicitur Cincha (río Cinca): omnis haec regio Suprarbiensis ex supradicta parte septentrionalis lateris usque ad Pirineos montes, sicuti dividit supra dictus fluvius Cincha decurrens a Pirineo, sit juris Aragonensis episcopatus. Villa vero quae dicitur Belsa sita inter duos ramos fluminis ad radices eiusdem montis Pirinei totaque provincia ultra praedictum fluvium ad orientalem plagam, sit juris Rotensis ecclesiae. Iterumque constituit ut si miserante Deo fuerit gens Ismaelitarum a nostris finibus expulsa, sicuti ipso largiente in proximo futurum esse credimus et speramus, omnis regio Barbutana, sicuti descenditur ex supra scripta serra Arvi, habens ex meridiano latere castra quae vocantur Nabal (Naval) et Salinas et Alchezar (Alquézaral qsar) et alia quamplura usque ad rivum qui dicitur Alcanadre, simili modo sit juris ecclesiae Rotensis (a). Castrum vero quod dicitur Situli, et villa quae vocatur Biarag simulque omnis regio quae est infra supra scriptum rivum, sit juris ecclesiae Oscensis urbis. Hoc igitur decretum omni tempore ab omnibus Episcopis qui nobis loco et ordine successerint, volumus firmum illibatumque servare, ut pax et concordia sit inter eos, ut nulli deinceps pro supra dictis terminis litigandi occasio oriatur. Facta confirmationis pagina III. idus decembris, anno ab Incarnatione Domini LXXX. era vero C. XVIII. post M. in monasterio Sancti Johannis Babtistae de Penna, (San Juan Bautista de la Peña) anno XVIII. regni supra dicti Principis, (rey Sancii, Sancio, Sancho) consistente Abbate Sancio in eodem monasterio Sancti Johannis, Grimaldus vero Abbas in monasterio Sancti Victoriani, Sancius Galindez, (de Galindo, Sancho Galíndez) Comes in Boltangna (b: In Cartorali Bolutania) (conde en Boltaña) et in Atares (Atarés) et in Sosi (Sos), Centullus Bigorrensis Comes (Céntulo de Bigorra) in Penna et in AraSancius Ranimiriz, (Sancho Ramírezfrater Regis in Benavarre et in Fontova, Guillermus Servi Dei in Capella. = Ego Sancius gratias Deo Rex Pampilonensis et Aragonensis hanc definitionem laudo et proprio signo corroboro. = Signum + Sancii Regis. = Ego Petrus, Sancii Regis filius hanc definitionem laudo et proprio signo corroboro. = + (Firma en árabe) +. = Ego Sancius Porcho jussione Domini mei Regis hanc cartam scripsi et isto signo + feci. 

(a) In Cartorali eccl. Roten., núm. 24. sic: Sit juris ecclesiae Barbutanae urbis quae debet esse episcopalis Sedes loco antiquae urbis Hictosae, quia in suburbio eius est fundata pro ea. Castrum vero, etc. Haec verba desunt in transl. eccl. Illerd.

https://es.wikipedia.org/wiki/Pedro_I_de_Arag%C3%B3n (Petrus, Sancii Regis filius; Pedro I, hijo de Sancho I, Sancho Ramírez)

martes, 2 de julio de 2019

LA ELECCIÓN DE RAMIRO II COMO REY DE ARAGÓN

106. LA ELECCIÓN DE RAMIRO II COMO REY DE ARAGÓN (SIGLO XII)
 
 LA ELECCIÓN DE RAMIRO II COMO REY DE ARAGÓN  (SIGLO XII)
 
 
Tras la muerte sucesiva de los hermanos Pedro I y Alfonso I, ambos reyes de Aragón, tuvo lugar una crisis
política agravada por el hecho de que un tercer hermano, Ramiro, el descendiente más directo, era monje, lo cual dificultaba la sucesión.

El reino fue un hervidero político, buscando soluciones a la crisis. Entre ellas tomó cuerpo la defensa
que varios nobles hicieron de Pedro Taresa o Atarés, señor de Borja, emparentado con la monarquía reinante. Pero don Pedro mostraba un carácter altanero y soberbio y menos prudente de lo
necesario como para promover la adhesión de toda la nobleza. Ante el descontento que tal actitud despertaba, los seniores Pedro Tizón y Peregrino de Castillazuelo comenzaron a defender la causa del monje don Ramiro quien, de no estar dedicado a la Iglesia, hubiera sido el descendiente natural.
Unos y otros se reunieron todos en Borja, dando lugar a la primera reunión de Cortes del Reino conocida, con el objeto de discutir cuál de los dos pretendientes debía ser elevado a la dignidad real.

Llegaron varios seniores navarros dispuestos a votar a Pedro Taresa, y Pedro Tizón, ante la actitud hostil de algunos nobles aragoneses, se convirtió en su anfitrión y valedor, tratando de atraerlos a su causa, que no era otra que la de don Ramiro. Pedro Tizón, que debía gozar de grandes dotes de psicólogo, sabiendo que el candidato Pedro Taresa se hallaba solazándose en el baño, ignorando y despreciando a todos los demás nobles, pretendió que les recibiera, máxime cuando eran defensores de su causa. Como el arisco señor de Borja les negara la entrevista, se enfadaron con él y decidieron cambiar de candidato.

Llegado el momento de las discusiones y subsiguiente votación, la actitud de dichos magnates navarros
desequilibró las fuerzas, y don Pedro Taresa no contó con los apoyos necesarios. Y, si de momento no se adoptó una decisión definitiva, en la siguiente asamblea, celebrada en Monzón, se impuso la tesis de que don Ramiro saliera del convento para suceder como rey a su hermano Alfonso I el Batallador, como así se hizo. Poco después, Ramiro II el Monje se casaba con una hermana del conde de Poitou, pues debía asegurar la descendencia.
 
[Ximénez de Rada, Rodrigo, De rebus Hispaniae, pág. 118.
Ubieto, Antonio, Historia de Aragón: Literatura medieval, I, págs. 249-253.]


https://es.wikipedia.org/wiki/Borja_(Zaragoza)

https://es.wikipedia.org/wiki/Ramiro_II_de_Arag%C3%B3n

Ramiro II el Monje, rey, Aragón, rex Aragonum


Ramiro II de Aragón, apodado el Monje o el Rey Campana (24 de abril de 1086 - 16 de agosto de 1157), fue rey de Aragón entre 1134 y 1157. En la renuncia de Zaragoza se comprometió a desposar a su única hija, Petronila, cuando ésta tenía un año de edad, con el conde Ramón Berenguer IV de Barcelona en 1137 (los esponsales se firmaron en Barbastro el 11 de agosto de 1137), en quien delegó el poder de facto, abandonó el ejercicio de su cargo y se retiró a la vida eclesiástica que había llevado antes de su entronización.

Desde muy joven pasó su vida dedicado a la Iglesia, primero como monje en el monasterio francés de San Ponce de Tomeras, luego como abad de San Pedro el Viejo (Huesca) y, por último, como obispo de Roda.

Su hermano, el rey Alfonso I, legó sus reinos a las Órdenes Militares (es decir, a la orden de los Templarios, a los Sanjuanistas y a los caballeros del Santo Sepulcro de Jerusalén), pero nadie pensó en cumplir dicho testamento, y los nobles aragoneses, reunidos en Jaca, reconocieron a Ramiro como rey. Por su parte, los navarros eligieron a García el Restaurador.

Ramiro era por entonces obispo de Roda-Barbastro y se encontraba celebrando la Natividad de la Virgen en Tierrantona​ cuando recibió la noticia de la muerte de su hermano el día anterior, teniendo que ocupar el trono. Su coronación tuvo lugar en Zaragoza el 29 de septiembre de 1134.​

El historiador Luis García de Valdeavellano señala acerca de la legitimidad de Ramiro II para acceder al trono aragonés:​
Ramiro II era indudablemente el legítimo heredero del Reino; conforme al derecho navarro-aragonés, a él correspondía heredar los territorios tradicionales de Aragón, y Alfonso I sólo podía, en realidad, haber dispuesto libremente de las tierras ganadas, o sea de los "acapetos" o conquistas, constituídas [sic] por el "Regnum Caesaraugustanum" (Zaragoza, Calatayud, Daroca, etc.)

Valdeavellano, loc. cit, pág. 439. 

Ramiro II, escucha, mira cómo se oyen las campanadas

Ramiro II gobernó como rey de Aragón, rey de Pamplona y conde de Sobrarbe y Ribagorza.
Los dos últimos eran antiguos condados unidos al Reino de Aragón en tiempos de Ramiro I.

A pesar de no tener experiencia política, sofocó con éxito varias revueltas durante su reinado, que mantuvo entre 1134 y 1157, siendo sucedido como reina en título (aunque sin potestad para ejercer el dominio, por su condición de mujer) por Petronila de Aragón, nacida del legítimo matrimonio de Ramiro con Inés de Poitou.
Petronila reinó entre 1157 y 1164, año en que esta abdicó en favor de su hijo Alfonso II, primer rey de la Corona de Aragón.

En el Reino de Aragón había varios bandos nobiliarios que luchaban por alcanzar mayores cotas de poder y de riqueza. Esos bandos se enfrentaron entre sí aprovechando el cambio de monarca. En una de esas disputas, Ramiro II estuvo a punto de perder el trono, por lo que tuvo que refugiarse en Besalú en 1135. El Rey Ramiro II fue a pedirle consejo a su antiguo abad, el cual le dijo que para solucionar los problemas en su reino debería arrancar las malas hierbas. A su vuelta el Rey Ramiro II dijo que iba a construir una campana lo suficientemente grande como para que se escuchara en todo su reino.
Los nobles que fueron a ver esa campana para reírse de él fueron hechos pasar uno a uno a una habitación donde fueron degollados.
Se cuenta que mientras les degollaba les iba diciendo "escucha, escucha, mira cómo se oyen las campanadas". Los nobles que degolló habían asaltado una caravana de musulmanes en tiempo de tregua. Esto hizo que sus enemigos en la corte desaparecieran por el temor que les infundió. Este hecho se conoce como la leyenda de la Campana de Huesca.

Documento de los acuerdos de esponsales de Barbastro, 11 de agosto de 1137. Según la traducción de Antonio Ubieto Arteta (1987b:144-145), y suprimidas las relaciones de villas y castillos donados e iglesias y monasterios que retenía, decía:

Yo Ramiro, hijo del rey Sancho, rey de los aragoneses, doy a ti Ramón, conde barcelonés, mi reino de Aragón, con mi hija, todo íntegramente, como lo dividió el rey Sancho el Mayor, abuelo de mi padre; y como lo dividí con el rey García Ramírez de los navarros, en Pamplona, exceptuadas las tenencias que el sobredicho rey Sancho [el Mayor] dio al rey Ramiro, mi abuelo, en Navarra [...] Esto te doy y concedo a los hijos de los hijos tuyos que fuesen de generación de mi hija, por los siglos de los siglos. Tú, en cambio, convienes conmigo, en palabra de verdad, y pones tus manos entre mis manos, que no enajenes, ni hagas enajenar, este reino que te doy, durante la vida de los hijos de mi hija. [...] Y que durante toda mi vida me tengas como padre y señor. [...] Aunque te entregue el reino, sin embargo, no renuncio a mi dignidad.

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Documento de los acuerdos de esponsales de Barbastro, 11 de agosto de 1137

Mostró una gran preocupación por que la corona no quedara sin heredero. Después del fracaso en prohijar a García Ramírez de Pamplona, ya rey de los navarros, procuró obtener un heredero para el reino de Aragón. Para ello se casó el 13 de noviembre de 1135 en la catedral de Jaca con Inés de Poitou, una noble viuda francesa que había demostrado fertilidad en un primer matrimonio.

De este matrimonio nació la heredera, Petronila, el 11 de agosto de 1136.​ A finales de ese mismo año, el rey y su esposa se separaron. Inés se retiró entonces al monasterio de Santa María de Fontevrault, donde murió hacia el año 1159.

Durante este periodo se presionó desde el reino de León para intentar casar a su hija Petronila, con Alfonso VII de León o con su hijo Sancho el Deseado, a fin de unir las coronas de León y Aragón, imponiendo a Petronila el nombre de Urraca. Finalmente no se llevó a cabo este enlace y Ramiro prometió a su hija, con un año de edad, con Ramón Berenguer IV, conde de Barcelona. Los esponsales se firmaron en Barbastro el 11 de agosto de 1137. Las condiciones jurídicas para el acuerdo se establecieron con la conformidad de Ramiro el Monje y Ramón Berenguer IV. El contrato de esponsales se hizo jurídicamente efectivo en varios documentos. El documento de encomendación de hombres pactado entre Ramiro II y Ramón Berenguer en Barbastro, el 11 de agosto de 1137,7​ la encomendación que el rey Ramiro hace a Ramón Berenguer sin data, seguramente en Barbastro, c. 11 de agosto de 1137,8​ la confirmación de donaciones hechas por Ramiro II a Ramón Berenguer en el documento de esponsales dada en Ayerbe el 27 de agosto de 1137,9​ y una confirmación complementaria de las donaciones de Ramiro II a Ramón Berenguer, dada en El Castellar, a 13 de noviembre de 1137;10​ y sus cláusulas se reflejan y reafirman en dos documentos posteriores: el testamento que Petronila de Aragón hace a favor del hijo que iba a tener en 1152, en el momento del parto, dado cerca de Barcelona el 4 de abril de 115211​ y la abdicación de la reina Petronila en favor de su hijo Alfonso hecha en Barcelona a 18 de junio de 1164.

Todavía en el siglo XVI el contrato de esponsales era conocido, como se muestra en los Anales de la Corona de Aragón de Jerónimo Zurita:

Presta juramento y homenaje el conde de Barcelona al rey. Lo que el rey se reservó en la donación. El conde prestó pleito homenaje que no ajenaría el reino [...] y que durante la vida del rey don Ramiro le ternía por señor. [...] Y dice que retenía su dignidad real.

En Barbastro concertó el rey el casamiento de su hija con el de Barcelona y el reino. El conde jura los fueros y los ricos hombres le prestan homenajes. Estaba el rey don Ramiro en Barbastro cuando se concertó lo deste matrimonio, y allí se otorgó el instrumento a once del mes de agosto del año de 1137. Y en él parece que dio al conde don Ramón Berenguer su hija por mujer con su reino cuanto se extendía y había sido poseído y adquirido por el rey don Sancho su padre y por los reyes don Pedro y don Alonso sus hermanos, quedando en su fuerza y vigor los fueros, usos y costumbres que en tiempo de sus predecesores tuvieron los aragoneses y se guardaban en el reino.

Queda el conde por rey en caso que muera su mujer sin hijos. Entonces le encomendó sus tierras y súbditos debajo de homenaje y juramento que guardarían fielmente la vida y cuerpo del conde sin ningún engaño y que lealmente le obedecerían, guardando la fidelidad que debían a su hija que era su señora natural, con tal condición: que en caso que ella muriese quedase el reino sujeto al conde sin contradicción alguna y le tuviese y poseyese después de la muerte del rey su suegro, el cual mientras viviese quedase por rey y señor y padre en el reino y en los estados y señoríos del conde de Barcelona hasta que le pluguiese.

El rey entrega a su yerno todo el reino y se retira del gobierno. Y en el mismo tiempo el rey don Ramiro su suegro junto a la ciudad dio sus cartas para todos los de su reino, mandando que de allí adelante los castillos y fortalezas que tenían en su nombre las tuviesen por el conde de Barcelona y le reconociesen y obedeciesen como a él en todo, con continua fidelidad. Y porque en ello no se pusiese duda hizo cesión de lo que se había retenido cuando le entregó su hija; declarando que el reino siempre le tuviese a su servicio y salva su fidelidad.

Jerónimo Zurita, Anales de la Corona de Aragón, vol. I, libro II.
A partir de la obra del historiador Antonio Ubieto, un sector de la historiografía actual interpreta que el matrimonio entre Ramón Berenguer IV y Petronila se celebró según los términos del casamiento en casa, una peculiaridad del derecho consuetudinario del Alto Aragón. Según esta interpretación, por este contrato de esponsales y su reflejo en la documentación posterior de Petronila; el marido se adscribe a la familia de la esposa, y es ella quien transmite la pertenencia al grupo familiar, junto con el patrimonio que hereda; el marido se somete formalmente a su suegro o al «Señor mayor» de la casa, y este, a cambio, le otorga la potestad sobre el solar familiar, pero reservándose su señorío tanto sobre los bienes del solar patrimonial como sobre los que aporta el marido. De este modo Ramón Berenguer desde 1137 «pasaba a ser un miembro más de la Casa de Aragón y de su linaje, a todos los efectos». Y consecuentemente la dinastía reinante empleará la designación «de Aragón»,​ con extinción de la dinastía condal.​ La ampliación de lo otorgado del documento de El Castellar (13 de noviembre), que comenzaba recordando la entrega de Petronila junto a «la honor de mi reino», finalizaba el conjunto de documentos esponsalicios y Ramiro II cedía el ejercicio del gobierno aunque reservándose la fidelidad de su nuevo yerno​ («tenga todas las cosas a mi fidelidad, en todo tiempo»),​ y regresó a la vida eclesiástica. Tras dichos esponsales, en 1137,​ se daba inicio a lo que entre los siglos XII y XIV fue conocido como «Casal d'Aragó» y entre los siglos XIII y XV con variadas denominaciones (Corona regia, Corona del reino de Aragón, Corona de los Reyes de Aragón, Corona de Aragón) cuyo elemento común es ser el conjunto de tierras y gentes sometidas a la jurisdicción del Rey de Aragón.

En contra de la teoría del casamiento en casa aplicada a los esponsales de Ramón Berenguer IV y Petronila, el profesor J. Serrano Daura, en 1997, alega la ausencia de referencias a esta institución consuetudinaria del derecho aragonés antes del siglo XV, y que las cláusulas que fueron establecidas por Ramiro II sobre la sucesión a la corona de Aragón no se ajustan a las peculiaridades de esta institución, por lo que no sería trasladable a los pactos de 1137.

Sin embargo, en la monografía de 2008 sobre Ramiro II de Ana Isabel Lapeña Paúl, esta autora señala que esta institución consuetudinaria tenía antecedentes anteriores al pacto de esponsales de Petronila y Ramón Berenguer IV en el siglo XI con Ramiro I de Aragón y a comienzos del XII con Alfonso I el Batallador, y que si bien aún no había un corpus legislativo escrito al respecto, sí se pueden observar anteriormente las pautas de este acuerdo de esponsales en la sucesión real:

[...] nació una niña [Petronila] y ello variaba sustancialmente las soluciones que debían buscarse. Era la primera vez que la sucesión aragonesa quedaba solo en manos femeninas. No había leyes escritas al respecto, pero sí existían lo que pueden considerarse unas pautas para resolver la situación. Las había fijado [en 1059] el primer rey de Aragón [Ramiro I] en el primero de los dos testamentos que otorgó. [...] Solo en el caso de que se agotara la estirpe, y esto era lo que sucedía en este momento, se contaba con la mujer para transmitir la potestas regia, pero sin que la ejerciera, ya que esta pasaba al marido que se le eligiese, por ello era necesario buscarle consorte.

Ana Isabel Lapeña Paúl, Ramiro II de Aragón..., 2008, pág. 184.
Tampoco era algo nuevo para la monarquía aragonesa del siglo XII, la prueba está en que ya anteriormente se había estipulado algo similar cuando se pactó la boda de Alfonso I y Urraca de Castilla. En diciembre de 1109 se otorgaron dos documentos que lo reflejan. El primero es la "carta de arras" del Batallador a su esposa, en el que, además de la entrega de varios castillos y bienes, se estipuló lo siguiente: «convengo contigo que si Dios omnipotente me diese un hijo de ti, y yo muriese y tu me sobrevives, que tú y mi hijo tengáis todas mis tierras que hoy tengo y en el futuro conquiste con ayuda de Dios [...] Que si no tuviese hijo de ti y me sobrevives, que sea para ti toda mi tierra, y que la tengas ingenua y libre, como propia heredad, para hacer allí tu voluntad después de mis días»

Ana Isabel Lapeña Paúl, Ramiro II de Aragón..., 2008, pág. 192.

 

Signum Regis, rex, rey, Ramiro II, Aragón, Arago, Aragó



Por su parte, Percy E. Schramm considera que la relación entre Ramiro II y Ramón Berenguer IV a raíz del documento de esponsales de agosto de 1137 «quedaba sujeta a las condiciones consuetudinarias del juramento de fidelidad». La donatio inicial de Ramiro fue ampliada con un donativum, por el cual se anulaban las donaciones hechas hasta entonces y el rey prometía al conde no realizar ninguna otra donación sin su consentimiento. Esto es interpretado por Schramm como una exigencia de Ramón Berenguer IV ante las concesiones hechas por Ramiro al rey de Navarra.​ Finalmente, el documento de noviembre muestra el deseo definitivo del rey Ramiro de volver al monasterio, por lo que declara «por libre voluntad» que sus vasallos pasan a depender de Ramón Berenguer y que le habrán de obedecer a partir de entonces como su rey (tanquam regi). No obstante, Schramm entiende que Ramón Berenguer pudo haber adoptado el título de rey, pero no lo hizo, inicialmente por respeto a la Iglesia, pues aún no se había resuelto el problema de la liquidación del testamento de Alfonso el Batallador, pero también porque sólo le interesaba el poder efectivo y no quería ofender la sensibilidad de sus nuevos súbditos, por lo que prefirió mantener la ficción de que el rey monje sería sucedido por su hija y que la dignidad real no pasaría a la nueva dinastía hasta la siguiente generación.

Guillermo Fatás Cabeza​ entiende que la Casa de Aragón, contra lo que sostiene una opinión muy extendida, no se extingue ni es «absorbida por la Casa de Barcelona» tras los esponsales del conde barcelonés y la reina de Aragón. Considera esta hipótesis «un error de bulto» y señala que «lo prueban a entera satisfacción» las propias afirmaciones de los reyes de Aragón de que este era el apellido de su linaje, el uso de dicho apellido como grito de guerra o aclamación por parte de los súbditos reales en todas las lenguas de la Corona, las condiciones establecidas en los varios documentos de los esponsales reiteradamente convertidas en «realidad actuante» y la «pervivencia jurídica y formal del linaje titular de las Barras de Aragón», lo cual supone un «conjunto de realidades» de coherencia «absoluta y compacta», y añade sobre los esponsales que:

El primer pacto concertado entre la Casa de Aragón y la de Barcelona lo llevan a cabo el rey Ramiro II y el conde Ramón Berenguer IV. Convienen que la hija del primero, Peronela o Petronila, cuando tenga edad núbil casará con el segundo. Se verifica, así, un matrimonio con la doble singularidad de tratarse de matrimonio desigual (entre reina y conde que, además, es vasallo del rey de Francia) y del que el Derecho aragonés llama "matrimonio en casa". Por ambas razones, para asumir como propio un linaje superior, el varón que se desposa renuncia al suyo. Se convierte con ello en miembro de la casa de su mujer, titular de los derechos, y en administrador de la misma aunque sujeto a la autoridad del varón mayor de su nueva casa si lo hubiere. Por ello consigna cuidadosamente Ramiro que tras los esponsales seguirá él siendo "rex, dominus et pater in prephato regno et in totis comitatibus tuis dum mihi placuerit". Ramón acepta por rey, señor y padre al señor mayor de la Casa de Aragón (así era en Derecho de Aragón), tanto en Aragón como en los condados de su casa de origen, sin limitación ninguna ("según plazca" a Ramiro). La fórmula es clara y precisamente la que cabía esperar. Es, pues, absurdo postular la extinción de una Casa cuando la documentación conservada, tan congruente con lo sucedido, se elabora justamente para afianzar sin dudas la supervivencia de la misma. El nuevo miembro de la Casa de Aragón no tendrá la nuda propiedad ni la titularidad de los derechos de la Casa, salvo que se extingan el señor mayor, la heredera y futura reina y los hijos que ésta pueda tener. Sólo en tal caso podrá el nuevo hijo, súbdito y vasallo, ser el señor mayor. Lo que no sucedió. El matrimonio pactado en 1137 tuvo verificación en 1150 e hijos a partir de 1152. En todas las ocasiones importantes, muerto ya Ramiro, Petronila consignó de forma solemne y ante testigos de notoriedad, estas circunstancias y condiciones, que se cumplieron sin excepción. Lo hizo en 1152, a punto de dar a luz a su primer vástago ("in partu laborans"), y en 1167 [sic pro 1164], cuando cedió sus derechos a su hijo, Alfonso II, primero quien fue señor mayor de la Casa de Aragón con inclusión de los bienes y jurisdicciones aportados por su padre, quien no se tituló nunca sino "princeps" mientras su esposa fue siempre y en toda ocasión "regina", como el hijo de ambos fue "rex". El archivo de los reyes, solícitamente formado y custodiado, conserva todas estas piezas auténticas de sencilla interpretación.

Fatás Cabeza (2000), págs. 170-172.

Según Ernest Belenguer las capitulaciones matrimoniales de Barbastro de 1137 se ajustaban al derecho del Reino de Aragón, que vetaba ejercer el poder a la mujer pero no poseer la titularidad del reino ni la transmisión de este. Añade el catedrático de la Universidad de Barcelona que «el "matrimonio en casa" aseguraba —pasara lo que pasara— el mantenimiento del reino». Si, muerto el rey Ramiro, también su hija Petronila muriera sin llegar a la mayoría de edad, el acuerdo de 1137 otorgaba a Ramón Berenguer «la transmisión del poder real casara con quien casara después». Sin embargo ese supuesto no llegó a darse, pues Ramón Berenguer falleció antes que su esposa. En todo caso el rey Ramiro buscó para el mantenimiento de su reino una unión dinástica con una de las potencias vecinas más fuertes, la que poseía el conde de Barcelona, que «jamás fue rey de Aragón porque Ramiro II mantuvo su privilegio de honor hasta su muerte, aunque cediera la potestad del mando». Así, continúa el historiador valenciano, «Ramón Berenguer IV fue príncipe de Aragón y como tal se le juró fidelidad por los aragoneses al tiempo que la mayoría de edad de Petronila y su paso a mujer facilitó la consumación del matrimonio», lo que sucedería con la boda de Lérida de 1150.

Aprés de aquesto, el dito rey don Remiro queriendo proveyr que enpués días suyos dissensión alguna non aviés en la successión del regno de Aragón, si fue tratado matrimonio con don Ramón Berenguer comte de Barchinona, noble hombre en todos actos de cavallería et regimientos de tierras et de gentes, a la qual deyan por bautismo don Payronella, porque nasció en dia de San Peyro, et después fue mudado nombre donna Urracha. Et casola con el dito noble comte en su vida et diole el regno de Aragón en casamiento, que succediessen en aquello los fillos que avría de la dita su filla successivament, et que por caso ninguno no podies alienar el regno de Aragón en personas algunas sino en los fillos et aquellos que descendrían de su filla propriament, en el anno de Nuestro Sennor M C XXXVII. [...] Todo esti regno dio en casamiento con su filla con las condiciones sobreditas. Et ya sea que li dies el dito regno en casamiento, no empero renunciava a la dignidat real [...] diziendo estas paraulas: «Maguera yo de a tu el regno pero la mi dignidat real non lexo».
— Crónica de San Juan de la Peña en aragonés. Apud Carmen Orcástegui Gros (ed. lit.), «Crónica de San Juan de la Peña», Cuadernos de Historia Jerónimo Zurita, 51-52, Zaragoza, Institución «Fernando el Católico», 1985, págs. 419-569.

El papel de Ramón Berenguer IV a partir de los esponsales de 1137 fue el de administrador de la Casa de Aragón como regente del Reino de Aragón,​ y en la documentación se intituló princeps y dominador, pero nunca rey.​ Fue Ramiro II quien siguió siendo «señor, padre y rey»​ como reza la documentación aducida («Y yo predicho Ramiro sea rey, señor y padre en el citado reino y en todos tus condados mientras me plazca» e «in tota vita mea teneas me sicut patrem et dominum» 'en toda mi vi vida me tengas como padre y señor'), y ostentando el título de Rey de Aragón hasta su muerte en 1157,​ con lo que Ramón Berenguer IV se integraba en la Casa de Aragón​ al ser pactadas sus capitulaciones matrimoniales de acuerdo a las instituciones jurídicas del derecho aragonés, y dando lugar, tras el reinado de Ramiro II, a que la reina fuera su hija Petronila, hasta que el 18 de junio de 1164 esta abdica en favor de Alfonso II, transcurridos dos años desde la muerte de su marido.

Frente a historiadores que, con Antonio Ubieto a la cabeza, interpretan el proceso sucesorio que dio origen a la Corona de Aragón con base en el derecho del reino de Aragón estricto,​ hay un sector de la historiografía que, siguiendo a Alfonso García-Gallo, en su artículo de 1966 «El derecho de sucesión del trono en la Corona de Aragón»​ hace un análisis muy diferente del mismo:

El célebre historiador castellano, García Gallo, estudioso del Derecho sucesorio en la Corona de Aragón, no tiene la menor duda de que el documento de 1137 es una donación de hija y reino, por parte de Ramiro II —que no tiene «deseos de conservar» el trono, más bien está «deseoso de desembarazarse del Reino»—, al Conde de Barcelona. Es tajante cuando dice que «no se trata de una escritura matrimonial, en virtud de la cual el marido adquiera los derechos de la mujer, ni de la promesa o entrega de una dote; sino [...] de la elección de un marido y de la entrega del poder directamente a éste. En la escritura no hay ni una sola frase de la que pueda inducirse que Petronila es la titular del poder que ejerce su marido o que en alguna parte se reserva. Salvo la fidelidad debida a Ramiro II y a su hija, los aragoneses quedan bajo la autoridad y obediencia de Ramón Berenguer. La condición jurídica de éste no se basa en que él es el marido [...] sino en una donación; por ello se prevé que aun disuelto el matrimonio por muerte de Petronila, Ramón Berenguer conserve el Reino de Aragón libre e inmutablemente». Constata también, refiriéndose a Petronila, que «desde el momento mismo en que muere su marido, Ramón Berenguer IV, y aunque éste no haya usado el título de Rey, su hijo Alfonso II se titula ya Rey de Aragón en vida de su madre. Lo cual indica que el regnum, es decir, el poder de reinar lo hereda de su padre —al que se lo había concedido Ramiro II— y no de su madre».

Armand de Fluvià, «De oro, cuatro palos de gules, escudo de los Condes de Barcelona», Hidalguía, vol. XLIV, n.º 256/257, 1996, pág. 460-461. ISSN 0018-1285
En el mes de agosto de 1150 se celebró la boda del conde Ramón Berenguer y Petronila en Lérida, al adquirir ella la edad canónica de 14 años permitida por la iglesia para consumar el matrimonio, si bien las consecuencias jurídicas del matrimonio altomedieval tenían efecto en los esponsales,37​ es decir, en el caso del enlace entre Ramón Berenguer IV y Petronila de Aragón, en 1137.

Parece que desde fines de 1137 los días de don Ramiro transcurrieron entre el Monasterio de San Pedro el Viejo y su posesión de San Úrbez de Sarrablo (Nocito). Murió en Huesca el 16 de agosto de 1157 y sus restos fueron dispuestos en un sarcófago romano del siglo II o III en la capilla de San Bartolomé de San Pedro el Viejo de dicha ciudad.

  1.  Iglesias Costa, Manuel (2001). Instituto de Estudios Altoaragoneses, ed. «Historia del condado de Ribagorza» (pdf). Huesca. p. 155. ISBN
    84-8127-121-7
    . Archivado desde el original el 11 de enero de 2012. Consultado el 24 de septiembre de 2011. «Alfonso murió el 7 de septiembre y consta que, celebrando la Natividad de la Virgen (8 de septiembre) en Tierrantona, Ramiro el Monje fue advertido de ello.»
  2.  Rubio Calatayud, Adela (2004). «I.-Los Ramírez». Breve Historia de los Reyes de Aragón (1ª edición). Cuarte de Huerva. Zaragoza: DELSAN ediciones. p. 53. ISBN 84-95487-34-9. «En cuanto llegó la dispensa, Ramiro II fue coronado y desposado con Inés de Poitiers, vizcondesa viuda de Tours [...]. La coronación tuvo lugar en Zaragoza el 29 de septiembre de 1134.»
  3.  Luis García de Valdeavellano, Historia de España I. De los orígenes a la baja Edad Media. Segunda parte, Madrid, Revista de Occidente, 19633, pág. 439 -. D. L. M. 15.535-63.
  4.  Iglesias Costa, Manuel (2001). Instituto de Estudios Altoaragoneses, ed. «Historia del condado de Ribagorza» (pdf). Huesca. p. 156. ISBN
    84-8127-121-7
    . Archivado desde el original el 11 de enero de 2012. Consultado el 24 de septiembre de 2011. «en la primera mitad de septiembre ya es reconocido por muchos rey de Aragón, Sobrarbe y Ribagorza.»
  5.  Rubio Calatayud, Adela (2004). «I.-Los Ramírez». Breve Historia de los Reyes de Aragón (1ª edición). Cuarte de Huerva. Zaragoza: DELSAN ediciones. p. 54. ISBN 84-95487-34-9. «Ramiro también firmó pactos con los musulmanes. Ostentando el título de rey de Aragón, Sobrarbe y Ribagorza, Ramiro II se quedó en el castillo de Monclús hasta el mes de septiembre de 1135.»
  6.  Lapeña Paúl (2008:140)
  7.  Editado por Antonio Ubieto Arteta, en Los esponsales de la reina Petronila y la creación de la Corona de Aragón, Zaragoza, Diputación General de Aragón, 1987a, doc. 1, apud Alberto Montaner Frutos, El señal del rey de Aragón: Historia y significado, Zaragoza, Institución «Fernando el Católico», 1995, págs. 23-27 y notas. ISBN 84-7820-283-8.
  8.  Ubieto Arteta (1987a), doc. 2
  9.  Ubieto Arteta (1987a), doc. 4
  10.  Ubieto Arteta (1987a), doc. 6
  11.  Ubieto Arteta (1987a), doc. 8
  12. Ubieto Arteta (1987a), doc. 11
  13. Jerónimo Zurita, Anales de la Corona de Aragón, vol. I, libro II, cap. LXVI. Ed. en línea (Zaragoza, Institución «Fernando el Católico», 2003) basada en la de Ángel Canellas López (ed. lit.), Zaragoza, Institución «Fernando el Católico», 1967-1977, 8 vols. <http://ifc.dpz.es/publicaciones/ver/id/2448>
  14.  Los testimonios de los documentos de los esponsales que ratifican estas condiciones son: «Et ego prephatus rex Rainimirus sim rex, dominus et pater in prephato regno et in totis comitatibus tuis, dum mihi placuerit.», «Tu [Raimundus] convenis mihi [Rainimiro], in verbo veritatis, et mitis manus tuas inter manus meas, ut [...] in tota vita mea teneas me sicut patrem et dominum.», «Hoc dono tibi et concedo filiis filiorum tuorum qui fuerint de generatione de mea filia, in secula seculorum.», «Ego Peronella, regina Aragonensis, iacens et in parto laborans, apud Barchinonam, concedo, dono et firmiter laudo infanti meo qui est ex utero meo, Deo volente, processus totum regnum Aragonensem»,
    «Ego Petronilla, Dei gratia Aragonensis regina et Barchinonensis comitissa, [...] dono et laudo et concedo tibi dilecto filio meo Ildefonso, regi Aragonensi et comiti Barchinonensi, [...] et omni posteritate tue, omne regnum Aragonis integriter», «Licet regnum tibi tradam, tamen dignitatem meam non ammito»
    («Aunque te entregue el reino, sin embargo, no renuncio a mi dignidad», trad. de Ubieto Arteta (1987b), pág. 145),
    «Supradicta quoque omnia ego Ranimirus, Aragonensium rex, dono et firmiter laudo prephato Raimundo comiti Barchinonensi, ut hec que illi presencialiter dono et omnia alia que habebat, semper habeat ad servicium meum et fidelitatem, in omni tempore» y «Ego Ranimirus, Dei gratia rex Aragonensis, dono tibi Raimundo, Barchinonensium comes et marchio, filiam meam in uxorem, cum tocius regni Aragonensis integritate, [...]. Et comendo tibi omnes prephati regni homines sub hominio et iuramento, ut sint tibi fideles [...], salva fidelitate mei et filie mee.» Cfr. Montaner Frutos, loc. cit.
  15.  Guillermo Fatás y Guillermo Redondo, Blasón de Aragón: El escudo y la bandera, Zaragoza, Diputación General de Aragón, 1995, pág. 59.
  16.  Montaner Frutos (1995), pág. 26.
  17.  Manuel Fuertes de Gilbert Rojo, «La Casa de Aragón: Genealogía de una monarquía mediterránea. (Sinopsis)», I Colloquio Internacionale de Genealogia. Organizado por el Institut International d’études généalogiques et d’histoire des familles Roma, Senado de la Répública, 7-11 de octubre de 2003:
    Este matrimonio uxorial hace que el marido se integre en la Casa, se adscriba al grupo familiar de la esposa, y quede sometido a la autoridad del donante o Señor Mayor de la Casa, quien pasa a ser padre y Señor también del marido y de lo este tiene o aporta. Por ello Ramón Berenguer, pasó a ser un miembro más de la Casa de Aragón y de su linaje con extinción del propio. Con ello se inicia en su hijo y sucesor, Alfonso, la Casa de Aragón-Barcelona.
  18.  Lapeña Paúl (2008:197)
  19. trad. de Ubieto Arteta (1987b:154)
  20.  Miquel Batllori, La Universidad de Valencia en el ámbito cultural de la Corona de Aragón, Cinc Segles, Universitat de València, 1999, pág. 8. ISBN 9788437041612. Lección magistral leída en el solemne acto de apertura del curso 1999-2000:
    La Corona de Aragón comienza a existir en 1137, con los esponsales de la infantil infanta doña Petronila, hija y heredera del rey Ramiro II de Aragón, con el conde de Barcelona, Ramón Berenguer IV
  21.  Cfr. «La expansión: el Casal d'Aragó (1213-1412) / L'expansió: el Casal d'Aragó (1213-1412)», en Ernest Belenguer, Felipe V. Garín Llombart y Carmen Morte García, La Corona de Aragón. El poder y la imagen de la Edad Media a la Edad Moderna (siglos XII - XVIII), Sociedad Estatal para la Acción Cultural Exterior (SEACEX), Generalitat Valenciana y Ministerio de Cultura de España - Lunwerg, 2006. ISBN 84-9785-261-3:
    Entre los siglos XII y XIV, la documentación poco habla de Corona de Aragón y más del Casal d'Aragó, si bien la expresión de Corona de Aragón ya se observa con Jaime el Justo, prevaleciendo así el título jerárquico del reino por delante del de condado y principado.
    Belenguer, Garín Llombart y Carmen Morte, «La expansión: el Casal d'Aragó (1213-1412) / L'expansió: el Casal d'Aragó (1213-1412)», op. cit. 2006.
  22. Jesús Lalinde Abadía, «Las Cortes y Parlamentos en los Reinos y tierras del Rey de Aragón», en Esteban Sarasa Sánchez et al., Aragón: Historia y Cortes de un Reino, Cortes de Aragón y Ayuntamiento de Zaragoza, 1991, págs. 89-90. ISBN 978-84-86807-64-1.
  23.  Serrano Daura, «La donació de Ramir II d'Aragó a Ramon Berenguer IV de Barcelona de 1137 i la institució del "casamiento en casa"», Estudis històrics i documents dels arxius de protocols, 15, Barcelona, 1997, págs. 7-14 (traducción al castellano: «La donación de Ramiro II de Aragón a Ramón Berenguer IV de Barcelona, de 1137, y la institución del "casamiento en casa"», Hidalguía, 270, Madrid, 1998, págs. 709-719.
  24.  Lapeña Paúl (2008:184, 191-192)
  25.  Percy E. Schramm, "Ramon Berenguer IV", en E. Bagué, J. Cabestany y P. E. Schramm, Els primers comtes-reis, Ed. Vicens-Vives, 3ª edición, Barcelona, 1985, pág. 10.
  26.  Schramm, op.cit., pág. 11.
  27.  Schramm, pág. 13
  28. Guillermo Fatás Cabeza, «El escudo de Aragón», en Aragón, reino y corona, Gobierno de Aragón, Ayuntamiento de Madrid y Secretaría de Estado de Cultura, págs. 170-172. Catálogo de la exposición celebrada en el Centro Cultural de la Villa de Madrid del 4 de abril al 21 de mayo de 2000. ISBN 978-84-8324-084-7
  29.  Ernest Belenguer, «Aproximación a la historia de la Corona de Aragón», en Ernest Belenguer, Felipe V. Garín Llombart y Carmen Morte García, La Corona de Aragón. El poder y la imagen de la Edad Media a la Edad Moderna (siglos XII - XVIII), Sociedad Estatal para la Acción Cultural Exterior (SEACEX), Generalitat Valenciana y Ministerio de Cultura de España - Lunwerg, 2006, pág. 26. ISBN 84-9785-261-3
  30. Benito Vicente de Cuéllar, «Los "condes-reyes" de Barcelona y la "adquisición" del reino de Aragón por la dinastía bellónida», Hidalguía, vol. XLIII, n.º 252, 1995, págs. 619-632
  31.  Cfr. José Ángel Sesma Muñoz, La Corona de Aragón, Zaragoza, CAI (Colección Mariano de Pano y Ruata, 18), 2000. ISBN 84-95306-80-8:
    Ramón Berenguer se integraba en la familia Aragón, anteponiendo este linaje a su filiación anterior que, para sus sucesores, debía quedar siempre en un segundo lugar respecto a la dinastía aportada por la esposa. Ramiro II seguía conservando la dignidad real, aunque inmediatamente volvió a incorporarse al mundo monástico y tuvo escasas intervenciones políticas. El conde de Barcelona, como príncipe de Aragón, sin recibir nunca el título de rey pero sí con capacidad de ejercer la potestas regia, se hizo cargo del gobierno, a la espera de que Petronila alcanzase la edad requerida en el Derecho Canónico para consumarse el matrimonio.
    José Ángel Sesma Muñoz, op. cit., pág. 40.
  32.  Lapeña Paúl (2008), pág. 194.
  33.  Lapeña Paúl (2008), pág. 200:
    Continuó Ramiro utilizando el título de rey, e incluso así le mencionan las crónicas escritas en otros reinos [...]
  34.  Javier Leralta, Apodos reales: historia y leyenda de los motes regios, Madrid, Sílex (Serie Historia), 2008, pág. 78. ISBN 9788477372110:
    Ramiro II siguió ostentando el título de rey hasta su muerte
  35.  Cf. Ubieto Arteta (1987b:31) nota 1.
  36.  Alfonso García-Gallo, «El derecho de sucesión del trono en la Corona de Aragón», Anuario de Historia del Derecho Español, 36, 1966, pp. 5-187.
  37.  Luis García de Valdeavellano, Historia de España I. De los orígenes a la baja Edad Media. Segunda parte, Madrid, Revista de Occidente, 1963, págs. 208-212. D. L.: M. 15.535-63 (11).
  38.  Sepulcro de Ramiro II de Aragón.
  39.  Exhumación de los restos mortales de Ramiro II de Aragón el 18 de junio 2008.

Bibliografía

  • BELENGUER, Ernest, «Aproximación a la historia de la Corona de Aragón», en Ernest Belenguer, Felipe V. Garín Llombart y Carmen Morte García, La Corona de Aragón. El poder y la imagen de la Edad Media a la Edad Moderna (siglos XII - XVIII), Sociedad Estatal para la Acción Cultural Exterior (SEACEX); Generalitat Valenciana; Ministerio de Cultura de España, Lunwerg, 2006, pág. 26. ISBN 84-9785-261-3.
  • FATÁS CABEZA, Guillermo, «El escudo de Aragón», en Aragón, reino y corona, Gobierno de Aragón, Ayuntamiento de Madrid y Secretaría de Estado de Cultura, págs. 170-172. Catálogo de la exposición celebrada en el Centro Cultural de la Villa de Madrid del 4 de abril al 21 de mayo de 2000. ISBN 978-84-8324-084-7
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  • GARCÍA-GALLO, Alfonso, «El derecho de sucesión del trono en la Corona de Aragón», Anuario de Historia del Derecho Español, 36, 1966, págs. 5-187. Cita de las páginas 67 y 68 en: Armand de Fluvià, «De oro, cuatro palos de gules, escudo de los Condes de Barcelona», Hidalguía, vol. XLIV, n.º 256/257, 1996, pág. 460-461. ISSN 0018-1285
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  • —, La formación territorial, Zaragoza, Anubar (Historia de Aragón), 1981.
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  • —, Creación y desarrollo de la Corona de Aragón, Zaragoza, Anubar (Historia de Aragón), 1987b
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