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sábado, 27 de julio de 2019

EL NOMBRAMIENTO DEL PRIMER CONDE DE LUNA

146. EL NOMBRAMIENTO DEL PRIMER CONDE DE LUNA (SIGLO XIV. DAROCA)
 
Zaragoza, 1310. Una dama perteneciente a una distinguida familia aragonesa, con ramificaciones en Daroca, ante el temor que le producía el parto que esperaba, prometió visitar los Corporales si todo se desarrollaba con bien y dedicar el neófito a la Iglesia. En efecto, tras nacer el niño, madre e hijo se trasladaron para cumplir la promesa ofrecida. Desde muy corta edad, el muchacho, llamado Lope de Luna, fue educado en las artes marciales, hasta ser armado caballero por el rey en 1336.
 
Esta ceremonia, ante Pedro IV, fue celebrada en La Seo zaragozana, en presencia de prelados, nobles y
síndicos de las villas y ciudades del reino. 
 
Cuando el rey le preguntó a Lope el porqué de querer ser armado caballero, el joven le contestó que para servir a Dios, a la Religión y a su dama. Tras el espaldarazo real, caballeros, damas y doncellas le fueron
colocando los restantes atributos del caballero, para finalizar Bernardo de Cabrera ciñéndole la espada e Isabel de Urrea la espuela, una espuela tan bella que en adelante se le conocería como Lope, el «caballero de la espuela».
 
Poco tiempo después, estalló en Aragón una tremenda conspiración contra el rey, la denominada Unión. Pedro IV huyó a Barcelona y desde allí viajó a Valencia, donde trató de apaciguar a los nobles levantiscos. En Aragón, todas las ciudades excepto Calatayud, Huesca, Teruel y Daroca se aliaron con la Unión.
 
Como pudo, reorganizó su ejército Pedro IV y Lope de Luna capitaneó las tropas de las ciudades leales
al rey. Concentró sus huestes en Daroca, reconstruyó sus murallas —incluido el torreón que se llamaría del «caballero de la espuela», hoy de Cariñena— y se aprestó a la defensa del rey, declarando la guerra a la Unión. Acudió con sus tropas a Tarazona, por donde entraba el rey de Castilla, y luego a Épila, donde más de quince mil desleales, capitaneados por el infante don Fernando, creían poder asestar el golpe definitivo al rey.
 
El encuentro fue sangriento, pero las tropas llegadas de Daroca con don Lope de Luna fueron decisivas en la victoria real. Pedro IV, al vencer en Épila el 21 de junio de 1348, pudo anular los privilegios de la Unión, castigó a los nobles insurrectos y concedió al «caballero de la espuela», don Lope de Luna, el título de conde de Luna, el primer título condal que se concedía a una persona que no fuera hijo de rey.
 
[Sas, Antonio, Compendio histórico de los reyes de Aragón..., II, págs. 38-49.
Beltrán, José, Tradiciones y leyendas de Daroca. Daroca, 1929.]
 
 
 
El condado de Luna fue un título nobiliario aragonés,​ creado el 18 de agosto de 1348, por el rey Pedro IV de Aragón, a favor de Lope de Luna, III señor de Segorbe y IX señor de Luna, con motivo de la victoria en la batalla de Épila contra la Unión de Aragón.
 
Su denominación hace referencia a la localidad de Luna, en la provincia de Zaragoza, en la comarca de las Cinco Villas. Quedó extinguido en 1430, cuando Alfonso V de Aragón desposeyó de sus títulos y posesiones, incorporándolas a la corona, a Fadrique de Aragón por traición.
 
En la actualidad está vigente el condado de Luna creado por Felipe II el 18 de agosto de 1598, a favor de Francisco de Gurrea y Aragón, VI duque de Villahermosa, a cambio de su renuncia al condado de Ribagorza.
 
Lope de Luna, IX señor y I conde de Luna, III señor de Segorbe.
María de Luna, II condesa de Luna, IV señora de Segorbe.
Martín I de Aragón, II conde consorte de Luna, IV señor consorte de Segorbe.
Martín I de Sicilia, III conde de Luna, V señor de Segorbe.
Fadrique de Aragón, IV conde de Luna, VI señor de Segorbe.
 
Este condado de Luna es diferente y sin ninguna relación con el condado de Luna, que con la misma denominación, se creó posteriormente en Castilla por el rey Enrique IV de Castilla, el 22 de febrero de 1462, a favor de Diego Fernández de Quiñones.
 
 
 
 
 
EL NOMBRAMIENTO DEL PRIMER CONDE DE LUNA
Página del Armorial de Gelre donde aparece el escudo de la Casa de Luna.
 
 

viernes, 6 de marzo de 2020

CXLV, reg. 2211, fol 132, 20 noviembre 1401, Martinus, Sugurbi

CXLV.
Reg. n. 2211, fól. 132. 20 nov. 1401.

Martinus etc. fidelibus nostris vicario subvicario bajulo subbajulo aliisque officialibus nostris infra civitatem bajuliam et vicariam Gerunde constitutis et eorum loca tenentibus salutem et dileccionem. Noviter accepto pro parte vestri juratorum et consilii civitatis jamdicte quod reliquie illorum nequam hominum qui ex turpissimo mulierum questu execrabilem agunt vitam alcavots vulgariter vocatorum qui pulsi terrore penarum et executione ipsarum a civitatibus Valencie Barchinone et Cesarauguste et aliis nostri dominii insignibus a maculis ipsorum earum fimbrias abtergentibus ad dictam civitatem velut ultimum refugium facto conlugiunt agmine vite eorum fedum et solitum oprobrium exercentes bonos et graves in paceque cupientes vivere eorum damnatis actibus infestantes alios vero ad putrefaccionis contagium ex eorum coherencia atrahentes ex hiisque et aliis quibus rei publice civitatis ejusdem redditi sunt odibiles ipsam bricarum damnorum atque scandalorum turbini assidue involventes: nos clamorem hujusmodi ad nos ab eis adductum suscipientes debito cum effectu supplicacionique pro parte dicte civitatis super predictis nobis facte pro bono quippe et salubri statu ejusdem eo favorabiliter inclinati quo civitas eadem nunc ex predictis molesta speratur inde in statu prospero et pacifico permanere : tenore presentis concedentes eisdem juratis et consilio dicte civitatis quod sumpta per eos in his forma constitutionum ordinationum seu pracmaticarum sanctionum tam ab illustribus nostris predecessoribus quam etiam ab illustri Maria conjuge nostra carissima et dudum nobis agentibus in regno Sicilie generali locumtenente nostri vel etiam earum ordinationum penarum impositionum tam corporalium quam peccuniariarum et executionum que ex nostri concessione vel alias facte fuerunt et fiunt etiam in civitate Barchinone pro expulsione et ejectione ipsorum scelestium hominum lenonum sive alcavots: possint et valeant consimiles ordinationes predictarum et cujuslibet earum vel alias prout eis placuerit et videbitur melius expedire condere et facere super ejectione et compulsione ipsorum fienda de eis a civitate jamdicta et terminis ipsius cum penarum peccuniariarum et corporalium adjectione exigendarum et exequendarum juxta ordinationem ipsarum: vobis et vestrum cuilibet dicimus et mandamus de certa sciencia et expresse ac sub ire et indignationis nostre incursu privacioneque officiorum vestrorum penaque mille florenorum auri a vobis et quolibet contrafaciente exigenda et nostro erario applicanda quatenus in predictis ejectionem et ordinationem ac statuta per dictes juratos civitatis predicte seu juratorum et consilii ejusdem tam ex predictis assumenda quam alias per eos condenda et facienda ipsius nomine tenentes et inviolabiliter observantes ipsas et penas corporales et pecuniarias in personas dictorum lenonum sive alcavots et aliorum fautorum et sustentorum ipsorum cum ipsis statuendas et ordinandas exequamini realiter cum effectu taliter quod ejectio seu expulsio ipsorum suum effectum debitum sorciatur et culpa vel mora vestri aut opposicione vel exepcione aut appellacione seu provocacione quas in his admitti aliqualiter nolumus obsistentibus nullo modo.
Data Sugurbi XXa die novembris anno a nativitate Domini M°CCCC° primo. - Matias vicecancelarius. - Johannes de Bossagay mandato regis facto per vicegerentem.


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Vista de Segorbe desde Castellnovo, CXLV, reg. 2211, fol 132, 20 noviembre 1401, Martinus, Sugurbi
Vista de la localidad desde Castellnovo


Segorbe es un municipio y localidad española de la Comunidad Valenciana, antiguo Reino de Valencia, capital de la comarca del Alto Palancia, situada en el sur de la provincia de Castellón. En 2017 contaba con una población de 8969 habitantes según el padrón municipal del INE. Segorbe fue hasta 1960 sede de la diócesis de Segorbe, y es en la actualidad, junto con Castellón de la Plana, cabeza de la diócesis de Segorbe-Castellón. Conserva un importante patrimonio arquitectónico concentrado en su casco antiguo, que ha sido declarado Bien de interés cultural en su conjunto. Sogorb.

miércoles, 22 de mayo de 2019

ABU ZEYT, REY DE VALENCIA, AL SERVICIO DE JAIME I

2.78. ABU ZEYT, REY DE VALENCIA, AL SERVICIO DE JAIME I
(SIGLO XIII. DAROCA)

ABU ZEYT, REY DE VALENCIA, AL SERVICIO DE JAIME I  (SIGLO XIII. DAROCA)


Era Abu Zeyt rey moro de Valencia, el sueño inalcanzable de los reyes cristianos. No obstante, el musulmán no era feliz. El propio don Hurtado, un renegado cristiano que alcanzó a ser valido de Abu Zeyt, sentía gran preocupación por el estado de abatimiento en el que había caído su señor.

Un día el rey valenciano confesó el origen de su tristeza a su valido: había conocido en casa del mozárabe Pedro Cardona a la mujer más hermosa que jamás había visto: era Alda, su hija. Enamorado de tal manera, daría incluso su reino por ella, pero la religión se interponía entre ambos, pues Alda sólo accedería al matrimonio si el rey se convertía a la fe de los cristianos.

Aconsejó Hurtado al rey que procurara la mediación de los franciscanos que frecuentaban la casa de Pedro Cardona, el rico mozárabe, y así lo hizo. Pero ni fray Pedro ni fray Juan se comprometieron a mediar si Abu Zeyt no abrazaba la fe de Cristo. El rey moro, preso de ira, despidió a los monjes de mala manera.
Mientras, en la ciudad de Valencia, el descontento contra Abu Zeyt aumentaba. Su antagonista, Giomail ben Zeyán, que anhelaba hacerse con el poder, instigó a los valencianos a rebelarse contra su rey, de quien decía se había convertido en secreto al cristianismo y, como prueba, aportaba la presencia de los dos franciscanos en su casa. La situación se agravó tanto que Abu Zeyt no tuvo más remedio que abandonar la ciudad y el reino.

Tras largas etapas, llegaron a Teruel, donde Jaime I preparaba una nueva campaña militar. Abu Zeyt se ofreció y se entregó a Jaime I como vasallo suyo, y le solicitó que liberara a Valencia de la tiranía de Giomail, dándole informes de cómo hacerlo. Se estudió entre ambos la estrategia y se acordó que, aunque Jaime I no podría devolverle el reino, pues Valencia tendría que ser cristiana, le prometió su propio palacio y parte de sus tierras, además de cederle Ricla y Magallón. (igual entonces Abu Zeyt se aficionó a la Magallonera)

Con el paso del tiempo, Abu Zeyt se convirtió al cristianismo y se bautizó como Vicente Belbís, casándose con la ilustre dama aragonesa Dominga López, (que tenía unas domingas como cantrelles) de quien tuvo una hija, a la que llamó Alda, en recuerdo de la mozárabe valenciana.

[Beltrán, José, Tradiciones..., págs. 70-75.]



Çeid Abu Çeid

https://es.wikipedia.org/wiki/Zayd_Abu_Zayd

Zayd Abu Zayd, llamado Abū Zayd Abd al-Rahmān ben Abū Abd Allāh Muhammad ben Abū Hafs Umar ben Abd al-Mu'min (Baeza, 1195 - Argelita, Argeleta 1268) fue el último gobernador almohade de Valencia.

Nacido circa 1195, príncipe almohade, bisnieto del califa Abd al-Mumin. Sucedió como gobernador de Valencia —antes de 1223-1229— a su tío Abū `Abd Allāh Muhammad —1219/1220-antes de 1223—. Y este último a su hermano, el padre de Abū Zayd, Abū `Abd Allāh Muhammad (1210/1211-antes de 1219/1220).

A la muerte del califa Yūsuf II en 1224 se produce una lucha dinástica que permite a Abū Zayd gozar de total autonomía respecto al imperio almohade, pero se encuentra rodeado de enemigos, y en 1225, decide hacerse vasallo del rey castellano Fernando III.​

En 1227 reconoce a Al-Mamún, (el mamón) anterior gobernador de Córdoba y Sevilla, como califa almohade y, por tanto, rompe el vasallaje con el rey castellano. En 1228 recupera los castillos de Villahermosa y Bejís, plazas del norte valenciano ocupadas anteriormente por los aragoneses. Pero, Muhammad ibn Hud conquista Murcia, (acho pijo) se nombra rey y reconoce al califa abasí, rompiendo aún más la unidad almohade de Al-Ándalus. En esta situación caótica, agravada por el hambre, ese mismo año se produjo una revuelta en Valencia, que aprovechó Zayyan ibn Mardanish —descendiente de Muhámmad ibn Mardanís— el llamado Rey Lobo por los cristianos, para sublevarse en Onda. El 24 de enero de 1229 Zayyan entró en Valencia, proclamando también obediencia al califa abasí, y Abu Zayd tuvo que huir primero a Segorbe y después a Aragón.


En 1229, tras la expulsión de su cargo por Zayyan ibn Mardanish, ratifica un acuerdo de vasallaje con Jaime I por el cual el rey de Aragón le da permiso para conquistar y poblar cuantos lugares y castillos consiguiera dentro del territorio musulmán valenciano, a cambio de la cuarta parte de las rentas. En 1232 ratifican en Teruel el compromiso adquirido, reconociendo el primero los favores recibidos y la renuncia a todas las rentas que sobre Valencia y su término se habían reconocido en 1229; se le facilita al rey aragonés la toma de Valencia. Abū Zayd fue un apreciable aliado del Conquistador en su lucha por la reconquista de las tierras valencianas, en la que toma parte aportando sus mesnadas.

En 1232, Abu Zayd se convirtió al cristianismo bautizándose con el nombre de Vicente Bellvís, pero lo mantuvo en secreto hasta la conquista de Valencia. Aunque continuó utilizando el título de rey de Valencia hasta que Jaime I entró en la ciudad el 1238, a partir de entonces actuó siempre como un verdadero señor feudal cristiano favorecido por el rey, con el que firmó un pacto de vasallaje / Calatayud el 20 de abril. Al servicio del rey Jaime participó de la conquista del reino: primero desde tierras de Teruel, después durante la conquista de la capital, y más tarde, llevando su huestes al sur, donde conquistó Ibi en 1244, Castalla, Onil, Tibi, Orxeta y Torres Torres.

Bajo la protección del Jaime I ostentó el señorío de localidades moriscas del Alto Mijares que legó a su hijo Fernando. Obtuvo numerosas donaciones reales: En 1236 las villas de Ricla y Magallón, en 1238 alquerías de la Huerta de Valencia y casas en la ciudad, en 1239 la villa de Ganalur y la alquería de Aldaya.

El 27 de enero de 1243 Abu Zayd recibió el vasallaje de Eximén Pérez y de su hijo Blasco, y les concedió el castillo de Arenoso, Arenós, para comandar sus fuerzas militares y como dote por la boda de Blasco con su hija Alda Ferrández Aba-Omahet.

La muerte de Abu-Zayd se sitúa a finales del año 1269 en el palacio de Argelita. Sus hijos y parientes recibieron una herencia importante y al estar emparentados con la nobleza aragonesa se convirtieron también en señores cristianos.

Alrededor del 16 de junio de 1860 se levantó una lápida en Valencia, y dejó a la vista algunos restos humanos, cuyo estado denotaban su antigüedad. En el mismo sitio se encontró un pergamino que dice así:

Hic jacet D. Vicentius Belvis cum prole sua olim Zeit Abuceit rex Valentiae maurus adeo suae religionis celator VT duos innocentissimos viros beatos Joannem de Perusia et Petrum de Saxo-Ferrato seraphici patris francisci filios ac socios veram christi fidem praedicantes gladio jugulaverit sed inspirante patre luminum recipiens omne nefas diluit sacro baptismatis lavacro et aeternum reconciliationis signum hanc olim aulam suam in ecclesiam et cenobium destinavit.

Estos restos fueron trasladados a la iglesia del monasterio de religiosas de la Puridad y están colocados encima de la pila del agua bendita, entrando a mano izquierda. Todavía se lee allí, en la misma lápida antigua, bajo de una corona real, la inscripción que compuso el P. Fray Miguel Enrich, en los siguientes dísticos:

Hic jacet azotus maurus, dulcisque propago qui dominans urbis, par jugulare jubet Francisci comitum, nunc coeli sede beatus, sacro fonte tamen diluit omne nefas, dum pro inclementi fundit pia vota precesque, urbs urbs expugnatur, sacra fit aula dei.

El 22 de abril de 1236, convertido Abū Zayd al cristianismo y siendo bautizado con el nombre de Vicente Bellvís, hizo la conocida donación de "castros, villas y alquerías que yo al presente poseo y pueda poseer, que de derecho deben de pertenecer a la sede segobricense", al obispo de Segorbe Guillermo Eximeno o Gimeno.

Abū Zayd casa a su hija, Doña Alda Fernández, que aporta como dote el señorío de Arenós, con Blasco Pérez de Arenós hijo de Don Eximén Pérez de Tarazona, que estaba al frente de la mesnada aragonesa que constituía la fuerza militar de Abū Zayd, tras lo cual aquel mudó su apellido Tarazona en "Arenós".

Tuvo varios hijos. Con María Ferrandis: Alda Ferrandis, Fernando Pérez y Sancho Ferrandis; Otros: Elisenda (curó su enfermedad en el castillo de Castro); Mahomat Abiceit o Abahomat; Ceyt Abohiara o Aboyahya; Zeyt Edris o Idrîs; Aazón...

Puede que su mujer fuese Dominga López ya que los nietos de María Ferrandis no eran considerados, por el obispo Dull de Segorbe (1324), del matrimonio.

https://www.academia.edu/7365230/DOCUMENTOS_EN_LAT%C3%8DN_DE_LA_FAMILIA_AREN%C3%93S

https://www.scribd.com/doc/72748854/Diplomatario-Arenos-Latin

miércoles, 5 de junio de 2019

Tomo I, texto IX, lit vellut + fallecimiento de doña María de Aragón

IX. 30 de diciembre.

Carta del rey al camarero de la reina, pidiéndole la cama de terciopelo, y la tunicella con que se había consagrado reina su mujer, para en el caso de que le subsiguiese la muerte.
/ ya ha muerto, 29 de diciembre de 1406 según la wikipedia, hay que tener en cuenta la numeración de los años como indica Próspero de Bofarull en la introducción.
A continuación va el documento que manifiesta el fallecimiento de dicha reina doña María de Aragón.

Martín el Humano, rey, Aragón
Martín el humano (Retrato de Martín I en el retablo de San Severo.)
 
 
IX.

Legajo de cartas reales, n.° 107. 30 de diciembre de 1407.

Al feel nostre en Marçal de la cambra de nostra muller la reina.
- Lo Rey. - En Marçal. Per lo cas inopinat que ses subseguit de la mort de nostra muller la reina qui Deus haja es asi necesaria la tunicella ab que la dita Reina se consagra et lo lit seu de vellut tanat: perque volem eus manam que de continent vista la present nos trametats la tunicella et lit dessus dits: e si es cas que eren en poder dels consellers daqui de Barchinona hajatslos de continent a vostra ma et enviatsnoslos de continent com los hajam necessaris pera la sepultura de la dita reina. Perque non haja falla en res quens ho trametats de continent.
Dada en Valense sots nostre segell secret a XXX dies de decembre del any mil CCCCVII. - Sperendeo (l).
Sperans-in-Deo /

(1) No hallándose en este archivo el testamento de doña María, se inserta el siguiente documento, que acredita su otorgación e indica algunas de sus disposiciones.

Reg. 2311, fol. 137. 3 de agosto de 1407.

Pateat universis: quod nos Martinus Dei gratia Rex Aragonum Valentie Majorice Sardinie et Corsice
comesque Barchinone Rossilionis et Ceritanie nostro propio nomine et ut executor testamenti seu ultime voluntate illustris Marie regine Aragonum conjugis nostre clare memorie et ut
princeps et dominus necnon ut pater et conjuncta persona illustris
Martini regis Sicilie carissimi primogeniti nostri heredisque
universalis conjugis nostre predicte et etiam ut detentor bonorum
omnium que ipsa regina cum ageret in humanis possidebat et nos jure
viduitatis et fori beneficio possidemus: et nos frater
Bartholomeus Borras frater Franciscus Eximenez frater Johanes
Eximenez magistri in sacra Theologia ordinis minorum et
Gilabertus de Scintillis alias Raymundus de Rivosico
miles consiliarius et camerlengus dicti domini regis
manumissores et executores testamenti domine regine predicte una cum
dicto domino rege ut constat de dicta manumissoria per
testamentum per dictam illustrem reginam firmatum in posse
Anthonii Valls scriptoris sui et auctoritate regia notarii
publici in loco de Villaregali regni Valentie die XXVIIIa
decembris anni presentis et infrascripti prospicientes grandia
onera dicte manumissorie que diversis creditoribus et servitoribus
dicte illustris regine et aliis personis tenetur et obligata existit
et quod pro traslatione corporis dicte illustris regine fienda ad
monasterium Populeti erat nobis summe necessarium habere
diversas peccuniarum quantitates ad premissa satisfaciendum que
faciliori via et magis prompta et absque dispendio facultatum dicti
heredis et manumissorie pretense haberi non poterant quam per viam
arrendationis reddituum emolumentorum locorum et villarum comitatus
de Luna et nonnullorum aliorum locorum infra regnum Aragonum
sitorum quam fecimus Francisco Berengarii mercatori ville
Muriveteris ad certum tempus et sub certis conditionibus et ad
pretium inter nos conventum ut constat de dicto arrendamento per
publicum instrumentum datum et actum Valentie ac clausum per fidelem
secretarium nostrum Bernardum Medici auctoritate regia
notarium publicum die presenti et infrascripta in cujus instrumenti
arrendationis confectione et longe ante fuit habitum et in pactum
deductum inter nos et dictum Franciscum Berengarii quod
constitueremus procuratores legittimos habentes potestatem ad
infrascripta suficientem pro
corroboratione contractus
arrendationis predicte: ideo facimus constituimus et ordinamus certos
speciales et generales procuratores nostros et cujuslibet nostrum
prefatis nominibus videlicet vos Enecum Eximenez de Galloz et Dominicum Cosida habitatores civitatis Cesarauguste et
utrumque vestrum in solidum absentes ut presentes ita quod occupantis
conditio potior non existat sed quod per unum vestrum inceptum fuerit
per alium mediari valeat et finiri ad confitendum et concedendum in
judicio et extra pro nobis et nostro nomine et cujuslibet nostrum
nominibus jam dictis coram regente officium gubernationis
dicti regni vel justitia Aragonum ipsius locumtenente
seu alterius eorum dictum arrendationis instrumentum per nos dicto
Francisco Berengarii firmatum et omnia et singula in capitulis et in
eo contenta et ad audiendum laudandum acceptandum pro nobis et
cujuslibet nostrum dictis nominibus sententiam condemnatoriam per
dictos regentem officium gubernationis justitiam Aragonum ipsius
locumtenentem vel alterum eorum sub obligationibus renunciationibus
securitatibus firmitatibus modis et conditionibus tam in dicto
instrumento arrendationis quam in libello ac petitione ipsius
pretextu seu vigore contra nos et quemlibet nostrum per dictum
Franciscum Berengarii arrendatorem seu ipsius legittimum procuratorem
offerendo contentis et expressatis: dantes et concedentes vobis
dictis procuratoribus nostris et vestrum utrique in solidum plenum
posse et facultatem agendi respondendi deffendendi excipiendi
conveniendi replicandi triplicandi litem vel lites contestandi
renunciandi et concludendi requirendi et protestandi fidancias jure
et de servando indempnem et de tenendo de manifesto et quascumque
alias necessarias et opportunas offerendi sententiam et sententias
tam interlocutorias quam difinitivas audiendi laudandi et acceptandi
et demum omnia et singula alia generaliter faciendi et libere
exercendi agendi et procurandi que merita earum postulant et
requirunt esto quod fuerint graviora aut majora et que requirerent
speciale mandatum sine quibus predicta expediri comode non valerent.
Promittentes nominibus predictis habere ratum gratum et firmum
perpetuo quicquid per vos dictos procuratores aut vestrum utrumque in
predictis et circa predicta cum dependentibus et emergentibus ex
eisdem fuerit dictum confessatum acceptum factum gestum seu
procuratum ac si per nos metipsos et quemlibet nostrum confessatum
fuisset concessum laudatum factum dictum et procuratum et nullo
tempore revocare contrafacere aut venire. Promittentes inquam nos
dicti constituentes et quilibet nostrum dictis nominibus in posse
notarii infrascripti ut publice persone a nobis paciscentis
stipulantis et recipientis pro dicto Francisco Berengarii interesse
suo et pro illis quorum interest aut interesse poterit in futurum
dictos procuratores seu aliquem ipsorum per nos in vim dicti pacti
constitutos non revocare nec revocari facere et minus inhibere
directe nec indirecte donec dictus contractus arrendationis et omnia
et singula in eo contenta sententiatus fuerit que sententia in rem
transiverit judicatam et fecerit jus inter partes. Et si contigeret
contrarium fieri per nos seu aliquem nostrum quod non credimus
volumus quod talis revocatio ac inhibitio nullius valoris existant
immo habeantur pro nova constitutione. Et ut premissa majori robore
fultiantur volentes vos dictos procuratores nostros aut vestrum
alterum relevare ab omni onere satisdandi promittimus dictis
nominibus judicio sisti et judicatum solvi cum suis clausulis
universis sub obligatione omnium bonorum manumissorie jamdicte. Quod
est datum et actum in civitate Valentie IIIa die augusti anno a
nativitate Domini MCCCCVII regnique nostri duodécimo.
- Signum + Martini etc. qui hec dictis nominibus laudamus concedimus et firmamus sigillumque nostrum appendicium hic jussimus apponendum. - REX MARTINUS.


María de Luna, reina de Aragón:


WIKI:

María era aragonesa de nacimiento, su familia pertenecía a la Casa de Luna de la alta aristocracia aragonesa. Probablemente nació en Pedrola (Zaragoza), donde su padre tenía su residencia, aunque poseía señoríos por todo el reino. Sus padres fueron don Lope de Luna, primer conde de Luna, y Brianda d'Agout. Fue comprometida en matrimonio con el infante Martín, hijo de Pedro IV el Ceremonioso, cuando todavía no llegaba a los ocho años. En cuanto cumpliese los ocho años debería ser entregada a la reina Leonor, para que fuera educada en la corte.

Su casamiento fue el domingo 13 de junio de 1372, en la catedral de Santa Eulalia de Barcelona. De este matrimonio nacieron cuatro hijos Martín, el primogénito, Jaime, Juan y Margarita; los tres últimos murieron niños.
Martín, rey de Sicilia, muere a la edad de 33 años. / En esta misma página aparece ... Martini regis Sicilie carissimi primogeniti nostri heredisque universalis...


Fue reina de Aragón, condesa de Luna, duquesa de Montblanc, señora de Bolea, Berbegal, Loarre, Vall de Uxo (Uxò, Uxó), Segorbe y otros lugares.


En 1396 ascienden al trono al morir Juan I El Cazador. Martín se encontraba en Sicilia, por lo que la nueva reina tuvo que actuar como Lugarteniente General ante las pretensiones al trono del conde de Foix y de la reina viuda Violante de Bar. En 1397, Martín I volvió de Sicilia e inmediatamente juró fueros siendo coronado en la Catedral de San Salvador de Zaragoza, realizándose los festejos en la Aljafería.

Fue una mujer noble, pues descendía de la casa de los Luna, caritativa y amante de la justicia, de profundas convicciones religiosas, sin llegar a la superstición, y aficionada a la música y a la lectura.

Mujer elegante y austera, la pompa y frivolidad de la Corte no influyeron en esta mujer, que superaba a su marido en la capacidad de gobierno. Mujer cercana al pueblo, protegió siempre a los más desfavorecidos, ayudándoles económicamente, incluso les eximió de impuestos; defendió a los payeses de remensa, a las aljamas de moros y judíos de Calatayud y Daroca; intentó poner paz entre los clanes familiares que estaban asolando el reino, incluidos los de su propia familia; escribió varias cartas al Papa, Benedicto XIII, para abolir los malos usos que consideraba contrarios al derecho humano y divino.

Francesc Eiximenis le dedicó una obra suya: Scala Dei, que es un pequeño tratado sobre moral y teología, escrito en occitano (al que llaman catalán) quizás en 1399, con motivo de su coronación como reina (23 de abril), que pertenece al género de los devocionarios, muy comunes entre las clases altas en la Edad Media.

La reina María tuvo una precaria salud. Murió de un ataque de apoplejía en 1406 en Villarreal camino de sus tierras de Segorbe, cuando iba a reunirse con su esposo que se encontraba en Valencia. / En esta misma página sale Villaregali /


En su testamento, redactado en 1404, donaba a los frailes franciscanos el monasterio de Sancti Spiritu que ella había promovido para ellos (a 10 km de Sagunto y 35 de Valencia), así como una renta de 5000 sueldos valencianos que se cobrarían de las rentas de Almonacid, aumentada más tarde en 1500 sueldos que debían destinarse para vestuario y manutención y 500 sueldos más a cobrar de las rentas de Paterna para reparaciones en el edificio.


María de Luna, reina de Aragón, escudo, monasterio, Poblet
escudo, monasterio de Poblet
 

 

María de Luna, reina de Aragón, enterrada, monasterio de Poblet


https://es.wikipedia.org/wiki/Cartuja_de_Vall_de_Cristo

  1.  «Gran enciclopedia aragonesa». Consultado el 4 de diciembre de 2017.
  2. Brines, Lluís. Biografia documentada de Francesc Eiximenis. Valencia. AVL. 2009. Pp. 191 ss. (en prensa) (en catalán)
  3. Silleras Fernández, Núria (2003). «La piedad urbana de María de Luna, reina de la Corona de Aragón (1396-1406». En Salvador Claramunt Rodríguez (coordinador). El món urbà a la Corona d'Aragó del 1137 als decrets de Nova Planta: XVII Congreso de Historia de la Corona de Aragón. Actas II. pp. 889-894. ISBN 84-475-2740-9.

sábado, 13 de julio de 2019

PEDRO III, EN LAS JUSTAS DE BURDEOS

129. PEDRO III, EN LAS JUSTAS DE BURDEOS (SIGLO XIII. BURDEOS)
 
PEDRO III, EN LAS JUSTAS DE BURDEOS (SIGLO XIII. BURDEOS)
 
 
Es históricamente conocido cómo Pedro III, rey de Aragón, yerno del desposeído y muerto Manfredo, rey de Sicilia, acabó tomando esta isla, vengando a su suegro e incorporándola a sus demás Estados.

Había recogido el guante retador de Conradino. Le quedaba pendiente todavía el personal ajuste de cuentas con Carlos de Anjou, el güelfo al que expulsara de Sicilia. El duelo entre Pedro III (excomulgado por el Papa) y Carlos de Anjou (hijo carísimo de la Iglesia) estaba previsto que se celebrara en Burdeos, en tierras del rey de Inglaterra, a quien el papa Martín IV le rogó que no lo permitiese, como trató de hacer.
 
papa Martín IV
 
No obstante, Pedro III no quiso faltar a aquella cita de honor, pero sabía que Eduardo de Inglaterra
controlaría todos los caminos que llevaban a Burdeos y que, además, tenía que atravesar Francia, dos peligros a sortear.

Lo de Burdeos, en definitiva, era una trampa, pero su honor le llevaba a ella.
Sin embargo, en Burdeos todo se había preparado. La cristiandad entera estaba pendiente de lo que allí
pudiera ocurrir. Entre las muchas comitivas que se dirigían a Burdeos estaba la del famoso mercader y tratante de caballos Domingo de la Figuera, conocido en toda Europa. Como siempre, su comitiva era numerosa. Al cargo de mercancías y cabalgaduras iban tres criados pobremente vestidos, aparte de su mayordomo. En realidad, el mayordomo era Pedro III y los tres criados Blasco de Alagón, Berenguer de Peratallada y Conrado de Llanzá.

Bajo el disfraz, la comitiva aragonesa llegó a Burdeos, donde era bien sabido que no acudiría Carlos de
Anjou, por habérselo prohibido el Papa. El senescal de Burdeos recibió aviso de que le aguardaba un mensajero del rey de Aragón, un encapuchado que le dijo si estaba en condiciones de garantizar la seguridad del rey aragonés, quien se podría presentar allí en poco tiempo.

El senescal inglés indicó al mensajero que bajo ningún concepto se presentara Pedro III, pues sería preso, ya que los hombres del rey de Francia y de Carlos de Anjou estaban por todas partes. Entonces, el mensajero le dijo al senescal si conocía personalmente al rey aragonés. Como dijera que sí, el interlocutor le mostró su rostro y, sin pensarlo más, fue a tomar posesión de su sitio en el palenque. Sólo le pudieron hacer desistir tras recibir un documento acreditativo de haberse presentado a la justa.
 
[Balaguer, Víctor, Instituciones y reyes de Aragón..., págs. 115-123.]
 
Pere Rey, Pedro III de Aragón, representado en la Genealogía de la Casa de Aragón redactada por orden el rey Martín I de Aragón.
Pedro III de Aragón, representado en la Genealogía de la Casa de Aragón redactada por orden el rey Martín I de Aragón.
 
 
Pedro III el Grande en el collado de las Panizas, por Mariano Barbasán. 1891. (Diputación Provincial de Zaragoza).
Pedro III el Grande en el collado de las Panizas, por Mariano Barbasán. 1891. (Diputación Provincial de Zaragoza).

 

Pedro III de Aragón (Valencia, 1240 - Villafranca del Penedés, 11 de noviembre de 1285),​ llamado el Grande, fue hijo de Jaime I el Conquistador y su segunda esposa Violante de Hungría. Sucedió a su padre en 1276 en los títulos de rey de Aragón, rey de Valencia y conde de Barcelona. Además, llegó a ser también rey de Sicilia.
 
Casado el 13 de junio de 1262 en la catedral de Montpellier con Constanza de Hohenstaufen, hija y heredera de Manfredo I de Sicilia, fueron coronados en Zaragoza, probablemente el 17 de noviembre de 1276,​ en una ceremonia en la que Pedro canceló el vasallaje que con el papado había concertado su abuelo Pedro II.
 
Todo su reinado se centró en la expansión de la Corona de Aragón por el Mediterráneo y para ello aprovechó su matrimonio con Constanza para reivindicar la corona siciliana. Sicilia se encontraba desde 1266 bajo la soberanía de Carlos de Anjou quien, con el apoyo del papa Clemente IV, que no deseaba a ningún Hohenstaufen en el sur de Italia, había sido investido rey tras derrotar en Benevento a Manfredo, quien falleció en la batalla.
 
El monarca angevino hizo cegar a los tres hijos varones de Manfredo y, en 1268, capturó e hizo decapitar a Conradino que –como nieto de Federico II– era el último heredero varón de la casa Hohenstaufen. La línea sucesoria pasó entonces a Constanza, quien ofreció refugio en Aragón a las familias partidarias de su padre, los Lanza, los Lauria y los Prócidas. Desde ahí, Juan de Procida, Roger de Lauria y el resto del antiguo partido Hohenstaufen organizaron la oposición a Carlos de Anjou con Pedro como candidato con el apoyo bizantino.
 
Una flota de la corona aragonesa, al mando de Conrado Lanza, recorre en 1279 las costas africanas para restablecer la soberanía feudal de Aragón sobre Túnez, que la muerte del emir Muhammad I al-Mustansir había debilitado. Posteriormente, en 1281, Pedro III armó una flota para invadir Túnez y solicitó al recién elegido papa Martín IV una bula que declarara la operación militar como cruzada, pero el papa, de origen francés y partidario de Carlos de Anjou, se la negó.
 
Cuando la flota se disponía a zarpar, tuvieron lugar en Sicilia los acontecimientos conocidos como las Vísperas sicilianas que provocaron la expulsión de la isla, tras una gran matanza, de los franceses. Los sicilianos enviaron entonces una embajada a Pedro III ofreciéndole la corona siciliana, a la que tenía derecho gracias a su matrimonio. El rey aragonés puso entonces su flota rumbo a Sicilia, donde arribó el 30 de agosto de 1282 y fue coronado rey en la ciudad de Palermo.
 
Inmediatamente envió una embajada a Carlos de Anjou, que se encontraba en Mesina, instándole a reconocerle como rey de Sicilia y a abandonar la isla. La derrota de la flota angevina en Nicoreta, a manos del almirante Roger de Lauria, obligó a Carlos a dejar Mesina y refugiarse en su reino de Nápoles.
 
El papa Martín IV respondió a la coronación siciliana de Pedro III con su excomunión (9 de noviembre de 1282) y su deposición como rey de Aragón (21 de diciembre de 1283), ofreciendo la corona al segundo hijo del rey de Francia, Carlos de Valois, a quien invistió el 27 de febrero de 1284, y declarando una cruzada contra Aragón, entre 1284 y 1286, por su intervención en los asuntos sicilianos en contra de la voluntad papal. La mayor parte del conflicto se desarrolló en tierras catalanas, aunque los primeros episodios se sucedieron en la frontera navarro-aragonesa. Como respuesta, los aragoneses atacaron a los franceses en Mallorca y Occitania.
 
La situación en la que se encontró Pedro III era totalmente inestable, ya que no sólo tenía que enfrentarse a la invasión francesa que se preparaba al norte de los Pirineos, sino que tuvo que hacer frente a graves problemas en el interior de sus reinos surgidos ante las necesidades económicas que provocó la conquista de Sicilia.
 
Pedro III soluciona los problemas internos concediendo, en las Cortes de Tarazona (1283-84), la formación de la Unión aragonesa y prestando juramento al Privilegio General que defendía los privilegios de la nobleza; asimismo concedió al Condado de Barcelona la constitución “Una vegada l´any” en las cortes celebradas en Barcelona entre 1283 y 1284.
 
Solucionados los problemas interiores, pudo centrar su atención en la invasión francesa, que al mando del propio rey francés Felipe III tomó en 1285 la ciudad de Gerona, para inmediatamente tener que retirarse cuando la flota aragonesa retornó de Sicilia al mando de Roger de Lauria e infligió a la escuadra francesa una derrota total en las islas Formigues y a continuación una derrota en tierra en el barranco de las Panizas, cuando las tropas francesas se retiraban.
 
Tras su gran victoria, Pedro III se dispuso a enfrentarse a su hermano Jaime II de Mallorca y a su sobrino el rey Sancho IV de Castilla, que no le habían prestado apoyo durante su conflicto con los franceses,pero su prematura muerte lo impidió. A finales de octubre de 1285, el rey enfermó cuando se disponía a emprender viaje a Barcelona y tuvo que detenerse en la localidad de San Climent donde los médicos, que viajaron desde la capital para atenderle, no pudieron hacer nada para salvarle. Falleció el 11 de noviembre de 1285 en la festividad de san Martín. Los estudios forenses de sus restos, exhumados en 2010, indican que probablemente su deceso se debió a una afección pulmonar.
 
En su testamento, Pedro III dispuso que su cadáver recibiera sepultura en el Monasterio de Santes Creus, de la orden cisterciense. Las exequias del monarca se celebraron con gran solemnidad y el cuerpo del rey fue colocado en una urna de pórfido rojo, que el almirante Roger de Lauria trajo desde Sicilia. Él fue el primer monarca aragonés en recibir sepultura en el Monasterio de Santes Creus.
 
El rey Jaime II de Aragón, ordenó la erección de las tumbas del rey Pedro III el Grande, su padre, al mismo tiempo que disponía la creación de su propia tumba y la de su segunda esposa, Blanca de Nápoles. Se dispuso que los sepulcros se hallaran cobijados, como así se hizo, bajo baldaquinos labrados en mármol blanco procedente de las canteras de San Felíu, cerca de Gerona. Cuando el rey Jaime II dispuso la creación de su propio sepulcro, tomó como modelo el sepulcro de su padre.
 
El sepulcro del rey Pedro III fue realizado entre los años 1291 y 1307 por Bartomeu de Gerona y es más rico que el de su hijo Jaime II y su esposa. Un gran templete de caladas tracerías alberga el sepulcro del rey, consistente en una urna de pórfido rojo, antes una pila de baño romana, traída a España por el almirante Roger de Lauria. La urna de pórfido se encuentra rodeada por imágenes de santos.
 
El epitafio del rey Pedro III, colocado enfrente del mausoleo, en el pilar que separa el presbiterio de la capilla lateral del crucero, reza la siguiente inscripción:
 
PETRUS QUEM PETRA TEGIT GENTES ET REGNA SUBEGIT,
 
FORTES CONFREGITQUE CREPIT, CUNCTA PEREGIT, AUDAX MAGNANIMUS SIBI MILES QUISQUI FIT UNUS, QUI BELLO PRIMUS INHERET JACET HIC MODO IMUS, CONSTANS PROPOSITO VERAX SERMONE FIDELIS, REBUS PROMISSIS FUIT HIC ET STRENUUS ARMIS, FORTIS JUSTITIA VIVENS AEQUALIS AD OMNES, ISTIS LAUDATUR VI MENTIS LAUS SUPERATUR, CHRISTUS ADORATUR DUM PENITET UNDE BEATUR, REX ARAGONENSIS COMES ET DUX BARCINONENSIS, DEFECIT MEMBRIS UNDENA NOCTE NOVEMBRIS, ANNO MILLENO CENTUM BIS ET OCTUAGENO,
 
QUINTO, SISTE PIA SIBI TUTRIX VIRGO MARIA.
 
En diciembre de 1835, durante la Primera Guerra Carlista, tropas gubernamentales integradas por la Legión Extranjera Francesa (procedente de Argelia) y varias compañías de migueletes se alojaron en el edificio monacal, causando numerosos destrozos en el mismo. Las tumbas reales de Jaime II y su esposa fueron profanadas. Los restos de Jaime II, hijo de Pedro III, fueron quemados, aunque parece que algunos restos permanecieron en el sepulcro. La momia de la reina Blanca de Nápoles fue arrojada a un pozo, de donde fue sacada en 1854. El sepulcro de Pedro III, a causa de la solidez de la urna de pórfido utilizada para albergar los regios despojos, impidió que sus restos corrieran igual suerte.
 
En 2009 se hallaron los restos mortales del rey en su tumba de Santes Creus.​ Mediante una sofisticada técnica de endoscopia y una analítica de los gases contenidos en su interior, se ha podido comprobar que es la única tumba de un monarca de la Corona de Aragón que no ha sido nunca profanada.
 
 
De su matrimonio con Constanza en 1262 nacieron:
 
Alfonso III de Aragón (1265-1291), rey de Aragón, Valencia y conde de Barcelona.
Jaime II de Aragón el Justo (1267-1327), rey de Aragón, Valencia, conde de Barcelona, rey de Cerdeña y de Sicilia.
Isabel de Aragón (1271-1336), «Santa Isabel de Portugal», reina consorte de Portugal por su matrimonio en 1288 con Dionisio I de Portugal.
Federico II de Sicilia (1272-1337), rey de Sicilia.
Violante (1273-1302), casada en 1297 con el infante Roberto de Nápoles, futuro Roberto I.
Pedro de Aragón (1275-1296).
Tuvo tres hijos naturales de su relación con María Nicolau, antes de contraer matrimonio con Constanza:
 
Jaime Pérez de Aragón (m. 22 de mayo de 1285). Primer señor de Segorbe.5​ Casado con Sancha Fernández, hija de Fernando Díaz o Rodrigo Díaz, señor de Benaguasil, y de su mujer Alda Fernández de Arenós, señora del Vall de Lullén, de quien tuvo a Constanza Pérez de Aragón quien fuera II señora de Segorbe, enlazada con Artal Ferrench de Luna, VIII señor de Luna;
Juan Pérez de Aragón;
Beatriz Pérez de Aragón, falleció en Portugal en 1316 y recibió sepultura en el monasterio de Monasterio de Santa Clara-a-Velha en Coimbra. Con su esposo, Ramón de Cardona, acompañó a su media hermana Isabel de Aragón cuando esta se casó con el rey Dionisio de Portugal. Fueron padres de cinco hijos: Guillermo, Ramón, Isabel, Beatriz y Leonor.
De la relación que mantuvo alrededor de 1275-1280 con Inés Zapata, a quien le donó las villas de Llíria y Alzira en el Reino de Valencia, nacieron cuatro hijos ilegítimos:
 
Fernando de Aragón. Caballero Hospitalario, su padre le dio el señorío de Albarracín en 1284 después de asediar y tomar la ciudad en septiembre de ese año, derrotando a Juan Núñez I de Lara. En 1305 fue enviado por su hermano Federico II, a ocupar Rodas y otras islas Griegas, expedición que fracasó.
Sancho de Aragón. Castellán de Amposta.
Pedro de Aragón,​ luego Pedro de Aragão, marchó al reino de Portugal en 1297 en compañía de su media hermana Isabel de Aragón y usó del apellido de Aragón y de las armas del rey su padre. Caballero hidalgo en Portugal. Su hermana, la reina Isabel, le dejó 1000 libras en su testamento otorgado en 1314. Se casó en Portugal​ con Constança Mendes da Silva, segunda hija de Soeiro Mendes "Petite" da Silva y de su primera esposa Maria Anes Brochado, de la cual tuvo un hijo.
Teresa de Aragón.​ Contrajo tres matrimonios: el primero con García Romeu III, ricohombre de Aragón, hijo de García Romeu II; el segundo con Artal IV de Alagón (m. 1295), X señor de Alagón en 1293, III señor de Sástago, I señor de Pina de Ebro, de Calanda y de Alcubierre, con descendencia; y el tercero con Pedro López de Oteiza.
 
 
Restos de Pedro III de Aragón en el siglo XXI
Restos de Pedro III de Aragón en el siglo XXI
 

domingo, 19 de julio de 2020

CAPÍTULO LIV. Armengol VIII (conde de Urgel)

CAPÍTULO LIV.

Que contiene la vida de Armengol, octavo de este nombre, y undécimo conde de Urgel.
- De como el conde Armengol volvió en gracia del rey, su casamiento, y disgustos con Ponce de Cabrera. - Del casamiento del conde, muerte y testamento suyo.

CAPÍTULO LIV. Armengol VIII (conde de Urgel)



Muerto Armengol séptimo, llamado de Valencia, heredó su hijo, que llamaron octavo; en el principio tuvo algunos disgustos con el rey don Alfonso de Aragón, su primo, que venían ya de tiempo de su padre, causados por Ponce de Cabrera, su cuñado, que estaba en este tiempo preso en Castilla, y por esto con sosiego y paz el condado de Urgel. No sé qué movió al rey para favorecer a Ponce, obrando por su libertad, y darle la mano contra el conde, su cuñado: parece esto en un auto (que) está en el real archivo, donde dice el rey: promittimus eum habere honoratum in curia nostra tanquam unum de melioribus terre nostre; y el vizconde, en agradecimiento de la merced que el rey le hacía, y porque así estaba concertado entre ellos, prometió tener por él los castillos de Monmagastre, Artesa, Castelló, Camporells, Torrafellona y Hostalric, para que pudiese en tiempo de guerra valerse de ellos, y el rey le prometió su favor contra el conde, hasta que, o concordase, o la justicia diese a cada uno lo suyo: así lo he visto en un registro vermejo, fol. 61, del archivo real.
En el entretanto que esto pasaba, no se olvidaba el conde del provecho de su alma, y según he visto en las escrituras del archivo de Arbeca, que fue de los duques de Segorbe, en las nonas de febrero de 1190, él y Elvira, su mujer, que Zurita llama condesa de Subirats, dieron a Hugo, abad de Santas Cruces (Santes Creus), y a los monjes, cinco cafices de trigo, que ellos recibían en Linyola, y veinte sueldos de censal, que recibían en la ciudad de Lérida, sobre el obrador de Azoch de los Sarraynes, que era en la parroquia de Martín, y que esto durase tanto cuanto el conde viviese, y después de su muerte cesase la prestación del trigo, y los veinte sueldos fuesen cien sueldos, pagaderos en la mejor moneda (que) corriese en Lérida en las compras de pan y vino; y que de estos réditos se pague el sustento y vestir de un monje sacerdote, que cada día sea obligado celebrar misa por las almas de ellos y de sus padres y de todos los fieles vivos y muertos; y el abad lo aceptó, e hizo partícipes a los condes de todo el bien se hiciese en aquel santo convento, y el rey Alfonso lo firmó.
En el año siguiente de 1191 volvió el conde en gracia del rey, y por algunos medios, que no se saben, quedó el vizconde en desgracia. En el registro vermejo del archivo real de Barcelona hay una concordia hecha en Lérida, en el mes de agosto, en que el rey y el conde parten entre si los castillos del vizconde que tenía en Cataluña, Aragón y Ribagorza, quando illos Deo dante acquirere possint, que era cláusula usada en aquellos tiempos, cuando dos partían cosa que aún estaba en poder de tercero; y convinieron en que el rey tome los castillos que el vizconde tuviese en la otra parte de Cervera, et castrum de Pinnano et de Zofana castrum de Finestris et de Bellomonte et de Federico et *Castellonem episcopi (Castell Bisbal) et castrum de *Bedells Camporrell et castrum de *Valldellor et totum honorem quod habet ultra aquam de *Mitana (o Milana) exceptis castris de Pinciano et Podio Rubio (Puig-Roig, Pueyo Rojo o Royo) que sunt allodia ipsius comitis et quod retineat feudum quod per ilum habeat; y que el conde de Urgel tome el castillo de San Jaime de Artesans, Monmagastre, Ager (aunque este, o se quedó en poder del vizconde, o el de Urgel, después de tomado, le debió de hacer gracia de él, porque en el armario de Urgel núm. 248, consta que a 2 de los idus de marzo 1195, prometió Ponce de Cabrera dar al conde y los suyos potestatem castri de Ager sine difficultate et retentione), castillo de Balaguer, Os y el castillo de Motasor, y que este castillo se derribe del todo, y si acaso el rey tomase alguno de los castillos del conde o el conde de los del rey, el que lo tomare lo debe restituir al otro: y con otro auto hecho, a lo que se entiende, en el mismo día, prometió el rey Alfonso, que por toda su vida dará favor y ayuda al conde contra Ponce de Cabrera y Arnaldo de Castelló y todos sus valedores que hicieren guerra al conde, y no hará con ellos tregua, sin el consentimiento y voluntad del conde; y el conde Armengol promete al rey servirle contra los dichos y cualquier barones que intentaren hacer guerra al rey; y por su parte firmaron y juraron Arnaldo de Avinyó y Berenguer de Ballestar, y por parte del conde, Gombaldo de Ribelles y Arnaldo de Pratello.
Y continuando el rey las mercedes, el año siguiente, estando en Tarragona, en el mes de abril, confirmó la donación que Ramón Berenguer, su padre, había hecho al abuelo del conde, de la ciudad de Lérida, en feudo, y de las villas y castillos de Albesa y Aytona. El modo que el rey tuvo en hacer esta confirmación fue firmar de su mano el auto de la dicha donación, según el estilo de aquellos tiempos; y porque el príncipe de Aragón, cuando fue la conquista de Lérida, por la gran devoción tenía a la religión militar del Templo, que por estos tiempos era entrada en Cataluña y florecía por todo el mundo, les había dado la quinta parte de la ciudad de Lérida, dio al conde, en satisfacción y enmienda de esa quinta parte, las villas de *Gebut y Mequinenza, vecinas de Lérida; y según eso, es muy verosímil que el rey o su padre habrían ya por estos tiempos dado al conde de Urgel, o a sus antecesores, las dos partes de aquella ciudad, que el padre del rey se reservó en la conquista de ella, cuando la dio en feudo al conde Armengol, y de estas dos partes, dio la quinta a la milicia del Templo; y pues por esta quinta parte hacía enmienda al conde, es muy verisímil le habría dado las dichas dos partes: confírmase esto, porque cuando la condesa Aurembiaix dio al rey don Jaime la ciudad de Lérida, se la dio toda, sin hacer memoria que tuviese la tercera o las dos partes, lo que, si tuviera, no lo callara el auto de la dicha donación, ni otros de que hago mención en la vida de la condesa, que todos son autos hechos con grande consideración y acuerdo.
Tuvo este conde muchos encuentros y guerras con Ramón Roger, conde de Fox, hijo de Barnardo Roger y de Cecilia, que fue hija de Ramón Berenguer, conde de Barcelona, y hermana de Ramón Berenguer (IV), príncipe de Aragón; así que, Ramón, Roger y Dulcia, madre del conde, eran primas hermanas. Era esta casa de los condes de Fox (Foix) muy antigua y principal y de grande estado, y muy emparentada con los reyes de Aragón y condes de Barcelona: hubo en ella diez y siete condes, y a la postre se unió con la de los reyes de Navarra, y hoy lo está a la corona de Francia. Fueron estas guerras por los años 1197, y los ricoshombres de Cataluña y Aragón se dividieron en bandos por parte del de Urgel. Se señaló mucho Guillen, vizconde de Cardona, su primo, que le prometió todo favor; y él y la condesa Elvira, su mujer, delante de Gombaldo de Ribelles, Poncio de Pinell, Pedro Fals y otros caballeros, le dieron quinientos sueldos de renta, sobre la que los dichos donadores tenían en Lérida, que llamaban *Trocella. Este auto estaba en el archivo de Arbeca, hecho a 7 de las calendas de noviembre de 1197. El conde de Fox con sus valedores entraron hasta la ciudad de Urgel a fuerza de armas, y trataron malamente los vecinos de ella y a todos los de aquella comarca. Nacieron de aquí muchas alteraciones en el principado de Cataluña, y todo se dividió en bandos, que duraron mucho tiempo, con daños y pérdidas comunes; y el rey don Pedro, que estaba obligado, según algunas convenciones antiguas, de valer al conde contra don Ramón de Cervera, se escusó de ello, y se levantó de esto escritura, que está en el armario de Urgel, núm. 9, hecha en el mes de mayo de 1200; y entonces Ramón de Cervera hizo todo el mal que pudo en el condado de Urgel, y llevaba cuatro mil infantes y buen número de caballería, armados con lorigas, y con ser tantos, ochocientos hombres de la villa los desbarataron.
En esta ocasión fue cuando el conde prometió a nuestra Señora de Poblet, pro salute animae suae et remissione peccatorum suorum, tenerle adornado su altar con la ropa y lienzos necesarios para su adorno, y para ello dio cien sueldos de renta, de los que recibía sobre las leudas et *Trocallis de Lérida, y Pedro, abad de Poblet, y Arnaldo, prior, Bernardo, sacrista, y R. celerario, prometieron cumplirlo así:
recibióse el auto en Agramunt, en abril de 1202, y lo confirmó el rey don Alfonso.
El año siguiente, a 26 de febrero, fue roto el vizconde de Castellbó, el cual, con cincuenta de a caballo y quinientos de a pie, toparon con gente del conde, que les acometieron, y prendieron al vizconde y a muchos de ellos.
Fue esta presa a 26 de febrero de 1203, y los presos, por pedirlo él, fueron encomendados a Gombau de Ribelles, el cual los tuvo como en tercería y con guarda; y aunque el rey deseó la libertad de ellos, el conde se escusaba, y pedía enmienda de algunos daños había el de Castelló dado al obispo de Urgel y a él, y que entregase las tenencias de algunos castillos que había prometido al rey que entregaría, si le daban libertad; y el rey pidió la libertad al conde, el cual escribió a Gombau de Ribelles, que si le habían, dentro de ciertos días, entregado las tenencias, reddas et *ab cum domino regi; et (si no las entrega) reddas cum mihi sine omni contradictione: hoc addito quod non exeat de potestate tua donech sim certus quod omnes potestates mihi et *episcopo compleverit; pero el de Fox no quiso más guerra con el conde, sino que concordó con él, olvidando todos los daños y guerras pagadas: consta por escritura hecha en el mes de setiembre de este año 1203, que está en el archivo real, armario de Urgel, núm. 216.
Este año fue muy notable para la ciudad de Lérida: derribóse la iglesia mayor que había en ella, por ser muy antigua y vieja, labrada a lo morisco, porque había sido mezquita de los moros, y era muy poco capaz para los vecinos de la ciudad, la cual de cada día crecía en número copioso de vecinos, y dieron principio a la que tenemos el día presente. En el día de la festividad de santa Magdalena pusieron la primera piedra el rey don Pedro el Católico y el conde Armengol, y para recordar el hecho, en el altar mayor pusieron una memoria que dice así:

ANNO DOMINI MCCIII. ET XI KAL. AUGUSTI SUB DOMINO INNOCENTIO PAPA lII VENERABILI GONBALDO HUIC ECCLESIE PRESIDENTE INCLYTUS REX PETRUS SEDUNDUS ET ERMENGAUDUS COMES URGELENSIS PRIMARIUM ISTIUS FABRICE LAPIDEM POSUERUNT BERENGARIO OBIGIONIS OPERARIO EXISTENTE PETRUS DE GUMBA M. ET FABRICATOR.

Y después poco a poco se fue acabando aquel suntuoso edificio con el campanario y claustro, que es de los mejores de España, ya por su apacible y alegre vista, ya por su ingeniosa arquitectura, en que tienen los curiosos mucho que ver y los artífices que considerar.
El año siguiente los dos, con algunos caballeros de Lenguadoc, Cataluña y Rosellón, acompañaron el rey a Roma, donde pasó, para recibir de mano del pontífice la corona y demás insignias reales. De esta ida de los condes de Urgel y de Fox a Roma, no hace mención Zurita pero sí Tomic, que nombra los caballeros que acompañaron al rey en aquel viaje, el cual acabado, dice Zurita, que hubo grandes alteraciones y discordias, así en Cataluña, como en Aragón, por la guerra que entre si tenían los condes de Fox y Urgel; y esta vuelta del rey fue el año 1204. Pero lo que daba más cuidado al conde, eran las diligencias y pensamientos de Guerau de Cabrera, el cual aspiraba al condado de Urgel, por no tener el conde hijos varones, y por esto el conde esforzaba todo lo posible asegurarse de sus amigos y ganar de nuevos, que cuando fuese el caso, valieran a Aurembiaix, su hija única. En esta ocasión Guillen de Cervera, que hartas veces habemos nombrado, necesitaba el favor del conde, el cual se le dio muy liberalmente, y a 3 de las nonas de febrero, el conde le prometió valenza y favor contra cualquier le quisiese damnificar, salvo el rey, reina y Ramón de Cervera. A este Ramón de Cervera había dado, a 4 de las nonas de mayo 1206, el conde Armengol, el castillo de Toló, reservándose a si las tenencias, hueste y cabalgada, y cien sueldos de renta sobre las quistias de Lérida; y Guillen de Cervera prometió valer al conde contra Guerau de Cabrera, y que no haría treguas ni paz con ninguno de sus enemigos. También consta que, a 8 de los idus de mayo del siguiente año, el rey don Pedro prometió a la condesa doña Elvira de ayudarla y favorecerla y conservarla pacíficamente en todo aquello que el conde su marido, que allá estaba presente, le había dado.
De estos sucesos particulares hay poca memoria en los autores, porque todos escriben las cosas de este conde de corrida: solo sabemos de cierto que murió el año de 1208, después de haber tenido el condado veinte y cuatro años. Fue príncipe muy religioso y pío. En su tiempo fue la dedicación de nuestra Señora de Gualter, en el condado de Urgel, que está junto a la villa de Pons, y a la otra parte del Segre, y la dotó de su patrimonio magníficamente.
En su vida, edificaba el rey don Alfonso primero de Aragón, conde de Barcelona, el ilustre y devoto monasterio de Poblet; y el conde, por participar del mérito de aquella santa obra, labró una buena parte del claustro, que es el que queda a la mano derecha, cuando salen del refitorio, denotándolo los jaqueles de oro y negro esculpidos en él.
Habíales ya dado, a 4 de las nonas de mayo de 1191, cien sueldos de renta in trocellis Illerdae et unum sarracenum scilicet Almalquicina qui permanet in castro quod vocatur Aytona cum omnibus rebus suis quas ipse in praesenti possidet scilicet cum domibus et hortis et vineis et agris quos ipse in sacano (secano) et in rigano (regadío) possidet; y el abad, que se llamaba Pedro, y los demás monjes les hicieron participantes y acogieron en las oraciones, vigilias y demás buenas obras que cada día se hacían en el dicho monasterio y orden cisterciense, y les tomaron en cuenta de frailes, y les prometieron que, cuando muriesen, harían por sus almas lo que suelen hacer por las de los religiosos de la orden. Firmaron este auto el rey don Alfonso de Aragón, los condes Armengol y Elvira, su mujer, y doña Dulcia, madre del conde.
Consta también por memorias de estos tiempos, que poco antes que muriera el conde, que fue a 7 de las calendas de setiembre, dio a la orden de san Juan de Jerusalén, y por ella a fray Gimeno de Lavara, maestro (maestre) de la orden en España, fray García Rufo, castellano de Amposta, y fray Bernat Amil, comendador de Lérida, en enmienda de los daños había dado a la religión, y en remisión de sus pecados, doscientos sueldos de renta, perpetuos, esto es, cien sueldos sobre los derechos que tenía el conde en la faneca de Lérida, y estos, que corriesen luego; y otros cien sueldos sobre un huerto que tenía junto a la puente de Balaguer, en el lugar llamado Almudafar, estos, que comiencen a correr por la religión el día que muriese la condesa doña Dulce, su madre; y a la postre, añade estas palabras: Quod si quis hanc donationem a nobis factam sciens contra eam ire attentaverit indignationem omnipotentis Dei et Sanctorum omnium incurrat in praesenti saeculo et futuro. Fueron confirmadores Guillen de Cervera, que firmó salvo jure pignoris, quod ibi habebat Bernardo Armengol, caballero, y Bernardo de Castellnou.
He hallado que, muerto el conde, estando el rey don Pedro en Lérida, a 15 de las nonas de diciembre, año de la encarnación 1210, confirmó a fray Pedro de Monteagudo, maestro del Temple en Prohenza y en algunas partes de España, a fray Ramón Berenguer de Ager, y G., comendador de Monzón, y fray Guillen de Monrodon, comendador de Gardeny, aquellos doscientos sueldos de renta que el conde Armengol les había dado por remedio de su alma, habedores cada un año de las rentas que él tenía sobre la faneca de Lérida; y también confirma aquellos cien sueldos, el dicho conde había asignado a la casa del Templo, habedores cada un año sobre las leudas y faneca de Lérida, y son satisfacción y enmienda invasionis quam feci domus de *Barbens; y manda que estos trescientos sueldos sean pagados de dichas rentas antes que otras cosas u obligaciones.
Casó con doña Elvira, a quien todos los autores llaman condesa de Subirats; tuvieron al principio los dos algunas discordias, que pasaban muy adelante: no sé si las causaba la esterilidad de la condesa o mala condición de alguno de los dos. Duraron algún tiempo, y a la postre, se reconciliaron: no se fió el uno de la palabra del otro, antes bien delante de escribano y testigos se otorgó auto de ella: está en el archivo real, armario 16, núm. 23 y 214, saco N, y se piden perdón el uno al otro de todo lo hecho, y prometen tratarse con amor y que el uno no dañará al otro ni dará causa para ello. Él le dio fianzas, que fueron Guillen de Cardona y Pedro Ferrandis, y convinieron que, en caso que el conde dejase la condesa, la hubiese de dejar, o en Cardona, o en Puigvert o en Oliola, y entonces estos caballeros le han de valer contra el conde. Este último auto es en agosto, y el primero de 3 de los idus de diciembre de 1203, y pocos años después, mando el conde a los vecinos de Liñola y Agramunt, que hiciesen pleito y homenaje a la condesa, prometiéndole todo favor contra aquellos que le quisiesen usurpar sus cosas o hacer daño a su persona, por ser esa la voluntad del conde, su marido. Consta con escritura hecha a 16 de las calendas de setiembre 1206: está en dicho armario 16, núm. 192 y 173; y aunque ya en el año 1187 habían hecho los de Agramunt semejante obligación, vuelven ahora a hacerla; y los de Pons hicieron lo mismo a 16 de las calendas de Setiembre 1206, núm. 198 y 250.
Tuvo el conde una hija llamada Aurembiaix, de quien hablaremos largamente en su lugar. Elvira quedó heredera de vida del condado de Urgel, y tuvo muchas pesadumbres, que le dio Ponce de Cabrera, cuñado del conde, que pretendía el condado, y con mano armada tomó muchos lugares y pueblos de él; lo mismo hacía su hijo Guerau de Cabrera, pareciéndoles que, por ser mujer, nadie había de mirar por ella, y por eso casó con Guillen de Cervera, caballero de los más principales de Cataluña, y muy estimado de los reyes don Alfonso, don Pedro y don Jaime, en cuyo tiempo vivió. Por razón de este casamiento, el vizconde y su hijo trataron con más respeto las cosas de la condesa y de Aurembiaix su hija.
Vivió el conde Armengol en el condado veinte y cuatro años, y murió el de 1208; fue sepultado en el monasterio de Poblet, en la capilla de los evangelistas, en una tumba
de piedra, algo elevada del suelo, que está metida casi toda dentro la pared: estaba muy pintada de escudos y follajes; pero ahora poco se conoce la pintura, porque el tiempo la ha consumido.
Hizo testamento; y porque en él dispone muchas cosas y pueden ser útiles, le pongo aquí por entero, sacado del archivo real, armario primero de Cataluña, núm. 113, y es el que se sigue:
Hoc est translatum fideliter factum XVII kalendas novembris anno Domini millesimo ducentesimo nono de carta que habetur sic. Quoniam nullus qui in carne positus est periculum mortis avadere potest idcirco in Christi nomine ego Ermengaudus Dei gratia comes Urgelli in mea plena memoria et sanitate integra inspirante divina misericordia facio meum testamentum scribere et eligo manumissores meos quos precor et volo esse Alviram *comitissam Urgelli uxorem meam et Guillelmum Dei gratia vicecomitem Cardone et Guillelmum de Cervaria et Guillelmum de Peralta et abbatem Populeti qui dividant omnia mea sicut in hac pagina scriptum est et sine damno quod eis non eveniat aliquo modo: et si me mori contigerit antequam aliud testamentum faciam istud volo esse firmum et stabile omni tempore. In primis dimitto corpus meum et animam meam omnipotenti Deo et hospitali de Hyerusalem et eligo sepulturam meam in hospitale de Emposta cum mille et quingentis morabatinis quos ibi dimitto pro anima mea cum equo et armis et lecto et animalibus tunc temporis meis stantibus: et constituo heredem meum filiam meam Aurenbiaix et comitissam totius terre mee et comitatus Urgelli: et si ipsa decesserit absque liberis substituo ei in omnibus bonis Marquesiam sororem meam et si ipsa decesserit sine liberis substituo ei sororem meam Miracle et si ipsa Miracle decesserit absque liberis substituo ei Guillelmum de Cardona consanguineum meum: tamen si contigerit me habere filium masculum antequam aliud testamentum faciam volo quod sit ita de meo sicut continetur in cartis inter me et Petrum Ferrandum confectis salvo tamen in omnibus et per omnia jure Alvire Urgelensis comitisse sicut inferius in hoc testamento continebitur. Dimitto siquidem filiam meam predictam cum omnibus bonis suis sub tutela et potestate Alvire comitisse matris sue donec ipsa filia sit perfecte et plene etatis. Volo siquidem et mando militibus et hominibus nostris *ut ipsi scilicet Alvire comitisse ita interim attendant sicut mihi facere tenentur. Si autem predicta filia mea decesserit infra predictam etatem dimitto Alvire comitisse quinquaginta mille solidos pro quibus tamdiu teneat totum honorem et comitatum meum donec ille quicumque heres erit meus persolvat ei dictos quinquaginta mille solidos. Item dimitto eidem comitisse Alvire ratione dotis et sponsalitii sui et ratione donationis et legati quindecim mille morabatinos ad omnes suas voluntates perpetuo faciendas. Item dimitto in posse Alvire comitisse novem mille morabatinos de quibus mando ei ut donet Hospitali de Hyerusalem supradictos MD morabatinos quos ei superius dari disposui. Item mando comitisse Alvire ut de illis morabatinis donet monasterio Sancti Hylarii MD morabatinos per remedium anime mee. Item donet Guillelme de Bellog nepti mee mille morabatinos: residuos autem quinque mille morabatinos donet creditoribus meis pignus vel hypotecam non habentibus: supradictos vero viginti quatuor mille morabatinos habeat Alvira comitissa super meum castrum et villam de Acrimonte et supra meum castrum et villam de Pontibus (Pons, de donde es Pau de Pons, Ponts) et de Linerola et super civitatem Ilerde et super omnia illa pignora que Guillelmus de Cervaria per me tenet ipso tamen prius pacato de debitis quos ei debeo. Habeat etiam Alvira comitissa predictos morabatinos super ipsum honorem quem Guillelmus de Peralta per me tenet. Ita scilicet habeat Alvira comitissa dictos morabatinos in his pignoribus quod si ille quicumque fuerit heres meus non pacaverit ei dictos XXIIII mille morabatinos ad complendam voluntatem meam infra annum habeat ipsa licentiam et potestatem ex auctoritate mea et sua *impignerandi vel vendendi dictos honores pro predicta pecunia et si quid residuum fuerit heredi meo restituatur et mando hominibus et militibus meis tu cum ipsis honoribus se habent et teneant et attendant Alvire comitisse sicut mihi tenentur facere. Et dimitto Petro de Sasala (ça Sala) ad persolvendum debita que ei debeo meum castrum et villam de Aiabud cum omnibus terminis et pertinentiis suis et mea operatoria de bladeria Ilerde ut ipse Petrus de Sasala possit omnia ea vendere vel impignorare cuicumque voluerit pro debita que ei debeo sibi recuperando si ille qui heres meus fuerit noluerit eum pacare ad suam amonitionem et si quid residuum fuerit heredi meo restituatur. Et dimitto Miracle sorori mee duo millia morabatinos ad omnes voluntates suas faciendas quos habeat super ipsos honores quos Raymundus de Cervaria per me tenet excepto castro de Aiebud et Siego: et si ego vel predicta filia mea absque liberis decesserimus dimitto Miracle sorori mee totum illam honorem quem Raimundus de Cervaria pro me tenet salvo * quod superius dixi de castro de Aiabud ad Petrum de Sasala. Item volo et mando quod si ego vel predicta filia mea absque liberis decesserimus quod Guillelmus de Cardona habeat in proprium allodium totum hoc quod pro me tenet: et dimitto *Guillelmo de Cervaria post obitum meum ad alodium francum et liberum omni tempore et ad omnes suas voluntates perpetuo faciendas hoc quod per me tenet excepto castro de Sancta Linia. Et dimitto omnipotenti Deo et ecclesie Sancte Marie sedis Urgelli meum castrum de Nargo cum omnibus suis terminis et pertinentiis in proprium alodium francum et liberum. Et dimitto monasterio sancti Saturnini omnes meas dominicaturas castri de Ciutad in francum alodium. Et dimitto monasterio Sancte Cicilie villam que vocatur Noves et mansa de Perles. Et dimitto ecclesie Sancte Marie de Solsona omnes meas dominicaturas de *Huliana et omnia mansa mea de Oden in suum allodium francum et liberum. Et dimitto Monasterio Sancte Marie Gualter in omnibus meis molendinis de Pontibus expleta et redditus unius diei in hebdomada omni tempore. Et dimitto monasterio Sancte Marie de Belpuig omnia mea dominicatura castri de Sancta Linia post obitum Raymundi Berengarii de Ager. Et dimitto monasterio Sanctarum Crucum omnia mea jura que habeo vel habere debeo in molendinis Bernardi de Cio ad Balager post obitum matris mee in suum allodium francum et liberum. Et dimitto monasterio Sancte Marie Vallis bone mille morabatinos scilicet quingentos morabatinos ex mera donatione et alios D. morabatinos dimitto ibi pro procuratione conventus in mense septembris omni tempore sicut cum ipsis disposui: et volo et mando quod predictum monasterium accipiat inde omnes meos exitus plenarie ex mera donatione mea donec lile quicumque fuerit heres meus persolvat dicto conventui dictos mille morabatinos plenarie: et super hoc mando Guillelmo de Anglerola quod ipse attendat Monasterio Vallisbone cum ipso castro de Conques et exitibus meis sicut mihi tenetur attendere donec de predictis mille morabatinis plenarie sit eis satisfactum. Et dimitto monasterio Populeti post obitum matris mee omnes ipsas meas decimas de Menarges et de omni re que ad usum hominis pertinet in suum allodium francum et liberum. Et dimitto monasterio Sancte Marie de Franqueses ut firmos habeat omnes honores quos aliquo modo acquisiverit per totam terram meam aliqua parte sine aliquo impedimento alicujus heredis mei. Et dimitto domui militie Templi totam dominicaturam meam de Albesa et ut liceat eis molendina facere in cequia de Albesa. Et dimitto eidem domui arma et ballistas et fundibula cum eorum apparatu et ensem meum et anulum et cofas meas. Mando et volo ut heres meus
persolvat peccuniam creditoribus meis que debetur eis sub pignoribus et si non faceret volo ut eis pignora non auferantur ab aliquo sed libere de illis pignoribus possint habere suas pecunias. Item dimitto domino pape Ignocentio sub protectione sua omnia mea et testamentum meum ut illud firmum et ratum habere faciat et mandari executioni sicut dispositum est et si quis contravenerit per censuram ecclesiasticam firmiter faciat observari: et propter hoc dimitto ei medietatem de Valladolit quod est hereditas mea et aliam medietatem dimitto heredi meo ut eam semper habeat per ecclesiam romanam et per celsitudinem suam et dominus papa faciat heredi meo tenere et possidere in pace.
Quod est actum tertio kalendas septembris anno domini millessimo ducentessimo octavo.
Sig+num Ermengaudi comitis Urgelli qui hoc testamentum propia manu mea firmo et laudo testibus ac manumissoribus firmare rogo.
Sig+num Albire comitisse.
Sig+num Guilelmi de Cervaria. - Sig+num Guilelmi vicecomitis Cardone. - Sig+num Petri abbatis Populeti. - A. de *Tolone subscribo cum + Salomone.- Sig+num Raymundi Berengarii de Ager. - Sig+num Raymundi de Montecatano.
Sig+num Guilelmi de Anglerola testis.
Raymundus Dominici qui hoc testamentum scripsit cum litteris suprapositis in vigessima linea et hoc + fecit:
Sig+num fratris Arnaldi de Tilella monachi Populeti. - Sig+num fratris Raymundi Sfortati monachi Populeti subscribentis.
Testes hujus translati.
Raymundus Dominici qui hoc testamentum translatavit cum litteris suprapositis in nona linea et hoc + fecit.