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viernes, 21 de febrero de 2020

LXXXII, legajo cartas reales, 115, 19 octubre

LXXXII.
Leg. de cartas reales. Núm. 115. 19 oc. Sin año.

Muyt alto rey e virtuoso senyor. - Mi senyor el infant por la gracia de Dios es bien sano e continuadament entiende en caça e en toda art de cavelleria assi que nunqua cessa quando caçando quando cavalquando quando juguando a la ballesta de que es buen maestro: quando todo falle faciendo pelear el osso con los perros en manera que a la tarde el cae cansado. De que partie en Mirales otras nuevas de Napols no ya sino que es cierto dona Juana haver preso por marido el comte de la Marcha qui el primer dia se fiço clamar rey de Napols: tiene preso el comte camarlench al qual ha turmentado muchas veguadas. Assimismo tiene preso a un capitan qui ha nombre Sforça. Dicese que el ermano del comte camarlench qui tenia algunos castiellos por el dito comte ses revellado cuentra el dito comte de la Marcha et algunos otros barones de Calabria no quieren ir a veyer el dito comte de la Marcha: presume hombre que sera guerra entre ellos. Exalçe nuestro senyor Dios la vuestra corona a su santo servicio.
Scripta en Cathania a XIX de octubre. - Del vuestro humil subdito qui se comanda en gracia e merce de la vuestra senyoria el vispe de Guescha.

(Nota: fechas a partir de 1406, cuando muere el primer esposo de Juana II de Nápoles y se casa con Jaime II de Borbón-La Marca.

Parece que el obispo de Huesca en Catania es Juan de Tauste, como Chuse Inazio Nabarro, el rey de Aragón al que escribe, Martín I, y el infante, Martín que sería I de Sicilia.)

legajo cartas reales, 115, 19 octubre, Juana II de Nápoles


lxxxiii-reg-1111-fol-47-20-agosto-1337

domingo, 9 de junio de 2019

Tomo I, texto XXV, testamento rey Martín de Sicilia

XXV.

Pergaminos de don Martín, n.° 454. 23 de julio de 1409.

In Christi nomine noverint universi: Quod nos Martinus Dei gratia rex Sicilie Athenarum et Neopatrie dux serenissimique domini regis Aragonum primogenitus ejusque regnorum et terrarum generalis gubernator corporali egritudine detentus nostro tamen sensu memoria et intellectu ac firma loquela consistentes
nostrum facimus testamentum per modum sequentem. - Imprimis instituimus et ordinamus nostrum heredem universalem in omnibus et singulis bonis nostris tam posessis quam quasi posessis mobilibus et
immobilibus corporalibus et incorporalibus ubicumque et qualitercumque melius apparentibus et specialiter in regno Sicilie et insulis coadjacentibus ac ducatum Athenarum et Neopatrie cum omnibus juribus regalibus jurisdictionibus et pertinentiis universis serenissimum dominum regem Aragonum
patrem et dominum nostrum carissimum salvis legatis et fideycommissis infrascriptis. - Item paternali afectione ducti instituimus nostrum heredem particularem carissimum filium nostrum don Fredericum
natum ex nobis tunc soluto et Tarsia muliere soluta in comitatu de Luna sito in regno Aragonie ad nos
spectante ex successione quondam serenissime domine regine Aragonie matris nostre carissime cum omnibus jurisdictionibus vassallis et juribus universis ad dictum comitatum pertinentibus necnon et in omnibus aliis bonis tam castrensibus quam feudalibus et paganicis quam aliis juribus quibuscumque ad nos spectantibus ex successione materna quondam serenissime regine predicte. - Item si contingat ex hac infirmitate decedere volumus et ordinamus quod illustris regina Blanca consors nostra carissima sit et remaneat vicaria in predicto regno Sicilie et ipsum regat gubernet et conservet ut vicaria generalis remanentibus in consilio fratre Alamanno de Foxa priore Messane et preceptore Montissoni Lodovico de Rajadells Bartholomeo de Juverio et Gabriele de Faullo militibus: et nichilominus cum contingerit Johannem Ferrandis de Heredia et Jacobum de Aricio milites redire ad regnum Sicilie declaramus et volumus ipsos et ipsorum quemlibet fore de consilio sicut sunt dicti quatuor superius nominati: ac etiam volumus et mandamus quod in predicto consilio una cum predictis sex interesse debeant tamquam consiliarii videlicet unus electus per universitatem urbis Panormi (Palermo) reliqus per universitatem Messane (Mesina) tertius per universitatem Cathanie quartus per universitatem Syracuse (Siracusa) quintus per universitatem Agrigenti (Agrigento) et alius per universitatem Trapani: quodquidem consilium jubemus quod regatur Cathanie (Catania) in cancellaria extra castrum usque ad ordinationem dicti domini regis Aragonie. - Item legamus dicte regine consorti nostre dotem assignatam nobis vel alii nomine nostro contemplatione matrimonii nostri et ipsius regine necnon et dotarium ac etiam legamus sibi triginta milia florennorum. - Item volumus et mandamus quod quamdiu dicta illustris regina viduitatem servaverit teneat et possideat omnia loca sibi assignata in camera et pro camera in regno Sicilie que et prout ad presens ex causa predicta tenet et possidet: et nichilominus specialiter suplicamus dicto domino regi Aragonie quatenus presentem dispositionem nostram singularem singulari affectione per nos ordinatam observare faciat cum effectu relinquentes in arbitrio dicte regine quod ipsa possit habitare in castro Cathanie Jaci vel Auguste in cujus regine custodiam ordinamus quod sit et esse debeat Gabriel de Faullo miles cui dicti castri eligendi per dictam reginam totalem custodiam regimen et conservationem relinquimus et comendamus juxta tenorem cujusdam albarani nostre propie manuscripti et consignati dicto Gabrieli militi: mandando dictis castellanis et cuilibet ipsorum sub fide qua nobis tenentur quod dicto Gabrieli obediant tanquam persone dicti domini regis atque nostre: et suplicamus eidem domino regi Aragonie quod mandet dictum nostrum albaranum debere exequi cum effectu. Et si ipsa regina eligerit stare in castro Cathanie eo casu dicto Lodovico de Rayadelles militi comendamus gubernationem civitatis Cathanie cum consilio preceptoris Montissoni et Gabrielis de Faullo militis: dicto tamen Gabrielli
militi comendamus regimen et gubernationem castri ipsius civitatis juxta tenorem dicti albarani et quousque per dictum serenissimum regem Aragonum fuerit aliter provissum: et si in dicto albarano non continerentur stetur simplici verbo dicti Gabrielis militis cui ipsi castellani propterea obediant tanquam nobis: quod albaranum in omnem eventum volumus observari etiamsi in aliquo presens testamentum eidem contradicetur albarano. - Item rogamus dictum dominum regem Aragonum quod dignetur filiam nostram naturalem nomine Violanti maritare magnifice ad ejus arbitrium et discretionem. - Item volumus et rogamus serenissimum dominum regem patrem nostrum et heredem universalem quod dignetur onus assumere maritandi honorifice Tarsiam matrem don Friderici et Agatuciam matrem dicte Violantis.
- Item legamus pro anima nostra et male ablatis incertis erogandis per fideycomissarios nostros auri centum milia florennorum. - Item ordinamus et mandamus quod omnes assignationes facte officialibus provissionatis assignatariis domesticis et servitoribus nostris ubicumque in regno Sicilie existentibus que ipsas assignationes consueverant maxime super portubus habere illas habeant ad eorum vitam easque eisdem legamus et relinquimus duraturas in vita ipsorum prout et sicut in provissionibus et executoriis litteris nostris inde factis potest apparere: rogantes specifice prefatum dominum regem Aragonum patrem et heredem nostrum quatenus dignetur ejus majestas pro bono regni Sicilie confirmare et
acceptare presens generale legatum et assignationes predictas ipsis servitoribus nostris.
- Item confirmando et de novo concedendo Galcerano de Sanctapace militi annuales redditus unciarum
centum viginti terre Calatagironi quas olim habebat quondam Uguetus de Sanctapace miles ejus frater et exinde Calceranus ex provissione et concessione dicti domini regis Aragonie et nostra super redditibus dicte terre ex habundantiori cautela eidem Calcerano legamus et relinquimus easdem: et quia idem Calceranus temporibus retrolapsis aliquibus annis non recepit dictas uncias centum viginti prout debebat in recompensationem dictorum annorum preteritorum volumus quod calculato et declarato de toto eo quod non receperit illud recipiat habeat et consequatur super aliis reditibus regni nostri. - Item volumus et mandamus quod comitissa Calalabillocte (Calatabillocte ) uxor subarrata cum Artali de Luna disponsetur in faciem Ecclesie et nuptui tradatur dicto Artali cui Artali nomine ipsius uxoris libere et expedite assignetur tam dictus comitatus quam baronia Biskone et Juliane spectantes ad dictam comitissam ejus uxorem qui quidem Artalis etiam consequatur pro parte dicte uxoris sue omnia alia et singula jura spectantia ad dictam ejus uxorem: ubicumque et qualitercumque melius apparentia.
- Item volumus et mandamus quod omnia jocalia nostra cum publico inventario per Sanccium Rohiz de Lihori militem camerlengum nostrum assignentur Petro Torrelles militi per eum deferenda et assignanda dicto domino regi genitori nostro: et ea jocalia que sunt pignoris nomine tradita patronis galearum nostrarum pro certa quantitate peccunie soluta peccunia ipsa per dictum dominum nostrum genitorem patronis ipsis assignentur sibi jocalia supradicta.
- Item legamos Johanni Darbea militi consideratione suorum serviciorum unciarum auri
duo milia.
- Item legamus consideratione suorum serviciorum magistro Rogerio Camma phisico nostro et filio suo post eum tonnariam Panormi: quam quidem tonnariam volumus per supradictos teneri pacifice et sine controversia donec ei vel ejus filio provideatur de equivalenti excambio ultra tamen assignationem ejusdem magistri Rogerii debitam et consuetam quam habere volumus ut solebat.
- Item legamus Garcie Latras militi uncias tres mille.
- Item legamus Ugueto de Foxa militi ultra assignationem et gratiam per nos sibi factam
decem milia florennorum.
- Item legamus Sigerio de Perapertusa militi florennorum auri decem milia.
- Item in aliqualem recompensationem serviciorum legamus Jacobo de Aricio militi prothonotario nostro tonnariam Bonaxie in ejus vita et filii sui per eos tenendam pacifice et sine controversia quousque provideatur dicto militi vel ejus filio nunc  viventi de excambio equivalenti quod sit duraturum in vita dicti militis et filii sui ultra consuetam assignationem ejusdem militis.
- Item confirmando Alberico de Heredia militi baroniam Palacioli cum juribus suis legamus sibi florennorum auri triginta milia.
- Item legamus Lodovico de Rayadelles militi consideratione suorum gratorum serviciorum florennorum auri viginti quinque milia.
- Item legamus Sanccio Roiz de Lihori militi camerlengo nostro totum id et quicquid proventurum est vel erit ex redemptione Guillermi de Moglo militis capiti armate januensium Janecti scutiferi
vicecomitis Narbone Caroli Omellini Symonis de Amari Brance Doria Ambrosini de Grimaldis et ejus fratris captivorum quomodocumque et qualitereumque proveniat cujus rei causa dictos captivos sibi tradimus et assignamus.
- Item legamus Aloysio de Santadria militi super tractis regni Sicilie in ejus vita et filii sui nunc viventis annuales redditus florennorum mille.
- Item legamus fratri Johanni Ximeniis confessori nostro redditus mille florennorum auri quousque provideatur sibi de aliqua dignitate equivalenti vel majori.
- Item legamus Isabelle de Luna pro ejus maritagio florennorum auri decem milia.
- Item legamus Bernardo Centelles militi camerlengo nostro florennorum auri quinquaginta milia.
- Item legamus infrascripto notario et secretario nostro in subsidium militie et ejus serviciorum consideratione Jacobo de Gravina militi uncias auri mille super reditibus cabelle tritici civitatis Cathanie.
- Item legamus Petro Caldarono castellano Catanie uncias auri mille.
- Item legamus Gabrieli de Faullo militi florennos auri viginti milia.
- Item legamus Giliberto Centelles militi florennorum auri decem milia.
- Item legamus Petro Darbea militi florennorum auri decem milia.
- Item legamus Nicolao Dabella militi et ejus filiis de suo corpore legitime descendentibus super tractis regni Sicilie annuales reditus florennorum auri mille.
- Item legamus Augerot Delarca militi florennorum auri decem milia.
- Item volumus et mandamus quod quodam joellum quod nunc est in posse dicti camerlengi nostri restituatur dicte regine consorti nostre.
- Item ordinamus nostros fideicommissarios seu malmissores dictum dominum regem Egidium Roiz de Lihori militem gubernatorem Aragonum Sanccium Roiz de Lihori militem camerlengum nostrum et prefatum fratrem Johannem de Eximeniis quibus virtute hujusmodi testamenti seu ultime voluntatis nostre plenam conferimus potestatem et facultatem predicta omnia et singula distribuendi exequendi administrandi et penitus adimplendi. - Et hanc volumus esse ultimam voluntatem nostram quam valere volumus jure testamenti et si jure testamenti non valeat vel valebit valeat seu valebit vel valere possit jure codicilli vel alterius cujuslibet ultime voluntatis: supliciter exorantes dictum dominum regem quatenus presentem voluntatem nostram dignetur nostra sola voluntate et veritate inspecta eandem ut predicitur tanquam validam facere effectui demandare. Actum in castro Calleri anno Domini millessimo quatuorcentessimo nono vicessima quinta die julii secunde indictionis.
- Sig+num nostri Martini Dei gratia regis Sicilie Athenarum et Neopatrie ducis et primogeniti Aragonum supra nominati qui predicta firmamus concedimus et laudamus presentibus ad hec vocatis et rogatis testibus infrascriptis videlicet nobilibus Johanne Ferrandis de Heredia Sanccio Roiz de Lihori Bernardo Centelles militibus fratre Johanne Eximeniis confessore Antonio Valls Petro Compagnono secretariis Alberico de Heredia Uguet de Foxa Sigerio de Perapertusa Nicolao Dabella Johanne Castellar et Garcia Latras militibus et Rogerio de Camma phisico et Jacobo de Aricio milite prothonotario. +
Ego frater Johannes Exameno confessor dicti domini regis testor. - + Yo Sancho Roiz de Lihori son (som)
testimoni - + Jo Johan Ferrandez de Heredia som testimoni - + Jo Bernat Centelles som testimoni - + Ego
Anthonius Valls predictus pro teste me subscribo - + Ego Jacobus de Aricio premissis interfui et testor. -
+ Ego Nicolaus de Apilia testor. - + Jo Uguet de Foxa son testimoni. - + Yo Johan Castella ne so testimoni. - + Eguo Seguier de Peyrapertusa son testimoni. - + Eguo Guarcyas de Latras testor. - + Ego Rogerius de Camma phisicus testor. - + Yo Alberico de Heredia so testimoni. - + Ego Petrus Companyoni de Stagneolo qui premissis presens fui hic me pro teste subscribo.
- Sig+num mei Jacobi de Gravina militis regii secretarii et publici notarii auctoritate regia in regnis Sicilie et Sardinie qui ad hec vocatus premissa propia manu scripsi eisdemque interfui
publicavi et clausi cum rasura ubi legitur videlicet nobilibus non vicio set errore: ideo pro autentico habeatur.

 
/ Caller : Cáller : Cagliari, en sardo Casteddu  /

jueves, 19 de noviembre de 2020

17 DE MARZO.

17 DE MARZO. 

Entre otras deliberaciones que se tuvieron en este día, acordóse escribir a la Reina, que estaba en Villafranca, para que disimulara la tardanza en enviarle los capítulos relativos a su Serenidad, en atención a la misma importancia del negocio que se había de resolver. Al propio tiempo se expidieron varias cartas y se recibieron las que siguen.

Als amats e feels nostres los diputats del General e consell representans lo Principat de Cathalunya.
La Reyna.
Reverend venerables nobles e magnifichs amats e feels nostres. Per altres letres vos havem scrit avisantvos com haviem delliberat partir ir dimecres e axi ho haguerem fet sino per la febra que assalta a la Illustre Infanta nostra molt cara e molt amada filia. E no contrastant huy de mati no la hagues lexada e fos tant singular festa deliberam partir huy apres dinar jatsia nostra absencia fes gran fretura al servey de la Majestat del Senyor Rey segons per ses letres haureu compres e stant en aquesta ferma deliberacio e proposit. E havent ja trames per pendre posades arriba per vosaltres trames en Johan Bruio lo qual nos dona una letra vostra de VII del present ab una post scrita de VIIII del dit mes. E aquella lesta e be considerada la qual comunicam a la dita Majestat fonch
causa de mes confortarnos en lo dit nostre proposit ab delliberacio de acelerar nostre cami per la molta sperança que vostra letra nos dona que de nostres treballs reexira servey gran a nostre Senyor Deu e no poch servici a la dita Majestat benefici gran a la Serenitat nostra e al lllustrissimo Princep pau quiete e repos a tots los seus regnes et signanter a aqueix Principat E perque de tot siau avisats stant per partir la dita Majestat hac hun correu de Sanguessa per lo qual li scrivien com eren anats a soccorrer lo castell o força de Lumbierre e com los era exit Charles Dartieda lo qual havia fet rebellar la dita vila per vedarlos lo dit soccors e com havien hagut afer ab ell e que quasi rot lo havien fet retraure dins aquella e que havien soccorregut la dita força en havien tret mossen Leon de Garro lexanthi lo fill Johan de Garro supplicant la prefata Majestat donas orde e provehis per manera que la dita vila se pogues cobrar ans que lo rey de Castella hi hagues trames gent per aspetjar la dita força e traure aquella de fora e metrela dins per forma que apres nos poria soccorrer lo dit castell. E perque la dita Majestat no ha en costum de ferse carrech ne vol dexarse perdre aquell regne axi pera si com per al dit Illustrissim Princep son fill e nostre ha delliberat de partir de miga nit amunt amprant particularment los homens de condicio estat de aquest regne e molta gent de peu e ab la ajuda de nostre Senyor Deu e ab la prudencia e animositat sua e ab la virtut e fidelitat dels dits aregonesos que tots lo seguiran se spera la dita Majestat recobrara la dita vila de Lumbierre. Pero no stam sens gran admiracio la sua Serenitat e nos que havent mes vosaltres en la capitulacio lo fet de Navarra e per lo semblant lo dit
lllustrissimo Princep havent trames a la sua Majestat per sos embaxadors los nobles e magnifichs consellers seus e nostres don Lop Ximenis visrey de Sicilia e Johan Ferrandiz de Heredia e Martin Dirurita sobre los dits afers e mes avant los de la cort de Arago fent a la dita Majestat la instancia mateixa que per la dita capitulacio vosaltres fahieu lo dit Charles Dartieda se sia mogut a fer la dita rebellio de la dita vila de Lumbierre la qual nons par redunde en honor del dit lllustrissimo Princep de aqueix Principat ne de aquest regne als quals per ell eren remeses aquests afers pero leixam a vostra discrecio lo juhi que de aço se fara nes pot fer de tot vos havem volgut avisar per que sapiau les coses com passen. E no ha cuydat fer poch dan lo dit negoci car hora fonch que la dita Majestat axi per lo desdeny quen havia pres com encara per la fretura que la absencia nostra fara a son servey deliberava que la persona nostra restas pero
essent certa que lo dit cas vos haura molt desplagut com axi ho vulla la raho segons vostra acostumada virtut e lo que en semblants coses vosaltres e los vostres passats haveu acostumat usant la dita Majestat de sa benignitat e clemencia no contrastant lo dessus dit persevera quens partissem ens mana que de totes coses vos avisassem de aci perque poguesseu provehir en tot lo que fos servey seu e benefici del dit IIlustrissimo Princep e donar orde que lo dit fet tornas a loch e que als no si seguis. E fent conclusio vos avisam com dema Deu volent partirem de açi fent la via de Balaguer e de alli prosseguirem nostre cami la via de Agualada lo pus prest que porem. Data en lo loch de Vila Maior a XIIII dies de març any Mil CCCC sexanta hu. - La Reyna. 

Als molt reverend egregis nobles magnifichs e molt savis mossenyors los diputats del Principat de Cathalunya e consell en virtut de la comissio de la cort elet.
Molt reverend egregis nobles magnifichs e molt savis senyors. Per dues letres la una de set laltra de nou del present vos havem scrit la gran necessitat en la qual aquesta ciutat es constituida e posada per los grans carrechs e despeses que soste axi per lo que ordinariament ha a pagar com encara per causa de les despeses que fa e ha fet per la custodia de aquella e del castell axi de aquesta ciutat com del loch de Amposta lo qual indubitadament fora pres per en Franci Mas sino per la nostra bona custodia e diligencia e com no som en punt de poderho comportar ne sostenir e vos havem supplicat volguesseu provehir que les dites despeses fossen fetes e pagadas de peccunies del General e fos donat sou en aquesta ciutat per vostres reverencies a algun nombre de persones habitants en aquella per custodia de la ciutat axi com se dona a gents de altres parts e no havem cobrada resposta de vostres reverencies ne sabem sia stat provehit de que som molt admirats car veem esser molt necessari per lo sostenir de aquesta ciutat e per defensio de tot lo Principat majorment que lo poble de aquesta ciutat no pot pendre pacientment ni permetria que per gent stranya encara que sien del dit Principat los dits castells e forçes sien guardats e si per vosaltres mossenyors axi nos proveheix de tot cert aquesta ciutat haura a cessar de la dita custodia e despesa e restara la cosa en gran perill e sobre aço noy dubten vostres reverencies car la necessitat en la qual es aquesta ciutat es molta e nos força a lexarnos de les dites despeses de les quals coses nos pot seguir sino gran dan per quant som en la frontera de dos regnes e som certs dels preparatoris ques fan axi en regne de Valencia per lo mestre de Muntesa qui fa fornir sos castells e viles com en Arago que la junta hi es cridada e lo Senyor Rey dona sou a gent darmes e de dia en dia creixen los perills. Perque tornam a supplicar vostres reverencies no vullen oblidar ni dilatar de provehir les dites coses per lo be e profit de tot lo Principat. E perque dan algu non puxa seguir car si nvitats algunes se han a fer en ciutat de tot lo Principat se faran en aquesta ciutat per ço com es en frontera segons es dit. Mes encara supplicam vostres reverencies nos vullen rescriure e consellar lo que devem fer e com nos haurem si lo Senyor Rey venia en aquesta ciutat segons que per les letres dessus dites vos havem scrit. Placia a vostres reverencies de rescriurens breument de les dites coses car la necessitat dels dits fets es molta e no es cosa que mes la pugam comportar per les quals som prests fer tot lo quens sia possible e tinga aquelles la Sancta Trinitat en sa continua proteccio e guarda. Scrita en Tortosa a Xllll de març del any Mil CCCCLXI.
- Mossenyors. Apres feta la present havem sabut com lo conestable de Navarra es entrat en Arago fins a Pedrola ab mil rocins e mil homens de peu e que en Çaragoça ses armada tota la gent e lo Senyor Rey es alli ab cinchcents rocins e mil homens de peu e que Çaragoça ha fets missatgers al dit conestable pregantlo que sen tornas e axi ho ha fet e quel Senyor Rey deu venir ab la dita gent a Fraga perque navisam vostres reverencies. - A tota ordinacio de vostres reverencies molt prests los procuradors de Tortosa.

Als molt honorables e savis senyors los procuradors de la ciutat de Tortosa.
Molt honorables e savis senyors. Vostra letra havem rebuda de ...(XIIII si se refieren a la carta anterior) de març corrent a la qual vos responem que quant toqua en la guarda del castell de aqueixa ciutat a nosaltres seria gran carrech a despeses del General guardarlo ni pagarhi res a vosaltres de qui es lo major interes provehirhi segons millor vos sia vist fahedor. De la custodia del castell Damposta scrivim al nostre diputat local que per guardar aquell al present de la gent asoldadada e acordada per aquest Principat hi vage una conestablia ab En Pere Gil de Viloro menor de dies quils regescha e haja carrech de guardar lo dit castell ab la dita gent. De aço scrivim al diputat local quens informe de la gent que hi ha stat per guarda de aquell e quin temps a fi que hauda la informacio dell pugam provehir a la contenta de aquells segons la raho volra. E sia molt honorables e savis senyors la Sancta Trinitat vostra guarda. Dada en Barchinona a XVII de març any Mil CCCCLXI. - A. P. abat de Montserrat - Los diputats del General de Cathalunya e consell et cetera.

Al honorable senyer En Pere Jorda diputat local en la ciutat de Tortosa et cetera.
Honorable senyer. Responent a una letra que los procuradors de aqueixa ciutat nos han feta sobre la guarda del castell Damposta havem deliberat que En Pere Gil de Viloro menor de dies vaje ab una conestablia de aqueixa gent qui es aqui asoldada de aquest Principat e lo castell sia acomenat al dit Pere Gil (no julivert). Perque encontinent feuhi anar la gent que millor vos semblara. E axi mateix scriviunos quina e quanta gent hi ha stada fins ara per guardar aquell e de quin temps perque hauda vostra informacio deliberarem e provehirem en la paga de aquells. E siau caut en lo que som avisats que de temps en temps han aminvada la gent en la dita guarda. Sapiaune de tot la veritat e prestament nos ne avisau. Dada en Barchinona a XVII de març any Mil CCCCLXI. - A. P. abat de Montserrat. - Los deputats del General de Cathalunya residents en Barchinona.

Als molt honorables tots e sengles oficials reyals e altres als quals les presents pervendran e seran presentades e a quiscuns dells o a sos lochtinents los diputats del General del Principat de Cathalunya residents en Barchinona saluts e honor.
Notificamvos ab les presents com nosaltres per lo benefici tranquillitat e repos del dit Principat entenents en tolre e levar totes e sengles diferencies bandositats e contencions que sien entre qualsevol persones dins lo dit Principat domiciliades e volents aquelles pacificar entre los altres havem fet venir a nos e nomenadament e expecifica guiar per lo honorable sotsveguer de Barchinona e regent a present la vegueria per absencia del honorable mossen Arnau Guillem Pastor regent la dita vegueria lo qual de aquestes coses ha special prorrogativa e poder lo honorable En Pere dez Bach donzell senyor de Rochabruna lo qual se diu a instancia del procurador fischal ere es diu gitat de pau e treua a fi que per miga sen se leven algunes de les dites diferencies en les quals es vist ell poder be obrar e lo entreveniment seu poderhi prestar molt benifici e fruyt. E encarregat per nosaltres va de present per algunes parts del dit Principat en les quals ab algunes persones ell ha a tractar sobre aço. Perque significantvosho ab la present vos requerim no façats ho prestets o fer e prestar permetats al dit Pere dez Bach impediment algu abans li presteu tota favor e ajuda en les dites coses. Dada en Barchinona a XVII de març any Mil CCCCLXl. - A. P. abat de Montserrat.

Al molt egregi senyor e strenuu baro lo comte de Modica capita et cetera.
Egregi senyor e strenuu baro. Per certs sguarts que no curam explicar havem deliberat que En Jacme Amat fuster de la conestablia den Gaspar Çabater conestable dels fusters acordat en aqueix exercit sia per vos stapolat e sen puga aci venir. Perqueus pregam e encarregam molt stretament que li vullau donar licencia e ferhi certificacio del dia que per vos sera licenciat car ja havem aci seguretat de tornar lo sou del temps que no haura servit. Dada en Barchinona a XVII de març any Mil CCCCLXl. - A. P. abat de
Montserrat. - Los diputats del General de Cathalunya residents en Barchinona et cetera.

Al honorable senyer En Francesch de Sentçaloni diputat local en la ciutat e vegueria de Gerona.
Honorable senyer. Dehim e manamvos que lo pus cautament que poreu requirau lo sotsballe de aqueixa ciutat que sobre les coses en lo memorial que va dins la present contengudes reba bona e verdadera informacio haventsi cautament e diligent e secreta e rebuda lans envieu de continent per persona segura e en aço no haja falla. Axi mateix volem que ab consell de vostre assessor insteu se faça justicia spetxada An Gabriel Ballester de Caules de Malavella (Caldes) qui era acordat en lo exercit de aquest Principat del que demane al sotsveguer de aqueixa ciutat per la preso en quel ha detengut e per los dans que li ha dats segons diu injustament. Dada en Barchinona a XVll de març any Mil CCCCLXI. - A. P. abat de Montserrat - Los diputats del General de Cathalunya residents en Barchinona.

Sigue a esta carta una nota, que fue inclusa en la misma, de las preguntas que se habían de hacer a varios para tomar información contra Bernardo Guillem de Altarriba, veguer y baile de Gerona, sobre haber intentado conmover a los pueblos y suscitar parcialidades en Gerona, haberse opuesto a la comisión encargada de la libertad del Príncipe, contrariando sus deliberaciones, y haber instado a los síndicos de los remensas al mismo fin.

Als molt honorables e savis senyors los gentils homens consols jurats e altres prohomens de la Vall Daran.
Molt honorables e savis senyors. Vostra letra havem rebuda de creença per Narnau de Domar e havem hoit tot lo que dir nos ha volgut de vostra part. A la qual vos responem que confiam tant de vosaltres qui sou tals que sempre provehireu en les coses necessaries a defensio e guarda de aqueixa terra a servey de la Majestat del Senyor Rey e honor de aquest Principat e descarrech vostre. E tota via haurem plaer de tots avisos quens fareu. E sia senyors molt honorables e savis la Sancta Trinitat vostra guarda. Dada en Barchinona a XVII de març del any Mil CCCC sexanta hu. - A. P. abat de Montserrat.
- Los diputats del General de Cathalunya residents en Barchinona.

Al molt noble e molt magnifich mossenyer lo visrey del regne de Sicilia.
Molt noble e molt magnifich mossenyer. Sobre alguns afers concernents laor e servey de la divinal Majestat honor servey e exaltacio de la reyal corona del Serenissim vostre e nostre Rey e Senyor e benifici tranquillitat e repos de tots los regnes e dominis de aquella son per nosaltres tramesos en aqueix regne lo magnifich mossen Franci Pallares ciutada de Barchinona e micer Pere Clariana doctor en leys exhibidors dels presents informats per nosaltres stesament dels dits afers segons a vostra noblesa e magnificencia explicaran a les quals placia donarlos plena fe e crença en tot ço que per part nostra per ells vos sera explicat axi com si per nosaltres dit era e circa los dits negocis fer e obrar com de la noblesa e magnificencia vostra fermament se creu. La Sancta Trinitat molt noble e molt magnifich mossenyer vos tinga en proteccio sua. E rescriviunos ab tota confiança tot ço queus placia. Dada en Barchinona a XVII de març any Mil CCCC sexanta hu. - A. P. abat de Montserrat. - Los diputats del General de Cathalunya residents en Barchinona.

Iguales a la carta que precede, se enviaron otras al maestro Justiciero de Sicilia, al governador de la cámara de la reina de Sicilia, al virey de Cerdeña y al gobernador del propio reino.

Als molt nobles magnifichs e de gran saviesa senyors los senador e jurats de la fidelissima ciutat de Çaragoça.
Molt nobles magnifichs e de gran saviesa senyors.
Sobre alguns afers concernents laor e servey de la divinal Majestat e honor servey e exaltacio de la reyal corona del lllustrissim vostre e nostre Rey e Senyor e benefici tranquillitat e repos de tots los regnes e dominis de aquella son per nosaltres tramesos en aqueix regne los magnifichs mossen Franci Pallares ciutada de Barchinona e micer Pere de Clariana doctor en leys exhibidors de les presents informats per nosaltres stensament dels dits afers segons a vostres nobleses e magnificencies explicaran. A les quals donarlos plena fe e creença en tot ço que per nostra part per ells vos sera explicat axi com si per nosaltres dit era e circa los dits negocis fer e obrar com de la integerrima fidelitat constancia e virtut vostra envers la dita corona reyal amor benvolença e fraternal companyia de aqueix regne envers aquest Principat qui a vosaltres es en la mateixa amor e afeccio indubitadament se spera. La Sancta Trinitat molt nobles magnifichs e de gran saviesa senyors haja e tenga en sa proteccio les nobleses magnificencies e savieses
vostres les quals a nosaltres ab tota confiança scriuen tot ço quels placia. Dada en Barchinona a XVII de març any Mil CCCCLXI. - A. P. abat de Monserrat. - Los diputats del General e consell representants lo Principat de Cathalunya residents en Barchinona apparellats a vostra honor.

Bajo la misma forma se escribió también al senador y jurados de Palermo, al capitán senador y jurados de Catania, a los de Trápani, y al estrátego senador y jurados de Mesina.
El mismo día se enviaron a los embajadores las siguientes instrucciones.

Instruccions per part dels reverends e molt magnifics diputats del General del Principat de Cathalunya e consell lur en virtut de la comissio de la cort general del dit Principat elegit et cetera fetes als molt honorables mossen Franci Palleres e micer Pere de Clariana embaxadors per los dits diputats e consell elegits per anar a les illes y regnes de Sicilia e de Cerdenya de tot ço que los dits embaxadors de part dels dits diputats e consell diran e explicaran als reverends egregis nobles magnifichs e honorables visrey gobernadors prelats comtes barons homens de stat e condicio capitans universitats consells e staments de les dites illes e regnes e als poblats en aquells.
Primo. Los dit embaxadors axi prest com a Deu plaura sien arribats en les dites illes o qualsevol de elles hon primer arribar los esdetvinga donaran lurs letres de creença a aquells a qui seran dirigides. E si trobaran consells dels dits regnes congregats sino veuran e demanaran si bonament prest congregarse porien. E hon congregar nos poguessen explicaran als consells de les principals comunitats dels dits regnes fahent hi applicar los barons e altres persones de condicio que haver se puguen e en les quals congregacions los dits embaxadors explicaran lur embaxada. E a les altres persones de condicio que no seran en los dits consells e congregacions comunicaran aquella sots la forma o efecte seguent.
Es a saber que vengut lo Illustrissim senyor don Carles primogenit de Arago e de Sicilia et cetera en las parts de Cathalunya per ordinacio e manament de la reyal Majestat lo dit Illustre Primogenit feu e dona a la dita reyal Majestat lo rebe e accepta en sa paternal gracia e li feu e atorga ample remissio de totes coses fetes e seguides en temps passat e fins en aquella hora. E axi entre los dits Senyors pare e fill fonch feta reconciliacio unitat e concordia de la qual lo Principat de Cathalunya e tots los regnes e dominis de la reyal corona havien haguda inmensa exaltacio e leticia e ne havien referides devotes gracies al Altissim Deu. La qual unitat e concordia fetes e aquelles durant per alguns dies se es subseguit que la Majestat reyal partint de la ciutat de Barchinona hon ensemps ab lo dit lllustre fill seu havia stat per algun temps es venguda a la ciutat de Leyda e deliberat aqui congregar e celebrar cort general a tots los del Principat de Cathalunya e celebrantse la dita cort la dita Majestat reyal per letres sues trames demanar lo dit Illustre Primogenit fill seu qui era romas e residia en la ciutat de Barchinona lo qual axi demenat venint a la dita Majestat reyal ab la qual fonch en la dita ciutat de Leyda a dos del mes de deembre passat fonch per aquella pres e detengut e aquell dete encara. De la qual detencio tots los poblats en lo dit Principat incitats e moguts per la innata fidelifat devocio e amor qui en ells es a la reyal corona han haguda subirana contristacio e dolor. E per quant lo dit lllustrissimo Senyor Rey decontinent prorroga la cort significant anar en lo reyalme de Arago axi com de fet ana portantsen lo dit Illustre Primogenit. Los diputats del dit Principat haguda sobre aço comissio de la dita cort general e en virtut de aquella convocat gran consell dels staments del dit Principat deliberaren fer solemna embaxada de XV persones prelats barons cavallers ciutadans burgesos dels mes insignes del dit Principat e per semblant fonch feta embaxada per la ciutat de Barchinona e per altres universitats e comunitats del dit Principat dels quals son stades trameses a la dita Majestat reyal per devotament aquella supplicar per liberacio de la persona del dit lllustre Primogenit e com per molts dies los dits embaxadors sien stats ab la dita Majestat reyal continuant les supplicacions dessus dites e aquelles no sien stades exaudides plorants e lamentants los animos dels cathalans per la dita fidelitat qui en ells es a la reyal corona e en totes coses concernents lo honor e gloria de aquella e per los dits sguarts desigants sumament la liberacio del dit Primogenit deliberaren creixer la dita embaxada de XXXXV assenyalades persones les quals son stades trameses e agregades a les XV primer eletes e axi son stades sexanta per part del dit Principat ultra les altres embaxades dessus dites los quals per molts dies son stades ab la dita Majestat reyal supplicants prostats en terra davant la dita Majestat e demanants gracia de la liberacio del dit Illustre Primogenit. Les quals supplicacions tant eficacissimament e devota per gracia demanades no son stades admeses per la dita Majestat reyal abans aquelles denegades ha convengut als cathalans per retre lur deute degut de fidelitat instar e prosseguir per miga dels dits lurs embaxadors liberacio del dit Primogenit per via de justicia la qual han deduhida e fundada per moltes e diverses rahons signantment en la remissio feta per la dita Majestat reyal al dit Illustre Primogenit apres la qual no apar ni consta de algun seu delicte. Item en la venguda feta per lo dit Primogenit a la dita cort de Leyda a la qual totes les persones qui son de la cort a aquella vinents son hagudes per guiades e segurades e de tal guiatge e segurament se pot alegrar lo dit Senyor Primogenit com una persona del stament militar e la mes principal de aquell. Item mes per les privades letres ab les quals ultra la congregacio de la cort era stat demanat e vocat lo dit Senyor Primogenit. Item encara per quant en la hora de la dita detencio o poch abans la Majestat reyal li havia donada la ma e besar de boqua ab tota demostracio de amor. Les quals coses totes e quiscuna de aquelles per leys e constitucions de aquest Principat guien e asseguren qualsevol persona envers la qual sien fetes e hon lo contrari se faça es derogat a les dites leys e constitucions en gran prejudici de la cosa publica de aquest Principat. Item es encara constitucio e ley en lo dit Principat de Cathalunya que alguna persona presa o detenguda en lo dit Principat per la Majestat reyal o oficials seus no pot esser treta fora lo dit Principat abans de esser jutgada en aquell e dins la vegueria hon sera presa. Hon com lo dit Senyor Primogenit sobre los dits guiatges e seguraments sia stat pres dins la vegueria de Leyda que es dins lo dit Principat e en apres la dita Majestat reyal lo haje tret
de aquell e portat en lo dit regne de Arago los cathalans fundants la justicia del dit Senyor Primogenit o del dit Principat en força e virtut de les constitucions e leys dessus allegades han per miga dels dits lurs sexanta embaxadors ab molta humilitat e submissio qual de bons e feels vassalls se pertany aquesta justicia davant la dita reyal Majestat ab molta instancia supplicada instada e demanada en la qual peticio de justicia son stats axi poch exaudits com en la primera de gracia de que los dits cathalans destituhits e frustrats de tota sperança de gracia e justicia obtenir en lo conspecte de la reyal Majestat de tant honesta justa e santa peticio son stats en molta anxietat e congoixa e finalment vist que deute de fidelitat los strenyia en prosseguir la liberacio del dit Senyor Primogenit com aquell al qual apres los dies de la Majestat reyal per drets divinals e humanals e leys del dit Principat pertany e es deguda la successio en tots los regnes e dominis de la reyal corona e tots los subdits vassalls de aquella li son tenguts de la fidelitat dessus dita. E vista la inocencia e bon dret del dit Senyor Primogenit sobre algunes culpes que li eren imposades car per noticia del proces de aquest fet ha constat aquelles no esser la subsistencia alguna abans lo dit Senyor Primogenit esser inmune de tota culpa. Vist que la Majestat reyal esta obtesa de perversos inichs consellers que no tements la correccio divinal e poch attenents a la honor de la reyal Majestat volrien fer perdre la persona del dit Senyor Primogenit e levarli la dita successio a ell deguda per obra dels quals malvats consellers la persona del dit Senyor Primogenit es stada detenguda e la liberacio de aquell es perturbada en ofensa de Deu Omnipotent e derogacio del nom honor e fama de la reyal Majestat e prejudici e dan del dit Principat de Cathalunya e de tots los regnes e dominis de la reyal corona. Per tant los dits cathalans stimulats per deute de la dita fidelitat a la qual los fora vist fallir si en aço no satisfesen a tota laor e servey de Deu Omnipotent e honor de la dita reyal corona e per gloria e exaltacio de aquella han deliberat ab ma poderosa e fort insurgir contra los dits malvats consellers e aquells delir e a prosseguir la liberacio del dit Senyor Primogenit contra qualsevol persones aquella perturbants salva tots temps la persona de la reyal Majestat e tota reverencia e submissio e honor a aquella deguda e deliberadament han proposat no desistir en la prosecucio de
aquest negoci fins a la fi optada. Lo qual negoci jatsia es de gran arduitat e requira grandissimes despeses per quant se ha proseguir fora lo dit Principat pero los dits cathalans confien e speren en nostre Senyor Deu en ma del qual es la potestat de totes coses que vista la lur recta e santa intencio los sera protector e ajudador e que la sua gracia migançant pervendran a la desijada fi de lur gloriosa empresa en la qual creen que los rignicoles dels dits regnes de Arago e de Valencia per los mateixs sguarts que dessus no falliran lur deute retre per la qual empresa los dits embaxadors poran dir e explicar com per part del dit Principat es fet un poderos exercit de gent de cavall e de peu trames lo dit exercit en lo dit regne de Arago en virtut de proces degudament fet que vulgarment entre los cathalans se diu de so metent del qual proces es president lo veguer de Barchinona en nom del Senyor Rey e sots presidencia del dit veguer ab la
bandera reyal e del dit Principat lo dit exercit es dirigit contra lo castell força o poder hon lo dit Senyor Primogenit sia detengut a deliurar la persona de aquell e salva la reyal Majestat a ofendre totes persones qui volran perturbar la liberacio del dit Senyor Primogenit.
Les quals coses totes dessus dites los dits embaxadors diran e explicaran als dits reverends egregi nobles e magnifichs visrey gobernadors prelats comtes barons cavallers homens de condicio e universitats e consells dels dits regnes de Sicilia e de Cerdenya e per dir e explicar aquelles a lurs reverencies e magnificencies diran esser tramesos per los dits diputats e consell representants lo Principat de Cathalunya los quals volen aquestes coses a les dites reverencies e magnificencies esser notes com es pertinent ells a saber per lur consolacio que los cathalans fan lur dever en dit negoci axi com los dits regnes de Sicilia e de Cerdenya e los regnicoles de aquells farien indubitadament si tal cas en los dits regnes se seguia de que als cathalans per la amor e benvolença que han als dits regnes seria plaer e consolacio molta. E perque sapien e senten los dits regnes e regnicoles de aquells per quals deutes e sguards los dits cathalans prossegueixen lo dit negoci e han fet e fan lo que dessus conte. E que si alguna fama contraria de aquesta veritat a les reverencies e magnificencies dessus dites pervenia que no vullen donar fe ne alguna creença en aquella car en lo animo dels cathalans james no fonch ne ara es alre que la integerrima e incorrupta fidelitat a la corona reyal e per aquella han exposats e exposaran tots temps lurs persones e bens e per deute de aquella com dit os son impellits destrets e forçats a la prosecucio del dit negoci.
E mes diran e explicaran los dits embaxadors com lo dit Principat per retre en tot e per tot son deute de fidelitat a la corona reyal e per guardar e defendre los regnes e dominis de la dita reyal corona si per ventura alguna enemiga potencia per alguna sinistra opinio attemptava en aquells insurgir o dampnificar ha assitiades XXIIII galees a la obra e expedicio de les quals si enten ab molta celeritat e en lo mig de continent ne seran lançades en mar quatre qui seran armades molt prest les quals quatre de continent e les altres XXIIII apres seran en tota custodia e auxili del dit Principat e de les dites illes e regnes de Sicilia e de Cerdenya e de les altres illes regnes e dominis de la dita reyal corona e a ofensio e extermini de qualsevol potencia qui contra les dites illes regnes e dominis e lo bon stament de aquelles volgues donar dan molestia o perturbacio alguna.
Les quals coses axi deduides e explicades per los dits embaxadors als dits visrey governadors prelats comtes barons homens de condicio universitats e consells dels dits regnes de Sicilia e de Cerdenya e mes dit e explicat a ells per los dits embaxadors que jatsia dells no crega altre que tota constancia sinceritat e virtut encara pero pregaran exhortaran e requerran aquells quant mes afectuosament poran que tots temps a la bona e sancera devocio e fidelitat de la dita corona reyal e vullen esser unanimes e conformes ab los dits cathalans e ab lo dit Principat com fins açi quiscuns loablament e virtuosa fet han. E vullen esser e perseverar tots temps en aquella amor benvolença e fraternal companyia que entre los dits regnes e poblats en aquells e lo dit Principat fins açi es stada. Car los dits cathalans son e seran a la dita amor benvolença e fraternitat tots temps voluntaris e dispost e facien per los dits regnes e poblats en aquells tot quant los fos possible com ferien per si mateixs. E axi ho veuran e coneixeran per obra en tot cas e loch opportu. La qual amor benvolença e fraternal companyia sera tots temps a servici de Deu Omnipotent e a exaltacio gloria e honor de la reyal corona e benefici comu dels dits regnes e Principat e en prostracio e atterrament de aquelles potencies qui son invidioses de la reyal corona e del bon stament e prosperitat dels regnes e Principat dessus dits.
En les quals coses totes dessus dites los dits embaxadors usaran e applicaran aquelles paraules e persuasions que coneixeran esser mes pertinents utils e fructuoses a confirmar e corroborar la devocio e fidelitat dels dits regnes a la dita reyal corona e la benvolença amor e fraternal companyia dels dits regnes ab lo dit Principat segons la gran saviessa dels dits honorables embaxadors aço veura e coneixera. E donat compliment a les dites coses e hagudes bones respostes dels dits regnes e gents de aquells quals de aquella se spera los dits honorables embaxadors referintlos multiplicades gracies per la sinceritat de la fidelitat lur e de la bona voluntat e amor se agraciaran dells en la partida tots temps oferintlos per part del dit Principat tota amor e fraternal companyia. E axi los dits embaxadors curaran de lur presta tornada per manera que Deu donant puixen esser tornats en Cathalunya dins lo termini que prefigit los es.
Data Barchinone XVllI die mensis febrer anno M.CCCC sexagesimo primo.
Item com apres les coses dessus dites abans empero de la partida dels dits embaxadors se hajen subseguides moltes altres coses en lo dit negoci los dits embaxadors narraran e explicaran la successio de aquelles sots la forma seguent.
Es a saber que partint lo dit exercit de gent de cavall e de peu feta e assoldada per lo dit Principat per liberacio del dit Senyor Primogenit e per les altres rahons dessus dites e anant lo dit exercit vers la via de Fraga qui es loch del regne de Arago en lo castell de la qual vila lo dit Senyor Primogenit era detengut abans que lo dit exercit no fonch lla plegat lo dit Senyor Primogenit fonch tret del dit castell e portat per alguns altres castells e lochs del dit regne de Arago e com apres lo dit exercit fos pervengut a la dita vila de Fraga e hagues haguda aquella e lo castell a ses mans per poder de aquella com una clau del dit regne de Arago discorrer e anar per tot lo dit regne a hon se vulla que lo dit Senyor Primogenit fos detengut e en apres lo dit Senyor Primogenit fonch tret de tot lo dit regne e portat e encastellat dins lo dit castell de Morella qui es en lo regne de Valencia
castell molt fort e inexpugnable quant que en aquell no fos alguna facultat de poderse la dita liberacio obtenir la qual dificultad no contrastant los cathalans perseverants en lur virtuosa empresa e volents aquella de tot en tot a efecte deduir ja dirigien lo dit exercit envers lo dit castell e aço ab ma molt poderosa de gent bellicosa e molt fornida de bombardes scalles artelleries e altres municions per aquell debellar e intrar per la liberacio dessus dita.
(Tontolabas! Si pasaban hambre en la zona de Leyda, por eso robaban ganado y otras vituallas, como está dicho en letras o cartas anteriores, la que les esperaba en Los Ports de Morella y junto a las murallas).
E com sobre aço se fessen grans preparatoris la fama dels quals molt se estenia essent en aquells dies lo Senyor Rey ab la Senyora Reyna en la ciutat de Çaragoaa plague a la dita Senyora Reyna per la honor del Senyor Rey e sua e per lo benifici e repos del dit Principat de Cathalunya e encara dels regnes de Arago e de Valencia que la dita liberacio del dit Senyor Primogenit desijaven e per aquella mostraven lur deute retre supplicar la Majestat reyal de part sua e del dit Principat per liberacio del dit Senyor Primogenit a supplicacio de la qual lo jorn XXV del mes de febrer prop passat fonch e es stada per lo dit Senyor Rey atorgada e axi la dita Senyora Reyna parti decontinent anant la via del dit castell de Morella del qual castell per la dita gracia atorgada per lo dit Senyor Rey ha tret lo dit Senyor Primogenit e aquell ha menat e jaquit ab tota libertat dins lo dit Principat de Cathalunya per la liberacio del qual es stada summa exultacio e alegria en tot lo dit Principat de Cathalunya e axi prosperament e ab celebracio de gran festa jocunditat e leticia (como la actual reina de los catalanes, Leticia o Letizia Ortiz Rocasolano, esposa de Felipe VI, de la casa borbón o de los borbones, Bourbon) lo dit Senyor Primogenit es pervengut a la ciutat de Barchinona en la qual es de preset e aqui per los dits diputats e consell se tracten totes coses a honor de la reyal Majestat e bona unitat e concordia de aquella e del dit Senyor Primogenit e benifici e repos del dit Principat e dels altres regnes e dominis de la reyal corona e a les quals Deu migançant pervenir se spera continuantse tota vegada la deguda instancia ques fa es fera contra los malvats consellers de la Majestat reyal qui en la preso e detencio del dit Senyor Primogenit han assentit e consellat e han fet e obrat contra la cosa publica (república, reipublice, res publica, rem publica) del dit Principat e en dan e detriment de aquella dels quals consellers ne son alguna e molts ja presos e de aquells e altres Deu volent se fera tal castich que redundera a servici de Deu Omnipotent e de la dita reyal Majestat e benifici e repos de tots los regnes e dominis de la reyal corona hoc e a pena e castich de tals culpables e a terror e exemple dels altres. E si lo primer cas de la detencio del dit Senyor Primogenit e del preparatori per lo seu de liurament los dits cathalans han desijat esser not e cert als dits regnes de Sicilia e Cerdenya e regnicoles de aquells molt mes desigen esserlos nota la liberacio del dit Senyor Primogenit e altres coses apres subseguides e que hajen bona sperança de les sdevenidores que Deu migençant se compondran a tot servey e honor de la reyal Majestat e del dit Senyor Primogenit e benefici tranquillitat e repos de tots los regnes e dominis de la reyal corona e a exaltacio de aquella les quals coses creen los cathalans que redundaran als dits regnes de Sicilia e Cerdenya e regnicoles de aquells en major consolacio e alegria en la qual longament Deus los conserve.
Expedita die XVI marcii anno millesimo CCCC sexagesimo primo. - A. P. abat de Montserrat.

viernes, 14 de agosto de 2020

CAPÍTULO LXI. Jaime de Aragón, conde de Urgel (I)

CAPÍTULO LXI. 

CAPÍTULO LXI. Jaime de Aragón, conde de Urgel



Que contiene la vida del infante don Jaime de Aragón, XVIII conde de Urgel y vizconde de Ager, hijo del rey don Alfonso (IV) de Aragón, y de la infanta doña Teresa de Entença. - Da el rey don Alfonso al infante don Jaime el condado de Urgel y vizcondado de Ager, y del gobierno y administración puso en ellos. - De como el rey don Alfonso mandó prestar los homenajes al infante, su hijo, y restituirle las escrituras que le importaban para conservación de lo que le había dado; y de la muerte del rey. - El rey don Pedro es jurado rey de Aragón y conde de Barcelona. - Pretende el infante don Jaime, para su mujer, el condado de Comenge, en Francia, y otros estados, y lo que pasó sobre esto. - Sucesos
del reino de Mallorca, y perdición del rey don Jaime de Mallorca, y de lo que, sobre esto, hizo el infante don Jaime, conde de Urgel. - Como el rey, llamando, en defecto de hijos varones, a las hijas, excluyó al infante don Jaime, y del sentimiento que hizo por esto, y de las uniones en Aragón y Valencia.- En que se prosiguen los hechos del infante don Jaime y de la Unión, y de las cortes que celebró el rey en Zaragoza, donde tuvo principio la destrucción del infante. - De lo que hizo el rey don Pedro, después de acabadas las cortes; y de la muerte del infante don Jaime, y descendientes suyos.

Para mayor demostración de grandeza y majestad, y porque quedara más solemnizada la fiesta de su coronación, quiso también honrar el rey don Alfonso al infante don Jaime, su hijo segundo, dándole título de conde de Urgel y vizconde de Ager. Diósele de la misma manera que él lo había recibido del rey don Jaime, su padre, y con las condiciones contenidas en el testamento del conde Armengol de Cabrera, añadiendo que, en caso que por no quedar del infante hijos legítimos y naturales, volviese aquella donación a la corona, quedasen obligados los reyes, sus sucesores, a dar el sustento y vestido necesario, según * calidad, a las hijas que quedasen, hasta ser casadas, y que si el hijo primogénito del infante llegase a ser rey de Aragón, sea conde de Urgel el hijo segundo. Con estos pactos quedó heredado el infante de aquel gran estado, y entonces tomó las armas del condado solas y sin mezcla alguna según parece en algunos sellos suyos, que aún se conservan en el archivo real; y después juntó aquellas armas con las de Aragón, y de las dos formó un escudo, dividido en cuatro cuarteles: en el primero y tercero dos palos, en el cuarto los jaqueles de oro y negro, que eran las armas del conde de Urgel.
Era entonces al infante de edad de ocho años, poco más o menos, y así el rey, su padre, se quedó con el gobierno y administración de todo lo que le había dado, como padre y legítimo administrador suyo, todo el tiempo * su vida.
Por estos tiempos, que era al principio del año 132* en el mes de febrero, casó el rey don Alfonso, en la ciudad de Tarragona, con la infanta doña Leonor, hermana del rey don Alonso XI de Castilla, con quien estuvo desposado el infante don Jaime, su hermano, que todavía vivía en África, y estaba con el rey de Tremecen. *Acudieron en Tarazona el rey de Castilla y toda la nobleza de aquel reino y del de Aragón, y en esta ocasión quedó concertada la guerra que después se hizo al rey moro de Granada, para la cual pasó el rey a Valencia, con intento de apercibir lo necesario para ella; y estando aquí a 28 de mayo, nombró juez, en primera y segunda instancia, del condado de Urgel y vizcondado de Ager, a Ferrer de *Abella, de su consejo, y ayo del infante don Jaime, que muchos años había era procurador general en ellos, varón de noble linaje, y en quien concurrían cabalmente las partes necesarias para el gobierno que se le encomendaba; y bien que le tuvo mucho tiempo, pero porque el rey le encargó otros negocios importantes (y en particular el año 1330, que le envió a concertar treguas con el rey moro de Granada), nombró durante su ausencia a don Pedro Maça, y el año siguiente, que se le llevó el rey a la guerra contra el moro de Granada, que había rompido las treguas, nombró en lugar suyo a Arnaldo de Monsonis; y también para mayor expedición de los negocios y buena dirección de ellos, había dado muchos años antes el mismo cargo a Ferrer de Colom, de su consejo, que fue prior de Fraga, canónigo y obispo de Lérida; y éste y Ferrer de Abella
gobernaron toda aquella tierra hasta el año 1334, recibiendo las rentas y provechos de ella, distribuyéndolas según lo mandaba el rey y parece en los registros de aquellos
tiempos, conservados en el archivo real de Barcelona, y proveyendo todos los oficios y cargos de aquel estado, cuyos réditos servían para el sustento de las casas de los infantes don Pedro y don Jaime, y aun del rey, y para pagar algunos censos y violarios cargados, así por el rey don Jaime como también por la infanta doña Teresa, que en su testamento había asignado a sus deudos y criados algunas rentas sobre ellos.
Durante el gobierno de don Alfonso, según parece en memorias de aquellos tiempos, Ramón Folc, vizconde de Cardona, que había tenido algunos disgustos con los vecinos
de la villa de Pons, juntaba gente para venir con armas contra de ellos, y tomar venganza; y estaban los de * pueblo con gran temor, hasta .... de junio de 1331, * el rey les escribió que no temiesen, certificándoles que *el de Cardona no les haría daño ninguno. En este mismo año, a .... de julio, concedió el rey privilegio a los ciudadanos de Balaguer, durante su beneplácito, que vino forastero *que entrase en ella, declarando que el privilegio que lo prob* desde el día de Todos Santos hasta Nuestra Señora de agosto, se entendiese prohibirlo todo el año; y esto porque no se malbaratase el de los ciudadanos, lleva*
aquella ciudad el de otras partes, donde se cogiese * y fuese más barato. Labrábase en el mes de octubre * este año en la villa de Albesa la puente sobre el río Noguera, que pasa junto de ella; y para ayudar al *edificio concedió el rey, que por espacio de cinco años los que pasaren por ella den, los de a pie medio dinero jaqués, los de a caballo un dinero, y las bestias gruesas medio dinero jaqués. (pontatge)
En el año 1332, a 7 de las calendas de agosto, estando el rey en Valencia, revocó todas las mercedes que * importunación de diversas personas había concedido sobre el condado de Urgel y vizcondado de Ager, dándolas por *las y como si hechas no fuesen, atento eran todas en *perjuicio del infante don Jaime, donatario del dicho condado y vizcondado, y mandó a Ferrer Colom, gobernador general de aquellos estados, que no pague ninguna, exceptuándose Guillen de Entença, deudo de la infanta, a quien *había hecho merced de la villa de Ivars.
A primero de mayo de 1333, mandó el rey, a instancia de los paeres de la ciudad de Balaguer, que los judíos y *sarracenos de aquella ciudad viviesen juntos y apartados en un barrio de ella, y andaran señalados en el vestido; y en junio del mismo año lo mandó a los de Agramunt: debía, sin duda, convenir así en aquellos tiempos, y lo mandaron también los reyes don Juan y don Martín a los de Barcelona. (600 años antes de los guetos de los Nazis)
A los idus de setiembre de este mismo año, don Pedro Galceran de Pomar se fue a quejar al rey de algunos enemigos suyos que le movían guerra y le querían tomar los castillos y lugares de Taltahull y Massateras, que estaban en feudo de los condes de Urgel; y el rey, para que no osasen intentar nada, mandó a Ferrer de Abella, procurador general del condado, que tomara las tenencias de aquellos castillos, según el estilo de aquellos tiempos, y entonces nadie se osó mover, respetando al rey, en cuyo nombre se habían tomado las dichas tenencias.
Este gobierno y administración que queda dicho duró hasta el año de 1334, en que enfermó el rey de aquella larga dolencia que, después de dos años, le quitó la vida:
entonces, por aliviarse de cuidados y descargarse del gobierno, dio la administración del condado de Urgel, vizcondado de Ager y baronías que fueron de la infanta doña Teresa, al infante don Jaime, su hijo, que era mayor de catorce años, y concurrían en él las partes necesarias para entender en el gobierno de sus cosas; y a lo que se conjetura, quiso el rey que ya en vida suya quedase en posesión de lo que era suyo, por escusar, después de muerto él, encuentros con el infante don Pedro, su hijo, cuya recia condición y vivos espíritus daban cuidado al rey, su padre, y mucho mayores a la reina doña Leonor, su
madrastra. Por esto, estando el rey en Sarrión, aldea de Teruel, de cuya estada gustaba mucho, despachó so data de 12 de junio una carta a todos los caballeros, así hombres
como mujeres, feudatarios del condado de Urgel, mandándoles, que luego que sean requeridos hagan sacramento y homenaje al infante, su hijo, según la obligación de cada uno y consuetud de Cataluña; y el día siguiente, envió otra a la ciudad de Balaguer y a las villas de Ager, Pons, Linyola, Agramunt, Albesa, Castelló y demás villas y pueblos del condado y vizcondado, y había mandado días antes lo mismo a los pueblos de las baronías de Alcolea y Antillón y lugares del reino de Valencia; y absuelve y relaja a todos el juramento y homenaje que le habían prestado cuando sucedió en ellos, por pertenecer al infante, su hijo, así por donación le había hecho años antes, como también por el testamento del conde don Armengol de Cabrera. Mandó entonces a Ferrer de Abella, que todas las escrituras tenía del condado y vizcondado, las diese al infante, y lo mismo mandó a fray Sancho López de Ayerve, del orden de Menores, que después fue arzobispo de Tarragona, y era confesor del infante don Pedro, y a la abadesa de Casúes, monasterio de Aragón que fundó en el año 1278 doña Oria, condesa de Pallars, so la regla cisterciense. A esta señora, como a sucesora de doña Elvira Sánchez, la infanta doña Teresa le había encomendado muchas * y mandóle el rey, que todas las que tuviera restituyese al infante don Jaime; y a García Loriz y a Bernardo de Petra, de su consejo, mandó que las que tuvieren las lleven al monasterio de San Francisco de Zaragoza, y
que sea allá hecho inventario de todas, y hechas dos copias de *, divididas por alfabeto (alphabeto divisa), según el estilo de aquellos siglos, * quede la una en poder de los frailes de aquel convento, y la otra, con las escrituras, para el infante, el cual luego
* mandó llevar al castillo de Monmagastre, donde estaba el archivo de los condes de Urgel; y el oficio del archivero lo encomendaban a uno del condado; y porque una vez nombraron a uno que no era de él, sexto idus januarii 1330, el rey don Jaime no lo tuvo a bien, antes mostró estar por esto disgustado con Ramón de Vilafranca, de su casa y palacio, por haber encomendado aquel oficio a hombre forático, (forano) no natural del condado.
Era tal la condición del rey y estaba tan sujeto a la *reina, su mujer, que no solía negarle cosa; y ella estaba *tan apasionada por el infante don Fernando, su hijo, que no podía sufrir que sus entenados quedaran más medrados y tuvieran más mando en el reino que su hijo; y esto se guardó tan puntualmente viviendo el rey, que el infante don Jaime ni aun tomaba criados sin su consentimiento, dándole particular razón y cuenta de todo, ni en sus villas * oficiales sin su voluntad; y en cierta ocasión que había consignado a doña Urraca, condesa de Pallars, su *, las rentas de Alcolea, en pago de lo que debía recibir cada un año sobre el condado de Urgel, sin dar *razón al rey, se sintió mucho de ello, y más cuando supo que había creado baile en aquel pueblo; porque el rey había ya dado aquella bailía a Ramón de Alentorn, a quien la había prometido la infanta doña Teresa, y escribió al infante, dándole a entender cuán sentido y maravillado estaba de que hubiera hecho tal consignación sin su consentimiento, y aun le exhorta a que el Ramón de Alentorn sea puesto en posesión del cargo le había dado, y manda a Rodrigo Díaz, su canciller, que esto se ejecute luego, y cuando no se haga así, ha de tener de ello muy gran pesar y sentimiento. Esto pasó a 24 de julio de 1335; y a 25 de agosto siguiente dio el rey la notaría de Agramunt, con ciertos censos le había de pagar por ella, a Bernardo de Petra, por buenos servicios había hecho a la infanta doña Teresa, su mujer, y a él, y manda al infante se la confirme; de modo que, aunque el infante tenía el título y rentas, pero el rey se había quedado con la superioridad. Todo fuera de buen pasar, si el rey no fuera desmembrando cada día, por dar al infante don Fernando, su hijo, por contemplación de la reina, su madre, muchos lugares y castillos, del condado y vizcondado; porque la intención de ella fue, que ya que su hijo no podía ser rey, a lo menos tuviera tanto señorío en los reinos de la corona de Aragón, que pudiese sustentarse y mandar en ellos a la par del infante don Pedro, que había de ser rey; y por eso negoció con el rey, le diese muchas cosas de la corona, y hacía lo mismo con el infante don Jaime, y ya que no le podía quitar lo que era suyo, trazó con el rey, que le diese del condado de Urgel y vizcondado de Ager los lugares de Alos, Mejá, Fabregada, Puig de Mejá, Fontlonga, Vilanova de Mejá, La Nou, Vernet, Ariet, Baldomar, Camarasa, Cubells, Ivars, Santa Linya, Mongay, Marita, Alos y otros, y los castillos de Castelló de Farfanya y Orenga, que las villas no se las dio; pero como estas donaciones eran inmensas, y en perjuicio del infante don Jaime, aunque viviendo el rey se disimuló, pero después de muerto, recuperó el infante don Jaime mucha parte de ello.
*eraba todavía la enfermedad del rey, y era poca *esperanza había de su vida, porque era hidropesía; y en *sión, que le pareció buena, se volvió a solicitar * de Gastón, conde de Foix, hijo del otro Gastón * arriba hablamos, las pretensiones que tenía de he* condado de Urgel; y para tratar de esto, puso por *os al rey don Jaime de Mallorca, yerno del rey *
suyo, y al infante don Pedro, conde de Empu* estaba casado con doña Juana de Foix, tía de * y hermana de su padre. Los tratadores eran * pero poca la justicia del conde: para mejor nego* pusieron al rey en conciencia, y él prometió de * el de Mallorca y con el conde de Foix, y les dio *esperanzas, porque, entretenido el de Foix con ellas, *ra cosa alguna, porque en aquella sazón tenía mu* en campaña, para valer a Roger de Comenge, *endía el condado de Pallars, y había en Cataluña *gente de armas forastera, y escusaba el rey, que, * de ella el de Foix, se entrase por el condado de *mando algunas plazas de él, y por esto mandó hi*eguas con el de Pallars, duraderas por seis meses, *nieron bien en ello, por lo mucho que deseaban *ento al rey: pero estas vistas no se efectuaron, *
de Mallorca estaba en Aviñon, y el rey, que sa* habían de ser de poco provecho, por ser poca la * del conde de Foix, las desvió, y las cosas se que*mo de antes. Conoció el rey claramente que su *vida acababa, y antes de su muerte quiso ver concluido *el matrimonio de su hijo el infante don Jaime, y por es* a Francia a concluirle. Habíase tratado ya con doña Cecilia, hija de don Bernardo de Comenge y de doña Mata, que es lo mismo que Matea, condes de Comenge y vizcondes de Tours, y por esto envió a Francia al almirante don Ramón de Peralta, que lo concluyó, y poco después vino la novia a Cataluña, en donde se celebraron las bodas.
Siguióse dentro de breve la muerte del rey, en la ciudad de Barcelona, un miércoles, a la mañana, a 24 de enero, víspera de la Conversión de san Pablo, año 13* y fue depositado en el monasterio de San Francisco, * donde después, a 10, y según otros, a 17 de abril de
1369, fueron sus huesos trasladados al monasterio de San Francisco de Lérida: sacáronles, según parece en memorias de aquellos tiempos, los clérigos de la Seo y parroquias, todos los frailes y monjes de ella, y dio la ciudad trescientos cincuenta cirios gruesos, que llamaban brandones, y salieron en procesión del dicho monasterio, y pasaron por las calles que llamaban Ample, del Mar, plaza del Trigo, plaza de las Coles, plaza de Santiago, Bocaria, Hospital den *C, y por la puerta de San Antón los llevaron al monasterio de Valldoncella, y de allí a Lérida. Asistieron a esta *ción don Pedro, arzobispo de Tarragona, don G., de Barcelona, don Hugo, vizconde de Cardona, don Gilabert de
Cruilles, don Bernardo de Pinos, Pedro Bussot, Jaime de Gualbes y P. Gilabert de San Climent, y muchos * y llegados a Lérida, fueron puestos en un suntuoso sepulcro, que está en el altar mayor, a la parte de la epístola, y allá dicen estar doña Leonor, su segunda mujer. Encima de la tumba están los simulacros de los dos, con hábito de religiosos de san Francisco y sandalias en los pies.
*te rey llamado el benigno, por haberlo sido mucho, * amor que tuvo a sus súbditos y benignidad con *: fue siempre muy justo y cortés, y en su edad *ente y animoso, como se vio en la conquista de *
Después de casado segunda vez, quedó tan *mudado de condición, que parecía otro, y estaba tan rendido a su mujer, que le hacía hacer cosas que después *causaron alteración y novedades en estos reinos, así por * las donaciones que hizo al infante don Fernando, * otras concesiones que debiera escusar, pues más *arrearon a aquellos en cuyo favor fueron hechas, *provecho.
*infante don Pedro, que estaba en Aragón, luego que * muerte del rey, su padre, tomó título de rey de Aragón y conde de Barcelona, y juró a los aragoneses sus *fueros*
Coronóse en la ciudad de Zaragoza (en la Seo, donde se coronaban todos los reyes y reinas de Aragón, según una ordinació de Pedro IV el Ceremonioso), aunque con *ción y descontento de los del principado de Cataluña, * que pretendieron haber de jurar primero en él que *en Aragón, y lo esforzaron con grandes veras los infantes don Pedro, conde de Empurias, y don Berenguer, con*ades, y no asistieron a la fiesta de la coronación, *mo hicieron todos los catalanes, salvo Ot de Moncada, * Ramón de Peralta. El infante don Jaime pretendió
* y siguió la opinión del rey, su hermano, que * hecho gobernador general del reino, por ser la * propincua (cercana) suya, y el que en aquella fiesta de la * hizo mayores muestras de júbilo y alegría, y * su hermano, las espuelas y le sirvió a la *mesa *tros caballeros y ricos hombres de Aragón que se * en aquella fiesta, en que de los catalanes solo asistieron don Ramón de Peralta, que con Ato de * acompañó aquel día a Gonzalo Díaz de Arenos, que * las armas del rey; y dióse de comer aquel día a más * mil personas, según escribe el rey en su historia.
En junio del año 1338 falleció el rey don Fadrique de Sicilia, hijo de don Pedro y doña Constanza, re* Aragón, y dispuso la sucesión de aquel reino de esta *manera llamó primero a los hijos, sustituyéndoles de grado *do; y faltando estos, llamó al rey don Alfonso, y si *siese aceptar aquel reino, llama al infante don Pedro *mano del de Aragón, y le sustituye al infante *don Ramón Berenguer. Después de estos, en caso no tenga*
llama al infante don Pedro, que en este tiempo * rey de Aragón, y después de él, al infante don * conde de Urgel, su hermano, en quien acabó las *ciones que hace de aquel reino, el cual, a la postre * unido a la Corona de Aragón, por haber fenecido * masculina de aquellos ínclitos reyes.
En el año siguiente de 1339, a 17 de julio, * conocimiento don Jaime, rey de Mallorca, al de * por aquel reino y demás estados tenía en feudo por el * Aragón. Pasó esto en Barcelona en la capilla del * real, y el infante don Jaime fue uno de los que * en este acto, en compañía de sus tíos, los infantes *Pedro y don Ramón Berenguer, y del arzobispo de Tarragona, * de otros muchos que dejo, pues Zurita los refiere largamente.
Entonces fue la traslación del cuerpo de santa * virgen y mártir de Barcelona, patrona y protectora de aquella ciudad y vecinos de ella: fue muy solemnizada, * hacerse en honra de tan gran santa, como también * hallarse en aquella ocasión en Barcelona los reyes don Pedro de Aragón y don Jaime de Mallorca, y los infantes don Jaime, conde de Urgel, y don Pedro y don Ramón Berenguer, sus hijos, y muchos de los grandes de sus cortes, y las reinas doña María, mujer del rey don Pedro, doña Leonor de Moncada, viuda del rey don Jaime el segundo, doña Constanza, reina de Mallorca, y otras muchas señoras, según lo cuenta el padre fray Francisco Diago en la historia de los condes de Barcelona, y otros que refieren muy en particular lo que pasó en esta segunda traslación de la gloriosa santa.
Era ya muerto por estos tiempos en Francia Juan, conde de Comenge y vizconde de Tours, hermano de la infanta doña Cecilia, condesa de Urgel, y pretendió ella heredar los estados del hermano, por sustitución que en su favor hizo el conde don Bernardo VI, su padre, en caso que don Juan muriese sin hijos, como en fin murió.
La justicia de la condesa era clara; tomóse posesión, en nombre de ella, sin contradicción alguna, y con salvaguarda real. Entonces, a deshora, salió don Pedro Ramón de Comenge, hermano de Bernardo, padre de la condesa, y dijo ser suyos aquellos estados y pertenecerle de justicia, por muerte de Juan, hermano de la condesa, que fue póstumo, y vivió pocos días después de Bernardo VI, conde de Comenge; y los oficiales del rey de Francia los tomaron, y sacaron de ellos a los de la condesa de Urgel, y los dieron a los del dicho Pedro Ramón. El rey don Pedro de Aragón, cuñado de la condesa, se sintió mucho de esto, y envió a Francia a Bernardo de Tous, de su consejo, que había sido veguer de Barcelona, y a un letrado llamado Destorrent (De es Torrent); pero estos no acabaron
nada. La condesa entonces pasó a Francia, y pidió al rey Felipe de Francia le tomase el juramento de fidelidad, como heredera de su padre: así se hizo, pero no le mandó dar posesión de aquellos estados, sino que estuviesen en secuestro, teniendo ya ocupada la mejor parte de ellos el hijo de Pedro Ramón de Comenge, al cual a la postre se adjudicaron todos, echando de ellos a los oficiales había metido la condesa. El rey se enojó de esto, porque gustaba que la condesa quedara heredera de aquel patrimonio, y lo había pedido al rey de Francia, por medio de su primogénito, que se llamaba Juan y era duque de Normandía, y de Carlos, duque de Alenzon, hermano del rey, y de Luis, duque de Borbon, y de Luis, conde de Claramonte, nieto del infante don Fernando de Castilla, en cuyas manos estaba el gobierno del reino de Francia, * y no acabó nada, y quedó muy sentido del rey de Francia, y lo demostró dando favor a Eduardo, rey de Inglaterra, que tenía guerra con el rey de Francia. Pero el negocio de la sucesión del condado de Comenge se quedó como estaba, porque el rey fue aconsejado que se prosiguiera por términos de justicia, y el gustó de esto, porque no quería encuentros con el de Francia, por comodidades particulares y pensamientos secretos.
Mientras se disputaba la justicia de la condesa doña Cecilia, se movió entre los reyes don Pedro de Aragón y don Jaime de Mallorca, sobre el reconocimiento que * debía hacerle por los feudos, tales novedades que a la postre fueron la destrucción y ruina del rey de Mallorca y de su casa; y por haber concurrido en todo el infante don Jaime, referiré toda esta historia desde su principio. Conquistó don Jaime el primero, rey de Aragón, la isla de Mallorca, e hizo tributarios los moros de Menorca: * mejorar a su segundo hijo, que también se llamaba Jaime, y a 21 de agosto de 1262, le dio aquel reino e * y los condados de Rosellón y Cerdaña, Cobliure, *Conflent y el señorío de Valespir, en el principado de Cataluña. Sintióse de esto don Pedro, hermano mayor de don Jaime de Mallorca, hijo y primogénito del rey de Aragón; *parecióle aquella donación inmensa y, como hecha en su
perjuicio o menoscabo de su corona, juzgóla excesiva e in*; pasaron entre los dos varias cosas sobre esto, y * en que el reino de Mallorca, condados de Rosellón y Cerdaña, Valespir y Cobliure, en Cataluña, los vizcondados de Omelades y Carlades, y todo lo que tenía * el señorío de Mompeller, y el señorío de otros lugares * comprado, y de nuevo adquirido, se tuvieran en feudo * por el rey de Aragón. Obligó entonces el rey don Jaime
de Mallorca a sus sucesores a prestar homenaje y *gar la ciudad de Mallorca, villas de Puigcerdá y Per* siempre que fuesen requeridos por los reyes de Aragón o sus ministros, y que sus sucesores o descendientes * siendo llamados, acudirían a las cortes de Cataluña, * en los condados de Rosellón y Cerdaña se guar* las constituciones y usajes de Cataluña, y no correría otra moneda, sino la de Barcelona. De estas obligaciones se exceptuó él, cargando de ellas a los venideros * de Mallorca, que habían de heredar aquel reino y demás estados dichos; y finalmente prometió de dar valenza, *da y favor, por si y por los suyos, al rey de Aragón y sucesores de este reino. Entonces el rey don Pedro otorgó y confirmó la donación hecha al rey de Mallorca, su hermano, y de le ayudar y valer. Esto pasó en Perpiñan, a 2 de enero de 1279; pero quedó el rey don Jaime tan
mal contento de esto, como de cosa que era notoria opresión y violencia, y del todo contraria a la voluntad del rey su padre. Vióse bien esto, pues siempre quedaron desavenidos y discordes, y cuando Felipe, rey de Francia, entró en Cataluña, el rey de Mallorca le dio paso libre y franco por sus tierras, sin considerar que obligaba al de
Aragón a castigar aquella ofensa, como en fin la castigó, confiscándole sus estados y despojándole de ellos; y aunque el de Mallorca hizo lo posible para cobrarlos, fue vana su diligencia, por la mucha resistencia que halló en el rey don Pedro. Muerto éste, vino don Alfonso, y después de él, don Jaime el segundo, que concordó con el de Mallorca, y le restituyó todo lo que le había quitado el rey su padre, para que lo poseyese como de antes. Esto pasó el año 1298, en que el rey de Mallorca volvió a confesar de nuevo que tenía en feudo de honor, por el rey de Aragón, las islas de Mallorca, Menorca e Iviza, con
las adyacentes, y los condados de Rosellón y Cerdaña, Valespir y Cobliure, y reconoció de nuevo, que recibía del rey de Aragón, en feudo, los vizcondados de Omelades y Carlades y todo lo que tenía en el señorío de Mompeller, y que todos sus sucesores quedaban obligados a hacer semejante reconocimiento y homenajes por ellos, obligándose por dicha razón a entregar al rey de Aragón y sus sucesores, siendo requeridos, la ciudad de Mallorca por el reino e islas, la villa de Puigcerdá por el condado de Cerdaña, y la de Perpiñan por el Rosellón y por los señoríos de Valespir y Cobliure, y el castillo de Omelasio, por el condado de Omelades; prometió que, siendo llamados, acudirían a las cortes de Cataluña, si cuando se convocaban estaban fuera del reino de Mallorca, pero estando en él, no había obligación de asistir a ellas; y prometió el uno valer al otro, y defender sus personas y tierras recíprocamente, contra cualesquier personas que les quisieran ofender. Y aunque el infante don Jaime, hijo primogénito del rey de Mallorca, juró todo esto, no lo hubo de cumplir, porque como a sabio y cuerdo, dejó el reino que se le esperaba, después de muerto el rey, su padre, por otro sin comparación mejor y más perpetuo, tomando el hábito de religioso de san Francisco. Entonces el rey don Jaime hizo jurar al infante don Sancho, su hijo segundo; y en el año 1302, en Gerona, prestó los homenajes al rey de Aragón; y el año 1311, por la fiesta de Pentecostés, murió el rey don Jaime, su padre, después de haber reinado cincuenta y cinco años, como dicen los cronistas de aquel reino. Consérvase su cuerpo entero y sin corrupción alguna en la iglesia mayor de aquella isla. Al principio de su reinado prestó los homenajes al rey don Jaime de Aragón, en Barcelona; y murió el de 1324, después de haber reinado trece años, con más quietud y sosiego que el padre, porque considerando las obligaciones anejas a sus estados, y cumpliendo con ellas, fue muy querido del rey don Jaime de Aragón, en cuyo tiempo vivió, porque su quietud era grande, y su condición enemiga de novedades;
y aunque algunos caballeros franceses le daban a entender que negase el feudo al rey de Aragón, por haberlo confesado el rey, su padre, por fuerza y violentado, no lo quiso hacer; antes bien en la conquista de Cerdeña ayudó con veinte y cinco mil escudos prestados, que por aquellos tiempos era más que ahora con ciento y cincuenta mil, y con veinte galeras pagadas por cuatro meses, y fuera él en persona, si se lo permitiera el rey don Jaime, que siempre tomó sus cosas muy por propias, como se vio cuando el rey de Francia quiso apoderarse del señorío de Mompeller, que por respeto del de Aragón cesó su pretensión. No tuvo el rey don Sancho hijos, y se dudó si habían de volver aquel reino y estados a la casa de Aragón, o si se había de variar la línea de los reyes de Mallorca,
descendientes del rey don Jaime, primer rey de aquella isla. Quedaba don Jaime, sobrino de don Sancho, hijo del infante don Fernando (que era hijo del rey don Jaime y hermano del rey don Sancho, y tenía estados en la Morea) y de doña Isabel, hija del conde de Artia, y nieta de Ludovico, último príncipe de la Morea. Nació este príncipe en la ciudad de Catania, en el reino de Sicilia, en el mes de abril de 1315 y después de treinta y dos días murió la madre. Dispúsose en una junta que convocó el rey de Aragón, en Lérida, el articulo de la sucesión; y aunque al principio se representaron algunas dificultades, pero a la postre se soltaron en favor de don Jaime, y durante su menor edad gobernó con título de tutor suyo el infante don Felipe, su tío, que era arcediano de Conflent y canónigo de la Seo de Elna, y murió religioso de la *tercera orden de san Francisco. Concertóse, que los veinte y cinco mil escudos que cuando fue la conquista de Cerdeña prestó el rey don Sancho, su tío, fuesen remitidos y *eltos; que casase con la infanta doña Constanza, hija
del rey don Alfonso y de doña Teresa de Enteça, condesa de Urgel; y que el reino y estado del rey su tío, lo *tuviese con las mismas condiciones que él lo tuvo. Era don *Jaime hombre presuntuoso, altivo, mal aconsejado, de aquella especie de hombres que no están contentos de lo que Dios les da; y esto fue causa de su ruina y perdición.
* gran carga las condiciones con que había heredado aquel reino; y el haber de tomar investidura del rey de Aragón lo juzgaba a par de muerte, sin considerar cuán *poco le costaba lo que había heredado, y el favor le había hecho el rey dándole mujer y estado, debiendo *saber que si de su tío quedaran hijos, había de quedar un pobre caballero, por tener los heredamientos lejos de *España, y en regiones apartadas y estrañas, con gran dificultad de poderlos conservar. No consideró nada de esto, ni debió tener quien se lo representase, ni debía gustar de * y así se le disimuló. Murió el rey don Alfonso de
Aragón, su suegro, y sucedió el rey don Pedro, su hijo, * por estar ocupado en algunas cosas que no le daban lugar para ello, dilató el pedirle los homenajes, hasta el año 1339; porque a los de su consejo pareció que la dilación había en prestárseles podía ser perjuicio de la Corona, de cuyas preeminencias y regalías era el rey don Pedro muy celoso; y conociendo que el rey de Mallorca buscaba forma como eximirse de ello, le dio mayor prisa, *requiriéndole que cumpliera con ello, prefijándole día. El de Mallorca envió tres embajadas pidiendo dilación del plazo, y a todas se respondió que no había lugar: era fama que así se lo aconsejaba el infante don Pedro, tío del rey, que era de su consejo y su canciller. Vino de Valencia a Barcelona el rey, aguardó al de Mallorca, que estaba
en Perpiñan y escusaba venir, y hubo de ir allá el infante don Pedro para darle a entender que viniera, como a la postre, aunque mal de su grado, vino; pidió al rey que aquel auto de prestación de homenaje no fuese en la sala grande del palacio real, sino en la capilla, y el rey vino bien en ello: prestóle los homenajes, confesando tener en feudo de honor por el rey y sus predecesores el reino de Mallorca, condados de Rosellón y Cerdaña y demás estados que quedan dichos. Asistieron a este auto el infante don Jaime y sus tíos, Arnaldo de Cescomes, arzobispo de Zaragoza, fray Ferrer de Abella, el obispo de Barcelona y *el de Elna, y muchos barones de la corona, y los concelleres de Barcelona, y dos síndicos de Valencia. Sentóse el de Mallorca, después de haber estado un rato en pie, en una
almohada menor que otra en que estaba sentado el rey * y acabado el auto, se volvió a Perpiñan: allá se vieron después los dos reyes, y fueron juntos a Aviñon, porque el rey de Aragón había de hacer el reconocimiento por el reino de Cerdeña, al pontífice, que residía con su corte en aquella ciudad: acompañábale el de Mallorca, y fueron recibidos con real aparato. Aquí se faltó poco de acontecer una grande desgracia, porque el día en que iba el de Aragón a hacer el reconocimiento, le acompañó el de Mallorca, y pasando los reyes juntos a la par, el caballo del rey de Aragón se adelantó algo más que el caballo del rey de Mallorca, y un caballero suyo fue tan atrevido que dio de palos al caballo del rey de Aragón y al caballero que le llevaba del diestro. Sintió el rey mucho *este atrevimiento, y mucho más porque el de Mallorca, sin mostrar de ello el sentimiento fuera justo, ni mandar castigar al atrevido caballero, parecía no pesarle del caso; y movido el de Aragón de ira y sentimiento, echó mano a la espada, para herir al de Mallorca, y no la pudo sacar, por lo mucho que estaba apretada en la vaina, aunque echó mano de ella tres veces. Alteróse el pueblo, y el infante don Pedro se puso de por medio, y avisó al rey que disimulase, porque no podía salir bien con ello, porque toda aquella corte estaba apasionada por el de Mallorca, y era poner su persona en manifiesto peligro. Fuéronse los dos reyes, y olvidando o disimulando lo que había pasado, en Mompeller, Perpiñan y demás tierras suyas mandó el de Mallorca hacerle grandes fiestas y recibimientos.
El rey Felipe de Francia, por estos tiempos, traía guerra con el de Inglaterra, y porque el de Mallorca no se confederara con él, según se sospechaba, le pidió el reconocimiento del señorío de Mompeller y los homenajes, por desviarle, con la prestación de ellos, de acciones de su deservicio. Sobre esto pasaron varias cosas, y el de Aragón se interpuso, para que no se hablara más de la materia; pero el de Mallorca, por particulares quejas tenía del de Francia, le quiso mover guerra, aunque se lo desaconsejaba el rey de Aragón, que consideraba el fin que había de tener tal guerra, y que había de ser principio de su salvación, como lo fue; pues el de Francia se quedó con el señorío de Mompeller y vizcondados de Omelades y Carlades, porque sabía que el de Aragón no le estaba muy
afecto, y había de tomarlo con la flema que lo tomó,
El de Mallorca, impaciente de que el rey, su cuñado, cuidara tan poco de defender lo que le iba ocupando el de Francia, y que no tomara las armas en su defensa y de su estado, le requirió que, en observancia de las convenciones había entre ellos y sus pasados, saliese en defensa de lo que le había el de Francia ocupado, y resistiese a las gentes extranjeras querían entrar por los condados del Rosellón; porque sabía por cosa cierta, a lo menos así lo entendia, que declarándose el rey en su favor, y tomando con calor su causa, todo se asentara bien, porque al de Francia le daba harto que entender el rey de Inglaterra, y no había de traer nueva guerra con el de Aragón, a quien pesaba que el de Mallorca la moviera; y para más sosegar al uno y al otro, envió a Francia a fray Arnaldo de Oliver, obispo de Huesca, del orden de San Agustín; pero no negoció nada, y el de Mallorca, mal aconsejado, movió la guerra, porque no tuvo paciencia para aguardar más, confiando en sus fuerzas, y que el rey de Aragón tomaría la guerra por propia, según se lo instó muchas veces. Pero esto aprovechó poco, porque aunque el rey estaba obligado a ello, por respetos y comodidades suyas particulares, no se daba por entendido ni venía bien en lo que intentaba el de Mallorca, y aconsejado de los infantes, sus tíos, y de don Jaime, su hermano, conde de Urgel, y otros, dio por respuesta al rey de Mallorca, que él intercedía con el francés porque hiciera lo que fuera justo y razonable, y cuando no lo quisiera hacer, él estaba aparejado de guardar las conveniencias había entre ellos, en caso que el de Mallorca comenzara guerra contra Francia. Esto era en cuanto al exterior; pero en cuanto al interior, todo era buscar desvíos para no meterse en guerras contra el rey de Francia. Estando en esto, el de Mallorca envió a Ramón Roch, embajador suyo, al rey de Aragón, para requerirle que, pues la guerra emprendía era por lo de Mompeller, Omelades y Carlades, y era justa, que para el primero de mayo de este año 1342 se hallara con todo su poder en el condado de Rosellón; pero el rey le dio por respuesta, que por mediados de febrero, que se viesen en Barcelona. A 15 de febrero el de Mallorca hizo el mismo requerimiento, y porque el rey no se movía, volvió otra vez a lo requerir; el cual, a 19 del dicho mes, respondió muy *largamente, concluyendo no querer emprender aquella guerra, por juzgarla por injusta. Los infantes don Pedro, don Ramón Berenger, don Jaime y otros, que eran del consejo del rey, aunque temían mucho meterse con Francia en guerras, por otra parte daban por claro que el de Aragón, en aquel caso, estaba obligado a valer al de Mallorca, por razón de ser su feudatario y no deber contravenir a * condición del feudo, que le obligaba a la defensa de sus *feudatarios, y estaban todos muy perplejos y dudosos, sobre qué medio tomarían en esto; pero el rey, que era de su natural muy artificioso, después que los hubo escuchado a todos, dio esta traza, que él convocaría cortes en Cataluña para 25 de marzo, que era muchos días antes del día en que, según el requerimiento del de Mallorca, el de Aragón se había con todo su poder de hallar en Rosellón; y tuvo el rey este pensamiento: o el de Mallorca vendrá a las cortes, o no vendrá; si viene, tomaremos el acuerdo que más pareciere convenir, si no viene, no estaremos obligados a favorecerle en la guerra emprende contra Francia, pues él ha faltado a la obligación, y así no quedaremos obligado al requirimiento; y a los del consejo pareció bien el discurso o cautela del rey. Publicáronse las cortes en Barcelona para 25 de abril, y no vino el de Mallorca; asignóle el rey tres días más, y en ellos, ni vino,
ni envió, que era lo que el rey buscaba: entonces dijo estar libre de la obligación tenía de acudir a Perpiñan, pues el de Mallorca no había acudido a su llamamiento, y de aquel
punto adelante le trató, no como a rey, mas como a súbdito y vasallo que había delinquido contra su rey y señor; hízole proceso y cargo de que negaba la fidelidad, y que había
fundido la moneda del rey y la había batido en Rosellón y Cerdaña, y permitía que en estos dos condados corriera moneda francesa; mandóle por esto citar, y envió a Bernardo de Olzinelles, su tesorero, a consultar con los infantes Ramón Berenguer, don Pedro, don Jaime y con los concelleres de Barcelona y con los barones y prelados de Cataluña, y darles razón del hecho; y a 18 de abril de este año 1342, estando el rey en San Boy, junto a Barcelona, declaró al rey de Mallorca, por no haber comparecido, por contumaz, y que se prosiguiese contra de él y de los feudos que tenía por la corona.
En esta ocasión llegaron a Barcelona dos embajadores del rey de Francia, y dijeron al de Aragón, que el rey su señor había sobreseído en proceder contra del de Mallorca, por razón del feudo de Mompeller y demás tierras tenía en el reino de Francia, y le daba gracias por no haberle favorecido en las novedades que contra él intentó, antes haberle desviado de aquel propósito; y el de Aragón dio razón al de Francia de todo, y le rogó mandase que ningún vasallo suyo le valiera en la ejecución que contra * quería hacer, pues él no valió al de Inglaterra, ni al de Mallorca, que se lo requirieron, y aun le ofrecieron muchas tierras, castillos y dinero; y el de Francia vino bien en todo, y lo agradeció. Confiaban los dos reyes que el fin de los estados del de Mallorca sería quedarse el de Francia con lo que el de Mallorca tenía en su reino, y el de Aragón con las islas y reino de Mallorca y condados de Rosellón y Cerdaña; y no se dilató mucho, antes dentro de breve tiempo todo se vio cumplido.
El pontífice Clemente VI, instado de los condes de Foix y de Armenyac, deudos del rey de Mallorca, envió a Arnaldo, obispo Aquense, su nuncio, al rey don Pedro, para * se diera un buen asiento a las cosas del rey de Mallorca; y por dar gusto al pontífice, le dio salvoconducto * sobreseyó en el proceso había comenzado. Armó el de Mallorca cuatro galeras, y con su mujer doña Constanza, hermana del rey, vino a Cataluña, donde estaba el rey, el cual, por no estar desapercibido, hizo venir de Valencia otras cuatro galeras, porque conjeturaba lo que había o podía ser. Llegado el de Mallorca, fue muy bien recibido solemnemente festejado, y el rey le aposentó, con su mujer, en el monasterio de San Francisco; y el otro mandó labrar un puente de madera, cubierta, para pasar más decentemente, según él decía, desde la posada a las galeras, y sin ser visto. Tratóse de su negocio, y no se concluyó nada, aunque el nuncio lo procuró con todas las veras
posibles. El de Mallorca y su mujer se fingieron enfermos, * mandaron que no dejaran entrar en su aposento, sino al rey y a los infantes don Pedro y don Jaime, conde de
Urgel, y mandó esconder doce hombres armados que los prendieran, o matasen, si se defendiesen, y presos, por aquella puente o pasadizo, los llevasen a las galeras, y con ellas a Mallorca, y los metiesen en el castillo de Oloron, para tenerlos allá, hasta le fuera remitido el feudo y dada tanta parte del principado de Cataluña, que bastara a limitar
las fuerzas y poder del rey. Este concierto reveló un fraile dominico al rey, por habérselo comunicado una persona que cabía en él, advirtiéndole, que no fuese en ninguna manera a visitar a la reina, su hermana, porque si lo hacía, sería muerto, y no le podía decir más. Turbóse el rey de oír esto; y aunque no la fue a visitar aquel día, dijo al religioso, que deseaba saber quién se lo había dicho y lo demás que había pasado, y que si no se lo quería decir, no por esto dejaría de visitar a la reina, su hermana, aunque perdiera la vida, porque no parecía bien, siendo ella venida en su tierra, él la dejara de visitar; y el religioso dijo, que de todo tomaría acuerdo con la persona que se lo había dicho. El día siguiente los infantes don Pedro y don Jaime, que no sabían nada de esto, dijeron al rey que parecía muy mal tardara tanto en visitar a su hermana, estando enferma, y habiendo ya dos días había venido, suplicándole no mirara lo que había hecho el rey de Mallorca, su marido. El rey don Pedro, aunque sabía ser aquella enfermedad fingida, resolvió de irla a visitar, no temiendo al de Mallorca, ni haciendo caso de lo que él tenía pensado; y las cuatro galeras habían venido de Valencia estaban prevenidas, para cualquier caso que
sucediera. Estas visitas no se efectuaron por una hinchazón de maligna naturaleza que le sobrevino al rey en la cara, junto al ojo, que le obligó a sangrarse y estar retirado *algunos días. El día siguiente volvió al rey aquel religioso * le dijo, que el que se lo había descubierto era la misma reina de Mallorca, su hermana, y le rogaba que la *hiciera venir, por grado o fuerza, en su presencia, y sabría de ella la verdad de todo. Él lo dijo al infante don Jaime, conde de Urgel, hermano de los dos y procurador general suyo, mandándole dijese a la reina, que le fuese * visitar, porque estaba enfermo, y gustaba de ello; y * respondió, que holgaría de ello, si le diese licencia *el rey, su marido, que estaba presente; el cual dijo que no daba tal licencia; y el infante replicó, que quisiese, o no, la reina había de ir, y que él lo mandaba, como a procurador general del rey, y la podía compeler a ello; y *ego mandó a la reina, que se levantase y siguiese. Quejóse el rey de Mallorca del hecho, porque era fuerza y violencia lo que se hacía, estando él debajo el salvoconducto que se le era concedido: y el infante don Jaime le dijo que no se había de hacer otra cosa, pues el rey lo quería, y fue con la reina a palacio, y allá descubrió al rey, su hermano, todo lo que había pasado, y lo refirió después, delante * los infantes don Jaime y don Pedro, el cual, antes de saber esto, afeaba mucho al rey lo que había hecho, pero después que supo la intención del de Mallorca, fue de parecer que fuese preso. El rey juntó a los infantes y a los de su consejo, llamando a él algunos letrados, y declararon no valerle al de Mallorca el guiaje, y que fuera preso; pero no le pareció bien aquel consejo, y no quiso que se ejecutara, porque no se imaginara que era achaque o
codicia de quitarle el reino y condados. El día siguiente, sentido el de Mallorca de lo que había pasado, fue a palacio, a hora que el rey estaba comiendo, y * presencia de muchos: «Señor yo había venido * vuestra fé, con salvaguarda, y habeisme hecho * mandar traer forciblemente a la reina mi mujer *tiendo que no se me aparejan ningunas buenas * así, vengo a pedir vuestra licencia, y pues * guarda el salvoconducto, yo me parto y despido
* y niego tener por vos los feudos.» Y el rey sol*pondió, que se fuera enhorabuena; pero a los *ban allá pareció muy mal como no lo mandó * y el rey dijo que lo dejasen, que a la fin * verdad de todo, y él confesaría lo que entonces * luego se partió con las cuatro galeras con que había venido. Quedó la reina, su mujer, en poder del * sola una dama mallorquina, que las demás se *caron. Llegado el rey a Mallorca, confiscó a *caderes catalanes sus haciendas, prendió sus pe* lo mismo hizo en todas la tierras de sus señoríos * puso en orden de guerra contra el rey su cuñado *
El nuncio no pudo acabar cosa, y solo * instar con el rey, que dejara volver a la reina a Mallorca, con el rey, su marido, porque ella lo * y menos acabó esto, y desconfiado de obrar cosa *envió a Aviñon a dar razón de todo al papa, que * lo mismo, y no acabó nada con el rey, el cual * dio poco crédito a los descargos daba el de Mallorca * haber hecho aquella puente para prender al rey * infantes, porque si tal hubiera pensado, tuvo, *cia, hartas ocasiones en que, sin nota de su * pudiera ejecutar, y aun matarlos, si quisiera, y q* cualquier que aquello decía, y lo combatiría en per* sacándoles a desafío. El rey, para justificarse, en* al papa copia del proceso, y Guillen de Rocamora, arcediano de Huesca, pasó a Aviñon, para informar al papa y colegio de los cardenales en favor del rey don Pedro. El rey continuaba su proceso, y procedió a hacer eje*ion contra el de Mallorca y sus estados: mandó por *, a 9 de setiembre de 1342, al infante don Jaime, * hermano y procurador general suyo, que fuera con * Lope de Luna y otros que nombró por capitanes, * frontera de Rosellón, y haciendo poderosa guerra, *aran aquel condado, cuidando muy en particular que * allá no entrara gente de armas en Cataluña.
Cuando el infante don Jaime se disponía para esto, * el rey de Valencia a Barcelona, y acabado el pro*, un viernes, a 11 del mes de febrero de 1343, es* sentado en su solio en el palacio real, dio su sentencia definitiva contra el rey de Mallorca. Publicóse en *presencia de muchas personas notables, entre ellas los *conselleres de Barcelona; porque en tiempo de los reyes de Aragón, ningún acto de consideración se celebraba que no fuesen llamados los conselleres de esta *ciudad, que era la principal de sus reinos y de mayor *cia en sus consejos. Lo que contenía esta sentencia, que, considerando que no había comparecido den* tiempo y en el lugar le era estado asignado, le * contumaz; y que por no haber obedecido a sus *entos, ponía bajo la investidura de su fisco el *reino de Mallorca, con las islas adyacentes y los condados de Rosellón y Cerdaña, y demás tierras suyas que por él tenía, en feudo dentro de sus reinos, y también * bienes muebles y todo lo demás tenía; y que si dentro de un año no comparecía, todo fuese adquirido al *dominio real y confiscado; y esto se entendía sin perjuicio * otros procesos hechos contra de él y sus valedores; * mandó que esta sentencia fuese publicada por todas las veguerías de Cataluña, a instancia de Arnaldo de Eril *procurador real, ascendiente, lo que entiendo, de Francisco de Eril, que fue procurador fiscal, cuando procedió el rey don Fernando el primero contra don Jaime de Aragón, último conde de Urgel. Entendió luego el rey en juntar todas sus fuerzas para pasar a la conquista de aquel reino, con tantas veras y ahinco, como si fuera contra los moros que lo poseyeron; y aunque recibió embajada
de la reina de Nápoles, tía del de Mallorca, para que se llevara bien con él y llegara a trato, no la quiso escuchar, ni dejó de continuar los aparatos de guerra que hacía. Los mallorquines no estaban muy adoloridos de la pérdida de su rey: era mal quisto, y les tenía muy oprimidos, y les afligía y vejaba en gran manera con pechos (pagos; pectos) indebidos e imposiciones extraordinarias * intolerables, ejecutando en ellos severos castigos por culpas ligeras, confiscándoles las haciendas que con sudor y trabajo
ganaron; y por esto deseaban salir de la sujeción de un rey que, por tener pequeño reino y limitados señoríos, y esos muy escampados, cada día les cargaba *vezas, y a costa de ellos mantenía sus empresas, que eran más grandes de lo que las debiera tomar; y por facilitar el pasaje al rey, y que entendiese el ánimo y disposición de los de aquella isla, le enviaron un síndico, * algunas cosas, y habido consejo con los infantes don Jaime y don Pedro, les fueron concedidas, y * se otorgó auto en forma de concordia, en * intervinieron
el arzobispo de Zaragoza, don Pedro y don * Luna, señor de Segorbe, y Galcerán de Anglesola. *ico de Mallorca, que se llamaba Bertran Roc, dio * trescientos escudos de renta y grandes exenciones * y los suyos, concediéndole también privilegio mi* esta prevención, pasó el rey a Mallorca con *da, y fue muy grande el contento que de su venida tuvieron los vecinos de aquel reino. Al principio, *mplir con el rey don Jaime, hicieron demostra* resistir a la armada; pero a Ia postre, quedó la * por el rey de Aragón, y desamparado el de Mallorca *por los suyos, quedó vencido. Dióse luego asiento * cosas de aquel reino, y de allí volvió el rey a * para dar orden en la paga de su gente, que * no la habían recibido, y estaban muy impacientes * y de allá, con intención de pasar a la conquista del Rosellón y Cerdaña, se vino a Gerona: aquí halló * don Jaime y a don Lope de Luna, con otros ricos hombres, y hasta trescientos caballeros de los * habían quedado en aquella frontera cuando él pasó a Mallorca, y había poco eran vueltos de Cerdaña, don* hecho entrada y correrías hasta Puigcerdá, y * retirados por falta de vituallas, sin haber hecho
* consideración. Aquí aguardó el rey las huestes de Cataluña, y apercibió ló necesario para aquella ejecución * justicia que pensaba hacer (que este nombre da* persecución del rey de Mallorca). Estaba la gente del rey muy impaciente por las pagas se les debían
e instaron a los infantes don Jaime y don Pedro, que * pidieran; y aunque ellos al principio lo rehusaron, a la postre no pudieron excusarlo, porque amenazaban que *se irían; y lo que se debía era, a los aragoneses el sueldo de quince días, y a los catalanes el de diez; y el rey les envió a decir, que se fueran, porque confiaba conquistar aquellos condados con los mismos que habían conquistado el reino de Mallorca, y érale fácil, porque había
muchos que estaban muy descontentos de aquel rey; y aunque les envió la respuesta con aquel desapego, no gustaba le tomaran la palabra, y no faltó quien, por parte del rey, les aseguró que en ser en Rosellón serían pagados; y con esto se aquietaron y fueron con el rey al Ampurdan. Aquí se alojaron; y dice el rey en su historia, que el infante; su hermano, llevaba doscientos y cincuenta caballeros, y fue alojado en Asfas y en Vil*quer, y los demás en otros lugares, una legua al rededor de Figueras. Aquí recibió el rey otra embajada del de Mallorca, pero no efectuó nada: a 21 de julio partió para Gerona, con los infantes don Jaime y don Pedro, que le fueron a acompañar, y otros muchos caballeros, y con ellos llegó a Figueras: aquí recibió dos cartas, una del cardenal de Rodas y otra del rey de Mallorca, que pedía seguro para verse con el rey, el cual, aconsejado de los infantes y otros, no lo quiso dar. De Figueras pasó el rey a la Junquera, y aquí recibió otra carta del rey de Mallorca, que llevó fray Antonio Nicolás, de la orden de San Agustín, y suplicó al rey le oyera solo: apartáronse los dos, y toda la plática fue persuadirle no procediera contra el de Mallorca, y se tomara un acertado medio que estuviera bien a los dos; y el rey, sin tomar consejo de nadie, respondió que 
no había lugar para ello, y le dio *as demás razones que largamente refiere en su historia. A *9 de julio de este año 1343, ordenó el rey sus bata*, creyendo que al pasar el collado de Paniçars se había de pelear, porque era el paso de Cataluña a Rosellón, y era fácil al rey de Mallorca defenderlo. Iban en * vanguardia los infantes don Jaime y don Pedro, que * senescal del ejército; en el medio iban las huestes de Cataluña y el bagaje, y en la retaguardia la persona del rey; y sin acontecer cosa de consideración, llegó a EIna * se alojó en la campaña. Aquí llegó el obispo de Huesca, pidiendo al rey seguro para que el de Mallorca y él se vieran, y no lo quiso conceder; y el día siguiente llegó a Canet, y aquí vino el cardenal de Rodas, que se intitulaba de San Ciriaco y su padre era catalán, natural del ducado de Cardona, que entonces aún era vizcondado, y el papa le había enviado por su legado, y era muy aficionado al servicio del rey don Pedro, y vino para tratar de concordia, y oyó la misma respuesta, y aun les dio el rey muy bien a entender, que estaba muy sentido del favor que el de Mallorca hallaba en la corte del papa, pues había hecho venir dos cardenales que hablaran por él, y para concordar las diferencias tuvo él con el infante don Fernando, su hermano, no pudo hacer venir uno, habiendo, para este fin, enviado al infante don Pedro, su tío, al papa, el cual debiera concedérselo, pues todos los reyes de Aragón habían derramado su sangre en servicio de la Iglesia, sin haber recibido de la sede apostólica otra paga, más que un pedazo de pergamino que contenía la bula de la donación de Cerdeña, que tanto costó de conquistar al rey, su padre, de los pisanos, inobedientes a la Iglesia, en vez de los cuales ganó a un rey por vasallo; y con esto se despidió el cardenal, y el rey con sus huestes tomó algunos castillos y lugares, talando con gran rigor aquella campaña. Estando el rey en Clayrá, llegó otra vez el cardenal, por cuyo honor y respeto mandó cesar la tala y que nadie hiciera daño a los de la villa; y aconsejado de los infantes y otros, mandó sobreseer la guerra; desde 19 de agosto de este * hasta el abril siguiente, sin perjuicio de su justicia. Los motivos que daba eran: por hacer servicio a Dios nuestro Señor, reverencia y acatamiento a la santa Sede apostólica y al papa, y por contemplacion y honor del legado que se lo había pedido, pero en su historia da otras causas, como eran faltarle comodidad para detenerse mucho en aquella tierra, por la falta grande que había de viandas, y no tener los ingenios y máquinas necesarias para combatir el castillo de Perpiñan. Con esto, se volvió a 

Barcelona, y pagó a su gente, aunque los infantes y demás quedaron quejosos y
descontentos, pareciéndoles quedaban mal remunerados y no enteramente pagados.
El rey fue a visitar los reinos de Aragón y Valencia, y recibió servicio de ellos para continuar esta guerra. Entonces recibió por un fraile del orden de San Agustín otra embajada del de Mallorca, llena de sumisiones, pero como el rey estaba ya resuelto de perder del todo a aquel príncipe, hizo poco caso de ella, y le dio en escritos, repitiendo todas las quejas tenía de él y ofensas * ponderándolas por graves culpas, porque representa* por tales, no pareciese rigurosa la ejecución había hecho contra él.
Divulgóse en aquella sazón que el de Mallorca, en hábito disfrazado, quería venir ante el rey; y por eso mandó a dos bailes de Figueras y otros pueblos, que echasen * y en ser descubierto, fuese preso y llevado a Gerona, y puesto en la Gironella, que era la fuerza mayor de aquella ciudad; y para quitarle de una vez le esperanza * podía quedar de volver a sus estados, a 29 de marzo de 1344, estando en la capilla real de Barcelona, con los infantes don Jaime y don Pedro, cuatro síndicos de la isla de Mallorca y otros muchos, unió perpetuamente e incorporó en la corona real el reino de Mallorca y las islas adyacentes y condados de Rosellón y Cerdaña y las tierras de Conflent, Valespir y Cobliure, y quiso que todo * que había sido del rey de Mallorca en los reinos de Aragón, Valencia y condado de Barcelona, quedara de allí adelante so un mismo dominio, sin que se pudiera enajenar o enfeudar en todo o en parte, por ninguna causa o razón, dando facultad a don Pedro, don Ramón Berenguer y don Jaime, y a las universidades del reino e isla de Mallorca, y condados y singulares de ellos, que en cuanto él y los suyos contravinieran a esto, no les obedezcan, antes estén obligados a resistir con armas o sin ellas, alzándoles cualquier homenaje o juramento de fidelidad, obligando a cualquier sucesor en el reino haya de jurar esta unión, sobre la cual habían hecho en Cataluña los reyes don Alfonso y don Jaime segundo algunas constituciones; y mandó a los infantes y a los demás juraran y confirmaran, quitando de esta manera al de Mallorca los pensamientos, si algunos le quedaban; de volverlos a cobrar; y fue esto de muy gran consolación para todos los que habían sido vasallos del rey e Mallorca, porque con esto estaban asegurados de no volver al dominio de aquel rey, de quien temieron que, por concordia y convención particular, no volviese a cobrar el reino y condados le había quitado el de Aragón, según él y sus amigos lo publicaban continuamente.
Acabábase el término de las treguas y había ya hecho el rey muy grandes prevenciones para volver al condado de Rosellón y dar fin a lo comenzado; y aunque el papa Clemente, por medio del arzobispo de Achs, había pedido prorogacion hasta San Miguel de setiembre, no lo quiso el rey conceder, antes mandó a los infantes, don Pedro y don Jaime, que vinieran donde él estaba: halláronle en la villa de Cardedeu, en ocasión que venía de Monserrate de ofrecer a nuestra Señora una galera de palata, en memoria de la victoria que alcanzó en Mallorca. De aquí pasó a Figueras con todo su ejército y entró en Rosellón * Ios infantes don Jaime y don Pedro llevaban la vanguardia y combatieron a Argilers, que se dio a partido; y en el cerco de la villa, cupo al infante don Jaime la montaña.
Continuando el rey esta conquista, vino el cardenal de Ambrun: saliéronle a recibir el mismo rey y los infantes don Jaime y don Pedro. Era la venida porque recibiera el rey al de Mallorca, sus hijos y estado en su poder, asegurándole la vida y que no le haría daño en su persona, y que no le detendría en mala ni larga prisión y los infantes y demás del consejo real aconsejaron se hiciera así; pero el de Mallorca, cuando lo supo, no vino bien en ello, porque estimó más por guerra perder su estado, que *darlo de su voluntad; y con esto se despidió el cardenal. Tomóse Cobliure, el castillo de Palau de Horta, Millars, *
Bula, Mocet, Elna y otros muchos pueblos; y entonces, el rey de Mallorca, asegurado que no le haría daño a su persona, ni padecería cárcel, se metió en poder del rey, a quien habían aconsejado el infante don Jaime y otros, le recibiera con toda cortesía. Con esto, llegó el de Mallorca armado de todas piezas, salvo las de la cabeza, que llevaba descubierta, delante del rey, el cual, luego que le vio cerca de sí, se levantó en pie, y el de Mallorca, echada una rodilla en tierra, le besó casi por fuerza la mano, y el rey le levantó con la suya y besó en la boca, y el de Mallorca le pidió perdón del hecho, y el rey le prometió usar con él de misericordia. Tomóse después de esto la villa y castillo de Perpiñan, y poco después se vieron los dos reyes, estando con ellos el infante don Jaime; y discurrido largamente sobre las cosas del * Mallorca, resolvieron fuese a vivir a la villa de Berga, *donde estimó más estar, que en la ciudad de Manresa, que le había sido asignada por morada; y el infate don Jaime le llevó o acampañó (acompañó) allá.
Pasaron estas cosas en el mes de agosto de este año de 1344, y hasta el setiembre siguiente estuvo en Berga; y de allí se vino a San Culgat (Cugat; Cucufate) del Vallés, donde visitó a la reina Constanza, su mujer. Juntóse después parlamento en Barcelona, y en él asistió el infante don Jaime, con sus tíos los infantes don Pedro y don Ramón Berenguer, el obispo de Tarragona, y otros muchos; y examinados los pareceres de ellos, dio cada uno su voto, en un papel cerrado, al rey, que así lo quiso, y vistos todos, resolvió que al rey de Mallorca se le diesen diez mil libras de renta, mientras se tardaba a dársele
estado de otro tanto rédito para él y sus sucesores, fuera los señoríos del rey, y faltando sus sucesores por linea masculina, volviese a la corona; remitióle el feudo y derecho de comiso y confiscación que tenía en los condados de Omelades y Carlades y señoríos de Mompeller, y que dejase el título, nombre y dignidad de rey, armas y divisas reales; y en Badalona, donde estaba, se lo envió el rey a notificar.
Esta resolución tomada en aquel parlamento desplugo al rey de Mallorca de tal manera, que estimó más perderse por trance de batalla, que ser despojado de aquella manera, y que su hijo don Jaime, que estaba jurado por sucesor suyo, quedase desposeído con tanta ignominia. Salióse del lugar de San Vicente, donde había venido de Badalona, y con algunos de los suyos se volvió a Cerdaña; y echó fama que por voluntad y merced del rey volvía de cobrar sus estados, porque el rey los tenía solo por la*postats, que así 
llamaban en Cataluña el derecho que tiene el señor del feudo de poseer por espacio de diez días el castillo del vasallo, que Gerónimo Zurita llama tenencias * lo que no fue de poco pesar para los pueblos de aquellos estados, donde era muy aborrecido el de Mallorca, por las muchas imposiciones y gabelas echaba cada día, y rigor con que las exigía, indigno de un rey cristiano. La gente que llevaba en esta entrada era poca; pero daba cuidado la que juntársele podía, y el rey envió quien le resistiese, *** se había entrado ya en Cerdaña, pero el conde de Pallars, con la más gente que pudo juntar, socorrió los pueblos de aquel condado, y el infante don Jaime las fuerzas de Lérida y Querol y Torre de Cerdaña, repartiendo por ellas sus gentes; con lo que y demás prevenciones hizo el rey, obligó al de Mallorca se saliera de Cataluña, y har* lastimado y pobre, aborrecido y desamparado de los suyos, se pasó a Mompeller. 

No fue poco el contento que tuvieron los vasallos de este rey de su caída e infeliz suerte, porque era generalmente aborrecido de todos, por las intolerables y extraordinarias
imposiciones que de continuo echaba sobre ellos, a cuya costa pensaba sustentar aquella guerra, de que to* tenían pesar, y deseaban escusara: al principio se lo aconsejaban, pero tomábalo tan rabiosamente, que por es* hizo morir con muertes crueles e inhumanas muchos de sus vasallos, personas honradas, que desapasionadamente así se lo aconsejaban, adivinando el fin que había de tener, * que había de ser la destrucción de él y de su casa y familia. Por esto mandó prender a don Pedro de *Fonollet, vizconde de Illa, y a tres caballeros y algunos burgueses, y los mandó llevar al castillo de Bela Vista, en el reino e isla de Mallorca, y aún mandó al alcalde los *matase, y fue ventura se tomasen aquellas cartas, y así no se ejecutó aquel cruel mandato; con todo, les mandó confiscar sus bienes y en los días más santos en que los tribunales cesan de proseguir las causas criminales, y los reos tienen en alguna manera alivio y descanso en sus penas, mandó hacer las capturas de ellos y darles el castigo. La prisión del vizconde y de los demás fue un domingo de Ramos, y el jueves siguiente, en que la Iglesia representaba la muerte del Salvador e institución del Santísimo Sacramento de la Eucaristía, mandó atormentar a Pedro Borron (Borrón), que era uno de los burgeses había mandado prender el día de Ramos, y conociendo el mal que había hecho en usar tal rigor con aquel hombre en día tan santo; le tomó juramento que no revelaría hubiese sido torturado en el día santo de Pascua. Mandó convidar los cónsules y algunos burgeses de la villa de Perpiñan, con pensamiento de prenderlos, y porque faltaron dos de los cónsules, a quienes tenía
aborrecidos, disimuló oon los demás, aguardando la ejecución de su intento para otro día. En el día de san Hipólito, mandó a unos soldados que le acompañaban, que mataran a Mallol Cadanys, mercader honrado y pacífico, solo porque le suplicó que hiciera paz con el rey de Aragón; y luego fue obedecido. En el día de santa Elisabet, publicó que quería festear la solemnidad de aquella santa y que gustaba asistiesen a palacio todos los mejores de la villa, porque acompañado de ellos, había de salir a misa: acudieron trescientos hombres, los más ricos, y la misa * salieron fue mandar prender a ciento dier y ocho de ellos, y ponerles en un aposento con grillos y cadenas, y sin comodidad de dormir ni de comer, y los más eran muchachos y viejos, y a los que les iban a traer de comer los mandaba encarcelar. De esta manera estuvieron muchos días, y viendo que el rey no cuidaba de ellos, enviáronle cuatro personas honradas, para suplicarle les sacase de allá; y la respuesta fue, que los había de matar a todos, y porfiando ellos que les diese juez para hacerles la causa, precediendo proceso y defensa, no lo quiso hacer, *es los mandó apretar más, y a la postre les envió a decir que si querían salir de allí, le habían de prestar cien mil libras, y de esta manera les perdonaría la muerte les había de dar; y ellos después de muchos dares y tomares, * salir con vida, le dieron veinte y cinco mil florines; y había entre los presos tres de los cónsules de la villa de Perpiñan.
Tres días antes de Navidad, por causar terror y miedo * los demás, mandó arrastrar, atenazar y cortar la lengua a Pedro Ribera, cónsul de Perpiñan, estando sin culpa
* habérsele probado delito alguno.
A los niños y niñas ricos, y a los menores que estaban bajo de tutores, mandaba prender, y los metía en cárceles oscuras y malas; donde muchos morían y otros enfermaban de males incurables, y estaban allá, hasta le ha* dado los padres y tutores los dineros que él quería. * perdonaba a las viudas, pues que de ellas y de algunos *ores sacó más de cincuenta mil florines. Los clérigos y *iles y otras personas eclesiásticas no escapaban de las tiranías, antes muchos de ellos fueron presos y detenidos en estrechas y malas prisiones, porque se escusaban de pagar las sisas y gabelas que él echaba.
Mandaba otorgar a sus vasallos grandes sindicados, para *der, en nombre de ellos, tomar grandes cantidades de dineros, y esto con tal rigor, que al que rehusaba obligar* luego le echaban en la cárcel; y fue necesario que los pueblos se quejaran de estas violencias, y por serlo, fueron judicialmente declaradas nulas las tales obligaciones que ellos habían hecho.
Había en la capilla del castillo de Perpiñan, y en la sacristía de los frailes menores, muchas piezas de oro y de plata, unas en que estaban encastadas reliquias, y otras que servían de adorno al altar y para el culto divino, y todo lo tomó, y batió de ello moneda para sustentar la guerra.
Estas cosas, y más la sangre de tantos inocentes, clamaban ante el conspecto divino la debida venganza; y aunque tardó a venir, pero llegada, con la severidad del castigo compensó la tardanza; y así, el acabar este rey tan infelizmente, ni lo atribuyo yo al haber negado y rehusado confesar el feudo al rey, ni al haber faltado a las cortes para donde
había sido llamado, ni al haber batido moneda, sino al haber usado tantas tiranías con sus vasallos y haber hecho poco caso de los buenos y desapasionados consejos le daban, dando lugar a crueldades y avaricias, que son las dos cosas que dan fin a los reyes, casas y linajes de ellos. Después volvió a mover la guerra contra el rey, y para sustentarla, vendió por ciento mil escudos de oro, al rey de Francia, la baronías de Mompeller, y con armada pasó a Mallorca, donde era tan aborrecido como en los condados de Rosellón, y no halló el favor que pensaba con los isleños, y así fue vencido y muerto, y el rey mandó llevar su cuerpo a la seo de Valencia, donde le mandó sepultar en medio del coro; y después murió su hijo don Jaime, el cual aunque tuvo espíritus de cobrar los señoríos del padre, pero faltóle poder y favor, y así se quedó sin gozar de lo que la mala condición del padre, antes de tiempo, le quitó, siendo él inocente en todo.
Parece que el rey don Pedro había de quedar muy contento y sosegado, pues había castigado la inobediencia del rey de Mallorca, y que el infante don Jaime, que tuvo mano en todo, había de quedar muy premiado y favorecido, pero fue al revés. Era el infante procurador general del rey y gobernador de sus señoríos, y la persona a *, según la más común y desapasionada opinión, to* la sucesión del reino, muriendo sin hijos varones, * en esta ocasión no los tenía, y según habían dicho * médicos y algunos astrólogos, no los tendría en la reina * María de Navarra, su mujer, y por esto vivía el infante con alguna esperanza. Estando el rey en Valencia, le vino el pensamiento, si él moría, quién le había de heredar. Tenía en aquella ocasión dos hijas, doña Constanza, que casó con Fadrique, rey de Sicilia, y doña Juana, que casó con don Juan, conde de Ampurias, que está sepultada en la iglesia de Poblet, sobre la fuente que está * la capilla mayor y la sacristía, y había tenido otra * se llamó doña María, que murió muchacha; y quería * excluido don Jaime, heredara doña Constanza. Para asegurarse y saber de cierto lo que en esto había, mandó *tar veinte y dos personas entre letrados y teólogos, lla* de Barcelona, Zaragoza, Valencia, Lérida, Perpiñan y *Manresa, propúsoles el caso, y dice fray Fabricio Gau*to,
que el rey no miró el engaño en que andaban los *ados con él, que más por se conformar con su voluntad y opinión, que por lo querer la justicia ni consentir *razón, tomaban el partido del rey y osaban decir que * infanta, por ser hija suya, tenía más derecho en la sucesión, que el infante don Jaime, que no era hijo, * hermano del rey. Las diez y nueve de estas personas fueron de parecer que, muriendo el rey sin hijos varones, quedara doña Constanza; Ios otros dijeron que, excluidas las hijas, heredaba el infante don Jaime; y uno de ellos afirmó estaba en manos del rey hacer lo que le pareciere; y uno de estos tres era Arnaldo de Çamorera, vicecanciller del rey, y por esto fue removido de aquel cargo. No fue esta consulta tan secreta, aunque el rey lo quería, que no la entendiera el infante don Jaime, que estaba en Valencia, y tomando el rey aparte, en el aposento en que dormía, le dijo haber entendido el artículo de que se disputaba, y le suplicaba mandara cesar tal plática, porque ni era caso ni había necesidad de haber de hablar de ello, pues él y la reina eran mozos, y los dos testamentos de los reyes don Jaime y don Alfonso, su padre, vinculaban los reinos y estados a los varones, excluyendo las hembras; y el rey le respondió, que aunque parecía no haber necesidad de tal declaración, pero por ser la vida del hombre incierta, gustaba saber a quién pertenecían sus señoríos, para mayor descargo suyo. De esto quedó el infante muy descontento, y se volvió a su posada, y dio parte a algunas personas de la ciudad de Valencia, y después lo publicó al pueblo, indignándole contra del rey, el cual, a 23 de mayo de este año 1347, envió letras a todas las ciudades y pueblos más principales de sus reinos, dándoles noticia de esta declaración, de lo que tuvo el infante gran pesar, y el rey cuidado no se confederara con el rey de Mallorca y le diese lugar y paso por el condado de Urgel, para entrar en Cataluña; y por eso mandó el rey se tuviera gran cuenta con la gente que pasaba, y que si fueran correos o del infante o del rey de Mallorca, fuesen detenidos, tomándoles las cartas, y guardando los que en esto habían de entender gran secreto; *advirtióse también a los espías que el rey tenía en Mompeller, que avisaran de todo lo que sabrían. Sospechóse
*sien que el infante se quería valer de su hermano don Fernando, marqués de Tortosa, y del rey de Castilla, y * ya negociado con la ciudad de Valencia, para que * diese lugar a que el rey le quitara el cargo de la general gobernación y de procurador general suyo: el cual, *ido de esto, y no de que se compadeciese el infante *viera misericordia del desposeído rey de Mallorca, como dice un autor, le llamó y dijo, que porqué hacía aquello * pues el hacer mirar y disputar el artículo de la sucesión de la infanta doña Constanza, entendía hacerlo con *icia, y el derecho era en favor de ella, y le dio razón * que habían tratado y resuelto aquellas veinte y dos personas; pero al infante ni pareció bien el fundamento * tomaron, ni la resolución que salió de él, y pidió al * su pretensión y justicia: asignósele el día de San Juan * junio de este año 1337 en la villa de Monblanc, y *rogó que en caso conociera que la justicia era por la infanta, él, como el más principal de la corona, la quisiera jurar; y dice el rey en su historia, que el infante * lo prometió; pero no por eso dejaba de conmover a * los que podía e indignarlos contra del rey, para que le valiesen. Entonces mandóle que no usara de la procuración general, porque con ella entendía que le podía mucho ofender, y que se saliese de Valencia y que * entrase en ninguna de las ciudades más principales de * reinos, porque así no tuviese ocasión de tratar algu* cosas en su deservicio. Despidióse con esto el infante del rey, y dijo que se quería ir a su ciudad de Balaguer; y valiérale más y que gozara de la apacibilidad de aquella tierra, sin querer averiguar cosas que dentro de pocos meses le causaron la muerte, y aunque saliera bien de ellas, no viniera a alcanzar lo que pensaba; porque el rey tuvo dos hijos varones, que fueron don Juan y don Martín, que fueron reyes después del padre, uno tras otro, y todo lo que hizo el infante fue vano y su destrucción y pérdida.
La fama pública fue que el infante iba a Balaguer; pero no fue así, antes se encaminó a la parte de Zaragoza, y se detuvo en Fuentes. Los reinos de Aragón, Valencia y principado de Cataluña quedaron muy desconsolados de que mujer hubiera de heredar, habiendo varones de la estirpe real; y aunque el rey decía que casaría a la infanta doña Constanza
con varón de linaje real, pero aquellos que eran en parentesco más cercanos al rey, y a quien espectaba la sucesión de los reinos, eran casados, y era forzoso buscarlos muy remotos, y tenían por cosa muy pesada haber de tomar príncipe forastero, habiéndoles naturales, conocidos y amados de todos, e introducir que la corona viniera a mujer, cosa jamás vista en Cataluña (jamás dice: Petronila fue reina de Aragón, Ramón Berenguer IV princeps, Ramiro II rey), porque adivinaban, en tal caso, lo que había de haber. Estando en estas tribulaciones y pesares, sobrevino un gran consuelo, porque la reina parió un hijo, que llamaron Pedro, como al padre; y fue tan grande el contento que todos generalmente recibieron de su nacimiento, que dice el rey, que iban todos absortos y pasmados, y parecía habían perdido el juicio, porque iban bailando por las calles, (sardanas de Cerdeña serían) haciendo mil demostraciones de júbilo y contento, por haber nacido con aquel muchacho la paz y consolación de todos y sosiego de la corona. Fuera gran cosa si hubiera durado, pero murió el *mimos día, y está sepultado en el monasterio de Poblet, * de aquellas cinco sepulturas que están en la pa* la capilla de san Antonio; y fue tan general y gran* sentimiento de todos, que para encarecerlo, dice el * que fue mayor que el contento habían tenido el día precedente; y cinco días después falleció la reina doña * del trabajo que había pasado en aquel parto, y está sepultada en la iglesia de San Vicente de la ciudad de Valencia: su simulacro de alabastro está en el monasterio de Poblet, donde ella escogió su entierro, sobre la sepultura del rey, su marido, con dos de las otras mujeres *que tuvo; pero el cuerpo, a lo que entiendo, se quedó en la ciudad de Valencia.
Después que el infante quedó privado del oficio de procurador general, removió el rey todos los oficiales que el infante había creado, y puso otros, de quien él pudiera con seguridad confiar; y en los pregones y edictos * decían, que regían aquellos cargos de la gobernación real por la infanta doña Constanza, hija primogénita del rey y sucesora en los reinos y estados, en caso que * rey no tuviera hijos varones, y por esta gran novedad
* estos reinos causó general alteración en todos ellos, * la gobernación general jamás fue visto administrarse por ninguna hija de rey, sino por el infante primogénito o por el más propincuo del rey; y por facilitar * en cuanto era de su parte, que la infanta fuese ca* de aquel cargo, la emancipó delante de muchos pre* y ricos hombres, y luego el infante don Pedro, tío del rey y tutor y curador de la infanta, en manos del * hizo juramento y homenaje de tenerla por primogénita y sucesora, con limitación que, si viviendo el rey
era declarado que la sucesión pertenecía al conde de Urgel y no a las hijas del rey, el homenaje fuera de ningún efecto; y esto mismo juraron don Hugo de Fonollet, obispo de Vique, don Bernardo Hugo, obispo de Elna, y muchos caballeros, ricos hombres y todos los de casa del rey y oficiales suyos referidos por Gerónimo Zurita, en la misma forma que lo había jurado el infante don Pedro. Cuando esto pasaba, estaba el infante don Jaime en
Fuentes, y no osaba entrar en Zaragoza, por habérselo prohibido el rey; y desde allí despachó letras a todos los ricos hombres, barones, caballeros, meznaderos y procuraderos de las ciudades y villas de Aragón y Cataluña, para que alcanzasen del rey que alzara la prohibición tenía de no entrar en las ciudades más principales del reino, y que acudieran al lugar de Fuentes, donde él estaba, que tenía negocios importantes de que darles parte. Y dice el rey en su historia, que en aquella ocasión había bandos en Aragón, y que el infante los metió en paz, para que hechos amigos, mejor hiciera sus negocios, valiéndose de ellos, lo que fuera muy dificultoso, perseverando los odios y malas voluntades. Aquí les informó largamente de la queja tenía del rey, por haberle quitado la general gobernación, cargo que de derecho le tocaba, y que le antepusiera a la infanta en la sucesión del reino. No cabían ya en Fuentes, y sin reparar en la prohibición
y mandato del rey, se pasaron a la ciudad de Zaragoza, y despidieron letras al infante don Fernando, marqués de Tortosa, y a don Juan, hermano del rey, que estaban en Castilla, y a todos los ricos hombres y caballeros *ausentes que se vinieran a juntar con ellos, para tratar * como se repararan los agravios y perjuicios *cibido del rey y ministros suyos, y la enmien*ia de tomar de los privilegios, fueros y demás *as quedaban rompidas, y abusos hechos en per* las libertades de aquel reino. Deseaban, por es*recer de la reina doña Leonor, madrastra del * los infantes, sus hijos, ricos hombres, prelados, * y universidades del reino, y que todos se jun*cieran un cuerpo y liga, a que pusieron nom* , para suplicar al rey el reparo de todo lo que *ho; y esta liga y unión pareció a todos tan jus* puesta en razón, que casi todos los de aquel * juraron, excepto muy pocos, y entre estos las *ciudades de Huesca, Daroca, Calatayud y Teruel, que *eron bien en ella. Hicieron su sello, como se * comentarios de Gerónimo Blancas, y en el gra* rey sentado en su trono, con cetro en las ma*ona en la cabeza, y a sus pies el pueblo arma*dillados, alzadas las manos, como que piden al* y al derredor unas letras que dicen: UNIONIS *UM SIGILLUM; y nombraron sus conservado* se era usado en otras ocasiones, que mandaban * ordenar algunas cosas, haciendo actos de juris* superioridad que no debieran; y escribieron al *ándole fuera a Zaragoza a celebrar cortes, cer* que aquella unión era hecha en honra y servi* corona real, y en conservación de ella y de sus *cias. Los conservadores eran el infante don Jaime, conde de Urgel, con diez ricos hombres, dos meznaderos, siete caballeros y once ciudadanos de la ciudad de Zaragoza, que nombra Zurita. Cuando el rey supo esto, partió de Valencia y vino a Barcelona, pero apenas había salido de aquella ciudad, cuando estando en Cabanas (Cabanes), entendió que habían firmado los valencianos la unión con los aragoneses, y aunque don Pedro de Ejérica, gobernador general en aquel reino, lo quiso impedir, no fue poderoso para ello, y entendió el rey que todos aquellos movimientos eran por regirse el oficio de procurador general en nombre de la infanta, y que aunque en Cataluña no habían consentido en la Unión, pero no estaban menos desconsolados que los de Aragón y Valencia, porque a todos sabía mal que mujer hubiera de heredar, y así mandó que no se pusiera más en los pregones y edictos, que regían por la infanta, sino por él; y aunque los catalanes quedaron contentos, pero los aragoneses y valencianos perseveraron en su Unión, y requirieron a don Pedro de Ejérica, que se juntara con la reina doña Leonor y sus hijos y con los demás de la Unión; pero aunque él lo desvió todo lo posible, resistiendo en todo, no fue poderoso a apartarles de aquel propósito y voluntad. Estando el rey en Tarragona, vinieron a él Miguel de
Urrea, gobernador, y García Fernández de Castro, justicia de Aragón, a persuadirle que fuera luego a Zaragoza y a animar a la ciudad de Huesca y demás pueblos, y a todos los de aquel reino que no habían jurado la Unión y perseveraban en su servicio, porque era contingente y si él tardaba a venir, que se apartarían de él, juntándose con los demás, y reducir a él a muchos de ellos; y * que pareció bien al rey, no fue allá, porque le vino nueva que el rey de Mallorca era entrado con armas en Rosellón, y tomaba algunos pueblos de aquel condado. Estuvo el rey suspenso donde acudiría, y sin tomar sobre esto consejo, escogió acudir a Rosellón, porque era más conveniente resistir a los enemigos forasteros, que averiguar los movimientos de los de la Unión, que como nacían de rompimiento de privilegios y libertades, era fácil remediarlo, pues en otorgando lo que ellos querían, habían de quedar contentos, y era poco o nada lo que se podía perder en ello. Pasó por Barcelona, por prevenir que esta ciudad ni el principado de Cataluña no entraran en ella ni la juraran, porque decía que con el socorro de esta ciudad y principado podía muy bien resistir a los de la Unión y al rey de Mallorca, y volver sus reinos al estado de antes. En Barcelona se detuvo poco más de un día, porque supo por el camino, que el de Mallorca había tomado el lugar de Vinçá. Entonces convocó el usaje Princeps namque, porque le vino nueva, que el de Mallorca había ya tomado a Puigcerdá y aun todo el Conflent, donde aún le quedaban algunos amigos que, sentidos de sus infortunios, le tenían lástima y deseaban cobrara lo que le había sido confiscado. Pero esto duró poco, porque todo aquel favor que halló con aquella gente, con la venida del rey se exhaló, y él se hubo de retirar a Francia, dejando la empresa había comenzado, y el rey dentro de pocos días recuperó todo lo que el rey de Mallorca había tomado, y se fue a Perpiñan.
Cuando estas cosas que acabamos de contar pasaban en Rosellón, requirió el rey a los aragoneses le fueran a servir en aquella guerra, pero estos hallaron tantas causas y razones, que se escusaron de ella, y estas las refieren los escritores; y las cortes que el rey había días antes convocado para Zaragoza, las mudó a Monzón, por estar más vecino a Cataluña. Mandó a don Pedro de Ejérica y otros caballeros se vinieran a la ciudad de Lérida y estuvieran a punto para poder resistir a los de la Unión, si menester fuera; pero don Pedro tenía tantos aprietos en Valencia, que hacía harto en conservarse en aquel reino, y estaba el rey muy temeroso, que en aquellas cortes no concediera a los aragoneses algunos privilegios que fueran perjuicio y disminución de la corona real, de cuyas preeminencias fue siempre muy cuidadoso, o hubiera de apartar de su casa y servicio algunos ministros que no gustaban los reinos quedaran en él, y por poderse evadir de esto, a 9 de julio, con gran secreto, mandó llevar auto de un protesto o declaración que hizo, siendo testigos de ella el obispo de Vique y el vizconde de Illa, y Galceran de Anglesola, señor de Bellpuig, que también se lo habían aconsejado, y en suma era, que cualesquiera concesiones que diese a los del reino de Aragón, que no fuesen según derecho o fuero, o por alguna causa justa, o cualquier suspensión o privación hiciese de los ministros y oficiales de su consejo y casa, fuesen de ningún valor y efecto, como hechos por fuerza; y requirió a don Juan Giménez de Urrea, señor de Biota, y a Juan Giménez, su hijo, y a don Pedro Cornel, que eran de los más principales de la Unión, que se fueran para él, según estaban obligados en algunas convenciones habían firmado, pues les tenía que consultar algunos negocios; pero ellos se excusaron, y el número de los que acudían a la *Unión era grande y de cada día se aumentaba más; y
* asegurarse de los de su casa y que no le dejarían, mandó hacer sacramento y homenaje de que bien y lealmente le servirían y serían de su parte, y aun protestaron *, si acaso formaran la Unión, sería por fuerza y contra su voluntad, por no poder hacer otra cosa; y con color * defender los condados de Rosellón y Cerdaña, pidió a los catalanes se pusieran en armas, para valerse de ellos, si era menester, contra los de la Unión. Estando en Barcelona, determinó de tener las cortes a los aragoneses y *ediar las cosas de aquel reino, aunque no menos lo *necesitaban las del de Valencia, donde aguardaban los de la Unión grandes socorros que había de llevar de Castilla el infante don Fernando, marqués de Tortosa; y fue de * servicio del rey el buen cuidado de don Pedro de *rica, que gobernaba aquel reino y guardó que la Unión *no se extendiera más. A la isla de Mallorca enviaron dos *síndicos, para que los de aquel reino la juraran; pero no hicieron cosa, porque Felipe de Boil, que era gobernador, * buen modo y mansedumbre los obligó a perseverar en servicio del rey, el cual deseaba, que aquellas cortes convocadas para Zaragoza fueran en Monzón, porque estaba, según él decía, más vecino a Rosellón, donde decía que *podría ser viniera el de Mallorca; pero ellos entendieron * aquella no era la verdadera razón, sino que el rey que* estar vecino a Cataluña, para poderse valer de la gente del principado, si menester fuera; pero ellos siempre perseveraron que las cortes habían de ser en Zaragoza, y el rey * otorgó, porque estaban muy poderosos y alterados, y * las convocaron para el día de Nuestra Señora de agosto, y el rey fue tan diligente, que a 3 del mes ya estaba en Lérida, y poco a poco se iba acercando a Zaragoza; y los de la Unión le suplicaron fuese por Fuentes, porque le querían hacer un solemne recibimiento, y así lo hizo, y siendo junto a la ciudad, le salieron a recibir sus hermanos, los infantes don Jaime, conde de Urgel, y don Fernando, marqués de Tortosa, y don Juan, que pocos días antes era venido de Castilla, con quinientos caballos. Salieron al recibimiento con ellos todos los ricos hombres, caballeros, ciudadanos y síndicos de las universidades, y demás que estaban en aquella ciudad y pasaban de ochocientos de a caballo, y le acompañaron hasta la puerta de la Aljafería, pero ninguno de los de la Unión entró dentro, y el rey declaró y publicó, que el sábado primero, en la iglesia de San Salvador habían de comenzar las cortes, y en este día acudieron allá los tres hermanos del rey y todos los que tenían lugar en ellas, y no quisieron dar asiento a los síndicos de las ciudades que no habían jurado la Unión; pero el rey se lo mandó dar, y dice en su historia, que aquel día se vio en aquella ciudad la flor de todo el reino de Aragón.
Cuando todos estuvieron juntos, salió el rey a un púlpito que estaba adornado muy solemnemente, e hizo la proposición, porque era hombre muy entendido y buen hablador: la suma de él fue, que era obligación guardar justicia a los vasallos y sus fueros y libertades, y que si hasta aquella ocasión no les había celebrado cortes, fue por muy justas causas y ocupaciones había tenido después que era rey, así en resistir al rey moro de Benamarin, que había pasado a España para conquistar el reino de Valencia, como en la ejecución que hizo contra del rey de Mallorca, y otras; y * deseaba entrar en aquella Unión y ser uno de ellos, * les advertía y rogaba, que las cosas que pensaban pe* en aquellas cortes fuesen tales, que él las hubiera de otorgar: remató su plática alabando la nacion aragonesa, de tal manera, que todos quedaron contentos y gustosos. El obispo de Huesca respondió por los eclesiásticos, y el infante don Jaime por los demás, haciéndole todos gracias por su venida y por lo que había dicho, y le acompañaron a la Aljafería, donde después fueron muchos de aquellos ricos hombres y caballeros a hablarle y hacerle reverencia, lo que no pareció bien los demás, sospechando que el rey les indujera a su voluntad, y aun pusiera división entre ellos, y así ordenaron que nadie en particular
fuera osado ir a hablar al rey, sino todos juntos. El *mes siguiente se juntaron en el monasterio de los frailes predicadores, y aquel día todos los de la Unión llegaron armados, y el rey les envió a Diego Díaz su vicecanciller, para que las prorogara para otro día; y llamó al justicia de Aragón, para saber de él porqué iban de aquella manera armados a las cortes, porque si pensaban estar de aquella manera, él no iría a ellas; y el justicia dijo, que aquello le había parecido muy mal, y así lo había dado a entender a los infantes, y le habían dicho, que acudir armados a las cortes era costumbre antigua, no para mal fin alguno, sino solo para poder departir las cuestiones y bregas que solían ofrecerse cada día entre los que concurrían a ellas, * por asegurar esto, publicó la ciudad pregones, en que mandó so graves penas, que nadie fuera armado a las cortes, y cierta gente armada de a pie y a caballo rondase la ciudad, porque no se levantara alboroto alguno, y estuviese la ciudad segura. El día siguiente fue el rey a las cortes, y sin ser requerido, juró todos los fueros y libertades: entonces le requirieron y suplicaron, que no diera lugar que ningún catalán entrara en las cortes, y sacara de su consejo a los que había en él de los condados de Rosellón y Cerdaña; y así se salieron de las cortes el arzobispo de Tarragona y don Bernardo de Cabrera y otros, y esto se lo explicó el infante don Jaime, en nombre de todos, con grandes veras, y con motivo de evitar algunos escándalos se pudieran seguir; y el rey, que no gustaba de ello, quiso que aquello se votase, con pensamiento que si salía no salía con ello, a lo menos conocería el ánimo de ellos, y así se votó y prevaleció que salieran todos. Habilitadas las personas, se dio principio a tratar de los negocios para que habían sido convocadas las cortes: el primero fue pedir la confirmación de un privilegio concedido por el rey don Alfonso, hijo de don Pedro y hermano mayor del rey don Jaime el segundo, que contenía, que hubiesen cada año, por Todos Santos, celebrar los reyes cortes a los aragoneses, y que los que en ellas se juntasen, tuviesen poder de elegir los del consejo del rey y de sus sucesores, por lo que, y otras concesiones contenidas en él, les ponía en rehenes, y obligaba diez y siete castillos de los mejores de Aragón y Valencia; pero el rey no lo quiso confirmar, porque decía, que por prescripción y per non usum estaba revocado, porque habían pasado más de sesenta años en que no se habían valido de él, y era de notable perjuicio para la Corona; pero con todo prometió el rey que estaría a lo que declarase el justicia de Aragón, pero no bastó esto, porque le hacían gran instancia para que lo confirmara, * y los infantes, sus hermanos, eran los que más lo pedían, hasta decir que, si no lo confirmara, procederían a *la elección de otro rey; y así, protestando delante del castellande Amposta y de don Bernardo de Cabrera, que lo *hacía por fuerza y por no poder más, muy contra su voluntad lo confirmó, y entregó diez y seis castillos por rehenes, según la disposición del privilegio; y porque los de Teruel no consintieron a ello, ni jamás quisieron jurar la Unión, dio privilegio y exención de ciudad, prometiendo de hacer que se erigiera iglesia catedral. Fueron testigos de esta merced los infantes, el arzobispo de Tarragona, don Lope de Luna y don Blasco de Alagón, pero la *creación no fue hasta el año de 1577, siendo pontífice Gregorio XIII, y reinando en Aragón el rey don Felipe el primero. Entonces el rey don Pedro, instado de los de la Unión, apartó de su casa las personas que quisieron, aunque protestó secretamente que aquello lo hacía por fuerza y * de su grado, y le dieron otros; después le pidieron que echara de su casa a don Bernardo de Cabrera, su gran privado, y a todos los catalanes, y confirmase las donaciones hechas a su madrastra, la reina doña Leonor, y sus hijos, granjeando con esto al infante don Fernando, marqués de Tortosa, que con quinientos caballos estaba a la frontera del reino, y se era partido de las cortes sin licencia del rey. Publicáronse pregones después, que todos los que no eran de la Unión se salieran de la ciudad dentro de tres días, y pasados ellos, fuera lícito a cualquiera matarlos impunemente; y el rey, por sacarles de peligro, les acogió en la Aljafería, entretanto que tardaban a partirse. Diéronse memoriales de diversos agravios, y el rey no los quiso admitir, porque todos eran en diminucion de sus regalías, y los remitió a los de su consejo, y por esto se persuadieron que los que habían quedado en casa y servicio del rey le inducían a que no consintiera en sus demandas, y así, con color de que no estaban seguros, le pidieron que se les entregasen por rehenes, y así se hizo, y les pusieron en lugares seguros, apartados unos de otros, para que no pudieran comunicar entre sí.
Quedó solo con el rey don Bernardo de Cabrera. Era este caballero hombre de gran consejo y prudencia, y muy valiente por su persona, y de los mejores políticos de estos tiempos, y por esto muy estimado del rey don Pedro. Habíase retirado este caballero en el monasterio de San Salvador de Breda, de monjes claustrales del orden de san Benito, dejando los negocios del mundo, para darse del todo a Dios, pero el rey, por valerse de sus consejos, le sacó de aquel retiro. Sirvióle todo lo que un buen y noble vasallo
pudiera servir a su señor, y fue el mayor privado de aquel rey, aunque tuvo tan infeliz y desdichado fin, como fue mandarle el rey cortar, en el mercado de Zaragoza, públicamente la cabeza, después de haberle hecho un grande proceso, que he visto hartas veces en el archivo real de Barcelona, y advertido, que los motivos por que fue condenado constaban más al rey, que averiguados en proceso, habiéndosele dado poca audiencia y lugar para defenderse, según él había persuadido al rey lo hiciera con algunos que mandó matar. Este, pues, dijo al rey, que aquello que le habían pedido los de la Unión era muy perjudicial a su corona, mas si él le daba licencia, se obligaba a meter tal plática
con ellos, que había de quedar muy disminuida la fuerza de aquella Unión, y ganar en servicio suyo gran parte de los que la habían jurado; y el rey dijo, que se tendría por servido de ello, y con la traza de este hombre, de esta hora tuvo principio la destrucción del infante don Jaime, y las fuerzas de aquella Unión se fueron desvaneciendo. Había en la ciudad de Zaragoza ciertos bandos que decían de Tarines y Bernardines, y eran muy poderosos en aquella ciudad. Don Bernardo de Cabrera, con sus mañas, ganó para el rey a Galacian de Tarba que era cabeza de los Tarines, y Álvaro de Tarin, y les prometió, en nombre del rey, a aquel hacerle del consejo real, y a éste darle oficio preeminente en la casa real; y con esto apartó de la Unión a todos los de aquel bando, entre ellos a don
Lope de Luna, señor de Segorbe, que era el más principal de todos los caballeros del reino de Aragón, y el rey le perdonó cualquier ofensa le hubiera hecho, y aun le prometió, que si los infantes don Jaime y don Fernando hiciesen guerra a éI o a sus vasallos, tomaría la defensa de ellos, y no daría oficio de jurisdicción al infante don Jaime, sino con voluntad y consentimiento suyo, porque no tuviera ocasión de molestar a sus vasallos; y aun le prometió dar la gobernación del reino de Aragón, que tenía Miguel Pérez Zapata, a quien decía que daría otro cargo, y don Lope prometió serle fiel y buen vasallo, y de aquella hora adelante muchos de los parientes y amigos suyos se redujeron al servicio del rey, y desampararon al infante don Jaime, y con esto el rey andaba dilatando las cortes, porque con la dilación se mejoraba su partido, pero los de Ia Unión ya barruntaban estas confederaciones, y había muchos que estaban muy sentidos que los infantes don Fernando y don Juan metieran gentes forasteras en el reino, por ser aquello cosa que no se era hecha en otras uniones había habido, y temían que aunque era con color del bien público, no parase en hacer ellos su negocio, desamparando la Unión, cuando más necesitase del socorro de ellos. El rey andaba disponiendo sus cosas para deshacer aquella unión, y escusaba acudir a las cortes; pero fue tan solicitado, que no lo pudo escusar, y fue allá más con pensamiento de mostrar más la indignación y saña había concebido contra ellos, que de otorgar cosa que le pidieran ni de sosegar aquella junta. Estando en la junta, le pidieron que concediera y firmase * capítulos que allá se leyeron, muy perjudiciales, según él decía, a la Corona; y el infante don Jaime era el que más instaba, y enfadado de ello el rey, le dijo en alta voz, y en presencia de toda la junta, estas palabras: "¿Y cómo, infante, no os basta que vos seais cabeza de la Union, que aun quereis ser amotinador de nuestro pueblo, alborotándole? Nosotros os decimos que lo haceis muy malamente y con grande falsedad, y como á gran traidor que sois, y esto os
lo mantendremos en batalla de vos á mí, armado o desarmado, averiguándolo a punta de espada, y os haremos confesar con vuestra boca, que lo que habeis hecho es cosa muy fuera órden, y para esto renunciaré á la dignidad real y á la primogenitura, y os absolvemos de la fidelidad á que me estais obligado." Y dicho esto, el rey se sentó, y ya antes había prevenido a Pedro Giménez de Pomar y a Gonzalo de Castellví, que se sentaran a los pies del infante, porque si hiciese algún ademán o movimiento contra del rey, lo mataran. Y el infante, oídas aquellas palabras, le dijo: "Yo, señor, á vos no digo nada, mas digo que cualquier hombre, * de vos, que dijera lo que vos decis, miente por la
*" Y vuelto al pueblo, dijo: "Oh pueblo menguado, *mirad que tales estais, y si a mí, que soy su hermano y lugarteniente, dice lo que habeis oido, cuánto mas os dirá a vosotros!"
Y luego sentóse. Alzóse luego Juan Giménez de Urrea y quiso hablar por el infante, mas el rey le mandó que se sentara y no se metiera entre él y el infante, amenazándole, si hablaba palabra; y el don Juan se * muy alteado, y se le echó de ver en el rostro.
* Guillen de Çacirera, que era camarero del infante *domiciliado en el condado de Urgel, y todos los de * linaje habían siempre sido muy grandes servidores de los condes, y aun entiendo había entre ellos algún parentesco, no pudo sufrir lo que oía, y se levantó, y en altas voces dijo: "¡Válame Dios, que no haya ninguno que responda por el infante, mi señor, que es reptado de traición!"
* dice el rey, que para más alborotar el pueblo, abrió * puertas, y entró mucha gente muy alterada; y to* aquellos que eran de la parte del rey, de quienes * había tomado sacramento y homenaje, se apartaron a * parte, con las espadas en las manos; y el rey se salió fuera y fue a la Aljafería, y fue muy gran suerte que * día no aconteciera alguna gran desdicha, pero Dios * guardó del mal pudiera suceder. Los de la Unión, co* vieron que el rey tenía tanta gente de su parte, cosa * ellos no pensaban, decían: "Bien parece que hay alguna *ande liga, que á no haberla, no dijera el rey las palabras * que todos hemos oído.»
Deseaba el rey dar fin a aquellas cortes, porque las cosas de Cerdeña estaban en mal estado, y el rey de Mallorca andaba inquieto: era requerido que revocara todo lo hecho en favor de la sucesión de la infanta doña Constanza y en perjuicio del infante don Jaime; y al rey le sabía muy mal haber de pasar por esto, y quería dejar las cosas en el estado que estaban; pero reparaba en el daño podía venir a aquellos caballeros que habían entregado por rehenes a los de la Unión; y don Bernardo de Cabrera, gran privado del rey, era de parecer, que el rey se partiera secretamente y dejara los rehenes en poder de los de la Unión, e hiciera cuenta de haberlos perdido en batalla; pero el rey, aunque era muy fogoso y ardiente, no quería que lo pasaran mal aquellos que por su servicio se eran puestos en poder de sus enemigos, ni era servicio de Dios hacer tal cosa, y escogió antes, de otorgar todo lo que le pidiesen, que no que padecieran sus servidores, porque su intento era proseguir contra de ellos por fuerza de armas, y defender su derecho todo lo posible; y así les concedió todo lo que le pidieron, y restituyó al infante don Jaime el cargo de procurador general, de lo que quedaron todos muy contentos, y un miércoles, a 24 de octobre, después de haberles hecho un razonamiento muy concertado, licenció las cortes, y se le entregaron aquellos caballeros que había dado en rehenes, y luego se partió para Cataluña, con intento de juntar la gente de a pie y de a caballo que pudiera, para hacer guerra poderosamente a todos los de la Unión; y mandó a los consejeros le habían dado, que le siguieran, pero no osaron, temiendo que en ser en Lérida, los mandaría matar a todos. Algunos de la Unión le siguieron para rematar algunos negocios, pero él no les quiso escuchar, pues harto tiempo * tenido cuando duraban las cortes, y él no estaba *entonces para entender en lo que le pedían; y de esta manera llegó a la barca del río Gállego, donde le dejaron, * bajó del macho en que iba, y pasó el río, y sin aguardar * caminó a pie hasta una torre que decían de Al*es; y aquella noche durmió en Pina, y la siguiente en *Candasnos, y después la otra en Fraga. Aquí cuenta el rey en su historia, que cuando fue a vista de Fraga, le dijo * Bernardo de Cabrera: "Señor, aquel lugar que se ve * Cataluña;" y el rey respondió: "¡Oh tierra bendita, * de lealtad! Bendito sea Dios, nuestro Señor, que *me ha dejado salir de tierra rebelde y maldita, y maldito * quien metió el mal en ella, que también estaba pobla* de leales; mas tenemos fé en nuestro Señor, que la *erá en su estado, y castigaremos aquellos que metieron * mal en ella." Estando aquí el rey y don Bernardo de Cabrera, trataron de no hacer cosa, sin consentimiento del infante don Pedro, tío del rey, que era el más anciano de la casa real y todos le querían bien.
Aunque hubiera concedido el rey a los de la Unión todo lo que le habían pedido, pero quedó tan indignado con * y más con el infante don Jaime, su hermano, que * el más principal y cabeza de ella, que no pensaba sino * revocaría lo hecho, y aun se vengaría de ellos. Aconsejó al rey don Bernardo de Cabrera, que hiciera sabedor al infante don Pedro de los agravios (que este nombre da* a las acciones del infante) que él le había hecho en * deshonor de su corona, siendo el autor de renovar * ella Unión, y le acordara de haber desafiado al mismo infante don Pedro, porque no venía bien a ella; y que diese orden que si el infante don Jaime iba a Cataluña, fuese detenido, y que no pudiese volver a Aragón, y que el infante don Pedro, con los barones que pudiese tener de su parte y con el favor del rey, le moviese guerra, y ante todas cosas le quitase la procuración general, y todos los barones de Cataluña juntamente le desafiasen: y esto dicen que le aconsejaba don Bernardo al rey, por escusar guerra entre el rey y sus súbditos, porque quería que antes que se procediese contra los de la Unión, el infante estuviese en * estrecho, que el rey se pudiese apoderar de su persona, y avisaron al infante don Pedro de todo esto, y que lo comunicase con el obispo de Vique y con el vizconde de Illa.
De Fraga se fue el rey a dormir a Lérida, y en aquella ciudad quiso tener las cortes, y satisfacer a todos los agravios que los catalanes hubieran recibido y granjearles de manera, que le ayudaran a deshacer y aniquilar la Unión, pero presto mudó de parecer, y escogió para ello la ciudad de Barcelona, porque el infante don Jaime estaba de asiento en Lérida y allá tenía su casa y familia, y se receló el rey que sus amigos y aliados, por favorecerle, no perturbaran las cortes y movieran alborotos, y que aquella ciudad estaba muy vecina al condado de Urgel y vizcondado de Ager, de donde podían venir al infante socorros, y era muy fácil dar paso por sus tierras a las gentes de Francia que estaban por el rey de Mallorca; y para escusar todo esto, fue más a propósito tenerlas en Barcelona.
Estando el rey en Lérida, llegó a él el infante con cuatro mensajeros de los que tenían la voz de la Unión en * reino de Valencia, y pidieron algunas cosas que parecieron *rey no deberse otorgar, por ser en perjuicio de la corona real; y así les dijo que por entonces no había lugar, que iba a Barcelona para celebrar sus bodas, y después iría a Valencia, donde convocaría cortes a los de aquel reino, y procuraría que todos quedaran contentos; y Rodrigo Díaz, su vicecanciller, les rogó, en nombre del rey, * no innovasen cosa hasta que él fuera allá. Pocos días después de venido el rey a Barcelona, y empezadas ya las cortes, llegó el infante don Jaime, enfermo de la enfermedad de que murió, cuyos accidentes sin duda debieron * lo que se había tratado entre el rey y don Bernardo de
Cabrera y el infante don Pedro; y el rey le salió a recibir, con mucha demostración de alegría; y la calle por *donde entró, que era la del Carmen, estaba muy adornada, * otras fiestas y entremeses que se hacían por su venida, fue que un volteador muy diestro andaba dando vuel* la una parte de la calle a la otra, sobre una cuerda muy delgada; y el rey se volvió al infante, y le dijo que * aquello, pero el infante estaba tal, que no lo vio, * llegado a su posada, falleció dentro de pocos días. Sos* que su enfermedad nació de haberle dado veneno * orden del rey, su hermano, que, según lo que le acon* Bernardo de Cabrera, se había tratado con el infante don Pedro que hiciera con el infante; y haber teni* muerte tan acelerada, después de los disgustos tu* con el rey, se puede muy bien creer que sabía en ello, *porque a los reyes siempre les son sospechosos aquellos que * inmediatos a la sucesión del estado. Pedro Tomic, *Marineo Sículo, Gerónimo de Blancas, Zurita, el padre *Mariana, de la compañía de Jesús, el abad Carrillo, todos lo entienden así: aunque Marineo le llama Ferna* fray Fabricio Gauberto, monje cisterciense, dice lo * y añade, que maestre Arnaldo de Vilanova, célebre * de estos tiempos, dijo al rey en cierta ocasión estas palabras: "Porque matais vuestros hermanos, quieren lo * mueran los vuestros sin dejar herederos;" y aunque * médico no era profeta, veremos cuán verdadero salió *pronóstico, pues no quedaron hijos de don Juan y de don Martín, hijos del rey don Pedro, y vino a suceder el *infante don Fernando de Castilla (también de la casa real de Aragón, por parte de madre), quedando excluida la * doña Isabel, que, según veremos en su lugar, fue * de Urgel; y aunque era la más cercana al rey don * y a sus dos hermanos, los reyes don Martín y don *Juan, que murieron sin hijos varones, quedó excluida, * heredar la corona el infante don Fernando de *Castilla (de Antequera) nieto del rey don Pedro, que fue hijo de doña * que casó con el rey don Juan de Castilla. No he *hallado el día que murió el infante, y aunque en un libro *entierros del monasterio de San Francisco se hace memoria de su muerte, pero calla el día y no acierta el año, en vez de decir 1347, dice 1300: lo cierto es que a los últimos de noviembre, o a los primeros de diciembre * en el mismo día que llegó a Barcelona la armada *de Portugal, que llevaba a doña Leonor, hija del rey don * para casar con el rey don Pedro, y fue a 15 de no* después de diez y nueve años y algunos meses que * el rey, su padre, el título de conde de Urgel y vizcondado de Ager.
Este fue el fin del infante don Jaime de Aragón, conde de Urgel, vizconde de Ager, señor de las baronías de Entença y Antillon, en el reino de Aragón, y otras en el reino de Valencia, a quien cogió la muerte a los treinta * poco más o menos, de su edad, y cuando mayor *sosiego y quietud se prometía, pues había alcanzado todo lo que deseaba; príncipe que mientras no trató de la sucesión que de justicia le pertenecía, en la corona, fue amado * querido del rey y de todos los grandes de estos reinos, y * primero del consejo real; pero el día que se quejó de *sinrazón que se le hacía en jurar a la infanta doña Constanza, perdió todo el merecimiento había ganado con el rey *hasta aquel punto, y servicios le había hecho, y le persiguió con tantas veras, que no paró hasta dar con él en la sepultura, sospechoso que no se le levantara con el reino, * muriendo sin hijos, de derecho y justicia era suyo, y * los testamentos de los reyes antiguos, no valiéndole * de su linaje y sangre y la persona a él más cercana.
Dejó en su testamento que fuese fundado en la ciudad de Balaguer un monasterio de monjas del orden de san Francisco, y en la iglesia de él, que se erigiese un sepulcro para su cuerpo, y dejó para todo hacienda competente; y por *haber muerto en Barcelona, fue depositado en el monasterio de san Francisco, junto al altar de San Nicolás, que es el altar mayor de aquella iglesia, con intención de trasladarlo a Balaguer, según él había ordenado; pero esta traslación, a lo que entiendo, aun está por hacerse, antes fue de aquel lugar llevado a la capilla de Santa Elisabet del dicho monasterio de san Francisco, y enterrado en ella, en el mismo lugar donde están enterrados otros cuerpos de personas de la casa y linaje real de Aragón: y porque no se perdiera del todo la memoria de este príncipe, queda un cenotafio, con sus armas, a la parte de la epístola, * es el más cercano a la sacristía de dicha iglesia. S* cenotafios unos sepulcros vacíos, hechos para honrar * muertos y conservar sus memorias, y han dado ocasión a no pocos engaños en los sepulcros de reyes y santos, *dose algunas iglesias y pueblos honrar los cuerpos que *mente no tienen. En este del infante don Jaime, ninguno de los otros hay a los lados de aquel altar, *gun cuerpo, salvo el de la reina doña Leonor de * hija que fue del infante don Pedro, que se conserva *entero y sin corrupción alguna. En este cenotafio del * don Jaime están sus armas, que son un escudo part*pal: a la parte derecha están .... izquierda los .... En esta capilla de *santa Elisabet está en el día de hoy reservado el Santísimo Sacramento.
Dejó el infante don Jaime un hijo, que fue don * el cual fue conde de Urgel, y hablaremos de él más adelante, y una hija, que casó con don Hugo Folc, vizconde de Cardona, tercero de este nombre, y fue la * mujer, de quien quedaron un hijo y tres hijas. El * don Antonio de Cardona, que fue virey de Sicilia, * con doña Leonor, hija de don Pedro de Villena, * descienden los Cardonas de Nápoles y Sicilia: las hijas * la una con el conde de Pallars, la otra con don Guerau Alamany de Cervelló, y la otra con el conde de Ampurias *vo también el infante una hija natural, que casó * caballero del linaje de los Torres, de quien quedan * de hoy descendientes, y en un cuarto del escudo de su * pintan las del infante; y en la iglesia de Nuestra Señora *Pino de Barcelona, donde tienen su entierro, quedan aún muchos paveses y banderas muy antiguas, que sirvieron en los entierros de algunos de aquella casa, que están colgadas en * capilla de san Juan, y aún tienen el día de hoy algunos heredamientos en el condado de Urgel, que fueron de sus pasados, o les vinieron por este casamiento.