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martes, 20 de abril de 2021

29 DE MAYO. 30.

29 DE MAYO.

Constituidos y congregados en la capilla de la casa de la Diputación los señores Diputados y muchos individuos de su Consejo, el muy egregio señor D. Hugo Roger, por la gracia de Dios, conde de Pallars, capitán general del ejército del Principado de Cataluña, arrodillado delante del altar de San Jorge, puestas las manos sobre un misal, juró a nuestro Señor Dios y por los cuatro Santos Evangelios, sostener, guardar y cumplir bien y lealmente todo lo que se le había encargado en y por las instrucciones y demás escritos que se le dirijian por los señores Diputados y Consejo; a cuyo efecto, prestó sacramento y homenaje de manos y boca en poder del magnífico mosen Bernardo Çaportella, caballero, otro de los referidos señores Diputados.
El mismo día, fueron expedidas, por orden de los señores Diputados, las siguientes cartas.

Als molt honorables e savis senyors los jurats e consell general de la vila de Muntço.
Molt honorables e savis senyors. Entes havem e per moltes vies som certificats que en aqueixa vila deu venir gent darmes ab comunicacio de fer dan en aquest Principat. E jatsia la venguda e menys la receptacio de aquella de leuger no cregam. Empero per la bona amor e confederacio que sempre es stada entre aquest Principat e aquexa vila e encara per nostre descarrech vos ho volem notificar. Significant vos que si per aquexa vila tal gent era receptada e dan algu sen seguia en alguna part de aquesta terra nosaltres e aquest Principat no hauriem lo sentiment ques mereix lo que molt nos desplauria car de aquest Principat fins aci males obres no haveu hagudes axi com no creem puixen procehir de vosaltres. Pregam vos per ço encarregam e exortam queus vullau acordar de la vicinitat e de la bona contractacio que huns ab altres fins aci havem praticada.
E sia Jhesus en vostra proteccio. Dada a XXVIIII de maig any Mil CCCCLXII. - Manuel de Monsuar dega de Leyda. - Los diputats del General e consell llur representants lo Principat de Cathalunya a vostra honor apparellats.

En este día fue publicado por los lugares de costumbre el siguiente pregón.

Ara ojats queus fa a saber lo molt egregi e strenuu baro lo senyor don Hugo Roger per la gracia de Deu comte de Pallas (sale otras veces como Pallas, Pallars) capita general del exercit fet per lo Principat de Cathalunya per servici de la Majestat del Serenissimo Senyor lo Senyor Rey conservacio repos e benefici del dit Principat de Cathalunya e de
les libertats e cosa publica de aquell. A tots los cavallers jentils homens ciutadans e altres qui per servir a cavall lo dit exercit son acordats en virtut de la seguretat per ells prestada que lo dia present a les tres hores de pres dinar ques comptara XXVIIII del corrent mes de maig sien a cavall armats e a punt davant la posada del dit senyor comte la qual es a la plaça del vi de la present ciutat per partir ensemps ab lo dit capita e fer llur benaventurada via tota dilacio e excussacio cessants.

Los señores Diputados recibieron, el propio día, la carta que sigue a continuación.

Als molt reverends magnifichs e honorables senyors los diputats del General del Principat de Cathalunya.
Senyors de molta magnificencia e reputacio. De vostres magnificencies havem rebuda una letra de vuyt del present mes de maig per la qual nos scriviu que a vostres magnificencies es pervengut que en aquesta ciutat e encara per lo camp se farien certes empres de gent axi en particular com en goneral e que de aço vos volguessem veridicament informar. E per ço senyors de molta magnificencia per satisfer a vostre bon desig e per millor informar vostres magnificencies lo concell de aquesta ciutat ha deliberat ne fos presa informacio e per aquesta presa no trobam empre algu se sia fet en particular ni en general contra aquest Principat e per tant mossenyors ne avisam vostres magnificencies. E apres senyors de molta magnificencia havem rebuda una altra letra vostra feta a VIIII de maig el contengut de aquella es que en aquestes parts se sembrarien algunes fames per les quals se sperarien divisions e scandols en aquest Principat entre les altres que lo exercit que per vosaltres ses fet seria en dan e deservey de les persones de la Serenissima Senyora Reyna e lllustre Primogenit les quals fames senyors de molta magnificencia fins aci no havem oides ni menys creem pensant que son cathalans los quals fins aci han acustumat de servar la innata fidelitat a son Senyor creent tots temps que totes les coses fins aci fetes son a defensio de llurs excellentissimes persones e conservacio de la corona reyal benefici e repos de la cosa publica fent vos certs que si tals coses sentiem de aquells vos avisariem. E sia mossenyors de molta magnificencia la increada Trinitat en continua guarda de vostres magnifiques persones longament ab prosperitat votiva. De Tarragona (suelen escribir desde Barchinona) a XXII de maig any Mil CCCC sexanta dos. - Manuel de Monsuar dega de Leyda. - Senyors de molta magnificencia e reputacio los consols de Tarragona a vostra honor prests.

30 DE ABRIL. // Estamos en mayo, la fecha anterior es 29 de mayo de 1462 //

Reunidos los señores Diputados eclesiástico y militar, y el oidor de cuentas Bernardo Juan de Casaldaguila, se hicieron varias proposiciones, que fueron votadas, con discordancia de pareceres, pero al cabo se tomó como deliberación el siguiente voto del señor obispo de Vich, por ser el más favorecido.

Dix que per utilitat del General e de la cosa publica del Principat sia prestada a la vila de Perpinya una farrera de galea grossa de mercaderia que demane la qual sia feta de nou de pecunies del General. E que los deputats hagen carrech de ferla fer en la manera que han acostumat fer altres farreres e com la liuraran que la dita vila de Perpinya faça seguretat ab bones fermançes de restituir la quantitat que costara en peccunia nombrant sera liurada.
Item que los fusters trenaques per la gent de peu parpals destrals bombardes polvora vitualles e altres coses que sien necessaries al egregi capita per lo exercit del Principat sien remesen als abat de Sant Benet Pere Desplugues e Bernat de Marimon. E si tenda te ja lo general que sia prestada al capita si als dessus dits sera vist. Pero que los dits tres hajan per ço que faran ab concell e assentiment de la dita novena de les banderes sens referir.
Item que sia elegida per los nou de les banderes una persona qui conduescha e governe los mil homens derrerement soldedats per tant com deuen esser tramesos segregats del exercit qui es ab lo egregi capita general sens referir.
Item que sia trames per los diputats e la dita novena de les banderes home ministre de la casa de la Diputacio qui vage ab diners e seguescha lo exercit axi per pagar sou als soldejats com per pagar altres coses necessaries al dit exercit e que pach lo sou a pes sens engan algu. (la fórmula antigua “sine enganno”)

En este día, los señores Diputados y Consejo mandaron escribir las siguientes cartas.

Al molt honorable lo senyor En Baltasar Saula procurador de la vila de Santa Pau.
Molt honorable senyor. Vostra letra havem rebuda per En Nicholau Pirot. Restam contents dels avisos e de la bona voluntat e intencio vostres e de aquexa vila e del que virtuosament haveu fet mi defendre aquella creem daciavant continuareu vostre be obrar com a bons cathalans. Certificant vos com ir parti (partí; ayer partió) lo egregi capita general lo qual stara en camp ab tot lo exercit e soccorrera lla on la necessitat requerra per que si res vos occorrera conferiune ab ell. Ja haureu sabudes les noves de França. Mirau be per tot e provehiu vos en manera que de aqueix castell e vila puixau dar bona raho. Dada en Barchinona a XXX del mes de maig del any Mil CCCC sexanta dos. - Manuel de Monsuar dega de Leyda. - Los diputats dol General e concell lur representants lo Principat de Cathalunya a vostra honor apparellats.

Als molt reverend e honorables mossenyors les vuyt persones eletes per lo stament de Gerona.
Molt reverend e honorables senyors. Dies ha nos scrivis per mossen abat de Sant Salvador de Brea mossen Çarriera e mossen Bernat Johan Olivera los quals en les coses quels comanas se son haguts ab gran cura e diligencia e nosaltres havem fet tot lo que es stat possible circa les coses demanades e encara de totes coses subseguides vos havem scrit frequentadament. Ara per lo dit mossen Olivera sereu stesament avisats de les noves que hic occorren. Es necessari e axi vos ne pregam exortam e encarregam que siau vigils e attents en totes coses axi com loablament haveu acustumat. Lo capita general ab lo exercit es en camp e subvindra lla on sera necessari per repos e benavenir del Principat. E sia Jhesus vostra proteccio. Dada en Barchinona a XXX del mes de maig any Mil CCCC sexanta dos. - Manuel de Monsuar dega de Leyda. - Los diputats del General e concell lur representants lo Principat de Cathalunya a vostra honor apparellats.

Al molt honorable mossen Pere de Belloch donzell.
Molt honorable mossen. Per ço com de les coses en que fins aci haveu entrevengut per les fahenes concorrents haveu dada qual raho de vos se sperave e per altres bons respectes vos havem elegit conseller del egregi capita general del exercit de aquest Principat per ço vos pregam e encarregam quant mes podem vullau acceptar lo dit carrech e anar ab lo dit capita. Car nosaltres provehim que home sera trames aqui per dar vos lo sou axi de la gent a cavall que tindreu com encara a raho de XV florins per quiscun mes del consellar. O si lo dit sou volreu aci trameteu nos ho a dir e sera pagat al qui volreu. E tingaus la Sancta Trinitat en sa proteccio. Dada en Barchinona (a) XXX de maig any Mil CCCCLXII. - Manuel de Monsuar dega de Leyda. - Los diputats del General e concell lur representants lo Principat de Cathalunya a vostra honor apparellats.

Siguen las cartas que los señores Diputados recibieron en este día.

Als molt reverends magnifichs e de gran providencia senyors los diputats del General e concell llur representants lo Principat de Cathalunya.
Molt reverends magnifichs e de gran providencia senyors. Perque En Pere dez Soler qui porta la bandera reyal es romas sens cavall com En Bernat Çapila no li haja volgut leixar lo seu que ell fahia extima e compte es molt necessari sia provehit lo dit Soler sia ben encavelcat. Placieus volerli fer extimar per los tres extimadors ja deputats per lo concell o lo cavall de mossen Burqnes (Burgues, Burgués) o lo den Felip de Ferreres o den Pere Johan de Sant Climent que mossen Guillem dez Soler son avi (avus; yayo; abuelo) decontinent pagara lo que per los dits extimadors sera extimats e haure pler singular li sia triat lo que millor ques tropia (que se trobo, que es trobi; que se encuentre; trobar : encontrar) en ciutat per quant los penones (penoners; los que porten lo penó; los que llevan, porta + estandartes, standards, estandarts, etc) deuen esser millor encavalcats (encabalgados, montar mejor caballo) que tots altres. E sia li trames prestament car lo dit Çapila sen ha vuy portat lo seu e ell es romas a peu. E no mes la Sancta Trinitat sia en proteccio continua vostra. De la Rocha a XXX de maig any Mil CCCC sexanta dos. - A la ordinacio de vosaltres senyors prest e apparellat lo compte de Pallas (conde : comite y declinaciones: comte. Pocas veces se encuentra compte en estos textos, ya que significa cuenta : contar : computo : computar. En la “mp” la p no se suele pronunciar, como en temps, de tempus, comte y compte se confunden en la escritura, porque se pronuncian igual. Pallas, Pallars, pronunciado Pallàs o Pallás, da igual la tilde de la a, es una cuestión de moda, porque en mallorquín antiguo se encuentra á, además de añy, Añy, con ñ, Río Algars : Algás, apellido Millars, Millás o Millàs, millor, millors : milló, millós &c, etc) capita del exercit de Cathalunya Roger.
(Roger “rugé o rugè” : Roger Moore “róger”, Rogelio, Ruggiero, etc)

Als molt reverend egregis nobles magnifichs honorables e de molt gran providencia mossenyors los diputats del General de Cathalunya e consell en virtut de la comissio de la cort elegit e assignat residents en Barchinona.
Molt reverends egregis nobles magnifichs honorables e de molt gran providencia mossenyors. Los honorables mossen Johan Traginer e Frances Comte a ple informats de nosaltres explicaran a vostres molt grans R. N. magnifiques e honorables providencies certes coses de nostra part. Placiaus darlos fe e creença com si per nosaltres eren explicades vostres molt grans R. N. M. e honorables providencies de les quals la Trinitat increada sia continua proteccio. Scrita en Perpinya a XXVI de maig del any Mil CCCCLXII. - Los consols de la vila de Perpinya a vostra honor apparellats.

Als molt magnifichs e insignes senyors los diputats e concell del Principat de Cathalunya.
Molt magnifichs e insignes senyors. Ab extrems anxietat amaritud e dolor de cor e de totes nostres penses virtuts e per deute natural per la fe cathalana per los vinents e passats ab efusio de sanch demostrada per exalsar la reyal corona a lahor e gloria de nostre Senyor Deu e de llur Rey e Senyor som moguts en recitar les extremes novitats de present a nostre auditori pervengudes e recitades hoc se diria enferm exequides ço es que lo Senyor Rey hauria empenyorat lo comdat de Rossello e de Serdanya al Rey de França per CCC mil scuts e que lo comte de Foix staria ja amassat ab gran gent darmes per venir en la dit comdat per pendre possessio e on li fos resistit que a saccomano ho barrejas. E mes que lo dit Senyor no recordantse dels seus juraments per ell axi en la observacio de privilegis constitucions capitulacio e altres libertats del Principat de Cathalunya prestats fort prest vindria a Balaguer ab gran poder de gent darmes axi privades com stranyes e que descorreria lo dit Principat ab inaudites afliccions e exequucions dels dessus pobles e axi personals com de viures e bens llurs e que de tot aço vostres grans magnificencies serien mes que certes la qual cosa cau en nosaltres en molt gran admiracio car hun semblant misteri e de tanta gravitat pervengut a vostra auditori on fos cert se ha a creure que vostres grans magnificencies qui son caps protectors defensadors e conservadors de tots los membres de vostre cap representant
tot lo dit Principat ne haguerets (occitano) avisades totes les universitats per star attentes a tota defensio considerats los bons avisos en passat continuats e per vosaltres donats. Per tant molt magnifichs e insignes senyors sia de vostra merce prestament de totes les coses damunt expostes segons seran de veritat siam certificats. E per tant com durant aquestes tribulacions lo veguer de aci gran temps ha passat ses absentat de aquesta ciutat e los seus motius de la sua absencia son recayguts en moltes opinions e moltes coses considerades e la gran diminucio de la populacio de aquesta ciutat per mortaldats e en altra manera temps ha passat vos era stat scrit vos fos plasent aquesta ciutat fos provehida de qualque bon president o capita acompanyat de gent darmes a despesa del General attes que aquesta ciutat quiscun any hi fa gran adjutori e may ne ha res sentit empero resposta alguna non havem haguda de que stam molt maravellats e torbats e com se diria que lo dit Senyor Rey fort prest ab gran gent se spera de passar aci e que deu tirar la via de Gerona e ignorem los seus motius e que en aquesta ciutat segons es dit no haja cap ço es president sino lo sotzveguer qui no ha disposicio de semblant misteri ab tot que per gracia de Deu aquesta ciutat stiga ab bona voluntat unitat e concordia. Per tant si cobejats (occitano) axi com fermament crehem fets conservacio de aquesta ciutat qui continuadament ha stat sta e stara a tota vostra ordinacio e les coses recitades son veres prestament com sia gran perill en la triga tremetats aci (occitano + valenciano en dos palabras) hun capita o president acompanyat de gent darmes a despesa del General. En altra manera siats (occitano) certs que aquesta ciutat pasara hun gran perill ab tot que nosaltres ab molta unitat e concordia hi havem fet e farem ultra posible. E conserveus molt magnifichs e insignes senyors la Trinitat Sancta en sa divinal gracia e recomendacio. Scrita en Vich a XXVIIII de maig any Mil CCCC sexanta dos. - A tots vostres ordonaments prests los consellers e concell de Vich.

Als molt reverends egregis nobles e magnifichs e de gran providencia senyors los diputats del General e concell llur representants lo Principat de Cathalunya residents en Barchinona.
Molt reverends egregis nobles e magnifichs e de gran providencia senyors. Air resebi una vostra letra de XVII del present ab la qual me avisau haveu resebuda la copia de les dues crides publicades en aquesta vila per manament de la Senyora Reyna e rescrivintme sobre lo queus havia scrit en haver comissio o forma com me regiria en fer correus e altres despeses si lo cas o portava axi que sobre los afers que occorreran fare lo millor me parra juxta vostra dita deliberacio. E axi mateix en lo restant de la dita letra fare e haure diligencia segons per aquella mes manat. Apres jo havent diligencia en sentir noves e totes altres coses dignes de avis sobre la concorrencia del fet de França certifich vostres grans reverencies nobleses magnificencies e savieses com del dit fet del Rey de França hic ha dos avisos per letres de dos homens cathalans la hu es studiant que atura a Tolosa laltre es gentil hom qui segueix en les parts de França scrivint a persona a ell molt acostada en tal manera que per la vida no li scriuria una cosa per altra. Copia de les quals dins la present vos tramet per ço que de aquelles vostres grans reverencies nobleses magnificencies e savieses siau plenament avisades. E veritat que juxta lorde e forma de vostra dita letra per millor investigacio e certitud del dit fet e de totes altres coses havents respecte en aquell he tramesa persona disposta per haver nova e relacio de tot ço que de tot ço que (se repite como el ajo, se repetix com lo all) en aquelles parts saber se pora quant sera tornat e de tot quant sich sabra tota hora sic trobara fiable portador o lo cas fos per fer correu serets (occitano) avisats largament. Ja per altra vos havia scrit del contengut del present capitol pero perque no sa trobat portador la me retenguda avisant vos com a XX del present me fou remes ab letra del honorable lo senyor En Bartomeu Sellent scriva major de vostre ofici hun plech de letres vostres dirigidas a certes persones de aquesta patria les quals son stades ben enviades al millor ses pogut fer. Per En Banyoles guarda de la casa del General de aci resebi ir altra letra vostra sobra son fet sera servat segons en aquella es contengut e per la present nom occorra als a dir sino que vostres grans reverencies nobleses magnificencies e savieses manen de mi lo que plasent los sia. Les quals la Trinitat individua tinga en sa proteccio e continua guarda. Scrita en Perpinya a XXVI de maig del any Mil CCCCLXII. - Prest a vostres manaments Pere Andreu diputat local.
Senyors. Per les despeses fahedores per los afers concorrents axi en fer correus si obs sera com en trametre exploradors o altres persones en les parts de França o de Foix axi com ab vostra susmencionada letra es feta mencio es necessari sia scrit al honorable En Francesch Giginta rebedor novament creat en e de les peccunies dels drets de les generalitats de les entrades e exides que aquelles administre e haja a pagar axi com ja en e per tals coses es acustumat com los emoluments de mon ofici no sien tals que bastassen per res e ja serveixen tots jorns en altres coses ordinaries a dit ofici.

Con la carta precedente fue enviada copia de los avisos que siguen.

Traslat del avis del qui scriu a la persona a ell molt acostada.
La present si es per avisar vos com lo Rey de França ha mandats los homens darmes qui son II mil lançes qui son XXIII mil combatens que van en Rossello. Ja crech vosaltres ne siau avisats empero aço nou tingau en vil car ells hi seran molt prest.

Traslat del avis fet per lestudiant de Tolosa.
Queus vull avisar del gran preparatori ques fa en lo comdat de Foix contra nostra terra axi certament com nostre Senyor es al cel. Lo Rey de França fa socors de mil lançes e de sis mila franchs archers al nostre Rey e fa tirar tots los engins qui devien anar a Bordeu en Foix. Quen sera ni que no aci na grandissima ramor que fins als infants petits se parla que jur vos no gossam anar per villa tant nos han a la testa. Han feta crida que totes les gents darmes se hajen justar a la fi de aquest mes en certa part del comdat de Foix.
Fa la letra Andreu Cabaner studiant. Al monjo Lopia. Es feta a XVIII de maig.

A mon senyors molt reverend e molt magnifichs e de molt gran noblesa e senyoria monsenyors los diputats da Cathalunya.
Monsenyors molt reverend e molt magnifichs e de molt gran noblesa e senyoria molt humil recomendacio premesa. E si a vostra gran saviesa es assats notori los grans insults e detestables conceptes en los passats dies perpetrats vers e contra aquesta vila e castell de Santa Pau no es a cura pus recitar per squivar tedi de prolixitat. Ara per quant sus ara per avis cert con informat lo dia present deuen esser a mi alguns sindichs dels pagesos los quals ab intreveniment de hun algotzir deuen fer a mi tres requestes que acullega los pagesos qui ja los dits insults han comesos dins dita vila e castell de Santa Pau. E per quant pens tals requestes sien perque los dits pagesos sien senyors de la força del dit castell se haver lo porien com sia ajustat fetes dites requestes me deuen combatre e continuar lur combat a fi que façen llur poder en pendre lo dit castell lo qual desigen molt per que los seria gran retreta en aquestes parts. Fins aci per gracia de Deu los es stat ben defensat e daciavant crech sera aximateix. Pens tal fahena redunda a gran interes de tot lo Principat de Cathalunya. E per tant vos tramet Nicholau Pirot de aquesta vila portador de la present recorrent a vosaltres e a vostre subsidi com crech apres sia assetiat nous poria fer avis. Ja los homens de aquesta vila fins aci han fet lo degut vers lo util del Principat e faran tots temps pregant vos ab tota afeccio vos placia aquesta vila e castell hajats a memoria e donar presta provisio car ja los pagesos
tenen tots los passos stablits e sens dubte seria gran dan de tota aquesta vila ells haver dit castell a llur ma car volrien dominar a llur voluntat. Lo dit portador vos fara relacio del stament de aquesta terra e manatsme lo qui plasent vos sie. Scrita a Santa Pau a XXVII de maig. - Vostre humil servidor qui molt a vosaltres me recoman Baltasar Saula procurador de Santa Pau.

viernes, 22 de enero de 2021

9 DE MAYO.

9 DE MAYO. 

El Señor Primogénito se presentó, en este día, a los señores Diputados y Consejo, para suplicarles que viesen de dar cima, lo más pronto posible, a los negocios que se estaban tratando con el Señor Rey, pues en la dilación estaba el peligro; y habiéndosele contestado que tal era el propósito de los señores Diputados, se retiró.
Poco después, se presentó en el consistorio la embajada de Valencia, compuesta de los magníficos Guillermo Masto y Luis Cruilles, jurados de la referida ciudad, y Jaime Garcia Aguilar, Luis Joan, Pedro Bou y Pedro Amalrich, ciudadanos de Valencia, quienes entregaron a los señores Diputados, y estos hicieron leer por su notario, la siguiente carta.

Als molt reverends egregis nobles e magnifichs senyors los diputats e consell representants lo insigne Principat de Cathalunya.
Molt reverents egregis nobles e magnifichs senyors.
Afectants nosaltres e aquesta ciutat satisfer per tot nostre poder a la lahor e gloria de nostre Senyor Deus e a la honor e servey de la Majestat del Senyor Rey e del Illustrissimo Senyor Princep e primogenit e encara al benifici e repos de tots los regnes e terres sots meses a la reyal corona Darago moguts per nostra innata fidelitat e volents retre lo deute a aquella ensemps ab lo consell general de la dita ciutat havem elet e trametem al dit Senyor Princep e primogenit e a vostres grans reverencies nobleses e magnificencies
e altres parts per embaixadas los magnifichs En Guillem Masto En Luis Cruilles jurats micer Jaume Garcia Aguilar En Luis Johan En Pere Bou e micer Pere Amalrich conciutadans nostres instruits plenament de nostra intencio e voluntat. Placieus creurels e donarlos plena fe e creença quant a nostres propries persones en tot ço que de part de aquesta ciutat explicaran a les dites vostres reverencies nobleses e magnificencies les quals nostre Senyor Deus vulla tenir e conservar en la sua continua proteccio e guarda. Scrita en Valencia a XXIIII dies de abril del any Mil CCCC sexanta hu. - A tota honor e complacencia de vostres grans reverencies e magnificencies be apparellats los justicia jurats e consell de la ciutat de Valencia.

Después de cuya lectura, explicaron los embajadores como sus principales, al saber la captura del Primogénito, habían nombrado una embajada, la que, estando en camino, y teniendo noticia de la libertad del referido Principe, consultó con aquellos, y recibidas nuevas instrucciones, había pasado a ver at Señor Rey, permaneciendo en su compañía cuarenta días; mas como llegase a oídos de dichos sus principales, que se había procedido a la captura contra las constituciones de Cataluña y las libertades del
Principado, al cual están unidos con indisoluble amor los demás reinos de Aragón y Valencia, ofrecíanse, con tal motivo, los representantes de este reino, haciendo saber a los Diputados y Consejo, que estaban dispuestos a defender y conservar las mencionadas constituciones y libertades patrias, a ayudar al Principado y hasta a exponer en favor suyo sus bienes y personas; por todo lo que, dieron los señores Diputados a los embajadores las más expresivas gracias, aceptando su oferta.
Van a continuación las cartas que se mandaron escribir en este día.

Al molt noble e molt magnifich baro don Hugo de Cardona.
Molt noble e molt magnifich baro. Per dar compliment a la tractada pacificacio de vos e altres de la casa de Cardona de una part e lo senyor patriarcha bisbe Durgell e altres de la part altra en la qual ab gran studi e vigilancia es stat treballat havem necessaria vostra presencia. Perqueus pregam per benifici e repos del Principat e vostre de continent vingau aci a nosaltros. Empero ateneu en la custodia vostra perque vingau segur. E per res no haja falla com tot sia ja apuntat ab lo senyor comte de Prades. Dada en Barchinona a VIIII de maig any Mil CCCCLXI. - A. P. abat de Montserrat. - Los diputats del General de Cathalunya residents en Barchinona.

Al molt honorable e molt savi mossen Francesch Lobet embaxador del Principat de Cathalunya.
Molt honorable mossen. Lo honorable En Johan Ramon de la vila de Perpenya portador de aquesta trames per nosaltres va als consols de la dita vila per certes causes que han occorregut apres vostra partida. E per quant cove ell avisarvos e comunicar de aquelles vos pregam e encarregam que donant plena fe e creença en ço que de nostra part vos dira doneu bona direccio e endreça en les coses a les quals si mester es ell vos sera coajudant. Dada en Barchinona a VIIII de maig any Mil CCCCLXI. - A. P. abat de Montserrat. - Los diputats del General de Cathalunya residents en Barchinona.

Als molt honorables e molt savis senyors los consols de Perpenya.
Molt honorables e molt savis senyors. Per algunes coses de present occorrents qui son vengudes a nostra hoida e altres concernents benifici de aquest Principat es stat deliberat anar a vostres savieses lo honorable En Johan Ramon hun dels vostres sindichs lo qual es informat plenament de aquelles. Pregamvos li vullau dar fe e creença en tot lo que de nostra part vos explicara e provehir ab gran sollicitut cura e diligencia en totes coses segons de tantes providencies se espera. E tingaus la Sancta Trinitat en sa proteccio. Dada en Barchinona a VIIII de maig any Mil CCCC sexanta hu. - A. P. abat de Montserrat. - Los diputats del General de Cathalunya residents en Barchinona.

Dirigitur vicario Barchinone.
Mossen molt magnifich e molt savi. Vostra letra havem rebuda feta a VI del present ab les altres letres quens havieu trameses e havem hagut plaer dels avisos e altres coses en aquelles contengudes e Deus volent se provehira degudament a les coses qui han
sguard al repos e benifici de aquest Principat. Del fet de Fraga Deus mediant breument ho metrem en consell e sera delliberat segons vos scriurem. Dada en Barchinona a VIIII dies de maig del any Mil CCCC sexanta hu. - A. P. abat de Montserrat. - Los diputats del General de Cathalunya e consell etc.
Dirigitur Johanni Ferrer.
Molt honorable senyer. Vostres letres havem reebudes de les quals lo contengut en aquelles havem singular plaer e haurem tots temps de ço que scriureu e al present nom recorre res scriure sino que les coses queus havem scrites hajan bon compliment. Dada en Barchinona a VIIII de maig del any Mil CCCCLXI. - A. P. abat de Montserrat. - Los diputats del General de Cathalunya e consell representants lo Principat.

Excellentissima e virtuosissima Senyora.
Per nostra de XXX del passat havem eficacissimament e devota supplicada la Excellencia vostra li plagues entendre ab celeritat en fer tals supplicacions e
intercessions vers la Majestat del lllustrissimo Senyor Rey que aquelles migançant la dita Majestat dignas atorgar les coses contengudes en la capitulacio feta e a vostra Celsitut presentada concurrent tant lo servici divinal e del dit Senyor Rey e haver altres sanctissims sguards quals en la dita nostra letra son deduhits. E ab la mateixa havem a la vostra Altesa significats los inconvenients que la dilacio importa en aquests afers. La qual letra abans no es pervenguda a vostra Celsitud es emanada de aquella altra a nosaltres ab la qual no es dit com vostra gran Senyoria de continent juncta en Çaragoça ha comunicades les dites coses a la Majestat del dit Senyor Rey e que per la prolixitat de la scriptura en la qual a regoneixer se entenia continuament no podia a nosaltres esser alre dit sino que fossem certs de la summa diligencia forces e treballs que la vostra Celsitut entenia en aço fer e interposar e que prestament forem avisats del que fora fet e delliberat per la Excellencia del dit Senyor Rey. Hon com en apres Senyora molt alta haja discorregut de temps que dins aquell la dita capitulacio pot esser assats vista e reconeguda e per la Majestat del dit Senyor Rey sobre aquella feta delliberacio signantment instada e supplicada per la Excellencia vostra segons aquella nos diu e nosaltres fermament creem regraciants humilment quant podem a vostra Serenitat la sua afeccio e voler e totes les sues intercessions e treballs e virtuosissima operacio de tots nostres coratges la supplicam li placia certificar nos del que per la Majestat del Senyor Rey en les dites coses sera deliberat par la qual certificacio haver es trames a vostra Excellencia lo present portador. Sera de vostra gran merce per ell de la dita delliberacio siam certificats la qual speram sera tal que de la dita capitulacio no deviara com es necessari a pervenir del negoci a la desijada fi. E axi sera fet e procurat per vostra gran virtut lo servici divinal e del dit Senyor Rey e tant benefici e repos com en aço redunda e portar ne ha la Excellencia vostra lo condigne renom e fama. Ab tant Excellentissima e virtuosissima Senyora lo poder divinal tinga en sa proteccio vostra molt alta Senyoria la qual de nosaltres man lo que li placia. De Barchinona a VII de maig any Mil CCCCLXI.

Senyora molt alta.
Al fer de la present abans de la sua expedicio havem rebuda altra letra de vostra Altesa feta a IIII del present ab la qual nos es dit aço mateix que en la primera es contengut. Havem en apres sperat fins al dia present si haguerem altra certinitat ço que no vehem. Lo temps discorre molt. Es admiracio als miradors e al negoci no algun benifici. Per tant es deliberat vostra Excellencia esser suplicada e instada per aquesta resposta. Sia donchs de vostra merce Senyora molt alta donar orde la dita resposta se haja e que per lo present portador trames per sola raho de portar la decontinent tramesa nos sia. Closa a VIIII de maig any dessus dit. - De vostra molt alta Senyoria. - Humils vassalls etc. - Los diputats del General e consell etc. - Dirigitur domine Regine.

Acompaña a esta carta el siguiente memorial, que fue enviado a Juan Brujó, notario de Barcelona, encargado de entregar la precedente carta a la Señora Reina.
Memorial del discret En Johan Brujo notari de ço que ha de fer per raho de la letra que porta a la Senyora Reyna dels reverend honorables diputats e consell del Principat de Cathalunya.
Primo. Lo dit En Johan Brujo tant prest com pora tirara la via de Çaragoça e junt alla de continent donara la dita letra a la dita Senyora Reyna ab humils e devotes recomendacions dels dits diputats e consell. E de part de aquells supplicara la Excellencia sua li placia donarli resposta de aquella. E del que la dita Senyora li dira o respondra lo dit en Brujo fara per correu avis de continent.
E apres de dia en dia e axi stessament com pora lo dit En Johan Brujo supplicara la dita Senyora Reyna per la dita resposta fins que donada la hi haja. E de ço que la dita Senyora li dira lo dit En Johan Brujo scriura e fara avisos e per semblant scriura e avisara de les novitats que sentira (falta el punto) E prestament que la dita resposta li sera donada sen vendra ab aquella de continent. E si per ventura lo dit En Johan Brujo haura
nova en lo cami que la dita Senyora Regina vingues la via de Cathalunya lo dit En Brujo fara aquella via e li donara la dita letra e fara per correu avis als dits diputats e consell de la venguda de la dita Senyora. E de ço que per la dita Senyora li sera dit e apres sera ab la dita Senyora fins resposta li haja donada o per los dits diputats e consell li sia scrit. Pero en tot cas haguda la resposta vindra ab aquella tan cuytat e prest com pora fer. - Expedite die Vllll madii anno Millesimo CCCC sexagesimo primo. - A. P. abat de Montserarat.

Dirigitur Johanni Ferrarii.

Honorable senyer. Ferrando de Bolea ciutada de Çaragoça nos ha dit que ell te aqui en lo exercit dues lançes o per aquelles sis rocins compres lo home darmes ab son pilart e patge en quiscuna de les dites lançes. E me diu hi te dos ginets rocins utils. Si es axi e vista per vos la mostra de aquestes coses veureu les dites dues lançes o dos homens darmes per aquelles ab sos pillarts e patges e ultra aquells los dits dos genetaris star a punt e esser suficients al mester. Sens que no es intencio nostra si faça algun comport pagaren lo sou acustumat per les dites dues lançes e dos genetaris que entre tot son vuyt rocins. E aço per una mesada començant a comptar lo primer jorn del present mes de maig sens pus. Ateneuhi degudament que no sia donar diners sens fruyt car no es tal nostra intencio. Haventvoshi segons de vos confiam. Dada en Barchinona a VIIII de maig any Mil CCCC sexanta hu. - A. P. abat de Montserrat. - Los diputats del General de Cathalunya residents en Barchinona.

martes, 1 de septiembre de 2020

colección documentos inéditos archivo general corona Aragón, tomo XIV, 14

COLECCIÓN 
DE 

DOCUMENTOS INÉDITOS DEL ARCHIVO GENERAL
DE LA
CORONA DE ARAGÓN,
PUBLICADA DE REAL ORDEN
POR
SU CRONISTA,
D. Próspero de Bofarull y Mascaró.

TOMO XIV.

LEVANTAMIENTO
Y
GUERRA DE CATALUÑA
en tiempo de don Juan II.
DOCUMENTOS RELATIVOS A AQUELLOS SUCESOS,
PUBLICADOS DE REAL ORDEN
POR
D. PRÓSPERO DE BOFARULL Y MASCARÓ;
Cronista de la Corona de Aragón.

Tomo I.

BARCELONA.
EN LA IMPRENTA DEL ARCHIVO.
1858.

/Nota de Ramón Guimerá Lorente: Se actualiza la ortografía en el texto de Bofarull, NO en los originales/.

AL LECTOR.

Conocidas son las turbulencias de que fue teatro el Principado de Cataluña durante el reinado de don Juan segundo, y que han sido historiadas por muchos y distinguidos escritores; pero son también muy diversos los juicios que sobre ellas se han emitido. Para los unos, la culpa de aquellos tristes sucesos estuvo toda de parte del Principado, que no hizo más que cubrir su espíritu de rebeldía con el manto de la legalidad y del celo por la paz de la real familia: para los otros, don Juan, por propio impulso o dominado por su segunda esposa doña Juana Enríquez, fue para su hijo don Carlos un verdadero padrastro, y para la provincia un verdadero tirano, como quebrantador de sus constituciones y privilegios. Al hijo le han llamado algunos rebelde: otros le apellidaron santo. Como quiera, es lo cierto que aquellos disturbios nacieron del propósito, hipócrita o sincero, de restablecer entre el padre y el hijo la deseada concordia, turbada por las males artes de pérfidos consejeros, y de amparar y defender a este último en los derechos que por la ley le competían; pero malogrados o torcidos los primeros pasos, por culpa tal vez de quien más debía encaminarlos a buen término, sobrepúsose luego a la fría razón el hervor de las pasiones, y faltando a los unos la necesaria cordura para llegar a un pronto y fácil acomodamiento, perdido por los otros el respeto a la Majestad, y roto al cabo el freno de la obediencia, vióse Cataluña envuelta en una desastrosa guerra civil de doce años, en que por ambas partes se malgastaron torpemente las fuerzas que el pais había empleado en mejores tiempos en acrecentar su grandeza, y durante la cual anduvo el Principado poco menos que mendigando reyes por toda Europa, puesta como quien dice en almoneda la corona condal de Barcelona.
No pretendemos aquí, ni es de nuestra incumbencia, el emitir un nuevo juicio acerca de aquellos acontecimientos: tratamos solamente de manifestar, que aun después de lo mucho que sobre ellos se ha escrito, puede ser que el proceso no se halle suficientemente instruido, y que, por lo mismo, no ha de ser del todo estéril para el que se consagra a semejantes estudios el cúmulo de cartas, acuerdos y otros papeles cuya publicación emprendemos con este tomo decimocuarto de nuestra Colección; porque pudiendo examinar así el asunto en sus últimos pormenores, podrán entenderse más claramente los móviles que se pusieron en juego en aquellas fatales circunstancias, la presión que sobre los ánimos de los jefes del movimiento pudo ejercer la opinión de la muchedumbre, y la rigidez de principios, extremada si se quiere, en que la Diputación
catalana y su consejo fundaron, primero su adhesión al Príncipe de Viana, y luego su desobediencia manifiesta a un soberano a quien consideraban como conculcador de los fueros de la provincia y violador de la fé jurada.
Bajo este supuesto, pasamos a dar razón de los originales con que contamos para el esclarecimiento de aquellos hechos, y que vamos ahora a dar a luz en este y otros tomos sucesivos de nuestra Colección.
Existen en primer lugar en este Archivo once volúmenes, que bajo el título: Turbationum Cathaloniae, contienen las actas de la junta que, compuesta de los diputados y oidores de cuentas del General, y de otras veintisiete personas que a estos se agregaron, se constituyó en esta provincia luego de haber sido prorogadas las cortes de Lerida, y por comisión de estas, para atender al pro común y procurar la libertad del Príncipe de Viana. Entre otros documentos, se lee en aquellas actas la voluminosa correspondencia que siguió dicha junta, ya con las numerosas embajadas que envió a la corte, ya con los comunes de la provincia, ya con los diputados de Aragón y de Valencia, ya en fin con los jefes que puso al frente de las armas, cuando creyó llegado el caso de alzar banderas contra el rey don Juan. Por ellas, pues, daremos ahora principio a nuestra publicación, trasladándolas íntegras, sin más que reducir a breve expresión la parte formularia del escribano; porque si bien podíamos haber cercenado mucho, ya que no todos los documentos han de tener igual importancia, y por necesidad habrán de verse repetidas más de una vez las mismas ideas, hemos preferido pecar de redundantes, a constituirnos árbitros de una elección que podía no ser para todos acertada.
Pero aquella junta cesó en sus funciones luego que, proclamado conde de Barcelona don Pedro, condestable de Portugal y ex-maestre de Avis, llegó este a las playas de la capital y tomó posesión del gobierno, a principios del año 1464. La soberanía de don Pedro no podía avenirse con las omnímodas facultades de una corporación que, desde que la provincia había negado la obediencia a don Juan, venía también ejerciendo atribuciones de soberana: y la junta fue disuelta. Por esto sus actas no alcanzan más allá de aquella fecha. La guerra continuaba, sin embargo; murió don Pedro de Portugal, y fue proclamado Renato de Anjou; perseveró Cataluña en su obstinada resistencia, y no se restableció la paz hasta fines del año 1472. Mas como durante esta segunda época continuó la diputación funcionando, si no como soberana, con las extensas facultades que le atribuían entonces las instituciones en la gestión de los negocios públicos de la provincia; en los registros de este Cuerpo, en sus Dietarios, en sus Libros de Deliberaciones y en los del diputado Zaportella, único que apartándose de sus compañeros, abrazó muy al principio la causa de don Juan, y pasándose a Tarragona, pretendió representar alló por si solo la Generalidad de Cataluña, (los diputats del General de Cathalunya residents en Barchinona ) hallaremos los materiales necesarios para la completa ilustración de este último periodo. En una palabra, poniendo a contribución todos los papeles de esta clase cuya custodia nos está confiada, entresacando y trasladando cuantos nos parezca que pueden dar alguna luz sobre aquellos graves sucesos; procuraremos en esta serie suministrar al lector todos los datos que puedan ayudarle a tener de ellos un cabal conocimiento, y a juzgarlos por si mismo, sin prevención y con justicia.
Tal es, en suma, nuestro propósito; tales son los elementos con que contamos para llevarlo a cabo: si contra nuestros deseos no lo conseguimos, y no podemos en este punto llenar cumplidamente el encargo que el Gobierno de S. M. nos ha confiado, cúlpese nuestro poco acierto, no nuestra falta de celo.

PROCESSUS FACTUS PER DOMINOS DEPUTATOS ET EORUM CONSILIUM PRO LIBERATIONE ILLUSTRISSIMI DOMINI CHAROLI PRIMOGENITI ARAGONUM ET SICILIE PER SERENISSIMUM DOMINUM REGEM PATREM SUUM DETENTI VIRTUTE COMISSIONIS PER CURIAM GENERALEM QUE IN CIVITATE ILERDE CELEBRABATUR DICTIS DOMINIS DEPUTATIS FACTE.

lunes, 3 de junio de 2019

COLECCIÓN DE DOCUMENTOS INÉDITOS DEL ARCHIVO GENERAL DE LA CORONA DE ARAGÓN. Tomo I

COLECCIÓN DE DOCUMENTOS INÉDITOS DEL ARCHIVO GENERAL DE LA CORONA DE ARAGÓN.
Publicada de Real órden
POR EL ARCHIVERO MAYOR
D. Próspero de Bofarull y Mascaró.

TOMO I.


(Ortografía actualizada en algunos casos, como dia: día, á: a)

PRELIMINAR.

Pocos monarcas de Europa pueden gloriarse de poseer y conservar un depósito tan rico y copioso de actas del alto gobierno y de correspondencias diplomáticas y familiares de sus augustos predecesores, como los de España que ciñen la corona de los antiguos estados de Aragón.
El archivo general de este reino, establecido en la ciudad de Barcelona, custodia en efecto, no solo las matrices o registros de cancillería y del real sello secreto de aquellas interesantes escrituras, si que también muchas y diferentes colecciones de pergaminos originales sueltos, de bulas pontificias, de procesos de las antiguas cortes por estamentos, de cartas reales, de códices y códigos curiosos, de causas de Estado y de gravámenes, de sentencias de la antigua real Audiencia del principado de
Cataluña, etc., con otra multitud de volúmenes de registros, pergaminos y papeles no menos interesantes, que han pertenecido a diferentes autoridades y corporaciones estinguidas, y particularmente al voluminoso archivo de la antigua Diputación de los tres Brazos de Cataluña, que suprimió el Sr. D. Felipe V en 1714, agriado por la guerra de sucesión.
Estas escrituras, ordenadas cronológicamente y colocadas con el mejor método y aseo, empiezan en el gobierno del primer conde soberano de Barcelona D. Wifredo el Velloso, a mediados del siglo 9.°, y acaban en los reinados de la dinastía de Borbon en España, después de la muerte sin sucesión de Carlos 2.° de la de Austria; formando juntos la serie de diez siglos y treinta y nueve soberanos, divididos en sus cuatro épocas principales, que son:
1a, la de los primitivos condes de Barcelona.
2a, la de los antiguos reyes de Aragón.
3a, la de los de la casa de Austria;
y 4a, la de la casa de Borbon, que felizmente reina en la augusta persona de Doña Isabel 1a de Aragón y 2.a de Castilla (q. D. g.).
Desde el año 1346, en el floreciente reinado de Pedro 3.° de Cataluña y 4.° de Aragón, llamado el Ceremonioso y vulgarmente el del punyalet, hasta nuestros días, todos los soberanos sin interrupción han dictado varias providencias más o menos atinadas para el aumento, conservación y arreglo de este precioso archivo; especialmente el Sr. D. Fernando 7.° (q. D. b.), a quien debe su casi completa restauración y un doble volumen de papeles del que tenía a su regreso de Francia en el mes de marzo de 1814.
Mas ninguno de aquellos monarcas, en tan larga serie de años, estimó conveniente mandar, que se publicase una colección de documentos escogidos de él, para ilustrar la historia del propio y ajeno reino en toda la estension de sus diferentes ramos; por manera que puede decirse con sobrada razón, que esta abundantísima mina de oro apenas se ha comenzado a esplotar.
Sin embargo es preciso reconocer, que ninguno de nuestros soberanos, a pesar del espíritu de reserva y ocultación del Sancta Sanctorum de los archivos en los pasados siglos, ha tenido en
absoluta inacción este tesoro; pues son muchos y muy antiguos y recientes los reales permisos concedidos a diferentes escritores nacionales y estranjeros, para investigar, copiar y publicar las escrituras de este sagrado depósito de fé pública; con cuya sabia medida se ha suplido y suple en parte la falta de una colección diplomática general, tan deseada, como necesaria a la pública ilustración.
Así es, que sin estos permisos ni la Crónica universal de España de Pedro Miguel Carbonell, ni los Anales de la Corona de Aragón de Gerónimo Zurita, ni la Historia inédita de los condes de Urgel de Diego Monfart (que original se conserva en este archivo), ni la Crónica universal de Cataluña de Gerónimo Pujades, ni la Historia de los condes de Barcelona de Fr. Francisco Diago, ni los Anales de Cataluña de Narciso Feliu, ni la continuación de la España sagrada de Fr. José de la Canal, ni el Viaje literario a las Iglesias de España de Fr. Jaime Villanueva, ni las memorias de Capmany, ni la Historia de España del Sr. Cortada, ni finalmente otras muchas obras que han publicado diferentes escritores para ilustración de la historia de estos reinos, tendrían el mérito que han podido proporcionarles estos Reales permisos:
Pero todas estas publicaciones juntas, aunque de grande estima, no son más en realidad que una pequeña parte de la copiosa colección que ofrecen los inmensos materiales que encierra este archivo; pues algunos de los indicados escritores se han limitado a referir solo los hechos, sin citar siquiera las escrituras de las que los estrajeron; al paso que las vaciadas en los apéndices de los demás son en tan corto número, que comparativamente no merecen el nombre de colecciones generales.
Las inéditas que compilaron los eruditos canónigos premostratenses de Sta. María de Bellpuig, Caresmar, Pascual y Martí, y otros sabios investigadores; no menos que la publicada por el Ilmo. arzobispo de París en el apéndice de su Marca hispánica, contienen solo un muy corto número de documentos de este archivo: únicamente a la principiada por el P. Mariano Ribera, religioso mercenario y especulador del establecimiento durante la sangrienta guerra de sucesión, que existe en el mismo, puede dispensársele con algún fundamento este título general; porque abraza los dos primeros siglos después de la restauración de Barcelona por Ludovico Pio, el año 801 de la
Encarnación. En la obra de los Condes de Barcelona vindicados se citan o copian también todos los documentos de este archivo que más pueden esclarecer la oscura y escasa época de aquellos soberanos.
Pero nada de esto es comparable con lo mucho que todavía puede publicarse de este archivo, especialmente de la florida edad media, en que enlazada la casa de Aragón con la de Barcelona, conquistadas Valencia y las Baleares, estendida la dominación de estos soberanos a Italia y a varios otros puntos de Asia y África, aumentadas rápidamente la civilización, las relaciones diplomáticas y los negocios, cabalmente en la oportunidad de la introducción del uso del papel en la cancillería de este reino, que facilitó la escritura, crecieron asimismo considerablemente las existencias y la importancia de este establecimiento.
Con tantos y tan ricos materiales como se ha indicado, carece, sin embargo, el público de una colección diplomática que dé a conocer y justifique cuáles fueron en sus tiempos nuestros usos y costumbres, nuestras leyes y cortes, nuestras espediciones marítimas y terrestres, gloriosas o desgraciadas, nuestras relaciones así interiores como esteriores, el temple de nuestras antiguas instituciones políticas, la circunspección, firmeza, sabiduría, prudencia y tino con que se condujeron nuestros mayores en las crisis y situaciones más espinosas y delicadas, y en fin todo cuanto pueda contribuir a esclarecer nuestros hechos cual pasaron, y no como los pintan y desfiguran algunos
escritores modernos que nunca han visitado nuestros archivos, olvidando a cada paso que la verdad y la imparcialidad son los dos ejes sobre que debe girar la historia de las naciones.
Para desvanecer sus inexactitudes y ausiliar a los escritores sesudos y de buena fé, así nacionales como estranjeros, facilitándoles armas para impugnarlos; y a fin de proporcionarles al mismo tiempo un caudal de verdades para esplayar sus talentos sobre los diferentes puntos o ramos de la historia, sin que tengan que emprender largos, costosos y aventurados viajes; la Reina Ntra. Sra., que tanto se desvela en difundir las luces en sus dominios, considerando que la publicación de los más interesantes documentos que conserva este rico depósito del archivo de la Corona de Aragón ha de ser un presente de gran valía para la historia nacional, y también para la literatura y las ciencias, se ha servido disponer en reales órdenes de 28 de marzo y 7 de junio de 1846, y 28 de abril del presente año, que sin pérdida de tiempo se forme y publique a expensas y bajo la inspección de su ilustrado gobierno una continuada colección de estos documentos, dirigida por el actual jefe del
mismo establecimiento.
Deseando asimismo S. M. que esta colección se ponga cuanto antes en estado de producir alguno de los muchos y buenos resultados que con tanto fundamento se promete, y considerando también que las antiguas cortes son indudablemente las fuentes de las que ha emanado la buena legislación que elevó este antiguo reino al más floreciente y respetable estado, y las supremas asambleas, en las que se trataban y resolvían por los monarcas los negocios más graves del Estado; ha resuelto igualmente, que la publicación empieze por los procesos de aquellas respetables cortes, dando la preferencia a las actas del parlamento que los catalanes celebraron en las ciudades de Barcelona y Tortosa, para que, después de conciliados los aragoneses y valencianos, que en aquella sazón hervían en bandos y parcialidades, pudiesen los tres reinos de consuno resolver con prudencia y justicia sobre el gran negocio de la sucesión a la corona, que se hallaba vacante por muerte sin
hijos del desventurado D. Martín, ocurrida en el monasterio de Valldoncella, estramuros de Barcelona, el día 31 de mayo de 1410: hecho singular en la historia de las naciones, digno de ser imitado por todas las que se precian de cultas y humanas, y que, al fin, produjo el célebre compromiso de Caspe y la elección del infante de Castilla D. Fernando de Antequera, con
la que se apagaron nacientes odios, y se evitaron el derramamiento de sangre de millares de inocentes y los horrores de la cruel y fratricida guerra que amenazaba a los pueblos, y que la sabiduría, prudencia y tino de nuestros antepasados supo neutralizar.
Para completa ilustración de tan memorable hecho, le prepararemos con una sucinta introducción, acompañada de varios documentos curiosos, comprobantes de sus antecedentes y del lastimoso estado que presentaba la casa real de Aragón en los últimos años anteriores a la muerte del rey D. Martín, en que la horfandad de los reinos precisó al cuerpo municipal o consejo de Ciento de Barcelona y a los tres brazos de Cataluña, escitados por el gobernador general del Principado D. Gerardo Alamany de Cervelló, a instalar un parlamento que, tomando la iniciativa y poniéndose de acuerdo con los que formasen Aragón y Valencia, pudiesen los tres unánimes resolver en justicia el gran negocio de la sucesión a la corona, según y conforme lo había ordenado el difunto monarca en los últimos momentos de su existencia.
Las dificultades casi insuperables que hubieron de vencerse, tanto para conciliar los partidos y enemistades en que hervía el reino, como para contener los amagos y amenazas de los aspirantes al trono, las pondrá de manifiesto el segundo período de esta colección, presentando un estrado de las actas de dicho parlamento de Cataluña, y copia fiel en su idioma natural de los documentos de conocido interés en los respectivos lugares, hasta la final y unánime determinación de los tres parlamentos de Aragón, Cataluña y Mallorca, y Valencia, que se redujo a nombrar nueve compromisarios, tres por cada reino, y uno por cada brazo, que, reunidos en el castillo de Caspe,
decidieron por fin aquella gran cuestión, nombrando a D. Fernando de Antequera, infante de Castilla, sin más contradicción que la del malhadado D. Jaime, último conde de Urgel.
Las actas de dicho compromiso formarán el último período de esta primera publicación, que continuará después bajo el mismo método por los demás procesos de cortes, hasta entrar en las colecciones de documentos más interesantes de cada reinado y de algunos preciosos códices que conserva este archivo, a tenor de las citadas reales órdenes, que en todos tiempos serán para los literatos un grato recuerdo de la ilustración de S. M.

REALES ÓRDENES.

Ministerio de la Gobernación de la Península. = Sección de instrucción pública. Negaciado 3.° = En la memoria que ha remitido V. S. a este ministerio de mi cargo, dando cuenta de los trabajos ejecutados en ese archivo durante el año próximo pasado, ha llamado la atención de S. M. la colección de actas de cortes y demás documentos que ha reunido V. S., y cuya importancia los hace dignos de ver la luz pública, para esclarecer puntos interesantes de la historia nacional. Siendo notorio el afán que demuestran en el día casi todos los gobiernos europeos por sacar del polvo de los archivos estos preciosos monumentos que tan útiles son a la literatura, S. M. desea que no quede España ajena a este general movimiento, dejándose a los estranjeros, como lo están haciendo, la gloria de aprovecharse de las muchas riquezas que de este género poseemos. Es por lo tanto su voluntad, que sin desatender la necesaria economía se emprenda una serie de publicaciones, en que se vayan dando a conocer cuantos documentos dignos de ver la luz contenga ese depósito, confiando a V. S. tan importante trabajo, como la persona más apropósito para dirigirlo y llevarlo a cabo con buen éxito. En su consecuencia, manifestará V. S. las actas o documentos que para este objeto merezcan la preferencia; el modo más conveniente de hacer la publicación, pudiendo ser por entregas mensuales o quincenales; el costo de la impresión y demás gastos que esta empresa debe ocasionar, añadiendo cuantos datos juzgue oportunos y sea preciso tener a la vista para el mayor acierto. De Real orden lo comunico a V. S. para su inteligencia y efectos consiguientes. Dios guarde a V. S. muchos años. Madrid 28 de marzo de 1846.= Burgos.= Sr. Archivero general de Aragón.

Ministerio de la Gobernación de la Península. = Sección de instrucción pública. Negociado núm. 3.= La Reina (q. D. g. ) considerando que la publicación de las actas de cortes y otros muchos documentos interesantes que se conservan en ese rico depósito de la Corona de Aragón ha de ser un presente de gran precio para la historia nacional y también para la literatura y las ciencias, se ha servido disponer que, sin pérdida de tiempo, se forme y publique una ordenada colección de ellos bajo la inmediata dirección de V. S. y a espensas del Gobierno, con cargo a la partida concedida por las cortes para esta clase de trabajos en el artículo de Archivos generales del presupuesto. De real orden lo digo a V. S. para los efectos correspondientes. Dios guarde a V. S. muchos años. Madrid 7 de julio de 1846.= Pidal.=Sr. Archivero de la Corona de Aragón.

Ministerio de Comercio, Instrucción y Obras Públicas. = Instruccion pública. Negociado 4.° = Deseando la Reina (q. D. g. ) llevar a cumplido efecto lo determinado en sus soberanas resoluciones de 28 de marzo, y 7 de julio del año próximo pasado, relativamente a la impresión y publicación de cuantos documentos dignos de ver la luz pública contenga ese archivo, ha tenido a bien resolver se adopten con este fin las disposiciones siguientes:
1.a La colección de los documentos inéditos del Archivo general de la Corona de Aragón, deberá salir a luz a la mayor posible brevedad, y tau luego como se hallen impresos dos o tres cuadernos, a fin de que no se interrumpa la publicación, que se procurará sea regularmente periódica desde que parezca la primera entrega. Al efecto se principiará por las Actas del compromiso de Caspe, según el original remitido por el archivero para su exámen y revisión.
2.a Por la depositaría de la universidad de Barcelona se facilitarán al archivero general de Aragón las cantidades que necesite para este objeto, siempre que no escedan de cuatro mil reales mensuales; y dándose cuenta por aquel de su inversión, para la aprobación de S. M.
3.a Se dará órden a todos los administradores de correos para que se entiendan con el referido archivero respecto de las suscripciones. El importe de estas ingresará en las depositarías de las universidades del reino, a donde lo entregarán los comisionados o administradores del ramo comprendidos en el respectivo distrito universitario.
4.a Con el objeto de que esta colección tenga la debida publicidad, se remitirán prospectos por el ministerio de Estado a los cónsules y agentes consulares de S. M. en países estranjeros, pudiendo los mismos admitirlas suscripciones que se presenten y librar su importe a favor del tesorero de este ministerio de mi cargo; y dando al propio tiempo el oportuno aviso al archivero encargado de la publicación, para que espida los correspondientes ejemplares a los interesados.
5.a El número de ejemplares de la obra no escederá de mil, de los cuales se remitirán doscientos a este ministerio para distribuirlos según convenga entre las secretarías del Despacho, Potencias estranjeras, Academias Nacionales, Bibliotecas y demás establecimientos públicos. De Real órden lo digo a V. S. para su inteligencia y cumplimiento en la parte que le corresponde, a cuyo fin le devuelvo el manuscrito que comprende las primeras entregas de la obra enunciada. Dios guarde a V. S. muchos años. Madrid 28 de abril de 1847. = Pastor Díaz. = Sr. Archivero general de la Corona de Aragón.


PROCESOS DE LAS ANTIGUAS CORTES
Y PARLAMENTOS
DE
CATALUÑA, ARAGÓN Y VALENCIA,
CUSTODIADOS EN EL ARCHIVO GENERAL
DE LA
CORONA DE ARAGÓN,
y publicados de real órden
por
el Archivero mayor
D. Próspero de Bofarull y Mascaró.

Tomo I.
Barcelona,
en el Establecimiento tipográfico y litográfico de
D. JOSÉ EUSEBIO MONFORT.
1847.

ACTAS DEL PARLAMENTO DE CATALUÑA, QUE PRECEDIÓ AL COMPROMISO DE CASPE Y ELECCIÓN DEL INFANTE DE CASTILLA DON FERNANDO, EL DE ANTEQUERA, DESPUÉS DE LA MUERTE DEL REY DE ARAGÓN DON MARTÍN EL HUMANO (1).



(1) La fundación del acreditado colegio de medicina y cirujía de Barcelona, que tantos profesores eminentes ha dado en alivio del doliente; la espaciosa y bien dispuesta fábrica del hospital general de Santa Cruz de la misma ciudad, en que este rey puso la primera piedra; y sus muchas limosnas y disposiciones benéficas, son otros tantos comprobantes de la justicia con que la posteridad honra su memoria con el renombre de humano. Merece particular mención, por lo que puede contribuir a ilustrar el origen de la sífilis, la Real orden que dio en 20 de noviembre de 1401 (92 años antes de la venida de Cristóbal Colón de América) a las autoridades de Gerona, para que castigasen y espeliesen de aquella ciudad a los rufianes y mujeres prostitutas, que contagiaban y propagaban la putrefacción de su mal, en perjuicio de la salud pública y de las buenas costumbres. Aunque en el día se tenga ya casi por indudable que la existencia de tan terrible enfermedad ha sido muy anterior al descubrimiento del Nuevo Mundo; apuntamos este documento, porque no son pocos los que creen todavía, que la importaron en Europa los compañeros de Colón. Tampoco nos atreveremos a asegurar si es físico o solamente moral el sentido que debe darse a las palabras de la citada Real órden; pero de cualquier modo es un documento que justifica las miras humanitarias del monarca que la espidió. Véanse los registros núm. 2,211, fol. 132; 1,325, fol. 41; 2,197, fols. 149 y 199; 2,198, fol. 93; 2;,203, fols. 17, 20 y 21, y otros.


INTRODUCCIÓN.

Un monarca justo y pío, de las mejores prendas y del más suave carácter, de complexión algo débil; entrado en años; sin esposa, sin hijos, hermanos ni descendiente alguno legítimo que le sucediese; importunado incesantemente con pretensiones prematuras e inconsideradas de ambiciosos y poderosos parientes, rodeado de cortesanos intrigantes movidos por diferentes afecciones: acometido el país de una mortífera peste, y envuelto finalmente el Estado en disensiones intestinas y en un espantoso cisma que dividía la unidad de la Iglesia católico-romana …: tal era el triste cuadro que presentaba la casa real de Aragón en los primeros años del siglo XV, y tal el porvenir funesto que podían prometerse los reinos de aquella antigua y respetable corona, que descansaba en las sienes del desventurado D. Martín.
Este digno sucesor del conde soberano de Barcelona D. Ramón Berenguer 4.° y de su esposa la reina doña Petronila de Aragón, hija de Ramiro el Monje, amado de sus vasallos y lleno de satisfacciones y esperanzas, mantenía en una dichosa y sólida paz sus estados, sin otro grave cuidado que el de procurar con los demás príncipes cristianos de Europa la apetecida unión de la Iglesia católica, conciliando a su deudo Pedro de Luna o Benedicto XIII (1) con los demás pontífices electos en diferentes cónclaves por los cardenales de sus respectivas partidos, que por tantos años turbaron la comunión de la Iglesia romana.

(1) Aunque varios escritores dicen que el antipapa Luna fue pariente de la reina Doña María, y el respetable Zurita afirma que nació en la villa de Illueca de Aragón y que fue hijo de la distinguida familia de los Lunas, que tanto figuraron en aquel reino, especialmente en la época que describimos; sin embargo el pueblo de Figuerola de la Conca de Tremp, en Cataluña, conserva la tradición de haber nacido allí este antipapa de otra familia también distinguida que antiguamente habitaba en aquel pueblo, y de la que todavía queda la casa solar arruinada y muchas noticias de ella en los libros parroquiales.
También se gloria el mismo pueblo de Figuerola de ser patria del célebre almirante de Aragón Roger de Luria o Lauria, como que existe aun la familia de Llenes, establecida en el día en Anglesola, cuyos señores después del apellido de Llenes añaden el de Roger de Luria en sus firmas.
La discreta reina doña María, condesa de Luna, descansaba a su augusto esposo, desempeñando con toda eficacia y acierto la lugartenencia del reino que le tenía confiada; mientras que el esclarecido príncipe heredero, don Martín, rey de Sicilia por sus derechos o por heredamiento de su primera esposa doña María, hija de Federico 2.° de aquel reino, reducía con su pericia militar y política y con los ausilios de su padre a algunos rebeldes de Sicilia y Cerdeña que se habían sustraído a su obediencia.
En esta tranquila situación se hallaban la real casa y estados del bondadoso don Martín, cuando las enemistades, odios y encarnizados bandos de los Urreas y Lunas en Aragón, y de los Soleres y Centelles en Valencia, fueron un triste presagio de mayores discordias, y de los males sin cuento que dentro de poco hubieron de sumergir al rey y al reino en la mayor consternación.
La inesperada y temprana muerte de la reina doña María, ocurrida en Villareal del reino de Valencia en 29 de diciembre de 1407 (1), después de haber otorgado el día anterior su testamento, nombrando heredero al rey de Sicilia y usufructuario al de Aragón, llenó de amargura el corazón de este monarca, que mandó conducir el cadáver de su esposa al magnífico panteón del monasterio de Sta. María de Poblet con todo el ceremonial y pompa regia acostumbrada en aquellos siglos (2).

(1) Si bien algunos escritores refieren la muerte de esta reina al año 1406, y otros la ponen al siguiente, no se sigue de aquí ningún anacronismo, pues todos convienen en opinión; porque los primeros cuentan los años del nacimiento de Cristo en el sentido común o vulgar, es decir, de 1 de enero a 31 de diciembre, inclusive; mientras que los segundos los toman a lo curial de la antigua cancillería, que los empezaba el mismo día de Navidad y los concluía en el de Noche buena o 24 de diciembre siguiente. En este concepto, habiendo muerto la reina doña María de Luna el día 23 de diciembre en el sentido vulgar, debe entenderse el año 1406, que en el curial es el 1407.
Debemos también advertir, en orden a datas, que todas las escrituras de este archivo desde el siglo 9° al 12° están fechadas por calendas romanas y por años de los reinados de Francia, a excepción de alguna que otra que a estos años añade los de la Trabeacion o Encarnación que en el sentido moral es lo mismo. Para sacar la correspondencia, cuando se necesite, podrá acudirse al «arte de verificar las datas» de los PP. Maurinos. La costumbre de datar los escribanos por los reinados de Francia la abolió el rey don Alfonso el Casto de Aragón en el concilio que se celebró en Tarragona en 1.180, mandando que en adelante se datase por calendas y años de la Encarnación; y así se practicó hasta mediados del año 1351, en que el rey don Pedro el Ceremonioso mandó en las cortes de Perpiñan, que en adelante se fechase por días del mes y año del nacimiento de N. S. Jesucristo, cuya práctica desde entonces no ha sufrido alteración. Castilla fechaba antiguamente por
la Era de Augusto y días andados del mes: Italia por calendas e indicciones.

(2) El ceremonial de la coronación de los reyes y reinas de Aragón, y el de las exequias, cuando ponían de cuerpo presente sus cadáveres en el tinell o salón mayor del palacio de Barcelona y el camarlengo mayor y los alguaciles rompían delante del regio cadáver los sellos reales y las varas á presencia del pueblo, con otras curiosidades dignas de todo recuerdo, pueden verse minuciosamente en la colección de registros de este archivo, n° 1,529, y n° 3 de la colección de códices.

Si fue dolorosa para don Martín la pérdida de su excelente esposa la reina doña María de Luna, pudo no obstante mitigar este sentimiento el cariño de un hijo que le quedaba de las más elevadas prendas y adorado de sus pueblos, a quienes prometía un digno sucesor de la gloriosa estirpe varonil del conde don Wifredo el Velloso y conservada sin alteración por espacio de cinco largos
siglos.
Este esperanzado sucesor, jurado en las cortes de San Salvador de Zaragoza el año 1398, había casado de primeras nupcias con la reina doña María de Sicilia, de la que enviudó a mediados del de 1399, sin que le quedarse hijo alguno de esta señora; y aunque enlazó de segundas, en 1402, con doña Blanca (1), hija y heredera de Carlos el Noble de Navarra, tampoco los tenía de esta reina, cuando la muerte de la de Aragón; por haberse malogrado en la infancia uno llamado don Martín como su padre. Pero como este príncipe y su esposa doña Blanca vivían en la mejor armonía, y se hallaban ambos en lo más florido de su edad, no causaba la menor alarma pública la falta momentánea de un segundo sucesor, que estaba en el orden de todas las probabilidades.
Entretanto, reparado el monarca de Aragón de la pérdida de su esposa doña María, y ocupado enteramente en el buen gobierno de sus estados y en el gran negocio de la unión de la Iglesia, pasaba sus días con tranquilidad en Barcelona y en su inmediata quinta de Bellesguart, donde recibió el día 14 de julio de 1409 con la mayor satisfacción la plausible noticia de haber su hijo don Martín de Sicilia ganado la famosa batalla de Sant-Luri a los rebeldes del partido de Brancaleon Doria, con la que se aseguraba la pacificación de la isla de Cerdeña.
La alegría del tierno padre por tan señalada victoria y las acciones de gracias que con tan plausible motivo tributó públicamente al Todo-Poderoso fueron tales, cuales pueden verse en la carta que dirigió el rey a su gran privado y mariscal don Pedro Torrelles, en la que se pintada la gran piedad del monarca (2) y su bellísimo carácter.

(1) Esta señora casó algunos años después con don Juan 2.° de Aragón, y fue la madre del desgraciado príncipe don Carlos de Viana.

(2) fue efectivamente don Martín tan dado a la piedad, como acredita el número de iglesias y capillas que mandó fabricar, y la multitud de reliquias que poseyó y resultan de varias cartas y del inventarío (Registro núm. 2,526) que en su muerte recibió su esposa la reina doña Margarita. Una de ellas fue Calicem lapideum, cum quo dominus noster Jhesus-Christus in sua sacra coena sanguinem suum pretiosissimum consecravit, et quem beatus Laurentius, qui ipsum habuit a sancto Sixto, existente Summo Pontifice, cujus discipulus erat, missit et dedit monasterio, etc., y que, según el pergamino núm. 136 de la colección de este reinado, adquirió el rey don Martín del abad y monasterio de San Juan de la Peña, en cambio de otro de oro, que después de algunos años,
según una nota de Pedro Miguel Carbonell, se custodiaba en la seo de Valencia, así como se guarda hoy en Génova el Grasér o fuente en que se sirvió el cordero pascual en aquella sagrada cena.

Pero aun humeaban los inciensos en las bóvedas de la iglesia catedral de Santa Cruz y Santa Eulalia, en que se celebraron, cuando llegó a Barcelona la dolorosa e infausta nueva del fallecimiento del idolatrado príncipe don Martín, ocurrido en el castillo de Cáller de Cerdeña el día 25 del mismo mes de julio en que se dio aquella batalla, después de haber otorgado su testamento, nombrando heredero a su padre, recomendándole sus dos hijos naturales don Federico y doña Violante, y eligiendo vicario o lugarteniente general del reino de Sicilia a su esposa la reina doña Blanca.
El llanto de los barceloneses y sucesivamente de los demás pueblos de Cataluña, Aragón, Valencia y Mallorca luego de divulgada tan infausta nueva está fuera de toda ponderación; pues según refieren los dietarios antiguos y los historiadores de más nota, los vecinos de todas edades y sexos de esta desconsolada ciudad andaban por las calles anegados en lágrimas, exclamando que aquel día habían perdido toda su honra y gloria, adquiridas con grandes sacrificios en tantos siglos.
No fue menor el sentimiento y conflicto en que se hallaron las autoridades para participársela al rey, que estaba bien ajeno de este disgusto en su quinta de Bellesguart; pero como afortunadamente estuviese allí con el monarca el apóstol y taumaturgo valenciano el Mtro. Vicente Ferrer, religioso dominico, cuyas virtudes, doctrina y predicación pública por las plazas de los pueblos de Cataluña le habían adquirido la mayor reputación e influencia, especialmente con don Martín; se dio el encargo a este santo religioso para que, acompañado de los conselleres de la ciudad (1), participasen al descuidado padre la dolorosa noticia.
Recibióla el rey con la más cristiana resignación, aunque estuvo a pique de sucumbir al dolor y desconsuelo que le causó, no solo por la inesperada y temprana muerte de un hijo único y de tales prendas, si que también por las fatales consecuencias que preveía en daño de sus amados pueblos.

(1) El cuerpo municipal de Barcelona, por privilegio del rey don Jaime 1:° concedido a esta ciudad a 3 de las nonas de noviembre del ano 1274 (Registro núm. 10, fol. 191.) se
componía de cinco conselleres y cien jurados, cuyo cargo era anual y no requería más circunstancias que la probidad del elegido, probus homo. Por esta razón se titulaba Consejo
de Ciento
, y su primitiva atribución fue la de congregarse dos veces cada semana para aconsejar al veguer y al baile lo más conveniente a la utilidad pública y fidelidad al rey. La elección para estos encargos la hacían en un principio los vocales cesantes; pero, posteriormente fue preciso valerse de la insaculación, para evitar las intrigas. Su autoridad y atribuciones fueron tan grandes y democráticas, que pueden compararse con las de un senado republicano, cuyo dux o presidente era el primer consejero o Conseller en cap: Senatus Populusque Barchinonensis se lee aun en la lápida del dintel de la puerta del gran salón de las Casas Consistoriales en que este consejo celebraba sus sesiones. El señor don Felipe 5° extinguió este cuerpo municipal después de la guerra de sucesión, sustituyéndole el Ayuntamiento .

Desde este momento empezaron, en efecto, a notarse gestiones ambiciosas y prematuras en algunos personajes elevados, deudos de la real casa de Aragón. Don Jaime, conde de Urgel, el desdichado, biznieto por línea masculina de don Alfonso 3.° de Aragón, que acababa de casar con la infanta doña Isabel, hija de don Pedro 3.° y hermana del mismo don Martín, no dudaba por ambos respetos que le asistía el derecho de preferencia en la sucesión a la corona de Aragón: el anciano don Alfonso, duque de Gandía y conde de Ribagorza y Denia, descendiente por la misma línea masculina de la casa de Aragón, e hijo de don Pedro, conde de Ampurias y Ribagorza, que lo fue de don Jaime 2.° y hermano de don Alfonso 3.°, no era de los que se creían con menos derecho: con el mismo se consideraba don Fernando de Antequera, hijo segundo de la reina de Castilla doña Leonor, que lo fue de don Pedro 3.° de Aragón y hermana de don Martín: don Luis, duque de Calabria, hijo de doña Violante, que lo era de don Juan 1.° de Aragón, casada con el duque de Anjou, que se titulaba rey de Nápoles, fundaba el suyo en la proximidad del parentesco en que se hallaba con los últimos monarcas de Aragón, si bien que de línea femenina: finalmente, el hijo natural de don Martín de Sicilia, don Federico, que su difunto padre había tan eficazmente recomendado en el sobredicho testamento, y a quien su abuelo amaba con la mayor ternura, no sin deseos de elevarle a la dignidad real, al menos del reino de Sicilia, también se hallaba en el caso
de poder gestionar con bastante fundamento.
Sin embargo, como la edad del desventurado don Martín no estaba tan adelantada ni destituida de la esperanza de poder conservar la estirpe varonil del inmortal conde don Wifredo el Velloso, no faltó prudencia ni buena intención en las cortes de Cataluña, que se hallaban entonces abiertas, para aconsejar e inducir al monarca a que pasase a segundas nupcias con doña Margarita, hija del
conde de Prades y de doña Juana de Cabrera, joven modesta y agraciada, deuda de la misma casa real y educada por la difunta reina doña María de Luna, a quien realmente pasó a sustituir.
Celebráronse las bodas en la real capilla de la quinta de Bellesguart el día 17 de setiembre de 1409, con dispensa y bendición del entonces papa Benedicto 13.°, que depuesto por el concilio de Pisa y abandonado de todos los príncipes cristianos, menos del rey don Martín, su deudo y amigo, se había refugiado al reino de su naturaleza, donde por fin acabó sus días en la obstinación, retirado al castillo de Peníscola, el día 23 de mayo del año 1423 (1). Asistieron a la ceremonia otros varios personajes, incluso el Mtro. Vicente Ferrer, que tanta influencia tuvo en los negocios públicos de aquella turbulenta época.

( l ) Fue este antipapa en Peníscola lo que Napoleón en la isla africana, que jamás pudo olvidar la púrpura que había vestido en las orillas del Sena, según refieren las historias de los presentes y pasados tiempos. Cuando después de haber favorecido con todas sus fuerzas la elección de don Fernando, se vio abandonado por este monarca, cuéntase que al despedirse de él le entregó un papel en que le decía: «Ex nihilo feci te, et pro mutua mercede, solum me dereliquisti in deserto. Dies tui erunt pauci, et vita tua abreviabitur, illegilimaque tua progenies, in nefario incestu concepta, non regnavit usque ad quartam generationem. » Cuyas proféticas palabras vio el vulgo cumplidas en
parte con la prematura muerte de dicho soberano, acaecida en Igualada a 2 de abril de 1416.
Así lo refiere Monfart en su Historia inédita de los condes de Urgel, cap. 63. § 32.

Pero a pesar de la condescendencia de don Martín, ni se logró el efecto deseado, ni acallaron las pretensiones de los aspirantes al trono; en tanto, que el rey se vio insultado por alguno de sus deudos en su mismo real palacio, mientras que las cortes, que se hallaban aun reunidas en Barcelona, noticiosas de tales demasías, y viendo por otra parte que no aparecían síntomas de una esperanza que tranquilizase la alarma pública, resolvieron en sesión de 15 de abril de 1410 presentar una súplica al rey, rogándole respetuosamente que sobre el grave negocio de la sucesión se dignase tomar consejo de sus reinos, y dictar una medida preservativa y bastante a acallar la ansiedad general.
Habíase anticipado ya el rey a los deseos de las cortes, escribiendo a todos sus reinos que le enviasen mensajeros, para que con su asistencia y consejo pudiese declarar a quien correspondería la corona, en caso que a Dios pluguiese llamarle a sí, sin haberle concedido hijos varones: y esta fue la respuesta que dio el monarca a la demanda que se le hacía, añadiendo haber obrado así espontáneamente para mayor bien del reino, y no porque reconociese en los demandantes ningún derecho para obligarle a ello.
A pesar de tanta diligencia, no parece que tuviese efecto la junta convocada, ya porque los reinos, faltos aun del necesario acuerdo acerca de la persona que más les convenida designar, demorasen el acudir al llamamiento; ya porque el mismo don Martín no anduviese tampoco muy solícito en dar su fallo, en duda como estaba, y luchando entre la conciencia del derecho, y el extremado cariño que profesaba a don Fadrique: mas no dejó de ventilarse privadamente el negocio en los consejos del monarca, abogando por quien bien le placía cada uno de los cortesanos.
Esta irresolución del rey, unida a lo dudoso del negocio, fomentaba las esperanzas de todos los aspirantes, dándoles aliento para continuar sus intrigas en palacio y sembrar la discordia en el país, con la mira de acrecentar el número de sus partidarios. A poco de haber don Martín contraído su segundo matrimonio, presentáronsele ya los embajadores de don Luis y doña Violante de Nápoles, que entre las felicitaciones que le dirigieron por su enlace, soltaron una demanda de herencia a favor del hijo de aquellos príncipes, y pidieron además, que como inmediato sucesor fuese educado en la corte de Aragón; pero el rey no quiso dar oídos a semejante súplica, juzgándola, como debía, muy prematura, ya que solo por complacer a sus reinos y cumplirles el deseo de que les dejase un heredero directo acababa de pasar a segundas nupcias. No había sido tampoco de los menos diligentes el conde de Urgel don Jaime de Aragón: fuerte, más que por su derecho, por los numerosos partidarios que le daban sus multiplicadas relaciones de parentesco y amistad con las principales familias de Cataluña, el favor de que gozaba con los Lunas de Aragón, y la adhesión que le profesaban todos los valencianos; no tuvo reparo en ostentar muy altamente sus pretensiones, y en subir luego, como quien dice, el primer escalón del trono, pidiendo le fuese conferida la lugartenencia general del reino, cargo que solamente se daba al inmediato heredero.
Don Martín, con quien gozaba el conde de muy poco valimiento, ya porque le diese sombra su
desmesurado poder, ya porque se recelase de la influencia y altivo carácter de su madre, accedió sin embargo a lo que le pedía, y le envió a Zaragoza, sin duda más que por complacerle y aumentarle autoridad, con la mira de alejarle de sí, y comprometerle entre los bandos de Lunas y Urreas (1) que agitaban aun a la sazón aquel reino. Así sucedió en efecto; y aunque fue allá el conde, nunca pudo
llegar a ejercer su oficio, y privado del apoyo y autorización del rey, hubo de abandonar aquella capital al cabo de poco tiempo, retirándose al pueblo de Almunia.

Seguía entretanto don Martín en sus deseos de que le sucediese don Fadrique; pedíanselo además los sicilianos, se lo pedían también algunos aragoneses, y para este objeto habíase ya tratado secretamente de la legitimación de aquel príncipe con el papa Benedicto. El conde de Urgel, a quien su madre, que no se apartaba del monarca, y la misma reina, que también le favorecía, noticiaban todo lo que ocurría en palacio, empezaba ya a perder sus esperanzas; y acabaron estas de desvanecérsele, cuando el rey señaló el día 1.° de junio para celebrar solemnemente la legitimación de su nieto. Trasladóse para esto don Martín de su quinta de Bellesguart al monasterio de Valldoncella; pero cuando iba a ver satisfechos sus más constantes anhelos, sorprendióle a 29 de mayo una cruel enfermedad que en pocos días le llevó al sepulcro, muriendo en la celda de la abadesa de aquel monasterio a los 31 días de mayo del año 1410, sin haber designado el sucesor, ni haber tenido siquiera resolución bastante para contestar categóricamente a las preguntas que sobre esto le hicieron, así la condesa de Urgel y otros magnates que le rodeaban,
como las repetidas embajadas que las cortes le enviaron para explorar su voluntad.

(1) … pero había otro linaje, que era el de los Urreas, que no estaba bien con las cosas del conde, y se había ya declarado por Ludovico, hijo de la reina de Nápoles; y el que más se mostraba por él era el arzobispo de Zaragoza don García Fernández de Heredia, que había sido obispo de Vique en Cataluña, y era fama que recibía algunas rentas del rey Carlos de Francia. Monfart, fol. 383.

Monarca bondadoso, deseó como el que más el bienestar de sus pueblos, y sacrificó sus inclinaciones por lograrlo; pero dudando del derecho que asistía a cada uno de los aspirantes al trono, aborreciendo quizás más de lo que debía al desdichado conde de Urgel (2), y encariñado con su nieto don Fadrique, no se atrevió a decidir por sí negocio de tanta importancia, y legó al país
una manzana de discordia, que hubiera podido acarrear fatales consecuencias, sin el celo de algunos buenos patricios, y la sensatez y cordura de todos los súbditos. Favorecíale hasta aquí la suerte al de Urgel; pues murió el rey en sazón que todos sus competidores contaban aun con escasas fuerzas, o se hallaban lejanos del territorio donde debía decidirse la competencia: así es que, contando además con la común opinión de todo el principado, que le era favorable, no se contentaba ya con usar de su oficio de lugarteniente, sino que aspiraba a tomar insignias de rey; y las hubiera usurpado, a no haber visto que el país acogía malamente sus exageradas pretensiones.

(2) Mereció justamente este conde el sobrenombre de desdichado, que le dan todos los historiadores. Después de haber visto contra toda esperanza desatendidas por los compromisarios
de Caspe
sus pretensiones al trono, fue el único de los competidores que se rebeló e hizo armas contra el rey don Fernando; pero sitiado en Balaguer, hubo de rendirse; entregóse prisionero, vió confiscados todos sus estados, y separado de su familia, fue llevado al castillo de Ureña y de allí al de Játiva, donde acabó desastradamente sus días, después de haber expiado su rebelión con diez y nueve años de cárcel. Hállanse curiosas noticias acerca de este último conde de Urgel, en la historia manuscrita de Diego Monfart, y en el proceso que contra él y su familia mandó formar el rey don Fernando.
Las cortes entretanto, que con la prematura muerte de don Martín habían quedado abiertas; nombraron, antes de separarse,
doce personas que representasen y gobernasen el principado; y encargaron al gobernador de Cataluña, asociado de los cinco conselleres de Barcelona; el despacho de cuantas providencias fuesen necesarias para la tranquilidad del país.
Fue una de las primeras el intimar al conde de Urgel que licenciase su gente de guerra y se abstuviese de usar de su lugartenencia; pues no debían permitirse semejante autoridad ni tales aprestos, si habían de ser iguales todos los pretendientes y debía al cabo prevalecer la justicia. Tampoco el principado quería decidir por sí solo este negocio, pues recordaba cuan quejosos quedaron aragoneses y valencianos, cuando Cataluña, sin consultar su voluntad, aclamó por reina a doña María, primera consorte del mismo don Martín, entonces duque de Montblanc; pero no tuvo reparo en tomar la iniciativa, instando al gobernador para que convocase un parlamento (1), que se pusiese de acuerdo con los demás reinos para la celebración de otro general, en que se descerniese la corona a quien tuviese mejor derecho. Accedió el gobernador, y espidió la convocatoria.

Tales fueron los hechos que prepararon la reunión de aquel gran jurado nacional, que adjudicó a un infante de Castilla la herencia de los Wifredos y Berengueres. Así se desprende de documentos que a continuación van insertos, y de otros muchos análogos que se hallan custodiados en este archivo.

(1) Para que las asambleas de la nación mereciesen el nombre de cortes, era esencial que fuesen convocadas y presididas por el monarca. Cuando les faltaba esta circunstancia, como sucedía en los interregnos, entonces se les daba el nombre de parlamento.


ÍNDICE
de los documentos de la introducción al Parlamento de Cataluña, por su orden cronológico (cronolójico en el original) y correspondencia de su numeración romana.

AÑO DE 1403.
Núm.I, 15 de enero.
Convenio entre el rey don Martín de Aragón y el Común de la república de Génova, confirmando las paces ajustadas a 21 de noviembre de 1386, y estableciendo ciertas reglas para indemnizar los perjuicios que aragoneses y genoveses se habían causado mutuamente desde la celebración de aquel tratado.

AÑO DE 1405.
II. 4 de mayo.
Capítulos de paz y alianza ajustados por los reyes don Martín de Aragón y don Martín de Sicilia, padre e hijo, con el rey moro de Granada don Mafomat, hijo del rey Abolageig, en que estipularon el mutuo comercio, la ayuda que debían darse, la devolución de cautivos y otras cosas que resultan de este tratado.

AÑO DE 1407.
III. 7 de junio.
Carta del rey don Martín a la reina doña Violante, su cuñada, en la cual le dice, que habiéndole participado su consejero mosen Galcerán de Sentmenat la prisión de Artal de Alagón, rebelde y traidor a él y al rey de Sicilia, su primogénito; y que el rey de Jerusalén y de Nápoles, hijo de la misma dona Violante, le hizo prender en París en el hostal de les tres puncelles, y llevarlo después al castillo de Ganges, según se contaba en la corte del padre santo; le escribía a dicho rey de Nápoles, rogándole que lo tuviese bien guardado, hasta tanto que él le avisase de su intención.


IV. 8 de junio.
El rey don Martín escribe al conde de Urgel, diciéndole que su hermana la infanta doña Isabel no había podido partir de Barcelona hasta el sábado último, por haber de menester algunas cosas necesarias a su partida; y que no habiéndose podido por lo mismo verificar la solemnización del matrimonio de dicha infanta con don Jaime, hijo de dicho conde; le suplicaba que lo prorogase
hasta por todo el mes de junio, dentro de cuyo término, con la gracia de Dios, se podría solemnizar.

V. 9 de junio.
Carta del rey don Martín de Aragón a Dalmacio Bier, procurador real en los condados de Rosellon y Cerdaña, diciéndole, que habiéndole participado su hermana la reina doña Violante, que el rey Luis de Francia había preso en París a Artal de Alagón; partiese inmediatamente a verse con dicho rey Luis, y le suplicase de su parte que le entregase el preso, mandándole conducir a uno de los puertos de mar de Provenza, a donde don Martín enviaría una galera para recogerle y castigarle por sus traiciones, rebeldías y confederaciones con el común enemigo Lanzalao; y que para más obligar a dicho rey Luis, le participase que su hijo el rey de Sicilia, don Martín, había dado consejos y ayuda de naves y gente al capitán de las suyas que se hallaban en Palermo, y salvaguardia a la princesa de Taramo contra del referido Lanzalao.

VI.17 de agosto.
Instrucciones dadas por el rey don Martín al baile general de Aragón y a Berenguer de Bardaxí, sus consejeros, de lo que debían decir de su parte en el concilio provincial que iba a celebrarse en Zaragoza sobre la unidad de la Iglesia.

VII. 4 de octubre.
Carta del papa Benedicto 13° (Pedro de Luna) al rey don Martín, refiriéndole la desunión que había entre él y Angelo Corario, el cual aspiraba al pontificado y se hacía nombrar Gregorio.

VIII. 2 de diciembre.
Testamento de don Martín, rey de Aragón, nombrando heredero suyo a don Martín,rey de Sicilia, su primogénito.

IX. 30 de diciembre.
Carta del rey al camarero de la reina, pidiéndole la cama de terciopelo, y la tunicella con que se había consagrado reina su mujer, para en el caso de que le subsiguiese la muerte. A continuación va el documento que manifiesta el fallecimiento de dicha reina doña María de Aragón.

AÑO DE 1408.

X. 27 de junio.
Carta del rey don Martín a los diputados de Aragón, pidiéndoles consejo sobre si daría o no acogida en sus reinos al Padre santo, que trataba de venirse a ellos por causa de la desunión que se había suscitado entre él y el rey de Francia, a quien había escomulgado porque le había negado la obediencia.

XI. 18 de agosto.
Contesta el rey don Martín al conde de Urgel, manifestándole el gran placer que había tenido en saber que su mujer hubiese dado a luz una infanta; y que hallándose indispuesto para ir personalmente a sacarla de pila, había trasmitido sus veces al efecto al abad de Santas Cruces. / 
nostra molt cara sor linfanta vostra muller /


XII. 20 de setiembre.
Contesta el rey don Martín a la carta que el conde de Denia le había escrito, implorando su amparo y protección para con el duque de Gandía, su padre, quien le había desheredado por via de testamento, nombrando heredero suyo al rey de Sicilia.

XIII. 20 de setiembre.
El rey don Martín, accediendo a la súplica del conde de Denia, escribe al duque de Gandía para que no le desherede, antes bien le bendiga y perdone; previniéndole al mismo tiempo que el rey de Sicilia no admitirá la herencia.

XIV. 19 de octubre.
Carta o mandato del rey don Martín de Aragón a don Lope de Gurrea, quejándose de que sus bandos con don Antonio de Luna habían influido en las elecciones de los jurados de Ejea contra toda costumbre, y que si se entrometía otra vez en estos asuntos, sería castigado en su persona y bienes.

XV. 23 de octubre.
El emperador de Constantinopla, contestando a las cartas que por parte del rey don Martín le había presentado Pedro de Quintana, su mensajero, le renueva sus afectuosas relaciones y amistad, y le envía por medio de su embajador Manuel Crusolora, o Chrysolora, algunas reliquias que le había pedido, correspondientes a la pasión de Jesucristo, como son: algunas partículas de la columna en la que fue ligado; de la piedra sobre que san Pedro se había recostado llorando amargamente su trina negación; de la piedra en que había sido puesto el Redentor para ser ungido después del descendimiento de la cruz; y de las parrillas en que había sido asado san Lorenzo. A continuación de dicho carta se halla el salvoconducto de la Diputación de Cataluña a favor de dicho Manuel Crusolora, para que pudiera volverse a Constantinopla.

AÑO DE 1409.

XVI. 27 de enero. (probablemente de 1409)
Carta de varios cardenales al rey don Martín, desde Pisa, suplicándole que envíe sus nuncios o embajadores e interponga todo su valimiento, a fin de que el papa Benedicto Luna acuda al concilio que iba a celebrarse en aquella ciudad.

XVII (Sin fecha: pero se halla entre los documentos de 1409).
Instrucciones que el rey don Martín de Aragón dio a su camarero Francisco Martorell, sobre lo que debía decir al papa (Luna) en orden a las declaraciones del concilio de Pisa, que S. M. reprobaba altamente.

XVIII. 29 de abril.
Convenio celebrado entre don Martín de Aragón y su sobrino don Juan 2.° de Castilla, sobre comercio y apertura de puertos marítimos y terrestres, cerrados en el reinado de don Enrique 3.°; libre tráfico de mercaderías entre ambas potencias, y arreglo del derecho de quema por los daños causados en las pasadas guerras, etc. / aparece lengua aragones / damnificados /

XIX. 7 de mayo.
Capítulos matrimoniales entre don Federico, hijo natural del rey de Sicilia, de una parte; y doña Violante, hija del ínclito don Jaime de Prades, de la otra.

XX. 18 de mayo.
Carta del rey don Martín de Aragón al maestro Vicente Ferrer (San Vicente), credencial de su consejero el religioso Francisco Perera, penitenciario del papa, que le enviaba para cierto asunto de interés.


XXI. 1.° de junio.
Carta del rey don Martín de Aragón a su primogénito el rey de Sicilia, dándole parte de su buena salud, y manifestándole la satisfacción que le habían causado las noticias que le daba de la suya y de su reino, y sobre las ordenanzas que había dictado a la escuadra de Sicilia: le avisa de los socorros que le enviaba con mosen Pedro Torrelles, y le da algunos buenos consejos.

XXII. 25 de junio.
Carta del rey don Martín de Aragón al emperador Miguel Paleologo, moderador de Romea, recomendándole eficazmente al noble Alioto de Caupena, señor de la Legena de la Payada.

XXIII. 6 de julio.
Los diputados del general de Cataluña felicitan al rey de Sicilia, por haberle declarado sucesor a la corona de Aragón el rey don Martín, su padre.

XXIV. 22 de julio.
Carta del rey don Martín a mosen Pedro Torrelles, su embajador en Sicilia, significándole el gran placer que había experimentado al recibir las nuevas que le comunicaba de la victoria obtenida en Sant-Luri por su primogénito. Le da noticia de hallarse en Barcelona el maestro Vicente Ferrer «que dice misa alta y predica maravillosamente todos los días,» y le dice que el papa estaríatambién aquí el día 1.° del próximo agosto.

XXV. 25 de julio.
Testamento del señor don Martín, rey de Sicilia, nombrando heredero a su señor padre don Martín, rey de Aragón, dejando el condado de Luna a su hijo natural don Federico, habido cuando soltero de cierta mujer llamada Tarsia, también soltera; y encargando a dicho señor su padre que se digne casar con magnificencia a su hija natural Violante, que había tenido también de otra mujer soltera, por nombre Agatucia.

XXVI. agosto.
Instrucciones sobre lo que mosen Jaime Roura ha de hacer y decir, por mandato del rey de Aragón, a la señora reina de Sicilia y otras personas de aquel reino en su embajada. Jacme Roure.

XXVII. 3 de agosto.
Carta del rey de Aragón don Martín al rey de Sicilia, su primogénito, haciéndole saber que en el concilio de Pisa había sido elegido papa el cardenal de Milán, natural de Candía, que es llamado Alejandro 5.°; y que de esta elección disentían su primo-hermano el rey de Castilla, y otros reyes y condes



Alejandro 5.°


XXVIII. 5 de agosto.
Don Martín, rey de Aragón y de Sicilia, después de la muerte de su primogénito, nombra gobernador de la isla de Cerdeña a mosen Guillermo Ramon de Moncada. (Muncada)

XXIX, 6 y 8 de agosto.
Cartas del rey de Aragón y de Sicilia a la reina de Sicilia, su nuera, consolándola por la muerte de su esposo, y confiriéndole la administración y gobierno de aquel reino.

XXX. 7 de agosto.
Proposición hecha a la corte de Cataluña por mosen Sperans-in-deo Cardona, vicecanciller del rey don Martín, sobre el modo de proveer a los gastos que habían de ocurrir para la conservación de Cerdeña y Sicilia, después del fallecimiento del soberano de este reino.

XXXI. 13 de agosto.
Carta del rey don Martín a mosen P., mandándole que él, en unión con los barones, nobles, caballeros y gentiles hombres que están en Cerdeña, ponga todo su conato en recobrar y reducir totalmente dicho reino a su obediencia, siguiendo lo que él y otros habían hecho ya para gloria y exaltación de su real corona, antes del fallecimiento del rey de Sicilia, su primogénito.

XXXII. 18 de agosto.
Carta del rey a mosen Pedro Torrelles, capitán general de la armada, en que le decía, que accediendo a las súplicas del conde de Urgel y diputados de Cataluña, y tomado consejo del Padre santo en presencia del maestro Vicente Ferrer, del prior de Vall-de-Jesuchrist y mosen Francisco de Aranda, había determinado casarse cuanto antes; que luego pasaría a Cerdeña, y para el efecto le mandaba que le enviase bien aparejada la galera dels Cans, para pasar en ella personalmente a dicho reino.

XXIII. 22 de agosto.
Nombramiento de tutor y curador del egregio niño don Federico, hijo natural del rey de Sicilia, ya difunto, hecho por el rey don Martín de Aragón a favor de Pedro de Torrelles, con amplios poderes para dirigir, gobernar y administrar los bienes de dicho pupilo, ya legitimado por dicho rey don Martín.

XXXIV. 26 de agosto.
Carta del cardenal de España al rey don Martín, participándole, que el dux y común de Venecia, después de grandes consejos tenidos con los mayores letrados, y oídas y consideradas todas las razones de los embajadores del concilio general, y las de los embajadores deAngelo Corario y otros, determinaron que la obediencia que daban a dicho Corario fuese retirada, y dada al papa Alejandro 5.°

XXXV. 16 de setiembre.
Carta del rey don Martín a los mallorquines, notificándoles que habiendo quedado sin hijo heredero por la muerte del rey de Sicilia, su primogénito, había deliberado con consejo del Padre santo y a ruego de las cortes generales de Cataluña, elegir por mujer y reina a la egregia doña Margarita de Prades, y celebrar al siguiente día su matrimonio.

XXXVI. 24 de setiembre.
Contestación del rey don Martín al cardenal de España, diciéndole que siempre tendría por verdadero papa y vicario de Cristo a Benedicto 13.°, y no consentiría que en sus dominios fuese maltratado por nadie.

XXXVII. 18 de octubre.
Carta del rey don Martín al procurador de Catania, dándole orden para que de los fondos secretos provenientes de su oficio, pague a Antonia, nodriza del ínclito Federico de Aragón, nueve onzas de oro anuales, que el rey de Sicilia difunto le había concedido como a tal nodriza.

XXXVIII. 21 de octubre.
Carta del rey don Martín al rey don Carlos el noble de Navarra, en la que, después de manifestarle el sentimiento que tenía por la muerte de su primogénito el rey de Sicilia, le hace saber que había conferido la lugartenencia de aquel reino a la reina viuda, en los mismos términos con que la tenía en vida de su marido.

XXXIX. 7 de noviembre.
Carta del cardenal de España al rey don Martín, diciendo que aquel a quien él llamaba papa, y el otro (Angelo Corario) que se titulaba Gregorio, habían sido por todo el concilio general y universal Iglesia declarados, pronunciados y condenados por públicos y notorios herejes y cismáticos, y depuestos del papazgo y de la Iglesia; y que concordemente y sin contradicción alguna había sido elegido papa y verdadero vicario de Cristo Pedro de Candía, de la orden de san Francisco, cardenal de Milán y natural de Grecia.

XL. 22 de noviembre.
Carta del rey don Martín al rey de Navarra, su hermano, en la que, después de participarle que él y su amada mujer disfrutan de salud, le ruega que dé crédito a cuanto de su parte le dirá su consejero mosen Dalmacio de Dernius.

XLI. 22 de noviembre.
Otra carta del mismo rey, dirigida al duque de Borgoña, diciéndole lo mismo.

XLII. 22 de noviembre.
Otra al duque de Berry de igual contenido.

XLIII... Instrucciones dadas al embajador Dalmacio de Dernius, enviado a Francia.

XLIV. 30 de noviembre.
Carta de don Pedro Torrelles, proponiendo para obispo de Sales a don Ramon de Moncada, (Muntcada) porque el obispo que había estaba preso en su poder, pues era cismático y afecto al antipapa, y andaba predicando entre los sardos malas doctrinas.

XLV. 16 de diciembre.
Comunicaciones que mediaron entre las cortes de Cataluña y el vicecanciller del rey, a fin de que dicho señor saliese de Barcelona junto con la señora reina su esposa, y eligiese S. M. el punto que fuese más conveniente en el Principado para trasladar a él la corte, y evitar el peligro que amenazaba las vidas de tan sagradas personas, con motivo de la grande epidemia que se había desarrollado en Barcelona.

AÑO DE 1410.

XLVI. 9 de enero.
Habiendo escrito el rey don Martín al conde de Cardona para que fuese a juntarse con él, le contesta el conde desde Lérida, (Leyda) diciendo que no puede cumplirlo por el accidente ocurrido a su hermano el obispo. Mas creyendo que le llamaba para tratar de los asuntos de Cerdeña, le dice que para dar fin a la conquista de aquella isla y reducirla a la obediencia, como conviene al honor de la casa de Aragón, era necesario hacer gastos de consideración y socorrer a los que en ella estaban prestando servicios.

XLVII. 15 de febrero.
Carta del rey de Navarra don Carlos al rey de Aragón, suhermano, diciéndole que pensaba partir para su reino el día 17 de febrero; que entendía pasar por Bourges y ver a su amada tía la duquesa de Berry, y de allí continuar su camino, pasando por los reinos y señoríos suyos; a cuyo fin le rogaba que para guiarle y darle entrada en las villas y lugares de su reino, le enviase a Perpiñan uno de sus caballeros que le saliese al encuentro.

XLVIII. 19 de febrero.
Carta del rey don Martín al príncipe Roberto, rey de romanos, anunciándole la misión de su consejero y embajador Tomas de Collibre, enviado para tratar con él de negocios de la Iglesia. (Colliure, Coquolibero)

XLIX. 12 de abril.
Carta del rey don Martín a su nuera la reina de Sicilia, diciéndole que había deliberado pasar a aquel reino para ponerlo en buen orden; y que ya lo hubiera ejecutado, sino hubiese estado esperando a los mensajeros de todos sus reinos y tierras, para que fuesen presentes a la declaración que quería hacer sobre la sucesión de sus estados, en caso de que Dios fuese servido que muriese sin hijos varones: y que luego de hecha hecha aquella declaración, partiría inmediatamente para aquel reino; rogándole que en el entretanto tuviese gran diligencia y cuidado de regirlo y gobernarlo bien, para cuyo fin le enviaría luego algunos sicilianos y catalanes de probidad, para aumentar el número de los de su consejo.

L. 15 de abril.
Las cortes de Cataluña piden al rey don Martín, que en atención a haber fallecido su hijo el rey de Sicilia, escriba a todos sus reinos y tierras para que destinen y envíen incontinenti notables y solemnes embajadores, que determinen el orden de sucesión a la corona, en el caso que Dios permitiera que muriese sin hijo varón. A cuya petición se contesta por parte del rey, que dicho
señor había ya para entonces escrito de motu propio a la mayor parte de sus reinos y tierras que le enviasen sus embajadores, no porque creyese estar obligado a ello ni necesitar su consentimiento, sino porque quería llevar el negocio a buen término, como lo había comenzado. (fill mascle)

LI. 20 de abril.
Revocación de una real provisión, en la cual se hace mérito de que san Vicente Ferrer fue a Vich, y predicaba sus sermones en la plaza.

LII. 29 de abril.
Exhorto del rey al baile general de Valencia y a Domingo Masconi, enviándoles por duplicado el requerimiento (requirimiento) que había hecho a las cortes de aquel reino, con motivo de no haber querido juntarse ni enviar mensajeros para tratar de la sucesión a la corona.

LIII. 50 de abril.
Carta del rey don Martín de Aragón a los obispos de Valencia y Segorbe y a todo el brazo eclesiástico de aquel reino, quejándose de que después de tanto tiempo como se lo había pedido y mandado, no le hubiesen enviado aun personas instruidas para aconsejarle sobre la persona que debía nombrar sucesor suyo en la corona de Aragón, en el desgraciado caso de morir él sin hijos; y
haciéndoles responsables de los males que este retardo pudiese ocasionar a sus vasallos.

LIV. 4 de mayo.
Don Jaime de Aragón, conde de Urgel, contesta al rey don Martín su tío, diciéndole que los zaragozanos estaban contentos de que él usase de la lugartenencia general del reino, conforme se lo habían acreditado con actos públicos certificados por escribano de su consejo; y le instaban que les jurase los fueros, privilegios y libertades del reino, y que les hiciese justicia: a cuya instancia había accedido, habiendo quedado todos acordes, a excepción del arzobispo y don Pedro de Urrea con sus partidarios, que eran los que se oponían.

LV. 10 de mayo.
Carta del conde de Urgel al rey don Martín su tío, diciéndole que el arzobispo de Zaragoza con don Pedro de Urrea se habían fortificado en la seo, en su casa y en otras diez o doce casas vecinas, donde se habían establecido los hombres más malvados de la ciudad, rebelándose contra las reales disposiciones.

LVI. 11 de mayo.
Carta del conde de Urgel, en la que se queja al rey su tío de que su secretario le mudase el nombre en una credencial que había recibido el día antes por su tesorero Narciso Sabastida, para que guardase de desórdenes la ciudad de Zaragoza; y le dice que él ha sufrido por guardar la lugartenencia lo que no hubiera sufrido para sí mismo, y que en adelante no recibiría otra carta alguna, que no le fuese dirigida bajo el nombre de Jaime de Aragón, que era el suyo verdadero.

LVII. 12 de mayo.
Carta del rey don Martín al arzobispo de Zaragoza, en que le dice, que habiendo ocurrido muchos escándalos en el reino de Aragón, y especialmente en dicha, ciudad de Zaragoza, por la oposición que se hacía a que el conde de Urgel ejerciese su oficio de lugarteniente general de aquel reino; escribía al justicia, mandándole que echase (gitar, foragitar) fuera de la ciudad a dichas gentes armadas, y le ruega a él que trabaje también por su parte para que así se cumpla.

LVIII. 14 de mayo.
El conde de Urgel da parte al rey don Martín su tío de los grandes escándalos ocurridos en Zaragoza el día 14 de mayo, habiendo tocado las campanas a rebato y trabádose batalla en la calle Mayor (carrera major, en la que hubo muchos heridos y muertos) entre los partidarios del conde al ir a la plaza del Pilar a jurar los fueros, y los del arzobispo y del justicia que se oponían a dicha jura.

LIX. 18 de mayo.
Carta del rey don Martín a su sobrino el conde de Urgel, mandándole que sobresea totalmente en usar del oficio de lugarteniente suyo general de Aragón, hasta tanto que por el justicia sea pronunciado que deba ser admitido; y en caso que éste dijese que no deba serlo, que cese del todo en dicho oficio: apercibiéndole que, para el caso de resistencia, le revocaba y anulaba la comisión que le había conferido y todas las demás provisiones que le hubiese otorgado.

LX. 29 de mayo.
Carta del rey don Martín a mosen Antonio Torrelles, en al que le acusa el recibo de la que le había escrito participándole la buena salud de su nieto don Federico, conde de Luna, y el buen estado de aquel país, que se hallaba libre de epidemias; y le ruega afectuosamente que dé siempre a dicho su nieto todos los gustos y placeres que pueda.

LXI. 30 y 31 de mayo.
Acta pública por la cual consta, que hallándose el rey don Martín, el 30 de mayo a las once de la noche, enfermo en la cámara de la abadesa del monasterio de Valldoncella, pero en su sano juicio y con habla, le preguntó el conseller de Barcelona Ferrer de Gualbes, si le placía que la sucesión de sus reinos y tierras recayese después de su muerte en aquel a quien de justicia correspondiese; y el rey contestó: Hoc. Cuya pregunta le fue repetida el día siguiente, pocas horas antes de fallecer, sin que pudiese lograrse de él ninguna otra respuesta más explícita (esplícita).
Hoc: Oc : en occitano, Langue d´Oc : Languedoc : Occitan (5 dialectos principales: provenzal, lemosín, gascón, auvernhat, vivaroaupenc, y otros subdialectos como el aranés, sin olvidar que el catalán siempre fue un dialecto de esta lengua).

LXII. 4 de setiembre.
Carta de los diputados del general de Cataluña residentes en Barcelona al gobernador del Cataluña, que se hallaba en Monblanch, diciéndole que les duele el haber tenido que retardar su ida al parlamento; pero que habiendo consistido dicha tardanza en el mal tiempo, partirían luego que éste lo permitiese.

LXIII.
Varias noticias sacadas de la historia inédita de los condes de Urgel, por Diego Monfar. (Monfart)


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parlamento en Barcelona