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lunes, 10 de junio de 2019

Tomo I, texto XXXII, carta, Pere Torrelles, capita general de les armades


XXXII.

Reg. 2.252, fol. 110. 18 de agosto de 1409.

Lo rey Darago et de Sicilia. - Capita. Si nous havem scrit tro açi clarament nostra intencio dalcunes coses que dejus se contenen nous en merevellets quar la raho es per tal com dalcuns fets en que erem en perplexitat quen deviem fer voliem haver consell del sanct pare e que hi fossen presents maestre Viçent Ferrer lo prior de la Vall de Jhesuchrist e mossen Francesch Daranda. E de fet apres que per nos li es estat demanat lo dit consell huy hora de vespres lo comte Durgell e tots los de les corts que celebram als cathalans foren devant nos supplicants quens plagues hoir alcunes paraules quens volien explicar devant lo dit sanct pare: e nos volents condescendre a lur supplicacio fom devant ell ensemps ab los propdits de les corts los quals nos supplicaren humilment ab moltes persuasions e belles rahons que faeren a fundar lur supplicacio que volguessem pendre muller e que aço per cosa del mon no volguessem dilatar si desijavem la salut e bon estament de nostres regnes e terres. E feta la dita supplicacio tantost lo dit sanct pare pregans ens consella publicament presents los dits supplicants e presents encara los dits maestre Viçent lo prior e mossen Francesch Daranda que volguessem condescendre a la dita supplicacio la qual a son parer era no solament justa e rahonabla mas encara expedient e fort necessaria e que no volguessem la execucio daquella differir. Ladoncs per nos fo respost al dit sanct pare e als dessus dits que pus ells ho consellaven e los propdits nos en supplicaven que a nos plahia pendre muller e que ho fariem tantost: e de fet ab la ajuda de nostre Senyor Deus ho entenem a fer fort prestament. E en aquell mateix instant diguem al dit sanct pare e als de les dites corts que nos proferiem e de fet ho compliriem de anar personalment en Sardenya prestament e que puys complida la execucio dels sards iriem al regne de Sicilia per visitar e consolar aquell: e que si la reyna que pendriem per muller era prenys abans que nos hic partissem lexariemla açi e que si prenys no era lans en menariem. Noresmenys lus proferim de posar soltament lo fet de la justicia en mans de certes persones quey sien deputades per les corts et de certes persones que nos hi deputariem les quals sens consultarne a nos la posen en bon e degut estament: e que si cas sera que en res hi discrepen o nos puxen concordar que hi proceesquen ab e de consell del dit sanct pare: e de totes aquestes coses axi lo dit sanct pare com los de les dites corts hagueren fort gran plaer ens ho regraciaren molt. Perque com nos entenam portar a execucio infalliblement totes les coses dessus dites manamvos que com pus prestament porets nos trametats amarinada e ben aparellada la galea dels Cans car nos la farem armar açi e ja hi havem posada taula per armar e en aquella Deu volent passarem personalment en aqueix regne. Lo dit sanct pare ha manat devant nos a mossen Johan de Luna que sen torn aqui encontinent ab los CC rocins ab quey era passat lo qual tantost se deu recullir e tornar aqui. Semblantment haurets dins breus dies mossen G. R. de Muncada ab los L bacinets e L pillarts que la ciutat de Valencia hi tramet quar ja creem que sia partit a la hora dara. Perqueus pregam e manam que consolets e confortets tota la gent darmes que es aqui ab vos per nostre servey els digats quar axi ho farem de fet que per una daquestes dues galeas que son açi vos trametrem moneda ab quels sostengats tro que nos siam aqui on serem Deu volent dins breus dies e rahonaremvos largament moltes coses. En una letra que mossen R. Torrelles frare vostre vos tramet porets veure et per aquella saber moltes altres noves que a present nous curam scriure. Dada en la casa de Bellesguard sots nostre segell secret a XVIII dies dagost del any MCCCC nou. - REX MARTINUS. - Dominus rex mandavit michi - Bernardo Medici. - Dirigitur a mossen P. Torrelles capita general de lesarmades etc.


Bellesguart, Bellesguard, Barchinona, Barcelona, rey Martín de Aragón
Bellesguart, Bellesguard


“Bellesguart, situado más allá de la iglesia de la Buenanueva, como adivinará enseguida el menos versado de estos asuntos, equivale a Bellavista. El sitio es, realmente, tan delicioso y pintoresco, que nada tiene de extraño que los antiguos condes de Barcelona lo escogieran como lugar de recreo, fortificándolo y rodeándolo de todas las comodidades apetecibles.


Las primeras noticias que del castillo de Bellesguart se encuentran en la historia remóntanse al siglo XII. Dos siglos más tarde, mejorada la posesión y convertida la fortaleza en verdadera mansión senyorial, aprovechando el ofrecimiento del rey don Martín albergóse en Bellesguart el llamado papa Benedicto XIII, quien huyendo de la peste reinante en Perpiñan, vióse obligado á pedir un asilo á nuestro monarca. 

Hoy, del histórico castillo de Bellesguart apenas queda el nombre, escrito en un montón de ruinas, que dentro de breves años habrán sin duda desaparecido del todo”. 

Dins la “Descripció de les excel·lències de la molt insigne ciutat de Barcelona” d'en Dionís Jeroni Jorba, al 1589, trobem una altra resenya: 

“A prop del Monestir de Pedralbes, hi ha moltes torres de senyors particulars i un Castell anomenat de Bellesguard, antigament dels Reis d'Aragó, el qual estava tancat de les seves muralles i torres. Un gran pati, una font i cisterna, una horta molt bonica, i una llotja amb columnes i insígnies de reis d'Aragó. Una capella, dues galeres amb vint finestres; on es pot veure Barcelona, i el mar, i una sala d'armes, la presó, capella, rellotge, i és lloc molt sa.

L’any 1408, Martí I l’Humà, el darrer rei del casal de Barcelona, va adequar aquestes terres per a construir-hi el seu palau d’estiu. Davant de les magnífiques vistes de Barcelona que tenia des d’allà, va decidir batejar el lloc amb el nom de Bellesguard. Allà el rei Martí I hi va fer repòs i també hi va dirigir els seus estats. Del 1408 al 1410, la torre va ser testimoni dels darrers anys de la dinastia reial del casal de Barcelona i allà s'hi van viure una munió de fets decisius per al futur de Catalunya. Podem trobar diferents esments a les antigues cròniques.

/ En el pdf que transcribo yo NO hay tildes, y hay bastantes diferencias con el texto de abajo, el que tengo yo es la edición de Próspero de Bofarull y Mascaró ,
Lo rey:

Capitá. Laltra dia reebem una letre vostra ab la qual nos significavets com apres que fos arribat ab Lestol en Castell de Caller nostre molt car Primogenit lo Rey de Sicilia vos aculli molt be, è com habent gran plaer de voftra vinguda vos feu Marescal de que habem aut fort singular plaer é loy grahim molts; placia á nostre Senyor Deus que li dó longa vida e salut ab aquella prosperitat quel nostre cor é lo seu desijen. 

Sapiats que Digmenge à XIIII. del present mes estants en la  Casa de Bellesguard é desijants molt saber novelles de nostre molt car Primogenit lo Rey de Sicilia è de la sua host veem de la finestra de la nostra Cambra venir una Galea de las parts de Lebant que arriba en la Playa de Barcelona; é à cap de un poch fo ab nos en Guillem Pujada, quins dix que la dita Galea venia de Sardenya, è que portaba bona nova, pero que ell encara no la sabia; E apres fort poch estants Nos en la dita finestra veem venir Mossen Jacme Roure é an Joan Bartholomeu ab III harauts fort corrents, é abans que fosem dos trets de Ballesta prop de la dita Casa de Bellesguard comenzarem tots cridar á alteus veus, é venguerem cridant Victoria, Victoria, Aragò et S.Jordi: E pujants alt en la dita Casa faerennos reverencia, ens donarem las Letres que portaban del dit nostrre molt car Primogenit, é de vos, è dels altres ens recitaren largamemt lo fet de la Batalla é de La Victoria que sen era seguida é de la presos de S. Luri es quals havia quinse jorns, que eren estades fetes è encara res non sabiem de que aguem inextimable plaer, è fingular consolacio é per sobres de goig prenguemnos à plorar. 

E encontinent votam de anar á la Seu de Barcelona é de enclourens aqui per tenirhi Novena è complir atres vots que ja habiem fets, esperants la bona novella desusdita. Mas per tal com era gra Digmenge, e axi com sabets no acostumam de cavalcar aquell Jorn la donchs nons moguem. Mas lo dilluns seguent á IIII apres mija nit cavalcam, é anamnofsen dret cami á la dita seu en nos oncloguem, que non som exits despuijs. E aqui som rebuts ab gran processo é devotes oracions é pujamnosen tantost al Altar major é puys devallam à Santa Eulalia continuants Tostemps les dites procesò é la Salve Regina, é oracions molt devotes ques dien Cascum Jorn en la dita seu é en los Monasteris, è Esgleyes de Barcelona per retre laors é gracies á Nostre Senyor Deus de la gracia quens à feta, Per tal quen haiats plaer vos significam que som en bon punt é ben sans en tota nostra persona per gracia Divinal. Manants, é pregantsvos quens scrivats soven de la salut é bon estament del dit Rey nostre molt car Primogenit é del fet de la Guerra è del estament daquteix Regne, é de totes noves que sabrets quia singular consolacio ne haurem. E sapiats que son estats fort maravellats de la Batalla quia be sab nostre molt car Primogenit que no era axi empres. E digasli que Nos lo pregám ab fort gran affeccio que nos torn soven á fer semblants coses, quia la sua Persona presa molt é no la deu axi arriscar, com ha fet, ne exposar à fortuna zoque pod segurament é sens perill aconseguir axi com sara sens tota falla per divinal gracia quia Nos è ell havem bon dret al qual nostre Señyor Deus no sab ne hacostumat fallir ne noure.
Apres que haguem reebudes les dites letres e bones novelles vench à Nos Manuel de Cassi ab letres sobrel socorrs, quel dit Rey nostre molt car Primogenit demana. E per tal com per raho de la dita Novena que tenim en la seu no podiem anar á les Corts encontinent tremesem als de les dites Corts que venguessen azi á Nos, é faeronho. E posamlus devant, com pus graciosament poguem, lo dit fet, è ells preserenho fort be. E esperam fermament é sens tot dubte quel fet haura bon cumpliment è spatxat recapte. 
Maestre Vicent Ferrer es azi en há ja estat ben per VI setmanes, é diu Missa alta, é preyca fort merevellosament cascun Jorn en que ha continuament de VII millia en VIII millia persones. E ha preycat è fet Loffici azi en la seu devant Nots, é cantat esemps ab tota la gent quey era la Salve Regina á altes veus. E ha seguida la processo per la Ciutat la qual es estada fort devoata solepne é molt bella, en que havia de XXV millia Persones en sus qui la siguiem. E no sab hom que jamay en Barcelona se faes processo que per tanta gent fos seguida, ne tant devotament acompañyada. A present noy ha altres noves fino que el Papa Sera aci en Barcelona lo primer dia Dagost primer vinent. E entenem lo acullir com pus honorificament porém. E metremlo en lo Palau mayor. E Nos, mudaremnos en lo menor. E la primera vegada queus scrivam faremvos saber largament laculliment, e la festa , els entremesos , é altres honors, que fetes li haurem per tal quen haiats plaer. Nos, escrivim al dit Rey nofre molt car Primogenit pregantlo que no partesca de Caller en aquests dos mesos qui venen de calor. E si nostra molt cara filla la Reyna de Sicilia era aqui ab ell, Nos ne hauriem fort gran plaer. E que la poria fer anor aqui ab dues ó tres dones tant solament, é a que totes les altres ensemps ab tota la Roba, fino ab aquella que necesariament hauria menester, romanguessen en Sicilia ab la mes Gent que pogues de sa Casa en manera quels Sicilians estinguessen ab bona esperansa de ella retornar en breu, quia pus lo consell del dit Rey resisdent en Sicilia romangues en bon orde, no li calria tembre que res si mogues, quia tot stara  a pla, maiorment per la prosperitat è asenyalada favor que Nostre Señyor Deus li dona, per quens manam quel Instets de notra part que ho fasa quia son ben avenir seria.

Dada en Barcelona sots nostre Segell secret á XXII. dies de Juliol del añy MCCCC nou.

REX MARTINUS - Creem qae beus recorde que quant partits de Nos vos donam Carrech pregassets de nostra part al dit Rey nostre molt car Primogenit, que confirmás al Monastiu de la Vall de Jesu-Christ la donacio que li faem dels Lochs Daltura è de les Alcubles. Per queus pregam, manam que tengats aprop lo dit Rey,è porets vosen informar ab en Pere Companyò qui sen porta tarnslat aqui de la Donacio dessusdita.Dominus Rex mandavit mihi - Bernardo Medici - Dirigitur à Mossen Pere Torrells.

miércoles, 12 de junio de 2019

Tomo I, texto LIII, Domingo Masco, Simon Miro

LIII. 

Reg. 2.236, fol. 171. 30 de abril de 1410.

Pro brachio Ecclesie regni Valentie. - En Marti per la gracia de Deu rey Darago de Sicilia etc.
Als venerables honrats e amats pares en Christ los bisbes de Valencia e de Sogorb abats prelats e altres qualsevol persones ecclesiastiques del regne de Valencia salut e dileccio. Com nos ab diverses letres nostres hajam moltes vegades escrit als governador e deputats del dit regne que com nos volguessem per bon estament e tranquillitat de nostres regnes e terres veure regonexer e ben examinar tots los testaments e codicils de nostres illustres predecessors de gloriosa recordacio per tal que en cas ço que Deus no vulla que a nos convengues passar desta vida sens fills sabessem certament e poguessem ordonar e a tots nostres sotsmesos fos clar e notori a qui pertanyeria la successio dels dits nostres regnes e terres apellassen e convocassen vosaltres e los altres braçes o estaments del dit regne de Valencia et que ensemps ab ells elegissen e trametessen a nos can pus prestament porien certes persones de tots staments en semblants coses aptes experts e sufficients entre los quals ni hagues de juristas ben approvats e famoses que fossen presens als dits regoneximent e examinacio ens poguessen be consellar en lo procehiment del dit fet e bona conclusio daquell e vejam ara clarament que ells ne vosaltres ne los altres braçes o estaments del dit regne nous curats aplegar ne trametre a nos les dites persones o missatgeria a aço necessaria de que harem fort rahonablement sobiran desplaer: pregamvos exhortam e requerim que sens alcun prejudici e derogacio de vostres furs privilegis e libertats als quals no entenem ne volem esser en alguna cosa per aquesta raho prejudicat ans volem queus romanguen salves e illeses e en sa virtut e vigor ensemps ab los altres braçes o estaments daqueix regne o sens ells si millor vos sera vist esser fahedor vos ajustets e elegiscats vostres missatgers quens trametats al pus prestament que porets com tota cuyta e celeritat sia triga los quals sien presents als dits proceyment regonexement e examinacio ens puxen consellar en lo benavenir del dit fet postposats qualsevol altres affers com aquest sia segons deu pus arduu e pus necessari e mes tocant lo ben e pacifich estament del regne que qualsevulla altre que puxa esser e sia preservatiu de molts mals escandels e inconvenients que ço que Deus no vulla se porien seguir si no hi era justament e saludable provehit abans quel cas se seguis: en altra manera certifficamvos que en absencia incuria negligencia e contumacia vostra nos ensemps ab los altres braçes e estaments daqueix regne e dels altres regnes e terras nostres qui ab nos seran presents procehirem en regonexer examinar e concloure lo dit fet vostra absencia e contumacia no contrestants. E volem e ab la present vos intimam que tots los damnatges e inconvenients que en temps esdevenidor a nostres regnes terres e vassalls sen poguessen seguir ço que Deus no vulla seran imputats daqui avant a vosaltres e a vostres bens e no a nos: e per tal que aparega en temps esdevenidor manam la present esser a vosaltres presentada de nostra part per los amats consellers mossen Simon Miro batle general de regne de Valencia e per mossen Domingo Masco majordom nostre o per cascun dells e quen façen levar carta publica per tal quen sia memoria en esdevenidor. Dada en la torra de Bellesguart a XXX dies dabril en lany de la nativitat de nostre Senyor MCCCCX. - REX MARTINUS. - Dominus rex mandavit michi Bernardo Medici et viderunt eam vicethesaurarius et Franciscus Daranda quibus fuit comissa. - Predicta litera fuit facta similis sub eisdem data signo atque mandato et missa predictis ecclesiasticis personis.

lunes, 10 de junio de 2019

Tomo I, texto XXXIII, Petrus de Turrillis, Jacobo Cavasthany


XXXIII.

Reg. 2325, fol. 83. 22 de agosto de 1409.
Nos Martinus rex Aragonum etc. Considerantes egregii et spectabilis pueri Frederici filii sive nati clarissimi principis Martini regis Sicilie et Athenarum Neopatrie quippe ducis primogeniti nostri memorie gloriose tenellam infantiam protectivi tutoris idonei indigere auxilio qui personam et bona ejusdem plenarie regeret atque dirigeret ipsiusque curam assumeret diligenter ac sciret plenarie et optaret ejusdem indempnitatibus precavere: nuperius prout fertur vos dilectum consiliarium et camerlengum nostrum Petrum de Turrillis militem de vestri fide preclara ac legalitate notoria ac providentia industriaque non modicum circunspectis in istis et aliis quibuscumque ad plenum confisi cum nostri in manu seu etiam potestate omnia quidem jura preambuli Frederici in pupillari nunc tenera existentis etate et aliorum omnium pupillorum consisterent et existant et ipsos in omnibus confovere favorabiliter deberemus et etiam teneamur totaliter in tutorem gubernatorem et administratorem Frederico jamdicto ac ejus persone et bonis tam habitis quam habendis ex nostre regie plenitudine potestatis dedimus constituimus et assignamus ex certa scientia et consulte. Sed quia carta tutele hujusmodi reperiri non potest nos in favorem Frederici jamdicti pupilli ad superabundantem cautelam de novo contextu presentis de nostri certa scientia supradicta atque consulte ac ex dicte plenitudine regie potestatis vos dictum Petrum de Turrillis Frederico eidem pupillo per nos jam legitimato ac persone et bonis suis predictis in tutorem gubernatorem et administratorem generalem nunc constituimus et etiam assignamus: laudantes approbantes ratificantes ac nostri confirmationis et auctoritatis atque decreti presidio roborantes omnia et singula hactenus in virtute dicte primeve tutele a vobis conventa et pacta promissa jurata et administrata et vel facta quovis modo seu peracta. Necnon comittimus atque descernimus vobis dicto Petro de Turrillis licet absenti tamquam presenti ex certa scientia et consulte tutelam gubernationem et administrationem Frederici pretacti persone et bonorum suorum auctoritate et potestate nostra regali: dantes concedentes et etiam decernentes vobis Petro de Turrillis jam dicto plenariam potestatem regendi gerendi procurandi administrandi et gubernandi personam et bona necnon et quecumque negotia dicti pupilli: eumque custodiendi et nutriendi ac bonis moribus informandi prout sui generis claritas promeretur: necnon agendi respondendi deffendendi lites exercendi tam per vos quam per alios quos actores procuratores et adininistratores constitueritis ad premissa quorum constitutioni et ordinationi per vos faciendis semel et vel pluries quandocumque ex nunc ut ex tunc regalem auctoritatem nostram interponimus pariter et decretum. Ac demum vobis concedimus super cunctis et singulis antedictis ac circa predictum tutela officium exequendum et peragendum liberam et generalem administrationem cum plenissima facultate: nos enim descernimus ratum stabile atque firmum quicquid per vos dictum Petrum de Turrillis in ipsius tutele officio tam in judicio quam extra judicium actum gestum procuratum et administratum rite et legittime fuerit tamquam tutorem a rege vel principe ex certa scientia constitutum supplentes ex nostra regali preeminentia ac etiam potestate plenaria omnem deffectum si quis sit vel emerserit exinde et omne impedimentum objectionem et obstaculum que possint premissis objici vel opponi aut que illis valeant derogare: imo cuncta et singula supradicta vobis dicto tutori concessa ex nostre plenitudine potestatis jure optimo atque pleno semper valere nos volumus non obstantibus quibuscumque legibus juribus constitutionibus foris franquesiis usanciis aut aliis his novercantibus cum nos super ipsis et singulis eorundem ex plenitudine nostre regie potestatis predicte et de certa scientia ac consulte omnimode dispensemus. Volumus attamen quod vos Petrus de Turrillis pretactus priusquam tutela hujusmodi quoquomodo utamini in partibus ultramarinis quibuslibet in posse gubernatoris capitis Callari et antequam in partibus cismarinis in manu nostri vicecancellarii aut cancellariam nostram regentis quibus tenore presentis super istis comittimus vices nostras idonee assecurare ad cognitionem illorum astrictus totaliter existatis quod in dicto tutele officio solicite diligenter atque fideliter vos ipsum habebitis personamque dicti pupilli vestri pro posse custodietis et etiam nutrietis et bonis moribus informare curabitis ac de bonis ejusdem pupilli infra tempus a jure statutum inventarium facietis ac ea fideliter procurabitis facietis insuper que ipsi pupillo utilia fuerint et inutilia evitabitis juxta posse: res quoque et bona sua salva existere promittetis et de administratione vestra reddetis tempore debito rationem et restituetis ac refundetis reliqua omnia sine lite ac juramentum prestabitis omnia singulaque predicta et alia etiam dicte tutele officio incumbentia exercere fideliter et facere diligenter. Idcirco mandamus serie cum presenti universis et singulis officialibus et subditis nostris presentibus et futuris et locatenentibus eorundem de nostri certa scientia et expresse sub ire et indignationis nostre incursu ac privatione officiorum suorum et pene duorum milium florenorum de bonis cujuslibet eorundem oppositum acceptantis irremissibiliter habendorum et nostro applicandorum erario quatenus postquam vos Petrus de Turrillis predictus caveritis juraveritis et assecuraveritis antedicta pro tutore dicti pupilli omnimode habeant teneantque in cunctis. In cujus rei testimonium presentem fieri jussimus nostro pendenti sigillo munitam. Data in domo de Bellesguart territorii Barchinone XXII die augusti anno a nativitate Domini millesimo CCCC° nono. Regnique nostri XIIII° . - REX MARTINUS. - Dominus rex mandavit michi - Jacobo Cavasthany. - Vidit eam vicecancellarius qui dixit posse expediri. - Gabriel Mascarini.

viernes, 14 de junio de 2019

Tomo I, LXIII, Monfar, Historia de los condes de Urgel


Monfar, Historia de los condes de Urgel (inédita). Cap. 63, S.1, fol. 380.

LXIII.

El rey no era tan ignorante que no conociera su impotencia; y estaba tan pesado, que del todo era inútil para el matrimonio, y probaba ver como tomarian que sucediese don Fadrique su nieto, hijo natural del rey de Sicilia, habido en una doncella llamada Tharsia, que tenia mas de siete años, y le estimaba como si le fuera hijo; y solia decir el rey, que era mas apto su nieto para la sucesion y gobierno de la corona, que no los hijos que esperaban que él tendria, que ni aun eran nacidos ni conocidos, ni habia esperanza cierta que hubieran de nacer.

Fol. 381.
Estuvo el rey algun tanto dudoso cual de estas dos tomaria, y á la postre escogió á doña Margarita. No dejó á doña Cecilia porque le faltara nada de lo bueno que tenia la otra; sino que estrañó la fuerte y recia condicion de la condesa doña Margarita su madre, suegra que habia de ser suya, y no queria que con este casamiento se acrecentara autoridad y poder al conde de Urgel, su hermano, de quien temia que ya en vida suya no se quisiera levantar con el reino, que tenia ya por tan suyo, como el mismo rey que le poseia.

S.2, fol. 381.

No habia aun un mes que el rey era casado, cuando llegaron los embajadores del rey Luis de Nápoles con una embajada que en algunas cosas era harto excusada é impertinente: el principal de los embajadores era el obispo de Cosserans, varon de gran doctrina y elegantísimo, y habia pocos en aquellos tiempos que le igualaran. Propuso al rey su embajada, y la oyó este con gran atencion: fue largo el razonamiento, y se tocaron en él materias de poco gusto para el rey, y las oia con gran atencion: tenia los ojos cerrados y la cabeza baja como si durmiese; pensóselo el obispo, y paró algunas veces el razonamiento: conoció el rey el porque se detenia y le dijo, que continuara su
discurso, que aunque estuviese de aquella manera, pero bastaba que las orejas estuviesen abiertas y el corazon despierto y atento a lo que decia; y lo conoceria muy bien cuando despues de acabado el razonamiento le daria la respuesta. Acabó el obispo su embajada, y luego el rey resumió todo lo que le habia dicho, que consistió en cinco puntos; y respondiendo a cada uno de ellos, le dijo: cuanto al primero …..... A los otros dos puntos en que pedia que en caso que la sucesion del reino no perteneciese a doña Violante, mujer del rey Ludovico y hija del rey don Juan, hermano del rey, sino á Ludovico, su hijo, tuviese a bien que viniera en estos reinos y se criara en ellos aprendiendo sus costumbres y gobierno, conociendo los naturales dél; le mostró el rey sentirse algun tanto de semejante demanda: parecióle no era á propósito tratar de tales materias en ocasion que aun no habia un mes que estaba casado, y le dio muy secamente por respuesta las palabras del
Evangelio: Quod justum fuerit dabo vobis. Y declarándole …...

Fol. 382.
Con esta respuesta se despidió el embajador; y como habian entendido que el rey gustaba que el negocio se platicase, hubo sobre esto muchas juntas, y el rey holgaba de oir el derecho de cada uno de los competidores ó pretensores. Por la reina de Nápoles y Ludovico su hijo informaba Guillem de Moncada y el obispo de Cosserans; por el conde de Urgel, Bernardo de Centelles; por el duque de Gandía, Bernardo de Vilaritg; pero el rey, despues de haberlos oido a todos, tuvo siempre por mas clara la justicia del infante don Fernando ...

Fol.384.
Cuando esto pasaba en Aregon, se trataba con gran secreto la legitimacion de don Fadrique, nieto del rey, y habia de hacerla el papa Benedicto XIII, que estaba ya en Barcelona; y el rey bajó al monasterio de Valldoncella. por estar mas cercano de la ciudad. Los de Sicilia habian enviado sus embajadores para pedirlo al rey; y los aragoneses habian hecho venir al gobernador para que lo facilitase, y que se dispensase en la ley que hace incapaces de la corona á los bastardos: y aunque esto pasaba en secreto; no lo era tanto que el conde no tuviera noticia dello; porque su mujer y madre estaban siempre en palacio y eran muy queridas de la reina, que deseaba (pues ella no tenia hijos) que la sucesion fuese del conde, y por eso le daba aviso de todo ….
Estaba señalado el primer de junio para hacerse la legitimacion, y habia de ser con muy grande solemnidad, y el rey bajó por esto de Bellesguart al monasterio ...

… Atribuyeron esta su dolencia (la del rey) á pestilencia ... pero la mas comun opinion fue que murió de las comidas y unciones que le daban las mujeres sin consejo de los médicos, para ...
… y certifícase esto, porque despues de muerto hallaron en su aposento una arquilla llena de semejantes ungüentos y conficciones.

Fol. 385.
Al dia siguiente (31 de mayo) pareció á los médicos que sacasen al rey de la cama, y le sentasen en una silla cubierto de una vestidura muy lijera, aunque desabrochado, porque hacia gran calor y él se ahogaba del todo y le tenian ya por muerto. Estando así, los embajadores de Sicilia le pidieron con lágrimas que les diera por rey a don Fadrique su nieto; y él estaba tan indeterminable, que ni aun en esto sabia tomar resolucion, y la respuesta que les dio fué encomendarles que mirasen por él: ¡ como si hubiera de ser mayor el cuidado dellos, que el suyo, que era rey y agüelo y le tenia por nieto !

lunes, 10 de junio de 2019

Tomo I, texto XXXVII, Martinus Dei gratia rex Aragonum, procuratori civitatis Cathanie


XXXVII.

Reg. 2325, fol. 22. 18 de octubre de 1409.

Martinus Dei gratia rex Aragonum etc. Secreto et magno procuratori civitatis Cathanie presenti et futuris fidelibus nostris gratiam nostram et bonam voluntatem. Cum preclarissimus rex Sicilie primogenitus noster celebris memorie Anthone mulieri de Stephano nutrici seu balie incliti Frederici de Aragonia nostri nepotis consideratione servicii lactis scilicet uberini seu mamillaris a primis cunis et usquequo dictus noster nepos lactentis exiluit etate per eam sibi eddite pro sustentatione ejus vite uncias auri sex super secretia dicte civitatis singulis annis concesserit et alias uncias tres ratione diurni victus prout nobis clare patuit: quocirca annuentes votis nostri primogeniti predicti et moti avito zelo ex ipso nature instinctu dictas uncias sex provisionis vel sustentationis nomine et easdem uncias tres diurni vel cotidiani victus eidem Anthonie sibi simul ad ejus vite decursum dari singulis descernentes et providentes vobis mandamus expresse quatenus vos presens secretus pro anno presenti vosque futuri singulis annis in vita dicte Anthonie vel persone legitime pro ea presentes vobis litteras assignanti de et super pecuniis dicte secretie ad vestras manus et posse quomodolibet proventis et proventuris ratione vestri ofíicii dictas uncias novem modo quo premittitur agregatas dare et assignare infallibiliter debeatis recepturi inde vice qualibet de assignatione ipsa apocam de soluto in quarum prima tenor presentium totaliter inseratur in aliis vero de ipsis tantum specialis mencio fiat: cum nos per presentes mandemus magistris rationalibus vel aliis vestrum compotum audituris quatenus dictas solutiones per vos dicte Anthonie vel legitime persone pro ea factas in tempore vestri ratiocinii computent et acceptent presentes autem literas postquam in forma publica redigi feceritis ad cautelam quam tam ad vos quam singulos succesores vestros eandem vim et robur habere volumus presentanti restituatis successoribus vestris quotiens opus fuerit ostendendas. Data in domo nostra de Bellesguart sub altero parvorum sigillorum nostrorum deffectu magni sigilli quo in negotiis Sicilie uti intendimus nondum facti anno Domini millesimo quadringentesimo nono die duodecimo octobris tertie indictionis. - REX MARTINUS. - Dominus rex mandavit michi - Stephano Blundo pro protonotario.

lunes, 3 de junio de 2019

COLECCIÓN DE DOCUMENTOS INÉDITOS DEL ARCHIVO GENERAL DE LA CORONA DE ARAGÓN. Tomo I

COLECCIÓN DE DOCUMENTOS INÉDITOS DEL ARCHIVO GENERAL DE LA CORONA DE ARAGÓN.
Publicada de Real órden
POR EL ARCHIVERO MAYOR
D. Próspero de Bofarull y Mascaró.

TOMO I.


(Ortografía actualizada en algunos casos, como dia: día, á: a)

PRELIMINAR.

Pocos monarcas de Europa pueden gloriarse de poseer y conservar un depósito tan rico y copioso de actas del alto gobierno y de correspondencias diplomáticas y familiares de sus augustos predecesores, como los de España que ciñen la corona de los antiguos estados de Aragón.
El archivo general de este reino, establecido en la ciudad de Barcelona, custodia en efecto, no solo las matrices o registros de cancillería y del real sello secreto de aquellas interesantes escrituras, si que también muchas y diferentes colecciones de pergaminos originales sueltos, de bulas pontificias, de procesos de las antiguas cortes por estamentos, de cartas reales, de códices y códigos curiosos, de causas de Estado y de gravámenes, de sentencias de la antigua real Audiencia del principado de
Cataluña, etc., con otra multitud de volúmenes de registros, pergaminos y papeles no menos interesantes, que han pertenecido a diferentes autoridades y corporaciones estinguidas, y particularmente al voluminoso archivo de la antigua Diputación de los tres Brazos de Cataluña, que suprimió el Sr. D. Felipe V en 1714, agriado por la guerra de sucesión.
Estas escrituras, ordenadas cronológicamente y colocadas con el mejor método y aseo, empiezan en el gobierno del primer conde soberano de Barcelona D. Wifredo el Velloso, a mediados del siglo 9.°, y acaban en los reinados de la dinastía de Borbon en España, después de la muerte sin sucesión de Carlos 2.° de la de Austria; formando juntos la serie de diez siglos y treinta y nueve soberanos, divididos en sus cuatro épocas principales, que son:
1a, la de los primitivos condes de Barcelona.
2a, la de los antiguos reyes de Aragón.
3a, la de los de la casa de Austria;
y 4a, la de la casa de Borbon, que felizmente reina en la augusta persona de Doña Isabel 1a de Aragón y 2.a de Castilla (q. D. g.).
Desde el año 1346, en el floreciente reinado de Pedro 3.° de Cataluña y 4.° de Aragón, llamado el Ceremonioso y vulgarmente el del punyalet, hasta nuestros días, todos los soberanos sin interrupción han dictado varias providencias más o menos atinadas para el aumento, conservación y arreglo de este precioso archivo; especialmente el Sr. D. Fernando 7.° (q. D. b.), a quien debe su casi completa restauración y un doble volumen de papeles del que tenía a su regreso de Francia en el mes de marzo de 1814.
Mas ninguno de aquellos monarcas, en tan larga serie de años, estimó conveniente mandar, que se publicase una colección de documentos escogidos de él, para ilustrar la historia del propio y ajeno reino en toda la estension de sus diferentes ramos; por manera que puede decirse con sobrada razón, que esta abundantísima mina de oro apenas se ha comenzado a esplotar.
Sin embargo es preciso reconocer, que ninguno de nuestros soberanos, a pesar del espíritu de reserva y ocultación del Sancta Sanctorum de los archivos en los pasados siglos, ha tenido en
absoluta inacción este tesoro; pues son muchos y muy antiguos y recientes los reales permisos concedidos a diferentes escritores nacionales y estranjeros, para investigar, copiar y publicar las escrituras de este sagrado depósito de fé pública; con cuya sabia medida se ha suplido y suple en parte la falta de una colección diplomática general, tan deseada, como necesaria a la pública ilustración.
Así es, que sin estos permisos ni la Crónica universal de España de Pedro Miguel Carbonell, ni los Anales de la Corona de Aragón de Gerónimo Zurita, ni la Historia inédita de los condes de Urgel de Diego Monfart (que original se conserva en este archivo), ni la Crónica universal de Cataluña de Gerónimo Pujades, ni la Historia de los condes de Barcelona de Fr. Francisco Diago, ni los Anales de Cataluña de Narciso Feliu, ni la continuación de la España sagrada de Fr. José de la Canal, ni el Viaje literario a las Iglesias de España de Fr. Jaime Villanueva, ni las memorias de Capmany, ni la Historia de España del Sr. Cortada, ni finalmente otras muchas obras que han publicado diferentes escritores para ilustración de la historia de estos reinos, tendrían el mérito que han podido proporcionarles estos Reales permisos:
Pero todas estas publicaciones juntas, aunque de grande estima, no son más en realidad que una pequeña parte de la copiosa colección que ofrecen los inmensos materiales que encierra este archivo; pues algunos de los indicados escritores se han limitado a referir solo los hechos, sin citar siquiera las escrituras de las que los estrajeron; al paso que las vaciadas en los apéndices de los demás son en tan corto número, que comparativamente no merecen el nombre de colecciones generales.
Las inéditas que compilaron los eruditos canónigos premostratenses de Sta. María de Bellpuig, Caresmar, Pascual y Martí, y otros sabios investigadores; no menos que la publicada por el Ilmo. arzobispo de París en el apéndice de su Marca hispánica, contienen solo un muy corto número de documentos de este archivo: únicamente a la principiada por el P. Mariano Ribera, religioso mercenario y especulador del establecimiento durante la sangrienta guerra de sucesión, que existe en el mismo, puede dispensársele con algún fundamento este título general; porque abraza los dos primeros siglos después de la restauración de Barcelona por Ludovico Pio, el año 801 de la
Encarnación. En la obra de los Condes de Barcelona vindicados se citan o copian también todos los documentos de este archivo que más pueden esclarecer la oscura y escasa época de aquellos soberanos.
Pero nada de esto es comparable con lo mucho que todavía puede publicarse de este archivo, especialmente de la florida edad media, en que enlazada la casa de Aragón con la de Barcelona, conquistadas Valencia y las Baleares, estendida la dominación de estos soberanos a Italia y a varios otros puntos de Asia y África, aumentadas rápidamente la civilización, las relaciones diplomáticas y los negocios, cabalmente en la oportunidad de la introducción del uso del papel en la cancillería de este reino, que facilitó la escritura, crecieron asimismo considerablemente las existencias y la importancia de este establecimiento.
Con tantos y tan ricos materiales como se ha indicado, carece, sin embargo, el público de una colección diplomática que dé a conocer y justifique cuáles fueron en sus tiempos nuestros usos y costumbres, nuestras leyes y cortes, nuestras espediciones marítimas y terrestres, gloriosas o desgraciadas, nuestras relaciones así interiores como esteriores, el temple de nuestras antiguas instituciones políticas, la circunspección, firmeza, sabiduría, prudencia y tino con que se condujeron nuestros mayores en las crisis y situaciones más espinosas y delicadas, y en fin todo cuanto pueda contribuir a esclarecer nuestros hechos cual pasaron, y no como los pintan y desfiguran algunos
escritores modernos que nunca han visitado nuestros archivos, olvidando a cada paso que la verdad y la imparcialidad son los dos ejes sobre que debe girar la historia de las naciones.
Para desvanecer sus inexactitudes y ausiliar a los escritores sesudos y de buena fé, así nacionales como estranjeros, facilitándoles armas para impugnarlos; y a fin de proporcionarles al mismo tiempo un caudal de verdades para esplayar sus talentos sobre los diferentes puntos o ramos de la historia, sin que tengan que emprender largos, costosos y aventurados viajes; la Reina Ntra. Sra., que tanto se desvela en difundir las luces en sus dominios, considerando que la publicación de los más interesantes documentos que conserva este rico depósito del archivo de la Corona de Aragón ha de ser un presente de gran valía para la historia nacional, y también para la literatura y las ciencias, se ha servido disponer en reales órdenes de 28 de marzo y 7 de junio de 1846, y 28 de abril del presente año, que sin pérdida de tiempo se forme y publique a expensas y bajo la inspección de su ilustrado gobierno una continuada colección de estos documentos, dirigida por el actual jefe del
mismo establecimiento.
Deseando asimismo S. M. que esta colección se ponga cuanto antes en estado de producir alguno de los muchos y buenos resultados que con tanto fundamento se promete, y considerando también que las antiguas cortes son indudablemente las fuentes de las que ha emanado la buena legislación que elevó este antiguo reino al más floreciente y respetable estado, y las supremas asambleas, en las que se trataban y resolvían por los monarcas los negocios más graves del Estado; ha resuelto igualmente, que la publicación empieze por los procesos de aquellas respetables cortes, dando la preferencia a las actas del parlamento que los catalanes celebraron en las ciudades de Barcelona y Tortosa, para que, después de conciliados los aragoneses y valencianos, que en aquella sazón hervían en bandos y parcialidades, pudiesen los tres reinos de consuno resolver con prudencia y justicia sobre el gran negocio de la sucesión a la corona, que se hallaba vacante por muerte sin
hijos del desventurado D. Martín, ocurrida en el monasterio de Valldoncella, estramuros de Barcelona, el día 31 de mayo de 1410: hecho singular en la historia de las naciones, digno de ser imitado por todas las que se precian de cultas y humanas, y que, al fin, produjo el célebre compromiso de Caspe y la elección del infante de Castilla D. Fernando de Antequera, con
la que se apagaron nacientes odios, y se evitaron el derramamiento de sangre de millares de inocentes y los horrores de la cruel y fratricida guerra que amenazaba a los pueblos, y que la sabiduría, prudencia y tino de nuestros antepasados supo neutralizar.
Para completa ilustración de tan memorable hecho, le prepararemos con una sucinta introducción, acompañada de varios documentos curiosos, comprobantes de sus antecedentes y del lastimoso estado que presentaba la casa real de Aragón en los últimos años anteriores a la muerte del rey D. Martín, en que la horfandad de los reinos precisó al cuerpo municipal o consejo de Ciento de Barcelona y a los tres brazos de Cataluña, escitados por el gobernador general del Principado D. Gerardo Alamany de Cervelló, a instalar un parlamento que, tomando la iniciativa y poniéndose de acuerdo con los que formasen Aragón y Valencia, pudiesen los tres unánimes resolver en justicia el gran negocio de la sucesión a la corona, según y conforme lo había ordenado el difunto monarca en los últimos momentos de su existencia.
Las dificultades casi insuperables que hubieron de vencerse, tanto para conciliar los partidos y enemistades en que hervía el reino, como para contener los amagos y amenazas de los aspirantes al trono, las pondrá de manifiesto el segundo período de esta colección, presentando un estrado de las actas de dicho parlamento de Cataluña, y copia fiel en su idioma natural de los documentos de conocido interés en los respectivos lugares, hasta la final y unánime determinación de los tres parlamentos de Aragón, Cataluña y Mallorca, y Valencia, que se redujo a nombrar nueve compromisarios, tres por cada reino, y uno por cada brazo, que, reunidos en el castillo de Caspe,
decidieron por fin aquella gran cuestión, nombrando a D. Fernando de Antequera, infante de Castilla, sin más contradicción que la del malhadado D. Jaime, último conde de Urgel.
Las actas de dicho compromiso formarán el último período de esta primera publicación, que continuará después bajo el mismo método por los demás procesos de cortes, hasta entrar en las colecciones de documentos más interesantes de cada reinado y de algunos preciosos códices que conserva este archivo, a tenor de las citadas reales órdenes, que en todos tiempos serán para los literatos un grato recuerdo de la ilustración de S. M.

REALES ÓRDENES.

Ministerio de la Gobernación de la Península. = Sección de instrucción pública. Negaciado 3.° = En la memoria que ha remitido V. S. a este ministerio de mi cargo, dando cuenta de los trabajos ejecutados en ese archivo durante el año próximo pasado, ha llamado la atención de S. M. la colección de actas de cortes y demás documentos que ha reunido V. S., y cuya importancia los hace dignos de ver la luz pública, para esclarecer puntos interesantes de la historia nacional. Siendo notorio el afán que demuestran en el día casi todos los gobiernos europeos por sacar del polvo de los archivos estos preciosos monumentos que tan útiles son a la literatura, S. M. desea que no quede España ajena a este general movimiento, dejándose a los estranjeros, como lo están haciendo, la gloria de aprovecharse de las muchas riquezas que de este género poseemos. Es por lo tanto su voluntad, que sin desatender la necesaria economía se emprenda una serie de publicaciones, en que se vayan dando a conocer cuantos documentos dignos de ver la luz contenga ese depósito, confiando a V. S. tan importante trabajo, como la persona más apropósito para dirigirlo y llevarlo a cabo con buen éxito. En su consecuencia, manifestará V. S. las actas o documentos que para este objeto merezcan la preferencia; el modo más conveniente de hacer la publicación, pudiendo ser por entregas mensuales o quincenales; el costo de la impresión y demás gastos que esta empresa debe ocasionar, añadiendo cuantos datos juzgue oportunos y sea preciso tener a la vista para el mayor acierto. De Real orden lo comunico a V. S. para su inteligencia y efectos consiguientes. Dios guarde a V. S. muchos años. Madrid 28 de marzo de 1846.= Burgos.= Sr. Archivero general de Aragón.

Ministerio de la Gobernación de la Península. = Sección de instrucción pública. Negociado núm. 3.= La Reina (q. D. g. ) considerando que la publicación de las actas de cortes y otros muchos documentos interesantes que se conservan en ese rico depósito de la Corona de Aragón ha de ser un presente de gran precio para la historia nacional y también para la literatura y las ciencias, se ha servido disponer que, sin pérdida de tiempo, se forme y publique una ordenada colección de ellos bajo la inmediata dirección de V. S. y a espensas del Gobierno, con cargo a la partida concedida por las cortes para esta clase de trabajos en el artículo de Archivos generales del presupuesto. De real orden lo digo a V. S. para los efectos correspondientes. Dios guarde a V. S. muchos años. Madrid 7 de julio de 1846.= Pidal.=Sr. Archivero de la Corona de Aragón.

Ministerio de Comercio, Instrucción y Obras Públicas. = Instruccion pública. Negociado 4.° = Deseando la Reina (q. D. g. ) llevar a cumplido efecto lo determinado en sus soberanas resoluciones de 28 de marzo, y 7 de julio del año próximo pasado, relativamente a la impresión y publicación de cuantos documentos dignos de ver la luz pública contenga ese archivo, ha tenido a bien resolver se adopten con este fin las disposiciones siguientes:
1.a La colección de los documentos inéditos del Archivo general de la Corona de Aragón, deberá salir a luz a la mayor posible brevedad, y tau luego como se hallen impresos dos o tres cuadernos, a fin de que no se interrumpa la publicación, que se procurará sea regularmente periódica desde que parezca la primera entrega. Al efecto se principiará por las Actas del compromiso de Caspe, según el original remitido por el archivero para su exámen y revisión.
2.a Por la depositaría de la universidad de Barcelona se facilitarán al archivero general de Aragón las cantidades que necesite para este objeto, siempre que no escedan de cuatro mil reales mensuales; y dándose cuenta por aquel de su inversión, para la aprobación de S. M.
3.a Se dará órden a todos los administradores de correos para que se entiendan con el referido archivero respecto de las suscripciones. El importe de estas ingresará en las depositarías de las universidades del reino, a donde lo entregarán los comisionados o administradores del ramo comprendidos en el respectivo distrito universitario.
4.a Con el objeto de que esta colección tenga la debida publicidad, se remitirán prospectos por el ministerio de Estado a los cónsules y agentes consulares de S. M. en países estranjeros, pudiendo los mismos admitirlas suscripciones que se presenten y librar su importe a favor del tesorero de este ministerio de mi cargo; y dando al propio tiempo el oportuno aviso al archivero encargado de la publicación, para que espida los correspondientes ejemplares a los interesados.
5.a El número de ejemplares de la obra no escederá de mil, de los cuales se remitirán doscientos a este ministerio para distribuirlos según convenga entre las secretarías del Despacho, Potencias estranjeras, Academias Nacionales, Bibliotecas y demás establecimientos públicos. De Real órden lo digo a V. S. para su inteligencia y cumplimiento en la parte que le corresponde, a cuyo fin le devuelvo el manuscrito que comprende las primeras entregas de la obra enunciada. Dios guarde a V. S. muchos años. Madrid 28 de abril de 1847. = Pastor Díaz. = Sr. Archivero general de la Corona de Aragón.


PROCESOS DE LAS ANTIGUAS CORTES
Y PARLAMENTOS
DE
CATALUÑA, ARAGÓN Y VALENCIA,
CUSTODIADOS EN EL ARCHIVO GENERAL
DE LA
CORONA DE ARAGÓN,
y publicados de real órden
por
el Archivero mayor
D. Próspero de Bofarull y Mascaró.

Tomo I.
Barcelona,
en el Establecimiento tipográfico y litográfico de
D. JOSÉ EUSEBIO MONFORT.
1847.

ACTAS DEL PARLAMENTO DE CATALUÑA, QUE PRECEDIÓ AL COMPROMISO DE CASPE Y ELECCIÓN DEL INFANTE DE CASTILLA DON FERNANDO, EL DE ANTEQUERA, DESPUÉS DE LA MUERTE DEL REY DE ARAGÓN DON MARTÍN EL HUMANO (1).



(1) La fundación del acreditado colegio de medicina y cirujía de Barcelona, que tantos profesores eminentes ha dado en alivio del doliente; la espaciosa y bien dispuesta fábrica del hospital general de Santa Cruz de la misma ciudad, en que este rey puso la primera piedra; y sus muchas limosnas y disposiciones benéficas, son otros tantos comprobantes de la justicia con que la posteridad honra su memoria con el renombre de humano. Merece particular mención, por lo que puede contribuir a ilustrar el origen de la sífilis, la Real orden que dio en 20 de noviembre de 1401 (92 años antes de la venida de Cristóbal Colón de América) a las autoridades de Gerona, para que castigasen y espeliesen de aquella ciudad a los rufianes y mujeres prostitutas, que contagiaban y propagaban la putrefacción de su mal, en perjuicio de la salud pública y de las buenas costumbres. Aunque en el día se tenga ya casi por indudable que la existencia de tan terrible enfermedad ha sido muy anterior al descubrimiento del Nuevo Mundo; apuntamos este documento, porque no son pocos los que creen todavía, que la importaron en Europa los compañeros de Colón. Tampoco nos atreveremos a asegurar si es físico o solamente moral el sentido que debe darse a las palabras de la citada Real órden; pero de cualquier modo es un documento que justifica las miras humanitarias del monarca que la espidió. Véanse los registros núm. 2,211, fol. 132; 1,325, fol. 41; 2,197, fols. 149 y 199; 2,198, fol. 93; 2;,203, fols. 17, 20 y 21, y otros.


INTRODUCCIÓN.

Un monarca justo y pío, de las mejores prendas y del más suave carácter, de complexión algo débil; entrado en años; sin esposa, sin hijos, hermanos ni descendiente alguno legítimo que le sucediese; importunado incesantemente con pretensiones prematuras e inconsideradas de ambiciosos y poderosos parientes, rodeado de cortesanos intrigantes movidos por diferentes afecciones: acometido el país de una mortífera peste, y envuelto finalmente el Estado en disensiones intestinas y en un espantoso cisma que dividía la unidad de la Iglesia católico-romana …: tal era el triste cuadro que presentaba la casa real de Aragón en los primeros años del siglo XV, y tal el porvenir funesto que podían prometerse los reinos de aquella antigua y respetable corona, que descansaba en las sienes del desventurado D. Martín.
Este digno sucesor del conde soberano de Barcelona D. Ramón Berenguer 4.° y de su esposa la reina doña Petronila de Aragón, hija de Ramiro el Monje, amado de sus vasallos y lleno de satisfacciones y esperanzas, mantenía en una dichosa y sólida paz sus estados, sin otro grave cuidado que el de procurar con los demás príncipes cristianos de Europa la apetecida unión de la Iglesia católica, conciliando a su deudo Pedro de Luna o Benedicto XIII (1) con los demás pontífices electos en diferentes cónclaves por los cardenales de sus respectivas partidos, que por tantos años turbaron la comunión de la Iglesia romana.

(1) Aunque varios escritores dicen que el antipapa Luna fue pariente de la reina Doña María, y el respetable Zurita afirma que nació en la villa de Illueca de Aragón y que fue hijo de la distinguida familia de los Lunas, que tanto figuraron en aquel reino, especialmente en la época que describimos; sin embargo el pueblo de Figuerola de la Conca de Tremp, en Cataluña, conserva la tradición de haber nacido allí este antipapa de otra familia también distinguida que antiguamente habitaba en aquel pueblo, y de la que todavía queda la casa solar arruinada y muchas noticias de ella en los libros parroquiales.
También se gloria el mismo pueblo de Figuerola de ser patria del célebre almirante de Aragón Roger de Luria o Lauria, como que existe aun la familia de Llenes, establecida en el día en Anglesola, cuyos señores después del apellido de Llenes añaden el de Roger de Luria en sus firmas.
La discreta reina doña María, condesa de Luna, descansaba a su augusto esposo, desempeñando con toda eficacia y acierto la lugartenencia del reino que le tenía confiada; mientras que el esclarecido príncipe heredero, don Martín, rey de Sicilia por sus derechos o por heredamiento de su primera esposa doña María, hija de Federico 2.° de aquel reino, reducía con su pericia militar y política y con los ausilios de su padre a algunos rebeldes de Sicilia y Cerdeña que se habían sustraído a su obediencia.
En esta tranquila situación se hallaban la real casa y estados del bondadoso don Martín, cuando las enemistades, odios y encarnizados bandos de los Urreas y Lunas en Aragón, y de los Soleres y Centelles en Valencia, fueron un triste presagio de mayores discordias, y de los males sin cuento que dentro de poco hubieron de sumergir al rey y al reino en la mayor consternación.
La inesperada y temprana muerte de la reina doña María, ocurrida en Villareal del reino de Valencia en 29 de diciembre de 1407 (1), después de haber otorgado el día anterior su testamento, nombrando heredero al rey de Sicilia y usufructuario al de Aragón, llenó de amargura el corazón de este monarca, que mandó conducir el cadáver de su esposa al magnífico panteón del monasterio de Sta. María de Poblet con todo el ceremonial y pompa regia acostumbrada en aquellos siglos (2).

(1) Si bien algunos escritores refieren la muerte de esta reina al año 1406, y otros la ponen al siguiente, no se sigue de aquí ningún anacronismo, pues todos convienen en opinión; porque los primeros cuentan los años del nacimiento de Cristo en el sentido común o vulgar, es decir, de 1 de enero a 31 de diciembre, inclusive; mientras que los segundos los toman a lo curial de la antigua cancillería, que los empezaba el mismo día de Navidad y los concluía en el de Noche buena o 24 de diciembre siguiente. En este concepto, habiendo muerto la reina doña María de Luna el día 23 de diciembre en el sentido vulgar, debe entenderse el año 1406, que en el curial es el 1407.
Debemos también advertir, en orden a datas, que todas las escrituras de este archivo desde el siglo 9° al 12° están fechadas por calendas romanas y por años de los reinados de Francia, a excepción de alguna que otra que a estos años añade los de la Trabeacion o Encarnación que en el sentido moral es lo mismo. Para sacar la correspondencia, cuando se necesite, podrá acudirse al «arte de verificar las datas» de los PP. Maurinos. La costumbre de datar los escribanos por los reinados de Francia la abolió el rey don Alfonso el Casto de Aragón en el concilio que se celebró en Tarragona en 1.180, mandando que en adelante se datase por calendas y años de la Encarnación; y así se practicó hasta mediados del año 1351, en que el rey don Pedro el Ceremonioso mandó en las cortes de Perpiñan, que en adelante se fechase por días del mes y año del nacimiento de N. S. Jesucristo, cuya práctica desde entonces no ha sufrido alteración. Castilla fechaba antiguamente por
la Era de Augusto y días andados del mes: Italia por calendas e indicciones.

(2) El ceremonial de la coronación de los reyes y reinas de Aragón, y el de las exequias, cuando ponían de cuerpo presente sus cadáveres en el tinell o salón mayor del palacio de Barcelona y el camarlengo mayor y los alguaciles rompían delante del regio cadáver los sellos reales y las varas á presencia del pueblo, con otras curiosidades dignas de todo recuerdo, pueden verse minuciosamente en la colección de registros de este archivo, n° 1,529, y n° 3 de la colección de códices.

Si fue dolorosa para don Martín la pérdida de su excelente esposa la reina doña María de Luna, pudo no obstante mitigar este sentimiento el cariño de un hijo que le quedaba de las más elevadas prendas y adorado de sus pueblos, a quienes prometía un digno sucesor de la gloriosa estirpe varonil del conde don Wifredo el Velloso y conservada sin alteración por espacio de cinco largos
siglos.
Este esperanzado sucesor, jurado en las cortes de San Salvador de Zaragoza el año 1398, había casado de primeras nupcias con la reina doña María de Sicilia, de la que enviudó a mediados del de 1399, sin que le quedarse hijo alguno de esta señora; y aunque enlazó de segundas, en 1402, con doña Blanca (1), hija y heredera de Carlos el Noble de Navarra, tampoco los tenía de esta reina, cuando la muerte de la de Aragón; por haberse malogrado en la infancia uno llamado don Martín como su padre. Pero como este príncipe y su esposa doña Blanca vivían en la mejor armonía, y se hallaban ambos en lo más florido de su edad, no causaba la menor alarma pública la falta momentánea de un segundo sucesor, que estaba en el orden de todas las probabilidades.
Entretanto, reparado el monarca de Aragón de la pérdida de su esposa doña María, y ocupado enteramente en el buen gobierno de sus estados y en el gran negocio de la unión de la Iglesia, pasaba sus días con tranquilidad en Barcelona y en su inmediata quinta de Bellesguart, donde recibió el día 14 de julio de 1409 con la mayor satisfacción la plausible noticia de haber su hijo don Martín de Sicilia ganado la famosa batalla de Sant-Luri a los rebeldes del partido de Brancaleon Doria, con la que se aseguraba la pacificación de la isla de Cerdeña.
La alegría del tierno padre por tan señalada victoria y las acciones de gracias que con tan plausible motivo tributó públicamente al Todo-Poderoso fueron tales, cuales pueden verse en la carta que dirigió el rey a su gran privado y mariscal don Pedro Torrelles, en la que se pintada la gran piedad del monarca (2) y su bellísimo carácter.

(1) Esta señora casó algunos años después con don Juan 2.° de Aragón, y fue la madre del desgraciado príncipe don Carlos de Viana.

(2) fue efectivamente don Martín tan dado a la piedad, como acredita el número de iglesias y capillas que mandó fabricar, y la multitud de reliquias que poseyó y resultan de varias cartas y del inventarío (Registro núm. 2,526) que en su muerte recibió su esposa la reina doña Margarita. Una de ellas fue Calicem lapideum, cum quo dominus noster Jhesus-Christus in sua sacra coena sanguinem suum pretiosissimum consecravit, et quem beatus Laurentius, qui ipsum habuit a sancto Sixto, existente Summo Pontifice, cujus discipulus erat, missit et dedit monasterio, etc., y que, según el pergamino núm. 136 de la colección de este reinado, adquirió el rey don Martín del abad y monasterio de San Juan de la Peña, en cambio de otro de oro, que después de algunos años,
según una nota de Pedro Miguel Carbonell, se custodiaba en la seo de Valencia, así como se guarda hoy en Génova el Grasér o fuente en que se sirvió el cordero pascual en aquella sagrada cena.

Pero aun humeaban los inciensos en las bóvedas de la iglesia catedral de Santa Cruz y Santa Eulalia, en que se celebraron, cuando llegó a Barcelona la dolorosa e infausta nueva del fallecimiento del idolatrado príncipe don Martín, ocurrido en el castillo de Cáller de Cerdeña el día 25 del mismo mes de julio en que se dio aquella batalla, después de haber otorgado su testamento, nombrando heredero a su padre, recomendándole sus dos hijos naturales don Federico y doña Violante, y eligiendo vicario o lugarteniente general del reino de Sicilia a su esposa la reina doña Blanca.
El llanto de los barceloneses y sucesivamente de los demás pueblos de Cataluña, Aragón, Valencia y Mallorca luego de divulgada tan infausta nueva está fuera de toda ponderación; pues según refieren los dietarios antiguos y los historiadores de más nota, los vecinos de todas edades y sexos de esta desconsolada ciudad andaban por las calles anegados en lágrimas, exclamando que aquel día habían perdido toda su honra y gloria, adquiridas con grandes sacrificios en tantos siglos.
No fue menor el sentimiento y conflicto en que se hallaron las autoridades para participársela al rey, que estaba bien ajeno de este disgusto en su quinta de Bellesguart; pero como afortunadamente estuviese allí con el monarca el apóstol y taumaturgo valenciano el Mtro. Vicente Ferrer, religioso dominico, cuyas virtudes, doctrina y predicación pública por las plazas de los pueblos de Cataluña le habían adquirido la mayor reputación e influencia, especialmente con don Martín; se dio el encargo a este santo religioso para que, acompañado de los conselleres de la ciudad (1), participasen al descuidado padre la dolorosa noticia.
Recibióla el rey con la más cristiana resignación, aunque estuvo a pique de sucumbir al dolor y desconsuelo que le causó, no solo por la inesperada y temprana muerte de un hijo único y de tales prendas, si que también por las fatales consecuencias que preveía en daño de sus amados pueblos.

(1) El cuerpo municipal de Barcelona, por privilegio del rey don Jaime 1:° concedido a esta ciudad a 3 de las nonas de noviembre del ano 1274 (Registro núm. 10, fol. 191.) se
componía de cinco conselleres y cien jurados, cuyo cargo era anual y no requería más circunstancias que la probidad del elegido, probus homo. Por esta razón se titulaba Consejo
de Ciento
, y su primitiva atribución fue la de congregarse dos veces cada semana para aconsejar al veguer y al baile lo más conveniente a la utilidad pública y fidelidad al rey. La elección para estos encargos la hacían en un principio los vocales cesantes; pero, posteriormente fue preciso valerse de la insaculación, para evitar las intrigas. Su autoridad y atribuciones fueron tan grandes y democráticas, que pueden compararse con las de un senado republicano, cuyo dux o presidente era el primer consejero o Conseller en cap: Senatus Populusque Barchinonensis se lee aun en la lápida del dintel de la puerta del gran salón de las Casas Consistoriales en que este consejo celebraba sus sesiones. El señor don Felipe 5° extinguió este cuerpo municipal después de la guerra de sucesión, sustituyéndole el Ayuntamiento .

Desde este momento empezaron, en efecto, a notarse gestiones ambiciosas y prematuras en algunos personajes elevados, deudos de la real casa de Aragón. Don Jaime, conde de Urgel, el desdichado, biznieto por línea masculina de don Alfonso 3.° de Aragón, que acababa de casar con la infanta doña Isabel, hija de don Pedro 3.° y hermana del mismo don Martín, no dudaba por ambos respetos que le asistía el derecho de preferencia en la sucesión a la corona de Aragón: el anciano don Alfonso, duque de Gandía y conde de Ribagorza y Denia, descendiente por la misma línea masculina de la casa de Aragón, e hijo de don Pedro, conde de Ampurias y Ribagorza, que lo fue de don Jaime 2.° y hermano de don Alfonso 3.°, no era de los que se creían con menos derecho: con el mismo se consideraba don Fernando de Antequera, hijo segundo de la reina de Castilla doña Leonor, que lo fue de don Pedro 3.° de Aragón y hermana de don Martín: don Luis, duque de Calabria, hijo de doña Violante, que lo era de don Juan 1.° de Aragón, casada con el duque de Anjou, que se titulaba rey de Nápoles, fundaba el suyo en la proximidad del parentesco en que se hallaba con los últimos monarcas de Aragón, si bien que de línea femenina: finalmente, el hijo natural de don Martín de Sicilia, don Federico, que su difunto padre había tan eficazmente recomendado en el sobredicho testamento, y a quien su abuelo amaba con la mayor ternura, no sin deseos de elevarle a la dignidad real, al menos del reino de Sicilia, también se hallaba en el caso
de poder gestionar con bastante fundamento.
Sin embargo, como la edad del desventurado don Martín no estaba tan adelantada ni destituida de la esperanza de poder conservar la estirpe varonil del inmortal conde don Wifredo el Velloso, no faltó prudencia ni buena intención en las cortes de Cataluña, que se hallaban entonces abiertas, para aconsejar e inducir al monarca a que pasase a segundas nupcias con doña Margarita, hija del
conde de Prades y de doña Juana de Cabrera, joven modesta y agraciada, deuda de la misma casa real y educada por la difunta reina doña María de Luna, a quien realmente pasó a sustituir.
Celebráronse las bodas en la real capilla de la quinta de Bellesguart el día 17 de setiembre de 1409, con dispensa y bendición del entonces papa Benedicto 13.°, que depuesto por el concilio de Pisa y abandonado de todos los príncipes cristianos, menos del rey don Martín, su deudo y amigo, se había refugiado al reino de su naturaleza, donde por fin acabó sus días en la obstinación, retirado al castillo de Peníscola, el día 23 de mayo del año 1423 (1). Asistieron a la ceremonia otros varios personajes, incluso el Mtro. Vicente Ferrer, que tanta influencia tuvo en los negocios públicos de aquella turbulenta época.

( l ) Fue este antipapa en Peníscola lo que Napoleón en la isla africana, que jamás pudo olvidar la púrpura que había vestido en las orillas del Sena, según refieren las historias de los presentes y pasados tiempos. Cuando después de haber favorecido con todas sus fuerzas la elección de don Fernando, se vio abandonado por este monarca, cuéntase que al despedirse de él le entregó un papel en que le decía: «Ex nihilo feci te, et pro mutua mercede, solum me dereliquisti in deserto. Dies tui erunt pauci, et vita tua abreviabitur, illegilimaque tua progenies, in nefario incestu concepta, non regnavit usque ad quartam generationem. » Cuyas proféticas palabras vio el vulgo cumplidas en
parte con la prematura muerte de dicho soberano, acaecida en Igualada a 2 de abril de 1416.
Así lo refiere Monfart en su Historia inédita de los condes de Urgel, cap. 63. § 32.

Pero a pesar de la condescendencia de don Martín, ni se logró el efecto deseado, ni acallaron las pretensiones de los aspirantes al trono; en tanto, que el rey se vio insultado por alguno de sus deudos en su mismo real palacio, mientras que las cortes, que se hallaban aun reunidas en Barcelona, noticiosas de tales demasías, y viendo por otra parte que no aparecían síntomas de una esperanza que tranquilizase la alarma pública, resolvieron en sesión de 15 de abril de 1410 presentar una súplica al rey, rogándole respetuosamente que sobre el grave negocio de la sucesión se dignase tomar consejo de sus reinos, y dictar una medida preservativa y bastante a acallar la ansiedad general.
Habíase anticipado ya el rey a los deseos de las cortes, escribiendo a todos sus reinos que le enviasen mensajeros, para que con su asistencia y consejo pudiese declarar a quien correspondería la corona, en caso que a Dios pluguiese llamarle a sí, sin haberle concedido hijos varones: y esta fue la respuesta que dio el monarca a la demanda que se le hacía, añadiendo haber obrado así espontáneamente para mayor bien del reino, y no porque reconociese en los demandantes ningún derecho para obligarle a ello.
A pesar de tanta diligencia, no parece que tuviese efecto la junta convocada, ya porque los reinos, faltos aun del necesario acuerdo acerca de la persona que más les convenida designar, demorasen el acudir al llamamiento; ya porque el mismo don Martín no anduviese tampoco muy solícito en dar su fallo, en duda como estaba, y luchando entre la conciencia del derecho, y el extremado cariño que profesaba a don Fadrique: mas no dejó de ventilarse privadamente el negocio en los consejos del monarca, abogando por quien bien le placía cada uno de los cortesanos.
Esta irresolución del rey, unida a lo dudoso del negocio, fomentaba las esperanzas de todos los aspirantes, dándoles aliento para continuar sus intrigas en palacio y sembrar la discordia en el país, con la mira de acrecentar el número de sus partidarios. A poco de haber don Martín contraído su segundo matrimonio, presentáronsele ya los embajadores de don Luis y doña Violante de Nápoles, que entre las felicitaciones que le dirigieron por su enlace, soltaron una demanda de herencia a favor del hijo de aquellos príncipes, y pidieron además, que como inmediato sucesor fuese educado en la corte de Aragón; pero el rey no quiso dar oídos a semejante súplica, juzgándola, como debía, muy prematura, ya que solo por complacer a sus reinos y cumplirles el deseo de que les dejase un heredero directo acababa de pasar a segundas nupcias. No había sido tampoco de los menos diligentes el conde de Urgel don Jaime de Aragón: fuerte, más que por su derecho, por los numerosos partidarios que le daban sus multiplicadas relaciones de parentesco y amistad con las principales familias de Cataluña, el favor de que gozaba con los Lunas de Aragón, y la adhesión que le profesaban todos los valencianos; no tuvo reparo en ostentar muy altamente sus pretensiones, y en subir luego, como quien dice, el primer escalón del trono, pidiendo le fuese conferida la lugartenencia general del reino, cargo que solamente se daba al inmediato heredero.
Don Martín, con quien gozaba el conde de muy poco valimiento, ya porque le diese sombra su
desmesurado poder, ya porque se recelase de la influencia y altivo carácter de su madre, accedió sin embargo a lo que le pedía, y le envió a Zaragoza, sin duda más que por complacerle y aumentarle autoridad, con la mira de alejarle de sí, y comprometerle entre los bandos de Lunas y Urreas (1) que agitaban aun a la sazón aquel reino. Así sucedió en efecto; y aunque fue allá el conde, nunca pudo
llegar a ejercer su oficio, y privado del apoyo y autorización del rey, hubo de abandonar aquella capital al cabo de poco tiempo, retirándose al pueblo de Almunia.

Seguía entretanto don Martín en sus deseos de que le sucediese don Fadrique; pedíanselo además los sicilianos, se lo pedían también algunos aragoneses, y para este objeto habíase ya tratado secretamente de la legitimación de aquel príncipe con el papa Benedicto. El conde de Urgel, a quien su madre, que no se apartaba del monarca, y la misma reina, que también le favorecía, noticiaban todo lo que ocurría en palacio, empezaba ya a perder sus esperanzas; y acabaron estas de desvanecérsele, cuando el rey señaló el día 1.° de junio para celebrar solemnemente la legitimación de su nieto. Trasladóse para esto don Martín de su quinta de Bellesguart al monasterio de Valldoncella; pero cuando iba a ver satisfechos sus más constantes anhelos, sorprendióle a 29 de mayo una cruel enfermedad que en pocos días le llevó al sepulcro, muriendo en la celda de la abadesa de aquel monasterio a los 31 días de mayo del año 1410, sin haber designado el sucesor, ni haber tenido siquiera resolución bastante para contestar categóricamente a las preguntas que sobre esto le hicieron, así la condesa de Urgel y otros magnates que le rodeaban,
como las repetidas embajadas que las cortes le enviaron para explorar su voluntad.

(1) … pero había otro linaje, que era el de los Urreas, que no estaba bien con las cosas del conde, y se había ya declarado por Ludovico, hijo de la reina de Nápoles; y el que más se mostraba por él era el arzobispo de Zaragoza don García Fernández de Heredia, que había sido obispo de Vique en Cataluña, y era fama que recibía algunas rentas del rey Carlos de Francia. Monfart, fol. 383.

Monarca bondadoso, deseó como el que más el bienestar de sus pueblos, y sacrificó sus inclinaciones por lograrlo; pero dudando del derecho que asistía a cada uno de los aspirantes al trono, aborreciendo quizás más de lo que debía al desdichado conde de Urgel (2), y encariñado con su nieto don Fadrique, no se atrevió a decidir por sí negocio de tanta importancia, y legó al país
una manzana de discordia, que hubiera podido acarrear fatales consecuencias, sin el celo de algunos buenos patricios, y la sensatez y cordura de todos los súbditos. Favorecíale hasta aquí la suerte al de Urgel; pues murió el rey en sazón que todos sus competidores contaban aun con escasas fuerzas, o se hallaban lejanos del territorio donde debía decidirse la competencia: así es que, contando además con la común opinión de todo el principado, que le era favorable, no se contentaba ya con usar de su oficio de lugarteniente, sino que aspiraba a tomar insignias de rey; y las hubiera usurpado, a no haber visto que el país acogía malamente sus exageradas pretensiones.

(2) Mereció justamente este conde el sobrenombre de desdichado, que le dan todos los historiadores. Después de haber visto contra toda esperanza desatendidas por los compromisarios
de Caspe
sus pretensiones al trono, fue el único de los competidores que se rebeló e hizo armas contra el rey don Fernando; pero sitiado en Balaguer, hubo de rendirse; entregóse prisionero, vió confiscados todos sus estados, y separado de su familia, fue llevado al castillo de Ureña y de allí al de Játiva, donde acabó desastradamente sus días, después de haber expiado su rebelión con diez y nueve años de cárcel. Hállanse curiosas noticias acerca de este último conde de Urgel, en la historia manuscrita de Diego Monfart, y en el proceso que contra él y su familia mandó formar el rey don Fernando.
Las cortes entretanto, que con la prematura muerte de don Martín habían quedado abiertas; nombraron, antes de separarse,
doce personas que representasen y gobernasen el principado; y encargaron al gobernador de Cataluña, asociado de los cinco conselleres de Barcelona; el despacho de cuantas providencias fuesen necesarias para la tranquilidad del país.
Fue una de las primeras el intimar al conde de Urgel que licenciase su gente de guerra y se abstuviese de usar de su lugartenencia; pues no debían permitirse semejante autoridad ni tales aprestos, si habían de ser iguales todos los pretendientes y debía al cabo prevalecer la justicia. Tampoco el principado quería decidir por sí solo este negocio, pues recordaba cuan quejosos quedaron aragoneses y valencianos, cuando Cataluña, sin consultar su voluntad, aclamó por reina a doña María, primera consorte del mismo don Martín, entonces duque de Montblanc; pero no tuvo reparo en tomar la iniciativa, instando al gobernador para que convocase un parlamento (1), que se pusiese de acuerdo con los demás reinos para la celebración de otro general, en que se descerniese la corona a quien tuviese mejor derecho. Accedió el gobernador, y espidió la convocatoria.

Tales fueron los hechos que prepararon la reunión de aquel gran jurado nacional, que adjudicó a un infante de Castilla la herencia de los Wifredos y Berengueres. Así se desprende de documentos que a continuación van insertos, y de otros muchos análogos que se hallan custodiados en este archivo.

(1) Para que las asambleas de la nación mereciesen el nombre de cortes, era esencial que fuesen convocadas y presididas por el monarca. Cuando les faltaba esta circunstancia, como sucedía en los interregnos, entonces se les daba el nombre de parlamento.


ÍNDICE
de los documentos de la introducción al Parlamento de Cataluña, por su orden cronológico (cronolójico en el original) y correspondencia de su numeración romana.

AÑO DE 1403.
Núm.I, 15 de enero.
Convenio entre el rey don Martín de Aragón y el Común de la república de Génova, confirmando las paces ajustadas a 21 de noviembre de 1386, y estableciendo ciertas reglas para indemnizar los perjuicios que aragoneses y genoveses se habían causado mutuamente desde la celebración de aquel tratado.

AÑO DE 1405.
II. 4 de mayo.
Capítulos de paz y alianza ajustados por los reyes don Martín de Aragón y don Martín de Sicilia, padre e hijo, con el rey moro de Granada don Mafomat, hijo del rey Abolageig, en que estipularon el mutuo comercio, la ayuda que debían darse, la devolución de cautivos y otras cosas que resultan de este tratado.

AÑO DE 1407.
III. 7 de junio.
Carta del rey don Martín a la reina doña Violante, su cuñada, en la cual le dice, que habiéndole participado su consejero mosen Galcerán de Sentmenat la prisión de Artal de Alagón, rebelde y traidor a él y al rey de Sicilia, su primogénito; y que el rey de Jerusalén y de Nápoles, hijo de la misma dona Violante, le hizo prender en París en el hostal de les tres puncelles, y llevarlo después al castillo de Ganges, según se contaba en la corte del padre santo; le escribía a dicho rey de Nápoles, rogándole que lo tuviese bien guardado, hasta tanto que él le avisase de su intención.


IV. 8 de junio.
El rey don Martín escribe al conde de Urgel, diciéndole que su hermana la infanta doña Isabel no había podido partir de Barcelona hasta el sábado último, por haber de menester algunas cosas necesarias a su partida; y que no habiéndose podido por lo mismo verificar la solemnización del matrimonio de dicha infanta con don Jaime, hijo de dicho conde; le suplicaba que lo prorogase
hasta por todo el mes de junio, dentro de cuyo término, con la gracia de Dios, se podría solemnizar.

V. 9 de junio.
Carta del rey don Martín de Aragón a Dalmacio Bier, procurador real en los condados de Rosellon y Cerdaña, diciéndole, que habiéndole participado su hermana la reina doña Violante, que el rey Luis de Francia había preso en París a Artal de Alagón; partiese inmediatamente a verse con dicho rey Luis, y le suplicase de su parte que le entregase el preso, mandándole conducir a uno de los puertos de mar de Provenza, a donde don Martín enviaría una galera para recogerle y castigarle por sus traiciones, rebeldías y confederaciones con el común enemigo Lanzalao; y que para más obligar a dicho rey Luis, le participase que su hijo el rey de Sicilia, don Martín, había dado consejos y ayuda de naves y gente al capitán de las suyas que se hallaban en Palermo, y salvaguardia a la princesa de Taramo contra del referido Lanzalao.

VI.17 de agosto.
Instrucciones dadas por el rey don Martín al baile general de Aragón y a Berenguer de Bardaxí, sus consejeros, de lo que debían decir de su parte en el concilio provincial que iba a celebrarse en Zaragoza sobre la unidad de la Iglesia.

VII. 4 de octubre.
Carta del papa Benedicto 13° (Pedro de Luna) al rey don Martín, refiriéndole la desunión que había entre él y Angelo Corario, el cual aspiraba al pontificado y se hacía nombrar Gregorio.

VIII. 2 de diciembre.
Testamento de don Martín, rey de Aragón, nombrando heredero suyo a don Martín,rey de Sicilia, su primogénito.

IX. 30 de diciembre.
Carta del rey al camarero de la reina, pidiéndole la cama de terciopelo, y la tunicella con que se había consagrado reina su mujer, para en el caso de que le subsiguiese la muerte. A continuación va el documento que manifiesta el fallecimiento de dicha reina doña María de Aragón.

AÑO DE 1408.

X. 27 de junio.
Carta del rey don Martín a los diputados de Aragón, pidiéndoles consejo sobre si daría o no acogida en sus reinos al Padre santo, que trataba de venirse a ellos por causa de la desunión que se había suscitado entre él y el rey de Francia, a quien había escomulgado porque le había negado la obediencia.

XI. 18 de agosto.
Contesta el rey don Martín al conde de Urgel, manifestándole el gran placer que había tenido en saber que su mujer hubiese dado a luz una infanta; y que hallándose indispuesto para ir personalmente a sacarla de pila, había trasmitido sus veces al efecto al abad de Santas Cruces. / 
nostra molt cara sor linfanta vostra muller /


XII. 20 de setiembre.
Contesta el rey don Martín a la carta que el conde de Denia le había escrito, implorando su amparo y protección para con el duque de Gandía, su padre, quien le había desheredado por via de testamento, nombrando heredero suyo al rey de Sicilia.

XIII. 20 de setiembre.
El rey don Martín, accediendo a la súplica del conde de Denia, escribe al duque de Gandía para que no le desherede, antes bien le bendiga y perdone; previniéndole al mismo tiempo que el rey de Sicilia no admitirá la herencia.

XIV. 19 de octubre.
Carta o mandato del rey don Martín de Aragón a don Lope de Gurrea, quejándose de que sus bandos con don Antonio de Luna habían influido en las elecciones de los jurados de Ejea contra toda costumbre, y que si se entrometía otra vez en estos asuntos, sería castigado en su persona y bienes.

XV. 23 de octubre.
El emperador de Constantinopla, contestando a las cartas que por parte del rey don Martín le había presentado Pedro de Quintana, su mensajero, le renueva sus afectuosas relaciones y amistad, y le envía por medio de su embajador Manuel Crusolora, o Chrysolora, algunas reliquias que le había pedido, correspondientes a la pasión de Jesucristo, como son: algunas partículas de la columna en la que fue ligado; de la piedra sobre que san Pedro se había recostado llorando amargamente su trina negación; de la piedra en que había sido puesto el Redentor para ser ungido después del descendimiento de la cruz; y de las parrillas en que había sido asado san Lorenzo. A continuación de dicho carta se halla el salvoconducto de la Diputación de Cataluña a favor de dicho Manuel Crusolora, para que pudiera volverse a Constantinopla.

AÑO DE 1409.

XVI. 27 de enero. (probablemente de 1409)
Carta de varios cardenales al rey don Martín, desde Pisa, suplicándole que envíe sus nuncios o embajadores e interponga todo su valimiento, a fin de que el papa Benedicto Luna acuda al concilio que iba a celebrarse en aquella ciudad.

XVII (Sin fecha: pero se halla entre los documentos de 1409).
Instrucciones que el rey don Martín de Aragón dio a su camarero Francisco Martorell, sobre lo que debía decir al papa (Luna) en orden a las declaraciones del concilio de Pisa, que S. M. reprobaba altamente.

XVIII. 29 de abril.
Convenio celebrado entre don Martín de Aragón y su sobrino don Juan 2.° de Castilla, sobre comercio y apertura de puertos marítimos y terrestres, cerrados en el reinado de don Enrique 3.°; libre tráfico de mercaderías entre ambas potencias, y arreglo del derecho de quema por los daños causados en las pasadas guerras, etc. / aparece lengua aragones / damnificados /

XIX. 7 de mayo.
Capítulos matrimoniales entre don Federico, hijo natural del rey de Sicilia, de una parte; y doña Violante, hija del ínclito don Jaime de Prades, de la otra.

XX. 18 de mayo.
Carta del rey don Martín de Aragón al maestro Vicente Ferrer (San Vicente), credencial de su consejero el religioso Francisco Perera, penitenciario del papa, que le enviaba para cierto asunto de interés.


XXI. 1.° de junio.
Carta del rey don Martín de Aragón a su primogénito el rey de Sicilia, dándole parte de su buena salud, y manifestándole la satisfacción que le habían causado las noticias que le daba de la suya y de su reino, y sobre las ordenanzas que había dictado a la escuadra de Sicilia: le avisa de los socorros que le enviaba con mosen Pedro Torrelles, y le da algunos buenos consejos.

XXII. 25 de junio.
Carta del rey don Martín de Aragón al emperador Miguel Paleologo, moderador de Romea, recomendándole eficazmente al noble Alioto de Caupena, señor de la Legena de la Payada.

XXIII. 6 de julio.
Los diputados del general de Cataluña felicitan al rey de Sicilia, por haberle declarado sucesor a la corona de Aragón el rey don Martín, su padre.

XXIV. 22 de julio.
Carta del rey don Martín a mosen Pedro Torrelles, su embajador en Sicilia, significándole el gran placer que había experimentado al recibir las nuevas que le comunicaba de la victoria obtenida en Sant-Luri por su primogénito. Le da noticia de hallarse en Barcelona el maestro Vicente Ferrer «que dice misa alta y predica maravillosamente todos los días,» y le dice que el papa estaríatambién aquí el día 1.° del próximo agosto.

XXV. 25 de julio.
Testamento del señor don Martín, rey de Sicilia, nombrando heredero a su señor padre don Martín, rey de Aragón, dejando el condado de Luna a su hijo natural don Federico, habido cuando soltero de cierta mujer llamada Tarsia, también soltera; y encargando a dicho señor su padre que se digne casar con magnificencia a su hija natural Violante, que había tenido también de otra mujer soltera, por nombre Agatucia.

XXVI. agosto.
Instrucciones sobre lo que mosen Jaime Roura ha de hacer y decir, por mandato del rey de Aragón, a la señora reina de Sicilia y otras personas de aquel reino en su embajada. Jacme Roure.

XXVII. 3 de agosto.
Carta del rey de Aragón don Martín al rey de Sicilia, su primogénito, haciéndole saber que en el concilio de Pisa había sido elegido papa el cardenal de Milán, natural de Candía, que es llamado Alejandro 5.°; y que de esta elección disentían su primo-hermano el rey de Castilla, y otros reyes y condes



Alejandro 5.°


XXVIII. 5 de agosto.
Don Martín, rey de Aragón y de Sicilia, después de la muerte de su primogénito, nombra gobernador de la isla de Cerdeña a mosen Guillermo Ramon de Moncada. (Muncada)

XXIX, 6 y 8 de agosto.
Cartas del rey de Aragón y de Sicilia a la reina de Sicilia, su nuera, consolándola por la muerte de su esposo, y confiriéndole la administración y gobierno de aquel reino.

XXX. 7 de agosto.
Proposición hecha a la corte de Cataluña por mosen Sperans-in-deo Cardona, vicecanciller del rey don Martín, sobre el modo de proveer a los gastos que habían de ocurrir para la conservación de Cerdeña y Sicilia, después del fallecimiento del soberano de este reino.

XXXI. 13 de agosto.
Carta del rey don Martín a mosen P., mandándole que él, en unión con los barones, nobles, caballeros y gentiles hombres que están en Cerdeña, ponga todo su conato en recobrar y reducir totalmente dicho reino a su obediencia, siguiendo lo que él y otros habían hecho ya para gloria y exaltación de su real corona, antes del fallecimiento del rey de Sicilia, su primogénito.

XXXII. 18 de agosto.
Carta del rey a mosen Pedro Torrelles, capitán general de la armada, en que le decía, que accediendo a las súplicas del conde de Urgel y diputados de Cataluña, y tomado consejo del Padre santo en presencia del maestro Vicente Ferrer, del prior de Vall-de-Jesuchrist y mosen Francisco de Aranda, había determinado casarse cuanto antes; que luego pasaría a Cerdeña, y para el efecto le mandaba que le enviase bien aparejada la galera dels Cans, para pasar en ella personalmente a dicho reino.

XXIII. 22 de agosto.
Nombramiento de tutor y curador del egregio niño don Federico, hijo natural del rey de Sicilia, ya difunto, hecho por el rey don Martín de Aragón a favor de Pedro de Torrelles, con amplios poderes para dirigir, gobernar y administrar los bienes de dicho pupilo, ya legitimado por dicho rey don Martín.

XXXIV. 26 de agosto.
Carta del cardenal de España al rey don Martín, participándole, que el dux y común de Venecia, después de grandes consejos tenidos con los mayores letrados, y oídas y consideradas todas las razones de los embajadores del concilio general, y las de los embajadores deAngelo Corario y otros, determinaron que la obediencia que daban a dicho Corario fuese retirada, y dada al papa Alejandro 5.°

XXXV. 16 de setiembre.
Carta del rey don Martín a los mallorquines, notificándoles que habiendo quedado sin hijo heredero por la muerte del rey de Sicilia, su primogénito, había deliberado con consejo del Padre santo y a ruego de las cortes generales de Cataluña, elegir por mujer y reina a la egregia doña Margarita de Prades, y celebrar al siguiente día su matrimonio.

XXXVI. 24 de setiembre.
Contestación del rey don Martín al cardenal de España, diciéndole que siempre tendría por verdadero papa y vicario de Cristo a Benedicto 13.°, y no consentiría que en sus dominios fuese maltratado por nadie.

XXXVII. 18 de octubre.
Carta del rey don Martín al procurador de Catania, dándole orden para que de los fondos secretos provenientes de su oficio, pague a Antonia, nodriza del ínclito Federico de Aragón, nueve onzas de oro anuales, que el rey de Sicilia difunto le había concedido como a tal nodriza.

XXXVIII. 21 de octubre.
Carta del rey don Martín al rey don Carlos el noble de Navarra, en la que, después de manifestarle el sentimiento que tenía por la muerte de su primogénito el rey de Sicilia, le hace saber que había conferido la lugartenencia de aquel reino a la reina viuda, en los mismos términos con que la tenía en vida de su marido.

XXXIX. 7 de noviembre.
Carta del cardenal de España al rey don Martín, diciendo que aquel a quien él llamaba papa, y el otro (Angelo Corario) que se titulaba Gregorio, habían sido por todo el concilio general y universal Iglesia declarados, pronunciados y condenados por públicos y notorios herejes y cismáticos, y depuestos del papazgo y de la Iglesia; y que concordemente y sin contradicción alguna había sido elegido papa y verdadero vicario de Cristo Pedro de Candía, de la orden de san Francisco, cardenal de Milán y natural de Grecia.

XL. 22 de noviembre.
Carta del rey don Martín al rey de Navarra, su hermano, en la que, después de participarle que él y su amada mujer disfrutan de salud, le ruega que dé crédito a cuanto de su parte le dirá su consejero mosen Dalmacio de Dernius.

XLI. 22 de noviembre.
Otra carta del mismo rey, dirigida al duque de Borgoña, diciéndole lo mismo.

XLII. 22 de noviembre.
Otra al duque de Berry de igual contenido.

XLIII... Instrucciones dadas al embajador Dalmacio de Dernius, enviado a Francia.

XLIV. 30 de noviembre.
Carta de don Pedro Torrelles, proponiendo para obispo de Sales a don Ramon de Moncada, (Muntcada) porque el obispo que había estaba preso en su poder, pues era cismático y afecto al antipapa, y andaba predicando entre los sardos malas doctrinas.

XLV. 16 de diciembre.
Comunicaciones que mediaron entre las cortes de Cataluña y el vicecanciller del rey, a fin de que dicho señor saliese de Barcelona junto con la señora reina su esposa, y eligiese S. M. el punto que fuese más conveniente en el Principado para trasladar a él la corte, y evitar el peligro que amenazaba las vidas de tan sagradas personas, con motivo de la grande epidemia que se había desarrollado en Barcelona.

AÑO DE 1410.

XLVI. 9 de enero.
Habiendo escrito el rey don Martín al conde de Cardona para que fuese a juntarse con él, le contesta el conde desde Lérida, (Leyda) diciendo que no puede cumplirlo por el accidente ocurrido a su hermano el obispo. Mas creyendo que le llamaba para tratar de los asuntos de Cerdeña, le dice que para dar fin a la conquista de aquella isla y reducirla a la obediencia, como conviene al honor de la casa de Aragón, era necesario hacer gastos de consideración y socorrer a los que en ella estaban prestando servicios.

XLVII. 15 de febrero.
Carta del rey de Navarra don Carlos al rey de Aragón, suhermano, diciéndole que pensaba partir para su reino el día 17 de febrero; que entendía pasar por Bourges y ver a su amada tía la duquesa de Berry, y de allí continuar su camino, pasando por los reinos y señoríos suyos; a cuyo fin le rogaba que para guiarle y darle entrada en las villas y lugares de su reino, le enviase a Perpiñan uno de sus caballeros que le saliese al encuentro.

XLVIII. 19 de febrero.
Carta del rey don Martín al príncipe Roberto, rey de romanos, anunciándole la misión de su consejero y embajador Tomas de Collibre, enviado para tratar con él de negocios de la Iglesia. (Colliure, Coquolibero)

XLIX. 12 de abril.
Carta del rey don Martín a su nuera la reina de Sicilia, diciéndole que había deliberado pasar a aquel reino para ponerlo en buen orden; y que ya lo hubiera ejecutado, sino hubiese estado esperando a los mensajeros de todos sus reinos y tierras, para que fuesen presentes a la declaración que quería hacer sobre la sucesión de sus estados, en caso de que Dios fuese servido que muriese sin hijos varones: y que luego de hecha hecha aquella declaración, partiría inmediatamente para aquel reino; rogándole que en el entretanto tuviese gran diligencia y cuidado de regirlo y gobernarlo bien, para cuyo fin le enviaría luego algunos sicilianos y catalanes de probidad, para aumentar el número de los de su consejo.

L. 15 de abril.
Las cortes de Cataluña piden al rey don Martín, que en atención a haber fallecido su hijo el rey de Sicilia, escriba a todos sus reinos y tierras para que destinen y envíen incontinenti notables y solemnes embajadores, que determinen el orden de sucesión a la corona, en el caso que Dios permitiera que muriese sin hijo varón. A cuya petición se contesta por parte del rey, que dicho
señor había ya para entonces escrito de motu propio a la mayor parte de sus reinos y tierras que le enviasen sus embajadores, no porque creyese estar obligado a ello ni necesitar su consentimiento, sino porque quería llevar el negocio a buen término, como lo había comenzado. (fill mascle)

LI. 20 de abril.
Revocación de una real provisión, en la cual se hace mérito de que san Vicente Ferrer fue a Vich, y predicaba sus sermones en la plaza.

LII. 29 de abril.
Exhorto del rey al baile general de Valencia y a Domingo Masconi, enviándoles por duplicado el requerimiento (requirimiento) que había hecho a las cortes de aquel reino, con motivo de no haber querido juntarse ni enviar mensajeros para tratar de la sucesión a la corona.

LIII. 50 de abril.
Carta del rey don Martín de Aragón a los obispos de Valencia y Segorbe y a todo el brazo eclesiástico de aquel reino, quejándose de que después de tanto tiempo como se lo había pedido y mandado, no le hubiesen enviado aun personas instruidas para aconsejarle sobre la persona que debía nombrar sucesor suyo en la corona de Aragón, en el desgraciado caso de morir él sin hijos; y
haciéndoles responsables de los males que este retardo pudiese ocasionar a sus vasallos.

LIV. 4 de mayo.
Don Jaime de Aragón, conde de Urgel, contesta al rey don Martín su tío, diciéndole que los zaragozanos estaban contentos de que él usase de la lugartenencia general del reino, conforme se lo habían acreditado con actos públicos certificados por escribano de su consejo; y le instaban que les jurase los fueros, privilegios y libertades del reino, y que les hiciese justicia: a cuya instancia había accedido, habiendo quedado todos acordes, a excepción del arzobispo y don Pedro de Urrea con sus partidarios, que eran los que se oponían.

LV. 10 de mayo.
Carta del conde de Urgel al rey don Martín su tío, diciéndole que el arzobispo de Zaragoza con don Pedro de Urrea se habían fortificado en la seo, en su casa y en otras diez o doce casas vecinas, donde se habían establecido los hombres más malvados de la ciudad, rebelándose contra las reales disposiciones.

LVI. 11 de mayo.
Carta del conde de Urgel, en la que se queja al rey su tío de que su secretario le mudase el nombre en una credencial que había recibido el día antes por su tesorero Narciso Sabastida, para que guardase de desórdenes la ciudad de Zaragoza; y le dice que él ha sufrido por guardar la lugartenencia lo que no hubiera sufrido para sí mismo, y que en adelante no recibiría otra carta alguna, que no le fuese dirigida bajo el nombre de Jaime de Aragón, que era el suyo verdadero.

LVII. 12 de mayo.
Carta del rey don Martín al arzobispo de Zaragoza, en que le dice, que habiendo ocurrido muchos escándalos en el reino de Aragón, y especialmente en dicha, ciudad de Zaragoza, por la oposición que se hacía a que el conde de Urgel ejerciese su oficio de lugarteniente general de aquel reino; escribía al justicia, mandándole que echase (gitar, foragitar) fuera de la ciudad a dichas gentes armadas, y le ruega a él que trabaje también por su parte para que así se cumpla.

LVIII. 14 de mayo.
El conde de Urgel da parte al rey don Martín su tío de los grandes escándalos ocurridos en Zaragoza el día 14 de mayo, habiendo tocado las campanas a rebato y trabádose batalla en la calle Mayor (carrera major, en la que hubo muchos heridos y muertos) entre los partidarios del conde al ir a la plaza del Pilar a jurar los fueros, y los del arzobispo y del justicia que se oponían a dicha jura.

LIX. 18 de mayo.
Carta del rey don Martín a su sobrino el conde de Urgel, mandándole que sobresea totalmente en usar del oficio de lugarteniente suyo general de Aragón, hasta tanto que por el justicia sea pronunciado que deba ser admitido; y en caso que éste dijese que no deba serlo, que cese del todo en dicho oficio: apercibiéndole que, para el caso de resistencia, le revocaba y anulaba la comisión que le había conferido y todas las demás provisiones que le hubiese otorgado.

LX. 29 de mayo.
Carta del rey don Martín a mosen Antonio Torrelles, en al que le acusa el recibo de la que le había escrito participándole la buena salud de su nieto don Federico, conde de Luna, y el buen estado de aquel país, que se hallaba libre de epidemias; y le ruega afectuosamente que dé siempre a dicho su nieto todos los gustos y placeres que pueda.

LXI. 30 y 31 de mayo.
Acta pública por la cual consta, que hallándose el rey don Martín, el 30 de mayo a las once de la noche, enfermo en la cámara de la abadesa del monasterio de Valldoncella, pero en su sano juicio y con habla, le preguntó el conseller de Barcelona Ferrer de Gualbes, si le placía que la sucesión de sus reinos y tierras recayese después de su muerte en aquel a quien de justicia correspondiese; y el rey contestó: Hoc. Cuya pregunta le fue repetida el día siguiente, pocas horas antes de fallecer, sin que pudiese lograrse de él ninguna otra respuesta más explícita (esplícita).
Hoc: Oc : en occitano, Langue d´Oc : Languedoc : Occitan (5 dialectos principales: provenzal, lemosín, gascón, auvernhat, vivaroaupenc, y otros subdialectos como el aranés, sin olvidar que el catalán siempre fue un dialecto de esta lengua).

LXII. 4 de setiembre.
Carta de los diputados del general de Cataluña residentes en Barcelona al gobernador del Cataluña, que se hallaba en Monblanch, diciéndole que les duele el haber tenido que retardar su ida al parlamento; pero que habiendo consistido dicha tardanza en el mal tiempo, partirían luego que éste lo permitiese.

LXIII.
Varias noticias sacadas de la historia inédita de los condes de Urgel, por Diego Monfar. (Monfart)


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parlamento en Barcelona