Mostrando las entradas para la consulta reliquias ordenadas por relevancia. Ordenar por fecha Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas para la consulta reliquias ordenadas por relevancia. Ordenar por fecha Mostrar todas las entradas

domingo, 12 de julio de 2020

CAPÍTULO XXX.


CAPÍTULO XXX.

De la sentencia que dieron el arzobispo de Granada y las personas que juntó para ello, sobre la verdad y certidumbre de estas santas reliquias.

Don Pedro de Castro y Quiñones, arzobispo de Granada, fue el que con mayor cuidado procuró sacar a luz la verdad de estas reliquias: hizo sobre ello muy grande proceso, y ha sido el más cumplido y riguroso que jamás se haya hecho en semejante materia, porque, como el suceso excede tanto a los demás, ha querido Dios que en todo haya esta ventaja; y después de averiguado todo lo que se podía averiguar, hizo la junta que se requiere en el santo concilio Tridentino, y conforme a él y a los breves apostólicos que, para el conocimiento de esta causa, tenía, a 30 de abril de 1600, en la iglesia mayor de Granada, pronunció la sentencia siguiente.

IN NOMINE DOMINI NOSTRI JESU CHRISTI.

Nos don Pedro de Castro, por la gracia de Dios y de la santa sede apostólica arzobispo de Granada, del consejo del rey nuestro señor, con consejo y asenso de los reverendísimos prelados don Juan de Fontseca, obispo de Guadix, (pone Guádix) del consejo de S. M., conprovincial y sufragáneo nuestro, y don Sebastián Quintero, obispo de Galípoli y don Alonso de Mendoza, abad de Alcalá la Real habiendo tratado de las reliquias que en el año del nacimiento de nuestro Salvador Jesucristo (pone Jesucrito) de 1588 se hallaron, derribando una torre antiquísima en esta santa iglesia, y otras en el año de 1595, en el monte que llaman Val-Paraíso, cerca de esta ciudad, el conocimiento y aprobación de las cuales a Nos pertenece por derecho y por el santo concilio de Trento y por especial comisión de nuestro muy santo padre Clemente VIII; visto este proceso y todas las informaciones, averiguaciones y diligencias en él hechas, y habiendo habido consejo y deliberación con varones muy doctos, píos, y teólogos y de otras facultades, que con Nos congregamos, y todo lo demás que fue necesario y verse convino:
Fallamos de un mismo parecer y asenso, (consenso) en que fueron todos conformes, que debemos declarar, declaramos, definimos y pronunciamos las dichas reliquias en este proceso contenidas, conviene a saber, la mitad del paño con que nuestra señora la gloriosa virgen María limpió sus lágrimas en la pasión de su Hijo, nuestro Redentor, y el hueso de San Estévan, protomártir, ser y que son verdaderamente el medio paño de nuestra señora y el hueso del protomártir san Estévan, y haber estado ocultas, cerradas y guardadas dentro una pared de la torre antiquísima que estaba edificada en el sitio donde se edificó la iglesia mayor de esta ciudad, metidas en una caja de plomo *betumada por dentro y fuera, y dentro en la caja, una carta de pergamino, antiquísima, en la cual refiere Patricio, sacerdote, que estaban allí las dichas reliquias, y que él las escondió por mandado de san Cecilio; y se halló todo dentro en dicha caja de plomo en el dicho año de 1588, sábado día de san José, a 19 de Marzo, derribando y deshaciendo la dicha torre. Asímismo declaramos, definimos y pronunciamos los huesos, cenizas y polvos, y la masa blanca que en el año 95 hallamos dentro de las cavernas de dicho monte, que llaman de Val-Paraíso, ser verdaderamente reliquias de santos mártires, que gozan y reinan con Dios nuestro señor en el cielo; conviene a saber, de los santos mártires san Cecilio, san Hisquio, san Tesifon, discípulos del bienaventurado apóstol Santiago el Zebedeo, y de san Septentrio y Patricio, discípulos de san Cecilio, y de san Turilio, Panuncio, Maronio, Centulio, discípulos de san Hisquio, y de san Maximino y Lupario, discípulos de san Tesifon, y las de san Mesiton; y los dichos santos Cecilio, Hisquio y Tesifon, y juntamente con ellos los dichos sus discípulos, y san Mesiton, haber padecido martirio, quemados vivos dentro en las cuevas y cavernas del dicho monte por Jesucristo nuestro Redentor y por su santa fé católica, y por la indicación y predicación del santo Evangelio, en el año segundo del imperio de Nerón; san Cecilio y sus discípulos en las calendas de marzo, quemados como las piedras cuando se vuelven cal y san Tesifon y sus discípulos en las calendas de abril, como lo dicen y muestran cuatro láminas de plomo antiquísimas, escritas en lengua latina, con antiquísimos caracteres, y otros instrumentos, también de plomo, antiquísimos, que todo ha estado oculto y cerrado dentro en las dichas cavernas hasta agora que lo hallamos en el dicho año de 95, y parece resulta y se averigua por este proceso, y lo ha mostrado y comprobado Dios nuestro señor por muchos milagros: en consecuencia de lo cual, declaramos las dichas reliquias deber ser recibidas, honradas, veneradas y adoradas con honra y culto debido, como reliquias verdaderas de nuestra Señora y de los dichos mártires, que reinan con Dios nuestro señor, según que la Iglesia católica romana acostumbra venerar las reliquias de los santos, y deber ser expuestas públicamente al pueblo cristiano y a todos los fieles para el tal efecto, y que pueden invocarlas. Y Nos, con los aquí congregados, así las recibimos y veneramos, y mandamos que se pongan y coloquen en guarda y custodia y lugar muy *decente a nuestro parecer o del reverendísimo arzobispo que fuere de esta Iglesia; y asímismo declaramos el dicho lugar y monte de Val-Paraíso, en las cavernas del cual padecieron martirio todos los dichos santos, ser lugar santo y sagrado, y deber ser honrado y venerado como las dichas láminas lo mandan, en memoria de los santos que padecieron martirio en él, y tener las prerogativas que da el derecho y los sacros cánones a los tales lugares sagrados, y mandamos que en todo se le guarden. Y por esta nuestra sentencia así lo pronunciamos y mandamos, y firmamos de nuestro
nombre, y sellamos con nuestro sello pendiente.
PETRUS DE CASTRO, JOANNES, EPISCOPUS
ARCHIEPISCOPUS GRANATENSIS. GUADIX, SUBSCRIPSI.
S. EPISCOPUS GALIPOLENSIS, ALFONSUS, ABBAS,
SUBSCRIPSI. SUBSCRIPSI.

Sin esto, lo firmaron los señores de la audiencia y chancillería real de Granada y muchas otras personas eruditísimas, así clérigos como religiosos de diversas órdenes, algunos de ellos consultores del Santo Oficio, como se puede ver en los discursos del doctor Gregorio López de Madera, fiscal de S. M. en la chancillería de Granada, que fue el que escribió admirablemente sobre la invencion de las santas reliquias, dando razón y soltando las dificultades que hallaban algunos que no estaban satisfechos de este santo descubrimiento.

viernes, 7 de junio de 2019

Tomo I, texto XV, emperador de Constantinoble, Manuel


XV.

Legajo de cartas reales autógrafas. Día 23 de octubre de la 1a indiccion, año 1408.

Illustrissimo et excellentissimo principi Martino Dei gratia regi Aragonum Valentie Majoricarum et Sardinie ac comiti Barchinone et Rossillionis consanguineo nostro carissimo.
- Del emperador de Constantinoble.
- Manuel in Christo Deo fidelis imperator et moderator romeorum Paleologus et semper augustus illustrissimo et excellentissimo principi Martino Dei gratia regi Aragonum Valentie Majoricarum et Sardinie ac comiti Barchinone et Rossillionis carissimo consanguineo nostro salutem et prosperos ad vota sucessus.
Litteras excelentie vestre jamdiu nobis presentatas per virum nobilem quondam Petrum de Quintana fidelem vestrum gratanter recepimus et relationes ipsius quas nobis de omnibus prudenter exposuit hilariter intelleximus ex quibus litteris et relatione primum vestram bonam affectionem quam erga nos semper geritis licet antea pluribus et veris demostrationibus congnoverimus etiam nunc intelleximus gavisi etenim valde fuimus de vestra et vestrorum sospitate nos autem per Dei gratiam corporis sospitate vigemus: et quia ex dictis relationibus comperimus devotionem quam habetis in sanctis reliquiis tam aliorum sanctorum quam precipue in illis que aliquem actum vel passionem Salvatoris nostri aut Matris ejus nobis sensualiter representant ex quibus valde laudanda et preconisanda vestra devotio predictus autem quondam Petrus cujus dictis per vestras litteras fidem credulam adhibuimus nominatim dixerat nobis ex quibus velletis habere reliquiis. Noverit igitur excellentia vestra dictas reliquias in maxima devotione fore apud omnes fideles christianos et plures ex christianis principibus qui personaliter huc venerunt et quidam per suos nuncios hanc
gratiam ab inclite memorie domino et patre nostro domino imperatore et etiam a nobis habere voluerunt sed nemo ipsorum obtinuit: vestre tamen excellentie cui et per litteras et per nuncios veram promissimus amicitiam et ab ipsa vestra excellentia similes promissiones habuimus que etiam necessitatis tempore huic nostre urbi promptissime subvenire voluit et quia ex hiis que fecistis aut facere voluistis nostrum animum ad similia atraxistis dictam vestram petitionem non potuimus denegare sed habito cum nostris baronibus et magnatibus consilio et precipue cum reverendissimo et sanctissimo in Christo patre domino patriarcha nostro cujus in talibus deliberatio multum valet deliberavimus aliquas particulas reliquiarum vobis transmittere ex quibus petiit dictus Petrus videlicet de columna in qua ligatus fuit Salvator noster de lapide super quem Petrus incumbens post trinam Christi negationem amarissime flevit de lapide in quo post depositionem a cruce ut ungeretur positus fuerat humani generis Liberator ac etiam de craticula super quam sanctus Laurentius fuit assatus. Quas quidem reliquias per dictum Petrum vobis misissemus sed quia nostrum ad vos intendebamus mittere ambassatorem ad vestram excellentiam visitandum et pro quibusdam aliis referendis cum quo dictas reliquias mittere disposueramus quem nostrum ambassatorem propter aliquas occupationes tunc paratum minime habebamus seripsimus vobis tunc cum dicto Petro qui ut audivimus et dolentes submersus fuit pro quo dictas nostras litteras habere minime potuistis: nunc autem ad prefatam excellentiam vestram mittimus nobilem et circunspectum militem Manuelem Crusolora predilectum et fidelem ambassatorem cambellanum ac intimum consiliarium nostrum quem nostrum constituimus generalem procuratorem exequtorem et comissarium in omnibus nostris servitiis ipsarum partium Occidentis prout in sue procurationis instrumento plenius et seriosius continetur cum quo quidem vestre excellentie dictas reliquias mittimus et sibi certa comisimus ut prefate excellentie vestre referat nostri parte. Rogamus ut placeat ipsius relatibus velut nostris affatibus plenissimam dare fidem: et quia ut vestram excellentiam firmiter scire credimus pro subsidio nostri imperii ab infidelibus conturbati sanctissimus in Christo pater et dominus noster dominus summus pontifex nonnullas suas apostolicas concessit indulgentias que per regnum vestrum jam divulgate fuerunt ex quibus ut
audivimus alique pecuniarum quantitates colecte fuerunt ut nobis mitterentur que propter quorundam malitias arrestate et detente fuerunt propterea prefatam excellentiam vestram rogamus quatenus nostri amoris intuitu velitis tam pro recuperatione dictarum pecuniarum detentarum
quam pro aliis in futurum coligendis pro quibus proculdubio predictus ambassator et procurator noster vestris opere et auxilio indigebit eidem in omnibus vestrum prebere auxilium et favorem ut vestro munitus auxilio effectualiter exequi valeat exequenda pro quo vobis semper tenebimur ad gratiarum debitas actiones. Datum in C. Constantinopoli die XXIIIa octubre prime indiccionis (1).

Arch. De la antig. Dip. Reg. De 1409 fol. 94. 7 de abril de 1410.

Dirigitur universis et singulis collectoribus jurium generalitatum intratarum et exitarum.
- De part dels deputats del general de Cathalunya residents en Barchinona a tots 1410 et sengles collidors e guardes de les generalitats de les entrades e exides del principat de Cathalunya en qualsevol parts o passes constituits. Com mossen en Manuel Chrissolora missatger del emperador de Constantinoble lo qual es vengut al senyor rey per missatgeria sen vulla tornar en Constantinoble per ço us manam quel dit missatger lexets passar ab X cavalcadures e ab tot laur argent moneda dor e dargent erneses libres armes bahuts e males joyes e altres coses e bens sens escorcoll embarch e contrast algun prestat e fet per lo dit messatger o per son majordom sagrament als sants quatre evangelis de Deu que no trau robes o mercaderies de mercaders o daltres qui sien tengudes de pagar generalitats car segons tenor del contracte del arrendament axi ho dejats fer. Dat en Barchinona a VII dies dabril lany de la nativitat de Nostre Senyor MCCCCX. - Alfonso bisbe de Elna. - Similis litera fuit facta in favorem del noble mossen en Constanti Recidi Paleologus
missatger del emperador de Constantinoble. Fiat per totum ut supra.

(1) Sigue aquí escrito con bermellon el monograma del emperador Manuel; pues es sabido que los emperadores de Oriente firmaban con tinta de distinto color, según la jerarquía del personaje a quien iba dirigido el despacho.

martes, 23 de junio de 2020

322. JAIME I DONA UNA ESPINA DE LA CORONA DE CRISTO AL MONASTERIO DE SAMPER


322. JAIME I DONA UNA ESPINA DE LA CORONA DE CRISTO AL MONASTERIO DE SAMPER (SIGLO XIII. SAMPER DEL SALZ)

Fue hecho común y muy generalizado en toda la cristiandad occidental el afán por hacerse con reliquias (objetos, pertenencias e incluso miembros o partes del cuerpo) de aquellas personas que se habían distinguido en vida por sus virtudes piadosas o por haber sufrido por defender la fe. Cuanta mayor significación tuvieron para la comunidad más importante eran como testimonio, por eso se apreciaban y valoraban más aquellas que provenían del propio Jesús, de la Virgen María, de alguno de los doce apóstoles, de algún mártir especialmente famoso o de los santos más señeros de la Iglesia.

Los monasterios y las iglesias —e incluso muchos particulares para guardarlos en sus propios oratorios privados— rivalizaron entre sí de las maneras más diversas e inverosímiles por adquirir y conservar en hermosos relicarios, que a veces eran auténticas obras de arte orfebre, aquellos verdaderos tesoros propiciados por la fe.

Dentro de este contexto, no podía ser menos que los demás el monasterio cisterciense de Samper del Salz, al que parece que el propio abad Guillermo, cuando llegó hasta aquí dispuesto a fundarlo, entregó al tesoro monástico una espina de la corona que ciñera la cabeza de Cristo.

Sin embargo, una tradición popular muy extendida por la comarca cuenta que eso no fue exactamente así, sino que la sagrada reliquia —un verdadero tesoro de acuerdo con la escala valorativa de los relicarios— fue una donación personal del rey Jaime I el Conquistador a los monjes bernardos para que la depositaran en el monasterio de Samper, lo cual nada tendría de extraño conociendo la afición e inclinación que el conquistador de Valencia tenía, aparte de por la Virgen María, por las reliquias de todo tipo, y él, en su calidad de rey, estaba en condiciones de lograr para los suyos reliquias importantes, como la que hizo depositar en el monasterio cisterciense de Samper.

[Bernal, José, Tradiciones..., págs. 55-56.]

domingo, 12 de julio de 2020

CAPÍTULO XXIX.

CAPÍTULO XXIX.

Descúbrense en el monte Santo de Granada las reliquias y libros de san Tesifonte y de otros santos discípulos del apóstol Santiago.

El principio a esta santa invención lo dio Sebastián López, natural de la villa de Torres, en el obispado de Jaén. Buscaba este buen hombre un tesoro, y tenía noticia que, cuando se perdió España, en el reino de Granada, en un cerro pelado que tenía piedras azules, se cerró una mina de oro, y que había dentro de ella muchos aposentos, y tenía la boca a la parte de poniente. Jamás se supo quien dio a este hombre esta noticia o receta; e hizo todo lo posible para hallar lo que buscaba, sin dejar cerro alguno que no andase ni mirase buscando piedras azules, que era el primer señal que en el cerro había de hallar. Con esta ansia llegó a Granada, y dióse a buscar su mina por los cerros más cercanos a la ciudad. Antes de proseguir este suceso, es de advertir que en el lugar donde está fabricada la iglesia catedral de Granada, para proseguir aquel suntuoso edificio fue necesario derribar una torre antigua: llegando ya a la mitad de ella, un viernes a 18 de marzo, víspera de san José, 1588, con la tierra cayó en el suelo una caja de plomo, no muy grande, pero bien cerrada; acudieron a ella los oficiales, alegando cada uno el derecho que a la caja tenía, pensando que era algún tesoro; llevaron al fin la caja al arzobispo de aquella ciudad, que era don Juan Méndez; abriéronla y hallaron dentro un hueso y un pergamino escrito, parte en lengua y letra castellana, y lo más en lengua y letra arábiga, y es una profecía de san Juan Evangelista, una relación árabe, en que refiere san Cecilio, primer obispo de Granada, un viaje que hizo a la ciudad de Atenas, donde dice que hubo de san Dionisio Areopagita esta profecía, medio paño de aquel con que la Virgen nuestra señora se enjugó las lágrimas en la pasión de su hijo, nuestro señor, y un hueso de san Estévan, primer mártir. Está la profecía en letra y lengua castellana, como la hablamos el día de hoy: son las letras coloradas y negras, puestas cada una alternativamente en unas casillas como de ajedrez, duplicando algunas y poniendo en medio otras letras griegas, y al fin de todo está el evangelio de san Juan como el que oímos al fin de la misa, y una firma al cabo, ni bien latina, ni del todo arábiga, pero entiéndese que dice Cecilio, obispo de Granada; y después de todo esto, está una memoria que declara todo lo que queda dicho, y dice de esta manera:
RELATIO PATRICII SACERDOTIS.
Servus Dei Cecilius, Episcopus Granatensis, cum in Iberia esset, et cum videret dierum suorum finem, occulte mihi dixit, se habere pro certo suum martirium appropinquare, et utpote ille qui in die amabat, thesaurum suorum reliquiarum mihi commendavit, et me admonuit ut occulte haberem et in loco locarem, ubi in potentiam maurorum nunquam veniret, affirmans esse thesaurum salutis, atque scientiae certae, et plurimum laborasse et iter *fecime terra marique, et debere esse in occulto loco donec Deus vellet illud manifestare; et ego melius quam intellexi in loco clausi ubi jacet, Deum rogans ut eum observet.
Et reliquiae quae hic jacent sunt: Prophetia divi Joannis Evangelistae circa finem mundi; medius pannus quo Virgo Maria abstersit ab occulis lacrimas in passione sui Filii sacrati; os divi Stephani primi martiris. (san Esteban, Esteve, Estévan, Stephano, Stephanus, etc, protomártir ...)
Deo gratias.

El dicho arzobispo recogió todo esto y lo veneró como reliquias: murió aquel prelado, y se quedó de esta manera; y el sucesor, que fue don Pedro de Castro y Quiñones, no trató de ello, hasta que le obligó la correspondencia de lo que se halló en el monte buscando el tesoro.
Continuaba, pues, Sebastián López en visitar los cerros vecinos de la ciudad de Granada, que no son pocos: día de Todos Santos del año 1594 subió al cerro que llamaban Val-Paraíso y hoy Monte Santo, y allá halló una piedra que le pareció que tenía oro, y margarita la llaman los afinadores. De esta piedra tomó motivo para cavar, y lo continuó por algunos días, y descubrió tres bocas de cuevas que mostraban serlo, en que la tierra con que estaban llenas era movediza y puesta a mano: buscó ayuda, porque solo no podía continuar la empresa, y porque se iban descubriendo diversos caminos y ramos en aquella cueva, y en uno de ellos, en el mes de marzo del año 1595, hallaron una lámina de plomo con algunos renglones, escrita con letras extraordinarias e inusitadas, nunca vistas ni leídas en inscripciones ni monedas antiguas. Buscaron quien la leyese, y no hallaron nadie hasta que la llevaron al colegio de la Compañía de Jesús, y un padre de ella la leyó y halló que decía: Corpus ustum divi Mesitonis, martiris. Passus est sub Neronis imperatoris potentatu. Fueron continuando en cavar aquellas cavernas, y en diferentes días hallaron otras láminas de la misma letra latina y ortografía, y en todas tres estaban dobladas las letras hacia dentro, como que las hubiesen doblado para así mejor guardar y conservar las letras. Decía, pues, la una de estas dos últimas láminas de esta manera:
Anno secundo Neronis imperii, Marcii kalendis, passus fuit martirium in hoc Illipulitano, electus ad hunc effectum, sanctus Hischius, apostoli Jacobi discipulus, cum suis discipulis Turilo, Panuncio, Maronio, Centulio, per medium ignem, in quo vivi ambusti fuerunt; aeternam vitam transivere; ut lapides in calcem conversi fuerunt; quorum pulveres in hujus sacri montis cavernis jacent, qui, ut ratio postulat, in eorum memoriam veneretur.
La otra lámina decía.
Anno secundo Neronis imperii, kalendis aprilis, passus est matirium in hoc Illipulita....us Ctesiphon, dictus, priusquam converteretur, Abenatar, divi Jacobi apostoli discipulus, vir litteris et sanctitate praeditus, qui plumbi tabulis scripsit librum illum, Fundamentum Ecllesiae apellatum; et simul passi sunt sui discipuli divus Maximinus et Luparius, quorum pulvis et libri sunt cum pulveribus divorum martirum in hujus sacri mont … cavernis. In eorum memoriam venerentur.

Prosiguióse en abrir y vaciar las dichas cavernas, como dicho, y hallaron en una de ellas, como mazmorra, entre cenizas, tierra y carbones, una cabeza o calavera de hombre, y una pierna y pie y otros huesos, y muchos de ellos medio quemados; y la mazmorra también quemada y abrasadas las paredes, que parece claramente que el fuego se hizo allá dentro y fueron quemados allí. Fueron cavando más adelante y vaciando la tierra, y descubrieron otra caverna hecha a mano como horno, y estaba también quemada y abrasada, y rajadas las piedras, paredes y el techo como si hubiera habido calera allí con poderoso fuego, y allí hallaron muchas cenizas, carbones y pedazos como de cal, y una masa blanca muy liviana, tiznada y mezclada con carbones, que tendría de bulto como dos fanegas, la cual, examinada por oficiales, son huesos quemados, mezclados con cenizas y piedras que se quemaron entonces; y esto parece que corresponde a la lámina de san Hisquio, donde dice que él y sus cuatro discípulos fueron quemados vivos, y vueltos en cal como piedras.
A 22 de abril del mismo año 1595, se halló el libro que dice la una lámina: está metido en una caja o cubierta de plomo; en el suelo de ella, por la parte de dentro, tiene escrito de la misma letra antigua este letrero.
LIBER FUNDAMENTI ECCLESIAE SALOMONIS CARACTERIBUS SCRIPTUS.
A 25 del dicho mes y año se halló en otra caverna otro libro, escrito en tablas de plomo, metido en una caja o cubierta de plomo: y en esta cubierta, por la parte de dentro, en el suelo de ella, está escrito, con la misma forma de letras y caracteres que las dichas láminas, esto:
Liber De Essentia Dei, quem Divus Cthesipon, apostoli Jacobi discipulus, in sua naturali lingua arabica, Salomonis caracteribus scripsit; et alius, Fundamentum Ecllesiae appellatus, qui in hujus sacri cavernis montis jacet. Deus * Nerone Imperatore hos duos liberet libros. Imposuit finem hic mr. suis operibus, scribens miracula et vitae …. itatem sui magistri …. vi in hujus sacri montis ca.... est....
Lo que falta no se puede leer, por estar muy gastadas las letras. Además de esto, cavando en las cavernas de dicho monte, se hallaron otros diez y seis o diez y siete libros en hojas de plomo y en lengua árabe, y uno de ellos no se entiende en qué letras está; y en uno de ellos se halla como san Tesifonte y Cecilio eran hermanos, naturales de Arabia, y, como tengo ya dicho, el uno había nacido ciego, y mudo el otro (no me grites que no te veo!), y que Cristo nuestro señor les había dado la vista y habla y les encomendó al apóstol Santiago, y así, por ser árabes, escribieron aquellos libros en arábigo.
Esto es lo que pasó en la invencion de las reliquias de san Tesifonte y sus compañeros: las diligencias y averiguaciones que se hicieron sobre la verdad de ellas, y las dificultades que se ofrecieron a algunos, refieren el doctor Gregorio López de Madera en sus discursos que hace de la certidumbre de estas reliquias, y don Castellá Mauro Ferrer en su historia del apóstol Santiago. Y así, las dejo, y solo traigo en él capítulo siguiente la sentencia que dio sobre esto el arzobispo de Granada, con que se quita y da solución a las dificultades que pueden ofrecerse sobre esta dichosa invencion.

martes, 23 de junio de 2020

324. EL SANTO GRIAL EN ARAGÓN

324. EL SANTO GRIAL EN ARAGÓN (SIGLO XV. SAN JUAN DE LA PEÑA)

Entre las reliquias más preciadas para los cristianos está, no podía ser menos, la copa en la que bebió Jesús en el transcurso de la última cena, tan preciada que son varias las poblaciones de Oriente y de Europa que se disputan el privilegio de poseerla y como tal la veneran y la muestran.

La legendaria tradición, en cuanto a Aragón se refiere, nos habla de cómo fue a parar la copa a manos de José de Arimatea, quien recogió en ella algunas gotas de sangre de las heridas abiertas a Jesús cuando agonizaba en la cruz. Poco después, ese cáliz fue a parar a Roma, sin duda llevado por el propio san Pedro cuando fundó la primera sede episcopal del cristianismo, y en Roma estaba en el siglo III.

Cuando tuvo lugar una de las más crueles persecuciones contra los cristianos, la ordenada por Valeriano, éste pretendió incautarse de los bienes de la Iglesia, de los que estaba encargado por el papa san Sixto el diácono oscense Lorenzo, quien pagó con su vida la osadía de entregar como bienes reales a varios pobres, lisiados y desvalidos, enviando secretamente el sagrado cáliz a Huesca, donde se hallaba cuando llegaron los moros.

Con la llegada de los musulmanes, al decir de la leyenda, comienza toda una peregrinación del cáliz por el Pirineo (San Pedro de Tabernas, Borau, Yebra de Basa, Bailo, Jaca, Siresa y, finalmente, San Juan de la Peña), aunque también lo reivindique fuera de las montañas pirenaicas el pueblo de Calcena (Cáliz de la Cena = Calcena), situado en las faldas del Moncayo, en cuyo blasón puede verse un cáliz en uno de sus cuarteles.

En San Juan de la Peña, monasterio que se vanagloriaba de poseer importantes reliquias, el Grial —el Santo Cáliz— era la más importante, puesto que había pertenecido al propio Jesús, aunque éste no era el único cáliz precioso que atesoraba el cenobio pinatense, alguno de los cuales sirvieron de moneda de cambio con los reyes aragoneses.

No es de extrañar, pues, que el rey Martín I el Humano pidiera el cáliz a los monjes pinatenses que se lo hicieron llegar a la Aljafería zaragozana. A partir de aquí, hechos históricamente ciertos nos muestran este cáliz en Barcelona, primero, y en Valencia, después, donde fue entregado por Alfonso V y donde todavía se conserva.

[Beltrán, Antonio, Leyendas aragonesas, págs. 131-133.]


323. PAN DE LA ÚLTIMA CENA SALVADO DE LAS LLAMAS


323. PAN DE LA ÚLTIMA CENA SALVADO DE LAS LLAMAS (SIGLO XV. MONTEARAGÓN)

El real monasterio de Montearagón, ubicado en las cercanías de la ciudad de Huesca, como correspondía a uno de los más importantes centros espirituales y de poder socioeconómico de todo el reino de Aragón, atesoraba importantes reliquias, tanto de santos diversos como de objetos que habían tenido alguna relación con los primeros momentos de la aparición del cristianismo.

Igual que sucedía en la lejana Constantinopla, una de las joyas más preciadas del cenobio oscense lo constituía un pequeño fragmento de pan de la Cena del Señor, aquella en la que Jesús instituyó el sacramento de la Eucaristía en torno a los doce Apóstoles, es decir, auténtico pan de Jerusalén.

Durante siglos, ha sido duda si el pan conservado en Montearagón es un fragmento del consagrado directamente por Jesús, pero de lo que la tradición tiene toda la certeza es que se trata de pan que estuvo sobre la mesa en la que tuvo lugar la última cena.

Pues bien, con ser extraordinario que reliquia tan importante fuera a parar al real monasterio, más portentoso es todavía que este fragmento de materia tan perecedera y frágil se salvara del incendio que asoló el convento en el año 1477.
El convento había padecido para entonces varios incendios parciales, pero éste fue bastante voraz, cebándose fundamentalmente en la iglesia conventual, cuyo altar mayor fue pasto de las llamas por completo, sin que los esfuerzos de los propios monjes, de los donados y de los vecinos de la cercana población de Quicena pudieran sofocarlo con prontitud.

Como protegido por una fuerza invisible —junto a otras muchas y singulares reliquias— el fragmento de pan apareció intacto entre los escombros y las cenizas, lo que dio origen a que llegaran a Montearagón fieles de todas las latitudes para admirar aquel testimonio único.

[Blasco de Lanuza, V., Historias eclesiásticas... de Aragón..., I, lib. 4, caps. 30 y 31. Faci, Roque A., Aragón..., I, pág.18.]

319. EL BRAZO DEL APÓSTOL SAN PEDRO, EN SIRESA


7.5. LAS RELIQUIAS

319. EL BRAZO DEL APÓSTOL SAN PEDRO, EN SIRESA
(SIGLO X. SIRESA)

El rey Sancho Garcés estuvo a punto de morir a causa de una larga y penosa enfermedad, a pesar de haber puesto en práctica todos los medios curativos que los físicos tenían entonces a su alcance. Como no encontraba remedio a sus males, decidió acudir a la protección del apóstol san Pedro, cuyo brazo se veneraba en el monasterio de Siresa. El resultado fue milagroso, pues don Sancho sanó y pudo regresar a palacio.

Mientras convalecía en el cenobio, su abad contó al rey cómo había ido a parar allí reliquia tan preciada. Según palabras del abad, san Leandro, obispo de Sevilla, quiso que Hispania tuviera una reliquia del apóstol san Pedro, y envió a Roma una comisión que encabezó Ciriaco, a la sazón obispo de Zaragoza y amigo del entonces pontífice san Gregorio.

En principio, el Papa negó el beneficio, pero la tozuda insistencia de Ciriaco hizo que aquél lo consultase con Dios por medio de un ayuno de tres días, aunque no fue necesario esperar a que el plazo se cumpliera, puesto que tras el primer día de ayuno el propio san Pedro se le apareció al pontífice y le dijo que fuese a su sepulcro, en el que hallaría, separada de las demás, la reliquia que debería entregar al obispo zaragozano. Así fue como le entregó uno de los brazos del Apóstol, que fue colocado cuidadosamente en un precioso relicario de oro y traído a Hispania.

Tras largo viaje, Ciriaco regresó a su sede con tan preciado tesoro y conoció la noticia de la muerte de san Leandro, por lo que resolvió dejar la reliquia en Zaragoza. Falleció también Ciriaco y el brazo del apóstol san Pedro, un auténtico tesoro, continuó en la ciudad del Ebro hasta días antes de la invasión musulmana, a comienzos del siglo VIII, cuando los cristianos zaragozanos acordaron poner a salvo todas las reliquias y ornamentos, muchos de los cuales fueron a parar al monasterio de San Pedro de Siresa.

Sancho Garcés, antes de abandonar Siresa, agradecido por la curación de que había sido objeto, hizo donación de la villa de Usón al cenobio, cuando corría el año 923.

[Olivera, G., «Reyes de Aragón. Sancho Garcés», Linajes de Aragón, II (1911), 4.]

274. SAN LICER QUISO REPOSAR DEFINITIVAMENTE EN ZUERA


274. SAN LICER QUISO REPOSAR DEFINITIVAMENTE EN ZUERA
(SIGLO XIII. ZUERA)

274. SAN LICER QUISO REPOSAR DEFINITIVAMENTE EN ZUERA  (SIGLO XIII. ZUERA)


Muchos escritores y hagiógrafos han defendido que Licer, también conocido como Licerio, había nacido en el pueblo de Zuera en el año 468, desarrollando la casi totalidad de su vocación religiosa al otro lado de los Pirineos como ostiario, subdiácono, diácono, sacerdote (500) y obispo, en este caso de Conserans (504), cuando contaba treinta y seis años de edad. Se especializó fundamentalmente en la lucha contra la herejía arriana, actuando casi con exclusividad en el actual sur de Francia, falleciendo en la ciudad de Tarbes (548), tras haber vivido ochenta años.

De todos son bien conocidas las constantes y múltiples relaciones existentes desde siempre entre el mediodía francés (Bearn, Comminges) y Aragón, especialmente durante toda la Edad Media, de tal modo que, buena parte de las acciones reconquistadoras de los reyes aragoneses contaron con la ayuda de caballeros franceses, como en los casos de Huesca, Barbastro o Zaragoza, por sólo citar algunos.

Cuando en el año 1212, Pedro II, rey de Aragón, decidió participar en la empresa común cristiana que condujo a la victoriosa batalla de las Navas de Tolosa frente a los musulmanes, se incorporaron a las filas del ejército aragonés varios caballeros franceses, quienes, como si de un talismán se tratara, portaban varias reliquias pertenecientes a Licer, considerado santo.

Cuando los componentes de la hueste francesa se encaminaban hacia Zaragoza para incorporarse al resto de los guerreros del ejército de Pedro II, al atravesar el río Gállego y pasar por las calles de Zuera, absolutamente todas las campanas de la villa comenzaron a repicar sin que nadie las moviera.

Ante tal prodigio, el pueblo entero se congregó en torno a los guerreros franceses y lograron que éstos hicieran entrega a los zufarienses de las reliquias que llevaban de san Licer, declarando unánimemente que en adelante sería considerado como patrón de la villa en la que había nacido en el siglo V.

[Rincón, W. y Romero, A., Iconografía... I, pág. 98.]


http://www.castillodeloarre.org/zaragoza/990510-Zuera01.htm

domingo, 12 de mayo de 2019

ALFONSO I EL BATALLADOR, CASTIGADO POR DIOS EN FRAGA


2.64. ALFONSO I EL BATALLADOR, CASTIGADO POR DIOS EN FRAGA
(SIGLO XII. FRAGA)

Alfonso I el Batallador, tras recorrer de forma victoriosa casi todo el actual Aragón central, se dispuso a asediar Fraga, importante población musulmana enclavada a orillas del río Cinca. Ante los preparativos llevados a cabo, Abén Ganya, de la tribu de los moabitas, gran príncipe de Valencia y Murcia, organizó un gran ejército y acudió a tierras fragatinas para socorrer a sus correligionarios. Pero, a pesar de su numerosa y aguerrida hueste, fue vencido dos veces consecutivas por el Batallador, dejando a los cristianos un enorme botín para repartirse como era costumbre.

La doble victoria de Alfonso I se debió, sin duda alguna, a que llevaba consigo una bella arca de oro, adornada con múltiples piedras preciosas. Dentro de ella guardaba varias reliquias, entre las que destacaba un leño de la cruz en la que murió Jesús. El rey aragonés había conseguido el arca en el transcurso de una de sus numerosas guerras, en casa de los mártires Primitivo y Facundo, allá por tierras del río Cea, en León.
Además de esta caja-relicario, que era la más preciada por él, poseía otras de marfil, oro, plata y piedras preciosas, en las que guardaba reliquias múltiples y variadas de la Virgen María; del leño del Señor; de apóstoles, mártires y confesores; de vírgenes; de patriarcas y profetas. Todas esas arquetas eran custodiadas por soldados y sacerdotes en la capilla ambulante que el rey llevaba consigo siempre que entraba en campaña.
Tras la doble victoria de los aragoneses sobre Abén Ganya, los moros de Fraga quisieron pactar y entregarse, pero el Batallador no quiso aceptar la rendición que se le ofrecía si no era con un baño de sangre, porque Dios había endurecido su corazón, en castigo, sin duda alguna, por los males que hizo a los cristianos de León y Castilla, tierras que recorrió en varias ocasiones con sus huestes.
Al fin, Abén Ganya, que recibió refuerzos extraordinarios de al-Andalus, venció a Alfonso I, apoderándose de las arcas.
[Huici, Ambrosio, «Chronica Adefonsi imperatoris», en Las crónicas latinas de la reconquista, t. II, pág. 228.]






Huici, Ambrosio, Chronica Adefonsi imperatoris


domingo, 26 de julio de 2020

ÍNDICE , tomo primero, Historia Condes Urgel

ÍNDICE
de los capítulos que contiene este tomo primero de la Historia de los condes de Urgel.
/ Se omiten las páginas, no concuerdan con este formato (doc, html) /

Razón de la Obra.
Capítulo I.- Ed que se describen los pueblos ilergetes.
II. - En que se describe el condado de Urgel.
III. - De las etímologias del nombre de Urgel, y de la ciudad de Balaguer y de su fundación.
IV. - De los primeros pobladores de España, hasta la seca de ella.
V. - Vienen diversas gentes a España, llamadas de las grandes riquezas que descubrieron los incendios de los montes Pirineos, y lo que padecieron los naturales de ella.
VI. - De la venida de los cartagineses a España.
VII. - De la venida de los romanos: sucesos y guerras entre ellos y los cartagineses.
VIII. - De lo que hicieron los romanos en España hasta llegar a los pueblos ilergetes.
IX. - De cómo Asdrúbal llegó a los pueblos ilergetes, y de lo que hizo en ellos.
X. - De los hermanos Mandonio e Indíbil, príncipes de los ilergetes, y de los sucesos tuvieron con Neyo Scipion.
XI. - Varios sucesos de los romanos y cartagineses en España: cóbranse los rehenes que estaban en poder de los cartagineses, y otras cosas notables que acontecieron en ella, y muerte de los Scipiones.
XII. - De la venida de Publio Scipion y presa de Cartagena, y de lo que pasó con las hijas de Indíbil y la mujer de Mandonio, grandes señores de los pueblos ilergeles.
Xill. - De cómo Scipion dio libertad a la mujer e hijas de Mandonio e Indíbil, y de la oración que hizo Indíbil delante de Scipion.
XIV. - De la enfermedad de Scipion, y de cómo Mandonio e Indíbil quisieron echar a los romanos de España.
XV. - De las paces que después de vencidos hicieron Mandonio e Indíbil con Scipion, y de su vuelta a Roma.
XVI. - De cómo Mandonio e Indíbil se volvieron otra vez a levantar, y de la muerte de los dos.
XVII. - Del estado de las cosas de España después de muertos Mandonio e Indíbil, y de Belistágenes, príncipe de los ilergetes.
XVIII. - Estado de las cosas de España, y de los gobernadores que vinieron a ella: presa de Corbins y Arbeca, pueblos ilergetes.
XIX. - De la venida de los cimbrios a España, y del uso de las cimeras que de ellos ha quedado.
XX. - De la venida y hechos de Quinto Sertorio; favores y mercedes que hizo a los españoles, y fundación de un estudio general que hizo en los pueblos ilergetes, en la ciudad de Huesca, y del provecho que dio. (Universidad Sertoriana)
XXI. - Del lenguaje se usaba en España en estos tiempos, y de las cosas que hizo Sertorio hasta su muerte.
XXII. - De lo que hizo Pompeyo en España, y principio de las guerras civiles entre él y Julio César.
XXIII. - Toma César la montaña de Gardeny, junto a Lérida; hácese fuerte en ella, y queda señor de la campaña.
XXIV. - De las incomodidades que tuvo César, lluvias y hambre que hubo mientras estaba sobre Lérida, barcos que mandó labrar para pasar el Segre, y asedio que puso a la ciudad .
XXV. - César va en seguimiento de los pompeyanos, y no para hasta haber vencido a Petreyo y Afranio, sus capitanes.
XXVI. - César, vencidos Afranio y Petreyo, se vino a Lérida, y le quitó el nombre que le habían sobrepuesto, y le volvió el antiguo; y de los sucesos de España hasta la venida del Hijo de Dios al mundo.
XXVII. - Nace Cristo Señor nuestro. Herodes es desterrado a Lérida. Muere Herodías en Segre, y cuántos Herodes ha habido.
XXVIII.- Viene el apóstol Santiago a España, y predica en los pueblos ilergetes: memorias que hay de esta venida, y otros sucesos hasta la muerte del emperador C. Calígula.
- Del imperio de Claudio; venida de los apóstoles san Pedro y san Pablo a España, y cosas notables acontecidas en los pueblos ilergetes hasta la muerte del emperador.
XXIX. - Descúbrense en el Monte Santo de Granada las reliquias y libros de san Tesifonte y de otros santos, discípulos del apóstol Santiago.
XXX. - De la sentencia que dieron el arzobispo de Granada y las personas que juntó para ello, sobre la verdad y certidumbre de estas santas reliquias.
XXXI.- De la venida y predicación de san Saturnino al condado de Ribagorza, y de los apostóles san Pedro y san Pablo a España, y fundación de Fraga en los pueblos ilergetes, y demás sucesos de ellos, hasta la muerte del emperador Domiciano.
XXXII.- Del imperio de Nerva, y de los demás emperadores hasta Diocleciano y Maximiano, y sucesos de los pueblos ilergetes.
XXXIII.- Del imperio de Constantino Magno; cómo lo dividió entre sus hijos, y de los demás emperadores hasta Arcadio y Honorio, y venida de las naciones bárbaras a España.
XXXIV. - Entran los godos en España, y de los reyes que hubo de aquella nación hasta Amalarico; y de san Justo, obispo de Urgel.
XXXV. - Del rey godo Teudio, y del concilio que se celebró en su tiempo en la ciudad de Lérida, de los pueblos ilergetes.
XXXVI. - De los obispos ha habido en Lérida y Huesca, ciudades principales de los pueblos ilergetes.
XXXVII. - De los obispos de Lérida que fueron después de la pérdida de España, hasta el año 1433, en que murió don Jaime de Aragón, último de los condes de Urgel.
XXXVIII. - De los obispos de Huesca, desde el primero de ellos, hasta don Hugo de Urries, que lo era cuando murió don Jaime de Aragón, último conde de Urgel.
XXXIX. - Prosigue la historia de los reyes godos, desde Teudiselo hasta Recesvinto, y los obispos de Urgel que hubo en este tiempo.
XL. - De los últimos reyes godos, y de la pérdida de España.
XLI.- Del estado en que quedaron las cosas en Cataluña. Venida de algunas familias ilustres, y muerte de Otger Catalon.
XLII.- Dapifer de Moncada, por muerte de Otger, es capitán de los catalanes, y venida de Carlo Magno a Cataluña.
XLIII. - De la creación del título de conde de Barcelona, de Urgel, vizconde de Ager y otros.
XLIV.- De Armengol de Moncada, primer conde de Urgel, y vida de san Hermenegildo, de quien deriva este nombre. - De cómo el nombre de san Hermenegildo fue muy recibido en España, y de los muchos nombres que de este se han formado. - Prosíguense los hechos que se saben de Armengol de Moncada.
XLV. - De Sunyer, segundo conde de Urgel.
XLVI. - De la vida del conde Borrell, tercer conde de Urgel.
XLVII. - Que contiene la vida de Armengol de Córdoba, cuarto conde de Urgel.
XLVIII. - De Armengol, el Peregrino, quinto conde de Urgel.
XLIX.- De Armengol de Barbastro, sexto conde de Urgel.
L. - Que contiene la vida de Armengol de Gerp, séptimo conde de Urgel. - De la conquista de Balaguer, y descripción de aquella villa.
LI. - En que se escribe la vida de Armengol de Moyeruca, octavo conde de Urgel.
LII. - De Armengol de Castilla, nono conde de Urgel. - Privilegio que dio a la ciudad de Balaguer, en que hace francos en alodio todos sus términos. - Conquista de la ciudad de Almería, y todo lo demás que se sabe de este conde de Urgel, hasta su muerte.
LIII. - que trata de Armengol de Valencia, décimo conde de. Urgel.- De la donación que hizo el rey don Fernando de León al conde Armengol, de los lugares de Almenarilla y Santa Cruz. - Principio del sagrado orden Premostratense, y de un monasterio que edificaron de él los condes de Urgel en su condado. - De la muerte, hijos y testamento del conde.
LIV. - Que contiene la vida de Armengol, octavo de este nombre, y undécimo conde de Urgel.- De cómo el conde Armengol volvió en gracia del rey, so casamiento, y disgustos con Ponce de Cabrera. - Del casamiento del conde, muerte y testamento suyo.
LV. - Que contiene la vida de don Guerau de Cabrera, conde de Urgel. - Pretende don Guerau pertenecerle el condado de Urgel, y con mano armada se pone en posesión de él. - Doña Elvira casa con Guillen de Cervera.- De algunas memorias y testamento de esta señora y de su marido. - Acomete don Guerau el condado de Urgel, quítaselo el rey, y sucede la famosa batalla de Ubeda. - De las cosas que sucedieron en Cataluña durante la menor edad de él, y cómo el vizconde don Guerau con armas se apoderó del condado de Urgel. - El vizconde se reconcilia con el rey; doña Aurembiaix, hija del conde don Armengol, le pide el condado de Urgel. - De la donación que la condesa doña Aurembiaix hizo al rey de la ciudad de Lérida, y del pleito entre la condesa y el vizconde don Guerau.
- Continúa el pleito con la condesa y el vizconde, y de lo que se declaró, y cómo el rey tenía algunos lugares del condado de Urgel. - Cuéntase la presa de la ciudad de Balaguer, y de los ingenios y máquinas de guerra que usaban en aquellos tiempos.
- Prosigue la presa de la ciudad de Balaguer. - De la muerte del vizconde de Cabrera, de su linaje y sucesión.
LVI. - Que trata de la vida de Aurembiaix, XIII condesa de Urgel. - De los casamientos se trataron a la condesa, y de que solo tuvo efecto el del infante don Pedro de Portugal.
- De lo que hizo el infante don Pedro después de renunciado el condado de Urgel, hasta que murió.
LVII.- Vida de don Ponce de Cabrera, XIV conde de Urgel.- Pretende el conde don Ponce tocarle el condado de Urgel, y mueve guerra al rey. - De la concordia hicieron el rey y el vizconde sobre el condado de Urgel.
LVIII. - De don Álvaro de Cabrera, XV conde de Urgel y vizconde de Ager. - Venida de don Álvaro, y cómo por muerte de su hermano heredó de su padre. - Del pleito que se movió entre el conde don Álvaro y doña Constanza, su mujer, sobre la validez de su matrimonio.
- De lo que hizo doña Cecilia de Foix después que el conde volvió con doña Constanza de Moncada; y de lo que declararon los obispos de Francia.

Fin del índice.


domingo, 19 de julio de 2020

CAPÍTULO LVI.


CAPÍTULO LVI.

Que trata de la vida de Aurembiaix, XIII condesa de Urgel. - De los casamientos se trataron a la condesa, y de que solo tuvo efecto el del infante don Pedro de Portugal.
- De lo que hizo el infante don Pedro después de renunciado el condado de Urgel, hasta que murió.

Puesta por mano del rey en posesión del condado de Urgel, la condesa Aurembiaix, y gozando con sosiego los estados de su padre, así los de Cataluña y Aragón, como también los de Castilla y Galicia, muchos pretendieron casar con ella, por ser la más rica y principal mujer hubiese en estos tiempos en España. Había sido desposada con don Álvaro, hijo de don Pedro Fernández, que llamaron Alv* Pérez, que fue hijo de don Pedro Fernández de Castro, *que llamaron el Castellano, y fue gran señor en Galicia, *su hermana doña Elo casó con don Ponce de Cabrera y descendía del conde don Pedro Fernández de Trava: este matrimonio no pasó, por haber parentesco entre los desposados, aunque no se dice en qué grado. Sin este se le *trataron otros casamientos, pero por estar las cosas de su matrimonio en el estado que queda dicho, y por otros respec* no tuvieron efecto. En el archivo Real de Barcelona y en * armario general de Cataluña, n°. 110, he visto un auto * que el rey don Pedro, el primero en Cataluña (idiota, a ver si muestras un texto donde ponga que es rey de Cataluña) y segundo * Aragón, padre del rey don Jaime, y Elvira, condesa * Urgel, concertaron de casar esta señora con don Jaime * hijo del rey y señor de Mompeller, cuando tuviese edad para ello: el dote era el condado de Urgel, y el esponsalici * donación propter nuptias, el condado de Pallars y las villas de Cervera, Camarasa y Cubells, con todos sus términos * jurisdicciones; y por seguridad de esto dio el rey por *fiadedores, muchos caballeros de sus reinos; por Aragón, García Romeu, Blasco Romeu, Sancho de Antillon, Aznar Pardo * Martín de Canet, Arnaldo de Alascano, Ato de Foces, Guillen de Alcalá, Matalo y Fortunio Valerio; de Cataluña Guillen, vizconde de Cardona, Hugo de Mataplana, Ramon Galceran, Ramón de Moncada, G. de Cervelló, Guillen Ramón Senescal, R. de Cervera, el mozo, Hugo de Torroja, Ramón Alamany y Arnau de Timor; y todos estos por parte del rey aseguraron el cumplimiento de este casamiento. Esto pasó en el mes de febrero de este año de 1210, después no se efectuó: está este auto en pergamino y dividido por alfabeto (alphabeto divisa), según el uso y estilo de aquellos tiempos; y practicábase de esta manera, que en un mismo papel o pergamino se escribían dos copias del auto que las partes habían firmado; y aquellas signaba el escribano, y después, en el espacio que había entre el un auto y el otro, escribía las letras del alfabeto, aquellas que podían caber en una linea; esto hecho, con unas tijeras cortaban el pergamino por medio de aquellas letras del alfabeto, y cada una de las partes se llevaba su auto por entero, y con la mitad de aquellas letras que se habían cortado, esto es, media A, media B, media C, etc.;. y eso servía por prueba de la verdad del auto, así que, en caso se sospechase de él, o se dudase de lo concertado entre las partes, o cuando habían de alegar de su derecho, cada uno de ellos sacaba su auto, y si las letras conformaban y eran las mismas, el auto se daba por bueno y verdadero, y no padecía excepción o nulidad, y esto era muy usado en estos siglos; y en el archivo real de Barcelona y en otros particulares de Cataluña hay infinitos de estos; pero por no haber tenido efecto este casamiento, y haber ella quedado desposeída y desheredada del estado de sus padres, estuvo muchos años sin casar, y vivió retirada en el monasterio de San Hilario de Lérida, del orden cisterciense, fuera de los muros de Lérida.
Había prometido esta señora al rey de no casar sino a su voluntad, y así tomó marido de mano del rey, que fue el infante don Pedro, hijo del rey don Sancho el primero de Portugal, llamado el Poblador. Este infante casi toda su vida vivió desterrado del reino de Portugal, y fue muy perseguido del rey don Alonso, su hermano, por parecerle excesivo lo que el padre le había mandado en el testamento * y también porque, en virtud del testamento del abuelo * pretendía la mitad del reino de Portugal; y fue tal la indignación que contra de él concibió el rey su hermano, que *le obligó a dejar su patria y reino y pasarse a Marruecos, donde vivió mucho tiempo; y estando allá, sucedió el martirio de cinco religiosos del orden de San Francisco, que habían pasado a aquellos reinos para predicar la fé de nuestro Señor a aquellos infieles; y las reliquias de estos santos mártires fueron después, por cristiana diligencia y piadoso cuidado de este infante, que se hallaba en la corte de* Miramamolin, puestas en cobro y llevadas a Portugal. Dice un autor, que por ventura permitió Dios la resolución de que este príncipe eligiese este destierro en las discordias con su hermano, previniendo ya el medio por donde no se perdiesen tales reliquias, pues para redimirlas del furor de * infieles, no fue menester menos que el total respeto que ellos le tenían; y entre otras maravillas que Dios obró p* la intercesión de estos santos fue el tomar el hábito de e* santa religión el glorioso San Antonio de Padua, que *mado con tal ejemplo, y con gran celo de la honra de Dios * determinó ofrecer su vida por la confesión de la santa *fé católica, trocando su hábito de canónigo reglar de San Agustín con el de fraile menor. Mas aunque llevaba este infante tan grande tesoro, no se tuvo por seguro en el reino de Portugal, y así se pasó a los de la Corona de Aragón * donde fue muy bien recibido y tratado del rey don Jaime * por el parentesco había entre los dos, por ser el infante primo hermano del rey don Pedro, padre del rey don Jaime: heredóle de algunos lugares y rentas en el campo de Tarragona, y le dio mujer de la casa real, deuda del rey, que fue la condesa Aurembiaix. Concertóse la boda a 11 de julio de este año 1229 en la villa de Espluniga; los capítulos y conciertos no fueron muy largos, según el uso de aquellos tiempos: hélos visto en el archivo real de Barcelona, armario 16, n°. 388, y en este último se conservan pendientes los sellos del infante y de la condesa, y son de cera: el del infante tiene en la una parte su figura, armado, a caballo y un escudo embrazado, con las armas del reino de Portugal, y a la mano derecha una lanza con una banderilla; y a la otra parte una figura de leon o lobo, que por estar algún poco desfigurada por su antigüedad, no se divisa; y como están las letras del rededor muy gastadas, solo se pueden leer estas: a la una parte, Petri, y a la otra, Filii Sancii. El sello de la condesa a la una parte tiene las armas de Urgel, y en la otra no se puede bien atinar. Estos capítulos matrimoniales son los siguientes:
In Dei nomine amen. Noverint tam presentes quam futuri quod ego Aurembiaix Dei gratia Urgelli comitissa recipio infantem dominum Petrum Portugalensem pro marito directo et do ei comitatum meum Urgelli quantum habeo in illo vel habere debeo vel lucravero quod habeat et possideat illum in omnibus diebus illius et post mortem illius debeat remanere comitatum in quo mandavero ego et si habeo filium vel filiam de illo post mortem illius debeat remanere in illo. Ego infans domnus Petrus Portugalis recipio dominam Aurembiaix Dei gratia comittisam Urgelli pro domina directa et do ei viginti mille morabatinorum pro arris ad forum Barchinone quod habeat illos in potestate Templi et in Hospitali et quod post mortem meam faciat de illis quod sibi placuerit. Facta carta apud Splunigam die XI julii sub era MCCLXVII (era 1267: año 1229).
Berengarius de Podio viridi testis.- Berengarius de Podio vidi testis.- Ugo Sanctii testis.
- Guilermus de Cardona testis * Guilermus de Anglesola testis.- Guilermus de Çaguardia testis - Gombau de Ribelles testis.- Pontius de Cervaria testis. - *Berengarius de Podio viridi (Puigvert o Puigverd, pueyo verde) testis. - Rodericus Gomesius de Britaris testis.
- Gonzalvus Garcia testis. - Joannes Ferrandi testis..

Esto pasó a 11 del mes: a 15 fueron los novios a la * de Valls, del campo y arzobispado de Tarragona, que * uno de los pueblos que el rey había dado al infante, y a* en presencia del mismo rey, de Nuño Sancho, Guillen * Anglesola, B. de Puigvert, Jaime de Cervera, Pedro de *lou, Pedro Sancho, Rodrigo Gómez de Britaris, el infante don Fernando, hijo del rey don Alonso de León y de doña Teresa, hija de Sancho, rey de Portugal, que era hermana del infante don Pedro; Gonzalo García, Pedro Juan * Portocareyro, caballero portugués, Juan Fernández, *lendo Suarez, Velasco Eris, canónigo auriense, Lopes Per*
caballero de la orden de Uclés, y Guillermo Domingo A*rici, capellán del infante, y otros muchos caballeros de Portugal, Aragón y Cataluña, se celebraron las bodas con mucha grandeza y real aparato, y otra vez se volvió a *confirmar el dicho auto hecho a 11 del mes, y fueron testigos que quedan nombrados. Este segundo auto está en el archivo de Barcelona, arm. 16, saco A, n° 57. Y aunque el *rey en todo lo que podía hacía merced y favor al infante, * su condición y facilidad, y temía que con el nuevo estado moviese algunas pretensiones antiguas, y quisiese revolver * que quedaba asentado entre la condesa y el rey, el cual *ra asegurarse de esto, estando en Cervera, a 9 de mayo, * año 1230, tomó al infante juramento de fidelidad, y promesa que por su parte haría que se cumpliesen todos los conciertos hechos entre el rey y la condesa, su mujer, guardando también el rey lo que le había prometido: es el auto breve, y sacado del archivo real de Barcelona, de un libro antiguo de pergamino, cubierto de tablas, del rey don Jaime el primero, es el que sigue:
Manifestum sit omnibus quod ego domnus Petrus infans Portugalensis promitto et convenio bona fide vobis domino Jacobo illustri regi Aragonum comiti Barchinone consanguineo nostro esse fidelis et legalis super omnia jura vestra que habetis in comitatu Urgelli et faciam attendi a domna Aurembiaix bona fide et sine ingenio omnes illas conventiones que sunt inter vos et ipsam de comitatu eodem secundum quod in cartis inter vos et ipsam super hoc confectis plenius continetur vobis attendentibus eidem convenientias supradictas quas de comitatu prefato cum eadem fecistis. Data apud Cervariam IX kalendas madii era MCCLLXXI. (error, hay 2 L)
Sig+num domini Petri infantis Portugalensis.
Hujus rei testes sunt frater Guilelmus Catelli magister militie Templi. Frater Rigaldus de Rupe preceptor Miraveti. R. de Serra preceptor Montissoni. Assalit de Gudal. Sentiu de Orta. Rodericus Eximenus de Luzia. Gonsalvus Garcie Petrus Garcie *Menendus Suarii Portugalenses.

En el punto que yo vi este auto dije que el escritor anduvo errado en poner la era de 1271, que corresponde con el año de 1233: porque, sacados treinta y ocho años de los de la era, viene a quedar solo el año de 1233. Esta cuenta de era, tan usada en España, tuvo principio en el año de 774 de la fundación de Roma, en que, por razón de ciertos repartimientos que se hicieron del gobierno de aquella república, cupo a Octaviano César el gobierno de dicha provincia, y de aquí tomaron ocasión los español* adulando a su gobernador, de comenzar de su tiempo * principio de la cuenta de los años, y acostumbraban ll* Era de César, con intento de granjear con esto la gracia de aquel príncipe; así, si al año de Cristo añadimos treinta y ocho años, hallaremos puntualmente el año de la era. De este modo de contar muchos años; pero porque se toma* muchos errores, unas veces quitando años, otras añadiendo, tuvieron a bien dejar este modo de contar y to* el de los años de Cristo Señor nuestro: así lo ordenó en * cortes del año 1351 el rey don Pedro, y da por motivo * esta ordenación, porque más a menudo se haga memoria del nacimiento del Salvador. Lo mismo en Castilla el rey don Juan el primero,el año 1383, y poco después lo imitaron los portugueses; y hallamos que en tiempo del emperador Justiniano, Dionisio, abad romano, quitadas todas las ma*ras de contar que por aquel tiempo se usaban, introdujo * cuenta de los años de Cristo, y con esto se quitaron muchos errores en que cada día topaban muchos escribanos *poco prácticos de estas cuentas. Uno de ellos fue el que escribió este auto, que por poner era 1268 o 1269, puso 1271, * cual tiempo ya era muerta la condesa Aurembiaix, según se infiere de muchos autos que he visto, y, como dice Zurita, murió el año de 1231, que era el de la era 1269: así que según la cuenta del notario, este auto se hizo el año *1239 de Cristo Señor nuestro, y era disparate que siendo muerta la condesa se obligase el infante a hacerle cumplir los tratos había entre ella y el rey; y si se me objetare que según ese auto aun no era muerta la condesa, y así no es errado * año, doy por su respuesta otro, hecho a 3 de las calendas de octubre, del cual consta ser ella muerta; pues dice en él el infante, que le pertenece el condado de Urgel en virtud del testamento de la condesa, y si no fuese publicado el testamento, el cual de derecho no se puede publicar sino después de la muerte del testador, no lo dijera, pues ya en los capítulos matrimoniales que arriba vimos tenía el infante algún título para ser señor del condado, y dejando aquel título, se vale del testamento de la condesa como a más nuevo y firme, asegurado con la muerte de ella, que fue en el mes de agosto de dicho año 1231, en la ciudad y castillo de Balaguer, después de haber poco más de dos años que estaban casados, y sin dejar hijos. A 11 del dicho mes otorgó su testamento, e hizo heredero suyo, a su voluntad, al infante don Pedro, su marido, a quien hizo legado particular de la villa de Valladolid y demás lugares de Galicia que habían sido del conde don Pedro Anzures, y le absolvió de los veinte mil morabatines que le había asignado por arras.
Su cuerpo fue sepultado en San Hilario de la ciudad de Lérida, que es de monjas del orden cisterciense, donde vivió mucho tiempo retirada, cuando Guerau de Cabrera le tenía ocupado el condado. Vese el día de hoy su sepulcro sobre cuatro columnas junto al de la condesa doña Elvira, su madre, aunque ambos algo consumidos del tiempo. Dejó para su alma mil morabatines y a la orden de Uclés todo lo que poseía en Castilla; a Nuño Sánchez, hijo que fue de Alfonso, rey de Aragón, a quien ella quería mucho, una espada que tenía en Montalbán, encomendada a los caballeros de la dicha orden de Uclés; pero porque no pesará a los curiosos ver el testamento de esta señora y el estilo de aquellos siglos, le traigo aquí, y es el que se sig* (cortado a la derecha el scan)

Quoniam nullus in carne positus mortem evadere potest id* co in Christi nomine ego Aurembiaix Dei gratia comitissa *gelli in nostra plena memoria et sano et integro intellectu *rante divina misericordia facio meum testamentum scriber* eligo manumissores meos quos precor et volo esse dompnum *rengarium episcopum Ilerdensem et domnum Pontium Dei *gratia episcopum Urgelensem et fratrem Guilelmum de Cerv* qui dividant omnia nostra sicut in hac pagina inferius scrip* est sine damno quod inde non eveniat: et testamentum is* esse volo firmum et stabile omnibus temporibus seculorum. *In primis igitur dimitto corpus meum et animam meam omnipotenti Deo et eligo sepulturam meam in monasterio Sancti *Hilarii ilerdensi cum mille morabatinis quos ibi pro anima mea *dimitto:
et constituo heredem meum infantem dompnum Petrum Portugalensem virum meum et comitem totius terre nostre et *comitatus Urgelli cum omni jure quod in eo habeo aut habere *debeo * quocumque modo vel causa videlicet cum militibus et omnibus aliis hominibus tam viris quam mulieribus ubicumque locorum per totum comitatum Urgelli existentibus sicut melius * plenius ad profectum prefati infantis dici et intelligi pote* quem comitatum relinquo eidem ut predictum est jure heredi*rio perpetuo possidendum ita quod et in vita et in morte possit * ipso facere et ordinare et disponere quidquid sibi placuerit:
in istis omnibus concedo eidem infanti Petro illud nostrum dominium quod in ipso habeo et habere debeo ullo modo. V* siquidem et mando et districte precipio omnibus baronibus militibus et aliis hominibus comitatus totius per fidelitatem hominium et naturalitatem quibus mihi tenentur stricti qu* adhereant et attendant sepe fato infanti cum castellis et villis * omnibus aliis locis et juribus ad me pertinentibus in comita* eodem et habeant ipsum de cetero verum et naturalem do* num et succesores suos quos preelegerit in perpetuum. Quicumque autem ex illis qui sub dominio nostro per totum comitatu * predictum sunt et esse debent contra hanc institutionem mea * venire presumserit et infanti predicto non attenderit ut super* essum ipso facto bazare ac perfidus ab omnibus habea* modo dimitto sepe nominato infanti Petro omne jus *habeo et habere debeo in Valle Oleti et totam hereditatem quam habeo vel habere debeo in Gallecia ut faciat ex eis *nat et ordinet pro voluntate sua quidquid voluerit omne * seculi. Volo et mando quod predictus infans Petrus vir * teneatur post mortem meam de arris quas mihi cons* eas simili modo eidem dimitto. Volo denique et man* idem infans Petrus persolvat omnia debita nostra et *cut ipse mihi bona fide promissit. Mando insuper ordi*les omnes possessiones meas et hereditates et res alias * Castella habeo vel habere debeo in quibuscumque locis *ibus juribus ad me pertinentibus in regno eodem ex* quod habeo in Valle Oleti quod jam superius domno infanti concessi. Mando insuper et concedo domno N. * cosanguineo meo ensem meum quem habeo apud * Albanum (Montalbán) in custodia fratrum Uclensium. Relinquo etiam * Ferrandi mille morabatinos ad casamentum suum. Item * Petro Nuni centum et quinquaginta morabatinos ad * suam. Legata autem nostra et debita ut predictum est * ando quod domnus infans persolvat sicut ea melius *re poterit de redditibus comitatus secundum quod eos *re poterit. Inde et dimitto domino Pape sub protectione * bona nostra ubicumque sint et hoc testamentum * plicans eidem humiliter et devote ut intuitu pietatis * mum illum et ratum haberi faciat et executioni man* est in presenti pagina ordinatum: quod siquis contra*mptaverit ipsum per censuram ecclesiasticam compes* tamentum istud inviolabiliter faciat observari. Actum * estamentum III idus augusti anno domini M.CC.XXXI. (1231).
* Aurembiaix comitisse Urgelli que hoc testamen* nostra manu firmo et concedo testibus ac manu* firmare rogo.
* Raymundi de Serra preceptoris Montisonis. - * Raymundi Oller preceptoris de Corbinis.
- Sig+num * de Monte preceptoris Gardennii.- Sig+num Pontii de *e militis.- Sig+num Petri de Albarellis.- Sig+num *rii de Beliaña militum.- Sig+num fratris Ferrandi militis. - Sig+num Berengarii de Pania Celsonensis camera* Sig+num Matii Bejo civis Illerde testium.
Raymundus presbiter qui hoc jussu R. Gacet capella*:
Albesa scripsit et hoc Sig+num fecit.

No quedó el rey muy contento de la disposición d* condesa, no porque le pesase el bien y aumento * infante, a quien quería mucho, sino que pensó que c* era forastero, remiso y flojo de condición, no lo alie* en favor de Ponce de Cabrera, que por esto estaba algo quieto, y pretendía que ni la condesa había podido d* el condado al infante, ni que el infante le podía retener * perjuicio suyo; pero el rey, previniendo a lo que podía * lo quiso unir a la corona real, antes que Ponce de Cabrera * o por concierto, o por muerte del infante o por fuerza * armas, se apoderase de él; y así hicieron concambio de * manera: que el infante, donatione inter vivos, transfirió * rey y sus sucesores para siempre el condado de Urgel con todos sus términos, con todo el señorío y derecho * competía, así en virtud del testamento de la condesa co* de otra cualquiera manera, reservándose Valladolid; y * rey, aceptada la donación, dio al infante de por su vida * reino e islas de Mallorca y Menorca, y que fuese obliga* de acogerle en los lugares y castillos fuertes y guardar paz y guerra con moros y cristianos a él y a sus sucesores * y que muerto el infante, sus herederos se quedasen con * la tercera parte de las islas y con las obligaciones ante* dentes, y reservándose, a más del soberano y recto domin* toda la Almudayna y las villas y castillos de Pallensa (PollençaPollensa, Pollentia) y O*ron. Con estos y otros pactos y reservas, el infante * bien a todo, por dar gusto al rey, que así lo quería y pedía, por importar a la conservación de la real corona. Todo esto pasó en el castillo de la ciudad de Lérida, a 29 de setiembre de 1231, donde también el infante prestó homenaje al rey, en presencia de Berenguer, obispo de Lérida, Bernardo, abad de Santas Creus, fray Guillermo de Cervera, religioso del monasterio de Poblet, fray Pedro Cendra, varón santo de la orden de Predicadores claro por milagros, y más por su virtud y santidad (cuyo cuerpo está sepultado en un sepulcro de mármol en la capilla de Santo Domingo, en el monasterio de Predicadores de Barcelona, y elevado sobre cuatro columnas de jaspe, y en él entallados muchos de los milagros que por su intercesión obró Dios), fray Bernardo de Castell Bisbal, Ato de Foces, mayordomo de Aragón, Rodrigo de Lizana, Blasco Maza, Sancho de Orta, Roderico Giménez de Luzia (Luesia), Pedro Maza, Bernardo de Rocafort, García de Orta, Pedro Pérez de Tarazona, justicia de Aragón, que fue de los más claros varones de estos tiempos, y otros muchos que fueron testigos de esto. Así consta claro en un auto que trae Dameto en su historia de Mallorca, y escusaré yo el meterlo aquí; pero queriéndolo comprobar por mi curiosidad con el original, que está en el real Archivo de Barcelona, lo he hallado tan mendoso y falto, que me ha parecido necesario meterle aquí por entero; y porque se vea, andando estos autos de unas manos a otras, cuánto pierden, y el daño que pueden causar las negligencias de los trasladadores imperitos, es el auto este:

Manifestum sit omnibus quod ego infans domnus Petrus *consulto et ex certa scientia ac spontanea voluntate per me et per omnes successores meos cum presenti carta dono absolvo * definio vobis domino Jacobo Dei gratia regi Aragonum et re*ni Majoricarum comiti Barchinone et domino Montis-Pesulani et vestris successoribus in eternum totum comitatum Urgel* cum terminis et pertinentiis suis et cum omnibus que pertine* ad eundem vel pertinere debeant liberum scilicet et quietum * totum jus quod in eo habeo vel habere debeo ratione donation* vel Iegati illustris domne Aurembiaix quondam comitisse Urgelli sive ex testamento suo sive alio quolibet ullo modo: it* quod ab hac die in antea in qua hec present scribit* carta totum predictum comitatum et totum jus quod in eo habeo vel habere debeo cum omnibus que pertinent ad eundem * pertinere debent habeatis causa donationis inter vivos et ca* proprietatis cum omni pleno jure et potestate perpetuo ad *bendum ad omnes vestras et vestrorum voluntates sine omni * meorumque retentione que ibi vel in eo non fecero ullo m* excepto jure quod predicta comitissa habebat in Valle Oleti * mihi retineo sicut in testamento illud mihi concessit. Nos ita* Jacobus rex predictus per nos et successores nostros recipi* hanc donationem comitatus Urgelli a vobis illustri infante d*no Petro donamus concedimus et laudamus vobis ad *habendum et tenendum integre diebus omnibus vite vestre totum reg* Majoricarum cum pertinentiis suis et cum omnibus que pe*nent ad eundem cum exitibus et redditibus quos ibi habe* et habere debemus et in insula quoque Minoricarum per *terram scilicet et per mare in hunc scilicet modum: quod reg* Majoricarum et insulam Minoricarum cum omnibus que pe*nent ad easdem teneatis in tota vita vestra per nos et suc*sores nostros in feudum et ad consuetudinem Barchinone et * ciatis inde nobis homagium et donetis potestatem de omni* castris iratus et paccatus quandocumque nos voluerimus et fac*tis inde pacem et guerram per nos et successores nostros * christianis et de tota Andaluzia: et post mortem vestram habe* successores vestri quos vos eligeritis tertiam partem totius ter* nostre in insulis supradictis et omnium exituum et reddituum ip*sarum qui scilicet proveniunt vel provenient omni tempore pe* terram et per mare. Et ipsi successores vestri teneant ipsa* tertiam partem per nos et successores nostros in feudum ad consuetudinem Barchinone et donent nobis potestatem de castris et faciant per nos et successores meos inde pacem et guerram de christianis de Andaluzia retentis nobis integre Almudayna in civitate Majoricarum (Palma de Mallorca) et duobus castris Olorone (Alaró) scilicet et Polença. Alia vero omnia cum omni senioratico ac integra jurisdictione ad nos vel nostros post obitum vestrum libere revertantur. Concedimus insuper vobis quod ordinetis et disponatis libere prout vobis videbitur expedire de possessionibus omnibus et honoribus et statu insularum predictarum salvo dominio nostro et nostra fidelitate. Stabilimenta ordinamenta autem que inde feceritis rata sint semper et firma tanquam si a nobis specialiter essent facta et promittimus vobis per nos et successores nostros nunquam contravenire. Preterea si alia castra de novo preter illa que dicta sunt edificaveritis in insulis supradictis liceat vobis hoc facere et quod teneatis ea vos et successores vestri in perpetuum per nos et nostros ad consuetudinem Barchinone et quod detis inde potestatem nobis et quod habeamus nos et nostri duas partes exituum et reddituum de unoquoque castro post obitum vestrum et vos et successores vestri tertiam partem ad vestram vestrorumque voluntatem tam per terram quam per mare. Pretera concedimus vobis quod possitis emere possessiones militum et baronum et religiosorum de quibus possitis facere omnes vestras voluntates vos et vestri salvo senioratico jurisdictione et jure nostro. Denique promittimus bona fide et sine enganno vobis dare et facere juvamen auxilium et valensam ad defensionem et retentionem predicti regni et insularum contra omnes homines et promittimus vobis hec attendere et complere ut superius continentur sub sacramento vobis a nobis prestito corporaliter et sub homagio quod inde vobis facimus ad forum Aragonie. Et ego infans domnus Petrus facio vobis homagium ore et manibus ad consuetudinem Barchinone pro supradictis omnibus attendendis et conservandis et juro omnia supradicta et singula per me et successores meos perpetuo vobis et successoribus vestris fideliter observare. Data apud Illerdam tertio kalendas octobris anno Domini M. CC. XXXI. (1231)
Sig+num Jacobi Dei gratia regis Aragonum et regni Majoricarum comitis Barchinone et domini Montis-pesulani.
Hujus rei testes sunt Berengarius episcopus Illerdensis. - Frater Bernardus abbas Sanctarum Crucum. - Frater Guiliermus * Cervaria. - Frater Bernardus de Castro Episcopali.- Atho * Focibus majordomus Aragonis. - Rodericus de Lizana. - Blasco Masça. - Sancius de Orta.- Rodericus Eximini de Luzia. - *trus Maça.- Bernardus de Rocafort.- García de Orta.- Pe* Perez justicia Aragonis.
Sig+num Guilelmi scribe qui mandato domini regis et *infantis pro Petro Sanctii notario ipsius domini regis hanc car* scripsit die loco et anno prefixis.

Con el derecho que adquirió el rey don Jaime con e* auto, de aquí adelante usó el título de conde Urgel, y * puso en todas las provisiones y despachos que salieron * su real cancillería: consta de todos los registros y autos * este rey; y el infante quedó con solo el título de señor * Mallorca, y no de gobernador o teniente por el rey, * han informado algunos que no habían visto el dicho auto * que el infante pasó con armada a la isla, quitándola de *der de los moros y librándola de su tiranía, y que por * adquirió el señorío de aquella isla; como sea muy averiguado que vino de Portugal, desterrado, sin gente ni dine* ni aun ánimo para salir con tan grande empresa. No * mucho tiempo de este señorío, porque estando en Cataluña tuvo nueva que el rey de Túnez hacía grandes aparejos * armada contra su isla, y que había embargado ciertos navíos de pisanos y genoveses, que estaban en sus puertos, lo que certificó Bernardo de Santa Eugenia con su carta, y * esto despachó al rey un bergantín. El rey, luego que tu* aviso de esto, partió a Tarragona, y allá hizo llamamiento general de catalanes y aragoneses, para que, los que estaban obligados, fueran cierto día al puerto de Salou, que está junto a Tarragona, y capaz de una grande armada, porque él en persona quería pasar al socorro de aquellas islas, que era el primer reino que él había ganado de los infieles, y había avisado por dos veces al infante, que pusiera bien y fortificara aquellas islas para resistir a los enemigos, y el infante, a quien pensaba el rey hacer general de esta armada, lo tomó con tal flojedad, que aunque dijo que haría lo que el rey le mandaba, jamás puso en ejecución cosa alguna; y estando el rey embarcado, a la que quería partir la armada, llegó el postrero de todos al puerto. Mandó avisar al rey que ya estaba aquí, y el rey se detuvo: el infante pasó con un barco, y dijo al rey que había venido para pasar con él a la isla de Mallorca, de lo que el rey, que conocía ya la condición del infante, hizo admiración, y le preguntó qué gente llevaba, y le dijo que cuatro caballeros, y los demás vendrían después; y el rey, según escribe en su historia, le dijo que no le parecía que viniese como debía venir; y el infante se quedó con el rey con un caballero y escudero suyo, y los otros caballeros que habían venido con el infante se embarcaron en otro navío, y de la demás gente que dijo el infante que vendría, ninguno pareció, porque no la había; y dice un autor, que cuanto más propincuo era el infante al rey en sangre, tanto más se alejaba en magnanimidad y valor. Pasados a Mallorca, tuvieron certeza que ni venía el rey, ni armada de Túnez, ni había poder para ello: el rey se volvió entonces a Cataluña, y dejó muy encomendada la isla al infante; mas por no estar muy satisfecho de él, le dejó por asistentes o consejeros a don Bernardo de Santa Eugenia, don Pedro Massa (Maza, Maça) y otros, con los cuales, y con don Nuño Sánchez, que a lo que entiendo era primo hermano del padre del rey, fueron a la conquista de Iviza y de la Formentera, y la tomaron el año de 1235; y el año siguiente * estando el rey en Calatayud, hizo el infante pleito y homenaje, por mandado del rey, a la reina doña Violante * en caso que el rey muriera, acudiría con los mesmos d*chos de aquellas islas a ella y sus hijos, y de la propia *nera que era obligado al rey su marido: esto pasó * de mayo del año 1235. Desde este tiempo hasta el * 1244, no hallo cosa notable que decir de él, sino que *deseoso de volver a Cataluña y vivir en tierra firme, sin *dado de si acometerían sus islas los moros, estando en *Valencia, a 15 de las calendas de setiembre de este a* en presencia de don Vidal de Cañelles, Gombau de *Entenza G. Cardona, maestre del Temple, de Pedro Cornel, mayordomo de Aragón, G. Romeu, Guillen de Entença, Romeu *Durfort y Gimeno de Foces, de nuevo hizo otra donación del condado de Urgel y de dichas islas al rey don Jaime, reservándose * derecho le competía en la villa de Valladolid y en la isla de Iviza; y el rey le dio las villas y castillos de Murviedro, Burriana, Almenara, Segorbe y Morella, en el reino de Valencia; y dice el rey que hace esta donación retento nobis capite castri de Morella et capite castri de Muroveteri, y que pue* disponer de la tercera parte de dichos castillos y villas a *da su voluntad, y que les tenga en feudo del rey, y ha* de dar las tenencias, siendo requerido, a uso y costumbre * Barcelona, y que de los castillos que él edificare de nuevo p*da disponer de la tercera parte de ellos; y añade en el dicho auto estas palabras:
Item promittimus vobis quod ea que pa* sidebamus in dictis castris villis et terminis eorum illa die q* fecimus compositionem Barcinone super Majoricas et dictis *tris scilicet quinta mensis septembris M.CC.XL.III, faciemus vos tenere et habere in pace: et si aliquid a die illa citra alienavimus de predictis recuperabimus et restituemus illud vobis tenendum et possidendum sicut ipsa castra vel faciemus vobis emendam que valeat vobis tantum.
Pero el rey cada día era avisado del peligro que corrían aquellas islas, estando el infante en ellas, y don Gimeno de Urrea y Blasco de Alagón habían dicho al rey, que estas islas se perderían por el descuido y flojedad del infante; y así tuvo por bien sacarle de ellas y heredarle en tierra firme, donde pasase a vivir: y en confirmación de esto, he visto en la historia de Mallorca del doctor Dameto, un auto hecho a 3 de junio de 1244, en que el infante notifica a los moradores de la ciudad e isla de Mallorca, como había dado por concambio aquellas islas al rey de Aragón, y así les absuelve del juramento de fidelidad que le habían prestado, y les manda que de aquí adelante reciban y tengan por señor suyo al rey don Jaime.
Fue juzgado y tenido por hombre de poco ánimo, amigo de regalo y descanso, y muy ingrato y desconocido, porque habiéndole el rey don Jaime acogido en sus reinos y dado heredamientos, y casádole tan principalmente, como hemos visto, dándole lugar y llamándole en las cortes que celebró en Cataluña los años de 1234 y 1242, y disimulando su cobardía y poco ánimo, favoreció con consejo y ayuda a don Alfonso, hijo primogénito del rey, que tenía algunos disgustos con su padre; y siendo requerido por parte del mismo rey, que le acogiese en las villas y castillos que tenía en el reino de Valencia, y estaba obligado a ello, no solo lo rehusó, sino que los entregó al infante, que puso guarnición en ellos, y hacía desde allí la guerra a moros y cristianos, amigos del rey, conmoviendo y alterando los pueblos * tenían su voz; y cuando en Valencia Alazdrac, caudillo * los moros, se rebeló, y el rey le quiso echar de aquel reino * el que más le embarazó fue este infante, antefiriendo su provecho e interese propio al general, y les dio favor y cons* como se defendiesen, y el rey se hubo de concertar con * para que lo dejase y no contradijese a cosa tan útil como * aquella expulsión; y por esto en el año de 1250, habién* se él y el infante don Alfonso retirado a Sevilla, le quitó * rey todo lo que le había dado en el campo de Tarragona, * isla de Iviza, y otras cosas, aunque después se las volvió * excepto las villas del reino de Valencia de donde le ha* movido guerra, y eran Morella, Segorbe Murviedro, *Almenar y Castelló, que las puso en poder de tercero, hasta que se determinase por justicia lo que se había de hacer de él * y según lo que después pasó, yo creo que se las debió d* volver al infante, porque el último de junio de 1254, él las * volvió al rey, y el rey le dio treinta y nueve mil sueldos de renta de por vida, con el dominio y jurisdicción de Mallorca, con que pasó el restante de su vida. Después, cuando los portugueses, aborreciendo la flojedad del rey Sancho Capelo, sobrino que era de este infante, en su lugar tomaron al rey don Alonso, pidió este infante al rey don Jaime, enviase procuradores para ver si hallarían entrada para pedir y cobrar los derechos que este infante tenía en el reino, que según dicen Beuter y otros, eran que el rey don Alonso,su hermano, había de partir con él las tierras de Portugal, fundándose en el testamento del rey don Alonso Enríquez, primer rey de Portugal; y él cedió estos derechos a favor del de Aragón, y que por ellos le dio el reino de Mallorca y Menorca. Verdad es que arriba hemos visto el auto o título con que espectaban a este infante estas islas, y en él no se habla palabra de esta cesión de derechos, y tengo por cierto que jamás la hubo, porque ni los autores partugueses han llegado a mi noticia dicen nada de ello, ni en las escrituras reales he visto originales de tiempo de este rey se habla de ello, y el rey no dejara pasar por alto una cosa que tan bien estaba a su corona, como era añadir a ella parte de un reino tan principal, ilustre y belicoso, como es el de Portugal. El doctor Dameto, en su erudita historia del reino de Mallorca, dice lo mismo que Beuter, y por confirmar su opinión, pone el auto de dicho cambio, pero yo no hallo en él memoria que el infante cediese sus derechos en favor del rey, sino solo el condado de Urgel: puede ser que en orden a esto haya algún otro auto; pero este no ha llegado a mi noticia, como llegó a la de dichos autores. Digo pues, que estos procuradores que fueron a pedir estos derechos,
fueron muy mal recibidos de los portugueses, que les echaron de su tierra, y de ello quedó el infante muy corrido y con temor que el rey no le quitase las tierras y heredades le había dado en el reino de Valencia; pero para quitarle de este temor, el magnánimo rey le confirmó la donación le había hecho de ellas.
Tuvo un hijo bastardo llamado Pedro Alonso, y según dice Zurita, tuvo la encomienda de Alcañiz, de la orden de Calatrava, que era de las más ricas de ella, y a lo que entiendo, la debió de poseer poco tiempo, y por esto no se halla memoria de él en la Crónica de la orden de Calatrava; éste siguió la corte del rey don Jaime, y tuvo el infante de este hijo un nieto, llamado Ruy Martínez.
Las demás acciones de este infante, sus hechos, y las concesiones hechas a las islas de Mallorca y Menorca y sus *nos, dejo como ajenas de esta historia, y solo he apuntado * que queda dicho, por haber sido conde de Urgel y heredero de la condesa Aurembiaix.
En lo que toca a su muerte, creo fue en la ciudad de Mallorca, cuyo dominio volvió a cobrar el año de 1254, como queda dicho, y así pudo ser que muriese allá donde te* su patrimonio: fue sepultado en la iglesia del monasterio * San Francisco, y estuvo allá la sepultura muchos años, después se consumió con un terrible incendio que *sucedió en ella.