CAPÍTULO LXIII.
Que cuenta la vida de don Jaime de Aragón, XX y último
conde de Urgel, llamado el Desdichado (el idiota lo llamo yo).
- De la muerte del rey don Martín de Sicilia * casamiento del
rey su padre. - De las embajadas que tuvo el rey de Nápoles, y del
derecho que pretendían tener algunos a la *corona si el rey no tenía
hijos, y de su muerte. - De lo que sucedió *después de la muerte
del rey: quiere el conde usar del cargo de lugarteniente * gobernador
general, y no se lo consienten. - El gobernador juntó *to en
Barcelona, y las embajadas que vinieron de parte de los *res. - De
algunas gentes de Francia que querían entrar en Cataluña con armas,
y de las quejas que dio la condesa de Ampurias contra *el conde de
Urgel, sobre el casamiento de doña Magdalena de Anglesola * embajada
del parlamento a la reina doña Violante y al conde de * para que se
aparten de Barcelona, y el conde se fue a su ciudad * Balaguer. -
Decláranse las sospechas se dieron por parte de la reina *doña
Violante, y muerte del arzobispo de Zaragoza. - De lo que hizo el
*infante don Fernando, cuando supo la muerte del arzobispo, y cómo
el * procuraba quitar el oficio de gobernador a don Guerau Alemany de
Cervelló. - De la respuesta dio el infante a una embajada del
parlamento * - Como don Antonio de Luna se salió del reino de
Aragón y vino *a, y del favor que el infante don Fernando daba al
conde de * y lo que sobre esto hizo el parlamento. - Como el conde se
quiso * campaña, y el parlamento lo impidió. - De las respuestas se
* las embajadas o escrituras del conde de Urgel y del infante * don
Fernando. - Procura el infante reducir a su servicio los del linaje
de * se queja del infante que se quería valer del rey moro de
Granada. * presa de Castellví de Rosanes, y cómo el conde de Urgel
quiso * echar de él al conde de Foix, y de la respuesta que llevó
el abad * san Juan de las Abadesas, que había llevado una embajada
del parlamento *al conde, que estaba en Balaguer.
- De cómo el
conde, instado *por el parlamento, dio libertad a Francisco de
Villamarín; muerte del *dor de Valencia, y derrota tuvieron la gente
del conde. - De la *elección de las nueve personas, derecho de los
pretensores, votos y *ias que dieron. - Del cuidado que tuvieron los
del parlamento de * al conde, ofrecimientos le hicieron, y venida del
rey.
- Del *juramento de fidelidad que el conde, por medio de sus
embajadores, prestó al rey, y de las mercedes le ofreció para
reducirlo a su servicio. - De los movimientos y aparatos de guerra
hacía el conde contra del rey. - De cómo el conde desafió al de
Cardona, y como quiso, por empresa, tomar a Lérida. - Tiene el rey
noticia de lo que hace el conde, y lo que hizo por remediarlo. - De
cómo el conde se hizo fuerte en la ciudad de Balaguer, y cómo el
rey le puso cerco. - Combate el rey la ciudad de Balaguer, y hace
proceso criminal al conde, el cual no pudo ser socorrido, como
esperaba. - De lo mucho se padecía en Balaguer, y cómo el conde se
quiso entregar al rey. - Continúa el rey las baterías, y pónese el
conde en poder del rey y es llevado a Lérida. - Entra el rey a
Balaguer, y saco de la casa del conde, y va el rey a Lérida. - De la
sentencia en la causa del conde.
- De la pesadumbre tuvo de esto
el duque de Gandía, y del proceso se hizo contra doña Margarita,
madre del conde, y doña Leonor, su hermana. - De las imprudentes
diligencias hacía la condesa, para dar libertad a su hijo. - Sabe el
rey lo que hacía la condesa. - Lo que hizo el rey cuando supo lo que
hacía la condesa, y lo que hizo contra ella y cómplices. - De las
cosas del conde, después de muerto el rey, hasta que fue llevado a
Játiva. - Como la hija é yerno del conde trataban de que
se le diese libertad, y de la muerte del rey. - De la descendencia y
linaje del conde de Urgel. - De las donaciones y ventas que hicieron
los reyes Fernando y Alfonso de las cosas del conde.
Pasado
había poco más de un año después de la muerte del conde don
Pedro, cuando sucedió para esta corona de Aragón uno de los más
infelices sucesos que jamás hubieran sucedido, y que fue la muerte
del serenísimo rey don Martín de Sicilia, hijo único y
sucesor del rey don Martín de Aragón. Falleció este
príncipe (rex Siciliae) en la isla de Cerdeña,
de edad de treinta y tres años, a los 25 de julio de 1409, después
de haber alcanzado una notable victoria de los sardos. No
acaban los autores de referir el pesar y sufrimiento que tuvo el rey
su padre, y todos sus vasallos, de tal pérdida, por ser el rey
dotado de singulares virtudes, y quedar su padre sin otros hijos, y
de edad de cincuenta y un año, y tan pesado y entorpecido de
su persona, que tenían por imposible, aunque casara, que jamás los
tuviera. Esta muerte tan impensada inquietó mucho a todos los
parientes de la casa real de Aragón, y más en particular a don
Jaime de Aragón, conde de Urgel, que de aquel punto *hasta que
murió, no tuvo ni experimentó otra cosa sino *pesares, trabajos,
inquietudes y molestias de tan pésima calidad, que a la postre
infelizmente le acarrearon el fin y *suncion de su hacienda, persona
y linaje.
Antes qua muriera el rey de Sicilia, poco se pensaba en
* caso qué sucedió, ni menos en la sucesión del reino, y parecía
imposible que en aquel príncipe mozo, lozano y fuerte, feneciera la
descendencia y linea del primer Wifredo, conde de Barcelona, que duró
hasta pocos años más del tiempo en que ahora estamos; pero fueron
tantas las diligencias que muerto él se hicieron para saber cada uno
el derecho que le competía, que ni se hablaba de otra cosa, ni los
letrados estudiaban otras materias. La infanta doña Isabel, hermana
del rey y mujer del conde, y la condesa doña Margarita, su madre,
eran las que más solícitas eran * cuidaban de este negocio, porque
la condesa moría por que fuese madre de rey. Estaban los señores de
España, reyes * Francia y Nápoles, y otros muchos príncipes de la
cristiandad, suspensos, aguardando ver el rey qué haría y cómo
dispondría de sus reinos, habiendo tantos pretensores, y *teniendo o
pensando cada uno de ellos tener muy clara y fundada su
justicia y derecho. Los privados del rey, por *adularle,
aunque le veían impedido y con poca salud, le aconsejaban que se
casase; porque a más de las esperanzas * había de sucesión, le
prometían el resto de su vida con regalo y contento tan grande, que
le haría olvidar la pérdida pasada, y también que confiaban ellos
que si del tal casamiento quedaban hijos, presto habían de verse
huérfanos, y ellos con el gobierno de la corona, rigiendo por el
nuevo rey pupilo, así como había sucedido en Castilla. El rey no
era tan ignorante que no conociera su impotencia, y estaba tan
pesado, que del todo era inútil para el matrimonio; y procuraba ver
cómo tomarían que sucediese don Fadrique, su nieto, hijo natural
del rey de Sicilia, habido en una doncella llamada Tharsia, que tenía
más de siete años y le estimaba como si le fuera hijo; y solía
decir el rey, que era más apto su nieto para la sucesión y gobierno
de la Corona, que no los hijos que esperaban que él tendría, que ni
aún eran nacidos ni conocidos, ni había esperanza cierta que
hubieran de nacer. Pero poco aprovechó la resistencia del rey y
razones que daba, porque todos le decían que más valía que la
corona cayera en manos de hijo suyo legítimo, aunque niño, que no
en un nieto bastardo; porque era cosa que nunca se había visto desde
el primer Wifredo hasta aquel punto, que bastardos heredaran, y no
era justo que tal se introdujera, porque era dar ocasión a los
de
la estirpe real que tal no sufrieran. Dábanle todos esperanza, que
si casaba, había de dejar muchos hijos y sucesores, y esto con tanta
seguridad y certeza, que creyendo el
rey que sucedería lo que
ellos le anunciaban, resolvió el casarse, y escogió dos doncellas,
para elegir una de ellas. Estas eran del linaje real y deudas suyas
muy cercanas, y criadas en su palacio en compañía de la reina doña
María, su mujer, que había muerto el año de 1407. La una era doña
Cecilia, hija segunda de don Pedro, conde de Urgel, y la otra doña
Margarita, hija de don Pedro, conde de Prades, que también era
descendiente por línea legítima de la casa y linaje de los reyes de
Aragón, porque don Pedro, su padre, era hijo de don Juan, éste de
otro don Pedro, y éste del rey don Jaime el segundo. Eran las dos
muy hermosas y de linda disposición y talle, merecedoras de la
dignidad real: el rey estuvo un tanto dudoso cuál de estas dos
tomaría, y a la postre escogió a doña Margarita; no dejó a doña
Cecilia porque le faltara nada de lo bueno que tenía la otra, sino
que estrañó la fuerte y recia condición de la condesa doña
Margarita, su madre, suegra que había de ser suya, y no quería que
con este casamiento se * acrecentara autoridad y poder al conde de
Urgel, su hermano, de quien temía que ya en vida suya no se quisiera
levantar con el reino, que tenía ya por tan suyo, como el mismo
rey que lo poseía. Los médicos también ayudaron a la conclusión
de este matrimonio, asegurando que, según
lo que ellos en su
ciencia podían alcanzar, era más idonea para la generación doña
Margarita que doña Cecilia, y así el matrimonio se concluyó con
ella, y a 16 de setiembre de 1408, en la torre de Bellsguart, que
dista sola media legua de Barcelona: les desposó el papa Benedicto
de Luna, y dispensó en el parentesco, y les dijo la misa de
bendición el glorioso san Vicente Ferrer, que ya por estos
tiempos florecía en santidad y copia de portentosos milagros.
Halláronse presentes cinco cardenales, muchos prelados, el conde de
Urgel, la reina doña Violante, mujer del rey don Juan, el vizconde
de Castellbó, hijo del conde de Foix, y muchos caballeros y personas
de lustre. Fue este mes de setiembre muy notable para la ciudad de
Barcelona, pues entró por el portal de San Antonio, a 29 días de
él, que era la fiesta de San Miguel, el papa con cinco cardenales en
ella. Estaba el rey muy contento con la novia, y no deseaba otra
cosa que verla preñada; y con la esperansa de los hijos que
pensaba haber en ella, había olvidado todos los infortunios y
pérdidas pasadas.
No había aún un mes que el rey era casado,
cuando llegaron los embajadores del rey Luis de Nápóles, con una
embajada, que en algunas cosas era harto escusada e
impertinente. El principal de los embajadores era el obispo de
Coserans, varón de gran doctrina y elegantísismo, y había pocos en
aquellos tiempos que le igualaran. Propuso al rey su embajada, y la
oyó con gran atención; fue largo el razonamiento y se tocaron en él
materias de poco gusto para el rey, y las oía con gran atención:
tenía los ojos cerrados y Ia cabeza baja, como si durmiera;
pensóselo el obispo, y paró algunas veces el razonamiento: conocía
el rey el porqué se detenía, y le dijo, que continuara su discurso,
que aunque estuviese de aquella manera, pero bastaba que las orejas
estuviesen abiertas y el corazón dispierto y atento a lo que
decía, y lo conocería muy bien cuando después de acabado el
razonamiento le daría la respuesta. Acabó el obispo su embajada, y
luego el rey resumió todo lo que le había dicho, que consistió en
cinco puntos, y respondiendo
a cada uno de ellos, le dijo: en
cuanto al primero, que agradecía al rey de Nápoles el amor y buena
voluntad con que le había enviado a visitar; al segundo, que holgaba
mucho de las buenas nuevas le daba de la victoria había alcanzado de
Ladislao; al tercero, que estimaba mucho el haberle enviado un tal
embajador y tan elegante, para consolarle de la muerte del rey su
hijo, asegurando que por haber sido tan grande la pérdida,
necesitaba de una tal consolación: a los otros dos puntos, en que
pedía que en caso que la sucesión del reino no perteneciese a doña
Violante, mujer del rey Ludovico e hija del rey don Juan, hermano del
rey, sino a Ludovico, su hijo, tuviese a bien que viniera * estos
reinos y se criara en ellos, aprendiendo sus costumbres y gobierno,
conociendo los naturales de él, se mostró el rey sentirse algún
tanto de semante demanda, parecióle no era a propósito tratar de
tales materias, en ocasión que aún no había un mes que estaba
casado, y le dio muy secamente por respuesta las palabras del
Evangelio: *Quod justum fuerit dabo vobis; y declarándose más, le
dijo, que si condescendiendo con la petición del rey de Nápoles,
*llamaba a su hijo Luis, eso era declararse ya por él y
redundaba en perjuicio de otros que él entendía que tenían mayor
derecho en la corona que él, y pareciera mal, que si la reina paría,
u otro tenía más derecho a la corona, * se hubiera de volver a
Nápoles y salirse de estos reinos, después de haber estado en ellos
con esperanzas de ser rey y señor, después de haber sido respetado
como a tal; y que habían de estar ciertos de dos cosas, la una era,
que había otros que tenían mejor derecho, y la otra, que él y la
reina su mujer, que a todo esto estaba presente, tenían confianza de
tener hijos, porque según los físicos le habían dicho, *era más
cierta la generación en hombre viejo y mujer moza, que no si ambos
eran mozos, y había de tener por mal agüero ver en su casa hijos
adoptivos que esperasen heredar por *falta de naturales, y que
aquello no era a propósito, sino en
ocasión o que él no
quisiese casar, o casara con mujer de * edad que no pudiera concebir;
y finalmente le decía, que *si no le quedaban hijos, su gusto era
que fuera rey aquel que él dejaría ordenado en su testamento; y
respondiendo al quinto punto, dijo, que a él le estaba muy bien que
se tratase del derecho de doña Violante, su sobrina, reina de
Nápoles, y de su hijo y de los demás que pudieran suceder en la
corona, que aunque era materia no muy gustosa, pero decía, que quien
había tenido paciencia en la muerte del
hijo, no dejaría de
tenerla en oír disputar el artículo de la sucesión; y estimaba más
que se decidiera viviendo él, según las diposiciones del derecho,
que si, muerto él, se hubiera de averiguar con las armas; y que todo
el tiempo que podría presidiría de buena gana en la tal disputa,
porque deseaba saber lo que había en esto, porque enterado de ello,
mejor descargara su conciencia, dando a cada uno lo que era suyo.
Con esta respuesta se despidió el embajador; y como habían
entendido que el rey gustaba que el negocio se platicase, hubo sobre
esto muchas juntas, y el rey holgaba de oír el derecho de cada uno
de los competidores o pretensores. Por la reina de Nápoles y
Ludovico, su hijo, informaban Guillen de Moncada y el obispo de
Ceserans; por el conde
de Urgel, Bernardo de Centelles; por el
duque de Gandía, Bernardo de Vilaritg: pero el rey, después de
haberlos oído a todos, tuvo siempre por más clara la justicia del
infante
don Fernando, que como estaba cierto que el rey favorecía
su causa, tardó más a enviar embajadores que hablaran por él,
aunque a la postre, no con título de disputar de su derecho, sino de
visitar al rey, envió a Fernán Gutiérrez de la Vega, gran privado
y repostero suyo, y a Juan González de Acevedo, famoso letrado de su
consejo, a quienes les había mandado, que en secreto le informaran,
en caso que el rey muriese sin hijos, a quién pertenecía la corona.
El rey deseaba que su nieto don Fadrique le sucediera, ya que no en
los reinos de Aragón y demás, a lo menos en el de Sicilia; y sobre
esto mandó juntar muchos letrados y personas doctas; y cuanto más
se discurría sobre esto, más dudoso y perplejo estaba el rey, y más
indeterminado su ánimo: parecíale que para
alejar tales
disputas, lo mejor era asegurar la sucesión en hijos suyos y ayudar
a naturaleza.
La reina deseaba verse madre, y por esto no dejó
de aplicar al rey todos los remedios posibles, aunque violentos; pero
era en vano, porque no había en el rey sujeto ni fuerzas para sufrir
la fuerza de ellos, y estaba tan pesado de cuerpo, que apenas podía
moverse, ni acomodarse al acto de la generación: usaron para esto
algunas trazas: no las diré en romance, pero referiré lo que
dice Laurencio Valla, por estas palabras: Sunt enim qui dicant nullo
pacto, nec medicorum arte, nec multifariis machinis, potuisse eum,
vel concubere cum muliere, vel puellae virginitatem *demere, licet
mater aliaeque nonnullae foeminae, velut ministrae, puellae adessent;
licet viri quoque aliquot auxilio regi essent, qui ventrem, quasi
appensum, per fascias a lacunari perdentes, quibus tumor proni
ventris cohiberetur, dimitterent cum sensim in gremium puellae, ac
sustineret; sed haec verecundius forsitan in silentio reponuntur.
Pero nada de esto bastaba: si esto sucediera en tiempo de
Marcial, qué de epigramas añadiera en su libro!
El conde de
Urgel, mientras el rey tardaba a declararse, no dejaba de hacer todas
las diligencias posibles en ponerse a punto, con pensamiento, que si
aquello se había de llevar por armas, pudiesen prevalecer las suyas.
Parecíale que en Cataluña ninguno de los pretensores era tan
poderoso como él, por ser natural de la tierra y tener en ella
muchos parientes y amigos, que lo habían ya sido de su padre y
estaban apasionados por él. En el reino de Valencia era lo mismo, y
los había granjeado con beneficios les había hecho; y aunque estaba
aquel reino dividido en dos parcialidades, que eran Vilaragudes de
una parte, y Centelles de otra, pero los tenía tan de su parte el
conde, que aunque había bandos entre ellos, pero en lo que era
valerle y ayudarle, todos eran unánimes y hacían un cuerpo. En
Aragón, aunque los del linaje de Luna eran de su parte, pero había
otro linaje, que era el de los Urreas, que no estaba bien con las
cosas del conde, y se habían ya declarado por Ludovico, hijo de la
reina de Nápoles; y el que más se mostraba por él, era el
arzobispo de Zaragoza, don García Fernández de Heredia, que
había sido obispo de Vique, en Cataluña, y era fama que recibía
algunas rentas del rey Carlos de Francia, y era muy poderoso en el
reino de Aragón, y don Gil Ruiz de Liori, regente el oficio de
gobernador general del reino, era cuñado suyo, y todos eran muy
contrarios del conde y poderosos en el reino. El conde buscaba traza
como quitarle el oficio, pero no era poderoso para ello, ni para
reducir a su opinión los de aquel linaje, y por esto y por otros
respetos que a él pareció, pidió al rey que le diese el
oficio de procurador general y gobernador de los reinos, diciendo
competirle como a legítimo sucesor en ellos, mientras el rey no
había hijos. El rey, cuanto a lo exterior, sé lo otorgó muy
liberalmente, estando en la torre de Bellsguart, a 25 de agosto de
1409, y era gobernador general
para todos los reinos de
la corona de Aragón, hasta que el rey tuviese hijos de edad de
cuatro años cumplidos; y le dio facultad de tener viceregente de lo
gobernación, lo que no le era permitido sin expreso privilegio del
rey. Quedaron el conde y la infanta y condesa, su madre, con esto muy
contentas, porque les parecía que tenían asegurada la sucesión;
pero no veían lo que había en el corazón del rey, el cual había
muchos años que aborrecía y deseaba ver lejos de sí al conde, y le
había ya dicho, que lo que le pedía no le convenía, porque sabía
el rey que era con intento de quitar el cargo a don Gil Ruiz de Liori
y hacerse poderoso en Aragón; y por estorbarle, escribió el rey al
arzobispo y al mismo don Gil, que no le admitiesen en el cargo que él
le había dado, sino usasen de los remedios ordinarios contra de él,
y que tuviesen secreta esta su orden. Ignorante el conde de esto,
partió de Barcelona, y muy acompañado de los del linaje de Luna y
de otros muchos caballeros entró en Zaragoza, y pidió que le diesen
posesión: y requirió a Juan Jiménez Cerdán, Justicia de Aragón,
que le tomara el juramento. Pero las cosas estaban
de tal manera
ordenadas, que los cuatro brazos de aquel reino firmaron de derecho
ante el justicia, afirmando que el conde no había de ser admitido al
oficio de la procuración general, por obstar algunos fueros
del reino, y dieron las mismas razones que alegaron cuando el rey don
Pedro quitó el mismo cargo a los infantes don Hernando y don
Jaime, y las que alegaron contra don Pedro, padre del conde, una vez
que, como a lugarteniente del rey, había entrado en aquella ciudad y
no le quisieron admitir; y para más imposibilitar al conde de Urgel,
el justicia de Aragón, ante quien, según fueros, había de
jurar, se salió de la ciudad y se vino a un lugar llamado Pinsec,
(Pinseque) de lo que se sintió mucho el conde, y le fue a
rogar y requerir que volviese a Zaragoza y le tomara el juramento;
pero el justicia siempre se excusó, alegando que la causa de la
firma de derecho estaba indecisa, y no había lugar de hacer cosa de
las que el conde pedía, antes de la declaración. Conoció que todo
aquello era para entretenerle, y supo que el rey lo había así
ordenado para apartalle de sí y dalle en qué
entender. Moviéronse sobre esto algunos rumores, y llegó el negocio
a las armas, y cada día había en la ciudad peleas y combates, que
era ya principio de una gran guerra civil; y el arzobispo y
gobernador estaban muy apretados, porque prevalecían los amigos y
del bando del conde, y cada día se aguardaban nuevos rumores y
escándalos. Don Juan Fernández de Heredia, que era tío
del arzobispo, mientras esto pasaba, juntó muy gran número de
gentes de a pie y de
a caballo, y vino con toda prisa a ayudar al
arzobispo, su tío, y gobernador, su padre, y movióse
con su entrada un gran tumulto, y entonces todos los amigos suyos
tomaron las armas y fueron a combatir la casa del conde, y él, sin
aguardar combate, porque estaba falto de gente y en medio de sus
enemigos, se salió con todos los que estaban en su compañía por un
postigo que salía al río (díjose que a pie y difrazado), y se fue
al lugar de la Almunia, y de allí, según dice Valla, a Balaguer, y
no vino a Barcelona, por estar corrido de lo que en Zaragoza le había
sucedido y de que el rey le tratase de aquella manera, y también
porque había peste en Barcelona. (Algo aprendió de la
justicia de Aragón, los fueros se los tenía que conocer bien el
rey, y además tener buenos doctores en leyes de toda la
Corona).
Cuando esto pasaba en Aragón, se trataba con gran
secreto la legitimación de don Fadrique, nieto del rey, y había de
hacerla el papa Benedicto XIII, que estaba ya en Barcelona, y
el rey bajó al monasterio de Valldonzella, por estar más cercano de
la ciudad. Los de Sicilia habían enviado sus embajadores al papa, y
los aragoneses habían hecho venir al gobernador para que lo
facilitara y que se dispensase en la ley que hace incapaces de la
corona a los bastardos; y aunque esto pasaba en secreto, no lo era
tanto, que el conde no tuviera noticia de ello, porque su mujer y
madre estaban siempre en palacio y eran muy queridas de la reina, que
deseaba, pues ella no tenía hijos, que la
sucesión fuese del
conde, y por eso daba aviso de todo. Como el conde entendió que se
trataba de legitimar a don Fadrique, y que los aragoneses venían
bien en ello, perdió las esperanzas que tenía de la sucesión, y se
persuadió que el rey lo dejaría todo al nieto. Estaba señalado el
primero de junio para hacerse la legitimación, y había de ser con
muy
grande solemnidad, y el rey bajó por esto de Bellsguart al
monasterio. Estando aquí, sucedió que jueves, que era 29 del mes de
mayo, las damas que estaban con la reina dieron a cenar al rey un
pato asado, que había muchos días le criaban a pasto,
persuadidas que aquella comida había de mover la impotencia del rey,
que estaba cuartanario y muy grueso, y hacerle apto para la
generación; pero a los primeros bocados que comió, luego se quejó
del estómago y se encendió una calentura pestilencial, que al
segundo día, que era sábado, último de mayo, falleció.
Atribuyeron esta su dolencia a pestilencia, porque la había
en Barcelona, y cada día morían muchos, y luego después de muerto,
le salieron por el cuerpo ciertas señales que dieron indicio haber
muerto de ella; pero la más cierta y común opinión fue que murió
de comidas y unciones que le daban las mujeres sin consejo de los
médicos, para incitarle al acto de la generación; y certificóse
esto, porque después de muerto, hallaron en su aposento una arquilla
llena de semejantes ungüentos y confecciones.
Pasó
el rey en su enfermedad la primera noche muy inquieta, ya cansado de
la enfermedad, ya del calor grande que hacía, y en toda ella no pudo
dormir un punto.
El día siguiente y en el viernes lo pasó peor.
Celebrábanse en aquella ocasión cortes en Barcelona, y a la
ciudad y a los brazos, que entendieron la dolencia del rey, pareció
que le fuese hecha una embajada, para saber
qué mandaba que se
hiciese, si él moría. Fue la embajada a las once del mediodía: iba
de embajador Ferrer de Gualbes, conceller en cap de Barcelona, que
llegó allá con gran acompañamiento. Estaban con el rey el obispo
de Mallorca, don Guerau Alamany de Cervelló, gobernador de Cataluña,
Roger de Moncada, gobernador de Mallorca, camareros del rey, Pedro de
Cervelló, su mayordomo, Ramón de Sentmenat, su camarero, Francisco
de Aranda, donado de Porta-Coeli, del orden de la Cartuja, todos de
su consejo, y Luis de Aguiló y Guillen Ramón de Moncada: la suma de
la embajada fue suplicarle que exhortase a todos sus vasallos,
después de su muerte, a toda amor, paz y concordia; y la otra si
quería que después de su muerte fuesen los reinos de aquel a
quien de justicia perteneciesen; y el rey respondió que sí
(HOC, OC, sí en Occitano, provenzal, lemosín, etc). Estando
en esta visita la infanta doña Isabel y la condesa doña Margarita,
madre del conde, le instaron, que ya que Dios quería que hubiese de
morir, nombrase al conde, su marido e hijo, por rey y sucesor suyo; y
el rey no respondía a esto palabra, porque estaba casi dormido:
entonces la condesa le asió la ropa de los pechos, y con grandes
voces decía, que la sucesión de la corona era del conde, su hijo, y
que él contra toda razón y justicia se la quería quitar,
privándole de ella; el rey abrió los ojos y se la miró, y dijo que
él no lo entendía así ni creía tal cosa. A Guillen de
Moncada y Ferrer de Gualbes, conceller de Barcelona, pareció que
aquello era desacato, y exhortaron a la condesa que tocara al rey con
más respeto y veneración. El día siguiente pareció a los médicos
que sacaran al rey de la cama y le sentasen en una silla, cubierto de
una vestidura muy ligera, aunque desabrochado, porque hacía gran
calor y él se ahogaba del todo, y le tenían ya por muerto. Estando
así, los embajadores de Sicilia le pidieron con lágrimas, que les
diera por rey a don Fadrique, su nieto; y él estaba tan
indeterminable, que ni aún en esto sabía tomar resolución, y la
respuesta que les dio fue encomendarles que mirasen por él: como si
hubiera de ser mayor el cuidado de ellos que el suyo, que era rey y
abuelo, y le tenía por nieto.
Entonces pareció a la corte y a
los concelleres de Barcelona, por quitar todos escrúpulos y
dificultades, que en presencia de escribano y de los mismos testigos
del día antes, le fuesen a visitar y preguntasen si quería que sus
reinos fuesen de aquel a quien por justicia pertenecían, y si quería
que de la respuesta que él daría se hiciese auto, y él dijo que sí
(HOC); y luego
Pedro de Comes, (Ramón, Raymundum de Cumbis) su
protonotario, se lo volvió a decir, y el rey le respondió lo
mismo; y de todo esto, que pasó el sábado siguiente, a
las tres de la tarde, se hizo auto auténtico, cuyo traslado es el
que se sigue:
Hoc est translatum fideliter sumptum a nota
cujusdam instrumenti inferius inserti quod fuit per me Raymundum
de Cumbis olim protonotarium et notarium
subscriptum receptum die et anno in eo contentis scripta et
continuata in protocollo sive capibrevio notularum mei dicti notarii
et in fine cujus note major pars testium qui ad confectionem dicti
instrumenti presentes fuerunt se eorum manibuas subscripserunt cujus
tenor talis est.
- Pateat universis quod die veneris que
computabatur XXX madii anno a nativitate Domini MCCCCX
circa undecimam horam noctis dicti diei existente coram
serenissimo domino domino Martino Dei gratia rege Aragonum Sicilie
Majoricarum Sardinie et Corsice comite Barchinone duce Athenarum et
Neopatrie ac etiam comite Rossilionis et Ceritanie
Ferrario de Gualbis conciliario hoc anno ac cive
Barchinone ad subscripta ut dixit per curiam generalem
quam dictus dominus rex de presenti catalanis celebrat in
civitate predicta simul cum aliis de dicta curia ibidem
cum eo presentibus electo in presentia mei Raymundi de Cumbis
protonotarii dicti domini regis et notarii subscripti ac
testium subscriptorum dixit coram dicto domino rege existente
infirmo in suo tamen sensu cum loquela in quadam camera monasterii
Vallis Domicelle vocata de la Abadesa hec verba vel
similia in effectu: Senyor nosaltres elets per la cort de
Catalunya som assi devant la vostra Magestat
humilment suplicantvos queus placia fer dues coses les
quals son e redunden en sobirana utilitat de la cosa
publica de tots vostres regnes e terres: la primera quels
vullats exortar de haver entre si amor pau e concordia per ço
que Deus los vulla en tot be conservar: la
segona queus placia de present manar en tots los dits
regnes e terres vostres que per tots lus poders e forces
fassen per tal forma e manera que la successio dels
dits vostres regnes e terres apres obte vostre pervinga
a aquell que per justicia deurá pervenir como asso sia
molt plasent á Deu e sobiranament profitos á tota la cosa publica
*e molt honorable e pertinent a vostra real dignitat. Et hiis dictis
dictus Ferrarius de Gualbis repetens verba per eum jam prolata
dixit hec verba vel similia in effectu: Senyor plauvos que la
succesio dels dits vostres regnes e terres apres obte
vostre pervinga á aquell que per justicia deura pervenir? et dictus
dominus rex tunc respondens dixit: Hoc; de quibus omnibus
petiit et requisivit dictus Ferrarius publicum fieri instrumentum per
me protonotarium et notarium supradictum. Que fuerunt acta die hora
loco et anno predictis presente me dicto protonotario et notario
*ac pro testibus reverendo in Christo patre Ludovico episcopo
Majoricensi nobilibus Geraldo Alemanni de Cervilione
gubernatore Catalonie Rogerio de Monte Cateno gubernatore
regni Majoricarum camarlengis Petro de Cervilione
majordomo Raymundo de Santo Minato camarerio militibus
Francisco de Aranda donato Porte-Coeli consiliariis dicti
domini regis et Ludovico Aguilo domicello ac nobili Raymundo
de Monte-Cateno coperio jam dicti domini regis. Postea die
sabbati XXXI madii anno predicto circa horam tertie dicti diei
Ferrarius de Gualbes predictus constitutus personaliter ante
presentiam dicti domini regis in camera supradicta simul videlicet
cum aliis de dicta curia cum eo electis reducens ad memoriam dicto
domino regi verba per eum jam supra eidem domino regi prolata dixit
presente me protonotario et notario ac testibus supradictis hec verba
vel simlia in effecti: Senyor: plauvos que la successio de vostres
regnes e terres apres obte vostre pervinga a aquell que per justicia
deura pervenir e quen sia feta una carta publica? et dictus
dominus rex
respondens, dixit: Hoc; et ego etiam dictus
protonotarius et notarius interrogavi dictum dominum regem dicens ei
hec verba: Plauvos donchs senyor que la successio de vostres
regnes e terres apres obte vostre pervinga a aquell que per justicia
deura pervenir e quen sia feta carta publica? qui quidem dominus rex
respondens, dixit: Hoc; de quibus omnibus dictus Ferrarius
presentibus aliis de curia supradicta cum eo electis petiit et
requisivit
publicum fieri instrumentum per me protonotarium et
notarium supradictum. Que fuerunt acta die loco hora et anno
predictis presente me dicto protonotario et notario ac testibus
supradictis.
- Yo Guillem Ramon de Moncada qui fui
present a les dites coses me sotscriu.
- Yo
Guerau Alemany de Cervelló qui fui present a les dites coses
me sotscriu.
- Yo Pere de Cervelló qui present hi fui
sotscriu.
- Yo Luis Aguiló qui present hi fui me
sotscriu.
- Francesch Daranda qui present hi fui me
sotscriu.
Sig+num Bernardi Mathei auctoritate regis
notarii publici Barchinone testis.
- Sig+num Antonii
Brocard auctoritate regia notarii publici Barchinone testis.
Sig+num Ginesii Almogaver regentis vicariam Barchinone
Aqualate (Igualada) Vallensis Modiliani et Modilianensis qui
huic translato a suo originali fideliter sumpto et cum eodem veridice
comprobato ex parte domini regis et auctoritate officii quo fungimur
auctoritatem impendimus et decretum et ut eidem translato tanquam suo
originali in judicio et extra plena fides ab omnibus habeatur
appositum manu mei Antonii Çaplana
auctoritate regia notarii publici Barchinone et scribe curie vicarie
dicte civitatis in cujus posse dictus honorabilis regens vicariam
Barchinone hanc firmam fecit XXVIIII (29) die julii
(julio) anno a nativitate Domini MCCCCXI (1411)
presentibus testibus a Arnaldo de Millars et Petro Matoses
notariis et ideo notarius et scriba predictus hec scripsi et hoc meum
hic apposui sig+num.
Sig+num meum Raymundi de Cumbis
protonotarii dicti domini regis auctoritateque regia notarii publici
per totam terram et dominationem ejusdem qui hoc translatum a dicto
suo originali fideliter scriptum et cum eodem veridice comprobatum
scribi feci postque decretatum per dictum honorabilem regentem
vicariam Barchinone ut supra patet clausi.
Estaba el
monasterio de Valldonzella, y más el cuarto donde el rey estaba,
todo alborotado, y todos atónitos como fuera de sí, porque veían
la muerte del rey tan cercana (que murió el mismo día en la tarde),
y conocían que tal había de ser la confusión se había de seguir
después de su muerte.
Cuando sucedió la muerte del rey, estaba
en Barcelona Gil Ruiz de Liori, gobernador de Aragón, enemigo
capital del conde de Urgel, y luego que supo la muerte del rey, dio
cobro a su persona, porque tenía muchos enemigos y el conde de Urgel
había dado orden que le prendiesen y matasen, y habían parado
muchas celadas por los caminos por donde había de pasar, y había
algunos en las puertas de la ciudad, que a todos los que venían de
Valldonzella les preguntaban de la vida del rey y dónde estaba el
gobernador, el cual estaba escondido en una casa y podía fácilmente
entender el cuidado grande que tenían los amigos del conde de saber
donde él estaba, y tenía harto temor no le sucediera algún pesar;
y así un día, al amanecer, se salió de la ciudad y se embarcó en
un navío para Peñíscola. Los médicos embalsamaron el
cuerpo del rey y le tuvieron en lugar público y con la decencia
debida por espacio de treinta días, porque todos se
certificasen de su muerte.
El conde de Urgel, luego que el rey
fue muerto, mandó poner guardas a la reina, y era con tanto rigor,
que no la dejaban salir del aposento, porque decían haber dicho que
estaba en duda si estaría preñada del rey, y no quería el conde
que la perdiesen de vista, porque es cierto que puede un preñado
dilatarse hasta once y trece meses, (ya salen con la
comunión hecha y en lugar de un pan debajo del brazo, vienen con un
horno) según se lo habían afirmado los médicos y letrados.
Nombráronse por esto ciertas dueñas muy principales, que deseosas
de complacer al conde de Urgel, cuidaban con gran diligencia de lo
que se las había encomendado; y después, a 16 de febrero de 1411,
compareció en el parlamento por ellas micer Juan Sirvent, que
refirió los trabajos y disgustos que habían padecido en tal guarda,
y pedía la paga de lo que habían trabajado en esto, y el parlamento
lo cometió a doce personas que estaban nombradas para cuidar de los
negocios de justicia, para que dijesen lo que se había de hacer en
esto. Pensar puede cada uno que tales quedarían estos reinos y
corona en tal estado, porque en Aragón había grandes bandos entre
los Lunas y Urreas, en Valencia entre los Vilaragudes y Centellas, en
Cerdeña el estado de aquella isla era turbulento e inquieto, y en
Sicilia no faltaban hartas novedades y rumores entre la reina doña
Blanca y los barones del reino: en Cataluña, aunque había algunos
bandos entre los barones de ella, pero lo pasaban mejor que los otros
reinos de la Corona (bailaban sardanas todos los días en la Plaza
de San Jaime); y en fin, todos estaban suspensos y temerosos de
que el que había de reinar estaría, no a lo que las plumas de Ios
letrados escribirían, sino a lo que podrían las lanzas de los
soldados, que el derecho consistiría en las armas y prevalecería el
del más poderoso de los competidores.
El conde de Urgel que,
según la opinión más común, era el que tenía mejor derecho,
estaba muy contento que no se hubiese efectuado la legitimación de
don Fadrique y que le faltase el abuelo: del duque de Gandía se le
daba poco, porque estaba ausente y tan viejo, que ya no era de este
mundo; Luis de Nápoles y Fernando estaban lejos, y éste muy ocupado
en los reinos de Castilla, que gobernaba como tutor de su sobrino el
rey don Juan II; y así el conde se juzgaba vencedor de todos,
y más del infante don Fernando, por quien nadie se demostraba
públicamente. Inclinábase el conde a tomar insignias y título de
rey, y muchos de sus amigos se lo querían aconsejar; publicaron
estos sus pensamientos, para ver cómo lo tomarían las ciudades y
pueblos de la Corona, pero no les salió como pensaban, porque
aunque, según la común opinión y sentir de todos, la
corona le
pertenecía, pero no querían sufrir que él ni otro se la tomaran,
sino que la justicia se la diera, y estimaban mucho los reinos de
Aragón, Valencia y principado de Cataluña, que hubieran ellos de
ser o nombrar jueces para declarar este punto tan grave y
considerable, en que Cataluña sola no quiso determinar nada,
(ni podía) sin el parecer de Aragón y Valencia,
(había otros reinos y
tierras: pero falta Valencia en el texto de más arriba: Martino
Dei gratia rege Aragonum Sicilie Majoricarum Sardinie et Corsice
comite Barchinone duce Athenarum et Neopatrie ac etiam comite
Rossilionis et Ceritanie) que tan sentidos quedaron
cuando, por muerte del rey don Juan, solos los de Barcelona, sin
consultarlo con nadie, aclamaron por reina a doña María, mujer del
infante don Martín, duque de Monblanch, que estaba en Sicilia; y no
querían hacer otro tal en esta ocasión, y también que el derecho
de sucesión lo tenían por más dudoso ahora que no lo fue entonces,
aunque quedase una hija del rey muerto.
Quedaron las cortes, por
muerte del rey, imperfectas, (creo recordar que cuando no había
rey, se llamaba parlamento, parlament) y los que se hallaron en
ellas nombraron doce personas que representaran el Principado,
porque estos dispusieran lo que importaba para el buen regimiento de
él; y don Guerau Alemany de Cervelló, gobernador de Catalunya,
Ferrer de Gualbes, Antonio Bussot, Berenguer Descortey, Juan Ros, y
Arnaldo Balaster, concelleres de Barcelona, hacían por su parte las
provisionees y todo aquello que se conocía convenir para el buen
gobierno y paz de la tierra.
El conde de Urgel, cuando murió el
rey, estaba en el lugar de Almunia
(la de doña Godina),
que es de la orden de san Juan, en Aragón, y usaba el título
de gobernador general; y por esto le valían fray Pedro Ruiz de
Moros, de la dicha orden, señor de aquel lugar, y don Antonio
de Luna (Antón
el matarife),
que era muy poderoso en aquel reino y señor de gran parte de él, y
pedía pasar de Castilla a Francia siempre por lugares y tierras
suyas, y fue el mayor valedor que tuvo el conde de Urgel, aunque de
tan desacertados consejos, que por seguirlos el conde, tuvo el
desgraciado fin que veremos. Luego que las
doce personas supieron
esto, les pareció no debía tolerarse, por los inconvenientes que se
podían esperar, y porque era en perjuicio de los otros pretensores;
y luego le enviaron a Ramón Çavall,
caballero, para que en nombre de los doce, le rogase que sobreseyese
en usar de aquel cargo, y que hiciese derramar la gente de guerra que
tenía junta en Aragón, y que si no lo hacía, ellos proveerían de
remedio. No fue esta embajada muy gustosa al conde; pero como vio la
resistencia se le había hecho en Aragón y que aquella embajada se
le hacía de parte del principado de Cataluña, que era de quien él
más confiaba, así por la afición que todos le tenían, como por la
naturaleza que tenía en ella y favor que de ella aguardaba, otorgó
lo que se le pedía, con pacto que don Guerau Alamany de Cervelló,
que tenía por enemigo, no usase del oficio de lugarteniente de
gobernador; pero los doce no se contentaron de la respuesta, y
volvieron a enviar a decir lo mismo, pero el conde siempre perseveró
en lo que había dicho, absteniéndose
empero del
ejercicio de gobernador general. (En Aragón no lo habían
afirmado como tal)
En el entretanto que esto pasaba, se
hicieron al rey las exequias en el monasterio de Poblet,
porque había elegido sepultura en aquel real monasterio, donde había
ya cuatro
reyes ascendientes suyos sepultados, y había
mandado que su cuerpo fuese sepultado en tierra, en el claustro,
delante de la capilla de san Gerónimo, con una piedra encima, porque
fuese pisado de todos los que entraran y salieran de la iglesia, y
estuviese allá hasta que sus carnes fuesen consumidas, y de aquí
fuesen sus huesos trasladados dentro de la iglesia, y puestos en un
sepulcro en el arco real, junto a la sepultura del rey don Pedro, su
padre; pero nada de esto se hizo, sino que le depositaron en la Seo
de Barcelona y estuvo en el altar mayor de ella, hasta el año
1460, que el abad don Miguel Delgado (no comería mucho)
fue a Barcelona y lo pidió, y con treinta monjes se lo llevaron a
Poblet, con muy poca ceremonia, y allá le han puesto en una
tumba de madera, que es la primera de la parte del Evangelio; y no le
pusieron en el arco real junto a su padre, como él había mandado,
porque aquel lugar había ya tomado el rey don Fernando, y así
su cuerpo se ha quedado en dicho lugar; y si no fuera por la buena
diligencia del abad de Poblet, aún se quedara en Barcelona, sin que
más se pensara en él; pero no era mucho se descuidaran los otros de
quien tan descuidado fue de sí mismo, y tan indeterminable en lo que
debía hacer. Juntamente con su cuerpo se llevaron el de la reina
doña Violante, mujer del rey don Juan, y le pusieron en
el mismo sepulcro y compañía del rey, su marido, que es la
del medio de las tres sepulturas que están en el arco real, a la
parte de la Epístola, en aquel ilustre monasterio.
Acabadas ya
las exequias del rey don Martín, a 22 de julio de 1410, el
gobernador, desde Barcelona, convocó parlamento general del
Principado para la villa de Monblanch,
para el último
de agosto; y allá se juntaron muchas personas de las que eran
llamadas en la iglesia de san Miguel, y en conformidad de la mayor
parte de los que allí se hallaron, a 10 de setiembre se deliberó
mudar el lugar del parlamento, porque había muchos lugares
que estaban inficionados de peste, y prorogóse
para la ciudad de Barcelona para 25 del mismo mes de setiembre, que
se hallaron en la sala grande del palacio del rey el mismo
gobernador, el arzobispo de Tarragona, don Pedro Çagarriga,
con cuatro eclesiásticos, cinco síndicos de Barcelona, dos de
Perpiñan y uno de Figueras, sin ningún militar ni otra persona
alguna; y así le prorogaron para 30 del mismo mes, para dar
tiempo a los que habían de venir, y en el mismo día, habiendo en el
parlamento catorce eclesiásticos, treinta y cinco militares, once
síndicos y dos diputados, propuso el
gobernador la causa porque
había convocado aquel parlamento, que era a fin de buscar el mejor y
más seguro camino por donde viniesen estos reinos y Corona en mano
de
aquel a quien por justicia perteneciesen, exhortándoles
a todos a paz, amor y concordia, según se lo había encomendado el
rey don Martín, estando para morir: y esto lo fue dilatando
con un muy largo y bien concertado razonamiento, que a más de estar
continuado en el proceso del parlamento, lo refiere casi todo
Gerónimo Zurita; y el arzobispo de Tarragona le respondió
muy largamante, y el brazo millitar y real se ajustaron a lo que él
había respuesto, declarando el deseo grande que todos tenían
que se encaminara todo de suerte que fuese a honra y gloria de Dios
nuestro Señor, paz y provecho de todo este Principado y Corona. Pero
Roger Bernat, hijo mayor de Hugo, conde de Pallars, declaró que él
y otros muchos de su opinión, aunque afirmaban
que lo que se
había de tratar en aquel parlamento les estaba bien, pero disentían
a la mudanza se había hecho de Monblanc a Barcelona, por no ser a
propósito aquella ciudad ni haber ellos estado en Monblanc, cuando
se deliberó, ni aún había parecido bien a todos los que allá se
hallaban, porque, según dijeron después con escritura que a 2 de
octubre presentaron al gobernador, a la que salía de la casa de los
comendadores de san Juan, donde tenía su posada, que aquella ciudad
había siempre tenido costumbre de hacer gran perjuicio a las
preeminencias y prerogativas de los barones y nobles de Cataluña, y
lo había de hacer más que nunca en aquella ocasión que estababan
sin rey y señor, y había de mirarse mucho de juntar parlamento en
una población tan grande como era aquella, donde cada día acudía
mucha gente y había gran peligro de ponerse todas las cosas en gran
tribulación, y más que no podian sufrir la gran superioridad y
preeminencia que los concelleres de ella pretendían tener en todos
los parlamentos del Principado, y sobre todo se sentían mucho de
unos pregones que había hecho el gobernador, de ordenación de los
concelleres, prohibiendo el porte de las armas con graves penas, y
decían que era con intención de causar terror a los llamados al
parlamento, el cual era mejor que se juntara en otra parte de
Cataluña, más cercana a Aragón y Valencia, para mejor poder tratar
y conferir y tomar consejo sobre lo que había de ser más
conveniente a lo por que estaban congregados; y esto mismo pedía
también el síndico de Tortosa, porque los de aquella ciudad
deseaban ver en ella el parlamento. Pero el conde de Cardona,
don Pedro y don Roger de Moncada y otros muchos magnates y nobles,
amigos del conde de Urgel, defendían con grandes veras la mudanza se
había hecho de Monblanc a Barcelona, y sobre esto había gran
disensión en aquel parlamento; y a 26 de octubre dieron sobre esto
un gran memorial fundando con muchos derechos esta su opinión, y lo
mismo hicieron Dalmau Çacirera,
Galceran de Rosanes y Marc de Avinyo por los caballeros y hombres de
paraje; y el arzobispo y estado eclesiástico y brazo real se
conformaron con ellos, porque todos habían aconsejado la mudanza del
parlamento, y deseaban se nombrasen árbitros para declarar sobre
esto y sobre la división había entre los barones y nobles, de una
parte, y los caballeros y hombres de paraje, de otra, porque estos
últimos querían hacer un brazo de ellos solos, separándose de los
barones y nobles, y era suscitar una pretensión muy antigua y vieja,
y siempre contradijeron a ella los brazos eclesiástico y real,
porque consideraban muchos daños habían de salir de tal división y
discordia, y más en esta ocasión, y les desengañaron que por la
vida no lo sufrirían; y así sobre esto y sobre los pregones que
habían hecho los concelleres de Barcelona fueron nombrados árbitros,
y estos a 19 de diciembre de este año dieron su sentencia, y aunque
en algunas cosas discordaba, pero la conclusión de ella era: Que el
parlamento, sin hacer mudanza de lugar, se continuase por entonces en
Barcelona, y que cesase el ejercicio de aquellas doce personas que se
nombraron cuando murió el rey don Martín, y que lo que ellos habían
de hacer lo hiciera el parlamento, y que sobre la división del brazo
militar se guardase lo que se había observado en el parlamento que
tuvo la reina doña María, mujer del rey, y que no causasen
perjuicio a los militares los pregones habían hecho los concelleres
de Barcelona; y con esto quedó el parlamento más libre y sin
estorbo para poder entender en buscar forma para venir al fin para
que se había juntado, que era hallar y saber de cierto la persona a
quien, según justicia, debían prestar el juramento de
fidelidad.
Cuando estas cosas pasaban en el parlamento, llegaron a
6 de octubre a la ciudad de Barcelona, antes del mediodía, los
embajadores del conde de Urgel, que eran fray Juan Exemeno, maestro
en teología, del orden de san Francisco, electo obispo de Malta, su
confesor, don Dalmau de Queralt, Mateo Vidal y Domingo Senart,
doctores en derechos y llevaban carta credencial del conde, hecha a
24 de diciembre en el monasterio de Bellpuig de las Avellanas, de
religiosos premostratenses, en el vizcondado de Ager. El día
siguiente, el arzobispo propuso en el parlamento sobre la audiencia
se había de dar a estos embajadores y a los del rey de Francia, que
ya había días que aguardaban audiencia, y no parecía bien se
dilatase: tratóse el negocio; y como a cada cosa que se proponía
había división entre los del brazo militar, tardaban a tomar
resolución, porque todo el tiempo era menester para concordar los de
aquel brazo; y después de haber pasado sobre esto muchas razones y
protestas, que por no hacer al caso dejo, se vino a diferir la
audiencia para 11 de octubre, sábado, que se dio a los del rey de
Francia, y el lunes siguiente, que era a 13 octubre, se dio a las
ocho de la mañana a los del conde de Urgel, y habló por ellos el
obispo de Malta, que era hombre muy docto y elegante, y tomando por
tema aquellas palabras que dicen: Intende in causam meam, prosiguió
su razonamiento, probando que por ser don Jaime de Aragón
descendiente por línea masculina de la casa y linaje de los reyes de
Aragón, le pertenecia el reino, y esto lo confirmó con lugares
de la Sagrada Escritura, de los derechos canónico y civil e
historias antiguas.
Por razón de la división había entre los
del estamento militar, sucedían cada día dentro del parlamento
inquietudes, y pasaban cosas que, sabidas de los de fuera,
desautorizaban mucho aquella junta tan grave; particularmente a 8 de
octubre estuvo a punto de desunirse del todo, porque los caballeros y
hombres de paraje quisieron tener notario, y nombraron a Francisco
Fonolleda, que había sido escribano del rey don Martín, y le
habían dado lugar y asiento, así como lo tenían los escribanos del
brazo eclesiástico,
militar y real, y no querían que se saliese
de allí, porque decían que pues había cuatro brazos y ellos hacían
de por sí el suyo, querían meter escribano, así que, había de
haber cuatro, uno por cada brazo; y aunque los del eclesiástico y
real lo contradijeron, no pudieron acabar cosa, y se salieron del
parlamento, y faltó poco que todos no se volviesen a sus casas sin
hacer este día otra cosa sino dar pretestos los unos a los
otros; y como habían de llamar por testigos a personas que no eran
del parlamento, estos luego que salían publicaban lo que pasaba
dentro, de donde nacía el desautorizarse mucho aquella junta; y por
eso hicieron después, a 17 de octubre, una determinación de que los
testigos instrumentales fuesen del mismo parlamento, y no fuera
de él, porque así se guardase mejor el secreto.
A 31 de este
mes llegaron al parlamento los embajadores del infante don
Fernando de Castilla, llamado vulgarmente el infante de Antequera,
hijo de doña Leonor, que fue hija del rey don Pedro de Aragón y
hermana predifunta del rey don Martín: no hallo estos
embajadores quienes eran, porque por descuido del escribano del
proceso quedó su nombre en blanco. La suma de la embajada fue: si
aquel parlamento pensaba estar en la ciudad de Barcelona y entender
aquí a quién de los competidores pertenecía el derecho de la
sucesión, porque en tal caso, ellos estaban aparejados, las horas
que les serían asignadas, de probar como era del infante don
Fernando; y si no pensaban entender en esto en la ciudad de
Barcelona, rogaban de parte de su señor dos cosas: la primera, que
lo abreviasen todo lo posible, por el daño que había en la
tardanza; y la otra, que
tuviesen por encomendada la justicia no
solo del infante, pero aún de los demás que pretendían tener
derecho en aquella sucesión; y el arzobispo les respondió, que no
pensaban entender en ello sin Ios demás reinos, y que lo más presto
les sería posible entenderían en la expedición de aquel negocio, a
fin de dar el derecho a aquel a quien tocase; y presto deliberaron,
después de haberse tratado muchos días, que fuesen nombrados doce
embajadores, seis para Aragón y seis para Valencia, para tratar lo
que se debía hacer en este negocio y buscar modo como llegar al fin
que todos deseaban, que era saber a quién se había de prestar el
juramento de fidelidad, y también para concordar y poner treguas en
las discordias y bandos había entre los particulares de Aragón y de
Valencia, que confiaban que, a imitación de los catalanes, lo harían
así como ellos, que habían dejado todas sus pasiones y comodidades
propias para entender lo que convenía al bien público y servicio de
Dios y del que había de ser rey; y a 8 de noviembre fueron nombrados
estos embajadores, cuyos nombres traen otros autores.
Por estos
tiempos salieron del condado de Comenge algunas gentes de armas en
los valles de Aran y Andorra, y aunque el parlamento proveía lo
necesario para hacerles
poderosa resistencia, no por eso dejó el
conde de Urgel a 20 de diciembre de enviar sus embajadores, que eran
el obispo de Malta y micer Macian Vidal, al parlamento; y dijeron
haber venido por tres cosas, la primera, por hacerles sabedores de la
entrada que gentes forasteras habían hecho en Cataluña; la otra,
que entendieran en la defensa del Principado, y la última, que
ofrecía su persona y estados por la defensa de la tierra; y esto lo
hacía el conde para ver si se le encargaría a él el resistir a
estos, porque con ese color
hubiera él juntado gentes de armas y
se fuera hecho poderoso; pero el parlamento nunca se lo quiso
conceder, y así le respondieron, que agradecían el aviso y
ofrecimiento les hacía, y que en su lugar y tiempo le aceptarían de
buena gana.
Mientras los del parlamento aguardaban que las cosas
de Aragón y Valencia y los bandos había en aquellos reinos tomaran
algún buen asiento con la diligencia de los seis embajadores que
habían enviado a cada uno de estos reinos, sucedió a 29 de enero de
este año 1411, estando junto todo el parlamento en la sala del
palacio real, que llegó allá doña Juana, condesa de Ampurias, y
don Pedro de Fonollet, vizconde de Illa y Canet, que hablando por
ella, dijo estar muy quejosa de don Jaime de Aragón, conde de Urgel,
por haber con maña y artificio procurado que doña Elceta, su
hermana, que había sido mujer de don Hugo de Anglesola y entonces de
Jorge de Caramany, y una hija que tenía del primer matrimonio
vinieran en poder suyo, y quería por fuerza, contra la voluntad de
la doncella y de su madre y de sus amigos y parientes, casarla; y por
ser cosas estas de tal naturaleza y que no era bien tolerarse,
acudían al parlamento, porque proveyera lo que más justo pareciese;
y dicho esto se salieron fuera. Tratóse el negocio, y deliberaron
que Guillermo Carbonell, canónigo y sacristán de la Seo de
Barcelona, y Guillermo Domenech, síndico de Gerona, fuesen de parte
del parlamento al conde para saber e informarse de lo que había en
esto, y si hallaban ser verdad lo que se había representado en aquel
parlamento, rogasen y persuadiesen al conde se llevase en aquel
negocio de tal manera, que de allí adelante no se hubieran de quejar
de él, y por esto dieron a los embajadores su letra credencial.
El
día siguiente, que era a 30 del mes de enero, volvieron los
embajadores al parlamento, y dijeron que el conde decía que él no
había tenido ni tenía detenida a doña Elceta, antes bien estaba en
libertad de ir donde quisiese, y que era verdad que a su hija se la
habían encomendado su misma madre y otros parientes y amigos suyos,
y que siendo él medianero, había casado con el hijo de don Ponce de
Ribelles, servidor suyo, muy querido y amado, y se habían ya hecho
los capítulos matrimoniales, y había uno entre ellos, que contenía,
que si acaso sobre lo pactado en aquellos sucediera haber alguna
duda, quedaban nombrados, por parte de don Ponce, Bernardo de
Vilagayá, y de doña
Elceta, Aymon Dalmau, para que declarasen
la tal duda, y que doña Elceta había mudado de parecer y no quería
que se hiciese aquel matrimonio, y pocos días había que se había
llevado a su hija, sacándola de casa del conde, de lo que estaba
muy ofendido, por parecerle que había sido mengua suya, y por
enmienda de ello procuró que volviese a su casa y palacio, donde
estaba tratada y respetada según su calidad y sexo requería, y
deseaba en esto proceder tan justificadamente, que pedía al
parlamento nombrase algunas personas que mirasen los capítulos y se
informasen del negocio, que él estaría a todo lo que las tales
personas declarasen sin apartarse de ello. Entonces el parlamento, a
más de los dichos embajadores, nombró a Bonanat Pere, síndico de
Barcelona, y a Juan de Prats, síndico y canónigo de Tortosa, para
que, informados del caso, hicieran relación al parlamento y él
proveyese lo que fuese justo; pero el día siguiente el parlamento
recibió una carta del conde, que daba razón del hecho, y decía
así:
Als molt reverent nobles e honrats que son residents en
lo parlament de la ciutat de Barcelona.
A la gran saviesa de
vosaltres certificam que es vingut a nostra oyda que alguns quis dien
parents de Na Magdalena de Anglesola han dit devant lo parlament
essent ajustat que per quina causa teniam nos la dita Magdalena e ab
gran colp de paraules esplicant les quals paria no isquesen de homens
rahonables mes voluntaris: de que notificam a la vostra saviesa de
vosaltres que nos tenim la dita Magdalena perque nos fonc comanada
per lo noble mossen Pons de Ribelles que ere son tudor ab
benivolencia de sa mare. E axi mateix con son avi e son pare fosen
amichs e servidors del infant nostre pare als quals Deus do santa
gloria e reberen de grans beneficis dels dits senyors e la avia de la
dita
donzella isque de la casa de Ribelles que son poblats en lo
comptat de Urgell que ere dels senyors damunt dits e morint lo
senyor rey en Marti qui Deus perdo e lo dit mossen Pons qui ere
tudor de la dita noble donzella romanent en casa nostra vehen que la
successio del regne pertanyia a nos e erem gobernador general per
sguart de les coses damunt dites e de aquelles altres quey han
specificat de vostra part los embaxadors quins haveu
trames e per
aquest sguart tenim la dita pubilla e tendrem tant com raho dictara e
scoltarem a tots aquelIs quins demanaran res per justicia:
certificantvos que alguns nos han dit ques diuhen algunes paraules
devant la saviesa de vosaltres dient que les diuhen
en favor de
la damunt dita: vulla guardar vostra saviesa que los dits lurs son
per lur propri interes no per profit de la dita pubilla pero veurets
en nostres obres qual profit se seguira de aquella per moltes rahons
que al present non cal specificar. Data en San Boy sots lo
sagell de nostre anell a 30 de janer del any 1411.
Jayme
Darago.
Jaime.
No dejó esta carta de alterar a
algunos del parlamento que eran mal afectos a las cosas del conde de
Urgel y no ponderaban las palabras de ella según debían, antes
interpretaban que diciendo el conde que escucharía a todos los que
pedirían algo por justicia, era quererse hacer juez de esta causa; y
esto era interpretación torcida y ajena de la intención del conde,
cuyo pensamiento era decir, que si alguno quisiese lo que él había
hecho pedírselo por justicia, escucharía y pasaría por lo que
fuese según ella, que bien cierto era que ni el conde era juez, ni
le tocaba serlo de esta causa, pero como había muchos émulos en el
parlamento, le achacaban aquello que no le había pasado por la
imaginación, y por hacerle odioso decían lo que no era.
En esta
ocasión también compareció en el parlamento Bernardo Gallac,
procurador de la reina doña Violante, viuda del rey don Juan, madre
de otra Violante que casó con Luis, duque de Anjou, que llamaron rey
de Nápoles; y esta doña Violante era hija del duque Roberto de Bar
y de María, su mujer, que era hermana de Juan, rey de Francia, y el
rey Carlos, que reinaba en este tiempo en Francia era hijo de otro
Carlos y nieto del dicho Juan, y defendía con grandes veras a la
reina Violante de Nápoles, porque eran hijos de primos hermanos y
deseaba el reino para su marido, y les pesaba que el conde de Urgel
fuese tan querido en Cataluña y tuviera dentro del parlamento tantos
amigos, y para echarlos de él, acordaron que la reina doña Violante
pidiera que fuesen echados del parlamento aquellos que ella o su hija
tenían por sospechosos, que eran los amigos y deudos del conde y
muchos caballeros que estaban poblados en aquel condado y tiraban sus
gajes y eran sustentados de su hacienda, como eran fray Guillermo,
abad de nuestra Señora de Bellpuig de las Avellanas, del orden
premostratense, fray Vicente, abad de Ager, del orden de canónigos
reglares de san Agustín, el conde de Cardona y don Antonio, que eran
deudos suyos, mosen Bernat de Forciá, Galceran de Rosanes, Dalmau de
Çacirera y otros muchos que
intervenían y podían intervenir en aquel parlamento; y el Bernardo
de Gallac no dejaba esto de solicitarlo cada día, tanto, que los del
parlamento se hallaban muy turbados sobre esto, porque si aquello
tenía lugar, habían de salirse muchos de él, unos por ser
parientes y otros por estar heredados en el condado de Urgel y
vizcondado de Ager. El conde, que no quería que sobre esto se
declarase nada, mandó a 10 de febrero a Antonio Vila, escudero de su
casa, que diera una escritura, cuya suma era, que no tratándose aún
de la sucesión, no había para qué haber de excluir de ella a los
sospechosos, ni se había de decir ni aún pensar que la amistad y
deudo que tenía el conde con algunos de aquella congregación les
obligara a hacer cosa que no fuera muy debida y justa, y aunque
pudiera poner sospechas contra muchos de los que allí concurrían,
pero lo dejaba en aquella ocasión, por no dilatar y entretener aquel
parlamento, y porque más presto se acudiera a la declaración de la
persona a quien de justicia perteneciese la corona; y así, que no se
diese lugar a la pretensión de la dicha reina, ni oídas las razones
que en orden a dichas sospechas había propuesto el dicho Gallac.
A
los 13 de febrero, después de haber tratado de lo que se había de
hacer sobre las sospechas alegadas por parte de la reina de Aragón,
se ordenaron dos embajadas, una a la reina y otra al conde. Fueron
los embajadores, Guillermo Carbonel, canónigo y sacristán de
la Seo de Barcelona, y Mateo Cardona, caballero, y micer Guillen
Domenge, síndico de Gerona, para exhortarles y aconsejarles que se
apartaran una jornada de Barcelona, por convenir así, para quitar
los inconvenientes y sospechas que pudiera haber, estando ellos
cercanos a esta ciudad; porque, según decían los del parlamento,
querían lejos de sí a dos personas de tan gran autoridad, cuya
vecindad era de gran estorbo para los buenos intentos que aquel
parlamento llevaba; y el día siguiente, por quitar todo género de
sospechas, el gobernador y arzobispo juraron de dar en todo buen
consejo, sin amor, odio u otra cualquier pasión; que guardarían
secreto; que quitarían los estorbos que hubieran de dilatar aquel
parlamento, y que todos los que asistían en él hubieran de prestar
tal juramento, y que el que se escusase no fuese admitido en él,
como a persona sospechosa y de no buenos intentos: y así a 15 del
mes juraron todos, y ya en el mes de octubre habían hecho que los
testigos instrumentales fueran del mismo parlamento, por el
inconveniente que había de haberles llamado fuera de él, por el
poco secreto que guardaban.
A los 16 de febrero llegó embajada
del conde: eran los embajadores el obispo de Malta y fray Juan
Cesclergues, caballero del oden de san Juan, y dijeron que el conde
era
bajado a Valdonzella, y tenía algunas cosas que decir al
parlamento sobre el estado de las cosas de Cerdeña y otras, y les
rogaba que fuesen allá, que les deseaba hablar: y el
parlamento
ordenó que el arzobispo, con veinte y cuatro personas de las que
eran nombradas para la defensa del Principado, con las que quisiesen
ir con ellos, fuesen a Valldonzella a hablar al conde y ver lo que
quería; y llegados allá, solo les dijo, que ofrecía su persona,
estado y vasallos, por la conservación del reino de Cerdeña, cuyos
negocios
en aquella ocasión estaban en muy mal estado; y le
agradecieron mucho aquel ofrecimiento, y le dijeron que el parlamento
acordaría sobre ello.
Volvieron también los embajadores que
habían ido de parte del parlamento al conde sobre la queja de doña
Elceta y doña Magdalena, su hija, y dijeron haber tenido diversos
coloquios con Aymon Dalmau y Bernardo de Vilagayá; y el parlamento,
a 17 de febrero, resolvió que todos juntos se vieran con la
vizcondesa de Rocabertí, abuela, y con doña Elceta, madre de doña
Magdalena, y fuesen medio para que el matrimonio, que de principio
habían querido, se efectuara, e hicieran relación al parlamento de
la respuesta de ello.
Este mismo día se despidieron los
embajadores para el conde y reina doña Violante, y se dudó qué
título se debía dar al conde de Urgel en los sobrescritos de las
cartas, y fue acordado que dijesen: al muy egregio señor don Jaime
de Aragón, conde de Urgel. Estrañó algún tanto esta embajada, y
le pesaba de haberse de apartar de la ciudad de
Barcelana
una jornada, y estuvo muchos días que no se movía del lugar de San
Boy; y esto causó sospechas y celos al infante don Fernando,
que, aunque ausente, tenía buenos avisos de lo que pasaba, y envió
sus embajadores, que llegaron al parlamento a 11 de abril, y eran
Fernán Garcés de Berga y don Juan González de Acevedo, con su
letra credencial; y estos dijeron que la intención y voluntad del
infante no era entrar en estos reinos, ni hallarse en el parlamento,
como lo habían publicado algunas personas; pero que cuando alguno de
los otros competidores hiciese tal cosa y el parlamento lo tolerase,
él certificaba que haría lo mismo, y que parecía muy mal que
sufriesen que el conde de Urgel estuviese a una legua de Barcelona,
pudiendo así con medios no lícitos inducir en su favor algunos de
aquel parlamento, y lo que más malo parecía, era que se acercase
tan junto a la ciudad, como era el monasterio de Valldonzella, do
sabía que había venido dos veces, y que esto, no había de
permitirlo aquel parlamento. El arzobispo les dio respuesta de parte
de todos, y fue tal, que se fueron muy contentos aquellos
embajadores.
A 18 de este mes respondió también el conde a lo
que habían dicho los embajadores del infante, y con escritura
presentada en el parlamento, mostró estar muy sentido de lo que de
él se había dicho, y que eran muy escusadas las razones de los
embajadores del infante, y que la nación catalana y demás de
la corona eran de tal condición, que con medios ilícitos no se
había de acabar cosa, pues sola verdad y justicia podían con ellos;
y porque sabía que los del parlamento gustaban que se ausentara de
Barcelona y él deseaba darles gusto, por confiar de ellos y de
Cataluña todo favor, se apartó de Barcelona y se vino a Balaguer,
donde no hacía falta en el parlamento, por tener en
él buenos
amigos y parientes, y no le faltaban trazas para saber todo lo que en
él pasaba.
Perseveraba Bernardo Gallac, de parte de la reina doña
Violante, pidiendo que se declarara sobre las sospechas que él había
propuesto contra los que eran sospechosos; y el parlamento venía muy
mal en haberlas de admitir, pues no era caso, aunque debieran haber
lugar, no embargante que había en él (según decía con una
escritura que dio) los procuradores de la condesa doña Margarita,
madre del conde, y de don Juan, su hermano, y otros muy aficionados
suyos, el abad de las Avellanas, el de Ager y muchos caballeros que
estaban heredados en el condado de Urgel. Tratóse este artículo
muchas veces en el parlamento, y a 23 de mayo de 1411 respondieron,
como aquel parlamento
no se había juntado para ser juez de la
causa de la sucesión a la corona, sino para buscar y escoger los
medios y modo como se pudiera venir a ella, y que aunque había
dentro de él muchos deudos, vasallos y amigos de los competidores,
no por eso había de preferir a los parientes señores y amigos, al
que había, según justicia, de ser su rey y señor, por obligarles a
ello la fidelidad de la nación catalana: y con esto
despidieron al procurador de la reina doña Violante.
Aunque
estaba el conde retirado en la ciudad de Balaguer, no dejaban sus
cosas de estar en gran reputación, y a común opinión era tenido
por más legítimo sucesor que los demás competidores y a más de
eso era el que más amigos y valedores tenía; y aunque había ya
muchos que se declaraban por él, pero eran muchos más los que de
secreto le favorecían y deseaban verle con la corona, pareciéndoles
que no había de haber razón tan justificada que se la quitara,
porque tenían por cierto debérsele a él solo. Pero estando las
cosas en el estado y punto que digo, sucedió, sin culpa si
ciencia del conde, un caso tan atroz y feo, que de tal manera
desautorizó y trocó sus cosas y suerte, que de aquel punto adelante
fueron en tanta disminución y descrédito, que dio ocasión al
infante de Castilla de meter en Aragón y Valencia mucha gente de
armas del reino de Castilla, cosa que hasta aquel punto no había
osado intentar.
El caso fue que en el reino de Aragón había dos
bandos o parcialidades, que eran los Urreas, cuya cabeza y caudillo
era don Pedro Giménez de Urrea, y los Lunas, cuya cabeza era don
Antonio de Luna, y estos eran muy apasionados por el conde de Urgel,
porque siempre aquel linaje de los Lunas había sido muy valedor de
la casa de los de Urgel, y en tiempos pasados es fama haber
emparentado estas dos casas, y de aquí les quedó hacer los Lunas
por armas y divisas una luna jaquelada de oro y negro, a imitación
de los de esta casa, que traían los jaqueles de oro y negro; y era
este don Antonio, como se dijo, de los más poderosos y ricos señores
del reino de Aragón, y estaba tan apasionado, que moría por ver rey
al conde, y siempre fue el principal consejero suyo y el que a la
postre lo echó a perder. Los del bando de los Urreas estaban
apasionados los unos por el infante don Fernando, y los otros por
Luis, hijo del rey de Nápoles: el arzobispo de Zaragoza esforzaba
más que todos la justicia del infante. Habían tenido en el reino de
Aragón su parlamento en la ciudad de Calatayud, y aunque se habían
ofrecido muchas dificultades y estorbos, pero el negocio había
llegado a tal estado, que todo lo que se había de hacer en aquel
parlamento se había cometido a nueve personas, que habían de
buscar y proponer los medios para llegar a tratar del derecho de la
sucesión.
Estos nueve eran el arzobispo de Zaragoza, don
Juan de Valtierra, obispo de Taraçona,
hombre celoso en extremo de sus preeminencias y honras, micer
Berenguer de Almenara, Juan Cid de Calatayud, Juan Fernández de
Sayas y Gil del Vayo, Ramón de Torrellas y Antonio del Castillo, y
micer Berenguer de Bardají, de quien se hacía gran caso en aquel
reino; y estos, usando de la facultad y poder les había sido dado,
acordaron muchas cosas convenientes para el fin porque aquel
parlamento se había juntado; y porque se tuvo cierta junta de
letrados sobre una respuesta que habían de dar a los embajadores de
Cataluña, que estaban en Calatayud, y en la tal junta no fue llamado
este obispo, tuvo de esto tal sentimiento, que aunque fue requerido
de los demás, se partió de aquella ciudad, declarando que en nombre
suyo y de su iglesia disentía a todo lo que se había acordado; y
aunque al primero de junio se habían congregado los ocho en la
iglesia de san Pedro, y estando allí le rogaron que volviese, no
hubo remedio de reducirle, sino que se partió de aquella ciudad y
quedó aquel parlamento de Aragón desbaratado y deshecho, y cada uno
se volvió a su casa, quedando todas las cosas en peor estado que
nunca.
El arzobispo de Zaragoza se salió, como los demás, y
tomó el camino de Zaragoza, y llegó aquella tarde al lugar de la
Almunia de doña Godina, donde hizo colación, porque ayunaba
aquel día, y aquí aguardó a don Antonio de Luna, porque quedaba
concertado entre ellos verse en el camino. Estando aquí el
arzobispo, llegaron a él Francisco
de Belcayre y Miguel Mazas,
notario, de parte de don Antonio, suplicándole que saliese al
camino, porque tenía que tratar con él algunas cosas de las
materias corrientes, según ya quedaba concertado entre ellos. El
arzobispo, que no sospechaba violencia alguna, ni el sacrilegio y
desacato que sucedió, por confiar de las treguas había entre ellos,
confirmadas con juramentos, y también porque después de hechas
habían pasado entre los dos muchos ofrecimientos y cortesías, salió
al camino, a caballo en una mula y desarmado, en
compañía del sacristán mayor de Zaragoza y de Juan Bonet, rector
de san Martín, y de algunos clérigos, y de cuatro o cinco
escuderos, todos desarmados; saludáronse con grandes cortesías y
demostraciones de amor y voluntad; apartáronse en el camino que va
del lugar de la Almunia a Almonacir (Almonacid, sierra de
Algairén), donde hablaron muy largamente del derecho de los
competidores; y de unas razones en otras vino a decir don Antonio, si
sería rey el conde de Urgel, y el arzobispo, que en esto no se
mostró tan prudente como debía, dijo que no, mientras él viviese;
y don Antonio,
encendido en cólera, dijo que lo había de ser, o
muerto el arzobispo o preso; y el arzobispo dijo que muerto bien
pudiera ser, pero preso no; y dicho esto, revolvió la mula y don
Antonio le dio un bofetón, y con la espada un golpe en la cabeza:
salió mucha gente de la que llevaba don Antonio, que estaba
escondida, y uno de ellos dio a la mula un golpe en la cabeza, y con
esto detuvo que el arzobispo no se escapara, y otro, que llevaba la
lanza de don Antonio, dio con ella al arzobispo, debajo del brazo, y
le derribó de la mula, y estando en el suelo le acabaron de matar y
cortaron una mano: al rector de san Martín y al sacristán de
Zaragoza les dejaron muy maltratados y heridos y mataron algunos de
los que iban con el arzobispo.
Esto es lo que comunmente se
cuenta de este caso: pero don Antonio de Luna, en una carta que a 6
de junio escribió al parlamento de Cataluña, dándole razón de
este suceso,
carga toda la culpa al arzobispo, por ser hombre
bullicioso e inquieto, y que le quería matar y lo había muchas
veces intentado, y más ahora últimamente, y con intención de esto
había salido de la ciudad de Calatayud para ir a la de Zaragoza, que
tenía tiranizada y oprimida, y que estando en la Almunia de doña
Godina con mucha gente de armas, le hizo requerir que se vieran y
trataran de diversas cosas, y no dice ni declara qué eran, sino que
después de haber hablado buen rato, vinieron a las manos y se
encendió brega entre ellos, y que él se halló con solo un
hombre de a caballo, y con el arzobispo eran más de treinta de a
caballo y diez de a pie, y que su intención solo había sido
prenderle y no hacerle otro daño, y que haciendo lo posible por
tomarle, su gente le hirió en el cuello con un golpe de
espada, aunque fue poca aquella herida y él presto estuvo sin
peligro, y que mientras estaban peleando, llegaron sus gentes que se
habían quedado atrás y la pendencia se encendió de manera, que el
arzobispo fue vencido con todos los demás de su compañía,
(pues hubo testigos) y nunca se quiso dar a don Antonio y
quedó muerto en la plaza, junto a las puertas del lugar; y en esta
carta afirma ser esto la verdad, y que si algún barón o
caballero ó otro igual suyo lo contradijera, le desafía, y
se obliga a hacerle otorgar ser esto verdad del modo que queda dicho.
El fruto que nació de este hecho fue quedar don Antonio tan
aborrecido de todos, que cuando querían maldecir a uno, le decían:
con don Antonio te topes; por juzgarle tan malo, que solo el
encontrar con él tenían por cosa execrable, triste y de mal agüero;
y este refrán dura aún en aquel reino, y de aquí se puede inferir
qué buena disposición podían hallar las cosas del conde en aquel
reino, cuyo mayor amigo que sustentaba su causa era tan odioso a
todos. Sucedió esto un lunes, primer día del mes de junio de este
año, y luego se supo por toda la Corona, aunque en el parlamento no
se publicó hasta 8 del mes, que se leyó una carta de los
embajadores escrita a 3 del mes, y quedaron todos admirados de tal
caso. Acabóse entonces de determinar, según ya se había tratado a
12 de mayo, que aquel parlamento se prorogase para la ciudad de
Tortosa, por estar más cercano a los reinos de Aragón y Valencia, y
facilitar todo lo posible la declaración de la sucesión, porque
todos estaban muy temerosos que cada día sucederían semejantes
novedades. Moviéronse a hacer esta prorrogación por otra carta que
recibieron a 12 del mes, de don Antonio, en que daba razón al
parlamento
del caso, cargando también
la culpa de todo al mismo arzobispo, y certificaba que el infante de
Castilla venía con poderoso número de gente; y así, a 12 de julio,
se escribió a todos aquellos a quien parecía que se debía
notificar, que el parlamento se prorrogaba para la ciudad de Tortosa,
exhortándoles que para 16 de agosto acudieran a ella.
Llegado
este día de 16 de agosto, se juntaron en el capítulo de la catedral
de aquella ciudad, aunque la gente acudía muy de espacio y fue
necesario que se les escribiera muy apretadamente, y se valieron del
favor del papa Benedicto, que estaba en la villa de San Mateo,
del Maestrazgo de Montesa, en el reino de Valencia, el cual lo
escribió a muchos eclesiásticos, y les representó el gran daño
que se seguía de no congregarse aquel parlamento; y con todo,
pasaron muchos meses antes que no acudió igual número de personas
al que solía haber en Barcelona, lo que era de mucho daño para la
expedición de los negocios; pero aunque pocos, no dejaban de
trabajar todo lo posible, y fueron disponiendo las cosas de manera,
que no se perdió el tiempo en vano. Presidió mucho tiempo en él el
abad Vicente, de Ager, que era del consejo del conde de Urgel y
hombre de gran prudencia y saber, y todo el tiempo que presidió en
aquel parlamento se llevó tan neutral y con tal prudencia, que
quedando contento el conde de Urgel, ninguno de los otros pretensores
se quejó de él ni de lo que se hizo en aquel parlamento en todo el
tiempo que presidió, que fue desde 3 de setiembre hasta 5 de
octubre, aunque las provisiones eran expedidas con el sello del
vicariado de Tortosa, cuya iglesia era sede vacante.
Mostró
mucho sentimiento el infante de Castilla por la muerte de su buen
amigo el arzobispo de Zaragoza, por haber perdido en él un buen
valedor, y tomó muy a pechos de vengar su muerte, y quisiera que
todos los reinos de la Corona entendieran en el castigo de los
matadores, y dio quejas al parlamento de Cataluña porque se procedía
en esto con flojedad, hasta amenazar que si no lo tomaban con más
veras, le obligarían a haber él de vengar aquella muerte; y cada
día con este título juntaba gentes de armas para entrar en Aragón,
donde sabía que sería bien venido, porque había muchos que le
valían, y más los Urreas, que eran parientes del arzobispo y
estaban llenos de temor; y aunque los más de ellos hasta aquel punto
habían estado declarados por Luis de Anjou, hijo del rey de Nápóles,
pero viéndose apretados de los del bando de Luna, pidieron favor al
infante, que les era más vecino, y él no deseaba otra cosa sino que
le llamaran en su favor, porque
tuviera buena escusa y honesta de
meter gentes de armas en el reino; y decían los que venían de
Castilla, que eran llamados de los parientes del arzobispo para
resistir a don Antonio de Luna, de quien publicaban que quería
perseguir y acabar los deudos del arzobispo. Esto era cuanto al
exterior; pero la intención principal no era vengar la muerte de
aquel prelado, sino resistir al conde de Urgel y demás competidores,
si quisieran de hecho ocupar los reinos y pueblos de la Corona;
porque cada día se publicaba que el conde hacía venir gran número
de gentes extrañas, y que trataba de enviar a Gispert de Guillaniu,
caballero de su casa, a Francia, para tratar con Fortun de Luziers,
capitán francés, que entrara en Cataluña con trescientos caballos,
cien pillarts y cuarenta ballesteros y bagajes, y más si más
pudieran venir; aunque su partida no fue hasta 9 de
setiembre de
este año. Decíase también que don Antonio de Luna había de entrar
con más de mil caballos de Gascuña, para perseguir todo lo posible
a los amigos y parientes del arzobispo; y era cierto que si don
Antonio, después de muerto el arzobispo, se metiera dentro de la
ciudad de Zaragoza, se quedara con ella, y érale fácil, según la
turbación que entonces había en ella; pero como su intención y
obras no eran con fin de buscar el servicio de Dios, más arrojado y
temerario, siempre le faltó el consejo, y más cuando más lo había
menester.
Estábase el conde en la ciudad de Balaguer, deseando
se llegara a la declaración de su pretensión, y no usaba del título
de gobernador general, por habérselo impedido el parlamento, ni
tenía apenas gentes de armas, por haberlos despedido por complacer
al parlamento. Toda Cataluña era gobernada de don Guerau Alamany de
Cervelló, que era
gobernador; y entre los dos había mala
voluntad, y estaba cierto el conde, que no había que esperar cosa
buena en favor suyo, siendo él gobernador, pues se declaraba mucho
por el infante; y por esto deseaba que le fuese quitado aquel cargo y
dado a otro que fuese más afecto a sus cosas, lo que ya otra vez
había intentado, y no había salido como él pensaba (así de
tonto era). Juntó algunos de sus amigos y consejeros, para
buscar qué medio habría para acabar esto; y fue probar los ánimos
de los del parlamento, y hacer según hallaría en ellos: pero
hallólos a todos más firmes de lo que él pensaba, y le decían que
no había causa bastante ni razón alguna para hacer lo que él
quería; y así buscó otro medio, que tenía algo de violencia, y no
salió como él pensó; y era que el 1° de julio de este año,
Bernardo de Rosanes, caballero, como a procurador del conde, presentó
una escritura, refiriendo en ella, que cuando murió el rey don
Martín se hallaba el conde gobernador general, por ser él el más
cercano pariente de aquel rey, y por no tener hijos pertenecerle la
corona; y aunque esto era muy fundado, dejó de usar de aquel oficio
y cargo, por habérselo pedido la ciudad de Barcelona y los
concelleres de ella, con pacto que Guerau Alamany de Cervelló,
gobernador de Cataluña, no usara del cargo y oficio, lo que jamás
se cumplió, y a más de esto era muy sospechoso al conde, por lo que
requería, que el dicho gobernador no usase del dicho oficio en
ninguna parte de Cataluña, y más en particular en la ciudad de
Tortosa, donde había de estar el parlamento y se había de tratar
del artículo de la sucesión, por no ser justo que hombre a su
principal tan sospechoso, se entremetiera ni tuviese parte en aquel
negocio tan grave y de tanta consideración, ni en cosas de los
servidores, domésticos y vasallos del conde de Urgel, y que no
proveyendo el parlamento en esto, él usaría del dicho cargo y
oficio, y haría aquello que le parecería justo y conveniente. (Otra
cagada más, pardal, zompo)
La respuesta de la escritura se
dio a 4 de julio (independence day en América, en Cataluña no).
No fue otra, sino que el parlamento proveería según hallaría ser
justo y razonable; y el negocio se quedó así y el conde estaba muy
sentido de que cada día entrase en Aragón gente de armas que venía
de Castilla, y lo que más le pesaba era haber él despedido la suya,
cuando por parte del parlamento le fue pedido con solemne embajada
que le había hecho, y prometido, según él decía, que si gentes
extrañas entraban, ellos proveerían sobre ello; y en esta ocasión,
que fue a 15 de setiembre, lo volvió a escribir otra vez desde
Balaguer, quejándose del parlamento que tal sufriera, habiendo él
hecho por él lo que le había pedido, y sobre todo mostraba pesarle
que no le hubiesen dado lugar a que él saliera a resistir a aquella
gente que entraba, porque a su costa lo hubiera hecho de buena gana.
Pero el parlamento, en tanto número de pretensores, no quiso dar
mano ni poder a ninguno de los pretendientes, temiendo que con la
gente y hacienda del común se alzaran con todo.
Este mismo día
que recibieron la dicha carta, que era a 19 de setiembre, llegó otra
del conde, en que pedía que fuese escrito a Juan Fernández de
Heredia, que quitara el
cerco que tenía puesto en el castillo de
Albarrazin (Albarracín), donde estaba José Ruiz de Moros,
servidor suyo; y aunque el parlamento una vez se lo había escrito,
no había alcanzado cosa, antes perseveraba en apretar aquel
castillo; y también les encomendó que procurasen la libertad de don
Francisco, obispo de Tarazona, por quien ya había el parlamento
escrito y encomendado a Arbert Çatrilla,
caballero y embajador del parlamento de Cataluña al de Aragón, en
Alcañiz, que tratara con el gobernador y otros que le
pareciese a propósito, que le libraran de la cárcel y remitieran al
papa, que conociese de él, si causa había para haber de ser
castigado, y ya lo habían también escrito al infante don Fernando;
pero no se había hecho nada, y este prelado y José Ruiz de Moros
eran muy amigos del conde, y por eso él hablaba por ellos.
A
estas cartas y demandas del conde se dio satisfacción y respuesta a
21 de setiembre, y le dijeron claro, que no gustaba ni quería el
parlamento que él ni otro de los competidores saliera con gente a
resistir a los que venían de Castilla, y que en lo demás que pedía
ya habían escrito al reino de Aragón, y tenían por cierto que se
cumpliría lo que pedía; y porque el conde en la carta de 15 de
setiembre había dicho que bien sabía el parlamento ser los reinos
de la Corona de Aragón suyos por justicia, le respondieron, que
después de la muerte del rey don Martín, no entendían ni sabían
quién era verdadero sucesor, aunque lo habían mirado y buscado con
cuidado, y que la resolución sobre esto no la pensaban tomar sin el
consentimiento de los demás reinos de la corona. Sentía mucho el
conde todo esto, y conocía que sus cosas iban en alguna declinación
después de la muerte del arzobispo de Zaragoza, porque casi todos
los del reino de Aragón y muchos de los de Valencia se inclinaban al
infante de Castilla, y los de Cataluña estaban tan neutrales y
secretos y trataban las cosas con tanta severidad, que no podía
prometerse de ella el conde otra cosa, sino solo lo que sería pura y
mera justicia; y es cierto que si luego que el rey murió, el conde
tomara voz y título de rey y no quisiera contemporizarse y respetar
el parlamento, y gastara entonces aquel gran tesoro que gastó
después de hecha la declaración, cuando ni era tiempo ni a
propósito, es cierto o que quedara con la corona, o saliera mejor de
la empresa de lo que salió después (hubiese salido muerto
igual), cuando se encerró en Balaguer y quiso resistir al rey,
cuando se le había hecho el juramento de fidelidad; y era ocasión,
cuando murió el rey, que el infante estaba harto ocupado en la
toma
de Antequera y guerras con los moros, y aún no había grangeado
tantos amigos como ganó después, y tal había que estaba a la mira
y disimulaba la afección que tenía al conde, que si le viera puesto
en armas, se declarara por él, y pocos hubiera en Cataluña que en
tal caso le osaran contradecir, porque era amado y emparentado con
ella, y era el más rico señor de la corona; pero como siempre le
faltaron buenos consejeros (y era idiota), casi en todas sus
acciones erró y jamás hizo cosa que fuera en su tiempo y sazón; y
así le dijo don .... de Corella haberse perdido el conde por falta
de ánimo, y fue verdad, porque aunque le tuvo cuando se metió en
Balaguer, pero faltóle en la mejor ocasión, que era cuando murió
el rey don Martín. Pesaba al conde haberse sujetado tanto a la
voluntad de aquel parlamento y que pudiese tan poco con él, y así a
24 y a 26 de setiembre les escribió, desde Balaguer, dos cartas, y
la una de ellas era volverles a la memoria, que por respeto de ellos
había dejado de ejecutar cosas que podían ser en gran daño suyo y
de su pretensión (y en esto no erraba); pero que pues aquel negocio
estaba puesto en justicia, no pedía que se la diesen, pues era suya,
sino que se apresurase la declaración de ella, y que en el
entretanto hiciesen de manera que gentes extrañas no entraran en la
Corona, pues no querían que él saliese a resistirles; y aún les
dijo que no hacían bien en eso, porque le prometieron que si tales
entradas se hacían, el Principado con él saldría a resistirles, lo
que no se era hecho, y así le contentó, y pues no querían que él
saliese, a lo menos hiciesen de manera que se impidiesen las entradas
de castellanos en Aragón, se alzase el sitio del castillo de
Albarrazin, y se diese libertad al obispo de Tarazona. Sin duda que
debía ser grande la autoridad de aquel parlamento, que tanto le
respetara un señor como el conde de Urgel, que después no pudo
sufrir la soberanía del rey don Fernando. (Pues te jodes,
y se jodió.)
A 7 de octubre volvieron Ponce de Parellos y
Guillen Domenech, embajadores del parlamento, que habían ido a
Castilla y dado al infante una solemne embajada, que consistía en
dos puntos: el primero era reducirle a la memoria el ofrecimiento que
había hecho por medio de sus embajadores, de proseguir su pretensión
por justicia, favoreciendo el derecho de aquel a quien perteneciese
la corona, y que sería contrario y se opondría con veras a
cualquiera que dejados los medios de justicia, quisiese con audacia y
de su propia autoridad ocupar la diadema o corona real, que
estaba sin cierto y verdadero rey y señor.
El otro punto era,
que como a píncipe justo y de singular virtud, y como aquel
que había ganado singular renombre y fama entre todos los príncipes
cristianos del mundo, mandara salir del reino de Aragón las gentes
de armas que habían entrado en él y venido del reino de Castilla,
por redundar de ello gran daño a la república, y ser
embarazo y embargo para proceder a la declaración de la sucesión,
por no poderse hacer buen juicio allá donde interviniere terror de
armas, temor o fuerza. A esta embajada, después de haberla escuchado
con gran atención el infante, mandó dar una respuesta que decía:
que le acordaba lo que había ofrecido con sus cartas y embajadas, y
perseveraba en enderezar los dichos reinos y tierras en venir a
verdadero conocimiento de su rey y señor, impugnando y persiguiendo
a todo hombre que por su propia autoridad, osadía y poderío,
quisiera ocupar la corona y cátedra reales, viudas, por obra
de algunos malos, de su verdadero rey y señor; y que en tiempo del
rey don Martín, su tío, se puso a reconocer quién debía
suceder en sus reinos y tierras, y después de la muerte del dicho
rey, el rey su tío, el dicho señor infante hizo reconocer los
testamentos y otros recaudos de los reyes pasados y de la
reina doña Petronila, y lo hizo ver todo, no solamente a los
letrados de Castilla, mas a diversos otros letrados de Italia y
Francia y de otras partes, si por virtud de los dichos testamentos y
otros recaudos, o en otra manera por justicia, si le pertenecía la
sucesión de dichos reinos y tierras por muerte del dicho rey, su
tío, que murió sin testamento y sin hijo legítimo y natural, y no
dejó pariente varón legítimo, tan cercano a
él como el dicho
señor infante, y que hubo de todos consejo, que le pertenecía
claramente el derecho de la dicha sucesión y que debía tomar la
posesión de los dichos reinos y tierras, lo qual todo dijo
que no lo había dejado de hacer por falta de justicia ni de poder,
sino solamente confiando de su clara justicia y de la grande lealtad
que siempre se
había hallado en los súbditos a la real
Corona de Aragón, y presumiendo que brevemente le prestarían el
deudo de fidelidad que debían prestar a su señor verdadero. Dijo
más el dicho señor infante; que su propósito e intención había
sido y era tal como lo había escrito por sus cartas, y por sus
embajadores les había sido explicado, con que el conocimiento de la
justicia por los súbditos a la Corona real se hiciese brevemente, y
se desechasen favores desordenados que algunos habían procurado y
procuraban dar a algunos de los competidores; y que bien se debía
presumir, que si acerca de este tan arduo negocio, que tocaba a tan
grandes personas, se ponía algún embargo o alguna dificultad, así
en los preparativos como en el punto principal, que no lo podría
sufrir pacientemente.
En otro capítulo propuesto al dicho señor
infante por los dichos embajadores, se contenía, que le pluguiese al
dicho señor infante echar y mandar salir fuera de todos los reinos y
tierras de la Corona de Aragón algunas gentes de armas de la nación
castellana, las cuales, no sin grandes y reparables daños de la
cosa pública de los dichos reinos y tierras y embargando el
reconocimiento que se había de hacer de la sucesión de los dichos
reinos y tierras, estaban en el reino de Aragón; proveyendo que de
aquí adelante no
entrasen otras.
A este capítulo dijo el
señor infante: que bien sabían los del dicho parlamento y
Principado de Cataluña, como el arzobispo de Zaragoza, que era uno
de los que por el reino de Aragón con algunas otras personas eran
diputados y trabajaban continuamente con los mensajeros de Valencia y
de Cataluña, así sobre los preparativos del parlamento en
congregación general, como porque aquella se abreviase y se llevase
a cabo la declaración del rey; como el dicho arzobispo, dando obra a
esto, últimamente había sido muerto tan malamente como todos
sabían; y que como aquel fuese tan insigne persona, y porque tenía
muchos parientes y amigos en Cataluña y en especial en aquella
frontera de Aragón, por tener su naturaleza en Castilla, y que
algunos caballeros y escuderos parientes y amigos del dicho arzobispo
residían en la dicha frontera, requeridos por los dichos parientes
del dicho arzobispo, entraron en Aragón, para hacer valença
a los parientes del dicho arzobispo y vengar la muerte de aquel y
ayudar a sus parientes, que no los matasen los dichos matadores, como
habían muerto a aquel; y que en semejantes casos siempre había sido
costumbre de los reinos de acá y de allá de entrar de una
parte y de otra valedores a ayudar sus parientes y amigos, y que
nunca los reyes de acá o de allá habían vedado las tales cosas ni
buenamente las hubieran podido vedar. Y que siendo esto así, tanto
por ser el dicho arzobispo tan insigne persona, como por ser uno de
los diputados por el reino de Aragón para dar obra al negocio de que
la general congregación se juntase, que era cosa tan conveniente
para el bien público de los de la Corona de Aragón, que el dicho
señor infante y aún todo el mundo esperaba que los del reino de
Aragón y de Valencia y de Cataluña habrían sentimiento de cosa de
tan mal ejemplo como esta, y proveirian sobre ello
rigurosamente, así como tan gran delito y exceso lo requerían, el
cual hizo turbar y dilatar los dichos negocios de la general
congregación; y que a lo menos a los malhechores los habrían echado
fuera de los reinos como a turbadores del bien público de la Corona
de Aragón; pero que sobre esto no habían hecho cosa alguna, antes,
lo que era de maravillar, se había consentido que algunas gentes de
algunos de los competidores se uniesen y estuviesen notoriamente con
los matadores del dicho arzobispo y en su valenza. Y visto esto, y
recelando que los dichos matadores, con valenza de las dichas gentes,
no acabasen de matar y de destruir a todos los parientes y amigos del
dicho arzobispo y a los otros que habían entrado en su ayuda,
algunos otros parientes y amigos del dicho arzobispo (y a los otros
que habían entrado en su auxilio, algunos ciertos parientes y amigos
suyos), entraron también en Aragón a ayudarles y defenderles. Y
dijo más el dicho señor infante, que viendo que ellos no habían
cuidado hacer provisiones algunas sobre tanto y tan detestable
maleficio, y que habían consentido que las gentes susodichas diesen
favor y esfuerzo a los malhechores, según estas cosas pudieron
acaecer por favores desordenados de algunas personas parciales de la
valença susodicha, y que
causarían los embargos e impedimentos que podrían a los que con
buenas y derechas intenciones quisiesen hacer algunas provisiones,
que porque se excusase que más males y daños los dichos malhechores
y sus valedores no hiciesen, se hizo primero la entrada de las otras
gentes en ayuda de los parientes del dicho arzobispo, para ayudar a
vengar la muerte mediante justicia y *para su defensión de aquellos.
Dijo también el dicho señor infante: que manifiestamente parecía
que la entrada de dicha gente había sido de gran provecho en el
reino de Aragón, así para el bien de la tierra, como para el
*ayuntamiento (o ajuntamiento) de la general congregación,
pues si aquella gente no hubiese entrado, los dichos malechores con
la valença susodicha hubieran
andado destruyendo y matando por todo el reino y poniendo estorbos e
impedimentos para que la general congregación no se juntase, la cual
aquellos quisieron y querían embargar si pudiesen, y que la gente
que allí entró, según las relaciones que de allá habían venido,
no habían hecho cosa no debida ni cosa que no se pudiese y debiese
hacer por valedores, así en estos reinos como en aquellos, según
costumbre antigua de los unos y de los otros. Dijo más el dicho
señor infante: que no se debía ni podía presumir por la entrada ni
esta* de la dicha gente, que él tuviese voluntad, como no la *, de
proceder a cosa no debida, salvo ayudar a que * hiciese la discusión
de la justicia; que cuando tal cosa hubiera de hacer, él la haría
públicamente y poderosa y honesta, según que su linaje, poder y
estado lo requerían. Además, que aunque la entrada de gente se
había hecho en ocasión de los matadores del dicho arzobispo, y por
la negligencia de aquellos que sobre la dicha muerte hubieran debido
proveir, no permitiendo que a los malhechores fuese dado favor
y valimiento para ser defendidos, y con esto oportunidad para hacer y
acometer más maleficios, con * para mostrar la buena y santa
intención que el dicho señor infante tenía en estos hechos, el
dicho señor infante ofrecía, que si algunos de los castellanos que
habían entrado a hacer la dicha valenza habían causado algunos
daños e injurias a personas algunas o en bienes de otros que no
fuesen de los dichos matadores y valedores, que haría buena y pronta
justicia, y mandaría hacer enmienda a los damnificados.
Dijo por
último el señor infante, que le parecía que según rigor de
justicia, y aún según lo que a la seguridad de la tierra cumplía,
para que otros escándalos en ella de nuevo no recreciesen por obra
de los dichos matadores o de sus valedores, que él no debía, hasta
que otra provisión en ello fuese hecha, hacer volver a Castilla los
castellanos que eran entrados en Aragón por causa de la dicha
valenza, por cuanto, salidos los castellanos del reino, quedaría en
mayor escándalo que primero, pues la potencia de los
dichos
matadores y turbadores del bien público y de sus ayudantes
se aumentaría, y los escándalos y turbaciones crecerían en el
reino de Aragón, y con ello se turbaría el conocimiento de la
justicia de la sucesión. Pero que deseando brevemente venir a fin
debido de estos negocios, sobre lo explicado por los dichos
mensajeros el dicho señor
infante enviaría prestamente sus
embajadores a los parlamentos de Aragón y de Valencia y principado
de Cataluña, y les haría con los dichos sus embajadores tal
respuesta, que razonablemente se deberían tener por contentos, y
reconocer que quería, según lo había ofrecido por su parte, evitar
toda cosa que pudiese traer escándalo y desviamiento de la justicia.
Con esta respuesta dada a los embajadores del Principado,
quedaron suspensos y conocieron la confianza que tenía el infante
con la gente que había metido en Aragón, pues antes no hablaba tan
largo ni tan determinadamente con el parlamento de Cataluña, a quien
todos los competidores respetaron mucho, reconociéndole cierta
manera de
superioridad más que a los de Aragón y Valencia, por
la mucha concordia y unión había en él, y considerarle libre de
pasiones y que solo atendía a la justicia y paz de la tierra. Los
amigos del conde no se alegraron de ella, porque etendieron que
aquellas razones de querer defender los amigos y parientes del
arzobispo y resistir a los malechores que le habían muerto eran
aparentes, y solo el fin del infante era estar tan poderoso, que si
la declaración o sentencia de los parlamentos no saliera por él,
pudiese de hecho meterse en posesión de la corona y ocuparse la
tierra que pudiera, porque daba por asentado que la justicia era
suya, sin género alguno de duda (igual que lo creía el conde
Jaimito lo abatut), y estaba muy animoso y contento, por pasar
los aragoneses por ello, y no les pesaba que entraran gentes de armas
de Castilla y estuvieran entre ellos, porque siempre estimó más
aquel reino al infante castellano por rey, que no al conde
catalán, el cual confiaba tanto de su justicia y derecho, que
toda dilación le parecía dañosa, y cuidando poco de las razones
del infante, solicitaba la declaración, y para esto envió a micer
Pedro Farrer, que entendiese por su parte en rematar y dar fin
a la declaración.
Con la venida de la gente de Castilla se salió
don Antonio de Luna del reino de Aragón y se vino a Aytona, y
llevóse consigo toda la gente que tenía suya, y se alojaba en los
lugares de don Guillen Ramón de Moncada vecinos de Aytona, que eran
Seros (Serós), Mequinenza (Mequinensa, Mequinença),
Saydi (Saydí, Çaydí,
Zaidín) y otros, y allá se le hacía buen
acogimiento, porque don Guillen era ...
(382 y 383 no
están)
... sino de sola su autoridad; y que había veinte y
un años que duraba, y se había usurpado las rentas y bienes *,
quitando aquellas al conde su marido, sin proceder medio de justicia,
y que él la había rogado y amonestado muchas veces, y puesto por
medianeras personas religiosas y seglares, y no habían acabado cosa,
ni él había hallado en el rey y ministros de justicia el favor y
amparo que era justo, y como aquel que no sabía qué otro medio
tomar, se había valido del infante y su gente, no con pensamiento de
reputarlo por rey, que en eso él no se metía, sino que quería
estar a lo que la justicia declararía, sino solo para recuperar *
tal medio su honor y valerse de aquel príncipe, con quien y con el
rey su padre había tenido singular amistad. Pero que por honor del
parlamento, cesaría de lo comenzado y pondría en sus manos su
causa, para que hiciese justicia entre él y la condesa, pidiendo con
grandes veras que abreviasen el conocimiento y declaración de
aquella persona que había de ser por justicia nuestro verdadero rey
y señor, por evitar los daños que de la sobrada dilación podían
nacer.
El mismo día que se leyó este papel o escritura, que fue
a 26 de octubre, respondió el parlamento al conde de Prades,
agradeciendo sus buenos deseos y certificándole que
aquel
parlamento no tenía poder para conocer por vía de justicia de las
discordias eran entre la condesa y él, por falta de jurisdicción;
pero prometieron interceder con la
condesa, para que hiciera lo
razonable, y si no lo hacía, o proveerían o harían proveer en
ello; y si con esto no quisiese hacer lo que debía, el parlamento
sería parte e instancia para alcanzar de ella la razón y lo que de
justicia le perteneciese: y con esto despacharon el mismo día a Juan
de Ribasaltas (Ribesaltes), síndico de Perpiñan, para
la condesa, para que viniese bien en dejar sus pretensiones y
justicia al parlamento.
Aunque era cierto que los jueces que
habían de declarar el verdadero sucesor habían de ser muy
justificados y dar el derecho a aquel cuyo sería, pero el conde de
Urgel y sus valedores se habían persuadido, que cuando el conde
viniera a ser rey, le había de costar mucho echar a los castellanos
de Aragón y poner en su servicio aquel reino, donde después de la
muerte del arzobispo le quedaban pocos amigos y le faltaba don
Antonio de Luna, que era de quien él más confiaba, el infante daba
por espedito ser suya la corona y no podérsela quitar nadie, y de
este voto eran muchos de los mejores letrados de estos tiempos.
Aconsejábase el conde cada día qué había de hacer, y no podía
tolerar que estuviese el infante armado y poderoso en Aragón y él,
por contemplación del parlamento, estuviera
mano sobre mano sin
osarse menear; y lo bueno era que ni aún el parlamento podía acabar
con el infante que despidiera aquella gente, aunque sobre esto le
habían hecho sus embajadas. La condesa doña Margarita, madre del
conde, cuyo espíritu era más belicoso que el de su hijo y era su
principal consejero, (así le fue a él y al resto) le
persuadía que dejase tantos respetos y miramientos con el
parlamento, y que tomase las armas y se juntase con la gente de don
Antonio y otros que habían de venir de Gascuña y demás partes de
Francia, valiéndose de naturales y extranjeros, y saliera con ellos
antes que el infante se hiciese más poderoso; y había muchos que
les dolía que esto no se hubiera hecho más en tiempo, juzgando toda
dilación notablemente dañosa, y decían haber sido especie de
cobardía no haberlo hecho luego que el rey don Martín falleció,
pues aquella fue la mejor ocasión de todas, y la turbación era tan
común, que con facilidad pudo emprender el conde y salir bien de
este hecho y empresa, y antes que los parlamentos de la corona fueran
juntados podía él ser dueño de todo. No pareció bien a los del
consejo del conde que tomara nombre y título de rey, porque era
demasiada empresa, sino que saliera como a gobernador general, y
después tomara título de rey, confiando que muchos que estaban a la
mira, luego que estuviese puesto en campaña se declararían por él,
y fuera muy contingente que los jueces declarasen por aquel que
estuviese más poderoso, pues en casos semejantes el derecho es de
las armas; y que cuando su empresa no saliese felizmente, a lo menos
tendria más razón de haber tomado las armas antes, que si las
tomara después de la declaración de Caspe. Mandó hacer vestiduras,
insignias y banderas reales con tanta publicidad, que luego fue
notorio a toda la Corona, y más al infante don Fernando, que todas
las cosas, por mínimas que fuesen, observaba, y se alteró mucho, y
mandó al doctor Juan González de Azevedo, que residía en Cataluña,
que se quejase al parlamento que tal sufriera, sin impedirlo y
considerar el daño que de tales prevenciones podían seguirse, en
notable descrédito de la justicia y de aquella congregacion. Pidió
también este letrado que fuesen repelidos del parlamento como a
sospechosos algunos que eran del consejo del conde de Urgel y tiraban
su gaje, y era muy perjudicial la entrada de ellos a los otros
competidores, y esto lo cumplió muy a la letra aquel letrado, pero
no se dio a este su requirimiento ninguna respuesta, porque para
darla en negocio tan grave aguardaban que viniera el *obispo de
Tarragona, que llegó aquella misma tarde, y el *día siguiente, que
fue el de los apóstoles San Simón y *Judas,
prologaron el
parlamento para el jueves siguiente, que * a 29, y este día llegó a
él micer Pedro Ferrer, del *consejo del conde de Urgel, y dio
su carta credencial, hecha en
Balaguer a 25 de octubre, y
explicándose, dijo dos cosas: la primera, que el conde, su señor,
en proseguir su *justicia observaba aquella modestia y cortesía que
era menester; la otra, que el parlamento diese forma en impedir *
entrada de los castellanos, porque no impidiesen la libre declaración
de la justicia, usurpando los reinos con violencia y tiranía.
Oída
esta embajada y antes de responder a ella, pareció responder a la
del infante; y como el embajador se había ido, enviaron a Juan
Pujol, que era uno de los secretarios de
aquel parlamento,
para que aquello que había dicho de palabra lo diera por escrito,
para poder mejor responder a ello * continuarlo en el proceso del
parlamento, y él les envió *
papel que decía de esta
manera:
*Muyt reverendos nobles e honorables senyores: a las
vuestras reverencias certifico que a mi senyor el infante don
Fernando nieto del muy noble rey don Pedro de Aragón que Dios *aja
es notificado por personas fidedignas en como el Compte de Urgel
ha fecho e faze de cada dia algunos preparatorios muy *escandalosos
ayuntando gentes de armas assi de fuera del regno como de la tierra e
fayziendo banderas e otras insignias reales para cavalgar
poderosamente por estos regnos de la senyoria *de Aragon e usar de
los officios de vizrey e de gobernador general lo cual segunt las
vuestras reverencias saben mejor de * es contra derecho e contra
razon por estas razones. Primeramente por quanto se pode dezir que
Ios dichos officios son extinctos e spirados en persona del dicho
conde por spiracion del senyor rey don Martin que Dios aja de
la persona del qual el dicho conde affirma que emanaron los dichos
officios e se causaron en el. Otro si por quanto segun fuero del
regno de Aragon ninguna persona de quanta quier preheminencia sea
non
puede haber los dichos officios ni usar de ellos salvo aquel
que fuese fijo primogenito del rey de Aragon e si otra persona
de qualquier stado sea quisiere atentar de usar de dichos officios
los del regno le pueden fazer resistencia e contraste sin pena
alguna. Otro si por cuanto el dicho conde es uno de los competidores
que se pretenden haver drecho a la succession de estos
regnos e la demanda segun es notorio la cual cosa es incompatible con
los dichos officios ca usando dellos el dicho conde traheria a su
opinion las universidades e gentes de los dichos reinos
oprimiendoles con poder de los dichos oficios lo cual seria muy gran
perjuicio e por aventuras damno irreparable a los otros competidores
o causa de muy grandes peligros e damnos de los dichos regnos e de
los naturales dellos. Por ende a las vuestras reverencias requiero de
parte del dicho senyor infante con quanta instancia puedo que
postpuesta toda tardanza vos plega proveher en el tal caso e desviar
en el dicho prejuizio e peligros e damnos los quales pueden ser
dichos eminentes considerado el estado de los dichos regnos e las
personas de los dichos competidores non consentiendo ni dando lugar
al dicho conde para que use de los dichos officios nin faga los
dichos scandalos e movimientos como esto sea cosa justa e razonable e
reposo e tranquillidat de los dichos regnos e de los naturales dellos
e desviamento de los dichos peligros e damnos eminentes en la qual yo
non dubdo que las vuestras sabidurias e prudencias proveheran muy
notablemente a conservacion de la paz de los dichos regnos e de los
naturales dellos e a buen spachamiento de la justicia de la dicha
succession acatando la vuestra gran fama e renombre que corre por
todo el mundo de gran fortaleza prudencia temperancia constancia
justicia lealtad e otras muchas virtudes que todos tiempos se
fallaron en vos e en vuestros progenitores ca vos certifico que si en
ello no provehedes lo qual yo no creo que mi senyor el infante por
conservacion del bien publico de los dichos regnos en los quales * ha
muy gran naturaleza esso mesmo por conservacion de su justicia hy
provehirá de derecho e de fecho en tal manera que
aquellas
quier gentes que sean fazedores e promovedores de * dichos scandalos
o movimientos sea puesto contraste e resistencia como se pertenesce
lo qual Dios sabe sera a el muy *plerente por muchas razones que las
vuestras reverencias mejor de mi pueden entender.
Otro si a mi es
notificado que el abat de Ager entra e esta *en el parlamento al qual
las vuestras reverencias non deven *recebir por quanto a vos es
manifiesto que es del consejo de * conde de Urgel: por ende yo vos
suplico con aquella reverencia que le pertenesce que vos plega de
proveher en ello prestamente en tal manera que el dicho abat ni otra
persona * sea del consejo de alguno de los dichos competidores no sea
recibido en el dicho nuestro parlamento porque los otros
competidores non ajan razon de se clamar de vos.
Esto pasó a
3 de noviembre; y luego tuvo noticia de * micer Pedro Ferrer,
embajador del conde de Urgel, * cual el día siguiente llegó al
parlamento y pidió que *aquello que a 29 de octubre había dicho de
palabra lo tomasen en escritos y dio en un papel lo que se sigue:
Molt reverents molt nobles e molt honorables senyors de *gran
e reverencial auctoritat e soberana saviesa insignits e do*ts. Nostre
Senyor Deus per qualsevol raho ha permes que als sotsmesos de la real
Corona no es estat nomenat publicat e manifestat lur ver e legitim
princep rey e senyor natural dins *espay (spay; espai)
de desset mesos que son passats despuix que lo molt alt senyor rey
darrerament deffunt falli los quals sotsmesos ab * e continuo
desitg speran aquella beneventurada jornada en *la qual lur indubitat
senyor los sia manifestat sots tal e tant de* forma que lengua
stranya e privada de qualsevol nacio *enemiga o emula aja a
testificar affirmar e manifestar segons es estat acostumat fins en lo
present dia la soberana lealtat dels vassalls de la dita corona la
qual tots temps ha florit e resplandit e vuy floreix e resplandeix
entre los altres vassalls de totes les reals coronas de
crestians: et jatsia que en lo punt que dit senyor rey
darrerament defunt falli lo molt alt senyor don Jayme de Aragó
sabia certament que la successio de la dita corona
pervenia a ell
e era sua pero cogitant attenent e pensant lo dit senyor don Jayme
la pura e loable intencio dels vassalls de la dita corona ha
conformada la sua voluntat ab la lur: cor axi com los dits vassalls
han voler que al princep e senyor al qual ells per justicia obeiran
no puxa esser posat si ni taca de intrusio ni tirannia en sa vera
indubitada e natural senyoria axi mateix lo dit senyor don Jayme ha
voler que en la feeltat e obediencia que ell infalliblament per
justicia spera dels vassalls de la dita corona no puga esser posada
taca niga ne macula en lur innata llealtat e per aquell sguart
benignament ha sostengut e soste lo molt gran passament de temps qui
ses despes es despen per donar bona e deguda fi a tant a tant
arduo e tant salubre negoci com es lo article de la
dita successio e de asso fan al dit senyor don Jayme testimoni ses
obres e feits notoris car cert es e notori que en la ora que lo dit
senyor rey falli lo dit senyor don Jayme era en Arago poderos e podia
legitimament e licita entrar en castells ciutats e viles sens fer
injuria ne tort a algu com sabes e sab certament que per justicia
eren e son sues: la qual cosa fer no cura ans pregat suplicat et
consellat per los missatgers dels dotze qui lla donchs affermaven
representar lo magnific principat de Catalunya e de la noble ciutat
de Barcelona desaplega la notable gent natural del regne e no pas
estrangera qui lla donchs habia ab si: hoc mes sen venc
en lo dit principat hont ell e los seus son nats e nodrits e hont es
principalment heretat: hoc mes sobresegue en exercir son offici de
gobernador
general: les quals coses e moltes altres ha feytes lo
dit senyor per conformar rimar reglar o limitar la sua voluntat ab la
vostra e tots temps ha instat insta e instará lo bon e degut
spatxament del negoci e tots temps ha offert offer e offerrá per lo
be del public persona e bens per ell de present posseits: per les
quals coses pot cascun veurer que lo dit senyor ha
squivats fins vuy e squivará de aqui avant tots camins e vies
habents color olor ne
sabor de intrusio damnada tirannia e ha
squivats camins havents color olor ni sabor de haver en menyspreu ne
poca amor les terres sotsmeses a la dita corona ni los poblats en
aquelles ans ha encercats
camins per los quals cascu pot veurer que ha en oy e abominacio
intrusio y tirannia forsa e impressio. Hoc mes ha encercats
camins per los quals cascu pot veurer que ha en deguda e cordial
honor e amor les terres sotsmeses a la dita Corona e los poblats en
aquellas e si no ho feya no ressemblaria als gloriosos
princeps e reys dels quals per vera e dreta linea devalla e es
derivat los quals han amada justicia e han abominada intrusio e
tirannia e assenyaladament aquell glorios rey qui de mans de
infels conquista los regnes de Valencia e de Mallorca lo qual
rey hac en gran amor dretura veritat o justicia e
subiran oy e abominacio tirannia e intrusio e per so ab bo
e sant
titol conquista gran terra de pagans la guerra de aquells james
lexant per ocupar ni offendrer terra de cristians. E no es
maravella si lo dit senyor don Jayme ressemble al dit glorios
rey en amor justicia e abominar intrusio e tirannia car en moltes
altres coses loy trob semblant ço
es que ha nom Jayme axi com havia aquell y es fill de Pere
axi com fon aquell e esli fet debat a sa clara e indubitada successió
axi com feu a aquell ese li fet debat per Ferrando axi
com fou a aquell y es benigne axi com ere aquell e franc e liberal
axi com ere aquell e es sencer e vertader axi com ere aquell y
es de bona e de gran e bella statura axi com ere aquell e en totes
les dites coses e moltes altres que de present me call per no
esser prolix li es semblant: per lo que los sotsmesos a la dita
Corona poden star en ferma confiansa e speransa que la divinal gracia
mijensant sera axi virtuos
glorios e victorios com fonc
aquell e si lo dit senyor don Jayme no abominave tirannia e
intrusio no parria devallas e derivas del glorios bellicos e
victorios rey En Pere dit comunament dels francesos lo
cual doma e calsiga e castiga intrusio e tirania e desliura de
aspra e tirannica senyoria moltes gens de regnes e terres de
crestians foragitant e exterminant los tirans segons es
notori e en gestes e conquestes se amostra e feu molts actes
sobiranament virtuosos la expressa recitacio dels quals seria larga
e ometla perque es notoria. Recitar parlicularment e singular
del glorios rey En Pere pare de la illustrissima
senyora infanta muller del dit senyor don Jayme e dels altres
gloriosos reys e dels lurs strenus e nobles sotsmesos com han domades
gents o nacions tiranniques seria larga gesta la qual leix
perque es notoria e manifesta: e per amor de asso lo dit senyor don
Jame axi per sa propia e natural inclinacio com per ressemblar als
gloriosos reys dessus expressats axi com aquel que porta
e rete lur ver e propri nom e senyal axi com aquell qui es de
lur vera e propria casa e axi com aquell qui es de lur vera
legitima e propria gent e familia viceralment ama e affecta la gloria
honor salut e repos de la dita Corona e dels sotsmesos a aquella per
la deffensio guarda e proteccio dels quals sos antecessors james
recusaren exposar si mateix a mort e abominar tirannia intrusio forsa
e impressio e desija venir prest a deguda pura e
justificada fi del article de la dita sucessio en lo qual article
penja la fe e bon stament de tots los sotsmesos a la dita
Corona axi en universal con en particular e en singular. Hoc
mes desija lo dit senyor que tota inquietacio perturbacio
dilacio e forsa sian resecades stirpades denejades e
squivades de la salubre expedicio del article de la dita successio e
pensa lo dit senyor e li par que attesa la qualitat del
temps e la natura del article de la dita successio e les
circunstancies incidents e emergents cascun jorn notoriament
imminents gents darmes strangera e a stranya senyoria sotsmesa
no estiga be en lo regne. E per ço
instantment e affectuosa a les reverencies e nobleses prega
que vullats adibir tots prests e congruus
partits e remeys per purgar e denejar lo regne
de tal gent e asso a fi que justicia sia reverentment e
reposada colta e manejada e que forsa e impressio
malignes e abundoses nodrices de tirannia e intrusio sien
ressecades e extirpades toltes lunyades e squivades:
e regracia be molt lo dil senyor la notable justa savia e
graciosa resposta per vosaltres senyors feyta a les coses en
dies passats en aquest salubre e magnific parlament per part del dit
senyor per mi a les vostres reverencies e nobleses proposades e
explicades.
Aunque por parte del conde se decía esto, pero
publicábanse por todo el Principado los preparatorios que hacía
para salir con gentes de armas y banderas, y todos veían que de esto
no se podían aguardar otra cosa que escándálos y desdichas, y
encenderse una guerra civil e intestina, mayormente si estos se
encontraban con los del infante, según era contingente; y los
concelleres de Barcelona eran los que más temían estas cosas, por
estar todos los de aquella ciudad, y más los del pueblo y gente
vulgar, aficionadísimos por él, y le deseaban ver rey, y sabían
que el *día que él tomase las armas y se metiese en campaña, todo
el pueblo de aquella ciudad había de hacer lo mismo, * los del
gobierno de ella, que hasta aquel punto le habían conservado en paz
y quietud, deseaban perseverar en ella, hasta que se declarase el
verdadero rey y señor; y luego escribieron a micer Bernardo
Gualbes, su síndico, para que hiciese sabedor de esto al
parlamento e instase que se ob*asen tales novedades; y a 9 del mes
nombraron embajador para el conde a fray Arnaldo, abad del monasterio
de San Juan de las Abadesas, que era del orden de San Agustín, para
que fuese con embajada al conde, a exhortarle y requerirle que no
intentára cosa alguna de las que el síndico de Barcelona y otros
decían quería hacer, por evitar los daños y escándalos pudieran
venir de ello. Pero ya luego tuvo noticia de todo el conde de Urgel,
y antes que se partiera el embajador, que no salió de Tortosa de
algunos
días, escribió, a 11 del mes, una carta al parlamento,
diciendo que oyesen al dicho Pedro Ferrer, su embajador, lo que de su
parte les diría, y a 18 se le dio audiencia, y dio por escrito lo
que se sigue:
Molt reverents molt egregis molt nobles molt
honorables senyors de gran e reverencial autoritat e soberana saviesa
insignits e dotats. Be han a memoria les vostres reverencies nobleses
e soberanes sabieses cor a 8 del mes de octubre prop passat
fonc per mi explicada en lo present parlamenl una proposicio per la
qual vos foren extesament e per menut narrats e recomtats los grans
intolerables e irreparables carrechs engoxes greuges inconvenients e
sinistres que les terres sotsmeses a la real Corona e los sotsmesos a
aquella han sostenguts e sostenen per ço
com dins spay de tant larc temps com ere passat despuix
que lo molt alt illustre excellent senyor rey
derrerament defunt falli als dits sotsmesos no es stat
publicat e manifestat lur ver e legitim princep rey e
senyor natural al qual per justicia e per deute de lur feeltat
(no es su fealdad, sino fidelidad) e naturalesa son tenguts
obeir e lo qual es cap salut defensio e pare del ben public e per lo
qual vos foren recitats les coses en les quals en los temps
passats es stat feyt dabat a aquells qui eren
vostres reys e legitims successors en lur vera e legitima successio
en les
quals coses per vosaltres e per los vostres lohables
antecessors fonc donada molt bona loable e molt presta fi e la
terra fonc mesa e posada en bona presta e segura
deffensio: e fonc vos per mi en nom e per part del senyor don
Jayme de Arago en virtut de la letra de crehensa
conclos en la dita proposició que com lo present cas que vuy
es sobre lo article de la successio de la dita Corona no fos
ne sia menys clar e indubitat que eren
aquells que lo dit
cordialment instant e fructuosa vos pregave que ab svelada
pensa volguesseu cercar tots prests e legitims congruus licits
e deguts partits e remeys per los quals vosaltres mijensant
ab aquella millor veritat e concordia que fos possible lo
article de dita sucessio prengues deguda bona e presta fi e tal com
vosaltres e los altres sotsmesos a la dita Corona havets
acostumada donar a grans e ardus feits majorment
tals de tant gran pes e de tal natura e qualitat com es aquest e
subjungint que lo dit senyor don Jayme confiave e
confia que axi com mijensant vosaltres et los
altres sotsmesos a la dita Corona les dites coses prengueren bona e
deguda fi que sis faria e fara la divinal gracia mijensant
en aquest qui no es menys clar e indubitat segons dit he que aquells
e que portant com lo dit senyor sabia e sab certament clar e liquida
manifesta e indubitada que la dita sucessio es sua per
justicia e veja e veu la triga del fet engenrave e
engenra gran dan al public lo qual ne caya
e ne cau en ell per so segons dit he vos pregave
affectuosament e instantment vos exortave e requirie que en lo
spatxament de tant salubre negoci enteressessets
curosament com ley de natura e scriptura vullan
e mostren que axis degues e deja fer e vostres faeltat
naturalesa e lealtat vos hi strenguessen eus y
strenguen. Item mes crec que ajats en memoria com a 29
de dit mes de octubre per mi fonc feta una altra proposicio en aquest
salubre e magnific parlament per la qual a les vostres reverencies
nobleses e soberanes savieses foren per mi commemorats e recitats los
actes e coses feytes per lo dit senyor don Jayme en lo
temps passat per les quals se demostrave e podia
cascun veurer com lo dit senyor avia
conformada rimada reglada e limitada la sua voluntat ab la
vostra e havia squivats tots camins de forsa e impressio e
havia squivats e squivaria tots camins de damnada tirannia e
de intrusio. Item fonc per mi narrat e recitat com los gloriosos
reys dels quals per dreta e vera linea lo dit senyor
devalla es deriva e Iurs strenus e nobles sotsmesos
han donades e svaides gents e nacions tiranniques e
fonc per mi conclos en nom e per part del dit senyor don Jayme de
Arago en virtut de sa letra de crehensa que
attenent que gent de armes strangera e a stranya
senyoria sotsmesa no stave be en lo regne lo dit senyor
affectuosament e instant pregave a les vostres reverencies e nobleses
que volguessets adhibir tots prests e congruus partits
e remeys per purgar e denejar lo regne de tal gent. Item mes
avant pens que les vostres reverencies nobleses e sobiranes
savieses han plenament a memoria com a 16 del present mes de
(nohembre o) nobembre per mi fonc feta e explicada en
lo dit parlament una proposicio en la qual fonc mencionat com lo
infant de Castella ha en lo present parlament fet proposar
afirmar e
explicar una opinio molt novella e molt aspra e
squiva james oida pensada cogitada ne
somniada: la qual opinio es que lo dit infant senyor de altra gent e
de altra casa (mentira, desciende de la casa real de Aragón
por parte de madre, y de la casa Trastámara por vía paterna; además
uno de los condes de Urgel predecesores de don Jayme nació en
Valladolid, Armengol de Castilla, así que él también tiene
ascendientes castellanos) engendrat nat e notrit
en Castella usitat e acostumat a viurer
segons les leis e pratiques de aquella deu esser segons
affirma el vostre princep vostre regidor vostre governador e
vostre senyor e fonc per mi affirmat com la dita novella opinio es
derogatoria *disrogatoria e de directo contraria a la antiga
inveterada conclusio en los cabbreus e de vostres pares
antichs situada e imprentada
e per vostres princeps e senyors naturals preicada e
affirmada publicada e manifestada segons es cosa notoria e per
molts actes solemnes passats e arduus manifests e notoria corroborada
confortada e confirmada e fonc per mi tocat e demostrat com lo
egregi comdat de Urgell situat en aquest magnific principat fonc
e es joya per tant de temps que no es memoria de homens
en contrari singularment stojada als fills segons nats
de vostres princeps e senyors naturals los quals foren aguts
per primogenits mentres que lo lur frare reynant
no habia fill legitim e mascle e axi com a primogenit o
exercint offici de governador general e semblants actes a primogenits
pertanyents segons havem tuit notoriament vist en lo dit
senyor don Jayme apres mort del molt excellent senyor rey
de Sicilia dont romas lo dit senyor don Jayme
governador general e tenint loc (lugarteniente; lochtinent,
lloctinent) de primogenit tant com sobrevisque lo dit
senyor rey que darrerament falli exercint lo dit offici axi en actes
jurisdiccionals com ceremonials exercicis del qual offici de
governador general segons toqui e reciti lo dit
senyor don Jayme condescents sots certa forma a vosaltres
senyor notoria als prechs e consell dels XII que en lo
temps passat affirmaven representar lo
magnific principat
de Catalunya e de la insigne, regia e noble ciutat de Barcelona
sobresigue sperant e pensant lo dit senyor ab
sana consideracio esser salut e repos a ben avenir de la cosa publica
(reipublice) per amor sguart e contemplacio de la qual
ha feytes moltes coses conformant rimant reglant e limitant en
aquells la sua voluntat ab la vostra segons proposicio
e apres mort del qual fonc indubitat e notori al dit
senyor don Jayme ell esser ver o legitim princep e senyor natural en
lo regne. Hoc mes es joya lo dit comptat en lo qual
tot temps es stat posat e carament stojat
axi com a reliquia legitima e molt preciosa do vostres
princeps e senyors naturals lo fill legitim segon nat
de aquells perque ell ab la sua vera legitima e dreta
linea fos columna scalo e recolsador de la dita corona en lo
cas que defallissen los primogenits dels dits
princeps e la lur * legitima e dreta linea explicantvos com diverses
vegades la dita corona ses reposada en la dita columna per
defalliment de la vera legitima e vera linea dels primogenits dels
dits
vostres princeps e senyors naturals explicantvos per avant
la magnificencia e excellencia que la dita joya havia tots temps
demostrada e vuy demostra en aquest magnific principat com sia
cosa certa que las molt insignes e molt nobles regions de
Arago e de Valencia e de Mallorques e de altres sotsmesos
a la dita Corona diverses vegades han cercat e trobat lur ver rey
princep e senyor natural en la dita joya situada en lo dit
principat e no pas en França
ni en Castella e alli han trobat lur ver e Iegitim senyor e protector
e deffensor. Tractant e recitant commemorant vos mes avant com dins
lo temps de desset mesos e pus que eren passats despuis
que lo molt alt senyor rey darrerament deffunt falli lo dit senyor
don Jayme ab gran et svellada diligencia no solament per sos
missatgers mes encara personalment havia instantment e
affectuosa pregat solicitat exortat e request lo present
parlament sobre la bona presta e deguda expedicio de tant arduu tant
necessari e tant saludable negoci com es lo article de la dita
sucessio dins lo qual temps segons recita per lo dit
senyor ne per causa sua ne per gent que sia
stada a sua ma ne a son regiment les
terres sotsmeses a dita corona ne los poblats en
aquelles no han sostenguts carrechs congoxes forces
impressions ne inconvenients ne sinistres segons a tot lo mon
es manifest e notori car segons toqui e recito a
notori es manifest qui son aquells per los quals les dites terres e
poblats en aquelles han sostengut e sostenen carrechs e congoxes
greuges forces impressions inconveniens e sinistres e que no
res menys es manifest e notori sots ma regiment e
senyoria de qui son. No res menys reciti com poden veurer
les vostres reverencies nobleses e soberanes savieses si es cosa de
mirar ne de sostenir ne que vol dir que de una part la dita regio
de Arago sia plena e constipada de gent
darmes de nacio castellana e de altra part lo
dit infant aja fet cominar en lo present
parlament que si per vosaltres no es provehit en certes coses per
ell menys legitimament e congruament demanades que el hi
proveira per remeis de dret e de fet prenent color en amor de
la cosa pública e preservació de sa asserta
justicia pero mo curant ni offerintse de fer exir los
castellans de la dita regio de Arago segons
que fer
devia no havent sguart que per vosaltres senyors e per vostres
missatgers ne ere stat request legitimament e
deguda: e fonc per mi conclos en la dita proposicio en nom e per part
del dit senyor don Jayme paregues que de tals coses no solament ell
mes encara vosaltres vos ne deviets greument sentir ey
degues esser ja proveit que per lo dit senyor habia a mi manat que de
sa part de sa senyoria o a les vostres reverencies
nobleses e savieses significar e dir e sabets be senyors que
per vosaltres me fonc demanat per scriptura la segona
proposicio per mi de part dessus en effecte commemorada la
qual per satisfer a vostra voluntat vos fonc per mi donada
prestament e volenterosa. E aximateix vos pregui
queus fos plazent donar a mi per scriptura la
resposta que lo reverent senyor archebisbe de Tarragona
de part vostra en lo present parlament ne havia feta la qual
cosa per vosaltres senyors me fonc graciosament
atorgada: e jatsia divereses vegades jo
aja dit e fet dir a vostres honorables promovedors que fessen
que jo agues la dita resposta en scrits redigida
encara no la he aguda e son XV jorns passats despuis
que fonc per vosaltres senyors atorgada. Perque
attenent que lo dit senyor don Jayme sab certament que son alguns
dies passats que jo he dada a vosaltres senyors la dita
segona proposicio en scrits redigida e que encara no he
aguda la dita resposta e que per conseguent no la he
poguda reportar ni trametrer al dit senyor: per amor de
asso molt reverents molt nobles e molt honorables senyors jo
volent per mon poder squivar e lunyar que no
pugui esser notat en tant grans ardus e poderosos
affers de negligencia alguna per la qual pugues haver e
reportar carrec e reprehensio de dit senyor com sia
cert que es maravellat com he trigat a trameterli la
dita vostra resposta en scrits por ço
present a les vostres reverencies la present scedula
instant e requirint a tota deguda permesa e licita forma e manera que
sia inserta en lo
proces del present parlament e que me sia feyta apart
carta scriptura publica y autentica una e moltes per
los notaris assi presents.
Muchos días había
ya que el parlamento tenía aparejadas las respuestas a las
escrituras del conde y del infante, pero lo iban dilatando y
excusaban de darlas; pero los embajadores de ellos lo instaban con
tantas veras, que no pudieron hacer otra cosa, y así a 18 de
noviembre de este año 1411 las dieron. La del conde decía:
Lo
parlament oida la proposicio feta per lo honorable micer
Pere Ferrer doctor en leis missatger per lo molt egregi
senyor don Jayme de Arago compte de Urgell a aquest parlament
ab letra de crehensa trames diu e respon que tots temps que lo
dit senyor don Jayme ha triat lo cami de vera justicia
extirpada tota via de intrusio e tirania e ha volguda haver
conformitat ab los parlaments dels regnes e terres de
la corona real seguint lo dit cami de justicia e ha complagut a
aquest principat e a la ciutat de Barcelona sobreseint en lo exercici
de go*ernador general e ha squivats mijans sabents
força en los regnes e terres
de la dita corona e aquells ha hauts en cordial amor e honor e
se es haut vers los dits regnes e terres a la dita
real corona pertanyents saviament e be segons es en la
proposicio contengut tant pus ubertament mostra
la alta natura e magnifica de hont devalla e tant lo dit
parlament ne ha gran consolacio pensant que tant com lo dit
senyor e los altres competidors se portaran en demanar la
justicia que pretenen haver en dita successio pus saviament ab amor
quietut e *repos olvidada tota oppressio e mijas
no deguts tant dins pus breu *espay de temps e sens tot
scandol pora aquest parlament ab los aItres a
quis pertany veurer pensar deliberar e conexer
qui * son ver rey princep y senyor justicia
mijençant
e a aquel re*rer son deute a la cual conexensa
desija lo dit parlament mi*ensant la gracia de nostre senyor
Deus no planyent despeses ni treballs pervenir. E al darrer e
principal cas de la dita proposicio responent diu lo dit parlament
que el fins assi per son embaxador lo qual es en
lo parlament de Arago e per letres ha sobiranament
treballat tant com ha pogut ne sabut que la gent darmes de
Castella la cual es en lo dit regne de Arago *se isque de aquell e
sen torn e sens cansar hi enten treballar tant com puxe ey fara tot
son deute. E si lo dit parlament de paraula primerament e ara en
scrits fa la present resposta lo dit parlament fa ço
que dell se pertany e la natura del fet requer e es molt content lo
dit parlament com plau al dit senyor aquell *regraciam. La cual
resposta etc.
Dióse también lo respuesta al
embajador del infante, y era esta:
Lo parlament general del
principat de Catalunya oyda e considerada la proposicio feta per lo
molt honorable micer Joan Consalez de Azebedo doctor en leis com a
missatger del senyor Infant de Castella e vista e entesa e pus
plenament considerada aquella apres per lo dit missatger en scrits
redigida diu y respon a aquella que lo dit parlament creu e reputa
juridic e fundat en raho que algun dels competidors los quals
pretenen haver dret en la successio de la Corona real de Arago no
deje anar ne cavalcar per alguna part del dit regne o fer cavalcar
algun altre ab qualsevol exquisides colors ab potencia de gent de
armes ne usar de alguna preheminencia de offici o jurisdiccio fins
sia conegut a qual dels dits competidors pertany lo dret de la dita
sucessio per justicia e aquells qui sesforcen a fer lo que lo dit
parlament ab prechs justs e degudes requestes ha assajat de obviar e
assajara de usar si necessari sera de altres justs remeis tant com
pusca e a ell se pertanga e per la dita raho ha tramesos sos
missatgers e al senyor infant de Castella per part de qui es feta la
dita proposicio e al senyor Infant haje proveit en la gent de armes
la qual del regne de Castella ell sabent es entrada en la
regne de Arago e es e sta en aquell es diu que ni
deuhen entrar en major nombre les quals gents fora tot dupte sens
son voler e consentiment noy foren entrades e si ho fossen per
lo dit senyor infant en fer exir aquelles del dit regne de
Arago hi poguera esser del temps de la embaxada a ell tramesa
per aquest parlament a ença
degudament proveit e complaent a aquest parlament sobre lo dit cas
haguera fet parlant ab aquelles honors e reverencia
ques pertany ço que deu
e la proposicio ara novellament feta per lo dit molt honorable
missatger e la requesta feta a aquest parlament e per aquell exequida
no porien esser en alguna part per disparitat
rahonablement
elidides allegant que la condicio dels competidors
deuria igualment militar: perque lo dit parlament continuant
son treball e loable costum prega exorta e requer
lo dit missatger que ell dega scriurer al dit senyor
infant e en altra manera interpos tota diligencia fructuosa que les
dites gents darmes
isquen del dit regne de Arago e que pus no ni entren
com sie cosa de mal eximpli als altres competidors e
fort prejudicial als regnes e terres de la dita Corona
com en los caps en la proposicio feta per lo dit molt
honorable missatger contenguts lo dit parlament hi fara e treballara
tant com a ell se pertangue fructuosament e deguda per manera
que axi com envers Deu e son senyor e rey que
sera per justicia ne es tant scusat
fins assi ho sera per avant e no sera a sa negligencia
per sa part imputat. E par al dit parlament esser just
e rahonable que cascun competidor vulla haver sa
justicia per vies degudes licites e honestes cessant tota potencia de
gents de armes e qualsevulla impressiva manera de la qual no
cal algu del competidors confiar: ans be se poden
tenir be per dit que totes vies illicites e fora de justicia e
raho oblidades lo parlament ja dit ensemps ab los
altres a quis pertany se haura en veurer e conexer
qui es son ver rey e senyor per via juridica
honestament e deguda e contra aquells qui contrafaran enten a
protestar e ara tant com pot protesta de totes penes per dret
contra axi proceints promulgades e que per lo dit parlament e altres
a quis pertanga hi puxe esser justament proveit.
Requirent la present reposta esser continuada per vos notari a
la fi de la dita proposicio e feta e a ell liurada carta
publica com len vulla.
Estas fueron las respuestas que
dio el parlamento a las quejas de los dos competidores, y mandaron a
los escribanos que no diesen copia de las embajadas, sin las
respuestas se habían dado a cada una de ellas. EL fruto que nació
de aquí fue, que ni el infante sacó la gente que tenía en Aragón,
ni el conde osó tomar las armas y juntar gente, como había pensado
y le aconsejaban; y confiando de lo que le prometía el parlamento de
hacer salir la gente del infante, estuvo a la mira por no
descomplacer aquella congregación, de quien él confiaba, y cuando
quiso tomar las armas y cobrar con ellas lo que con título de
justicia
decía serle quitado, se halló solo y desamparado de
todos y del todo perdido; y muchos atribuyeron el buen suceso del
infante, no a su justicia, sino al poder y gente de guerra que había
metido en Aragón, que obligó a los jueces a no hacer otra cosa, por
escusar las guerras anunciaba, si aquella sentencia no hubiera salido
a su gusto; así que, según decían, no venció la justicia, sino el
poder y las armas. (los partidarios del conde también las
usaban)
Los del parlamento de Cataluña y el de Valencia, que
estaba en Vinalaroz (Vinaroz; Vinaròs, Vinarós) hicieron
grande instancia a los del parlamento de Alcañiz para que
mandaran echar de aquel reino la gente de Castilla que había
entrado; y aunque al principio se escusaban con decir que no habían
entrado con orden de ellos, sino que los parientes del arzobispo
muerto los habían llamado para reprimir la osadía de los matadores
de aquel prelado, y que se había hallado gran remedio con la entrada
de ellos y habían cesado muchas muertes, robos y otros maleficios
que hacía la gente que andaba desmandada por aquel reino, confiando
del favor y acogida que hallaban en los dichos matadores; pero para
complacer a los parlamentos de Valencia y del Principado, lo
prometieron; y esta promesa no fue sin consentimiento del infante, a
quien todos los de aquel parlamento deseaban servir y ver rey (como
en Cataluña al conde), el cual les ordenó lo hiciesen así, por
estorbar las entradas habían de hacer algunas gentes de Francia en
favor de don Antonio de Luna. Pero pidieron los de Alcañiz dos
cosas: la primera, que los que habían cabido en la muerte del
arzobispo saliesen de aquel reino y
no entrasen en él hasta que
fuese hecha la declaración; la otra era, que, por cuanto sabían que
don Antonio de Luna hacía venir en su defensa gente de
armas de Gascuña, (y cómo se entendían entre ellos?)
para defenderse de los que le perseguían y querían tomar sus
castillos y lugares, hiciese el parlamento que cesase de hacer venir
tales gentes, pues saliendo la de Castilla de Aragón, no habría de
haberse de guardar de nadie ni de quien temer; y de esta manera el
infante, por medio de los de Alcañiz, y el conde, por medio del
parlamento; procuraban impedir el uno al otro que no hiciesen juntas
de gentes de armas; y solo había esta diferencia, que los del
infante ya eran entrados en Cataluña, y los del conde, que
venían en nombre de don Antonio de Luna, habían de entrar, y todos
llevaban color y motivo, los del infante, de defenderse de los
enemigos del arzobispo, y los del conde, de defenderse de los amigos
y deudos de este prelado.
En el entretanto que esto pasaba en los
parlamentos, supo el infante que Garci López de Sese (Sesé),
hijo de Garci López de Sesé, era ido a Francia para hacer venir las
gentes que de aquel reino aguardaban el conde y don Antonio: y luego
que lo supo, buscó medios para reducir a su servicio aquellos dos
caballeros y los de su linaje, que eran muy princípales y poderosos
en el reino de Aragón, y eran los mejores valedores que tenía el
conde de Urgel en aquel reino y los que acogieron a don Antonio
después de la muerte del arzobispo; y aún por eso les había
descomulgado; pero fueron tan firmes y leales servidores suyos y tan
constantes, que jamás le desampararon, antes siempre lo siguieron en
toda su próspera y adversa fortuna. No les pidió de parte del
infante que le siguiesen a él y le valiesen, sino que siguiesen la
justicia, porque este era el lenguaje de los aficionados y servidores
del infante, que no decían ser amigos o servidores suyos, sino que
seguían la opinión de la justicia (como todos) y favorecían
aquella, como si los del conde *dijesen lo contario. Con este motivo
y apellido tan modesto reducía a su servicio muchos de los amigos
del conde de Urgel, dándoles a entender que él era el amparo y
sustento de la justicia y razón, que tan caída y postrada estaba
entonces, y tan perseguida de don Antonio de Luna y demás, amigos
del conde de Urgel. Hizo el infante, por medio de Diego Gómez de
Fuensalida, abad de Valladolid, muchas promesas y ofrecimientos a
Garci López de Sesé, si hacía dos cosas: la una era reducirse él
y Garci de Sesé y Juan de Sesé, sus hijos, y todos sus deudos y
amigos, que eran muchos, a la opinión de la justicia; la otra dar
libertad a ciertos capitanes que tenía presos, y por esto le
prometió una encomienda de las órdenes de Santiago o Alcántara o
Calatrava, que rentase 800 florines, y mientras tardase a dársela,
le prometía de renta cada un año 500 florines a Garci de Sesé, su
hijo mayor, que era en Gascuña, tierra para veinte lanzas, y a Juan
de Sesé, su hijo menor, tierra para diez lanzas; a Juan de Sesé de
*Gayana, a García de Sesé, a González de Sesé, a Antonio de Sesé,
y a otro Antonio de Sesé, a Miguel de *Ayssa, a Lope de *Albero, al
bastardo de Sesé, a Martín López de Maja, a Juan *Dasse, a Pedro
Rodríguez, a Alfonso Rodríguez a Fernando de Sesé y a Juan
Galíndez de Sesé, a cada uno de estos tierra para dos lanzas; pero
todo aprovechó muy poco, porque fueron muy firmes y leales
servidores del conde, y no hicieron caso de dádivas, antes bien se
lo hicieron saber al conde, y aún le enviaron copia de los capítulos
* ofrecimientos que el abad les hizo, el cual les envió a micer
Pedro Ferrer, y a 24 de noviembre del dicho año, los presentó en el
parlamento de Tortosa, donde se leyeron públicamente, y todos
afearon el hecho; pero sobre * no se tomó resolución alguna, más
de insertar estas capitulaciones en aquel proceso.
Poco
después de esto sucedió que la gente del infante tomó un correo
del conde de Urgel, que iba a Granada; fue desbalijado, y le hallaron
cartas para Jucef (Pep), rey de aquel reino. Pareció en ellas
que el conde, ya en vida del rey don Martín y después, traía
pláticas y había firmado confederación con aquel rey, y le había
enviado diversos mensajeros y hecho grandes ofrecimientos, por medio
de un moro y de un caballero castellano que se vieron con el conde,
cuando estaba en el castillo de San Boy, junto a Barcelona: a más de
que un caballero de aquel rey había ido a Balaguer a ofrecer al
conde gente y tesoro, y se supo que había enviado a Frances de
Calonge a Granada, a informar a aquel rey de su justicia y derecho, y
para que le enviara dinero para pagar mil bacinetes y mil pillartes
para medio año, y para que hiciera poderosamente guerra al infante
de Castilla, porque a 10 de abril de 1412 acababan las treguas había
entre los reyes de Castilla y Granada; y le dio aquel embajador al
rey moro esperanzas que el conde haría con todo su poder guerra
contra las tierras y estado del infante, y le pidió la libertad de
los hijos de Pedro Marradas y de Arnaldo de Romaní, que
estaban cautivos en aquel reino. (Ojo lo idiota que era el conde.
Después de que los moros se apoderasen del reino de Castilla con su
ayuda, a quién creéis que iban a atacar después? A él mismo, como
rey de Aragón, a Navarra, etc.).
Toda esta confederación,
firmada de mano del conde, llevó al abad de Valladolid al
parlamento de Alcañiz, y a 2 de enero de 1412 la leyó
públicamente en él; y como no había allá quien hablara por el
conde (ya hablaban los textos), fue muy grande la admiración
que hicieron de ello, y les pareció muy mal, yde aquella hora en
adelante se juzgó ser la justicia del conde poca, pues para
alcanzarla se valía de medios tan ilícitos y malos, indignos de
personas que profesaban la religión cristiana (era un gran
traidor y un hijo de tal madre). El infante, para mejor asegurar
sus cosas, concertó treguas por algún
tiempo con aquel rey,
porque estando ocupado en la Corona de Aragón no le inquietara sus
tierras de Castilla, y firmáronse para diez y siete meses, que
comenzaron a 10 de abril de 1412, y con esto quedó el conde del todo
desconfiado del favor que aguardaba de aquel rey, que al principio se
le era mostrado tan liberal y complacido.
No se descuidaba don
Guerau Alamany de Cervelló de proveer lo necesario en todos los
castillos y fuerzas del Principado, fortificando aquellos, para
resistir a cualquier suceso pudiera venir, nombrando capitanes y
otros oficiales: de esto se quejó el conde de Urgel, y por medio de
micer Pedro Ferrer, a 1 de diciembre, dio un requirimiento en el
parlamento, pretendiendo no poder hacer el gobernador tales
nominaciones; pero el parlamento no resolvió nada. Como el conde y
el gobernador estaban *, cualquier acción de éste reputaba el conde
perjudicial a su justicia.
Trabajaba, aunque en vano, el
parlamento de Cataluña para que saliesen del reino de Aragón las
gentes de Castilla que habían entrado (pero cuántas veces lo vas
a decir, igual que lo repites todo, asqueroso escritor! Y encima,
archivero de la Corona de Aragón!),
y había días que
habían enviado a Macian Despuig (Macià, Macián) al
infante de Castilla, y no acabó nada, porque siempre perseveró en
decir que aquella entrada solo había sido en defensa de los deudos
del arzobispo, (te sabes el cuento de: tí teñó? Parece que el
infante lo inventó)
y por estorbar no se cometiesen otros
mayores males, según él lo enviaría a declarar al parlamento; y
con esto despidió aquel embajador, que de todo llevó auto, y lo que
pasó cuenta largamente Zurita.
Como esta Corona estaba sin rey y
con hartos trabajos y molestias, no dejaban algunos de probar
empresas que no osaran si vieran en ella cabeza y rey. Tomando esta
*, sucedió que Mateo de Foix, vizconde de Castellbó y nieto de
Gaston *Phebus, que fue yerno del rey don Juan el primero y pretendió
por su mujer heredar estos reinos, *incluyendo al rey don Martín,
como vimos en la vida del conde don Pedro, por medio de Arnaldo de
Santa Coloma, su capitán se apoderó de Castellvi de Rosanes, con
*miento de tomar la baronía de Martorell, que había sido de sus
pasados, y el rey don Martín la había confiscado por los excesos e
invasiones que hizo el dicho Ma*, cuando murió el rey don Juan. Los
concelleres de la ciudad de Barcelona procuraban, todo lo que podían,
* de allí aquella gente, que por ser tan vecinos de Barcelona, y
acudirles cada día muchos franceses de socorro, se prometían mil
pesadumbres, y más en aquellos tiempos. Parecióle aquella ocasión
buena al conde de Urgel, pues con motivo de echar los franceses que
allá habían venido (y por dónde habían entrado?) podría
meterse en campaña; pero no osó intentar cosa sin primero
consultarlo con el parlamento y ciudad de Barcelona, y por eso, a 22
de diciembre del 1411, hízoles saber cómo había enviado a
Francisco de * , escudero de su casa, al vizconde de Castellbó, para
que desistiera de aquella empresa, y pues no lo hizo, ofreció de
salir contra los franceses, y pidió que para esto le diesen el favor
del parlamento y ciudad de Barcelona; pero no les pareco bien, por
algunos inconvenientes, y así se lo escribieron, de que él quedó
muy desconsolado, (no ploros, home) y les respondió, que así
como le daban consejo y requerían que no tomase las armas, en
aquella ocasión gustaría saber qué consejo tomarían para obviar
en Aragón y Valencia los * y entradas de las gentes que cada día
venían de Castilla y estaban en aquellos reinos, cuya presencia
dilataba la declaración que todos aguardaban del verdadero rey y
señor.
El abad de San Juan de las Abadesas, que * parlamento
había ido a Balaguer, era vuelto, y refirió al parlamento como
había hallado al conde muy enojado del requerimiento y embajada le
había enviado el parlamento, y que después de muerto el rey don
Martín, * hubiese hallado tan poco favor en la nobleza del
Principado * que dudasen de su justicia, habiendo él y sus * todos
los catalanes siempre entendido y dicho *taba la linea masculina de
los condes de Barcelona y reyes de Aragón, habían de ser suyos
estos reinos y Principado, y se quejó mucho que, haiendo venido el
caso, se metiese la discusión de su justicia y conocimiento de su
derecho en manos de jueces y * letrados * y * hubiesen estorbado el
designio y pensamiento que tenía de apoderarse por armas de la
tierra, como de cosa suya y de sus abuelos y mayores; y no solo esto,
pero que había esparcido y derramado las gentes de guerra que tenía
después de muerto el rey don Martín, solo por dar gusto al
parlamento y complacer a la ciudad de Barcelona, que se lo había
pedido, lo que no hubiera él hecho, si no pensara * todos le habían
de ayudar , sin hacer caso, ni del infante de Castilla, ni de los
otros competidores; y que si * catalanes le hubieran aclamado rey y
luego que murió el rey don Martín, los aragoneses y valencianos y
los de las * hubieran pasado por ello, así como lo hicieron cuando
murió el rey Juan, que aunque quedaban hijas y estaba ausente de
estos reinos el infante don Martín, porque * lo quisieron los
concelleres de Barcelona y el arzobispo de Tarragona y otros,
levantaron por reina a la infanta doña María, su mujer, sin
aguardar el consentimiento de los demás reinos, y después todos
pasaron por lo hecho, sin hacer caso de las hijas que quedaban de
aquel rey, y sin * hubiesen hecho lo mismo, todos pasaran por aquí;
y * que no querían hacer ahora lo que entonces, no *debiera estorbar
el pensamiento que llevaba de salir por el reino con gente, y hacerse
poderoso en él, e impedir las entradas que los castellanos habían
hecho en Aragón y Valencia, donde se estaban muy poderosos, pues no
habíam nadie que les resistiera, y lo que sobre todo sentía más,
era que * más favor al infante en aquel reino, siendo
forastero, * no él en Cataluña, siendo natural de ella y
emparentado con los más barones y caballeros de ella, que eran * que
más a pechos habían de tomar su casusa, y no * a juicio de
letrados. De esta y otras razones que dijo el conde al abad, se hizo
auto, y se leyó en el parlamento, el cual respondió a ellas a 3 de
febrero, y mandó al escribano lo continuara en el proceso, y la
respuesta fue la misma que se dio a otras embajadas del conde.
Dióse también a 8 del mismo mes respuesta a lo que el infante
había respondido a Macian Despuig, embajador del parlamento, sobre
que mandase salir de Aragón y Valencia los castellanos habían
entrado; y en * cuán mal parecía lo que él hacía y que
pretendiese alcanzar por aquel medio su justicia, siendo en gran daño
de la Corona, pero ni de estas respuestas, ni de los requerimientos e
instancia del conde de Urgel, jamás hizo * pues mientras estos
estaban requiriendo y dando sus escrituras y procesos, él se
fortificaba de manera, que en caso no le diesen el reino, se lo
pudiese tomar antes que * conde de Urgel ni el Principado de Cataluña
estuviesen tan poderosos como él en esta ocasión.
Había muchos
días que el conde de Urgel tenía preso en la torre de Ager un
caballero llamado Francisco de Vilamarín, que había mandado prender
con algunos muebles que llevaba, y le había pedido el parlamento
muchas veces le diese libertad, porque, por ser militar, no le * al
conde detenerle; pero el conde, por pasiones había contra ellos, le
detenía. Entonces Raimundo de Cabrera, su subrino, y Juan de
Villamarín, su hermano, acudieron al gobernador y al parlamento, por
vía de recurso, pidiendo la libertad del preso y los bienes le
habían sido tomados, exagerando haberlo hecho el conde muy mal, pues
usurpaba las regalías, en notable daño del brazo militar y * corona
real, protestando que si no se les hacía justicia en lo que pedían,
recurrirían al futuro rey, de quien confiaban alcanzarla de aquel
agravio y opresión. Sobre es* escribió el parlamento, y a 15 de
marzo escribió * no había lugar a lo que se le pedía, por algunas
razones que él sabía y no era bien publicarlas; pero que él en su
tiempo haría lo que debiese, por complacer al parlamento, el cuala
27 del mismo mes le envió a Dalmau Çacirera
para pedir lo mismo, y el conde a los primeros de abril, le sacó de
la torre de Ager, donde le tenía, y a 6 de abril recibió el
parlamento carta en que le daba noticia de ello: verdad es que le
tuvo detenido por la vi* de Ager y no le dio perfecta libertad, hasta
que fue hecha la declaración de Caspe.
A 11 de
febrero vino nueva al parlamento de Tortosa, * Ramón de Perellós,
con muchos caballeros y gentiles hombres, amigos del conde, y por su
orden, pasaban armados al reino de Valencia, para favorecer a Guillen
de *Bellera, gobernador de aquel reino y uno de los mayores amigos
que tenía en él. La ocasión de este socorro fue, según cuenta
Laurencio Valla, que este gobernador era tan apasionado de los del
bando de los Vilaragudes, contra los del bando de los Centellas
(Centelles), que saliendo los límites de su jurisdicción y
oficio, les hacía, con capa y título de justicia, mil agravios, y
por causas bien ligeras condenó a muerte, de los de aquel linaje y
sus valedores, hasta cuarenta personas honradas, cortando las cabezas
de los unos, señoreando a los otros. Eran los de estos dos bandos
todos muy servidores del conde de Urgel, y tan poderosos, * por ellos
tenía el conde en su mano toda la nobleza de aquel reino, y por otra
parte estaban también apasionadísimos por él toda la gente común
y ordinaria, cuya cabeza era el dicho gobernador; y aunque entre
estos dos bandos había particulares odios y rencores, pero en lo que
tocaba a valer al conde, todos hacían un cuerpo y se unían. Este
gobernador, con el favor de los Vilaragudes y del pueblo, era en
extremo insolente y cruel con los Centellas, y estos, persuadidos que
el conde de Urgel había de ser rey, por medio de Bernardo de
Centellas, se le quejaron de los excesos del gobernador y continuos
agravios recibidos de él, y quisieron que el conde, por su medio,
hiciese cesar los odios * entre aquellos dos bandos, confiando que de
esta manera gozaría el reino de Valencia de una paz y quietud igual
a la de que Cataluña gozaba (pues menos mal que había paz),
en un tiempo tan desdichado y calamitoso. El conde, que en todo tuvo
falta de consejo (era idiota) y varones prudentes que le
encaminaran, no tuvo ni traza ni cordura (ahí le has dado, loco
estaba, como Manuelico Riu Fillat, de aquel condado) para saber
meter paz entre estos dos bandos; antes bien quiso favorecer
descubiertamente a la una de las dos partes, y le pareció inclinarse
a la de los Vilaragudes, cuya cabeza era el gobernador, a quien
parece que no temía disgustar, para ganar el pueblo, que en la * de
Valencia era el todo, y el gobernador podía mucho en ellos, y
pensaba el conde que, juntados los Vilaragudes y el pueblo, sería
tan poderoso en el reino, que no necesitaría del favor de los
Centellas, y este fue su pensamiento, aunque muy desacertado (para
variar). Los del linaje de los Centellas quedaron de esto muy
sentidos, y tuvieron a mal que el conde, que debía ser neutral, se
señalara más por los Vilaragudes que por ellos, y así luego se
declararon por el infante don Fernando, (donde las dan, las toman,
Jaimito el atontao) pidiéndole que les favoreciese en aquella
ocasión, y que no sufriera que fuesen * de los Vilaragudes, amigos
del conde, y * así como lo había hecho en Aragón, favoreciendo los
*Urreas contra los Lunas, que los perseguían, y * poco el infante,
pues de aquella * adelante * y título colorado, y honesto de meter
gente * Valencia, como la había metido en Aragón. Vivía en
Valencia la reina doña Margarita, mujer que fue del rey don Martín,
que estaba muy mal con el conde y * cosas, *ándose del agravio le
hizo, cuando murió el rey, * darle rigurosas guardas, y tenerla casi
como * si hubiera de suponer partos, y holgó mucho de las *danzas
que hacían las cosas del conde en aquel reino, confederándose los
Centellas con los Urreas de * de la gente del infante se pusieron en
* de resistir al gobernador y aún de vengarse de los agravios que la
familia y amigos habían recibido de él.
Gilberto de
Centellas, hermano de Bernardo de Centellas, acompañado de muchos de
su parcialidad, corrió el campo de la ciudad de Valencia, y se llevó
6000 cabezas de ganado, y decía que aquel ganado todo era de * o
había habido de los lugares y vasallos de los Centellas, * los
Vilaragudes vieron que los Centellas se hacían poderosos, y que casa
día les acudía socorro de gente de Castilla, y que continuamente
con mucha y buena caballería * corrían la campaña, acudieron en
nombre del gobernador y del reino, al conde de Urgel, para que les *
caballos, de que ellos tenían mucha necesidad * el conde les juntó
entre sus amigos y algunos *gascones y los envió a Valencia. Continuará...