Mostrando las entradas para la consulta Taraçona ordenadas por relevancia. Ordenar por fecha Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas para la consulta Taraçona ordenadas por relevancia. Ordenar por fecha Mostrar todas las entradas

martes, 2 de marzo de 2021

20 DE OCTUBRE.

20 DE OCTUBRE.

No hubo sesión, por estar ocupados en otros negocios de la Generalidad.
El mismo día se recibieron dos cartas, que siguen, a saber, una de los Embajadores y otra de los paheres de la ciudad de Lérida.

Als molt reverends egregis nobles magnifichs e honorables senyors los deputats del General e consell lur representants lo Principat de Cathalunya.
Molt reverends egregis nobles magnifichs e honorables senyors. Açi es En Bertran Crexells mercader de aqueix Principat qui ha cert negoci ab la Majestat del Senyor Rey en lo qual ha demanada e demana la nostra intercessio lo que no ses pogut fer obstant la restriccio que tenim es de complanyer del dit home attesa la fortuna en que ses vist. Si a les reverencies nobleses e magnificencies vostres plaura puxam per son fet intercedir e suplicar estimam sera obra de caritat. La qual solament en aço nos mou e haureu ne de Deu premi e nosaltres vos ho haurem a plaer. Placiaus rescriurens de vostra voluntat ordenant de nosaltres lo queus placia. Scrita en Calathayu a XVII de octubre any Mil CCCCLXI. - A vostra ordinacio prests los embaxadors del Principat de Cathalunya.

Als molt reverends egregis nobles e magnifichs senyors los deputats del General del Principat de Cathalunya e consell en virtut de la comissio de la cort elet e assignat residents en Barchinona.
Molt reverends egregis nobles e magnifichs senyors.
Lo darrer dia de agost prop passat scrivim a vostres reverencies e magnificencies com haviem revocat del sindicat ab nota lo honorable micer Anthoni Riquer sindich de aquesta ciutat et alias segons en dita letra es mencionat. E com per alguns bons respectes aquesta ciutat hage restituit et reintregat al dit micer Anthoni Riquer en lo primer stat que ere ans de la dita revocacio e privacio per ço dites coses a vostres reverencies nobleses e magnificencies ab la present notificam. E sia molt reverends egregis nobles e magnifichs senyors la divina Majestat vostra custodia. Dada en Leyda a XIIII de octubre any M. CCCCLXl. - A vostres beneplacits e honor prests los pahers de la ciutat de Leyda.

Als molt reverends egregis nobles magnifichs e honorables senyors los deputats del General e consell lur representants lo Principat de Cathalunya.
Molt reverends egregis nobles magnifichs e honorables senyors. Apres la expedicio del derrer correu partit lo dia passat a les V hores apres mig jorn per lo qual vos havem axi stesament scrit com hauran vist les reverencies nobleses e magnificencies vostres. Vuy de mati a punta del dia es aci ates lo vostre e per aquell havem reebudes dues letres a nosaltres dreçades e dues a la Majestat del Senyor Rey una als LXXII representants la cort de aquest regne altra al Justicia del dit regne e altre als jurats de Çaragoça. De les dues letres a nosaltres dirigides la una la qual es sots data de XI del present conte forma a nosaltres donada de continuar les supplicacions a la reyal Majestat sobre la presta expedicio e tramesa del lllustrissimo Senyor Primogenit en aqueix Principat e de regraciar a la dita reyal Majestat lo per aquella dit sobre la ordinacio e disposicio del consell del dit lllustre Senyor Primogenit oficials seus e ministres etc. ço es que procehiria a consell vostre ab entreveniment de aqueixa ciutat. E sobre aquell article de intervencio dels altres seus regnes dehim com en los fets de Cathalunya altres que cathalans no han participi en consellar juxta forma de la capitulacio a la qual esser prejudicat no tollerarieu. Venint apres ab la dita letra al fet de la anada de la Illustrissima Senyora Reyna e commemorant lo sentiment donat per lo Senyor Rey segons vos havem scrit de voler attendre a la disposicio e a les coses que concorrien e fer lo que la disposicio de aquell importaria e li consellaria veniu a narrar la oppinio en lo vulgo edificada e per continua demostracio dels miracles que nuncha cessen radicada.
Ço es que la mort del lllustrissimo don Carles de sancta recordacio fill primogenit del dit Senyor Rey no naturalment serie seguida de que se dien moltes paraules. Per tant volen e disponen per nosaltres circa lo dit article esser continuades les supplicacions acostumades ab narracio de les causes dessus dites les quals vos impellexen les dites suplicacions fer per nostre descarrech. E del amor e devocio ab lo qual lo dit lllustrissimo Senyor Primogenit es sperat e de la integerrima fidelitat dels cathalans e del repos e assossech que succehiran anant al present lo dit Illustre Primogenit sens la dita Serenissima Senyora mare sua volen en lo nostre suplicar persuasio esser feta e de altres molts fruyts e beneficis que seran e succehiran essent la cosa en axi disposta esser pres motiu segons mes largament se conte en la dita letra. Laltra es de dos del dit corrent mes e ve sobre lo fet de don Jofre de Castro e ab copia quens enviau de una de les dites letres dirigides al dit Senyor Rey sobre aquesta materia volen per nosaltres esser feta suplicacio al dit Senyor Rey juxta lo seny de la copia dessus dita les quals letres legides decontinent apres la missa del dit Senyor Rey som stats ab la sua Majestat e haguda de aquella audiencia li es stat per nosaltres ab tota reverencia e humilitat e ab la millor pertinencia de paraules que als negocis nos es stada vista acomoda e fructuosa e al vostre scriure conforme feta devota suplicacio e suplicacions de e per totes les coses en vostres letres contengudes e li son stades donades les letres a sa Majestat dirigides. Per la qual nos es stada feta la seguent resposta. Primerament en lo fet de la tramesa del dit lllustre Senyor Primogenit ha dit que en la expedicio sua se enten continuament e no si pert una ora de temps. E la present matinada en la qual la sua Excellencia havie rebudes pilloles (píldores; píldoras) per alguna reuma sua no havie per axo cessat ne cessava de dispondre e tractar de les coses necessaries a la dita expedicio la qual prestament se deduhirie en efecte e obra e al desig vot e devocio dels cathalans amplament satisfaria. En apres al que ere dit de la disposicio del consell e familia sua etc. dix lo dit Senyor Rey no esser stada james ne esser intencio sua en axo ne en altre deviar de la capitulacio abans se volia conformar ab aquella e no res cogitar ne fer en prejudici o derogacio de la capitulacio dessus dita. En lo fet de la anada de la dita Serenissima Senyora Reyna nos ha dit que la sua Excellencia no dificultava de trametre sol lo dit lllustre Primogenit per alguna difidencia que hagues de la amor devocio e fidelitat dels cathalans abans de aquells e de la dita amor devocio e fidelitat tant confiava que no solament a les reverencies nobleses e magnificencies vostres qui eren persones de tanta aprobacio e gravitat abans encara a qualsevol persona cathalana per la ferma fiança que de quiscuns naturalment se pot e deu haver ab total repos del animo seu e sens algun redupte o rezel liberament lo acomanava. Lo empero que en aço fa attendre e que la Excellencia sua fahia star redubtant era que lo apartament del dit Illustre Primogenit de la dita Serenissima mare sua en una tant tendra edat de aquell e anant entre persones ab les quals encara no havia ne ha noticia o privadesa no importas a aquell anyorament o no li causas alteracio alguna que pogues portar nocument a la salut de sa persona. E aço sol era lo que la Majestat sua fahia star en perplex e ansiosa. Venint apres al fet del dit don Jofre de Castro abans queus narrem la resposta del dit Senyor Rey nous volem obmetre dir que havem sentit que la Excellencia sua ensemps ab la cort de aquest regne en aquests dies ha entes e entenen en pacificacio e repos de aquell debat e lo vespre passat essent ja gran hora de nit lo dit Senyor Rey trames demanar lo notari nostre e per aquell nos significa com la sua Majestat e la dita cort trametren certes persones per treballar en lo dit negoci e que havien sentiment que axi don Phelip com mossen Rebolledo foren de bon acord de pau e de treua axi empero que lo dit don Jofre en aço intervingues e fermas e per tant lo dit Senyor Rey per benefici del negoci pregava e encarregava a nosaltres tots ensemps e a mi vezcomte Dilla privadament per aquell acostament e deute que sab yo he ab lo dit don Jofre que sobre aço li scrivissem e axi es stat fet per nostres letres de prechs afectuosos. Presuposat aço direm la resposta del dit Senyor Rey. La sua Majestat nos ha narrat la diligencia e cura que ha en pacificar lo dit fet dient sta en ubert a causa del dit don Jofre e que ha tres anys que mossen Rebolledo e mossen Cerdan contra lo costum de cavallers e homens de honor per mija del prior de Roda trameteren demanar pau per sola reverencia de Deu es fora conduida si lo dit don Jofre hagues volgut qui la donchs tramete un procurador qui no hague poder e axi passa o resta la cosa.
En apres han stat e stan en guerra uberta que no cal dir haje principi ne prengue occasio de algunes coses noves car originariament devalla de la mort de mossen Pero Martinez de Marilla (Muriello más abajo). E no deu esser a algu admiracio nis deu fer querella de les coses ques fan en guerra uberta. Veritat es que en dies passats ha haguda certa paraula entre lo dit mossen Rebolledo e don Phelip en la qual empero no ere entrevengut lo dit don Jofre. Durant la dita paraula per servidors de de don Phelip fonch e es stada feta certa novitat contra lo dit mossen Rebolledo e coses sues en la qual empero lo dit don Felip ha dit no haver sentit abans esser prest tornar a loch lo greuge. Semblantment es stat fet per homens del dit mossen Rebolledo e sobre allo per Pallafolls son fill es stada feta semblant oferta. Quant empero al que tocha al dit don Jofre si res hi ha seguit e ques que sia es de guerra uberta com dit es en la qual voluntariament ha stat e sta e de la qual provenen les novitats e scandils ques segueixen sens altra causa que no hi cal aplicar. Ne com dit es se deu ne pot deduir en greuge per haverse recors en aqueixa ne altra semblant plaça. De totes aquestes coses lo dit Senyor Rey nos ha dit vos scriu per ses letres a les quals nos referim. Les altres quens haveu trameses son stades dades per lo scriva nostre ço es la dels LXXII en mans de mossen de Teraçona qui es hu de aquells la del justicia en ses mans la dels jurats de Çaragoça a don Lorenç de Algas hu dels dits jurats qui es en aquesta vila. De totes les dites coses vos es fet lo present avis juxta la ordinacio vostra. Ab tant molt reverends egregis nobles magnifichs e honorables senyors tingaus la Sancta Trinitat en guarda sua e de nosaltres ordenau lo que plasent vos sia. Feta en Calatayu a XVI de octubre any Mil CCCC sexanta hu. - A vostra ordinacio prests los embaxadors del Principat de Cathalunya.
Apres feta la present ha covengut detenir lo correu a pregaries del Senyor Rey sperant les sues letres fins vuy disapte gran ora de nit. E volem vos significar lo que apres de la partida del altre correu ha succehit ço es que la Senyora Reyna qui encara no es partida partex dema e no va a Taraçona sino al loch de Aranda (de Moncayo) qui es de aci luny tant solament V letgues e aço per los afers que vos havem significat per laltra. En aquest interim los LXXII representants la cort o alguns dels principals e lo justicia Darago son stats solicitats de resposta si respondre volien la qual fins aci nons han donada. Closa a XVII del dit mes.

Se recibieron en este día las siguientes cartas del Señor Rey.

Als venerables pares en Christ nobles magnifichs amats e feels nostres los diputats del General e consell Iur representants lo Principat de Cathalunya.
Lo Rey.
Venerables pares en Christ magnifichs amats e feels nostres. Ir divendres per vostres ambaixadors nos fonch donada una letra vostra feta a dos del present e aquella vista som stats molt maravellats de la informacio que dien esser stada reebuda e per aquella constar lo noble don Jofre de Castro esser stat damnificat per haver adherit als cathalans en los actes seguits per causa de la liberacio de la persona del lllustrissimo don Carlos nostre molt car e molt amat fill Primogenit de bona memoria com siam vertaderament informats los homenys robatoris e altres molts dans ques son seguits esser venguts e fets per occassio de la bandositat antiquada de don Phelip e don Jofre de Castro de una part e de mossen Joan Cerda e mossen Rebolledo gendre seu del altra per causa de la mort perpetrada per lo dit mossen Cerda en persona de mossen Pero Martinez de Muriello sogre del dit don Jofre per la qual bandositat de vint e cinch anys en ça o mes que fou perpetrada la mort del dit mossen Pero Martinez se son seguides moltes e diverses morts nafres invasions incendis robaries e altres molts mals entre abdues les dites parts tenint los dits mossen Cerda e mossen Rebolledo per principal e per cap contra ells lo dit don Jofre com a marit de la filla unica hereva e successora en la casa e bens del dit mossen Pero Martínez de Muriello e veritat es que creem la guerra es stada feta en gran part desaforada en la dita bandositat e la havem hauda e havem per molt mal feta e reprobada pero obstant los furs e libertats de aquest regne no si es pogut provehir ne remediar axi com sera stat mester ab tot que ara per nostre poder treballam que en aquesta cort que celebram als aragonesos hi sia feta provisio opportuna. E es cert que aquesta manera de guerrejar no solament es stada praticada en aquest regne en la dita bandositat mas encara en les bandositats antigues de la casa de Castro e dels Bardaxins e axi mateix dels de Gurrea ab los Urriesos (Urrea y Urriés) entrevenint hi com a valador ab la una de les parts don Joan Dixer lo qual per lo semblant ab gens sues ne ha usat en la preda o robatori que fonch fet en la vila de Casp. Totavia empero per totes les vies quens son stades possibles per nos es stat treballat en la pacificacio e repos de la dita bandositat e haviem conduits los dits mossen Cerda e mossen Rebolledo a atorgar pau final los quals foren contents que per aquesta raho anas mossen Anthoni Porquet prior de Roda persona afectada als dits don Jofre e don Phelip abans que passas la paraula per ells donada fins per tot lo mes de juliol prop passat per los quals dits don Jofre e don Felip no fou donat loch a la dita pau. Es ver que oferiren treua a cert temps e perque lo dit mossen Rebolledo volia pau final e los altres no sino treua passat lo temps del dit sobreseyment diuse que per homens dels dits don Jofre e don Felip fonch feta e comesa certa robaria e violencia en vassalls del abadiat de sant Victoria qui es de hun fill del dit mossen Rebolledo per reconvencio de les quals coses se diu quels de mossen Rebolledo feren ço ques diu per lo dit don Jofre esser stat fet contra ell e sos vassalls e bens de aquells lochs que te en Ribagorça axi com se afirma que homens dels dits don Jofre e don Felip fet ho havien contra amichs e benivolents dels dits mossen Cerda e mossen Rebolledo que no havien feta part alguna en la dita bandositat. No es donchs de dir ne creure lo dit don Jofre esser stat damnificat per haver adherit als cathalans sots la forma demunt dita com abans que james se penses de tals fets per tanta distancia de temps haguessen procehit tants anfractes morts robaries e altres casos sinistres insurgits de la bandositat damunt dita. Ab tot aço empero vista la dita vostra letra decontinent per nos es stat comes e manat al regent lofici de la governacio de aquest regne qui per aquesta raho de nostre manament dies ha es anat en aquelles parts que reeba informacio sobre aço que scrit nos haveu. E si per aquella se mostrara legitimament per Blasco de Bardaxi Steve de Agramunt e altres adherents a aquelles haver fet cosa alguna per haver adherit lo dit don Jofre als cathalans per causa de la liberacio del dit Illustrissimo fill Primogenit nostre per nos sera manat procehir rigorosament contra las persones e bens de aquells per tots los remeys oportuns per forma que seran punits e castigats segons lurs culpes e demerits justicia mijançant. Dada en Calatayut a XVII dies de octubre del any Mil CCCCLXI. - Rex Joannes.

Als venerables pares en Christ nobles magnifichs amats e feels nostres los diputats del General e consell lur representants lo Principat de Cathalunya.
Lo Rey.
Venerables pares en Christ nobles magnifichs amats e feels nostres. Vostra letra feta a onze del present mes de octubre responsiva a altra nostra de vintesis del passat havem reebuda e obmeses les coses a que no fretura respondre satisfarem a aquella part en la qual es feta mencio com havieu reebuda una altra letra nostra dada lo primer del present dins la qual era copia de una altra per nos tramesa als oficials criats e servidors del lllustrissimo don Carlos molt car e molt amat fill primogenit de 
bona memoria per alguns dels quals vos seria stat significat com la dita nostra letra seria vist esser limitada en quant ab aquella dehim voler los tractar ab tota humanitat clemencia e benignitat juxta forma de la capitulacio haudes per oblidades totes les coses passades etc. La veritat es que per la dita letra nostra als dits oficials criats e servidors del dit lllustrissimo fill nostre tramesa assats clarament pot esser stada compressa nostra bona e sana intencio. Encara empero poreu haver vist com en laltra letra nostra a nosaltres tramesa fonch feta mencio que no solament enteniem usar vers ells de aquella clemencia humanitat e mansuetut quels scriviem mes encara vers totes altres persones de aqueix Principat e altres qui en los animos seus tinguessen alguna suspicio o per qualque occasio nos tinguessen per segurs de nos per haver aderit al dit lllustrissimo Primogenit fill nostre oferint vos que si alguns ni hauria que de aço nos tinguessen per contents ab bona voluntat per nos serien donades a aquells totes altres seguretats que per medi vostre de nos volguesseu a corroboracio de la dita capitulacio. E en aquell mateix proposit perseveram ço es quens plau e som molt contents de donar als damunt dits totes aquelles seguretats que a nos se sguarden e puixam donar per repos e assossech dels animos de aquells e inviolable observacio de la nostra paraula. Dada en la ciutat de Calatayud a deset de octubre del any Mil CCCCLXI. - Rex Joannes.

El mismo día, mandaros expedir los señores Diputados las siguientes cartas.

Als molt honorables los veguer e sotsveguer de Vich e o a lurs lochtinents.
Molt honorables e savis senyors. Ab gran querela per part del molt noble senyor vezcomte Dilla e de Canet es stat a nosaltres exposat que vosaltres instant e requerint En Pere Pruners notari de aqueixa ciutat feu exequcio en la sua baronia de Luça e o vassalls de aquella per virtut de cert censal no obstant lo sobressehiment e altres provisions per lo Senyor Primogenit lochtinent de sancta recordacio al dit senyor vezcomte atorgats ne encara lo carrech que te de la embaxada de aquest Principat supplicant sobre aço volguessem degudament provehir per manera que al dit senyor vezcomte e o vassalls seus ne a bens lurs vexacio no sia feta. On nosaltres considerants lo dit senyor vezcomte ensemps ab altres esser embaxador de aquest Principat destinat a la Majestat del Senyor Rey per la qual raho et alias com a treballant per la cosa publica en persona e bens es guiat e ha moltes prerrogatives les quals vosaltres no ignorau. Per tant ans de entrar en altres procehiments havem deliberat fervos la present pregants e exortants vos per los sguards dessus dits cesseu de la dita exequcio contra lo dit vezcomte e bens seus sobressehint a aquella fins tant lo dit senyor vezcomte sia retornat de la dita embaxada e si res haureu fet o exequtat durant la dita embaxada ab lo correu al primer e degut stat. En altra manera convindria a nosaltres per nostre descarrech e per conservacio de les prerrogatives de que se alegren semblants embaxadors per benefici e bon stament de la cosa publica del dit Principat ferhi provisio deguda. Data en Barchinona a XX de octubre del any M.CCCCLXI. - Los diputats del General del Principat de Cathalunya.

Al honorable senyer En Joan Molins diputat local en la ciutat e vegueria de Vich.
Honorable senyer. Entes havem que vos a requesta de Pere Pruners notari de aqueixa ciutat haveu instat e instau exequcio esser feta per lo veguer e sotsveguer daquexa ciutat en la baronia de Luça (Lluçà) qui es del molt noble senyor vezcomte Dilla e o en vassalls seus e bens lurs per raho de cert censal. E com lo dit senyor vezcomte sia hu dels embaxadors destinats a la Majestat del Senyor Rey per part de aquest Principat per la qual raho ell e sos bens se alegren de guiatge e de altres prerrogatives. Per tant vos dehim e manam cesseu de la dita instancia fins lo dit senyor vezcomte sia retornat de la dita embaixada. Data en Barçelona a XX de octubre del any Mil CCCC sexanta hu. - Los diputats etc.

lunes, 23 de diciembre de 2019

LX, perg 220, septiembre 1149


LX
Perg. N° 220. Set. 1149 (no se ve bien si es un 9).

In nomine Domini nostri Jesuchristi: Certum sit omnibus quod ego Raimundus Dei gratia comes barchinonensis princeps aragonensis et Tortose marchio cupiens habere partem regni celestis meritis et intercessionibus sanctorum propria animi deliberatione dono et concedo in perpetuum Deo et Sancto Salvatori Cesaraugustane sedis et Bernardo ejusdem episcopo et canonicis ibi Deo sirvientibus et successoribus eorum villam atque castellum que dicitur Alballat cum omnibus suis terminis heremis et populatis et cum silvis et cum aquis et cum pascuis suis et cum omnibus redditibus et juribus suis sicut unquam melius habuit vel habere debuit in tempus de mauros dono et concedo illis ut habeant eam per hereditatem. Similiter dono per fevum et per honore Deo et supradicte ecclesie Sancti Salvatoris et Bernardo episcopo et successoribus suis illo castello de Alballat cum omnibus redditibus et directis suis omnibus diebus vite mee: et post obitum meum dono et concedo illud supradictum castrum et villam ut habeant et possideant per hereditatem. Adhuc autem dono et concedo totum donativum sicut superius scriptum est
ut habeant illud salvum et ingenuum et liberum et franchum salva mea fidelitate et de omni mea potestate per secula cuncta amen. - Sig+num Raimundi comes. - Facta carta era MCLXXXVII in mense septembre in obsidione Ilerde dominante me Dei gratia comite in Barchinona et in Aragone in Superarbi et in Rippacurcia atque in Tortosa: episcopo Bernardo in Cesaraugusta: episcopo Dodo in Oscha: episcopo Guillermi Petri in Rota: episcopo Michael in Taraçona: comite Arnald Miri Palariensem in *Buile et in Ricla: vicecomite de Gavarret et de Bearn in Oscha et in Bespen: Bernardo Gomiz in Jacha et in Agierb: Ferriz in Sancta Eulalia: Garçia Ortiz in Cesaraugusta et in Fontes: Artal in Alagon: Peire de Castellaçolo in Calataiub: Sancio Necones in Darocha: Fortunio Acenariz in Tarazona: Galin Xemence in Belgit: Galindo Ximinones in Alcala: Pelegrin in Alxeçar: Fortun Dat in Barbastro: Pereramon in Estata: Frontin in Elson: domno Petro de Rueira magister militie Templi in Monçon et in Corbinos. Sunt testes visores et auditores de hoc super scriptum comite de Paliares et Guillermi Raimundi Dapifer et don Gomez et Petrus magister de milicie Templi et don Fredul et Frontin et Pere Destopanian et Auger et Gillem Arnal fratri suo et Galindo Johanne de Roda et Raimundus prior Sancti Salvatoris et Martinus canonicus. - Et ego Andree de Agierb scriptor hanc cartam scripsi et de manu mea hoc signum + feci.

Nota: MCLXXXVII : 1187, Perg. N° 220. Set. 1149.
Belgit : Belchite : Belchit.
Alxeçar : Alquézar ?
Agierb : Ayerbe. Ahí hierve el agua a 100 °C.


martes, 2 de marzo de 2021

18 DE OCTUBRE.

18 DE OCTUBRE.

Después de leídas las cartas del señor Rey y de los Embajadores, ocupáronse de su contenido, conferenciando los Diputados con los individuos del Consejo; pero como fuesen pocos, a causa de ser domingo, no tomaron ningún acuerdo.
Siguen las cartas a que se alude anteriormente.

Als venerables pares en Christ nobles magnifichs amats e feels nostres los diputats del General e conçell lur representants lo Principat de Cathalunya.
Lo Rey.
Venerables pares en Christ nobles magnifichs amats e feels nostres. En aquests passats dies vos scrivim com totes les diferencies e controversies que eren entre nos e lo Rey de Castella indistinctament e aximateix las que eren entre nos e lo lllustrissimo don Karlos nostre molt car e molt amat fill primogenit de bona memoria per los fets de Navarra eran stades lexadas a total conexença e determinacio de certes notables personas en nostres letres nomenades axi com
poreu haver vist per aquelles a les quals nos referim. Veritat es que nos enteniem en lo desempatxament del lllustre Infant don Ferrando nostre molt car e molt amat fill primogenit ara empero vos certificam com los magnifichs e spectables don Joan Pacheco marques de Villena e don Enrique comte Dalvadaliste oncle de la lllustrissima Reyna nostra molt cara e molt amada muller e lo comanador Joan Ferrandez Galindo son venguts tramesos per lo dit Rey de Castella a la vila de Agreda (Ágreda, en Soria) per part dels quals ab molta instancia som stats suplicats quens plagues donar loch que la dita lllustrissima Reyna nostra muller anas a la ciutat de Taraçona per conferir ab ella sobre negocis de molta importancia los quals bonament no podien esser comunicats a altra alguna persona. De aço mateix es stada ella instada e suplicada per los dits marques comte e comanador. De una part nos hauria plagut per lo present no fos sobrevengut aquest impediment alguna dilacio que per aquella causa pren la partida e anada en aqueix Principat nostre del dit Illustre Infant don Ferrando fill primogenit nostre. Quant consideram empero de la altra part quant es lo benefici que Deu volent se spera seguir de aquestes viles hauda sobre aço digesta deliberacio en nostre conçell no es stat vist esser expedient deure donar desviament a aquelles per no perdre tal saho e disposicio que es dubte altra semblant occorreques de aquesta jornada e tantost sino fos per alguna indisposicio de la sua persona la dita lllustrissima Reyna nostra muller seria partida pero a Deu gracies ja es en bona convalescencia e pora partir daçi a dos o tres jorns axi com dit havem. Aquesta dilacio sera de breu temps dins lo qual continuarem en fer apparellar les coses necessaries e oportunes pera la partida del dit Illustre fill nostre Primogenit havem volgut comunicarvosho per tots bons respectes. Havem ferma confiança quels afers succehiran a gloria de nostre Senyor Deus honor e servey nostres repos e assossech de tots aquests regnes e terres de Spanya segons que de aço pus largament havem conferit ab los embaxadors vostres demanant ne lo parer de aquells per los quals nos tenim per dit de totes les coses dites sereu avisats. Dada en la ciutat de Calatayud a XV dies de octubre del any Mil CCCCLXI. - Rex Johannes.

Als molt reverends egregis nobles magnifichs e honorables senyors los diputats del General e consell lur representants lo Principat de Cathalunya.
Molt reverends etc. Apres que per letra nostra sots data del primer del mes present vos havem narrat lo proces e gesta de totes coses per nosaltres fetes e enantades en quant vos restava saber fins en aquell jorn ses subseguit que dissabte que comptavem tres del dit present mes rebem dos letres vostres sots diverses dates. La primera de XXIIII del proppassat continent dels miracles que per voluntat divina aqui se continuen per mija del cors del lllustrissimo Senyor Primogenit de bona memoria. E en la mateixa som encantats de veure les altres a nosaltres derrerament trameses e de donar compliment en lo temps modo e forma en aquelles contenguts al que per ells significat nos es. Laltra letra es de XXVIIII del mes mateix e en la sua primera part fa semblant mencio dels miracles predits e puix apres conte la nova per vosaltres sentida de la venguda de mossen Rebolledo ab certa gent darmes del regne de Navarra e dirias que per damnejar a don Felip de Castro. Sobre que ordenau esser feta per nosaltres paraula a la Majestat del dit Senyor Rey. E mes encara conte del fet de Luis de la Cavalleria tresorer en la causa toquant lo clero e los creedors de la cambra apostolical. E per quant nosaltres la donchs sentim lo dit Senyor Rey esser occupat en aquella jornada en afers de la cort de aquest regne e mes sentim que en lo fet del dit mossen Rebolledo e del dit don Felip haria paraula de seguretat e noy corria perill algu per tant no fom davant lo dit Senyor Rey en aquella jornada. Lo dia seguent que fonch digmenge a IIII del dessus dit corrent mes a les XI ores abans de mig jorn rebem de vosaltres altra letra sots data de XXX del dit prop passat mes ab la qual som encarregats suplicar de part vostra la real Majestat sobre lo fet de les persones de consell e casa del Senyor Primogenit que aquelles fossen a contentacio de aqueix Principat e de vosaltres en nom de aquell ab entreveniment de aqueixa ciutat per les causes e motius en la dita letra contenguts. E reduhiunos a memoria lo que per nosaltres de la Senyora Reyna per letra de XXVI del dit mes prop passat nos era scrit. Aquest es lo efecte de les dites letres segons en elles a les quals nos referim lo qual dia de digmenge no poguem ensemps esser ab la dita Majestat. Mes lo dilluns apres seguent que comptavem cinch del dit corrent mes anam a la dita Majestat e li explicam e narram la continuacio dols dits miracles juxta tenor de vostres letres e apres la supplicam devotament sobre totes les altres coses en vostres letres contengudes e de aquelles de les quals per vosaltres nos es feta commemoracio applicant a les supplicacions nostres totes les causes e motius en vostre scriure deduits. A les quals coses per la dita Majestat nos fonch respost sots lorde seguent. Primerament dix haver molta consolacio dels miracles predits los quals dix fahien evident demostracio e senyal que lo lllustrissimo Primogenit fill seu era per Deu collocat entre los seus sants en gloria en la qual sperava que sempre intercedira e pregara la Majestat divinal per lo dit Senyor Rey. E presentades per nosaltres dues letres que sobre aço nos havieu remeses al dit Senyor Rey donadores aquelles legi ab contentacio. Venint en apres al fet de mossen Rebolledo dix que lo dit mossen Rebolledo era e stava per manament de sa Senyoria en lo regne de Navarra sens alguna demostracio que no fahia de venir ne partir ne havia fins la donchs tal licencia. E que on a venir hagues no permetera la sua Altesa ell vingues en tal manera per denunciar lo dit don Felip com sia cert que en aquestes dues parcialitats afronta tot lo regne Darago lo qual si per causa del dit bando se embarbullava no succehiria a honor ne servici del dit Senyor Rey. E per tant dix lo dit Senyor que per mitja de la sua Altesa ab entreveniment de la cort del dit regne era donada paraula de seguretat a cert temps entre lo dit mossen Rebolledo e lo dit don Felip en la qual se treballara intras don Joffre de Castro e durant lo temps daquesta paraula se treballaria per metreho en total repos perque de aço no calia redubtar car la sua Excellencia ho havia molt a cor vist que era cosa molt sguardant lo bon stat del regne e lo seu servici. En lo negoci den Luis de la Cavalleria dix lo dit Senyor Rey que en la sua bona fe de aquell no havia oyt parlar des que aquesta diferencia era moguda sino de huns quinze jorns en ça que lo dit En Cavalleria era de nou vengut en aquesta ciutat e axi nos pot dir que lo dit Senyor Rey lo hagues en res favorit en aquesta part abans dix lo dit Senyor haver en aquests dies oyt que sobre aquesta diferencia la qual recahia entre lo dit En Cavalleria e mossen Franci Dezpla e En Joan Boscha lo dit En Cavalleria se justificava molt dient ne stiguera a conexença del arquebisbe de Tarragona o de qualsevol persones continuament elegidores. Veritat es que los dessus dits mossen Pla (dez Pla, Desplà, de es Pla) e En Boscha volrien segons se debia (o dehia) que lo dit En Cavalleria anas sobre aço a Barçelona ço que a ell no venia be ne li era factible per causa del bando que sos parents havien ab gents de aqueixa ciutat mes que havia ofert de anar fins a Fraga. E com se vulla fos ara era stat aci lo dit En Boscha ab lo qual lo dit En Cavalleria era romas en tot apuntament sobre lo dit negoci. Venint en apres als altres afers e de major importancia car ab tota veritat haguem sentiment del dit Senyor Rey que li fonch admiracio que aqueix consistori se diverteixqua a fets e negocis privats quals son los den Cavalleria e dels altres sos companyons entre los quals es la diferencia dessus dita. Dixnos lo dit Senyor Rey en lo fet del consell e casa del Senyor Primogenit que ja nos ne havia dita sa intencio en la qual perseverava ço es que havia voluntat dispondre de les persones del dit consell e casa ab consell vostre en nom del Principat e ab entreveniment de la ciutat de Barçelona e dels altres regnes seus en que la tramesa del dit Senyor Primogenit en aqueix Principat fora molt presta. Per semblant dix que les provisions dels oficis de aqueix Principat eren ja en expedicio e que les veren aqui prestament realment e sens falla. En lo restant de la anada o aturada de la lllustrissima Senyora Reyna dix que sa Altesa no havia encara deliberat e que stava en perpleix de la dita deliberacio per quant havia bona voluntat en condescendre a vostres suplicacions en ço que bonament pogues fer pero que attesa la edat del lllustrissimo Primogenit no vehia com se pogues menejar que anas sens la dita Serenissima mare sua com facilment li poria succehir alguna indisposicio en sa persona en la qual trobarsi la mare era lo total remey apres la ayuda de Deu e no trobansi era cosa perillosa e de gran inconvenient a la persona del dit lllustrissimo Primogenit a la salut e conservacio del qual se devia molt attendre axi per lo dit Senyor Rey com per tots los subdits e vassalls seus qui poden veure que no hi ha altre sino aquest. Mes encara que on se deliberas de trametrel sol sens la dita lllustrissima mare sua ço que no era cosa factible ne bonament se pot dir no vehia lo dit Senyor Rey a qui bonament pogues esser acomanat per gelosies e passions que de aço insurtiren entre los catalans los quals tots ensemps no podien haver la custodia de aquell e convenia devenir a alguns de que los altres restarien en tanta descontentacio que de aço pervendrien assats diferencies e inconvenients. Per les quals rahons dix lo dit Senyor Rey que la sua Altesa no havia feta en aquesta part alguna deliberacio e que per conseguent dir no lans poria. Ne altra resposta poguem sobre aço haver de la Majestat sua de la qual partint nos per aquella hora vist que res noy havia nou que afreturas avis per correu deliberam sperar la resposta vostra a la letra que derrament vos havem tramesa e ladonchs de aço e del que apres succehiria avisar e consultar les reverencies nobleses e magnificencies vostres. E axi es stat fet. E discorrents aquests dies en los quals stam sperants la dita vostra resposta ha succehit que digmenge que comptavem XI del present mes la cort general de aquest regne en aquesta vila congregada apres missa solemne del dit dia ha jurat lo dit lllustrissimo Senyor Infant don Ferrando per primogenit e en sdevenidor Rey e Senyor apres los lonchs e benaventurats
dies de la reyal Majestat. En lo qual acte que es stat celeberrim e de molta solemnitat e festivitat fom demanats per la dita Majestat assistir en decoracio de
aquell e axi es stat fet donat e assignat a nosaltres loch decent e honorable en lo qual stiguem durant la celebracio del dit acte y ha succehit puix apres que hir que comptavem XIII del present la dita reyal Majestat nos trames demanar e venguts a la sua presencia nos significa com la sua Altesa havia hagudes letres del marques de Villena e altres en poder dels quals eren totes diferencies que son entre la Excellencia sua e lo lllustrissim Rey de Castella ab les quals letres los dessus dits significaven esser venguts a la frontera dels regnes per entendre e levar totes les dites diferencies e aquelles per via de lur facultat e poder metre en total repos. Suplicants los dessus dits plagues al dit Senyor Rey trametre fins a Taraçona la lllustrissima Senyora Reyna ab la qual poguessen sobre aquestes coses conferir e ab entreveniment seu venirne a la desijada fi de tranquilitat e repos. La qual cosa com hagues molt sguard al bon stament e pacificacio de tots los regnes e dominis del dit Senyor Rey e de la cosa publica de aquells dix lo dit Senyor Rey volernos aquella significar e no res menys sobre aquella demanar e voler lo consell nostre. Per nosaltres apres alguna deliberacio haguda sobre aço fonch a la sua Altesa respost quens eren a molta contentacio plaer e alegria totes coses que succehissen al seu servey e al bo e tranquille stat dels seus dominis e regnes e que regraciavem a sa Altesa com li plahia aço a nosaltres significar e comunicar ab humanitat e benignitat tanta. En aquella part empero del consell demanat per esser nosaltres sots ordinacio vostra diguem no poder satisfer e respondre lo que a nosaltres e a nostre ofici incumbia era tots temps suplicar la Excellencia sua per la tramesa del dit Illustrissimo Primogenit e de les altres coses per nosaltres supplicades juxta la ordinacio vostra. Les quals suplicacions iteravem e que si lo que de nou ocorria era causa alguna de diferir les dites supplicacions nostres plagues a la Majestat sua ab tal celeritat a tot provehir e dispondre que lo supplicat per nosaltres no rebes dilacio alguna com lo tal dilatar no succehis al seu servici ne al benefici de aqueix Principat en lo qual la sua Altesa devia molt attendre. Respos nos lo dit Senyor Rey que circa lo dit benefici stava la sua principal cura e que en alre mes no pensava e que lo repos e assossech de aquelles diferencies ab lo Rey de Castella eren lo total benefici de tots sos regnes e dominis en que aqueix Principat havia assats participi e que si entenera ab tanta cuyta per satisfer a tot que una hora de temps no si perdera. Partinchs donchs per aquella hora ab sa bona licencia de sa Majestat
sentim que la dita lllustrissima Senyora Reyna se dispon pera partir dema Deu volent. Es lo cami de aci a Taraçona de dues jornades o per alguna indisposicio sua per lo qual se fa portar en andes pora esser de tres jornades lo seu star lla se stima esser de III o IIII jorns tant solament e apres esser aci prestament tornada. Tot aço vos havem volgut significar a fi que si era causa de diferir o dilatar la anada del dit lllustrissimo Senyor Primogenit nous sia maravella. A nosaltres es vengut en admiracio com tant haveu trigat e trigau de respondre. E si vostres bones deliberacions per alguna causa se son diferides com en lo interim no havem haguda de vosaltres alguna letra per la nostra tal passio e desig volem prevenir e provehir al vostre. Tingaus molt reverends egregis nobles magnifichs e honorables senyors la Sancta Trinitat en guarda sua e de nosaltres ordenau lo queus placia. Scrita en Calatayu a Xllll de octubre del any Mil CCCCLX hu. - A tota vostra ordinacio prests los embaxadors del Principat de Cathalunya.

jueves, 14 de marzo de 2019

Libro quinto

LIBRO QVINTO
DE LA HISTORIA DEL REY DON IAYME DE ARAGON, PRIMERO DESTE NOMBRE,
LLAMADO EL CONQUISTADOR.

Capítulo primero. De lo mucho que el
Rey se afligía por no haber salido antes a hacer guerra a los Moros,
y del honesto descargo que para esto le daban los suyos.

Año
era de nuestra redención MCCXXVIII cuando el Rey, habiendo ya
cumplido los xx de su edad, y hallándose muy dispuesto para
ejercitar las armas, y que por eso tanto más deseaba extender con
ellas su nombre y fama por el mundo, andaba muy afligido y
descontento, por no haber aun salido de sus reynos, ni hecho cosa
alguna insigne en los extraños. Señaladamente por no haber
perseguido antes a los Moros vecinos a sus reynos, ni a imitación de
sus antepasados, tomado les por fuerza de armas algunas villas y
castillos para introducir la fé y nombre de Cristo en ellos: por
haber sido este su principal fin y designo, desde que comenzó y
reynar, y de cuando fundó la religión y orden de nuestra Señora de
la Merced para la redención de cautivos Cristianos. La cual le había
ofrecido como primicia de la general redención que había de hacer
dellos, conquistando los reynos de los Moros. Pues como desta
tardanza tuviese el Rey alguna manera de empacho, y mostrase dello
descontento, no faltaron algunos antiguos criados suyos que le habían
seguido en todas las jornadas que hizo desde que comenzó a reynar
(según algunos escritores lo significan) que se atrevieron con
buenas razones a distraerle de aquella su persuasión (
psuasió)
y prepostero sentimiento. Para esto se valieron de las que le
causaban empacho, para más abonarle el entretenimiento pasado: con
fin de darle mayor ánimo para llevar adelante su tan heroico
intento. Porque le mostraron claramente, como el haber salido antes
de sus reynos para tan importantes empresas de guerra, fuera tan
errado negocio, cuanto el entretenerse había sido del todo acertado,
y muy en su lugar y tiempo hecho. Pues antes, ni la edad, ni el
consejo, ni la autoridad y experiencia, que tan necesarias son para
llevar guerras en tierras extrañas, le acompañaban: ni la necesidad
que tuvo de dejar primero sus reynos apaciguados le permitían la
salida. Sino que le fue mucho mejor, con sus pequeños y bien regidos
ejércitos, pasar los primeros ejercicios de la milicia dentro de sus
tierras, antes que con muy grueso campo andar desvelado por las
ajenas: según que la experiencia lo trae, y la razón después de
bien considerado todo, lo aprueba. Porque de comenzar poco a poco, y
con pocos, a ejercitarse en la guerra: de ir en persona por general
de una hueste mediana: de ver depender de si todo el gobierno de
ella: claro está que a este le será forzado y también posible
llevar el cuidado de todos, y que pues los conoce, y va por lugares
conocidos, ya no por sus tenientes (como en los ejércitos grandes)
sino por si mismo podrá fácilmente no solo regirlos, pero en los
principales ejercicios de guerra hallarse presente ante todos. Como
es para ser en el concertar los escuadrones, y en el trabar de las
escaramuzas el primero: para según la ocasión y tiempo, así
presentar, o no, batalla a los enemigos: para darles muchas veces
alarma, y no por esto luego acometerles: para ponerse en celada, o
descubrir y falsear la de los otros. Finalmente para tener siempre
los ojos con la sospecha abiertos, y prevenir antes que ser
prevenido: con los demás ejercicios y advertimientos militares, que
por haber pasado su persona Real tan en particular por ellos, habían
sido ocasión y medio para pasarle de soldado a gran capitán, como
lo era. De manera que por haber empleado sus primeros ejercicios de
armas dentro sus reynos, como quien echa mayores raíces para dentro,
había sido como creciente de río represada, que al fin sale con
mayor ímpetu de madre: o como en las baterías de las ciudades que
solían dar contra el muro con las machinas arietarias, o
bayuenes:
las cuales cuanto más se retiraban , y con debido espacio se
entretenía, tanto mayor era la arremetida, y más terribles
encuentros hacían. Verificaban esto los mismos, con heroicos
ejemplos de los más célebres capitanes Romanos, señaladamente del
gran Scipion Africano. El cual se entretuvo por algún tiempo en
Sicilia, en la ciudad y puerto de
Saragosa,
para fabricar y trazar consigo mismo la presa de la ciudad de
Carthago. Porque cuanto más sin ruido daba orden en el aparejo de
sus machinas e instrumentos
bellicos
para la empresa, y con pocos soldados trazaba el pelear contra
muchos, tanto mejor salió de repente afuera, y con mayor gloria
alcanzó la presa y conquista de ella. Lo cual refiriendo Valerio
Maximo con muy grande admiración, concluye su dicho sabiamente con
esto, Que los ilustres y extremados ingenios, cuanto más se recogen,
tanto con más glorioso ímpetu sacan a luz sus cosas. Por donde
concluyeron su razón para más animar al Rey a poner en ejecución
sus generosos propósitos, con decir, que todo lo que la ciudad de
Saragosa en Sicilia en cosas de mar y tierra pudo aprovechar y valer
al Africano para la conquista de la ciudad de Carthago: en todo
aquello podía valer y servir al Rey para que cualquier conquista que
allende el mar quisiese emprender contra moros, la ínclita y antigua
ciudad de Tarragona, nobilísima colonia de Romanos, y muy celebrada
por las historias dellos, donde a la sazón el Rey se hallaba. De
cuyo asiento y comodidades grandes de mar y tierra para paz y guerra
hablaremos en el capítulo siguiente.

Capítulo
II. Del asiento, antigüedad y excelencias de la ciudad de
Tarragona.

La ciudad de Tarragona, que fue antiguamente cabeza
de la provincia Tarraconense, y de la España citerior, está fundada
sobre un cabo de monte que da sobre la mar al oriente, cuya población
antigua fue tan grande, que según fama, se extendía el monte abajo
por lo llano con mucho número de casas, hacia el puerto de Salou, el
cual mira al lebeche, y se le descubre entre levante y medio día.
Puesto que la ciudad, a respeto de su antigua grandeza y
vezinos,
agora es muy pequeña. Y porque entendamos la causa dello, brevemente
recorreremos lo que por los
Annales y
historias
de la corona de Aragón se
halla escrito de ella. Como desde la primitiva iglesia, cuando esta
ciudad por los méritos e intercesión de su gloriosa patrona santa
Tecla mártir, recibió la fé y religión Christiana, hasta por todo
el tiempo de los Godos, no solo mantuvo mucha parte de su población
y grandeza:
pero también en lo espiritual, fue cabeza de muchas
yglesias Cathedrales. Porque con la asistencia de su Prelado, y
suffraganeos,
que sin los de Cataluña, lo eran también los Obispos de Aragón,
Valencia, y Navarra, se celebraron en ella muchos concilios
provinciales, con decretos santísimos que en ellos se publicaron: y
que por la grande devoción que había de la misma santa fue su
iglesia, que es la mayor de la ciudad, muy venerada y amplificada de
muchos predios y dones, por los mismos Reyes Godos y otros devotos, a
ella concedidos. Hasta que sobrevino la general entrada y destrucción
(destruycion) que hicieron los Moros en España. Los cuales tomaron a
esta ciudad y la arruinaron y destruyeron de manera, que por algún
tiempo quedó yerma. Lo que fue ocasión para que el trato grande de
mar que en ella había comenzase a pasar a Barcelona. Teniendo pues
aviso desto el Papa Vrbano segundo (como lo refiere en sus Annales
Geronymo çurita) y considerando lo mucho que esta ciudad en tiempo
antiguo había florecido, y sido potentísima en lo temporal: las
muchas calidades y comodidades que tenía para poder volver a
sustentar el estado antiguo,que también tuvo en lo espiritual: luego
que entendió que los Condes de Barcelona habían echado los Moros de
ella y de todo el campo, restituyó en ella la silla Pontifical
Metropolitana, que antes tenía, dándole pastor y Prelado, y por sus
suffraganeas las siete iglesias Cathedrales de Cataluña, con las
demás, que como hemos dicho, ya se teñía antes. De ahí quedó
hecha cabeza de la que agora
llaman provincia en Cataluña.
Siguiose poco después que el Conde don Ramón Berenguer abuelo del
Rey don Alonso el segundo, viendo la ciudad tan mal parada y
despoblada, y que no la podía restaurar como debía, la dio con todo
lo temporal a la iglesia de santa Tecla y al Arzobispo S. Oldegario
que entonces era, y a sus sucesores: con fin que la reparasen, y
defendiesen de los Moros, y que se mantuviese con la autoridad y
devoción que a su patrona santa se debía. Lo cual efectuado, como
luego se hallase el Arzobispo empachado con el cargo y regimiento
secular la dio en feudo a un Barón principal de la tierra llamado
Roberto de Aguilon. Este de ahí a pocos años no la quiso tener,
sino que la restituyó a la iglesia, y al Arzobispo llamado don
Bernaldo. El cual finalmente volvió el señorío antiguo, y gobierno
temporal de ella, con ciertas reservaciones de rentas y derechos, al
Conde Berenguer, de esto reclamó Guillen Aguilon hijo de Roberto,
pretendiendo ser suya la ciudad en el estado que su padre la tuvo.
Sobre ello pleiteó con el Arzobispo que sucedió llamado Vgo de
Ceruellon, y hubo entre los dos tantos debates, y altercaciones
terribles
que el demonio fue parte para que el el Aguilon matase
al Arzobispo don Vgo, por defender los derechos de su iglesia. Y
acaeció que en el mismo año Thomas Becket (Thomas Becheto)
Arzobispo de Canterbury (Cóturbé) en Inglaterra fue martirizado
también por defender los derechos e inmunidades de su iglesia. Pues
como el conde don Berenguer procediese contra Guillé el matador,
privole de todo el derecho que pretendía, y echole para siempre de
la tierra. Por donde hubo nuevo concierto entre los Arzobispos y
Condes, de cierto mixto Imperio y gobierno de la ciudad, y por este
han pasado todos los Reyes sucesores hasta hoy en día: el cual
dejaremos de especificar, por ser ajeno de nuestro propósito e
historia. Pues ni aun lo de arriba se ha dicho a otro fin, que por
mostrar, no fue falta de la tierra, sino sobra de grandes ruinas y
persecuciones que pasaron por esta ciudad, el haber vuelto a tan
pequeña población, a respeto de su antigua grandeza. La cual aunque
la vemos en el monte recogida, allí está muy fuerte y bien
edificada, con su iglesia mayor, tan suntuosa y bien labrada, como
haya otra en la corona, y tan adornada de Prelado, dignidades,
cabildo y clero: que por eso, y ser su ciudad tan antigua cabeza de
la mayor provincia de España, puede tenerse por la más principal de
toda ella. Demás que por tener tantas iglesias suffraganeas, y haber
con ellas celebrado muchos concilios, como dicho habemos, con harto
buen título ha pretendido siempre el Primado de las Españas,
También por la liberalidad que con la ciudad usan sus Prelados, la
vemos en nuestros tiempos notablemente mejorada, a causa de la
universidad para todas sciencias, que de nuevo han fundado en ella.
Pues con el edificio de las escuelas, colegios, y hospitales que se
levantan junto al muro, por lo menos se halla un tercio más
acrecentada. Mas si volvemos a lo que ella por si misma vale y puede,
vemos que con la oportunidad del mar abunda de toda cosa. Así por la
gran copia que tiene de mucho y muy delicado pescado, como por el
gran concurso de naves en su puerto para ser proveída de toda
mercaduría. Porque en lo que toca a las demás provisiones y
auituallamientos, no le falta cosa de la vida. Mayormente por tener a
la parte del septentrión muy fértiles dehesas para el pasto, y
crianza de todo género de ganados, con mucha diversidad de caza y
montería. Y sobre todo por la extraña abundancia que de su gran
campo, que llaman de Tarragona, se le acarrea. El cual a vista de
ella se extiende hacia el poniente sobre una espaciosa y deleitosa
llanura, cercada de altos montes, y solo hacia el mar abierta, por
donde le entran los embates de él con mucha frescura. Es este campo
de si tan fértil, y con la muchedumbre de fuentes y acequias para su
regadío, tan aparejado y hecho a producir todo género de mieses, y
variedad de frutos, que de su tamaño no hay cosa mejor en la Europa,
y que por eso ha llegado a ser de lo muy poblado de ella: por las
muchas y muy grandes villas y lugares que en él se hallan, como
colonias fundadas por los Arzobispos, cuyo es el mando y señorío
del Campo. Y así como pueblos salidos de las entrañas de la
ciudad, la obedecen y proveen de todo lo necesario. De suerte que se
conoce, como a causa de tan buenas comodidades y auituallamientos que
esta ciudad alcanza por su campo y puerto, tuvieron antiguamente los
Romanos, sus procónsules y ejércitos alojados en ella, como cabeza
y fortaleza puesta para la defensa y gobierno de su provincia
antigua, que comprendía la mayor parte de España, para de allí
hazer rostro a los Carthaginenses, sin dejarles entrar, ni poner el
pie en ella. Por esto la fortificaron muy bien, entre otros, los dos
Scipiones que mucho tiempo residieron en ella, y no solo la dotaron
de los privilegios y prerrogativas de las ciudades de Italia, pero la
ennoblecieron grandemente, con muy ilustres e insignes edificios de
Theatros, tropheos, sepulchros, y templos, con otras muy magníficas
y suntuosísimas obras, de las cuales quedan admirables vestigios y
señales. Mayor nombre de los que se descubren hoy en día cavando
debajo tierra, que son tan grandes, tan profundos, y conformes a los
edificios antiguos que por ellos se muestra realmente como está una
ciudad sobre otra, y que por las ruinas de ella ha venido a ser
manifiesto
que por ventura era llano. Puesto que la obra costosísima de los
conductos que hicieron para traer el agua de muy lejos y que hoy
vendría (
vernia) cauallera
a la ciudad, señala, que parte, o lo mejor de ella, o su alcázar,
estuvo edificado en alto. Como se ve por los arcos que pasan y
atraviesan de monte a monte, y aunque están rotos en algunas partes,
no por eso se tiene por difícil del todo ni demasiado costosa la
restauración y reparo dellos. Y es cierto que restituyéndose el
agua a la ciudad, mejoraría notablemente, y la población se
acrecentaría. Ni hay porqué dejar de hacer memoria de otra
maravillosísima obra que los mismos edificaron, y fue al muelle, o
puerto fabricado, que al pie del monte hicieron en la mar, para
encerrar en él las galeras y otros bajeles pequeños, que en Salou
no se tenían por seguros. El cual estaba hecho a semejanza de otro
de Roma, con el mismo artificio, junto a Ostia a las bocas de Tiber,
delante un pueblo que por razón del puerto, se llama Portu, y de no
haberse frecuentado el uno ni el otro, están los dos casi ciegos,
pero no imposibilitados para ser restituidos en su primer estado.
Concluyamos pues, que por las mismas causas y fines porque los
Romanos se aprovecharon del asiento y campaña, del mar y puerto de
esta ciudad, con las demás comodidades dichas: por las mismas
también los Reyes de Aragón y Cataluña se valieron desta, para
fabricar y poner en orden sus armadas, y hacer sus salidas y empresas
por mar. Por las cuales llegaron los Cathalanes a ser tan señores, y
temidos por la mar, que yendo en corso contra infieles, siempre
volvían muy prosperados y ricos. Mas porque la armada que en esta
ciudad y puerto se aderezó (adreço) para la empresa de Mallorca por
orden y mandado del Rey, fue de las más principales que Catalanes
hicieron, será bien que descubramos la ocasión y motivos, que al
Rey se ofrecieron dentro la ciudad, para emprender esta conquista,
con el favor y ayuda que tuvo de Cataluña para también acabarla.






Capítulo
III. De la nueva ocasión que al Rey se ofreció para la empresa de
Mallorca, con el convite (cóbite) de Pedro Martel, y de lo que
respondió al Rey sobre la pregunta de las Islas, vecinas a
Tarragona.


Apaciguados los alborotos, alteraciones y
bandos que en los dos reynos de Aragón y Cataluña había , así de
los vasallos contra el Rey como de los pueblos y vasallos contra
vasallos: y restituida la Condesa Aurembiax en su estado de Urgel con
el favor del Rey, y por su mano casada con don Pedro de Portugal:
partió el Rey de Lerida (como dijimos antes) para Tarragona, y
llevando consigo a don Nuño Sánchez (el cual por muerte de su padre
el Conde don Sancho, había sucedido en el condado de Rosellón con
el de Conflent y Cerdaña y otros pueblos) y a don Vgo Conde de
Ampurias, a don Guillen de Moncada Vizconde de Bearne en la Gascuña,
con otros señores y Barones de Cataluña, entró en la ciudad con
mucho triunfo, por el grande recibimiento que en ella se le hizo. A
donde a causa de visitarle, concurrieron muchos principales hombres
de las ciudades y villas de los dos reynos, con otras gentes, que de
todas partes venían, a darle gracias por la general y tan deseada
paz, que por su mano gozaban todos. De manera que estando la ciudad
muy puesta en recrear al Rey con juegos, espectáculos, y
representaciones de las que allí antiguamente se usaban, Pedro
Martel ciudadano principal y rico, del número de los del consejo y
regimiento de la ciudad, hizo al Rey, y a todos los grandes y barones
de los dos reynos, que allí se hallaban, un
convite
solemnísimo, y muy espléndido, a uso y costumbre de la tierra.
Porque suelen los Catalanes, que de suyo son medidos y concertados en
el comer, y gente de pocas palabras, y muchas manos, convidar muy de
tarde en tarde, pero magnífica y espléndidamente. Tenía Pedro
Martel su casa donde fue el convite al cabo de la ciudad, y el
asiento y cuadra donde se celebró la fiesta del, en una muy
espaciosa y descubierta galería, que demás de estar muy bien
aderezada (adreçada), daba sobre la mar. De donde a todas partes se
descubría una muy larga y extendida vista. Pues como fuese la comida
opulentísima, y cual al convidado se debía, alzados los manteles,
cuando después de contento y saciado el apetito y gusto, también
buscan los otros sentidos sus pastos y adecuados objetos, de música,
de buenos olores y espectáculos, que suelen en aquella hora ser muy
acceptos, y que no faltaron, volvieron todos los ojos a contemplar la
mar, que siempre
hinche
la vista, y la recrea más que otra cosa. Y estando con gran silencio
comenzó el Rey a preguntar, qué Islas había por aquel mar más
cercanas a la costa de Cataluña, y cuan grandes y bien pobladas
eran, y pues sabía que todas las poseían Moros, qué trato seguro
tenían con ellos los Cristianos, siendo tan infestado aquel mar de
corsarios infieles, que no solo robaban a cuantos bajeles encontraban
de Cristianos, pero aun cautivaban a la gente, y según las quejas
que de esto llegaban a sus oídos debía ser el daño mayor de cada
día. Entonces se levantó en pie Pedro Martel, por ser el hombre que
más había navegado por aquellas partes, y tenía bien vistas y
reconocidas todas las Islas del mar mediterráneo: y hecho su debido
acatamiento al Rey, y a los demás (como quien pide licencia para
hablar primero) respondió desta manera. Rey y señor nuestro, las
Islas pobladas, y más propinquas a Cataluña son cuatro. Las dos que
llamaron los griegos Baleares, le dicen Mallorca y Menorca, y las
otras dos que están más conjuntas a la tierra firme en derecho del
Reyno de Valencia, que también los Griegos llamaron Pityusas, son
Yuiça y la Formentera. De todas estas, Mallorca es la mayor y más
fértil y poblada, y en segundo grado Menorca, que dista poco de
ella. Son todas pobladas de Moros, súbditas, y que obedecen al Rey
que se intitula de Mallorca, en donde reside de contino, y tiene sus
Xeques como gobernadores puestos en cada una de las otras. Son muy
fértiles y abundantes de todo lo que importa para el mantenimiento
humano: y con todo eso salen de allí grandes corsarios por la mar a
causa del aparejo que tienen para hacer armadas, con las cuales hacen
robos y daños grandes a cuantos navíos encuentran de Cristianos.
Porque a los que cautivan tratan con grandísima crueldad si no
reniegan la fé para ser moros: y entre otros es este reyno el más
molestado y perseguido de ellos. Mas si los reyes de España se
juntasen con buena armada para conquistarlos, no se tiene por
imposible salir con la empresa. Y es cierto que tomadas estas Islas,
no solo se limpiaría nuestro mar de corsarios, y sería la
navegación segura y muy provechosa para la Cristiandad: pero con
poca armada de galeras que se pusiese en ellas, se impediría el paso
a los Moros de África, para que no pasasen tan a su salvo a
favorecer a los de Valencia y Granada, para la ruina de los reynos
circunvecinos de Cristianos. Porque como son Islas tan fértiles de
pan, vino, y aceite, y de todo género de ganados con lo demás
necesario para abastecer y sustentar ejércitos: y que sin eso
abundan de madera y metal para hacer naves y galeras, podriase muy
bien de allí por mar, y de Cataluña y de Aragón, por tierra
emprender la conquista del reyno de Valencia. De manera que quien
fuere señor destas Islas no solo lo será absoluto deste mar de
España, pero hará muy prósperos y ricos a estos reynos: y les
abrirá el paso para ir más al seguro a dar con sus armadas en la
costa de Berbería (Berueria). Como acabó Pedro Martel su
razonamiento, todos los convidados
platicos
de mar que le oyeron, aprobaron su buen discurso y parecer, y con más
razones lo confirmaron, facilitando mucho al Rey la conquista: así
por el grande aparato de armada y municiones que en Cataluña tenía
para emprenderla: como por lo que se entendía de la afición y buena
gana con que la gente Catalana le seguiría en esta jornada, por ir a
vengarse de los Mallorquines Moros, por tantos robos y daños dellos
recibidos. Mayormente por haber tentado tantas veces de emprenderla
sus Reyes antepasados, y nunca proseguido la empresa: que parecía
quedaba, por la voluntad divina, reservada a él: para que echada de
allí la impía secta de Mahoma (siendo este su principal fin y
deseo) fuese por su mano introducida en ellas nuestra santa fé
Catholica.





Capítulo IV.
De la nueva ocasión que
Retabohihe
Rey de Mallorca dio para que se le moviese guerra, y de lo que la
Isla era en tiempo de los Reyes Moros.


En este medio que
el Rey se detenía en Tarragona, se ofreció una nueva ocasión dada
por el Rey de Mallorca, que puso en mayor obligación al Rey para
tomar muy de veras esta empresa, como se entenderá por lo que se
sigue. Había pocos días que reynando en estas Islas Retabohihe
Moro, sus corsarios de Menorca saliendo en corso (como solían) a
robar, encontraron con ciertas naves de mercaderes Catalanes que
venían de hacia el poniente de Sevilla, cargadas de muy rica
mercaduría, y aunque a los principios hicieron alguna resistencia,
pero como el poder de los corsarios fuese sobrado, por salvar la
principal mercadería que son las vidas, se rindieron y entregaron
con sus naves a ellos: y luego los llevaron con toda la presa a
presentar a Retabohihe a Mallorca. El cual se holgó mucho con tan
buena presa, y hinchió su palacio de lo bueno y mejor de ella,
dejando para los cosarios, se aprovechasen, del rescate de los
cautivos. Pues como se supo todo esto en Barcelona, y era pérdida
que tocaba a muchos, la ciudad hizo gran sentimiento de ellos: y de
presto formó su embajada, empleando el nombre del Rey, para el de
Mallorca, rogando le tuviese por bien de mandar a sus corsarios
restituyesen las naves con los marineros gente, y mercadería que
habían tomado de mercaderes Catalanes, por mayor conservación de la
antigua amistad, que entre Mallorca y Cataluña había: que
haciéndolo, obligaría mucho al Rey de Aragón para gratificarle con
otra cortesía, por la que en esto haría a los Catalanes sus
vasallos. A lo cual respondió Retabohihe con gran cólera y
soberbia: de qué Rey es esta demanda que traes? Es, dijo el
embajador, del Rey don Jaime de Aragón, hijo de aquel gran Rey don
Pedro, que hallándose con su ejército en la famosísima batalla de
Vbeda contra los ejércitos de los moros de África y España, en
compañía de los Reyes de Castilla y Navarra, fue gran parte para
los sojuzgar, y alcanzar gloriosísima victoria de ellos. Como oyó
esto Retabohihe se encendió en tanta saña contra el embajador, y
con tan airado rostro le maltrató de palabras, que faltó poco para
mandarle echar por las ventanas. Pero aplacado por los suyos que
escuchaban al embajador por sus libertades, mandó que por horas se
saliese de la Isla, y sin esperar más respuesta se embarcó y partió
de ella. Este llegó a la sazón a Tarragona, y contó puntualmente
ante el Rey, y los de su Corte, lo que en su embajada le aconteció
con el Rey de Mallorca, y el soberbio y desenfrenado ímpetu con que
le echó de la Isla, sin darle otra respuesta. Lo cual oído por el
Rey, de común acuerdo y parecer de todos, se concluyó, que la
guerra contra Retabohihe y sus Islas era justa, y que se pregonase a
fuego y a sangre, así por relevar de tan continuos daños y gruesas
pérdidas a la gente y costa de Cataluña: como por librar millares
de cautivos Cristianos que estaban detenidos en ellas: principalmente
por introducir la fé y religión Cristiana en ellas. Con esta
deliberación y sentencia quedó determinada la guerra contra estas
Islas. De las cuales brevemente tocaremos lo que fue de ellas estando
en poder de Moros. Como habían sido sojuzgadas dellos, del tiempo
que entraron y destruyeron a España. Cuyos Reyes vivían muy
disolutamente como tiranos: pues no contentos de la gran riqueza y
fertilidad de ellas, hacían sus armadas, y por mano de cosarios, que
salían en corso cogían cuantas naves y bajeles encontraban de
Christianos: cautivando las personas y robando para el Rey toda la
mercadería y naves que llevaban. Por esta causa se fundaron tantos
castillos y torres por la costa destas Islas. Señaladamente por la
de Mallorca que está llena de puertos y calas, y quedan hoy en día
por atalayas, para descubrir los navíos que por tormenta, o por
otras necesidades tocaban en la Isla, para luego cogerlos. Y así

son tantos los castillos y torres de las atalayas, que a la vista
parece a los navegantes que es la más poblada Isla del mundo. Por lo
cual y ser ella tan rica y abundante, como en los dos libros
siguientes mostraremos, fue tan preciada de los Cosmographos que la
llamaron la Isla dorada, y en las tablas Geographicas, la pintaron
dorada, a imitación de la Aurea Chersoneso de Asia, que llaman la
provincia de Calicut. En esta Isla que es la mayor de todas, residían
los Reyes Moros con su corte, las demás eran súbditas a esta, y se
regían por los Xeques, o gobernadores que el Rey ponía en cada una
de ellas. Los cuales eran grandes corsarios, y tenían tanto dominio
sobre el mar de su comarca, que de sus manos muy pocos navegantes
escapaban. Lo cual era en muy grande afrenta de los Reyes de España,
y mucho más para los de Aragón y Cataluña por no haberlas
sojuzgado antes. Puesto que las continuas guerras que tenían con los
de Valencia y de Granada
no les dejaba emprender jornada fuera de
sus reynos.


Capítulo V. Como el Rey tuvo cortes generales
en Barcelona, y del gran razonamiento que en ellas
hizo para
persuadir la guerra de Mallorca.

Como acabó el Rey de
entender la tiranía y mal trato del Rey de Mallorca, y las continuas
presas y daños que sus corsarios hacían de cada día contra las
haciendas de los mercaderes, por mar y en la costa de Cataluña, de
suerte que ya eran absoluto señores del mar mediterráneo de España:
propuso determinadamente en su ánimo de llevar a delante esta
conquista. Para ello mandó convocar cortes generales a Catalanes en
la ciudad de Barcelona para el mes de diciembre siguiente. Acudieron
a ellas todos los Prelados, y Abades señores de vasallos, con todos
los grandes y señores de título, y Barones del reyno: juntamente
con los Síndicos de las ciudades y villas Reales: con poderes
bastantísimos, para entrevenir y consentir en todo lo que el Rey
para tan santa y provechosa
empresa para el reyno, pidiese, y en
las cortes se determinase. Llegado el plazo y congregados todos, se
ayuntaron en el palacio real, adonde después de dada por cada uno,
según su orden y grado, la obediencia al Rey, estando sentado en su
Real solio, vestido de púrpura, con su cetro (sceptro) en la mano, y
las demás insignias reales, habló en voz alta y suave que la podían
oír todos, desta manera. Fieles vasallos, de vuestro gran concurso y
alegre rostro con que os veo aquí todos congregados, vengo a juzgar,
que os ha de ser muy grato y acepto todo lo que hoy, por grave que
sea, he de proponeros. Mayormente por la experiencia que de mí
tenéis, que ni he jamás demandado cosas que no pudiessedes muy bien
cumplir, ni otras algunas sino las que para mí son honrosas, y para
vosotros útiles y provechosas. Cuanto más, que la que propondré
(proporne) agora, puesto que se encara para la comodidad y ampliación
de nuestros reynos y señoríos: nuestro principal fin es para mayor
ensalzamiento y dilatación de nuestra fé católica, con la
extirpación de la perversa secta Mahometica. Porque estas tres cosas
son las que desde que comencé a reynar propuse en mi ánimo de
llevar siempre adelante. Y si las ocupaciones que hasta aquí he
tenido, en asentar las diferencias y altercaciones de nuestros reynos
no me lo estorbaran, sin duda saliera con ellas. Mas pues al presente
se nos ofrece la ocasión tal, con la desocupación que deseamos,
para entrar en la demanda: es menester, que tomando el favor divino
por nuestra verdadera guía, y vuestra ayuda y fuerzas por
compañeras, os dispongáis a proseguir con nosotros la cruel guerra
que por mar y por tierra determinamos mover contra los infieles
Moros. Y que pues aún no es llegada la sazón y aparejo que se
requiere para mover la contra los de tierra firme, pasemos primero
con buen ejército la mar,
y los echemos de las Islas de Mallorca
y sus circunvecinas. Así para librar a esta ciudad y reyno de los
daños que recibe de ellas: como para dedicarlas al nombre, y fé
santa de nuestro Señor Iesu
Christo, y su bendita madre: y para
incorporarlas en nuestros reynos de la corona.
Porque si bien lo
miráis, los Moros de todas estas Islas mayores perros y enemigos
vuestros son, y mucho más perniciosos para vuestra navegación y
tratos de mar, que los que tenemos en tierra firme vecinos, Pues no
solo os privan del trato y comercio, no consintiendo que os alegéis
(allegueys) a ellas, ni os valgáis de su increíble fertilidad y
copia de mantenimientos para beneficio destos reynos: pero aun con
las continuas correrías que sus corsarios hacen por mar contra
vuestros
vaxeles y mercaderías, y por tierra robando la costa,
os causan muchísimos daños, cautivándoos las personas, y por el
rescate,
llevando se os
lo mejor de vuestras haciendas. De manera que si salimos
con la
empresa: demás de los provechos grandes que sacaréis de ellas,
seguirse han dos cosas importantísimas. La una que aseguraréis
vuestra navegación y costa de los corsarios dellas, y de los de
África, con la buena armada que pondremos en ellas. La otra que con
este nuevo señorío, facilitaremos la empresa de Valencia. Y aunque
a la verdad vemos ser esta conquista muy difícil y ardua, y no menos
costosa que trabajosa, porque se hace por mar, cuya experiencia no
tenemos, y por esto nos será algún tanto lícito el temerla: pero
confiando en lo mucho que vosotros en el arte del navegar y pelear
por mar, excedéis a las otras naciones, y el poder y fuerzas que
para proveer de gente, armas, y dineros tenéis: demás que pelearéis
por vuestra común utilidad y provecho: no hay duda, sino que en todo
nos valdréis de manera, que tendrá (
terna)
muy próspero suceso esta jornada. Mas porque aprovecharía poco
mover guerra por defuera, no quedando la paz firme en casa, ha se de
procurar cuanto a lo primero, que todas las diferencias y discordias
así públicas, como secretas, que andan sembradas por el Reyno,
entre gente que no atiende sino a inquietarse los unos con los otros,
que ante todas cosas, mediante nuestra autoridad y decreto, se
asienten y apacigüen. Para que pacificados entre si los ánimos de
esta gente distraída, revuelvan, y encaren todo su furor e ir a
contra los Moros de esta conquista. Pues es muy cierto que terna poca
fuerza la guerra movida contra Moros. que no fuere nacida de la
concordia firme
dentre
Christianos.





Capítulo VI.
Como fue aprobada por todos la proposición de la conquista, y de lo
que el Reyno, Prelados, Señores y Barones ofrecieron para ella, y de
la general paz que se hizo por toda Cataluña.


Acabado el
razonamiento del Rey, súbitamente se oyeron grandes voces de aplauso
y contentamiento por toda la congregación, alabando mucho los buenos
fines y determinaciones del Rey, con la general aprobación de su
demanda. Y así luego se levantaron en pie los prelados que allí se
hallaban, el Arzobispo de Tarragona, y Obispos de Barcelona y Girona
con los Abades, y de uno en uno fueron con palabras santas y de mucha
afición (cuales refiere el Rey en su historia) a darle gracias por
tan santa, y útil demanda, y tan enderezada al servicio de Dios, y
bien común de sus reinos: ofreciéndose de acompañarle y seguirle
en ella con sus personas, o de ayudarle según la posibilidad de cada
uno, con gente y dineros para esta guerra. Y así por contentar al
Rey, y que se quitasen todos los estorbos para la ejecución de la
empresa se determinó en las mesmas cortes, se hiciesen treguas y
universal paz entre todos los del reyno: no embargante cualesquier
diferencias que hubiese
entrellos,
so pena de la vida, o destierro perpetuo, para los que rehusasen la
paz y tregua. Las cuales se pregonasen desde el río Cinca donde
entra el Ebro, hasta la fortaleza
de Salsas, de allí al río de
la Cenia, volviendo al mismo río Cinca. Porque toda Cataluña se
contiene dentro de una figura triangular, cuyas dos lineas
colaterales salen de Cinca. La una por las raíces de los Pyrineos la
vía de Salsas hasta el mar, hacia el levante, la otra va Ebro abajo
hasta el río de la Cenia al medio día. De donde comienza la basis o
fundamento del triángulo, y vuelve por la costa de la marina de
Tortosa, Tarragona, Barcelona, Girona, y Rosellón hasta dar en
Salsas. Lo segundo fue que por tan justas y honestas causas y razones
y tan evidente provecho y utilidad del reyno, se otorgase para esta
jornada el tributo del bouage, del cual hablamos en el precedente
libro, que pues se solía dar a los Reyes el primer año de su
Reynado, y no se les negaba cuando se ofrecían algunas muy grandes
necesidades, que por ser esta para tan gran beneficio del reyno, y
servicio del Rey, cuanto podía ser otro, se le otorgase para esta
guerra. Este tributo, como dijimos, no dejaba de valer mucho en aquel
tiempo, a causa que todos criaban ganados mayores y menores, y daban
tanto por cabeza, con lo demás que se acostumbraba por las
haciendas. Y como el fin de los capitanes no era de acumular para si,
sino de vencer, y no alargar la guerra, bastaban estos tributos para
los gastos de ella. Junto con esto los señores de título, y los
ricos hombres, y barones del reyno, prometieron de ayudar al Rey en
esta empresa liberalísimamente. Porque el conde de Bearne ofreció
de seguirle con CCCC hombres de armas, con su persona, a su propia
costa. Y don Nuño Sánchez ofreció su persona con cierto número de
caballos ligeros a su costa, y admitió por todos sus estados de
Rosellón, Conflent y Cerdaña se publicase y ejecutase el edicto de
la general paz y tregua, y también consintió en el tributo del
bouage por todas ellas. Tras estos todos los señores y Barones, y
luego las ciudades y villas Reales, a competencia ofrecieron de
servir y seguir al Rey con gente y dinero.












Capítulo
VII. Como se pregonó la guerra contra Mallorca, y de las
capitulaciones que se hicieron conforme a los sucesos de ella.


Luego se pregonó por todos los reynos de Aragón y Cataluña,
y también por Mompeller, y
la Guiayna, la guerra contra
Mallorca: y se hizo mucha gente de a pie y de a caballo. Señalose el
plazo para el embarcar de allí a cuatro meses, que sería para los
XIII de mayo siguiente. Y el lugar, en la ciudad de Tarragona, y
puerto de Salou, a donde se habían de juntar todas las naves y
galeras: para lo cual se había ya hecho general embargo de ellas por
todos los puertos de Cataluña, porque estuviesen a punto para dicho
plazo. Así mismo para más atraer y asegurar los ánimos de los
capitanes y soldados, mandó el Rey ordenar y sacar en pública forma
las condiciones y estatutos que se habían de observar por todos en
el discurso desta guerra, prometiendo él por su parte de cumplirlos
al pie de la letra, debajo su real fé y palabra. Y así los
publicaron, y contenían lo siguiente. Lo primero que con todos
aquellos que a su propria costa, con sus personas, o con gente de a
pie, o de a caballo, o con sus navíos, o galeras, o con aparatos
navales, seguirían el ejército del
Rey, con todos: y con cada
uno se había de hacer partición de cuanta presa y despojos se
ganasen, así de la campaña como de pueblos de enemigos, guardando a
cada uno su proporción según los gastos y servicios en la guerra
hechos, y según el tiempo que comenzó y perseveró en hacerlos. Lo
segundo, que de todo lo que se adquiriese por la guerra, así de
tierras y campos, como de lugares y pueblos grandes y pequeños, se
hiciese la división entre los señores y capitanes del ejército,
conforme a la misma razón del tiempo y gastos, y según por su
calidad a cada uno le pertenecía. Reservando para el Rey y corona
Real la mayor parte, y también las casas reales, palacios grandes,
dehesas, con los prados, huertas y jardines principales, que en las
ciudades, villas y otros cualquier lugares se hallasen: juntamente
con los castillos y pueblos fuertes, como cosas necesarias y
pertenecientes a la corona real, a efecto de poner en ellos su
guarnición y gente de guarda para la defensa del reyno. Y también
para que teniéndolas a su mano, y siendo señor dellas, pudiese
mejor igualar y allanar las altercaciones que en el repartir de los
despojos suelen seguirse, prevaleciendo a la razón y derecho las
armas. Que mediante su autoridad, y el juicio de hombres buenos, se
decretase todo conforme a razón y justicia. Para lo cual nombró por
jueces árbitros a Berenguer Palou, o Palauesin (como otros dicen)
Obispo de Barcelona, persona insigne en letras y en santidad de vida,
y a los Condes don Nuño de Rosellón, y don Vgo de Ampurias, a don
Guillén Vizconde de Bearne, don Ramón Folch Vizconde de Cardona,
don Guerao Conde de Cabrera, el cual, aunque privado del condado de
Urgel, no por esto le faltó poder con su hábito de Templario, para
seguir al Rey en esta, y otras jornadas. Añadiose a los decretos que
los Prelados, Arzobispos y Obispos, que a sus costas ayudasen con
gente en esta jornada, demás de los diezmos y primicias que por
derecho común y divino se les debiesen acogidos y llamados para la
general repatriación de los despojos, y de las tierras y lugares,
como de los demás en la forma dicha.
Otrosi
que para la fábrica y edificio de los Templos, que tomadas las Islas
se tenían que edificar para el culto divino, se les señalasen con
las competentes y rentas a arbitrio de los mismos jueces. Últimamente
deliberaron, porque no quedasen las Islas desiertas, que los Barones,
y otros caballeros, a quien por su parte y porción les hubiese
cabido algunas villas, o lugares, fuesen obligados a residir
personalmente en ellas, o dejar otros en su lugar: otramente fuesen
luego sus villas y lugares incorporados en la corona real. Estas
fueron las condiciones y capitulaciones que para la buena y concorde
ejecución desta guerra y empresa se ordenaron. Estando a todo esto
presentes el Rey, y los señores, y Prelados, con los demás
nombrados en las Cortes, y aceptando los jueces árbitros el cargo de
las reparticiones. Con esto se concluyeron las Cortes, y el Rey dio
licencia a todos volviesen a sus tierras por mejor ponerse con orden
para la jornada, y acudir al plazo y puerto señalado.













Capítulo VIII.
Como el Rey fue a Tarazona, y halló de paso en Calatayud a Zeyt
Abuzeyt, Rey de Valencia, y de las causas de su venida, y favor que
se le dio para cobrar su reyno.

Entre tanto que pasaba
todo esto en Barcelona, y el Rey andaba muy puesto en el aderezo de
la armada para la empresa, y en dar prisa en collectar el bouage,
entendió como era llegado a Tarazona, Ioan, Cardenal de santa
Sabina, a quien el Papa Gregorio IX, enviaba por Legado a latere con
muy grandes poderes y facultades para tratar y concluir negocios muy
arduos con el Rey, señaladamente para declarar sobre el divorcio que
había puesto contra la Reyna doña Leonor el mismo Rey. El cual
luego se puso en camino, acompañado de algunos Prelados y grandes de
Aragón que se hallaban con él en Barcelona. Como llegase de paso a
la ciudad de Calatayud, la cual como en fertilidad y belleza de
tierra, en nobleza y autoridad de ciudadanos, y grandeza de comunidad
y pueblos que se rigen por ella, sea la segunda de Aragón, hizo muy
gran recibimiento al Rey: el cual tuvo en mucho los buenos servicios
que los pocos días que se detuvo allí se le hicieron: donde fue
avisado como Zeyt Abuzeyt Rey de Valencia con pocos de a caballo
había entrado en la ciudad, y pedía con instancia le llevasen ante
el Rey, porque tenía que tratar con él negocios de grande
importancia. Como oyeron esto los que iban con el Rey, maravilláronse
mucho de esta novedad. Pero el Rey que ya sabía la causa de la
venida de Abuzeyt, alegroles con decir estuviesen de buen ánimo,
porque con la llegada deste se le abría la entrada del reyno de
Valencia, por haber recibido poco antes cartas del mismo, con las
cuales muy en secreto le avisaba de parte suya y del Príncipe
Abahomad su hijo, lo mucho que deseaban los dos tener amistad y
alianza con él, y verse * para comunicarle cosas muy graves, y que
cumplían mucho a todos, mas les dijo, que como los de Valencia
hubiesen entendido algo destas cartas, y por ellas sospechado de él
cosas contra su secta, y seguridad del Reyno, comenzaron a indignarse
contra él; y por eso antes de verse, con algún trabajo, se había
salido secretamente del reyno a verse con él. Esta fue la causa de
la venida de Abuzeyt, según refirió el Rey, y lo escribió en su
historia. Pero el Obispo de Burgos, que compuso la historia general
de Castilla en lengua Latina, muestra como fue mayor la causa de la
venida de Abuzeyt, diciendo como este, no solo escribió al Rey de
Aragón, pero que envió a Roma embajada secreta al sumo Pontífice,
significándole como estaba muy dispuesto y aparejado para hacerse
Cristiano, y que daba por testimonio desta su voluntad firme, haber
ya mucho tiempo que no usaba
de la crueldad que solía con los
cautivos Christianos, ni de hacer entradas, ni robos en tierras de
ellos. Y que como fue descubierta esta embajada y cartas, uno de los
principales del reyno llamado Zaen, con el favor de otros, echó a
Abuzeyt del Reyno, y se alzó con él. De manera de llegado a
Calatayud y entrado a ver al Rey, fue recibido por él, y por todos
con mucha honra y real respeto, como el Rey lo mandó. Declarado por
Abuzeyt el ánimo y afición que al Rey, y a los Christianos tenía,
y lo mucho que certificaba se haría Cristiano luego que cobrase el
reyno, comenzó a pedir favor y socorro al Rey para cobralle:
prometiendo y protestando que cobrado que le hubiese, se
lo
entregaría, porque Abahomad su único sucesor e hijo también estaba
en lo mismo. Y tenían por muy cierto que mucha parte del reyno en
sabiendo que se valía del favor y ayuda del Rey de Aragón, se
declararían por él contra Zaen, al cual no querían tener por
señor. Como oyó esto el Rey, tuvo su consejo, y entendiendo la
verdad y llaneza con que Abuzeyt trataba su negocio, y que era muy
creíble que pondría en ejecución y cumpliría lo que prometía:
concluyeron, que vista su justa demanda y afición para ser
Cristiano, debía ser oído y creído, y que no había porqué
negarle el favor y socorro que pedía, y así convenía ayudarle con
gente y armas. Porque de esta manera poco a poco se comenzaría la
conquista de Valencia, y sería hacer gran prevención para la de
Mallorca.
Porque entreteniendo con esta guerra, aunque lenta, a
los Valencianos, ningún socorro ni ayuda osarían dar a los de
Mallorca. Ni tampoco los de Murcia y Granada viendo a sus vecinos los
de Valencia puestos en guerra dejarían de favorecer a ellos por
acudir a los de Mallorca. Y así llamado Abuzeyt, el Rey se le
ofreció liberalísimamente, y prometió luego valerle con gente y
dinero.


Capítulo IX. Del socorro que dio el Rey a
Abuzeyt para cobrar su reino, y fue por capitán de él don
Blasco
de Alagón, del cual fue esta la causa de su entrada en el reyno, y
no la que otros dicen.

Determinado ya el Rey o los de su
consejo de favorecer a Abuzeyt para cobrar su reino, y que poco a
poco fuese recogiendo lo perdido: o si quiera entretuviese la guerra
hasta que el Rey, acabada la conquista de Mallorca, emprendiese la de
Valencia, y se valiese de Abuzeyt y sus amigos para pasar delante. Y
así entendieron en hacer las capitulaciones y conciertos que se
habían de observar en el proseguimiento de la guerra, sobre lo que
el uno al otro se prometieron. Primeramente que todas las villas y
castillos que Abuzeyt cobrase, las cuales por la antigua división de
los Reynos tocasen a la corona de Aragón, que la cuarta parte de lo
conquistado con todos sus derechos y pertinencias, recayese a la
señoría del Rey. Que las fortalezas de las villas que se ganasen,
se pusiesen en poder de caballeros Aragoneses, y las que tomasen
fuera de la división, fuesen de Abuzeyt. El cual por hacer valederos
y firmes los conciertos, prometió dar en rehenes seis villas de su
reino con sus fortalezas en los confines de Aragón y Cataluña: que
fueron Peñíscola, Morella, Cullar, Alpuente, Xerica y Segorbe.
También el Rey prometió de su parte valer y defender a Abuzeyt con
todo su poder, y dar en rehenes a Castielfauich y Ademuz, dos villas
fuertes con sus castillos, muy propincuas al Reyno de Aragón, las
cuales el Rey don Pedro su padre había ganado por fuerza de armas en
el Reyno de Valencia: condición que dos caballeros Aragoneses
tuviesen las fortalezas y tenencia dellas por Abuzeyt. Puesto que no
hallamos que pasase en efecto el entrego de las unas, ni de las otras
conforme al concierto. Desde entonces comenzó Abuzeyt a entender en
la recuperación del Rey no con el pequeño ejército que el Rey le
formó: dándole por capitanes a don Blasco de Alagón, y a don Pedro
Azagra señor de Albarracín, con la gente de caballo de Teruel. Y
cierto que parece esta más verdadera causa de la entrada y
detenimiento de don Blasco en el reyno de Valencia, que la infame y
muy indigna de su valor y persona le aplican algunos escritores
falsamente, diciendo, que estando indignado don Blasco contra el Rey
por gran suma de dinero que le debía, y le entretenía con palabras
por no pagársela, salió con gente armada al camino a la Reyna doña
Leonor, al tiempo que pasaba de Aragón para Castilla, despedida del
Rey por el divorcio que con ella hizo (del cual se hablará luego), y
que llevando su recámara muy rica, y llena de joyas que el Rey le
había dado a la despedida, la salteó y robó don Blasco: y que por
huir del Rey se metió por el Reyno de Valencia adentro, donde estuvo
dos años, hasta que el Rey le perdonó. Lo cual cierto parece
desatino, porque tan atroz y descomedido robo, ya que no se pudiera
reparar por parte del Rey con prender y condenar a muerte a don
Blasco, debiérase enmendar con recompensar a la Reyna su pérdida, y
la injuria, que el Rey tomara por propia para ejecutar el castigo en
don Blasco siempre que haberle pudiese, o perpetuamente desterrarle:
Pero que al cabo de dos años, como dice, volviese ante el Rey, y que
sin restituir las joyas le perdonase, fuera tanta la infamia que por
esto incurriera el Rey, que pudiera muy bien don Blasco transferir en
él su pecado. Ni se ha de creer que el Rey, si quiera por su
descargo, dejara de hacer mención alguna dello. Y así como cosa de
sueño lo damos por fabuloso.






Capítulo X.
Como el Rey puso divorcio contra la Reyna doña Leonor, y que es
falso lo que dicen que doña Theresa se opuso al matrimonio de ella,
y de los matrimonios anticipados.

Luego que el Rey hubo
despedido a Zeyt Abuzeyt con la gente y capitanes para comenzar la
guerra del Reyno de Valencia, determinó, para poder más sin cuidado
atender a la de Mallorca, proveer de heredero en sus reynos, pues
según los sucesos de la guerra son inciertos, no quedasen sin
sucesor. Y así le pareció que lo mejor sería declarar al Príncipe
don Alonso su hijo único, y de la Reyna doña Leonor. por sucesor en
ellos. Por esto deseaba ya verse con el Legado para decretarlo con su
autoridad. Sino que se lo estorbaba notablemente el divorcio que
antes había hecho con la Reyna, por las causas que poco después
alegó ante el Legado: que fue por el impedimento de cuarto grado
de
consanguinidad había entre los dos, para el cual no fueron
dispensados por el sumo Pontífice: y también por haberse casado
ante la edad legítima, que no pasaba de XII. años cuando casó con
ella, por lo que muchas veces dijo, y lo confirmó en su historia.
que pasaron XVIII meses que no pudo tener acceso carnal con ella. De
donde claramente se ve ser errónea la opinión del curioso
historiador el maestro Pedro Antonio Beuter y de otros, cerca la
venida del Cardenal Legado en aquella fazó. Diciendo como en
Cataluña hubo una nobilísima mujer llamada doña Theresa Gil de
Vidaure, la que se opuso al matrimonio que el Rey hizo con la Reyna
doña Leonor: pretendiendo que había sido antes el suyo con el mismo
Rey, de quien tuvo dos hijos varones: y porque se vio desechada de él
se fue a Roma y presentó su libelo al Pontífice, el cual envió por
esta causa al Legado para declarar sobre el divorcio de doña Leonor,
y matrimonio de doña Theresa. Pero todo
esto es falso, por
muchas causas, y por sola esta, que arriba tocamos, imposible. Porque
si casó con doña Leonor a los X años de su edad, y por su
imbecilidad pasaron tantos meses que no fue apto para mujer, como era
posible que ya antes hubiese comunicado con doña Theresa, y que
tuviese
dos hijos de ella. Demás que no es creíble, habiendo
(como dicen) venido el Legado a instancia de doña Theresa para
declarar en favor de su matrimonio, que por entonces instase el Rey
por el divorcio de doña Leonor, para dar más lugar a la demanda de
doña Theresa habiéndosela negado por toda la vida. Pues dado que
fue verdad lo que de doña Theresa dicen, que tuvo dos hijos del Rey,
a don Iayme y a don Pedro, y que los heredó (como adelante diremos)
y a doña Teresa dio rentas en Valencia, en cuyos arrabales en un
sitio llamado la Saydia, edificó un principalísimo
monasterio
de monjas, adonde pasó su vida con gran religión y recogimiento.
Pero cuanto a lo demás, lo que se halla por muy cierto es, que el
matrimonio al cual se opuso ella, no fue el de doña Leonor, sino el
segundo que el Rey hizo con doña Violante hija del Rey de Vngria. Y
que del engaño del nombre de Leonor por Violante, nació este error
manifiesto. Volviendo pues al divorcio de doña Leonor, como no
hallamos que el Rey alegase en público otras más causas para
descasarse, de las que arriba hemos dicho, y estas por legitimar al
Príncipe don Alonso, que nació de ellos,
eran muy fáciles de
remediar, y se podía muy bien ratificar el matrimonio entre ellos:
todavía en ver que el Rey tanto instaba el divorcio, se creyó debía
tener alguna grande causa oculta, que notificó
muy en secreto a
los jueces, y que fue tal que hizo algún efecto: como en el
siguiente capítulo diremos. La cual, como algunos imaginan, debió
nacer de algún íntimo odio entre los dos que pudo concebirse del
anticipado matrimonio, y por la imbecilidad del agente, y ardor de la
concupicencia
sin poderse
amatar,
se sigue tal menosprecio entre ellos que pasa a divorcio. Y así se
ve destos matrimonios anticipados, o como dicen, antecogidos, que
muchos de ellos para en separación y aborrecimiento, y que en alguna
manera se habrían de evitar: pues no es justo que a los particulares
intereses y comodidades de los hombres, se haya de posponer la
madureza y
sazón de naturaleza que el matrimonio y sus adyacentes requieren.
Pues así como no puede durar mucho tiempo
el fruto del árbol
que antes de tiempo madura, así los tales matrimonios no solo suelen
ser infructuosos y estériles, pero están muy sujetos a causar odios
y divisiones.





Capítulo XI.
Como el Legado tuvo Concilio de Prelados en Tarazona, ante quien el
Rey propuso
el divorcio hecho con doña Leonor, y que tenía por
legítimo a don Alonso hijo de los dos.

Llegado pues el
Cardenal Legado para tratar del divorcio de doña Leonor, y declarar
sobre negocio tan grave, que había de resultar en notable injuria de
ella, y hacer dudosa la legitimidad de don
Alonso único hijo y
sucesor del Rey, luego convocó Concilio nacional en Tarazona, para
que donde se celebraron las bodas allí se hiciesen las obsequias de
este matrimonio. Acudieron a él los principales Prelados de España,
don Rodrigo Arzobispo de Toledo, don Aspargo Arzobispo de Tarragona,
que ya era muy viejo, con nueve Obispos que fueron, Burgos,
Calahorra, Segovia, Sigüenza (Ciguença), Osma, Lerida, Huesca,
Bayona, y Taraçona, personas de mucha autoridad y doctrina y de muy
gran ejemplo de vida. Los cuales después de estar muy bien
informados por los
aduogados
y procuradores de las dos partes, y alegado todo lo que se podía por
parte de la Reyna: vistos y muy bien reconocidos los méritos de la
causa: estando ya para pronunciar la sentencia, el Rey compareció en
persona en el Concilio el día antes de la publicación della: adonde
assentado
en medio de los Prelados, y en presencia de los señores y grandes
del reyno que consigo vinieron,
habló desta manera. Apostólico
Legado, y muy Reverendos Prelados. No puedo dejar de confesar, como
ha poco más de ocho años que en esta misma ciudad, yo casé en faz
de la santa madre yglesia, mediante su autoridad, con la Reyna doña
Leonor de Castilla, y que nuca he dudado de la verdad y firmeza de
este matrimonio: tanto que perseverando en esta fé hube en ella a mi
único hijo don Alonso, al cual siempre he tenido y tengo por propio
y legítimo, y como tal lo he llamado, y declarado por sucesor para
después de mis días, en todos mis reynos y señoríos. Por tanto
quiero avisaros como tengo esta mi declaración de sucesor en don
Alonso mi hijo, por muy rata y firme, y si menester es vuestra
autoridad para ello, la hago y confirmo de nuevo, salvos mis derechos
en lo del divorcio con doña Leonor, por las causas que cada uno de
vosotros tiene, por mi descargo, de mí entendidas. Y así os
requiero declaréis sobre estos dos artículos decisivamente. Esto
dicho se levantó para salirse de la sala del Concilio, y como todos
se levantasen para acompañarle, hizo los quedar, rogando les
considerasen, y determinasen este negocio con mucho acuerdo,
señalando la sucesión de don Alonso. Porque dudando ya el Rey de
ella, por el divorcio que quería hacer poco antes teniendo cortes en
Lerida a los Aragoneses, le había declarado por su heredero y
sucesor en el reyno de Aragón, y ciudad de Lerida con su distrito:
queriéndola incorporar en el reyno de Aragón, y le juraron por
Príncipe sucesor. Esto hizo con fin que los demás hijos que de otra
mujer le naciesen, sucediesen en los otros estados de Cataluña y
Mompeller.




Capítulo XII. Que por las secretas causas que
para esto tuvieron los Prelados, pronunciaron por el divorcio, y como
se despidió doña Leonor del Rey, el cual tomó la insignia de la
cruz de mano del Legado.


Como los Prelados hubiesen de
pronunciar la sentencia sobre el divorcio, salva la legitimidad de
don Alonso: para concordar dos cosas en si tan diferentes y
contrarias, tuvieron sobre ello sus alteraciones y consideraciones
secretas: que no se podía deducir ni comunicar en proceso. Por donde
venía a ser entre si muy diferentes los votos, y muy difícil el
pronunciar la sentencia, por las informaciones aparte dadas por el
Rey. Mas considerando que a los jueces, o que muchas veces suele
mover más una secreta razón y causa importante, que cuanto esta
deducido en proceso, o que en las causas de los Reyes, conviene
alguna vez por beneficio universal de los reynos, juzgar más presto
por la universal consideración y ley de buen gobierno, que por las
leyes escritas y alegadas, y que de estos juicios hay cada día
muchos: fue así que
inferida
la confesión del Rey en la sentencia, pronunciaron. Que no
embargante la legitimidad de don Alonso hijo del Rey don Iayme de
Aragón y de la Reyna doña Leonor de Castilla, y que era verdadero y
legítimo sucesor del Rey su padre, tenía lugar el divorcio hecho
por el Rey contra la Reyna, con la total disolución del vínculo
conyugal (
cójugal).
Esta sentencia fue muy solemnemente in pleno concilio publicada y
notificada al Rey, y a doña Leonor, y aunque pareció muy extraña,
toda vía
ella fue vista y revista, y también suscrita por el Legado
Apostólico y nueve Prelados, entre Arzobispos y Obispos, los más
principales y doctos de toda España, y con decreto de concilio, sin
discrepar ninguno: siendo la mayor parte dellos de reynos extraños,
y no súbditos del Rey. Porque se vea no tuvieron particular afecto,
sino toda libertad para descargar su conciencia y conforme a ella dar
su voto cada uno. Con esta sentencia no se derogó la donación de
las villas y pueblos de Aragón hecha en favor de doña Leonor, de
las cuales fue dotada al tiempo que casó con el Rey. Con esto, y
muchas joyas y riquezas que el Rey le dio, se despidió de ella, y le
envió a Castilla. Y así queda más justificada y confirmada la
rectitud de la sentencia: con esto que ni la Reyna doña Berenguela
su hermana, ni don Fernando su sobrino Rey de Castilla, tuvieron por
alevoso el divorcio: pues ni hicieron sentimiento alguno de ello, ni
se apellaron de la sentencia para el sumo Pontífice, que a sobrar
razón, appellaran. Hecho esto, el Rey se despidió del Legado y de
los Prelados, usando con ellos de toda liberalidad y magnificencia,
conforme a quien él y ellos eran: y se partió para Tarragona, por
llegar a ella antes del día del plazo, cuando toda la gente que se
hacía para la jornada de Mallorca se había de hallar junta en la
ciudad y puerto de Salou. Aunque no pudo ser tan presto la junta, por
mucho que el Rey lo trabajó, que no se alargase hasta por todo el
mes de Setiembre, que para entonces estuvo ya el armada aprestada.
Pues como se hallasen ya congregados en la ciudad los señores,
Barones, y caballeros de todas partes para embarcarse, de nuevo se
publicaron y aprobaron los capítulos que en Barcelona se firmaron
sobre la división de las tierras, y despojos que se adquiriesen en
la conquista: entrando y siendo acogidos a igual repartimiento de lo
capitulado los Aragoneses que seguirían el ejército real, y en la
guerra y servicios, se igualarían con los demás. Añadieron para la
misma división dos jueces más de los arriba nombrados, que fueron
el Obispo de Girona y don Bernardo Campà Comendador de Miravete
(
Mirauete):
el cual era Vicario del gran Maestre del Temple en los reynos de
España. Finalmente pareciendo al Rey que importaba poco ir los
soldados Cristianos a pelear con los infieles, muy armados de lanza y
escudo y todas armas si no llevaban los ánimos guarnecidos de
verdadera fé Cristiana, impresa y sellada en sus corazones con el
señal de la Cruz, y pasión de Cristo su capitán soberano: mandó
que todos tomasen la insignia de la Cruz, y la pusiesen sobre sus
armas y arneses. Y para que esto se hiciese con más solemnidad, se
partió con los capitanes y principales de su Corte para Lerida, a
dos jornadas de Tarragona, por donde ya pasaba el Legado de vuelta
para Roma: y ayuntados en la iglesia mayor, comenzando el Rey,
tomaron la Cruz los demás de mano del Legado para ponerla sobre sus
armas. Y para los ausentes dio el mismo Legado comisión y facultad a
los Prelados que se hallaban en el ejército, diesen la Cruz a todos
los soldados que quedaban en Tarragona. Demás de esto, muchos de
aquellos señores y capitanes fueron armados caballeros por mano del
Legado. El cual hecho esto, con mucho contentamiento y satisfacción
del Rey se despidió de él, y se partió para Roma: y el Rey volvió
con su gente a Tarragona para dar calor a la empresa de Mallorca.


Fin del libro quinto.