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domingo, 17 de octubre de 2021

ALGUNAS OBSERVACIONES ACERCA DEL ESTADO ACTUAL DE LAS LETRAS EN ESPAÑA.

ALGUNAS
OBSERVACIONES


ACERCA
DEL


ESTADO
ACTUAL DE LAS LETRAS


EN
ESPAÑA.


I.


Cuando
una literatura, lejos de buscar en el fondo de sus entrañas la savia
que


debe
favorecer su genuino desarrollo, mendiga los desperdicios de ajenas
civilizaciones sin acordarse siquiera de conservar incólume aquel
sello característico que constituye su personalidad; entonces
inaugura definitivamente el período de su decadencia. Las entidades
morales, al igual de los individuos, nunca desatienden el respeto de
si mismas sin abdicar el sagrado derecho que tenían a la
consideración general. Por esto, siempre que las literaturas,
perdida la luminosa huella de sus tradiciones, amortajan con el
sudario del olvido los más preciados timbres de su historia, en
lugar de acrecer piadosamente el tesoro de inmortales bellezas que
heredaron de sus padres y cultivadores, descienden del puesto que
ocupaban en la jerarquía intelectual de las naciones, y se cubren de
baldón eterno.


Distamos
mucho de pretender que ningún país establezca para las ideas un
sistema aduanero que enfrene su fuerza expansiva: nuestro instinto,
junto con nuestras más arraigadas convicciones, nos hacen rechazar
semejante quimera. Queremos, sí, que las literaturas no cifren
únicamente su ambición en vestirse de luz reflejada, pudiendo
brillar con luz propia: queremos que no olviden sus títulos
nobiliarios, ni descuiden el abono de sus pingües abolengos, que no
bastardeen su carácter indígena con serviles imitaciones: queremos,
sobre todo, que al absorber los elementos morales de otros países,
les impongan las condiciones especiales de la suya.


El
buen sentido y la experiencia acreditan que las literaturas no tienen
más que dos caminos para seguir desarrollándose de una manera
lógica, espontánea y fecunda: o apelar a los variados y naturales
recursos que sus respectivas índoles les sugieren, o cuando
necesitan acrecentar sus propios caudales con oro ajeno, fundirlo,
acrisolarlo con exquisito discernimiento, y marcarlo, por fin, con el
indeleble cuño de su originalidad histórica.


Los
anales literarios de las naciones cultas nos ofrecen ejemplos de
ambos métodos fundamentales de viabilidad.


La
influencia de los enciclopedistas franceses, que despóticamente
avasallaba en el pasado siglo el mundo entero, había encontrado en
los estados alemanes un vehículo poderoso y un acérrimo protector
en Federico II de Prusia, que hacía pública gala de su
antigermanismo. Conocida es de todos la intimidad, no siempre
sincera, de este gran monarca con el asombroso escritor, a quien se
ha llamado en nuestros días el rey Voltaire. Oficioso sería
encarecer lo pernicioso que semejante padrinazgo fue para la
independencia moral y literaria que caracteriza el espíritu alemán.
Más tarde algunos ingenios de este país, condolidos del abatimiento
intelectual a que le había conducido tan fatal esclavitud, y
sintiéndose animados por el fuego del patriotismo, dieron el grito
de Surge, Lázare, que hizo levantarse del sepulcro de su abyección
a la musa germana vestida de fortaleza y llena de fé en sus altos y
gloriosos destinos. Desde entonces, la literatura alemana resplandece
con fulgores inmortales: ¿De qué milagroso talismán echaron mano
Klopstock, Schiller, Goethe, Bürger, y otros escritores dignos de
inmarcesible lauro para obrar tan inaudita resurrección? Rompieron
simplemente las cadenas que oprimían al genio nacional, enardecieron
sus nobles aspiraciones hacia lo ideal y desconocido, y
desentumecieron la rica sangre que por sus venas circulaba. Para ello
evocaron con el mágico conjuro de su potente inspiración las
tradiciones y la historia de su patria, e hicieron brotar de su seno
manantiales de pura, espontánea y sabrosa poesía.


La
segunda manera de regeneración literaria que hemos indicado, da
también resultados felicísimos.


Recordemos
de qué modo supo Grecia nacionalizar las riquezas intelectuales que
acaudaló, gracias a sus numerosas conquistas; y el admirable acierto
con que el genio, eminentemente asimilador de la cesárea Roma, hizo
suyas las letras griegas al constituirse en legataria universal de la
patria de Homero. El mismo fenómeno observamos en las épocas
modernas. La España de Carlos V, de Felipe II y de Felipe III, no
contenta con la exuberante savia que su literatura atesoraba, quiso
aprovechar también los raudales de luz que el numen de Italia
derramaba por todas partes, y logró imprimir en sus adquisiciones el
sello de su nativa originalidad. En Francia el elemento español y el
italiano, junto con una imitación discreta y sabia de los antiguos,
cuajaron de regaladísimo fruto el árbol de la literatura más
peregrinamente elaborada que en los modernos tiempos se conoce.


Por
último, ya que hablamos de restauraciones literarias, no es lícito
pasar por alto la última de las que en España se han verificado.


El
genio, que por su excelsa condición es amigo de volar a sus anchuras
por las regiones luminosas de lo infinito, tiempo hacía que odiaba
secretamente la dinastía tradicional de un arte, cuya sobrada
estrechez de miras, cuyo rutinario materialismo, cuya codificación
plagada de disposiciones convencionales, le inspiraban vehementes
deseos de sacudir sus cadenas. Sacudiólas, en efecto, y el estallido
resonó por el mundo entero. Esta revolución trascendental tuvo no
pocos puntos de contacto en el fondo con el protestantismo, y se
inició también en la patria de Lutero y de Melanchton. Rápidamente
generalizada, a la voz de los poetas y pensadores alemanes, en breve
respondieron, ora simultánea, ora sucesivamente, la baronesa de
Staël, orgullo de su sexo, Chateaubriand, Lamartine, Víctor Hugo,
Vigny, Dumas, Delavigne, Senancour en Francia; Walter Scott,
Wordsworth, Byron, Moore, Coleridge en Inglaterra; Manzoni, Hugo Fóscolo, Silvio Pellico, Monti, en Italia.


La
literatura ibérica, al trasfigurarse como todas, comprendió
admirablemente su misión. Muchos ingenios de valía, lustre de la
nación hispana, mútuamente enlazados por el doble y común
parentesco del patriotismo y del amor a la gloria, se asociaron con
férvido entusiasmo al movimiento general. Unos enaltecieron la
oratoria parlamentaria a un grado tal vez excesivo de pomposa
exornación, otros dramatizaron con colorido local más o menos
discutible, pero siempre con pasión y energía, el espíritu poético
de la edad media y los personajes salientes de nuestra épica
historia; algunos cultivaron el romance histórico, y la generalidad,
mojando sus plumas en sangre del corazón, supieron engalanar con la
púrpura rozagante de nuestra rima el lirismo de aquella época que
encarna en el foco mismo de la vida moral, que ora escéptico y
rebosando satánica rebeldía, ora creyente y resignado, es
eminentemente sincero, porque pinta al vivo esa hambre de
inmortalidad que vela siempre devoradora en lo íntimo del alma, como
testimonio irrefragable de su divina esencia. Por otra parte, la
sociedad española que atravesaba entonces un período de transición,
que, indecisa entre sus costumbres tradicionales y el torrente de
nuevas ideas y aspiraciones, forcejaba para penetrar en su seno por
mil escondidos y angostos cauces, apenas acertaba a columbrar el
blanco de sus esfuerzos, encontró primorosos pinceles que la
retratasen. Sus caracteres flotantes, sus flaquezas, todas sus
miserias y extravíos ya fueron objeto de una comedia saturada de
discreto chiste y no escasa de vis cómica, ya de una sátira, ora
llena de travieso desenfado, benévolamente sagaz y ora sarcástica,
profunda y sangrienta. La posteridad recordará con gratitud y
respeto la brillante pléyada de escritores que en estos
distintos ramos dieron muestras de su alto talento y 
bellísimas
dotes. Su mérito no sólo estriba en la bondad intrínseca de sus
producciones, sino en el sello nacional que las avalora.


Al
olvido de condición tan vital e imprescindible debe achacar
principalmente nuestra literatura el deplorable abatimiento en que se
halla sumida, y que tanto aflige a sus desinteresados amadores.


Otras
causas han concurrido a este vergonzoso estado de abyección.


Años
hace que en España el encarnizado guerrear de esos partidos
políticos que tienen a gala no variar nunca de jefes, de enseñas,
ni de credos, y ensordecer sistemáticamente a las rudas lecciones
del tiempo; sobre desangrar el país, convertirle en palenque de
egoístas y desalmadas ambiciones y entorpecer su marcha por la senda
del progreso; monopolizan el núcleo de sus inteligencias y sirven de
pasto casi exclusivo a la curiosidad pública. Ese estado de crónico
desasosiego y de mal contenta expectación produce el desvío con que
mira la nación sus medros intelectuales. He aquí por qué las
ciencias, exceptuando la economía política, cuyo porvenir es
visiblemente lisonjero, yacen en ella en vergonzosa postración, y
las letras agonizan. Ciñéndonos a la literatura, objeto especial de
estas sencillas observaciones, inútil es acariciar el buen deseo con
risueñas esperanzas, mientras nuestra política no lave la lepra de
personalismo que la corroe en la piscina del amor patrio; mientras se
reduzca al sucesivo entronizamiento de banderías más o menos aptas
para sostenerse en el poder, pero igualmente ineptas para labrar la
ventura del país. Sólo así volverá este los ojos hacia sus
verdaderos intereses: sólo así podrán desenvolverse los gérmenes
de vitalidad intelectual que entraña.


Si
por un cambio providencial de circunstancias, tenemos la fortuna de
que alboree tan hermoso día, la enfermiza indolencia que actualmente
malogra en flor los ingenios más bien dotados de España,
desaparecerá como por ensalmo. Nuestro pueblo sin ventura, que ahora
carece hasta de las rudimentarias nociones de arte, y, por lo mismo,
apenas siente ninguna clase de necesidades estéticas, comprenderá
entonces hasta qué punto influyen los goces mentales y las
misteriosas fruiciones del sentimiento acrisolado en la felicidad
relativa que puede el hombre alcanzar en la tierra.


A
medida que su educación artística se formalice, rechazará
instintivamente la cáfila de monederos falsos de talento literario
que le deshonran, separará el pingüe y fecundo grano de la cizaña,
y ceñirá con la corona de su respetuoso cariño aquellas frentes
que son sagrarios de la inspiración divina. Entonces los espíritus
superiores de nuestra nación no tendrán que aceptar la vida como un
martirio sin palma, o una lucha sin victoria, sino que aguijoneados
por la seguridad del triunfo, saborearán instintivamente la
existencia inmortal que les espera, e inflamados con este deseo de
gloria que arranca del principio de sociabilidad, ley fundamental de
la naturaleza humana, y que instintivamente, villanamente escarnecen
todos los que no pueden aspirar a ella; consagrados al cumplimiento
de su misión soberana, pelearán con incontrastable brío las
batallas del pensamiento, y serán, lo que tienen derecho a ser, gala
y luz de la humanidad.


Descendamos
al terreno de la realidad, del cual no es lícito apartarnos por más
árido y desagradable que sea.


Nuestros
gobiernos, algunos por un lujo de ignorancia agresiva que exaspera,
han hostilizado a inteligencias de primer orden cuya superioridad les
humillaba; otros les han brindado por única recompensa con toda
suerte de libreas políticas, encadenándolos a sus varias miras de
ambición personal, y no pocos les han dejado patullar en el charco
de la miseria, no queriendo sin duda privarles del placer poético
que debieron sentir Cervantes y Camoens muriéndose de hambre con la
frente coronada de laurel. No ha faltado gobierno, sin embargo, que
ansioso de premiar condignamente las letras, han sonreído
benévolamente a los que conceptuaba acreedores a recompensas
oficiales. Así, por ejemplo, ha tenido el fabuloso tacto de nombrar
cónsul a un eminente letrillero, diplomático a un dramaturgo o a un
poeta sentimental, y recaudador de contribuciones a cualquier
filósofo disponible. Creeríamos ofender la ilustración de nuestros
lectores ponderándoles las inmensas ventajas de este sistema
protector.


A
simple vista parece que apadrinar así a los literatos, equivale a
matar cortésmente las letras. En efecto; los trabajos especulativos,
y especialmente el sacerdocio de las musas, no son los más a
propósito para formar modelos de empleados, sobre todo en esa
complicada e indigesta rutina a que nosotros llamamos administración,
para que se asemeje, siquiera en el nombre, a la de otros países más
exigentes. No ignoramos el parentesco de consanguinidad que eslabona
las diversas facultades del alma, por más que muchas veces su intima
trabazón escape al juicio vulgar. Pero, aun rindiendo merecido
homenaje a este principio filosófico, no está todavía
completamente probado que baste ser un literato distinguido para
sobresalir en la práctica administrativa, ni hasta para sujetarse
humildemente a ella: y no se olvide que en esta materia la sobra de
comprensión teórica suele ser embarazosa y perjudicial cuando se
aplica en el terreno práctico. Es posible que un literato verdadero
o un poeta pur sang, encontrándose en el caso referido, tomase una
de las dos determinaciones siguientes: renunciar a lo que ha sido el
alimento habitual de su espíritu para cumplir con firme constancia
con las obligaciones de su correspondiente oficina, o dar al traste
con ellas y domiciliarse otra vez en el Parnaso. En el primer
supuesto la protección del gobierno sería mortal para la
literatura; en el segundo sería perfectamente ilusoria. Los
literatos que acierten a conciliar ambas cosas, o carecen de vocación
literaria propiamente dicha, o entran en la categoría de
excepciones, y por lo tanto bajo ningún concepto destruyen la regla
general.


Sin
embargo, estas argucias aparentemente valederas se derrumban por su
propio peso a la simple enunciación de un axioma importantísimo: a
saber, que el criterio gubernamental es esencialmente distinto del
común, y tiene sus arcanos impenetrables a los torpes ojos de la
lógica usual. Dudar de tamaña verdad podría conducirnos al extremo
de negar que la Providencia dirige la razón de los gobernantes, a
menos que intente perderlos; y los gobiernos españoles han sido
siempre demasiado buenos y sabios para que pueda realizarse en ellos
aquella terrible amenaza de quos vult perdere, dementat.


Demos
un sesgo más formal a la cuestión.


No
es lícito al Estado contrariar los sentimientos nacionales cuando
son hidalgos y castizos, so pena de tropezar en el escollo de la
impopularidad. Por conveniencia, pues, ya que no por deber, tiene el
de premiar a todos aquellos escritores que el voto popular señala
como insignes. Con dificultad acontece que la nación en masa conceda
los honores del triunfo literario a personas que no los merezcan,
atendiendo a que nunca debe confundirse el brillo fugaz de las
reputaciones falsas o dudosas, con esa celebridad de ley que sólo se
consigue a fuerza de genio, de tiempo y de infatigables vigilias.
Además, cuando la nación emite un fallo de esta naturaleza suele
encontrarse de acuerdo con la opinión general de sus críticos más
imparciales e ilustrados. De consiguiente las eminencias a que
aludimos tienen el derecho de ser recompensadas por la utilidad,
gloria y prestigio que han proporcionado con sus tareas al país, y
el Estado, si no lo hiciese, faltaría a su misión de justicia
suprema. Para que tales recompensas no degeneren en onerosas, no han
de lastimar en manera alguna la dignidad e independencia de los
agraciados ni oponerse a sus hábitos intelectuales: y si han de
redundar igualmente en pro de la patria misma que ilustran, es de
todo punto indispensable que les coloque en una situación que pueda
alentarles a continuar sus beneméritos trabajos.


Dejando
aparte esos testimonios directos у extraordinarios de simpatía
nacional, el Estado debe no sólo procurar que los talentos de los
gobernados puedan desarrollarse con el mayor desahogo posible, sino
poner en juego los numerosos y eficaces recursos que están a su
alcance para estimularles a su progresivo perfeccionamiento.
Descuidar un deber tan imperioso es hacerse indigno de las
encumbradas funciones que desempeña y declararse en abierta lucha
con los principios más elementales de la civilización.


¿De
qué manera han cumplido nuestros inolvidables gobiernos, a quienes
sin duda la asombrada posteridad erigirá altares de puro agradecida,
las sagradas obligaciones que llevamos apuntadas?


Respecto
al capítulo de recompensas que hemos indicado, o no han pensado
siquiera en semejantes naderías, o han atado con hipócritas alardes
de protección los ingenios distinguidos al carro de su ambición
desaforada.


Pocos
años ha, un venerable anciano, cantor clásico de la libertad,
poeta, crítico, historiador y publicista, subió en brazos de sus
amigos las gradas del trono, y aclamado por una multitud inmensa,
tuvo la honra de que su soberana misma orlase sus sienes, llenas de
limpias y gloriosas canas, con el áurea corona del triunfo.


¿Qué
resorte pudo mover para laurear a Quintana, a esa nación que ha
dejado pordiosear al Manco de Lepanto, que ha visto tranquilamente
morir entre infames hierros a Cristóbal Colón, y en la más triste
orfandad al autor sin ventura de la Verdad sospechosa; a esa nación,
en cuyos calabozos ha escrito Cervantes el Quijote, y padecieron mil
infortunios Alonso Cano, Fray Luis de León, Santa Teresa, Martínez
de la Rosa, Argüelles y el mismo Quintana; a esa nación que no
tiene bronce en sus talleres ni mármol en sus canteras para levantar
estatuas a sus grandes hombres? Lo diremos por más que el carmín de
la vergüenza encienda nuestras mejillas. Quien coronó al cantor de
la imprenta, no fue la admiración de su patria; fue la egoísta
gratitud de una fracción política, y el motivo real de esta
inaudita coronación fue premiar al autor del Panteón del Escorial,
porque nunca habla de Dios en sus imperecederas poesías, y porque
todas sus composiciones revelan un odio profundo a la monarquía. No:
Quintana no bajó al sepulcro con el inefable consuelo de que su
querida España le había adjudicado el laurel del triunfo poético y
de las virtudes cívicas, sino con el convencimiento de que su
ateísmo literario y sus doctrinas heterodoxas convenían a los
intereses particulares del partido que tan ostentosamente las honraba
y enaltecía.


Por
lo tocante a ese género de protección indirecta pero normal,
constante, asidua, que coadyuva y enfervoriza los talentos: he aquí
lo que han hecho los innumerables gobiernos constitucionales que nos
han regido hasta ahora:


1.°
Plagiar torpemente un plan de estudios francés.


2.°
Reformarlo, es decir, hacerlo más y más absurdo, antifilosófico,
irregular y desatinado a favor de múltiples y casi anuales reformas,
causando así perjuicios incalculables a los alumnos y a sus
familias, e imposibilitando la estabilidad en materia que tanto la
requiere.


3.°
Monopolizar la elección de esos catecismos de la enseñanza oficial,
vulgarmente llamados obras de texto, desatendiendo casi siempre su
valor científicos aunque teniendo a la vista el favoritismo
gubernamental de que sus respectivos autores, o sea compaginadores,
disfrutaban; ejerciendo por lo mismo una coacción sobre los
profesores, muy perniciosa si se sujetaban a ella; absolutamente
inútil si la evadían, como ha sucedido o podido suceder.


4.°
Tergiversar las ternas con que los tribunales de oposiciones formulan
sus fallos, que debieron haber tenido desde su presentación al
ministerio autoridad de cosa juzgada, por razones que sería oficioso
revelar: irritante abuso del cual tenemos numerosas pruebas, que
manifestaremos si a darlas se nos provoca.


5.°
Hacer obligatorias hasta para los empleados más ínfimos y mal
retribuidos de la administración la compra de algunas obras escritas
por devotos y paniaguados de varios gobiernos.


6.°
Crear una ley de teatros bajo la influencia de mezquinas
consideraciones personales.


7.°
Publicar una ley de imprenta ultra draconiana, que en pleno
parlamento ha sido tachada de mala por el ministro del ramo, que
implícitamente la declaraba buena por el mero hecho de no abolirla.


8.°
Tener sumida en el más deplorable abandono, hasta una fecha muy
reciente, la instrucción primaria, que comúnmente decide del sesgo
que toma el espíritu humano en su peregrinación por el mundo.


¡Oh
musas! aprestad guirnaldas de recién cogidas flores para ceñir las
frentes de los gobiernos hispanos que así han sabido enalteceros.


¡Oh
Fernando el Deseado: tú que por un rasgo de peregrina sagacidad
cerraste las universidades y abriste cátedras de esa ciencia
trascendental que llamamos tauromaquia, regocíjate desde tu venerado
mausoleo!


Agréguese
a las concausas capitales que acabamos de borrajear los
móviles de producción literaria que impulsan a nuestros escritores,
y se podrá rastrear aproximadamente el por qué de la decadencia que
deploramos.


Quejábase
con desolada amargura el grande humorista Fígaro de que en España
faltaba eco a la palabra del escritor. Efectivamente. El pueblo
español es tan poco aficionado a cultivar el campo feracísimo de su
entendimiento y de su imaginación, como a multiplicar con los
numerosos medios de que dispone la industria agrícola, los
inestimables terrenos que la naturaleza le ha regalado. Esta pereza
intelectual, no sólo inutiliza tan buenas prendas, sino que le
inspira el más severo desdén hacia las manifestaciones laboriosas
del espíritu. Como no siente la necesidad de abonar su inteligencia,
no puede apreciar el mérito de los que la abonan. He aquí por qué
en España el inmenso sacrificio, el afán infatigable de aquellos
que se empeñan en ilustrarla y enriquecerla con sus obras
literarias, es apenas comprendido y mucho menos estimado en lo que
vale. ¿Cómo podrá satisfacer, pues, el obrero de la idea, el
literato, el filósofo, el poeta, el sabio, el artista, el innegable
derecho que tiene de que sus tareas sean conocidas, justipreciadas y
pagadas con honorarios de gloria por sus apáticos conciudadanos?

¿Trabajará para ganar dinero? Un sólo autor extranjero de
nombradía vende mejor una obra que veinte autores españoles
célebres la colección completa de las suyas. Y no se culpe a los
editores, puesto que el comercio de libros está aquí atravesando
una perenne crisis industrial, es decir, que la oferta de estas
mercancías es infinitamente superior a la demanda. Los únicos
libros que suelen tener salida en el mercado son los que satisfacen
algún capricho pasajero del reducido público leyente o las
traducciones de las peores novelas francesas.
Por otra parte,
querer que fuera de España sean populares los escritos que dentro de
ella apenas son conocidos es una imbécil quimera. ¿Qué estimulo,
pues, puede moverles a escribir? Pura y simplemente el de satisfacer
sus primeras necesidades. Por esto en lugar de dar a luz obras
sazonadas por el tiempo y la meditación, y concienzudamente pulidas
por el severo cincel del arte, escriben al desgaire y con el descuido
chapucero de los menestrales mal pagados. Exigir lo contrario sería
justo si se encontrase la solución de ese problema de vivir sin
comer, que plantean mentalmente todos los desvalidos, y se concediese
después el privilegio exclusivo de una bella invención a los
míseros seres de que hablamos.


Demos
el último toque a ese cuadro tan exacto como sombrío, recordando
que la literatura central que ha fundido en su crisol el oro y la
escoria de las provinciales, las mira con el más ofensivo desdén, y
estas, completamente aisladas unas de otras, viven sin relaciones
literarias de ninguna clase. ¿Quién ha leído en la orgullosa corte
los preciosos libros de D. Manuel Milá, ilustre profesor de la
universidad de Barcelona, acerca de la poesía popular, materia de
elevado interés que tan a fondo posee? En cambio el patriarca de la
crítica europea, Fernando Wolff, ha hecho sobre ella un estudio de
la mayor importancia, tributando extraordinarios elogios a su modesto
y esclarecido autor. ¿Son muchos aquí los que sospechan que haya
existido el malogrado Piferrer, gran pensador, incomparable hablista,
aventajado poeta, honor de Cataluña? Por lo demás, ¿qué sabe
Barcelona de los literatos gallegos y sevillanos ni estos de los
barceloneses? ¿Qué hilos eléctricos enlazan las inteligencias de
las provincias entre sí?


¡O
terque, quaterque beata! ¡Oh mil y mil veces dichosa patria mía! Tú
comprendes la existencia sin los goces intelectuales, y la
conceptuarías inaceptable sin los capeos del Tato! Sigue feliz y
risueña entre los harapos de tu ignorancia. Hierve en los
redondeles, bulle en las romerías, deja a un lado la azada, tira la
pluma, y créeme, haz un auto de fé con la mole indigesta de tus libros. Has nacido para dormir cuando las demás naciones velan, para
holgar cuando trabajan, para echarte en medio del camino cuando
corren. ¡Bendita seas!




II.


Indicadas
en el anterior las causas principales que, en nuestro humilde sentir,
han ocasionado el actual decaimiento de nuestra literatura, cúmplenos
dar en el presente una sucinta reseña del estado en que sus
distintos géneros se hallan.


Por
lo tocante al teatro, aun sin hacer gala de un ceñudo pesimismo, que
no siempre arguye vasta erudición ni alteza de criterio, puede
afirmarse que se encuentra en el mayor desbarajuste.


Una
juventud audaz, falta por lo general de los más rudimentarios
principios de arte, invade en tumultuoso tropel la patria escena. Sus
esclarecidos restauradores, unos regaladamente toman el sol de su
gloria con la bienandanza de quien cree cumplida su misión acá en
la tierra; otros, imitando a los ruiseñores que no trinan nunca al
lado de charquetales llenos de ranas vocingleras, se encastillan en
un silencio desdeñoso y significativo; y no pocos capitulan
vergonzosamente con las circunstancias, y rindiendo homenaje a la
universal corrupción del buen gusto, la acrecientan y sancionan con
su ejemplo. Una dolorosa fatalidad hace que el teatro sea la única
palestra en donde los desventurados alumnos de las musas castellanas
consiguen despertar la atención del público, obtener algunas
probabilidades de lucro, y sobre todo no morirse de hambre, o vivir
de hambre, que es peor.


Por
esa tristísima circunstancia la crítica no puede ensañarse con esa
chusma de jornaleros del arte, que desconociendo las condiciones
esenciales del que se atreven a cultivar, ni tan sólo aciertan a
disimular su carencia radical de dotes dramáticas, bajo las
artificiosas combinaciones del movimiento escénico. Y como el peor
de los géneros literarios es el que Boileau llamaba le genre
ennuyeux, y que, aplicándolo a nuestro caso, bien pudiéramos llamar
el género sandio, es decir, el que ni aun logra satisfacer las
exigencias de la curiosidad; la gente a que aludimos, no merece
siquiera esa especie de floja y contentadiza gratitud que sentimos
por quien nos proporciona algún esparcimiento, sea el que fuere.


Nos
duele mucho consignarlo, pero lo cierto es que en el trascurso de un
año sólo se ha representado en los teatros españoles una obra
original de verdadero mérito. La campana de la Almudaina, a vuelta
de su falsedad histórica, y de algunos defectos secundarios, revela
en su joven y aplaudido autor prendas dramáticas de subido quilate.
Los pecados veniales y La culebra en el pecho, contienen algunas
bellezas dignas de atención, y auguran un lisonjero porvenir a sus
estimables autores, pero no tienen en conjunto gran valor. El mal
apóstol y el buen ladrón, drama simbólico, calcado especialmente
sobre El condenado por desconfiado de Tirso de Molina, es una prueba
más de la habilidad con que Hartzenbusch elabora sus producciones, y
está sembrado de rasgos magistrales. Aparte de estas obras, ¡cuántos
engendros raquíticos, cuántas majaderías se han presentado en la
escena española! Recuérdense esos dos estudios históricos del gran
vencedor de Francisco I, intitulados Carlos I y El monarca cenobita:
recuérdense El padre de los pobres, y ¿Quién es él? y se verá si
llevamos la razón al afirmar que nuestro teatro está en decadencia.


Para
colmo de vilipendio, eso que llaman zarzuela, aborto enfermizo del
impotente mal gusto, logogrifo musical y dramático, cobra de día en
día mayor valimiento y fortuna. Algunos especuladores, que tienen su
conciencia artística dentro de su portamonedas y envuelta en
billetes de banco, han tomado por su cuenta ese abigarrado
baturrillo, que ha pasado a ser un ramo de industria para los
que lo manipulan, como particularmente para los que explotan sus
materiales y pingües resultados. Los primeros no necesitan más que
derramar un aluvión de estrofas tan huecas y grotescamente
endomingadas como sea posible sobre cualquier calaverada, más o
menos verídica, del asendereado Felipe IV, o el primer argumento
insustancial que se tenga a tiro de pluma; y abandonar su esperpento
a la inspiración de un contrapuntista adocenado, que zurza algunas
melodías populares bárbaramente retorcidas y adulteradas, con
retazos de la ópera francesa e italiana. No ignoramos que hay media
docena escasa de zarzuelas, cuyos libretos y cuya música merecen el
aplauso de los inteligentes: nunca barajaremos las composiciones de
Ventura de la Vega, García Gutiérrez, Narciso Serra y Ayala, con
las mamarrachadas de Olona, ni las charadas poéticas que emborrona
en caló acatalanado el tan deploramente
(deplorablemente) fecundo Camprodon y Compañía. Tampoco
confundiremos nunca la suave, delicada y primorosa música del Dominó
azul, de Marina y del Grumete, con la chapucera, trivial y
desvencijada de Gaztambide, de Cepeda y de otros Rossinis ejusdem
furfuris. Pero sería cerrar los ojos a la luz del día negar que
generalmente se puede repetir de ellas, que lo bueno que tienen no es
nuevo, y lo nuevo no es bueno. Urge sobremanera atajar la
preponderancia cada vez mayor de los zarzuelistas, si no hemos de ver
algún día completamente extinguidas entre nosotros las más
sencillas nociones del arte musical, y pervertidas lastimosamente las
teatrales.


A
estos motivos del notorio abatimiento en que se halla nuestro teatro,
a pesar de los esfuerzos que hacen para retardar su ruina algunos
pocos ingenios, dignos del aprecio público, debe agregarse otra
estrechamente ligada a las que acabamos de apuntar, esto es, la
ignorancia crasísima, mezclada con las colosales pretensiones, con
el insoportable endiosamiento de la mayoría de actores españoles.
Da lástima considerar que a tales intérpretes deben fiar los
desdichados autores dramáticos aquellas producciones, de cuyo éxito
depende su gloria, y casi siempre su subsistencia. Jóvenes imberbes,
que apenas saben dar expresión a lo que recitan, pasan desde los
teatros caseros a figurar en los de primer orden sin que nada les
arredre. Henchidos de petulancia, todo su afán consiste en
emanciparse de la tutela de los pocos actores que podrían
comunicarles, ya que no facultades, alguna instrucción, en llegar a
la anhelada meta, al sueño de oro, al bello ideal de sus fervientes
aspiraciones, a ser directores de escena.


Y
no es, ciertamente, lo más deplorable, que estos infelices
ambicionen tan alto y espinoso puesto, sino que vean sin dificultad
realizada su noble ambición. En efecto: los empresarios de teatros,
que son comúnmente algunos logreros, faltos de caudales y ricos de
esa gran virtud del siglo, que en el Diccionario de la lengua tiene
un nombre no muy lisonjero, conocedores del detestable gusto del
público, que es ya crónico en provincias, y codiciosos sin freno,
no buscan en los directores y primeros actores que contratan más que
baratura, no mérito ni experiencia. Por esto desdeñan muchas veces
a los poquísimos actores buenos, que para honor del arte conservamos
todavía, y andan a caza de los chambones y atrevidos, cuyos
servicios pueden alquilar a ínfimo precio, con notable aumento del
líquido que ha de figurar en sus finiquitos mercantiles. A tan
escandalosa rapacidad se debe a menudo el que los segundos, con una
pequeña dosis de ese savoir faire, que es el talento de las
nulidades, encuentren con frecuencia acomodo, al paso que los
primeros tengan que entregarse a los ocios de las vacaciones o a un
verano extra-sazón.


¿Y
qué conducta sigue en situación tan aflictiva la crítica teatral?
Lo diremos sin rebozo, ya que nunca nos ha intimidado el decir la
verdad. Exceptuando un escasísimo número de folletinistas, que
tienen una vaga idea de la responsabilidad de su cargo, y la voluntad
decidida de ser imparciales, los críticos de teatros no escuchan más
que sus simpatías o antipatías y el fetichismo obligado a
reputaciones consagradas. Así se explica que en las revistas de esta
clase aparezcan siempre ciertos nombres con su estado mayor de
calificativos encomiásticos, y cruel o desdeñosamente adjetivados
otros, que no supieron granjearse las benevolencias del turibulario.


Si
atendidas las circunstancias altamente desfavorables con que los
revisteros teatrales escriben, son, a no dudarlo, acreedores a
indulgencia respecto al aplomo y madurez de sus fallos y
reconocimientos de crítica dramática que exigen estudios de por
vida y práctica larga; es faltar al público, y, sobre todo,
faltarse a sí propios el ajustar sus juicios a sugestiones puramente
personales. Sabemos por nosotros mismos hasta qué punto es doloroso
sacrificar en aras de la buena fé y de la lealtad las predilecciones
del corazón, o tener que elogiar al que miramos con más o menos
fundada malevolencia; pero la crítica no tiene entrañas, ni
parientes ni amigos, ni ídolos ni afecciones; es nada menos que la
magistratura literaria, y un juez deja de serlo cuando atiende a otra
cosa que a la justicia, que es su única y soberana norma, la causa
primera de su misión.


Respecto
a la novela, no pecaremos de prolijos.


La
de costumbres nacionales sólo tiene, en nuestro humilde sentir, un
legítimo representante en España, Fernán Caballero. Sin contar los
críticos más autorizados de nuestra nación, Wolf, Mazade, Latour
han ponderado con amore y han aquilatado perfectamente las
envidiables dotes de narrador que adornan al ilustre autor de
Clemencia. Su postrer libro, sencillo relato hecho por el soldado
Juan José, de las gloriosas penalidades de nuestro ejército en
Marruecos, está escrito con una tierna ingenuidad que llega al alma.
La de Fernán Caballero que, algún tiempo hace, cubre el más acerbo
dolor con su gasa fúnebre; refrescado por las auras regeneradoras
venidas de África, ha podido encontrar su perdida fuerza en el
entusiasmo universal. ¡Bendita sea la pluma que así sabe
interpretar todos los sentimientos buenos, nobles y sublimes de su
patria!


De
novelas históricas originales (así las bautizan sus infinitos
cultivadores en España) hay en ella materiales para alimentar de
combustible todos los hornos de cal de la monarquía. Por si llega a
verificarse algún día tan donoso escrutinio, recomendamos a sus
futuros ejecutores las de Ibo Alfaro, Ortega y Frías, Orellana,
Tarragó, A. Altadill, Manuel Angelón y demás Walter Scotts de
pacotilla: total = 0. No hablamos de Fernández y González, en quien
admiramos un empuje lírico nada común, fantasía espléndida y rara
fecundidad, porque apenas conocemos nada suyo en este género.


Poco
diremos también de composiciones poéticas.


Aparte
del Romancero de la guerra de Africa, en el cual hay doce bellísimos
romances, y del libro de Recuerdos nuevamente publicado por el
simpático Trueba, que sentimos no haber leído todavía, han llamado
la atención pública de una manera, por cierto bien poco agradable,
los dos poemas últimamente premiados por la Academia de la lengua
con escándalo y ludibrio de la nación entera. No hablaré de unos
ni de otra. Dejemos en paz a los muertos con los difuntos.


A
todo esto, la crítica refugiada en los vergonzantes entresuelos de
los periódicos políticos, o convertida en sosa e insustancial
gacetilla, mal encubre su desnudez de ideas, de convicciones y de
conocimientos con los andrajosos guiñapos de cuatro adjetivos
campanudos, eternamente pegados a varios sustantivos de cajón, y mil
vagas generalidades. Por otra parte: ¿qué podría decir ahora la
crítica sana, severa y leal? Su voz sería vox clamantis in deserto,
y una fiscalización estéril, dolorosa, pesada y sempiterna. Además,
¡cuán poco número de obras contemporáneas españolas son dignas
de que la crítica les conceda los honores de su judicatura! ¡Cuán
pocas entran en la esfera literaria!


Añádase
que la prensa política diaria, con muy contadas excepciones, ha
arrojado ignominiosamente a la literatura de sus columnas, que vivía
en ella casi de limosna, y se vendrá en conocimiento del desairado
papel que esta señora juega en la patria insigne de Pepe Hillo, de
Costillares y del Chiclanero.
Respecto al movimiento literario de
la Península, en los demás puntos, o es en alto grado pernicioso,
como sucede hoy por hoy en Barcelona, o insignificante como en
Valencia, o completamente nulo como en Sevilla, Málaga, Zaragoza,
Valladolid, Palma de Mallorca y en las ciudades de la Mancha y de
Galicia.


Consecuencia
final de nuestras pobres observaciones es, que España, por más que
reconozcamos sus considerables progresos materiales y sociales, ha
retrocedido literariamente. Y si no, preguntamos refiriéndonos a
nuestra restauración del 40, cuando desaparezcan los veteranos de la
citada era,
¿quiénes son los destinados a sustituirles? No
contestamos a esta interrogación para no descender al terreno de las
personalidades. El tiempo contestará por nosotros.

martes, 20 de abril de 2021

Sumari, P.

PORYO
de Plasa
mira la Capitulacio y concordia entre la present
Vniversitat, y los Obrers de Santa Eulalia, es en lo extraordinari de
Raphel Mora a 29 Mars 1547.


PORT,
PES.


Que
haiam Port, e Pes, nos atorga lo Rey Namfos, es en libre den
Sant Pera
en cartes 137. en la primera pagina, comensa. Encara
atorgam.


PROCVRADOR
REAL.


Que
lo Procurador Real no sentremeta de alguna cosa, qui pertanga
al Offici de Balle, e Veguer, es en libre den Rossello en cartes 172.
1. pagina. Namfos.


Que
lo Procurador Real, e vn Iurat sien Iutges dels Salaris Immoderats:
en libre den Rossello en cartes 112. en la primera pagina, comensa.
Nalfonso per la gracia de Deu.


La
Pragmatica de Mosen Huc de Anglesola sobre lo Regiment, en libre de
Corts Generals, cartes 89.


Lo
Procuredor Real de qviça, e Menorca son sots protectio
del Procurador Real de Mallorques e han haver Recors a ell, e de
aquell al Señor Rey, es en libre den Rossello en cartes 172. en la
segona pagina, comensa. Namfos.


Lo
Procurador Real es tingut exir del Regne per donar comptes al
Mestre Racional del Señor Rey, es en libre den Rossello en cartes
304. en la segona pagina, comensa. Petrus Dei gratia.


PESCAR,
PESCADORS, PEXOS.


Cada
vn pot Pescar liberament en la Mar, consta en libre den Sant Pera en
la primera franquesa en la primera carta en lo principi, comensa.
Noverint Vniversi.


Los
Pexos freschs
e salats quis pescan
en la Illa de Mallorques no sian trets fora aquella, es
en libre den Rossello en cartes 369. en la primera pagina, comensa.
Ioannes.


PACIFICAR
MALEFICIS.


Que
totes les coses malfetes se puscan Pacificar per bons
homens e diffinir abans que sia feta clamor a la Cort segons
dispon la franquesa, en libre den Sant Pera I. carta 
2.
columna
sirca la fi.


Asso
matex dispon la franquesa en dit libre en la segona carta en la
primera columna, comensa. In Xpi. nomine. circa la fi de dita
columna.


De
Pacificar Maleficis parla la franquesa en dit libre en cartes 93. en
la 4. columna. Petrus Dei gratia.


De
Pacificar Maleficis de Morts fetes per los catius ad invicem, es en
dit libre en cartes 110. en la primera pagina, comensa. Petrus Dei
gratia.


Los
Maleficis se poden pacificar, ans que sia feta clamor a la Cort, e
parla dels Esclaus, es en libre den Rossello en cartes 299. 2. pagina
comensa. Petrus.


PROVISIO
REAL SOBRE LES MITGES CREVS
de Sant Ioan.


En
libre den Rossello en cartes 436. es la dita Provisio Real, y lo Acte
seu lo llur conservador Renunciant a la causa se aportava.


PRES.


Si
algu sera Pres per algun crim; no sia absolt sens fermansa de star
adret, es en la primera franquesa en libre den Sant Pera en la
primera carta circa lo fi de aquella.


Si
algu sera Pres per Malefici ha esser sentenciat dins 30. dies mireu
en dictio maleficis, e sino sera Iutiat sia dat a Manleuta.


Si
algu sera pres, te donar fermansa de la persona mireu en dictio
fermansa.


Pres
per deutes tant de la Vniversitat, com alias, se fa semblant
provisio de aquell que es fa contra los presos per Fiscals, es
en libre den Rossello en cartes 252. primera pagina, comensa. Nos
Petrus.


PACTA
DE QVOTA PARTE.


Que
negun Advocat no puga haver part de la questio que defensara, es en
libre den Sant Pera en la quarta carta en la primera columna,
comensa. Noverint Vniversi.

PORTVPI.
(Portopi, Porto Pi, Portopí)


Lo
dret de Portupi, e de la Cadena, es donat als Iurats es
en libre den Sant Pera en la quarta carta en la segona columna,
comensa Noverint Vniversi quod Nos Iacobvs.


PROTESTAR.


En
libre den Rossello en cartes 174. en la segona pagina y ha
Privilegi ques puga protestar al Governador, comensa. Petrus Dei
gracia.


Vide
altre Privilegi en libre den Abello folio 110. pagina segona,
comensa. Nalfonso per la Gracia de Deu, &c.


En
dit libre den Abello en cartes 219. en la segona pagina es que
qualsevol Notari request a de presentar protests tant al
Señyor Virrey com a altres Officials en cert (cett) modo,
comensa. Philippus, &c.


POSSEHIDOR
O PRESCRIPCIO.


Qui
Possehex ab bona fe e Iust titol, cases, o possessions per 10. Añys,
es feta de aquelltal é prescrita ab certes condicions, es en
libre den Sant Pera en la 5. carta en la 
primera
columna, comensa. Noverint
Vniversii.


Que
lo posseidor pacifich per 10. Añys ab Iust titol encara que li
mancan instruments no li pot esser feta demanda per lo Señor
Rey, e altres Officials, mireu en libre den Rossello en cartes 166.
en la primera pagina, comensa. Sapien Tuyt.



PLASSA, PLASSA DEL MOLL.


De
Plases parla la franquesa. Noverint Vniversi eu libre
den Sant Pera en 14. cartes en la tercera columna.


Que
la plasse del Moll, o Ribera sia de la Vniversitad es
en libre den Rossello en cartes 51. en la segona pagina, comansa.
Sapien Tots.


De
quatre plases fora lo Mur de la Civtat fa mensio la franquesa,
en libre den Rossello en cartes 86. comensa. Sapien Tuyt. Y en libre
nou den Rossello en cartes 32. en la segona pagina.


PES
DE LA FARINA.


Parla
la franquesa del dit pes, a 21. carta del libre den Sant Pera en la
segona columna e en 119. cartes en libre den Rossello en la primera
pagina e en la carta seguent.


PROCVRADOR
FISCAL.


Del
que lo Procurador Fiscal te a fer, e es obligat, es en libre den Sant
Pera a 17. cartes en la primera columna Pateat vniversis.


Lo
Procurador Fiscal no pot procurar, sino les causes Fiscals, es en los
11. 12. capitols de Leyda en dit libre en cartes 95.


Que
lo Procurador Fiscal no puxa appellar de les Sentensies (salto
de página tencies) 
absolutories
en les Causes Criminals en les Civils, se pot appellar, es en dit
libre en cartes 98. en la tercera columna. Nos Ioannes.


Lo
Procurador Fiscal no se appell de les Sentencies sino ab
concell del Advocat Fiscal, es en libre den Rossello en cartes 207.
en la segona pagina, comensa. Petrus Dei gratia.


Lo
Procurador Fiscal ha esser pagat dels drets Reals, es en libre den
Rossello en cartes 208. en la segona pagina es tingut procurar les
persones miserables.


Lo
Procurador e Advocat Fiscal sens algun Salari, sien tinguts fer part
en los fets Criminals, es en libre den Rossello en cartes 237. en la
segona pagina, comensa. Petrus dei gratia.


Lo
Procurador Fiscal no pot procurar sino en les causes Fiscals, es en
libre den Rossello en cartes 499. en la primera pagina, comensa en
Nom de Deu sia.


Asso
matex en libre den Sant Pera a 83. cartes en la tercera columna.


PARIATGE.


De
Pariatge se fa mansio a 30. cartes del libre den S.
Pera en la primera columna, comensa. Hoc est translatum, en la 2. 3.
e 4. columna se fa en dits llochs, mensio del Pariage del
Bisbe de Barcelona.


La
Confirmacio del Pariage, es en libre den Rossello en cartes
150. en la segona pagina, comensa. Sapien tots, y en libre nou en
cartes 98.


PARAYRES.


Ordinacions,
e capitols de Parayres que sian Servats, axiu dispon la franquesa, en
libre den Sant Pera en 82. cartes en la quarta columna, comensa. En
nom de Deu sia.

PENA
DE QVINT.


De
Pena de quint parla la franquesa en libre den Sant Pera en
cartes 83. en la tercera columna, comensa. En Nom de Deu sia.


De
Pena del Quint parla lo 19. capitol de Leyda en dit libre a
96. cartes en la tercera columna.


Penas
se han de applicar la terse part als murs de la Ciutat, es en
libre den Sant Pera en cartes 121. comensa. Sancius Dei gratia.


PLETS.


Mireu
en Dictio Questions (se lee Qnestions).


PAGESOS,
PART FORANA.


Si
lo Pages se fará Ciutadá hage de estar en casa sua en Ciutat al
menys tres mesos lañy, es en libre den Sant Pera en 94. cartes en la
3. columna. Item que com alguns.


Asso
matex en libre den Rossello en cartes 240. en le segona
pagina, comensa. Nos Petrus.


Asso
matex en vn capitol de Corts Generals en 43. capitols.


Lo
privilegi atorgat a la part Forana sobre lo Bestiar e Vitualles de
aquella ques hagen aportar en la Ciutat, es en libre den Rossello en
cartes 253. en la primera pagina, comensa. Petrus Dei gratia.


Los
Pagessos han de pagar la mitat del sou pagat a les gents
darmes, e aximatex la mitat daso que per los Embaxadors es
estat dat, a la galera den Iuan Bertran: parlen les les
provisions Reals en dit libre den Sant Pera en cartes 155. en la I.
pagina, comensa. Alfonsus.


Que
los Pagesos, e altres habitadors en la part forana quant seran citats
per lo Concell, o en altre manera ab llur familia acompañyant los
aportar armes qualsevulla, sens Incorriment de pena alguna, es en
libre den Rossello en cartes 240. en la primera pagina, comensa. Nos
Petrus.


Lo
Pages pot esser convingut devant aquell Iutge en la cort del qual se
sera obligat, posat no hage renunciat a son for, en libre den
Sant pera en cartes 32. en la segona columna, comensa. Item si
aliquis forensis.


Lo
Pages obligat ab contracte celebrat en la Ciutat pot alli esser
emparat si sera en aquella atrobat e pot esser devant lo Balle
de la Ciutat conuengut, in libro den Sant Pera en cartes 31. en
segona columna, comensa. Item q aliguis forensis.


Lo
Esclau, o Bestia de Pages obligat pot esser emparada en la Ciutat si
empero hi sera lo Señyor altrament no, les altres coses poden esser
emparades en absencia del Señor


in
predicto loco, comensa. Item si aliquis forensis.


Lo
Pages obligat no pot esser emparat en Ciutat si hi sera per negosis
de la Parroquia; in dicto loco, comensa. Item si aliquis forensis,


PROCVRADORS.


Del
salari dels Procuradors aquell se te demenar ans de la publicacio de
Sentencia si dons nols es promes en carta en lo 9. capitol de Leyda
en libre den Sant Pera en cartes 95.


Procurador
qui no han hoit dret no pot procurar mes de vna
Causa, es en lo 14. capitol de Leida en lo dit libre en cartes
95.


Asso
matex en libre den Rossello en cartes 75. en la segona pagina,
comensa. En Iaume.


Lo
Procurador del Absent de la Illa, es tingut a les despeses in libro
den Sant Pera en cartes 31. en segona columna, comensa. Item si
aliquis.




PROVISIONS,
PROVISIONS REALS.


Que
totes les provisions Impetrades per la Vniversitat en favor del dit
Regne haudes per privilegis, e per Actes de Corts Generals, es en lo
31. capitol de Leyda en 96. cartes en la quarta columno den
Sant Pera.


Les
Provisions Reals la primera en data sia obeida e laltra apres sin ha,
no: si donchs de la primera no feya mensio, es en libre den Rossello
en cartes 341. en la segona pagina, comensa. Martinus. E de
Provisions Reals mira la franquesa en dit Rossello en cartes 340. en
la primera pagina, comensa. Nos Ioannes. E en la seguent, comensa.
Nos 
Martinus.



POSSESSIONS ALODIALS,
REALS, E ALTRES.


No
sian transportades les Possessions Alodials en mans Episcopals e
mortes: segons dispon la franquesa en libre den Sant Pera en cartes
125. en la segona pagina, comensa. Iacobus Dei gratia.


De
les Possessions que paguen axi com han acustumat en despeses, es en
libre den Sant Pera en cartes 138. en la primera pagina.


PROMENS.


Que
los Iuys no muden los promens en libre den S. Pera en cartes 127. en
la primera pagina, comensa. Petrus Dei gratia.


Que
en les Questions de Balle, e Veguer entrevengan Promens, en
libre de Rossello en cartes 50. en la primera pagina, comensa.
Atorgam encara.


En
les questions han entrevenir Promens: mireu en la dictio, questions e
en la dictio Official e Officials e en la dictio Comissaris Reals.


Que
Promens entrevengven en les Sentensies dels Ordinaris, e Delegats, es
en libre dels capitols de Corts Generals en cartas 68. primera pagina
capitol 17.


PERORROSCENTIA.


De
Perorroscencia parla la franquesa en libre den Sant Pera en
cartes 146. en la primera pagina, comensa. Nos Alfonsus (Alfons9).


PARROQVIES.


Les
Parroquies han benefici de restitucio In Intregum (Integrum)
com los menors, es en libre den Sant Pera en cartes 166. en la
primera pagina, comensa. Nos Ioannes.


Les
Parroquies han tacita hipoteca, es en lo matex lloch.


PES
DEL CARBO.


Del
Pes del Carbo parla la franquesa en libre den S. Pera en cartes 181.
en la primera pagina, comensa. Ioannes.


PLASA
DE SANT ANDREV, E DE CORT.


Que
en la Plasa de Sant Andreu se venen algunes coses, mireu en
libre den Rossello en cartes 76. en la segona pagina, comensa en
Iaume.


Del
lloch del Execudor, mira la dictio Execudor.


PASTADOR,
PASTAR.


De
Pastadors, e Bescuyters se parla en libre den Rossello en
cartes 170. y en libre nou en cartes 121. en la segona pagina.
comensa. Namfos.


Que
en Mallorques nos pugan Pastar Pans Privilegiats, revocant totes les
concessions altres sobre asso fetes es en libre den Rossello en
cartes 393. en la segona pagina, 
comensa.
Nos Ioannes.


PES,
E MESVRATGE.


La
Crida com los habitadors son franchs de pes e mesuratge, es en
libre den Rossello en cartes 215. en la segona pagina, comensa. Post
hec veró.


PROCVRADOR
DE POBRES DE CHRIST.


Lo
Procurador de Pobres de Christ es tingut procurar les miserables
presones sens Salari de aquelles, e sia pagat dels drets
Reals, es en libre den Rossello en cartes 269. segona pagina, comensa
Petrus Dei gratia.


De
asso matex parla lo libre den Rossello en cartes 311. en la segona
pagina, comensa. Petrus Dei Gratia.


PROCES.


Si
lo Proces tot es haut per libell, mira la dictio
demanda.


POSADES.


En
la Illa de Mallorques no poden esser forsats de posades, ni
hostalatge, &c. a curials, en libre den Rossello nou en
cartes 381. en la quarta columna, comensa. Pateat Vniversis.


Prohibicio
de treure vitualles ço es forment, y altres coses trobaras en lo
libre extraordinari del Añy M.D.XXIIII. sots a 15. de luny. Y asso
matex en lo libre del Mostassaf a 80. cartes en lo libre quete
lo Mostassaf.


Pragmatica
de mosen Huc de Anglesala sobre el Regiment de Iurats,
y concellers del Regne folio 25. del libre den Abello.


Pragmatica
de mosen Huc de Anglesola sobre la abreviacio dels Plets, y Advocats,
y Iutjes, y Notaris folia 31. pagina segona del libre den
Abello.


Provisio
Real contra franqueses sia nulla folio 135. pagina segona del libre
den Abello.


Provisions
Reals que no venen en forma de Cancilleria nos deuhen posar en
execucio libre de Sant Pera fol. 208.


Policia
se imposa ab decret presidal de 10. Maig 1625. libre de
decrets folio 124. per determinacio de concell a 5. Maig 1625.


Processos
contra ausents uide libre de Determinacio de Concells de 1624. ad
26 fet a 2. 8bre. 1625.


Pendencia,
o malifici se pot apagar antes de dar clam a la Cort en
Rossello nou folio 257.


Privilegi
del Regiment conpren la Ciutat, y part forana en libre den
Abello folio 60. pagina segona.


Privilegi,
y Llibertats del Regne foren confirmats cap. 92. de les corts
de Monso
de 1375. en libre de Corts Generals.


Procurador
Real tenga la Cadana de Portopi condreta tant en
Hyvern, com en Estiu: capitol 49. de les Corts de 1380. en
libre de Corts Generals.


Policia,
y conexer de ella, toca a la Ciutad Carta Real dat en Çaragosa a 4.
9bre 1643. folio 130. del libre de Cartes Reals ab cuberta de fust.


Plets
entre Militars se Notifican de tres en tres dies Carta Real dat en
Madrid a 2. 9bre. 1629. folio 156. del libre de Cartes Reals ab
cuberta de fust.


Pares
ni Sogres Iutjes de la Real Audiencia no poden esser Reladors, en
causes en que sos Fills, o Gendres son Advocats, y si habitan
tots en vna casa tampoch no poden votar en ellas; Carta
Real dat en Madrid a 30. Iuriol 1658. folio 164. del libre de Cartes
Reals ab cuberta de fust.


Part
Forana no deu pagar gastos de perseguir, salaris ni Dietas de
Ministres, ni deu exir a rebre fora les viles a los Iutjes de
Cort: Carta Real dat en Madrid a 10. 9bre 1650.


folio
167. pagina segona del libre de Cartes Reals ab cubertes de fust.


Proceir
de fet en cosas Criminals no deuhen los SS. Virreys Carta Real
dada en Madrid a 29. Mayg 1653. folio 123. pagina segona del
libre de Cartes Reals ab cuberta de fust.


Peticions
dels Magnifichs Iurats no poden dexar de admetrelas los Señors
Virreys: Carta Real dat en Valladolid a 8. 9bre. 1558. folio 5. del
libre de Cartes Reals de cuberta de plegami. Altre dada en Madrid a
21. Dezembre 1574. folio 19. de dit libre.


Peticions
firmades de sola la part, se han de admetre en causes de Suspites:
(los : estaban después de Carta) Carta Real dat en lisbon
(Lisboa) a 19. 8bre. 1581. folio 31. del libre de Cartes Reals
ab cuberta de plegami.


Privilegis
del Execudor, y Consols del Mar sien guardats Carta Real dat en
Madrid a 16. luñi 1627. folio 157. del Libre de Cartes Reals
ab cuberta de plegami.

Sumari, I.

INIVRIA.
(injuria)

De Iniuria, y coses mal fetes, de les quals sera
feta clamor a la cort dispon la franquesa primera en libre den Sant
pera en la primera carta en la primera columna circa lo fi.


En
les causes de Iniuria, dans, e naffres se
procehesca segons los vsatges de Bercelona, apar en la
primera franquesa en la primera carta en la segona columna en libre
den Sanct Pera.

IVYS.


Tots
los Iuys se fassen ab concell de Promens es en
la primera franquesa en libre den Sant Pera circa la fi, e en lo dit
libre en cartes 138. en la primera pagina, comensa. Encareus (En
+ salto de línea sin guión + careus
) atorgam.


IVRATS.


Del
nombre del Magnifichs Iurats, e de la potestat llur e del que
poden e deusen fer, es en libre den Sant Pera en la quarta
carta en la tercera columna comensa la franquesa 
Noverint
Vniversi quod nos Iacobus.


Dels
dits Iurats fa mensio la franquesa, comensa. Nos Iacobus, en dit
libre en la sisena carte en la quarta columna.


Los
Iurats poden fer ordinacions, apar en dit libre a 21. carta primera
columna, comensa. Sanctius Dei gratia.


Que
los Iurats fossen elegits la vigilia de Nadal parla la
franquesa en dit libre en cartes 21. en la tercera columna comensa
noverint vniversi.


No
poden fer Collectes, o questions sens licensia del Señor Rey
o sos successors succssors, es en libre den Sant Pera a 25.
cartes en la segona columna.


De
la Electio dels Iurats parla la franquesa (franqnesa) en dit
libre (licre) a 27. cartes en la tercera columna circa lo
principi della.


Potestat
dada als Iurats de llevar cert dret imposat en lo Regne contra
voluntat llur, consta en lo dit libre a 28. cartes en la segona
columna comensa. Nos Petrus Dei gratia.


Los
Iurats no poden haver Iurisdictio Iudiciaria ni arbitraria, es en dit
libre en cartes 33. en la quarta columna, comensa. Memoria sit
baiulo, e aqui matex si res se te tractar ab lo Governador que ells
vagen al Castell.
Que los Iurats no poden fer Inquisitions
ocultes, es en libre den Sant Pera en cartes 33. en la quarta
columna, comensa. Memoria sit baiulo. (batle, batlle, baile,
bájulo
)


Si
la Cort vol Instituir res de nou, se te fer ab consell dels Iurats,
es aqui matex.


Que
los Iurats no poden fer statuts si primer los Officials no son
requests es aqui matex.


Que
no fassen res en prejudici del Señor Rey, e sin fan que sian
compellits.


Los
Iurats poden fer descaragar Forments, e altres Vitualles en lo
Regne, e detenir los Navilis, es en libre den Sant Pera a 72. cartes
en la tercera columna, comensa la franquesa, Pateat manifeste
universis.


Que
vn, o dos dels Iurats entrevenguen en los comptes dels bans,
es en dit libre en 121 carta en la primera pagina, comensa. Sanctius
Dei gracia.


Asso
matex en dit libre en cartes 128. la primera pagina, comensa. Nos
Petrus.


Que
no sien Iurats ne sala, es en lo dit libre den Sant Pera en cartes
138. en la 1. pagina, en lo principi.


De
electio de Iurats parla la franquesa en lo dit libre en cartes 140.
en la segona pagina, comensa. Sapien Tuyt.


Que
los Iurats Puguen posar totes aiudes, e tots altres drets fins a tant
la terra sie quitade e crexer aquells segons a ells aparra, es en dit
libre den Sant Pera en cartes 146. en 
la
segona pagina, comensa. Nos Ioannes, y en libre den Rossello nou en
cartes 338.


Los
Iurats poden pendra dels diners de la Consignacio, e apres
tornarloshi axi per via de Imposit, tall, o collecta en cert cas, es
en dit libre en cartes 154. en la segona pagina, comensa. Alfonsus
Dei gratia.


Electio
de Iurats lo die de Santa Lucia, es en dit libre en
cartes 160. en la sogona pagina, comensa. Ioannes Dei gracia.


Los
Iurats poden fer ordinacions ab authoritat, e decret del Señor
Lochtinent, es en libre den Sant Pera en cartes 165. en la segona
pagina, comensa. Nos Ioannes.


De
les Gramalles dels Iurats parla la franquesa en dit libre en
cartes 173. comensa. Ioannes Dei gratia.


De
asso matex parla lo capitol en la pragmatica de mosson Huc
de Anglesola
en cartes 103. en la fi de la segona pagina,
comensa. E primerament.


Las
concessions de les aygues de la Ciutat de Mallorques pertañyen als
Magnifichs Iurats, es en libre den Sanct Pera en cartes 184. comensa.
Nos Nartinus.


Los
Magnifichs Iurats en que son tinguts distribuir les 450. lliures en
libre den Sant Pera en vna declaracio feta entre los de la Ciuta
e los de la part Forana, en cartes 184. comensa, com entre los
Magnifichs Iurats, &c. en lo vltim capitol de dita
declaracio.


Que
los Iurats no poden esser peñyorats en bens propris de la
Vniversitat, es en libre den Sant Pera en cartes 197. en la primera
pagina, comensa. Señora molt excellent y en libre den Abello en
cartes 66.


Que
dos dels Iurats entrevenguen en les Turtures, es en dit libre
den Sant Pera en cartes 198. en la primera pagina.


Asso
metex dispon la franquesa en dit libre en cartes 194. en la
segona pagina, comensa. Nos Ioannes, e la primera (primsra)
dita, comensa. Nos Ferdinandus.


Que
los Promens de la Ciutat, y Regne puxen elegir los Iurats, es en
libre den Rossello en cartes 52. en la primera pagina, comensa. Nos
en Iaume.
Los Iurats no poden imposar collectes sens licencia del
Señor Rey o de son Llochtinent, en la franquesa en libre den
Rossello en cartes 108. en la primera pagina, comensa Tornant atras,
en nom de Nostro Señor.


Asso
matex diu lo dit libre en cartes 155. en la segona pagina.


Los
Iurats poden fer Ordinacions en que presenten aquelles a la cort, es
en libre den Rossello en cartes 118. en la primera pagina, comensa.
En Sancho.


Los
Iurats eren elegits a la vigilia de Nadal, es en libre dit, en cartes
121. en la primera pagina, comensa. Sapien tots.


Lo
Iurament dels Iurats, es en libre den Rossello en 126. cartes en la
segona pagina, comensa. Yo aytal.


Los
Iurats poden llevar les imposicions imposades, contra voluntat llur,
e cullides: es en libre den Rossello en 206. cartes en la segona
pagina, comensa. Nos petrus.


Si
los Iurats tremeten al Señor Rey nunsios lo Governador no
impedesca aquells, es en libre den Rossello en cartes 224. en la
primera pagina, comensa. Petrus Dei gratia.


Quant
los Iurats congregaran lo Concell poden imposar pena als Concellers
per llur arbitre que sien en dit Concell, e lo que per dita ocasio
sera exhigit a que te a servir mireu en libre den Rossello en cartes
187. en la primera pagina, comensa. Nos Petrus.


Los
Iurats cascun Añy deuhen comptar ab los Syndichs de la part forana,
es en libre den Rossello en cartes 260. la 2. pagina, comensa. Nos
Petrus.


Los
Iurats poden imposar aiudes, es en libre den Rossello en cartes 270.
en la segona pagina, comensa. Nos Petrus Dei Gracia.


Los
Iurats han entrevenir en vbrir la caxa de les pecunies dels bans, es
en libre den Rossello en cartes 283. la 2. pagina comensa. Petrus Dei
Gratia.


Que
los Sarrayns presos sabents en la art Maritima muyren: a
conaguda del Gevernador, y Iurats, es en libre den
Rossello en cartes 291. en la segona pagina, comensa. Petrus.


Los
Iurats poden fer totes ordinacions vtils, e prohibir que negu nos
vesta de drap stranger, es en libre den Rossello en cartes 294. en la
primera pagina, comensa. Petrus Dei Gratia.


Los
Iurats han entrevenir ab lo Execudor, e ab concell llur se han de
corregir los greuges de les diffinicions dels comptedors, es en dit
libre den Rossello en cartes 300. en la segona pagina, comensa.
Petrus Dei gratia.


Ab
coloqui primer hagut ab los Iurats los Taulers de la taula setenen
elegir dels mes Idoneos, es en libre den Rossello en cartes 339. en
la primera pagina, comensa. Petrus Dei Gratia.


Impetrans
Officis Reals sien proveits de aquells quant informacio, se haura
rebre per lo governador, fasses a coneguda dels Iurats, es en
libre den Rossello en cartes 340. 
en
la primera pagina, comensa. Nos Ioannes, e en la seguent, comensa.
Nos Martinus.


Los
Iurats han a donar lo Offici de sots Sequier de la Ciutat, es
en libre den Rossello en cartes 358. segona pagina, comensa. Petrus.


Negu
nos puga appellar, ni puga contradir a les Ordinacions fetes per los
Iurats de ab concell de promens emparo que sien autoritzades
per lo Governador, es en libre den Rossello en cartes 375. en la
segona pagina, comensa. Nos Ioannes.


Asso
matex es en dit libre en cartes 379. en la primera pagina, comensa.
Nos Ioannes.


Los
Iurats poden fer descarregar qualsevulla Navili portant vitualles en
lo Regne, es en libre den Rossello en cartes 417. en la segona
pagina, comensa. Pateat vniversis.


Lo
Iurat aportant lo standart pusca portar Simera
Real, es en libre den Rossello en cartes 444.
en la primera pagina, comensa. Nos Martinus.


Del
Testament dels Iurats ne com se deu fer ne perque dispon lo capitol
de la Pracmatica de moson Huc de Anglesola en libre de
capitols de Corts Generals continuade en cartes 104. en la
primera pagina, comensa. Item com antigament.


Los
Iurats han haver sertificacio dels Blats de la part forana, es
en la pragmatica de moson Huc de Anglesola en cartes 104.
primera pagina, comensa lo capitol. Item Provehim.


Los
Iurats han elegir lo Scriva dels clavaris está a
beniplacit llurs, es en vn capitol de la Pragmatica de moson
Huc de Anglessola en cartes 110. en la segona pagina, comensa.


Item
com la ravocacio.


Los
Iurats entems de necessitat poden armar per haver Formens,
es en libre den Abello en cartes 121. en la quarta columna.


Que
les execucions que fan contra los olims Iurats les obligacions que
han fetes aquelles matexes sian fetas contra los
moderns Iurats, es en libre den Abello en cartes 118. en la quarta
columna, comensa. Nos Ioannes.

INQVSICIO.
Inquisicio
contra algun particular nos pot fer sens que primer no sia citat e
que vaie Iurar Testimonis, es puga defendre com de dret se deu
fer, es en libre den Sant Pera en la desena carta en la
primera columna, comensa. Noverint Vniversi.


Asso
matex, es en libre den Rossello en cartas 63. la primera
pagina, comensa. Encara donam.


Inquisitio
General com se pot fer en cert cas es en libre den Sant Pera en la
matexa 10. carta en la dita coll.
Quant la Inquisicio se fa qui hi
deu entrevenir, mireu en libre den Sant Pera a 27. cartes en la
primera columna nomensa. Pateat Vniversis.


De
les Inquisicions se parla a 35. cartes del dit libre en la primera
columna Attendat locumtenens.


En
les Inquisicions ardues no se prenen testimonis en la recepcio de
aquelles te esser lo Iutge es en dit libre de Sant Pera en cartes 35.
en la segona columna.


Que
les Inquisicions se fassen a despeses de la cort, es en dit libre den
Sant Pera en cartes 195. en la primera pagina comensa. Nos Ioannes.


Asso
matex en libre den Rossello en cartes 171. segona pagina, comensa.
Nam Fos.


Asso
matex, es en vn capitol en libre de capitols de corts Generals en
cartes 72. capitol 33.


En
les Inquisicions te esser present lo Assessor, e en la recepcio dels
Testimonis, en los negocis arduos, es en libre den Rossello en cartes
208, en la segona pagina, comensa. 
Pateat
vniversis.


Si
Inquisicio sera feta contra algu lo qual sera citat en Cort del Rey
sia acabada, e sia sentenciat servades les franqueses disponents que
negu puga esser tret del Regne, es en libre den Rossello et
cartes 228. en la segona pagina, comensa. Petrus Dei gracia.


Inquisicio
nos fassa contra algu que primer no está citat aquel
contra quis fará, es en libre den Rossello en cartes 263. 2.
pagina, comensa; Nos Petrus.


Les
Inquisicions se tenen a fer a despeses de la cort, es en dit libre
den Rossello en cartes 425. en la primera pagina, comensa. Martinus.


Item
en lo 12. capitol dels capitols de corts Generals de Leyda en 95.
cartes del libre den Sant Pera.


ILLES
DE MENORCA, E YVICA.


Que
lo Regne de Mallorques, es tingut darlos socos en temps
de estol o de necessitat en libre den Sant Pera a 25. cartes
en la segona columna.


Asso
Matex diu la franquesa en libre den Rossello en cartes 165. en la
segona pagina.


De
les Appellacions de Menorca, e Iviça,
es Iutge lo Governador de Mallorques, es en dit libre den Sant Pera
en cartes 42. en la segona pagina. Nanfos.


Remissio
de les despeses de Menorca, es en dit libre en cartes 186. en la
segona pagina, camensa. Nos Ioannes.


Los
procuradors, e llochtinents de aquells, son sots proteccio del
Procurador de Mallorques e han haver recors a aquell e de aquell al
Señor Rey, es en libre den Rossello en cartes 172. segona pagina,
comensa. Nam Fos.

IVEVS.
(jueus; judíos; “chueta)


Los
Iueus sen sots custodia e proteccio del Señor Rey segurs ab
totes ses Robes, en libre den Sant Pera a 27. cartes 3. columna
comensa Pateat Vniversis en la primera pagina.


Que
Iueus fets Christians hagen franquement los bens que de abans
havian, axi com se conte en vn privilegi en libre den Sant
Pera en cartes 114. en la primera pagina comensa. Quoniam puis &
misericors.


Que
tots los Iueus habitadors de Mallorques puguen estar plegats en vn
lloch, es en dit libre en cartes 137. en la segona pagina, comensa
Encareus Atorgam.


Que
Iueus no tingan Offici de Señor, es en dit libre en
cartes 139. en la primera pagina.


Si
algu Iueu prestara sobre peñyora a algu catiu que lo
Señor puga recobrar la peñyora sens resttituir lo prestat,
es en libre den Rossello en cartes 54. en la primera pagina 
comensa.
Sapien Tuyt.


Los
Iueus quis Batetjarán no tornen en servitut, es en dit libre
den Rossello en cartes 169. en la primera pagina, comensa. Nam Fos.


Los
Iueus no poden comprar honors ni Possessions, ni Censals en que hage
señyoria sobre Christians, es en libre den Rossello en 170. cartes
en la segona pagina, comensa


Sapien
Tuyt.


Los
Iueus Mercaders passant per Mallorques ab Mercaderies no paguen
alguns Drets, sino los acustumats, es en libre den Rossello en cartes
171. en la segona pagina, comensa. Nanfos.


Que
los Iueus de Incha (Inca) estigan separats, es en libre
den Rossello en cartes 211. en la segona pagina, comensa. Petrus Dei
gratia.


Los
Iueus poden esser turmentats hagude licencia del Governador, no
obstant lo privilegi en contrari obtes, es en libre den Rossello en
cartes 223. en la segona pagina, comensa. Nos Petrus.


Los
Iueus dins sinch Añys haguessen ademenar los llurs
deutes es en libre dit en cartes 304. en la primera pagina, comensa.
Nos Petrus.


IVRATS
DE LA PART FORANA.


De
Sentencias donades per los Iurats de la part forana parla le
franquesa en libre den Sant Pera a 28. cartes en la segona columna,
comensa. Nos Petrus.

IVTGE
DE APPELLS.


De
la Sententia del Iutge de appells nos poden appellar, es en libre den
Sant Pera en 74. cartes en la segona pagina, comensa, Petrus Dai
Gracia Rex.


Asso
matex, es en lo dit libre en cartes 75. comensa la franquesa. Petrus
dei gracia, en la primera pagina e en la segona e en la franquesa
seguent.


Lo
Iutge de consolat, es conexador de les apellacions e no altre es en
libre den Rossello en cartes 275. en la segona pagina, comensa.
Petrus Dei gracia.


Lo
Iutge de appells ix la nit de Sant Iuan Baptista, es en
libre den Rossello en cartes 343. en la segona pagina, comensa. Nos
Petrus.


Lo
Iutge de appells pren per iudicatures tres dines per lliura de
cascuna part, es en libre den Rossello en cartes 344. primera pagina,
comensa. Nos Petrus,


De
les Sentencies dels Iutge de appells nos pot appellar ni lo
Governador, no sen pot entremetre, nis pot hauer recos a ell, es en
libre de capitols de corts Generals en cartes 68. en la segona pagina
en lo 18. capitol.


IVTGES,
E IVTGES DELEGATS.


Los
Iutges han haver lo salari sens que sia la Sentencia publicade, es en
lo Capitol de Leyda 9. en libre den Sant Pera en cartes 95.


Los
Iutges delegats han de pronunciar en consell de Promens e lo
Govarnador, o son Lloctinent no ha a Iudicar ab promens en les
questions de appellacions les quals en vers si se retindra, es en
libre den Rossello en cartes 309. en la primera pagina, comensa. Nos
Petrus.


IOCH,
IVGAR, IVGADORS.


Los
qui perdan Iugant a Daus pugan Repetir, demenar,
e cobrar la quantitet, o cosa que perdude auran,
e los qui guañyat hauran sian compellits a restituhir
ho, es en libre den Sant Pera en cartes 165. en la segona pagina
comensa Ioannes Dei Gracia.


Revocacio
del Privilegi de poder Riffar lo Pex de la
Albuffera, es en dit libre den Sant Pera en la matexa carta
165. en la segona pagina.


INSTADORS
DE COMPTES.


De
Instadors de comptes parla la franquesa en libre den Sant Pera en
cartes 176. en la segona pagina, comensa. Ioannes Dei Gratia.


INSTRVMENTS.


Que
els instruments subsignats de ma de Notari quis diga publich se hage
de estar fins atant que lo contrari sia provat, es en libre
den Sant Pera en cartes 34. en la quarta columna en les constitucions
curials.


IVRAMENT.


Que
nos reba Iurament dels Christians sobra les
pecunias a aquells per los Iueus prestades, es en libre
den Rossello en cartes 76. en la primera pagina, comensa. En Iaume.


IMMOBLES.


Mireu
en la dictio bens Immobles, e en la dictio vendes fetes per la cort.

IVGADISSA.


Mira
de dita Iugadissa en la dictio 
Tafuraria.


INVENTARI.
Los
Hereus, Tudors, e curadors e lo fisch poden fer Inventari dels bens
dels defunts sens citacio dels legataris, e dels creadors
en libre den Sant Pera en cartes 31. en la segona columna, comensa.
Item est de vsu.


IOVENS
DE NOTARIS.


Los
Iovens qui estan ab notaris poden pendre qualsevol contractes
exceptats Testaments, e codicils in libro den Sant Pera
en cartes 31. en la segona columna, comensa. Item est 
de
vsu, & consuetudine in Maioricis.


IVRISTES.


Que
Iuristes, Notari, ni causidich, no entrevenga en Consolat, es en
libre den Abello en cartes III. en la primera pagina, comensa. Nal
Fonso
per la gratia, &c.


Iurats
no sien alterats en sos assientos carta Real dade
en Madrid a 20. Dezembre 1598. folio 24. del libre de Cartes Reals ab
cuberta de fust.


Iutje
de corts ni altre Ministra, no pot demenar cose a les Viles ahont
van. Carta Real dat en Sant Llorens a 20. Iuliol 1614. folio
45. del libre de Cartes Reals ab cuberta de fust.


Iurats
deuhen veure los capitols dels Officis, y Collegis ans
de decretarse aquells: Carta Real dade en Madrid a 22. Iunij
1616, folio 45. del llibre de Cartes Reals ab cuberta de fust.


Iurats
son los principals Misistres en materias de Peste
Carta Real dat en Madrid a 23. Dezembre 1622. folio 63. del
libre de Cartes Reals eb cuberta de fust, y en lo
libre
de Cartes Reals ab cuberta de plagami es trobara
folio 131.


Iviça
es part del Regne Carta Real dade en Madrid a 8. de (espacio
largo
) de 1621. folio 72. del libre de Cartes Reals ab cuberta de
furt.


Iurats
son Protecttors del Hospital General. Vide Hospital.


Iurats
sumpre que vullen avisar a se Magestad de
qualsevol cosa, no poden esser impedits per los Señyors
Virreys Carta Real dade en Valladolid a 8. Noembre 1558. folio
6. de libre de Cartes Reals ab cuberta de plegami.


Iurats
poden provehir de carn a ses voluntats sens poder esser
impedits per los Senyors Virreys. Vide Virreys.


Iurats,
y sos Assientos. Vice Assientos.


Iusticia
se ha de administrar conforma franquesas. Vide
Administracio.


Iuristes
no poden esser Assesors antes (no abans) de
hauer Advocat dos Añys libre den Abello folio 62.


Iuristes
no poden Aduocar que no hagen tingut Conclusions en Extraordinari de
1549. folio 36.


Los
Magnifichs Iurats han de conexer de les *segones Istancias
dels Magnifiichs Clavaris, Mostassaph, y Execudor en libre
Vert folio 31.


Lo
Inquisidor no puga defensar los (mal
scan
) Familiars en los Fraus, y coses que tocan
al Mostassap en dit libre folio 117.


Familiars
del Sant Offici recusant fer Guardes los dies quels toca pugan ser
compellits, y executats per los Ministres Reals en dit libre,
y lloch.


Lo
Inquisidor no conega de Camins Reals, y publichs en dit libre
folio 117.


Iutjes
de corts quant ixen fora no pugan demanar cosa alguna mes de
les dretas en libre de Cartes Reals cubertas de plagami
folio 74. & 100.


Iuristes
no pugan esser Asessors ni regir Officis que no hagen
practicat dos Añys en la Ciutat en libre den Abello folio 62.


Iuristes
no poden Advocar delegar nech alias que primer no hagen
tingudes Conclusions conforma decret presi (salto
de linea, sin guión)
dal en lo
Extreordinari de 1549. folio 36.