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jueves, 4 de febrero de 2021

18 DE JUNIO.

18 DE JUNIO.

Acudieron a esta sesión los embajadores, que ya habían llegado, (excepto el señor arzobispo, que se fue a Tarragona, y el conde de Módica, ) y hecha relación de todo lo ocurrido, se leyó el dictamen de la señora Reina sobre las modificaciones presentadas a su Serenidad, y el escrito en que pedía la embajada al rey de Castilla; después de lo que, habido un largo coloquio sobre ambos extremos, acordóse, por fin, que se consultase antes con el señor Primogénito y con los Concelleres, a cuyo objeto, después de comer, pasaron a la casa de la ciudad Antonio Lombart y Pedro Perelló, mientras que los señores Diputados fueron a ver al Príncipe, acompañados de sus respectivos notarios, por quienes se hizo, en presencia de este, la conveniente lectura.
Reunidos otra vez por la tarde, dijo el señor abad, que habiéndoles manifestado el señor Primogénito, por documentos auténticos, que le pertenecía el reino de Navarra, y que, sin embargo de ser su intención obedecer a su señor padre, le había ocasionado tal obediencia muchas incomodidades, por lo mismo, les rogaba dicho señor, le requiriesen para que se le jurara como Primogénito, o él de propia voluntad juraría. Acerca la embajada a Castilla leyóse una proposición firmada por ocho personas a este objeto.
Acordóse, al propio tiempo, que, para que la Reina, por temor de lo que se contaba, no se marchara, se le enviase una carta, en la que se la procurase calmar, dándole todas las seguridades posibles, según es de ver a continuación.

Dirigitur domine Regine.
Molt alta e molt Excellent Senyora.
Les respostes e coses per vostra Excellencia derrerament donades al misatgers de aquest Principat son stades per ells reportades e per vosaltres vistes e recensides diligentment e per quant en nosaltres e tots los poblats en aquest Principat seria subirana contristacio si la capitulacio fins aci contractada no venia a la desigada fi stam continuament e ab tots nostres studis pensant en totes coses que aquella puixen conduir. Speram de la clemencia divinal que annuira als nostres desigs e que se atrobaran expedients e per venir al saludable port de conclusio e servici de nostre Senyor Deu e del Illustrissimo Senyor Rey e de vostra Altesa e Illustrissimo Senyor Primogenit e benefici e repos de la cosa publica de aquest Principat. Per tant Senyora molt alta per servici de nostre Senyor Deu e del dit Senyor Rey e vostre e del Senyor Primogenit e per tant benefici quant aço sguarda axi humilment e devota com mills podem vostra Excellencia supplicam li placia aqui detenirse sperant certes persones qui prestament a vostra Excellencia trameses seran per les quals vostra dita Excellencia sentra nostres delliberacions que no duptam a aquella acceptes seran. E hont tant ha fet e obrat la virtut vostra Senyora molt alta la suplicam li placia continuar e no desistir fins a la optata fi ne vulla donar loch a creure informacions e sinistres reports de malicioses persones que fames scampen ab astucia e malicia de perturbar tant benefici e be. Molt alta e molt Excellent Senyora la Trinitat tinga en sa proteccio vostra Illustrissima Senyoria la qual de nosaltres man lo que de sa merce sia. Scrita en Barchinona a XVIII de juny any Mil CCCCLXI. - De vostra molt alta Senyoria humils vassalls etc. - Los diputats etc.

lunes, 22 de junio de 2020

261. GIL DE ATROSILLO, SEÑOR DE ESTERCUEL, Y LA APARICIÓN DE LA VIRGEN


261. GIL DE ATROSILLO, SEÑOR DE ESTERCUEL, Y LA APARICIÓN DE LA VIRGEN (SIGLO XIII. ESTERCUEL)

261. GIL DE ATROSILLO, SEÑOR DE ESTERCUEL, Y LA APARICIÓN DE LA VIRGEN (SIGLO XIII. ESTERCUEL)


Era un día de entre los años 1250 y 1258. Don Gil de Atrosillo era señor del castillo de Estercuel, entre cuyos muros se había recluido en busca de sosiego, tras haber participado en las campañas de Mallorca, Valencia y Morella, entre otras. Aquella tarde recibió a un forastero que decía llamarse Pedro Novés, oriundo de las montañas jaquesas y experto en la conducción y cuidado de ganados. Tras la conversación, lo tomó a su servicio como mayoral, poniéndole al frente de sus múltiples pastores y numerosos rebaños. Pedro Novés se ganó pronto el respeto de todos, desde el señor hasta el último pastor. Por eso no daban crédito a la repentina locura de tan cabal persona cuando les quiso hacer creer que se le había aparecido la Virgen.

En efecto, ocurrió que una noche estando durmiendo en el monte de la Redonda, donde habían llevado el ganado en busca de pastos, se desveló cuando al otro lado del río vio brotar una intensa luz y oyó hermosos cánticos. Despertó a los pastores y les hizo observar el extraño fenómeno, pero al poco rato, creyendo que podrían ser algunos muchachos del pueblo, volvieron a dormirse. Pedro Novés no se contentó y, cuando todos dormían, fue a inspeccionar la zona.

Quedó anonadado: sobre el tronco de un olivo, estaba una imagen de la Virgen, aparición que se repitió durante las dos noches siguientes. Pedro no sabía qué hacer. Fue Nuestra Señora la que le dijo que se lo comunicara a don Gil y así lo hizo, pero el señor de Estercuel, a pesar de la estima en que tenía a Pedro Novés, le creyó un iluso y un visionario, rogándole que olvidara todo aquello. Volvió el mayoral al lugar de la aparición y refirió a la Virgen lo sucedido: no le creían. Entonces tomó la mano de Pedro, la puso en su mejilla y le rogó que regresara a Estercuel. Nadie podría separar la mano de su cara y entonces le creerían, como así fue.

Llevaron la imagen solemnemente a la iglesia parroquial, pero en tres ocasiones desapareció, apareciendo siempre sobre el mismo tronco de olivo sin que nadie la transportara. La intención estaba clara y así es cómo Estercuel levantó el monasterio de Nuestra Señora del Olivar.

[Andrés de Ustarroz, F., Chronología..., págs. 51-52. Faci, Roque A., Aragón..., II, págs. 81-84.
Guallar, Santiago, «Nuestra Señora del Olivar», Aragón, 165 (1940), 30-35.]

domingo, 24 de noviembre de 2019

LA VENGANZA DE ARNALDO, SEÑOR DE CASTRO DE MALAVELLA


182. LA VENGANZA DE ARNALDO, SEÑOR DE CASTRO DE MALAVELLA
(SIGLO XIII/XIV. PIEDRA)

Arnaldo, señor del Castro de Malavella, cercano a Piedra, estaba casado con Mencía, hermana del señor de Somed, matrimonio que no había tenido descendencia. Ya mayores ambos, el castellano pretendió repudiar a su mujer para tratar de unirse a una joven plebeya de la que andaba enamorado para que le diera un sucesor. Nada ni nadie detuvo a don Arnaldo y doña Mencía se vio obligada a abandonar el castillo mientras tomaba posesión del mismo la joven, a la que el caballero dedicó todas sus atenciones.

La llamada del rey para efectuar una campaña militar obligó a don Arnaldo a abandonar el castillo y en él a su joven amante doña Flor. Ésta, viéndose libre por algún tiempo de la presencia del hombre al que se había unido por interés, corrió a reunirse con el joven al que de verdad amaba.

Era una noche de frágil luna y los dos jóvenes, por separado, recorrieron prestos, sorteando los árboles del denso bosque, el camino que les condujo a una profunda cueva donde se fundieron en un abrazo, aunque sin darse cuenta que eran observados a distancia por un hombre. Era el guardián del castillo, al que don Arnaldo había encomendado la custodia de Flor.

Regresó a la fortaleza el guardián, hallando en su puerta a un peregrino que cubría casi por completo su rostro para guarecerse del frío de la noche. Preguntó éste por el señor y, tras saber que no estaba, lo hizo por la señora. Al contestarle que tampoco se encontraba ella inquirió el porqué. Cuando el guardián le dijo que no era cosa suya, el peregrino descubrió su verdadera identidad: era el propio don Arnaldo.

Tuvo que confesar el guardián la infidelidad de Flor y el viejo castellán, lleno de ira, corrió hacia la cueva, y cogiéndolos por sorpresa, consiguió atravesar con su espada a los dos amantes. Luego, valiéndose de troncos y piedras, desvió el cauce del río para que aquel lugar quedase oculto. En el fondo de la cueva, quedaron para siempre abrazados los cuerpos inmóviles de los dos jóvenes, que la naturaleza se encargó de petrificar, de modo que sus dos esqueletos entrelazados pueden verse todavía en el fondo de la cueva tras la cascada de agua clara.

LA VENGANZA DE ARNALDO, SEÑOR DE CASTRO DE MALAVELLA


[Sarthou, Carlos, «La leyenda romántica de Piedra», en Aragón, 158 (1938), 217-218.]




https://revistas.ucm.es/index.php/ANHA/article/download/38399/37152




domingo, 14 de junio de 2020

196. LA VENGANZA DE ABDELMELIC


196. LA VENGANZA DE ABDELMELIC (SIGLO XI. ALBARRACÍN)

A fines del siglo XI, los territorios independientes de la taifa de Albarracín estaban rodeados de los de la importante taifa de Sarakusta, de los de Molina, Cuenca y Alpuente, y de unos minúsculos señoríos vasallos del Cid. Sus pequeñas cortes eran hervideros de confabulaciones y las relaciones con los alcaides de sus fortalezas no estaban exentas de episodios más o menos intrigantes.
El segundo señor independiente de la Sahla, Abdelmelic ben Razín, tuvo ocasión de vivir una de estas intrigas en el castillo de Adakún, hoy Alacón, del que era alcaide y vasallo suyo un tal Obaidalá, cuñado de Abdelmelic, puesto que estaba casado con una hermana de éste.
Tramó con cuidado y sigilo Obaidalá el asesinato de su cuñado y señor, hombre ya mayor, con el deseo de sucederle en el gobierno de la Sahla. Para ello, invitó a su palacio a Abdelmelic y a sus hombres de confianza, ofreciéndoles un banquete en el que corrieron profusamente comida y vino. Cuando el señor de Alacón creyó llegado el momento, sus esbirros se lanzaron sobre Abdelmelic y le hirieron gravemente. Ante el drama que se estaba produciendo, la hermana del agredido —y esposa a la vez del agresor— pudo subir al piso superior y solicitar auxilio al exterior, de modo que los servidores de Abdelmelic entraron en el recinto y prendieron a los agresores, dejando con vida al traidor y a su hijo, tal como les pidió su señor, que yacía herido.

Los organizadores de tan sangriento festín fueron castigados con saña para que sirviera de escarmiento y Abdelmelic —que salvó la vida, aunque le quedaron cicatrices del atentado— hizo comparecer públicamente a Obaidalá, su cuñado, ordenando que le cortaran manos y pies, que le vaciaran los ojos y, por fin, que fuera crucificado a la vista de todos, como así se hizo, desoyendo las súplicas de su hermana. En cuanto al hijo del señor de Alacón, que era su sobrino y había participado también en la conspiración, decidió dejarle en libertad, pero no sin antes ordenar que le fuera cortado un pie para que nunca le pudiera perseguir.
Hay quien, todavía hoy, cree oír en Alacón, junto a las ruinas del castillo, los lamentos de una mujer, sin duda la esposa de Obaidalá, gemidos por el hijo al que su marido, el señor de la Sahla, castigara.

jueves, 2 de julio de 2020

CAPÍTULO XXVI.


CAPÍTULO XXVI.

César, vencidos Afranio y Petreyo, se vino a Lérida, y le quitó el nombre que le habían sobrepuesto, y le volvió el antiguo; y de los sucesos de España hasta la venida del Hijo de Dios al mundo.

Gerónimo Pujades, en su Crónica de Cataluña, dice, no sin fundamento, que César, después de vencidos los enemigos y quedado señor de toda la España Tarraconense y en particular de la ciudad de Lérida, se partió para ella, así para descansar del trabajo pasado, como para ordenar el regimiento de la tierra y aparejar lo necesario para emprender las guerras que pensaba tener en la España Ulterior. Entonces dicen que le quitó el nombre de Mont public que así se llamaba aquella ciudad, y le volvió el nombre de Lérida, que dura hasta el día de hoy. Esta mutación de nombre solo la hallo en Pedro Tomic; y holgara yo mucho de saber aquel autor de dónde la sacó, no hallando tal cosa en los autores antiguos que hacen memoria de esta ciudad, ni aun en el mismo César, que, contando los sucesos que tuvo antes de tomarla y después por menudo, no olvidaría este, y más siendo hecho suyo y que redundaría en honra y decoro de aquella ciudad. Los que han tenido esta opinión dicen que Lérida, por mal nombre y por escarnio, la llamaron Mont public, por ser lugar público y común a los pueblos ilergetes y a cualesquier otros, para sacrificar a los falsos dioses; y el más principal de ellos a buena razón había de ser la diosa Venus, pues, por ocasión de estos sacrificios, siete rameras hicieron su habitación en la plaza que hoy llaman la Zuda, y por la publicidad en que vivían y ejercitaban su deshonesto oficio, llamaban a la ciudad, como por escarnio y burla, Mont public, como hoy suelen llamarse las casas donde vive tal gente: y entre aquellos ciegos gentiles era religión venerar aquel ídolo con mujeres que, perdido el velo de la honestidad, libremente se entregaban a los devotos que visitaban aquella falsa diosa, para honrarla con tales actos; pero no por esto quedó olvidado el nombre de Lérida, antes conservándole aquella ciudad, le daban este otro de Mont public que del todo mandó olvidar César, como a deshonesto y de mal sonido.
Antes que se saliese de España Afranio, acordándose que los infortunios que tuvo se los había pronosticado una esclava que tenía, llamada Afrania, que sería augur o adivina, y había muerto por aquellos días; ya que él había de dejar la España, no quiso que la memoria de ella se perdiera, sino que durase para siempre; y para mejor conservarla, mandóla labrar un suntuoso sepulcro, y en él una inscripción que dice: Afrania. L.L.Chrocale. S., esto es, que aquella memoria la dedicaba a Afrania, que había sido esclava y después fue liberta de Lucio Afranio, y le había pronosticado los infelices sucesos que tuvo en aquella guerra. Hacen mención de esta mujer don Antonio Agustín, Diálogo 6 y el doctor Pujades.
Consérvase aún esta memoria en aquella ciudad, en la calle que baja de la iglesia de san Lorenzo al hospital, sobre la puerta principal de la casa del doctor José Sabata,
catedrático de prima en aquella universidad, y uno de los más doctos e insignes varones que hemos conocido en estos tiempos.
Vencidos ya los enemigos de César, y hecho ya señor de la España Tarraconense, después de haber descansado algunos días en la ciudad de Lérida, pasó a la Ulterior, y allí venció a Marco Varron, legado de Pompeyo; y dejando buen gobierno y regimiento en las dos Españas, se volvió a Roma a recibir la honra del triunfo, que por muchas razones, según el uso de aquellos siglos, le era debido.
Cuarenta y cinco años antes del nacimiento del Señor, según la mejor cuenta, fue la muerte de Pompeyo, a quien sus hechos dieron nombre de grande. Murió en Egipto; y confiado de la autoridad del rey Tolomeo Dionisio que se le declaró amigo, se había recogido en aquel reino y metido por sus puertas, y él le mandó alevosamente matar. Dejó dos hijos: el mayor se llamó Neyo Pompeyo, y Sexto Pompeyo el menor; y fueron los dos valerosos soldados y tan poco afortunados como el padre: quisieron cobrar en España lo que César le había tomado, y pasaron a ella con gran poder; pero César, dejados los negocios que tenía en Roma, con la mayor celeridad que pudo vino a España, y después de varios sucesos quedó vencedor, Neyo Pompeyo muerto, y Sexto se escapó huyendo; y vencidos de esta manera los pompeyanos, César quedó otra vez señor de España, triunfando de sus enemigos, e hizo muchas mercedes a los naturales; y en Cataluña, Tarragona y Ampurias quedaron hechas colonias. (“Ens culunitzan”, dijo otro Pompeyo, Fabra, unos cuantos siglos más adelante, aproximadamente en 1920).
Apaciguada España, dejó en ella César sus gobernadores y se volvió a Roma. Apenas había llegado allá y cuando Sexto Pompeyo, que había estado retirado en la Lacetania, que es parte de Cataluña, comenzó a tentar los ánimos de los paisanos, y halló entre ellos buenos amigos, juntó los que habían quedado de su hermano, y con los suyos se puso en campaña, con ánimo de renovar las guerras pasadas y cobrar lo perdido.
Estando en esto, aconteció la muerte de Julio César, a quien mataron con veinte y tres puñaladas (fue sin querer) en el senado cuando estaba en la cumbre de su majestad y poder, mandándolo todo, sin que nadie osase contradecirle. Fue su muerte en los idus de marzo, esto es, a quince, que, según se lo habían pronosticado Espurina y otros augures y adivinos, era para él, aquel día infausto, aciago y triste, y él haciendo poco caso de tales vaticinios, había hecho burla de ellos y escarnio de los que le adivinaban tales infortunios. Con este suceso quedó tan animoso Sexto Pompeyo, que, sin hallar resistencia en los cesarianos, que con la pérdida de su capitán y caudillo iban con turbación descarriados, se apoderó de toda España Citerior, y pasó a la Andalucía con grande poder.
Marco Lépido había quedado por César en la España Tarraconense, pero imposibilitado de resistir a Sexto Pompeyo; y lo que no pudo acabar con fuerza, lo alcanzó con maña, y concertó con él, que con el dinero y riquezas que había recogido se saliese de España, y fuese a gozar de ellas en Roma; y así lo hizo, y Lépido quedó en España con autoridad y poder de procónsul. Octavio, sobrino de César, fue heredero y sucesor universal, por haberle nombrado tal en su testamento. Era Octavio hijo de Accia, sobrina de César, y de Octavio, pretor de Macedonia. Accia fue hija de Julia, hermana de César, y de Accio Balbo. Tuvo Octavio en el principio muchos encuentros con Antonio y con Marco Lépido que pretendió gran *parte de las provincias del senado romano; y después de haber pasado varias cosas, concordaron que fuese el señorío romano dividido en tres partes, y esta división llamaron triunvirato, de que tantas memorias hallamos en * historias romanas. Octavio quedó con Italia, África, Cerdeña y Sicilia; Marco Antonio con Francia y Flandes, Marco Lépido con las dos Españas, Citerior y Ulterior, y * la Galia Narbonense. De Grecia y Asia no se habló, porque Bruto y Casio, homicidas de César, se habían quedado con ellas. Pactaron que esta división o triunvirato durara por cinco años; pero no se efectuó, porque Octavio se alzó con todo, dejando vencidos a Lépido y Antonio;
y el señorío romano vino a quedar en poder de solo Octavio, que con título de emperador, lo vino a regir y gobernar todo. Vino entonces por procónsul a España Neyo Domicio Calvino, el cual tuvo en nuestra Cataluña guerras con los de Cerdaña, y les venció y tomó tanto tesoro, que quedó muy rico; y la parte que cupo a Octavio fue tal, que bastó para el gasto de su triunfo y reedificar su palacio, que quedaba destruido de un incendio, y le dejó adornado de muchas figuras y artificiosas labores. Pasó esto en el año 38 antes del nacimiento de nuestro señor Jesucristo, cuando comenzó la cuenta de las eras, que tantos años duró en nuestra España, donde no contaban por el año del Señor, sino por el principio del gobierno de Octavio César Augusto, hasta que el rey don Pedro el cuarto de Aragón, como a católico príncipe, dejando la cuenta de las eras de César, mandó contar por los años de la natividad de Cristo señor nuestro (1). Era este modo de contar, que añadían al año de la natividad 38 años, así que el corriente año 1639 de la natividad del Señor, añadiéndole 38 años, será el de la era de César 1677.
(1) Aun cuando el autor afirma que el rey D. Pedro IV fue el que mandó dejar la cuenta de la era de César, debe hacerse presente, que en Cataluña rara vez se encuentra un documento fechado de este modo, ni aún en tiempo de los reyes de Aragón, como puede verse en su archivo; a no ser algunos, pero muy escasos, del tiempo de los primitivos condes, que solían fechar por años de los reyes de Francia, y acumular a veces en un mismo instrumento dos o más cuentas diferentes; de manera, que la referencia de Monfar, cuando supone que D. Pedro introdujo tan útil reforma, debe entenderse respecto a la cuenta por la Encarnación, que era la que se usaba en este país, y no a la era de Cesar. Véase la pracmática de dicho rey, sancionada en las cortes de Perpiñan de 1350.

martes, 23 de junio de 2020

278. SAN ROQUE, EN EL HOSPITAL DE VALDEALGORFA


278. SAN ROQUE, EN EL HOSPITAL DE VALDEALGORFA (SIGLO XIV. VALDEALGORFA)

278. SAN ROQUE, EN EL HOSPITAL DE VALDEALGORFA (SIGLO XIV. VALDEALGORFA)


Como en una buena parte de nuestros pueblos, el de Valdealgorfa poseía su propio hospital, que en este caso estaba al cargo del municipio, y se mantenía gracias a las rentas que producían algunos campos y heredades donados piadosa y altruistamente por sus habitantes.

No era muy grande el edificio, pero sí suficiente y estaba adosado a la pequeña ermita que el pueblo había puesto bajo la advocación de san Roque. En sus dependencias no sólo se acogía y atendía a los habitantes de la villa, como es natural, sino que también se amparaba a cuantos caminantes y peregrinos necesitaran de cuidados.

La tradición extendida en Valdealgorfa y en toda la comarca asegura que el propio Roque, como viandante asiduo que era y antes de fallecer en el año 1327, visitó y honró con su presencia este modesto centro hospitalario.
Dada la fama que alcanzó por su dedicación a los menesterosos —tanta que el propio pueblo presionó a las autoridades eclesiásticas para su canonización—, se guardaron, como si de auténticos tesoros se tratara, el poyo en el que, según los nativos, descansó de la fatiga del camino, la ventana por la que se asomó y apoyó, y la estaca en la que colgó sus alforjas de viandante.

[Pardo Sastrón, Salvador, Apuntes históricos de Valdealgorfa..., pág. 61.]

“El culto de la gloriosa Santa Bárbara en este pueblo ni aún tradicionalmente se tiene noticia de su origen, y es probable que como especial abogada de fenómenos y accidentes, que invariablemente todos los años tan frecuentemente nos impresionan, sea hasta cierto punto coetáneo de su población. No sucede lo mismo con el de su Cofradía. Dos hechos, a cual más notables, la ocasionaron, perfectamente y con cándida sencillez explicados por el notario que testifica su escritura. Dice así:

'In Dei nominae. Sea a todos manifiesto que en el año contado del Nacimiento de Nuestro Señor Jesucristo, de mil seiscientos noventa y seis, día es a saber ventitrés de enero, en el lugar de Valdealgorfa, ante la presencia de mí, Juan Francisco Rosales, notario Real y Apostólico, y testigos que lo firmarán, comparecieron personalmente los señores doctores Estevan Rosa, Rector; mosén José Pueyo, mosén Gabriel Fuster, mosén Jerónimo Bañolas, mosén Domingo Gros, mosén Gregorio Berich, beneficiados; Andrés Pueyo, justicia y juez ordinario; Juan Francisco Martín y Antonio Piquer, jurados; Isidro Callao, Pascual Burgués, Miguel Joan Aguilar, Ignacio Martín, Joan Francisco Bosque, Joan Merino, Miguel Pellicer, Pedro Piquer, Marco Conchal, Joan Francisco Pueyo, Jusepe Merino, Francisco Blanco, Vicente Aguilar, Jusepe Juste, Miguel Bañolas, Miguel Joan Piquer, Eugenio Estevan, Gaspar Conchal, Francisco Bosque, Ignacio Lorente, Francisco Pueyo, Bernardo Martín, todos vecinos y habitadores del dicho lugar de Valdealgorfa; todos juntos y cada uno de por sí, propusieron tales y semejantes palabras en efecto continentes, que:
Por muchos años y tiempo a esta parte, a devoción del pueblo, hicieron y fabricaron, como de presente lo está dentro de la dicha iglesia parroquial de dicho lugar, una capilla y altar de la Virgen del Rosario, y en el retablo de dicho altar pusieron la santa imagen de la gloriosa Santa Bárbara, y dentro de su término hicieron y fabricaron una ermita y casa de la Señora Santa Bárbara con su retablo puesto y dorado, y en el segundo cuerpo del dicho retablo, a devoción del pueblo, pusieron la santa imagen de San Gregorio Obispo, y dentro de dicha ermita haber, como de presente lo hay, un ermitaño que vive y habita en ella, la cual ha sido y es muy visitada por los vecinos y habitadores de dicho lugar, por las muchas obras, gracias y milagros que han recibido de Dios Nuestro Señor, implorando el auxilio y amparo de dicha Santa Bárbara y de dicho San Gregorio, y señaladamente en los años pasados, habiendo por dos ocasiones muchas tempestades de truenos y rayos, cayendo como cayeron en dicha iglesia dos rayos y centellas, y estando en la dicha iglesia todo el pueblo implorando el auxilio divino, por intercesión de Santa Bárbara, aunque muchas personas quedaron despavoridas y como muertas, no peligró ninguna, hallándose como se hallaron libres y sanas; sólo se introdujo el rayo y centella por el altar mayor y por el Santísimo Sacramento de Nuestro Señor Jesucristo Sacramentado, quedando, como quedaron, muchas imágenes del retablo mayor como quemadas, pero gracias al Señor, aunque dicho rayo entró en el sagrario, no peligró el vaso de las formas consagradas, dando todo el pueblo, de todo lo sobredicho, infinitas gracias a Dios Nuestro Señor por haberlos librado de tantos trabajos por su infinita bondad y misericordia.
Y así mismo, en el año mil seiscientos ochenta y ocho, se llenó todo el término de langosta, en tal conformidad que salían todos los habitantes del mismo a matarla y no fue posible el aniquilarla, si bien parecía que cuantas más diligencias corporales hacían para matarla, tanto más se aumentaba, y todo el pueblo, confesados y comulgados, con procesión general, imploraron el auxilio divino por intercesión del Señor San Gregorio Obispo. Y como por milagro se desvaneció dicha langosta y quedó todo el término libre de dicha langosta, sin hacer daño alguno, y en acción de gracias, dicho lugar le votó de guardar toda la vida la fiesta del Señor San Gregorio Obispo, y poner su santa imagen en el segundo cuerpo del retablo de Santa Bárbara, siendo cofrades suyos, y no haber, ni estar fundada en dicho lugar cofradía. Todos los arriba nombrados les pareció instituir y fundar en la iglesia parroquial la cofradía de dicha santa en el altar y capilla de Nuestra Señora del Rosario, y estar en ella su santa imagen.’

Entre las gracias espirituales que esta cofradía disfruta son dignas de que nadie ignore que se puede ganar indulgencia plenaria, por estar así concedida, en las cuatro festividades de San Gregorio, Santa Bárbara, Santa María Magdalena y en la Natividad de Nuestra Señora.
Hacía bastantes años (en 1630) que la cofradía de los gloriosos San Martín y Santa María Magdalena y pueblo habían cedido su antiquísima ermita de San Roque para la fundación del convento de religiosas franciscanas de Santa Clara, y sentía vagamente el vacío de un santuario extramuros, que sirviera de honesto recreo y esparcimiento, al par que de sitio en que manifestar y dar, por decirlo así, rienda suelta a su piedad. La cúspide de elevadas montañas cubiertas de gigantescos pinares o seculares encinas parece que nos acercan a los objetos de nuestro culto y los paisajes que frecuentemente magníficos y dilatados a nuestra vista se presentan, infunden un sello de grandeza a nuestro pensamiento y un apacible bienestar al alma donde se anidan rectas y arraigadas creencias religiosas. Nos creemos más cerca de Dios y contemplamos extasiados, con lo ojos del alma, las maravillas de su infinito poder, y en nuestro entusiasmo sólo creemos cúpula digna de su gloria la inmensa bóveda del firmamento, formando durante la noche magnífico tabernáculo tachonado de infinito número de brillantes estrellas. Los pueblos sencillos se dejan arrasar fácilmente por sanas creencias, y son bondadosos y agradecidos con sus bienhechores, y éste de Valdealgorfa no podía sustraerse a esta regla invariable.
Convencido, pues, de la decidida protección dispensada por los gloriosos Santa Bárbara y San Gregorio, como se ve en la escritura de institución, edificaron una ermita en un vecino y elevado monte, como se ve hoy día, cuya obra se llevó a cabo por Juan Aguilar en el año 1689.
Esta obra la pagaron en el año siguiente los jurados del pueblo, y también hicieron fundir una campana para el mismo santuario, cuyo metal costó treinta y tres libras jaquesas, con más de diez que dieron a un artífice (Archivo Municipal, legajo acuerdos y legajo cuentas).
Por estos mismos documentos sabemos que en el año 1696 se pagaron al señor rector don Estevan Roca el viaje y gastos que se originaron al traer la bula de institución de Zaragoza, si bien hoy ignoramos su paradero.
Todas las personas de ambos sexos, habitadores y extravagantes o extranjeros, como se les llamaba, podían ser inscritos en sus listas, pagando un solo sueldo, y el gran número que de estos se conservan prueban la gran veneración y confianza que todos habían depositado en la decidida protección de estos dos santos.
Como siempre se ha hecho, el Municipio nombra todos los años un prior y un mayordomo (hoy le llaman ayudante) que cuidan de hacer las inscripciones de cofrades y recoger toda clase de donativos voluntarios con que atender a la conservación del santuario y honorarios de las festividades de Santa Bárbara y San Gregorio, dando cuenta al mismo de su legítima inversión.
Durante mucho tiempo, estas limosnas, recogidas por medio de pública colecta, fueron de relativa consideración y así vemos que desde los primeros años tenían andas o peanas y una bandera o estandarte de damasco encarnado, que hicieron en el año 1733. A este efecto compraron veinte y una vara valenciana de dicha tela que costó veinte y un sueldos y medio, el asta ocho sueldos y los cordones, treinta y seis. También tenían varios ornamentos y alhajas del culto, como luego se dirá.
Piadosos donantes la enriquecieron, y entre otros, Antonio Bernal dejó en su testamento del año 1742 ocho sueldos de treudo con ciento sesenta de capital, a disposición del señor prior, para ayuda del pago de la misa que todos los días se celebraba en la ermita, y además regaló un cuadro de San Antonio con marco dorado al mismo santuario (Protocolos de Salvador Pueyo, Archivo material hoy de Alcañiz). Este cuadro es quizá el bello lienzo que hoy admiramos en el coro de la parroquia y que existió en la sacristía de la inmediata capilla de Nuestra Señora del Buen Suceso, puesto que cuando se donó ya estaba en construcción esta obra, y en la ermita de Santa Bárbara no existe indicio alguno de tal pintura. Hace más verosímil esta suposición el constar en el libro de Santa Bárbara que en el año 1794 se pagó al pintor, por mandato de mosén José Minacer, por los cuadros que hay en la ermita (cuentas de este año) una libra y doce sueldos jaqueses, con lo que se prueba que en aquel entonces no existía en ella tal cuadro de San Antonio, puesto que de esto no se hace ninguna mención.
Según se lee en la escritura de fundación, tenía esta ermita un santero o encargado desde su primitivo tiempo, al que el pueblo y cofradía vestían decentemente, según consta en el libro y en el archivo municipal. En el año 1740 se le sacó licencia superior para recorrer los pueblos del contorno y también lo hacía el señor prior con el objeto de hacer inscripciones de cofrades. Y tal popularidad había alcanzado en ese país, que se ven inscritos en sus listas numerosos cofrades de los pueblos limítrofes y también del otro lado del río Ebro. Tal era el crédito que no sin motivo esta cofradía había alcanzado. En este mismo año se hizo construir una arquilla al escultor Vicente Sanz que doró Francisco Baquero, para que el ermitaño condujera una pequeña imagen de la santa en sus expediciones. Y es la misma que hoy se conserva.
Siete años después se dieron al dorador diez y siete sueldos por pintar el púlpito.
Si hacemos caso omiso de los gastos que se hicieron en reparación del edificio y otros en pequeñas obras de carpintería, para mayor comodidad de los fieles en las festividades, nada hay de notable en estos años subsiguientes hasta el año 1761, más que la compra de unos corporales y haber concurrido en cuerpo de cofradía a la antiquísima procesión de Nuestra Señora de Fórnoles.
Es de creer que en el último citado año o en alguno de los anteriores, recibieran los de este pueblo, por singular intercesión de la gloriosa Santa Bárbara, algún particular beneficio, pues se hizo una extraordinaria tranza o subasta de leña que los vecinos voluntariamente habían suministrado y que dio el ingreso de bastantes fondos, y en las anuales colectas también se observa un aumento extraordinario, de modo que en el citado año hubo fiestas hasta entonces no acostumbradas, periódicamente. Primeramente se celebró la fiesta con toda solemnidad religiosa en el templo parroquial y en la emita, y luego, dando a ésta el carácter popular y bullicioso que desde antiguo se venía observando, la completaron con danzas de ágiles mancebos y comparsas de soldados y caballetes que ejecutaban diversos ejercicios de juegos vistosos y entretenidos, guiados todos por una bande que para estos casos habían construido. También se recitaban y cantaban loas, y todo se armonizaba con la música que (dice el libro) traían de Belmonte. Para mayor ostentación y lucimiento tenían trajes de ricas telas, hechos expresamente para estos casos. Y estas danzas y juegos eran interrumpidos por expléndidos convites para los ejecutantes y demás personal empleado en ellos, según consta en las actas y cuentas de estos años. Mencionaré en particular que en el ya repetido año gastaron veinte y cinco libras jaquesas y doce sueldos en nueve caballetes adornados de telas, y entregaron otras veinte y cinco a Rudesindo Zorrilla, mercader de Alcañiz, por distintos tafetanes de colores y sedas para la nueva bandera de la soldadesca y nuevos pañales para los danzantes.
Desde luego que el personal eclesiástico era el director de tan extraordinarios regocijos, pues es de notar que beneficiados de la parroquia eran los señores priores en tales años. Y en 1764 una señora religiosa, a quien por su trabajo dieron una libra jaquesa y cuatro sueldos, compuso las loas que se habían de recitar. Coincidencia feliz que les permitió sustraerse a la necesidad de que lo hicieran forasteros como hasta entonces había sucedido.
Insensiblemente, según suele acontecer, del uso morigerado y prudente se pasó al abuso. Los gastos fueron creciendo, tanto en la compra de telas como en la pólvora y convites repetidos ya desde los primeros ensayos de los dances y llamaron la atención de su ilustrísima, que en santa visita del año 1770 los prohibió enteramente. Cierto es que en estas expansiones y populares manifestaciones de alegría y contento, nada halló digno de su censura, mas vio con dolor que se distraían fondos de consideración en distinto objeto del que se dedicaban, que era el mayor culto y solemnidad religiosa de las festividades de los dos santos titulares de la hermandad. Y esto bastó para reprobarlos. En su consecuencia, obedecieron puntualmente el decreto del señor prelado, y ya no se halla noticia de tales funciones, si se exceptúa el año 1815.
No tardaron mucho tiempo en manifestarse los buenos resultados de dicha prohibición, pues los fondos sobrantes en el mismo año se emplearon mucho mejor, en comprar casulla, alba, corporales y manteles. Nombrándose igualmente un cáliz de plata. Se hicieron también algunas reparaciones necesarias, según se desprende del hecho de haberla dado por decente el señor prelado en santa visita del año 1776. En este tiempo debió hacerse la sacristía y el cubierto o atrio como lo hemos visto hasta que se cerró al levantarse el torreón óptico telegráfico que se dirá. Antigua y deteriorada, la peana de la santa patrona, que en forma de templete, como lo eran casi todas las de su tiempo, la deshicieron en el año 1779. Y vendieron sus despojos, cintas, telas y campanillas de plata con que la adornaban, y fabricaron otra que les costó diez y siete libras jaquesas, y el dorarla Miguel Ballester, diez y nueve y cuatro sueldos.
Nada se sabe ocurriera digno de mencionarse hasta el año 1821, en el que renovaron el estandarte o bandera de damasco encarnado, que costó veinte y ocho libras y diez y nueve sueldos. Y en total, franjas, cordones y coserla, cuarenta y cinco libras y quince sueldos.
En 1833 tuvieron el buen gusto de blanquear exteriormente este santuario, de modo que en días tranquilos se distingue perfectamente con un anteojo desde los llanos de Fuentes de Ebro, próximos a Zaragoza, como una blanca paloma perdida en el fondo claro-oscuro de la cordillera de Valderrobles.
A la conclusión de la última guerra civil, en 1875, y con motivo de la instalación de una línea óptico-telegráfica desde Zaragoza a Morella, se habilitó parte de su obra, elevando un torreón, fortificándola en totalidad con aspilleras y un foso que la circunda, y que por inútil hoy y hasta perjudicial debía cegarse. De nada de esta obra se hizo uso ni llegó a estar guarnecida. Mas las aspilleras practicadas en el muro de la capilla, hallándose con puertas decentes y bien colocadas, todavía sirven para refrescar la atmósfera que se produce por el gran concurso de gentes en las festividades, que como la de Pascua del Espíritu Santo, acostumbran a ser en mañanas generalmente calurosas.
La piadosa creencia de que jamás cofrade alguno ha perecido por el fuego del cielo, dio a esta hermandad desde luego mucho crédito, y todavía lo conserva hoy día. Las madres se apresuran a inscribir a sus hijos desde el primer año, a un sin número de forasteros de remotas poblaciones se ven en sus listas, que se conservan desde el primer año.
Es costumbre corriente, luego que en el pueblo o en el contorno ha sucedido algún accidente desgraciado de esta clase, investigar si el que ha padecido era cofrade y hasta hoy no se tiene noticia de que esto haya sucedido jamás. Todos los ancianos se acuerdan que hallándose juntos dos individuos y en tiempo de tempestad, un rayo mató al primero y nada le sucedió al segundo. Este era cofrade, aquél no. Muchos ejemplos como este se podían citar, más por haber ocurrido en mi tiempo y ser una cosa pública y notoria a todo el pueblo, consignaré dos casos para concluir esos renglones.
Regresando Pascual Celma de Alcañiz en compañía de varias personas, entre éstas Bárbara Pellicer, que luego fue su mujer, les sorprendió recia tempestad. Obligados del aguacero cobijáronse todos debajo de un olivo; y en aquél momento se desprendió un rayo, bajó por el tronco y mató un animal, a cuyo rededor se hallaban las dichas personas, sin que éstas recibieran daño alguno y sólo sí el natural sobresalto en tales casos. Registrado el libro, se hallaron en él inscritas todas aquellas personas.
En el verano de 1882 entraron dos chispas eléctricas en la casa de don Fernando Zapater y Pardo, de este pueblo, circulando por toda la casa, sin que nadie recibiera perjuicio. Es de advertir que en este mismo tiempo se hospedaba en la misma casa el ingeniero don Salvador Trabado, ocupado a la sazón en los trabajos de campo y estudio de un ferrocarril de Val de Zafán a Tarragona, llamado del Centro, y cuenta dicho señor, en cuya cama de hierro tocó el rayo, que a la misma hora y sorprendido por la borrasca, se había guarecido en una casa de pastores o paridera; y sondormido, soñaba lo que realmente pasaba en su habitación. Enterado y sorprendido por la relación que a su regreso le hicieron sus huéspedes, no pudo menos de creerse salvo providencialmente. Y enterado de la tradicional y pía creencia de los cofrades de nuestra Santa Bárbara, quiso también ser uno de ellos, inscribiéndose con él a toda su familia.
He comenzado esta relación con dos hechos bien probados y la he concluido con otros dos, entre los muchos que podría decir. Algún sabio me tachará de ignorante o fanático, no importa. Quédese él con su sabiduría que de buen grado le cedo, y yo contento me quedo con mi ignorancia”-

miércoles, 24 de marzo de 2021

Capitols, Berenguer Uniz, 11-18

QVE
COMISSIONS, NO VSEN DINS LO PRESENT REGNE.


XI.


Item,
com per diuersos capitols de Cort de francheses: sia llargament
dispost, é ordenat; que Comissaris, no puguen vsar dins lo
present Regne; que placia als dits Honorables 
Embaxadors,
supplicar
lo Señor Rey, sia de sa gracia, é merçe
atorgar de nou, a mayor cautela: que los dits Comissaris no puguen
vsar en ninguna manera dins lo dit Regne. Placet
Domino Regi.


PER
LO MVDAMENT DELS CORREDORS.


XII.

Item, com lo Capitol dels Corredors toch principalment als
Mercaders, é lart mercantil, que supliquen lo molt alt
Señor Rey
, sia de sa gracia é merçe lo
mudament (se lee mudanent) dels Corredors, é compañons
de aquells: e facultat de remoure aquells sia remesa als Honorables
Iurats; é els Defenedors de la mercaderia. Placet Domino
Regi.


PER
LO CONSOLAT SO ES, QVE NINGVN IVRISTA


Procurador,
o causidic noy sia admes.


XIII.


Item,
que suppliquen al Señor Rey: que li placia de nou confirmar é
atorgar certa prouisio Real feta en la cort del Consolat: que ningun
Iurista, Procurador, ó causidich, noy sia admes. Placet
Domino Regi.



PER LO OFFICI DE LA
GOVERNACIO DE MALLORCA.


XIIII.


Item
per prouehyr a la Iusticia com sia principal cose per la conseruacio
del Regne de Mallorca: per tant com la dita Gouernacio del dit Regne,
es de las millors Gouernacions: 
attanent
lo gran salari, que ha lo Gouernador: vltra
grans emoluments, é
preheminencias; é per ço en temps
passat la dita Gouernacio
sia estade regida per Grans,
é dels
Mayors homens de Cataluñya: é en tal
manera, que los officis eren ben regits; é la Iusticia ben
administrade: e are de vn temps ençá, lo Gouernador
qui vuy te la Gouernacio sobredita, no haye aturar ni altre de
present en lo dit Regne:
ans de puys que es prouehit, la
Gouernacio
sie estade per absencia de aquell, regida per
diuersos
Lloctinens de Gouernador, é quascu de aquells puys
saben (
sabé) no han vtilitat en lo dit Regne; no curen
fer
lo degut en gran dan, é perdicio de la Iusticia, e
del dit Regne.

Per ço los dits Embaxadors suplicarán

(hay tildes sospechosas, otras puede que estén en el texto
original, aunque en la mayoría de textos antiguos que he transcrito,
no hay tildes. Para un estudio exhaustivo, hay que recurrir a los
originales, en los archivos donde se encuentren
)
al Señor
Rey
que sia de sa merçe, prouehyr; (este ; por
ejemplo está con un color flojo respecto a las otras letras
) en
Priuilegi perpetual, que lo Gouernador qui al present es, e qualseuol
qui sera Gouernador per auant, prouehyt de la dita Gouernacio; é
regir aquella: é si per fets tocants a fets dell, é serueys del
Señor Rey, haye dexar Lloctinent home del Regne. Placet
Domino Regi quod Gubernator tam praesens, quam futurus teneatur
personalem moram semper ac residentiam in dicto Regno Maioric.
facere, & si forté pro seruitijs vrgentib9
(vrgentibus, urgentibus) Domini Regis esset opus ei, extra
Regnum ire; eo casu habeat, & teneatur Locumtenentem sui
loco dimittere qui sit Maioricensis ad arbitrium Domini Regis.
Si vero pro negotijs suis extra Regnum ierit careat omnino Salario,
quod tunc Curiae Regiae seruetur.


QVE
LOS ASSESSORS HAYEN ENTREVENIR EN LAS


Enquestes
ó processos.


XV.


Item
com per abus; sia en pratica de algun temps en ça, que los
Procuradors fiscals de la Cort de la Gouernacio de Mallorca
indiferentment fan processos, contre alguns delats; de crims, é de
mors; é lo dit Fiscal, de la cort de la Gouernacio demunt dita, ab
Escriua sens Assessor, ó lusticia algu: reben los testimonis,
é fan lo proces a la vida vaga, en ma de aquell qui tal
proces fa: é no sia rahonable; que lo Procurador fiscal qui es
Perçona
llega lla hon va la vida, sol sens iurista fasse
proces algu, que sia de merçe del dit Señor Rey, que de aqui auant
los Assessors, axi del Gouernador, com del Veguer de la Ciutat, y
Balle é Veguer de fore, quiscu en sa iurisdictio:
sien tinguts fer los dits processos, e entreuenir en aquells;
com es acostumat fer: en altre manera, que tal proces fet per
lo Fiscal fos nulle. Placet Domino Regi.


SOBRE
LES ANADES DE FORA, PER REBRE


é
fer enquestes.


XVI.


Item,
com la part forana es vexade de un temps ença, per alguns
Gouernadors, é Lloctinens, é Vaguers de fora, é Escriuans llurs,
capdeguaytes, é fiscals: qui anant per la Isla de
Mallorca
, inquirint de alguns crims no esperant la execucio, é
sentencia del dit crim: fan fe pagar de selaris, e
missions per ells fetas, contra Ordinacions Reals, é
priuilegis del Regne de Mallorca, é contre dret comu; que per
la dita raho supliquen los dits Embaxadors lo dit Señor Rey, sia de
sa merçe, prouehyr que de aqui auant, ningun official, no gos pendre
en lo cars demuntdit, ninguns salaris ni missions per la raho
demuntdita; solament apendre las enquestes, é
adnotar los Bens si seran adnotadors, é esperar
si ningune composicio, ó remissio, é estar en aquella: fins
que per Iusticia hy sia prouehyt. E si sera conegut
ells deure hauer salaris; quels sien lliurats, segons que per
Iusticia sera trobat, seruades les franchezes (fráhcezes),
Ordinacions, é bons vsos del present Regne: Placet Domino Regi.

QVE
DELS ACTES PRESENTATS, NO


sia
dat Trallat.


XVII.


Item
com moltes vegades se esdeuengue, que los Iurats, é altres singulars
protesteran, ó instituyran alguns actes per llur
interesar, ó de la cosa publica, que lo Gouernador,
Lloctinent, ó Assessor no permetran de aquell acte esser donat
trallat, ni lleuat acte sino ab voluntat llur: per la qual
raho suppliquen los dits Embaxadors, que lo Señor Rey
provehesque, que de aqui auant, de tots actes que al
dit Governador, Lloctinent, ó Assessor sien presentats: Los
Escriuans de la Cort de la Gouernacio, los ne hayen a llur
carta o cartes: é dar trallat: é que lo contrari no pugue esser
fet, per los dits Gouernador, Lloctinent, e Assessor, e asso
ayen a iurar los dits Officials. Placet Domino Regi.


QVE
DEQVI AVANT, CAVALLS, NI ROCINS NO


puguen
esser tret del Regne.


XVIII.


Item
suplicaran los dits Honorables Embaxadors al dit Señor Rey, que sia
de sa merçe, atorgar en priuilegi perpetual als dits Iurats, que de
aqui anant no puguen esse trets fora del Regne de Mallorca,
Caualls ni Rosins: com ni haye molt pochs, é
aquells, de dia en dia sien trets. E com ve cars que inimichs
concorren en lo dit Regne, per mancament de 
Caualls;.
é Rosins; moltes vegades, no han aquella resistencia que si
merex
.
Placet Domino Regi.


Et
quoniam parum esset ac in publicam Regnorum nostrorum bene statuere
optimis prouisionibus; & moderari nisi prouisiones ipsae ad
vnguem obseuarentur: Ea ratione supra scripta: ipsa capitula (ses
capítols
), vna cum eorum, vniuscuiusque ipsorum 
responsionibus,
quas, & que salubres prouisionés, dictae Ciuitatis, & Regni
esse decreuimus: tenore praesentis, quam vim & vices priuilegij
gerere, & intra alia priuilegia & gratias dicto Maioric.
Regno
, per nostros Praedecessores diui recordij & Nos
indulta, & concessa, aggregari, & esse volumus: Gratis, de
nostra certa scientia, & expresse, consulte, & Sacri nostri
Consilij matura deliberatione praecedente, de verbo ad verbum ut
iacent. Quae ad beneplacitum sunt ad beneplacitum; & que ad
certum tempus; ad certum tempus; quae vero ad in perpetuum, nunc, &
omni futuro tempore obseruare; & per quoscúq; obseruari facere &
nullatenus reuocare, nec reuocari pati, nec eis contrafacere; aut
nullatenus contrauenire, aliqua ratione seu causa in nostra bona fide
Regia promittimus; & etiam per haec Sancta Dei quatuor Euangelia
manibus nostris corporaliter tacta, Iuramus. Illustrissimos propterea
Reginam Mariam consortem, ac Regem Nauarrae
fratres nostros charissimos, & Locumtenentes
Generales: per hanc eandem vicem Epistolae, & priuilegij, in hac
parte gerentem, effectuose hortamur; intentum nostrum aperiendo:
Gubernatori vero dicti Regni Maioric. eiusque Locumtenenti
Procuratori Regio, Baiulis, Vicarijs, Iuratis quoque ipsius
Ciuitatis, & Regni; nec non coeteris vniuersis, & singulis
officialibus (officia-alibus), & subditis nostris ad quos
spectet, eorúq; locatenentibus praesentibus, & futuris, de ipsa
nostra certa Scientia, & expresse dicimus; & districté
praecipiendo mandamus, sub ire & indignationis nostrae incursu,
poenaque trium millium florenorum auri Aragonum,
a quolibet contra faciente singulis vicibus, quibus contrafactum
fuerit irremissibiliter habendorum, nostroque Erario applicandorum:
quatenus, omnia & singula suprascripta Capitula eorumque
responsiones per nos factas, ac etiam in fine vniuscuiusque ipsorum
adiectas teneant firmiter, & obseruent, tenerique, &
obseruari faciant inuiolabiliter: per quoscunque iuxta sui seriem
pleniorem, & non contraueniant, nec contrafaciant, nec quemcunque
contravenire, aut contrafacere permittant, aliqua ratione, seu causa,
publice, palam, vel oculte, nec aliquo alio quovis 
quaesito
colore, si gratiam nostram charam habent, & iram, ac
indignationem nostram, ac poenam praedictam cupiunt euitare. Et vt
praedicta omnia, & singula quae praediximus, vim, efficaciam, &
effectum priuilegij obtineant, ac maiore robore fulciantur:
concedimus dicto Regno, & etiam indulgemus, quod si quae forte
prouisiones, per inaduertentiam, & importunitatem, scienter, &
alio quouis modo ex nostra Curia, de coetero emanabunt; quae in
totum, vel in partem praemissis, aut alicui praemissorum essent
contrariae: aut 
in
ali quo derogare viderentur. Eas nunc, pro tunc, & tunc pro ut ex
nunc anullamus, & euacuamus, efficacia, executione, viribus &
efectu; atque decernimus locum nullum habere; nec volumus vllá
obtinere posse roboris aut executionis firmitatem. Coeterum ad
abundatioré cautelam, dictis Gubernatori, eiusq; Locút.
(Locumtenentis) coeterisq; vniuerfis, & singulis
officialibus nostris ad quos spectet: eorumque Loca &c,
praesentibus, & futuris, dicimus, & mandamus quatenus ad
omnem minimam instantiam, & requisitionem Iuratorum Ciuitatis, &
Regni praedictorum, praesentium & futurorum; vel alicuius,
ipsorum; iurare teneantur: si, & quouis fuerint requisiti quod
predicta omnia, & singula, tenebunt firmiter, & obseruabunt
fideliter, legaliter, atq; bene, pro ut in dictis responsionibus &
vnaquaq: ipsarum continetur, & si forte requisiti statim iurare
nosse luerint, eos, & quemlibet ipsorum, praedicta aut aliquid
praedictorum recusante, nunch pro tunch, & tunc prout ex nunch ab
officijs suis suspendimus; itaque officijs suis nullatenus vti
possint, donech & quousque iurauerint, quod praedicta omnia &
tenebunt, & obseruabunt fideliter & legaliter, atque bene
iuxta continentiam, responsionum praedictarum: & nihilominus, si
illi fortassis, interim quo iurare noluerint aliquos actus
celebrabunt, eos in totum, serie cum praesenti eneruamus atque
tanquam non legitime celebratos, inualidamus, & eis, & eorum
vnicuique potestatem omnimodam contrarium agendi adimimus, &
totaliter abdicamus. Haec igitur omnia & singula praedicta
facimus, & paciscimur, conuenimus & promittimus, Nos dictus
Rex Oratoribus, & Ambaciatoribus nostris praedictis, nomine, &
parte dictae Ciuitatis, & Regni, in posse Notarij, &
Secretarij infrascripti, tamquam publicae personae; pro vobis, &
eis, ac alijs omnibus, etiam & singulis quorum interesse potest &
interest. quomodolibet in futurum recipientis, & legitime
stipulantis. Datum est & actum hoc, in nostris foelicibus
Castris, apud turrim de Carbonayra die 19.
mensis Maij, secundae indictionis Anno a Natiuitate Domini Millesimo,
quadringentesimo trigesimo nono: huiusque nostri Citra farum
Siciliae Regni Anno Quinto; aliorum vero Regnorum
nostrorum, anno vigesimo quarto.


Signum
+ Alfonsi Dei gratia Regis Aragonum, Siciliae, citra
farum & vltra, Valentiae, Vngariae, Hyerusalem, Maioricarum,
Sardiniae Corcicae, Comitis Barchinonae; Ducis
Athenarum (Athenarú) & Neopatriae: ac etiam Comitis
Rocilionis & Ceritaniae: qui praedicta laudamus,
firmamus, & concedimus, & iuramus; huicq; publico
instrumento, sigillum nostrum commune negotiorum. Siciliae vltra
Farum, cum alia in promptu nos habeamus, opponi iusimus impendentem.


REX
ALFONSVS.


Testes
fuerunt ad praedicta praesentes, Ioannes de Viginti millijs
Marchio Gari, Ioannes Dominus de Daypar, Lupus
Eximenis, de Vrrea
, Raymundus Buil, & Berengarius
de Aril
, Consiliarij Domini Regis praedicti.
Signum (*+*) mei
Ioannis Sallent, dicti Illustrissimi Domini Regis Scriptoris:
eiusque authoritate Notarij publici, per totam terram & ditionem
suam, qui praedicta, loco, & vice honorabilis Gregorij Catala
dicti Domini Secretarij mandatum, propria manu apponentis, in cuius
posse dictus Dominus Rex firmauit, & iurauit, ut infra patet
alijs arduis dicti Domini Regis occupati negotijs scribi feci, &
clausi cum litteris rasis, & emendatis in lineis 9. dicta in
eadem, & 12. procehits per los remeys donats, en la dita vnio
emanats; q tots procehiments, bédetjemés (bendetjemens)
13. & nihilomin9 (nihilominus)
dictus Dominus Rex 36. & de authoritate ac 48. ordina. 54.
vigentibus 58. Embaxador lo dit Señor Rey sia 61. Scriuans de la
Gouernacio 63. praedecessores diui recordij: & nos in eadem
aggregari 71. & quaelibet 73, tanquam not. &c.


Dominus
Rex mandauit,
mihi Gregorio Catala, in cuius
posse
firmavit & iurauit.

Dominus Rex mandauit, mihi Gregorio Catala, in cuius posse firmavit & iurauit.



lunes, 15 de febrero de 2021

22, 23, 24, 25, 26, 27, 28 de agosto, 1461

22 DE AGOSTO.

Trataron de enviar unos comisionados a los embajadores, para que instasen el despacho de los principales negocios que convenía resolver.
Por la tarde del mismo día se celebró otra sesión, y en ella, después de haberse ocupado de varios negocios secundarios, se propuso, en nombre del Señor Primogénito, que se suspendiese la comisión o embajada que se había tratado de enviar al Señor Rey, para libertar a la Princesa y para tratar de la prestación del juramento, hasta que hubiese regresado el abad de Poblet.

23 DE AGOSTO.

No hubo sesión, por ser domingo.

24 DE AGOSTO.

No hubo sesión, con motivo de ser la fiesta de San Bartolomé.
25 DE AGOSTO.

Reunidos los señores Diputados con los oidores de cuentas, se ocuparon del despacho de muchos y diversos negocios peculiares de su cometido, pero enteramente ajenos a la cuestión del Señor Primogénito.

26 DE AGOSTO.

No hubo sesión, por tener que ocuparse los señores Diputados de otros trabajos de su oficio.

27 DE AGOSTO.

Se recibió una carta de los embajadores, por conducto del señor abad de Poblet, quien de palabra explicó a los señores Diputados el objeto de aquella, a saber, que el señor Rey intentaba hacer algunas modificaciones en las instrucciones dadas a los embajadores; y después de leída la referida carta y la nota o lista de las modificaciones, acordóse prorogar aquella sesión para la tarde, a ver si se presentaría el enviado del señor Rey, que era su protonotario Antonio Nogués, y en tal caso se le diese audiencia y se deliberase en seguida; de cuya resolución indicó el señor abad que se diese noticia igualmente, como se hizo, al Concejo de la ciudad.
En lo tocante al negocio de Castro, se mandó expedir dos cartas, que fueron leídas en consejo y aprobadas. Las demás que se recibieron en este día, o fueron expedidas, se hallan a continuación.

Molt reverends egregi nobles magnifichs e honorables senyors. Lo dia passat desempacham daci correu per lo qual vos scrivim notificant vos tot lo procehit e enantat per nosaltres fins en aquella ora e mes la deliberacio feta del anar aqui lo reverend abbat de Poblet e de les causes e necessitats urgents per les quals tal deliberacio es feta lo dia present que lo dit reverend abbat devia partir segons vos haviem scrit ses detengut a pregaries del Senyor Rey per sperar certa persona per la Majestat del dit Senyor Rey segons nos ha significat a vosaltres tramesa. Adonchs partira dema Deu volent e junt que sera aqui explicara a les reverencies e magnificencies vostres per part sua e nostra tot lo que occorre segons per vista e oyda ell sab plenariament. Placiaus donarli creença en ço que per part de tots dira e explicara axi com per nosaltres tots dit era. E apres vos placia entendre en la expedicio del dit reverend abbat per forma que sia de presta tornada com la dilacio sia en detriment dels afers e la aturada que fem aci no sia enujosa e molesta. La Sancta Trinitat molt reverends egregi nobles magnifichs e honorables senyors vos haja en guarda sua. Rescrivintnos de tot ço queus placia. De Calatayu a XVIIII dies del mes de agost any Mil CCCCLXI - A tota vostra ordinacio prests los embaxadors del Principat de Cathalunya. - Als molt reverends egregi nobles magnifichs e honorables senyors los diputats del General e consell lur representants lo Principat de Cathalunya.

Molt honorables e savis senyors. Com lo noble don Joffre de Castro Calla major de Cervera nos haja exposat que alguns del regne Darago ab lurs complices e sequaces li han feta gran novitat en dos lochs seus que te en Arago segons es contenguda en una articulacio per part sua donada e com vullau de les coses en la articulacio contengudes esser vertaderament informats attes ques preten la dita novitat es stada feta al dit noble per quant ha pres sou del exercit de Cathalunya fet per la liberacio de la persona del lllustrissimo Senyor Primogenit e per conseguent contra la capitulacio concordada ab lo Illustrissimo Senyor Rey e aquest Principat scrivim al diputat local de aqui que requira lo veguer e altres oficials dins sa diputacio constituits qui de les dites coses poran saber la veritat de aquelles prengau bone e verdadera informacio. E per quant per assistencia color e favor vostre les dites coses hauran millor e pus prompta exequcio vos pregam afectuosament en les dites coses vullau fer aquella assistencia color e favor que obs sia per saber ne millor la veritat segons pus largament ne scrivim al diputat local qui tot vos ho comunicara. E aço vos haurem a gran e singular complacencia. E sia molt honorables e savis senyors la Sancta Trinitat vostra guarda. Dada en Barchinona a XXVII de agost del any Mil CCCCLXI. - M. de Monsuar. - Los diputats del General e consell etc. a vostra honor apparellats. - Als molt honorables e savis senyors los pahers de la ciutat de Leyda.

Molt honorables senyors. Nosaltres scrivim als honorables pahers e al diputat local de aqueixa ciutat queus requira e inste en virtut del sagrament e homenatge que havets prestats e o devets prestar de obtemperar e exequtar nostres requestes reebau bona e vertadera informacio sobre les coses contengudes en certa articulacio per part del noble don Joffre de Castro Calla major de Cervera presentada per certa novitat que lo dit noble preten esserli feta en Arago per alguns aragonesos e lurs complices e sequaces per quant ell havia pres sou en lo exercit de aquest Principat per la liberacio de la persona del Illustrissimo Senyor Primogenit. E com vullam que en la recepcio de la dita informacio e dels testimonis que sobre aquells rebreu vos hajats ab summa diligencia segons de vos comfiam e lo cars requer pregant vos que los testimonis queus seran produits sien tals persones que rahonablement los puga e dega esser dada fe. Dada en Barchinona a XXVII de agost de any de la Nativitat de nostre Senyor Mil quatrecents sexanta hu. - M. de Monsuar dega de Leyda. - Los diputats del General e consell etc. - A vostra honor apparellats. - Als molt honorables los lochtinents de veguer e cort de la ciutat de Leyda e lur assesor.

Molt honorables senyors. Per quant lo noble don Joffre de Castro Calla major de Cervera no sens clamor nos ha exposat que alguns del regne de Arago ab lurs complices e sequaces li han feta certa novitat en los lochs seus que te en Arago segons es largament deduit e contengut en una articulacio per part del dit noble a vosaltres presentada la qual vos enviam closa e segellada apart e aço per ques preten la dita novitat es stada feta al dit noble per que ell ha pres sou del exercit de Cathalunya fet per la liberacio de la persona del lllustrissimo Senyor Primogenit e per conseguent contra la capitulacio concordada ab lo lllustrissimo Senyor Rey e aquest Principat e vullam de les coses en la dita articulacio contengudes esser vertaderament informats volem eus manam que de part nostra insteu e requiriau lo lochtinent de veguer cort e son assessor e altres qualsevol oficials dins vostra diputacio constituits los quals sabien de les dites coses pugam e degam pendre informacio e saber la veritat en virtut de la seguretat que han prestada e son tenguts de prestar de obtemperar e exequtar nostres requestes sens dilacio consell o consulta que rebau sobre les coses en la dita articulacio contengudes e encara si per part del dit noble seran presentats altres articles sobre aquells axi mateix rebau bona e verdadera informacio de totes aquelles persones que per part del dit noble seran nomenades e de altres per les quals se pora saber la veritat de aquells e la dita informacio façau redigir en scrits e auctenticament per forma que plena fe hi puga esser dada. Encautant lo dit veguer e altres oficials qui la dita informacio rebran que rebeu (o reben) deposicio de persones que bonament sien tals los dega esser dada fe. E de aço axi mateix volem primer ne comuniqueu ab los honorables pahers de aquesta ciutat e ultra quels ne scrivim los pregueu de nostra part hi vullan fer aquella assistencia e dar aquella color e favor que obs sia per saber la dita veritat. Haveu vos hi segons de vos confiam. E rebuda la dita informacio enviau lans per persona certa. Dada en Barchinona a XXVII de agost dol any de nostre Senyor any Mil CCCCLX hu. - M. de Monsuar dega de Leyda. - Los diputats del General etc. Als molt honorable senyor En Luis Dolzinelles donzell diputat local en la ciutat e vegueria de Leyda.

Los diputats del General del Principat de Cathalunya residents en Barchinona e consell per ells dat en consellar en los fets tocants la liberacio del lllustrissimo don Karlos princep de Viana e primogenit Darago e de Sicilia e ara loctinent general del Illustrissimo Senyor Rey pare seu gloriosament regnant e lo pacifich e tranquille stat del Principat de Cathalunya e poblats en aquell als molt honorables lo lochtinent de procurador justicia e batle general e altres oficials en lo comdat de Ribagorça per lo Illustre Infant don Ferrando fill del dit Senyor Rey e comte del dit comdat de Ribagorça al qual o als quals las presents pervendran e seran presentades salut e honor.
Com a hoyda e noticia nostra sia novament pervengut per informacio a nosaltres feta per part del noble don Joffre de Castro Calla de la vila de Cervera e senyor de la questia del Arbos en lo dit Principat de Cathalunya que Nestevenet de Agramunt Blasco de Bardaxi e altres complices e sequaces lurs dels quals part son del abbadia de Sant Victoria (San Victorián) en Arago constituint no havent causa debat o questio alguna ab lo dit noble e sens deseximents ne altre titol saltem just en lo principi de aquest mes ma armada e hostil son venguts als lochs de la Squarra e Laguarres en lo dit comdat sitiats qui son del dit noble e possehits per ell pacificament e quieta e han correguts e robats violentment e hostil e ab si portats cent cinquanta peçes de copes e taces dargent setanta bisties grosses carregades de roba dels habitants en los dits lochs e en comptants del dit noble e dels dits sos vassalls habitadors dels dits lochs entorn cinch milia florins en diverses monedes axi daur com dargent poch mes o menys e totes les dites coses axi violentment per ells preses e robades encara sen han portades ab si lo rector del dit loch de la Squarra ab XXVII homens dels quals part ne han fet rescatar segons se aferma per la terra del dit comdat sens contradiccio o empaig vostre o de alguns de vosaltres que es cosa de maravellar. E com tals coses si axi es com se aferme sien de molt mal eximpli e fetes injustament e violenta e en gran dan del dit noble qui es catala e heretat nat e domiciliat en Cathalunya e per quant los dits malfeytors ab les dites coses axi preses e robades son retrets e receptats en alguns lochs del dit comdat segons es afermat. Ab la present vos pregam e exhortam que los dits malfeytors e bens e coses per ells axi robades e preses com dit es la on los poreu haver dins vostra jurisdiccio a mans vostres e poder hajats e detingats segurament tro a tant que havent loch les dites coses se pusquen fer deguda reintegracio fahent en aço aquella diligencia que de vosaltres confiam e lo cars requer per obviar a scandels e inconvenients qui facilment se porien preparar si prestament e deguda en les dites coses no era remediat e provehit. Datta en Barchinona a XXVII de agost del any de la Nativitat de nostre Senyor Mil CCCCLXI. - M. de Monsuar dega de Leyda.

28 DE AGOSTO.

No hubo sesión, por reunirse aquel día los señores Diputados con el Señor Primogénito, para tratar de la llegada del protonotario Nogueres, el cual traía unas cartas de parte del Señor Rey.

domingo, 12 de enero de 2020

Épila, Ángel Valero Algora, conde de Monte Negrón

ÉPILA AL EXCMO SR. Dn ÁNGEL VALERO Y ALGORA CONDE DE MONTE NEGRÓN
GRATITUD
Copia del Acta de 6 de septiembre de 1885.

En la Villa de Épila a 6 de septiembre de 1885. Reunidos en la Sala de Sesiones de la Casa Consistorial bajo la Presidencia del Sr. Teniente 2º Alcalde ejerciente: Don Ponciano Bernadaus, los Señores: Don León Trasobares Don Pascual Saló, Don Ramón Bellido, Don José Sanjuán, Don Felipe López, Don Toribio Egea, Don Pelayo Bernadaus, Don Ramón Egea, Don Pablo Ibáñez, Don Mariano Romanos Cazaña, Don Florencio Sariñeña, Don Gorgoño Bella, Don Miguel Cabeza, Don Juan Ondiviela González, Don Vicente Ripa, Don Pascual de la Muela, Don Julián Albera , Don José González, Don Faustino Sola, Don Manuel Rodríguez, Don Jaime Villanueva, Don Martín Gaspar, Don Nicolás Farjas, Don Pedro López Martinez, Don Francisco Soler, Don Tomás Aguirre, Don Manuel Va Navarro, Don Conrado Espiago, Don Margarito Gormán, Don Sabino Farjas, Don Marcelino Bernadaus, Don Florencio Alonso, Don Francisco Rodríguez, Don Mariano Gaspar, Don Cándido Sanz, Don Pascual Llanas, Don Calixto Ferrer, Don Faustino Cortés, Don Miguel Barraqueta, Don Andrés Langarita, Don Manuel Latre, Don Antonio Domingo, Don Romualdo Huerta, Don Julián Roncal, y Don Pedro Estrada. De todos que componen el Ayuntamiento, asamblea, municipal, junta de sanidad sus asociados y la mayoría del doble del numero de contribuyentes de esta población el señor presidente declaro abierta la sesión extraordinaria de este día para la cual habían sido convocados por medios de papeleta. Acto seguido se oyó en los labios de la inmensa mayoría de los asistentes un nombre siempre respetable el de un hijo de la villa que es el primer contribuyente el excelente Conde de Monte Negron Don Ángel Valero y Algora, Senador del Reino de la Corona se recordaran los inminentes servicios que presto por la inminente honrosa invasión colérica que por fortuna a cesado y fueron declarados importantísimos de utilidad prima y superiores a todos encominio porque inspirado dicho señor en las tradiciones de dicha familia y en el amor a su pueblo natal se coloco desde el principio de la epidemia incondicionalmente a la disposición de la localidad para que para cuando pudiera ocurrir con su posición social actividad influencia y dedicado empeño suministro cuantiosos recursos para necesidades sanitarias y proporciono médicos hermanas de la caridad practicantes y cuanto fue necesario para auxiliar al Ayuntamiento Junta Municipal, Junta contribuyentes de la beneficencia y sanidad secundando los deseos de todas corporaciones y hasta anticipándose a ellos a tal punto que la población entera se haya por cuanto de todas maneras ha hecho en bendición de la misma palpitando en ella y en todos el deseo de darle una muestra publica de reconocimiento y gratitud este ayuntamiento y juntas interpretando dicho sentimiento y queriendo darle a dicho señor una prueba de este deseo consignada en acta acuerda unaninamente: 1º Declararlo como lo declara al expreso Señor Valero y Algora hijo predilecto de esta población. 2º Que su nombre se ponga en una lapida del salón de sesiones con la siguiente inscripción Al excelentísimo Señor Don Ángel Valero y Algora Conde de Monte Negron hijo de esta Villa como recuerdo de agradecimiento de la misma por la invasión colérica de 1885. Épila 6 de Septiembre de 1885. El ejerciente Ponciano Bernadaus por acuerdo del Ayuntamiento y de la Junta, Maximino Echeverría 3º A fin de que su titulo conste en una de las calles de esta población personificado en su esposa la excelentísima Señora Doña Luísa García de Orue Condesa de Monte Negron y su querida hija la Señorita Doña María Rosario Valero y garcía la parte de la calle larga que medio desdé la puerta del Pensamiento a las cuatro esquinas en cuyo trayecto es esta la casa palacio de tan distinguida familia, acuerdan esta lleve el nombre de la calle de la condesa de Monte Negron, Así mismo se acuerda que la copia litografiada de esta acta se entregue a dicho Conde como testimonio del agradecimiento de este pueblo y cuando dicho se venga a esta población y puniéndose de acuerdo con el mismo le haga saber por la determinación por medio de la atención oficio suscrito por la alcaldía, no teniendo otro objeto la convocatoria se termino la sesión que firma los señores que saben y por los que no el secretario que certifico: Don León Trasobares, Don Pascual Saló, Don Ramón Bellido, Don José San Juan, Don Felipe Lopez, Don Pelagio Bernadaus, Don Nicolás Farjas, Don Mariano Romanos, Don Martín Gaspar, Don José González, Don Pedro Lopez, Don Florencio Alonso, Don Ramón Egea, Don Francisco Soler, Don Tomas Aguirre, Don Manuel Va, Don Juan Ondiviela, Don Conrrado Espiago, Don Martín Don Gaspar Cándido Sanz, Don Pascual Llanas, Don Julián Albera, Don Jaime Villanueva, Don Manuel Rodríguez, Don Faustino Sola, Don Miguel Barraqueta, Don Manuel Latre, Don Andrés Langarita, Margarito Guzmán, Corbán Sabino Forjas, Pablo Ibáñez, Antonio Domínguez Pascual de la Muela, Romualdo Huerta, Julián Roncal, Pedro Estrada, por acuerdo de los excelentísimos Don Ponciano Bernadaus Don Toribio Egea Don Gorrino Villa así consta en el libro de de sesiones que obra en secretaria. Firmado por: Don León Trasobares y Don Maximiliano Echeverria.

 
https://epilaconsuhistoria.blogspot.com/2020/01/epidemia-de-colera-1885.html





COMENTARIO de Alberto Fernando Allepuz:
Manuel Ballarín Aured En 1933, la calle de la Condesa, que antes se conocía como del Purnillo, pasó a llamarse calle Biesa. Según consta en el acta del pleno del ayuntamiento del 6 de enero de 1933, Alejandro Biesa era una “persona que en tiempos vivió esta villa, militaba en el partido Republicano, el cual, por defender a la clase obrera, fue vilmente asesinado”. Biesa, al que dieron muerte en Épila en febrero de 1864, había levantado el molino harinero de San Agustín en 1843.