COLECCIÓN
DE
DOCUMENTOS INÉDITOS DEL ARCHIVO GENERAL
DE LA
CORONA DE
ARAGÓN,
PUBLICADA DE REAL ORDEN
POR
SU CRONISTA,
D.
Próspero de Bofarull y Mascaró.
TOMO XIV.
LEVANTAMIENTO
Y
GUERRA DE CATALUÑA
en tiempo de don Juan II.
DOCUMENTOS
RELATIVOS A AQUELLOS SUCESOS,
PUBLICADOS DE REAL ORDEN
POR
D.
PRÓSPERO DE BOFARULL Y MASCARÓ;
Cronista de la Corona de
Aragón.
Tomo I.
BARCELONA.
EN LA IMPRENTA DEL
ARCHIVO.
1858.
/Nota de Ramón Guimerá Lorente: Se
actualiza la ortografía en el texto de Bofarull, NO en los
originales/.
AL LECTOR.
Conocidas son las turbulencias
de que fue teatro el Principado de Cataluña durante el reinado de
don Juan segundo, y que han sido historiadas por muchos y
distinguidos escritores; pero son también muy diversos los juicios
que sobre ellas se han emitido. Para los unos, la culpa de aquellos
tristes sucesos estuvo toda de parte del Principado, que no hizo más
que cubrir su espíritu de rebeldía con el manto de la legalidad y
del celo por la paz de la real familia: para los otros, don Juan, por
propio impulso o dominado por su segunda esposa doña Juana Enríquez,
fue para su hijo don Carlos un verdadero padrastro, y para la
provincia un verdadero tirano, como quebrantador de sus
constituciones y privilegios. Al hijo le han llamado algunos rebelde:
otros le apellidaron santo. Como quiera, es lo cierto que aquellos
disturbios nacieron del propósito, hipócrita o sincero, de
restablecer entre el padre y el hijo la deseada concordia, turbada
por las males artes de pérfidos consejeros, y de amparar y defender
a este último en los derechos que por la ley le competían; pero
malogrados o torcidos los primeros pasos, por culpa tal vez de quien
más debía encaminarlos a buen término, sobrepúsose luego a la
fría razón el hervor de las pasiones, y faltando a los unos la
necesaria cordura para llegar a un pronto y fácil acomodamiento,
perdido por los otros el respeto a la Majestad, y roto al cabo el
freno de la obediencia, vióse Cataluña envuelta en una desastrosa
guerra civil de doce años, en que por ambas partes se malgastaron
torpemente las fuerzas que el pais había empleado en mejores
tiempos en acrecentar su grandeza, y durante la cual anduvo el
Principado poco menos que mendigando reyes por toda Europa, puesta
como quien dice en almoneda la corona condal de
Barcelona.
No pretendemos aquí, ni es de nuestra incumbencia, el
emitir un nuevo juicio acerca de aquellos acontecimientos: tratamos
solamente de manifestar, que aun después de lo mucho que sobre ellos
se ha escrito, puede ser que el proceso no se halle suficientemente
instruido, y que, por lo mismo, no ha de ser del todo estéril para
el que se consagra a semejantes estudios el cúmulo de cartas,
acuerdos y otros papeles cuya publicación emprendemos con este tomo
decimocuarto de nuestra Colección; porque pudiendo
examinar así el asunto en sus últimos pormenores, podrán
entenderse más claramente los móviles que se pusieron en juego en
aquellas fatales circunstancias, la presión que sobre los ánimos de
los jefes del movimiento pudo ejercer la opinión de la muchedumbre,
y la rigidez de principios, extremada si se quiere, en que la
Diputación
catalana y su consejo fundaron, primero
su adhesión al Príncipe de Viana, y luego su desobediencia
manifiesta a un soberano a quien consideraban como conculcador
de los fueros de la provincia y violador de la fé
jurada.
Bajo este supuesto, pasamos a dar razón de los
originales con que contamos para el esclarecimiento de aquellos
hechos, y que vamos ahora a dar a luz en este y otros tomos
sucesivos de nuestra Colección.
Existen en primer lugar en
este Archivo once volúmenes, que bajo el título: Turbationum
Cathaloniae, contienen las actas de la junta que,
compuesta de los diputados y oidores de cuentas del
General, y de otras veintisiete personas que a estos se
agregaron, se constituyó en esta provincia luego de haber
sido prorogadas las cortes de Lerida, y por comisión
de estas, para atender al pro común y procurar la libertad del
Príncipe de Viana. Entre otros documentos, se lee en aquellas actas
la voluminosa correspondencia que siguió dicha junta, ya con las
numerosas embajadas que envió a la corte, ya con los comunes de la
provincia, ya con los diputados de Aragón y de Valencia, ya
en fin con los jefes que puso al frente de las armas, cuando creyó
llegado el caso de alzar banderas contra el rey don
Juan. Por ellas, pues, daremos ahora principio a nuestra
publicación, trasladándolas íntegras, sin más que
reducir a breve expresión la parte formularia del
escribano; porque si bien podíamos haber cercenado mucho, ya que
no todos los documentos han de tener igual importancia, y por
necesidad habrán de verse repetidas más de una vez las mismas
ideas, hemos preferido pecar de redundantes, a constituirnos árbitros de una elección que podía no ser para todos acertada.
Pero aquella junta cesó en sus funciones luego que, proclamado
conde de Barcelona don Pedro, condestable de Portugal y
ex-maestre de Avis, llegó este a las playas de la capital y
tomó posesión del gobierno, a principios del año 1464. La
soberanía de don Pedro no podía avenirse con las omnímodas
facultades de una corporación que, desde que la provincia había
negado la obediencia a don Juan, venía también ejerciendo
atribuciones de soberana: y la junta fue disuelta. Por
esto sus actas no alcanzan más allá de aquella fecha. La guerra
continuaba, sin embargo; murió don Pedro de Portugal, y fue
proclamado Renato de Anjou; perseveró Cataluña en su
obstinada resistencia, y no se restableció la paz hasta fines del
año 1472. Mas como durante esta segunda época continuó la
diputación funcionando, si no como soberana, con las
extensas facultades que le atribuían entonces las instituciones en
la gestión de los negocios públicos de la provincia; en los
registros de este Cuerpo, en sus Dietarios, en sus
Libros de Deliberaciones y en los del diputado
Zaportella, único que apartándose de sus compañeros, abrazó
muy al principio la causa de don Juan, y pasándose a Tarragona,
pretendió representar alló por si solo la Generalidad de
Cataluña, (los diputats del
General de Cathalunya residents en Barchinona )
hallaremos los materiales necesarios para la completa ilustración
de este último periodo. En una palabra, poniendo a contribución
todos los papeles de esta clase cuya custodia nos está confiada,
entresacando y trasladando cuantos nos parezca que pueden dar alguna
luz sobre aquellos graves sucesos; procuraremos en esta serie
suministrar al lector todos los datos que puedan ayudarle a tener de
ellos un cabal conocimiento, y a juzgarlos por si mismo, sin
prevención y con justicia.
Tal es, en suma, nuestro propósito;
tales son los elementos con que contamos para llevarlo a cabo: si
contra nuestros deseos no lo conseguimos, y no podemos en este punto
llenar cumplidamente el encargo que el Gobierno de S. M. nos
ha confiado, cúlpese nuestro poco acierto, no nuestra falta de celo.
PROCESSUS FACTUS PER DOMINOS DEPUTATOS ET EORUM
CONSILIUM PRO LIBERATIONE ILLUSTRISSIMI DOMINI CHAROLI
PRIMOGENITI ARAGONUM ET SICILIE PER SERENISSIMUM
DOMINUM REGEM PATREM SUUM DETENTI VIRTUTE COMISSIONIS
PER CURIAM GENERALEM QUE IN CIVITATE ILERDE CELEBRABATUR
DICTIS DOMINIS DEPUTATIS FACTE.