VEGUERIA DE VILAFRANCHA.
FOCHS
REYALS.
Vilafrancha de Penades. 453.
Vila de Cerbos. 137.
Piera. 118.
Gualada. 179.
Cubelles. 106.
Castell de Fontrubia e son terme. 85.
FOCHS
DE CIUTADANS.
Quadra de Canyelles: den R. Merquet ciutada de
Barchelona. 15.
Pujades de Les Cucales ab lo Mas denTorra del terme de Piera. (no hay número)
La Cort
Comdal: qui es den R. Pellicer de Vilafrancha. 1.
Castell de
Gillida: den Francoy Bertran. 95. (Gelida ?)
Castell
de Calafell: de Micer Gerau de Palou. 16.
Quadra de Rocha Crespa:
qui es den G. Ledo ciutada de Barchelona. 11.
Quadra de Salicrup
del terme del Castell de Sa Guialtrun (la Geltrú ?):
qui es den Bernat Merquet ciutada de Barchelona. 5.
FOCHS
DESGLEYA E DE CAVALLERS.
Altafulla e Sanou: den Luys
de Requesens. 36.
Castell de Ça
Guialtrun: qui es den Guerau de Sanehuja donzell
62.
Castell Desperaguera: qui es del prior de Muntserrat.
51. (de Esparraguera)
Castell de Masquefa: qui es del
pebordre del Penedes. 14.
Monistrol de Noya: qui es del
prior de Muntserrat. 8.
Quadre de La Fortesa: de la Almoyna de
Barchelona. 5.
Sent Jacme Ces Oliveres e Santa Creu de
Crexa: qui son del rector del dit loch dels quals ni ha VI den
Pont Ces Torres e IIII reyals. 24.
Castell de
Frexa: del pabordre de Solsona. 15.
Sent P. de
Riudebirles: del Cardinal de Sent P. 59.
Castell de
Terrasola: qui es del dit Cardinal. 32.
Loch de Malcavaller e
Quadra de Banas: del prior de Muntserrat.
9.
Loch o quadra del Gorner: del pebordre de Solsona. 5.
Santa
Fe: del archabisbe de Terragona. 16.
Castell de La
Granada: qui es del bisbe de Barchelona. 27.
Perroquia de Sent
Cugat Ses Garrigues: qui son del rector del dit loch e daltres
persones ecclesiastiques. 35.
Loch de Sent Sabastia:
qui es del Cardinal Dagrafulla. 14.
Castell de Avinyo: den
March de Avinyo. 24.
Quadra de Cantalops: del prior de Sent
Pol. 15.
Quadra Dordal: del Espital de Cervello. 7.
Castell
de Franer de Sent P. de Melanta: qui son del abbat de Santes Creus.
12.
Quadra Dalbereda: qui es del dit abbat. 8.
Castell de
Pontons: del dit abbat 45.
Castell de La Roqueta: del dit abbat.
5.
Quadra de Vilaubi: de la Almoyna de Barchelona. 11.
Gayans:
del abbat de Santes Creus. 17.
Castell de Muntmell: qui es del
bisbe de Barchelona ab V fochs de la Quadra den
G. Dayguaviva
donzell. 43.
Vila Rodona: del bisbe de Barchelona. 5.
Castell
de Muntornes: de Santes Creus. 30.
Castell de Crexell Bara
e Roda: del Prior de Caserres. 33. (Roda de Bará o Barà,
Creixell)
Sent Vicens des Calder: del abat de Sent
Cugat de Vallés. 28.
Castell de Bonastre: del dit abat. 43.
Castell Dabinyana: del dit abat. 34.
Loch del Venrell:
del dit abat. 66. (Vendrell)
Santa Oliva: del dit abat. 33.
Albornar: del dit abat. 6.
Castell de Banyeres: del bisbe de
Barchelona. 45.
La Lacuna del terme del Castell de
Castellet: del abat de Santes Creus. 15.
Moja: qui es del pebordre
de Penades. 13.
Sent Steve del Castellot: qui son del dit
pebordre e den Mas-dovelles donzell. 8.
Castell de Ribes de
cavaller ab I foch de la Quadra des Cortey. 35.
Quadra del Clot
del terme de Ribes. 4.
Castell de Ciges: de la Almoyna de
Barchelona. 109. (Sitges)
Castell de Campdasens: desgleya.
15.
Castell de Garraf: del prior de Garraf. 2.
Castell
Delmella: desgleya. 16.
Perroquia de Santa Margalida: de
diverses senyors ecclesiastichs ab XIII de cavallers. 38.
Quadra
de La Serra de Santa Maria des Pla: qui es de cavaller. 4.
Perroquia de La Bleda: de Sgleya. 5.
Castell de Colbato: de
Sgleya. 32.
Castell de La Guardia des Bruch: desgleya. 43.
Castell
de Pierola e Quadra des Vilar: de cavallers ab II fochs de la Quadra
de Castellet. 84.
Castell de Sobirats: del noble En Ramon
Alamany de Cervello. 159. (Subirats)
Castell de
Sanit: de cavaller ab IIII fochs de la Quadra de Puig Alber qui es de
Micer Guerau de Palou. 41.
Castell de Cabrera: de cavaller e
Quadra de Vallbona. 26.
Castell de Pachs: den Ramon de Barbera ab
III fochs qui son del monastir de Santes Creus e IIII fochs qui son
del Spital de Sent Johan e II de la Almoyna e II fochs den
Vilafrancha. 21.
Castell de Sent Marti: qui es del infant En
Marti ab la Quadra de Vernet qui es den Arnau de Vernet. 95.
Castell de Foix: de cavaller. 43.
Mas de Pontons: den Jacme
Davinyo donzell. 4.
Castell de Vila de Mager: den Guerau de
Cervello. 93.
Castell de Miralles: den Guerau de Cervello. 39.
Castell e terme de Querol: de Mossen En Ramon Alamany de
Cervello. 89.
Castell e terme de Muntagut: del dit noble. 60.
Castell de Salba: den Bertran de Gallifa ab II fochs de Vilardida
qui es den Tamerit. 22.
Castell e terme de Seguer: qui es
den P. de Muntagut donzell. 3.
Quadra de Puig Loret: den Johan de
Muntagut donzell. 6.
Santa Perpetua. 25.
Castell de
Marmellar: den A. de Vernet. 13.
Quadra de Cimitrells: den
Bertran de Galifa: 15.
Ardenya del terme de Muntoliu: qui
es den Bertran de Galifa. 8.
Quadra de Virgili: den Berenguer de
Boxados. 9.
Castell de Secabechs: de cavaller. 1.
Torra
den Barra: den Berenguer Dolzinelles. 28. (Torredembarra)
Mas
den Armengol (nos troba comptat). 2.
Castell de Vespella e
terme: den Dalmau de Queralt. 33.
Roda e Bara: del Prior
de Caserres. 18.
Quadra de Bellvey: den Eymerich de
Bellvey. 18.
Castell Nou e Esquornal: den Francesch de Montbuy.
13.
Lorenc e Lotger: den Bernat de Tous donzell. 22.
Castell
e terme de Castellet: den Blascho de Castellet. 69.
Castell de
Conit qui es den Berenguer de Conit e la Quadra de
Segur qui es den
Jacme de Miralpex e la Quadra de
Vilasecha. 25. (Cunit, Segur de Calafell)
Quadra de Sent
P.: qui es del prior de Cubelles. 3.
Quadra de Galifa: qui es den
Jacme de Miralpex donzell. 10.
Castell de Miralpex: den Jacme de
Miralpex donzell. 14.
Quadra de Ses Gunyoles: desgleya e de
cavallers. 19.
Quadra den Veia e de Adarro: den Bernat de Castell
Bisbal donzell. 6.
Casa de Jafer. 1.
Clariana: qui es den
Riera. 2.
Olerdola: desgleya e de cavallers. 12.
Quadra de
Vila de Lops: del comanedor de Vilafrancha. 16.
Castell de Çelma:
del Spital de Sent Johan. 32.
Castell de Claramunt: del Comte de
Cardona. 53.
Castell Dorpi: den Berenguer Sallent. 15.
Homens
de Santes Creus poblats en terme del dit castell. 6.
Homens den
Bernat de Tous castla de Clarmunt 3.
Homens
de Vilanova del Cami: de Mossen Johan de Muntbuy. 7.
Quadra de
Vilanova Despeya: son den Spitles donzell. 5.
Quadra de
Capellades: del pabordre de Sent Cugat. 22.
Quadra de La Torra de
Clarmunt: qui es den R. de Clarmunt. 20.
Castell de Mediona ab
XII fochs de la quadra den Gispert de Barbera e ab III de la quadra
den R. Sa Noguera e ab V fochs de Santa Margalida de
Clarmunt e ab II fochs de Sent P. de Riu de Birles. 88. (Sant
Pere de Riudebitlles)
Castell Dodena. 52.
Castelleuli: del
Comte de Cardona. 27.
Castell de Muntbuy. 41.
FOCHS
ALOERS E FRANQUERS.
Ramon des Ortis, Ramon Venrell, Bertran
Vallés: del terme de Terraçola.
3.
P. Fabre, Bernat Fabre: Bertran Feliu: del terme de
Çanit. 3.
Galceran
Bertran, Berenguer Jofre: de perroquia de Sent Cugat Ces Garrigues.
2.
P. Soler de Durban, Jacme Rossell, March Alabutz, P. Font,
Francesch F., Bonanat Ruvire de Cases, Martines, P. Massana, P.
Tergell., G. Palau, R. Bertran Gilabert, Berenguer Gilabert, P. Soler
de Cases blanques, G. Balart : de perroquia de Santa Margalida.
14.
Clara (nos troba que sia comptat).
Berenguer Cuniy, R.
Triter, R. Brugal, G. Soler, Berenguer de Caldoy: de Olerdola. 5.
Mas
de Palams: del terme de Piera. 1.
La muller den Bernat Pellicer
quondam (fallecido): de la quadra de Ces Gunyoles.
1.
P. Miro de Sent P.: de Sent P. de Molanta. 1.
Francesch
Jorda: de Adarro. 1.
Jacme Gual, Francesch Mas, P. Busquet: de la
perroquia de Santa Maria de la Bleda. 3.
Romeu Sans hom espars: dd
terme de Ribes. 1. (Sant Pere
de Ribes, junto a Sitges?)
P. Rossell des Viver hom
espars: del terme de Cubelles. 1.
P. Guerau aloer del mas des
Cortal, Jacme des Frexes, G. Paschal des Mas de Canaletes:
aloers del terme de Cabrera. 3.
G. Garriga, Berenguer Clariana, R.
Johan alias Jorda, R. Johan: aloers de Castell Nou e Desgornal.
4.
Castell Viy de Panades. 109. (Castellvell de
Penedés?)
Lo Mas de Narbones. 4.
Los homens de
Sant Lorenç e de Salamo. 26.
Puig Tinyos. 25.
Los homens de la Figuerola e del Mas
Lorenç. 17.
Rocha
Mora. 5.
Lespital de Sant Johan del terme de
Castell Viy. 5.
Item homens sparsos de
Santes Creus del dit terme. 4.
Aragón, Arago, Aragó, Aragona, Aragonum, corona Darago, aragonés, aragoneses, fueros, aragonesa, textos antiguos de la corona de Aragón
domingo, 26 de julio de 2020
VEGUERIA DE VILAFRANCHA.
jueves, 4 de julio de 2019
LA CORONACIÓN DE PEDRO II EN ROMA
https://archive.org/details/comentariosdela00blangoog/
Los Reys Darago
Occitania, Aragón, 1213 |
Pedro II no renunció a la política en Occitania y con él se dan, a la vez, la culminación y el fracaso de esa política en la Corona de Aragón que, heredada de la casa condal de Barcelona desde el siglo XI y las campañas con ayuda de magnates ultrapirenaicos de Alfonso I de Aragón, su padre Alfonso II había acrecentado en su doble condición de Rey de Aragón y Conde de Barcelona.
Ramón Berenguer I había iniciado, en oposición a los condes de Tolosa, una política de penetración en Occitania del condado de Barcelona con la adquisición de los territorios de los condados de Carcasona y Rasés (más tarde perdidos a manos de los Trencavel), que continuó en el siglo XIII con Ramón Berenguer III y IV, consolidando su posición en la zona como condes de Provenza y obteniendo, entre 1130 y 1162, el vasallaje de numerosos señores en la zona.
Alfonso II, en el contexto de la expansión almohade (que actuaba de freno a la expansión hacia el sur en la Península Ibérica), pero ahora también como primer soberano titular de la Corona de Aragón (lo que le proporcionaba una base de poder territorial más amplia) había reforzado su presencia en Occitania frente al expansionismo del condado de Tolosa y estuvo «a punto de crear un reino pirenaico que englobara las cuencas del Ebro y del Garona». Pedro II será quien con más decisión lo intentará hacer realidad, culminando la tradición dinástica occitana ahora en un nuevo contexto de alianzas ante el intento de expansión en la zona de otra monarquía rival, los capetos.
Pese a que el condado de Provenza, perteneciente a la Casa de Aragón-Barcelona, había sido asignado a su hermano Alfonso II de Provenza, Pedro II mantuvo su actividad en aquel complejo tablero de intereses marcado por su atomización política, el intento de expansión francesa sobre ella, el desarrollo del catarismo y los consiguientes conflictos con el papa Inocencio III, interesado en erradicarlo e imponerse en la zona.
En 1200 concertó el matrimonio de su hermana Leonor y Raimundo VI de Tolosa. En un concilio en Bagnères-de-Luchon de 1201, Bernardo IV de Cominges se hizo vasallo del rey de Aragón, a cambio de la entrega del Valle de Arán, que pertenecía al rey católico.
En 1202 se celebró la boda del conde de Tolosa con la infanta Leonor.
En 1204, Pedro II se casó con María, heredera del conde de Montpellier, teniendo además, como vasallo, a Ramón-Roger Trencavel, vizconde de Béziers y Carcasona. Ese mismo año intervino en la zona forzando una paz entre su hermano, el conde de Provenza, y el conde de Forcalquier, aliado de Pedro II.
Asimismo se hizo feudatario de la Santa Sede en noviembre de ese mismo año, sin duda con las miras puestas en jugar un papel político en la zona desde una posición de preeminencia y legitimidad, en su condición de rey coronado por el Papa y distanciado del catarismo, catarrismo no, contra el que tanto en Provenza como en Montpellier se tomaron algunas medidas, teniendo que sofocar en esta última ciudad una revuelta en 1206.
Por otro lado, interesado en una alianza con el Sacro Imperio Romano Germánico, comprometió a otra de sus hermanas, Constanza, con el rey de Sicilia Federico II Hohenstaufen, matrimonio que se culminó en 1210, para ser en 1212 coronadas como emperadores del Sacro Imperio.
A lo largo de los siglos xii y xiii, la influencia del catarismo, una herejía cristiana con orígenes en Asia Menor y los Balcanes (paulicianos y bogomilos), se había ido extendiendo en el occidente latino y consolidado con fuerza en la llamada Occitania o territorios del actual mediodía francés, donde se estructuró una Iglesia cátara con varios obispados y cuyo epicentro era la zona de la ciudad de Albi, por lo que también se lo denomina movimiento albigense. La situación de coexistencia con esta iglesia rival, tolerada por los poderes de la zona (situación favorecida por la atomización del poder político y la ausencia de un centro de poder efectivo en Occitania, nunca logrado por el condado de Tolosa), amenazaba allí la hegemonía de la Iglesia romana.
Al mismo tiempo, la prosperidad occitana despertaba la ambición expansionista de la monarquía francesa de los Capetos y de sus baronías de la Isla de Francia, dispuestos a servirse de cualquier argumento para intervenir en los territorios de la Langue d'oc.
Por su parte, Inocencio III encontró en la monarquía francesa el medio más favorable de atajar la «herejía» y reducir a sus prosélitos a la obediencia a Roma, por lo que se mostró siempre complaciente y predispuesto a favorecer las empresas del rey francés, a quien también apoyará en la batalla de Bouvines y en sus conflictos con Inglaterra.
De esta comunión de intereses surgió la cruzada contra los albigenses que se empezó a fraguar a inicios del siglo xii y que finalmente el papa predicó en toda la cristiandad latina, con especial éxito en la Isla de Francia, legitimando al monarca francés en su política expansiva al enviar contra los territorios occitanos –considerados heréticos por Roma– un poderoso ejército mandado por Simón de Montfort bajo la denominación de Cruzada.
El acontecimiento que desató el conflicto fue el asesinato en enero de 1208 de Pierre de Castelnau, enviado a Toulouse como legado papal para mediar en nombre de Roma, que indujo al Papa a excomulgar al conde de Toulouse y promulgar la cruzada contra los albigenses.
La guerra «relámpago» en 1209 se dirigió inicialmente contra los vizcondados de la dinastía occitana Trencavel, donde se produjo la brutal toma de Béziers, con una matanza generalizada sin distinción de credo que quedó luego ilustrada en la célebre frase atribuida por las crónicas al legado papal Arnaud Amaury. Esta fase inicial de la cruzada acabó con el sitio y la subsiguiente toma de la ciudad de Carcasona en el verano de 1209, tras lo cual le fueron otorgadas al cruzado francés Simón de Montfort, por el propio legado papal, las tierras sometidas de la familia Trencavel. Desde sus nuevas posesiones mantendría una política de ataques y asaltos a los señoríos de la zona incluido el fracasado intento de toma de Toulouse en 1211 y comenzaba la persecución y quema de cátaros a través de la Inquisición, creada expresamente por Roma en 1184 con el objetivo de erradicar la llamada herejía cátara o albigense.
La situación creada generó entre los poderes occitanos un sentimiento de amenaza y repulsa ante la intervención francesa y la cruzada que era propicio para que Pedro II el Católico, como rey y vasallo del papado desde 1204, pudiera obtener una posición de prestigio en la zona actuando como intercesor ante el papado y protector ante Simón de Montfort (ya en la toma de Carcasona de 1209 evitó una matanza negociando con los cruzados una expulsión de los cátaros), prestigio acrecentado con su participación exitosa contra los musulmanes en las Navas de Tolosa. Habiendo obtenido el vasallaje del conde de Toulouse, Raimundo VI, y de otros poderes de la zona, desplegó una política de pacificación concertando el matrimonio de su hijo, el futuro Jaime I, con la hija de Simón de Monfort, entregándole a este, como garantía, la tutela del joven príncipe y único heredero del linaje, que permaneció en Carcasona. Asimismo negoció con Arnaud Amaury, ahora obispo de Narbona y también presente en la campaña de las Navas, la convocatoria de un sínodo en Lavaur para intentar la reconciliación.
Tras el fracaso de la reconciliación entre occitanos y Simón de Montfort, Pedro II se declaró protector de los señoríos occitanos amenazados y de Toulouse. Pese a que su hijo permanecía bajo tutela en poder de Simón de Montfort y la excomunión de Inocencio III, que había optado finalmente por apoyar la causa francesa, reunió finalmente un ejército en sus reinos y territorios peninsulares con el que pasó los Pirineos y junto a los aliados occitanos puso cerco a la ciudad de Muret, donde acudió Simón de Montfort. Partiendo de una situación ventajosa en cuanto a fuerzas y avituallamientos, en la campaña, parece ser, sus huestes actuaron con precipitación y desorganización sin esperar la llegada de todos los contingentes. Resultaría muerto al ser aislado por los caballeros franceses en un combate en el que el rey ocupaba una posición de peligro en la segunda escuadra, en lugar, según era lo habitual, de situarse en la retaguardia. La muerte del rey trajo el desorden y la desbandada entre las fuerzas tolosano-aragonesas y la consiguiente derrota. Muret supuso el fracaso y abandono de las pretensiones de la Corona de Aragón sobre los territorios ultrapirenaicos y, según el autor Michel Roquebert, el final de la posible formación de un poderoso reino aragonés-occitano que hubiera cambiado el curso de la historia de Francia y España.
Excomulgado por el mismo Papa que lo coronó, permaneció enterrado en los Hospitalarios de Toulouse, hasta que en 1217 el Papa Honorio III autorizó el traslado de sus restos al panteón real del Monasterio de Santa María de Sigena en Huesca, donde fue enterrado fuera del recinto sagrado.
Muerto Pedro II, Simón de Monfort mantenía aún en custodia a Jaime, el heredero al trono, que había quedado en ese mismo año de 1213 huérfano de padre y de madre, al morir también la reina María de Montpellier con solo 33 años en Roma, donde había viajado para defender la indisolubilidad de su matrimonio.
Ante esta situación, los nobles aragoneses y catalanes posiblemente solicitaran la restitución del joven heredero a Simón de Montfort. Se envió una embajada del reino a Roma para pedir la intervención de Inocencio III quien, en una bula y por medio del legado Pedro de Benevento, exigió contundentemente a Simón de Montfort la entrega de Jaime que se produjo finalmente en Narbona en la primavera de 1214, donde le esperaba una delegación de notables de su reino, entre los cuales se encontraba Guillem de Montredon, maestre del Temple en Aragón encargado de su tutela.
Siendo un niño, Jaime I de Aragón cruzará por primera vez los Pirineos para ser, junto a su primo, Ramón Berenguer V de Provenza, formado y educado con los templarios de Aragón en Monzón, deteniéndose antes en Lérida, donde le juran fidelidad unas Cortes conjuntas de Aragón y Condado de Barcelona.
- Alvira Cabrer, Martín (2003). Guerra e ideología en la España medieval: cultura y actitudes históricas ante el giro de principios del siglo XIII: batallas de las Navas de Tolosa (1212) y Muret (1213). Tesis doctoral presentada en el año 2000. Madrid: Universidad Complutense. ISBN 978-84-669-1035-4. Consultado el 10 de diciembre de 2016.
- Alvira Cabrer, Martín (2000). «La Cruzada Albigense y la intervención de la Corona de Aragón en Occitania: El recuerdo de las crónicas hispánicas del siglo xiii». Hispania. Revista Española de Historia (Madrid: CSIC). Vol. 60 (206): 947-976. ISSN 0018-2141.
- Alvira Cabrer, Martín (2002). El Jueves de Muret 12 de septiembre de 1213. Barcelona: Universidad de Barcelona. ISBN 978-84-477-0796-6.
- Alvira Cabrer, Martín (2008). Muret 1213. La batalla decisiva de la cruzada contra los cátaros. Barcelona: Ariel. ISBN 978-84-344-5255-8.
- Alvira Cabrer, Martín (2010). Pedro el Católico, Rey de Aragón y Conde Barcelona. Documentos, Testimonios y Memoria Histórica. 6 vols. Zaragoza: Institución «Fernando el Católico» (CSIC). ISBN 978-84-9911-066-0.
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- Durán Gudiol, Antonio (1989). «El rito de la coronación del rey en Aragón». Argensola: Revista de Ciencias Sociales del Instituto de Estudios Altoaragoneses (103): 17-40. ISSN 0518-4088.
- García de Cortazar, José Ángel (1983). Historia de España Alfaguara, 2. La época medieval. Madrid: Alianza Editorial. ISBN 978-84-206-2040-4.
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- Roquebert, Michel (2002). Histoire des Cathares: hérésie, croisade, inquisition du XIe au XIVe siecle (en francés). París: Perrin. ISBN 2-262-01894-4.
- Schramm, Percy Ernst; Cabestany, Juan F.; Bagué, Enric (1985). Els primers comtes-reis: JA JA JA, Ramon Berenguer IV, Alfons el Cast, Pere el Catòlic (en occitano post Pompeyo Fabra). Barcelona: Vicens-Vives. ISBN 978-84-316-1807-0.
- Smith, Damian J. (2000). «Motivo y significado de la coronación de Pedro II de Aragón». Hispania: Revista española de historia. Vol. 60 (204): 163-179. ISSN 0018-2141.
- Suárez Fernández, Luis (1976). Historia de España antigua y media. Vol. 1. Ediciones Rialp. ISBN 9788432118821.
- Tuñón de Lara, Manuel; Valdeón Baruque, Julio; Domínguez Ortiz, Antonio (1991). Historia de España. Barcelona: Labor. ISBN 978-84-335-9408-2.
- Ubieto Arteta, Antonio (1987). Creación y desarrollo de la Corona de Aragón. Zaragoza: Anubar. ISBN 84-7013-227-X.
- Ventura i Subirats, Jordi (1996). Pere el Catòlic i Simó de Montfort: els càtars, Catalunya i les terres occitanes (en dialècte occitan catalan post Pompeyo Fabra). Barcelona: Selecta-Catalònia. ISBN 978-84-7667-078-1.
domingo, 26 de julio de 2020
CAPÍTULO LVII.
CAPÍTULO LVII.
Vida
de don Ponce de Cabrera, XIV conde de Urgel. - Pretende conde don
Ponce tocarle el condado de Urgel, y mueve guerra al rey. - De la
concordia hicieron el rey y el vizconde sobre el condado de
Urgel.
Grande estorbo le pareció al vizconde de Cabrera que
le había quitado para cobrar el
condado de Urgel, el hab*
muerto sin hijos la condesa Aurembiaix, a la cual por testamento de
Armengol VIII, su padre, pretendió sucede* porque muriendo ella sin
hijos, había llamado a María Miracle, su hermana, que ya por estos
tiempos era muerta, Ponce, que era nieto de ella, pretendía ser
preferido a don Guillen de Cardona, primo que era de la condesa
Aurembiaix, decía que no había podido disponer la condesa * favor
del infante don Pedro del condado de Urgel, y menos transferirle en
mano del rey, por ser prohibidas de derecho las transportaciones de
cosa litigiosa en mano poderosa. Al principio se persuadió el
vizconde, que el rey se lo volvería graciosamente, así como lo
había hecho con el padre. Estaba el rey en Barcelona, y fue allá el
vizconde a suplicárselo; pero el rey lo iba dilatando, porque no
tenía tal obligación, porque no pasaba al vizconde el derecho de su
abuela María Miracle, la cual murió sin verse heredera de los
bienes de Armengol VIII, su hermano, y que Aurembiaix pudo hacer de
ellos a su albedrío; en lo que el rey no se apartaba de lo que era
razón y justicia: pero el viconde, que no estaba hecho a estas
sutilezas de derecho y debía aborrecer los pleitos, así como su
padre, resolvió hacerse él mismo la justicia, y tomar por fuerza la
posesión que el rey no le quería dar. Tomó las armas, convocó
gentes de guerra, y con ellas se entró en el condado de Urgel,
ocupaado los pueblos que podía, y causando grandes daños en los que
le resistían, sin reparar en el respeto que se debía al rey,
olvidado del rigor con que trató a su padre, cuando no quiso
obedecer y estar a lo de justicia con la condesa Aurembiaix, y de
todo tenía noticia Ponce, por haberse hallado en todo, y dejado en
manos del rey los lugares que tenía en el condado, que eran muchos,
cuando el rey llamó a juicio a su padre con la condesa Aurembiaix.
Parece que estos condes de Urgel, descendientes de la casa de
Cabrera,
siempre quisieron resistir a la voluntad del rey, sin
advertir si lo que pretendían era justo o no, guiados por su antojo
y propio parecer (y porque eran más tontos que el que asó la
manteca); lo que causó grandes daños en sus tierras y vasallos.
Estos movimientos tuvieron principio después de muerta la condesa, y
uno de los impulsos mayores que tuvo el rey, para concambiar el
condado de Urgel con las * de Mallorca y Menorca, fue porque don
Ponce no se *derase de dicho condado, desposeyendo de él al infante
Pedro. Las quejas que don Ponce tenía era la donación * la ciudad
de Lérida en favor del rey, y la deja que * condado de Urgel había
hecho la condena en favor del infante don Pedro, y el concambio que
él había hecho por * islas con el rey. Estas alteraciones duraron
cerca de cuatro años, porque el vizconde tenía buenos valedores,
que eran Arnaldo de Castellbó, que era feudatario del condado Urgel,
Roger Bernat, sexto conde de Foix, Arnaldo Rog* conde de Pallars, con
muchos señores de Aragón y Cataluña * estos se juntaron en
Solsona, y allá se confederaron *contra el rey, por parecerles que
cualquier disgusto que el rey d*se a uno de ellos redundaba en daño
de todos, y podía *suceder lo mismo a cada uno de ellos, y así se
solían confederar, hasta que el disgustado quedase satisfecho; pero
no * tan grande el poder de ellos, que bastase a resistir al *rey el
cual, con numeroso ejército, puso cerco en el castillo * Pons, donde
se habían acogido, y les dio batería con las máquinas
terriblemente, y taló la campaña de aquel y otros pueblos que, por
fuerza o por grado, se habían declarado por el vizconde.
Era
obispo de Urgel en esta ocasión Pons de *Vilamur Berenguer de Eril
lo era de Lérida, y ambos varones * gran calidad y prudencia, y
estaban muy apesarados de estas guerras. Estos, por evitar el daño
que recibían sus feligreses y súbditos, se pusieron de por medio, y
trataron concierto entre el vizconde y el rey, porque a la * hicieron
conocer que era intentar imposibles el tomar armas * contra de un rey
que tan poderoso era y bien quisto de todos sus vasallos, por
grandes y reales virtudes y merecimientos, que no solo le hacían
amable a los suyos, pues aún a los estraños, y hacía ya
proceso contra el vizconde, queriéndole castigar por inquieto y
revoltoso y usurpador del patrimonio real, según por justicia fuese
declarado; y así, aconsejado de los dichos obispos, dejó su porfía
y se sometió a la voluntad del rey, el cual, como rey justo, quiso
pasar por lo que fuese de justicia, como solía. Esto todo pasó en
Barcelona; y después, miércoles, a 12 de las calendas del mes de
febrero, que es 21 de enero de 1235, en Tárrega, se hizo auto de
este concierto, y fue, que el dicho Ponce de Cabrera voluntariamente
se puso a merced del rey, con ánimo de hacer todo lo que el rey le
mandase, el cual, aceptando esto, ordenó que las ciudades de Lérida
y Balaguer fuesen en propiedad y franco alodio del rey y de sus
sucesores, y el rey le dio en feudo los castillos y villas de
Linerola, Menargues, Albesa, Albelda, y todo aquello que pudiese
cobrar del condado de Urgel, y quiere que lo tenga en feudo del rey,
prometiéndole para ello su favor y ayuda, y que las villas de
Calasans, Tartareu * Pinsá, Ager y Casserres las tenga francas, y
que los conciertos hechos entre el rey y Ramón de Peralta, ya
dichos, queden salvos, haciendo él lo que estaba obligado; y el rey
en dicho auto le llama conde de Urgel, del cual título usó
toda su vida, y el rey se quedó con el mismo, así que, en un tiempo
había dos títulos de conde de Urgel, uno en persona del rey, y otro
en persona del vizconde, como también había sucedido en tiempo del
rey don Pedro, con Guerau de Cabrera, padre de Ponce: y porque el
dicho auto viene a propósito, sacado del Archivo Real de Barcelona,
le *traigo
aquí por entero, y es el que se sigue:
In
Christi nomine: manifestum sit omnibus quod post m* contenliones
guerras et placita diutius agitata inter domin* Jacobum Dei gratia
regem Aragonum ex una et inter *Pontii
de Capraria ex
altera super comitatu Urgelli et super juri* que comes
Urgelli consuevit habere in civitate Illerde et su*
guerris et damnis hinc inde datis tandem dictus Pontius *de
Capraria per planam suam et spontaneam voluntatem missit * in posse
domini regis predicti juramento in forma que infer* continetur. Ego
Pontius de Capraria de plana nostra et spontanea voluntate
juro per Dominum et hec sancta Evangelia cor* me posita quod de tota
querimonia et demanda sive petitio* comitatus Urgelli et de
omnibus aliis querimoniis quas *proponebam vel proponere poteram
contra vos dominum Jacobu*
regem predictum vel vos contra
me stabo ad bonam mercede* vestram et ad vestrum bonum et legale
causimentum et sta* de his omnibus supradictis ad quodcumque mandatum
mi* inde facere volueritis. Nos igitur Jacobus rex predictus
*recipimus vos dilectum nostrum Pontium comitem Urgelli
in nost* posse in forma superius comprehensa exprimentes cons*
nostrum bonum et legale causimentum in hunc modum: q* civitas
Illerde et jura que comes Urgelli consuevit ibi habere*
castrum et villa de Balagario cum terminis et pertinentiis
*suis et juribus universis sint semper nostra et nostrorum succesorum
per alodium francum perpetuo possidenda imponen* vobis jam dicto
Petro comiti (Petro; Ponce, Pontius, Ponç,
Pons) et vestris succesoribus silentium perpetuum in
premissis. Preterea damus concedimus et *com damus vobis in feudum
castrum et villam de Acrimonte et castrum et villas de
Linerola de Menarguis de Albesa et de Albelda
et ea que vos adquirere et recuperare poteritis de *comitatu predicto
ut ea per nos et successores nostros vos et successores vestri
habeatis et teneatis in feudum ad fidelitatem nostram * nostrorum
successorum et ad bonam consuetudinem *Barchinone et habeamus ibi
semper pacem et guerram contra omnes *homines et nullus contra nos et
detis nobis et nostris successoribus *irati et paccati potestatem de
omnibus et singulis supradictis *quandocumque et quotiesqumque per
nos vel per nostras literas *el per nuntium nostrum inde fueritis
requisiti: et concedimus *vobis omnes actiones quas habemus contra
quemlibet possi* entem aliquid de comitatu predicto et in vestro jure
juvabimus * et defendemus et de comitatu predicto et de omnibus pos*
vos valere contra omnes homines exceptis semper nobis et
successoribus nostris. De Calasantio autem et de Tartareu
et * Pinsano et de Ager et de Casserris nunquam
potestatem tene*ini nobis dare nec successoribus nostris
conventionibus autem *er nos et Raymundum de Peralta habitis
in suo robore dura*is ipso faciente vobis justitie complementum. De
his omnibus * singulis fideliter observandis recipimus vos in hominem
* a vobis juramento et homagio quod juramentum et homagium facietis
vos et successores vestri nobis et nostris successoribus per secula
cuncta. Nos igitur Pontius comes Urgelli *edictus cum
gratiarum actionibus et cum spontanea voluntate recipimus dictam
mercedem et dictum vestrum bonum * legale causimentum et tenemus nos
pro pacatis bene per * et nostros successores de omnibus supradictis
promiten* virtute sacramenti et homagii quod in presenti vobis * per
nos et successores nostros quod omnia et singula * superius
continetur tenebimus et observabimus et attende*us fideliter ad bonam
fidem. Denique omnia placita et deman* quas inter nos possemus
demandare vel facere aliqua ratio* usque in hodiernam diem ad invicem
perpetuo absolvimus * deffinimus et relaxamus. Datum apud Tarregam
die mercurii XII* kalendas februarii anno Domini M.C.C.XXXV. (1235).
Sig+num Jacobi Dei gratia regis Aragonis et regni Majoricarum
comitis Barchinone et Urgelli et domini Montis-pessulani.
Sig+num Pontii Dei gratia comitis Urgelli qui hec laudo *
et concedo et testes firmare rogo.
Hujus rei testes sunt Gombaldus
de Ribelles.- Petrus Cornelii majordomus Aragonis. -
Guilelmus de Cervaria.- Petrus de Granyana.- R. de
Cervaria. - R. Berengarius de Ager.
- Eximenus de
Orrea.- Petrus de Vilamuro. - Frater Ugo de
Forcalquerio magister Hospitalis. - Domnus Atorela.
Sig+num Guillermi qui de mandato domini regis et de Pontii
comitis Urgelli pro Guillermo de Sala notario domin * gis hanc
cartam scripsit loco die et anno prefixis.
Con estas
capitulaciones y con lo que el rey le había de * que, mirada su
justicia, era harto, quedó el ánimo de P* quieto y sosegado, sin
pasarle ni aun por la cabeza *volver a intentar novedades y alterar
la paz y sosiego de Cataluña y Aragón, antes bien en unas cortes
que dice Zurita celebró en Monzón el rey don Jaime el
año 1236, fu* dicho Ponce uno de los que asistieron a ellas,
y lo *mismo fue en otras celebradas en Lérida el año 1240,
según *parece en el título de la Santa Fé Católica, cap.
3, e* Constituciones de Cataluña; y poco después, que f* 16
calendas de febrero de 1242, le dio el rey, por *na amor y voluntad,
el castillo y ciudad de Balaguer, * feudo, a uso de Barcelona,
y que siendo requerido, * obligado a darle las tenencias del dicho
castillo; y el *conde lo aceptó, y ratificó al rey la donación o
título que *vor tenía de la ciudad de Lérida, que, como queda
*dicho, se la había dado años atrás la condesa Aurembiaix, y
*prometió no pedir nada al rey de lo que él tenía del *condado de
Urgel, y en caso que lo haga, quiere que ni Geral*
Cabrera, su
hermano, ni Guillermo de Moncada, ni Ramón Berenguer de Ager, ni
Ramón de Peralta le valgan ni favorezcan, aunque estaban obligados a
ello, por tener a* nos feudos por el conde. Esto se hizo delante de
Fernando* infante de Aragón, don Vidal de Cañelles, obispo de
Huesca, de H., castellano de Amposta, Berenguer Ramón de Ribelles,
Berenguer de Anglesola, Pedro Pérez, *justicia de Aragón, y
Berenguer de Finestres; y está este auto en el Archivo Real, armario
de Urgel, n°. 188.
Murió el año de 1243, después de haber
gozado trece años el título de conde de Urgel: casó con doña
María Giron, hermana de Rodrigo González Giron, de quien
descienden por recta linea los duques de Viana, condes de
Ureña. De esta señora dice el doctor Gudiel, en el árbol de la
casa de los Girones, que casó con don Martín Alonso, hijo
del rey don Alonso segundo de León; y debió ser así, según
lo discurro, pues él lo dice; que lo que yo he hallado, es que casó
también con don Ponce, conde de Urgel. Pruebo este segundo
casamiento con el dicho de los testigos dados por parte de doña
Constanza de Moncada, en el pleito que llevaba con don Álvaro, su
marido, y que están en el armario de Urgel, del Archivo Real de
Barcelona; y de este matrimonio quedaron cuatro hijos varones y dos
hembras: estos fueron Armengol, a quien el padre nombró por
heredero, y muerto este sin hijos, como murió, a su hijo Rodrigo,
que era el segundo, que se criaba en Castilla, a quien dejó todo lo
que tenía allá y le había venido por razón de doña Elo, su
madre, y de don Pedro Fernández, su tío, y por cualquier otra causa
y razón; muerto este, llamó a Guerau, que era su cuarto hijo,
nacido aquel mismo año en que él murió, a quien había heredado de
todos los alodios y feudos que tenía en Ribagorza, excepto Albelda,
y de mil mazmudinas jusefinas, llamadas así por haberlas
batido el rey Jusef, moro, de Granada, y valía cada una ….
sueldos; y estas había asegurado sobre la villa y castillo de
Algerre; y quiere que el dicho hijo sea canónigo de la
iglesia de Tarragona, y ruega al arzobispo y canónigos de aquella
iglesia que le acepten con las dichas mil mazmudinas, y que mientras
que tardare el heredero a pagar aquellas sean el dicho castillo y
villa de Algerre, si ya no ca* sen Jaime de Cervera o Raimundo, su
hermano, que *lo habían empeñado al conde; y si muriere antes de
ser orde* en órdenes sacros, que las dichas mazmudinas queden *
iglesia de Tarragona, y se sustenten de ellas dos clér* que rueguen
para siempre a Dios por su alma y de sus *sucesores; y si el dicho
don Guerau falleciere sin hijos, ins*ye heredero a Ponce, que era su
hijo tercero, a quien * mil morabatines alfonsíes, que era
cada uno de valor de * sueldos, y llamaban alfonsíes, por
diferenciarse de * que valían siete sueldos; los cuales con
su hijo ofrece * iglesia de Santa María de la Seo de Urgel, rogando
al *obispo y cabildo le admitan en canónigo, y les da todo aq*
que
él recobra, juste vel injuste, de la villa y hombres * Ivars;
y si el dicho hijo muriese antes de tener órdenes *cros, queden los
dichos morabatines a la dicha iglesia, * sustento de dos sacerdotes,
que para siempre rueguen * Dios por su alma; y añade, que si el
mismo viniere a *suceder al condado, y por eso no pudiere ver
sacerdote, y *tuviere
más de un hijo, ofrezca el uno de ellos a la iglesia * Santa María
de Urgel, el cual, ocupando el lugar de su padre, ruegue a Dios por
su alma; y muriendo don Ponce *sin hijos, llama a doña Eleonor, que
era su hija mayor, y *casada con don Ramón de Moncada, a quien manda
que *se pague lo que se le queda debiendo de la dote, y cobre * ella
el castillo y villa de Oliana, y le dé el de Ayebut; y
*muriendo esta sin hijos, llama a doña Marquesa, que era *la hija
segunda, y estaba casada con Guillen de Peralta, y * había de ella
dos hijos, que eran don Guillermo y don Ramón * y muriendo esta sin
hijos varones y legítimos, suceda en el condado de Urgel y
vizcondado de Ager su hermano don Guerau de Cabrera, vizconde de
Cabrera, y sus hijos varones el uno en pos del otro, y que el que
sucediere, así sus hijos como los de don Guerau de Cabrera, su
hermano, se hayan de
nombrar y tomar el nombre de Armengol, y lo
repite muchas veces y dice ser esta su voluntad; de lo que se echa de
ver el caso y estima que hacían de este nombre, así en
memoria
de san Hermenegildo, de quien se tomó, como también de san
Armengol, obispo de Urgel, el cual nombre, como apuntamos arriba,
fue en esta casa tenido por felicísimo y muy próspero, y se
llamaban de él, hasta que sucedió en ella don Guerau Cabrera; pero
después le volvieron a tomar.
Por albaceas y ejecutores nombró
al arzobispo de Tarragona, al obispo de Lérida, al abad de Nuestra
Señora de Bellpuig, del orden premostratense, y a sus succesores, a
don Guerau, su hermano, vizconde de Cabrera, a Ramón Berenguer de
Ager, Ramón de Peralta y Ramón de Anya; y porque quedaban sus hijos
pequeños y había muchas deudas, mandó que estos albaceas tomasen
por espacio de diez años todos los frutos, réditos y rentas del
condado y vizcondado, y las empleasen en sustentar a sus cuatro
hijos, y que a cada uno de ellos le fuese dada la renta de un año, y
que de los frutos de los tres primeros se paguen a doña María, su
mujer, dos mil morabatines, esto es, mil que de ella había recibido,
y otros mil que le deja, todos a su voluntad, con que haga difinicion
de cualquier pretensión tenga contra sus hijos; y que a Santa María
de Bellpuig, monasterio del orden premostratense, fundación de sus
predecesores, se paguen quinientos morabatines, y al monasterio de
Poblet *otros quinientos, y otras tantas mazmudinas jusefinas al
monasterio de San Pedro de Ager, todas por satisfacción y enmienda
de muchos servicios que de ellos había recibido; * al Hospital de
Jerusalén de Lérida y a los frailes de él quinientos morabatines,
con todas sus armas y caballos, y a más de esto la villa de
Çaportella de
Segriá, con todo el dominio y señorío que tenía en ella, y
escoge en él sepultura (* Hospital es la iglesia que hoy se ve junto
a la ciudad de Lérida, no lejos del monasterio del Carmen, que
llaman Casa Antigua, que es priorato del orden de San Juan; y * dicha
villa de Çaportella
poseen hoy las religiosas del monasterio de Alguayre, que son
de la misma orden); *y lo que quedare de los réditos de los dichos
tres años, *quiere que los dichos marmesores y el prior de Santo
Domingo *
el guardián de los frailes menores de Lérida y dos
*hombres de cada una de las villas del condado lo dividan y *empleen
en limosnas a lugares religiosos y píos, y que los frutos *
los
siete años que quedan sean distribuidos de esta manera * esto es:
de los cinco primeros se paguen sus deudas y se satisfagan los
agravios que él hubiese hecho, y de los * restantes se empleen por
el alma de don Guerau de Cabrera, su padre, y se paguen sus
obligaciones y lo que él *había ordenado y no se era aún cumplido;
y que a los caballeros del Temple y a la casa que tienen en
Corbins, y a los hombres de Vilanova de Corbins se
paguen mil morabatines * satisfacción y enmienda de algunos daños
que les había *do, y correrías había hecho en sus tierras, y que
esos *morabatines pague Ramón Berenguer de Ager del precio * la
compra que había hecho al conde de la villa de S* Licinia. Pasados
los diez años, manda que entre su heredero en posesión del dicho
condado, y del castillo de Monmagastre, que poseía Ramón de Anya, y
de la villa y vizcondado de Ager, así como lo divide Noguera
Ribagorzana hasta Corbins, excepto los lugares de Ayebut y Algerre,
de quienes ya había dispuesto, y le encarga que: novos milites
faciat omnes scutiferos quos ego quondum receperam ad cavalleriam aut
solvat eisdem quingentas mazmutinas josephinas secundum quod plus
quod minus valeant eas habeant ad invicem et dividant; y prohíbe a
sus herederos que no puedan dar vender o cambiar perpetuamente ningún
castillo o villa para pagar lo sobredicho. Y después confirma todos
los privilegios, libertades, donaciones y franquezas que sus
predecesores hasta aquel día habían concedido a los barones y
lugares religiosos y cualquier otras, y aprieta y encomienda esto con
grandes veras. Suscribieron a este auto don Pedro, arzobispo de
Tarragona, don P., obispo de Lérida, y fray Juan, abad de Nuestra
Señora de Bellpuig, y los demás marmesores lo firmaron. Recibióle
fray Guillen de Subirats, sacristán de Bellpuig, en la ciudad de
Balaguer, a 5 de junio de 1243, y dice que era en ocasión que
volebat *pergere ad curiam venerabilium regis Francorum
et regis Aragonum
apud Sanctam Mariam de Podio, que
quería ir a la corte de los venerables el rey de Francia y el
de Aragón, en Santa María del Puig. No nombró
curadores; pero fuéronlo su
hermano don Guerau, vizconde de
Cabrera, y Jaime de Cervera; y este, por muerte del otro, se encargó
de todo, y fue gran privado del conde don Álvaro, y gobernó mucho
tiempo sus estados. Fue sepultado en la iglesia del Hospital de
Jerusalén, de la ciudad de Lérida,como él lo había mandado.