Mostrando las entradas para la consulta ramón berenguer ordenadas por relevancia. Ordenar por fecha Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas para la consulta ramón berenguer ordenadas por relevancia. Ordenar por fecha Mostrar todas las entradas

domingo, 26 de julio de 2020

CAPÍTULO LVII.

CAPÍTULO LVII.

Vida de don Ponce de Cabrera, XIV conde de Urgel. - Pretende conde don Ponce tocarle el condado de Urgel, y mueve guerra al rey. - De la concordia hicieron el rey y el vizconde sobre el condado de Urgel.

Grande estorbo le pareció al vizconde de Cabrera que le había quitado para cobrar el

condado de Urgel, el hab* muerto sin hijos la condesa Aurembiaix, a la cual por testamento de Armengol VIII, su padre, pretendió sucede* porque muriendo ella sin hijos, había llamado a María Miracle, su hermana, que ya por estos tiempos era muerta, Ponce, que era nieto de ella, pretendía ser preferido a don Guillen de Cardona, primo que era de la condesa Aurembiaix, decía que no había podido disponer la condesa * favor del infante don Pedro del condado de Urgel, y menos transferirle en mano del rey, por ser prohibidas de derecho las transportaciones de cosa litigiosa en mano poderosa. Al principio se persuadió el vizconde, que el rey se lo volvería graciosamente, así como lo había hecho con el padre. Estaba el rey en Barcelona, y fue allá el vizconde a suplicárselo; pero el rey lo iba dilatando, porque no tenía tal obligación, porque no pasaba al vizconde el derecho de su abuela María Miracle, la cual murió sin verse heredera de los bienes de Armengol VIII, su hermano, y que Aurembiaix pudo hacer de ellos a su albedrío; en lo que el rey no se apartaba de lo que era razón y justicia: pero el viconde, que no estaba hecho a estas sutilezas de derecho y debía aborrecer los pleitos, así como su padre, resolvió hacerse él mismo la justicia, y tomar por fuerza la posesión que el rey no le quería dar. Tomó las armas, convocó gentes de guerra, y con ellas se entró en el condado de Urgel, ocupaado los pueblos que podía, y causando grandes daños en los que le resistían, sin reparar en el respeto que se debía al rey, olvidado del rigor con que trató a su padre, cuando no quiso obedecer y estar a lo de justicia con la condesa Aurembiaix, y de todo tenía noticia Ponce, por haberse hallado en todo, y dejado en manos del rey los lugares que tenía en el condado, que eran muchos, cuando el rey llamó a juicio a su padre con la condesa Aurembiaix. Parece que estos condes de Urgel, descendientes de la casa de Cabrera,
siempre quisieron resistir a la voluntad del rey, sin advertir si lo que pretendían era justo o no, guiados por su antojo y propio parecer (y porque eran más tontos que el que asó la manteca); lo que causó grandes daños en sus tierras y vasallos. Estos movimientos tuvieron principio después de muerta la condesa, y uno de los impulsos mayores que tuvo el rey, para concambiar el condado de Urgel con las * de Mallorca y Menorca, fue porque don Ponce no se *derase de dicho condado, desposeyendo de él al infante Pedro. Las quejas que don Ponce tenía era la donación * la ciudad de Lérida en favor del rey, y la deja que * condado de Urgel había hecho la condena en favor del infante don Pedro, y el concambio que él había hecho por * islas con el rey. Estas alteraciones duraron cerca de cuatro años, porque el vizconde tenía buenos valedores, que eran Arnaldo de Castellbó, que era feudatario del condado Urgel, Roger Bernat, sexto conde de Foix, Arnaldo Rog* conde de Pallars, con muchos señores de Aragón y Cataluña * estos se juntaron en Solsona, y allá se confederaron *contra el rey, por parecerles que cualquier disgusto que el rey d*se a uno de ellos redundaba en daño de todos, y podía *suceder lo mismo a cada uno de ellos, y así se solían confederar, hasta que el disgustado quedase satisfecho; pero no * tan grande el poder de ellos, que bastase a resistir al *rey el cual, con numeroso ejército, puso cerco en el castillo * Pons, donde se habían acogido, y les dio batería con las máquinas terriblemente, y taló la campaña de aquel y otros pueblos que, por fuerza o por grado, se habían declarado por el vizconde.
Era obispo de Urgel en esta ocasión Pons de *Vilamur Berenguer de Eril lo era de Lérida, y ambos varones * gran calidad y prudencia, y estaban muy apesarados de estas guerras. Estos, por evitar el daño que recibían sus feligreses y súbditos, se pusieron de por medio, y trataron concierto entre el vizconde y el rey, porque a la * hicieron conocer que era intentar imposibles el tomar armas * contra de un rey que tan poderoso era y bien quisto de todos sus vasallos, por grandes y reales virtudes y merecimientos, que no solo le hacían amable a los suyos, pues aún a los estraños, y hacía ya proceso contra el vizconde, queriéndole castigar por inquieto y revoltoso y usurpador del patrimonio real, según por justicia fuese declarado; y así, aconsejado de los dichos obispos, dejó su porfía y se sometió a la voluntad del rey, el cual, como rey justo, quiso pasar por lo que fuese de justicia, como solía. Esto todo pasó en Barcelona; y después, miércoles, a 12 de las calendas del mes de febrero, que es 21 de enero de 1235, en Tárrega, se hizo auto de este concierto, y fue, que el dicho Ponce de Cabrera voluntariamente se puso a merced del rey, con ánimo de hacer todo lo que el rey le mandase, el cual, aceptando esto, ordenó que las ciudades de Lérida y Balaguer fuesen en propiedad y franco alodio del rey y de sus sucesores, y el rey le dio en feudo los castillos y villas de Linerola, Menargues, Albesa, Albelda, y todo aquello que pudiese cobrar del condado de Urgel, y quiere que lo tenga en feudo del rey, prometiéndole para ello su favor y ayuda, y que las villas de Calasans, Tartareu * Pinsá, Ager y Casserres las tenga francas, y que los conciertos hechos entre el rey y Ramón de Peralta, ya dichos, queden salvos, haciendo él lo que estaba obligado; y el rey en dicho auto le llama conde de Urgel, del cual título usó toda su vida, y el rey se quedó con el mismo, así que, en un tiempo había dos títulos de conde de Urgel, uno en persona del rey, y otro en persona del vizconde, como también había sucedido en tiempo del rey don Pedro, con Guerau de Cabrera, padre de Ponce: y porque el dicho auto viene a propósito, sacado del Archivo Real de Barcelona, le *traigo
aquí por entero, y es el que se sigue:

In Christi nomine: manifestum sit omnibus quod post m* contenliones guerras et placita diutius agitata inter domin* Jacobum Dei gratia regem Aragonum ex una et inter *Pontii
de Capraria
ex altera super comitatu Urgelli et super juri* que comes Urgelli consuevit habere in civitate Illerde et su* guerris et damnis hinc inde datis tandem dictus Pontius *de Capraria per planam suam et spontaneam voluntatem missit * in posse domini regis predicti juramento in forma que infer* continetur. Ego Pontius de Capraria de plana nostra et spontanea voluntate juro per Dominum et hec sancta Evangelia cor* me posita quod de tota querimonia et demanda sive petitio* comitatus Urgelli et de omnibus aliis querimoniis quas *proponebam vel proponere poteram contra vos dominum Jacobu*
regem
predictum vel vos contra me stabo ad bonam mercede* vestram et ad vestrum bonum et legale causimentum et sta* de his omnibus supradictis ad quodcumque mandatum mi* inde facere volueritis. Nos igitur Jacobus rex predictus *recipimus vos dilectum nostrum Pontium comitem Urgelli in nost* posse in forma superius comprehensa exprimentes cons* nostrum bonum et legale causimentum in hunc modum: q* civitas Illerde et jura que comes Urgelli consuevit ibi habere* castrum et villa de Balagario cum terminis et pertinentiis *suis et juribus universis sint semper nostra et nostrorum succesorum per alodium francum perpetuo possidenda imponen* vobis jam dicto Petro comiti (Petro; Ponce, Pontius, Ponç, Pons) et vestris succesoribus silentium perpetuum in premissis. Preterea damus concedimus et *com damus vobis in feudum castrum et villam de Acrimonte et castrum et villas de Linerola de Menarguis de Albesa et de Albelda et ea que vos adquirere et recuperare poteritis de *comitatu predicto ut ea per nos et successores nostros vos et successores vestri habeatis et teneatis in feudum ad fidelitatem nostram * nostrorum successorum et ad bonam consuetudinem *Barchinone et habeamus ibi semper pacem et guerram contra omnes *homines et nullus contra nos et detis nobis et nostris successoribus *irati et paccati potestatem de omnibus et singulis supradictis *quandocumque et quotiesqumque per nos vel per nostras literas *el per nuntium nostrum inde fueritis requisiti: et concedimus *vobis omnes actiones quas habemus contra quemlibet possi* entem aliquid de comitatu predicto et in vestro jure juvabimus * et defendemus et de comitatu predicto et de omnibus pos* vos valere contra omnes homines exceptis semper nobis et successoribus nostris. De Calasantio autem et de Tartareu et * Pinsano et de Ager et de Casserris nunquam potestatem tene*ini nobis dare nec successoribus nostris conventionibus autem *er nos et Raymundum de Peralta habitis in suo robore dura*is ipso faciente vobis justitie complementum. De his omnibus * singulis fideliter observandis recipimus vos in hominem * a vobis juramento et homagio quod juramentum et homagium facietis vos et successores vestri nobis et nostris successoribus per secula cuncta. Nos igitur Pontius comes Urgelli *edictus cum gratiarum actionibus et cum spontanea voluntate recipimus dictam mercedem et dictum vestrum bonum * legale causimentum et tenemus nos pro pacatis bene per * et nostros successores de omnibus supradictis promiten* virtute sacramenti et homagii quod in presenti vobis * per nos et successores nostros quod omnia et singula * superius continetur tenebimus et observabimus et attende*us fideliter ad bonam fidem. Denique omnia placita et deman* quas inter nos possemus demandare vel facere aliqua ratio* usque in hodiernam diem ad invicem perpetuo absolvimus * deffinimus et relaxamus. Datum apud Tarregam die mercurii XII* kalendas februarii anno Domini M.C.C.XXXV. (1235).
Sig+num Jacobi Dei gratia regis Aragonis et regni Majoricarum comitis Barchinone et Urgelli et domini Montis-pessulani.
Sig+num Pontii Dei gratia comitis Urgelli qui hec laudo * et concedo et testes firmare rogo.
Hujus rei testes sunt Gombaldus de Ribelles.- Petrus Cornelii majordomus Aragonis. - Guilelmus de Cervaria.- Petrus de Granyana.- R. de Cervaria. - R. Berengarius de Ager.
- Eximenus de Orrea.- Petrus de Vilamuro. - Frater Ugo de Forcalquerio magister Hospitalis. - Domnus Atorela.
Sig+num Guillermi qui de mandato domini regis et de Pontii comitis Urgelli pro Guillermo de Sala notario domin * gis hanc cartam scripsit loco die et anno prefixis.

Con estas capitulaciones y con lo que el rey le había de * que, mirada su justicia, era harto, quedó el ánimo de P* quieto y sosegado, sin pasarle ni aun por la cabeza *volver a intentar novedades y alterar la paz y sosiego de Cataluña y Aragón, antes bien en unas cortes que dice Zurita celebró en Monzón el rey don Jaime el año 1236, fu* dicho Ponce uno de los que asistieron a ellas, y lo *mismo fue en otras celebradas en Lérida el año 1240, según *parece en el título de la Santa Fé Católica, cap. 3, e* Constituciones de Cataluña; y poco después, que f* 16 calendas de febrero de 1242, le dio el rey, por *na amor y voluntad, el castillo y ciudad de Balaguer, * feudo, a uso de Barcelona, y que siendo requerido, * obligado a darle las tenencias del dicho castillo; y el *conde lo aceptó, y ratificó al rey la donación o título que *vor tenía de la ciudad de Lérida, que, como queda *dicho, se la había dado años atrás la condesa Aurembiaix, y *prometió no pedir nada al rey de lo que él tenía del *condado de Urgel, y en caso que lo haga, quiere que ni Geral*
Cabrera, su hermano, ni Guillermo de Moncada, ni Ramón Berenguer de Ager, ni Ramón de Peralta le valgan ni favorezcan, aunque estaban obligados a ello, por tener a* nos feudos por el conde. Esto se hizo delante de Fernando* infante de Aragón, don Vidal de Cañelles, obispo de Huesca, de H., castellano de Amposta, Berenguer Ramón de Ribelles, Berenguer de Anglesola, Pedro Pérez, *justicia de Aragón, y Berenguer de Finestres; y está este auto en el Archivo Real, armario de Urgel, n°. 188.
Murió el año de 1243, después de haber gozado trece años el título de conde de Urgel: casó con doña María Giron, hermana de Rodrigo González Giron, de quien descienden por recta linea los duques de Viana, condes de Ureña. De esta señora dice el doctor Gudiel, en el árbol de la casa de los Girones, que casó con don Martín Alonso, hijo del rey don Alonso segundo de León; y debió ser así, según lo discurro, pues él lo dice; que lo que yo he hallado, es que casó también con don Ponce, conde de Urgel. Pruebo este segundo casamiento con el dicho de los testigos dados por parte de doña Constanza de Moncada, en el pleito que llevaba con don Álvaro, su marido, y que están en el armario de Urgel, del Archivo Real de Barcelona; y de este matrimonio quedaron cuatro hijos varones y dos hembras: estos fueron Armengol, a quien el padre nombró por heredero, y muerto este sin hijos, como murió, a su hijo Rodrigo, que era el segundo, que se criaba en Castilla, a quien dejó todo lo que tenía allá y le había venido por razón de doña Elo, su madre, y de don Pedro Fernández, su tío, y por cualquier otra causa y razón; muerto este, llamó a Guerau, que era su cuarto hijo, nacido aquel mismo año en que él murió, a quien había heredado de todos los alodios y feudos que tenía en Ribagorza, excepto Albelda, y de mil mazmudinas jusefinas, llamadas así por haberlas batido el rey Jusef, moro, de Granada, y valía cada una …. sueldos; y estas había asegurado sobre la villa y castillo de Algerre; y quiere que el dicho hijo sea canónigo de la iglesia de Tarragona, y ruega al arzobispo y canónigos de aquella iglesia que le acepten con las dichas mil mazmudinas, y que mientras que tardare el heredero a pagar aquellas sean el dicho castillo y villa de Algerre, si ya no ca* sen Jaime de Cervera o Raimundo, su hermano, que *lo habían empeñado al conde; y si muriere antes de ser orde* en órdenes sacros, que las dichas mazmudinas queden * iglesia de Tarragona, y se sustenten de ellas dos clér* que rueguen para siempre a Dios por su alma y de sus *sucesores; y si el dicho don Guerau falleciere sin hijos, ins*ye heredero a Ponce, que era su hijo tercero, a quien * mil morabatines alfonsíes, que era cada uno de valor de * sueldos, y llamaban alfonsíes, por diferenciarse de * que valían siete sueldos; los cuales con su hijo ofrece * iglesia de Santa María de la Seo de Urgel, rogando al *obispo y cabildo le admitan en canónigo, y les da todo aq*
que él recobra, juste vel injuste, de la villa y hombres * Ivars; y si el dicho hijo muriese antes de tener órdenes *cros, queden los dichos morabatines a la dicha iglesia, * sustento de dos sacerdotes, que para siempre rueguen * Dios por su alma; y añade, que si el mismo viniere a *suceder al condado, y por eso no pudiere ver sacerdote, y *tuviere más de un hijo, ofrezca el uno de ellos a la iglesia * Santa María de Urgel, el cual, ocupando el lugar de su padre, ruegue a Dios por su alma; y muriendo don Ponce *sin hijos, llama a doña Eleonor, que era su hija mayor, y *casada con don Ramón de Moncada, a quien manda que *se pague lo que se le queda debiendo de la dote, y cobre * ella el castillo y villa de Oliana, y le dé el de Ayebut; y *muriendo esta sin hijos, llama a doña Marquesa, que era *la hija segunda, y estaba casada con Guillen de Peralta, y * había de ella dos hijos, que eran don Guillermo y don Ramón * y muriendo esta sin hijos varones y legítimos, suceda en el condado de Urgel y vizcondado de Ager su hermano don Guerau de Cabrera, vizconde de Cabrera, y sus hijos varones el uno en pos del otro, y que el que sucediere, así sus hijos como los de don Guerau de Cabrera, su hermano, se hayan de
nombrar y tomar el nombre de Armengol, y lo repite muchas veces y dice ser esta su voluntad; de lo que se echa de ver el caso y estima que hacían de este nombre, así en
memoria de san Hermenegildo, de quien se tomó, como también de san Armengol, obispo de Urgel, el cual nombre, como apuntamos arriba, fue en esta casa tenido por felicísimo y muy próspero, y se llamaban de él, hasta que sucedió en ella don Guerau Cabrera; pero después le volvieron a tomar.
Por albaceas y ejecutores nombró al arzobispo de Tarragona, al obispo de Lérida, al abad de Nuestra Señora de Bellpuig, del orden premostratense, y a sus succesores, a don Guerau, su hermano, vizconde de Cabrera, a Ramón Berenguer de Ager, Ramón de Peralta y Ramón de Anya; y porque quedaban sus hijos pequeños y había muchas deudas, mandó que estos albaceas tomasen por espacio de diez años todos los frutos, réditos y rentas del condado y vizcondado, y las empleasen en sustentar a sus cuatro hijos, y que a cada uno de ellos le fuese dada la renta de un año, y que de los frutos de los tres primeros se paguen a doña María, su mujer, dos mil morabatines, esto es, mil que de ella había recibido, y otros mil que le deja, todos a su voluntad, con que haga difinicion de cualquier pretensión tenga contra sus hijos; y que a Santa María de Bellpuig, monasterio del orden premostratense, fundación de sus predecesores, se paguen quinientos morabatines, y al monasterio de Poblet *otros quinientos, y otras tantas mazmudinas jusefinas al monasterio de San Pedro de Ager, todas por satisfacción y enmienda de muchos servicios que de ellos había recibido; * al Hospital de Jerusalén de Lérida y a los frailes de él quinientos morabatines, con todas sus armas y caballos, y a más de esto la villa de Çaportella de Segriá, con todo el dominio y señorío que tenía en ella, y escoge en él sepultura (* Hospital es la iglesia que hoy se ve junto a la ciudad de Lérida, no lejos del monasterio del Carmen, que llaman Casa Antigua, que es priorato del orden de San Juan; y * dicha villa de Çaportella poseen hoy las religiosas del monasterio de Alguayre, que son de la misma orden); *y lo que quedare de los réditos de los dichos tres años, *quiere que los dichos marmesores y el prior de Santo Domingo *
el guardián de los frailes menores de Lérida y dos *hombres de cada una de las villas del condado lo dividan y *empleen en limosnas a lugares religiosos y píos, y que los frutos *
los siete años que quedan sean distribuidos de esta manera * esto es:
de los cinco primeros se paguen sus deudas y se satisfagan los agravios que él hubiese hecho, y de los * restantes se empleen por el alma de don Guerau de Cabrera, su padre, y se paguen sus obligaciones y lo que él *había ordenado y no se era aún cumplido; y que a los caballeros del Temple y a la casa que tienen en Corbins, y a los hombres de Vilanova de Corbins se paguen mil morabatines * satisfacción y enmienda de algunos daños que les había *do, y correrías había hecho en sus tierras, y que esos *morabatines pague Ramón Berenguer de Ager del precio * la compra que había hecho al conde de la villa de S* Licinia. Pasados los diez años, manda que entre su heredero en posesión del dicho condado, y del castillo de Monmagastre, que poseía Ramón de Anya, y de la villa y vizcondado de Ager, así como lo divide Noguera Ribagorzana hasta Corbins, excepto los lugares de Ayebut y Algerre, de quienes ya había dispuesto, y le encarga que: novos milites faciat omnes scutiferos quos ego quondum receperam ad cavalleriam aut solvat eisdem quingentas mazmutinas josephinas secundum quod plus quod minus valeant eas habeant ad invicem et dividant; y prohíbe a sus herederos que no puedan dar vender o cambiar perpetuamente ningún castillo o villa para pagar lo sobredicho. Y después confirma todos los privilegios, libertades, donaciones y franquezas que sus predecesores hasta aquel día habían concedido a los barones y lugares religiosos y cualquier otras, y aprieta y encomienda esto con grandes veras. Suscribieron a este auto don Pedro, arzobispo de Tarragona, don P., obispo de Lérida, y fray Juan, abad de Nuestra Señora de Bellpuig, y los demás marmesores lo firmaron. Recibióle fray Guillen de Subirats, sacristán de Bellpuig, en la ciudad de Balaguer, a 5 de junio de 1243, y dice que era en ocasión que volebat *pergere ad curiam venerabilium regis Francorum et regis Aragonum
apud Sanctam Mariam de Podio, que quería ir a la corte de los venerables el rey de Francia y el de Aragón, en Santa María del Puig. No nombró curadores; pero fuéronlo su
hermano don Guerau, vizconde de Cabrera, y Jaime de Cervera; y este, por muerte del otro, se encargó de todo, y fue gran privado del conde don Álvaro, y gobernó mucho tiempo sus estados. Fue sepultado en la iglesia del Hospital de Jerusalén, de la ciudad de Lérida,como él lo había mandado.


domingo, 19 de julio de 2020

CAPÍTULO LIV.


CAPÍTULO LIV.

Que contiene la vida de Armengol, octavo de este nombre, y undécimo conde de Urgel.
- De como el conde Armengol volvió en gracia del rey, su casamiento, y disgustos con Ponce de Cabrera. - Del casamiento del conde, muerte y testamento suyo.

Muerto Armengol séptimo, llamado de Valencia, heredó su hijo, que llamaron octavo; en el principio tuvo algunos disgustos con el rey don Alfonso de Aragón, su primo, que venían ya de tiempo de su padre, causados por Ponce de Cabrera, su cuñado, que estaba en este tiempo preso en Castilla, y por esto con sosiego y paz el condado de Urgel. No sé qué movió al rey para favorecer a Ponce, obrando por su libertad, y darle la mano contra el conde, su cuñado: parece esto en un auto (que) está en el real archivo, donde dice el rey: promittimus eum habere honoratum in curia nostra tanquam unum de melioribus terre nostre; y el vizconde, en agradecimiento de la merced que el rey le hacía, y porque así estaba concertado entre ellos, prometió tener por él los castillos de Monmagastre, Artesa, Castelló, Camporells, Torrafellona y Hostalric, para que pudiese en tiempo de guerra valerse de ellos, y el rey le prometió su favor contra el conde, hasta que, o concordase, o la justicia diese a cada uno lo suyo: así lo he visto en un registro vermejo, fol. 61, del archivo real.
En el entretanto que esto pasaba, no se olvidaba el conde del provecho de su alma, y según he visto en las escrituras del archivo de Arbeca, que fue de los duques de Segorbe, en las nonas de febrero de 1190, él y Elvira, su mujer, que Zurita llama condesa de Subirats, dieron a Hugo, abad de Santas Cruces (Santes Creus), y a los monjes, cinco cafices de trigo, que ellos recibían en Linyola, y veinte sueldos de censal, que recibían en la ciudad de Lérida, sobre el obrador de Azoch de los Sarraynes, que era en la parroquia de Martín, y que esto durase tanto cuanto el conde viviese, y después de su muerte cesase la prestación del trigo, y los veinte sueldos fuesen cien sueldos, pagaderos en la mejor moneda (que) corriese en Lérida en las compras de pan y vino; y que de estos réditos se pague el sustento y vestir de un monje sacerdote, que cada día sea obligado celebrar misa por las almas de ellos y de sus padres y de todos los fieles vivos y muertos; y el abad lo aceptó, e hizo partícipes a los condes de todo el bien se hiciese en aquel santo convento, y el rey Alfonso lo firmó.
En el año siguiente de 1191 volvió el conde en gracia del rey, y por algunos medios, que no se saben, quedó el vizconde en desgracia. En el registro vermejo del archivo real de Barcelona hay una concordia hecha en Lérida, en el mes de agosto, en que el rey y el conde parten entre si los castillos del vizconde que tenía en Cataluña, Aragón y Ribagorza, quando illos Deo dante acquirere possint, que era cláusula usada en aquellos tiempos, cuando dos partían cosa que aún estaba en poder de tercero; y convinieron en que el rey tome los castillos que el vizconde tuviese en la otra parte de Cervera, et castrum de Pinnano et de Zofana castrum de Finestris et de Bellomonte et de Federico et *Castellonem episcopi (Castell Bisbal) et castrum de *Bedells Camporrell et castrum de *Valldellor et totum honorem quod habet ultra aquam de *Mitana (o Milana) exceptis castris de Pinciano et Podio Rubio (Puig-Roig, Pueyo Rojo o Royo) que sunt allodia ipsius comitis et quod retineat feudum quod per ilum habeat; y que el conde de Urgel tome el castillo de San Jaime de Artesans, Monmagastre, Ager (aunque este, o se quedó en poder del vizconde, o el de Urgel, después de tomado, le debió de hacer gracia de él, porque en el armario de Urgel núm. 248, consta que a 2 de los idus de marzo 1195, prometió Ponce de Cabrera dar al conde y los suyos potestatem castri de Ager sine difficultate et retentione), castillo de Balaguer, Os y el castillo de Motasor, y que este castillo se derribe del todo, y si acaso el rey tomase alguno de los castillos del conde o el conde de los del rey, el que lo tomare lo debe restituir al otro: y con otro auto hecho, a lo que se entiende, en el mismo día, prometió el rey Alfonso, que por toda su vida dará favor y ayuda al conde contra Ponce de Cabrera y Arnaldo de Castelló y todos sus valedores que hicieren guerra al conde, y no hará con ellos tregua, sin el consentimiento y voluntad del conde; y el conde Armengol promete al rey servirle contra los dichos y cualquier barones que intentaren hacer guerra al rey; y por su parte firmaron y juraron Arnaldo de Avinyó y Berenguer de Ballestar, y por parte del conde, Gombaldo de Ribelles y Arnaldo de Pratello.
Y continuando el rey las mercedes, el año siguiente, estando en Tarragona, en el mes de abril, confirmó la donación que Ramón Berenguer, su padre, había hecho al abuelo del conde, de la ciudad de Lérida, en feudo, y de las villas y castillos de Albesa y Aytona. El modo que el rey tuvo en hacer esta confirmación fue firmar de su mano el auto de la dicha donación, según el estilo de aquellos tiempos; y porque el príncipe de Aragón, cuando fue la conquista de Lérida, por la gran devoción tenía a la religión militar del Templo, que por estos tiempos era entrada en Cataluña y florecía por todo el mundo, les había dado la quinta parte de la ciudad de Lérida, dio al conde, en satisfacción y enmienda de esa quinta parte, las villas de *Gebut y Mequinenza, vecinas de Lérida; y según eso, es muy verosímil que el rey o su padre habrían ya por estos tiempos dado al conde de Urgel, o a sus antecesores, las dos partes de aquella ciudad, que el padre del rey se reservó en la conquista de ella, cuando la dio en feudo al conde Armengol, y de estas dos partes, dio la quinta a la milicia del Templo; y pues por esta quinta parte hacía enmienda al conde, es muy verisímil le habría dado las dichas dos partes: confírmase esto, porque cuando la condesa Aurembiaix dio al rey don Jaime la ciudad de Lérida, se la dio toda, sin hacer memoria que tuviese la tercera o las dos partes, lo que, si tuviera, no lo callara el auto de la dicha donación, ni otros de que hago mención en la vida de la condesa, que todos son autos hechos con grande consideración y acuerdo.
Tuvo este conde muchos encuentros y guerras con Ramón Roger, conde de Fox, hijo de Barnardo Roger y de Cecilia, que fue hija de Ramón Berenguer, conde de Barcelona, y hermana de Ramón Berenguer (IV), príncipe de Aragón; así que, Ramón, Roger y Dulcia, madre del conde, eran primas hermanas. Era esta casa de los condes de Fox (Foix) muy antigua y principal y de grande estado, y muy emparentada con los reyes de Aragón y condes de Barcelona: hubo en ella diez y siete condes, y a la postre se unió con la de los reyes de Navarra, y hoy lo está a la corona de Francia. Fueron estas guerras por los años 1197, y los ricoshombres de Cataluña y Aragón se dividieron en bandos por parte del de Urgel. Se señaló mucho Guillen, vizconde de Cardona, su primo, que le prometió todo favor; y él y la condesa Elvira, su mujer, delante de Gombaldo de Ribelles, Poncio de Pinell, Pedro Fals y otros caballeros, le dieron quinientos sueldos de renta, sobre la que los dichos donadores tenían en Lérida, que llamaban *Trocella. Este auto estaba en el archivo de Arbeca, hecho a 7 de las calendas de noviembre de 1197. El conde de Fox con sus valedores entraron hasta la ciudad de Urgel a fuerza de armas, y trataron malamente los vecinos de ella y a todos los de aquella comarca. Nacieron de aquí muchas alteraciones en el principado de Cataluña, y todo se dividió en bandos, que duraron mucho tiempo, con daños y pérdidas comunes; y el rey don Pedro, que estaba obligado, según algunas convenciones antiguas, de valer al conde contra don Ramón de Cervera, se escusó de ello, y se levantó de esto escritura, que está en el armario de Urgel, núm. 9, hecha en el mes de mayo de 1200; y entonces Ramón de Cervera hizo todo el mal que pudo en el condado de Urgel, y llevaba cuatro mil infantes y buen número de caballería, armados con lorigas, y con ser tantos, ochocientos hombres de la villa los desbarataron.
En esta ocasión fue cuando el conde prometió a nuestra Señora de Poblet, pro salute animae suae et remissione peccatorum suorum, tenerle adornado su altar con la ropa y lienzos necesarios para su adorno, y para ello dio cien sueldos de renta, de los que recibía sobre las leudas et *Trocallis de Lérida, y Pedro, abad de Poblet, y Arnaldo, prior, Bernardo, sacrista, y R. celerario, prometieron cumplirlo así:
recibióse el auto en Agramunt, en abril de 1202, y lo confirmó el rey don Alfonso.
El año siguiente, a 26 de febrero, fue roto el vizconde de Castellbó, el cual, con cincuenta de a caballo y quinientos de a pie, toparon con gente del conde, que les acometieron, y prendieron al vizconde y a muchos de ellos.
Fue esta presa a 26 de febrero de 1203, y los presos, por pedirlo él, fueron encomendados a Gombau de Ribelles, el cual los tuvo como en tercería y con guarda; y aunque el rey deseó la libertad de ellos, el conde se escusaba, y pedía enmienda de algunos daños había el de Castelló dado al obispo de Urgel y a él, y que entregase las tenencias de algunos castillos que había prometido al rey que entregaría, si le daban libertad; y el rey pidió la libertad al conde, el cual escribió a Gombau de Ribelles, que si le habían, dentro de ciertos días, entregado las tenencias, reddas et *ab cum domino regi; et (si no las entrega) reddas cum mihi sine omni contradictione: hoc addito quod non exeat de potestate tua donech sim certus quod omnes potestates mihi et *episcopo compleverit; pero el de Fox no quiso más guerra con el conde, sino que concordó con él, olvidando todos los daños y guerras pagadas: consta por escritura hecha en el mes de setiembre de este año 1203, que está en el archivo real, armario de Urgel, núm. 216.
Este año fue muy notable para la ciudad de Lérida: derribóse la iglesia mayor que había en ella, por ser muy antigua y vieja, labrada a lo morisco, porque había sido mezquita de los moros, y era muy poco capaz para los vecinos de la ciudad, la cual de cada día crecía en número copioso de vecinos, y dieron principio a la que tenemos el día presente. En el día de la festividad de santa Magdalena pusieron la primera piedra el rey don Pedro el Católico y el conde Armengol, y para recordar el hecho, en el altar mayor pusieron una memoria que dice así:

ANNO DOMINI MCCIII. ET XI KAL. AUGUSTI SUB DOMINO INNOCENTIO PAPA lII VENERABILI GONBALDO HUIC ECCLESIE PRESIDENTE INCLYTUS REX PETRUS SEDUNDUS ET ERMENGAUDUS COMES URGELENSIS PRIMARIUM ISTIUS FABRICE LAPIDEM POSUERUNT BERENGARIO OBIGIONIS OPERARIO EXISTENTE PETRUS DE GUMBA M. ET FABRICATOR.

Y después poco a poco se fue acabando aquel suntuoso edificio con el campanario y claustro, que es de los mejores de España, ya por su apacible y alegre vista, ya por su ingeniosa arquitectura, en que tienen los curiosos mucho que ver y los artífices que considerar.
El año siguiente los dos, con algunos caballeros de Lenguadoc, Cataluña y Rosellón, acompañaron el rey a Roma, donde pasó, para recibir de mano del pontífice la corona y demás insignias reales. De esta ida de los condes de Urgel y de Fox a Roma, no hace mención Zurita pero sí Tomic, que nombra los caballeros que acompañaron al rey en aquel viaje, el cual acabado, dice Zurita, que hubo grandes alteraciones y discordias, así en Cataluña, como en Aragón, por la guerra que entre si tenían los condes de Fox y Urgel; y esta vuelta del rey fue el año 1204. Pero lo que daba más cuidado al conde, eran las diligencias y pensamientos de Guerau de Cabrera, el cual aspiraba al condado de Urgel, por no tener el conde hijos varones, y por esto el conde esforzaba todo lo posible asegurarse de sus amigos y ganar de nuevos, que cuando fuese el caso, valieran a Aurembiaix, su hija única. En esta ocasión Guillen de Cervera, que hartas veces habemos nombrado, necesitaba el favor del conde, el cual se le dio muy liberalmente, y a 3 de las nonas de febrero, el conde le prometió valenza y favor contra cualquier le quisiese damnificar, salvo el rey, reina y Ramón de Cervera. A este Ramón de Cervera había dado, a 4 de las nonas de mayo 1206, el conde Armengol, el castillo de Toló, reservándose a si las tenencias, hueste y cabalgada, y cien sueldos de renta sobre las quistias de Lérida; y Guillen de Cervera prometió valer al conde contra Guerau de Cabrera, y que no haría treguas ni paz con ninguno de sus enemigos. También consta que, a 8 de los idus de mayo del siguiente año, el rey don Pedro prometió a la condesa doña Elvira de ayudarla y favorecerla y conservarla pacíficamente en todo aquello que el conde su marido, que allá estaba presente, le había dado.
De estos sucesos particulares hay poca memoria en los autores, porque todos escriben las cosas de este conde de corrida: solo sabemos de cierto que murió el año de 1208, después de haber tenido el condado veinte y cuatro años. Fue príncipe muy religioso y pío. En su tiempo fue la dedicación de nuestra Señora de Gualter, en el condado de Urgel, que está junto a la villa de Pons, y a la otra parte del Segre, y la dotó de su patrimonio magníficamente.
En su vida, edificaba el rey don Alfonso primero de Aragón, conde de Barcelona, el ilustre y devoto monasterio de Poblet; y el conde, por participar del mérito de aquella santa obra, labró una buena parte del claustro, que es el que queda a la mano derecha, cuando salen del refitorio, denotándolo los jaqueles de oro y negro esculpidos en él.
Habíales ya dado, a 4 de las nonas de mayo de 1191, cien sueldos de renta in trocellis Illerdae et unum sarracenum scilicet Almalquicina qui permanet in castro quod vocatur Aytona cum omnibus rebus suis quas ipse in praesenti possidet scilicet cum domibus et hortis et vineis et agris quos ipse in sacano (secano) et in rigano (regadío) possidet; y el abad, que se llamaba Pedro, y los demás monjes les hicieron participantes y acogieron en las oraciones, vigilias y demás buenas obras que cada día se hacían en el dicho monasterio y orden cisterciense, y les tomaron en cuenta de frailes, y les prometieron que, cuando muriesen, harían por sus almas lo que suelen hacer por las de los religiosos de la orden. Firmaron este auto el rey don Alfonso de Aragón, los condes Armengol y Elvira, su mujer, y doña Dulcia, madre del conde.
Consta también por memorias de estos tiempos, que poco antes que muriera el conde, que fue a 7 de las calendas de setiembre, dio a la orden de san Juan de Jerusalén, y por ella a fray Gimeno de Lavara, maestro (maestre) de la orden en España, fray García Rufo, castellano de Amposta, y fray Bernat Amil, comendador de Lérida, en enmienda de los daños había dado a la religión, y en remisión de sus pecados, doscientos sueldos de renta, perpetuos, esto es, cien sueldos sobre los derechos que tenía el conde en la faneca de Lérida, y estos, que corriesen luego; y otros cien sueldos sobre un huerto que tenía junto a la puente de Balaguer, en el lugar llamado Almudafar, estos, que comiencen a correr por la religión el día que muriese la condesa doña Dulce, su madre; y a la postre, añade estas palabras: Quod si quis hanc donationem a nobis factam sciens contra eam ire attentaverit indignationem omnipotentis Dei et Sanctorum omnium incurrat in praesenti saeculo et futuro. Fueron confirmadores Guillen de Cervera, que firmó salvo jure pignoris, quod ibi habebat Bernardo Armengol, caballero, y Bernardo de Castellnou.
He hallado que, muerto el conde, estando el rey don Pedro en Lérida, a 15 de las nonas de diciembre, año de la encarnación 1210, confirmó a fray Pedro de Monteagudo, maestro del Temple en Prohenza y en algunas partes de España, a fray Ramón Berenguer de Ager, y G., comendador de Monzón, y fray Guillen de Monrodon, comendador de Gardeny, aquellos doscientos sueldos de renta que el conde Armengol les había dado por remedio de su alma, habedores cada un año de las rentas que él tenía sobre la faneca de Lérida; y también confirma aquellos cien sueldos, el dicho conde había asignado a la casa del Templo, habedores cada un año sobre las leudas y faneca de Lérida, y son satisfacción y enmienda invasionis quam feci domus de *Barbens; y manda que estos trescientos sueldos sean pagados de dichas rentas antes que otras cosas u obligaciones.
Casó con doña Elvira, a quien todos los autores llaman condesa de Subirats; tuvieron al principio los dos algunas discordias, que pasaban muy adelante: no sé si las causaba la esterilidad de la condesa o mala condición de alguno de los dos. Duraron algún tiempo, y a la postre, se reconciliaron: no se fió el uno de la palabra del otro, antes bien delante de escribano y testigos se otorgó auto de ella: está en el archivo real, armario 16, núm. 23 y 214, saco N, y se piden perdón el uno al otro de todo lo hecho, y prometen tratarse con amor y que el uno no dañará al otro ni dará causa para ello. Él le dio fianzas, que fueron Guillen de Cardona y Pedro Ferrandis, y convinieron que, en caso que el conde dejase la condesa, la hubiese de dejar, o en Cardona, o en Puigvert o en Oliola, y entonces estos caballeros le han de valer contra el conde. Este último auto es en agosto, y el primero de 3 de los idus de diciembre de 1203, y pocos años después, mando el conde a los vecinos de Liñola y Agramunt, que hiciesen pleito y homenaje a la condesa, prometiéndole todo favor contra aquellos que le quisiesen usurpar sus cosas o hacer daño a su persona, por ser esa la voluntad del conde, su marido. Consta con escritura hecha a 16 de las calendas de setiembre 1206: está en dicho armario 16, núm. 192 y 173; y aunque ya en el año 1187 habían hecho los de Agramunt semejante obligación, vuelven ahora a hacerla; y los de Pons hicieron lo mismo a 16 de las calendas de Setiembre 1206, núm. 198 y 250.
Tuvo el conde una hija llamada Aurembiaix, de quien hablaremos largamente en su lugar. Elvira quedó heredera de vida del condado de Urgel, y tuvo muchas pesadumbres, que le dio Ponce de Cabrera, cuñado del conde, que pretendía el condado, y con mano armada tomó muchos lugares y pueblos de él; lo mismo hacía su hijo Guerau de Cabrera, pareciéndoles que, por ser mujer, nadie había de mirar por ella, y por eso casó con Guillen de Cervera, caballero de los más principales de Cataluña, y muy estimado de los reyes don Alfonso, don Pedro y don Jaime, en cuyo tiempo vivió. Por razón de este casamiento, el vizconde y su hijo trataron con más respeto las cosas de la condesa y de Aurembiaix su hija.
Vivió el conde Armengol en el condado veinte y cuatro años, y murió el de 1208; fue sepultado en el monasterio de Poblet, en la capilla de los evangelistas, en una tumba
de piedra, algo elevada del suelo, que está metida casi toda dentro la pared: estaba muy pintada de escudos y follajes; pero ahora poco se conoce la pintura, porque el tiempo la ha consumido.
Hizo testamento; y porque en él dispone muchas cosas y pueden ser útiles, le pongo aquí por entero, sacado del archivo real, armario primero de Cataluña, núm. 113, y es el que se sigue:
Hoc est translatum fideliter factum XVII kalendas novembris anno Domini millesimo ducentesimo nono de carta que habetur sic. Quoniam nullus qui in carne positus est periculum mortis avadere potest idcirco in Christi nomine ego Ermengaudus Dei gratia comes Urgelli in mea plena memoria et sanitate integra inspirante divina misericordia facio meum testamentum scribere et eligo manumissores meos quos precor et volo esse Alviram *comitissam Urgelli uxorem meam et Guillelmum Dei gratia vicecomitem Cardone et Guillelmum de Cervaria et Guillelmum de Peralta et abbatem Populeti qui dividant omnia mea sicut in hac pagina scriptum est et sine damno quod eis non eveniat aliquo modo: et si me mori contigerit antequam aliud testamentum faciam istud volo esse firmum et stabile omni tempore. In primis dimitto corpus meum et animam meam omnipotenti Deo et hospitali de Hyerusalem et eligo sepulturam meam in hospitale de Emposta cum mille et quingentis morabatinis quos ibi dimitto pro anima mea cum equo et armis et lecto et animalibus tunc temporis meis stantibus: et constituo heredem meum filiam meam Aurenbiaix et comitissam totius terre mee et comitatus Urgelli: et si ipsa decesserit absque liberis substituo ei in omnibus bonis Marquesiam sororem meam et si ipsa decesserit sine liberis substituo ei sororem meam Miracle et si ipsa Miracle decesserit absque liberis substituo ei Guillelmum de Cardona consanguineum meum: tamen si contigerit me habere filium masculum antequam aliud testamentum faciam volo quod sit ita de meo sicut continetur in cartis inter me et Petrum Ferrandum confectis salvo tamen in omnibus et per omnia jure Alvire Urgelensis comitisse sicut inferius in hoc testamento continebitur. Dimitto siquidem filiam meam predictam cum omnibus bonis suis sub tutela et potestate Alvire comitisse matris sue donec ipsa filia sit perfecte et plene etatis. Volo siquidem et mando militibus et hominibus nostris *ut ipsi scilicet Alvire comitisse ita interim attendant sicut mihi facere tenentur. Si autem predicta filia mea decesserit infra predictam etatem dimitto Alvire comitisse quinquaginta mille solidos pro quibus tamdiu teneat totum honorem et comitatum meum donec ille quicumque heres erit meus persolvat ei dictos quinquaginta mille solidos. Item dimitto eidem comitisse Alvire ratione dotis et sponsalitii sui et ratione donationis et legati quindecim mille morabatinos ad omnes suas voluntates perpetuo faciendas. Item dimitto in posse Alvire comitisse novem mille morabatinos de quibus mando ei ut donet Hospitali de Hyerusalem supradictos MD morabatinos quos ei superius dari disposui. Item mando comitisse Alvire ut de illis morabatinis donet monasterio Sancti Hylarii MD morabatinos per remedium anime mee. Item donet Guillelme de Bellog nepti mee mille morabatinos: residuos autem quinque mille morabatinos donet creditoribus meis pignus vel hypotecam non habentibus: supradictos vero viginti quatuor mille morabatinos habeat Alvira comitissa super meum castrum et villam de Acrimonte et supra meum castrum et villam de Pontibus (Pons, de donde es Pau de Pons, Ponts) et de Linerola et super civitatem Ilerde et super omnia illa pignora que Guillelmus de Cervaria per me tenet ipso tamen prius pacato de debitis quos ei debeo. Habeat etiam Alvira comitissa predictos morabatinos super ipsum honorem quem Guillelmus de Peralta per me tenet. Ita scilicet habeat Alvira comitissa dictos morabatinos in his pignoribus quod si ille quicumque fuerit heres meus non pacaverit ei dictos XXIIII mille morabatinos ad complendam voluntatem meam infra annum habeat ipsa licentiam et potestatem ex auctoritate mea et sua *impignerandi vel vendendi dictos honores pro predicta pecunia et si quid residuum fuerit heredi meo restituatur et mando hominibus et militibus meis tu cum ipsis honoribus se habent et teneant et attendant Alvire comitisse sicut mihi tenentur facere. Et dimitto Petro de Sasala (ça Sala) ad persolvendum debita que ei debeo meum castrum et villam de Aiabud cum omnibus terminis et pertinentiis suis et mea operatoria de bladeria Ilerde ut ipse Petrus de Sasala possit omnia ea vendere vel impignorare cuicumque voluerit pro debita que ei debeo sibi recuperando si ille qui heres meus fuerit noluerit eum pacare ad suam amonitionem et si quid residuum fuerit heredi meo restituatur. Et dimitto Miracle sorori mee duo millia morabatinos ad omnes voluntates suas faciendas quos habeat super ipsos honores quos Raymundus de Cervaria per me tenet excepto castro de Aiebud et Siego: et si ego vel predicta filia mea absque liberis decesserimus dimitto Miracle sorori mee totum illam honorem quem Raimundus de Cervaria pro me tenet salvo * quod superius dixi de castro de Aiabud ad Petrum de Sasala. Item volo et mando quod si ego vel predicta filia mea absque liberis decesserimus quod Guillelmus de Cardona habeat in proprium allodium totum hoc quod pro me tenet: et dimitto *Guillelmo de Cervaria post obitum meum ad alodium francum et liberum omni tempore et ad omnes suas voluntates perpetuo faciendas hoc quod per me tenet excepto castro de Sancta Linia. Et dimitto omnipotenti Deo et ecclesie Sancte Marie sedis Urgelli meum castrum de Nargo cum omnibus suis terminis et pertinentiis in proprium alodium francum et liberum. Et dimitto monasterio sancti Saturnini omnes meas dominicaturas castri de Ciutad in francum alodium. Et dimitto monasterio Sancte Cicilie villam que vocatur Noves et mansa de Perles. Et dimitto ecclesie Sancte Marie de Solsona omnes meas dominicaturas de *Huliana et omnia mansa mea de Oden in suum allodium francum et liberum. Et dimitto Monasterio Sancte Marie Gualter in omnibus meis molendinis de Pontibus expleta et redditus unius diei in hebdomada omni tempore. Et dimitto monasterio Sancte Marie de Belpuig omnia mea dominicatura castri de Sancta Linia post obitum Raymundi Berengarii de Ager. Et dimitto monasterio Sanctarum Crucum omnia mea jura que habeo vel habere debeo in molendinis Bernardi de Cio ad Balager post obitum matris mee in suum allodium francum et liberum. Et dimitto monasterio Sancte Marie Vallis bone mille morabatinos scilicet quingentos morabatinos ex mera donatione et alios D. morabatinos dimitto ibi pro procuratione conventus in mense septembris omni tempore sicut cum ipsis disposui: et volo et mando quod predictum monasterium accipiat inde omnes meos exitus plenarie ex mera donatione mea donec lile quicumque fuerit heres meus persolvat dicto conventui dictos mille morabatinos plenarie: et super hoc mando Guillelmo de Anglerola quod ipse attendat Monasterio Vallisbone cum ipso castro de Conques et exitibus meis sicut mihi tenetur attendere donec de predictis mille morabatinis plenarie sit eis satisfactum. Et dimitto monasterio Populeti post obitum matris mee omnes ipsas meas decimas de Menarges et de omni re que ad usum hominis pertinet in suum allodium francum et liberum. Et dimitto monasterio Sancte Marie de Franqueses ut firmos habeat omnes honores quos aliquo modo acquisiverit per totam terram meam aliqua parte sine aliquo impedimento alicujus heredis mei. Et dimitto domui militie Templi totam dominicaturam meam de Albesa et ut liceat eis molendina facere in cequia de Albesa. Et dimitto eidem domui arma et ballistas et fundibula cum eorum apparatu et ensem meum et anulum et cofas meas. Mando et volo ut heres meus
persolvat peccuniam creditoribus meis que debetur eis sub pignoribus et si non faceret volo ut eis pignora non auferantur ab aliquo sed libere de illis pignoribus possint habere suas pecunias. Item dimitto domino pape Ignocentio sub protectione sua omnia mea et testamentum meum ut illud firmum et ratum habere faciat et mandari executioni sicut dispositum est et si quis contravenerit per censuram ecclesiasticam firmiter faciat observari: et propter hoc dimitto ei medietatem de Valladolit quod est hereditas mea et aliam medietatem dimitto heredi meo ut eam semper habeat per ecclesiam romanam et per celsitudinem suam et dominus papa faciat heredi meo tenere et possidere in pace.
Quod est actum tertio kalendas septembris anno domini millessimo ducentessimo octavo.
Sig+num Ermengaudi comitis Urgelli qui hoc testamentum propia manu mea firmo et laudo testibus ac manumissoribus firmare rogo.
Sig+num Albire comitisse.
Sig+num Guilelmi de Cervaria. - Sig+num Guilelmi vicecomitis Cardone. - Sig+num Petri abbatis Populeti. - A. de *Tolone subscribo cum + Salomone.- Sig+num Raymundi Berengarii de Ager. - Sig+num Raymundi de Montecatano.
Sig+num Guilelmi de Anglerola testis.
Raymundus Dominici qui hoc testamentum scripsit cum litteris suprapositis in vigessima linea et hoc + fecit:
Sig+num fratris Arnaldi de Tilella monachi Populeti. - Sig+num fratris Raymundi Sfortati monachi Populeti subscribentis.
Testes hujus translati.
Raymundus Dominici qui hoc testamentum translatavit cum litteris suprapositis in nona linea et hoc + fecit.

domingo, 12 de mayo de 2019

UN DETALLE DE LA BATALLA DE FRAGA, 1134

2.63. UN DETALLE DE LA BATALLA DE FRAGA (1134) (SIGLO XII. FRAGA)

La batalla de Fraga constituye uno de los hitos más importantes de la reconquista, y la derrota de Alfonso I el Batallador estuvo a punto de dar al traste con las ganancias obtenidas, incluida la ciudad de Zaragoza. Es rigurosamente cierto que la actitud de Alfonso I ante Fraga posibilitó no sólo la resistencia de los fragatinos sino también la llegada de socorros de Córdoba, de Lérida, de Valencia y Murcia (dirigidos estos últimos por Abén Ganya).


La táctica mora fue la misma que emplearon en Zalaca y la que utilizarían en Alarcos algo después: mientras los moros que atacaban de frente con escasas fuerzas eran derrotados, la parte más gruesa de su ejército atacaba por la espalda y asaltaba los campamentos cristianos, sembrando el pánico y provocando su derrota. En Fraga, fue Abén Ganya quien encabezó las tropas de refresco y quien se presentó como auténtico vencedor.
Naturalmente existe una parte legendaria según la cual los obispos y clérigos, mientras los guerreros peleaban, elevaban preces al cielo que no les oyó, pues, como dice la «Crónica de Alfonso VII», ni el arcángel Gabriel ni Miguel, príncipe de la milicia celestial, acudieron en ayuda de Alfonso I, que fue derrotado en toda regla.
Una crónica musulmana narra que, antes de que apareciera Abén Ganya con sus guerreros, se presentó al rey aragonés un monje francés diciéndole que, ante una invocación suya a Dios, los moros se rendirían. Obtuvo el monje permiso, ascendió a la colina más cercana al muro de Fraga y comenzó su imprecación. Los defensores, que tenían noticia de aquella intervención, ubicaron en aquel lado del muro un almajaneque potentísimo, colocando en la balanza una enorme piedra izada por más de veinte hombres. Cuando el fraile se hallaba en plena invocación, accionaron el almajaneque y la piedra impactó de lleno en él llevándose la mitad de su cuerpo.
Alfonso I el Batallador —que estaba preparado para atacar con sus guerreros, a los que había formado detrás del monje— quedó totalmente desconcertado y, con un susto de muerte en su cuerpo, se retiró a su campamento totalmente abatido. Allí fue donde le sorprendería Abén Ganya con sus soldados valencianos y murcianos causándole la derrota.

[Lacarra, José María - Vida de Alfonso el Batallador, págs. 128-129.]

UN DETALLE DE LA BATALLA DE FRAGA, 1134


https://journals.openedition.org/e-spanialivres/184

http://www.ibiza-hotels.com/hoteles/ibiza_museums/history4.php

https://es.wikipedia.org/wiki/Almajaneque



El almajaneque (del ár. and. "almanganíq”) era una máquina de guerra utilizada para lanzar grandes piedras de más de 500 kg de peso, con el fin de destruir las murallas o almenas de los castillos enemigos.

Su funcionamiento estaba basado en el sistema de palanca, con un brazo largo con el eje descentrado en cuyo extremo había un contrapeso; los más sofisticados tenían sistemas de reenvío mediante poleas. Habitualmente eran sencillos y se construían al pie de las murallas a derribar: disparaban los proyectiles en trayectoria baja y no alcanzaban gran altura, de manera que las piedras disparadas golpeaban contra las murallas, en vez de volar sobre ellas y caer en el interior del recinto.

Eran unas máquinas de diseño sencillo y rústico, pero a su vez eficaces y demoledoras.

Un gran almajaneque fue utilizado por Abderramán III en el asedio al castillo de Juviles, en las Alpujarras de Granada, con el que bombardeó con proyectiles de piedra sin cesar el castillo, hasta conseguir al cabo de 15 días la rendición del mismo.

Otros nombres:
Trebuchet
Mangonel
Maganel

http://terraimagina.blogspot.com/2007/06/armas-iv-maquinaria-de-asedios.html

https://es.wikipedia.org/wiki/Fraga_(Huesca)

Fraga es un municipio español situado en el extremo sureste de la provincia de Huesca, en la comunidad autónoma de Aragón, en el último tramo del Valle del río Cinca. Es cabeza de partido judicial y capital política de la comarca del Bajo Cinca. Cuenta con 14 979 habitantes (INE 2018).

En octubre de 2018, era único municipio aragonés con una población superior a 10.000 habitantes que conseguía el pleno empleo, es decir, una tasa de paro menor del 5%. El sector de la agroalimentación, la progresiva y dinámica expansión de la Plataforma Logística de Fraga y la estratégica localización de la ciudad han sido tres aspectos esenciales para la consecución de estos datos.

El origen y la antigüedad:
Se cree que la ciudad tiene origen prerromano, pero no hay pruebas fehacientes de ello. En las cercanías se han encontrado numerosos restos arqueológicos.

Edad del Bronce:
El yacimiento más antiguo es el del Barranco de Monreal, de entre el 1800 a. C. y el 1500 a. C.

Del bronce medio es el yacimiento de Punta Farisa, destruido en parte en la construcción de un camino. También son del bronce medio los inicios del yacimiento de Masada del Ratón, cercano al anterior. En ambos han aparecido cerámicas, elementos líticos y moldes de fundición para hachas y puntas de flecha.

Del bronce final son las capas superiores del yacimiento de Masada del Ratón, el yacimiento de Zafranales, a pocos metros del casco urbano y el de Lo Puntal, poblado en alto que se extiende por la ladera desde la que se domina la llanura de la Litera. Los restos de cerámica relacionan los asentamientos con la cultura de los campos de urnas.

Edad del Hierro:
De esta época no hay yacimientos estudiados en profundidad, aunque existen diversos indicios de poblamiento. No se conocen las causas de esta laguna, que puede ser debido a una disminución en la población por causas desconocidas o bien porque los poblados íberos se construyeron sobre los asentamientos del hierro.

Íberos:
El ibérico pleno se desarrolla en la zona a partir del año 400 a. C., a partir de la cultura de los campos de urnas. Se han encontrado diversos yacimientos en la comarca, como los del castillo de Chalamera, Lo Vedat de San Simón, La Noria, o Punta Calvari.

El más destacado es el de Lo Pilaret de Santa Quiteria, que se encuentra a pocos kilómetros de la ciudad. El poblado comenzó su andadura en las últimas décadas del siglo V a. C. y sobrevivió hasta época romana, en la que se supone que sirvió de base para una villa. A destacar una lápida encontrada por José Salarrullana de Dios en 1894 con una inscripción íbera:

aloŕiltu
i.belaśbais
ereban.keltaŕ
erkeryi.aye
teikeoen.ery
i
de la que se desconoce el paradero. Luis Silgo Gauche intentó en el 2003 una traducción como: «Aloŕiltu hijo de Belaśbaiser, hic situs est».

http://ibers.cat/


Fraga perteneció en época íbera al territorio ilergete.

Época romana:

Uno de los mosaicos romanos encontrados en Villa Fortunatus, de dónde procede el nombre. (Museo de Zaragoza)
No se tienen noticias concretas de las vicisitudes de la ciudad en época romana. Se supone que, al igual que el resto del territorio ilergete, compartiría la suerte de Ilerda en la romanización: participación en las guerras púnicas como aliados de Cartago, rebelión contra los romanos de Indíbil y conquista definitiva por los ejércitos romanos hacia el 205 a. C.

En época romana el área perteneció junto a Ilerda al convento de Caesaraugusta, dentro de la provincia de Tarraco. La ciudad se encuentra en la vía de Ilerda a Celsa, en el punto en el que el camino cruza el Cinca. El Cinca, al igual que el Ebro, eran navegables, con lo que el asentamiento representaría un cruce de rutas entre las fluviales y las calzadas. Es decir, por vía fluvial las comunicaciones serían a Caesaraugusta (Zaragoza), Tolous (Nuestra Señora de la Alegría, Monzón), Ilerda (Lérida) y Dertosa (Tortosa) y por vía terrestre a Celsa (y desde allí a Caesaraugusta) y a Ilerda (y desde allí a Tarraco (Tarragona) y a Roma).

No se han encontrado restos de la ciudad romana. Sin embargo a pocos kilómetros de la ciudad se pueden visitar las ruinas de una extensa villa del siglo II, llamada Villa Fortunatus. Aunque no debió ser el centro romano más importante de la zona, en la villa se han encontrado algunos de los mosaicos más hermosos de Aragón. Actualmente se encuentran dispersos en museos de Zaragoza y Barcelona, aunque los más sencillos se conserven en el lugar. También se encontraron algunas estatuas, una de las cuales, un niño montando a un delfín, se puede admirar en el museo de Huesca. El edificio continuará su actividad como basílica hasta el siglo V, ya en época visigoda.

Hay sospechas de que la ciudad de Gallica Flaouia mencionada por Ptolomeo es la ciudad de Fraga, aunque investigaciones recientes tienden a desmentirlo. Ptolomeo menciona la ciudad de Gallica Flaouia entre los ilergetes a orillas del Cinca, pero la sitúa a 3 leguas al norte y 1 legua al oeste de Lérida.

Medina Afraga:
La ciudad musulmana de la Marca Superior (714) tuvo una relativa importancia, menor que la de Lérida, pero suficiente para ser nombrada por numerosos cronistas de la época. Cuenta Al-Qazwini (1203 - 1283):

Fraga, ciudad de Al-Andalus, próxima a Lérida; hay en ella abundantes huertas, abundantes aguas, buenos edificios, y es tan hermosa en perspectiva, como buena en realidad... Está situada sobre el río de los olivos (río Cinca) y muy bien construida. Está provista de una fortaleza bien defendida e inaccesible y rodeada de numerosos huertos que no tienen igual...

También es citada en el Dikr bilad al-Andalus, una descripción anónima de al-Andalus del siglo XIV. En esta época la población ya hacía mucho tiempo que había dejado de ser andalusí, aunque es probable que sus habitantes o parte de ellos siguieran siendo musulmanes (mudéjares):

Fraga es una de las capitales del oriente de al-Andalus, ciudad antigua y de remota fundación, sus habitantes son árabes de origen, pues en la época de la conquista se establecieron allí unas tribus yemeníes cuya descendencia continúa habitándola; son gente piadosa y de fe firme. Produce mucha miel y azafrán de calidad; en su territorio hay escarpadas montañas, castillos y gran cantidad de aldeas, cuyo número sobrepasa las tres mil; en todas ellas se realiza el sermón de los viernes.

El casco histórico es un típico ejemplo de ciudad árabe medieval, con su laberinto de estrechas callejuelas frescas en verano y protegidas del cierzo en invierno.

Entrada medieval de las murallas:
Los musulmanes crearon en las tierras del valle una red de regadío que daba a la ciudad su huerta, su riqueza y su renombre. Citando a Kitab ar-Rawd al-Mitar, está situada Fraga sobre el río de los olivos (Nahr al Zaitun) y bien construida. Se halla provista de una fortaleza bien defendida e inaccesible y rodeada de numerosos jardines que no tienen comparación.

A partir de la caída del Califato de Córdoba en 1010, Fraga pasó a depender de Zaragoza, Lérida o Huesca, según la suerte del reino taifa de turno. Ya en el siglo XI, llegaron Sancho Ramírez y Pedro I a las cercanías de la ciudad. Monzón cayó en 1089 y Zaidín en 1092. A partir de ese momento, Fraga pasaría a ser zona fronteriza de resistencia contra los cristianos.

Los cronistas también alaban el castillo y las murallas, que unidas a la red de túneles que todavía se conservan bajo el casco histórico, convertía la ciudad en casi inconquistable. Tuvo ocasión de comprobarlo el 17 de julio de 1134 Alfonso I el Batallador, que moriría a causa de las heridas sufridas en la batalla de Fraga.
Movió Alfonso I guerra a los reyes de Lérida y Fraga... Habiendo cobrado los moros gran soberbia. Y Abengania, rey de Lérida y el rey de Fraga, juntaron huestes con las cuales peleó el emperador Alfonso I (1133). La desgracia de Alfonso I fue que tropas de Córdoba (2000 jinetes), Valencia (500) y Lérida (200) se habían reunido tras las murallas de la ciudad para defenderla. Los caballeros musulmanes defensores arrollaron el campamento enemigo cuando la mayoría de los 12.000 caballeros cristianos se hallaban de permiso concedido por el rey tras el asedio a la ciudad. Sólo diez caballeros cristianos salvarían la vida, entre ellos don García Ramírez, señor de Monzón y futuro rey de Navarra.


Fraga y Lérida caerán en manos cristianas el mismo día, el 24 de octubre de 1149. En el momento de la conquista, parece que Fraga era un distrito inferior del amal de Lérida, que pertenecía al reino taifa de Zaragoza. Por lo menos técnicamente, ya que Ibn Mardanis, el último gobernador musulmán de Afraga, había convertido la ciudad en un taifa independiente aprovechando disputas familiares entre Zaragoza y Lérida.​ Ibn Mardanis, llamado el rey Llop o Lop (lobo), contando con tan sólo 25 años tuvo que negociar la rendición de la ciudad con Ramón Berenguer IV el 24 de octubre de 1149, consiguiendo un trato de favor para los musulmanes que quisieron quedarse, como el que pudieran regirse por sus propias leyes.

¿Aragonesa o catalana?
La pertenencia de la ciudad a Cataluña o Aragón en la Edad Media no está clara. Resulta difícil adscribir la ciudad a unos territorios que aún estaban en formación y no tenían su forma actual. Por ejemplo Ramón Berenguer IV se declaraba "Conde de Barcelona, Príncipe de Aragón, la reina era Petronila, hija del rey Ramiro II el monje, Duque de Lérida y Marqués de Tortosa" y decía "reinar en Zaragoza y en Aragón, en Sobrarbe y Ribagorza, en toda Barcelona, en Provenza y en Tortosa, junto con Zaragoza, Provenza y Calatayud".​ Ramón Berenguer IV NO reinaba, el rey seguía siendo Ramiro II y la reina Petronila, firma Petrvs.

http://www.donapetronila.es/historia/


http://blogs.iec.cat/scej/wp-content/uploads/sites/22/2011/05/5654_DonacionRamiroII.pdf

https://historiaragon.com/2017/08/10/los-acuerdos-de-barbastro-aragon-y-barcelona-unen-sus-fuerzas/

Tampoco facilita el asunto que los reyes modificaran la frontera varias veces durante sus reinados. Estas diferencias entre los conceptos de pertenencia medievales y los modernos y la falta de información e investigación exhaustiva llevan a diferentes autores a dar interpretaciones diversas.


Antonio Ubieto Arteta afirma en Historia de Aragón. La formación territorial que la incorporación inicial no fue ni a una ni a otra, sino al «patrimonio real»:

Los testimonios ambivalentes para Fraga, Lérida y Tortosa son debidos a que los territorios no se conquistaron para ser incorporados ni a Aragón, ni a Cataluña, sino al «patrimonio real» del rey de Aragón, que se consideraba inseparable.
Durante los siglos XI y XII, Fraga tendrá «tenencias», una institución claramente aragonesa, a pesar de que algunos tenentes pudieran ser catalanes, o de Montpellier, o mallorquines, valencianos, todos de la corona de Aragón.
La afirmación de las cortes de Lérida (1214) y de Tortosa (1218) de que Cataluña llegaba hasta el Cinca, se refiere al límite meridional (entre Salses al norte y el Cinca al sur), es decir a la confluencia del Cinca y el Segre antes de afluir al Ebro.
En 1248 se confirmó que el límite entre Aragón y Cataluña estaba en el Ebro entre Mequinenza y Tortosa.
En 1243, la donación de las tierras entre el Cinca y el Segre que hace Jaime I a su hijo Pedro serían las tierras, es decir, que los bienes los cobrase el infante Pedro, pero la «potestad real» se mantenía en Alfonso, su primogénito, ya que esta era indivisible para territorios heredados. La interpretación hecha por las cortes de Barcelona ya no fue como en 1214, la desembocadura del Cinca, sino que se tomaba el cauce completo del Cinca. En 1245, Jaime I divide de nuevo Aragón y Cataluña con fronteras más concretas, incluyendo Fraga y Mequinenza en Cataluña, aunque existen numerosas incongruencias en el documento. En 1257 concede a su hijo Pedro de nuevo el gobierno de toda Cataluña desde Salses al Cinca, tomando el río como frontera.
La teórica catalanidad de Fraga duró poco: en 1284 un noble fragatino aparece entre las tropas de la nobleza catalana; pero en 1289 el señor de Fraga aparece ya citado entre las poblaciones y señores aragonesas.
Posteriormente hubo problemas entre la población y los señores, algunos catalanes, que pretendían imponer cada uno sus estatutos jurídicos: la población los aragoneses y los señores los catalanes.
Joaquín Salleras Clarió en Comarca del Bajo Cinca considera que Fraga se incorporó a Cataluña tras la reconquista.

Cree que en las negociaciones entre Ramón Berenguer IV y Ramiro II el primero se reservó Fraga para sí y sus descendientes, entregando el señorío y gobierno de la villa al conde de Pallars Jussà Arnal Mir, vasallo suyo.
Ramón Berenguer VI usó durante un tiempo el título de «príncipe de Fraga».
En la Asamblea de la Fatarella, en 1173, Alfonso II de Aragón delimitó la frontera entre Cataluña y Aragón colocando la frontera en el Cinca, por lo que Fraga pasaría a ser catalana. Pedro II y Jaime I confirmarían este hecho.
La Gran Enciclopedia Aragonesa afirma que Fraga es aragonesa por lo menos desde 1244.

En 1214 se considera que Cataluña llega hasta el Cinca.
En 1244 se considera que Cataluña va «desde el Cinca hasta Salses». La excepción serían Monzón y Fraga, que permanecerían como aragonesas a pesar de estar en el lado izquierdo del río Cinca.
Lérida, que había acudido a las Cortes aragonesas, quedaba así en Cataluña.

Igualmente en 1244, se rechaza la pretensión aragonesa de hacer llegar Aragón hasta el Segre.
En 1283 también se confirma la pertenencia a Aragón de la Ribagorza hasta la clamor de Almacellas.
La Enciclopedia Catalana considera que Fraga fue catalana con seguridad desde 1244 y probablemente hasta finales del siglo XV.

La villa fue incorporada inmediatamente al obispado de Lérida.
En 1255 Jaime I entrega Fraga a Guillermo de Montcada, por lo que la villa pasa a formar parte del Condado de Barcelona.
En el testamento de Jaime I (HAY VARIOS) se divide Cataluña y Aragón entre sus dos hijos (tiene más, e hijas), fijando la frontera entre los dos territorios. Inicialmente estaría en el Segre (Lérida juró fidelidad al heredero de Aragón en las cortes de Daroca), sin embargo en las cortes de Barcelona de 1244 definiría Cataluña de «Salses al Cinca» a pesar de la oposición de los aragoneses que consideraban la Ribagorza, la margen derecha del Segre y Lérida, como territorio aragonés. Sólo la parte del término de Fraga a la derecha del Cinca sería aragonesa (la villa de encuentra al lado izquierdo).
Ximén Pérez de Salanova, Justicia de Aragón, afirma en 1311 explícitamente que Fraga pertenece a Cataluña.
Como parte de la veguería de Lérida, Fraga perteneció al Principado de Cataluña hasta época de Fernando II de Aragón a finales del siglo XV, con lo que se incorpora definitivamente a Aragón.
En 1707 los Decretos de Nueva Planta que Felipe V hizo para Aragón incorporaron Fraga en el corregimiento de Zaragoza.
Francisco Castillón Cortada en Fraga. La sultana del Cinca considera que Fraga fue aragonesa desde el principio:

Tanto Fraga como Lérida no se incorporaron a Cataluña tras la reconquista, puesto que esta todavía no existía como tal ente político. La pertenencia a Ramón Berenguer IV y a Cataluña son conceptos diferentes que no se implican el uno al otro. Todavía en 1337, Pedro IV se dirige a la Pahería (Ayuntamiento) en Lérida con las siguientes palabras: aunque Lérida estaba en Cataluña, no pertenecía al condado de Barcelona.
El problema se planteará por primera vez con Jaime I el Conquistador, que declara Mequinenza, Fraga y Monzón como catalanas. La división no se llevaría a cabo por la oposición de los nobles aragoneses. Así, mientras los nobles aragoneses pretendían extender sus tierras hasta el Segre, los catalanes pretendían extender las suyas hasta el Cinca.
Jaime I el Conquistador le otorga el fuero de Huesca en 1240, por la que se rige durante la Edad Media. Los usos y costumbres y la moneda serán aragonesas.
En el Atlas Catalán hecho por Cresques Abraham en 1375, el lugar aparece como aragonés.
A finales del siglo XIII la villa no fue incorporada en el censo de población de Cataluña, por lo que parece que en la época se consideraba una ciudad aragonesa.
Pedro IV de Aragón intentó de nuevo incorporar la ciudad a Cataluña, pero las protestas de fragatinos y aragoneses le llevaron a declarar en las Cortes Generales «...que certa cossa es, que la universitat de Fraga es poblada per privilegio a fur d'Aragó et de aquell observen en tempos esdevenidor, axi complidament com antigament han observat. Plau al Senyor Rey que los d'Arago ussen tota aquella possesió que han acostumbrat de ussar tro el día de huy et revoca totas quals se vol cosses feytes en contrari.» (cuidadito con los textos antiguos con tildes y apóstrofes. En los tomos de los dos Bofarull no se encuentra ninguna tilde ni apóstrofe, y muy pocas comas o punto y coma.)
E. Sarasa Sánchez afirma que «Jaime II había incluido en el reino [de Aragón la] Ribagorza, la Litera (hasta la denominada "clamor de Almacellas"), Fraga y el señorío de Albarracín.» en el Atlas de Historia de Aragón.

La cuestión ha vuelto a la actualidad en parte debido al nacionalismo catalán y el pancatalanismo, que pretende incluir la zona dentro de los Países Catalanes (Països Catalans) e incluso dentro de la propia Cataluña.

La ciudad cristiana:
La villa, tras la reconquista en manos del Conde de Pallars Jussà Arnal Mir, al igual que otras similares, se convertirá en un mosaico de culturas y religiones en la que judíos, musulmanes y cristianos convivirán con mayor o menor acierto.

Los judíos de Fraga pertenecieron a la colecta de Lérida hasta 1294, año en que pasaron a depender del Conde de Montcada. Tras la muerte del Conde en 1328, se unieron a la colecta de Huesca para pagar sus impuestos reales.

Tras la conquista de Lérida, el obispado de Roda-Barbastro se traslada a Lérida, pasando a llamarse Lérida-Roda durante un tiempo. Así, todos los territorios que dependían del obispo de Roda, además de las nuevas conquistas como Fraga, pasan a depender eclesiásticamente de Lérida en 1149. La situación se mantuvo hasta 1995, en que las parroquias aragonesas pasan a depender también de diócesis aragonesas, en el caso de Fraga del obispado de Barbastro-Monzón. Este cambio ha llevado a una polémica por la entrega a los obispados correspondientes de las obras de arte de las parroquias aragonesas que se encuentran en el Museo Diocesano de Lérida.

Los templarios ocuparían el castillo y obtuvieron grandes haciendas en la zona.

Se celebraron en la iglesia de San Pedro dos veces Cortes Generales del Reino, en 1384 y 1460, una vez con presencia del rey Juan II. También se refugiaría en su castillo Leonor de Sicilia señora de la villa, durante su enfrentamiento con Pedro IV el Ceremonioso.

En 1391 Juan I de Aragón concede a la ciudad un mercado, que se instala en la Calle Mayor.

La historia moderna:

Vista de Fraga en 1779, con el escudo de la ciudad.
La expulsión de los moriscos de 1610 tuvo un gran impacto en la economía fragatina. Durante 800 años los moriscos habían sido una parte muy importante de la población. La expulsión coincide con la llegada de los monjes trinitarios en 1550 y la Orden de San Agustín en 1615.14​

Felipe IV se asentó en la villa durante la Guerra de los Segadores. En esta ocasión lo acompañaría Velázquez, que pintaría dos cuadros durante la estancia: un retrato del rey (llamado Felipe IV de Fraga, Colección Frick de Nueva York) y un retrato de un enano de la corte, Diego de Acedo, apodado El Primo. Dicho cuadro se identifica con dudas con el conservado en el Museo del Prado de Madrid.

Durante la Guerra de Sucesión Española la ciudad cambió de manos en diversas ocasiones, pero por permanecer siempre fiel al rey Felipe V recibió los títulos de "ciudad" (1709), "vencedora y fidelísima" (1710), además del privilegio de añadir la flor de lis al escudo. También le fueron concedidas dos ferias francas en 1710, el que no pudieran ser confiscados sus bienes a los vecinos de la ciudad sino por crimen de lesa majestad, robos y homicidios y voto en cortes con preferencia a las demás ciudades, excepto Zaragoza, Tarragona y Jaén.15​16​

El puente colgante fue inaugurado en 1847.
Fraga fue saqueada en diversas ocasiones, entre otras en 1642 durante la Guerra de los Segadores, en la Guerra de Sucesión, en la Guerra de la Independencia y durante la Guerra Civil. Durante la Guerra de Independencia, la ciudad fue ocupada por las tropas francesas; las tropas españolas volaron en mayo de 1810 el puente y las trincheras realizadas por los franceses.15​ Entre 1845 y 1847 se construyó un puente colgante sobre el Cinca, que se hundiría parcialmente en 1852, falleciendo doce personas.18​ Durante la Guerra Civil, bajo el gobierno de un comité de la CNT-FAI, se impuso un régimen de comunismo libertario en el que se colectivizaron todos los bienes, tierras y servicios y se abolió el dinero. En esa época también se fundó una Casa de los Ancianos para ancianos pobres y sin familia, muchos de los cuales se habían acercado a Fraga desde lugares cercanos.

Economía:

La actividad principal de la ciudad y la comarca circundante es la agricultura. Los terrenos del valle del Cinca (la "huerta") son desde antiguo de regadío, actualmente con plantaciones de árboles frutales (melocotón y manzana) y hortalizas (consumo propio). Fueron famosos los «higos de Fraga» y, aunque actualmente casi no se cultivan, Fraga sigue produciendo algunas especialidades propias de su célebre pan de higo.19​ Las zonas altas (el "monte") tradicionalmente se dedican al cereal y las laderas al olivo y la almendra. En los últimos años se ha introducido el regadío en algunas de las zonas de "monte" con lo que se han introducido, entre otros, el cultivo de girasol. Posee una depuradora de lechos biológicos con un caudal de 4208 metros cúbicos por día.

Para promocionar el sector agrario de la ciudad, se creó mercoFraga, un mercado en origen cuyos objetivos son promover el libre intercambio entre productores e intermediarios, mejorar la transparencia del mercado y asegurar la calidad del producto.

La ganadería también está muy presente en la economía de la localidad, pues son numerosas las instalaciones porcinas, avícolas y vacunas. Existen dos empresas con cierta importancia dentro del sector ganadero dedicadas a la fabricación de piensos, integración de granjas y también producción de ganado porcino.

También es importante el sector servicios, que en las áreas de comercio, mecánica, banca, sanidad, hostelería, transportes, educación, etc., ocupa un tercio de la población activa. A destacar la discoteca Florida 135, que atrae a visitantes no sólo de la comarca, sino también de Zaragoza y Barcelona.

Las industrias más importantes son la planta de Becton-Dickinson, donde se fabrican jeringuillas, otra de remolques cisterna y Precocinados Angel Bosh de pollos y pavos rellenos, de especial salida durante la época navideña. Además existen algunas otras industrias, pero de menor calado.

Todos los años se realiza Merco Equip, una pequeña feria de muestras para la promoción de las actividades locales y comarcales.

Lo fragatí


Lo fragatí, Fraga, als presentz, Osca, Pedro II
Romance aragonés

El fragatino, el habla local, es considerado por la mayoría de los estudiosos catalanistas como un dialecto del catalán nordoccidental, más concretamente del grupo ribagorzano, es decir, de lo que se conoce como hablas de la Franja del meu cul. Sin embargo, de forma parecida a lo que ocurre con la polémica del valenciano, también existen diferencias entre los hablantes sobre la pertenencia o no de la lengua al catalán. Estos últimos se dividen entre los que consideran el fragatino como un dialecto del aragonés o de transición entre el aragonés y el catalán, y los que creen que son hablas propias evolucionadas en la zona.

Los hablantes de fragatino, independientemente de que lo consideren un dialecto del catalán o no, hacen una distinción entre los hablantes de català y los de fragatí (dialecto de Fraga), mequinensà (dialecto de Mequinenza), torrentí (dialecto de Torrente de Cinca), saidiné (dialecto de Zaidín), etc. Esto puede dar una idea de la particularidad del dialecto, si tenemos en cuenta que se considera que hablantes de localidades a menos de 10  km hablan "catalán". El hecho se explica habitualmente por ser un dialecto de "frontera", con fuertes influencias del castellano y del aragonés.

Hasta finales del siglo XX todavía vivían algunas mujeres de avanzada edad que sólo hablaban fragatino. Actualmente los hablantes son bilingües en castellano, lengua en la que se recibe toda la educación primaria y secundaria. En la década de 1980 se introdujo la enseñanza del catalán en la educación secundaria.

La fonética del fragatino es muy similar a la del valenciano y del ribagorzano. Quintana (1989) y Veny (1993) mencionan que el fragatino posee 19 fonemas, mientras que el catalán central posee 24. También es de destacar la aparición de grupos consonánticos palatalizados, como cllau (en catalán estándar clau, llave), pllat (plat, plato) o plle (ple, lleno), como ocurre en otras poblaciones cercanas, Tamarite de Litera.

fraga.org

https://es.wikipedia.org/wiki/Alfonso_I_de_Arag%C3%B3n

clamabanlo don Alfonso batallador porque en Espayna no ovo tan buen cavallero que veynte nueve batallas vençió.