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domingo, 6 de noviembre de 2022

Tomo XXVIII. 28. Opúsculos inéditos de Pedro Miguel Carbonell

COLECCIÓN 

DE 

DOCUMENTOS INÉDITOS DEL ARCHIVO GENERAL 

DE LA 

CORONA DE ARAGÓN,

PUBLICADA DE REAL ORDEN 

POR

SU ARCHIVERO, 

D. Manuel de Bofarull y de Sartorio.


TOMO XXVIII. 


OPÚSCULOS INÉDITOS 

DEL 

CRONISTA CATALÁN 

PEDRO MIGUEL CARBONELL

Ilustrados y precedidos de su biografía documentada 

POR

D. MANUEL DE BOFARULL Y DE SARTORIO,

ARCHIVERO DEL GENERAL DE LA CORONA DE ARAGÓN, SOCIO CORRESPONDIENTE DE LA REAL ACADEMIA DE LA HISTORIA, DE NÚMERO DE LA DE BUENAS LETRAS DE BARCELONA Y DE OTRAS CORPORACIONES LITERARIAS. 


Tomo II. 

(el tomo 27 está ya editado y online en https://pere-miquel-carbonell.blogspot.com) 


BARCELONA. 

EN LA IMPRENTA DEL ARCHIVO.

1865. 


Juramentum (1: Véase la advertencia final del tomo XXVII.)

Forma del jurament prestat per lo (los) reverend e magnifichs deputats del General del Principat de Catalunya e per los magnifichs consellers de la present ciutat de Barcelona (2) al reverend mestre Alfonso Spina del orde de Sant Domingo mestre en Sacra theologia Inquisidor de la heretica pravitat en la dita ciutat e bisbat de Barcelona (3) 

(2) Alii quinque Consiliarii civitatis Barcinonae hoc anno creati preinsertum juramentum prestiterunt die dominico XVI mensis decembris anno predicto MCCCCLXXXVII in manibus et potestate predicti magistri Alfonsi Spina alterius ex inquisitoribus predictis in quadam cathedra ante altare maius Ecclesiae monasterii Sanctae Chatherinae predictae civitatis personaliter existentis. 

(3) Hic magister Alfonsus Spina fuit creatus in mense novembris huius anni MCCCCLXXXVII Vicarius in spiritualibus reverendi domini Barcinonensis Episcopi. Et sic ipse reverendus magister in huiusmodi inquisitione procedit utroque nomine scilicet inquisitoris et vicarii. Deus dirigat eum et faciat in hac sancta inquisitione procedere juste et sancte ad augmentum et defensionem fidei catholicae sine qua placere Deo nequimus. 

stants tots dins la Seu de la dita ciutat devant laltar maior divendres a XX de juliol any MCCCCLXXXVII. (1487)

Com a feels e bons christians a nostre Senyor Deu volents servar e favorir la Sancta fe catholica promettem e juram a nostre Senyor Deu e als Sancts quattre evangelis per nos corporalment tocats e a vos reverend pare inquisidor que feelment e ab tota efficacia per servar aquella la Esglesia e a vos pare inquisidor offici e ministres vostres e exercici daquell maiorment si per vos o part vostra serem requests contra los heretges credents receptors defensors e fautors daquells defendrem e aiudarem en bona fe segons nostre offici e poder. E que de les terres a nostra jurisdiccio sotsmeses tots qualsevol heretges per la Esglesia o per vos denotats en bona fe e per totes nostres forçes exterminarem foragitarem e precisament attendrem e inviolablement servarem e farem per nostres subdits observar tot lo temps de nostre regiment en les terres de nostra jurisdictio subjectes les constitutions e decretals ad abolendam et excomunicamus e la constitutio o capitol qui comense ut officium Inquisitionis e lo altre començant ut inquisitionis negotium e les coses contengudes en aquelles e cascuna delles en quant toca nostre offici e totes altres constitucions contra los heretges credents receptors defensors e fautors fills e nets daquells per la Sancta Seu apostolica promulgades e aprovades. E axins aiut (així ens ajudi en català modern) nostre Senyor Deu e los Sancts quatre Evangelis. 


Pensio assignata Inquisitori hereticae pravitatis


Nos Petrus Dei gratia Rex Aragonum Valentiae Majoricarum Sardiniae et Corsicae Comesque Barcinonae Roscilionis et Ceritaniae. Quia officium Inquisitionis hereticae pravitatis in Regnis et terris nostris quod reverendus in Christo pater frater Nicolaus divina providentia sanctae Romanae Ecclesiae Cardinalis regere consuevit fuit commissum vobis religioso et dilecto nostro fratri Joanni Gomir de ordine praedicatorum. Ideo volentes vos eandem seu similem pensionem a nobis habere quam dictus frater Nicolaus ac alii praeteriti inquisitores habere consueverunt pro inquisitionis honeribus supportandis tenore presentis constituimus et assignamus vobis super pecunia Thesaurariae nostrae Centum libras Barcinonenses per vos habendas et recipiendas annis singulis quamdiu officium Inquisitionis exercebitis supradictum. Mandantes per hanc eandem Thesaurario nostro presenti et qui pro tempore fuerit quatenus de pecunia Curiae nostrae quae est vel erit penes eum tribuat et solvat vobis aut cui loco vestri volueritis dictas centum libras anno quolibet dum officium inquisitionis tenebitis memoratum et recuperet a vobis in qualibet solutione apocam in qua huius series inseratur. Et ulterius promittimus vobis quod quamcitius commode poterimus assignabimus vobis in loco tuto dictas centum libras ad finem quod eas annuatim absque morosis solutionibus habere indubie valeatis. Datum Cesarauguste VI die februarii anno a nativitate Domini millesimo trecentesimo quinquagesimo septimo (1357). Visa Ro. 


Pensio assignata Inquisitori hereticae pravitatis. 


Petrus Dei gratia Rex Aragonum etc. (ut supra) Dilecto Consiliario et Thesaurario nostro Bernardo de Ulzinellis Militi legumque doctori salutem et dilectionem. Cum nos religioso dilecto que (: dilectoque : y dilecto) Consiliario nostro fratri Bernardo Ermengaudi in sacra pagina professori et inquisitori hereticae pravitatis una cum religioso fratre Ferrario de Curtibus ordinis predicatorum in cismarinis partibus nostri dominii ac in Regno Sardiniae et Corsicae et in solidum deputato Centum libras Barcinonenses annis singulis dum officium dictae inquisitionis tenuerit in aliquale auxilium expensarum per ipsum fiendarum circa exercitium inquisitionis praedictae graciose ut moris est concedendas duxerimus cum presenti. Ea propter vobis dicimus et mandamus quatenus de pecunia Curiae nostrae que est vel erit penes vos dictas centum libras jamdicto fratri Bernardo vel cui loco sui voluerit annis singulis quam dictum officium tenuerit exsolvatis recuperando ab ipso in qualibet solutione quam sibi feceritis pro praedictis apocam de soluto in qua expressa fiat mentio de presenti. Datum Barcinonae secunda die octobris anno a nativitate Domini millesimo trecentesimo quinquagesimo octavo. Visa Ro. 


Dies processionis. 


Nota quod die veneris XIIII mensis decembris anno a nativitate Domini millesimo quadringentesimo octogesimo septimo iussu praedicti magistri Alfonsi Spina qui in his procedit non modo ut inquisitor praefatus sed etiam ut Vicarius in spiritualibus reverendi domini Barcinonensis Episcopi nec non jussu alterius consocii sui inquisitoris hereticae pravitatis cuius nomen est Sanccius Marinus decretorum doctor Regni Aragonum solemni cum processione cruce Ecclesie Barcinonensis et uno magno crucifixo in primis erectis homines tam mares quam mulieres numero quinquaginta in crimine hereticae pravitatis depraehensi quod confessi fuerant recedendo ab Ecclesia Monasterii Sanctae Catherinae Barcinonensis iter processionis fieri assuetae festo de corporis Christi lachrymis ora vigentes arripuerunt. Et facta praedicta processione praedictus magister Alfonsus Inquisitor et Vicarius eisdem penitentibus praedicare de fide catholica et eorum erroribus in medio praedictae Ecclesiae Barcinonensis caepit et cum penitentia eis injuncta et aliis solemnitatibus et verbis his accommodatis et necessariis ac in similibus assuetis sermonem suum peregit.

Accipe nomina omnium tam marium quam feminarum qui de eorum delictis haereticam pravitatem sapientibus confessi fuere et processionem supra scriptam personaliter sequebantur. (1) 


Antonius Far sartor sive caligarius. 

Andreas Amoros pellarius sive veteramentarius. 

Balthasar Foguet barbitonsor. (tonsura, barba)

Bernardus Rabacer revenditor. 

Franciscus Guordiola textor velorum. 

Franciscus Requesens drogarius

Gabriol Lunes pellarius sive... 

Gaspar Badia mercator. 

(2) (signo cruz) Gaspar Vilanova juponarius.

Galcerandus Colomer pellarius.

Galcerandus Tagamanent. 

Joannes Valls pellarius sive veteramentarius.

Joannes Malarts tintorarius.

Laurentius Costa juponarius.

Lodovicus de Sivilla juponarius. (Ludovico : Luis y variantes)

Lodovicus Baldufer birretarius

Manuel Olivarius. 

Arnaldus Huguet portarius

Paulus Falco pellarius. 

Paulus Aymericus textor velorum. 


(1) Hi qui sequuntur fuerunt reconsiliati gremio Sanctae matris Ecclesiae eo quia confessi fuerant tempore gratiae. 


(2) Hic scripti cruce signati processionem non secuti fuere alii vero 

numerum quinquagesimum unum non excedunt. 


Petrus Mestres pellarius sive veteramentarius.

(signo cruz) Thomas Sanctus-Georgius pelliparius. (San Jorge, Sant Jordi)

Ramundus Scales. 

Angelina uxor Gabrielis Montbru barbitonsoris. 

Narcisa vidua uxor Laurentii Costa quondam.

Euphrosyna Malarts uxor Joannis Malarts tintorerii. 

Alduncia uxor Jacobi Castello quondam pellarii. 

Brianda uxor Manuelis Olivarii mercatoris. 

Brigida uxor Bartholomei Requesens drogarii. 

Blanquina uxor Petri Serria pellarii.

Blanquina uxor Jacobi de Casafranca Regii Scribae. 

Clara uxor Bernardi Bernich coralarii. 

Clara uxor Francisci Requesens drogarii. 

Chatherina uxor Pauli Falco. 

Elionor uxor Pauli Olivarii mercatoris.

Elionor uxor Gabrielis Lunes pellarii. 

Eulalia uxor Bernardi Beget de Scribania domini Regis. 

Elionor uxor Bernardi Cardona revenditoris. 

Elionor uxor Arnaldi Huguet Regii portarii. 

Elionor uxor Joannis Valls pellarii.

Elionor uxor Francisci Guardiola textoris velorum. 

Eulalia uxor Galcerandi de Tagamanent. 

Francina Rossell uxor Francisci Rossell pellarii.

Francina uxor Petri Sart juponarii. 

Isabel uxor Joannis Rodrigues mercatoris.

Isabel uxor Galcerandi Colomer pellarii. 

Isabel uxor Lodovici de Sivilla juponarii.

Isabel vidua uxor Stephani Valls quondam veteramentarii. 

(signo cruz) Joanna Costa uxor Laurentii Costa tintorarii. 

Joanna uxor Joannis Castello pallarii (pellarii; pelaire; peletero).

Violans Amorosa uxor Joannis Cabrit juponarii.

Violans uxor Petri Maestres pellarii. 

Violans vidua uxor Raphaelis Avinyo, quondam curritoris auris. 

Die festo conversionis Sancti Pauli processus inquisitionum contra hereticos publicati fuere ut sequitur. 


Inquisitores hereticae pravitatis memorati peractis inquisitionum processibus adversus hos quatuor neophitos nuncupatos scilicet Joannem Trullols Joannem Sanctafe Franciscam vulgo Francoya uxor que primo fuit cuiusdam cognomento Ripoll ultimo vero Joannis Gil et Gabrielam Buçota uxor Petri Buçot et etiam adversus alios neophitos infrascriptos in fugam existentes et accersitis prius ad ipsos processus recognoscendos et examinandos decem doctoribus scilicet quinque in Sacra pagina magistris et quinque in jure canonico professoribus in hac urbe Barcinona vitam agentibus habitisque consilio et votis unius cuiusque ipsorum decem doctorum processerunt ad fieri facienda bina cadafalia in platea Regis eiusdem urbis coram Ecclesia palatii maioris Regii scilicet unum pro predictis inquisitoribus et eorum ministris et servitoribus alterum vero pro predictis hereticis et decem statuis illarum personarum ex prosaica judeorum ortum trahentium quae fugam arripuere. Quae quidem statuae representabant duodecim neophitos in crimine heresis deprehensos quorum nomina sunt haec Joannes Sant Jordi et eius uxor Joannes Ram et eius uxor Gabriel Sauri et eius uxor Gabriel Arguens et eius uxor Bartholomeus Rodrigues Petrus Benet et eius uxor ac Franciscus Scales. Et quarum statuarum erant aliquae cum duabus faciebus una a parte ante altera a parte post significantes duos scilicet virum et uxorem in una factisque predictis cadafalibus et adveniente die festo conversionis Sancti Pauli apostoli domini nostri Jesu-Christi quo computabatur XXV dies januarii anno a nativitate Domini millesimo quadringentesimo octogesimo octavo (1488) et extractis a carceribus predictis quatuor hereticis et in altero ex predictis cadafalibus inter praedictas statuas positis et collocatis ipso quidem die festo Sancti Pauli et ibidem palam et publice perlectis processibus predictis et quodam egregio sermone de fide catholica et ut in eadem mori cuperent jam eis facto tradiderunt eos curiae saeculari sic pro hereticis habitos. Et confestim jussu ipsius curiae saecularis officiales et sagiones capere eos curarunt et cathenis in collo predictorum quatuor hereticorum et IIII Christi crucifixi imaginibus coram eis positis adduxerunt eos cum magna hominum processione comburendos (como combustible, quemar) ad locum destinatum situm in litore maris (litoral) extra portale Sancti Danielis (fuera del portal de San Daniel) huius urbis Barcinonae vulgo nuncupatum lo Canyet et ibidem confessione facta de eorum delictus ocyus suffocati fuere cum dicerent se in Christi fide mori velle. Tandem animabus ab eorum corporibus separatis incontinenti predicti sagiones ea corpora una cum predictis decem statuis igni et flammis supposuerunt quorum animae in pace semper requiescant si in Christi fide ut praedicitur ab hoc saeculo 

migrarunt.

Alio die scilicet XXII februarii anno predicto festo cathedrae Sancti Petri fuit facta alia publicatio adversus IIII hereticos hic descriptos in hunc qui sequitur modum.

Accersitis jam diebus proxime dimissis ut in proxima publicatione plerisque in sacra pagina magistris et jure canonico professoribus pro recognoscendis et examinandis inquisitionis hereticae pravitatis processibus peractis adversus Joannem Conques Joannem Bardaxi 

Raimundum Sanctafe et Michaelem Roig Çabata tandem fuit per prefatos inquisitores conclusum declaratum sententiatum et pronuntiatum ut hi quatuor quos memoravimus in cadafali facto in ecclesia Barcinonensi ponerentur cum supra vestibus et mitris quibus de more heretici in cadafali sic stare consueverunt eosque ad perpetualem carcerem condemnando absque scilicet misericordia Joannem Conques. Reliquos vero tres cum misericordia. Idcirco die festo cathedrae Sancti Petri qua computabatur XXII mensis februarii anno a nativitate Domini MCCCCLXXXVIII (1488) existentibus praedictis quatuor condemnatis in Ecclesia Barcinonensi apud praedictum cadefale pereximius sermo cum aliis solemnitatibus assuetis factus est. Et missa maiore sermone et reliquis peractis ipsi condemnati carceribus mancipati fuere. Est tamen certum quod ipso

eodem die predictisque condemnatis ibidem existentibus (pone existenti-tibus) quaedam mulier nuncupata Joanna Costa quae propter invalitudinem suam die processionis supra scriptorum in crimine hereticae pravitatis deprehensorum in eius domo remanserat penitentiam ei iniuntam scilicet tenendo pedes cereum ardentem in manibus peregit.

Alio die scilicet festo Sanctae Julianae praetitulato XXIII maii anno praedicto MCCCCLXXXVIII fuit facta alia publicatio adversus tres mulieres in heretica pravitate deprehensas cuius publicationis effectus talis est.

Superioribus diebus iam examinatis et peractis inquisitionum processibus per prenominatos inquisitores hereticae pravitatis ac in sacra pagina et jure canonico professores et prolata sententia adversus has tres mulieres scilicet Joannam Bedos Viduam uxor quae fuit magistri Laurentii Bedos Medici Serenissimi domini Regis nunc foeliciter regnantis (rey Fernando II de Aragón, el católico) Joannam Carcassona viduam uxor quae fuit Bonanati Carcassona mercatoris Violantem Bedorch uxor Petri Bedorch corallarii (coralarii más arriba) et etiam adversus subscriptos qui fugam arripuerunt in quorum locum statuae XX factae sunt. Quas mulieres et statuarum personas pro hereticis condemnatas peractisque prius cadaphallis quas vulgo cadafalla appellant apud plateam Regis (Plaça del Rey) ut est de more sermone et aliis cerimoniis quae die festo Conversionis divi Apostoli ibidem factae extiterant ut supra lacius exaratur Curiae seculari tradiderunt et ex templo ipsius Curiae iussu predicte mulieres una cum predictis statuis a platea memorata recesserunt et ad locum supra descriptum et modo prescripto cum magna populi multitudine accesserunt ubi easdem mulieres una cum praedictis statuis confessione de earum delictis confessori prius facta et operante carnifice com chorda in earum collis astringente (sic quod earum animae e corporibus separate fuere) idem carnifex in igne ibidem incensum iacere curavit. Quarum animae si in Christi fide e corporibus exiere in pace dormiant per saecula cuncta. 

Nomina illorum ac illarum statuas tenentium et fuerunt pro hereticis condemnati sunt hi que sequuntur. 


Franciscus Vitalis filius Francisci Vitalis quondam.

Violans uxor Guillelmi Fabre curritoris auris.

Clara - Elionor horum coniugum filiae.

Isabel Alduntia Valentina uxor Leonardi Alvaro.

Gaspar Leo corallarius et Joanna eius uxor.

Joannes Puigmija Regius scriba et Florentina eius uxor.

Petrus Quot botigarius et Michaela eius uxor.

Nicolaus Calces pellarius sive veteramentarius et Constantia eius uxor.

Francina Salmons vidua uxor quae fuit Matthiae Salmons quondam et Joanna uxor Gabrielis Bellcayre. 

Clara uxor Lodovici Bellcayre predictorum coniugum filiae.

Elionor Vidua cognomento Crexells.

Isabel uxor magistri Requesens medici.

Francina uxor Gabrielis Argens.

Alduntia uxor Bernardi Jacobi.

Euphrosyna uxor Bernardi Ala quae primo fuit uxor den Çacoma (ipsa coma) omnes filiae praedictorum.

Matthiae et Francinae Salmons.

Ludovicus Darguens mercator pannarius.

Raphaela eius uxor. 

Cattherina mater dicti Lodovici et quae fuit uxor Gasparis Darguens. 

Raphael Andreas et Alduntia eius uxor. 

Franciscus Prats et Alduntia eius uxor. 

Franciscus Setmenat (Sentmenat, Sancto Minato) et Benvenguda eius uxor. 

Franciscus Benet qui moram trahebat in vico dels banys nous Callis judeorum (Call) Barcinonae.

Paulus Tholosa maior natus et Francina eius uxor.

Joannes Vallmoll algutzirius mart sive comentariensis optior.

Elionor eius uxor.

Alduntia uxor de Capstany sororis Joannis de Sancto Georgio Regii Scribae.

Alduncia Boscha socrus (suegra) predicti Joannis de Sancto Georgio. 

Joannes Sauri frater Gabrielis Sauri.

Joannes Sisa mercator.

Joannes Fortia mercator. 


Publicatio novem personarum in heretica pravitate deprehensarum facta in Ecclesia Barcinonense die scilicet veneris VIII mensis Augusti anno a nativitate Domini MCCCC octogesimo octavo. 


Petrus Badorch (1) (Bedorch más arriba) Joannes Trinxer Franciscus Garret et Petrus lo Sart cum revera hic Petrus ortus Sardinia erat et eius originem non ab stirpe Judeorum sed Christianorum natura originem traxerat cum quibus quattuor hominibus hae sex mulieres erant Beatrix Bages vidua Oliva Barona vidua Elionor uxor Galcerandi Palou Constantia uxor Francisci Vilanova Margarita serva praedicti Petri Badorch quae est de genere de Munt de barques die scilicet veneris VIII mensis augusti anno a nativitate Domini MCCCCLXXXVIII de mandato predicti reverendi patris fratris Alfonsi Spina Inquisitoris hereticae pravitatis (cum alius inquisitor consocius suus peragravit et se transfretando contulit ad Baleares ubi hanc santam (se pierde la c de sanctam) inquisitionem facere intendit) omnes X personae tam masculi quam femine cadafale quod in Ecclesia Barcinonense constructum erat ascenderunt mytras ut est de more hereticorum in et super capitibus deferentes indutique erant supravestibus in quibus heretica pravitas qua defecerant depicta erat. Et ibidem peracto sermone quem quidam ordinis divi Augustini nominatus frater Raimundus Joannes emiserat prenominatus inquisitor contra eosdem 


(2) (es la nota 1) Hic Petrus Badorch ab carceribus fuit liberatus die sabbati XXVI marcii anno a nativitate Domini MCCCCLXXXX sic quod ex inde carceres eneat (carcere teneat ? la s de carceres está algo subida, página 18, nota al pie) in domo sua per certum ei prefixum terminum. 


haereticos publicari fecit sententiam suam ubi erant scelera eorum descripta cum qua condemnavit eos ad carceres perpetuos excepto praedicto Petro de Sart qui fuit condemnatus ad carceres cum misericordia. Et sic in carceres Palatii maioris Regii reversi sunt. Si quis autem scire velit quae Franciscus Guerret scelera perpetravit accipiat depositionem suam quam notarius predictae inquisitionis mihi Petro Michaeli Carbonello tradidit cuius verba haec sunt vernacula lingua. - 

Lo dit Guerret trobantse en casa den Pau Tholosa present lo dit Tholosa e sa muller e la muller de mestre Miro e altres stants en rahons de la Inquisitio digueren que per dones no havian sino mal e que aquesta vil bagassa de Regina nos fa anar per lo mon desterrats dients ho de la Serenissima Senyora Reyna muller del Serenissimo e potentissimo S. lo S. Rey don Ferrando (Ferran II de Aragó) huy beneventuradament regnant. A les quals rahons respos una delles e dix: Ja per amor deixa Verge Maria havem hagut prou mal e tribulations e ella era juya (judía) e es morta juya e nons devia fer mal per esser nostra parenta. Si mal viatge fassa ella e tot son linatge. A les quals rahons respos lo dit Guerret e lexaula star que mals bordells puixa ella correr dientho de la Verge Maria mare de Deu. - 

Et nihilominus serimonias et festivitates judaycas ac multa nephandissima hic et omnes supradicti tam mares (antes : masculi) quam feminae in vilipendium christianae religionis perpetrarunt quae non sunt dicenda neque scribenda et brevitatis causa omittere mihi libuit. 


Secunda processio in urbe Barcinone. 


Preterea die sabbati XVI mensis Augusti anno a nativitate Domini MCCCC octogesimo octavo cum paulo ante jam subscriptae personae eorum facinerosos actus ac serimonias judaycas confessae fuerant prefato reverendo patri fratri Alfonso Spina hereticae pravitatis inquisitori fuit facta processio cum cruce et crucifixo erectis ac modo et forma superius designatis in prima processione descripta supra nihiloque addito nihiloque remoto. Et ipsis personis ipso quidem die existentibus cum prefato inquisitore et aliis quamplurimis in Ecclesia Barchinonense et audientibus praedicationem vervi (verbi) divini quam fecit venerabilis Raimundus Joannes ordinis et conventualis monasterii Sancti Augustini Barchinonae jussu predicti inquisitoris ipsa processio regressa est ad monasterium praedicatorum Barcinonae unde egressa fuerat. Et inde cum supervestibus seu ut vulgo dicta guarnaxiis cruce crocei coloris in unaquaque tam a parte ante quam a parte post depicta ad domum suam unaquaque recessit. Nam praedictus inquisitor penitentiam eis injunxerat quod singulae earum per unum annum continuum ipsas supervestes palam et continue noctuque dieque portarent et singulis diebus veneris cujuslibet hebdomedae jejunarent ac ultra prescriptam processionem duas alias processiones facerent et sequerentur cum flagellis dorsos eorum verberando ut ita factum extitit et alia quae brevitatis causa scribenda non curo. (1: Die martis XIII mensis aprilis anno MCCCCLXXXX (1490) infrascripti deposuerunt eorum garnaxias modo et forma infra contentis.) 


Secuntur homines reconsiliati gremio Sanctae Matris Ecclesiae quia confessi fuerant post gratiam. 


Antonius Marcus veteramentarius seu variopola vel revenditor vulgo revenador. (revendedor)

Augustinus Bonanatus Amoros variopola vulgo tender o paller.

Baltasar Amoros variopola.

Bartholomeus Sartre bibliopola vulgo librater. (llibreter; librero, vendedor de libros)

Dominicus Clemens textor velorum.

Dalmatius Cirera variopola.

Philippus Rodes curritor auris. (curritoris más arriba)

Philippus Queralt coraliarius. (corallarius más arriba, y variantes)

Franciscus Ballester textor velorum. 

Galcerandus dez Far (d' es far : del faro) caligarius.

Guillelmus (pone Gaillelmus) Ballester textor velorum. 

Guillelmus Claver. 

Gaspar Mir veteramentarius. 

Galcerandus Palou variopola. 

Gabriel Foguet textor velorum. 

Gabriel Sartre sabonarius. (sabó : jabón; más arriba juponarius.) 

Gabriel Castell variopola. 

Guillelmus Nicolaus textor velorum. 

Joannes de Conques minor natu juponarius. 

Jacobus Menescal fornarius. (forn : forno, furno : horno)

Joannes Taranau marçarius. 

Joannes Patau variopola. 

Hieronymus Rosas caligarius. 

Joannes Roger variopola. 

Joannes Cirera veteramentarius. 

Manuel Fagoll textor velorum. 

Nicolaus Gomis coraliarius. (Gómez)

Narcisus Michael. 

Petrus Casasages coraliarius. 

Petrus Molins textor velorum. 

Petrus Sanç juponarius.

Petrus Morell cotamalerius. 

Ramon Sancta-fe caligarius. 

Raphael Deuder drogarius. 


Sequuntur feminae reconsiliatae gremio Sanctae matris Ecclesiae quia confessae fuerant post gratiam. 


Angelina uxor Gabrielis Castell variopolae sive veteramentarii. 

Angelina uxor Raimundi Sancta-fe. 

Angelina uxor Antonii Far variopola. 

Antonia uxor Joannis Descocia. (De Escocia) 

Angelina uxor Joannis Taranau. 

Angelina vidua uxor quae fuit Manuelis Maler (secunda processione quia egrota itura est.)

Angelina uxor Philippi Rodos.

Amata vidua uxor que fuit Pauli Claver.

Alduncia vidua uxor que fuit Joannis dez Far. 

Agnes vidua uxor que fuit Pauli Salvat (secunda processione ¡tura est quia aegrota.)

Angelina Far uxor Galcerandi dez Far caligarii.

Alduncia uxor Danielis Olers.

Agnes uxor Joannis Tranxet. 

Angelina uxor Petri Çabria barbitonsoris. 

Angelina uxor Petri Çaragoça botigarii. 

Benedicta uxor Gasparis Mir. 

Benedicta uxor Joannis Conquers natu minoris.

Bartholomeva uxor Gabrielis Rabaçet sartoris.

Blanquina uxor que fuit Petri Çalom quondam magistri in artibus et medicina. 

Beatrix Olers uxor Joannis Olers.

Beatrix uxor Raphaelis Deuder.

Brigida vidua uxor que fuit Petri Domenech.

Blanquina uxor Joannis Cirera.

Constancia Castanyera vidua uxor que fuit Benedicti Castanyer quondam bibliopolae.

Clara uxor Stephani Xorcano.

Columba uxor Joannis Roger. (Coloma : Paloma)

Columba uxor Francisci Ribelles.

Chattherina Siurana vidua que fuit uxor Francisci Siurana.

Constancia uxor den Santos vidua.

Constancia uxor Gasparis de Mur.

Clara uxor Joannis Morell cotamalarii. 

Coloma uxor que fuit Gabrielis Siurana quondam.

Clara uxor Francisci Ballester.

Damiata uxor den Sanç juponarii.

Elionor uxor Joannis Palau.

Euphrosina uxor Bartholomei Pinos cerdonis. 

Elionor uxor Petri Ribelles. 

Euphrosina uxor quae fuit Pauli Mompeller quondam. 

Elionor uxor quae fuit Raphaelis Tranxet quondam.

Elionor Gomis uxor Nicolai Gomis.

Elionor uxor Raimundi Sancta-fe caligarii.

Eulalia Burguera uxor quae fuit Petri Burguera quondam.

Elionor uxor Hieronymi Rosas caligarii.

Elionor uxor Jacobi Manescal.

Eulalia uxor quae fuit Raphaelis Bages.

Eulalia uxor Michaelis Soquerrats.

Eulalia uxor Petri Morell minoris natu.

Eulalia uxor Francisci Soquerrats.

Francina uxor Gabrielis Foguet.

Francina uxor quae fuit Antonii Ollers quondam.

Francina uxor Joannis Fabre botigarii.

Francina uxor Joannis Cabrera.

Francina uxor Philippi Queralt.

Francina uxor Narcissi Michaelis.

Francina uxor Joannis Ballester.

Francina Sent-Climent vidua.

Francina Çabatera vidua.

Griselda uxor quae fuit Francisci deç Far. (d' es Far)

Joanna uxor Joannis Sartre coraliarii. 

Joanna uxor quae fuit Joannis Gord quondam.

Joanna uxor Baltasaris Amoros.

Joanna uxor quae fuit Manuelis Coll quondam.

Joanna Buçota quae fuit uxor Antonii Buçot. 

Joanna uxor Francisci Dosa coraliarii.

Mandina uxor Petri Casasage (antes Casasages) (in partu laborat ibit in secunda processione.)

Michaela uxor Francisci Pou sartoris.

Marquesia uxor Dalmatii Cabrit. 

Raphaela uxor Petri Trullols. 

Raphaela quae fuit uxor Bernardi Cabrit quondam. 

Serena uxor quae primo fuit Gabrielis Parada quondam nunc autem est uxor Gabrielis Sartre.

Serena uxor Raimundi Bages textoris.

Salestina uxor Guillelmi Ballester quondam.

Isabel uxor Baltasaris de Font-Clara.

Violans Besaluna uxor Petri Besalu alias Bugarell.

Violans uxor Guillelmi Nicolai textoris velorum. 

Violans uxor Petri Molins textor velorum.

Isabel uxor quae fuit Benedicti Maler quondam.

Isabel Sala quae fuit uxor Andreae Sala quondam.

Violans uxor Bernardi Baro coraliarii.

Violans Coll quae fuit uxor Antonii Coll quondam.

Isabel uxor Manuelis Fagoll.

Isabel vidua uxor quae fuit Joannis Squella quondam. 

Violans Fabra vidua uxor quae fuit Francisci Fabra quondam. 

Isabel Vilafranca quae fuit uxor Joannis Vilafranca quondam.

Isabel uxor Gabrielis Portapa textoris velorum. 


Memoria teneto quod die quinta mensis Augusti anno proxime dicto Joannes Mayol auri faber sive argentarius qui undecim mensibus diebus VII mancipatus carceribus hereticorum sitis apud palacium maius Regium civitatis Barcinone ubi Regium hoc archivum constructum est ab ipsis carceribus liberatus fuit cum sententia per predictum Reverendum inquisitorem promulgata in eius favorem attenta maxima deffensione huius homini christiani natura et non ex stirpe judeorum quem aliqui falso accusarunt nam illi falsi testes praetendebant ipsum argentarium perperam dixisse se non credere esse paradissum infernum et purgatorium. Est nam in ipsa sententia exaratum quod novem probi homines christiani natura quos in testes predictus aurifaber produxerat unanimiter (pone unanimter) et medio juramento ad Sancta Dei quattuor evangelia manibus eorum corporaliter tacta et juxta canonicas sanctiones eorum depositiones facerent quippe qui dixerunt se credere praedicta verba hereticalia per praedictum argentarium quem catholicum in fide esse videbant nunquam prolata fuisse quia talia verba nunquam catholici pronuntiant sed heretici et damnati. Et prolata predicta sententia fuit 

eidem per ipsum inquisitorem injuncta penitentia quod per sequentem diem dominicum ipse argentarius sine calciamento et cum sola tunica ac uno in manibus cereo accenso tenens officium divinum ac missam maiorem pedes audirent ut fecit. Et (pone El) scitote quod predictus reverendus inquisitor priusquam predictam sententiam promulgaret convocavit magnum consilium in jure peritorum XII numero in sacra pagina professorum et XII numero ¡n jure canonico doctorum eiusque lecta inquisitione recepta adversus praedictum catholicum aurifabrum et habitis ac collectis votis praedictorum XXIIII seniorum ac jureprudentium memoratam protulit sententiam nemine discrepante. Quae quidem sententia in et pro huiusmodi re lata est annotatione ac memoratu digna. 

Et nihilominus die anno mense et loco praefatis Manuel Guasch tinctorarius civis Barcinonae se purgavit canonica purgatione quemadmodum fuerat et injunctum adhibita ipsi penitentia loco modo et forma praedictis. 

Sententia adversus hereticos in fuga arreptos Christi imaginem verberantes ac vituperantes. 

Rem nephandissimam ac in hac urbe Barcinonae inauditam sceleratissimi neophiti perpetrare non dubitarunt in Jesum-Christum et eius sacratissimam matrem semper virginem Mariam et propterea Reverendus frater Alfonsus Spina inquisitor praefatus processum (ut est de more) adversus hos sceleratos fieri mandavit. Tandem lata ac publicata sententia die XXIII maii anno a nativitate Domini MCCCCLXXXVIII in praemisso cadafallo facto apud plateam Regis supra scriptam ubi praedictae tres mulieres una cum viginti statuis duplicatis condemnatae fuere et in ignem combustae notarius huius Sanctae inquisitionis per me P. M. Carbonellum Regium Archivarium rogatus et requisitus depromere et tradere curavit mihi eidem Archivario ipsam sententiam latam tam contra Franciscum Vitalem filium Francisci Vitalis quondam mercatoris et Violantem uxorem Guillelmi Fabra curritoris auris quam etiam contra plures alios in huiusmodi peccato nephandissimo intervenientes et consentientes jamdudum ab hac urbe in fugam arreptos. In qua quidem sententia vernacula lingua haec verba comperi in effectu inter alia que brevitatis gratia omittere mihi placuit. 

Los dits Franci Vidal e la dita Violant muller del dit Guillem Fabra ensemps ab molts daltres aqui nomenats se applegaren un dia en una casa daquesta ciutat e en gran vituperi e scarn de nostre Redemptor Jesu-Christ prengueren un crucifix de fust e aquell lansaren per terra e calcigaren ab los peus fangosos uns apres altres e hu dells ab una correja despasa assotava dit Crucifix e un altre dells prenia fanch e lansavel en la fas del dit Crucifix e un altre dells faea altre presonatge (personatge) ço es que prenia la sua ma e metties aquella en la boca a manera de trompa trompejava e apres nos fartaven tots de pendre lo dit Crucifix e ab gran avalot lo colpejaven en tant quel lansaren per la scala avall e hu dells com a scelerat no dubta de dissimularse ço es que fingia per scarn que ell era la Verge Maria e ab gran attreviment no dubtuva (dubtava) dir.  

- Yo so la Verge Maria no haveu vergonya e temor de Deu de fer aquestes coses tant damnatissimes. - E venian apres los altres e no dubtaven de dir e respondre. - Per ço les fem com nos ve be.

- Et de his hactenus. 


Die decimo januarii anno a nativitate Domini MCCCC octogesimo nono fuerunt graemio Sanctae matris Ecclesiae reconsiliatae secrete apud Regium Palatium memoratum Elionor et Isabel filiae supra scripti Petri Badorch reconsiliati. 


Alio die scilicet lune IX mensis februarii anno a nativitate Domini MCCCCLXXXIX festo divae Apolloniae fuit facta alia publicatio adversus hereticos in heretica pravitate depraehensos. Cuius quidem publicationis tenor talis est.

Jam ruminatis inquisitionum processibus per Reverendum patrem inquisitorem fratrem Magistrum Alfonsum Spina memoratum et quosdam in utroque jure professores et prolata sententia adversus Antonium Raimundum Corronum bibliopolam Joannam conjuges et Michaelem Socarrats cotamalarium cives praedictae civitatis nec non adversus subscriptos profugos loco quorum statuae decem ut est de more factae fuere quos quidem tres et profugos pro hereticis condemnatos peractisque prius apud plateam Regis praedictam cadaphallis sermonesque et aliis serimoniis quae die festo divae Julianae ibidem factae extiterant quemadmodum supra scribuntur sic condemnatos Curiae seculari e vestigio tradere non dubitavit inquisitor memoratus. 

Et his complectis ipsi tres condemnati cum magna populi caterva associati una cum praedictis X statuis ad locum supra scriptum ubi heretici concremantur iter arripuere modo et forma predictorum aliorum damnatorum et illic fuerunt una cum statuis per carnificem 

strangulati prius et confestim eorum corpora in cinerem reversa. Quorum animae si in fide Christi ut fertur e corporibus exiere in pace semper requiescant. 

Nomina vero illorum et illarum pro quibus statuae praedictae factae et combustae fuere sunt haec quae sequuntur. 


Guillelmus Jorda sedarius morabatur in platea Trinitatis.

Uxor praedicti Guillelmi Jorda.

Violans quae fuit uxor Galcerandi Sunyer quondam mercatoris morabatur in vico Lato.

Blanquina uxor Gondisalvi veteramentarii morabatur in Callo judeorum. (Call dels jueus)

Joannes Girgos Regius Scriba morabatur apud pagum vulgo dictum de la Cucurella. 

Constancia uxor ipsius Joannis Girgos. 

Dalmatius Cartella mercator pannarius vulgo botiguer morabatur in vico de Mari.

Guillelmus Costa curritor auris morabatur in platea Trinitatis.

Clara uxor Joannis Bonanati mercatoris morabatur juxta cenobium de Mercede.

Isabel eiusdem Clarae neptis sive neboda.

Nicolaus Lybia mercator morabatur in platea Vini. (Plaça del vi) 

Uxor praedicti Nicolai Lybia.

Filia predicti Nicolai Lybia quae est uxor cuiusdam cognomento Ferrarius qui moram trahebat apud Regnum Siciliae.

Joannes de Becols barbitonsor natu maior morabatur in vico vulgo dicto de la Bocaria. (Boqueria) 

Franciscus Andreas.

Joannes Andreas morabatur in vico de Beseya.

Violans uxor Bernardi Januarii oppidi Perpiniani.

Joannes Alfonsus Regius Scriba qui fuit secretarius domini Regentis officium Gubernatoris in Principatu Cathaloniae morabatur in vico paleae juxta plateam Novam. (prop de la Plaça nova)

Joannes Naves lusor morabatur in platea Trinitatis.

Manuel Naves sedaçarius sive sedacer frater cuiusdam cognomento Naves qui morabatur in predicto Callo.

Berengarius Gual morabatur in vico de la Tapineria. 

Cabestany cognomento Sororius Joannis de Sent Jordi jam supra ex damnatis subscriptis.

Gabriel Arguens tinctorarius.

Clara ipsius Gabrielis uxor.

Isabel soror ipsius Gabrielis.

Joanna ipsius Gabrielis mater.

Galcerandus dez Valls morabatur in vico den Carabaça. 

Joannes Balle morabatur in platea Trinitatis.

Simon Balle morabatur in vico de Mari.

Serventa cognomento Vidua morabatur in praedicto vico de Mari. 

Isabel et Elionor eiusdem viduae filiae.

Uxor Jacobi Arguens tinctorarii.

Filiae ipsius uxoris Jacobi Arguens.

Joannes Lybia morabatur in vico de Beseya.

Dalmatius de Queralto mercator morabatur juxta caenobium Sanctae Mariae de Mari. (Cenobio de Santa María del Mar)

Mater predicti Dalmatii.

Uxorque ipsius Dalmatii de Queralto. 


Publicatio quatuor personarum in heretica pravitate depraehensarum facta in Ecclesia Barcinonensi die scilicet veneris XIII mensis marcii anno a nativitate Domini MCCCCLXXXIX. 

Joannes Corro bibliopola filius praedictorum Antonii Raimundi Corro et Joannae eius uxoris pro hereticis condemnatorum et concrematorum. (cremats)

Isabel uxor Bartholomei Sartre bibliopolae quem vulgo libratarium appellant.

Jacobus Corteyll frumentarius. (forment : formenter)

Clara ipsius Corteyll uxor.

Alduntia Cercossa vidua.

Isabel Beneta ipsius Alduntiae filia uxor Dominici Carbonell botigarii non conversi sed ex natura christiani.


Ex his predictis sex scilicet quattuor mulieribus et duobus viris ipsi viri cum praedicta vidua et eius filia ut est de more a carceribus liberati fuere die veneris proxime dicto praetitulato XIII martii anno salutis MCCCC octogesimo nono pro audienda sententia eorum delictorum tanquam in heretica pravitate deprehensi ac convicti quam ipso die recedentes ab Regio palatio processionaliter supervestibus depictis induti ac mittras in capitibus eorum et earum deportantes et ad Sedem huius urbis Barcinonae accedentes et in cadafali quod ibidem factum erat existentes et missam et sermonem ac totum divinum officium sic audientes sententiam ipsam ubi eorum delicta ac hereses describebantur patienti animo audierunt quaquidem sententia omnes praedicti sex fuerunt condemnati ad carceres perpetuos cum misericordia. Et his peractis praefatus Reverendus inquisitor cum comitiva sui alguazirii et aliorum suorum officialium et ministrorum associatus cruce erecta et cum praedictis sex reconsiliatis processionaliter ad palatium praefatum se contulit et ejus iussu ipsi sex reconsiliati supervestes et mittras deposuerunt et ad faciendam penitentiam duraturam per annum et ultra si ipse inquisitor voluerit in carceres praedicti Regii Palatii ilico se recluserunt scilicet ex praedictis sex Joannes Corro filius Antonii Raimundus Corro heretici condemnati Jacobus Corteyll Alduntia Cercosa (antes con ss) et Isabel Beneta duae vero aliae mulieres scilicet Isabel uxor Bartholomei Sartre et Clara uxor Jacobi Corteyll quae cum pastariis ad (pone adi) praedictam ecclesiam venerant nam in ipsis pastariis aegrotae jacebant ad domos earum meritorum reversae sunt ubi tanquam carceribus mancipato vitam agere tenentur quousque penitentiae tempus compleverint fidejussoribus idoneis inde praestitis Reverendo inquisitori prefato. 


Preterea anno die et mense proxime scriptis cum comitiva praedictorum sex reconsiliatorum ad carceres condemnatorum ad praedictam cathedralem Ecclesiam accesserunt sequentes qui post gratiam fuerunt reconsiliati gremio Sanctae matris Ecclesiae quorum nomina sunt haec.


Elionor Jonquers vidua uxor Joannis Jonquers quondam argentarii sive aurifabri. (platero; plater; plata, argent, AG)

Eulalia ipsius Elionoris filia uxor Francisci Guerret supradicti carceribus condemnati.

Isabel uxor Gasparis Darnius.

Elionor uxor Joannis Raimundi Corro supra ad carceres condemnati.

Violans uxor Lodovici Alenya.

Joannes Sastre coraliarius. 

Agnes vidua uxor Pauli Salvat variopolo quondam. 

Mandina uxor Petri de Casasaia veteramentarii. 

Francina vidua uxor Joannis Ballestarii quondam cortinarii. 


Sequitur alia publicatio octo personarum in heretica pravitate depraehensarum facta in Ecclesia Barcinonae die scilicet mercurii XXI mensis octobris festo XI millia Virginum anno a nativitate Domini MCCCC octogesimo nono. 


Petrus Marimon dez Pla dicto lo Jugador. 

Lodovicus Alenya. 

Elionor uxor Lodovici Clementis. 

Isabel vidua quae fuit uxor Francisci de Sos. 

Elionor Matamala concubina praedicti Marimon. 

Petrus Marimon dez Pla natu minor. - Alduntia domicella. Ambo filii praedicti Petri Marimon. 

Mundina uxor quae fuit Christofori Bosch. 

Et memoria tene quod praefatae octo personae modo et forma assueta et serimoniis ac solemnitatibus in primis factis condemnataeque carceribus perpetuis cum misericordia ad carceres sunt reversae et ibidem per annum et amplius ad arbitrium praedicti Reverendi inquisitoris penitentiam sunt acturae. 



Processio intra tempus Gratiae in civitate Tarraconae. 


Apud Ecclesiam Sanctae Teclae civitatis Tarraconae reconsiliati subscripti qui illuc venerant ut est de more processionaliter peracto divino offitio ad monasterium fratrum praedicatorum situm extra et prope maenia ipsius civitatis Tarraconae unde iter arripuerant cum eadem processione se contulerunt die sabbati XVIII mensis julii anno a nativitate Domini MCCCCLXXXIX quam processionem omiseram supra loco scilicet suo continuare. Quarum quidem personarum nomina hec sunt. 


Reverendi domini Alfonsi Spina Inquisitoris memorati ibidem cum sua Curia sive consistorio existentis mandato prius facto in ipsa processione affuerunt sequentes reconsiliati. 


Andreas Colom.

Franciscus Vilagut tarraconensis. 

Lodovicus Morato. (Morató)

Joannis Gomis.

Gabriel Alenya.

Joannes Nicolaus Montisalbi.

Franciscus Garriga.

Gabriel Falco.

Paulus Sanctius sive Sanç Rividolms. (Riudoms) 

Tecla Alamanya vidua.

Angelina uxor Francisci Simo.

Beatrix uxor Francisci Vilagut.

Violans vidua uxor quae fuit Gabrielis Colell quondam.

Blancha uxor Andreae Colom. 

Alduntia uxor Raimundi Ribelles de Monterubeo. (Mont roig)

Beatrix uxor Gabrielis Torrents oppidi seu villae de Alcover.

Francina Colom vidua.

Blanquina uxor Manuelis Ribelles Tarraconensis.

Blanquina Roja vidua uxor quae fuit Bernardi Roig quondam villae de Vallibus. (Valls)

Clara uxor Lodovici Morato.

Violans vidua uxor Jacobi Morato quondam.

Elionor uxor Joannis Gomis.

Violans vidua uxor Gabrielis Alenya quondam oppidi seu villae Montisalbi. (Montblanc, también Montalbán)

Francina Ferrera vidua uxor quae fuit Raimundi Ferrarii de Busquetes.

Elionor uxor Francisci Bennaçer villae seu loci de Falcet. (Falset, Falçet, Tarragona)

Isabel uxor Pauli Sanç.

Isabel uxor Francisci Rams Rividolms. 


Omnes praedicti sunt neophyti seu conversi lares (llars, llar : fuegos por los que se hacía el censo) habentes in Archiepiscopatu Tarraconae.

Peracta praemissa processione et jam antea ad instantiam fisci procuratoris exaratu processu et promulgata sententia per praefatum Reverendum inquisitorem adversum proxime nominatos reconsiliatos ut est moris idem reconsiliati flexis genibus coram praefato domino inquisitore abjurarunt in haec verba vernacula lingua concepta. Et facta abjuratione predictus Reverendus inquisitor de articulis fidei Sanctae Catholicae eos certiores fecit legendo prius qui ad divinitatem pertinent deinde qui ad humanitatem ita quod sic in fide instructi et exacta penitentia ad proprios lares rediere. 

Forma abjurationis. 

Nosaltres Andreu Colom Franci Vilagut etc. (describantur gradatim nomina praedictorum) conversos tots del Archabisbat de Tarragona de nostra libera franquea agradable e spontanea voluntat abjuram detestam renuntiam apartam e lunyam de nosaltres (pone nosaltret) tota e qualsevol heretgia e en special aquesta de que som infamats e testificats la qual nosaltres havem confessada ço es de judeiçar e de guardar e observar les cerimonies de la Ley de Moyses e fer los ritus e cerimonies e les solemnitats dels jueus les quals en special quiscu de nosaltres ha confessades les quals mes largament son contengudes en la sentencia que contra nosaltres ses donada e declarada e confessam de la nostra propria boca ab pur e vertader cor la Sancta fe catholica la qual te preica segueix monstra e ensenya la Sancta mare Esglesia de Roma e aquella tenim volem e promettem tenir e seguir e en aquella volem perseverar e morir e nunqua nos volem apartar ni partir de aquella. E juram per nostre Senyor Deu e per los seus Sancts quattre evangelis davant nos posats e per lo senyal de la Santa Creu + de star e esser subjectes a la obediencia del beneventurat mosenyer Sanct Pere princep dels Sancts Apostols e Vicari de nostre Senyor Deu Jesu-Christ e del nostre molt Sanct Pare Innocent Papa vuyte (Inocencio VIII) lo qual vuy en dia regeix e governa la Sancta Esglesia catholica e apres dell als seus successors que a ell canonicament succeiran e de nunqua james apartar nos e lunyar nos daquesta obediencia per alguna persuasio heretica e en special per aquesta judaica heretgia. E per tots temps perseverarem e starem en la unitat e congregatio de Sancta mare Esglesia e serem tots temps en defensio de la Sancta fe catholica christiana e perseguirem tots aquells qui contra aquella seran ne veuran e manifestarem e publicarem aquells e james nons ajustarem nins applegarem a ells ni ab ells ni creurem en llurs vanes e folles creençes ni en llurs dits ni en llurs obres ni los reebrem ni acullirem ni los defendrem nils consellarem ni favorirem directament ni indirecta publicament ni amagada per obra ni per senyal ni per algun dit. E si contra aquestes coses en algun temps farem o veurem volem que caygam e encorregam en pena de relapsos e siam malaits e excomunicats e ab los heretges deputats al foch e ab los condemnats siam porcioners en lo infern.

Et praeinserta abjurationis forma in aliis reconsiliatis tam in hac Catalanorum provintia quam alibi semper observatur licet hucusque nulla per me facta extitit mentio. Veniamus nunc ad alios reconsiliatos perpetuo carceri condemnatos per praedictum Reverendum Inquisitorem apud Urbem Tarraconam. 

Die quinta martii anno a nativitate Domini MCCCCXC fuerunt reconsiliati et carceri perpetuo condemnati apud urbem Tarraconam. 


Ferrarius Colell textor vellorum. 

Alduncia eius uxor.

Joanna uxor Manuelis Torres Tarraconensis. 

Isabel vidua filia den Macip filia cuiusdam cognomento Piera. 

Violans uxor Francisci Piera villae Falceti. 

Beatrix uxor Gabrielis Ribelles villae Falceti. 

Elionor domicella filia Angelinae Garriga pro heretica condemnatae.

Gispertus de Sancta-fide praedictae villae de Falcet.

Constancia Martines uxor Petri de Susana civitatis Barcinonae. 

Die veneris XIIII maii anno praedicto fuerunt reconsiliati et condemnati carceri perpetuo apud urbem Tarraconam. 


Magister Lodovicus Ribellis chirurgicus villae Falceti - Gabriel Ribelles barbitonsor - Joanna uxor Michaelis Benedicti - Lodovicus Ribelles jurisperitus Villafranchae Penitensis (Villafranca del Penedés). Omnes tres filii praedicti magistri Lodovici Ribelles. 


Die veneris XII martii anno praedicto MCCCCLXXXX apud urbem Tarraconam fuerunt pro hereticis condemnati et combusti (quemados; cremats) sequentes. 


Manuel Torres textor velorum.

Angelina Garriga uxor Gabrielis Garriga officio vulgo nuncupato custurera utens.

Isabel uxor Petri Macip Tarraconensis pro heretico condemnati.

Constancia uxor Lodovici Ribelles chirurgici villae de Falcet. 

Eulalia uxor Francisci Garriga praedictae villae de Falcet. 

Elionor Funes vidua uxor que fuit Gabrielis Funes loci de Riudolms. 


Die mercurii vigilia anuntiationis sacratissimae semper virginis Mariae Dei matris qua computabatur XXIIII mensis martii anno praedicto MCCCCLXXXX apud plateam Regis urbis Barcinonae factis serimoniis et actibus assuetis fuerunt Brachio (brazo; braç) sive Curiae Saeculari traditi pro hereticis condemnatis hi duo sequentes qui ipso quidem die fuerunt combusti apud locum destinatum extra predictam urbem vulgo nuncupatum Lacuna sive Canyet. 


Petrus Ballester coralarius.

Isabel uxor Antonii Ferrarii curritoris auris filia quae fuit Jacobi de Sos quondam mercatoris tanquam heretici sepulti in prefato loco del Canyet. 


Die autem praedicto XXIIII martii anno MCCCC in praedicta platea Regis scilicet in cadafallo ubi praedicti duo heretici pro sententia eorum audienda existebant fuerunt condemnati et Brachio seu Curiae Saeculari traditi in statuis sequentes pro hereticis condemnati. 


Gabriel Miro magister in artibus et medicina. 

Blanquina ipsius magistri Miro uxor. 

Bernandus (Bernardus) Morvedre curritor auris morabatur in platea vulgo dicta den Camprodo. (plaza den Camprodó, Camprodón)

Bernardus Benet curritor auris morabatur prope palatium Archiepiscopi.

Alduntia uxor Joannis Valls botigarii morabatur ¡n vico de la Tapineria.

Francina uxor Leonardi Benet.

Franciscus Badia textor velorum filius cuiusdam texillarii sive deuer qui morabatur in platea Trinitatis.

Blanquina uxor Raphaelis Monço. 

Euphrosyna uxor den Marques neptis sive neboda den Sentmanat.

Franciscus Falco mercator et eius uxor in vico vulgo dicto den Gimnas.

Alduntia uxor den Garret quondam.

Bernardus Jacobus mercator et eius uxor.

Lodovicus Vitalis mercator et eius uxor.

Galcerandus Castell coralarius et eius uxor.

Gaspar Vinyes mercator morabatur in vico dels Ollers.

Gabriel Petrus mercator morabatur in vico de Beseya.

Violans uxor den Colomer mercatoris morabatur in Callo vulgo dicto lo Call. 

Gabriel Mercader olim Locumtenens Thesaurarii.

Angelus conversus morabatur in vico dels tres llits.

Beatrix uxor Joannis Scales quondam. 

Gratiosa et Columba filiae Gasparis Domenech Sedarii quondam.

Gaspar filius Gasparis Domenech.

Gabriel Bellcayre.

Lodovicus Bellcayre.

Antonius Serra morabatur in vico de Mari. 

Marcus de Parets mercator filius Bartholomei de Parets.

Quidam cognomento Bonanatus curritor jocalium morabatur in Callo dicto vulgo den Sanahuja.

Isabel uxor Baltasaris Foguet barbitonsoris morabatur in vico vulgo dicto dels Banys nous.

Elionor filia Francisci Scales soror Raimundi Scales reconsiliati.

Joanna Besaluna uxor quae fuit cuiusdam cognomento Besalu Senioris.

Raphael Besalu - Franciscus Besalu fratres germani filii praedicte Joannae.

Quidam cognomento Bombarda Valentinus socrus Isabelis Valentinae.

Elionor uxor Joannis Caderona sucrarii morabatur prope domum de mossenyer Capell.

Jacobus Bonanatus curritor auris morabatur prope plateam de la Trinitat in vico per quem itur als Ollers.

Laurentius Benet morabatur in vico de Montcada.

Uxor Laurentii Salt quondam Senioris morabatur in vicco den Gimnas.

Laurentius Salt ipsius Laurentii... morabatur in praedicto vico den Gimnas. 

Uxor den Mascaro drogarii quondam morabatur prope fontem Callis.

Maria uxor Marci Macip morabatur in vico de Bonayre. 

Constancia uxor Manuelis Juliani coralarii quondam et 

Clara eius socrus et filiae scilicet 

Violans uxor den Colomer coralarii et

Elionor morabantur in vico dels Codols.

Mulier vulgo dicta Na Gempere uxor den Gempere Gomiç morabatur in quodam carrarono sito a tergo plateae de la Trinitat.

Paulus Vinyes mercator conversus morabatur prope plateam de Camprodo.

Quidam cognomento Paladar botigarius morabatur al trench de la Seu et

Florentina eius uxor et

Na Paladara la vella ipsius Florentinae mater et

Clara filia predicti Paladar morabantur a la Tepineria. (Tapineria más arriba)

Uxor Raimundi Vitalis morabatur in vico den Gimnas.

Franciscus Requesens magister in artibus et medicina morabatur in vico de Beseya.

Lodovicus Ripoll juponarius morabatur in vico dels Spaciers (especieros; especiers) prope Sanctum Jacobum (Sant Jaume).

Mater Dalmatii Cartella et - Joanna uxor predicti Dalmatii morabantur in vico de Mari.

Lodovicus Çalom sartor et - Michaela eius uxor morabantur apud plateam Trinitatis.

Antonia uxor Bartholomei Limona quondam coralarii et

Angelina eorum filia morabantur prope plateam Trinitatis.

Bernardus de Pau filius Benedicti de Pau quondam mercatoris morabatur in vico dels dies faynes.

Elionor uxor Ferrandi Caxado quondam morabatur in vico de la Bocaria. 

Filiae uxoris Pauli Tolosa senioris eius Pauli privigne scilicet. 

Francina uxor den Montço - Blanquina uxor Gasparis Sartre. Morabantur in vico del Regomir.

Alduncia et - Violans domicellae omnes privignae predicti Pauli Tolosa.

Franciscus Fortia filius spurius Joannis Fortia pro heretico condemnati. 

Francina soror germana Michaelis Domenech textoris velorum et est uxor del Salvat morabatur in vico del Regomir.

Francina vidua uxor quae fuit cuiusdam filii den Sos postea fuit uxor den Stopenya notarii Tameriti pro heretico condemnati.

Franciscus Pau caligarius morabatur in compito Sancti Justi et 

Beneta eius uxor.

Francina Tençes uxor den Tençes morabatur in vico den Carabaça.

Francina uxor Manuelis Puigmija filia Petri Badorch reconsiliati.

Garriga filius den Garriga balançarii morabatur prope capellam den Marcus. 

Guimera morabatur in vico den Simon Oller.

Gabriel Jacobus botigarius et - Isabel eius uxor morabantur in vico dels Cambis.

Gabriel Sartre filius Gabrielis Sartre quondam senioris morabatur prope vicum del Regomir.

Constancia uxor Jacobi Costa et

Joanna uxor den Cervello et - Isabel uxor den Viladecans filiae praedictae Constanciae.

Uxor Guillelmi Jacobi botigarii morabatur in vico dels Cambis vells.

Gaspar Bronto jener Michaelis Font morabatur in vico de la Carniceria den Sos.

Francina uxor Joannis Fortia pro heretico condemnato et 

Joanna et - Francina eorum filiae morabantur in vico dels Spaciers.

Isabel uxor Francisci Vitalis morabatur in vico-lato.

Vidua Sos morabatur in platea Campi-rotundi. (Camprodó)

Blanquina uxor den Gonçalbo de Sanctes lo vell soror germana Joannis Leo.

Gaspar de la Cavallaria et eius uxor morabantur in domo honorabilis Philippi de la Cavallaria sita in vico de Beseya.

Mulier cognomento Gual vidua morabatur in vico de la Tapineria.

Columba uxor Melchioris Badia botigarii canamassariae (cañamazo) morabatur in vico de Mari.

Quidam cognomento Carcasona morabatur in plano fratrum minorum.

Uxor Dalmatii Cirera morabatur in Callo.

Daniel Jorda textor vellorum morabatur in platea Trinitatis.

Elionor Paladara morabatur in Callo prope los Torners.

Eulalia Paladara morabatur in Callo.

Eulalia Colomera mater Galcerandi Colomer morabatur in Callo. 

Euphrosina uxor Francisci Benet curritoris morabatur ante hortum Archiepiscopi. 

Eulalia uxor que fuit den Burgos nunc autem den Valls filia Antonii Raimundi Corroni pro heretico condemnato et jam personaliter combusto. 

Quidam cognomento Navarro curritor animalium et - Isabel eius uxor morabantur in vico de la Bocaria.

Quidam alius cognomento Xorquano morabatur in Callo.

Franciscus Puigmija qui morabatur in vico de la Bocaria.

Francina uxor Danielis Jorda Sedarii morabatur in platea Trinitatis.

Uxor Raimundi Falco morabatur in vico den Simon Oller.

Uxor den Serra morabatur in vico den Sos.

Violans Fabra et - Eulalia eius uxor den Montbru curritoris auri morabantur in platea den Camprodo.

Alduntia uxor Manuelis Riera morabatur in vico dels tres lits (llits).

Agnes vidua que fuit uxor Laurentii Benet morabatur in vico de Mari. 

Jacobus Benet et - Alduntia eius uxor morabantur in vico lato. 

Joannes Bosch et 

Alduntia eius uxor filia Christofori Domenech.

Berengarius Valls et - Clara eius uxor morabantur in Callo. 

Jacobus Cartalla.

Francina uxor Laurentii Çatrilla quondam morabatur in vico de la Bocaria et 

Constancia ejus filia uxor cuiusdam cognomento Jonques argentarius. 

Angelus conversus morabatur in Callo.

Franciscus Vitalis nepos sive net Francisci Vitalis senioris morabatur in vico den Gimnas. 

Jaufridis Queralt et - Elionor eius uxor morabantur in vico den Serra. 

Joanna vidua uxor que fuit cuiusdam cognomento Molle jurisperiti consanguinea cuiusdam cognomento Teiadell jurisperiti et morabatur in domo ipsius Teiadell.

Joannes Badia coralarius morabatur ante fontem de Mari.

Joannes Cervello qui morabatur in domo de Besaluns.

Quidam cognomento Mercadell et - Isabel eius uxor morabantur in vico dicto la devallada del pou nou.

Jacobus Uguet frumentarius morabatur prope plateam divi Jacobi.

Rhothlandus de Sancto-Martino jurisperitus morabatur in vico vulgo dicto de la palla.

Michael Domenech textor velorum et - Blanquina eius uxor morabantur in vico del Regomir.

Marquesia uxor Petri Benet quondam morabatur in vico lato.

Margarita uxor Bernardi Benet soror germana Bernardi de Marco Andrea morabatur in vico de Beseya.

Michael Font coralarius morabatur in vico de la carniceria den Sos.

Mulier quedam cognomento Cartallana mater Gasparis Cartalla.

Petrus de Leonart Benet et - Clara eius uxor morabantur in vico de Mari. 

Quidam cognomento Palou parator pannorum lanae.

Raphael Julia et - eius uxor ac mater nomine Clara Boscha et filiae eiusdem uxoris predicti Raphaelis morabatur in vico dels Codols.

Raphael Fortia filius Joannis Fortia et 

Francina eius uxor.

Margarita uxor Raimundi Raro mercatoris et - Alduntia eius filia morabantur in vico de la Palla.

Hugo Bertran frater Joannis Bertran.

Quidam cognomento Viladecans textor velorum morabatur in platea Trinitatis.

Uxor Joannis dez Pla argentarii nomine Isabel.

Vidua Bonsenyor morabatur in vico lato.

Isabel uxor Raphaelis Cadarona et - mater ipsius Isabelis morabatur in vico de la Trinitat. 

Violans uxor Marci Fortia filia Bernardi Benet. 

Quae quidem personae supra scriptae pro hereticis condemnatae et earum statuae ut predicitur combustae sunt conversae seu neophitae quae ob Inquisitionis timorem ab hac Urbe Barcinona fugam arripuere tanquam perfugae

Depositio seu expoliatio garnachiarum crucibus crocei coloris depictarum quas per annum et octo menses vel circiter tam mares quam mulieres supra scripte juxta penitentiam eis injunctam portaverunt super eorum et earum personas palam et publice et continue usque in diem subscriptam. 

Ordo expoliationis supravestium ut vulgo loquamur garnachiarum

Scire vos velim o lectores huius tractatus quod die sabbati XXVII mensis martii anno predicto a nativitate MCCCCLXXXX prefatus reverendus dominus Alfonsus Spina inquisitor hereticae pravitatis et Vicarius in spiritualibus reverendi domini Barcinonensis Episcopi accersitis et congregatis omnibus predictis reconsiliatis apud palatium maius Regium (Palau reyal major) in hac Urbe Barcinone situm ubi ipse dominus Inquisitor suum fovet domicilium cum suis ministris ac reconsiliatis carceribus detrusis brevem orationem super eorum penitentia et defectibus concitavit. Tandem (ut ait) eorum misertus garnaxias seu supervestes quas tanto tempore pro eorum reatibus eos palam et publice portare injunxerat licet eas adhuc dimittere non deberent ob ipsorum pravitatem et modicam ad crucem devotionem ut cognoverat deponi jussit hoc modo quod ipsi reconsiliati omnes in proximo die festo secundo Pasche resurreccionis Domini missam audirent in Ecclesia parrochiali beatae Mariae de Pinu huius urbis Barcinonae. Qua audita sic omnes congregati nudis pedibus cruceque erecta processionaliter iter arriperent ad sacellum illud devotissimum Sacratissimae semper virginis Mariae Dei matris Sanctissimae quod vulgo Montemserratum  (Montserrat) appellant additis tamen eis tribus vel quattuor fratribus conventualibus monasterii praedicatorurn predicte Barcinonensis urbis et totidem sacerdotibus non religiosis qui eos cum processione ad ipsum prestitutum locum sacrum propriis expensis garnachias portantium associarent. Deinde audita in primis missa in ipso loco et oblatis unusquisque prefatae Virgini Dei matri denariis duodecim mixtis cum lucerna ardenti et peracta ibidem vigilia una jussit predictas omnes garnaxias seu vestes extra et juxta portale maius prefati sacelli loco tamen patulo et eminenti pendentes apponi et dimitti ad futuram rei memoriam. Et his peractis contentabatur (ut dixit) ut unus quisque ad suos lares ad urbemque Barcinonam rediret et per ipsam urbem absque garnaxiis sed vestitus ut caeteri alii de natura christiani incederet dimissis tamen vanitatibus ac pompis primevis cum amodo portare supra corpus non possint aurum argentum vestesque coccineas et alias ut in praeceptis eis traditis latius exaratur. Quequidem omnia singulaque suprascripta in actum deducta fuere attestor et fidem facio quia vidi et audivi ego ipse Scriba et Archivarius Regius memoratus. 


Ne verbis immoremur postquam jam modus et forma in hereticos procedendi supra deducuntur et pleraque ad officium Inquisitionis pertinentia accipe brevi sermone nomina illorum qui pro hereticis condemnati fuere in civitate Gerunda. 


Die lune XIIII mensis februarii anno a nativitate Domini MCCCC nonagesimo primo in civitate Gerunda praefato inquisitore magistro Alfonso Spina cum sua curia personaliter existente fuerunt pro hereticis condemnati et Curiae seu Brachio saeculari in statuis traditi infrascripti. 


Franciscus Falco et

Elionor eius uxor.

Joannes Vitalis Samso et ejus uxor. 

Bernardus Vitalis Sampso.

Violans uxor Bernardi Vitalis.

Blanquina Falcona. (de Falco : Falcó : halcón) 

Bernardus Mercader maior natu. 

Dalmatius Mercader natu minor.

Daniel Mercader.

Angelina uxor predicti Danielis.

Angelina filia Dalmatii Mercader que fuit magistri Jacobi Falco quondam medici nunc vero uxor magistri Karoli Faena oppidi seu villae Perpiniani.

Elionor uxor Jacobi Benet.

Petrus Falco. 

Clara uxor predicti Petri Falco. 

Mattheus Sampso. 

Violans uxor ipsius Matthei Sampso. 

Violans uxor Bernardi Sampso quondam. 

Uxor Francisci Marci Andree - Uxor Bernardi Macip - Uxor Bernardi Costa filiae predicti Bernardi Sampso quondam.

Joanna vidua que fuit uxor Lodovici Dala quondam. 

Violans uxor Guillelmi Andree.

Violans filia ipsius Guillelmi Andree.

Guillelmus Andreu pater ipsius Violantis. (Violante : Yolanda)

Bernardus Guillelmus.

Blanquina uxor ipsius Bernardi Guillelmi.

Joannes Montpeller.

Elionor filia Joannis Vidal Sampso que est uxor Guillelmi Rodon.

Falcona Roca vidua.

Euphrosyna uxor Petri Cabrit natu minoris.

Joanna uxor quae fuit Andree Vitalis. 

Isabel filia Bernardi Vidal Sampso que est uxor Joannis Vidal filia Honorati Vidal.

Omnes proxime dicti sunt neophyti seu conversi civitatis Gerunde. 


Quia pestis in civitate Barcinone cesavit revertitur predictus Inquisitor ad hanc urbem ubi processum continuavit in hunc qui sequitur modum. 


Die veneris decimo mensis junii anno a nativitate Domini MCCCCLXXXXI in civitate Barcinona praefato reverendo inquisitore cum sua curia personaliter existente et apud plateam domini Regis fuerunt sententialiter pro hereticis condemnati et brachio seculari traditi hi tres sequentes qui ilico per officiales ipsius brachii saecularis fuerunt capti adducti ad locum destinatum vulgo nuncupatum Canyet ubi fuerunt combusti. 


Joannes Morell cotamallarius. 

Bernardus Pla cursor. 

Euphrosyna uxor Gabrielis Montzo campsoris civis Barcinone. 


Ibidem proxime dictis die et anno personaliter et modo praemisso existente prefato reverendo domino Alfonso Spina inquisitore pro hereticis condemnati et brachio seculari in statuis traditi sequentes fuere. 


Mater Joannis de Santjordi quondam Regii Secretarii pro heretico condemnati. 

Galcerandus Sunyer larem foventi in vico lato civitatis Barcinonae.

Gaspar Cartala morabatur in vico de Beseya.

Gabriel Dalmau morabatur in vico del Carme.

Jacobus Pau et - ejus uxor morabantur in plano monasterii fratum (fratrum) minorum (hermanos menores) Barcinonae. 

Jacobus Costa morabatur in platea Trinitatis ejusdem urbis.

Joannes Bonanatus curritor jocalium morabatur in Callo.

Petrus Amat et ejus uxor.

En Nadal botiguer et ejus uxor et Alduntia eorum filia. 

Alduntia uxor Francisci Andree.

Francina Junyent.

Uxor den Far caligarii morabatur in Callo.

Elionor Arguens morabatur in platea den Camprodo.

Isabel uxor Galcerandi Cartella sororia sive cuyada (cunyada : cuñada) uxoris Petri Benet.

Galcerandus Cartella predictae Isabelis maritus.

Uxor Joannis Sauri.

Uxor den Badia corallarii soror magistri Gabrielis Socarrats conventualis monasterii Sancti Augustini Barchinonae.

Joannes Oliver de Valencia et 

Ursola eius uxor et

Alduntia ipsius Ursolae germana.

Franciscus Bertran frater germanus uxoris Dalmatii de Queralt.

Franciscus Rodo Botigarius morabatur in vico de la Tapineria.

Maria uxor Marci Macip morabatur in vico de Bonayre.

Marcus Fortia filius Joannis Fortia.

Joannes Bertrandus mercator morabatur in vico vulgo nuncupato de la Merce.

Manuel de Res gener Joannis Vilella.

Chatherina vidua quae fuit uxor Bonanati Hugueti quondam.

Joannes Bosch morabatur juxta fontem Sanctae Mariae de Mari.

Uxor den Campells botigarii morabatur in vico vulgo appellato La boria.

Joannes de Heredia sartor morabatur in vico de la Bocaria.

Joannes Leo filius Joannis Leo morabatur in vico-lato.

Joannes Caderona sucrarius morabatur juxta domum de mossen Capell sitam in vico de la Merce.

Quedam mulier nomine Joanna morabatur in domo den Cadarona.

Nurus den Leo que morabatur juxta macellum den Sos. 

Laurentius Andreas et 

Joannes Andreas mercator ipsius Laurentii pater morabantur in vico den Correger.

Omnes filiae den Mascaro drogarii quondam quae morabantur juxta fontem Calli.

Petrus Palou morabatur juxta fontem beatae Mariae de Mari.

Uxor den Font botigarii filia cuiusdam cognomento Paladar morabatur in vico de la Tapineria.

Alduntia filia den Cabrera quae est uxor Bonanati Sever morabatur a la Boria. 

Avinio botigarius de telaria morabatur in vico predicto de la Boria.

Balerna veteramentarius morabatur al Call.

Benedictus Gordiola sedarius vulgo seder et eius uxor morabantur in platea Trinitatis.

Bernardus Fabregues mercator telarius sive botiguer de teles et 

Francina eius uxor morabantur in vico de la Tapineria. 

Blanquina filia Francisci Paladar que est uxor den Far caligarii morabatur in platea divi Jacobi Barcinonae.

Guillelmus Costa morabatur in vico dels tres lits.

Franciscus Requesens filius magistri Francisci Requesens medici.

Filius cuiusdam cognomento Roger morabatur in Callo.

Filia Francinae Çatrilla morabatur als banys nous.

Joan Rodrigo diplomarius sive giponer - Isabel eius uxor et - Franciscus Joannes eorum coniugum filius morabantur in vico dels Spaciers.

Quidam cognomento Font corallarius morabatur in vico macelli den Sos. 

Magister Franciscus Beçols barbitonsor morabatur juxta domum civitatis.

Franciscus Scales botigarius et - Francina eius uxor morabantur in vico den Sos.

Francina uxor Stephani Oliver capellarii de feltre morabatur in vico dels Cambis.

Na Gralla quae prenebat sive perfilava vela morabatur in vico dels tres lits. 

Benedictus Guordiola morabatur in vico de la Bocaria.

Gabriel Bonanat et - Joannes Bonanat fratres germani mercatores.

Gabriel Oliver filius Manuelis Oliver morabatur in vico den Gemnas (antes Gimnas).

Gabriel Guimera frater Joannis Guimera. 

Melchior Badia morabatur in compito vici de la Freneria.

Constancia uxor Joannis Falco botigarii telarum morabatur als Cambis vells.

Guillelmus Jacobus botigarius telarum et - eius uxor morabantur in predicto vico.

Jacobus Benet mercator morabatur in vico-lato.

Joanna soror uxor Bernardi de Ferreres curritoris morabatur in vico macelli den Sos.

Chatherina uxor cuiusdam cognomenti Angel morabatur in Callo. 

Uxor de misser Teiadell.

Quedam mulier que cum predicto misser Taiadell pro pedissequa moram traxerat morabatur in angiportis sive carrerono quo itur scilicet a vico de la Trinitat ad vicum dels Olers. 

Uxor Petri Antonii. 

Uxor Antonii Gual curritoris auri morabatur in vico dels Leons.

Alduntia filia Joannis dez Pla aurificis sive argenter. 

Mater Francisci Prats curritoris auris morabatur in vico Baraller.

Franciscus Bosch morabatur in platea Trinitatis.

Filia cuiusdam cognomento Moles diploidarii (antes diplomarius) sive giponer morabatur in vico de la Çabateria maris.

Mater cuiusdam religiosi nominati fratris Galcerandi Benet ordinis Sancti Augustini estque uxor Petri Benet.

Uxor Gabrielis Comte morabatur juxta plateam divi Jacobi.

Guillelmus Rodo et - ejus uxor morabantur in vico de la Tapineria. 

Joannes Guimera curritor auris morabatur in vico Maris.

Catherina uxor Bartholomei Gaya morabatur in vico dels Caldares. (Calderers : caldereros ?)

Vidua Fabra que fuit uxor cuiusdam quondam cognomento Fabra botigarii.

Euphrosyna uxor Alfonsi Vanover que morabatur ante januas portalis ecclesiae Sancti Michaelis. 

Elionor uxor Francisci Mascaro mercatoris sororis Danieli Jordani sedarii sive seder. 

Elionor Vidala sororia den Salt quondam neophyti.

Eulalia uxor den Amat corallarii.

Mater ipsius Eulaliae morabatur in vico den Sos. 

Elionor uxor Gabrielis Bonanat mercatoris morabatur juxta plateam Vini. 

Euphrosyna uxor Petri Moles botigarii morabatur in vico dels Spaciers. 

Quidam cognomento Font frater cuiusdam cognomento Font corallarii.

Angelina filia alterius ipsorum fratrum Font quae fuit uxor cuiusdam cognomento Navarro civitatis Ilerdae.

Francina uxor Berengarii Gual Andatoris bursae neophytorum. 

Raimundus Falco et - eius mater morabantur in vico den Simon Oller. 

Blanquina Çacoma.

Jacobus Cartella. 

Mater Benedicti de Ferreres. 

Joanna ipsius Benedicti soror morabatur in vico de la carneceria den Sos. 

Quedam nominata Na Gratiosa uxor cuiusdam Cerdonis quae morabatur in vico de la Deputatio. (Deputació, Diputació)

Joannes Costa filius den Costa curritoris morabatur prope vicum del Vidre. 

Joannes Rubert neophytus fugitivus. (Com Carlos Puigdemont)

Lodovicus Ripoll sartor filius cuiusdam mulieris cognomento Francoya que superioribus diebus jam flammis fuit supposita quia pro heretica fuit sententialiter condemnata.

Uxor praedicti Lodovici Ripoll.

Benedictus Mos et - ejus uxor morabatur in Callo.

Quidam cognomento Maçana mercator morabatur juxta macellum den Sos.

Magister Funes Cerdo - ejusque uxor morabantur in vico dels Speciers. (Spaciers más arriba)

Melchior Badia botigarius - ejusque uxor nomine Columba (Coloma) morabantur in vico de Mari.

Melchior Vergueta et - Francina eius mater uxor Antonii Vergueta morabantur in vico dels Caldarers. (Calderers)

Manuel Puigmija filius Joannis Puigmija Scriptoris mandati domini Regis pro heretico condemnati.

Petrus Buçot maritus Gabrielae Buçota quae pro heretica condemnata fuit combusta.

Petrus Garret filius de Na Garreta ejusque mater ac

Beatrix et - Alduntia atque - Florentina ejusdem Petri sorores.

Uxor Raimundi Vitalis quondam neophyti.

Quidam cognomento Roger qui fuit scriptor tincti sive tinct den Marquilles.

Socrus (sogra) Petri Miro neophyti quae morabatur in clivio sive muntada o devallada (subida o bajada) furni de Viladecols. 

Quidam cognomento Tremps gener Bernardi de Ferreres quondam presbyteri.

Uxor Gonçalvi de Sanctes fugitiva. (Como varias políticas catalanas)

Uxor den Oller textoris de listes morabatur in vico transverso supra plateam Campirotundi.

Isabel uxor cuiusdem cognomento Mercader morabatur in platea Campirotundi.

Isabel filia Angelinae Domenega socrus Melchioris Badia.

Isabel uxor cuiusdem cognomento Bosch fugitivi morabatur in plano Lullii.

Isabel filia Jacobi Darguens morabatur in vico de Sant Domingo. (¿Por qué no se le llama Sant Diumenge a Sant Domingo?) 

Violans eiusdem Isabelis soror morabatur in eodem vico. 

Omnes supra nominati sub proxime dicto kalendario sunt neophyti fugitivi huius urbis Barcinone. 

Ne reconsiliatorum nomina tegantur morae praemisso ad ea hic exprimenda procedamus. Scire tamen vos velim lectores quod die veneris XXVIII mensis octobris (quo die festus dies sanctorum Simonis et Judae celebrabatur) anno praedicto a natali christiano MCCCCLXXXXI apud ecclesiam huius Urbis Barcinonis subscriptae tredecim personae in heretica pravitate depraehense pro reconsiliatis publicatae fuere et peractis publicatione earum divinoque officio aliisque in similibus assuetis ipsae personae in carceres regrediuntur ad quos perpetuo tenendos cum misericordia Reverendus frater 

Alfonsus Spina memoratus eas processibus actitatis mediantibus damnavit excepto apostata infrascripto. 

Gabriel Monço curritor auris.

Franciscus Salvator sartor sive veteramentarius.

Franciscus Badia texillarius.

Gabriel Salvator sartor sive veteramentarius predicti Francisci Salvatoris frater et ambo prius fuerant judei in aetate adulescentiae. 

Baltasar Raimat corallarius. 

Joannes Fabra Pertusa mercator.

Petrus Joannes Sanant scriptor nepos sive nebot Bernardi Beget Scribae regestri.

Petrus Lodovicus Funes variopola.

Isabel Aguilona vidua uxor que fuit Michaelis Aguilo (Aguiló) quondam jupponarii.

Clara uxor Gabrieli Mir botigarii.

Beatrix uxor Martini Magallo. 

Blanquina vidua uxor quae fuit Petri Calom (Çalom) quondam magistri in artibus et medicina et quae fuit filia Antonii Ferrer quondam curritoris auris. Ipsa enim jam prius unam ex processionibus predictis secuta fuerat cum guarnaxia cruce signata. 

Mattheus Berenys apostata. Hic namque Mattheus Berenys primo usque ad aetatem (pone atatem) discretionis judeus fuit postea baptismum ecclesiae recipiens christianum se dixit usque ad jam suam provectam aetatem in qua apostatavit et sub Mahumeti (Mafumet, Mohamad y variantes, Mahoma) regula atque secta apud Lubiam regionem tempore multo vixit et tandem per christianos cum aliquibus sarracenis captus et cognitus (ut penas lueret) praefato inquisitori traditus fuit quippe qui videns illum apostasiam suam ita flentem confitentemque se corde fuisse et esse christianum licet ore christiani nomen abnegavisset misericordia lacessitus ad gremium Ecclesiae ipsum reduxit et apud Ecclesiam Barcinone una cum praefatis reconsiliatis existentem ab episcopo chrismate ungi iterum fecit et postea in crastinum diem ab carceribus illum liberavit certa es injuncta penitentia. 

Quae quidem praedictae tredecim personae reconsiliatae una cum infrascriptis XXXVIIII personis gremio ecclesiae reconsiliatis et post gratiam confessis vestimentis scilicet garnaxiis inductis in quarum qualibet a parte ante et a parte post crux domini nostri Jhesu-Christi magnae formae croceo colore depicta erat processionem per loca solita praedictae civitatis similiter garnaxiis similibus indutae singulas mitras in capite haereticorum more portantes uti unaqueque ipsarum XXXIX personarum singulas coronas sive mitras (las que llevan los obispos) in capite portabat facere non desinerunt. Quarum XXXIX personarum nomina sunt haec quae sequuntur. 

Benedictus Bellarbre corallarius. 

Bernardus Janer veteramentarius. 

Guillelmus Vincentius textor lini. 

Joannes Salvator sartor filius Gabrielis salvatoris.

Mattheus Bellarbre corallarius.

Paulus Canto tornarius. 

Agnes uxor Gabrielis Salvatoris praedicti.

Alduntia uxor Joannis Bardaxi Scriptoris.

Alduntia uxor Francisci Bosch textoris lini.

Angelina uxor Guillelmi Vincentii textoris lini.

Alduntia vidua quae fuit uxor Joannis Rodo quondam. 

Blanquina uxor Petri Sant Jordi variopolae.

Bonanata Torrelles uxor Raimundi Torrelles mercatoris. (no significa buena nata, sino bien nacida, como Bonanat, bonis natus)

Blanquina uxor Petri Joannis Sanant Scriptoris.

Eulalia Balestera (Ballestera) uxor Petri Ballester coralarii. 

Elionor uxor Bernardi Janer Variopolae. 

Eulalia Rovira vidua quae fuit uxor quondam Jacobi Rovira aurifabri sive argentarii.

Euphrosina uxor Pauli Canto pictoris.

Elionor uxor Simonis Falco sabonarii.

Euphrosyna domicella uxor Francisci Badia texillarii.

Eulalia domicella filia Benedicti Sancti-Jacobi (Sant o Sent Jaume).

Eulalia Guillelmi Duran merçarii.

Francina uxor Matthei Bellarbre corallariis.

Francina vidua quae fuit uxor Gabrielis Xameno.

Florentina uxor Petri Lodovici Fones (Petrus Lodovicus Funes más arriba) variopolae.

Joanna Cabrit uxor Joannis Cabrit sartoris.

Michaela uxor Lodovici Avinyo merçarii. 

Margarita filia Benedicti Sancti-Jacobi corallarii.

Margarita uxor Benedicti Bellarbre corallarii.

Matiana sponsa Gasparis Berrell filia Gabrielis Salvatoris sartoris.

Mandina vidua mater Joannis Fabra Pertusa. 

Paula Oluja vidua quae fuit uxor Gasparis Oluja quondam.

Sperantia uxor Francisci Salvatoris sartoris.

Serena domicella filia Michaelis Aguilo curritoris auris.

Violans uxor Pauli Aymerich.

Isabel Tamerida vidua quae fuit uxor Baltasaris Tamarit. 

Omnes praedicti sunt neophiti habitatores urbis Barcinonis. 

Sequitur alia publicatio subscriptarum personarum in heretica pravitate deprehensarum et carceri perpetuo condemnatarum pro penitentia que quidem publicatio fuit facta in Ecclesia barcinonensi die scilicet martis primo mensis maii festo apostolorum Philippi et Jacobi anno a nativitate Domini MCCCC nonagesimo secundo (1492) solemnitatibus que ut supra assuetis servatis. 

Imprimis (In primis) memoria teneamus quod mense aprili proxime lapso et hoc Maio mense per omnes terras et dominia Serenissimi domini Ferrandi secundi Regis Castellae Aragonum etc. domini nostri nunc faeliciter regnantis et Granatae regnum dominio suo subigentis quamplurimae praeconizationes de judeorum omnium expulsionibus ab omnibus praedictis terris et dominiis factae fuere dando et assignando eisdem judeis tempus trium mensium quorum ultimus finiet ultimo die julii proximo futuri intra quos sub pena mortis et bonorum omnium amissione ad alia regna et dominia se transferrent. 

Reconsiliati et carceribus perpetuis condemnati pro penitentia predicto die festo Sanctorum Phelippi et Jacobi apostolorum sunt hi qui sequuntur numero XXXIX. 

Benedictus Sanctus-Jacobus corallarius. 

Bernardus Campells mercator. 

Jacobus Marc vulgo garbelador de species.

Laurentius Canto texillarius.

Raphael Tranxer textor filius Joannis Tranxer. 

Petrus Rodo alias Çabata variopola. 

Alduntia uxor Gabrielis Puig. 

Blanquina Vilanova vidua quae fuit uxor Ferrari Vilanova quondam. 

Beatrix Boneta uxor Antonii Bonet Regii notarii pro crimine heresi in carceribus detrusi. 

Clara vidua uxor quae fuit Francisci Ferriz quondam medici. 

Elionor uxor Baltasaris Raymat (sale Raimat antes) corallarii.

Francina uxor Francisci Badia texillarii.

Gabriela Cabrida vidua quae fuit uxor Bernardi Cabrit quondam textoris. (Cabrita : esposa, mujer, uxor de Cabrito)

Gratia uxor Pauli Canto turnarii.

Joanna Ferrera vidua quae primo fuit uxor Gabrielis Ballester pictoris et ultimo Petri Ferrer quondam. (ferrer : herrero; inglés farrier, ferrier : el que pone las herraduras a los caballos, el que hierra, herrero, antiguo ferrero; ferrera : herrera)

Violans vidua quae fuit uxor Galcerandi Raymat quondam. 

Angelina domicella filia Joannis Trinxer maioris natu.

Gabriel Vilanova corallarius.

Marquesia domicella filia Bonanati Bernich corallarii. 

Alduncia uxor Bernardi Campells mercatoris.

Angelina uxor Laurentii Canto texillarii.

Euphrosyna uxor Michaelis Aguilo curritoris auris.

Violans uxor Petri Rodo variopolae.

Alduntia uxor Benedicti Sancti-Jacobi corallarii. 

Clara vidua quae fuit uxor Raphaelis Bellarbre quondam. 

Elionor domicella filia Antonii Bonet quondam Serenissimi domini Regis Scribae mandamenti. (scriba de manament del Rey)


Eodem die alia cum sententia. 


Michael Aguilo curritor auris.

Gabriel Portapa textoris.

Franciscus Domenech curritor animalium.

Bonanatus Bernich corallarius.

Joannis Castello curritor auris.

Guillelmus Duran mercator.

Francina de Pau uxor Bernardi de Pau.

Joanna Vilafranca uxor Manuelis Vilafranca.


Eodem die alia cum sententia. 


Elionor uxor Francisci Domenech curritoris. 

Isabel uxor Gabrielis Portapa. 

Joanna uxor Joannis Castello. 

Alduntia Castellona vidua quae fuit uxor Jacobi Castello quondam. 

Clara uxor Bonanati Bernich. 

Omnes supra scripti sunt neophiti degentes Barcinonae. 


Continúa en la sentencia a Benet Garcia

miércoles, 24 de marzo de 2021

7 DE MAYO.

7 DE MAYO.

Los señores Diputados mandaron escribir, en este día, las siguientes cartas.

Al molt magnifich e molt savi cavaller mossen Bernart Margarit.
Molt magnifich mossen e molt savi. La bona probitat e experiencia vostres han comprovat nostre Senyor Deu haver vos donades molta disposicio de consellar en moltes coses e actes. E com de present lo capita del exercit de aquest Principat haja necessari consellers entre los quals ha occorregut vos deure esser lo hu per ço vos pregam exortam e encarregam que continuant lo que loablament fins aci haveu fet siau en aquesta ciutat al pus larch a XX del corrent mes de maig per anar en companyia del dit capita e aconsellar aquell en les coses que occorreran al carrech que comenat li es. E aço no deferiau per alguna raho com tot lo ques fa sia a respecte de servici del Serenissimo Senyor lo Senyor Rey conservacio repos e tranquillitat del dit Principat e de la cosa publica de aquell. Dada en Barchinona a VII de maig del any Mil CCCCLXII. - M. de Monsuar dega de Leyda. - Los diputats del General e concell lur representants lo Principat de Cathalunya a vostra honor prests.

Al molt honorable mossen En Pere de Belloch donzell.
Molt honorable mossen. Vostra letra havem rebuda avisatoria daço que fins a la hora fet haveu per lo que sou trames e per queus par les coses tenen bon cami vos pregam e encarregam que continuant vostre be obrar façau tot lo queus semblara succeescha a benefici de les fahenes avisant nos continuament de aquelles. E sia Jhesus ab tots. Dada en Barchinona a VII de maig del Mil CCCCLXII. - Manuel de Monsuar dega de Leyda. - Los diputats del General e consell lur representants lo Principat de Cathalunya a vostra honor apparellats.

Fueron recibidas las cartas que se hallan a continuación.

Als molt magnifichs e honorables senyors los diputats del General de Cathalunya residents en Barchinona.
Molt magnifichs e honorables senyors. Sobre los negocis (ne-negocis) e coses concorrents en aquest Principat de les quals nosaltres e aquesta ciutat es a ple informada e certificada tant per letres de vostres reverencies a nosaltres dirigides quant per explicacio a nosaltres feta per lo honorable mossen Splugues embaxador per vostres magnificencies a aquesta ciutat trames trametem aqui lo honorable En Berenguer Luch Ripoll sindich de aquesta ciutat informat a ple sobre les dites coses del parer e intencio nostra e de aquesta ciutat per explicar aquella a vostres grans reverencies. Per que us placia honorables senyors donarli plena fe e creença en tot ço e quant de part nostra e de aquesta ciutat a vostres magnificencies ne explicara e dira axi com si per nosaltres personalment vos era dit o explicat. E ordenau honorables senyors de nosaltres tot lo que plasent vos sia car ab molt bona intencio ho complirem. Scrita en Manresa a V del mes de maig any Mil CCCCLXII. Apparellats senyors molt honorables a vostra ordinacio los consellers de la ciutat de Manresa.

Als molt reverends egregis magnifichs mossenyors los diputats e consell del Principat de Cathalunya.
Mossenyors vuy que es dijous som stats a Granolles (Granollers) ab los sindichs son stats molt contents de ço quels he dit e per tant com ells donen gran credit En Jacme Matheu notari daci e per ço que yo se que ha gran voluntat en los afers yo he volgut fos en lo rahonament de que mossenyors ells han parlat ab molts daltres. A la fi es stat desliberat dos dells anassen decontinent la un son aplegats. Yo he triat los que a mon parer son pus disposts e han mes credit son En Pugem de la Mella qui es stat cap de tota aquesta terra axi mateix com es ab los altres es dels majors e En Veya de Muntmalo (Veya : suena como Béla Lugosi, húngaro, Blaskó Béla Ferenc Dezső, igual bajó con Violante de Hungría, Violant, Yolant, Yolanda) qui axi mateix es bo tant a tots afers e per ço com yo cuytava ells cercaven diners entra ells le un los donara un reyal laltre mig e no fou res yo tenia diners en la ma pregaren me yols ne prestas e de fet yols presti IIII florins dor de que foren molt alegres e van ab gran cor fian que daran bon recapte als afers dien que decontinent haure resposta mes mossenyors es stat aci un sindich del vescomtat es daquells que yo trobi laltra volta e ha dit davant tots que ell a parlat a VI o a Vil parroquias los quals som molt alegres com han sabut que per vosaltres aços maneja. Dich vos que aço met alegria per tot. Vuy hic ha haguda molta gent per lo mercat e sabras per moltes parts. Yo mossenyors parlare ab totes aquestes parroquias e avisarlos e alegrarlos e si ordenareu res que fassa son prest. A Granolles a VI de maig. - Mossenyors prest als manaments de vosaltres P. de Belloch.

viernes, 14 de agosto de 2020

CAPÍTULO LXII. Cuéntase la vida de don Pedro de Aragón, XIX conde de Urgel, vizconde de Ager.

CAPÍTULO LXI.

Cuéntase la vida de don Pedro de Aragón, XIX conde de Urgel, vizconde de Ager.


- Fúndase el monasterio de las monjas del orden de San Francisco, en la iglesia y casa de Almata, en cumplimiento de lo que mandó el infante don Jaime. - De la fundación de la Seo de la ciudad de Balaguer, y descripción de ella. - Servicios que hace el conde don Pedro al rey, su tío; y muerte del infante don Fernando, marqués de Tortosa, que hizo heredero al conde de Urgel. - Sirve el conde al rey en la defensa de la ciudad y reino de Valencia, y asiéntanse los intereses sobre la hacienda del infante, que hizo heredero al conde don Pedro. - Sirve el conde al rey, y muévese la contencion entre el conde de Urgel y otros, de una parte, y los caballeros, de otra, sobre la jurisdicción criminal e imposiciones. - Continúa el conde de Urgel en servir al rey; casamiento del rey con doña Sibila, y muerte suya. - Sucede en el reino de Aragón el rey don Juan el primero, y persigue a la reina doña Sibila Forciá, su madrastra. - Quiere el conde don Pedro comprar el marquesado de Camarasa, y lo impide el rey don Juan. - Cuéntanse los señores ha habido en este marquesado, desde que salió de la casa de los condes de Urgel, hasta que volvió al rey don Alfonso, hijo de Fernando primero, reyes de Aragón.
- Muere el rey don Juan. - Sucesión del rey don Martín, su hermano, y pretensiones de la condesa de Foix, hija del rey don Juan.- De las cosas que pasaron hasta que el conde de Foix fue del todo expelido de Cataluña. - Trátanse diversos matrimonios a la infanta doña Isabel, y conclúyese con don Jaime de Aragón, hijo de don Pedro, conde de Urgel.
- Muerte de la reina doña Sibila, madre de la infanta doña Isabel, y celebración del matrimonio de don Jaime de Aragón, hijo del conde don Pedro. - De la muerte del conde don Pedro, de sus riquezas y estados. - De la condesa doña Margarita de Monferrat, mujer del conde don Pedro. - De los hijos y descendientes de don Pedro de Aragón y de la condesa doña Margarita, su mujer. - Sumaria relación de algunas fundaciones dejó el conde don Pedro en su testamento, y de su sepulcro y armas. - De algunas cosas notables que acontecieron en tiempo del conde don Pedro, y de los obispos que fueron de Urgel. - De la moneda batían los condes de Urgel, y de la que usaban en el principado de Cataluña por estos tiempos. - Prosigue la materia del precedente, y tócanse muchas cosas pertenecientes a la moneda de los condes de Urgel. - De la moneda de *plata que corría en Catalu
ña en estos tiempos, y como es cosa muy antigua y ordinaria haber cruz en las monedas de los príncipes y *pueblos cristianos. - Trata de las monedas de oro que corrían en Cataluña en tiempo del conde don Pedro de Aragón, conde de Urgel. - De algunas monedas de plata que corrieron en Cataluña en los tiempos de los condes de Urgel.

Mostró exteriormente el rey don Pedro gran sentimiento * la muerte del infante, su hermano; y aunque pocos días *después de su muerte celebró bodas con doña Leonor, hija del rey de Portugal, fueron con poco regocijo y fiesta, por estar las cosas de su reino en la turbación que vimos, como por la muerte del infante, que murió el mismo *día que llegó la reina, que, como dije, fue a 15 de noviembre de este año 1347. Don Pedro, hijo del infante, era de * edad, y el gobierno de sus tierras quedó en doña Cecilia de Comenge, su madre, que fue una de las más va*iles mujeres de estos tiempos, cuyas pisadas y ejemplo *siguiera su nuera, ni se acabara esta casa, ni *pereciera este ilustre y esclarecido linaje. Cuando murió el infante quedó su casa muy adeudada, por lo mucho había gastado en la Unión de Aragón y querer conservar * título de gobernador general del reino, que tan *sinrazón le fue quitado. Convino reparar aquella casa, *porque quedaba muy empeñada, y entendieron en ello la condesa doña Cecilia y don Pedro, su hijo, que en pocos * fue uno de los señores más ricos que había entonces en España, y sus villas y lugares ennoblecidos con edificios públicos y castillos fuertes y hermosos, que no ha* mejores lugares en Cataluña ni Aragón. Retiráronse en su ciudad de Balaguer, y aunque en vida del infante habían estado casi siempre en la ciudad de Lérida, ahora les pareció a propósito el salirse de aquella ciudad y retirarse en su condado, porque todo estaba tan alterado y revuelto, que los más recogidos y apartados de la corte eran los que mejor lo pasaban y más seguros estaban.

Había el infante don Jaime mandado en su testamento, como a príncipe muy pío y devoto que fue, que para mayor gloria de Dios y aumento del culto divino, fuese edificado en la ciudad de Balaguer un monasterio de religiosas del orden de San Francisco, dejando renta competente para trece monjas, y en este monasterio fuese dada sepultura a su cuerpo, escogiendo lugar y puesto idóneo para el tal edificio, y para el gasto de él dejó cincuenta mil sueldos. Hubo sobre el escoger el lugar diversos pareceres, porque la condesa, clero y ciudadanos deseaban acertar en esto, y que el edificio y fundación saliera a gusto de todos.
La iglesia de Nuestra Señora de Almata era entonces la iglesia mayor de la ciudad, donde todo el pueblo concurría, así por la devoción de la Virgen nuestra Señora, como por gozar de los muchos perdones e indulgencias que los sumos pontífices habían concedido a una devota cofradía que estaba fundada en aquella iglesia, en que estaban escritos todos los vecinos de la ciudad, y para ser participantes de tantos tesoros espirituales de que gozan los cofrades de ella. Sin esto, resplandecía ya en milagros continuos la imagen del Cristo crucificado que está en aquella iglesia; pero por estar fuera de los muros y ser no muy
*grande, era algo desacomodada y poco capaz para tan * pueblo: era la arquitectura basta y grosera y mal *: parece edificio de godos, o hecho en tiempo de * moros, o poco después de ser cobrada aquella ciudad *ellos. Por esto, y por acomodarlo todo según la voluntad del infante, y hermosear aquella ciudad con una *iglesia nueva, de arte y arquitectura moderna, y capaz, con*ron la condesa doña Cecilia y Bernardo de *Camporrells y Bernardo de Castillo, marmesores del infante, y el *concejo de la ciudad de Balaguer, que en la dicha iglesia *de Nuestra Señora de Almata, y en la casa que llamaban *la cofradía, que está contigua con la iglesia, y fuese fundado el dicho monasterio; y por esto el concejo de la ciudad, * de voluntad y consentimiento de Guillermo Julián, * y de Jaime Riu, vicario perpetuo, de Arnaldo Se* Pedro Meayll y Francisco Beltrán, canónigos, dieron *dicha iglesia y edificios de ella, para que se fundase el * monasterio. Eran entonces del concejo de la ciudad y * que intervinieron en esto: Bernardo del Castillo, baile de Balaguer, Francisco de Murello y Guillermo Vilella,
*Bartolomé Spanyol, Berenguer de Berga, Ramón de Bo*s , Pedro de Cervera, Jaime Rabassa, Juan Munter, Arnaldo de Arques, Jaime Bordoyll, Guillermo Miravet, *ro de Murell, Bernardo de Sforsa, Ramón Farrer, Bartolomé Vilana, Pedro Aragonés, Arnaldo Desliola, Pedro *, Salvador Jensa, Martín Rey, Pedro Mayllan, Gui* Arnaldo de Gerona, Guillen Jornet, Ramón Spigol, *Bernar Descoll, Pedro Seguí, Andrés de Stontell, Domingo * Toló, Guillermo Torba, Arnaldo de Parellos, Martín *al, Pedro Durban, Antón de Barbaroja, Guillermo * Stlua, Guillermo Savilla, Ramón 
Gruyn, todos ciudadanos y vecinos de la ciudad de Balaguer; y se hizo esta donación con los pactos siguientes: que los ejecutores del testamento del infante don Jaime y la condesa doña Cecilia, a más de lo que dejó el infante a la iglesia de Almata, tengan de dar la mitad de cincuenta mil sueldos que dejó el infante para la dicha fundación, y estos hayan de emplearse en edificar de nuevo otra iglesia común para los vecinos de la ciudad; y que estos veinte y cinco mil sueldos se hayan de pagar, cinco mil el día que se diese principio a la obra, y cinco mil en cada uno de los años primero vinientes, hasta que sean todos pagados, y que las capillas que estaban en Almata, se estén como de antes, y que puedan los beneficiados de ellas celebrar cada uno en la suya, así como solían; y que cada patrón de los dichos beneficios quede con su patronazgo, y pueda, si quiere, ser sepultado en su capilla; y que si, por levantarse la sepultura del señor infante con la pompa y grandeza decente a tal persona, se derribase alguna parte de capilla, se repare, y si fuese menester una entera, se haga otra en aquella parte de la iglesia que pareciese más conveniente; y que en esta donación no se entiendan los cálices, libros y ornamentos de la dicha iglesia, sino solos los edificios, piedra y madera de ellos, y las lámparas, ora sean de plata, de vidrio, o de metal, porque estas han de quedar en Almata; y que cualquiera que quisiese mudar su sepultura de la iglesia vieja a la nueva, lo pueda hacer, sin embargo o impedimento alguno. Asentado esto, los ejecutores del testamento del infante tomaron posesión, con autoridad y decreto de don Guillen de Moncada, vicario general del obispado de Urgel, sede vacante, de la iglesia de Almata; y acomodado el edificio en la forma debida, metieron en él las monjas que mandó el infante que vinieran en aquel monasterio, con gran ejemplo de religión y santidad, y duraron hasta nuestros días, que pareció al obispo de Urgel y a los paeres de la ciudad, que convenía al servicio de Dios, que de aquella hora adelante cesasen las monjas claustrales que había habido hasta entonces, y se metieran en aquel convento las de la Observancia; y así dejaron acabar las monjas que había, sin recibir otras de nuevo, y enviaron a Tarragona, y del monasterio de Santa Clara sacaron tres, que dieron principio a la observancia que hoy se guarda con gran rigor y edificación de la ciudad y de toda aquella comarca: esto parece en las dos inscripciones que pusimos ya en el capítulo L. 

Entendióse en buscar lugar a propósito para el templo se había de edificar: pareció al principio se hiciese en la parte más baja de la ciudad, cerca de la plaza, por ser lugar más acomodado y frecuentado, que ya que se había de hacer nuevo y levantarse de cimiento, no fuese tan costoso de subir, como era la iglesia de Almata; y aunque parecía bien a todos, por ser comodidad grande, escogieron la capilla de San Miguel, que estaba en lo más alto de aquella ciudad, en puesto solitario y poco habitado, con pensamiento que, adornando aquella parte de la ciudad con tan grandioso y magnífico templo, había de ser más poblada, ya que no de seglares, de los canónigos y clero, que siempre fue en aquella ciudad muy numeroso, y de singular religión y virtud. Imitaron en esto a la ciudad de Lérida y a la villa de Castellón de Farfanya, cuyo templo se era edificado por estos tiempos, y a la de San Pedro de Ager y otras, cuyos suntuosos templos están en la parte más superior y alta; y así escogieron el puesto donde hoy está, alegre por la vista de que goza, sano por los aires saludables y puros que corren en él, y espacioso por estar en lugar muy ancho y capaz. Había, como digo, en este lugar una capilla o hermita del arcángel san Miguel, que dicen estaba en el mismo lugar donde hoy está, que es al pie del campanario; y por eso duró muchos años que llamaron esta iglesia de San Miguel, aunque sea cabeza del altar mayor la Virgen nuestra Señora. Es esta capilla o hermita obra muy antigua, hecha en tiempos de los primeros condes de Urgel, que siempre tuvieron este santo por tutelar y patrón. En el castillo de Olérdola, junto a Vilafranca de Panadés, edificio del conde Sunyer, aún se conserva una iglesia que él edificó y dotó, y es el primer edificio que hallo de estos condes, y por denotar esto, en el portal de la ciudad que sale a la puente, que es el más frecuentado de todos, hay una imagen de este santo, argumento cierto de la devoción y confianza que tenían en él, como a guarda y defensor de todos; y en conformidad de esto, quisieron que la iglesia mayor quedara edificada en el lugar donde el santo ya de tiempo antiguo tenía su altar y era venerada su imagen. Es cosa de notar lo que escribe Miguel Naveo, arcediano de Tornay en Flandes, en una crónica que hizo de las apariciones y hechos de este glorioso espíritu, que sus templos y capillas suelen edificarse las más veces en lugares altos y encumbrados montes, y las de los otros santos en lugares bajos; y dice ser esto, en orden a su origen, principio y creación, *es los ángeles le tuvieron en e cielo, y los demás santos * la tierra; y por esto y la aparición que hizo en el monte *rgano, que celebra la Iglesia en el mes de mayo, el día *ha quedado la costumbre que de ordinario sus templos se edifican en lugares levantados y sobre altos montes: y * dicho autor lo prueba haciendo un discurso de muchos templos que en Francia, Inglaterra, Alemania, Hibernia, Noruega, Transilvania, Flandes, Dania, Hungría, Italia, *oscovia, Etiopía y otras partes del mundo hay de este santo, *dos en lugares altos; y en Cataluña hallaremos lo mismo a cada paso, como en el castillo de Olérdula, Araprunyá, Escornalbou, San Miguel del Fay; y junto al camino va * Balaguer a Ager hay una iglesia de este santo, don* vivieron los fundadores de la orden premostratense, mientras tardaban los condes a edificar el monasterio de Nuestra Señora de Bellpuig de las Avellanas, donde después se mudaron, y quedó como sufragánea aquella primera iglesia, y suele vivir en ella un canónigo, que hace allí vida eremítica.
Escogido el lugar, se dio principio a la fábrica del templo; y la condesa doña Cecilia hacía largas limosnas: a su *costa se reedificó esta capilla de san Miguel, y fue lo que primero se hizo, y en ella, mientras se tardaba en lo restante de la obra, se celebraban los oficios divinos, y si *bien se advierte, se conoce que fue hecho antes que lo restante de la iglesia. En la bóveda hay muchos escudos, *algunos con las armas de los condes de Urgel solas, que son * jaqueles de oro y negro, y otras con las del conde don Pedro, que eran un escudo en pal, a la mano derecha * palos de los de Aragón, y a la izquierda los jaqueles.
(no está la 202 ni 203)
* hermanos suyos, no hiciesen guerra ni molestasen a los infantes don Ramón Berenguer y don Pedro, conde de Urgel, su sobrino, porque era tanto lo que le estimaba, que en las ocasiones que más quiso honrarse y mostrar su poder y grandeza, se valió de él, como de uno de los mayores príncipes de su linaje y casa, como fue en el año de 1361, cuando el rey hizo muestra general de su poder, para dar a entender al rey de Castilla que tal era; y el año de 1363 *e hizo capitán general de la ciudad y comunidades de Teruel y del lugar de Monreal, aldea de Daroca, para resistir al dicho rey de Castilla, que había publicado haber de entrar en tierras del reino de Aragón para damnificarle: y no solo encargó en esta ocasión la defensa de los dichos pueblos al conde don Pedro, pero también la de la ciudad de Zaragoza, la cual estaba con harto peligro; y llevóse tan bien el conde en ella, que no solo la dejó como debía, pero aun envió socorro y fortificó a Ejea, en ocasión que lo habían bien menester; y con estas diligencias del conde don Pedro, quedaron aquellos pueblos para resistir a otro tanto poder, como era en aquella ocasión el del rey de Castilla. Aunque deseaba siempre el conde apartarse del rey y retirarse a su casa, huyendo de *estos bullicios e inquietudes, no le fue jamás posible, porque las cosas del rey estaban en estado que no podían ser desamparadas, y necesitaban mucho del socorro de sus vasallos y amigos.
En esta ocasión, y cuando más poderoso estaba el rey de Castilla, aconteció la muerte del infante don Fernando, hermano del rey, el cual había vuelto años atrás en servicio suyo, y el rey le había asegurado de prisión y de cualquier lesión y de muerte, y de ello le había hecho pleito y homenaje, a 7 de diciembre de 1357, confirmándolo con *instrumentos, y aun con mercedes, pues le hizo procurador general suyo, que era el cargo y dignidad mayor que el * pudiera dar, olvidando todos los deservicios le había hecho hasta aquel punto; pero esto se le cumplió muy mal al infante, pues en la ocasión que más se fió del rey, y acudiendo en su servicio, vino a hallar la muerte, que *fue de esta manera.
Don Enrique, conde de Trastámara, que después fue *rey de Castilla, por disgustos que tuvo con el rey don Pedro, el Cruel, su hermano, se pasó al servicio del rey de Aragón, llevando consigo un buen número de gente, * en esta ocasión deseaba ser pagada del sueldo que se le debía, y el infante don Fernando tenía consigo muchos *caballos y soldados que había llevado de Francia, y to* estaban en servicio del rey, y eran los más gente noble de Castilla, que se habían ausentado por apartarse de la *crueldad del rey don Pedro, a quien muchos tenían más *enta de tirano, que de rey. El rey de Aragón no que* pagar a la gente del infante don Fernando, sino a la * don Enrique, porque de esta manera se pasara a él * la gente que llevaba el infante, a quien ya él abor* y le hacía todas las malas obras que podía: sintió mucho esto el infante, y un día que el rey estaba ausente * ciudad de Zaragoza, fue a casa del tesorero, y *rompió las puertas y arcas donde estaba el dinero del rey, y * su gente, y se fue a socorrer el reino de Valencia, * el rey de Castilla le tenía muy apretado. El rey *hizo notable sentimiento de esto, y el infante, que lo vino a entender, temiendo la ira del rey y conociendo cuán poco le estimaba, determinó de pasarse con toda su gente a Francia; lo que pesó mucho al rey, porque perdía más de mil hombres de a caballo, todos gente escogida, y había de dar gran ánimo al de Castilla, si entendiera que tal gente le faltase; y aconsejado el rey de don Bernardo de Cabrera y del conde de Trastámara, por cuyo trato después fue muerto el infante don Fernando, acordó de mandarle prender, y por hacerlo más a su salvo y sin escándalo, dijo el rey al conde de Urgel y al vizconde de Cardona, que eran muy amigos y parientes del infante, que le dijeran que viniese desde Almanzora, (Almassora) donde estaba con su gente, a Castellón de la Plana, en el reino de Valencia, porque el rey quería hacer todo lo que él quisiese, y que él y su gente se quedasen todos en su servicio, y que el otro día, que era domingo, se fuese a comer con él. El infante, que no pensaba nada del infortunio se le esperaba, se vino a Castellón, acompañado del conde de Urgel, vizconde de Cardona, de don Tello, hermano de don Enrique, y de otros muchos caballeros, y comió con el rey, y después se retiró a reposar, en su aposento del palacio real, con seis caballeros. Estando aquí, llegó Bernardo de Scala, alguacil, y le dijo que el rey mandaba
que quedara allí preso; y el infante juzgó que aquello más era consejo de don Enrique y de don Bernardo de Cabrera, que voluntad del rey, su hermano, de quien tal no pensaba, y así dijo al alguacil, que él no era hombre para ser preso; y el alguacil lo fue a decir al rey, y el rey le envió a decir: que no se tuviese por deshonrado de ser su preso; y Diego Pérez Sarmiento, que era uno de los que estaban con él, le dijo: que más valía ser preso, que muerto; y así se puso en defensa, y el rey mandó, que si *no se dejaba prender, que lo matasen; y porque nadie *osaba entrar en el aposento, mandó el rey desentablar el *techo; y entonces el infante salió con la espada en la mano * y mató un escudero de don Enrique, que estaba delante de su amo, que, con los demás, también había acudido al ruido con algunos castellanos, que eran los que má*s apretaban al infante, y el primero que le hirió se llamaba Pedro Carrillo, y con él murieron algunos caballeros.
Muerto el infante, el conde de Urgel y vizconde de Cardona quedaron atónitos de lo que habían visto, y nunca creyeron que para aquello enviara el rey a llamar al infante, y quedaron con gran cuidado de sus personas, porque eran muy grandes amigos del infante, y fueron donde * rey estaba, y le dijeron si estaban ellos seguros, y si habían de temer nada; y el rey les dijo, que no; pero el conde de Cardona, fiándose poco del rey, se partió luego de Castellón, y no paró hasta verse dentro del castillo de Cardona. Murió el infante don Fernando a los treinta y cuatro años de su edad; está sepultado en el monasterio de San Francisco de Lérida con sus padres: su sepulcro es una arca de madera muy dorada, a la pared del * del altar mayor, a la parte del evangelio, con muchos escudos de sus armas, y un letrero que dice así:

ASSI JAU LO MOLT ALT SENYOR INFANT DON
FERNANDO DE DOLOROSA MEMORIA MARQUÉS
DE TORTOSA È SENYOR DEL BARRASIN È MORI
EN CASTELLO DE BURRIANA Á XVI DIAS DEL
MES DE JULIOL EN LO ANY DE LA NATIVITAT
DE NOSTRE SENYOR M.CCC.LXIII. (1363)

Instituyó el infante don Fernando heredero suyo a su sobrino el conde don Pedro; y a la infanta, su mujer, dejó el usufruto de la villa y baronía de Fraga, y de los lugares de Vallobar y Peñalba y Privia, en el reino de Aragón, que le vinieron por donación del rey don Alfonso, su padre, hecha en favor de la reina doña Leonor y del infante su hijo.
A 5 de julio de 1331, el rey, sin curar del testamento y disposición del infante, ni de las mandas que había hecho, tomó posesión de la ciudad y marquesado de Tortosa y de las ciudades de Albarracín y de lo demás que poseía en Aragón y Cataluña, porque casi todo volvió a la Corona, por haber muerto el infante sin hijos, y la infanta se quedó con el usufruto de la baronía de Fraga y de los lugares de Vallobar, Peñalba y Privia; y el conde solicitó al rey diversas veces, para que le restituyese el patrimonio del infante, pero no pudo acabar nada, más de llevar buenas palabras y ofrecimientos que el rey le hacía, asegurándole que deseaba darle satisfacción, y de esta manera le pasaba con dilaciones; y aunque necesitaba de él y de sus gentes para la guerra que llevaba con el rey de Castilla, no le obligaba con obras, por lo que el conde andaba muy disgustado y advertido, y se apartaba del rey, temiendo otro suceso como el que había pasado con el infante, y lo mismo hacia el vizconde de Cardona. La necesidad del rey era grande, y mayor la *a que de estos dos señores tenía, pues quería que pasasen * defensa del reino de Valencia, que tenía muy apretado el rey de Castilla, y ellos decían que servirían al rey, * les daba seguridad de no hacer daño a sus personas, *eció por entonces conveniente que el infante don Juan, * primogénito del rey, fuese allá, y no era de edad de * de catorce años, y el rey le dio por consejeros al infante don Pedro, su tío, que era religioso del orden de
san Francisco, y al conde de Urgel y vizconde de Cardona, * habían de venir con todas sus gentes; y aun no se tenían por seguros, y querían que el rey pusiese al infante en poder de ellos; y el rey les escribió que ellos y el infante se vinieran juntos a la ciudad de Tortosa, donde él * aguardaría para ir al reino de Valencia, que no tardó *mucho el rey; y entonces el conde, con toda su gente se *partieron para Castellón, donde se detuvieron dos días, *ardando la gente, con determinación de ir a dar la batalla * al rey de Castilla, que tenía cercada la ciudad de Valencia, y la había traido a punto, que no había viandas sino por * el mes de abril, y eran ya a 24; y el vizconde de Cardona se metió en mar por capitán de diez galeras que se *debían de armar, y el rey fue marchando en busca del de Castilla, que no le osó aguardar, antes bien levantó el campo y se retiró hacia Murviedro, excusando la batalla, y a 28 del mismo mes, el rey, con los suyos, se *entró a hora de vísperas, a la ciudad, en gran triunfo y *sta, habiéndola socorrido en ocasión que estaba apretadísima de un ejército que era superior y mucho más poderoso que el suyo. Todo el tiempo que duraron estas guerras entre Castilla y Aragón, que fueron muchos años, y en los tratos de paz que se movieron entre los dos reyes, como a consejero del de Aragón siempre intervino el conde don Pedro, pensando con servicios obligarle a que le diese la hacienda del infante; pero el rey estaba tan poco afecto a sus cosas, que no contento de haberle muerto y tomado lo mejor de su patrimonio, jamás quiso dar licencia a la infanta, su mujer, de volverse a Portugal a casa del rey su padre; y tomándosela ella, la mandó seguir y volver presa a la ciudad de Huesca, donde la dio en guarda a dos señoras principales de aquella ciudad, y después la mandó llevar a Zaragoza, y que estuviese en compañía de la reina y de la infanta, su hija; porque como el rey de Portugal era amigo del de Castilla, y el rey de Aragón era de su natural muy sospechoso, cualquier acción de los deudos y amigos del rey de Castilla le daba cuidado y pena. Duraban todavía las guerras entre los reyes, y el conde, o por haber muerto la infanta doña María, o por convención hecha entre ellos, se metió en posesión de los lugares de Fraga y su baronía, Vallobar, Peñalba y Privia, y solicitaba al rey se la confirmase; y solicitado de todos los amigos, deudos del conde, creo que no pudo hacer otra cosa, porque hallo en el registro 42, Gratiarum, folio 14, que a 19 de junio de 1368, en el palacio real de Barcelona, en presencia del obispo de Lérida, de don Berenguer de Ribelles, de Bertrán Desvals y otros de su consejo, en enmienda de los muchos servicios del conde y gastos había hecho en las guerras de Valencia, en que tanto se había señalado, y por el mucho amor le tenía, por ser sobrino suyo y tan cercano en parentesco, le concede la dicha baronía de Fraga, con los lugares de Vallobar, Peñalba y Privia, y los demás que le pertenecían *por parte de la reina doña Leonor, madre del infante, con * el derecho que al rey le competía en ellos, para que *da hacer el conde de ellos como de cosa suya, con pacto *, muriendo el conde sin hijos, y faltando la descendencia, *an de volver a la Corona, pagado primero el conde y los *eedores de la dicha baronía y lugares, dándoles reten* hasta ser satisfechos del todo; y el conde lo aceptó, *testando de no haber de pagar ninguna de las deudas * infante, ni menos aquellas quince mil libras que el *rey Alfonso había reservado para su alma sobre los bienes y lugares que había dado a la reina, su mujer, y sus hijos, ni menos nada de aquellos ciento cincuenta mil sueldos que la reina había pagado a los marmesores del conde Armengol de Cabrera, por los lugares * la tierra y marquesado de Camarasa, que eran Camarasa, Cubells, Alós, Mejá y otros, que el infante se * reservado para sufragios por su alma. Con esto *edó el conde algún tanto satisfecho y pagado de lo * el rey le había de dar; pero no duró mucho, porque el rey era hombre inquieto y de condición revoltoso, y * podía disimular cosa que fuese o pudiese resultar en perjuicio suyo y de su corona y patrimonio, y mandó decir al conde, que él no había podido hacer lo que había hecho, y *e aquella donación era muy dañosa a la Corona, y no le era *lícito dar lo que no era suyo, ni enajenar el patrimonio real, y * así había de ser aquello revocado, y la merced hacia de aquella baronía y lugares había de ser en otra manera. Tanto * lo que se congojaba el rey de esto, que el conde, co* hombre sabio y que no quería encuentros con él, dijo que vendría a todo lo que quisiese; y así, según consta en el archivo real, armario 16, saco A, a 5 del mes de octubre de este año, después de haber revocado la dicha donación, de consentimiento de los dos, confirma y concede al conde la dicha baronía de Fraga, con los lugares de Peñalba y Vallobar, reservándose el dominio alodial y directo y los feudos; porque, aunque era verdad que el rey don Alfonso lo había dado todo, sin retención alguna, pero habíalo dado con pacto que, muriendo el infante sin hijos, quedase para sus herederos el dominio útil, como lo había tenido don Guillen Ramón de Moncada; y así, por haber venido el caso, el rey se reservó el alodio y feudo para sí, y dio el dominio útil al conde, el cual era la décima parte del valor de ellos, y declara que no entiende renunciar el otro laudemio que le pertenece por la deja del usufruto que hizo el infante a su mujer, antes se reserva el derecho que le compete para pedirlo. Hecho esto, pidió licencia el conde, y a 7 del mismo mes, protestó que si por justicia se declarase ser aquellos lugares francos en alodio y de feudo, quedase absuelto del homenaje y sacramento que en razón de ello le había prestado, y el rey se lo otorgó. No quedaba el rey aun satisfecho del conde, ni se tenía por seguro que no le hiciese demanda de aquello que tenía el marques: él sabía la causa, y cada día buscaba modos y trazas para impedir al conde el hacer tales demandas; y aunque el conde decía no tener tal pensamiento e imaginación, con todo quiso que sobre esto se hiciera nuevo trato y convención, y un día, que era a 12 de octubre de este año, como parece en el archivo real, armario 16, saco A, número 55, estando en el monasterio de Predicadores de Barcelona, el rey prometió * conde, que jamás le haría ninguna petición de aque* que él tenía del infante, y si tal hiciese, promete que * abdica el poder y derecho de pedir las tenencias y em*ar el feudo de la baronía de Fraga, y demás lugares *había heredado el conde, que fueron del infante, hasta * renunciado a la tal demanda; y que no pidiendo * rey nada, ni el conde ni los suyos puedan pedir, ni el marquesado de Tortosa, ni otra cosa alguna del patrimonio que había sido del infante y estaba en poder del rey; * que si tal hiciese, la concesión que le había hecho de * baronía de Fraga y otros lugares, y la remisión del *demio vaya por no hecha y sea nula, y las cosas *vuelvan al estado que estaban antes del 5 de octubre. To* esto pasó en el monasterio de Predicadores, en Barcelona, a 12 del dicho mes de octubre; y no quiso el rey * registrase en el registro que llamaban Gratiarum, sino * el que llamaban Feudorum, como hoy se echa de ver * ellos, y lo mandó notar en el registro Gratiarum 42, annis 1368 et 1369, folio 14.
Estos dos autos, hechos en el monasterio de Predicadores, se dieron divisos por alfabeto, y en el uno de ellos, * es en el hecho a 12 del mes, en las espaldas de él *mandó escribir estas palabras: Voluit dominus rex hujus*di mentionem hic ad cautelam scribi videlicet quod si dictus *nes ant sui peterent aliquid a domino rege vel suis ultra * que in his instumentis expresit de hereditate infantis *Ferdinandi quod dominus rex et sui habeant actionem contra dic* comitem et suos occasione unionis Valencie et Aragonum *am Infans Jacobus pater dicti infantis juraverat et de qua nullam habuit remissionem a domino rege. Y después dice el secretario: Dominus rex qui predicta vidit et legit mandavit Ferrario de Magarola.
Ya antes en las cortes que celebró en el año 1365, había hecho constitución con que quedó para siempre unida la ciudad y términos de Tortosa a la corona real, con prohibición de enajenarse de ella por ninguna causa ni razón, como parece en la misma constitución, que es la última, título De la Unió del regne de Malorcas y la ciutat de Tortosa á a la corona real.
Por este tiempo concordaron los reyes de Aragón y Navarra, que no harían paces con el de Castilla, y el conde don Pedro fue una de las veinte personas que hicieron al rey de Navarra pleito y homenaje, que se cumpliría todo lo que el rey de Aragón, en orden a esto, le había prometido.
En las cortes que el año 1364 celebró el rey a los aragoneses, fue nombrado por el brazo de los nobles para ordenar los fueros convenientes a aquel reino, corregir los que necesitaban de ello, y ordenar lo necesario para la guerra y defensa del reino; pues por razón de las baronías de Antillon y Entença, tenía voz y voto en las cortes del reino.
El año 1366 le nombró el rey lugarteniente suyo en el reino de Valencia, en ocasión que el rey de Castilla tenía muy apretado aquel reino; y con su buena maña e industria y con la gente de armas, apretó de tal manera la ciudad de Segorbe, que estaba por el rey de de Castilla, que se le rindió a partido y quedó por el de Aragón.
Estando ocupado el conde en el servicio del rey, ha* lo posible para darle gusto y obligalle, el rey es* pensando en qué le podría inquietar y menguar su *patrimonio y estado, porque era de su natural tan inquieto que nunca estaba contento, sino cuando tenía guerras con los forasteros y contenciones con sus vasallos, y cuan* conjuntos le eran en sangre, entonces habían de* menos y recelarse más de él. Sucedió un caso, * al rey le vino de molde para mover lo que diré después, y fue que un señor de los más preeminentes de Castilla prendió un caballero, vasallo suyo, y por lo que * sabía, le hizo algunas opresiones: los parientes del caballero rogaron al señor se llevase con él benignamente, *abusar de la jurisdicción y señorío, y que ya que por * culpas, si las había, mereciere castigo, fuese tal que *liese a venganza. Aprovechó poco, antes bien apretó * al preso, tratándole como si fuese un hombre vil y ladrón: sus parientes y otros caballeros se quejaron de * al rey, por vía de recurso, y él los escuchó de muy *a gana, por tener entrada en una cosa que él mucho *ba.
El conde de Urgel, el de Ampurias, los vizcondes de Castellbó y Cardona y muchos señores eclesiásticos ejercían *liccion criminal, mero y misto imperio en los caballeros y hombres de paraje y personas generosas que estaban en sus tierras, y aun les echaban algunas imposicio* sin que de ello tuviesen título alguno o privilegio del *rey sino solo una posesión, ni tan antigua, ni tan funda* como era menester, porque por no romper el hilo, *según dicen, ninguno de ellos lo quería apretar, sino que si algún militar súbdito suyo se quejaba de ello, disimulaban con él, y hacían que callase. Aconteció lo que queda dicho; parecióles a todos, que lo que se había hecho con el preso era abuso, y sintiéronse mucho, que siendo ellos exentos, hubiesen de ser tratados a la par de cualquier plebeyo. Con esto recurrieron al rey, de quien estaban ciertos había de gustar se resolviese esto, porque le parecía que era menoscabo de la jurisdicción y preeminencia real, que los caballeros y hombres de paraje fuesen de otra jurisdicción que de la suya: pensaron que esto se remediaría dando libertad al preso, como se le dio; pero aprovechó poco, porque el rey había ya admitido el recurso, y ofrecido a los caballeros que él los favorecería todo lo posible; y con las alas del rey, se confederaron entre si, para resistir a los magnates, que así llamaban a los condes y vizcondes y señores eclesiásticos, y decían que ellos, do quiera que estuviesen, eran súbditos del rey y estaban bajo su jurisdicción, y más en los negocios criminales. Tuvieron, con voluntad y consentimiento del rey, varias juntas, y les dieron por nombre Conveniencia de los caballeros de Cataluña, y nombraron cuatro cabezas, que llamaban regidores. El negocio se encaminó de manera, que llamaron a las armas, y el rey mandó a los magnates que las dejasen y que desistiesen de aquella pretensión, porque lo que pretendían y las imposisiones que generalmente echaban sobre los caballeros eran en gran perjuicio de la preeminencia real. Pero ellos pretendieron que de aquello, si al rey, ni al bien común se seguía perjuicio, porque si las echaban era por justas causas, continuando lo que sus pasados habían hecho, y suplicaron al rey, por medio de fray Pedro Cima, que no permitiese que sobre esto se moviese con ellos nueva contencion, pues jamás los reyes pasados la habían movido, y no era justo que se procediese contra ellos y sus bienes por cosa que lícitamente la pudiesen hacer, y que los servicios que le habían hecho no merecían tal galardón; pero el rey hizo poco caso de esto, y les mandó requirir otra vez y citar a juicio delante de él, porque los caballeros ya habían firmado de derecho delante de la corte del rey, y declararon querer estar al orden de justicia, que era lo que el rey quería; y como era celoso de la jurisdicción real, había ya puesto en ello reputación y los barones habían hecho lo mismo, y fundaban su justicia en derecho, y vino el negocio a punto que toda Cataluña estuvo por ponerse en armas. Los condes y vizcondes conocían que ni sus fuerzas ni justicia no podían prevalecer contra las del rey y caballeros de la Conveniencia, y así vinieron a trato juntos en San Juan de Spi, (de es pi) lugar vecino a Barcelona, y allá trataron con Jaime Dezfar (d´es Far; del faro), canciller del rey, y Ramón de Vilanova, su camarero, y cedieron su derecho en cuanto a las imposiciones, prometiendo no imponerlas ni exigirlas, y en lo que pertenecía a la jurisdicción, concordaron que se nombrasen personas que lo declarasen. Por razón de esto, convocó cortes el rey en Momblanc, en diciembre de este año 1370, y en ellas se trató el negocio muy extendídamente por las partes, y no se concluyó nada, más de que el rey, con dos personas que nombrase de cada una de las partes, siendo conformes, declarasen esta contienda; y así nombró al vizconde de Cardona por los magnates, y al vizconde de Illa, por los caballeros: pero estos no se pudieron concordar, y el negocio quedó como de antes, y todos tenían gente de guerra para cualquier suceso. Después, en abril del año siguiente, en Tortosa, se juntaron cortes para esto, y después de altercado el negocio, se pusieron treguas por dos años, y se nombraron personas por cuyo consejo se determinase lo que tocara al negocio principal, y lo que se había de hacer mientras tardaba a decidirse la contención, y nombraron ciertas personas de cada veguería, que ejercitasen la jurisdicción civil y criminal en los nobles y caballeros y personas generosas que habitasen en señorío de los magnates y barones; pero esta declaración se difirió algún tiempo, y los caballeros se juntaban muy a menudo por diversos lugares de Cataluña, y eligian sus regidores, y mediando el favor del rey, que siempre les amparó, hacían sus estatutos, teniendo gente de guerra apercibida para cualquier suceso.
El rey no gustaba que los magnates hicieran tanta contradicción, y atribuía aquello a menoscabo suyo, y quiso dárselo a entender, en su casa, a cada uno; y por eso, a 9
de junio de 1371, les requirió, desde Valencia, le viniesen a ayudar y servir, según la obligación de sus feudos, porque el infante, hijo del rey de Mallorca, con gente de armas venía a invadir los condados de Rosellón y Cerdaña, y esto lo hacía por divertirles las fuerzas y gente, y no porque se esperara tal invasión, lo que sintieron mucho, porque conocieron que el rey les quería dar en que entender, y desasosegarlos por cosa que, ni era, ni el rey tal creía; antes bien esta venida del infante de Mallorca no fue hasta el año 1374, y entonces ni el conde de Urgel ni su gente, ni el conde de Prades, ni el vizconde
de Cardona, ni otros ningunos se movieron (aunque en * este año les convocó el rey con motivo de que * el infante por Conflent), antes bien se estaban los * Barcelona, donde el rey se estaba, y el infante entró por la Seo de Urgel y por la ribera de Segre y se fue a Castilla, donde murió; y aunque el rey * hasta Corbera para resistirle, pero el infante ya era *. Después de esto, y en el año 1375, fueron las * entre don Enrique, rey de Castilla, y nuestro rey Pedro de Aragón: capitularon muchas cosas, y para se* de ellas firmaron muchos caballeros, prelados y ricos hombres de Castilla, Aragón, Cataluña y Valencia, y * ellos el conde don Pedro. Entonces se concertó matrimonio entre doña Leonor, hija del rey don Pedro, con *Juan, hijo de don Enrique, que fue rey de Castilla: * matrimonio nació el infante don Fernando, que en * nombrado rey de Aragón, de quien hablaremos *ente en el capítulo siguiente, por haber sido el que * destruyó del todo la casa y linaje de los condes de Urgel, en nada inferior al suyo.
Casó mucho tiempo después de esto, que a 11 de * de 1377 fueron los desposorios, que casó el rey, *de edad de cincuenta y ocho años, en Barcelona, *doña Sibila Forciá, hija de un caballero catalán del *dan, llamado Bernardo de Forciá: enamoróse de su *ura y disposición gallarda. Era esta señora viuda de Artal de Foces, mujer muy honesta y recogida, y no *como la pinta Laurencio Valla, que por alargar con retóricas colores sus razonamientos y conceptos, alarga también las cláusulas, y, por mejor decir, las cosas que refiere, más de lo que son, porque ni es de creer que Bernardo de Vilaritg o Villalicus, como él le llama, osase decir delante del rey don Martín lo que dice en deshonor de esta señora, ni que el duque de Gandía y conde de Prades le ordenasen tal, ni el rey lo había menos de sufrir, por ser cosas aquellas, que eran deshonor del rey, su padre, y de su misma hermana; y aunque dijeron de esta hartas cosas, pero en lo que tocaba a la honestidad de su persona, antes ni después del casamiento con el rey, nadie ha hablado, ni podía ni debía hablar, porque no había causa ni ocasión para ello, que, cierto, da pena el exceso con que algunos, sin escrúpulo, hablan de personas a quien se debe respeto, aunque sean muertas, como lo hizo Virgilio con la reina Dido, que le levantó un falso testimonio tan grande, achacándole cosa de que ella estaba muy ajena, como lo prueba San Agustín. Es cosa donosa el escrúpulo que tiene Valla en contar los remedios que hacía el rey don Martín para engendrar, y no le tiene de levantar un falso a la mujer del rey, su padre, madrastra del mismo don Martín, y madre de su hermana legítima; y todo lo hace Valla por fingir un concertado razonamiento e información del embajador del duque de Gandía. Viene a la memoria lo de cierto poeta que, por dar consonante con pie que acababa en desnudos, hizo a cuatro hombres honrados cornudos. Jaime Roig, poeta valenciano y cruel enemigo de las mujeres, escribe y murmura de esta señora, lo que hizo con sus entenados y lo que se llevó del palacio real, cuando murió el rey, su marido; pero en lo *tocante a su honestidad no le achaca nada, y es cierto * él supiera cosa, no lo disimulara, por más decir * las mujeres; y así dando por falsedad y mentira * dejó escrito este autor, y contentándonos de lo que * él Pogio Florentino, contemporáneo y émulo suyo, * adelante con nuestro discurso.
*Tuvo el rey de doña Sibila dos hijos, el uno don Alfonso, conde de Morella, y otro, que murieron niños, y a * doña Isabel, que casó con don Jaime, hijo del conde don Pedro, de quien después hablaremos. A los 30 de enero del año 1781 (será 1371, más abajo pone 1584, por 1384) fue coronada en la ciudad de Zaragoza, con tanta fiesta y solemnidad, como si *aquella la primera de cuatro mujeres que tuvo el *rey, quien, y con Bernardo de Forciá, su hermano, * muy liberal; y armó caballero a Berenguer de *, cuñado de la reina, y le dio el oficio de alguacil * ella la baronía de Concentayna, los lugares de Pla*, Margarida, Lombo y la Torre de las Manzanas, * reino de Valencia, con voluntad del infante don * las aldeas de Teruel, las villas de Aljezira (Alcira, Alzira), Elda, * Aspe y La Muela en el reino de Aragón; y por * que el infante don Juan no impugnara estas donaciones, pidió en las cortes que en Fraga celebró el rey, * 1584, (1384) que la corte las aprobase y confirmase, así *has, como las que él de nuevo le hiciese, así a * como también a la infanta doña Isabel, su hija, a * aquellas cortes se aseguró su dote, y se confirmó la * que había hecho el rey a su cuñado de algunos * y castillos.
* este mismo año, a 16 de junio, murió doña Cecilia de Comenge, mujer que fue de don Jaime de Aragón, conde de Urgel, y fue sepultada en la iglesia de Nuestra Señora de Almata, de la ciudad de Balaguer: ignórase empero, en qué lugar.
En el año 1387, a 5 de enero, murió el rey don Pedro de Aragón, en Barcelona, después de haber reinado cincuenta y dos años, menos algunos días. Murió, según la más común opinión, emplazado por algunos agravios que hizo al patrimonio de santa Tecla, en el campo de Tarragona, que cuentan fray Fabricio Gauberto y otros muchos autores.
Fue hombre pequeño de cuerpo y muy valeroso, y nació en el castillo de Balaguer, siendo su padre conde de Urgel, como queda dicho. Fióse poco de secretarios y privados, y no permitió que los negocios corrieran por otra mano que la suya: era muy amigo de escribir, por ser muy plático, y hacía una firma de letra tan bien firmada, que nadie en su tiempo escribió mejor que él, y se estimaba de ello, y así, con gran facilidad escribía. Fue muy celoso de las prerogativas de su corona, y cuidó de ellas, por mínimas que fuesen: tuvo más de cruel y riguroso, que de benigno, y siempre fue muy áspero y cruel con los de su sangre y linaje, persiguiendo a algunos de ellos con tanto rigor, como si fueran enemigos de la fé: persiguió al rey de Mallorca, cuñado y deudo suyo más cercano; mandó matar a los infantes don Jaime, conde de Urgel, y a don Fernando, marqués de Tortosa, sus hermanos; persiguió al infante don Jaime y doña Isabel, su mujer, hijo del rey de Mallorca y marqueses de Monferrat, sus sobrinos, y a su cuñada, la infanta doña María, mujer del infante don Fernando; y a la fin de sus días no perdonó al infante don Juan, su hijo primogénito. Con el conde don Pedro tuvo también sus disgustos * por razón del testamento del infante don Fernando, * lo de la conveniencia de los caballeros, que es lo * Pedro Tomic dice, en la vida de este rey: Encara * dit temps fonc debat entre lalt compte de Urgell. Y *que en lo de la sucesión del infante tuvo justicia, en *to al marquesado de Tortosa, hubo de pasar por lo * el rey quiso. Con los aragoneses y valencianos tuvo *notables encuentros, por razón de las uniones. A imitación de Julio César y del rey don Jaime, escribió una historia de los reyes pasados y suya, en lengua catalana, con *estilo llano, y sin empaliar la verdad y colorar la mentira: * esta insertada en la Crónica de Miguel Carbonell. *Está sepultado en el monasterio de Poblet, al lado del *evangelio, sobre un arco, en medio de los reyes don Jaime I el Conquistador, y don Fernando el primero. Sobre su sepulcro hay cuatro simulacros, el suyo con dalmáticas * insignias reales, y de las tres primeras mujeres suyas, *que solo está con él doña Leonor de Portugal, su *segunda mujer, que doña María, que fue la primera, *hija del rey de Navarra, aunque escogió sepultura en *Poblet, está en el monasterio de San Vicente de Va*a, y doña Leonor, tercera mujer, en Santa Clara de Barcelona.
Muerto el rey don Pedro, sucedió su hijo don Juan, y * poco más de ocho años, y fue diferente del rey, su padre: de sus gustos y entretenimientos, poesías, *música, cazas, aseo de su casa y criados, y cosas de este *rey hablan Zurita y muy en particular fray Fabricio Gauberto, en la vida de este rey. La primer cosa que hizo fue perseguir con gran odio y rencor a su madrastra, la reina doña Sibila, y a su hermano Bernardo de Forcia, porque decían haber hechizado al rey, su marido, y al rey don Juan, su entenado; y ella, temiendo la saña del nuevo rey, antes de espirar su marido, se salió, un sábado a 29 de diciembre, a media noche, de Barcelona, con su madre y hermano, Bernardo de Forciá, y el conde de Pallars, Berenguer de Abella, Bartolomé Llunes y otros caballeros
llamados Vilamarins, y otros. Esta salida pareció muy mal a todos, y fue deliberado que la siguiesen y a los que con ella se iban, con repique de campanas y levantando el sometent, (somatén) como suelen perseguir a los ladrones y malhechores.
El infante don Juan estaba muy doliente en Gerona, y por no poder asistir a la persecución de la madrastra, lo encomendó al infante don Martín, que lo hizo muy crudamente con ella, y mandó tomar los pasos a la reina, porque se decía que se iba a Valencia o a Aragón. Buscábanla por toda Cataluña como si fuera un delincuente muy facineroso, y toda la tierra estaba levantada; y a la postre, se retiró con los que iban con ella en un castillo de San Martín Çaroca, en el Panadés, que era de Bernardo de Forciá, su hermano. Cercáronlo los que la perseguían, y por ser muy fuerte, no le podían entrar. Estando en esto, llegó el infante don Martín y tomó consejo con aquellos que tenían el cerco, y deliberaron de requirir a Bernardo de Forciá, que entregara los que estaban en el castillo; y él les respondió, que la reina y los que estaban con ella trataban de concordarse con el infante don Juan, y que cumplirían lo que él les mandase. Esto pasó, aún viviendo *el rey; después, domingo, a 7 de enero del año 1387, *reina y los caballeros que con ella estaban se pusieron * poder del infante, y se comenzaron de hacer grandes *procesos contra la reina y los demás presos, y a 16 del * mes, el rey dio título de duque de Monblanc al *infante, para más prendarle que no diese favor a su *madrastra.
Haciendo pesquisa contra la reina y los demás, *ron algunos testigos que dijeron haberse compuesto * hechizos contra la salud del rey, y que estaba ma*ado; y con esto deliberó el consejo del rey, sin aguar* más, ni hacer caso de las defensas de la reina y de* presos, que fuesen puestos a cuestión de tormento, * se hizo, y el cuerpo de la reina, que había sido *respetado y estimado del rey, su marido, fue entregado a * manos de un vil verdugo, para que lo atormentase. Fue * aborrecido, por esto, el rey, y se murmuraba de él * su hermano por todos sus reinos, y todos estaban *ensos mirando lo que haría, quien al principio de su * entregó en tales manos las carnes de su madrastra, * la reina ser condenada a muerte, así como otros caballeros y personas de su casa, deudos y servidores suyos * y por aplacar la ira del rey, fue aconsejada que le * posesión de todos sus bienes, y el rey los aceptó y * a la reina doña Violante, a quien hizo merced de ellos.
* todo, no contento el rey, continuó el proceso contra de ella, y quiso que tomase abogados y se defendiese; pero no lo quiso aceptar, ni venir a juicio con él, * se contentó que ordenase de su persona y bienes, * que bien sabía el rey que si ella se había ausentado, * persuadida del rey, su marido, que se lo aconsejó, * por huir la furia de su cuñado. El conde don Pedro y los otros señores de Cataluña no dejaron de temer al nuevo rey, y por lo que podía acaecer, hicieron sus ligas y confederaciones: a 7 de julio de este año 1381, he visto yo una memoria, que Hugo, conde de Pallars, y don Rogerio, (Roger, Rogelio) su hermano, prometieron su favor y ayuda al conde don Pedro, titulares, ricos hombres y otros cualquier, salvo el rey de Aragón, y el auto lo recibió Andrés de Apilia (Abella), notario. Estaba entonces en Barcelona el cardenal de Aragón, legado apostólico del papa Clemente, y este rogó por la reina y alcanzó del rey perdón, el cual le dio, por lo que le había quitado, veinte y un mil sueldos de renta, de por vida, y ella salió de la prisión en que estaba, que era en una torre que llamaban Den Vives, (
d´En, del Vives) que estaba donde después se edificó el monasterio de las monjas de los Ángeles, en el arrabal de Barcelona, en la calle de los Orbs, que es lo mismo que de los ciegos, que es la calle que va del monasterio dicho a la Rambla, y se retiró en casa de Berenguer de Barutell, que era deudo suyo muy cercano, y fue arcediano de Santa María de la Mar de Barcelona, el cual, y un hermano suyo, que se llamaba Andrés de Barutell, valieron y ayudaron mucho a la infanta doña Isabel, hija de la reina, en los trabajos tuvo después de la declaración de Caspe. De esta manera quedó el rey sosegado, y la reina fuera de aquella cruel persecución. Jaime Roig, poeta valenciano, lo cantó en sus rimas, diciendo:

A Barcelona
quant arribí
de Sent Martí,
Castell fort pres,
en Panades,
hont, ab gran cuita,
sen era fuita,
ne viu cobrar,
presa tornar,
no menys ferrada
que dull mirada,
Na Forciana,
qui catalana
fonc natural:
ab prou de mal
e malaltia,
lexat habia
abandonat
palau robat,
sense remey,
son senyor rey,
propri marit,
muy mort al llit (parece que pone aI´IIit, con L mayúscula, similar a i : I mayúscula)
enmetzinat
e fatillat
segons se deia;
altre tal feia
a sos fillastres,
e mals empastres
contra sa nora
nunca cessant;
lo rey ginyant
major Joan,
apres rey fon,
Marti segon, (Martín I, fue el único Martín).
sos fills abdos,
contra traydos
desheretas,
sols prosperas
ella y als seus
fentlos hereus
de sos regnats:
per tals pecats
fonc ben rodada
e turmentada,
moltes cremades
de ses criades,
a lur malgrat.

Entre estas persecuciones y odio tenían estos dos hermanos con la reina, una cosa alaba de ellos fray Gauberto, y es que se ampararon de la infanta doña Isabel, su hermana, y el rey la tomó en cuenta de hija, y siempre la acompañó con las infantas doña Juana y doña Violante, sus hijas, y a la postre, la casaron con el conde don Jaime de Urgel, dotándola según su calidad, como veremos en su lugar.
El conde don Pedro quedó tan enfadado de la vida de la corte y de haber servido al rey don Pedro, que se retiró del todo de los bullicios de la corte, y apartó del nuevo rey; y dióse en mirar por su casa y reedificar las iglesias de sus villas. Entonces edificó la iglesia de Castellón de Farfanya, el claustro del monasterio de Ager, acabó la casa de campo de Balaguer, que llamaban la Casa Fuerte de la Condesa, que estaba junto al monasterio de Predicadores, acabó el castillo de la villa de Agramunt, que, aunque pequeño, era edificio muy hermoso y bien trazado,e hizo otros edificios muy importantes, en que empleó gran parte de sus tesoros, así que, no había señor en Cataluña ni en la tierra del rey de Aragón, que tuviese ni mejores castillos, ni edificios más suntuosos que el conde de Urgel.
El marquesado que hoy decimos de Camarasa es una *tida de tierra de los pueblos Ilergetes, muy fértil y abundante, poblada y rica: los lugares mejores de él son Camarasa, que da el día de hoy el nombre a todo el marquesado, Cubells, Lorens, Mongay y Privá, Santa Linya, Alos, Vilanova de Mejá, Font Longa, Liminyana, Vernet, Castelló de Mejá, Anet, Fabregada y otros; los más de estos *lugares estaban murados y con sus castillos y torres fuertes, * cavas y fosos, de tal manera, que para la fortificación * usaban en aquellos tiempos eran muy fuertes, y * de ellos ayudados del lugar y puesto, donde están
* inexpugnables. Están estos lugares y tierra a las orillas de tres ríos, que son Segre, Sió y Bragos, cuyas aguas riegan y fertilizan todo el terruño. Es esta tierra áspera * algunas partes, y en otras llana; el cielo muy sano; *abunda de toda manera de caza y animales, y aunque esté *lejos de la mar, no le falta pesca en abundancia, que * el río Segre.
Era antiguamente parte muy principal del condado de Urgel, hasta que el rey don Jaime el segundo lo empeñó a los ejecutores del testamento del conde don Armengol de Cabrera, con otros lugares y pueblos de Cataluña, por seguridad de ciento y cinco mil sueldos barceloneses le debía, por razón de salarios y ga* tiraba de casa del rey, y por haber de sustentar trein* caballos armados, y por el salario debía al dicho conde y a don Álvaro, su hermano, vizconde de Ager, de *cuando pasaron al reino de Sicilia con el rey don Pedro,
* por otras causas que más largamente parecen en un registro Jacobi II, Comitatus Urgelli, de anno 1314 usque *ad 1327, en folios 109 y 181; y también por noventa mil
libras jaquesas les había de dar, por cumplimiento de cien mil libras, por las cuales les había comprado el condado de Urgel, como queda dicho arriba; fuéronse pagando poco a poco las noventa mil libras y los marmesores se quedaron con el marquesado, por razón de los dichos ciento y cinco mil sueldos, y por cincuenta mil sueldos jaqueses habían prestado al rey para la conquista de Cerdeña, a 7 de abril del año 1323; y poco a poco
se fueron pagando de dichas dos cuantidades de dinero, porque a más del marquesado, el rey les había consignado otras rentas. Después, en el año 1330, al primero de julio,
estando en Lérida, el rey Alfonso hizo donación de la mayor parte, o casi, de todos los dichos lugares al infante don Fernando, su hijo, y de la reina doña Leonor, su segunda
mujer, dando facultad que, pagando a los marmesores del conde Armengol aquello por que quedaban obligados, se quedara con ellos, y la reina, dándoles ciento cincuenta mil sueldos, cobró los lugares de Comenge, Cubells, *Alos y Mejá, y se quedó con ellos, y después fueron del infante don Fernando, que, cuando murió, hizo heredero al conde don Pedro de Urgel; pero no le fue posible volover a su casa estos lugares y tierra, porque el rey se apoderó de todo, y él hubo de pasar por lo que el rey quiso. Poseyóles el rey don Pedro hasta el año 1386, en que, a 22 de enero, los dio al infante don Martín, su hijo, con
ciertos pactos y retenciones; después, a 11 de enero de 1392, estando el infante en Amposta, los vendió o in so*lutum dio a la duquesa, su mujer, en pago y enmienda de
setecientos y veinte y dos mil y cuatrocientos (722.400) sueldos en que le había empeñado el condado de Luna, estado y patrimonio de la duquesa. Esta señora poseyó esta tierra hasta el año 1396, que necesitó de dinero para acudir con él al rey de Sicilia, hijo, que andaba guerreando con los barones de aquel reino que no le querían obedecer;
y en nombre suyo propio, y como procuradora de su marido y del rey de Sicilia, su hijo (Martín también), hizo venta de él al conde de Urgel, don Pedro, por precio de cincuenta mil florines, y a la que estaba por concluirse esta venta, dieron los hombres del marquesado cuenta al rey don Martín, suplicándole desviase el ponerse aquello por obra, porque ellos no gustaban volver al señorío del condado de Urgel, porque como habían sido vecinos, sobre las pasturas y jurisdicciones habían tenido mil pesadumbres con el conde don Pedro y su padre el infante, y no querían ser vasallos de señor que le habían en muchas cosas ofendido. Esta queja y razón le vino al rey muy bien, porque no gustaba que los magnates de Cataluña creciesen en autoridad ni hacienda y vasallos, y porque cuanto más poderosos eran, mayor resistencia hallaba en ellos, y la fuerza y dineros que empleaban en otro tiempo con los moros, la consumían en defender sus libertades y preeminencias, y en las ocasiones hallaban mucho más gente que el rey, porque ellos tenían la mayor parte de Cataluña, y les parecía a los reyes que cuanto más cercano parentesco tenían con la casa real, más larga tenían la licencia de contradecirles y oponérseles. Esto obligó al rey a mostrar que no gustaba de la tal venta, y los mismos hombres de Camarasa y demás lugares se habían de vender dieron traza como la ciudad de Lérida los comprara, y aquella ciudad, que siempre fue émula de los condes de Urgel, con quienes de continuo tenía contenciones, por razón de la vecindad y jurisdicción, vino bien en ello, y aun lo deseaba, por vengarse del conde, con quien de muy atrás estaba mal, porque en 1389 había juntado mucha gente de armas para venir con ella y con banderas tendidas contra la ciudad de Lérida, por razón que en ella habían muerto a un hombre, y los homicidas se habían retirado en Linyola; y el veguer de Lérida fue con gente en busca de ellos, y hallaron más resistencia de la que pensaron, porque salieron en orden de guerra y embistieron a los del veguer, y le mataron quince hombres e hirieron muchos; y el conde de Urgel lo había tomado por propio, y estaba injuriado que el veguer y gente de Lérida hubiesen entrado en su señorío y perseguido a los que se habían recogido en su condado, y quería vengar la injuria, y dio harto que temer a la ciudad de Lérida, que escribió a la de Barcelona, pidiendo consejo y socorro; y esto lo tenían los de Lérida por gran injuria, porque todos los delincuentes hallaban acogida en el condado de Urgel; y acordándose de esto aquella ciudad, prometió a la duquesa, que * compraría la tierra del marquesado por el mismo precio y pactos que lo tomaba el conde don Pedro, y con todo ella lo rehusaba, porque el conde era deudo de la casa real, y no quería darle disgusto; pero a la postre, el rey mandó a la infanta que no lo vendiese al conde de Urgel, sino a los paheres de Lérida, por obviar las dificultades podría haber sobre el tomar posesión del marquesado, por lo que los vecinos de él daban demostración que no lo habían de dar al conde, porque había entre ellos hartos pleitos, de que no podían salir bien quedando vasallos suyos; y por el consiguiente habían de valer menos las cosas del reino e isla de Sicilia, por falta de dinero, porque era verosímil que antes de tener el conde pacífica posesión de él, no le había de pagar. Estando en esto, llegaron al rey, que estaba en Perpiñan, Francisco Basset y Guillermo Colom, de Lérida, y se lo suplicaron y ofrecieron pagar luego, y el rey despachó un mandato a la duquesa de Monblanch, su cuñada, en que muy apretadamente le mandaba, que luego en el punto recibiese aquel mandato, revocada del todo la venta había hecho al conde de la tierra del marquesado, hiciese venta de él a la ciudad de Lérida, a quien los hombres del marquesado estaban muy afectos, y aun habían de dar prestamente posesión de él, sin hacer repugnancia ni contradicción alguna. Este mandato fue presentado en el coll de Begas, donde hallaron a la infanta; y el mismo día que lo recibió, que fue a 23 de marzo de 1396, firmó la venta, porque llevaban ya su notario para tomar el auto: el precio fue cincuenta mil florines, pagaderos, treinta mil, dentro de diez días después de tomada la posesión, y veinte mil, dentro de tres meses; y de esta manera quedó aquella tierra enajenada y puesta en mano de los mayores enemigos del conde y de su casa, que eran los de la ciudad de Lérida; y despues, a 5 de mayo de 1396, el rey don Juan confirmó la venta, firmando el auto y decretándole de su mano, habiendo ya días antes, con auto hecho en Torrella, a 7 de julio de 1395, alzado y quitado todas las retenciones y pactos había puestos el rey don Pedro, cuando le dio al infante don Martín, su hijo, con pensamiento que de aquella manera hallaría quien le comprase de mejor ga* escrúpulos algunos. Pagaron los de Lérida estos cin* mil florines en dos pagas, esto es, a 4 de mayo de * treinta y cuatro mil florines, y los diez y seis a 26 de*mo mes: parecen las ápocas (apocas, apoques: como recibos) en el archivo real.
Duróles a los de la ciudad de Lérida el señorío de esta tierra hasta el 23 del mes de octubre del año * en que los síndicos o procuradores y personas dip* por la corte general de Cataluña le quitaron y vol* a la corona, de aquellas cien mil libras barcelonesas * dieron al rey don Fernando, en las cortes que cele* año de 1410, (no fue rey hasta 1412, con el Compromiso de Caspe) pagando por este desempeño cincue*florines, esto es, los treinta y dos mil de contado * diez y ocho mil quedaron para el rey, por algunos *privilegios les concedió; y a 2 de noviembre de 142* oficiales y ministros del rey Alfonso, hijo del rey don Fernando, tomaron posesión de aquella tierra, que se la * los de Lérida, y así otra vez volvió a la corona; y *finalmente, por merced de los reyes, lo poseyeron algún tiempo los de la casa de Luna, y doña Francisca Luisa Fe* de Luna lo dio en dote a don Diego de los Cobos * se intituló marqués de Camarasa, de quien fue hijo Francisco de los Cobos y Luna, también marqués de Camarasa, que por sus muchos y leales servicios que hizo al emperador Carlos quinto y Felipe, su hijo y * han merecido estas y otras mayores honras y títulos por haberlos adquirido después de acabada la casa de Urgel, no me detengo en ellos, dejándolo para quien * de esta noble e ilustre familia.
En este mismo año de 1396, en que por orden del rey don Juan se desconcertó la venta del marquesado, sucedió * muerte, un viernes, a los 19 de mayo de este mismo año de 1396, y no de 1395, como afirman muchos autores; * esto no hay que dudar, porque según parece en los registros de este rey, era vivo en el dicho mes de mayo, * hallan muchos despachos y provisiones suyas, y lo sien* los dietarios antiguos que hoy están en esta ciudad, * afirman fray Fabricio Gauberto, el doctor Illescas en * historia pontifical, Tomic, San Sovino, Garibay y otros muchos; y el haber andado errado el impresor de la *genealogía de los condes de Barcelona, en la muerte de este rey, ha hecho errar a todos aquellos que han puesto su muerte en el año 1395.
Venía este rey de Rosellón, y entró a cazar en el bosque de Foxá; llevaba un caballo gran corredor, y sintió * dos cazadores habían levantado una loba de extraordinaria grandeza, y él, codicioso de verla, corrió con su caballo, y embebecido en la caza, tropezó de manera, que * y el rey todos dieron en tierra, y la caída y golpe fue * y tan grande, que el rey se quebró el pescuezo, y *cuando llegaron a socorrerle, no pudieron, porque le hallaron tendido y muerto. De esta manera murió Felipe, rey de Francia, tropezando su caballo en un puerco; así mu* rey de Inglaterra; así Fulcon, rey de Jerusalén, Fa* rey de Castilla, y otros.
Sucedió, por su muerte, en el reino el infante don Martín, su hermano, que estaba en Sicilia, donde había pasado para sosegar algunos movimientos de aquel reino y red*
en servicio del rey don Martín, su hijo, y de doña
(las páginas 236 y 237 no están)
*bera del Sió, porque la tierra dd vizcondado era muy áspera y había en ella muchas torres fuertes, donde hallaban más resistencia de la que ellos pensaron, y así la dejaron, y corrían la dicha ribera y el campo de Urgel, y tomaron el lugar de Claramunt. El conde de Urgel se puso en Cervera, con la mayor parte de la caballería de Cataluña; y el capitán Bernardo Buçot, con algunas compañías de gente de armas, salió al encuentro a algunos pillarts que robaban la tierra, y fueron rotos y vencidos a 26 de noviembre. Detúvose en Cervera el conde de Urgel, aguardando al vizconde de Rocaberti y las compañías de gente de armas que estaban repartidas entre Tárrega, *Verdú y Anglesola; y porque supo que el conde de Foix desamparaba el lugar d
e Camarasa, para venir a ponerse en Castellón de Farfanya, determinó de seguir el camino que los enemigos llevasen, con toda su caballería, porque no pudiesen desmandarse; y el conde de Foix, a 29 de noviembre, se alojó entre Alguayre y Almenara, porque su fin era llegar a ponerse sobre Monzón o Balbastro, y hacerse fuerte en una de aquellas fuerzas, por ser lugares tan principales y cerca de las montañas, de donde le había de entrar socorro. Luego que el de Foix llegó a Castellón de Farfanya, mandó alojar la mayor parte de su gente en el barrio del castillo, habiéndose asegurado con los que estaban en defensa de él, que no se hiciesen daño los unos a los otros, porque su fin era pasar su camino sin detenerse, para entrar en Aragón: entonces salió el conde de Urgel de Tárrega, con intención de seguir dos caminos, el uno era el de Lérida, para pasar delante de los enemigos, y el otro el de Balaguer, y desde allí seguirlos: * proveyó que don Hugo de Anglesola, que estaba en Balaguer con ciento cincuenta de a caballo, de los que *llamaban bacinetes, se pusiese delante del conde de Foix. Mientras esto pasaba en Cataluña, los aragoneses tenían * juntas, y se apercibían para resistir a la entrada del conde de Foix, y ciertos que de Cataluña habían de entrar en aquel reino, alistaron mucha gente y nombraron por capitán general al conde de Urgel; y a la fin del mes de noviembre entraron los condes de Foix, con su *ejército, en el reino de Aragón, y se intitulaban reyes. * pendones reales con las divisas de aquel reino y * principado de Cataluña, que eran la cruz de san Jorje, * cuatro cabezas (de moros), y los cuatro palos rojos en campo de * pusiéronse sobre Balbastro, y con gran furia dieron combate al arrabal y le entraron, y se alojaron los condes *él, y los vecinos se subieron a lo más alto de la ciudad, * ser lo más fuerte, y se defendieron muy valientemente; * aunque puso el conde toda su fuerza en combatir el lugar, por ser el pueblo más principal que había emprendido, * conservarse en él aquel invierno, hasta que viniesen nuevos socorros, y por esto hacía lo posible para * y fue de gran importancia haberse entrado dentro de él, pues que se ganó el arrabal con doscientos *ballesteros, un caballero aragonés, que se llamaba Juan Abar* defendió bravamente aquella plaza, y el conde de Urgel, que vino en seguimiento del conde de Foix, se puso en Monzón y mandó entrar dentro a fray Aleman de Foxá, *comendador de Monzón, con treinta caballeros catalanes que *ban con él: estos entraron un viernes después de media noche, sin recibir daño alguno, en la fuerza de Balbastro, y luego se estrechó el cerco, y se tomaron los pasos y caminos, y comenzaron las compañías de gente de armas a correr el campo, de suerte, que no les pudo entrar otro socorro; y el conde de Foix pasó con su caballería hasta la puente de Monzón, creyendo que saldrían los del conde de Urgel, y corrían toda aquella comarca, y ponían en orden toda su artillería para combatir la fuerza de Balbastro, mas como allí hallaron tal resistencia, comenzaron a publicar que quería el conde invernar en las riberas del Ebro, y que en la primavera tendría tales hombres de armas, que darían la batalla o esperarían a ver quién segaría los trigos. Pusieron en tanto estrecho a los de la fuerza; que no les dejaban coger agua, de la cual tenían gran falta, y un día, que fue a 4 de diciembre, hubo entre ellos, sobre el tomar el agua, una brava escaramuza, de la cual salieron muchos heridos, y faltó poco que no se llegase a pelear de poder a poder; y esto era en ocasión que el conde de Foix sentía falta de bastimentos y tenía poca esperanza de tomar la fuerza de Balbastro, por lo mucho se defendían los que estaban dentro; y por esto, a 5 de diciembre, se desalojó el conde del arrabal, y tomó el camino de Huesca. Cuando el conde de Urgel, que estaba en Monzón, tuvo aviso de esto, envió delante, para que se entrasen en Huesca, algunas compañías de gente de armas, que eran hasta doscientas cincuenta lanzas; y porque él no tenía tanta gente, que pudiese dar la batalla al conde de Foix, ni para esperarle en el campo, y no había fuerza en el camino de Huesca, adonde se pudiese hacer fuerte con la gente que tenía, quedóse entonces en Monzón, y después, a 9 de diciembre, salió * su caballería y tomó el camino de Huesca, en seguimiento de los enemigos, que no se detuvieron en Huesca * sus términos, e hicieron jornada a Bolea, y de allí, un sábado por la mañana, se entraron en Ayerbe; pero no * tentar el castillo, así por faltarle gente que aguar* de Francia, como también porque el conde de Urgel * iba siguiendo el mismo camino, y se quedó en Huesca. * día que el de Foix llegó a Ayerbe, se estuvo quedo, * el día siguiente salieron dos mil de a caballo, que talaron * toda aquella comarca. El reino de Aragón estaba todo puesto en armas, y nadie había que se mostrase por el de Foix, y conociendo lo poco que aprovechaban sus armas, * desalojó de Ayerbe y se fue al reino de Navarra, con *pensamiento de entrarse en Bearne; y los del conde de Urgel y toda la más gente que estaba levantada le fueron siguiendo, y mataron mucha gente. Esta retirada se debió al conde de Pallars, a Arnau Guillen de Bellera, al obispo de Urgel, don Francisco de Eril y Ramón de Guimerá, (Wimarami mismo nombre, el de mi padre y un hermano de mi abuelo, de Beceite, Beseit, Teruel) que estaban en el condado de Pallars, por impedir no entrasen mil doscientos hombres que venían en socorro del de Foix, y como hallaron ocupado el paso, y no osaron entrar, ni otros que venían por Capsir y Conflent, porque allá también hallaron impedimento. En esto paró la entrada del conde de Foix en el principado de Cataluña; * aunque no fue generalmente grande el daño que dieron, *ero no dejaron de sentirlo mucho las villas y lugares del condado de Urgel, por do pasó, y fueron los que sintieron los daños e incomodidades de la guerra, que de tan poco provecho fue para el conde y su mujer, que más parecía que venían confiados de su derecho, que de su poder; y el fruto que sacaron fue, a la postre, que el rey don Martín les confiscó, como a vasallos rebeldes y culpados de crimen de lesa majestad, el vizcondado de Castellbó, con todo lo demás que tenían en Cataluña.

No paró en esto la pretensión del de Foix, antes en el año de 1398, estando el rey celebrando cortes en Aragón, entraron algunas compañías de gente suya, y combatieron y escalaron la villa de Tiermas, (donde hay termas) que está en frontera de Navarra, y el rey mandó al conde de Urgel y marqués de Villena, que se apercibiesen, porque él en persona quería salir con ellos; pero hallaron los que habían entrado tal resistencia, que se hubieron de volver por donde habían venido, y el rey mandó reparar la villa de Tiermas, que quedaba algo derruida de los combates le habían dado.
Había muchos príncipes que deseaban casar con la infanta doña Isabel, y algunos de ellos ya en vida del rey don Pedro lo pusieron en trato; y el que lo llevó * adelante fue Ladislao, que después fue rey de Nápoles, hijo del rey Carlos de Durazo y de la reina doña Margarita, su mujer; y por eso enviaron a Barcelona a Antonio * Carleto, capellán de su casa, para tratar y concluir este matrimonio, que no tuvo efecto; y el rey casó con una hija de Manfredo de Claramonte, conde de Módica, que después repudió, y tuvo tras esta otras dos mujeres, María, hermana del rey de Chipre, y María, princesa de Taranto, y de ninguna de ellas quedaron hijos; después, en vida del rey don Juan, trató de casar con Juan de Lusiñano, príncipe de Antioquía, hijo primogénito y sucesor de Jaime de Lusiñano, rey de Chipre, y el trato de este matrimonio llegó * adelante, y vino a Cataluña Juan de Lusiñano, se* de Banic, sobrino del rey de Chipre, con muy lucido acompañamiento, y el rey había enviado a Chipre a don *on de Perellos, vizconde de Roda, gran servidor del rey don Juan, y tan cuidadoso del estado de su alma, que * saberlo, pasó a Hibernia, y bajó al purgatorio de san *icio, y vio al rey, y le habló, según lo testifica fray *Fabricio Gauberto, en su historia de Aragón, y parece en memorias del convento de San Francisco de Perpiñan, donde está sepultado este animoso caballero, fidelísimo servidor del rey don Juan; y Ramón Fivaller, ciudadano de Barcelona, y don Ramón Alamany de Cervelló fueron a *, pero por sobrevenir la impensada y repentina muerte de aquel rey, no tuvo efecto el matrimonio: y cierto * que no era voluntad de nuestro Señor, que esta *señora fuera reina, que tres veces se vio a pique de serlo; *, en vez de ello, hubo de contentarse de ser hija y hermana de tres reyes. Después, en vida del rey don Martín, se habló de casarla con don Jaime de Aragón, hijo sucesor del conde don Pedro de Urgel, y pusiéronse * tratadores la reina doña María, mujer del rey don
Martín, y el rey don Martín de Sicilia, hijo de los reyes *don Martín y doña María de Aragón; y con tales media*, quedó el matrimonio concluido, y en el año de 1405, a 8 de julio, en el palacio real de Barcelona, presentes * Juan Martín de Mabrillo, obispo de Huesca, confesor del rey, don Jaime de Prades, condestable de Aragón, don *n de Cardona, almirante, don Pedro Cervelló, y fray *ro de Villacressa, maestro en sagrada teología, del orden de menores, embajadores del rey de Castilla; de Pedro de Torrelles, de Juan Desplá, tesorero del rey, de Ramón Çavall, Francisco Marquet y Pedro Marquet y Pedro Bertrán, concelleres primero, tercero y quinto de la ciudad de Barcelona, se publicaron los capítulos matrimoniales, y firmaron aquellos los reyes don Martín de Aragón y don Martín de Sicilia, su hijo, y por el conde, micer Pedro Taraban, micer Tristany de Luça y Juan Magueri, notario, como a procuradores del conde don Pedro. El dote fueron cincuenta mil libras barcelonesas, que el rey don Pedro le había dejado en su testamento; y se aseguró esta dote en las cortes que el rey celebró en Aragón, el año de 1380, y estas se pagaron de esta manera y con los pactos siguientes:
Que veinte y cinco mil libras, de estas cincuenta mil, hayan de ser del hijo que fuere conde de Urgel, y las demás haya de distribuir entre los demás hijos, salvo diez mil florines, de que pueda hacer a su albedrío.
Que si acaso tuviere hijos de otro matrimonio, a más de los que nacieren del presente, quieren que el que fuere conde de Urgel tenga y esté heredado en doce mil y quinientas libras, y otras doce mil y quinientas sean de los otros hijos, y que pueda disponer a su voluntad de las restantes veinte y cinco mil libras.
Que si no tuviere hijos, pueda testar la infanta de veinte mil libras, y las treinta mil vuelvan al rey de Aragón.
Pagóse este dote en esta forma:
Treinta y siete mil y quinientas libras, por todo el mes de abril siguiente, en el lugar que escogiere el conde don Pedro: y en caso no se cumpla, se pone el rey dos mil florines de pena, y por esto obliga el dominio alodial y directo, potestades o tenencias y demás derechos le competen y * en el condado de Urgel, por razón del feudo y directo dominio, sin retención alguna; y quiere que en di* caso el conde lo tenga en franco y libre alodio, hasta que sea pagado de las dichas treinta y siete mil y quinientas libras, y de los dos mil florines, y de las costas se *ieren para cobranza de ellas.
Por las restantes doce mil quinientas libras, le vende el rey *carta de gracia el dominio alodial y directo y tenencias de la ciudad de Balaguer, villas y lugares que eI conde tiene
en feudo por el rey.
El conde don Pedro hace donación a don Jaime, su hijo, del condado de Urgel y vizcondado de Ager, y se reserva * poder disponer de ellos en favor de la condesa doña Margarita, su mujer, dos castillos y villas del condado, que escogiere, como no sean Balaguer o Agramunt, y treinta libras jaquesas: y si de don Jaime no quedaren hijos, o quedaren sin llegar a edad de testar, todo lo donado vuelva a él o a su heredero; y si no quedare hijo varón, sino *a, que don Jaime o el que sucediere en el condado la * casar, según su estado y calidad; y no quedando *hijos, solo pueda disponer don Jaime de diez mil florines, que el conde don Pedro haya de sustentar a los novios * su familia, y en caso de discordia y separación, les dé la cuarta parte de su hacienda, quitados los cargos y *nsales (censales).
A la infanta se aseguraron dos mil florines de renta sobre las baronías y lugares de Buñol, Mecastre, Zulla, *taygues, Jatava, Alborratg y Binibonell, en el reino de Valencia; y las baronías de Cervelló, San Vicens dels Horts y las villas de Granollers y Caldes y Piera, en Cataluña.
El screix fueron quince mil libras, y que muerto el conde, le posea de vida, y muerto, sea de los hijos de aquel matrimonio, y no habiéndoles, vuelvan al heredero del conde; y por esto obligan las dichas baronías y lugares, hasta que sea del todo pagado: y porque estaban en grado de consanguinidad, el rey prometió que a sus costas alcanzaría
legítima dispensación de la sede apostólica; y que la boda se celebrase un mes y medio pasado el mes de abril, y que si el dote se pagaba antes, que sea antes la boda: sálvase empero el rey el dominio supremo que tiene sobre el condado de Urgel y vizcondado de Ager, y no quiere que en cosa sea perjudicado ni disminuido, sino en lo que queda dicho y pactado, y esto por asegurar que el conde no pensase estar exento, él y sus estados, de la jurisdicción del rey; y con estos pactos quedó concluido este matrimonio, aunque no se efectuó hasta el año siguiente.
A 24 de noviembre del año 1406, murió en la ciudad de Barcelona doña Sibila Forciana, (Na Forciana que escribe Jaume Roig) reina de Aragón, viuda del rey don Pedro, y madre de la infanta doña Isabel: murió religiosa profesa de la tercera orden de San Francisco, y parece que por alivio de sus trabajos pasados y porque no viera los que sucedieron a su hija y nietos, la quiso llevar Dios de este mundo después de haber visto casi concluido el casamiento de la infanta, su hija. El día siguiente fue sepultada en la iglesia de San Francisco de Barcelona, junto al altar mayor, que llamaban de san Nicolás, con el hábito de la orden, en un sepulcro de mármol donde había estado sepultado el rey don Alfonso, su suegro, que había ya días le trasladaron a san Francisco de Lérida, donde había escogido su sepultura. Hízosele a esta señora el entierro con tan cumplida solemnidad y ceremonia, como era costumbre a las mujeres de los reyes.
Dilatábase de cada día el casamiento de la infanta con don Jaime, y el conde don Pedro se cansaba de tanta dilación, y a 19 de abril de 1407 lo prorogó el rey, que estaba en Valencia, hasta 5 de mayo, y aun ese día no se efectuó; y el conde le había enviado un caballero de su casa, llamado Juan de Leytago, que solicitaba con grande instancia; y el rey, viendo la priesa del conde, dijo al embajador, que si el conde no quería más prorrogar la boda, que tomase la infanta y se la llevase, y que si hasta aquel punto lo había dilatado, había sido con pensamiento de solemnizar la boda, que quería fuese muy solemne, porque no le quedaba a él otra hermana que casar, ni tenía persona más allegada después del rey de Sicilia, su hijo: y a 6 de junio de 1407, partió la infanta de Barcelona para Valencia; y después, estando el rey en Barcelona, para que el conde don Pedro entendiese lo mucho que estimaba a su hijo don Jaime, le hizo lugarteniente suyo en el reino de Aragón, dándole amplísimo poder para que remediara ciertos bandos se habían suscitado en la ciudad de Huesca: yo creo debió remediarlo, porque no hallo en los autores que tengo visto memoria de estos bandos, argumento cierto, que con la prudencia del conde se puso paz entre las partes.
Este mismo año de 1407, día de san Pedro, en el real de la ciudad de Valencia, se consumó el matrimonio entre don Jaime y la infanta doña Isabel; y entonces todos los pueblos del señorío del conde dieron, según su posibilidad y amor, para los gastos de esta fiesta, que fue muy grande; porque el conde don Pedro quiso hacer demostración de su grandeza para festear el casamiento tan alto había hecho el conde su hijo, y asistieron en aquella ocasión, en Valencia, casi toda la nobleza de los reinos de la corona de Aragón, por dar gusto al rey don Martín, que gustaba se solemnizase esta boda, por estimar mucho a su hermana.
Hallo en memorias antiguas, que el rey mandó enviar a la ciudad de Balaguer treinta y siete mil quinientas libras, moneda de Barcelona, que eran parte de las cincuenta mil libras del dote de la infanta, y sobre el contar y peso de aquella hubo algunos disgustos, y envió el rey, por su parte, a Pericon Ferrer a Balaguer, que la pesó y contó muchas veces, y de aquí comenzó el rey a enfadarse de la casa de los condes de Urgel, que, aunque tan cercanos en parentesco, no había entre ellos el amor muy verdadero; y después a 30 de mayo de 1410, mandó el rey don Martín al maestro racional, pasase a micer Juan Desplá, su tesorero, en cuenta, veinte y cinco florines había pagado al Pericon Ferrer, por el efecto queda dicho.
El año siguiente de 1408, en el mes de junio, murió en el castillo de Balaguer el conde don Pedro de Aragón, siendo ya de anciana edad: fue hombre muy sabio, valiente y rico; dejó grandes tesoros y riquezas, y de los condes de Urgel, antecesores suyos, fue el que poseyó mejores estados, lugares y rentas. La ciudad de Gerona le había vendido un censal de pensión ocho mil sueldos; y don Miguel de Gurrea y doña María Álvarez de Mendoza, y los lugares de Antillon, Orviego, Ceylles, Ponça, San Garren y otros le hacían otro censal de pensión quince mil quinientos diez * y seis sueldos y ocho dineros, que por aquel tiempo era * grande renta. Sin el condado de Urgel y vizcondado de Ager, en Cataluña, tenía las baronías de Cervelló * San Vicente, vecinas de Barcelona, y las villas de Granollers, Caldes, Piera y otras: en el reino de Valencia, las baronías y lugares de Buñol, Mecastre, Se*gues, Jatava, Alborratg, Benibonet y otros; en el reino de Navarra, algunos pueblos que fueron de la casa de Entença; en el reino de Aragón, a más de las baronías de Entença y Antillon, que fueron de doña Teresa, tuvo los lugares de Fraga, Vallobar y otros, que fueron de su tío, * infante don Fernando; en Lombardía tenía la ciudad de Aque, que fue el dote de la condesa doña Margarita, su mujer. Sin esto tenía gran provecho y rentas de los *ganados, que por ser el condado de Urgel tan abundante de *pasturas, le rentaban gran dinero; de joyas, colgaduras y * alhajas semejantes había tanta abundancia, que tenía * de diez castillos tan bien alhajados, que en cualquier *ocasión llegara el rey a ellos se pudiera aposentar con toda su *. Batió en su tiempo mucha moneda, que llamaban *moneta agrimumtensis (acrimontensis) o denarii comitales Urgelli, y se aventajó * en la mixtura a la que habían batido los condes pasados, porque echó en ella mucha plata, y así corría por *gran parte de Cataluña, Aragón y Valencia: del quilate, *ma y marca de ella diré más abajo, en que trato de es*
Escribe Laurencio Valla, en su historia, que el conde don Pedro gustaba mucho de tener atesorado mucho dinero de oro y plata de diversos reinos y provincias, y esto en gran abundancia: teníalo en escritorios y arquillas, y tan apre*dos unos con otros que era imposible poderlos sacar con las manos, porque los metía por fuerza, de canto y en ringlera, apretándolos y entremetiéndolos con martillo; y cuando llegaban a Castelló algunos forasteros, les preguntaba qué género de moneda querían, y pidiendo ellos 
de la que corría en la región donde iban, los entraba en su tesoro y ofrecía de la que ellos pedían; pero como estaban tan achocados, era imposible sacarlos con las manos; y de estas burlas tomaba él gran gusto, y mucho mayor de que corriera por el mundo la fama de su riqueza. Hablando de las que halló el conde don Jaime, su hijo, dice: Habuerat ille a patre relicta scrinia, aureis argenteisque, pro regionum diversitate, nummismatis referta et, quod fando vix cognitum est, malleo cuneata; idque non avaritiae modo, sed lusus et contumeliae gratia. Hospites enim, qui permulti ad eum familiariter divertebant, sciscitabatur cujusnam generis peccunia indigerent; respondentes ejus generis ut in quam quisque prorvinciam iter haberet, adducebat ad scrinia, et quantum vellent capere jubebat, frustraque conantes capere deridebat, et hos sibi de amicis jocos comparabat. 

Fue muy enemigo de seguir la corte de los reyes, y se apartó de ellos todo lo posible, escarmentado del mal había sucedido a los infantes don Jaime, su padre, y don Fernando, su tío, el haberse tanto acercado con el rey don Pedro; y aunque después de muerto este rey, el rey don Juan, su hijo, fue más pacífico y benigno que su padre, pero su condición tan pródiga le desagradó tanto como la bulliciosa e inquieta del rey su padre; y excusara el haber de asistir a los reyes, si el deudo tan cercano y feudos tenía no le obligaran a ello.
Casó el conde don Pedro dos veces, la primera con doña Beatriz de Cardona, hija de don Hugo Folc, primer conde de Cardona, y de doña Blanca de Aragón, hija del infante don Ramón Berenguer, hijo del rey don Jaime el segundo. A 10 de diciembre de 1359, se hicieron los capítulos de este matrimonio en Cervera, en la iglesia de los frailes claustrales de San Francisco, que el día presente tienen los padres Mínimos. El dote fue treinta mil libras, moneda barcelonesa de terno; la paga fue luego cinco mil libras, diez mil el día que el matrimonio fuese solemnizado in facie sanctae matris Ecclesiae, cinco mil libras dentro de dos años, esto es, la mitad cada fin de año, y diez mil libras después de muerto el conde de Cardona, dentro de cuatro años, esto es, dos mil quinientas libras cada fin de año; y habían de ser las pagas en el lugar de Castelló de Farfanya; y muriendo el vizconde sin hijos, la hace heredera a ella y a sus hijos del vizcondado de Cardona. El esponsalicio o screix, que decimos, fueron diez mil libras barcelonesas: el dote fue asegurado por doña Cecilia, como a tutora del conde, sobre los lugares y castillos de Pons, Altés, Uliana, Ciurana, Vilaplana, Uliola, Puigvert, Viures, Colfret, Anya, Locats, toda la honor de Lavansa, y sobre todos los castillos y lugares y derechos que el dicho conde tenía dentro las procuraciones de Pons, Puigvert, Uliola y Monmagastre, que era el archivo de los condes de Urgel. Era el conde don Pedro menor de veinte años y mayor de diez y seis, y doña Beatriz, a 19 del mes de diciembre, en el dicho monasterio, fue con gran solemnidad emancipada, habiendo convenido a aquel auto muchos caballeros y personas de cuenta, entre ellos Berenguer de Ribelles, Arnaldo de Eril, Arnaldo de Miralles y otros muchos, y después, a 22 del mes de agosto de 1363, se celebró el matrimonio en la iglesia de san Vicente de Cardona, por Francisco, abad de Ager. Estaban allá don Juan, conde de Ampurias, don Pedro de Anglesola, Berenguer de Ribelles, Dalmau de Queralt, Berenguer Ramón de Cervelló y muchos otros. Están estos autos en la escribanía del rector de Cardona, y copia de ellos en el archivo de Arbeca.
En Guisona, a 25 de diciembre de 1371, hizo su testamento, y en él heredó a su padre, y a su madre legó diez mil libras, y otras diez mil al conde, su marido, y dejó fundados beneficios en la iglesia de San Vicente de Cardona, uno so invocación de San Luis, y otro so invocación de Santa Inés. Dejó su cuerpo a dicha iglesia. Hallo memoria en el libro del monasterio de San Vicente de la villa de Cardona, que, a 2 de los idus de marzo de 1383, fueron trasladados sus huesos en dicho monasterio, y no dice la memoria de dónde fueron sacados. Después casó con doña Margarita, hija de Juan, marqués de Monferrat, y descendiente por línea legítima (legí-ma) de los emperadores orientales: había ya entre ellos algún parentesco, porque este príncipe había casado con hija del rey de Mallorca; y por mayor claridad de la que voy tratan-tando, (tratando) pintaré aquí el árbol de los marqueses de Monferrat porque parezca la gran nobleza y calidad de esta señora.
Witikindo, que ocupa el primer grado y lugar de esta genealogía, fue cuarto hijo de Teodorico, conde Ringelhimiense y nieto de Witikindo, gran rey de Sajonia: este príncipe y su mujer fueron a visitar el sepulcro del apóstol Santiago, y continuando en peregrinación, murieron en Italia.
Alramo, hijo de Witikindo, quedó en Italia sin padre ni madre, siendo aún muy niño, y allá fue criado y se casó con una hija del emperador Oton I, que se llevó sin voluntad del padre, por solo consentimiento de ella; y temiendo los dos la justa indignación de él, anduvieron mucho tiempo escondidos, y pasaron lo más tiempo disfrazados junto a un castillo llamado Garrecio, y antiguamente Monjardino, en Lombardía, y después fueron descubiertos, y el emperador, olvidando lo que había pasado les tomó en su gracia y le dio el ducado Taurinaciense y Eporregiense, y le creó primer marqués de Monferrat. Esta hija del emperador la nombraron Adelayda o Aloysia o Alesia o Falisca.
De este matrimonio nacieron siete hijos, y a cada uno de ellos dio el emperador, su abuelo, un marquesado; y fueron:
Guillermo primero de este nombre, que fue marqués de Monferrat, y se lo confirmó el emperador Otón, como parece del auto de esta confirmación, hecho en Ravena el año del Señor de 997, en el mes de abril, en que también confirmó el título de marqués de los otros hermanos: casó con Elena, hija de Ricardo, duque de Normandía.
Otón fue marqués de Seva.
Alramo marqués de Ponzano.
Luis marqués del Bosco.
Gualterio marqués de Saluzo, de quien quedó mucha descendencia, que por no ser de esta historia, la dejo.
Bonifacio marqués de Savona y Final: éste fundó el monasterio de Locedi, en el campo de Vercelli, el año de Cristo 1019. Casó con Beatriz, hija de Teodorico, el Mozo, duque de Mocellano, de quienes quedaron hijos y descendientes.
Dedo, marqués de Parissa.
De Guillermo, primero de este nombre, marqués de Monferrat, quedaron un hijo y una hija.
Bonifacio, que llaman segundo de este nombre, al respecto del tío, alabado de todos los autores por su gran sabiduría y prudencia, casó con María, hija de Felipe, rey de Francia.
Isabel casó con Azo, marqués de Este.
De Bonifacio quedó solo un hijo, llamado Guillermo, el Viejo: éste acompañó a Felipe, rey de Francia, y a Conrado III, emperador, su suegro, cuando fueron a Jerusalén, el año 1146, y llegó a edad decrépita, y por eso le llamaron el Viejo, y murió el año 1183, y tuvo dos mujeres; la primera fue hija de Umberto, segundo conde Morienense, y la segunda se llamó Itha, y era hija del emperador Conrado. Blondo y Platina, en sus historias, refieren las hazañas y hechos de este marqués en esta santa expedición.
De Guillermo, el Viejo, quedaron tres hijos y dos hijas; los hijos fueron:
Guillermo III, llamado de la larga espada. A este nombró capitán del ejército cristiano, que estaba en Asia, el rey Balduino IV de Jerusalén, y le dio a Sibila, su hermana, por mujer, y también el reino de Jerusalén, que le pertenecía, como a hijo de Almerico. Este Guillermo tuvo muchos encuentros con Saladino, y alcanzó grandes victorias, y murió en 1175, y dejó heredero del reino de Jerusalén a Balduino, hijo suyo y de Sibila, que solo reinó tres meses, porque Sibila casó con Guido de Lusiñano, que codicioso del reino del entenado, le dio yerbas, y murió siendo de edad de seis años, y en el de Cristo 1180.
Reynero, hijo segundo de Guillermo, el Viejo, fue príncipe de Tesalia y casó con Cirimaria, hija de Manuel, emperador de Constantinopla, de quien recibió la investidura del principado de Tesalia, y murió el año de 1182.
Bonifacio, hijo tercero de Guillermo, el Viejo, fue marqués de Monferrat, y se encargó del gobierno del sobrino; y porque entendió que el soldán alistaba gentes de armas para pasar a la conquista de Jerusalén a tomar el reino del sobrino, él también juntó un grande ejército para socorrer al sobrino, y cuando estaba para marchar, sucedió la muerte de él: y con todo, pasó con su ejército en defensa de aquel reino que poseían Guido Lusiñano y Sibila, su mujer, y en un encuentro que tuvieron con el soldán, fueron presos Guido y Bonifacio y llevados a Damasco, donde estuvieron presos tres años. Entonces Conrado, que unos dicen ser hijo de Reynero, otros de Bonifacio, y esto es lo más cierto, juntó un gran ejército y les dio libertad, como veremos hablando de él. Fue preso Bonifacio el año de 1181, y estuvo en poder de Saladino tres años. Tuvo dos mujeres, María, hija de los reyes de Hungría, y después Constanza, de la casa y linaje de los duques de Saboya.
Jordana fue hija de Guillermo, el Viejo, y casó con el emperador de Constantinopla.
Inés fue la otra hija, que casó muy altamente.
Del marqués Bonifacio quedaron tres hijos varones.
Conrado fue el mayor, y fue marqués de Monferrat. Este juntó gran ejército de italianos, y ayudado de venecianos, fue contra Saladino, y dio libertad a su padre, y le intituló rey de Jerusalén, y en un alboroto particular, lo mataron dos turcos, en la ciudad de Tiro, en el año 1192. Casó con Isabel, hija de Almerico, rey de Jerusalén, que era viuda de Hunfredo Turonio.
De Conrado e Isabel nació una hija, llamada Yole, o por otro nombre María, que casó con Juan de la Brenya, rey de Jerusalén, y fue su primera mujer; y de este matrimonio quedó una hija, llamada Yole, que fue mujer de Federico II, emperador y rey de Sicilia; y de aquí dice el Sansovino, en su cronología, que les vino a los reyes de Sicilia el título de rey de Jerusalén. La segunda mujer de este rey fue hermana del rey don Fernando de Castilla, y casó en el año 1224, en ocasión que viniendo de peregrinación de San Jaime de Galicia (Santiago), pasó por Toledo, donde estaba el rey, y allá se concluyó el matrimonio.
Guillermo, hijo segundo del marqués Bonifacio, y por muerte del hermano, le hallo en el catálogo de los marqueses de esta casa. Este casó primero con Isabel, hija de Ricardo, rey de Inglaterra, y tuvo una hija llamada Margarita; y después, en el año 1186, con Sofía, que era hija del emperador Federico; y tratando de ayudar a su hermano Conrado, en ocasión le querían quitar el reino, le dieron yerbas, y así murió, y dejó dos hijos, Guillermo y Margarita.
Demetrio fue el hijo tercero de Bonifacio, y se intituló príncipe de Tesalia.
De Guillermo, hijo segundo del marqués Bonifacio, quedó un hijo, llamado Bonifacio, que también llaman Juan, que fue marqués de Monferrat: fue hombre valiente, esforzado de cuerpo y muy prudente, y murió el año 1254. Casó con Margarita, hija del conde de Saboya y tuvo un hijo, llamado Bonifacio.
Margarita, hija del marqués Guillermo, casó con el infante don Jaime de Castilla, hijo del rey don Alonso el Sabio; y por muerte de éste, casó segunda vez con el infante don Juan, hijo del mismo rey, con legítima dispensación.
Bonifacio, marqués de Monferrat, añadió mucha tierra a su casa. Este casó con Beatriz, hija de Alfonso, rey de Castilla; y a este marqués llaman algunos Guillermo: tuvo cuatro hijos.
Rumboldo, marqués de Monferrat, casó con Juta, hija de Leopoldo, duque de Austria: no le sabemos sucesión.
Juan, hijo segundo de Bonifacio, marqués de Monferrat, llamado el Justo, por muerte del hermano, casó con Margarita, de la casa de los condes de Saboya, y murió sin hijos, e hizo heredero a Teodoro, su sobrino, hijo de su hermana.
Yole o Violante (Yolanda) fue mujer de Andrónico Paleologo, el más viejo, emperador de Constantinopla, de quien tuvo muchos hijos, y entre otros a Teodoro, que fue marqués de Monferrat.
Aloysia fue la otra hija del marqués Bonifacio, y casó con Ursino, patricio romano.
Por muerte de Juan, hijo segundo de Bonifacio, sin hijos, acabó la línea masculina de los marqueses de Monferrat; y porque el estado no saliese de su linaje, nombró heredero a Teodoro, hijo del emperador Andrónico Paleologo, y de Violante, su hermana; y luego enviaron los señores del marquesado embajadores al emperador, para que les diese su hijo, y uno de ellos, que deseaba alzarse con el marquesado, tuvo traza que entendiese el emperador, que la viuda del marqués muerto quedaba preñada, con pensamiento que el emperador les despediría, sin enviar su hijo, hasta que se supiera la verdad del preñado.
Pero uno de los embajadores avisó al emperador del embeleco, y le aconsejó los detuviese allá hasta que se supiese la verdad; y por eso envió a Monferrat, y supo que no era nada le preñez, y luego envió su hijo Teodoro, y quedó burlado el embajador que llevaba pensamientos de usurparse lo que era suyo. Casó este marqués con Argentina, hija de Opicino, caballero genovés, muy noble, del linaje de los Spinolas.
De Teodoro Paleologo quedaron dos hijos, que fueron:
Juan Paleologo, marqués de Monferrat, príncipe muy esclarecido. Casó con la infanta doña Isabel, hija de don Jaime de Aragón, rey de Mallorca, y de doña Constanza, hermana del rey don Pedro de Aragón: dióle el rey cincuenta mil florines de dote, y ella renunció a todo el derecho le pertenecía al reino de Mallorca, condados de Rosellón y
Cerdaña y señorío de Mompeller, y lo cedió en favor del rey, que lo había confiscado al de Mallorca, su padre.
Yole o Violante fue mujer de Amadeo, duque de Saboya.
De Juan Paleologo quedaron cuatro hijos: el mayor fue:
Otón, marqués de Monferrat, que casó con Violante, hija de Galeazo, tirano de Milán, y no quedaron hijos.
Guillermo fue el hijo segundo, y murió en una batalla junto a Nicopoli,
Teodoro fue el tercer hijo, y fue varón muy pío y devoto; edificó y dotó muchos monasterios e iglesias: tuvo dos mujeres; la primera fue Juana, hija de Roberto, duque de Bar, de quien tuvo dos hijos, que fueron Jaime Juan, marqués de Monferrat, a quien el emperador Segismundo hizo presidente de Italia, y casó con Juana, hija de Amadeo, duque de Saboya; y una hija, llamada Sofía, que casó con Juan Paleologo, emperador de Constantinopla. La otra mujer de Teodoro fue Margarita, hija de Amado, príncipe de Acaya.
La otra hija del marqués Juan Paleologo fue nuestra doña Margarita, que casó con don Pedro, conde de Urgel, y le llevó en dote la ciudad de Aque, en Lombardía, y se la dieron estimada en diez mil florines de Valencia, que en aquel tiempo valían quince sueldos seis dineros el florín; y el conde mandó en su testamento, le fuese restituida, con cinco mil florines de oro de Aragón, por razón de su screix o (esponsalicio) .... , que así le llama en el testamento; y no le lega más, por no haber recibido más de los dichos diez mil florines pagados con la dicha ciudad, de donde infiero que el dote debió ser mayor, pero no se dio en efecto más de la dicha ciudad.
Tuvo el conde don Pedro, en su mujer doña Margarita, siete hijos:
Don Antonio y doña Beatriz, que murieron muchachos, y fueron los primeros.
Doña Leonor fue la tercera hija de este matrimonio. Esta señora, cuando sucedió la prisión del conde, su hermano, aún no era casada, aunque por su gran linaje y singulares
virtudes la habían pretendido muchos príncipes y señores. Dejóle su padre de dote treinta mil florines de oro de Aragón, y cinco para los vestidos y galas se ofrecerían en aquel matrimonio, y teniendo hijos, lo dejaba a sus voluntades, pero no teniéndoles, solo tenía a su disposición seis mil florines no más. Después de preso su hermano, no le faltaron hartas tribulaciones, persecuciones y trabajos, como veremos después en su lugar: solo diré el fruto que sacó de ellos y provecho. Esta señora, por medio de ellos, vino a conocer el mundo y sus engaños: consolábase con fray Pedro Margenet, monje del monasterio de Poblet, santísimo varón, y fray Pedro Cerdan, de orden de San Domingo, predicador apostólico y discípulo de San Vicente Ferrer: estos dos santos varones de tal manera encendieron el corazón de esta señora a las cosas de Dios y eternas, que, menospreciando las de este mundo, dio con grande espíritu de mano a todas ellas, y dejando olvidadas las pretensiones tenía contra el rey de Aragón, que le había confiscado su hacienda y lo que le había dejado el conde su padre, con dos criadas viejas y dos doncellas que la quisieron seguir, se retiró en un desierto, en el término de Monblanc, no muy lejos de Poblet, y allá edificó una hermita, so invocación de San Juan Bautista, donde, a imitación de aquellos antiguos anacoretas, hizo muy áspera y penitente vida: su vestido era cilicio, y con ser aquella tierra muy fría de su natural, siempre anduvo descalza; su comida fue un continuo ayuno y rigurosa abstinencia: el cilicio ordinario era de asperísimas cerdas, a más de tres círculos de hierro que traía, el uno ceñido, y los dos a las piernas; y tomaba disciplina con una cadena de hierro llena de punzas de lo mismo. Estos trofeos aún se conservan sobre su sepultura, donde yo los he visto y venerado, y otros tantos están en la ermita de San Juan Bautista, donde vivió; y para los que no saben qué es penitencia ni mortificación, y aun para los que lo han experimentado, causa pasmo y admiración.
Ni por estar retirada en aquella soledad y penitencia, dejaron algunos príncipes y señores el pensamiento de casar con ella; y quien lo deseó con más veras fue un caballero portugués de la casa real, a quien una memoria del monasterio de Poblet llama su esposo, y dice que estaba concertado de casar con ella. Este llegó a Monblanc en medio del verano, y el otro día que quiso subir a la ermita, cayó tanta nieve, que no pudo subir a ella, y mandó que con palas y azadas le abrieran el camino, y llegó a las puertas de la santa anacoreta, que no le quiso ver ni hablar, y él se volvió muy edificado de lo que había visto, certificado que quien tal vida hacía, no dejaría el esposo del cielo, por él ni otro alguno de la tierra. Murió de edad de cincuenta y dos años y en el de Cristo 1430, de
pestilencia, y su enfermedad le duró del sábado al miércoles; y se cuenta en la vida del santo varón fray Pedro Margenet, que luego que fue muerta, vio gran multitud de ángeles que subían su alma al cielo, y que viéndola este siervo de Dios, la llamó, y le dijo con lágrimas: "Hermana mía muy querida, acordaos de rogar a Dios por mí.»
En su testamento, que hizo en poder de Pedro Bellicen, y hoy está en la notaría de Monblanc, escogió sepultura en el monasterio de Poblet, y la pusieron en la capilla de los Evangelistas, al lado del altar, a la parte del evangelio, en una caja de madera, que yo he visto allá, cubierta con un paño de grana, con escudos de las armas de Aragón y Urgel, aunque todo muy consumido de viejo; y a la pared están colgados con unos clavos los tres círculos de hierro, un ceñidor de cerdas, y unas cadenillas como disciplinas.
La otra hija se llamó doña Cecilia: ésta casó con don Bernardo de Cabrera, y estuvo concertada casar con don Juan, hijo del conde de Cardona, y los capítulos estaban hechos y firmados, y el dote eran veinte y tres mil florines de oro de Aragón; y después no tuvo efecto este matrimonio, y estuvo algún tiempo sin casar, y cuando murió el rey don Martín de Sicilia, su padre, el rey de Aragón tuvo pensamiento de casar con ella, y lo dejó, por no acrecentar dignidad y poder a don Jaime, su hermano. Después de preso el conde don Jaime, el hijo del duque de Cardona volvió a pedirla y quería casar con ella; pero su madre doña Margarita jamás vino bien en ello, quejosa del conde de Cardona, por haber desamparado a su hijo y haberse pasado al rey; y solía decir la condesa, que la casaría con cualquier hombre que le sacase a su hijo de la cárcel, y después casó con don Bernardo de Cabrera, y fue muy hermosa y de lindo talle y disposición: vivió algunos años más que el marido, y murió sin hijos. De su hacienda dejó herederos, de la mitad a doña Leonor, su hermana, y faltando ella, a sus hijos; y de la otra mitad hizo heredera a la duquesa de Coimbra, su sobrina, y faltando ella, a sus hijos, y de la una parte y de la otra, a don Juan, hijo del conde de Prades y de doña Juana de Aragón, su sobrina, hija del conde don Jaime de Urgel, y faltando él, a sus hijos, y no habiendo hijos de la princesa de Salerno, sustituye al conde de Prades y a la duquesa de Coimbra, y ellos muertos, a sus hijos, in stirpes et non in capita. Vivía esta señora en la torre de Bellsguart, junto a Barcelona, y en su testamento la dejó, juntamente con una casa en la calle de la Cucurella, y los censales tenía en Barcelona, al conde de Módica y vizconde de Cabrera. Fue sepultada en el monasterio de San Francisco de Barcelona, junto a las *gradas que suben desde el coro al altar mayor, y mandó se hiciese su sepultura muy sencillamente. Hizo su testamento * la dicha torre de Bellsguart, al último de diciembre de 1458, y murió a 24 de octubre de 1460. Este su testamento he visto en los papeles del archivo del duque de Cardona, en Arbeca, y le recibió Francisco Mantella, notario de Barcelona.
La otra hija fue doña Isabel. Esta, ya en vida del padre, * monja del real monasterio de Xixena, en Aragón, y a * dejó su padre cien libras, como parece en el testamento.
El otro de los hijos varones fue don Jaime, de quien hablaremos después, y fue conde de Urgel.
Otro hijo tuvo, llamado don Tadeo: éste murió muchacho, y fue sepultado en la iglesia de Agramunt, y el conde, su padre, ordenó en su testamento, que fuese trasladado a la iglesia de Almata, donde mandó se labrasen muy suntuosos sepulcros para él y sus padres.
Don Juan fue el otro hijo: a éste dejó la baronía de Entença y el censal de don Miguel Gurrea, de pensión quin* mil quinientos diez y seis sueldos y ocho dineros jaqueses, ´* todo lo demás que tenía dentro del reino de Aragón, que *consistía en lo que arriba queda dicho; y se lo deja en franco alodio, y le obliga que haya de dar valenza a los condes de Urgel que sucedieren en aquel condado por línea masculina, contra cualquier personas, exentos el rey y su primogénito y la condesa doña Margarita; y si no lo hiciere, le obliga que lo tenga por los condes de Urgel que sucediesen en aquel estado por línea masculina, en feudo, y con obligación de dar los homenajes según usajes de Cataluña y fueros de Aragón, y declara que el feudo sea honrado, y ordena que su hijo don Juan no esté obligado e dar las tenencias o potestades de ninguno de sus castillos, ni prestar servitud alguna, sino solo con obligación de valer y ayudar al conde don Jaime y sus sucesores por línea masculina, condes de Urgel, contra cualquier personas, salvo contra el rey, su primogénito y la condesa doña Margarita; y si su hijo don Juan y los suyos, requeridos dentro de un año, no confesasen el feudo, ni dieren valenza y favor, les priva de las dichas baronías, y manda que venga todo a su heredero; y asímismo le manda y obliga al dicho heredero que valga y favorezca a su hijo don Juan y a sus herederos, y si no lo hiciere, quede absuelto de las dichas obligaciones y queden sus baronías sin feudo ni otra de las obligaciones puestas en favor de don Jaime y de los sucesores suyos, condes de Urgel.
Después ordena y da poder a su heredero y descendientes de cobrar la dicha baronía de Entença por setenta mil florines de oro de Aragón, y de ellos hayan de comprar otras baronías, si las hallaren, y cuando no, sean puestos los setenta mil florines a censal hasta que hallen tales baronías; y muriendo don Juan sin hijos varones, como murió, le substituye el conde don Jaime, y en tal caso quiere que las hijas sean dotadas según su calidad; y por no haber quedado hijos, todo vino al conde, su hermano.
Murió don Juan, después de muerto el rey don Martín, antes de que se hiciese la declaración de Caspe, y como parece en algunas memorias, aún era viva a 21 de junio de 1410; porque en dicho día, estando en el lugar del Almunia (la Almunia de doña Godina), en Aragón, en compañía de don Juan, conde de Cardona, de Andrés de Barutell, su deudo, y de Tristán de Luça, licenciado en leyes y canciller del conde don Jaime, ratificó la venta que había hecho el conde, su hermano, de la villa de Granollers al magnífico Ramón de Torrelles. Era, cuando murió, de edad de catorce años, poco más: está sepultado en Almata, en el mismo ataúd que el conde, su padre, y los he visto a los dos enteros.
Dice el vulgo que el conde don Jaime, su hermano, codicioso de heredar estas baronías, le dio veneno, con que le mató, y por eso permitió Dios le fuese quitada la sucesión de estos reinos, siendo el que, según la común opinión (pero no la de los compromisarios), más derecho tenía a ellos: razón que, bien considerada, no tiene fundamento, porque cuando murió don Juan, no estaba el conde don Jaime tan empeñado y falto de dinero, que la codicia o necesidad le obligara a tan gran maldad, porque el conde, su padre, le dejó tan grande estado y patrimonio, que era el más rico señor de toda España (pero conde, no rey), y el que, después del rey, tenía más vasallos, señoríos y rentas; y en aquella declaración que se hizo en Caspe, lo que menos se miró fue a los méritos y deméritos de las personas, sino la justicia de ellos, y no por haberse sospechado que el conde hubiese sabido en esta muerte le habían de privar de lo que era suyo y de derecho y justicia le pertenecía, porque aquel juicio no era criminal, sino civil; aunque, por confirmar esto, dice fray Justiniano Antiste, (Antist) en la vida de San Vicente Ferrer, que este glorioso santo, cuando llevaban al conde preso a Castilla, que fue en el mes de diciembre del año 1413, le salió al camino, para darle un acuerdo y aviso de lo que le convenía, y que el conde, encendido en cólera, le dijo que era un hipócrita, y que por sus particulares intereses le había quitado el reino, como mal hombre que era, y el santo le dijo: «Vos, conde, sois mal hombre, que tal día matastes vuestro hermano, y no había Dios de permitir que tan mal hombre como vos reinara en Aragón,» y que el conde quedó asombrado de oír esto, por ser muy secreto, y que de allí adelante quedó muy reconocido de lo que hasta entonces había hecho (además de mandar matar al arzobispo de Zaragoza en pleno proceso). Esto es lo que dice aquel autor; y bien considerado, no pudo ser: es la razón clara, porque el santo estaba en Mallorca a los primeros del mes de setiembre del año 1413, y estuvo allí hasta los postreros de febrero del año siguiente, sin haber salido en todo el dicho tiempo de aquella isla; y el conde fue llevado a 10 de diciembre de 1413 preso a Castilla, y esto es cierto, y así mal pudo salirle el santo en el camino, (pero sí en su conciencia) para hablarle, porque el conde después de preso, fue llevado de Balaguer a Lérida, y de allá a Zaragoza, y de aquí a Castilla, sin pasar a Mallorca, porque ni era camino ni había para qué haber de hacer tal rodeo; y así no sé cómo puede ser lo que dice aquel autor, y más que en aquella ocasión ya no le había el santo de llamar conde, ni darle título, (pues no lo hagas tú tampoco, ababol, y llámale Jaimito el atontao) por estar privado de él y de todos sus bienes; y aunque el santo estaba en Mallorca cuando le fue confiscado el estado, pero ya de todo tenía bastante noticia, que el rey se lo había escrito con carta de 20 de noviembre de 1413, escrita en Lérida, y está en el archivo real de Barcelona, en un registro Sigilli secreti regis Ferdinandi primi sub anno 1413, folio 142. Más; que aunque al conde (que ya no lo era, zopenco!) se le hizo cargo en su prisión y en el proceso criminal que el rey formó contra él de muchas cosas, pero de esta muerte no se habló palabra, que si fuera culpado no es posible, porque fueron tantos los dichos de los testigos que depusieron contra de él, y algunos tan poco afectos, que no lo hubieran disimulado ni tenido secreto, si tal hubieran sabido (no lo podían probar, fuese o no cierto); y averiguado al origen y fundamento de esto, se conoce ser más invención y calumnia de sus enemigos, que otra cosa; y el autor de unos fragmentos de la vida del conde don Jaime, dice, que si esto fuera verdad, no lo hubieran disimulado los paheres de Lérida, en unos razonamientos pasaron entre el rey y el duque de Gandía y ellos sobre los sucesos y prisión del conde; y Laurencio Valla, autor de tos tiempos, que cuenta muy particularmente estas cosas no dice nada de esto, y es cierto que, a ser verdad, no lo disimulara, porque no estaba nada afecto a las cosas del conde, ni sintió bien de ellas; y lo mismo hiciera Garci Alvar de Santa María y otros autores de aquellos tiempos, que no es verosímil ignoraran esto. (Espero que hables del asesinato del arzobispo de Zaragoza en este libro lameculos de los condes de Urgel).
Dejó en su testamento, que otorgó a 20 de mayo de 1408, en el castillo de Balaguer, muchas pías y santas instituciones, y en una de ellas mandó que en el monasterio de Almata, a más de las trece religiosas que instituyó en él el infante don Jaime, su padre, se añadieran diez más, y les dejó para sus alimentos cien libras de renta, y treinta para el vestuario de todas diez. Obligólas que tres días de la semana rogaran a Dios por su alma, y dejó muy encargado a su heredero alcanzase licencia del sumo pontífice, para mudar las veinte y tres monjas en frailes de la misma orden de San Francisco, y que las monjas fuesen puestas en otros monasterios de su orden del reino de Aragón, salvo si su hijo y la ciudad de Balaguer u otras personas devotas las quisiesen sustentar, y que la renta del nuevo monasterio fuese administrada por los mayorales de Nuestra Señora de Almata y otros, y la empleasen en el sustento de tantos frailes como se pudieran mantener de ella, obligándoles a hacer ciertos sufragios por su alma; y al conde su hijo manda, que en caso que no se efectué esto, haya de pagar quinientos sueldos cada un año, en nombre de pena y en enmienda de no haberlo procurado, y que sirvan por reparar y reedificar el monasterio. Y pareciéndole que el monasterio de Almata no estaba en lugar y puesto conducente, y peligraba mucho ser profanado en tiempos de guerras, por no estar murado y servir de padrastro al castillo; pareciendo también que si en tiempo de guerra se derribaba, sería cosa indecente e impía que los sepulcros en que los cuerpos suyos y del infante, su padre, y otros que allá estaban sepultados y por adelante se sepultarían, quedasen profanados y sin la decencia debida, y los religiosos o religiosas que allá viviesen, maltratados por eso; manda sea mudado y de nuevo edificado tras del castillo, y dando el orden y forma de todo, lo ordena con estas palabras:
Ideo heredem universalem nostrum predictum et infrascriptum necnon patiarios et probos homines dicte civitatis et particulares ejusdem efectuose et ex corde rogamus ut respecta servitii divini et pro evitando dictum dedecus et periculum quod in dicto casu eis sine dubio evenerit propter honorem et reverentiam dictorum sepulcrorum et decorationem civitatis predicte prestent opus et operam per efectum quod mutatio dicte ecclesie et monasterii fiat intus clausuras predictas (esto es, dentro de los muros de la ciudad de Balaguer) in forma sequenti videlicet: quod dicta ecclesia edificetur solemniter *um capellis in utroque latere cum voltis et croeratis secundum *formam ecclesie predicatorum monasterii Barchinone vel ecclesie monasterii predicatorum civitatis Balagarii predicte intrans verso patii castri predicti ad latus capelle ibi jam constructe cujus ecclesie caput existat versus orientem si tamen heres noster ecclesiam ipsam nolebat facere pulchrionem: et in ipsa ecclesia volumus transmutari tumulata nostra *predictorum parentum et filiorum nostrorum in loco honorabili et decenti dictum vero monasterium edificetur in deserto *palacii Balagarii ad latus muri ibi constructi super torrentem qui vocatur Alcarraz ad partem septentrionalem in cujus *nuri angulo ad partem occidentalem est quedam turris vocata *Den Gili: volentes quod dictum monasterium edificetur in dicto deserto et in dicto loco ita longe a dicto muro quod infra ipsum murum et dictum monasterium quatuor equites et de *ronte simul possint incedere pro periculo evitando presertim *tempore guerre. Volumus insuper quod dictum monasterium *edificetur ut magis prope poterit versus castrum predictum et flumen Sicoris (lo riu Segre) ut facilius sorores vel fratres dicti monasterii possint transire per murum qui est super portale torrentis d*e Alcarraz ad ecclesiam dicti castri in qua solemniter et can*ndo celebratur hora tertiarum vesperorum et completorii et *icte misse una matutinalis et alia solemnis alias vero *horas matutinarum et primam et horam nonam que comuniter celebratur post prandium possint infra dictum monasterium *vel in dicta ecclesia si maluerint celebrare quodque dictus mu*us exaltetur competenter ut plenius et cum minori labore *dicte sorores vel fratres valeant ambulare et dictus murus coo*eriatur de volta vel taliter quod dicti religiosi cooperti possint transire per ipsam et super ipsa transitudine edificentur *ntepits et murons ut dictus murus tempore necessitatis *facilius defendatur ipso pasagio non obstante: rogantes insuper *fectuose patiarios et probos homines ac presbiteros dicte civitatis Balagarii quod redditus et emolumenta que jam sunt dicte confratrie velint convertere in augmento dicti monasterii pro meritis aminarum suarum ac decoratione dicte civitatis et confratrie predicte. Item volumus quod ad latus dicti monasterii addatur una ecclesia non multum magna nec multum sumptuosa cum lignis cooperta in qua quidem ecclesia dicte sorores vel fratres possint celebrare horas ut est superius destinatum.

Pero nada de esto se hizo, por ser cosa de gran consideración y gasto, y haber de concordar las voluntades de muchas personas que lo desviaron, considerando las dificultades se ofrecían en esta manda y fundación; y más, dos años después de muerto el conde, murió el rey don Martín, y el conde don Jaime, que era el que había de dar el dinero para este gasto, cuidó más de la sucesión del reino, que de esta fundación, y de aquel punto adelante tuvo tantos trabajos y cosas en que entender, que le dieron poco o ningún lugar de cumplir la disposición del conde, y así se quedó todo de la manera que estaba cuando murió, como suele acontecer a los que en vida obran poco, y en el testamento fundan mucho, creyendo han de obrar los otros lo que ellos, pudiendo, en vida, lo dejaron para después de la muerte.
Sin esto dejó fundadas muchas misas perpetuas: en el monasterio de Nuestra Señora de Monserrate fundó ciento, en el monasterio de Ager otras tantas, celebradoras cada año el día que muriese. Edificó a su costa, de labor muy curiosa y pulida, mucha parte del claustro del monasterio de San Pedro de Ager, y se conoce en los escudos de sus armas, que están en muchas paredes de aquel claustro: en el monasterio de Almata, donde estaba sepultada la condesa doña Cecilia, su madre, y se había de trasladar el cuerpo del infante, su padre, que escogió en él sepultura, mandó que cada primer día del mes se hiciese *solemne aniversario por su alma, en esta forma: que se *celebrasen trescientas misas, una cantada y las demás rezadas, y * acudiesen allá los religiosos de los monasterios de Menores de Santo Domingo y de la Santísima Trinidad de Balaguer, y de otros monasterios que de aquel día en adelante se fundasen en los términos de aquella ciudad, y partiendo * monasterios, con cruz levantada y en forma de *procesión; y que se diese a cada uno de los trescientos sacerdotes * celebrasen, doce dineros de Agramunt o comitales Urgelli, * que celebrase la misa cantada y a los diácono y subdiácono veinte y cuatro dineros a cada uno, con que estos dos últimos digan misa por él, y si no la dijeren, les deja diez y * dineros, y si el primer día del mes no hubiera trescientos sacerdotes para celebrar, quiere que las misas que falta* se celebren ocho días después, y no pudiéndose cumplir, * octavo día de cada mes se celebren, o sino cada seis *, de modo que cada mes queden celebradas las dichas *trescientas misas, y que sea puesto un túmulo cubierto, y * in representationem nostri corporis et sepulture et quod *per apponatur quedam cohoperta sufficiens cum signis *ris et super ipsa caxa et tumulo dictorum parentum nostrum apponantur panni damasquini auri fini coloris ni* cum orlis zeytonini cum signis nostris circumquaque de * brudayrie; y para esto, luminaria, salarios y demás * necesarios, dejó cuatro mil seiscientos sueldos, a ra* y fuero de veinte y cuatro mil al millar, y nombra administradores los mayorales de la cofradía de Nuestra Señora de Almata, y que hayan de entender en la distribución de este dinero el conde, su hijo, y muerto él, sus herederos, el guardián de San Francisco, el ecónomo de los clérigos de la ciudad de Balaguer, el prior de Santo Domingo y el ministro del monasterio de las Parrellas, del orden de la Santísima Trinidad; y les encargó con grandes veras la ejecución de esta pía institución; y en caso fuera difícil la cobranza del dicho censal, y las costas que para la cobranza de él se hubieren de hacer, manda a su heredero lo pague, y después lo cobre y reciba de aquellos que lo debieren, porque no se dilate el sufragio de cada mes, y en caso no lo haga, consigna a los dichos administradores las rentas de Pons, Monmagastre, Uliana, Tiurana y Vilaplana; y que en el entretanto que se tardare a hallar la inversión de las cuatro mil trescientas libras, quiere que reciban los administradores antedichos aquellos mil sueldos que le prestan cada año la aljama de los judíos de Alcolea de Cinca y doscientos la universidad de Ozó, y que de estos mil doscientos sueldos se celebren tantas misas cuantas celebrarse puedan; y para la fábrica del dicho monasterio e iglesia y sustento de los religiosos y religiosas y demás instituciones dichas, y otras muchas mandas pías que hizo, deja diez mil libras barcelonesas y si estas no bastaren, quiere que lo que faltare se supla del censal que recibía de don Miguel de Urrea y de las rentas del lugar de la Mola, en el reino de Aragón.
Dejó a Nuestra Señora de Bellpuig de las Avellanas dos cirios, de peso de veinte libras de cera cada uno, para que ardan en las misas, desde la consagración, hasta que el sacerdote haya sumido.
Manda a su heredero que restituya todo lo que él hubiese recibido de las imposiciones de la ciudad de Balaguer, y otros lugares y pueblos de los condados y vizcondados, salvo aquello que legítimamente constare haber gastado en la fortificación del castillo y otras fuerzas de la ciudad y demás pueblos; y lo que no se hubiese gastado en esto o en servicio del rey y defensa de los judíos, manda que sea empleado en reedificar y fortalecer los muros de la dicha ciudad y demás lugares, por ser instituidas las imposiciones para ese fin.
Confirma la donación que había hecho de las quistias y otras rentas de la villa de Ager, para la reedificación del claustro y de una casa que mandaba labrar en el monasterio de aquella villa, a lo que yo conjeturo, para su estado y habitación, que el día de hoy está derribada.
A todos los de su casa hizo mandas, esto es:
A Bernardo de Camporell, caballero, seis mil sueldos barceloneses.
A Francisco de la Torre, dos mil sueldos.
A Bernardo de Foix, dos mil sueldos.
A Bernardo de San Martín, tres mil sueldos.
A Nicolás Domenec, su secretario, dos mil.
A Berenguer de Casadevall, escribano suyo, mil sueldos.
A Pedro Mir, su escribano, cuatrocientos sueldos.
A Pedro Sans, escribano de su casa, seiscientos sueldos.
A Arnaldo de Isla, escribano de su casa, seiscientos sueldos.
A Pedro Claret, de su cámara, seiscientos sueldos.
A Pedro Miró, de su cámara, tres mil sueldos.
A Juan Mir, capellán de su casa y de su cámara, mil sueldos no más, por haberle dado ciertos beneficios eclesiásticos.
A Ramón de Ciscar, de su cámara, dos mil sueldos y otros tantos a Guillen Pedro Galceran, también de su cámara.
A Sancho de Boltaya, de su cámara, dos mil sueldos, si vuelve en su servicio, y sino, mil.
A Antonio Sin, hijo de Pedro Sin, que había sido de su cámara y era muerto, mil sueldos.
A Berenguer Dalos, que era escudero de su casa, mil sueldos.
A Arnaldo Spinell, portero de su casa, setecientos sueldos.
A Bernardo Forcadell, trompeta de su casa, cuatrocientos sueldos.
A Juan Fexuc, también trompeta de su casa, trescientos sueldos.
A Bartolomé Metge, su cocinero, doscientos sueldos.
A Pedro del Grau, también su cocinero, trescientos sueldos, con que pague lo que debe de ciertos arrendamientos.
A Ramón Stevar, su repostero, mil sueldos, y doscientos a Antonio Despres, con que dé razón y cuenta de los vasos de plata le estaban encomendados.
A Miguel, Fernando y Ramón Spolter, sus botelleros, a cada uno doscientos sueldos.
A Pedro Pausader, su correo, doscientos sueldos, y que sean celebradas cien misas por el alma de Bernardo Payles, correo de su casa, por lo bien había servido a la condesa
doña Cecilia, su madre, y a él.
A la condesa doña Margarita, su mujer, dejó el usufruto de los castillos y villas de Castelló de Farfanya y de Algerre, y todos los vasos de plata, colgaduras y tapices en que fueren las armas de los marqueses de Monferrat, y todos sus vestidos, quitados empero de ellos las perlas y piedras preciosas, que esas reserva para su heredero, y * manda una joya con estas palabras: Item dimittimus dicte *consorti nostre unum fervayl cum quadam smaragde in medio *et sex margaritis et sex balaix circumcirca; y que le sea pagado el dotario (así llama el screix) y por él cinco mil florines, pues no recibió de ella más de la ciudad de Aque en Lombardía, por diez mil florines, como queda dicho; pero estas mandas fueron con condición que la condesa diese razón y cuenta de lo que quedaba debiendo del precio de la baronía de Antillon, que había entrado en mano de ella, y jamás pudo el conde acabar, ni que le diese cuenta, ni que le volviese el dinero. El caso fue, que el conde vendió los lugares de Antillon, Orviego, Las Ceylles y otros a don Miguel de Gurrea, en precio de ciento y ochenta seis mil y doscientos sueldos jaqueses, que recibió la condesa, y se quedó con ellos. Sin esto, recibía el conde del mismo don Miguel y de doña María Álvarez de Mendoza, y de las universidades y singulares de Antillon, de Orviego, de Las Ceylles, de Ponçano, de San Garren, de Roures, de Sasa, de Olvieto, de Cascallano y de Artesona, un censal de pensión quince mil quinientos diez y seis sueldos y ocho dineros jaqueses, pagados el primer día del mes de junio, y de precio o propiedad diez y nueve mil y seiscientos florines de oro de Aragón. Este censal había empeñado el conde a la ciudad de Balaguer y villas de Arbeca, Castelló de Farfanya, Algerre y Menargues, que, según conjeturo, fue para comprar los lugares de Granollers, San Vicent y Caldes, que compró de don .... con pensamiento de quitar el dicho censal del precio de la venta había hecho a don Miguel de Gurrea; pero la condesa se quedó con aquel dinero, y jamás pudo el conde alcanzar de ella que se le volviese, y quitó el censal del dinero del dote de la infanta, pues no pudo sacar lo que había entrado en poder de la condesa; y así en su testamento la obliga a volver y dar cuenta de él, y cuando no lo haga, la priva del usufruto de los dichos castillos y lugares de Albesa y Castelló de Farfanya, y de los cinco mil florines de screix; pero las cosas sucedieron de manera, que la condesa se concordó con el conde, su hijo, y entró en posesión de los dichos lugares y castillos.
Nombró heredero a su hijo don Jaime, y no teniendo hijos, le sustituye a don Juan, su segundo hijo, y manda que las hijas, si quedaren, de don Jaime, sean sustentadas y dotadas según su calidad, casando dos de ellas, y metiendo a religiosas, en monasterios de la corona de Aragón, a las demás.
Encarga mucho al conde don Jaime, que cobre la baronía de Entença de don Juan, dando por ella los setenta mil florines; y porque con mayor facilidad lo haga, le da camino y traza de donde pudiera sacar dinero para ello, aplicándole el dinero que quedaba del dote de la infanta doña Isabel, y del precio del censal recibían sobre la ciudad de Gerona, y de aquellos once mil noventa y un sueldos agrimontenses que recibían del derecho llamado el Morabatin, que le pagaban los pueblos del condado, y de aquellos dos mil y quinientos sueldos le habían de dar los judíos de Agramunt, que se eran gravados en esa cantidad, y del dinero que quedó en poder de la condesa de la venta de los lugares de Antillon y demás; pero por morir don Juan, presto el conde, su hermano, cobró la baronía y demás lugares, sin haber de pagar cosa alguna.
Muriendo su hijo don Juan sin hijos varones, quiere que los condados de Urgel y vizcondado de Ager vuelvan al rey don Martín, su primo, o a su heredero universal que fuere rey de Aragón y conde de Barcelona, según estaba ordenado en dicho caso en el testamento del conde don Armengol de Cabrera, y en la donación que el rey don Alfonso había hecho al infante don Jaime, padre del conde; y en la demás hacienda que le quedaba, que consistía en la baronía de Entença, en Aragón, en los lugares de Algerre, Monfalcó, el feudo de Balaguer, de Agramunt, Albesa, Castelló de Farfanya, baronía de Linyola, y en las jurisdicciones que había comprado del rey, del castillo de Pedra y las baronías de Castellvell de Cervelló, y villas de San Vicens, Caldes, Granollers y Piera y todo lo demás, no quedando hijos de don Juan, lo deja a doña Leonor, y lega a doña Cecilia, y declara, que la deja hace del condado y vizcondado al rey don Martín, se entienda y haya lugar en caso que de derecho y según las donaciones y testamento ya dicho le pertenezcan, y no perteneciéndole, quiere que sea de sus hijas, y faltando hijos e hijas, deja el usufruto a la condesa doña Margarita, su mujer, no casando; y casando, le deja cinco mil florines de oro de Aragón; y después quiere que de sus bienes sean fundadas ciertas causas pías, hasta cantidad de dos mil libras de renta, y lo demás vuelva al rey don Martín de Aragón o a sus hijos, reyes de Aragón y condes de Barcelona. Pero los sucesos de las cosas fueron tales, que lo que menos se pensó fue lo contenido en
este testamento, el cual está en el archivo real de Barcelona.
Está sepultado en Nuestra Señora de Almata, em una caja de madera, alta, al entrar, a la mano derecha de la puerta que mira al río: está su cuerpo entero, y allí está también el de don Juan, su hijo, o de don Tadeo; pero según la disposición del cuerpo, que también está entero, tengo por cierto ser el de don Juan. Está la caja pintada de color verde, con algunos escudos pequeños de Ias armas de este conde, que eran, a la mano derecha, dos palos de las armas reales de los reyes de Aragón, y a la izquierda, algunos jaqueles de oro y negro, de esta manera: (dibujo)
Aunque todos los que escriben historias generales hacen memoria de las cosas que en tiempo del conde don Pedro acontecieron en el mundo dignas de admiración y memoria, pero no puedo disimular dos, por tocar a nuestra historia: la una fue el cisma que en estos tiempos se levantó en la Iglesia de Dios, que puso el mundo a pique de perderse, y estuvo cerca de cuarenta años en duda cuál de los pontífices era el legítimo y verdadero, sin que los hombres más doctos del mundo pudiesen dar parecer y voto cierto en ello, que no tuviese una infinidad de contrarios. Llegó la Iglesia en un mismo tiempo a tener tres que se llamaban pontífices, y cada uno defendía tan valerosamente su partido y derecho, que casi todo el mundo estaba suspenso. Uno de los pontífices fue nuestro don Pedro de Luna, que comúnmente llamaban el cardenal de Aragón (papa Luna); y este era obedecido en estos reinos de España, y fue fama que, por asegurar en su obediencia los reinos de Castilla, que gobernaba don Fernando llamado comúnmente de Antequera, le valió y favoreció en la pretensión del reino de Aragón, con nuestro don Jaime conde de Urgel y demás pretensores, con esperanza, que si el infante era rey de la Corona, la conservaría en su devoción, como se había conservado hasta aquel punto; y aún afirman algunos, que se lo prometió; pero después de hecha la declaración de Caspe en favor de don Fernando, mandó mirar el negocio y justicia de los pontífices con gran cuidado, y obedeciendo a la declaración del concilio de Constancia, (Constanza) le alzó la obediencia, y aún le compelió a que renunciase el derecho tenía (si alguno *era) a la silla apostólica; y el papa le defendió tan tenazmente, que jamás dejó de tratarse y llamarse papa, sin que acabasen nada con él las censuras eclesiásticas, ni otros medios se buscaron porque desistiese de su opinión (el aragonés estaba en sus trece), y se conformase con lo decretado en aquel concilio; y así le dejaron como a cismático e incorregible (aragonés de Illueca tenía que ser), y se retiró en Peñíscola, del reino de Valencia, y allá, con algunos cardenales, amigos suyos, acabó su vida, que después de puesto en la silla pontifical duró más años que la de san Pedro, argumento para algunos curiosos, con que probaban no haber sido legítimo pontífice, porque ninguno que Io fuese vio los días de San Pedro. Originóse de esta tenacidad, en Cataluña, un refrán muy vulgar y ordinario, para dar a entender la porfía y pertinacia de un hombre, decir: está en sos tretse y otro, tretse son tretse porque jamás este buen hombre dejó de llamarse Benedicto décimotercio (XIII,13), que era el nombre que tomó cuando fue hecho papa. De lo demás que pasó en este cisma y trabajos padeció la Iglesia santa y los fieles, cuentan los autores que escriben vidas de pontífices, y nuestro Gerónimo Zurita y otros muchos.
La otra cosa notable que aconteció en el mundo fue el uso de la artillería, y la primera de que sabemos en Cataluña, fue la que llevó el conde de Foix en la entrada que hizo para tomar el reino de la Corona de Aragón, cuando murió el rey don Juan, y con ella, salido de Cataluña, dio combate a la fuerza o castillo de Balbastro, como queda dicho; y con ser esta invención la que más admiración ha causado al mundo de todas cuantas especies y géneros de máquinas y armas ha habido, es el primer inventor de ella el que menos se conoce, por relación de autores dignos de fé y crédito; y de aquí ha procedido la variedad de opiniones que en esto hay, atribuyéndolo los más, no a ingenio de hombres o fruto de alguna ciencia, como muchas o casi todas las invenciones admirables, sino a traza y artificio infernal, y imaginada a ofender y a abreviar nuestras vidas. Conocióse, por nuestros pecados, en Europa en el año 1380, o poco antes, y el primero que la sacó a luz fue un alemán, cuyo nombre se ignora. Algunos autores toman esto de más atrás, y dan *
inventor de esto a Arquímedes siracusano, de cuyas *admirables invenciones tratan algunos autores: este hombre * dicen que inventó un instrumento de hierro, que *arrojaba y despedía de sí gruesas piedras, con mucho ruido y gran estampido, semejante al que hace una pieza * las nuestras al punto que la disparan; infiriendo que *aquello era causado o de pólvora, como la que nosotros *os, o de otro material que tuviese igual fuerza o virtud * y en la entrada que hizo el rey de Granada en el reino de Valencia el año 1331, hace mención Zurita de * invención de fuego semejante a esta. Sus palabras son:
"*impuso en aquel tiempo grande terror una nueva invención * combate, que entre las otras máquinas que el rey de *nada tenía para combatir los muros, llevaba pelotas * hierro, que se lanzaban con fuego;" y fray Juan *González de Mendoza, en lo historia de la China, dice que * de aquel reino se glorian de haber sido los primeros *inventores de la artillería, y que cuando los portugueses *fueron allá, hallaron el uso de ella tan puesto en arte *razón, como lo estaba en Europa, y buscando el *principio de ella, les decían, que Vitey, su primer rey, la había inventado para ofender a los tártaros, con quien traía guerra, ayudado del demonio, con quien tenía particular * y lo publicaban los grandes hechizos y otras obras *espantosas que hacía; y se halla en historia de ellos, que *ndo los chinos al reino de Pejuy a conquistar la *India oriental, que ha más de mil quinientos años, llevaron
*esta jornada estos instrumentos, y así dicen que el alemán a quien se da la gloria de esta diabólica invención, * merece el nombre de descubridor, y no de inventor, pues otros hubo que la usaron antes del año 1380.
Prosiguiendo el catálogo de los obispos de Urgel que fueron después de don Arnau de Lordat, hasta la muerte del conde don Jaime de Aragón, hallo en los episcopologios de aquella iglesia a don Pedro de Narbona. A este sucedió don Hugo Desbac, monje claustral del orden de San Benito, y había sido antes abad de Ripoll, y es el vigésimoquinto de los abades de aquel ilustre monasterio, como lo dice fray Antonio de Yepes, en su historia del orden de San Benito, tomo cuarto; y entró en el obispado en el año 1361.
Don Arnaldo de Patau es el sucesor del precedente: hallo memoria de este prelado en la traslación del convento de predicadores de la Seo de Urgel, del lugar y puesto donde se fundó primero, al lugar donde hoy está, que por evitar que el vizconde de Castellbó y otros que traían guerra con el obispo no se fortificaran en él, fue conveniente se edificase dentro de la ciudad.

Sucesor suyo fue don Pedro de Luna, y después don Berengario de Eril, y tras este don Galceran de Vilanova, de quien quedan fundados dos beneficios en la capilla de la Concepción de Nuestra Señora, que él edificó y dotó, en el claustro de la iglesia mayor de la Seo de Urgel. Este asistió en el parlamento que juntaron en Cataluña, cuando murió el rey don Martín; fue gran defensor de los derechos de su iglesia y mensa. Tuvo este prelado muchas contenciones con el conde de Pallars, que dieron harto que entender al parlamento, y eran gran estorbo para la buena dirección de lo que se trataba en esto; y aunque fueron requeridos que suspendiesen sus *pretensiones, jamás lo pudieron acabar con ellos; antes un día, *do pensaban todos que estarían más sosegadas las ar* del obispo y del de Pallars, por haber entre los dos * cierta gente del obispo entró por fuerza el lugar de Eroles, que era de un caballero de casa del conde, y le *aron; y por esta ofensa, el conde y su hijo juntaron gente y entró de Francia el vizconde de Cosserans, con gente para valerles; y el parlamento se sintió mucho de esto, y die* toda la satisfacción que fue posible al señor de aquel *; y al obispo, que en este hecho tenían por muy culpable, obligaban a poner su persona y el lugar de Tremp en poder del arzobispo de Tarragona, y a los que hicieron aquel *to, en poder del gobernador de Cataluña, y ordenaron *al veguer de Lérida y Pallars subiese a Tremp a castigar a los malhechores; pero venerando la dignidad del obispo, no *se prosiguió contra su persona, y los bandos se sosegaron. *Fue este prelado uno de los embajadores que por parte del parlamento fueron al conde de Urgel, para persuadirle diera la obediencia al rey don Fernando, y murió *el año de 1414.
Sucesor de este fue don Francisco de Tovia (Tovía Tobía), que vivió * y dos años y murió el de 1436; y por haber muer* su tiempo el conde don Jaime y acabar esta historia, acaba también aquí el catálogo de estos obispos, de * aunque haya mucho que contar, pero por andar * episcopologios que han llegado a mi noticia tan remisos *eves, es mucho lo que he dicho, aunque poco res* de lo que se ignora y yo he deseado hallar.
El uso de la moneda, tan necesario en el mundo para *común comercio y remedio de las necesidades humanas, es tan antiguo como las ventas y compras, que no se pueden bien hacer sin ella; y aunque los primeros hombres, ignorando el valor y precio que dieron después a los metales, usaron cambiar unas cosas con otras, dando trigo por carne, lino por pan, vino por aceite, o, como dice Homero de aquellos que por rescate de los caballos daban cueros de bueyes, o hierro; pero estos y otros truecos (trueques) eran con descomodidad, por no hallarse fácilmente la equivalencia de las cosas, y con mucha dificultad la guardia y disimulación de las haciendas o riquezas, o particulares o comunes; pues nadie podía esconder lo suyo, por ser los haberes de los hombres frutos y ganados, que ni pueden conservarse secretos, ni por largos tiempos. Estas incomodidades, y no poder esconder el amigo al amigo, y el vecino al vecino, y disimular cuando convenía la riqueza y pregonar pobreza, porque todo se sabía, vino a dar precio y estima a los metales, y más por la duración y perpetuidad de ellos.
Al principio se labró moneda de metales bajos, y en el imperio romano pasaron muchos años que no tuvieron otras monedas más que de cobre y hierro, y de aquí observan los anticuarios, que las más antiguas y verdaderas medallas son de estos metales; y dice Plinio, que el primero que hizo cuño para esculpir moneda fue Servio Tulio, rey de los romanos, y esculpió una oveja y otros animales del campo, de los que en latín llaman pecus (ej: vía pecuaria), y de aquí vino a llamarse el dinero pecunia y numus o nummus,
en memoria de Numa Pompilio, de quien dice San Isidoro, qui eos primum apud latinos imaginibus notavit *et titulo nominis sui prescripsit; y después la llamaron *moneta *monendo, porque con ella acuerdan los príncipes y avivan * memoria en los siglos venideros, como lo experimenta* en las medallas, que dan noticia de muchas cosas que
* ellas quedaran sepultadas en olvido. A estas monedas * cobre o latón llamaban comúnmente moneda de vellon (vellón): Antonio de Nebrija las llamó de villon, quasi vilis, y los *romanos la llamaron aes grave y por otro otro nombre aes *fusaneum, pecunia aerosa cui plurima aeris portio est: y *viertan, que los romanos, como dije, en la moneda de *cobre estampaban una oveja, llamándola por eso pecunia *cude; y porque la oveja tiene el vellón lanudo, quedó * antigüedad, que la moneda de cobre, porque en ella * estampaba la piel de la oveja, se llamase moneda de vellón, 
y los franceses la llaman de billon, y esto es opinión de muchas personas eruditas. De aquí vino a labrarse de oro y de plata, y la primera que se labró de estos metales en Roma, fue en el año de su fundación de 448, * tiempo de Scipion Africano, y a imitación suya la *batieron en la ciudad de Huesca, que, como queda dicho, * de los pueblos Ilergetes, y Plinio la llama moneda *oscense, y de ella entraron gran cantidad en sus triunfos, * el erario público de Roma, Marco Helvio, Quinto Mi*cio y Marco Porcio Caton, capitanes romanos que *fueron en España, ciento noventa años, pocos más, antes de la venida del Hijo de Dios al mundo. A esta moneda oscense llama Livio bigatos: a la una parte llevaba impreso * carro con dos caballos, y por esto la llaman bigatos, derivativo de bige bigatus, que quiere decir yugo de dos caballos; y de esta moneda hace memoria Livio en algunos lugares de su historia; y donde había pocos de estos metales, oro y plata, mezcláronles con los bajos, y haciendo liga de ellos, labraban diversas monedas, unas de más y otras de menos valor; y con la abundancia se facilitó la correspondencia de unos tratantes con otros, y cada rey o príncipe labraba la cantidad de moneda y de los metales que le permitían su posibilidad y riqueza, de donde vino, que no solo cada reino hacía su moneda, pero en una misma provincia la batían diversos señores y pueblos, y la esparcían en su estado y entre los suyos, porque uno solo no era poderoso y tan rico que pudiese labrar toda la moneda necesaria en el reino o provincia. Donde se labró y conoció primero el dinero, tratan los historiadores; pero por no ser de nuestro intento, lo dejo, diciendo, que la primera noticia que hubo en España de dinero, fue la que dieron los de Rodas, en el condado de Ampurias y Rosellón, en Cataluña, cuando después de la seca vinieron a poblar en ella; y entre otras cosas que enseñaron, fue el uso de la moneda, y esta era de cobre y causó gran risa y maravilla a los naturales, que con un poco de metal de poco o ningún provecho, comprasen las cosas necesarias. Esto pasó mil años, poco más o menos, antes de la venida del Señor al mundo. Dejaré las costumbres que en esto había en diversos reinos, porque no pienso salir de las costumbres de Cataluña y condado de Urgel; y así solo daré noticia de lo que he hallado en orden a lo que digo, porque no es otro el intento de este.

El derecho de batir moneda es regalía del príncipe y a él solo toca, pero es de aquellas que pueden ser concedidas y comunicadas y separarse de su persona, o por privilegios y gracias particulares, o por prescripción, o por otro legítimo y justo título; y por esto todos los condes antiguos de Cataluña y algunos pueblos de ella, como Lérida, Gerona, Bañoles, Perpiñan, Granollers y otros, la batían públicamente, y aun algunos el día de hoy; y esto por especial prerogativa y preeminencia de ellos, aunque después se vino a perder y menguar, o por haberse prohibido por justas causas, o por haber vuelto los estados de aquellos condes a la corona real y estar incorporados en ella, o por haber ellos cesado de fabricarla por comodidades propias, o por otras causas y razones; y el día de
hoy, como dijo Bovadilla, refiriendo a Juan Guardiola, el duque de Cardona en su estado la puede batir, así como la batían los condes de Urgel, Ampurias, Rosellón y otros, con ciertas limitaciones; y por eso el rey don Pedro el III, que llamamos del Punyalet, entre otras quejas que tuvo del rey don Jaime de Mallorca, que era conde de Rosellón, una era que batía moneda en aquel condado, a la liga y quilate de la de Barcelona; y aunque él daba por descargo que lo habían hecho así los antiguos condes, sus antecesores, no le bastó aquella satisfacción, porque aunque a aquellos les fue lícito, pero no a él, por estarle prohibido cuando aquellos condados fueron enfeudados por el rey de Aragón al de Mallorca, como dijimos en otro lugar; y así aquella prerogativa le fue abdicada; y el rey nuestro señor, cuando da títulos de condes ó otros en particular, les prohíbe el hacer moneda, por excusar la gran confusión habría en la república, corriendo muchas especies de ella, porque no siendo de un mismo valor, peso y señal, es fuerza que en los pueblos, al esparcir aquella, haya discordias. Esto entendieron bien los reyes pasados que, por dar ....
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*lia el marco de la plata cincuenta sueldos de esa moneda.
En el año 1185, el rey don Alfonso de Aragón hizo otra moneda, que llamaron bussana, y el marco de la plata valía cincuenta y un sueldos de esa moneda, y duró solos tres años y medio, y no se sabe la forma y señal de ella.
En el año 1200 batió el rey don Alfonso una moneda llamada bruna, dicha así, por ser negra en el color y de baja ley, como la que en Castilla llamaban moneda negra, porque tenía mucho metal, diferenciándola con este nombre de la mejor y más fina, que por tener mucha plata, llamaban blanca, porque esta palabra bruna es derivativa de bru, que es vocablo catalán y valenciano antiguo, y suena lo mismo que oscuro y negro, y en esta significación la toma Jaime Roig, cuando en su poema dice:
Del vert fan bru,
folio 50: y esta moneda duró solos nueve años, y valía el marco de la plata sesenta y tres sueldos de esta moneda.
A 11 de las calendas de abril de 1212, el rey don Pedro dio principio a una moneda llamada de quart, dicha así, porque en doce marcos de ella había cuatro de plata y ocho de metal, y valía el marco de la plata noventa y un sueldos de esa moneda.
En el año 1220, el rey don Jaime batió otra moneda llamada dobleva o doble, o de duplo, porque en doce marcos de ella había dos de plata y diez de metal, y el marco de la plata valía cuarenta y cuatro sueldos de esa moneda.
Estas diversidades de monedas, y otras que se ignoran, eran muy dañosas a la tierra y al comercio, y cada día se falsificaban, de donde vino haberse de buscar nueva forma y ley de ella, que fuese perpetua y duradera, como lo era en Aragón, que por estos mismos inconvenientes, en las cortes generales de Monzón, que celebró el dicho rey don Jaime en el año 1236, se hizo fuero que no labrase en lo venidero cada rey su manera de moneda, como había usado hasta aquel punto, sino que siempre fuese de la figura y ley que la había labrado el rey don Pedro, su padre, señalada con la cabeza real a la una parte, y a la otra con una cruz patriarcal o doble, que son dos cruces en una; y a esta moneda llamaron jaquesa, en honra de la ciudad de Jaca, porque en ella fue batida primeramente. Este estatuto y perpetuidad de moneda salió muy bien en aquel reino, y la experiencia enseñó ser necesario lo mismo en Cataluña; y recogiendo todas las diversidades de monedas que corrían entonces, se tomó acuerdo de batir otra de nueva ley y valor. Obstaba mucho el juramento que había prestado el rey don Jaime, confirmando la moneda de duplo que corría entonces, y por salir del escrúpulo podía
haber en quebrar este juramento, pidió dispensación y absolución de él al papa Alejandro, representándole la utilidad pública en la mudanza de moneda se había de hacer; y él con su bula dirigida a los obispos de Barcelona y de Tortosa, les dice, que siendo utilidad común, habiéndole relajado el juramento, le den facultad de hacer lo que él pide, pues era cierto que si no hubieran falsificado la primera moneda que él había jurado no mudar, no hubiera ahora de hacer otra de nuevo; y los dos obispos, al pie de la misma bula, hicieron esta provisión: Nos autem attendentes causas in ipsa littera domini pape contentas omnimoda veritate fulciri et videntes apertissime id non solum expedire vobis domino regi imo plurimum fructuosum auctoritate domini pape nobis concessa vobis excellentissimo domino Jacobo divina dispositione regi Aragonum supradicto ad petitionem vestri juramentum per vos prestitum de non mutanda ipsa moneta primitus relaxantes damus vobis plenam licentiam novam cudendi monetam. Data Ilerde quinto kalendas Octobris anno incarnationis Christi M.CC.LVII (1257); y entonces, tomando el medio, no la batieron doble, por ser baja, ni de quart, por ser demasiadamente fina, sino otra que llamamos de terno, y cada doce marcos de ella tienen tres de plata y nueve de cobre, y el marco de ella valía sesenta y dos sueldos de esa moneda; y estableció aquel rey, que esta moneda fuese perpetua, como lo es el día de hoy, según parece con su privilegio hecho kalendas augusti anno M.CC.LVIII, en que, entre otras cosas, ordena y manda, que esta moneda se tome en toda Cataluña, y que en los condados de Rosellón y Cerdaña, Conflent y Vallspir, de aquella hora adelante no corra la moneda que llamaban melguyrense (melgarense), que era moneda francesa y usaba mucho en estas tierras, por ser tan vecinas a aquel reino; y aún he yo visto en el testamento del rey don Alfonso el primero, (el segundo, papanatas; cómo se llamaba el Batallador? O es que te refieres a Alfonso I de Cataluña?) hijo de la reina doña Petronila, que todas las mandas que hace a las iglesias de la Prohenza, de donde él se intitulaba marqués, las hace de esta moneda, y las que hace en Cataluña y Aragón, las hace de morabatines; así que, esa moneda melguyrense, que era de Francia, la destierra y saca de toda Cataluña y tierras ya dichas, y confirma y jura por perpetua la de terno; y aún ruega al papa que descomulgue a él mismo y sus sucesores, si la mudaran, y que todos los sucesores, cuando empiecen a reinar, la juren y la confirmen; y luego en el mismo privilegio la jura el infante don Pedro, su hijo, asistiendo en todo don Ramón, vizconde de Cardona, G. de Cervelló, Galceran de Pinos, Ramón de Guardia, Galceran, vizconde de Cabrera, Arnaldo Guillen de Carcayano y Arnau de Vilamayor. Marquilles, doctor catalan, en el usaje solidus aureus, declarando el valor de los dineros de estas monedas, dice estas palabras: nota nono: quod he monete computantur isto modo, nam moneta de quaterno valet in duplum magis quam moneta de duplo, ita quod unus denarius de quaterno valebat duos de duplo. Item: moneta de quaterno valet in quarta parte magis quam de terno, ita quod tres denarii de quaterno valent quatuor denarios de terno. Moneta vero de duplo valet in tertia parte minus quam moneta de terno, ita quod unus denarius de terno valet obolos tres de duplo. Nota decimo: quod secundum istum valorem, sic compensando dictas monetas cum moneta de terno praedicta, decem solidi de quaterno valent terdecim solidos et quatuor denarios de terno, cum moneta de quaterno valeat in quarta parte magis quam moneta de terno. Y más abajo dice: vel breviter computando, computa ita: valor praedictarum monetarum est quod duodecim denarii de dupleto valent octo denarios praesentis monetae de terno. Praedicta vero ita existere in veritate, ut refert Jacobus de Vallesicca, et reperta fuerunt cum monetariis Barchinonae, et dicta moneta de terno, tam de denariis minutis quam de argento sive croats, perpetuo stabilis est et incommutablis in lege et signo, ut patet in constitutione SANAMENT JATSIA in curia Dertusae, reginae Eleonoris, et in prima Barchinonae regis Jacobi secundi CONFIRMAM E ATORGAM. Y después de esto, trae este doctor una sentencia del rey don Jaime el segundo, hecha en Barcelona, sexto kalendas julii anno MCCLX (1260), que yo he visto en fólio 140 de un registro vermejo, intitulado regi Alfonsi, en que declaró que siete 
sueldos de moneda doble o de dupleto valían cuatro sueldos y ocho dineros de terno, y dando sobre esto una regla general, manda que en las pagas de los censos y censales, por sendos tres sueldos y tres dineros de la dicha moneda de duplo, se hayan de pagar dos sueldos y dos dineros de moneda de terno.

La fábrica de la moneda real de vellón, plata y oro, toda está encomendada en Cataluña por los señores reyes a la ciudad de Barcelona, en cierta forma, y el rey nombra sus oficiales y la ciudad los suyos, y labrándola los unos y mirándola los otros, sale de sus manos con la ley, peso, señales y forma debida; y de tiempos antiguos queda esto tan bien asentado, que apenas se ha mudado en lo esencial cosa alguna, y es tan propio de la ciudad de Barcelona esto que el rey don Pedro, quejándose en su crónica del rey de Mallorca, por haber batido moneda, dice estas palabras:
Com no sia legut a ningu sino a Nos solament batre moneda en Catalunya, e que sia moneda barcelonesa e ques bata dins la ciutat de Barcelona la qual moneda es apellada de tern, e es perpetual per concessio e privilegis dels reys passats, e encara aquella fer batre no podem sens consentiment e voler de la dita ciutat, a la cual es encomanat per tot lo principat de Catalunya e per avinences antigas.
Estas son las palabras de aquel rey.
Con esta ordinación y forma de nueva moneda, quedó abatida y con poca estima la de los condes de Catalunya, por ser la que ellos batían de metal bajo y sin plata; y ya no corría sino en sus tierras y aun sus mismos vasallos la aborrecían, porque sacándola de los límites de sus señoríos, todos la menospreciaban como a cosa de poco valor y quilate. De aquí vino que acordaron labrar otra que aventajase a la de terno, según les era lícito, o por consuetud, o por privilegios, o por derecho, y la labraron de cuaterno esto es, que en doce marcos había cuatro de plata y ocho de cobre, y así vino a tener mucho valor y ellos facilidad en esparcirla, porque el valor era intrínseco y no extrínseco, esto es, que valía la moneda aquello por que se daba; y esta es la causa porque hallamos dos maneras de moneda de los condes de Urgel, una de metal solo y poco mayor que un real catalán, y otra muy pequeña, delgada y fina, en que manifiestamente se echa de ver y descubre mucha plata, y esta se batió después de la de terno; y el conde de Ampurias hizo lo mismo, y he yo visto y tengo algún dinero suyo, que es casi todo plata, y a la una parte tiene una cruz de las que llaman pateas, y entre dos brazos de ella hay un arandel de lanza, quedando sin nada el espacio queda entre los demás brazos, y al derredor dice: UGO COMES +, y a la otra parte hay un puñal, y al derredor dice: IMPURIARUM: será de peso de poco más de cuatro granos de plata. Esta finura y buena liga en la moneda eran trazas de los que la batían, ordenadas todas a que se esparciese y sin dificultad fuese tomada, y es cierto que aunque tan fina y buena, siempre quedaba alguna ganancia para el dueño de ella.
La moneda pequeña de que hablamos arriba era corriente y muy ordinaria en el condado de Urgel y vizcondado de Ager, por la vecindad hay con el reino de Aragón, y por la bondad de ella y mixtura de plata que en sí tenía; y esto obligó a los condes de Urgel, que la suya fuese en valor y bondad igual a la de aquel reino, porque a no haberlo hecho de esta manera, quedaba difícil la expendicion de ella. Batíanse estos dineros de los condes de Urgel, unos en la ciudad de Balaguer, y los llamaban denarios comitales, que es como si dijéramos dineros condales, o dineros de los condes; y otros en la villa de Agramunt, y a estos llamaban dineros acrimonteses, y unos y otros eran de una liga y valor, aunque algo diferentes en los señales, pero en el valor iguales; y todo era uno pagar en dineros de Agramunt o en dineros condales o de los condes. Y por eso el conde don Pedro, en su testamento, ordenando la caridad y limosna de fundaciones pías dice: et dentur cuilibet dictorum presbiterorum qui fuerint in celebratione dictarum missarum et unam de ipsis dixerit ob Dei reverentiam duodecim denarii Acrimontis vel comitales Urgelli, de donde, y de la combinación he hecho de unos dineros y otros, infiero ser todos una misma cosa.
Eran estos dineros de Agramunt y comitales Urgelli del mismo valor que los jaqueses, y consta de muchas escrituras antiguas. En un auto hecho a 19 kalendas septembris MCCCXV (1315), folio 129 de un registro del archivo real de Barcelona, intitulado Comitatus Urgelli anni MCCCXIV usque MCCCXXVII, dice el infante don Alfonso, conde de Urgel, que después fue rey de Aragón, estas palabras: et ideo retinuit sibi dictus dominus rex in solutum et satisfactionem predictorum dictam monetam jaccensem pro dicta moneta acrimotensi (acrimontensi) cum tantum valeat moneta acrimontensis quantum valet moneta jaccensis; y en el mismo registro, folio 127, hay otro auto hecho el mismo día, en que se leen estas palabras: et ideo retinuimus nobis predictas quadraginta mille libras acrimontenses de predictis quinquaginta mille sexcentis quinquaginta libris acrimontensibus in solutum et satisfactionem dictarum quadraginta mille librarum jaccensium cum tantum valeat moneta acrimontensis quantum valet moneta jaccensis; y ya en otro auto hecho pridie idus julii del mismo año, que es en dicho registro, folio 126, dice: concedimus vobis recipiatis et recipere possitis et retinere in solutum et compensationem quadraginta mille librarum jaccensium de predicto debito quadraginta mille librarum acrimontensium de illis pecunie quantitatibus etc. Diferenciábase esta moneda de la de Barcelona, porque el dinero jaqués y el de Agramunt y el de los condes era de más valor que el de Barcelona, por ser de mejor metal, y por eso el sueldo jaqués valía catorce dineros y aún más que el de Barcelona, y esta subía y bajaba, según las ocasiones y tiempos, y en el año 1322, en una época que firman los marmesores del testamento del conde Armengol, el rey don Jaime, reduciendo la una moneda a la otra, dice, que aquel año, en Lérida, el sueldo jaqués había valido catorce dineros barceloneses y una pugesa; y antes, en el año 1315, catorce dineros de Barcelona valían doce dineros y tres pugesas jaquesas; y en el año 1327, el sueldo jaqués vino a valer diez y seis dineros barceloneses; y de esta manera subían y bajaban estas monedas, y aún en el día de hoy (mediados del siglo XVII según Bofarull en la introducción) vale el sueldo barcelonés once dineros de Jaca y el ducado veinte y cuatro sueldos barceloneses y veinte y dos jaqueses, y de esta manera se reducen y cuentan estas monedas en el Racional de Cataluña, donde se toman las cuentas de las rentas reales de algunos vecinos de la Corona de Aragón. Bien es verdad que en nuestros días los dineros de Barcelona y jaqueses no son en la bondad y mixtura de los metales lo que eran en aquellos tiempos; porque todo se ha alterado, y yo no entiendo hablar de la moneda que ahora corre, sino de la que corría en tiempo de los condes de Urgel. De estas monedas de los condes solo han venido a mis manos dos maneras o especies de ella, una de cobre, y es del tamaño de un real catalán, antes más que menos: a la cara son los cuatro palos de las armas reales, y al reverso los escaques (jaqueles) de Urgel de esta manera, sin conocerse letras algunas:

(falta la imagen)


la otra especie es de mejor metal, y se conoce que las doce partes de él la tercera es plata. De estas he * de los condes Armengoles, y del conde don Pedro, y *tienen a la una parte una cruz de las que llaman pe* con cuatro puntos o roeles entre los cuatro brazos * cruz, y al reverso hay un cayado de pastor en med* unas yerbas y flores, como por significar la fertilidad * condado de Urgel y vizcondado de Ager, así en div* de granos,como ganados, y al rededor se leen estas palabras: en unas, ERMENGAUDUS COMES URGELLI otras, PETRUS DEI GRATIA COMES URGELLI.
Otras había, a la cara, con la cruz del modo que *
otras, y al reverso las armas del conde don Pedro, y al derredor: PETRUS DEI GRATIA COMES URGELLI VI.... (por faltar lo demás, que es: CECOMES AGERENSIS); y eran del tamaño de un ardite catalán, aunque muy delgados, y pesa cada uno de estos dineros cinco granos de plata.
Otros dineros había del mismo peso y tamaño: a la cara la cruz, y al reverso una V con un cayado de pastor en medio de ella, y al rededor unas letras, que leidas con trabajo, dicen:
ACRIMON. URGE. ERMENG. COM.
Sin éstas había otras de hoja de latón, delgado como fuslera, y del talle de los dinerillos con que los clérigos en el coro pagan sus distribuciones, y propiamente no se pueden llamar moneda, porque no es señalada sino a la una parte: es del tamaño de los otros dineros, pero el peso es poco y solo llegan a dos granos, y creo que debían ser mallas o pugesas, y por tales corrían; y las que yo he visto, todas son del tiempo de la infanta doña Teresa, porque al rededor se ven estas letras: TE. COM., y en otras, TER. COM.; y de estas aún hay algunas, porque como en ellas no había más de la hoja de latón, y aun esa muy delgada, no podían aprovechar a nada, como las otras en que había mucha plata; y solo tenían cara, y no reverso, porque con un punzón de acero quedaban señaladas. Estas eran las monedas que hacían los condes. A más de ellas corrían también pugesas, y de éstas había en muchas maneras: las mejores eran las de la ciudad de Lérida: estas eran de metal, de peso cada una de catorce dineros de plata; a la cara estaban las tres flores de lis de Lérida, que vulgarmente llaman los ramilletes, sin letras algunas, y a la otra las mismas flores, y al rededor dice: PUGESA DE LEYDA. Cada una de ellas tenía el valor de la cuarta parte de un dinero, el cual en Cataluña se divide en mallas, que llaman obulos en latín, y las mallas se dividen en pugesas, y estas en latín las llamaban pictas y usaban mucho por aquella tierra: yo he visto muchos privilegios y concesiones de batirlas, y por ejemplo traigo uno del infante don Alfonso, que, siendo rey de Aragón, le concedió a Ramón de Cortit, y era de esta manera.
Nos Alfonsus Dei gratia rex Aragonum Valentiae Sardiniae et Corsicae ac comes Barchinonae dignum arbitramur et congruum quod benemeritos qui jugiter in nostris adherent servitiis et in eisdem laborare nituntur fideliter nostris regiis favoribus prosequamur: Considerantes igitur quamplurimis servitiis nobis per vos fidelem nostrum Raimundum Cortiti exhibitis et que exhibere nitimini incessanter nec minus probitatis vestre meritis contemplatis cum praesenti carta nostra concedimus vobis dicto Raimundo quod quamdiu nobis placuerit possitis cudere seu cudi facere in villa et valle Agerensi monetam pictarum sive pugesas de metallo aeris dumtaxat ad figuram sive sigillum vestrum in eisdem impressum prout alii quibus in comitatu Urgelli potestatem cudendi pictas contulimus cudunt seu cudi faciunt ac fecerunt easdem. Vos vero teneamini antequam dictas pictas sive pugesas incipiatis cudere seu cudi facere assecurare idonee in posse bajuli ejusdem villae Agerensis per idoneas cautiones quod quandocumque dictae pugesiae ab earum valore minuentur seu ab aliquibus recipi comuniter recusentur ipsas pugesias juxta earum valorem et extimationem recipiatis a personis quae ipsas tenuerint et per vestros successores recipi in posterum faciatis. Mandantes per praesentem eidem bajulo nec universis et singulis officialibus nostris praesentibus et qui pro tempore fuerint quod concessionem nostram hujusmodi firmam habeant et observent et faciant ab aliis inviolabiliter observari dum de nostro processerit beneplacito voluntatis et non contraveniant nec aliquem contravenire permittant aliqua ratione. In cujus rei testimonium praesentem cartam nostram inde fieri jussimus nostro pendenti sigillo munitam. Data Ilerdae (por eso se pronuncia en Lérida: Lleidae, como Tortosae, Favarae, Maellae.) decimo kalendas decembris anno Domini MCCCXXVIII (1328).
Y después en Tortosa, tertio idus septembris MCCCXXXI (1331), concedió lo mismo a Pedro Ferrer de Agramunt: y sin estas hay otras muchas concesiones, que eran en aquel tiempo necesarias en el condado de Urgel para el común comercio, por haber entonces poco dinero, de donde nacía también otra comodidad, y era ser todas las cosas más baratas que ahora, que hay tanto, porque es cierto que la abundancia lo encarece todo y la falta lo hace barato.
Eran los condes muy celosos de su moneda, y no sufrían fuese recusada en los lugares y pueblos donde solía correr, en las compras y ventas. Sobre esto tuvo el rey don Alfonso algunos disgustos con don Arnaldo de Lordat, que había hecho alguna ordinacion en perjuicio de esta moneda, y le envió una carta que decía:

Alfonsus Dei gratia rex Aragonum et comes Barchinone venerabili in Christo patri A. divina providentia Urgellensi episcopo salutem. Ad nostrum noveritis pervenisse auditum quod vos auctoritate propria ordinastis quod in loco de Sanahuja in quo moneta acrimontensis currebat et percipiebatur in venditionibus et emptionibus et aliis quibuscumque contractibus a tanto tempore citra quod hominum memoria in contrarium non existit currit nunc et percipitur moneta barchinonensis et instrumenta quoruncumque contractuum fiunt ad monetam barchinonensem supradictam. Sane cum predicta ordinatio si ita est in prejuditium comitatus Urgelli redundare noscatur: ideo jura et libertates conservare volentes ut convenit illibatas requirimus et monemus vos quatenus ordinationem predictam revocare curetis alias nos ad conservationem juris dicti comitatus provideremus in predictis suadente justitia prout fuerit faciendum. Data Valentie V kalendas februarii anno Domini MCCCXXXII. (1332).
Y el obispo revocó todo lo que había hecho en perjuicio de la moneda acrimontense.
Corría asímismo en el principado de Catalana y en el condado de Urgel moneda de plata del mismo quilate, valor, peso y hechura que son los reales catalanes que usamos el día de hoy, y se echa de ver en los que han quedado y se conservan de los reyes Alfonsos, Jaimes, y Pedros: llamábanlos, no reales como hoy, sino croats, (en 2020 sería creuats) por la cruz que había en ellos, y tuvieron diversos valores y precios, y de quince dineros y aún menos que habían valido en tiempo del rey Alfonso el sabio y sus antecesores, han venido a valer veinte y cuatro dineros. Corrían asímismo medios reales, que llamaban sueldos o medios croats, por valer la mitad del real o croat, y esta era la moneda más usada en los contratos, ventas y compras, de suerte que como hoy contamos por libras, en aquellos tiempos todo era contar por sueldos, como en Castilla por maravedises; porque como había tanta penuria de moneda, hacía tanto uno con un sueldo en aquel tiempo, como en el nuestro con una libra. Ya en otra parte de este libro traigo un arancel del valor de las aves y del trigo y del vino en Castilla y en Cataluña, en que se echa de ver que era tan rico uno con diez sueldos, como el día de hoy con diez escudos.
Toda esta moneda barcelonesa, así de plata como de metal, y la del condado de Urgel, tiene cruz, como la suele tener toda suerte de moneda de cristianos, los cuales es muy justo que con tan divino y salutífero carácter señalen todas sus cosas, y más la moneda que tanto traemos en las manos, y por quien muchos olvidan y aún desconocen aquel Dios y Señor nuestro que santificó y dio valor a la cruz, cuya virtud es tanta, que hablando de esta materia dice un autor: fieri enim non potest, quin ex tot millibus qui monetam crucigeram quotidie versant ac reversant, querant aut secum reputent, quid crux sibi velit? Quale sit simbolum? Cujus misterii misterium? Quae crucis virtus? Quae potentia? et id genus alia; y esto es muy antiguo en la república cristiana, y el emperador Constantino fue el primero que la puso en sus monedas en esta manera (P como espada que atraviesa a la X); y aunque ya antes de él había emperadores cristianos, pero no hay memoria que en sus monedas esculpieran este sacrosanto y divino señal, aunque sus sucesores lo usaron, como parece en las medallas de Crispo, de Constantino, de Contancio y de Constante, sus hijos, de Magnencio y Decencio, tiranos, de Galo César, hermano de Juliano Apóstata, de los emperadores Valentiniano y Valente, Teodosio Magno y sus dos mujeres Elia Placila y Gala Placidia, de Arcadio y Honorio, del otro Teodosio, de Elia Eudoxia, su mujer, de Valentiniano tercero, de Licinia Eudoxia, su mujer. Gala Placidia, su madre, y Honoria, su hermana, de Marciano, de Elia Pulcheria, su mujer, de León, emperador del Oriente, y de Mayorino, del Occidente, de Anthemio, de Julio Nepote, de León el Mozo, de Zenon, de Basilisio, de Anastasio, de Justino el Viejo, de Justiniano (y este fue el primero que puso la cruz sobre el globo, o bola o mundo que llevan los emperadores en las manos), de Mauricio, de Focas, de Heraclio, de Juan Paleologo, de Teofilo, de Basilio Macedonio y de otros muchos, y de otros césares y emperadores, sus sucesores, según parece en Grazerio Bossio, y otros que tratan de cruces; y en los Diálogos de don Antonio Agustín, arzobispo de Tarragona, y en aquella historia de los siete durmientes se prueba cuán ordinaria era en aquellos tiempos la cruz en los dineros, porque habiendo salido uno de ellos de la cueva, donde había dormido más de ciento setenta años, para comprar el sustento, fue preso por gentil, porque pagaba con moneda de gentiles, o porque se sospechó que había hallado algún tesoro antiguo y pretendía el fisco ser suyo; y él dio por defensa (porque ignoraba haber dormido tanto), que aquella era moneda muy ordinaria. Al comprobarla con la que (se) usaba en el tiempo que despertó, halló en toda la señal de la cruz, y con esto se descubrió lo que pasaba. Esto fue el año 430 de Cristo Señor nuestro, e imperaba Teodosio; y desde aquellos siglos hasta nuestra edad, se ha conservado esta buena costumbre, y como dije, apenas hay moneda de cristianos que esté sin esta señal; y aunque cada príncipe y república pone en las monedas sus armas, señales o empresas, pero en todas hay cruz, y cuando no, imagen de algún santo o palabras de la sagrada Escritura, en que se echa de ver la religión y piedad de los que batieron la tal moneda; y por eso los reyes católicos don Fernando y doña Isabel, en los reales de plata que batieron, antes de aquellos en que vemos el yugo y saetas (empresa propia de ellos), ponían a la una cara la águila del Evangelista san Juan, (que no es la de Franco, como creen algunos tontos del siglo XXI que han ido al colegio) con una diadema o patena en la cabeza, y al pecho las armas de Castilla, y a la otra las * Cataluña y Sicilia, con un mote que decía: DOMINUS *MIHI ADJUTOR; y lo mismo hacían en los doblones que llamaban de a dos o de dos caras, y nosotros hoy llamamos *atines, por valer treinta y tres reales catalanes, en que *está el águila con la misma corona, y un mote al derredor que dice: SUB UMBRA ALARUM TUARUM PROTEGE *NOS; y aunque generalmente todos ponen cruz, pero unos * forman de una manera, otros de otra. Los reyes católicos de España en sus doblones de oro la ponen como la * Jerusalén, que Casaneo llama Pontennata, y por esto * Cataluña los llamaban creuhets; los reyes de Portugal hacían lo mismo en sus festones, y los de Navarra no la *olvidaron en sus monedas.
Enrique, rey de Inglaterra, hizo unos doblones de oro, a * una parte un san Miguel y a la otra una nave, con sus armas en medio de ella, y por timbre de ellas una cruz muy grande y vistosa (no dice qué Enrique era), y al derredor * mote que decía: PER CRUCEM TUAM SALVA NOS CHRISTE REDEMPTOR; y dice Polidoro Virgilio, lib. 16 de la historia de Inglaterra: "era ley de aquel reino, que * monedas de plata habían de tener una cruz tan grande, que llegasen los brazos de ella al extremo de las tales monedas; y por eso Eduardo, rey de Inglaterra, o la ciudad de Londres, a la una parte puso su rostro, y a la otra una cruz, con unas letras al derredor, que dicen: POSUI DEUM ADJUTORIUM MEUM. LONDON CIVITAS; y en las historias de Escocia, hallamos que Donaldo, que fue el primer rey cristiano de aquella isla, batió monedas de oro y de plata, que tenían a la una parte la santa cruz y a la otra su rostro, acordando con esta señal a sus sucesores haber sido él el primero que tomó la religión cristiana.
El rey don Fernando el primero de Aragón hizo unos reales, que a la una parte puso su rostro, y a la otra una cruz con unas letras que decían: INIMICOS EJUS IN *DUAM CONFUSIONE; y cuando no había lugar de meter en la parte más principal de la moneda la cruz, la ponían al derredor, antes del nombre del príncipe o del mote que había de haber. Así lo hizo el rey don Pedro de Castilla en sus reales, que ponía su rostro y nombre, y al reverso una P. con una corona real como por tilde, y sobre ella una cruz, y luego unas letras que decían: DOMINUS MIHI ADJUTOR ET EGO DESPICIAM INIMICOS MEOS. Así lo hizo también el rey don Martín de Sicilia, que en los reales puso a la una parte una águila, y a la otra las armas de Cataluña, (las de Aragón, como su padre el rey Martín I el humano) y al derredor, a la parte del águila: MARTINUS DEI GRATIA REX SICILIE; y a la parte de las armas: + AC ATHENARUM ET NEOPATRIE DUX: así que antes de poner su nombre y títulos, antecedía la santa cruz; y lo mismo observaron el rey
don Juan, que sucedió en aquel reino, y el rey don Enrique el cuarto de Castilla y otros que dejo. Pero ¡qué nos maravillamos que estos príncipes tan católicos honraran sus monedas con tan divina señal, divisa y arma propia del cristiano y en que está nuestro bien y salud, si los enemigos de ella, de quien dice san Pablo, que su fin será mala muerte y su Dios es su vientre, y su iglesia confusión, y su sabiduría no pasa de cosas terrenas (claro, los musulmanes y judíos no saben nada de Dios), la honran y veneran, y no pueden negar lo bueno y santo que hay en ella, como vemos en unas medallas que trae el padre Grizerio, de la Compañía de Jesús, en el libro de Santa Cruz, que a la una parte está la Santa cruz, con unas letras alrededor que dicen: CRUX CHRISTI MEA SALUS, y a la otra el rostro del impío y malvado *heresiarca Lutero, estar de aquella medalla (en lo que se verificó el refrán castellano que dice: tras la cruz está el diablo)! que siendo aquel sacrílego hombre el mayor enemigo de ella, no pudo disimular, que en ella está nuestra salud y bienaventuranza; y aunque hay algunas monedas de católicos en que los dueños de ellas no la pusieron, pero en lugar de ella ponían la imagen de algún santo, como el pontífice romano san Pedro, el reino de Hungría la Virgen nuestra Señora con su hijo en los brazos, la ciudad de Bolonia san Petronio, Venecia el león de san Marcos, los duques de Saboya la Anunciación de Nuestra Señora, y así otros, según las devociones de cada uno.
Estas cruces que están en las monedas están adornadas de diversas maneras, ya con flores en los remates, que Casaneo por eso las llama cruces florenciatas, como las de los reales de los archiduques Alberto e Isabel; ya anchas y extendidas en los remates, como las de los reales catalanes y de los reales que dije del rey don Fernando el primero y del rey de Navarra y del rey de Inglaterra o de la ciudad de Londres, y otras que Casaneo llama cruces pateas, como la de Jerusalén; ya de otras maneras, según la invención y sentir de cada uno: y al derredor de ellas, porque estén más vistosas y acompañadas y con mejor adorno, ponen o cruces pequeñas, como las de Jerusalén, o roeles, o flores, o arandelas de lanzas, como lo vemos en las cruces de los reales y monedas catalanas, que al derredor de la cruz están seis roeles y dos arandelas de lanzas....
*rales en aquellos tiempos habían tenido gran comercio con los pueblos de la Corona de Aragón, donde estabn expatriados muchos de ellos, y apenas había ciudad de consideración donde no tuviesen numerosas cofradías o colegios, en que se juntaban a tratar sus cosas. En Barcelona aún queda rastro de esto en el monasterio de San Agustín, donde tenían la capilla de San Juan Bautista, que es de las más grandes y capaces de todas las de Barcelona: y después de salidos ellos de aquella ciudad, por conveniencias
públicas, la dieron los religiosos de aquel monasterio a la familia y linaje de Cassador, que siendo dueños de ella, quitaron todas las armas de los florentinos y metieron las suyas, salvo en dos ladrillos del altar, donde el sacerdote tiene los pies, que esas quedan, y en ellos una flor de lis, como la que estaba en los florines de que tratamos, que por usar
tanto, los más de los contratos se hacían con ellos: en latín los llamaban áureos, y por este vocablo eran ellos, por antonomasia, entendidos; y aunque había otra mucha moneda de oro, pero esta era la más corriente y usada y casi propia de la tierra, y tan propia, que estando ya acabados, y, si no es por reliquias, no hallándose uno, todas las
penas que pone el rey por observancia de sus privilegios y mandamientos son de florines, y esto lo vemos a cada paso, y es muy ordinaria la de los quinientos florines aplicadores a los cofres reales. Era el peso de ellos sesenta y ocho granos, y el oro de ley de diez y ocho quilates. A la cara cabía un san Juan Bautista, y al reverso una flor de lis. Han tenido diversos valores y precios: en tiempo del rey don Pedro el Ceremonioso, en las cortes que se celebraron en la ciudad de Tortosa, se ordenó que el florín valiese once sueldos, y por ese valor corriese y fuera recibido en todos los contratos y pagas, compras y ventas, y que los cambiadores hubieran de dar, en trueco de cada florín de moneda barcelonesa, diez sueldos y once dineros, y no menos, y esto so graves penas, según parece en una provicion o pracmática real, hecha en Tortosa a 15 días del mes abril del año 1365; y de esta manera se entretuvo mucho tiempo; y en el año 1410, que murió el rey don Martín, valía lo mismo: después valió trece sueldos barceloneses, y en el año de 1490 diez y siete sueldos, y así se quedó, y el día de hoy lo cuentan de esta manera; y aunque no los hay, pero en las penas y derechos se han de pagar con florines, los cuentan a dicho precio.
Noble de nave viejo era otra moneda de oro, y a la una parte tenía señalado un hombre noble, dentro de una nave, con una espada en la mano y un escudo en la otra, con flores de lis y leones dentro del escudo: es su peso de dos florines y trece granos; su ley es de veinte y tres quilates y tres cuartos; su valor, siendo del dicho peso, es de treinta sueldos, y si falta algo, se quita a razón de tres dineros por cada grano que falta.
Otros hay de Inglaterra y tienen el mismo señal, pero eran moneda más moderna, y el peso era dos florines no más, y su valor veinte y ocho sueldos, siendo del dicho peso.
Doble cursada vieja de Castilla se conoció que de la una parte tenía un rey coronado, y de la otra parte dos leones y dos castillos, el uno contra del otro: su peso era un florín y veinte y siete granos; era a ley de veinte y tres quilates y tres cuartos.
Doble castellana de la banda se conocía porque a la una parte tenía una barra que estaba de travieso como banda, y a cada cabo de ella una cabeza de dragón, y de la otra parte dos castillos y dos leones, como la doble cursada: su peso era un florín y veinte y dos granos, y valía quince sueldos cuatro dineros, y era a ley de diez y nueve quilates.
Doble morisca vieja tenía a la una parte ciertas letras moriscas, y a la otra ciertas señales, para nosotros incógnitas: su peso era un florín y veinte y dos granos, y era a ley de veinte y un quilate: valía quince sueldos, ocho dineros.
Doble baladina a la una parte tenía letras moriscas, y a la otra ciertas señales, y ente ellas esta (estrella de 6 puntas, como las que tiran los ninjas). Es de ley de veinte y un quilates: el peso era un florín y veinte y dos granos, y valía quince sueldos.
Doble forcia tenía a todas partes caracteres moriscos: era del tamaño y ruedo del florín de Aragón, pero más gruesa: había de muchas leyes, y no se podían conocer, sino era dándoles un toque: había de ellas que llegaban a veinte y dos quilates y medio, pesaban un florín y veinte y cuatro granos, y valían las mejores diez y seis sueldos, seis dineros.
Escudo viejo tenía a la una parte un escudo con tres flores de lis dentro de él, y sobre el escudo había una corona, y a la otra parte había una cruz grande: pesaba un florín y nueve granos, y valía, siendo del dicho peso, quince sueldos y nueve dineros.
Escudo nuevo de Tolosa, llamado así, aunque impropiamente, por ser propio nombre Escudo de Mompeller, * tiene a la una parte un escudo con tres flores de lis, y a la otra una grande cruz, y al lado hay una corona que llamaban de Tolosa, de do vino llamarlos escudos de Tolosa: eran a ley de veinte y dos quilates y algo más; valían quince sueldos dos dineros, y pesaban un florín, y había algunos de ellos que tenían dos coronas junto al escudo.
Otros escudos había que eran propios de Tolosa, y a la una parte había un escudo con tres flores de lis, con corona, y a la otra parte había una cruz grande: pesaban un florín
y seis granos, y valían quince sueldos, dos dineros.
Escudos de Tornay, a quien llamaban torneses, y habla de ellos Desclot, en su historia, lib. 2, cap. 9: a la una parte había un gran escudo, y a la otra una grande cruz, y era su quilate de mal conocer: los mejores eran a ley de veinte quilates; pesaban un florín y cuatro granos, y valían trece sueldos.
Escudos de Niza eran como los Tornay: el oro era como el de los escudos que decían del molton (mouton; moltó) o del carnero; valían once sueldos, y eran a ley de diez y ocho quilates: no hallo qué peso;
Ducados de Venecia a la una parte tenían al Padre Eterno, con estrellas al derredor, y a la otra parte san Marcos, con un ángel arrodillado: era su peso un florín y un grano: valían quince sueldos cinco dineros, y el oro era de ley de veinte y tres quilates y tres cuartos.
Ducado romano tenía a la una parte el Padre Eterno, como los venecianos, con un ángel que está arrodillado, con una verónica en las manos, y a la otra parte san Marcos, y hay unas letras que dicen: Roma caput mundi; su peso es un florín y un grano, a ley de veinte y dos quilates: valía quince sueldos.
Ducado del rey era como el veneciano, y valían quince sueldos, cuatro dineros.
Ducado de Rodas: a la una parte es san Marcos y a la otra el Padre Eterno, y san Marcos tiene debajo los pies una cruz como la de los caballeros de San Juan: es su peso un florín y un grano, y vale doce sueldos y ocho dineros, a ley de veinte quilates.
Ducado turco: a la una parte es Dios Padre, y a la otra san Marcos, así como el veneciano; su oro es muy blanco y llamábanle oro cato; valía diez sueldos cuatro dineros, y su peso era un florín y un grano.
Florín de Florencia: a la una parte había un san Juan Bautista, y a la otra una gran flor de lis, así como los de Aragón, y los había grandes y pequeños: era su peso un florín y un grano, a ley de veinte y tres quilates y tres cuartos, y valía quince sueldos, seis dineros.
Florín de Génova, que llamaban genovés: había e la una parte un castillo, y a la otra una cruz: su peso era un florín y un grano, ley de veinte y tres quilates, y valía quince sueldos y seis dineros.
Florín de Sena: a la una parte había una grande S, y a la otra una cruz, como el de Génova, a ley de veinte y tres quilates y tres tercios.
Florín de Cambré: a la una parte hay un duque armado que sube a caballo, y a la otra un yelmo sobre un escudo, y en él una sierpe que se traga un dragón: su peso en un florín y un grano valía catorce sueldos y seis dineros, y es a ley de veinte y dos quilates y tres cuartos.
Florín del Rin: de la una parte es san Juan, y de la otra un escudo con palos; y de estos hay de muchos cuños, aunque todos a la una parte tienen a un san Juan, pero *a la otra había diversos señales: su peso era un florín y un grano, y había de ellos de diversos quilates: los mejores *eran de veinte, y valían doce sueldos y seis dineros, y algunos de ellos tenían el señal de Flandes.
Florín de Bolonia: a la una parte tenía un león, con una bandera a los pies, y a la otra la imagen de san Pedro con la llave en la mano: era su peso un florín y un grano, valía catorce sueldos seis dineros, y era a ley de veinte y *os quilates.
Florín del papa Martín, que llamaban de Cambré: tenía a la una parte una corona, y sobre ella otra, y a la otra parte san Pedro con las llaves en las manos: su peso era un florín y un grano, valía catorce sueldos, seis dineros, y era de ley de veinte y dos quilates. Otros había del mismo peso y quilate y a la una parte era San Juan, y a la otra una *erna en medio de un escudo. Otros había del mismo peso, que llamaban de Cambré: valían lo mismo; el oro era de veinte y un quilate, y a la una parte era san Juan Bautista, y a la otra una flor de lis.
Florín de Pisa: a la una parte tenía una imagen de la Virgen nuestra Señora, con su hijo en los brazos, sentada en una silla, y a la otra una águila coronada, con las alas extendidas: su peso era un florín y un grano, valía catorce sueldos seis dineros, y era a ley de veinte y dos quilates.
Florín de Madama: era del mismo peso, valor y quilate, a la una parte había san Juan, y a la otra una cruz grande, con tres más pequeñas al derredor.
Florín de Santa Elena: a la una parte hay una cara de hombre, y al reverso un ángel con una cruz en la mano: era su peso un florín y un grano, valía diez y seis sueldos, seis dineros, y era de ley de veinte y tres quilates y cuatro cuartos.
Florín de Luca: en la una parte tenía san Pedro, con las llaves, y a la otra una testa de rey: valía catorce sueldos, seis dineros, y era de la ley de veinte y tres quilates y un cuarto.
Florín del papa Alejandro: a una parte había un sol con rayos, y a la otra san Pedro: su peso era un florín y un grano, valía catorce sueldos dos dineros, y era de veinte y tres quilates y tres cuartos.
Florín de Bohemia: a la una parte había un rey con corona, con una vara en la mano derecha, y un globo a la otra con, una cruz pequeña sobre ella, y a la otra parte un león con una cola que remata en dos ramales o dos colas: su peso era un florín y un grano, valía catorce sueldos seis dineros, y era su ley de veinte y tres quilates y dos tercios.
Florín de Riga: a la una parte estaba la Virgen nuestra Señora, con su hijo en los brazos, y a la otra parte un mundo de esta hechura (círculo con diagonal, casi como prohibido aparcar): era su valor doce sueldos, el peso un florín y un grano; su ley era de veinte quilates, y de estos había algunos que a la parte donde está la imagen de Nuestro Señor había un obispo.
Franco a pie: a la una parte había un hombre a pie, armado, y a la otra una cruz: valía quince sueldos seis dineros, y pesaba un florín y seis granos y era de ley de veinte y tres quilates.
Franco a caballo: era del mismo valor, ley y quilate: a la una parte había un hombre armado a caballo, y a la otra una gran cruz.
Franco de a pie de Francia: tenía a la una parte una gran cruz y a la otra un rey coronado, sentado en una silla: a la una mano tenía una espada, y a la otra un escudo sembrado de muchas flores de lis: es a ley de veinte y tres quilates, pesa un florín y veinte y dos granos, y era su valor quince sueldos, seis dineros.
Real de Francia: tiene a la una parte una cruz, y a la otra un rey, que tiene en la mano una pierna de hombre: pesaba un florín y seis granos, valía quince sueldos, y era a ley de diez y siete quilates y medio.
Real de oro de Mallorca: a la una parte había un rey coronado, con una espada en la mano, y en la otra una bola o globo, con una cruz pequeña encima de él, y a la otra parte hay una cruz con dos palos: era su peso un florín y cuatro granos, valía doce sueldos, y era a ley de veinte quilates.
Ducado de Saboya: a la una parte estaba la imagen de san Miguel, con un duque que estaba arrodillado a sus pies, y a la otra un timbre (llamaban timbre el yelmo o celada que ponen los caballeros sobre sus armaduras): era a peso un florín y un grano, a ley de veinte y tres quilates y medio, y valía catorce sueldos, cuatro dineros.
Doble blanquilla morisca: tiene a todas partes unas letras moriscas, y en el color tiene más de blanco que de amarillo: era el peso un florín y veinte granos, y valía diez sueldos.
Molton de Mompeller: tenía a la una parte un ángel con una bandera en la mano, como la del cordero pascual, y a la otra parte una cruz: su peso era medio florín y cinco granos, era a ley de diez y ocho quilates, y valía ocho sueldos, ocho dineros.
Otros moltones había, que llamaban de San Andrés, y tenían los mismos señales que los precedentes, y solo se conocían en la color del oro: era el peso medio florín y quince granos, valían seis sueldos y seis dineros, y eran a la ley de diez y seis quilates.
Timbre de Perpiñan: había a la una parte un rey con vestiduras largas hasta los pies, con cetro y globo en las manos, y sobre el globo una cruz pequeña: a la otra parte había un escudo con un yelmo que, como dije, llamaban timbre, y sobre él, como por cimera, una cabeza de dragón: pesaba un florín y once granos, valía quince sueldos, seis dineros, y era su ley de veinte y dos quilates.
Timbre de Valencia, de quien hace mención Jaime Roig en sus poesías: a la una parte tenía un escudo con un yelmo y una cabeza de dragón sobre él, y a la otra parte las armas reales de Cataluña, que el vulgo llama de Aragón, que son los cuatro palos: era su peso medio florín y catorce granos; valía ocho sueldos, seis dineros, y era de ley de veinte quilates.
Gostara de Sicilia: había en la una parte una águila coronada, con las alas extendidas, y a la otra parte las armas reales de Cataluña, que son los cuatro palos. Estas monedas no tenían peso ni ley cierta, y así se tomaban por lo que pesaban y por lo que valía el oro.
Salvis o Salvos eran unos escudos de oro, llamados así, porque a la una parte estaba la salutacion de la Virgen nuestra Señora, y debajo de ella un escudo, con flores de lis, y a la otra parte una cruz con un león y una flor de lis: era su peso un florín y un grano, valía catorce sueldos, seis dineros, y era de ley de veinte y seis quilates.
Morabatin de oro, que llamaban de tabla, nuevo, tenía * todas dos partes una cruz con letras y caracteres góticos; pesaba un florín y ocho granos, valía catorce sueldos, diez dineros, y era de ley de veinte y dos quilates.
Morabatin de oro, que llamaban de tabla, viejo, tenía asímismo a la una parte y a la otra una cruz con letras y caracteres góticos, y pesa también un florín y ocho granos: era a ley de veinte y dos quilates, y valía quince sueldos, cuatro dineros.
Morabatin Alfonsino de oro: a la una parte tiene un rey armado, a caballo, con la mano alta y la espada en ella, y al derredor hay unas letras góticas, y a la otra parte hay un escudo, dividido en cuatro, que tiene a la parte derecha alta e izquierda baja dos cruces, y a la parte izquierda alta y derecha baja las armas de los reyes de Aragón: pesaban un ducado y medio, y valían veinte y tres sueldos, y eran de veinte y tres quilates.
Raudill (o Baudill) de Flandes: tenía a la una parte un hombre armado, a caballo, y tenía en la una mano una espada y en la otra un escudo, y bajo del caballo tenía cuatro letras, y a la otra parte tenía el señal de Flandes, con flores de lis, compuestas en forma de cruz: valía quince sueldos, seis dineros, pesaba un florín y tres granos, y era de ley de veinte y tres quilates y medio.
Besant de Alejandría: tenía de la una parte y de la otra ciertas letras o caracteres moriscos (Bizancio?), como las dobles moriscas, pero eran más formados y bien hechos que los de aquellas: pesaban un florín, eran a ley de veinte y dos quilates, y valían trece sueldos seis dineros.
Cuarto de noble: había a la una parte flores de lis, y a la otra las armas de Inglaterra, y valían siete sueldos.
Escudos de Castilla, llamados Enriques: tienen a la una parte un rey coronado, sentado en una silla y la espada en la mano, y a la otra parte las armas de Castilla y León, en escudo cuartelado: pesaban un florín y veinte y cuatro granos, eran a la ley de veinte y dos quilates y valían treinta sueldos. Sin estos había también otros que a la una parte tenían un rey coronado, a caballo, con la espada en la mano, y a la otra parte las armas de Castilla y León: pesaban lo mismo, y eran del mismo valor y quilate.
Aguilochas a Aguilotxas: tenían a la una parte un rey coronado, sentado en una silla con unas águilas por remate de ella, y tenía cetro en la una mano y bola o globo en la otra, y a la otra parte había una águila, con las alas abiertas: pesaban un florín y doce granos, eran de ley de veinte y cuatro quilates, y valían veinte y seis sueldos.
Pacíficos eran moneda que batían los reyes de Aragón, en Cataluña; y a la una parte había un rey coronado, hasta la cintura, y con cetro en la mano, y a la otra las armas reales de Cataluña: de estos se batieron muchos en tiempo del rey don Juan el segundo, de Aragón, en nombre de don Pedro de Portugal, y valían, en tiempo del rey
don Juan, veinte sueldos, y pesaban un florín de oro y eran a ley de veinte quilates.
Sin estas monedas de oro que tengo dichas y de que abundaban más estos reinos, corrían otras que eran tenidas por falsas, como unos florines que eran hechos como los de Aragón, y a la parte de la flor de lis se leía Navarra, y se tomaban por ocho sueldos, por ser en el peso y quilate muy bajos.
Había unos florines que llamaban auprohers enricats, y estaban picados y mal hechos, y valían seis sueldos.
Otros había de la misma manera, y los llamaban de alquimia, y eran muy blancos, y valían cinco sueldos, o cinco sueldos, seis dineros.
Había florines dichos de Foix, y tenían una imagen de San Juan, con una espada sobre la cabeza del santo, y los bueyes tenían vueltas las espaldas al santo, y valían seis sueldos.
Estas son las monedas de oro que corrían en tiempo del conde don Pedro, según las he podido rastrear, así de escrituras antiguas, como de algunas de ellas que han venido a mis manos, y se conservan, por memoria, en la tabla de la ciudad de Barcelona, donde estaban recondidos los pesos propios y particulares de cada una de ellas, que como en aquellos tiempos que se instituyó aquella tabla eran tan ordinarias, era necesario tener los ministros de ella muy a mano el peso y conocimiento de cada una de ellas, para el buen regimiento del cargo les era encomendado.
Sin estas monedas de oro, se corrieron muchas de plata, cuya memoria está el día de hoy casi olvidada; y para dar fin a este discurso de ellas, diré de algunas, según la noticia he tenido de ellas.
Mancusos: eran una especie de moneda muy usada en tiempo de los condes de Barcelona, y valían doce dineros: usaban en los censos de las casas, que muchos de ellos consistían en esta moneda, así como después en morabatines: otros había que valían siete sueldos, y de ellos queda ya dicho arriba.
Masmodinas Jusefinas: era moneda valenciana, y se llamaban así, por haberlas hecho un rey moro llamado Jusef (o Juzef : Josep, Pep : José : Joseph, etc), y valían cuatro sueldos: de estas masmodinas suelen dejar, en los testamentos, una en Lérida los eclesiásticos al obispo de aquella ciudad, por los derechos pudieran tocarle en los bienes de ellos. Algunas había que eran contrahechas y valían tres sueldos, seis dineros, y habla de ellas Beuter, lib. 2, c.41.
Besant: era moneda que corría en las partes de Levante, y más en el reino de Chipre, y era de plata: valieron tres sueldos, y por tantos les tomó el rey don Jaime, el segundo, cuando casó con doña María, hija del rey de Chipre, que le pagó el dote con esta moneda, que después vino a valer tres sueldos, cuatro dineros.
Agostat: era una moneda de plata, y corría en el reino de Valencia: su valor era de doce dineros abajo, y corría en tiempo del rey don Pedro el segundo de Aragón. (Luego antes de reconquistar el reino de Valencia su hijo, Jaime I el conquistador).
Había otra moneda muy antigua llamada masmodina de oro, y de estas hay memoria en un cabreo está en el archivo real de Barcelona, del marquesado de Camarasa, en que algunas tierras pagan por censo una masmodina de oro. Yo no he podido averiguar qué valía, y según conjeturo, era moneda de plata, con alguna mezcla, aunque muy poca de oro.
/Nota: Macomutina, marmutina, mahomedin, mazmodina, mazmutina, mezmudina, mozmudina, b. lat., mazmoadí cat., mascordina val. Moneda antigua de oro. De maçmodí, adj. de Maçmuda, nombre de la tribu berberisca a que pertenecían los Almohades (Roques del Masmut, Peñarroya de Tastavins, Mazmut, Maçmuda, Masmuda, Mazmuda, etc). Dozy. "Donent nobis annuatim in perpetuum CCCC macomutinas boni auri." Concierto de D. Alf. II con los moros de Tortosa sobre pago de tributos, ap. Bofarull, Colec. de doc. inéd., VIII, 50-52.)/
Las más usadas ahora son, las que llamamos reales, vocablo propio de Castilla, dichos así por estar en ellos las armas y empresas o divisas reales, como el yugo y saetas de los reyes católicos, las colunas y Plus ultra del emperador Carlos V, los palos, eslabón y pedernal del archiduque don Felipe, y otros: y esta moneda antiguamente llamaban en Cataluña croats por haber en ellos unas cruces que tomaban * la moneda; y ahora han dejado del todo el nombre antiguo y les llamamos real, y no impropiamente, porque aunque no lleven las armas de los reyes, pero sí sus rostros, *ies y nombre; y así pueden tener el un nombre y el otro.
Sueldo era otra especie de moneda más usada en aquellos siglos que otra alguna de plata, y baja de solidus, que entre los romanos era cierta especie de moneda de oro, con
*os y particulares peso, y señales, de donde deriva también el vocablo soldada, como cosa que se pagaba o contaba con sueldos. En Castilla los llaman ahora medios *reales, y en Cataluña los llamaron medios croats: había de estos muchos, así por ser más usuales, como fáciles de *labrar, y en todos los contratos antiguos contaban con ellos, * como contamos por escudos o libras, y a los soldados les pagaban con ellos, de do quedó llamar el salario de ellos *sueldo, así como minerval al de los maestros y preceptores, derivado de la diosa Minerva, que lo era de las artes y ciencias entre los gentiles; y a los soldados quedó este nombre, coma gente que sirve por el sueldo que les dan, como si dijésemos gente asoldadada.

A más de las monedas de oro, plata y cobre, hay otra * se hace de cuero o pergamino u otra materia semejante, *lando con las armas del príncipe o capitán algunos pedacitos de ello, y corre como si fuese moneda de oro o de *plata, y dura tanto cuanto dura el aprieto o necesidad que obliga a hacer tal moneda, y salidos de él y acabada la necesidad, los que la sellaron la cobran, y dan por ella moneda real y verdadera. Esto ha sucedido muchas veces, y de esta manera se remedió don Íñigo López de Mendoza, conde de Tendilla, estando cercado de los moros el Alahama, y otros; y no ha muchos años, que en estos reinos aconteció pagar alguna ciudad con papeles sellados, en vez de dinero, y corrían en aquella y aún en todo el reino, como si fueran plata u oro, y duró hasta que hallaron forma como recogiendo aquellos papelitos, diesen por ello moneda buena y corriente. A más de esto, es uso de las casas de juego, los dueños de ellas hacer monedas de estaño o plomo, que dan a los jugadores que acuden a ellas, y por falta de dinero dejan de jugar; y aquella tal moneda ellos la cobran y dan moneda corriente, con que acreditan sus casas; y algunas veces acontece hallar con las tales invenciones de moneda pan y vino, porque el que las da es puntual y cuidadoso en tomarlas y dar oro o plata por ellas, y si algunas se pierden o salen fuera reino, es ganancia para él, pues saliendo su estaño o plomo, él se queda con el oro y plata.
También he visto otra moneda de hoja de latón que usan algunos pueblos en las grandes necesidades y corre entre ellos, y en particular en el campo de Tarragona, que duró algunos años, y a la postre fue necesario recogerla antes de tiempo, y multiplicó de suerte, que el pueblo que había esparcido mil escudos, al recogerla, halló tres mil, porque hubo muchos que ayudaron a la multiplicación de ella, aunque no se supo quienes fueron los tales ayudantes, y algunos que fueron descubiertos, lo pagaron con la vida, que es la pena que dan en Cataluña a los que la falsifican o trasquilan.