CAPÍTULO XLIX.
Que
contiene la vida de Armengol de Barbastro, sexto conde
de Urgel.
Cuando murió el conde Armengol, que llamaron el
Peregrino, quedó su hijo de edad de cinco años, y en poder de doña
Constanza su madre, que fue una de las más varoniles mujeres
de estos tiempos, y vivía con su hijo retirada en lo más fuerte y
seguro del condado de Urgel, para poder con mayor seguridad criarle.
Era entonces muy pequeño este condado, que casi todo consistía en
los montes, y al llano poco se extendía, porque estaba aún en poder
de los moros, que ya en estos tiempos estaban muy amedrentados y
sin ánimo para intentar al descubierto cosa de consideración, como
antes, porque el conde Ramón Berenguer había ya cobrado todo lo que
a su padre habían quitado, y los tenía muy sojuzgados, tanto, que
doce reyes moros le eran tributarios y cada uno le pagaba
parias, en reconocimiento del supremo señorío que tenía
sobre ellos, y por esto adquirió título de muro y defensa del
pueblo cristiano y de sojuzgador de España; y Arnaldo Miron de
Tost, que fue el primer vizconde de Ager, los había sacado del
vizcondado y orillas de las dos Nogueras, Pallaresa y Ribagorzana,
y les hacía continuamente guerra.
En el año 1040, que era el
décimo de Enrique, rey de Francia, a 10 de las calendas de
noviembre, asistieron doña Constanza y Armengol, su hijo, y Guifre,
arzobispo de Narbona, que fue hijo del conde Jofre de Cerdaña;
y los obispos Embaldo, de Urgel; Guifredo, de Barcelona; Arnulfo, de
Roda; Berenguer, de Elna, a la dirección de la dedicación de la
iglesia de la Seo de Urgel, y todos ofrecieron dones, según la
posibilidad y devoción de cada uno.
Ramón Vifredo conde de
Cerdaña hijo de Vifredo y nieto de Oliva Cabreta, a quien
privaron del condado de Barcelona eligiendo a Borrell, conde de
Urgel, no quedaba satisfecho de ello y le quedaban pensamientos de
cobrarle, porque la incapacidad del abuelo no había de dañar al
nieto ni menos a su padre, y tuvo recurso a las armas. Ramón
Berenguer llamó a los barones de Cataluña, para que en tal caso le
valieran y se apartaran del de Cerdaña. El conde de Urgel tenía
muchos vasallos que confinaban con el de Cerdaña, el cual así por
vecindad, como por el parentesco, confiaba mucho de él.
El de
Barcelona ganó la mano al de Cerdaña y se confederó con el de
Urgel, y le dio fé y palabra de ayudarle todo lo posible contra don
Ramón, y de no hacer paz con él ni con Adelesa,
su mujer, ni con Guillen Ramón y Enrique, sus hijos, hasta que el de
Barcelona lo consintiese, so pena de doscientas onzas de oro;
y para seguridad de su promesa le dio por rehenes seis caballeros de
su condado, que eran Ricardo Altemir, Arnaldo Miron Izarno, Raimundo
de *Labevez, Hugo Guillen, Dalmau Izarno y Bernat Izarno, su hermano;
y para mejor asegurar esto, el conde de Urgel y Adaleta,
su mujer, se concertaron con los hermanos del conde de Cerdaña, que
eran Guillermo, obispo de Urgel, Bernardo, conde de Bergadá,
y otro Guillermo. Estos, aunque hermanos del de Cerdaña, prometieron
al de Urgel hacer guerra a su hermano, y no hacer paz con él ni
con
los suyos, sin su consentimiento y voluntad y de la condesa Adeleta,
su mujer, so pena de pagar cada uno de los tres cien onzas de oro;
y el conde de Urgel se obligó a lo propio, so pena de otras
trescientas onzas de oro. Muy poca cosa debía ser la justicia
del conde de Cerdaña, pues hasta sus hermanos le eran contrarios, y
por esto y no arrostrar ninguno su pretensión y ver al de
Barcelona poderoso y determinado, se vinieron a reconciliar los dos,
y el de Urgel y sus rehenes quedaron fuera de obligación.
Movióse
cerca de estos tiempos otra guerra contra Alcajib, moro y
capitán de Almugdabar, rey moro de Zaragoza, el cual
muy a menudo hacía entradas y daños en las tierras del conde de
Urgel que estaban en el condado de Ribagorza. Ramón Berenguer, conde
de Barcelona, tenía también en aquel condado algunos pueblos, y los
dos, antes que el moro se hiciese más poderoso, hicieron liga entre
sí, y con intervención de Guilaberto, obispo de Barcelona;
Guillermo, de Urgel; otro Guillermo, de Vique; Arnaldo Miron de Tost,
vizconde de Ager; Amat Elrico, Bernat Amat, Ricardo Altemir, Brocardo
Guillen, Giberto Miron y Pedro Miron, concordaron que el de Urgel
valiese en todo lo que le fuese posible, sin engaño alguno, al de
Barcelona y a Almodis, su mujer, así solos como juntos,
contra el dicho capitán Alcajib, y que en el ejército se
formase contra de él hubiese el de Urgel de contribuir con la
tercera parte, así de la gente como del gasto se ofreciese, excepto
donum de habere donum de ingeniatores et dispensa de sagitas,
porque el gasto de estas tres cosas quiere que sea a cuenta del conde
de Barcelona, y que lo que se ganase fuese la tercera parte para el
conde de Urgel, y las otras dos para el de Barcelona; y en caso que
haciendo paces hubiese el moro de contribuir alguna cosa, fuese lo
mismo. Cuando se hicieron estas convenciones, poseía mucha parte de
aquel condado de Ribagorza el rey don Ramiro de Aragón,
que fue abuelo del otro don Ramiro, el Monje; y lo
demás tenían los condes de Urgel, Barcelona y los moros. Había
allá dos lugares llamados Pilzan y Puigroig, que poco
había les habían ganado, y por excusar los daños que los vecinos
recibían de los moros, concordaron que en la colina o peña que se
levanta delante de Puigroig (podium: pueyo, puig, puch) que
era lugar acomodado, se edificase un fuerte a costa de los dos
condes, y mudasen allí los vecinos de los dichos dos lugares, y que
este castillo fuese la mitad del conde de Barcelona y de Almodis, y
la otra del de Urgel; y no edificándose el tal castillo, quedase el
de Urgel señor de Pilzan y de la tercera parte de Puigroig: y a lo
que se entiende no se edificó este fuerte. Pilzan por entero, y
Puigroig por la tercera parte, quedaron al conde de Urgel, y lo demás
al de Barcelona. Esto pasó a 5 de setiembre del año veinte y ocho
del rey Enrique, que es de Cristo señor nuestro 1058.
Al conde
no agradó el concierto, pareciéndole era poco ir en compañía del
conde de Barcelona con la tercera parte de las fuerzas, por lo cual
hizo resolución de congregar un buen ejército e ir por sí solo
contra los infieles. Comunicáronlo los dos, y a 25 de julio de 1063
se concertó entre los dos, que el de Urgel estuviese obligado a
valer al de Barcelona con lo que tocaba a sus estados y los castillos
de Cardona, Tamarit, Tárrega, Cervera, Cubells, Camarasa y Estopañá,
y a las dos partes tenía en Cañellas y otras dos en Puigroig, et ad
castra et castella et terras quas habet praedictus Raymundus,
comes, in comitatu Ribagorza et habere debet, et ad ipsas parias
de Hispania, quas jam dictus Raymundus, comes, inde habet
et habere debet et quae sunt convengude ad eum; y a las fortalezas y
castillos y tierras que tiene y debe tener el de Barcelona en
Ribagorza y a las parias que tiene en España: que los
vasallos del de Urgel, por orden y mandato suyo,
estuviesen obligados a seguir al de Barcelona, así contra moros,
como contra cristianos, siempre que él quisiese: que de todo lo que
él de allí adelante ganase, así a Alcajib, como a Almugdabar,
hubiese de darle la tercera parte, exceptuando solamente el castillo
de Drodo y las parias con que le hubiesen de servir estos moros,
en caso que llegase a rendirles y a hacer paz con ellos. Dióse
entonces asiento sobre lo que se había de guardar en la partición
de los castillos que aconteciesen ganarse, en caso que los dos no
pudieran concertarse, y por seguridad de esto dio el de Urgel en
rehenes cinco caballeros principales de su tierra, llamados Dalmacio
Izarno, Guitardo Guillen de Mediano, Brocardo Guillen, Pedro Miron y
Ramón Miron, su hermano, cada cual de ellos por diez mil sueldos
que, juntos, eran cincuenta mil sueldos. Al punto se aprestó
para la guerra, e hízola con tanta furia a los moros, que se le
hicieron tributarios los reyes de Balaguer, Lérida, Monzón,
Barbastro y Fraga, y otros que se le obligaron a hacerle parias,
con que quedó su casa muy rica y ennoblecida. Usó de aquí adelante
el título de marqués, por haber conquistado y tenido
victorias de tierras comarcantes y confinantes con los moros,
que llamaban marquias, de donde derivó el nombre de
marqués; que por estos tiempos tuvo principio en España, y
los condes de Barcelona y Urgel, que eran de los más ricos y nobles
de ella, fueron los primeros que se intitularon marqueses, imitando
el de Urgel al de Barcelona. El uso de este título quedó
después muchos años en silencio, hasta que el rey don Enrique
segundo de Castilla lo dio a don Alonso, hijo de don Pedro, conde
de Ribagorza y nieto del rey don Jaime, el segundo, y el autor
de la Historia de los Girones le tiene por el primer marqués
de España; pero ya antes de él fueron estos dos condes de Urgel y
Barcelona, y el infante don Fernando, hijo del rey Alonso de
Aragón y de Eleonor, el cual murió antes que fuese el rey don
Enrique, el segundo; y este don Fernando lo fue tanto cuanto vivió,
y en su sepultura, que está en San Francisco de Lérida, está
intitulado marqués de Tortosa, que es el título que por
importunación de doña Eleonor, su madre, le dio el rey. Este título
antes no era en propiedad, sino que se daba a los presidentes y
gobernadores de provincias, y duraba tanto como la presidencia o
gobierno, y se mudaba cuando quería el príncipe que daba el
tal gobierno, el cual acabado, lo era el título de marqués,
y el quitarle estaba en la voluntad del que le concedía, y no era
tan estimado como después que se dio en propiedad.
Reinaba
por estos tiempos en Castilla el rey don Sancho, que
después de haber tenido con el rey de Aragón crueles
guerras, habían hecho la paz. Durante aquella, persuadió el de
Castilla a Abderramen, rey moro de Huesca, que negase
el tributo que prestaba al de Aragón y se le rebelase:
el moro, que le vio ocupado en guerras, siguió el consejo del de
Castilla; imitóle el rey moro de Zaragoza, llamado
Almugdabar, que también le era tributario. El de
Aragón enfadado del atrevimiento de estos dos moros, concertó
paces con Castilla, para vengarse de ellos. Era el rey moro de Huesca
valiente mozo, y tenía guardadas las espaldas por la parte de
Zaragoza, y al de Aragón por esto le convenía más emprender
aquella guerra por la parte de Barbastro, porque por aquí
tenía socorro más cierto y seguro de Ribagorza, Urgel y Pallars, y
tomada Barbastro, le era más fácil la conquista de Huesca y otras
que tenía intento de hacer. Valióse del conde de Urgel, al cual
siguieron muchos caballeros amigos y deudos suyos, domiciliados en el
condado de Urgel y su vecindad. De los más principales y que consigo
más gente llevaron fueron don Guillen de Anglesola, Ramón o Amorós
de Ribellas, Tomás de Cervera, Berenguer de Spes, Berenguer de
Puigvert, Ramón de Peralta, Juan de Pons, Juan de Ortafá, Guillen
de Alentorn, que después acompañó a Armengol de Gerp a la
conquista de Balaguer, Galceran de Alenyá, Pere de Çacosta,
Galceran de Çacosta, que
después con el conde de Urgel se halló en la batalla de Úbeda
(Navas de Tolosa), y otros muchos, y todos fueron con gran
deseo de expeler los moros de aquella tierra y exaltar en ella la
santa fé católica. Pusieron cerco a la ciudad de Barbastro y
allá tuvieron varios y diversos sucesos que los historiadores
callan, y concuerdan todos que, después de varios encuentros con los
moros, tomaron la ciudad de Barbastro, sacándola de poder de
infieles, habiéndola defendido varonilmente, y que en un asalto en
que quiso señalarse más que todos el conde de Urgel, quedó muerto,
estando en la flor de su edad, pues no pasaba de los treinta y ocho
años. Sucedió su muerte en el año 1065. Sintió esta desgracia más
que todos el rey de Aragón, su yerno, por haber
perdido uno de los mejores caballeros que había en aquel ejército,
como también todos los caballeros y demás gente de Cataluña que
con él habían ido. Gobernó su estado veinte y nueve años,
aumentándole muchos castillos y lugares, tanto, que hasta entonces
ninguno de sus predecesores le tuvo tan aumentado. Por haber muerto
en el dicho cerco, le quedó el apellido de Barbastro con que
es diferenciado de los demás condes Armengoles que
tuvieron aquel condado de Urgel.
Fue su sepultura en el
monasterio de Ripoll, en el sepulcro de los condes de Barcelona, sus
antecesores.
Tuvo tres mujeres: una de ellas, dice Zurita que fue
doña Clemencia, y hubo en ella muchos hijos, y entre ellos,
según se entiende por muy evidentes conjeturas, fue la reina
Felicia, mujer del rey don Sancho Ramiro, y madre de tres
reyes, todos de Aragón, y abuela de doña Petronila,
que casó con Ramón Berenguer (IV),
conde de Barcelona. Asímismo entiendo que eran suyos los tres
hijos del conde, llamados Guillen, Ramón y Berenguer, aunque es tan
poca la memoria que hay de ellos, que no se puede con certeza afirmar
quién era la madre, ni de qué edad murieron.
La otra mujer fue
doña Adaleta, de la cual queda hecha mención en el auto de
las convenciones contra del conde de Cerdaña; y en esta, a lo que yo
entiendo, tuvo al conde Armengol que llamaron de Gerp.
La última
fue doña Sancha, que el padre Diago dice ser hija del rey
don Sancho de Aragón, que fue casada con el conde de Tolosa,
que a buena razón había de ser Guillermo Tallafer, que murió
en el año 1045, lo que impugna muy eruditamente don Juan Briz
Martínez, abad de San Juan de la Peña, con aquella destreza que
suele tratar todas las cosas. El haber tenido este conde una mujer
llamada Sancha nadie lo puede dudar, pero sí quién era su
padre. Toda la opinión del padre Diago se funda en dos autos que él
alega y deseaba mucho haber visto el abad de san Juan, sacados del
archivo real de Barcelona y del libro primero de los Feudos,
que es uno de los libros de más autoridad de toda España. Hame
parecido ponerlos aquí, porque si el curioso quiere averiguar las
opiniones de estos dos autores y tener noticias ciertas y verdaderas
de las cosas del condado de Urgel, pueda fundarse en escrituras
antiguas, ciertas y verdaderas.
Instrumento primero, sacado del
libro primero de los Feudos, fol. 147, en que consta que el conde
Armengol de Barbastro estuvo casado con Sancha, la cual dio a
Raimundo, conde de Barcelona, y a Almodis, su mujer, el
castillo de Pilzan y la tercera parte del castillo de Puigroig, que
le pertenecían por donación le había hecho el conde Armengol de
Urgel, su marido.
In nomine Domini. Ego Sanctia
comitissa donatrix sum vobis domno Raymundo comiti
Barchinonensi et domne Almodi comitisse. Per hanc meae
donationis scripturam dono vobis ipsum castrum de Pilzano cum
turribus et edificiis omnibus et cum ecclesiis et decimis et
primitiis et oblationibus et cum terris et vineis cultis et heremis
et arboribus universis simul cum silvis atque garriciis et pradis et
pasquis et terminis et pertinentiis et omnibus rebus sibi
pertinentibus quantum potest dici vel terminari: et extra hoc dono
vobis tertiam partem quam habeo in castro de Podio-Royo
(Puigroig, puchroch, pueyo royo o rojo) cum omnibus finibus et
terminis ejus. Advenerunt mihi haec omnia per donationem viri mei
Ermengaudi comitis Urgelensis (Armengol):
et sunt predicta castra cum suis terminis et pertinentiis in extremis
finibus marchiarum juxta Hispaniam et habent
afrontationem ab oriente in termino de Castro Serris, a
meridie in termino de Stopiniano et de Gavasa, de
occiduo in termino de castro de Calasantio et de Josset,
et circio iterum in termino de Benavarri et de Falch.
Quantum istae afrontationes includunt et isti termini ambiunt dono
vobis ab integro ad vestrum proprium allodium excepto ipso manso
de Pasqual cum suis pertinentiis et cum quatuor pariliatis terrae
juxta terminum de Stagna quod ego dedi ecclesiae Sancti
Petri de Ager pro anima Domini Ermengaudi comitis vir mei. Et de
meo jure sic trado hoc totum in vestrum dominium ad quod volueritis
faciendum: et qui hoc vobis voluerit dirrumpere nullo modo possit
facere sed pro sola presumptione hoc totum vobis in duplo componat et
posthec haec scriptura donationis firma permaneat. Quae est facta
sexto kalendas augusti anno septimo regni Philippi regis.
(Rey Felipe de Francia) Sig+num Sanctiae comitisse
quae hanc scripturam donationis scribere jussi et firmavi et firmare
firmarique rogavi.
Sig+num Geraldi Alemanni. Sig+num Guilermi
Bernardi de Odena. Sig+num Sicarci Salomonis. Sig+num Raimundi
Mironis de Acuta. Sig+num Raymundi Raymundi.Sig+num Berengarii
fratris ejus. Sig+num Bernardi Raymundi de Camarasa. Sig+num Mironis
Izarni. Sig+num Ugonis Arnaldi. Sig+num G. Raymundi de Callaris.
Sig+num Raymundi G. de Odena. Sig+num Arnaldi Bernardi de
Castelleto. Sig+num Guillermi de Monte Catano. Sig+num Bernardi
Raymundi de Sancto Minato. Sig+num Alberti Raymundi. Sig+num Bernardi
Izarni. Sig+num Alberti lzarni. Sig+num Bernardi Dalmatii. Sig+num
Ugonis Dalmatii. Sig+num Berengarii Regulfi.
Nos omnes hujus rei
testes sumus.
Sig+num Ugonis Dalmatii de Bergedan. Sig+num Arnaldi
Mironis. Sig+num Geraldus Gibert Mir.
Petrus decanus hujus cedulam
largitionis scripsit sub die et anno praefixo.
Instrumento
segundo, en que se prueba, por confesión del conde Armengol de
Gerp y Luciana, su mujer, que el conde Armengol de
Barbastro dio el castillo de Pilzan a la condesa Sancha, hija de
Ramiro, rey de Aragón, la cual lo vendió al conde de Barcelona por
dos mil mancusos de moneda barcelonesa.
In
nomine Domini. Ego Ermengaudus comes Urgelensis
et Luciana comitissa uxor ejus donatores et definitores ac
evacuatores sumus tibi Raymundo Berengario Barchinonensi
comiti. Volumus satis ut sciatur a cunctis tam presentibus quam
futuris quia hactenus habuimus magnam querelam de te per directum et
per vocem quam et quas proclamabamus in castro de Pilzano et
de Podio Rubro (rubro, rubeo, royo, rojo, roig,
roch) et de Castro Serris et eorum decimis et
pertinentiis: nunc autem approbando recognoscimus quia noluisti nobis
hoc placitare per voces et aucthoritates quas inde habebas et per
quas totum hoc retinebas et directum inde facere. Manifestum est
satis quia pater meus Ermengaudus comes dedit solide et libere
castrum de Pilzano et de Podio-rubro Sanctiae
comitisse filiae Ranimiri regis et ille vendidit
praedicta castra tibi et Arnaldo Mironis vendidit tibi
praelibatum castellum de Castro Serris quod ipse tulerat a
sarracenis: sed conciliante episcopo Urgelensi Dalmacio
Izarni et Brocardo Guillelmi et Raymundo Gondeballi
cum ceteris nostris hominibus qui interfuerunt venimus ad firmam
pacem et sinceram concordiam in presentiarum scriptam: videlicet quia
accepimus de
te duo millia mancussos
Barcinonensis monete ideo donamus et jachimus et
evacuamus ac definimus tibi omnes voces et omne directum quas et quod
qualicumque modo apellabamus et proclamabamus tibi et praedicte
Sanctiae et jamdicto Arnaldo in supradictis castris et in
eorum terminis et pertinentiis ita ut ab hodierno die et tempore
nihil unquam in supradictis rebus omnibus requerimos nec repetamus
nec nos nec posteritas nostra nec ullas ex successoribus nostris nec
ullus homo vivens pro nobis sed solide et libere absque ulla
reservatione et sine fraude et malo ingenio maneant hec omnia in tua
potestate ut facias inde quidquid tibi placuerit facere absque ullios
hominis inquietudine et contradictione et sicut est super scriptum
per …. bonam voluntatem et per sinceram fidem sine ullo enganno
confirmamus tibi hoc totum ad tuum propriam allodium ad quod volueris
faciendum. Quod si nos qui sumus donatores et evacuatores ac
difinitores hoc voluerimus repetere ac disrumpere aut aliquo modo
unquam minuere aut mutare nichil inde valeat sed in triplo hoc totum
componamus et postea haec scriptura donationis et evacuationis sive
difinitionis plenissimum robur semper obtineat et quisquis fecerit
similiter hoc totum adimpleat et faciat. Quod est actum decimo
kalendas apprilis (pone appilis) XII anno Philippi
regis.
Nos qui hoc scribere jussimus et manibus propriis
firmavimus et firmari rogavimus.
Sig+num Dalmatii Izarni. Sig+num
Brocardi Guillelmi. Sig+num Raymundi Gondebaldi. Sig+num Berengarii
Gondebaldi. Sig+num Alberti Izarni. Sig+num Guillelmi Arnaldi.
Sig+num Mumis Aguet. Sig+num Bernardi Raymundi de Camarasa. Sig+num
Guillelmi fratris ejus. Sig+num Ugonis Dalmatii. Sig+num Bernardi
Dalmatii. Sig+num Giberti Guitardi. Sig+num Dalmatii Guitardi.
Nos
sumus hujus rei auditores et testes.
Sig+num Pontii levite
qui hoc scripsit die et anno quo supra.