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sábado, 15 de febrero de 2020

Contra la manipulación de la Historia de Aragón y Cataluña

Todos los amantes de la Historia, hemos oído hablar de José Luis Corral Lafuente, Este aragonés ilustre, nació en Daroca, Profesor de Historia y escritor. Licenciado en Filosofía y Letras, se doctoró en Historia por la Universidad de Zaragoza, en la que es profesor de historia medieval y director de Taller de Historia S.L. Como medievalista, ha centrado buena parte de su labor investigadora en la España musulmana y en la Historia de Aragón. Es también uno de los más prolíficos autores españoles de novela histórica.

Este es un resumen del propio J. L. Corral, de un texto que publico en 2010, y que conviene recuperar para clarificar ciertos mensajes que llegan desde el ultranacionalismo pancatalanista).

LA CORONA DE ARAGÓN. CONTRA LA MANIPULACIÓN DE LA HISTORIA DE ARAGÓN Y CATALUÑA.

José Luis Corral Lafuente.
LA CORONA DE ARAGÓN. CONTRA LA MANIPULACIÓN DE LA HISTORIA DE ARAGÓN Y CATALUÑA.

La Historia es una materia propicia para la manipulación. En este sentido, el caso de la historia de la Corona de Aragón es paradigmático. A mediados del siglo XIX un movimiento cultural, y político, nacido en Barcelona y denominado “la Renaixença” se empeñó en cambiar la historia a base de alterar definiciones y de imaginar símbolos y espacios que jamás existieron.
En su desvarío historiográfico, algunos eruditos de ese movimiento comenzaron a acuñar conceptos que nunca existieron como “la Corona catalana-aragonesa”, “los condes-reyes”, “los reyes-condes”, “los reyes de Cataluña”, la “Confederación catalana-aragonesa” y otras denominaciones falsas, de ese mismo estilo, que culminó con la peregrina ya histórica denominación, ya en el siglo XX, de “Els Països Catalans” para definir un inexistente territorio "histórico" común en el que se incluían los actuales Cataluña, Rosellón, Cerdaña, las comarcas orientales de Aragón, la Comunidad de Valencia y las Islas Baleares.
Proyectando ideas políticas nacionalistas del presente en el pasado, se alteró el ordinal dinástico de los reyes de Aragón, de modo que Alfonso II el Casto pasó a ser “Alfons I” y Pedro II el Católico, “Pere I de Catalunya”; y así siguen siendo denominados estos soberanos en los ficheros del Archivo de la Corona de Aragón y en las denominaciones de algunos políticos ultranacionalistas catalanes.
La llamada Corona de Aragón tuvo su origen en una unión dinástica basada en una alianza matrimonial, siguiendo el derecho medieval sucesorio navarro y aragonés y el derecho canónico. La Corona de Aragón no se llamó así desde el principio. En el siglo XII ni los reyes de Aragón ni los condes de Barcelona tenían como distinción de su rango una "corona". El primero de ellos en ser coronado fue Pedro II, y lo hizo en Roma en 1204 de manos (o mejor de pies, según una leyenda) del papa Inocencio III. Para ser rey legítimo de Aragón era necesario haber nacido de matrimonio canónico, jurar los fueros de Aragón, y luego los de los demás territorios de la Corona, y ser coronado en la catedral de La Seo de Zaragoza.
Desde 1068 los reyes de Aragón eran vasallos de la Santa Sede, y por tanto debían juramento de homenaje a los papas. Por ello, la monarquía aragonesa adoptó sus colores heráldicos, el rojo y el amarillo, copiando los de su señor feudal, el papado, pues esos eran los que usaban los pontífices en la Edad Media.
La Corona de Aragón se sostuvo en sus soberanos y en la continuidad de su linaje, y ello a pesar de que los tres primeros, Alfonso II, Pedro II y Jaime I accedieron al trono en minoría de Edad, con algunas dificultades.
Los Estados fundacionales de la llamada Corona de Aragón fueron el reino de Aragón (con la reina Petronila) y el condado de Barcelona (con el conde Ramón Berenguer IV, que también lo era además de Ausona, Cerdaña, Besalú y Gerona). Pero no de Urgel, por ejemplo. Desde 1137 se fueron sumando otros territorios; en algunos casos por incorporación pacífica, como el marquesado de Provenza o los condados de Pallars y Urgel; en otros por conquista a los musulmanes, como las tierras de Lérida, Fraga, Tortosa, Teruel, el reino de Mallorca, el de Valencia o el señorío de Albarracín; y en otros durante el proceso de expansión mediterránea, como los reinos de Sicilia, Cerdeña, Nápoles o los ducados de Atenas y Neopatria en Grecia.
Estos soberanos nunca se intitularon “reyes de la Corona de Aragón”, sino que lo hicieron con todos y cada uno de sus títulos privativos. Así, Petronila fue reina de Aragón, como heredera de Ramiro II, y condesa de Barcelona, por su matrimonio con Ramón Berenguer IV, que fue príncipe de Aragón y conde de Barcelona; Alfonso II fue rey de Aragón, conde de Barcelona y marqués de Provenza; Jaime I, rey de Aragón, rey de Valencia, rey de Mallorca, conde de Barcelona y señor de Montpellier; y Pedro IV rey de Aragón, rey de Valencia, rey de Mallorca, conde de Barcelona y duque de Atenas y Neopatria, e incluso rey de Jerusalén, entre otros títulos. Y cuando se abreviaban los títulos y sólo se colocaba uno, siempre prevalecía el más antiguo e importante en el orden protocolario: rey de Aragón.
Desde luego, los soberanos de la Corona nunca se intitularon como “reyes o condes de Cataluña”, pues aunque desde fines del siglo XII ya aparece el macrotopónimo "Cataluña", la idea de un territorio llamado Cataluña, de extensión similar a la actual Comunidad Autónoma española del mismo nombre, que englobara a la mayoría de los condados cristianos altomedievales del noreste hispano, y a las tierras de Lérida, Tarragona y Tortosa no se concretó hasta el reinado de Jaime I, ya en el siglo XIII, cuando comenzaron a definirse las fronteras políticas entre los reinos y Estados de Aragón, Cataluña y Valencia, que no quedaron perfiladas definitivamente hasta bien entrado el siglo XIV.
Dentro de la unidad dinástica de la Corona de Aragón, cada uno de los Estados que la integraron mantuvo sus instituciones políticas, su autonomía fiscal, su lengua, sus derechos, sus costumbres, sus normas cívicas, su moneda, su sistema de medidas y su cultura hasta los Decretos de Nueva Planta impuestos por la dinastía de Borbón a comienzos del siglo XVIII. La Corona de Aragón fue un ejemplo de convivencia y tolerancia que, en su propia historia, puede dejar no pocas enseñanzas a la España y a la Europa contemporáneas.
Lamentablemente, ultranacionalistas indocumentados o tergiversadores están empeñados en falsificar esta historia.


XX, perg 1339, Jaime I, 1 agosto 1253


XX.
Perg. N° 1339. Jai.I. 1 agos. 1253.
(Nota: Aragon aparece sin tilde, pero lo pongo Aragón).

Sepan todos quantos esta carta vedran e odiran quomo nos don Jayme por la gracia de Dios rey de Aragón de Mayllorcas et de Valencia conte de Barcelona et de Urgel e senyor de Montpesler queriendo que siempre por todos los tiempos del mundo sea amor e amiçtat entre nos et vos dona Margarita por aquella misma gracia reyna de Navarra e de Campayna e de Bria contessa palazina e don Tubaldo vuestro fillo rey de Navarra e qualquier otro fillo de vos devant dita reyna qui sera rey de Navarra: prometemos a vos devant dita reyna et al dito vuestro fillo don Tubaldo rey de Navarra et a qualquier otro vuestro fillo qui sera rey de Navarra que daqui anant seremos amigos de vos et de todos vuestros amigos e enemigos de todos vuestros enemigos: et si por aventura guerra auredes con algun rey o con poder de rey qui quisies venir sobre vos o guerriar con vos o vos con el sobre el regno o el senyorio de Navarra que nos vos ajudemos con todo
nuestro poder a defender vos et el regno et la senyoria de Navarra contra todos homnes del mundo nos con nuestro cuerpo seyendo en Aragón: e si nos en Aragón no eramos que aquel o aquellos qui tenran por nos los regnos de Aragón et de Valencia que vos ajuden con todo nuestro poder de Aragón et de Valencia moviendo de Aragón por ajudarvos apres de trenta dias al mas tarde pues que auremos recebido vuestro mandado con vuestras letras abiertas con seyello vuestro pendiente: e que vayamos et vos ajudemos con nuestra propria mission: e si nos per ajudar a vos e per deffender vuestro regno e la senyoria de Navarra o por nos mismos por qualquier razon aviemos guerra con el rey de Castieylla o con qualquier otro rey prometemos a vos que no faremos con eyllos tregua ni paz ni amiztat ni avinienza ninguna menos de vuestra volontat. Prometemos encara a vos devant dita reyna que nos daremos nuestra fylla dona Costança por muyller a leyal matrimonio al devant dito vuestro fillo don Tubaldo rey de Navarra o a qualquier otro vuestro fillo qui sera rey de Navarra si don Tubaldo muria lo que Dios no quiera ante quel dito casamiento fuesse feyto. E si por aventura el que Dios non quiera la devant dita dona Costança nuestra filla muria ante quel dito casamiento fuesse feyto: prometemos de dar nuestra filla dona Sancha a don Tubaldo vuestro fillo rey de Navarra o a qualquier otro vuestro fillo qui sera rey de Navarra por muyller a leyal matrimonio e que nunqua filla nuestra ninguna non daremos por muyller ad ermano de don Alfonso rey de Castieylla ninguno ni ad otra persona ninguna que el lo tracte ni lo parle ni otro por el senes vuestra volontat. E prometemos a vos a bona fe senes mal engayno que todas las cosas sobredites e quada una deyllas atendremos et compliremos planament todo mal punto sacado: e si no lo faziamos que finquemos por malo e por traydor. E a mayor fermeza de todas estas cosas prometemosvos que enviaremos nuestros procuradores al apostoligo e quel rogaremos por nuestras letras que el que firme todos estos paramientos et promissiones e convenienças que desuso son ditos et que escomengue e aya poder de escomengar a nos et a toda nuestra tierra si nos aquestos paramientos et promissiones e convinienças entegrament no atendiamos tro que ayamos emendado todo el menoscabo que vos auredes feyto por nos no atender las cosas devant ditas: et el dito menoscabo seamos tenidos emendar dentro seys meses continuament venientes despues que demanda nos end sera feyta del qual menoscabo seades creudos por vuestra plana jura senes otra prueva ninguna. Pero feyta la emienda que seamos quitos del escomengamiento e de la traycion e del mal precio e con todo exo lamor e lamiçtat devant dita non sea trencada: mas la emienda feyta remanga firma e leyal lamor e lamiztat por todos tiempos entre nos et vos assi quomo desuso vos lo avemos prometido. E si esto nos no podiamos acabar con lapostoligo que dito es desuso por exo no remanga que lamor e lamiçtat nuestra et vuestra et todas las promissiones e las convinienças sobreditas non sean firmas antes sean firmas en todas cosas assi quomo desuso es dito. E porque todas estas cosas que desuso son ditas mas firmament atendamos tocados de nos corporalment la cruz e los sanctos evangelios juramos e femos homenage a vos devant dita reyna por vos e por vuestro fillo que todas estas cosas que desuso son ditas atendremos et compliremos entegrament et fielment e senes todo engayno e que faremos jurar todos los ricos homnes de Aragón e todos los cavaylleros e todos los homnes de las ciudades e de las villas de Aragón et del regno de Valencia que vos querredes que eyllos que attiendan e fagan atender e complir todas las cosas e cada una que desuso son ditas a todo lur poder. E todas estas cosas segunt que desuso son ditas et escritas compliremos e faremos complir a todo nuestro poder daqui tro a quinze dias despues sant Miguel primero qui viene a bona fe senes enganno nos sano sediendo o no aviendo justa e manifesta escusacion porque nos non podiessemos esto complir tro ad aquel dia e complida aquella justa escusacion luego seamos tenidos de venir et de complir todas las cosas devant ditas assi quomo dito es desuso. E nos devant dita dona Margarita por aqueylla misma gracia reyna de Navarra de Campanya e de Bria contessa palazina queriendo que siempre por todos tiempos del mundo sea amor et amiztat entre nos e nuestro fillo don Tubaldo rey de Navarra o qualquier otro fillo nuestro que sera rey de Navarra e vos devant dito don Jayme rey de Aragón prometemos a vos devant dito don Jayme rey de Aragón que seremos daqui enant nos e nostro fillo qui sera rey de Navarra amigos de vos et de todos vuestros amigos et enemigos de todos vuestros enemigos: e si por aventura guerra auredes con alguno qui sea rey o con otro qui con poder de rey quisies guerreyar con vos o vos con el sobre los regnos vuestros e la senyoria de Aragón e de Valencia que nos e el fillo nuestro qui sera rey de Navarra con todo nuestro poder de Navarra et con nuestro aver de Campayna deffendamos et ajudemos a vos et a los regnos et a la senyoria vuestra de Aragón et de Valencia contra todos homnes del mundo exceptados el rey de França el emperador de Alamayna et aqueyllas personas de França a qui nos somos tenudos por seynoria: nuestro fillo qui sera rey de Navarra con so cuerpo et con todo so poder de Navarra e con so aver de Campayna e nos con todo nuestro poder de Navarra et con laver nuestro de Campayna sediendo en Navarra. E si nos o nuestro fillo qui sera rey de Navarra no eramos en Navarra que aquel o aquellos qui tenran por nos el regno de Navarra vos ajuden con todo nuestro poder de Navarra e con nuestro aver de Campayna a bona fe moviendo de Navarra por ajudarvos apres de trenta dias al mas tarde pues que auremos recebido vuestro mandado con vuestras letras abiertas con vuestro seyello pendient e que vayamos nos ajudarvos con nuestra propria mession. Maguera si vos quisiessedes ir sobre moros por conquerir tierra sobre ellos que nos non seamos tenidos de vos ajudar: mas si por aventura lo que Dios non quiera rey de moros o otro rey o otro qualquier con poder de rey exceptados aquellos que avemos exceptados desuso vos entrassen o quisiessen entrar en vuestra tierra nos que vos ajudemos planament quomo dito es desuso. E si nos por ajudar a vos e por deffender vuestros regnos e la vuestra seynoria de Aragón et de Valencia o por nos mismos por qualquier razon auremos guerra con el rey de Castieylla o con qualquier otro rey prometemos a vos que non faremos con eyllos tregua ni paz ni amiztat ni aviniença ninguna menos de vuestra volontat. Prometemos encara a vos devant dito rey Daragon que nos tractaremos por todo nuestro poder et acabaremos et faremos acabar que nuestro fillo don Tubaldo rey de Navarra faga matrimonio con vuestra filla dona Costança: e si ante quel dito matrimonio sia feyto la devant dita vuestra filla dona Costança el que Dios non quiera muria que el nuestro fillo devant dito faga matrimonio con vuestra filla dona Sancha. E si por aventura el que Dios non quiera el devant dito nuestro fillo don Tubaldo ante quel dito matrimonio sia feyto muria que nuestro fillo qualquier qui sera rey de Navarra case con la devant dita vuestra filla dona Costança: e si el dito matrimonio nos podia fer por aqueyllo quel dito fillo nuestro non endovies conseyllo de los parientes de so padre et de los nuestros e que la mayor e la meyllor partida deyllos a fer el dito matrimonio non quisiessen consentir: prometemos a vos a bona fe senes engayno e faremos prometer a vos por nuestro fillo rey de Navarra que unquas en ningun tiempo de so vida non case con ermana de don Alfonso rey de Castieylla filla del rey don Ferrando e de la reyna dona Johanna ni con filla del dito rey de Castieylla de leyal conjugio o no de leyal conjugio ni con parienta suya que sea filla de nuyl rey ni de nuyl homne Despayna qui sea morador en Espayna que el lo tracte e lo parle o otro por el senes vuestra volontat e que ninguna de nuestras fillas non case con ermano ninguno del dito rey de Castieylla ni con ningun fillo suyo senes vuestra volontat e que por ninguna razon ni por ninguna manera nos ni los ditos fillos nuestros no faremos amor ni amiztat ni convinienças con el rey de Castieylla ni con sos ermanos senes vuestra volontat. E prometemos a vos devant dito rey en bona fe senes malo engayno que todas las cosas que desuso son ditas e cada una deyllas atendremos e compliremos planament todo mal puncto sacado e las feremos attender al fillo nuestro qui sera rey de Navarra e si no lo faziamos que finquemos por malos et por traidores. E a mayor fermeza de todas estas cosas prometemosvos que enviaremos nuestros procuradores al apostoligo e quel rogaremos por nuestras letras que el que firme todos estos paramientos e promisiones et convinienças que desuso son ditas e que escomengue et aya poder de escomengar a nos et a toda nuestra tierra si nos aquestos paramientos e promissiones e convinienças entegrament non atendiamos tro que ayamos emendado el menoscabo que vos auriades feyto por nos no atender las cosas devant ditas: et el dito menescabo seamos tenidos de emendar dentro seys meses continuament vinientes depues que demanda nos end sera feyta e daqueyl menoscabo seades vos creudo por vuestra plana jura senes otra prueva ninguna. Pero feyta la emienda nos e nuestros fillos seamos quitios del escomengamiento e de la traicion e del mal precio e con todo exo lamor et lamiztat devant dita non sea rota: mas la emienda feyta remanga firma et leyal lamor e lamiztat por todos tiempos entre nos e vos assi quomo desuso vos la hemos prometido. E si esto nos non podemos acabar con lapostoligo que dito es desuso por exo non remanga que lamiztat e lamor nuestra e vuestra e todas las convinienças e las promissiones sobreditas no sean fermas antes sean fermas en todas cosas assi quomo desuso es dito. E porque todas estas cosas que desuso son ditas mas firmament atendamos tocados de nos corporalment la cruz et los sanctos evangelios juramos et femos homenage a vos rey Daragon devant dito por nos e por nuestro fillo qui sera rey de Navarra que todas estas cosas que desuso son ditas atendremos e compliremos entegrament a bona fe senes todo engayno et que faremos jurar e fer homenage a nuestro fillo qui sera rey de Navarra de complir et datender firmament senes ningun engayno todas las cosas sobreditas e que faremos jurar todos los richos homnes de Navarra e todos los cavaylleros e todos los homnes de la ciudat e de las villas de Navarra que vos querredes que eyllos que atiendan e fagan atender e complir todas las cosas que desuso son ditas e quada una a todo lur poder. E todas estas cosas segunt que desuso son ditas et escriutas compliremos et faremos complir a todo nuestro poder daqui tro a quinze dias despues sant Miguel primero que viene nos sediendo sanos o no aviendo justa e manifesta escusacion porque nos non podiessemos esto cumplir tro ad aqueyl dia: e complida aquella justa et manifesta escusacion que luego seamos tenidos de venir et de complir todas las cosas devant ditas. Esto fue feyto en Tudela el primero dia de agosto en el ayno de la Incarnacion de nuestro seynor Jesu-christo de mil e dozientos e cinquanta e tres en presencia de don Garcia por la gracia de Dios obispo de Taraçona et en presencia de don Alfonso infant de Aragón et en presencia de todos estos richos homnes e cavalleros de Aragón et de Navarra qui dejuso son escritos qui juraron atender e fer atender todas las cosas que desuso son ditas a lur poder: assaber es don Garcia Romeu don P. Corneyl don Exemen de Fozes don Exemen Periz de Arenoso don Ferriz de Liçana don P. Mertineyz de Luna don S. Dantillon don Palazin de Fozes don Artal de Fozes don Guillem de Puyo don Rodrigo Perez de Tarazona don Martin Perez justicia de Aragón qui son de Aragón e don Garcia Almoravit don Sancho Ferrandez de Montagut don Garcia Gomiz de Agonçiello don Gonçalvo Ivaynes don Corbaran de Leet don Martin Garcez de Ussa don Pero Gonçalveyz de Morentin don Martin Gonçalvez de Morentin don Guerrero syre Symon Grossos don Pero Exemenez de Valtierra e don Lop Arceyç dean de Tudela qui son de Navarra. - Sey+nal de Miguel de Pomplona escrivano de dona Margarita reyna de Navarra qui por mandamiento de la dita reyna et de don Jayme rey Daragon et de los otros devant ditos escrivi esta carta en el logar et en el dia et en el ayno devant dito.


viernes, 14 de febrero de 2020

XVIII, perg 445, Jaime I, 2 febrero 1231

XVIII.
Perg. n. 445. Jaime I. 2 feb. 1231.

In Dei nomine. Conescuda cosa sea a todos los qui son et son por venir que io don Jacme per la gracia de Dios rey de Aragon desafillo ad todo omne et afillo a vos don Sancho rey de Navarra de todos mios regnos et de mias terras et de todos mios sennorios que ovi ni e ni debo aver et de castiellos et de villas et de todos mios sennorios: et si por aventura deviniesse de mi rey de Aragon antes que de vos rey de Navarra vos rey de Navarra que herededes todo lo mio asi como desuso es scripto sines contradizimiento ni contraria de nul omne del mundo. Et por mayor firmeza de est feito et de esta avinencia quiero et mando que todos mios ricos omes et mios vasallos et mios pueblos juren a vos sennoria rey de Navarra que vos atiendan lealment como scripto es desuso et si non lo fiziessen que fincassen por traidores et que nos pudiesen salvar en ningun logar. Et yo rey de Aragon vos prometo et vos convengo lealment que vos faga atender et vos atienda luego asi como dessuso es scripto et si non lo fiziesse que fosse traidor por ello. Et si per aventura enbargo yo ave ninguno de part de Roma o oviere io rey de Aragon so tenudo por conveniencia por defferlo ad todo mio poder: et si nul omne del sieglo vos quisiesse fer mal por est pleito ni por est paramiento que io et vos femos que io que vos aiude lealment contra todo omne del mundo. Adunde mas que nos aiudemos contra al rey de Castiella todavia por fe sines enganno. Et io don Sancho rey de Navarra por la gracia de Dios por estas palabras et por estas conveniencias desafillo a todo omne et afillo a vos don Jacme rey de Aragon de todo el regno de Navarra et de aquello qui al regno de Navarra pertanne et quiero et mando que todos mios ricos omes et mios conçellos que juren a vos sennoria que vos atiendan esto con Navarra et con los castiellos et con las villas si por aventura deviniesse antes de mi que de vos et si non lo fiziessen que fossen traidores asi como scripto es desuso. Et ambos ensemble femos paramiento et conveniencia que si por aventura io en mia terra camiasse ricos omens o alcaydes o otros quales quisier en mios castiellos aquellos a qui io los diere castiellos o castiello quiero et mando que aquel que los receba por mi que vienga a vos et vos faga homenage que vos atienda esto asi como sobre scripto es. Et vos rey de Aragon que lo fagades complir a mi de esta gisa misma et por estas palabras en vestra terra: et vos rey de Aragon atendiendome esto io don Sancho rey de Navarra por la gracia de Dios vos prometo a buena fe que vos atienda esto asi como scripto est en esta carta et si non lo fiziesse que fosse traidor por ello vos rey de Aragon atendiendome esto asi como sobre scripto es en esta carta. Et sepan todos aquellos qui esta carta veran que io don Jacme por la gracia de Dios rey de Aragon e io don Sancho por la gracia de Dios rey de Navarra amigamos entre nos por fe sines enganno et faziemos homenage el uno al otro de boca et de manos et juramos sobre quatro evangelios que asi lo atendamos. Et son testimonios de este feito et de est paramiento que fizieron el rey de Aragon et el rey de Navarra et del afillamiento asi como scripto es en estas cartas don Ato Fozes maiordomo del rey de Aragon et don Rodrigo Liçana et don Guillem de Moncada et don Blasquo Maça et don Pedro Sanç notario et repostero del rey de Aragon et fraire Andreu abbat de Oliva et Exemeno Oliver monge el Pedro Sancheç de Bariellas et Pedro Exemeneç de Valera et Açnar de Vilava et don Martin do Miraglo et don Guillem justiçia de Tudela et don Arnalt alcaide de Sanguessa et io Domingo scribano del rey de Navarra qui las cartas screvi. Facta carta domingo segundo dia de febrero en la fiesta de Sancta Maria Candelera in era MCCLXVIIII en el castiello de Tudela. - Et io Domingo scrivano por mandamiento del rey de Aragon et del rey de Navarra estas cartas screvi et est signo con mia mano i fiz +.

Versión de Bernardino Gómez Miedes:

Capítulo III. Contiene el tratado formal del auto de concordia y adopción que los dos Reyes de Aragón y Navarra se hicieron el uno al otro.

Conocida cosa sea ad todos los que son, & son por venir, que yo don Iayme por la gracia de Dios Rey de Aragón, desaffillo ad todo ome, & affillo a vos don Sancho Rey de Navarra de todos mios regnos, & de mias tierras, & de todos mios señoríos que 
oue ni he ni deuo auer, & de castiellos & de villas & de todos mis señorías. Et si por auentura deuiniesse de mi Rey de Aragó, antes q d vos Rey de Navarra, vos Rey d Navarra que herededes todo lo mio, assi como de suso es escrito, sines contradezimiento (cótradezimiéto), ni contraria (cótraria) d nulhome del mundo. Et por mayor firmeza de est feyto, & de esta auinença, quiero & mando (mádo) que todos mios ricos homes, & mios vassallos, & mios pueblos juren a vos señoría Rey de Navarra, que vos atiendan lealmente (lealmét), como escrito es de suso. Et si no lo fiziessen, que fincassen por traydores, & que nos pudiessen saluar en ningún logar. Et yo el Rey de Aragon vos prometo, & vos conuiengo lealmét, que vos faga aentender, & vos atienda luego, assi como de suso es escrito: & si non (nó) lo fiziesse, que fosse traydor por ello. Et si por auétura embargo y aue nenguno de part de Roma, o houiere, yo Rey de Aragon so tenudo por conueniença por desferlo ad todo mio poder. Et si nul home dl sieglo vos quisiesse fer mal por est pleyto, ni por est paramiento que yo è vos femos, que yo vos ayude lealment contra todo home del mundo. Adonde mas que nos ayudemos cótra el Rey de Castiella toda via por fe sines engaño.
Et yo dó Sancho Rey de Navarra por la gracia de Dios, por estas palabras, & por estas conueniéças desafillo ad todo home, & afillo a vos don Iayme Rey de Aragon de todo el Regno d Navarra, & de aquello qui el reyno de Navarra pertañe: & quiero & mádo que todos mios ricos homes & mios Concellos juren a vos señoría, que vos atiendan esto con Navarra, & có los castiellos, & con las villas si por auentura deuéiesse antes de mi que de vos. Et si no lo fiziessen que fossen traydores, assi como escrito es de suso. Et ambos ensemble femos paramiéto & conueniençia, que si por auétura yo en mía tierra camiasse ricos homes, o Alcaydes, o otros qualesquiere en mios castiellos, aquellos aqui yo los diere castiellos, o castiello, quiero & mádo que a qll qui los reciba por mi que viéga a vos, & vos faga homenage. Que vos atiéda esto assi como sobre escrito es. Et vos Rey de Aragon, que lo fagades cúplir a mi desta misma guisa, & por estas palabras en vuestra tierra. Et vos Rey de Aragó atendiendo me esto, yo don Sancho de Navarra por la gracia de Dios, vos pmeto a buena fe que vos atienda esto assi como escrito es é esta carta. Et si no lo fiziesse que fosse traydor por ello, vos Rey de Aragó atédiédome esto assi como sobre escrito es en esta carta. Et sepá todos aqllos qui esta carta verá, que yo dó Iayme por la gracia de Dios Rey de Aragó: Et yo dó Sancho por la gracia de Dios Rey de Navarra, amigamos entre nos por fe sines engaño & fiziemos homenage el vno al otro d boca & de manos, & juramos sobre quatro Euangelios que assi lo atendamos, Et son testimonios de est feyto, & de est paramiento que fizieró el Rey de Aragon, & el Rey de Navarra, & del Affillamiento assi como escrito es en estas cartas, don Atho de Foces mayordomo dl Rey de Aragó, & don Rodrigo d Liçana, & don Guillen de Moncada, & don Blasco Maça, & don Pedro Sanz notario & repostero del Rey de Aragon. Et don Pedro Perez justicia de Aragon, & frayre Andreu Abad de Oliua, & Eximeno Oliuer móge, & Pedro Sáches d Variellas, & Pedro Exemenez de Valtierra, & Aznar d Vilana, & dó Martin de Miraglo, & don Guillé justicia de Tudela, & don Arnalt Alcalde de Ságuessa. Facta carta domingo segúdo día de Febrero en la fiesta de santa Maria Cádelera, in Era Millesima ducétissima sexagessima nona en el castillo de Tudela. Que fue año d la natiuidad del Señor M.CCXXXI.
puesto que en este instrumento de la adopción, ninguna mención se hace del infante don Alonso, como el Rey lo affirma, por ventura de consentimiento de ambas partes.

xix-perg-633-jaime-i-17-mayo-1234

jueves, 13 de febrero de 2020

XI, perg 66, Jaime I, 15 setiembre 1216


XI.
Perg. N° 66. Jai. I. 15 setiembre 1216. (M°CCXVI°)

In Dei nomine. Notum sit cunctis quod nos S. Dei gratia Terrachone archiepiscopus G. per eandem Tirassone episcopus P. Ferrandi dominus sancte Marie de Albarrazino Eximinus Cornelii Guillelmus de Cervaria Guillelmus vicecomes Cardone Guillelmus de Monte-Catano suscipimus vos dominum Jacobum regem Aragonis comitem Barchinone dominum Montis-Pessulani sub protectione et defensione et custodia atque consilio nostro et promittimus vobis quod nos consulemus vobis in omnibus negotiis vestris ad utiiitatem vestram et totius vestri regni et militum atque omnium vestrorum bona fide et sine fraude secundum vestrum bonum intellectum et custodiemus et deffendemus personam vestram et totam terram et res vestras ab omni adversitate pro posse nostro et promittimus vobis quod unus nostrum non substrahat personam vestram alteri gratis vel vi et si quis faceret vel consentiret quod absit remaneret perjurus et proditor ad forum Aragonis et bauzator ad consuetudinem Catalonie. Et hec omnia promittimus vobis in fide hominii quod vobis facimus ore et manibus et super crucem Domini et quatuor evangelia juramus quod ita attendemus et complebimus sic Deus nos adjuvet et sancta quatuor evangelia: salva tamen procuratione domini comitis Sanccii quamdiu bene curaverit et salva jura mei Guillelmi de Cervaria. Actum est hoc XVII kalendas octobris anno Domini M°CCXVI° apud Monssonem. - Testes sunt hujus rei et sacramentorum prestitorum B. de Clareto preceptor Gardenii tenens vicem magistri et frater B. de Aguilella comendator Monssonis et frater B. de Camppanis comendator Mirabeti et frater R. de Ayesclis + magister Emposte et frater Fortunius de Pomaris et frater Blascus de Avero Blaschus de Alagone Guillelmus de Podio Petrus de Pomario Petrus de Navascos R. de Monte-Catano G. Raimundi de Monte-Catano Jordanus de Petra alta R. de Castro-Veteri R. Gascon B. Item Dominicus Lois Matheus del Mas Auztorch de Jacca Fernandus Diaz Paschassius Munionis Arnaldus de Jussiet Petrus de Podioviridi Arnaldus Cortit Bernardus de Zasala Raimundus Raimundi Pretrus Tomas Arnaldus de Val Secherio Bernardus Clavelli. - Petrus Oviecho scripsi et hoc sig+num feci mandato prescriptorum.



lunes, 18 de noviembre de 2019

LAS PRIMERAS ARMAS DE JAIME I


3.4. LAS PUGNAS FAMILIARES

165. LAS PRIMERAS ARMAS DE JAIME I (SIGLO XIII. ALCORISA)

LAS PRIMERAS ARMAS DE JAIME I


Pelegrín de Atrocillo, influyente noble de la corte del rey Jaime I el Conquistador, acababa de casarse con la joven Sancha López, hija de don Lope de Albero, que era señor de la villa de Alcorisa en nombre y representación de la orden calatrava. Don Pelegrín, con motivo de la boda, recibió de su suegro, además de otros bienes menores, la citada villa, que, según estipularon entre ambos, devolvería a don Lope si Sancha moría sin sucesión. Reinó el sosiego y la concordia en el seno de ambas familias, hasta que un suceso extraordinario vino a perturbarlos.

Corría más o menos el año 1220 cuando don Lope fue atacado vil y súbitamente en su castillo de Albero Alto, en la actual provincia de Huesca, por Rodrigo de Lizana, que le hizo su prisionero, a la vez que vejaba a los habitantes cristianos y moros de la villa.

LAS PRIMERAS ARMAS DE JAIME I (SIGLO XIII. ALCORISA)

Pelegrín de Atrocillo, apoyado por su hermano Gil, se desplazó rápidamente a la ciudad de Zaragoza para tratar de defender a su suegro ante el propio rey Jaime I, que apenas contaba entonces doce años de edad. Ante la narración de lo sucedido y enojado por ello, el joven monarca no sólo facultó a Pelegrín de Atrocillo para oponerse con las armas a Rodrigo de Lizana, sino que él mismo, sin dilación de tiempo, se vistió la armadura y empuñó la espada por vez primera, poniéndose al frente de la hueste organizada contra aquél, de modo que sus primeras armas en batalla las hizo y las veló en el asedio y posterior toma del importante castillo de Albero Alto, que acabó rindiéndose a las tropas del rey dos días después.

Tras apoderarse del castillo de Albero y todavía con el joven monarca a la cabeza, prosiguió luego la hueste hasta alcanzar los muros del pueblo de Lizana, feudo de don Rodrigo, donde entraron tras abrir brecha en ellos y rescataron del forzado cautiverio a don Lope de Albero.

El gesto de Jaime I puso desde entonces a los Albero y Atrocillo de manera incondicional a su favor por el resto de sus días, encontrando en ambas familias un apoyo leal y constante.

[Pallarés, Matías, «Don Pelegrín deAtrocillo...», en BHGBA, I-II (1908), 20-22.]

jueves, 14 de noviembre de 2019

JAIME I CASTIGA A SU TROVADOR


158. JAIME I CASTIGA A SU TROVADOR (SIGLO XIII. PERPIGNAN)

En cierta ocasión, se encontraba el rey don Jaime I el Conquistador en Perpignan, rodeado, naturalmente, de todo su numeroso séquito: obispos, condes, barones, notarios, escribanos, camarlengos, pajes, etc. Entre los acompañantes, se encontraba también su trovador.

Salió a pasear el poeta y músico por los alrededores de la ciudad, pasando cerca de una alfarería, de cuyo interior salía la voz de un hombre que entonaba, no muy bien por cierto, una de las baladas preferidas e interpretadas por el trovador. Era el ceramista quien, sentado ante el torno, modelaba una vasija.

Entró el trovador en el alfar y, sin mediar palabra, rompió todas las piezas de barro que el alfarero tenía expuestas al sol. Luego, sin mirarle siquiera ni mediar palabra, se marchó. 

Cuando el dueño del alfar quiso reaccionar, se encontró con el trabajo de muchos días hecho añicos y, lo que es peor todavía, prácticamente arruinado.

Preguntando aquí y allá, supo el alfarero que el causante de su desgracia formaba parte del séquito real como trovador, y se dirigió a palacio para hablar con él, pero éste, en lugar de excusarse y resarcirle por el daño causado, todavía se encolerizó más, diciéndole que, con su mala voz y todavía peor entonación, había desvirtuado y destrozado su melodía, y que no había hecho sino devolverle la misma moneda.

Los gritos airados del sorprendido y vapuleado ceramista llegaron a oídos del rey que quiso saber el porqué de tales lamentos. Con todo respeto, contó aquél al monarca lo sucedido solicitándole justicia, y el rey, entendiendo lo justo de la petición, obligó a su trovador a indemnizarle.

Luego, una vez reparado el daño material a satisfacción del ceramista, Jaime I despachó de la corte al violento trovador pues, como manifestó a quienes le rodeaban en aquel momento, no podía consentir acoger en su séquito a servidores tan pagados de sí mismos y tan avaros de sus obras como para que no las pudieran disfrutar sus súbditos, máxime cuando el poeta cantor había sido pagado con fondos del erario público.

[Del Ter, Armando, «Recopilación de leyendas especialmente de la Alta Montaña (I y II)», Folletón delAltoaragón, 91 y 92 (1983), II, pág. 13.]

JAIME I CASTIGA A SU TROVADOR (SIGLO XIII. PERPIGNAN)



EL DUQUE DE HÍJAR Y LA HIJA DE JAIME I


157. EL DUQUE DE HÍJAR Y LA HIJA DE JAIME I
(SIGLO XIII. HÍJAR)

EL DUQUE DE HÍJAR Y LA HIJA DE JAIME I  (SIGLO XIII. HÍJAR)


El duque y señor de Híjar —cuyo enorme palacio solariego señoreaba majestuoso sobre la importante villa de este nombre, sobresaliendo del resto del caserío— tenía viviendo temporalmente con él, en calidad de invitada, a una hija natural de Jaime I el Conquistador, rey de Aragón, doña María Bayod, con la que conversaba de manera animada y con frecuencia en las veladas de los largos e interminables días de invierno, generalmente sentados uno en frente del otro, junto a uno de los grandes ventanales de la sala principal del palacio, desde el que se divisaba un amplio panorama, casi sin límite.

Durante una de esas habituales y relajantes charlas, la joven María, con su apasionada palabra y su actitud vital, hizo ver y convenció al duque de cuánto ganaría la vista que tenían ante sí si las lomas que se mostraban frente a ellos estuvieran cubiertas de un denso y variado arbolado, como lo estaba la parte llana, sin duda por efectos del agua del río Martín, de manera que el color verde y las flores inundaran lo que en aquel entonces era un terreno árido y totalmente desprotegido de vegetación, que hacía del mismo en un duro paisaje para la contemplación sosegada.

Ante reflexión tan razonada como vehemente, prometió el duque de Híjar, siempre galante y pródigo con la hija del rey, tomar en consideración la idea de María, de modo que al día siguiente comenzó a desarrollar con su arquitecto y sus jardineros un proyecto que, tan pronto como estuvo acabado, ordenó que se pusiera en práctica.

Muy pronto, con la llegada de la primera primavera, la idea se había convertido en un magnífico paradero para recorrer y disfrutar en calma y para ser gozado sosegadamente desde el ventanal cuando llegara el invierno, y al que, en un letrero realizado en forja, puso el nombre de la joven, es decir, el «Paradero de María Bayod», aunque con el tiempo, y puesto en boca de los habitantes de la villa, pasaría a ser el «Paradero de Mirabayo», por deformación, sin duda, del nombre inicial.

[Lasala Navarro, Gregorio, Historia dela Muy Noble, Leal y Antiquísima villa de Híjar, págs. 135-136.]

domingo, 7 de julio de 2019

MOSQUERUELA, SEDE VERANIEGA DE JAIME I


124. MOSQUERUELA, SEDE VERANIEGA DE JAIME I
(SIGLO XIII. MOSQUERUELA)

 MOSQUERUELA, SEDE VERANIEGA DE JAIME I


El rey Jaime I de Aragón recorrió frecuentemente con sus huestes y séquito de seniores las quebradas y altas tierras del actual sur turolense, pues no en vano pasaban y pasan por ellas varios de los caminos que conducen a las feraces vegas de la franja litoral levantina, cuya principal ciudad musulmana y centro natural de la región, Valencia, acabó por conquistar para convertirla en capital de un nuevo reino.

La tradición nos cuenta y da como cierto que Jaime I, en permanente caminar guerrero —no en vano se le denominó el «Conquistador»—, se vio obligado, como cualquier otro ser humano, a buscar momentos, motivos y lugares para el ocio y el descanso, de modo que se hizo construir uno de sus palacios dedicados al reposo veraniego en la todavía entonces aldea de Mosqueruela, buscando el frescor de sus casi mil quinientos metros de altitud y la proximidad a las tierras recién conquistadas.

La aldea de Mosqueruela se convertía así, aunque sólo lo fuera de manera esporádica y transitoria, en capital del reino de Aragón y, aparte del rey, toda una pléyade de caballeros, nobles, infanzones, soldados y servidores daban con su presencia durante una temporada vida y colorido a la aldea.

Naturalmente, dentro de los límites del recinto murado de este lugar de realengo, perteneciente a la Comunidad de Teruel, no sólo se construyó un palacio real digno sino que surgieron también una capilla y unas cuantas casas ubicadas en torno al palacio para acomodar a los señores y nobles que le acompañaban, así como a los servidores.

La mayoría de las mansiones que se construyeron para acomodar a los miembros de la comitiva real se dispusieron a todo lo largo de una nueva calle a la que daban sus fachadas de piedra con sus blasones labrados como signo distintivo de su dueño. Era una rúa importante e inmediatamente los habitantes de Mosqueruela dieron en denominarla rúa o carrer de los «Ricos hombres», tal como todavía se le conoce aún, aunque hayan pasado siete siglos desde entonces.

[Recogida oralmente.]


rúa o carrer de los «Ricos hombres»,



Mosqueruela es una localidad y municipio español de la provincia de Teruel, en la comunidad autónoma de Aragón. Perteneciente a la comarca Gúdar-Javalambre, el término municipal tiene un área de 265 km² y una población de 558 habitantes (INE 2017). Durante la Edad Media y todo el Antiguo régimen, hasta la división provincial de 1833, fue tierra de realengo, quedando encuadrada dentro de la comunidad de aldeas de Teruel en la sesma del Campo de Monteagudo.



Mosqueruela se encuentra a 1471 msnm —es uno de los municipios de Aragón situado a mayor altitud— en la vertiente oriental de la sierra de Gúdar, próxima al límite con la provincia de Castellón. Está a unos 100 km de la capital provincial, a 84 km de Castellón de la Plana y a 54 km de Mora de Rubielos, la capital comarcal.

La temperatura media anual en Mosqueruela es de 8,3 °C. Las fechas de las primeras y últimas heladas varían entre las partes más altas y las más bajas del municipio; suelen estar entre septiembre-octubre para las primeras y mayo-junio para las últimas. Por el contrario, en verano las temperaturas suelen ser elevadas y las tormentas frecuentes.

La precipitación anual media es de 800 mm, si bien las precipitaciones se distribuyen de forma irregular a lo largo de año. A finales del invierno y comienzo de la primavera son frecuentes las nevadas. La influencia de la vegetación ofrece una sensación de frescor en verano, acompañada de una notable humedad ambiental.

Se piensa que el topónimo Mosqueruela procede del término mosquera, «descansadero de ganado trashumante, punto de parada para descansar, abrevar y refugiarse del calor». Las mosqueras habitualmente son áreas arboladas con una fuente, y se localizan en el trazado de las vías pecuarias, por ejemplo las cañadas reales, utilizadas para el desplazamiento. Todas estas condiciones se cumplen en la ubicación actual del municipio, y los pastizales de verano a donde se trasladaban los rebaños trashumantes se localizan a media jornada del mismo.

En el término municipal, los yacimientos arqueológicos más antiguos corresponden a los denominados «talleres de sílex», fechados habitualmente en la Edad del Cobre. Sin embargo, la primera ocupación estable se da durante la Edad de Bronce (yacimientos de Osicerda en sus niveles inferiores, Mas de Simón y Castillo del Mallo).




http://www.denarios.org/falsas/OSICERDA.htm

REF: C011 As de OSICERDA. Microfusión a partir de un original.
Réplica de El Periódico de Aragón realizada por el equipo Arqueódromo. Esta misma réplica se vendía en la exposición sobre los Celtíberos, Palacio de Sástago, Zaragoza 1988, y posiblemente en tiendas de Museos y fiestas de recreación histórica.

En la época ibérica tiene lugar una ocupación intensa del territorio, con yacimientos de importancia en San Antonio, Mas Rayo, Torre Agustín y el ya comentado de Osicerda. Curiosamente, la época romana es menos conocida, pues sólo se han podido constatar restos arqueológicos en Torre Agustín, Mas de la Torre Quemada y en las laderas del cerro de San Antonio.

De acuerdo al historiador Jerónimo Zurita, Mosqueruela fue reconquistada a los musulmanes por Alfonso II el Casto en 1181. Debido a su posición fronteriza, la localidad fue utilizada por Jaime I el Conquistador como bastión inicial para la conquista del Reino de Valencia. En sus inmediaciones se alzó el castillo de Mallo o Majo, que estuvo en poder musulmán hasta 1234, año en el que los vecinos de Mosqueruela consiguieron apoderarse de él. En 1333, reinando Alfonso III, se consiguió la adhesión de dicho castillo a Mosqueruela, después de una dura pugna con la vecina Villafranca del Cid.

En la Edad Media, Mosqueruela desarrolló una intensa actividad relacionada con la ganadería y el comercio de la lana. A lo largo del siglo XIII y primeras décadas del XIV, fue frecuente la presencia de la villa en la documentación de la Cancillería Real Aragonesa, debido a los conflictos de pastos que tuvo con la poderosa Casa de Ganaderos de Zaragoza. Estos conflictos fueron frecuentes durante casi todo el siglo XIV, sobre todo los generados entre la Sesma del Campo de Monteagudo —a la que pertenecía Mosqueruela— y las villas de Castellón y Villarreal. Esta situación llegó a su término en 1390 con la sentencia arbitral de Villahermosa, que gestó las normas que regirían la ganadería extensiva de la región.

A finales del siglo XIV, cuando estalló la Guerra de los dos Pedros enfrentando a Aragón y Castilla, Mosqueruela no llegó a ser ocupada. Como premio recibió el título de Villa (1366) y el privilegio de celebrar ferias y mercados; además, la Comunidad de Teruel pasó a denominarse Comunidad de Teruel y Villa de Mosqueruela, siendo esta última cabecera de 65 aldeas dependientes. Desde ese momento, Mosqueruela tuvo jurisdicción civil y criminal propia, formó parte de la red de aduanas del Reino y como villa de realengo gozó de representación en las Cortes.



Mosqueruela mantuvo su importancia hasta el siglo XIX, cuando la prosperidad de la villa se vio truncada por las Guerras Carlistas, que azotaron severamente la región, y por la crisis de la ganadería. En julio de 1837, la villa fue visitada por Carlos María Isidro de Borbón, al frente de la Expedición Real.

Guerras Carlistas, Mosqueruela, Ramón Cabrera


En el Diccionario geográfico-estadístico-histórico de España y sus posesiones de Ultramar de Pascual Madoz se comenta que «los carlistas hicieron en las murallas de esta villa algunos reparos cerrándola en 1838 con 7 puertas para poner á cubierto de un golpe de mano las oficinas de la administración de rentas, factorías y el juzgado o alcaldía mayor del partido que se establecieron en este punto». Se describe a Mosqueruela, en 1845, como una «población murada con cuatro puertas en los cuatro puntos cardinales... las casas son de mediana construcción, repartidas en calles llanas y rectas, aunque mal empedradas».

En el siglo XX, la Guerra Civil produjo grandes daños en el patrimonio cultural de la localidad, al tiempo que el «maquis» y la represión mermaron su población. Uno de los jefes del maquis, conocido como «Petrol», actuaba en Mosqueruela y encontró la muerte en su término municipal, quizás asesinado por otro guerrillero. Igualmente, cerca de Mosqueruela actuó Doroteo Ibáñez Alconchel, cuyo nombre de guerra, «Maño», sirvió para denominar a todo un grupo («Los Maños»). Las acciones más relevantes del maquis en la comarca de Gúdar-Javalambre tuvieron lugar a lo largo de 1947. Por ello, al estarse convirtiendo el conflicto en un peligroso elemento de desequilibrio, el gobierno no reparó en medios, nombrando al general Manuel Pizarro Cenjor gobernador civil de Teruel. Éste declaró el territorio afectado «zona de guerra», lo que supuso que la vida en la zona se viera alterada por completo y, a medida que trascendían los actos de violencia, el miedo siguiera extendiéndose entre los habitantes. Frecuentemente fue el numeroso grupo masovero el que sufrió las agresiones. El resultado de la ofensiva de las fuerzas gubernamentales conllevó que antes de que concluyera 1948, la actividad ya hubiera descendido de intensidad, aunque aún se produjeron enfrentamientos como el acaecido el 7 de marzo de 1949 en Mosqueruela entre un destacamento de la Guardia Civil y un grupo de guerrilleros. La decisión definitiva por parte del maquis de abandonar la lucha y regresar a Francia no se tomó hasta 1951.

En el término municipal de Mosqueruela se encuentran una serie de pinturas rupestres levantinas, incluidas dentro del Patrimonio mundial de la Unesco, además de restos de poblamientos de la Edad de Bronce o de la época ibérica.

En el barranco de Givert pueden contemplarse dos abrigos con importantes representaciones de arte rupestre levantino. El primero de ellos presenta gran número de figuras humanas de pequeño tamaño, con escenas de lucha, de caza y animales aislados de color rojo, y el segundo muestra pinturas en rojo y grabados simbolizando signos de ciclo esquemático.

La Cueva de la Estrella presenta grabados rupestres en tres paneles, representando cazoletas unidas por canalillo y una figura circular con cazoletas, siendo en total cuatro figuras.

Mosqueruela presenta uno de los mejores ejemplos de trazado ortogonal medieval amurallado que se conserva en las sierras de Teruel. Su casco urbano, declarado Conjunto Histórico-Artístico en 1982, gira en torno a la calle Mayor, bello eje completamente porticado.

En la plaza Mayor se sitúan, frente a frente, la Iglesia parroquial y el Ayuntamiento. La iglesia parroquial de la Asunción es una construcción de compleja evolución. El edificio actual es de 1722, conservando restos del templo primitivo de los siglos XIV y XV. Consta de tres naves de cinco tramos, estando la nave central y la cabecera cubiertas con bóveda de medio cañón con lunetos, y las laterales con bóvedas de arista. Destaca la torre de tres cuerpos de cantería, cuyos dos últimos cuerpos son octogonales. Al exterior, quizás lo más sobresaliente sea la portada gótica situada en el costado sur. Originalmente estuvo protegida por un porche o portegado, probablemente de madera. En el interior, se puede apreciar la capilla gótica del Salvador, junto al coro, que contiene restos de un interesante retablo gótico en piedra. Se conserva aquí una pila bautismal monolítica también medieval.

Encima de la sacristía de la iglesia se localiza el Archivo de la Comunidad de Teruel, cuya constitución fue autorizada por el arzobispo de Zaragoza en 1441.

Otro edificio de interés es la antigua Ermita de Santa Engracia, actual Casa de la Cultura, que alberga el Museo de Documentos Históricos. Este espacio conserva una colección archivística de gran importancia sobre la historia de la «Comunidad de Aldeas de Teruel».

Algo más alejadas del casco urbano están las ermitas de Loreto, de San Antonio y de San Lamberto, así como las ruinas del priorato de Santa Ana.

El Ayuntamiento es una edificación del siglo XVIII asentada sobre una lonja de nueve arcos en cuyo interior hay importantes dependencias como la cárcel, la sala del concejo y el archivo municipal. Del mismo siglo data la casa del rector, también situada en esta plaza.


De especial interés son los restos amurallados de la villa, unos de las mejor conservados en la provincia. El Portal de San Roque es la entrada principal de la muralla, estando realizado en mampostería, con arco apuntado al exterior y rebajado intramuros, y entre éstos bóveda de medio cañón. Su torre es esbelta, con sillares en su parte baja y piedra irregular en la alta con sillares reforzando las esquinas. Todavía se conservan otros de sus siete portales originales, como el de Vistorre, el del Postigo y el de Teruel; este último es un sencillo vano abierto en el lienzo de muralla y al lado de una torre a la que se le añadió una vivienda, que es conocida como Casa Fuerte.

Cabe mencionar la arquitectura de la calle Ricos Hombres, cuyos edificios destacan por sus aleros de madera; uno de ellos contiene una decoración barroca de más de cien rosetas. En la calle Isabel Blesa se emplaza el Palacio Gil de Palomar, también llamado Palacio del Rey Don Jaime, de mampostería y con cornisa de madera. Esta calle finaliza en el Portal del Hospital, junto al que se levanta el edificio del Hospital cuya fecha de construcción, 1557, consta en una inscripción conmemorativa.

Por otra parte, existe una exposición al aire libre de esculturas abstractas conocidas como «Casetas de Cabezón».

Los orígenes de la Estrella se remontan al siglo XIV y se relacionan con el Castillo de Mallo o Majo, cuando, tras su desmantelación, se pobló un pequeño villar en la margen izquierda del río Monleón. Allí se emplaza el Santuario de la Virgen de la Estrella, reconstruido entre 1720 y 1731. El templo actual tiene una planta de tres naves, estando la nave principal cubierta con bóvedas de cañón con lunetos. Además del santuario, todavía se conservan los restos de una interesante zona residencial, situada hacia la ladera, que fue afectada por una inundación en 1883.

De interés geológico son los poljés que se hallan dentro del término municipal. Estos son grandes depresiones kársticas, endorreicas y de fondo aplanado, generalmente rellenas de materiales residuales de la disolución de rocas como las calizas. El más importante en Mosqueruela, por su tamaño, es el recorrido actualmente por el río Monleón —en el límite provincial—, con una longitud de 27 km.

De la celebración de San Antonio —en enero—, se conserva la tradición de las hogueras.
El 29 de abril tiene lugar la festividad de San Pedro Mártir, patrón de Mosqueruela.


La celebración más importante de la localidad tiene lugar el último domingo de mayo en honor a la Virgen de la Estrella. El viernes se dan cita en el horno las mujeres del pueblo para elaborar los «rollos de la Caridad», que serán bendecidos al día siguiente en el Ayuntamiento. La madrugada del domingo es el momento solemne para presenciar el «rosario de la Aurora». Tras la solemne misa mayor, al mediodía, los vecinos del pueblo se dirigen en procesión hasta la aldea y santuario de la Estrella, haciendo noche en el santuario.
A mediados de junio, para San Lamberto, tiene lugar la fiesta de los quintos.
El último fin de semana de julio se celebra la fiesta de los pastores.

La feria de Mosqueruela se desarrolla el primer domingo del mes de septiembre y aúna lo lúdico con lo comercial. Originalmente se celebraba para la Virgen de agosto, a partir de un privilegio otorgado en 1366 por el rey Pedro IV. Actualmente la feria tiene como temática principal la ganadería, pero la acompañan una variedad de actos festivos como los tradicionales «toros embolados», las vaquillas o las verbenas.

Fray Luis de Aliaga (1565-1626): religioso dominico que llegó a confesor real de Felipe III. Se cree que por inspiración suya se volvió en 1609 a poner en vigor el edicto de 1526 que obligaba a los moriscos a bautizarse o a abandonar el reino.



Luis de Aliaga Martínez, también citado como Fray Luis de Aliaga o Padre Aliaga, (Mosqueruela, 1560 - Zaragoza, 1626) fue un religioso dominico español, que llegó a confesor real e Inquisidor general (1619-1621).

Era hijo de un hidalgo que, a pesar de su condición, tenía un comercio de paños. Tras quedar huérfano, entró en el convento de Santo Domingo de Zaragoza, protegido por el prior Jerónimo Xavierre (1582). Llegó a enseñar teología en la Universidad de Zaragoza, pero renunció a su puesto para ocupar el cargo de prior del nuevo convento dominico que se abrió en la ciudad con el nombre de Convento de San Ildefonso (1605).

En 1606 se trasladó a Madrid como asistente del Padre Xavierre, y fue nombrado confesor del Duque de Lerma, valido del rey Felipe III (6 de diciembre de 1608). Al poco tiempo, Lerma consiguió que fuera nombrado confesor real, cargo que hasta entonces venía siendo cubierto por los franciscanos (el último, Diego Mardones, fue nombrado obispo de Córdoba y alejado de la Corte), en lo que se interpreta como un movimiento para aumentar su propio control sobre la figura del rey, dado que Aliaga no era ni un teólogo reputado ni un miembro prominente del clero.

Desde su puesto de confesor, los consejos de Aliaga contribuyeron en gran medida a la decisión de expulsar de España a los moriscos (1609). El rey le ofreció el arzobispado de Toledo, pero se negó, aceptando no obstante ser nombrado archimandrita de Sicilia y consejero de Estado.

A pesar de su inicial cercanía a Lerma, figuró entre los responsables de su caída (1618), tras la que el nuevo valido, el duque de Uceda, consiguió que le nombraran, en 1619, Inquisidor General.

Al subir al trono Felipe IV (1621) se vio forzado a abandonar la Corte y su cargo de Inquisidor General, siendo desterrado al monasterio de Santo Domingo de Huete y posteriormente a Aragón, donde murió, en 1626.

Sus enemigos políticos le describían como avaro, glotón, lujurioso, grosero con los poderosos y despiadado con los pobres, aficionado a las corridas de toros (como el Che Guevara) y a la astrología, y políticamente partidario del particularismo aragonés (Memorial que contra Fray Luis de Aliaga y sus mañas se dio a Felipe III).



Era muy activo redactando todo tipo de escritos de tipo burocrático y cartas. Entre sus obras se encuentran Varios Opúsculos sobre asuntos graves de la Monarquía española y de su General Inquisición,
Pareceres sobre la causa que se hizo al P. Mariana y Representación sobre los excesos de Felipe III.

Cervantes y el autor del falso Quijote, Luis Aliaga

Cervantes y el autor del falso Quijote, José Nieto


Ibáñez González, Javier (coord.) (2009). Las Hoces del Mijares y los Caminos del Agua. Qualcina. Arqueología, Cultura y Patrimonio.
ISBN 978-84-937190-0-5.
Ibáñez González, Javier & Casabona Sebastián, José F. (2013). Castillos, murallas y torres. La arquitectura fortificada de la Comarca de Gúdar-Javalambre. Qualcina. Arqueología, Cultura y Patrimonio.
ISBN 978-84-937190-5-0.



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