11 DE JULIO.
Ocupáronse de las pretensiones del señor Primogénito,
acordándose definitivamente, que, por las nueve personas encargadas
del arreglo de las instrucciones, se le faciliten estas tantas veces
como desee, aunque sin darle copia, y permitiéndole que esto se
verifique en presencia de cuantos catalanes quiera de su consejo,
pero por ningún estilo se permita que en este acto intervengan
navarros, aragoneses, ni otra gente estraña;
después de lo que, las referidas nueve personas darán cuenta al
consistorio de cuanto a dicho señor Primogénito le hubiese parecido
oportuno que se adoptase, para resolver lo que fuese más conveniente.
En lo tocante a la pretensión de los navarros
que tenían ocupados sus bienes, acordóse que se les diese audiencia
por las nueve personas mencionadas, las cuales harán relación en
seguida, al consistorio, pero guardándose en todo caso de
contestarles, y ciñiéndose únicamente a oírles.
Tratóse,
además, de los remensas y de otros varios asuntos, pero sin que se
tomara acuerdo alguno.
12 DE JULIO.
Congregadas las
nueve personas en la casa de la Diputación, y después de vistos y
reconocidos los capítulos X y XII, que tienen relación con los
oficiales y ministros de justicia que hayan de ser precisamente
catalanes, así como el capítulo XIII, en que se previene que, sino
son catalanes ciertos consejeros del Lugarteniente, no pueden
intervenir en su consejo; formularon las dos listas que siguen,
añadiendo al pie las dos notas que se hallarán en su lugar.
Lista
de los oficiales y ministros que han de ser catalanes.
Primo
vicecanceller e regent la cancellaria.
Item portant veus de
governador e assesor seu en lo Principat e comdats de
Rossello e de Cerdanya.
Item prothonotari e loctinent de
prothonotari.
Item tresorer e loctinent de aquell.
Item
secretaris.
Item advocats e procuradors fischals.
Item
jutges de la cort.
Item advocats e procuradors dels pobres.
Item
algutzirs.
Item scrivants de manament e de regestre
e de tresoreria.
Item porters e verguers e saigs.
Item verguers de la audiencia.
Item tots altres oficials
ministres e altres persones sens los quals la administracio de
la justicia axi en lo civil com en lo criminal exercir
e administrar nos pot.
Lista de los consejeros que
comprende el capítulo XIII.
Primo lo camerlench.
Item
Majordom.
Tresorer loctinent.
Confessor e almoyner.
E los huxers sino son cathalans no poden
star dintre lo consell car serie dit ells entrevenir
en lo dit consell e seria contra lo capitol.
Item
totes altres persones qui no sien cathalans o
domiciliats en lo Principat no poden entravenir ne
consellar sino juxta forma del capitol.