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miércoles, 26 de noviembre de 2025

Colección, documentos, inéditos, archivo, corona de Aragón, tomo XI (11)

COLECCIÓN DE DOCUMENTOS INÉDITOS DEL ARCHIVO GENERAL DE LA CORONA DE ARAGÓN. 

Publicada de real orden por su cronista
D. Próspero de Bofarull y Mascaró
 
 
COLECCIÓN DE DOCUMENTOS INÉDITOS DEL ARCHIVO GENERAL DE LA CORONA DE ARAGON.  Publicada de real orden por su cronista D. Próspero de Bofarull y Mascaró

TOMO XI.

BARCELONA:
En la imprenta del archivo.
1856.

Repartimientos de los Reinos de Mallorca, Valencia y Cerdeña,
publicación de real orden
por D. Próspero de Bofarull y Mascaró
cronista de la Corona de Aragon
BARCELONA:
En la imprenta del archivo.
1856.

Nota de Ramón Guimerá Lorente:
Se actualiza en parte la ortografía en los textos que no sean originales, o sea, en las explicaciones de Bofarull (o como le llamo yo: bufa al ull).

El PDF que descargué desde archive.org está mal escaneado en algunas partes. Pongo * asterisco donde no se puede leer bien.   

A LOS LECTORES.

Interrumpida esta publicación durante más de un año, aunque por causas que le habrán de producir desde luego no pocas ventajas, la emprendemos ahora nuevamente con más viva fé y con mejores medios, porque habiendo el Gobierno de S. M. autorizado el establecimiento en el mismo Archivo de una pequeña imprenta destinada exclusivamente a este objeto, podrá así continuarse la edición con mucha más regularidad y mayor esmero.
Hemos debido también modificar algún tanto el plan que habíamos trazado desde un principio: la publicación de todas las actas de nuestras antiguas cortes; porque habiéndose propuesto la Real Academia de la Historia incluir las de todos los reinos y señoríos de España en la Colección de ellas que con tanto aplauso está dando a luz, obtuvo al efecto la correspondiente autorización de S. M., y se nos relevó al mismo tiempo del compromiso que habíamos contraído de publicar las que se custodian en este Archivo. Por nuestra parte hemos suministrado y suministraremos a la Academia, como nos está mandado, cuantas noticias y cuantos documentos teníamos recogidos sobre esta materia, para contribuir con lo que alcancen nuestras escasas fuerzas al mayor complemento de una publicación, que nadie, como aquel sabio Cuerpo, puede llevar a cabo con la perfección que su importancia requiere. De esta manera quedarán satisfechos con usura nuestros deseos de que vean la luz pública las actas de las antiguas asambleas de nuestra Corona aragonesa, y no menguará por ello el interés de nuestra Colección, ya que afortunadamente es tan abundante la mina cuyo laboreo nos está encomendado, que en la elección de los documentos que venimos publicando está la única dificultad con que tropezamos.

Para vencerla ahora con el posible acierto, hemos creído que después de haber dado a luz en el tomo 4.° de esta Colección los documentos relativos a la unión de Cataluña con Aragón, no sería fuera del caso el publicar los Repartimientos de Mallorca, Valencia y Cerdeña, que aparte del interés histórico que ofrecen en general, y en particular para cada uno de los territorios a que se refieren, constituyen, por decirlo así, el único titulo fehaciente de la agregación de aquellos estados a la monarquía catalano-aragonesa, son la más brillante ejecutoria de nuestros condes-reyes, (N. E. Será imbécil! y curas-cardenales, y sargentos-mariscales, y bedeles-CEO, etc.) y en medio de los muchos y preciosos datos que contienen sobre las fuerzas y estado social de los vencidos y de los vencedores en aquellos remotos tiempos, dan margen a serias meditaciones al que considere de qué manera se llevaron a cabo aquellas conquistas, y el universal despojo de que fueron víctimas los invasores musulmanes, del cual se libraron solamente los pocos tránsfugas o apóstatas que recibieron de los conquistadores el premio de su traición o de sus servicios.
Ciertamente que la publicación de estos documentos nos hubiera dado pié para numerosas notas y no pocas aclaraciones, atendiendo a que los originales que hemos tenido a la vista se resienten del desorden de la época en que fueron redactados, cuando todavía se mantenía vivo hasta cierto punto el ardor de la lucha, y no se habían completado el establecimiento y la organización de los vencedores en el país conquistado; pero además de que esto nos hubiera llevado demasiado lejos, hubiéramos en cierto modo traslimitado nuestro mandato, reducido a transcribir fiel y puntualmente los manuscritos de que disponemos, para que sean para todos objeto de estudio, y pueda cada uno apreciarlos por lo que en sí sean. Por esto hemos sido y debemos ser parcos de tales notas y observaciones, que quizás muchas veces servirían solamente para dar una falsa luz a los documentos que publicamos. Bajo este concepto, no extrañe el lector la adulteración de nombres, la confusión de fechas, las repeticiones y algunos otros errores de más o menos monta que observará tal vez en estos libros: bástele estar advertido de ellos, para que poniendo su atención en el fondo, prescinda hasta cierto punto de la materialidad de la forma. Escribiéronlos sin duda amanuenses no muy eruditos, y fueron redactados en épocas sobrado agitadas y tumultuosas, para que debamos admirarnos de que no brillen en ellos ni un orden perfecto ni una corrección esmerada.
Hecha por nuestra parte esta salvedad o, si se quiere, ligera advertencia, falta solamente que continuemos al pié de estas lineas, para conocimiento del lector, una ligerísima reseña de los manuscritos cuya publicación comenzamos.



repartimiento de Mallorca

jueves, 9 de septiembre de 2021

TOMO XXV, 25, levantamiento, guerra, tomo XII, 12

COLECCIÓN
DE

DOCUMENTOS INÉDITOS DEL ARCHIVO GENERAL
DE LA
CORONA DE
ARAGÓN,
PUBLICADA DE REAL ORDEN
POR
SU ARCHIVERO,
D.
MANUEL DE BOFARULL Y DE SARTORIO,

TOMO XXV.

LEVANTAMIENTO


Y


GUERRA DE CATALUÑA

en tiempo de don Juan II.
DOCUMENTOS RELATIVOS A AQUELLOS
SUCESOS,
PUBLICADOS DE REAL ORDEN
POR
D. MANUEL DE BOFARULL
Y DE SARTORIO,
Archivero de la Corona de Aragón.

Tomo
XII.

BARCELONA.
EN LA IMPRENTA DEL ARCHIVO.
------
1863.


// Editor: Ramón Guimerá Lorente. Hay comentarios, (entre
paréntesis y cursiva
), y textos de Çaportella que no agradarán
o gustarán demasiado a los lectores catalanistas del siglo, el XXI.
Que se vayan a freír fuets o espetecs //


Con la idea de suministrar al lector
todos los datos que puedan ayudarle a tener un cabal conocimiento de
los asuntos a que hace referencia la Colección de documentos, (según
manifestamos en el prólogo de la misma, y especialmente, por lo que
toca a las Turbaciones de Cataluña, en la advertencia al lector que
precede a esta parte,) damos a continuación el registro
perteneciente al diputado Çaportella, único que, apartándose de
sus compañeros, pretendió representar por si sólo la Generalidad
o Diputación de Cataluña (no la llamaban Generalitat entonces
los deputats del General, sino casa de la deputacio
) en los
puntos donde se conservaba la obediencia al rey Don Juan.
En
el mismo preliminar a que acabamos de aludir se encuentra consignado
este hecho, al hacer referencia de todo lo que se proyectaba publicar
para enriquecer con toda clase de documentos este azaroso periodo de
discordias civiles, acerca de las cuales mucho se ha escrito y mucho
se ha errado, especialmente por aquellos escritores inmediatos al
tiempo en que la dinastía del rey Fernando 1.° estaba en todo su
apogeo, los cuales o perpetuaron sin malicia y sin criterio histórico
retrospectivo las falsedades de los que tenían interés y deber en
celebrar los hechos de los vencedores, o temieron que el apartarse de
la rutina y desentrañar la verdad era destruir lo que por la fuerza
de los años se daba como cierto y admitido. Con el objeto, pues, de
ayudar a la aclaración de la verdad, vamos cumpliendo lo prometido,
y tocándole ahora el turno, después de publicados todos los
registros de la Diputación y el de cartas, que precede, al
indicado registro particular de Çaportella, lo daremos a luz,
insiguiendo el mismo sistema, para su publicación, que hemos
empleado en todos los demás tomos que el lector tiene ya conocidos,
no sin que hagamos algunas prudentes observaciones para guia del que
pretenda estudiar y comparar los diferentes documentos con que
aquella se va enriqueciendo.
Va encabezado el registro del
Çaportella
con una larga relación de los trabajos pasados al tener
que residir como diputado en Barcelona, donde dice que unos pocos
ciudadanos
de la misma, unidos también con unos pocos del
Principado, sustentaban la inicua rebelión, y añadiendo, sin duda
para disculpar su inconsecuencia, que si bien había firmado papeles
que servían para fomentar aquella, había sido sólo obligado a la
fuerza, con gran peligro de muerte, llegando a asegurar que en las
mismas sesiones, cuando él era de voto contrario, le llenaban de
insultos y hasta le amenazaban con arrojarlo por la ventana.
(No
hace falta creer a Çaportella, sólo hace falta ver las sentencias de muerte de los deputats del General para cualquiera que les llevara
la contraria. Ejecuciones de personas, exilio, embargo de bienes para
usarlo en la guerra, etc. Está todo muy bien documentado en sus
cartas anteriores; en especial esta de 1461
).
Estas son las razones en que se apoya para
justificar su fuga, y hasta acaso para que se admita como regular y
posible la representación de los estamentos de Cataluña en su
persona, aun cuando dice obrar “en nombre de los presentes y
ausentes fieles al Rey”, y cite algún personaje conocido y de gran
influencia y representación. Mas como del examen comparativo de este
volumen con los anteriores resulten desvanecidas algunas de las
aserciones del prófugo, (este Manuelico era más liante que su
padre Próspero
) creemos deber nuestro consignarlas, para que así
con más seguridad e interés pueda el lector
estudiar los sucesos por los documentos, y deducir, por consiguiente, la pura verdad histórica.
Resulta, pues, de
nuestro estudio comparativo, que la fidelidad del Çaportella
al rey Don Juan (recuerden que en el tomo 24 los deputats
ya fueron a buscar a Portugal a Perico el de Calaf, el condestable,
pactaban con el rey de Francia y el de Castilla
) no se dio a
conocer tan pronto como debía,
(¿acaso os pensáis que le gustaba
prescindir de su cuello al señor Çaportella?
) puesto que
siguió aquel ejerciendo su cargo de diputado (bien remunerado)
desde el principio del trienio y sin tener medio o
resolución para huir
(consulten el documento donde se manda
matar a algunos sediciosos en contra del Principat de Cathalunya;
otros documentos donde se manda matar a presos del bando del Rey
auténtico, Juan II, etc
) hasta el siete de enero de 1463,
esto es, más de un año después de la muerte del Principe de
Viana
; que, a ser victima de los insultos y violencias que
cuenta, ni él hubiera seguido tanto tiempo (eso te lo crees tú,
Bufa al ull, que también recibías una buena paga por tu empleo como
archivero
), sin gran fingimiento, representando uno de los
principales cargos
en una corporación que tenia buen
cuidado de señalar por sospechosos a los que le parecía,
confiscándoles los bienes cuando era menester, ni, de seguro,
hubieran permitido los mismos insultadores que siguiera en el banco
de la Generalidad (otra falsedad de Manuelico Bofarull que
no sabe atenerse a los textos que transcribe, cosa que aprendió de
su padre, la casa de la Deputacio, casa del General, tontolaba.
) hasta la hora
perentoria de su fuga, un diputado que, según él mismo revela
después en su registro, era el principal enemigo de la rebelión:
que los que representaban el Principado en Barcelona (los
deputats del General, consell de cent, ciutat de Barchinona
) no
fueron tan pocos
como se supone, ni aun durante ciertos periodos de mayores
complicaciones y apuros, encontrándose entre ellos personas tan
distinguidas como el vizconde de Rocaberti, don Francisco de Pinós,
Gerardo Alemany de Cervelló, el conde de Pallars, el obispo de Vich,
el abad de Montserrat, el deán de Lérida y otros muchos, cuyos
nombres puede haber notado el lector en los anteriores documentos;
que cuatro meses antes de desaparecer el diputado existen cartas
suyas en las que no sólo manifiesta estar identificado con las ideas
de los rebeldes de Cataluña (lo contrario le hubiese hecho bailar sin tarima), sino también gozarse en la esperanza de la venida
del rey de Castilla,
cuya llegada a Soria participa a varias
municipalidades (sesión del 31 de agosto de 1862);
(Manuelico,
que no sabes ni en qué año estás trabajando los textos del
archivo; te refieres a 1462; en 1863 se publica este tomo 25)

y
que el único acto por el que tal vez podria empezarse a sospechar
de su modo de sentir politico
es el que se nota en 11 de octubre
del mismo año, cuando, al designarse a algunas personas como
sospechosas, se abstuvo libremente Çaportella de manifestar
su opinión en lo tocante a las personas eclesiásticas.
Hacemos
estas observaciones para que el lector, recordando estos antecedentes
al leer el registro que ha de justificar la transformación del
antiguo diputado rebelde, pueda admirar con mayor interés la
desconocida causa de aquella, o sospecharla quizá, al ver que la
descision (decisión) del prófugo no tuvo lugar
hasta muy poco después de haberse acordado aclamar por rey
a Enrique de Castilla
, pudiendo así el que compara atribuir con
mayor justicia a cada acto el valor que se merezca.
(Esa
aclamación haria rodar cabezas, y este buen hombre lo sabia desde
hacia tiempo; y otras traiciones de catalanes representantes del
Principado: lo de Portugal, Francia, etc.)

El volumen, pues,
que vamos a publicar a continuación comprende varias resoluciones y
cartas escritas a veces en nombre de la Diputación, que,
según es de ver, la venia a constituir el mismo consejo del Rey, o
con la sanción del arzobispo de Tarragona, y abraza desde 23 de
enero de 1463 a 15 de octubre de 1472, de manera que viene a
completar en gran parte el azaroso periodo de las turbaciones, objeto
de esta publicación desde algún tiempo, y en pro del cual iremos
dando a luz todos cuantos materiales nos suministren el Archivo general de la Corona y el especial de la antigua Diputación o
Generalidad de Cataluña

(en ninguna carta anterior de la colección, desde el tomo I de Próspero, la llaman Generalidad ni
Generalitat, sino casa de la Deputacio. Tanto Próspero como Manuel sí la llaman así)
.
Conviene advertir, sin
embargo, que en el primer documento que se encuentra de octubre, (25 de octubre) el
año es 64, y no 63, de manera, que o hay aqui un vacío de un año, o
todos los documentos anteriores a aquel mes llevan equivocadamente
el año anterior
, con lo que resultaria ser la fuga del diputado
más posterior aún de lo que decimos.
(El 16 de noviembre aparece 1463. Manuelico no podía haber cogido los textos donde no cuadra la data y publicarlos aparte; no daba para más. Como liante no tiene parangón hasta la actualidad).

TOMO XXV, 25, levantamiento, guerra, tomo XII, 12

COLECCIÓN
DE

DOCUMENTOS INÉDITOS DEL ARCHIVO GENERAL
DE LA
CORONA DE
ARAGÓN,
PUBLICADA DE REAL ORDEN
POR
SU ARCHIVERO,
D.
MANUEL DE BOFARULL Y DE SARTORIO,

TOMO XXV.

LEVANTAMIENTO


Y


GUERRA DE CATALUÑA

en tiempo de don Juan II.
DOCUMENTOS RELATIVOS A AQUELLOS
SUCESOS,
PUBLICADOS DE REAL ORDEN
POR
D. MANUEL DE BOFARULL
Y DE SARTORIO,
Archivero de la Corona de Aragón.

Tomo
XII.

BARCELONA.
EN LA IMPRENTA DEL ARCHIVO.
------
1863.


// Editor: Ramón Guimerá Lorente. Hay comentarios, (entre
paréntesis y cursiva
), y textos de Çaportella que no agradarán
o gustarán demasiado a los lectores catalanistas del siglo, el XXI.
Que se vayan a freír fuets o espetecs //


Con la idea de suministrar al lector
todos los datos que puedan ayudarle a tener un cabal conocimiento de
los asuntos a que hace referencia la Colección de documentos, (según
manifestamos en el prólogo de la misma, y especialmente, por lo que
toca a las Turbaciones de Cataluña, en la advertencia al lector que
precede a esta parte,) damos a continuación el registro
perteneciente al diputado Çaportella, único que, apartándose de
sus compañeros, pretendió representar por si sólo la Generalidad
o Diputación de Cataluña (no la llamaban Generalitat entonces
los deputats del General, sino casa de la deputacio
) en los
puntos donde se conservaba la obediencia al rey Don Juan.
En
el mismo preliminar a que acabamos de aludir se encuentra consignado
este hecho, al hacer referencia de todo lo que se proyectaba publicar
para enriquecer con toda clase de documentos este azaroso periodo de
discordias civiles, acerca de las cuales mucho se ha escrito y mucho
se ha errado, especialmente por aquellos escritores inmediatos al
tiempo en que la dinastía del rey Fernando 1.° estaba en todo su
apogeo, los cuales o perpetuaron sin malicia y sin criterio histórico
retrospectivo las falsedades de los que tenían interés y deber en
celebrar los hechos de los vencedores, o temieron que el apartarse de
la rutina y desentrañar la verdad era destruir lo que por la fuerza
de los años se daba como cierto y admitido. Con el objeto, pues, de
ayudar a la aclaración de la verdad, vamos cumpliendo lo prometido,
y tocándole ahora el turno, después de publicados todos los
registros de la Diputación y el de cartas, que precede, al
indicado registro particular de Çaportella, lo daremos a luz,
insiguiendo el mismo sistema, para su publicación, que hemos
empleado en todos los demás tomos que el lector tiene ya conocidos,
no sin que hagamos algunas prudentes observaciones para guia del que
pretenda estudiar y comparar los diferentes documentos con que
aquella se va enriqueciendo.
Va encabezado el registro del
Çaportella
con una larga relación de los trabajos pasados al tener
que residir como diputado en Barcelona, donde dice que unos pocos
ciudadanos
de la misma, unidos también con unos pocos del
Principado, sustentaban la inicua rebelión, y añadiendo, sin duda
para disculpar su inconsecuencia, que si bien había firmado papeles
que servían para fomentar aquella, había sido sólo obligado a la
fuerza, con gran peligro de muerte, llegando a asegurar que en las
mismas sesiones, cuando él era de voto contrario, le llenaban de
insultos y hasta le amenazaban con arrojarlo por la ventana.
(No
hace falta creer a Çaportella, sólo hace falta ver las sentencias de muerte de los deputats del General para cualquiera que les llevara
la contraria. Ejecuciones de personas, exilio, embargo de bienes para
usarlo en la guerra, etc. Está todo muy bien documentado en sus
cartas anteriores; en especial esta de 1461
).
Estas son las razones en que se apoya para
justificar su fuga, y hasta acaso para que se admita como regular y
posible la representación de los estamentos de Cataluña en su
persona, aun cuando dice obrar “en nombre de los presentes y
ausentes fieles al Rey”, y cite algún personaje conocido y de gran
influencia y representación. Mas como del examen comparativo de este
volumen con los anteriores resulten desvanecidas algunas de las
aserciones del prófugo, (este Manuelico era más liante que su
padre Próspero
) creemos deber nuestro consignarlas, para que así
con más seguridad e interés pueda el lector
estudiar los sucesos por los documentos, y deducir, por consiguiente, la pura verdad histórica.
Resulta, pues, de
nuestro estudio comparativo, que la fidelidad del Çaportella
al rey Don Juan (recuerden que en el tomo 24 los deputats
ya fueron a buscar a Portugal a Perico el de Calaf, el condestable,
pactaban con el rey de Francia y el de Castilla
) no se dio a
conocer tan pronto como debía,
(¿acaso os pensáis que le gustaba
prescindir de su cuello al señor Çaportella?
) puesto que
siguió aquel ejerciendo su cargo de diputado (bien remunerado)
desde el principio del trienio y sin tener medio o
resolución para huir
(consulten el documento donde se manda
matar a algunos sediciosos en contra del Principat de Cathalunya;
otros documentos donde se manda matar a presos del bando del Rey
auténtico, Juan II, etc
) hasta el siete de enero de 1463,
esto es, más de un año después de la muerte del Principe de
Viana
; que, a ser victima de los insultos y violencias que
cuenta, ni él hubiera seguido tanto tiempo (eso te lo crees tú,
Bufa al ull, que también recibías una buena paga por tu empleo como
archivero
), sin gran fingimiento, representando uno de los
principales cargos
en una corporación que tenia buen
cuidado de señalar por sospechosos a los que le parecía,
confiscándoles los bienes cuando era menester, ni, de seguro,
hubieran permitido los mismos insultadores que siguiera en el banco
de la Generalidad (otra falsedad de Manuelico Bofarull que
no sabe atenerse a los textos que transcribe, cosa que aprendió de
su padre, la casa de la Deputacio, casa del General, tontolaba.
) hasta la hora
perentoria de su fuga, un diputado que, según él mismo revela
después en su registro, era el principal enemigo de la rebelión:
que los que representaban el Principado en Barcelona (los
deputats del General, consell de cent, ciutat de Barchinona
) no
fueron tan pocos
como se supone, ni aun durante ciertos periodos de mayores
complicaciones y apuros, encontrándose entre ellos personas tan
distinguidas como el vizconde de Rocaberti, don Francisco de Pinós,
Gerardo Alemany de Cervelló, el conde de Pallars, el obispo de Vich,
el abad de Montserrat, el deán de Lérida y otros muchos, cuyos
nombres puede haber notado el lector en los anteriores documentos;
que cuatro meses antes de desaparecer el diputado existen cartas
suyas en las que no sólo manifiesta estar identificado con las ideas
de los rebeldes de Cataluña (lo contrario le hubiese hecho bailar sin tarima), sino también gozarse en la esperanza de la venida
del rey de Castilla,
cuya llegada a Soria participa a varias
municipalidades (sesión del 31 de agosto de 1862);
(Manuelico,
que no sabes ni en qué año estás trabajando los textos del
archivo; te refieres a 1462; en 1863 se publica este tomo 25)

y
que el único acto por el que tal vez podria empezarse a sospechar
de su modo de sentir politico
es el que se nota en 11 de octubre
del mismo año, cuando, al designarse a algunas personas como
sospechosas, se abstuvo libremente Çaportella de manifestar
su opinión en lo tocante a las personas eclesiásticas.
Hacemos
estas observaciones para que el lector, recordando estos antecedentes
al leer el registro que ha de justificar la transformación del
antiguo diputado rebelde, pueda admirar con mayor interés la
desconocida causa de aquella, o sospecharla quizá, al ver que la
descision (decisión) del prófugo no tuvo lugar
hasta muy poco después de haberse acordado aclamar por rey
a Enrique de Castilla
, pudiendo así el que compara atribuir con
mayor justicia a cada acto el valor que se merezca.
(Esa
aclamación haria rodar cabezas, y este buen hombre lo sabia desde
hacia tiempo; y otras traiciones de catalanes representantes del
Principado: lo de Portugal, Francia, etc.)

El volumen, pues,
que vamos a publicar a continuación comprende varias resoluciones y
cartas escritas a veces en nombre de la Diputación, que,
según es de ver, la venia a constituir el mismo consejo del Rey, o
con la sanción del arzobispo de Tarragona, y abraza desde 23 de
enero de 1463 a 15 de octubre de 1472, de manera que viene a
completar en gran parte el azaroso periodo de las turbaciones, objeto
de esta publicación desde algún tiempo, y en pro del cual iremos
dando a luz todos cuantos materiales nos suministren el Archivo general de la Corona y el especial de la antigua Diputación o
Generalidad de Cataluña

(en ninguna carta anterior de la colección, desde el tomo I de Próspero, la llaman Generalidad ni
Generalitat, sino casa de la Deputacio. Tanto Próspero como Manuel sí la llaman así)
.
Conviene advertir, sin
embargo, que en el primer documento que se encuentra de octubre, (25 de octubre) el
año es 64, y no 63, de manera, que o hay aqui un vacío de un año, o
todos los documentos anteriores a aquel mes llevan equivocadamente
el año anterior
, con lo que resultaria ser la fuga del diputado
más posterior aún de lo que decimos.
(El 16 de noviembre aparece 1463. Manuelico no podía haber cogido los textos donde no cuadra la data y publicarlos aparte; no daba para más. Como liante no tiene parangón hasta la actualidad).

viernes, 27 de agosto de 2021

AL ARXIU GENERAL DE LA CORONA D'ARAGÓ

AL ARXIU GENERAL

DE LA CORONA D'ARAGÓ, LO JORN QUE FOU UBERT EN
L'ANTlCH PALAU
DELS VIREYS DE BARCELONA
.

AL ARXIU GENERAL  DE LA CORONA D'ARAGÓ, LO JORN QUE FOU UBERT EN L'ANTlCH PALAU DELS VIREYS DE BARCELONA.


Desde que fuyts dels
vilatjes


Els lleons
espahordits,


Per deserts per
boscatjes


Pasturan no mes de
nits;





Desde que el cavall
s'acosta


Al qui 'l vol
cualcar sotmes,


Per monarca y no per
hoste


Al home la terra ha
pres.





Ab quin pler sentí
'l còr batre


El primer qui pels
turons


L'aliga del cel va
abatre


Ab son arch ò ab
sos falcons!





AL ARCHIVO GENERAL


DE LA CORONA DE
ARAGÓN
, EL DÍA QUE FUE ABIERTO EN EL ANTIGUO


PALACIO DE LOS
VIREYES BE BARCELONA.


Desde que huyendo de
las villas los leones amedrentados, pacen no más que de noche por
selvas y desiertos;


Desde que el caballo
se acerca sumiso a quien pretende montarlo, ha reconocido la tierra
al hombre, no ya por huésped, sino por su monarca.


¡De qué gozo
sintió latir su corazón el primero que por los montes derribó al
águila del 
cielo con su arco o
can sus halcones!





De llavors ¡cuánta conquista


Lo geni al home ha
fet fer,


Perque sia manco
trista


La vida ara que
primer!





No 'ls lleons ni les
arpelles


Mos donan goig de
cassar;


Dels nigulats les
centelles


Obedients feym
devallar.





Vergues de llamps
qu'esfondravan


Castells, temples y
palaus,


A una punta ara se
clavan,


Y una cadena ´ls fa
esclaus.





Daguerre ha
fet presoneres,


Si un poch tenen
d'aturay,


Les imatjes
volanderes


Que passan per son
miray.





Y ab tanta nova
conquista


Que 'l geni al home
ha fet fer,


¿No sabrem si es
manco trista


La vida ara que
primer?





Vell temps, qui
volas y volas


Cada jorn mes avïat,


¿Entristexes o
consolas,


Cuant mes va,
l'humanitat?





Desde entonces ¡cuánta conquista ha facilitado al hombre su genio,
para que sea menos triste, ahora que antes, la vida!


No tenemos ya gozo
en cazar leones y milanos: de las nubes hacemos bajar obedientes las
centellas.

Rayos que
hundían castillos, templos palacios, vienen ahora a clavarse en una
punta, y una cadena los hace esclavos.


Daguerre ha
aprisionado, por poco que se detengan, las imágenes fugitivas que
pasan por delante de su espejo.


Y con tanta nueva
conquista que el genio ha facilitado al hombre, ¿no sabremos si es
menos triste, ahora que antes, la vida?


Anciano tiempo, que
vuelas y vuelas de cada día más aprisa, ¿es que a la humanidad la
entristeces o la consuelas siempre más?





Calla, y girantmos s'esquena


Vola sempre mes
seguit;


Per lligarli una
cadena


Ningú hi ha 'I mon
prou ardit.





Ab ses ales
axamplades


L'espay inmens
abrassant,


Ses vides totes
passades


Empeny correns per
devant.





L´esbart d'hores
voladores,


Que cuant
arriban j' han fuyt,


Aplega, com les
cohidores (collidores)


De l'olivera lo
fruyt
.





Com a bous que 'l
pastó ´arruxa,


Cuant sent bramulá
'l mestral,


Y el nigul qui
calabruxa


Veu mes prop que la
bobal;





Els anys, els
setgles s'en mena


A amagá ' á
l'eternitat,


Y de boyra dexa
plena


La carrera del
passat.





Y els qui son ingeni
apuran


En tot art, ciencia
y trebay,


Y els qui ´ls
llamps del cel aturan,


¿Cuantre 'l temps
podrán res may?





Él calla, y volviéndonos la espalda, vuela siempre más veloz; para
atarle una cadena, nadie hay bastante osado en el mundo.


Con sus alas
extendidas abarcando el espacio inmenso, todas las vidas pasadas las
empuja en su curso por delante.


Recoge la bandada de
horas aladas que cuando llegan huyeron ya, como las aceituneras el
fruto del olivo.


A la manera que el
pastor aguija sus bueyes cuando oye bramar el noroeste, y ve la nube
que graniza más cerca que el establo;


Así se lleva los
años y los siglos a esconder en la eternidad, y deja envueltas en
niebla las huellas de lo pasado.


Y los que apuran su
ingenio en toda ciencia, arte y trabajo, y los que detienen a los
rayos celestes, ¿podrán jamás alguna cosa contra el tiempo?





Sí: que tots cuants se complauen


De conversar ab els
morts,


Y glorias qu'en
oblit cauen


Fer reviure en sos
recorts,





L'han agafat per ses
ales


Sens dexarli fuyta,
no,


Y l'han pres dins
estes sales


Com dins la gabia al
lleó.





Com tant d'animal
sauvatje


Els reys engabian
viu,


Hora es que cada
vilatje


Ferm lo temps dins
son arxiu.





Hora es ja que cada
pobble


Repleg y als arxius
coman


Lo que ha tengut de
mes nobble,


Lo que ha tengut de
mes gran.





De cada gloria
retrona


L'èco encara en est
palau;


Lo corn de la guerra
hi sona,


Y la gayta en jorns
de pau.





Los mantells condals
estesos


Cobren encara
aquests murs;


Sos escuts penjats y
arnesos


Relluen encara purs.





Sí, que todos cuantos se complacen en conversar con los muertos y
hacer revivir en sus recuerdos las glorias que en olvido caen,


Le han cogido por
las alas, sin dejarle escapatoria, no, y le han preso en estas salas
como al león dentro la jaula.


Así como los reyes
enjaulan vivo a tanto animal salvaje, hora es que cada lugar ate al
tiempo dentro de su archivo.


Hora es ya de que
cada pueblo recoja y encomiende a los archivos lo que ha tenido de
más noble, lo que ha tenido de mas grande.


El eco de cada
gloria retumba en este palacio todavía; suena en él el guerrero
caracol (cuerno) y la gaita de los pacíficos días.


Los mantos condales
extendidos tapizan todavía estos muros, todavía relumbran con
pureza sus pendientes arneses y escudos.





Corones ja rovellades


Redolan per lo
trispol;


De sas victories
passades


Encare aquí escalfa
'l sol...





Oh! jò qui guart
esperançes


De parlar d´una
altre edat,


Y visch de les
recordançes


Que han romás del
temps passat;





Jo qui son vel de
misteri


Penetrar intent ab
l'uy,


Fosser en est
cementeri,


¡Mirau si fas festa
avuy!





Sols entrant aquí
s'esbuca,


La Babel que 'm
axecat,


Y el temps devant mí
trabuca


Son rellotje del
passat.





La fantasía va a
lloure


De setgle en setgle
correns;


Els morts que li
plau fa moure,


Fins quE ´ls té
devant presents.





A poch poch de sos
sepulcres


S´axecan els reys
finats,


Tornan pendre ´ls
escuts pulcres,


Y altre pich arman
combats.





Ruedan por el pavimento coronas ya enmohecidas; aún calienta aquí
el sol de las victorias ganadas.


Oh! yo que guardo
esperanzas de hablar de otra edad, y vivo de los recuerdos que del
tiempo pasado quedan;


Yo que penetrar
intento con los ojos su misterioso velo, yo sepulturero en este
cementerio, mirad si es hoy mi fiesta.


Sólo al entrar aquí
se desploma la Babel que hemos levantado, y el tiempo en mi presencia
trabuca su reloj de arena.


Suelta va la
fantasía corriendo de siglo en siglo: pone en movimiento los muertos
que le place, hasta tenerlos ante sí presentes.


Poco a poco los
reyes finados se levantan de sus sepulcros; vuelven a tomar sus
hermosos escudos, y otra vez traban combates.





Baix d´un castell a una coma


Veig apilotarse
gent;


Los estandarts de
Mahoma


Volan estesos p'el
vent.





Els catalans ses
senyeres


Ab les barres
d'Aragó
,


Els castellans ses
banderes


Ab les torres y el
lleó,


Els catalans ses senyeres  Ab les barres d'Aragó,



Els castellans ses banderes  Ab les torres y el lleó,






Ses flámules els
marquesos


Veig desplegar desde
aquí,


S'oriflama los
francesos,


Sos penons el
sarrahí.





Com a calabrux, les
fuyes


Rebotan de mil
montants,


Pegant com demunt
encruyes


Demunt elms, demunt
turbants.





Debades ab ses
galteres


La cara han volgut
cubrir;


Jò ´ls conech en
les maneres


De combatre y de
ferir.





Sent els crit
de les batalles,


Veig onades de
soldats,


Cercantse ´l còr
entre malles,


Ab sos ulls
ensangrentats.





Al pie de un castillo, en una cañada, veo agruparse gente; vuelan
tendidos al viento los estandartes de Mahoma.


Las enseñas catalanas con las barras de Aragón, las banderas castellanas con las torres y el león,


Las flámulas de los
marqueses veo desde aquí ondear, el oriflama de los franceses, los
pendones del sarraceno.


Como granizo rebotan
las hojas de mil montantes, golpeando, como sobre yunques, sobre
turbantes yermos.


En vano con sus
viseras han querido cubrirse el rostro; yo los conozco a todos en las
maneras de acometer y lidiar.


Percibo los gritos
de las batallas, veo oleadas de soldados que al través de las mallas
se buscan el corazón con ojos ensangrentados.



Uns a altres p'el coll s'agafan,


Y ab ses masses los
capells


Del ferro mes doble
esclafan,


Fent p'els ulls
sortí els cervells.





Dòl fa veure tants
cadavres;


De cavallers prous e
honrats,


Els punys encare a
sos sabres,


De sobinas
allargats...





Y cuant la visió de
guerra


Escarrufa massa el
còr,


El torneig qui vé
desterra


De mes entranyes la
pòr.





Veig bornar ab
riques vestes


Cavallers, duchs y
barons,


Veig ses madònes
xelestes
P´els cubertats escalons,





Que los guayten
assegudes,


Plata y or vestint
per drap;


Si ells ferint pegan
caygudes,


Porugues giran lo
cap.





Y entre 'ls homens
de paratje


Sos combats y sos
amors,


Un lay en
l'antich llenguatje


Sent cantar als
trovadors.





Unos a otros se asen por el cuello, y con sus mazas aplastan los
cascos de hierro más doble (grueso), haciendo salir el
cerebro por los ojos.


Duelo causa ver
cadáveres tantos de caballeros de honra y pro, empuñando todavía
sus espadas, tendidos boca arriba. (sobinas; supino)


Y cuando la visión
guerrera da grima al corazón en demasía, el torneo que en pos viene
destierra el miedo de mis entrañas.


Veo justar con ricas
vestiduras caballeros, duques y barones, veo a las damas placenteras
por las alfombradas graderías,


Que sentadas se
asoman a mirarlos, vistiendo telas de plata y oro; cuando ellos
acometiéndose dan caídas, ellas vuelven tímidas la cabeza.


Y mezclados con los
hombres de paraje (nobles), con sus amores y combates, oigo a
los trovadores cantar un lay en el antiguo idioma.







Axí dex ma fantasía


Que se cans de
loquetjar,


Que sols cuant s'en
assacía


A pler comens a
estudiar.





Sols llavò, ab pas
de formiga,


Vé la freda
reflexió,


Y un fil ab altre
fil lliga,


Cercant de tot la
rahó.





Dins el plat de la
balansa


D´un en un fa passá
´ls reys,


Y sens amor ni
venjansa


Sos fets mesura y
ses lleys...





Oh! la sanch del de
Mallorca,


Rey Pere del
punyalet
,


Ni una eternitat la
't torca,


Si d'ella 'l còr no
'n tens net.





Lletjiré fulla per
fulla


Els llibres d'aquell
procés,


Qu'encare la sanch
remulla


D'un rey, de tants
cavallés:





Y si 't trob les
mans sollades


De la sanch del teu
cunyat,


De les gotes
escampades


Lo front n'has de
dur marcat.





Dejo así a mi fantasía que se canse de loquear, pues sólo cuando
de hacerlo se harta, empiezo a estudiar con sosiego.


Sólo entonces viene
con paso de hormiga la fría reflexión, y liga un hilo con otro
hilo, investigando la razón de todo.


Dentro el plato de
su balanza hace pasar los reyes uno por uno, y sin amor ni venganza,
pesa sus hechos y sus leyes.


Oh! la sangre del de
Mallorca, o rey Pedro el del punyalet, ni una eternidad te la
limpia, si no tienes limpio de ella el corazón.


Hoja por hoja leeré
los volúmenes de aquel proceso, mojado todavía con la sangre de un
rey y de tantos caballeros.


Y si te encuentro
con las manos manchadas en la sangre de tu cuñado, marcada has de
traer la frente con las gotas que la salpicaron.





Los qui sceptre d´or tingueren


Per governar grans
estats,


L'últim judici no
esperan


Per romandre
judicats.





Cuant dels set
àngels la trompa


D´espant la terra
aborron,


Cuant Deu la cadena
rompa


Que son trono lliga
al mon;





Cuant els xerafins
s´esglayen,


Y tremolen els mes
forts;


Cuant el sepulcres
badayen


Amollant cada un sos
morts;





Llavors cuant cada
persona


Comparega a
tribunal,


Lo rey ab pesant corona,


L'esclau ab lleuger
dogal;





Setgles haurá que
ta vida


Com d´altre Cain se
cont;


Vell sagell de
fratricida


Durás, rey Pere, en
el front.

_____



Los que empuñaron cetro de oro gobernando grandes estados, para
quedar juzgados no aguardan al último juicio.


Cuando la trompeta
de los siete ángeles estremezca de espanto a la tierra, cuando rompa
Dios la cadena que tiene al mundo pendiente de su trono;


Cuando los serafines
se espanten, y tiemblen los más fuertes; cuando bostecen los
sepulcros, soltando cada uno sus muertos;


Entonces, cuando
cada persona comparecerá ante el tribunal, el rey con pesada corona,
con ligera cadena el esclavo;


Siglos habrá ya que
tu vida será contada cual la de otro Caín; antiguo será, ó
rey Pedro, el sello de fratricida que traerás en la frente.

___

sábado, 21 de agosto de 2021

TOMO XXIV, 24, colección documentos inéditos ACA

Continuación del tomo 19. 

COLECCIÓN
DE
DOCUMENTOS INÉDITOS DEL ARCHIVO GENERAL
DE LA
CORONA DE ARAGÓN,
PUBLICADA DE REAL ORDEN
POR
SU ARCHIVERO
D. Manuel de Bofarull y de Sartorio.

TOMO XXIV. (24)

LEVANTAMIENTO

Y
GUERRA DE CATALUÑA
en tiempo de don Juan II.
DOCUMENTOS RELATIVOS A AQUELLOS SUCESOS,
PUBLICADOS DE REAL ÓRDEN
POR
D. MANUEL DE BOFARULL Y DE SARTORIO,
Archivero de la Corona de Aragón.
Tomo XI. (11)

BARCELONA.
EN LA IMPRENTA DEL ARCHIVO.
1863.

AÑO 1464.

31 DE ENERO.

Deliberacion.

Oyda la creença explicada al present consell per mossen abbat de Montserrat en nom e per part del Christianissimo Rey de França lo dit consell elegi los dit reverent abbat de Montserrat noble don Francesch de Pinos e Francesch del Bosch sindich de Leyda los quals refiren a la Magestat del Senyor Rey les dites coses explicades e totes circunstancies per manera la sua Altesa reste be informada e proveescha al necessari.

Aprobacion posterior de la ciudad.

Dimecres lo primer de febrer any demunt fou loada approvada e consentida la preinserta deliberacio per lo consell de Barchinona ab eleccio de les persones seguents ço es mossen Miguel dez Pla Gabriel Ortigues mercader Barthomeu Fangar notari e Barthomeu Artigue laurador. (siguen sin escribir llaurador; labrador)

lunes, 1 de junio de 2020

CVIII. Reg.n.2593, fol. 18. Set.1419.


CVIII.
Reg.n.2593, fol. 18. Set.1419.

Nos Alfonsus etc. Quia nos ad supplicationem perhumilem parlamenti quod his diebus incolis regni Valentie celebravimus et finivimus volentes utiliter providere indemnitati nostri patrimonii ac totius reipublice regni ejusdem ordinavimus statuimus ac dictis incolis concessimus quod ab hodie in antea in nostre scribania fiant libri seu registra ad partem et separatim qui intitulentur solum pro regno Valentie eodem in quibus omnes carte littere seu provisiones aut negocia que ex nostra curia emanabunt regnum sepedictum tangentia per nostros prothonotarios secretarios et locumtenentes prothonotarii ac scriptores aut alios si qui sint ad quos spectet continuentur et describantur et quod ex post iidem libri seu registra dum completa fuerint ac etiam transumpta omnium aliorum processuum actuum provisionum et negociorum consistencium in dicto archivo Barchinone dictum regnum Valentie tangencia quovis modo prout in dicta nostra provisione seu ordinacione lacius continetur in nostro archivo palacii regalis nostri civitatis Valentie recondantur prout moris est et hactenus fuerunt reconditi in archivo dicti nostri majoris palacii Barchinone: quia etiam opportunum imo necessarium nobis imminet ad dictum archivum custodiendum regendam ac ipsius claves tenendum certam debere deputari personam fidelem expertam atque industrem: tenore presentis confisi ad plenum et cerciorati de fide industria et legalitate vestri fidelis scriptoris nostri Jacobi de Plano notarii civis civitatis Valentie predicte comittimus sive comendamus vobis ad curriculum vite vestre claves et custodiam dicti archivi volentes et concedentes vobis quod pro vestro salario et labore habeatis et recipiatis quitacionem quatuor solidorum regalium Valentie pro qualibet die et vestitum trecentorum solidorum dicte monete anno quolibet ac etiam alia jura omnia et singula que per tenentem claves dicti nostri archivi Barchinone sunt haberi et recipi consueta: mandantes cum hac eadem scriptori porcionis domus nostre quatenus albarana quitacionis et vestitus predictorum faciat et tradat vobis prout aliis scriptoribus nostris fieri et tradi est consuetum. Preterea jubemus prothonotario nostro qui nunc est et pro tempore fuerit quod de peccuniis juris sigilli scribanie nostre quitacionem et vestitus supradictos vobis tribuat et exsolvat recuperando a vobis albarana jamdicta pro curie nostre cautela. In cujus rei testimonium presentem fieri jussimus nostro sigillo pendenti munitam. Datta Valencie .... die septembris anno a nativitate Domini MCCCC decimo nono regnique nostri quarto. - Rex Alfonsus. - Dominus rex informatus de vita mandavit michi Francisco Darinyo.

domingo, 24 de mayo de 2020

N. 20. Notariorum 1. Ferdinandi II. n. 3679. Fól. 131. v. Francisci Carbonelli

N. 20. 
Notariorum 1. Ferdinandi II.
n. 3679. Fól. 131. v.

Francisci Carbonelli.

Nos Ferdinandus etc. Attendentes vos fidelem Scribam nostrum Franciscum Carbonellum filium fidelis nostri Petri Michaelis Carbonelli scribe mandamenti ac tenentis claves Regii Archivi nostre Civitatis Barcinone oriundum dicte Civitatis Barcinone esse ydoneum et sufficientem ad tabellionatus officium exercendum prestito per vos in Cancellaria nostra juramento quod bene et legaliter vos habebitis in exercendo officio memorato constituimus et creamus vos dictum Franciscum Carbonellum in notarium publicum per totam terram et dominationem nostram ita quod in universis et singulis terris et locis dictioni ac jurisdictioni nostre subiectis possitis recipere et conficere acta attestationes sentencias et quelibet alia instrumenta quorumcumque contractuum fuerint et quaslibet alias scripturas auctenticas et publicas et eas scribere aut scribi facere per substitutum aut substitutos a vobis juratos tamen de quibus protocolla siquidem sive capibrevia faciatis notularum ut eterne memorie commendentur. Nos enim ipsis testamentis actis attestationibus sententiis instrumentis et aliis scripturis publicis et auctenticis por vos bene et legaliter recipiendis conficiendis et scribendis ac scribi faciendis per juratos substitutos a vobis auctoritatem nostram impendimus pariter et decretum ita quod in iuditio et extra iuditium fides plenaria adhibeatur et omnimodam obtineant roboris firmitatem tanquam publica manu facta dumtamen subscriptionem vestram et signum apposueritis in eisdem qua vos auctoritate nostra notarium et ipsis contractibus interfuisse teneamini confiteri. Mandantes igitur per presentem cartam nostram Gubernatori generali nostro eiusque vices gerentibus vicariis justitiis baiulis curiis supraiunctariis calmedinis merinis juratis universis et singulis aliis officialibus et subditis nostris presentibus et futuris dictorumque officialium locatenentibus quod vos Franciscum Carbonellum pro notario publico habeant et teneant per totam terram et dominationem nostram et in instrumentis ac scripturis vestris publicis et auctenticis adhibeant plenam fidem. Adjicimus tamen quod testamenta codicillos instrumenta illorumque notas et transumpta acta attestationes testium et alias scripturas publicas et auctenticas quos quas et que receperitis confeceritis et scripseritis aut scribi feceritis intra Comitatus Rossilionis et Ceritanie ac terras confluentes et Vallispirii vestris tamen sumptibus et expensis facere et de medietate preciorum inde habendorum secundum ordinationes regias procuratori nostro Rossilionis aut quibus voluerimus teneamini respondere. In cuius rei testimonium presentes fieri jussimus nostro sigillo comuni inpendenti munitas.
Date in Villa de Madrit die vicesimo octavo mensis Aprilis anno a nativitate Domini millesimo CCCCLXXXIII Regnorum nostrorum videlicet Sicilie anno sexto decimo Castelle Legionis etc. decimo Aragonum vero et aliorum quinto. - Johannes Moner Vicecancellarius.
Gaspar Darinyo mandato Regio facto per Johannem Moner Vicecancellarium qui eum habuit pro suficienti.
P.


Fól. 132.

Dictis die in dicta Villa de Madrid.
Et predictus Franciscus Carbonellus notarius noviter per dominum Regem creatus convenit et sponte se obligavit quod pro quocumque crimine per eum comisso vel comittendo nec alia quavis causa civili et criminali non allegabit tonsuram nec recurret ad brachium ecclesiasticum et hoc sub pena CCC morabatinorum regio erario aplicandorum et pro maiori tuitione dedit in fideiussorem discretum Franciscum Vilanova regium scribam presentem qui talem etc. Et predicti notarius et fideiussor ad predicta tenendum suas obligarunt personas et bona renunciantes etc. Fiat large ad voluntatem Regie Curie.
Testes fuerunt Johannes Salat et Dominicus de Sancta Crus de scrivania Domini Regis.

Fernando II de Aragón, Católico, N. 20. Notariorum 1. Ferdinandi II.  n. 3679. Fól. 131. v.



Doc. 21