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viernes, 13 de marzo de 2020

Núm. 47. Reg.n. 1378.fol. 134. 20 oct. 1343.

Núm. 47. 

Reg.n. 1378.fol. 134. 20 oct. 1343.

Al muy noble et mucho honrado don Alfonso por la gracia de Dios etc. don Pedro por essa misma gracia etc. Rey sepades que nos recebiemos agora una letra vuestra en la qual entre otras cosas nos faziades assaber quel rey de Granada havia embiado sus mandaderos a vos aqui al real de Algezira do vos estades porque favlassen con vos algunas cosas que vos embiava a dezir: porque nos rogavades que sobre esto no creyessemos nenguna cosa sino lo que a nos fariades assaber et otrossi que embiassemos mandar a los de las nuestras ciudades e villas que trayessen viandas aqui al vuestro real. Las quales todas cosas oydas e entendidas vos respondemos que bien entendemos que vos no podedes ni devedes con razon escusar que no oyades los mandaderos del rey de Granada o dotro rey e que no los recibades segunt se conviene a la vuestra reyal alteza e honrra: e creemos muy bien que en los afferes de la mandaderia a vos por el dito rey de Granada agora de nuevo embiada cataredes segunt costumado havedes el servicio de Dios e la honrra vuestra et nuestra ni por res que homme del mundo nos dixisse o nos scriviesse de vos ni de vuestros afferes no creeriamos otra cosa. Quanto al feyto de las viandas vos respondemos que nos scriviremos por nuestros regnos a las ciudades et villas majorment a aquellas que son riba la mar que lieven viandas segunt han costumado al sitio de la villa Dalgezira porquel sitio se tiene poderosament et esforzada e se continuara con la ayuda de Dios entro que la dita villa sia presa. Dada en Valencia a XX dias del mes de octobre en el anyo de mil CCC quaranta e tres. - A. vicecancellarius. - Dominicus de Biscarra mandato regis facto per vicecancellarium.


jueves, 12 de marzo de 2020

Núm. 22. Reg.n° 1377. fol. 91. 3 set. 1340.

Núm. 22.

Reg.n° 1377. fol. 91. 3 set. 1340.

Al muy alto et muy noble don Alfonso por la gracia de Dios rey de Castiella de Leon de Toledo de Gallicia de Sevilla de Cordova de Murcia de Jahen del Algarbe et senyor de Molina de nos por por esa misma gracia rey de Aragon etc. salut como a rey que tenemos en conta de hermano que mucho amamos et preciamos et de quien mucho fiamos et pora quien querriamos mucha honra et buena ventura et tanta vida et salut como pora nos mismo. Rey fasemosvos saber que en el reyno de Valencia ha agora grant mengua de cavallos: porque nuestros vassallos del dicho reyno non porien bien servir a Dios et a nos en los aferes que esperamos haver con los moros enemigos vuestros (salta página, faltaría et, e) nuestros et de la christiandat si non havian complimiento de cavallos. Porque rey quanto mas afectuosamente podemos vos rogamos que esguardada la necesidat de los sobredichos aferes et por honra de Dios querades con vuestra carta dar licencia a todos los nuestros vassallos del dicho regno de Valencia que puedan sacar cavallos de vuestras tierras et senyorio: e en esto rey faredes servicio a Dios et a nos honra et gran plaser. Dada en Barcelona a tres dias andados del mes de setiembre en el anno de nuestro Senyor MCCC quaranta.
- R. Sicardi mandato domini regis.