Núm.
52.
Reg. N° 1378, fol. 152. 12 abr. 1344.
Al muy alto et muy noble don Alfonso por la gracia de Dios etc. don Pedro por essa misma gracia etc. Rey recebida vuestra letra por vos a nos enviada sobre fecho de aquellas vint galeas que nos enviastes rogar que vos enviassemos en vuestra ayuda para guardar la mar por razon de la cerqua que teniades en la vila de Aljaçira et entendido esto et lo al que en la dicha letra vuestra se contenia vos respondemos: que ya sea que nos non embarguant la execucion de justicia que facemos contra el noble don Jayme de Mallorcas a nos desobedient et rebell oviessemos proposado et ordenado de enviarvos tantas galeas et tan bien armadas et tan acuitadament que vos ne avriades razonablement estado pagado: empero porque assi por letras de Matheo Mercer visalmirall nuestro como encara despues por mensagero e letras vuestras havemos sabido que la dita villa se vos es rendida e sobre el dito rendimiento vos havedes preso treugua de diez annos con los moros de la qual cosa somos muy alegre et pagado porque nuestro senyor Dios ha querido fer en esto grant gracia e merce a vos e a nos porque entendemos que no havedes menester las dichas galeas: por esto rey rogamosvos que del enviar a vos aquellas nos hayades por escusado como nos aquellas hayamos muy necessarias paro acabar la dicha exequcion: que bien sabedes que en el tiempo de necessidat que haviemos sobre aquesta misma exequcion non guardando aquella vos ende enviamos buena part de las galeas que haviamos en ayuda vuestra. Dada en Barchelona XII dias andados del mes de abril en el anyo de nuestro Senyor de mil CCCXL et quatro. - A. vicecancellarius. - Nicholaus Martini mandato regis facto per Johannem F .... consiliarium et magistrum racionalem legum doctorem.
Reg. N° 1378, fol. 152. 12 abr. 1344.
Al muy alto et muy noble don Alfonso por la gracia de Dios etc. don Pedro por essa misma gracia etc. Rey recebida vuestra letra por vos a nos enviada sobre fecho de aquellas vint galeas que nos enviastes rogar que vos enviassemos en vuestra ayuda para guardar la mar por razon de la cerqua que teniades en la vila de Aljaçira et entendido esto et lo al que en la dicha letra vuestra se contenia vos respondemos: que ya sea que nos non embarguant la execucion de justicia que facemos contra el noble don Jayme de Mallorcas a nos desobedient et rebell oviessemos proposado et ordenado de enviarvos tantas galeas et tan bien armadas et tan acuitadament que vos ne avriades razonablement estado pagado: empero porque assi por letras de Matheo Mercer visalmirall nuestro como encara despues por mensagero e letras vuestras havemos sabido que la dita villa se vos es rendida e sobre el dito rendimiento vos havedes preso treugua de diez annos con los moros de la qual cosa somos muy alegre et pagado porque nuestro senyor Dios ha querido fer en esto grant gracia e merce a vos e a nos porque entendemos que no havedes menester las dichas galeas: por esto rey rogamosvos que del enviar a vos aquellas nos hayades por escusado como nos aquellas hayamos muy necessarias paro acabar la dicha exequcion: que bien sabedes que en el tiempo de necessidat que haviemos sobre aquesta misma exequcion non guardando aquella vos ende enviamos buena part de las galeas que haviamos en ayuda vuestra. Dada en Barchelona XII dias andados del mes de abril en el anyo de nuestro Senyor de mil CCCXL et quatro. - A. vicecancellarius. - Nicholaus Martini mandato regis facto per Johannem F .... consiliarium et magistrum racionalem legum doctorem.