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lunes, 13 de julio de 2020

Capítulo XLV.

Capítulo XLV.

De Sunyer, segundo conde de Urgel.

Al conde Armengol, que murió sin hijos, sucedió en el condado de Urgel Vifredo Peloso, conde de Barcelona, y fue señor de él hasta el año 912; qué murió, ordenando de sus estados entre sus hijos. Vifredo fue conde de Barcelona, y murió sin hijos, después de haber tenido solos dos años el condado: por su muerte fue conde Mir, su hermano, que ya era conde de Rosellón, Cerdaña y Besalú. En el condado de Urgel instituyó a su hijo Sunyer, que otros llamaron Sinofredo: también tuvo otro hijo llamado Rodolfo, que fue monje de Ripoll y después obispo de Urgel. El cuidado mayor de Sunyer fue dilatar su condado, que entonces estaba en lo más fragoso y áspero de las montañas de la Seo de Urgel, guerreando con los moros sus vecinos, que en este tiempo señoreaban las ciudades de Balaguer, Lérida, vizcondado de Ager y todas las riberas de Segre y Ebro, hasta Tortosa; y cada día entraban en las tierras del conde, haciendo todo el mal que podían. El conde pidió socorro a su hermano, el de Barcelona; el cual con toda o la mayor parte de sus caballeros de Cataluña y demás gente que pudo juntar, acudió a socorrerle, e hicieron una famosa entrada en las tierras de los enemigos, y después de hallada mucha resistencia, llegaron a la ciudad de Balaguer y le pusieron cerco; pero se defendió tan valerosamente y sobrevino tanto socorro a los cercados, que por aquella vez se hubo de alzar el cerco, porque la ciudad estaba muy fuerte y municionada. Contentáronse con talar el campo y vega, y dar a los enemigos todo el daño que les fue posible.
En el año 929 murió Mir, conde de Barcelona, a los treinta y cuatro años de su edad, y décimoctavo de su condado: dejó tres hijos que fueron Sinofredo, Oliva Cabreta y Mir, todo en pupilar edad; el primero fue conde de Barcelona, el segundo de Besalú y Cerdaña, y el tercero conde de la ciudad y territorio de Gerona, y después obispo de ella. Otro hijo dicen que tuvo llamado Endescarrechs, que tuvo título de vizconde de Cardona, y conociendo el gran valor y lealtad de su hermano, y sabiendo cuánto podía confiar en él, le nombró tutor y curador de sus hijos y tierras. Entonces dejó gobernador o vizconde (que este título tenían los gobernadores de los condes) en el condado de Urgel y vino a residir en el de Barcelona, porque sabía muy bien cuánto convenía la conservación de Barcelona a todo lo restante de Cataluña. Gobernólo por veinte años, porque este era el tiempo que señaló el testador, y le nombraron conde de Barcelona y está contado en el número o catálogo de ellos, no porque lo fuese en propiedad, sino en administración.
Su gobierno fue muy quieto y gozó de más paz y sosiego que sus pasados, y pudo entender en obras y ejercicios que en tiempo de guerras era imposible. En el año 935 fue la segunda dedicación del monasterio de Ripoll, y se solemnizó aquella fiesta en presencia suya y de toda la nobleza de Cataluña, que con liberalidad y devoción regocijaron aquella festividad.
Los términos del condado de Barcelona, por este tiempo, de la parte de occidente no pasaban de Villafranca del Panadés, aquí era la frontera de los moros, de quien recibían los cristianos cada día mil daños; bajaban de las montañas y talaban los campos de los cristianos, cautivando los que hallaban, y luego se retiraban con las presas en lo más fragoso de ellas. Allá quedaban seguros, por ser la tierra áspera y rompida para mejor resistirles. Escogió Sunyer un lugar acomodado en los mismos montes que están entre Villafranca y la marina: aquí estuvo antiguamente la ciudad de Olérdola, cuya memoria ya casi del todo queda perdida, y de consejo de Teuderico, obispo de Barcelona, y otros de su corte, edificó un famoso castillo y dentro una iglesia en honor del arcángel san Miguel, tutelar y patrón de la casa de los condes de Urgel, y la dotó de muchas rentas que, en parte, están el día presente aplicadas con autoridad apostólica a la iglesia de Villafranca del Panadés, quedando buena cantidad para el debido culto y aseo de la iglesia, y sustento de sus ministros. El castillo está casi del todo derribado, los vestigios que quedan de él son argumento y señal de su antigua fortaleza y grandeza. Fue esta obra de grande utilidad, pues por mucho tiempo quedaron aquellas comarcas libres de los asaltos y correrías de los enemigos. Entonces reedificó por aquellas montañas muchas iglesias, que fueron de los godos, y después que entraron los moros, quedaron yermas y destruidas, hasta en estos tiempos, que el conde las restituyó a lo que antes eran. Es cosa muy fácil de conocer esto, porque las mas iglesias de estos montes parecen de medio arriba, edificadas de nuevo, y de medio abajo, obra gótica o romana. La iglesia catedral de Barcelona recibió en su tiempo gran aumento, porque él y la condesa Riquilda, su mujer, le dieron ciertos alodios que habían comprado en la villa de Caldes, y el diezmo del señorío directo de las raficas de Tortosa, y esto lo dieron por las almas de un hijo suyo llamado Ermengaudo y del conde Vifredo, su padre, y de Guinidilda, su madre, y del conde Borrell, su hermano: de esta dotación hace memoria el gran averiguador de antigüedades, Diago, y en el libro segundo de la historia de los condes de Barcelona.
Asímismo en tiempo de este conde fue consagrado el monasterio de san Pedro de las Puellas de Barcelona, que años atrás había edificado Ludovico Pío, rey de Francia: (y qué rey tenían los catalanes entonces?) fue la consagración, según dice Diago, solemnísima, y allende el grande concurso que se halló en ella, estuvieron también presentes el conde Sunyer y su mujer Riquilda, y sus hijos san Hermengaudo, que después fue obispo de Urgel, y Borrell; y así el conde y condesa y Vilara, obispo de Barcelona, se mostraron aquel día liberales y magníficos, dotando de nuevo el monasterio magníficamente, y concediéndole grandes cosas; y dice aquel autor, que se tenga por dichoso aquel monasterio, sabiendo que un santo tan grande entra en la lista de los que lo dotaron. Acabados los veinte años (que fue el de 949) había asignado el conde de Barcelona en que gobernase el condado, lo volvió a sus sobrinos (1) lisamente y sin dilación alguna, aumentado, quieto y pacífico, y entonces se retiró en las montañas vecinas a la Seo de Urgel, donde pasó el tiempo que le quedó de vida, hasta el año de 951, en que murió. Poseyó el condado de Urgel veinte y dos años, y los veinte ocupado en el gobierno del de Barcelona.
(1) Sobre este gobierno y tutoría, y los condes Sunyer y Seniofredo, consúltese lo que expuso ya el colector (Próspero de Bofarull) en sus Condes de Barcelona vindicados, tom. 1.° pág. 65.

Fue sepultado en el monasterio de Ripoll en el sepulcro de sus antecesores, que está junto a la puerta de la iglesia que pasa al claustro, con una inscripción o letrero que dice: A quo dotatus locus est hic, et aedificatus, porque están allí el cuerpo de Vifredo Peloso, fundador del monasterio, y de sus descendientes y colaterales.

De Riquilda, mujer suya, tuvo, según la más común opinión, cuatro hijos, Borrell que le sucedió en el condado de Urgel; Armengol, que fue santo y obispo de Urgel; Miron, y otro Armengol, que murió en vida de los padres.

(Como siempre, la wiki da muchos datos que hay que cotejar: 
https://es.wikipedia.org/wiki/Wifredo_el_Velloso)
y con los Bofarull pasa lo mismo.  

lunes, 23 de diciembre de 2019

XLV, perg 176, 23 febrero 1144


XLV
Perg. N°176. 23 feb. 1144.

Juro ego Gerallus Alamagni filius qui sum Arsendis femine tibi seniori meo dompno Raimundo barchinonensium bisullunenensium ceritanensium comiti et marchioni atque aragonensium principi qui fuisti filius Dulcie comitisse quod ab hac ora et deincebs fidelis ero tibi sine fraude et malo ingenio et sine ulla decepcione sicut homo debet esse fidelis ad suum seniorem cui manibus propriis se comendat. Et ego predictus Gerallus non decipiam te prescriptum Raimundum seniorem meum de tua vita neque de tuis membris que in corpore tuo se tenent neque de omni terrestri honore neque de ipsa civitate quam dicunt Barchinonam neque de ipso comitatu quem dicunt Barchinonensem neque de ipso episcopatu Sancte Crucis et Sancte Eulalie cum suis terminis et pertinentiis omnibus neque de ipsis castris aut castellis rochas aut podios condirectis aut discondirectis qui in predicto comitatu vel episcopatu sunt vel erunt nec etiam de ipsis abbaiis cum illorum terminis et pertinentiis omnibus neque de ipso castro quod dicunt Olerdula neque ipso comitatu quem dicunt Penedes neque de ipsis castellis rochis aut podiis condirectis vel discondirectis qui in predicto comitatu sunt vel erunt neque de ipsa civitate que dicitur Minorisa neque de ipso comitatu qui dicitur Ausona neque de ipso episcopatu Sancti Petri de Vicco neque de ipsis castris rochis aut podiis condirectis vel discondirectis que in predicto comitatu vel episcopatu sunt aut erunt neque de ipsa civitate quam dicunt Gerundam neque de ipso episcopatu Sancte Marie neque de ipso castro de Gerundella neque de ipsis castris roches aut podiis condirectis vel discondirectis neque de ipsis abbaciis cum illorum terminis et pertinentiis omnibus que in predicto comitatu vel episcopatu sunt aut erunt neque de ipsis castellis alodiis vel fevis terris et honoribus que tu prescripte Raimundo hodie habes et in antea Deo dante habebis neque de ipsis pariis de Ispania quas hodie habes et convente sunt tibi ad dare aut adhuc adquisiturus es anuente Deo. Et ego predictus Gerallus predicta omnia nol at tolre ne ten tolre nec ego nec homo nec femina per meum consilium neque per meum ingenium sed adjutor ero tibi ad tenere et ad habere et ad defendere jamdicta omnia contra cunctos homines vel hominem feminas vel feminam qui jamdicta omnia tibi tulerint aut aliquid de jamdictis omnibus tollere voluerint. Et hoc adjutorium faciam tibi sine tuo engan et comonir no men vedare et ipse nuntius vel nuntii qui me inde comonuerit vel comonuerint reguardum non habebit vel non habebunt ibi. Et ego predictus Gerallus non decipiam te prescriptum Raimundum seniorem meum de ipso castro de Montagud neque de Montclar neque de Vila de Maier neque de Pontils neque de Sancta Perpetua quamdiu ea habuero sed potestativum inde faciam te per quantas vices jamdicta castra ad me requisieris per te aut per tuos missos vel missum et comonir no men vedare et hoc totum sine engan. Et sicut superius scriptum est ego jamdictus Gerallus tenebo fideliter et atendam predicte. Facto sacramentali super altare sancti Justi quod est infra muros Barchinone VII kalendas marcii anno VIII regni regis Leovici.
- Sig+num Geralli Alamagni qui istud sacramentum propria manu juravit.