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domingo, 7 de julio de 2019

LA PÉRDIDA DE PITILLA, siglo XIII, Sos del Rey católico


126. LA PÉRDIDA DE PITILLA (SIGLO XIII. SOS DEL REY CATÓLICO)

LA PÉRDIDA DE PITILLA (SIGLO XIII. SOS DEL REY CATÓLICO)


Es históricamente cierto que, a comienzos del siglo XIII, los reyes Pedro II
de Aragón y Sancho el Fuerte de Navarra, que eran parientes, habían firmado un pacto de paz y amistad. También lo es que el monarca aragonés tenía dificultades económicas, de manera que pidió un préstamo al navarro que ascendía a veinte mil morabetinos y, como era costumbre, le entregó en prenda los castillos de Peña, Pitilla, Escó y Gallur. En nombre de ambos, los tendría el señor Jimeno de Rada, hasta la fecha en la que expiraba el plazo de devolución. No obstante, si el aragonés no devolvía el dinero del préstamo en la fecha fijada, los castillos pasarían al navarro hasta que se hiciese efectivo aquél.

Sabemos que las monedas entregadas eran diversas, como morabetinos alfonsinos y mazmudinas, pero el navarro estaba dispuesto a aceptar la devolución en cualquier tipo de morabetinos (alfonsinos, lupinos o aisars), o de mazmudinas (bien nuevas o viejas, dobles o contrahechas), siempre que su equivalencia fuera de veinte mil morabetinos alfonsinos. Sabemos, asimismo, que el préstamo no fue devuelto en el plazo previsto, por lo que los cuatro castillos pasaron a depender provisionalmente del rey navarro, que incorporó, además, la fortaleza de Trasmoz como consecuencia de un nuevo préstamo.

Cuando murió Pedro II (1213) y se planteó el problema sucesorio que dio con su hijo Jaime en Monzón, el pretendiente a la corona, su hermano don Fernando, renunció a los derechos que pudiera tener sobre los pignorados cuatro castillos, renuncia que hizo efectiva su sobrino Jaime I el Conquistador.
Aquí es donde la leyenda hace su aparición para dar una explicación mucho más prosaica y cercana al pueblo, quien afirmaba que el castillo de Pitilla fue perdido en una partida, al parecer de ajedrez, aunque muy probablemente fuera de dados, según otros. El rey de Navarra y el de Aragón se apostaron Gallipienzo y Pitilla, respectivamente, perdiendo el aragonés, que cumplió su palabra, de modo que, desde entonces, Pitilla pertenece efectivamente a Navarra.

No obstante, la historia nos dice que los aragoneses pretendieron conquistar Pitilla en 1312 y, si bien su castillo fue cercado, los habitantes rechazaron el intento.

[Recogida oralmente.
Ubieto Arteta, Antonio, Historia de Aragón: La formación territorial, págs. 208-209.]


https://www.sitiosdeespana.es/articulo/15-cosas-que-hacer-en-sos-del-rey-catlico-y-sus-alrededores

https://es.wikipedia.org/wiki/Sos_del_Rey_Cat%C3%B3lico

Sos del Rey Católico es un municipio español de la comarca de las Cinco Villas, al noroeste de la provincia de Zaragoza, en la comunidad autónoma de Aragón.

Dependen del municipio cinco asentamientos de población: Barués, Novellaco Mamillas, Campo Real y Sofuentes.


La ubicación de esta población, en una elevación del terreno rocosa la convirtió durante mucho tiempo en plaza fuerte y, desde que fue reconquistada en el siglo X, tuvo gran importancia como ciudad fronteriza. En 1044 fue incorporada por Ramiro I al Reino de Aragón.

En el año 1452, en plena Guerra Civil de Navarra, la reina Juana Enríquez se desplazó a la entonces llamada "Sos" a secas, donde dio a luz al infante Fernando que luego se convertiría en Fernando el Católico. Ese nacimiento añadió la coletilla de "del Rey Católico" al nombre de la población.

En 1711 fue nombrada Capital de las Cinco Villas.

Todo su casco histórico está muy bien conservado y el pueblo está declarado Conjunto Histórico Artístico y Bien de Interés Cultural en el año 1968. La excepcional conservación de su casco urbano hace que un paseo por esta localidad se convierta en un viaje al pasado destacando las murallas, iglesias, la Plaza de la Villa y el Palacio de los Sada, donde nació Fernando el Católico en el año 1452. En Sos del Rey Católico se rodó la película La vaquilla (1985) de Luis García Berlanga, en la que actuaron como extras muchos de los vecinos de la localidad.



En enero de 2016 entró a formar parte de La asociación de los pueblos más bonitos de España.

Iglesia de San Esteban.
La iglesia de San Esteban está situada junto al castillo. El conjunto está formado por la iglesia en sí, destinada al culto, la cripta y el claustro, que da acceso desde la calle que sube de la plaza de la villa, a la portada principal de la iglesia.


Cripta de la Virgen del Perdón. s. XIV.


Cabezo Ladrero: Yacimiento arqueológico situado en la pedanía de Sofuentes.

Castillo de la Peña Felizana.- Como villa fronteriza entre los vecinos reinos de Navarra y Aragón, Sos contó con su castillo fortificado para reforzar la línea defensiva. Realmente ese fue el origen de la población, que fue poco a poco, construyendo sus viviendas alrededor de este primitivo castillo, que en su origen fue construido en madera. Está situado en lo alto de la peña Feliciana, la parte más alta de la localidad lo que facilitaba la defensa de la plaza. Del original castillo en madera no queda nada. Conforme las técnicas de construcción evolucionaron, la madera fue sustituyéndose por la piedra, y actualmente del castillo del siglo XII el vestigio más reseñable que se ha conservado es la rehabilitada Torre del Homenaje.

Casa de la villa.- Es un edificio, de estilo renacentista, que fue construido por el concejo sosiense a finales del siglo XVI, reformado durante el siglo XIX, y restaurado para la adaptación a su actual función como sede administrativa de las dependencias municipales, en los años ochenta.

Palacio de los Sada'.-' La casa palacio es un edifico en piedra de sillería, que data de finales del siglo XV, y en la fachada, sobre la puerta de entrada podemos ver el escudo de la familia.Fue la vivienda de la familia nobiliaria de los Sada, y la casa donde fue acogida doña Juana, para dar a luz al futuro monarca, ya que por expreso deseo de la reina, quería que su hijo naciera en tierras aragonesas.Actualmente se ha convertido el Centro de Interpretación de la figura de Fernando II de Aragón. En el centro, mediante paneles y audiovisuales, se acerca al visitante a la vida y la época de este ilustre monarca.En el Palacio se encuentra situada la Oficina de Turismo municipal y desde allí se gestionan las visitas guiadas a la localidad.

'Palacio Español de Niño'.- En la calle Mayor (calle de Fernando el Católico) encontramos el palacio Español de Niño. Fue durante años colegio de las niñas de Sos, donde las Hijas de la Caridad de San Vicente de Paul, gracias a doña Manuela Pérez de Biel, impartían la formación inicial. El edificio es de estilo renacentista, y fue construido como el palacio nobiliario de los Español de niño de finales del XVI. Cuenta con tres plantas, la planta superior formada por una galería de arquillos en su fachada principal. Mención especial merece la portada principal, formada por un arco almohadillado, y el suelo del patio, compuesto por un mosaico de cantos rodados.

Colegio Isidoro Gil de Jaz.- El edificio se encuentra en la plaza de la villa. Su fachada está construida con piedra de sillería, y consta de 4 plantas, siendo la última una galería de arcos de medio punto, siguiendo el estilo de construcción aragonés. El conjunto incluye la iglesia de San José de Calasanz.

Lonja Medieval.- Fue construida como lugar de mercado y espacio de reunión del concejo de la villa en la edad media, y actualmente alberga la biblioteca municipal, en su edificio principal. Además de este edificio principal, la Lonja dispone de un espacio abierto, formado por un soportal porticado, compuesto por arcos apuntados se mantienen los dos orificios excavados para guardar hielo, necesario por ejemplo en la conservación de alimentos.

Parador Nacional de Turismo.
De carácter aragonés, el hotel conserva el ambiente monumental, histórico y artístico de Sos del Rey Católico. La villa, declarada Conjunto Histórico-Artístico, fue cuna de influyentes nobles y del Rey Católico.


Puertas de la muralla.- La naturaleza de villa fronteriza entre los vecinos reinos de Navarra y Aragón, hizo que la villa medieval contase con una muralla defensiva que rodeaba todo el perímetro de la localidad.Se conservan en la actualidad siete portales de la muralla, que dan acceso al recinto intramuros.


Portal de Zaragoza.

Portal de la reina.
Portal de Sangüesa.
Portal de Jaca.
Portal de Uncastillo.
Portal de Levante.
Portal de poniente o del mudo.

Santuario de Valentuñana.
Construido por los Carmelitas Descalzos, a finales del s. XVII, el Convento de Ntra. Sra. de Valentuñana, está situado a unos 2 km. de la Villa de Sos del Rey Católico.


La judería.- Conserva Sos lo que fue la judería medieval, llamada en la actualidad "barrio alto". Estuvo en origen formada por unas treinta casas en torno a una calle principal desde la que se podía acceder al centro de la villa y desde la cual surgen diversos callejones sin salida o callizos. El corazón de la judería es la conocida como Plaza de la Sartén, en una de cuyas casas se conserva la hendidura donde situar la Mezuzah. Dada la cercanía a Navarra, cuando en 1492 fue firmado el decreto de expulsión, fueron mayoría los judíos de la villa que cruzaron la frontera al vecino reino.

Castillo de Roita.
Castillo de Añués.

"'Pilar Bueno Ibáñez.-"', una de las 13 rosas represaliadas por el régimen franquista.
Fernando II de Aragón (El católico)
Isidoro Gil de Jaz.- Natural de Sangüesa pero infanzón de corazón, pues se consideraba natural de Sos del Rey Católico, de dónde provenía su familia. Fue un jurista y regente del Principado de Asturias.




domingo, 19 de julio de 2020

CAPÍTULO LIV.


CAPÍTULO LIV.

Que contiene la vida de Armengol, octavo de este nombre, y undécimo conde de Urgel.
- De como el conde Armengol volvió en gracia del rey, su casamiento, y disgustos con Ponce de Cabrera. - Del casamiento del conde, muerte y testamento suyo.

Muerto Armengol séptimo, llamado de Valencia, heredó su hijo, que llamaron octavo; en el principio tuvo algunos disgustos con el rey don Alfonso de Aragón, su primo, que venían ya de tiempo de su padre, causados por Ponce de Cabrera, su cuñado, que estaba en este tiempo preso en Castilla, y por esto con sosiego y paz el condado de Urgel. No sé qué movió al rey para favorecer a Ponce, obrando por su libertad, y darle la mano contra el conde, su cuñado: parece esto en un auto (que) está en el real archivo, donde dice el rey: promittimus eum habere honoratum in curia nostra tanquam unum de melioribus terre nostre; y el vizconde, en agradecimiento de la merced que el rey le hacía, y porque así estaba concertado entre ellos, prometió tener por él los castillos de Monmagastre, Artesa, Castelló, Camporells, Torrafellona y Hostalric, para que pudiese en tiempo de guerra valerse de ellos, y el rey le prometió su favor contra el conde, hasta que, o concordase, o la justicia diese a cada uno lo suyo: así lo he visto en un registro vermejo, fol. 61, del archivo real.
En el entretanto que esto pasaba, no se olvidaba el conde del provecho de su alma, y según he visto en las escrituras del archivo de Arbeca, que fue de los duques de Segorbe, en las nonas de febrero de 1190, él y Elvira, su mujer, que Zurita llama condesa de Subirats, dieron a Hugo, abad de Santas Cruces (Santes Creus), y a los monjes, cinco cafices de trigo, que ellos recibían en Linyola, y veinte sueldos de censal, que recibían en la ciudad de Lérida, sobre el obrador de Azoch de los Sarraynes, que era en la parroquia de Martín, y que esto durase tanto cuanto el conde viviese, y después de su muerte cesase la prestación del trigo, y los veinte sueldos fuesen cien sueldos, pagaderos en la mejor moneda (que) corriese en Lérida en las compras de pan y vino; y que de estos réditos se pague el sustento y vestir de un monje sacerdote, que cada día sea obligado celebrar misa por las almas de ellos y de sus padres y de todos los fieles vivos y muertos; y el abad lo aceptó, e hizo partícipes a los condes de todo el bien se hiciese en aquel santo convento, y el rey Alfonso lo firmó.
En el año siguiente de 1191 volvió el conde en gracia del rey, y por algunos medios, que no se saben, quedó el vizconde en desgracia. En el registro vermejo del archivo real de Barcelona hay una concordia hecha en Lérida, en el mes de agosto, en que el rey y el conde parten entre si los castillos del vizconde que tenía en Cataluña, Aragón y Ribagorza, quando illos Deo dante acquirere possint, que era cláusula usada en aquellos tiempos, cuando dos partían cosa que aún estaba en poder de tercero; y convinieron en que el rey tome los castillos que el vizconde tuviese en la otra parte de Cervera, et castrum de Pinnano et de Zofana castrum de Finestris et de Bellomonte et de Federico et *Castellonem episcopi (Castell Bisbal) et castrum de *Bedells Camporrell et castrum de *Valldellor et totum honorem quod habet ultra aquam de *Mitana (o Milana) exceptis castris de Pinciano et Podio Rubio (Puig-Roig, Pueyo Rojo o Royo) que sunt allodia ipsius comitis et quod retineat feudum quod per ilum habeat; y que el conde de Urgel tome el castillo de San Jaime de Artesans, Monmagastre, Ager (aunque este, o se quedó en poder del vizconde, o el de Urgel, después de tomado, le debió de hacer gracia de él, porque en el armario de Urgel núm. 248, consta que a 2 de los idus de marzo 1195, prometió Ponce de Cabrera dar al conde y los suyos potestatem castri de Ager sine difficultate et retentione), castillo de Balaguer, Os y el castillo de Motasor, y que este castillo se derribe del todo, y si acaso el rey tomase alguno de los castillos del conde o el conde de los del rey, el que lo tomare lo debe restituir al otro: y con otro auto hecho, a lo que se entiende, en el mismo día, prometió el rey Alfonso, que por toda su vida dará favor y ayuda al conde contra Ponce de Cabrera y Arnaldo de Castelló y todos sus valedores que hicieren guerra al conde, y no hará con ellos tregua, sin el consentimiento y voluntad del conde; y el conde Armengol promete al rey servirle contra los dichos y cualquier barones que intentaren hacer guerra al rey; y por su parte firmaron y juraron Arnaldo de Avinyó y Berenguer de Ballestar, y por parte del conde, Gombaldo de Ribelles y Arnaldo de Pratello.
Y continuando el rey las mercedes, el año siguiente, estando en Tarragona, en el mes de abril, confirmó la donación que Ramón Berenguer, su padre, había hecho al abuelo del conde, de la ciudad de Lérida, en feudo, y de las villas y castillos de Albesa y Aytona. El modo que el rey tuvo en hacer esta confirmación fue firmar de su mano el auto de la dicha donación, según el estilo de aquellos tiempos; y porque el príncipe de Aragón, cuando fue la conquista de Lérida, por la gran devoción tenía a la religión militar del Templo, que por estos tiempos era entrada en Cataluña y florecía por todo el mundo, les había dado la quinta parte de la ciudad de Lérida, dio al conde, en satisfacción y enmienda de esa quinta parte, las villas de *Gebut y Mequinenza, vecinas de Lérida; y según eso, es muy verosímil que el rey o su padre habrían ya por estos tiempos dado al conde de Urgel, o a sus antecesores, las dos partes de aquella ciudad, que el padre del rey se reservó en la conquista de ella, cuando la dio en feudo al conde Armengol, y de estas dos partes, dio la quinta a la milicia del Templo; y pues por esta quinta parte hacía enmienda al conde, es muy verisímil le habría dado las dichas dos partes: confírmase esto, porque cuando la condesa Aurembiaix dio al rey don Jaime la ciudad de Lérida, se la dio toda, sin hacer memoria que tuviese la tercera o las dos partes, lo que, si tuviera, no lo callara el auto de la dicha donación, ni otros de que hago mención en la vida de la condesa, que todos son autos hechos con grande consideración y acuerdo.
Tuvo este conde muchos encuentros y guerras con Ramón Roger, conde de Fox, hijo de Barnardo Roger y de Cecilia, que fue hija de Ramón Berenguer, conde de Barcelona, y hermana de Ramón Berenguer (IV), príncipe de Aragón; así que, Ramón, Roger y Dulcia, madre del conde, eran primas hermanas. Era esta casa de los condes de Fox (Foix) muy antigua y principal y de grande estado, y muy emparentada con los reyes de Aragón y condes de Barcelona: hubo en ella diez y siete condes, y a la postre se unió con la de los reyes de Navarra, y hoy lo está a la corona de Francia. Fueron estas guerras por los años 1197, y los ricoshombres de Cataluña y Aragón se dividieron en bandos por parte del de Urgel. Se señaló mucho Guillen, vizconde de Cardona, su primo, que le prometió todo favor; y él y la condesa Elvira, su mujer, delante de Gombaldo de Ribelles, Poncio de Pinell, Pedro Fals y otros caballeros, le dieron quinientos sueldos de renta, sobre la que los dichos donadores tenían en Lérida, que llamaban *Trocella. Este auto estaba en el archivo de Arbeca, hecho a 7 de las calendas de noviembre de 1197. El conde de Fox con sus valedores entraron hasta la ciudad de Urgel a fuerza de armas, y trataron malamente los vecinos de ella y a todos los de aquella comarca. Nacieron de aquí muchas alteraciones en el principado de Cataluña, y todo se dividió en bandos, que duraron mucho tiempo, con daños y pérdidas comunes; y el rey don Pedro, que estaba obligado, según algunas convenciones antiguas, de valer al conde contra don Ramón de Cervera, se escusó de ello, y se levantó de esto escritura, que está en el armario de Urgel, núm. 9, hecha en el mes de mayo de 1200; y entonces Ramón de Cervera hizo todo el mal que pudo en el condado de Urgel, y llevaba cuatro mil infantes y buen número de caballería, armados con lorigas, y con ser tantos, ochocientos hombres de la villa los desbarataron.
En esta ocasión fue cuando el conde prometió a nuestra Señora de Poblet, pro salute animae suae et remissione peccatorum suorum, tenerle adornado su altar con la ropa y lienzos necesarios para su adorno, y para ello dio cien sueldos de renta, de los que recibía sobre las leudas et *Trocallis de Lérida, y Pedro, abad de Poblet, y Arnaldo, prior, Bernardo, sacrista, y R. celerario, prometieron cumplirlo así:
recibióse el auto en Agramunt, en abril de 1202, y lo confirmó el rey don Alfonso.
El año siguiente, a 26 de febrero, fue roto el vizconde de Castellbó, el cual, con cincuenta de a caballo y quinientos de a pie, toparon con gente del conde, que les acometieron, y prendieron al vizconde y a muchos de ellos.
Fue esta presa a 26 de febrero de 1203, y los presos, por pedirlo él, fueron encomendados a Gombau de Ribelles, el cual los tuvo como en tercería y con guarda; y aunque el rey deseó la libertad de ellos, el conde se escusaba, y pedía enmienda de algunos daños había el de Castelló dado al obispo de Urgel y a él, y que entregase las tenencias de algunos castillos que había prometido al rey que entregaría, si le daban libertad; y el rey pidió la libertad al conde, el cual escribió a Gombau de Ribelles, que si le habían, dentro de ciertos días, entregado las tenencias, reddas et *ab cum domino regi; et (si no las entrega) reddas cum mihi sine omni contradictione: hoc addito quod non exeat de potestate tua donech sim certus quod omnes potestates mihi et *episcopo compleverit; pero el de Fox no quiso más guerra con el conde, sino que concordó con él, olvidando todos los daños y guerras pagadas: consta por escritura hecha en el mes de setiembre de este año 1203, que está en el archivo real, armario de Urgel, núm. 216.
Este año fue muy notable para la ciudad de Lérida: derribóse la iglesia mayor que había en ella, por ser muy antigua y vieja, labrada a lo morisco, porque había sido mezquita de los moros, y era muy poco capaz para los vecinos de la ciudad, la cual de cada día crecía en número copioso de vecinos, y dieron principio a la que tenemos el día presente. En el día de la festividad de santa Magdalena pusieron la primera piedra el rey don Pedro el Católico y el conde Armengol, y para recordar el hecho, en el altar mayor pusieron una memoria que dice así:

ANNO DOMINI MCCIII. ET XI KAL. AUGUSTI SUB DOMINO INNOCENTIO PAPA lII VENERABILI GONBALDO HUIC ECCLESIE PRESIDENTE INCLYTUS REX PETRUS SEDUNDUS ET ERMENGAUDUS COMES URGELENSIS PRIMARIUM ISTIUS FABRICE LAPIDEM POSUERUNT BERENGARIO OBIGIONIS OPERARIO EXISTENTE PETRUS DE GUMBA M. ET FABRICATOR.

Y después poco a poco se fue acabando aquel suntuoso edificio con el campanario y claustro, que es de los mejores de España, ya por su apacible y alegre vista, ya por su ingeniosa arquitectura, en que tienen los curiosos mucho que ver y los artífices que considerar.
El año siguiente los dos, con algunos caballeros de Lenguadoc, Cataluña y Rosellón, acompañaron el rey a Roma, donde pasó, para recibir de mano del pontífice la corona y demás insignias reales. De esta ida de los condes de Urgel y de Fox a Roma, no hace mención Zurita pero sí Tomic, que nombra los caballeros que acompañaron al rey en aquel viaje, el cual acabado, dice Zurita, que hubo grandes alteraciones y discordias, así en Cataluña, como en Aragón, por la guerra que entre si tenían los condes de Fox y Urgel; y esta vuelta del rey fue el año 1204. Pero lo que daba más cuidado al conde, eran las diligencias y pensamientos de Guerau de Cabrera, el cual aspiraba al condado de Urgel, por no tener el conde hijos varones, y por esto el conde esforzaba todo lo posible asegurarse de sus amigos y ganar de nuevos, que cuando fuese el caso, valieran a Aurembiaix, su hija única. En esta ocasión Guillen de Cervera, que hartas veces habemos nombrado, necesitaba el favor del conde, el cual se le dio muy liberalmente, y a 3 de las nonas de febrero, el conde le prometió valenza y favor contra cualquier le quisiese damnificar, salvo el rey, reina y Ramón de Cervera. A este Ramón de Cervera había dado, a 4 de las nonas de mayo 1206, el conde Armengol, el castillo de Toló, reservándose a si las tenencias, hueste y cabalgada, y cien sueldos de renta sobre las quistias de Lérida; y Guillen de Cervera prometió valer al conde contra Guerau de Cabrera, y que no haría treguas ni paz con ninguno de sus enemigos. También consta que, a 8 de los idus de mayo del siguiente año, el rey don Pedro prometió a la condesa doña Elvira de ayudarla y favorecerla y conservarla pacíficamente en todo aquello que el conde su marido, que allá estaba presente, le había dado.
De estos sucesos particulares hay poca memoria en los autores, porque todos escriben las cosas de este conde de corrida: solo sabemos de cierto que murió el año de 1208, después de haber tenido el condado veinte y cuatro años. Fue príncipe muy religioso y pío. En su tiempo fue la dedicación de nuestra Señora de Gualter, en el condado de Urgel, que está junto a la villa de Pons, y a la otra parte del Segre, y la dotó de su patrimonio magníficamente.
En su vida, edificaba el rey don Alfonso primero de Aragón, conde de Barcelona, el ilustre y devoto monasterio de Poblet; y el conde, por participar del mérito de aquella santa obra, labró una buena parte del claustro, que es el que queda a la mano derecha, cuando salen del refitorio, denotándolo los jaqueles de oro y negro esculpidos en él.
Habíales ya dado, a 4 de las nonas de mayo de 1191, cien sueldos de renta in trocellis Illerdae et unum sarracenum scilicet Almalquicina qui permanet in castro quod vocatur Aytona cum omnibus rebus suis quas ipse in praesenti possidet scilicet cum domibus et hortis et vineis et agris quos ipse in sacano (secano) et in rigano (regadío) possidet; y el abad, que se llamaba Pedro, y los demás monjes les hicieron participantes y acogieron en las oraciones, vigilias y demás buenas obras que cada día se hacían en el dicho monasterio y orden cisterciense, y les tomaron en cuenta de frailes, y les prometieron que, cuando muriesen, harían por sus almas lo que suelen hacer por las de los religiosos de la orden. Firmaron este auto el rey don Alfonso de Aragón, los condes Armengol y Elvira, su mujer, y doña Dulcia, madre del conde.
Consta también por memorias de estos tiempos, que poco antes que muriera el conde, que fue a 7 de las calendas de setiembre, dio a la orden de san Juan de Jerusalén, y por ella a fray Gimeno de Lavara, maestro (maestre) de la orden en España, fray García Rufo, castellano de Amposta, y fray Bernat Amil, comendador de Lérida, en enmienda de los daños había dado a la religión, y en remisión de sus pecados, doscientos sueldos de renta, perpetuos, esto es, cien sueldos sobre los derechos que tenía el conde en la faneca de Lérida, y estos, que corriesen luego; y otros cien sueldos sobre un huerto que tenía junto a la puente de Balaguer, en el lugar llamado Almudafar, estos, que comiencen a correr por la religión el día que muriese la condesa doña Dulce, su madre; y a la postre, añade estas palabras: Quod si quis hanc donationem a nobis factam sciens contra eam ire attentaverit indignationem omnipotentis Dei et Sanctorum omnium incurrat in praesenti saeculo et futuro. Fueron confirmadores Guillen de Cervera, que firmó salvo jure pignoris, quod ibi habebat Bernardo Armengol, caballero, y Bernardo de Castellnou.
He hallado que, muerto el conde, estando el rey don Pedro en Lérida, a 15 de las nonas de diciembre, año de la encarnación 1210, confirmó a fray Pedro de Monteagudo, maestro del Temple en Prohenza y en algunas partes de España, a fray Ramón Berenguer de Ager, y G., comendador de Monzón, y fray Guillen de Monrodon, comendador de Gardeny, aquellos doscientos sueldos de renta que el conde Armengol les había dado por remedio de su alma, habedores cada un año de las rentas que él tenía sobre la faneca de Lérida; y también confirma aquellos cien sueldos, el dicho conde había asignado a la casa del Templo, habedores cada un año sobre las leudas y faneca de Lérida, y son satisfacción y enmienda invasionis quam feci domus de *Barbens; y manda que estos trescientos sueldos sean pagados de dichas rentas antes que otras cosas u obligaciones.
Casó con doña Elvira, a quien todos los autores llaman condesa de Subirats; tuvieron al principio los dos algunas discordias, que pasaban muy adelante: no sé si las causaba la esterilidad de la condesa o mala condición de alguno de los dos. Duraron algún tiempo, y a la postre, se reconciliaron: no se fió el uno de la palabra del otro, antes bien delante de escribano y testigos se otorgó auto de ella: está en el archivo real, armario 16, núm. 23 y 214, saco N, y se piden perdón el uno al otro de todo lo hecho, y prometen tratarse con amor y que el uno no dañará al otro ni dará causa para ello. Él le dio fianzas, que fueron Guillen de Cardona y Pedro Ferrandis, y convinieron que, en caso que el conde dejase la condesa, la hubiese de dejar, o en Cardona, o en Puigvert o en Oliola, y entonces estos caballeros le han de valer contra el conde. Este último auto es en agosto, y el primero de 3 de los idus de diciembre de 1203, y pocos años después, mando el conde a los vecinos de Liñola y Agramunt, que hiciesen pleito y homenaje a la condesa, prometiéndole todo favor contra aquellos que le quisiesen usurpar sus cosas o hacer daño a su persona, por ser esa la voluntad del conde, su marido. Consta con escritura hecha a 16 de las calendas de setiembre 1206: está en dicho armario 16, núm. 192 y 173; y aunque ya en el año 1187 habían hecho los de Agramunt semejante obligación, vuelven ahora a hacerla; y los de Pons hicieron lo mismo a 16 de las calendas de Setiembre 1206, núm. 198 y 250.
Tuvo el conde una hija llamada Aurembiaix, de quien hablaremos largamente en su lugar. Elvira quedó heredera de vida del condado de Urgel, y tuvo muchas pesadumbres, que le dio Ponce de Cabrera, cuñado del conde, que pretendía el condado, y con mano armada tomó muchos lugares y pueblos de él; lo mismo hacía su hijo Guerau de Cabrera, pareciéndoles que, por ser mujer, nadie había de mirar por ella, y por eso casó con Guillen de Cervera, caballero de los más principales de Cataluña, y muy estimado de los reyes don Alfonso, don Pedro y don Jaime, en cuyo tiempo vivió. Por razón de este casamiento, el vizconde y su hijo trataron con más respeto las cosas de la condesa y de Aurembiaix su hija.
Vivió el conde Armengol en el condado veinte y cuatro años, y murió el de 1208; fue sepultado en el monasterio de Poblet, en la capilla de los evangelistas, en una tumba
de piedra, algo elevada del suelo, que está metida casi toda dentro la pared: estaba muy pintada de escudos y follajes; pero ahora poco se conoce la pintura, porque el tiempo la ha consumido.
Hizo testamento; y porque en él dispone muchas cosas y pueden ser útiles, le pongo aquí por entero, sacado del archivo real, armario primero de Cataluña, núm. 113, y es el que se sigue:
Hoc est translatum fideliter factum XVII kalendas novembris anno Domini millesimo ducentesimo nono de carta que habetur sic. Quoniam nullus qui in carne positus est periculum mortis avadere potest idcirco in Christi nomine ego Ermengaudus Dei gratia comes Urgelli in mea plena memoria et sanitate integra inspirante divina misericordia facio meum testamentum scribere et eligo manumissores meos quos precor et volo esse Alviram *comitissam Urgelli uxorem meam et Guillelmum Dei gratia vicecomitem Cardone et Guillelmum de Cervaria et Guillelmum de Peralta et abbatem Populeti qui dividant omnia mea sicut in hac pagina scriptum est et sine damno quod eis non eveniat aliquo modo: et si me mori contigerit antequam aliud testamentum faciam istud volo esse firmum et stabile omni tempore. In primis dimitto corpus meum et animam meam omnipotenti Deo et hospitali de Hyerusalem et eligo sepulturam meam in hospitale de Emposta cum mille et quingentis morabatinis quos ibi dimitto pro anima mea cum equo et armis et lecto et animalibus tunc temporis meis stantibus: et constituo heredem meum filiam meam Aurenbiaix et comitissam totius terre mee et comitatus Urgelli: et si ipsa decesserit absque liberis substituo ei in omnibus bonis Marquesiam sororem meam et si ipsa decesserit sine liberis substituo ei sororem meam Miracle et si ipsa Miracle decesserit absque liberis substituo ei Guillelmum de Cardona consanguineum meum: tamen si contigerit me habere filium masculum antequam aliud testamentum faciam volo quod sit ita de meo sicut continetur in cartis inter me et Petrum Ferrandum confectis salvo tamen in omnibus et per omnia jure Alvire Urgelensis comitisse sicut inferius in hoc testamento continebitur. Dimitto siquidem filiam meam predictam cum omnibus bonis suis sub tutela et potestate Alvire comitisse matris sue donec ipsa filia sit perfecte et plene etatis. Volo siquidem et mando militibus et hominibus nostris *ut ipsi scilicet Alvire comitisse ita interim attendant sicut mihi facere tenentur. Si autem predicta filia mea decesserit infra predictam etatem dimitto Alvire comitisse quinquaginta mille solidos pro quibus tamdiu teneat totum honorem et comitatum meum donec ille quicumque heres erit meus persolvat ei dictos quinquaginta mille solidos. Item dimitto eidem comitisse Alvire ratione dotis et sponsalitii sui et ratione donationis et legati quindecim mille morabatinos ad omnes suas voluntates perpetuo faciendas. Item dimitto in posse Alvire comitisse novem mille morabatinos de quibus mando ei ut donet Hospitali de Hyerusalem supradictos MD morabatinos quos ei superius dari disposui. Item mando comitisse Alvire ut de illis morabatinis donet monasterio Sancti Hylarii MD morabatinos per remedium anime mee. Item donet Guillelme de Bellog nepti mee mille morabatinos: residuos autem quinque mille morabatinos donet creditoribus meis pignus vel hypotecam non habentibus: supradictos vero viginti quatuor mille morabatinos habeat Alvira comitissa super meum castrum et villam de Acrimonte et supra meum castrum et villam de Pontibus (Pons, de donde es Pau de Pons, Ponts) et de Linerola et super civitatem Ilerde et super omnia illa pignora que Guillelmus de Cervaria per me tenet ipso tamen prius pacato de debitis quos ei debeo. Habeat etiam Alvira comitissa predictos morabatinos super ipsum honorem quem Guillelmus de Peralta per me tenet. Ita scilicet habeat Alvira comitissa dictos morabatinos in his pignoribus quod si ille quicumque fuerit heres meus non pacaverit ei dictos XXIIII mille morabatinos ad complendam voluntatem meam infra annum habeat ipsa licentiam et potestatem ex auctoritate mea et sua *impignerandi vel vendendi dictos honores pro predicta pecunia et si quid residuum fuerit heredi meo restituatur et mando hominibus et militibus meis tu cum ipsis honoribus se habent et teneant et attendant Alvire comitisse sicut mihi tenentur facere. Et dimitto Petro de Sasala (ça Sala) ad persolvendum debita que ei debeo meum castrum et villam de Aiabud cum omnibus terminis et pertinentiis suis et mea operatoria de bladeria Ilerde ut ipse Petrus de Sasala possit omnia ea vendere vel impignorare cuicumque voluerit pro debita que ei debeo sibi recuperando si ille qui heres meus fuerit noluerit eum pacare ad suam amonitionem et si quid residuum fuerit heredi meo restituatur. Et dimitto Miracle sorori mee duo millia morabatinos ad omnes voluntates suas faciendas quos habeat super ipsos honores quos Raymundus de Cervaria per me tenet excepto castro de Aiebud et Siego: et si ego vel predicta filia mea absque liberis decesserimus dimitto Miracle sorori mee totum illam honorem quem Raimundus de Cervaria pro me tenet salvo * quod superius dixi de castro de Aiabud ad Petrum de Sasala. Item volo et mando quod si ego vel predicta filia mea absque liberis decesserimus quod Guillelmus de Cardona habeat in proprium allodium totum hoc quod pro me tenet: et dimitto *Guillelmo de Cervaria post obitum meum ad alodium francum et liberum omni tempore et ad omnes suas voluntates perpetuo faciendas hoc quod per me tenet excepto castro de Sancta Linia. Et dimitto omnipotenti Deo et ecclesie Sancte Marie sedis Urgelli meum castrum de Nargo cum omnibus suis terminis et pertinentiis in proprium alodium francum et liberum. Et dimitto monasterio sancti Saturnini omnes meas dominicaturas castri de Ciutad in francum alodium. Et dimitto monasterio Sancte Cicilie villam que vocatur Noves et mansa de Perles. Et dimitto ecclesie Sancte Marie de Solsona omnes meas dominicaturas de *Huliana et omnia mansa mea de Oden in suum allodium francum et liberum. Et dimitto Monasterio Sancte Marie Gualter in omnibus meis molendinis de Pontibus expleta et redditus unius diei in hebdomada omni tempore. Et dimitto monasterio Sancte Marie de Belpuig omnia mea dominicatura castri de Sancta Linia post obitum Raymundi Berengarii de Ager. Et dimitto monasterio Sanctarum Crucum omnia mea jura que habeo vel habere debeo in molendinis Bernardi de Cio ad Balager post obitum matris mee in suum allodium francum et liberum. Et dimitto monasterio Sancte Marie Vallis bone mille morabatinos scilicet quingentos morabatinos ex mera donatione et alios D. morabatinos dimitto ibi pro procuratione conventus in mense septembris omni tempore sicut cum ipsis disposui: et volo et mando quod predictum monasterium accipiat inde omnes meos exitus plenarie ex mera donatione mea donec lile quicumque fuerit heres meus persolvat dicto conventui dictos mille morabatinos plenarie: et super hoc mando Guillelmo de Anglerola quod ipse attendat Monasterio Vallisbone cum ipso castro de Conques et exitibus meis sicut mihi tenetur attendere donec de predictis mille morabatinis plenarie sit eis satisfactum. Et dimitto monasterio Populeti post obitum matris mee omnes ipsas meas decimas de Menarges et de omni re que ad usum hominis pertinet in suum allodium francum et liberum. Et dimitto monasterio Sancte Marie de Franqueses ut firmos habeat omnes honores quos aliquo modo acquisiverit per totam terram meam aliqua parte sine aliquo impedimento alicujus heredis mei. Et dimitto domui militie Templi totam dominicaturam meam de Albesa et ut liceat eis molendina facere in cequia de Albesa. Et dimitto eidem domui arma et ballistas et fundibula cum eorum apparatu et ensem meum et anulum et cofas meas. Mando et volo ut heres meus
persolvat peccuniam creditoribus meis que debetur eis sub pignoribus et si non faceret volo ut eis pignora non auferantur ab aliquo sed libere de illis pignoribus possint habere suas pecunias. Item dimitto domino pape Ignocentio sub protectione sua omnia mea et testamentum meum ut illud firmum et ratum habere faciat et mandari executioni sicut dispositum est et si quis contravenerit per censuram ecclesiasticam firmiter faciat observari: et propter hoc dimitto ei medietatem de Valladolit quod est hereditas mea et aliam medietatem dimitto heredi meo ut eam semper habeat per ecclesiam romanam et per celsitudinem suam et dominus papa faciat heredi meo tenere et possidere in pace.
Quod est actum tertio kalendas septembris anno domini millessimo ducentessimo octavo.
Sig+num Ermengaudi comitis Urgelli qui hoc testamentum propia manu mea firmo et laudo testibus ac manumissoribus firmare rogo.
Sig+num Albire comitisse.
Sig+num Guilelmi de Cervaria. - Sig+num Guilelmi vicecomitis Cardone. - Sig+num Petri abbatis Populeti. - A. de *Tolone subscribo cum + Salomone.- Sig+num Raymundi Berengarii de Ager. - Sig+num Raymundi de Montecatano.
Sig+num Guilelmi de Anglerola testis.
Raymundus Dominici qui hoc testamentum scripsit cum litteris suprapositis in vigessima linea et hoc + fecit:
Sig+num fratris Arnaldi de Tilella monachi Populeti. - Sig+num fratris Raymundi Sfortati monachi Populeti subscribentis.
Testes hujus translati.
Raymundus Dominici qui hoc testamentum translatavit cum litteris suprapositis in nona linea et hoc + fecit.

domingo, 22 de diciembre de 2019

índice, tomo IV

Índice de los documentos y demás materias que comprende este tomo. 

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INTRODUCCIÓN.

I - Testamento del conde de Barcelona don Ramón Berenguer 3°, en el que, después de ordenar varios legados y otras disposiciones de menor importancia, nombra heredero de sus estados de Cataluña a su primogénito don Ramón Berenguer 4°, y dispone de su condado de Provenza a favor de su hijo segundo, don Berenguer Ramón.

II - Testamento otorgado por el rey de Aragón don Alfonso el Batallador, con el cual instituyó herederos de su reino al Santo Sepulcro de Jerusalén, a los religiosos hospitalarios y a los templarios, por iguales partes.

III - Convenio del conde de Barcelona don Ramón Berenguer 4° con Gauceberto de Peralada y los hermanos Raimundo y Aimerico de Torrelles, sobre la encomienda, custodia y bailía de la villa de Peralada, y feudo de Prats.

IV - Otro del mismo conde con Guillermo de Cornellá, sobre la encomienda del castillo de dicho nombre.

V - Donación de dicho castillo de Cornellá, otorgada por Majencia y su hijo Guillermo a favor del conde.

VI - Donación del castillo de Barberá, otorgada por el conde, de acuerdo con sus barones, a favor de la milicia del Templo, para cuando se estableciese esta en sus dominios.

VII - Homenaje que Raimundo Bernardo prestó al conde de Barcelona por el castillo de Castell-Adral y otros feudos.

VIII - Otro homenaje que Guillermo Raimundo deBerga prestó al conde por los castillos
de Peguera, Figols,Valmaña y Torredella.

IX - Estatuto otorgado por el conde a favor de la iglesia de San Juan de Ripoll.

X - Carta-puebla de Artasona, concedida por don Alfonso el Batallador.

XI - Privilegio otorgado por el conde y San Olaguer, a favor de los templarios que debían establecerse en los estados de Aragón.

XII - Testamento de Berenguer de Moncada.

XIII - Donación de unas casas sitas cerca del Regomir, otorgada a favor de los templarios por Bernardo Raimundo de Mazanet y su hijo Berenguer.

XIV - Sentencia dada por el obispo de Barbastro en la controversia que tenía el abad de San Clemente con el de San Martín.

XV - Homenaje que Guillermo Raimundo, hijo de Inés, prestó al conde don Ramón Berenguer.

XVI - Convenio del mismo conde con Guillermo de San Martín y su mujer Beatriz, con el que aprueba su casamiento y les concede el feudo de Moncada, por el cual, y por los de Monbuy y Montornés, le prestó dicho Guillermo el correspondiente homenaje.

XVII - Otro convenio entre dicho conde y el senescal Guillermo Raimundo, con el que terminaron las cuestiones que se debatían entre los dos sobre las aguas de los molinos de Moncada y Barcelona.

XVIII - Partición de bienes entre Guillermo Raimundo y su mujer Beatriz, por razón del
divorcio que había sido declarado por el arzobispo de Tarragona.

XIX - Concesión en feudo de los castillos de Tudela, Sobreporta, Torelló,Tona y algunos otros, otorgada por el conde a favor del mencionado Guillermo Raimundo.

XX - Donación del diezmo de las parias que el conde don Ramón Berenguer percibía en España, otorgada a favor de Diosdado.

XXI - Privilegio concedido a los vecinos de Uncastillo por don Ramiro, rey de Aragón, ratificado por el conde de Barcelona don Ramón Berenguer, y confirmado por el rey don Juan 1° en 1389.

XXII - Donación de la ciudad de Tortosa, para cuando se conquistase, otorgada por el conde a favor de Guillermo de Monpeller.

XXIII - Concordia entre los condes de Barcelona y Ampurias, seguida de la concesión en feudo de los castillos de Cerset,Terrat y otros, otorgada por el primero al segundo.

XXIV - Donación del reino de Aragón, otorgada por don Ramiro a favor del conde de Barcelona.

XXV - Juramento de fidelidad que por orden del mismo don Ramiro prestaron al conde todos los vecinos de Huesca.

XXVI - Ratificación de la donación otorgada por don Ramiro a favor del conde.

XXVII - Orden del mismo don Ramiro, para que en adelante todos los que habían sido sus vasallos obedeciesen al conde de Barcelona.

XXVIII - Convenio entre el emperador de España, don Alfonso, y el conde de Barcelona, sobre el repartimiento de las tierras del rey de Pamplona, don García.

XXIX - Concesión de unas casas en Agramunt, otorgada a favor de Ramón Arnau por los condes de Urgel, Armengol y Elvira, con aprobación de su hijo.

XXX - Escritura con que el conde de Barcelona y príncipe de Aragón cedió a Reverter el vizcondado de Barcelona, el feudo de Piera y de algunos otros castillos.

XXXI - Donación de los bienes de Abin-Sila, en el término de Aranda, otorgada por el conde a favor de Iñigo Sánchez de Burbachana.

XXXII - Cesiones que los caballeros del Santo Sepulcro y los Hospitalarios otorgaron a favor del conde, de la parte del reino de Aragón que a cada uno les pertenecía en virtud del testamento de don Alfonso el Batallador.

XXXIII - Donación de los bienes de Abein-Sordo, hecha por el mismo conde a García Garcez.

XXXIV - Homenaje prestado al conde por Galceran de Sales, hijo de Ermesinda.

XXXV - Donación de unas casas en Barbastro, otorgada por el rey de Aragón, Pamplona, Sobrarbe y Ribagorza, don Pedro Sánchez, a favor de Galindo Garcez.

XXXVI - Confirmación de la cesión que los caballeros del Santo Sepulcro hicieron al conde de Barcelona, de la parte del reino de Aragón que les había dejado don Alfonso el Batallador.

XXXVII - Testamento del obispo de Barcelona,Arnaldo, otorgado antes de emprender su viaje a Jerusalén.

XXXVIII - Debitorio de quinientos sesenta maravedises y cien libras de plata, otorgado a favor de Guillermo Mainardo por el conde de Barcelona, príncipe de Aragón y marqués de Tortosa y Lérida.

XXXIX - Venta de una almolacenia, hecha por el conde a favor de Arnaldo Pérez de Arcos.

XL - Sentencia dada por la curia o tribunal del conde en el pleito de Guillermo de Castellvell con Poncio Pérez de Bañeres.

XLI - Convenio de Domingo Perdiguero con Ferrer de Benebar y García de Oiarda, acerca del castillo de Alhozerein.

XLII - Empeño de una tierra en Viladecans, otorgado por el conde a favor de Guillermo Suñer.

XLIII - Fundación de la orden del Templo en los estados del conde, y donación que se les hizo de los castillos de Monzón, Moncayo, Chalamera, Barberá, Remolins y Corbins, junto con algunas otras rentas y derechos, para que dichos religiosos pudiesen mantenerse.

XLIV - Promesa de fidelidad que Geraldo Alemany hizo a su señor el conde de Barcelona. 


XLV - Juramento y homenaje prestado a dicho conde por el mismo Geraldo.

XLVI - Donación de una pardina en Barbastro, otorgada por el conde a su judío Zecri.

XLVII - Carta de hermandad y protección que los templarios concedieron a D. Perdiguero, D. Almoravech, G. Priavol y Ferrer de Benavar, por la donación que estos les habían hecho de la quinta parte de Alfoceya.

XLVIII - Donación de algunas heredades en Monzón, otorgada por el conde a favor de Beltran, Geraldo, Sancho y Guillelmo de Belsa, Juan de Camporrells,Berenguer de Miravet, Domingo y Estévan de Soria.

XLIX - Encomienda de las castellanías de Piera y Cabrera, concedida por el conde a Guillermo de Guardia.

L - Donación de una parte del castillo y villa de Ciurana a Berenguer Arnau.

LI - Donación que el conde hizo a Guillermo Raimundo, del castillo y tercera parte de la ciudad de Tortosa, del castillo de Peñíscola y de las islas de Mallorca e Ibiza, todo para cuando se conquistase; y decisión de algunas cuestiones que se habían suscitado sobre dicha donación.

LII - El conde confirma a favor de Sibila, Alaman y Arnaldo Sord, la donación de unas casas que les había hecho.

LIII - Donación de una heredad en Consellos, otorgada por Fortuño Aznares a favor de Aznar Garcéz y de su mujer doña Oria.

LIV - Convenio entre el conde de Barcelona, don Ramón, y el de Urgel, don Armengol, en que el primero dio en feudo al segundo la tercera parte de la ciudad y territorio de Lérida, con reserva de la parte que debía dar a los templarios; y el de Urgel prometió al de Barcelona ser su hombre fiel, y acudir como buen vasallo a sus huestes y cabalgadas.

LV - Empeño del señorío de Osor, otorgado por el conde de Barcelona a favor de los hermanos Guillermo y Oton de Moncada.

LVI - Capitulación concedida por el mismo conde a los moros de Tortosa.

LVII - Carta-puebla de Espluga Calva, otorgada por el conde a Porcel de Cervera y a otros, con reserva del noveno de todos los frutos.

LVIII - Carta-puebla que el conde de Barcelona y el de Urgel concedieron a los habitantes de Lérida.

LIX - Tratado de paz entre el conde de Barcelona y el rey de Navarra, y capítulos para el matrimonio de la hija de este con el referido conde.

LX - Donación del castillo y villa de Albalat, hecha por el conde a la santa Iglesia de Zaragoza.

LXI - Carta-puebla y franquezas concedidas por el conde don Ramon Berenguer a los vecinos de Tortosa, y varios otros documentos sobre usos y costumbres de dicha ciudad, y disputas que esta tuvo con los templarios.

LXII - Tratado de paz entre el conde de Barcelona y el emperador de España, don Alfonso.

LXIII - Debitorio de seis mil y cuatrocientos maravedises, firmado por el conde a favor de Guillermo Ibiloci.

LXIV - Consagración y dotalia de la iglesia de San Juan de Ripoll.

LXV - Convenio de doña Teresa de Boria con el conde, sobre la potestad de su castillo de Boria.

LXVI - Concordia celebrada entre el conde de Barcelona y los religiosos del Templo, sobre los castillos de Boria y Magallon, y algunos otros bienes que habían sido de Pedro Teresa.

LXVII - Sentencia dada por el tribunal del conde en el pleito que seguían los religiosos hospitalarios con Umberto de Basea, sobre la partición del feudo de Montesquiu.

LXVIII - Donación del castillo de Gallifa, hecha a favor del conde por Pedro de Massanet.

LXIX - Donación de la tercera parte de la ciudad y territorio de Tarragona, otorgada por el arzobispo Bernardo a favor del conde don Ramón Berenguer.

LXX - Dotalia de la Santa Iglesia de Tortosa.

LXXI - Sentencia dada en el pleito que el arzobispo y clero de Tarragona seguían contra Roberto y Guillermo de Aguiló.

LXXII - Carta de protección, otorgada por el conde a favor de la iglesia de Ullá.

LXXIII - Testamento de la reina doña Petronila, con el que instituyó heredero de sus estados al hijo que había de nacerle, dejando empero el usufructo al conde su marido para mientras viviese, y la propiedad para el caso de que dicho su futuro hijo falleciese sin dejar sucesión.

LXXIV - Escritura con la que Guillermo Ça-Noguera y su mujer María cedieron al conde el señorío de los bienes que poseían en Santa María deCornellá y San Juan Despí.

LXXV - Donación de Santa María de Moyá, otorgada por el conde a la iglesia de Santa María del Estañ, con retención de un mercado y feria que estableció en dicho pueblo.

LXXVI - Donación de un campo en el término de Vilamejor, hecha por el conde a Arnaldo Pérez y a su mujer Ermesinda.

LXXVII - Donación del castillo de Mirabet con todos sus términos, que acababa de conquistar el conde, otorgada a favor de los religiosos del Templo.

LXXVII - Venta de la tercera parte de la ciudad de Tortosa, que pertenecía a los genoveses, otorgada por estos a favor del conde, por precio de diez y seis mil seiscientos maravedises, aunque con retención de la isla de San Lorenzo y estipulando a su favor varios privilegios.

LXXIX - Donación de la villa de Godall, hecha por el conde a Guillermo de Copons.

LXXX - Donación de Patirella, hecha a don Ezo por don Sancho, rey de Navarra.

LXXXI - Homenaje y juramento de fidelidad que prestaron al conde de Barcelona los magnates del vizcondado de Bearn, por muerte de su vizcondesa Guiscarda.

LXXXII - Concesión en feudo del castillo y términos de Flix, hecha por el conde a Bonifacio de La Volta.

LXXXIII - Promesa que Guillermo Fortuñ hizo al conde, de presentarse y estar a derecho por su señorío de Villafortuñ, siempre y cuando fuese requerido.

LXXXIV - Remisión de algunas prestaciones a que estaban sujetos los vecinos de San Julián de Vallfogona, otorgada por doña Almodis,vizcondesa de Bas.

LXXXV - Escritura con que el conde cedió a favor de San Jaime de Frontañá el señorío de todos los bienes que aquella iglesia poseyese en el término de Ripoll.

LXXXVI - Debitorio de setecientos maravedises, firmado por el conde a favor de Guillermo Leterico.

LXXXVII - Relación que hizo don Lope,obispo de Pamplona, de cuanto había practicado para que fuesen resarcidos al conde de Barcelona los daños que le había causado don Sancho de Navarra, por lo que se había entregado en rehenes a dicho conde, sometiendo el negocio a la decisión del arzobispo de Tarragona y obispo de Lérida.

LXXXVIII - Sentencia dada en el pleito que Poncio, abad de San Juan, seguía contra Raimundo de Maurella.

LXXXIX - Venta del castillo de Guardia con toda la montaña de Monserrat, hecha a favor del conde por Berenguer Ça-Guardia, hijo del vizconde Reverter.

XC - Bula del papa Adriano 4°, aprobando las donaciones y concesiones hechas por el conde a los religiosos del Templo.

XCI - Convenio celebrado con el conde por el emperador de España don Alfonso y sus hijos don Sancho y don Fernando, sobre el repartimiento del territorio ocupado por los moros, y de los estados del rey de Navarra, don García.

XCII - Recibo de varios ornamentos y libros de liturgia pertenecientes a San Martín de Estopañá, que fueron entregados a Poncio por Guillermo de Agela.

XCIII - Donación de tres partes de Flix, otorgada por el conde a favor de Bonifacio y de su hijo Gasqueto.

XCIV - Donación de Cuevas de Remolins, Sena, Sijena y otros territorios que debían conquistarse de los moros, hecha por el conde a los religiosos hospitalarios.

XCV - Concordia para terminar las cuestiones que se habían suscitado entre el conde y el rey don Sancho de Castilla, sobre los estados de Zaragoza y Calatayud.

XCVI - Ratificación que hizo el obispo de Pamplona, de estar en rehenes en poder del conde; y promesa de escomulgar al rey y reino de Navarra, luego que hubiese vuelto a su silla, hasta que fuese indemnizado dicho conde y le fuesen devueltos a él sus castillos, por los cuales prometió ser fiel a don Ramón Berenguer.

XCVII - Donación de las villas de Roncesvalles, Urruoz y Ovano, con una heredad en Galipienzo, hecha por el conde a García Moravid.

XCVIII - Sentencia dada en el pleito que Poncio, abad de San Juan, seguía contra Galceran de Sales.

XCIX - Sentencia dada por el tribunal del conde, en el pleito que éste tenía con Pedro de Puigvert, en la cual se hace mérito de las espediciones militares del conde a Lorca, Narbona y Aragon, y del asesinato de don Ramón Berenguer Cap d´Estopa.

C - Otra larga relación del obispo de Pamplona, en la que manifiesta lo mucho que había trabajado en favor de las indemnizacíones debidas al conde de Barcelona por el rey de Navarra don Sancho.

CI - Juramento de fidelidad que Alberto de Petra prestó al conde por el castillo de Rocamur.

CII - Homenaje que Guillerma y su marido Bernardo de Vilar prestaron al conde por el castillo de Petra.

CIII - Ampliación del homenaje que antecede, hecha por los mismos otorgantes.

CIV - Juramento de fidelidad que Berenguer Reverter prestó al conde por el castillo de Guardia y montaña de Monserrat.

CV - Carta-puebla de Monforte, con la que fueron concedidos a sus vecinos los fueros de Zaragoza.

CVI - Carta dotal que Parason,juez de Arborea, otorgó a favor de su mujer Agalbursa, sobrina del conde de Barcelona.

CVII - Venta de la mitad del molino de Abadenc, situado en la parroquia de San Vicente de Junqueras, otorgada por Bernardo Pedrós y su mujer Pereta a favor del conde.

CVIII - Donación de la cuarta parte del molino de Susgiter, hecha por el conde a Raimundo de Torredella y a su mujer Geralda.

CIX - Donación en feudo del castillo de Pratella, otorgada por el conde a favor de doña Ezo y sus hijos.

CX - Declaración del anciano Bernardo Echardo, en la que se hace mérito de algunas rentas que pertenecían a los condes de Barcelona, y del asesinato de don Berenguer Cap d´Estopa.

CXI - Empeño del dominio y derechos que percibía el conde en Prats y parroquia de San Justo, otorgado a favor de Guillermo Mainardo por la cantidad de dos mil y quinientos maravedises.

CXII - Enfeudación del castillo de Guardia, hecha por el conde a favor de Berenguer de Guardia, hijo del vizconde Reverter.

CXIII - Sentencia dada por el arzobispo de Tarragona, san Otaguer (Olaguer), y otros magnates, sobre las injurias y otros agravios que el conde decía haber recibido de su veguer Berenguer.

CXIV - Sentencia con que se decidieron las cuestiones pendientes entre el abad de San Cucufate y Raimundo Pérez de Bañeres.

CXV - Juramento de fidelidad que Beltran de Canals prestó al conde por su casa y fortaleza de Canals.

CXVI - Cesión de las dos terceras partes del dominio del castillo de Cabra, otorgada por el monasterio de San Martín de Albengena, a quien pertenecía dicho castillo antes de la invasión de los moros, a favor del conde de Barcelona, que lo había reconquistado.

CXVII - Reconocimiento que Pedro de Barcelona hizo a favor del conde, por todos los bienes que habían pertenecido a Pedro Ricart.

CXVIII - Reconocimiento de vasallaje, con obligación de pagar un censo anual de un cerdo o tres dineros, otorgado por Guillermo Dezplá a favor del conde.

CXIX - Donación en feudo del castillo llamado Deus-lo-vol, y por los moros Mezimeeger, otorgada por el conde a favor del arzobispo de Zaragoza.

CXX - Concesión de un terreno para edificar, situado en el mercado y junto al río de Gerona, otorgada por el conde a favor de Pedro Balma, con obligación de pagar un censo de doscientos cerdos o seiscientos dineros cada año.

CXXI - Debitorio de seis mil y setecientos maravedises, firmado por el conde a favor de Guillermo Leterico.

CXXII - Otro debitorio de seis mil maravedises, firmado también por dicho conde a favor del mismo Guillermo Leterico.

CXXIII - Licencia del conde a Bernardo Folch para construir un molino en los términos de Piera, Bedorch o Cabrera, con la obligación de que perteneciesen al conde la mitad de las rentas que produjese dicho molino.

CXXIV - Reconocimiento de vasallaje que Juan de Gron hizo a favor del conde, en testimonio de gratitud por cierta donación que dicho conde lehabía hecho.

CXXV - Reconocimiento de vasallaje hecho a favor del conde por Poncio de Palou, y promesa de pagarle cada año un cerdo o cuatro sueldos de moneda barcelonesa.

CXXVI - Venta de una casa en el arrabal de Barcelona, otorgada por Calvet a favor del conde.

CXXVII - Breve dirigido al conde por el papa Adriano , en recomendación del obispo e iglesia de Huesca.

CXXVIII - Bula del papa Eugenio , concediendo varias gracias a los que acompañasen al conde en la guerra contra los infieles.

CXXIX - Bula del sumo pontífice Adriano , previniendo a los arzobispos de Tarragona y Narbona que apremiasen con censuras eclesiásticas a los que de cualquier modo hostilizasen al conde, dando directa o indirectamente ayuda a los sarracenos.

CXXX - Otra del mismo pontífice, aprobando la cesión que los caballeros del Santo Sepulcro, hospitalarios y templarios habían hecho al conde, de la parte del reino que les había dejado don Alfonso el Batallador.

CXXXI - Breve del papa Eugenio 3°, exhortando al Conde de Barcelona a que haga las paces con G. (García), duque de Pamplona.

CXXXII - Convenio con que el abad de Ripoll, el de San Saturnino y algunos otros personajes prometieron estar a lo que dispusiese el conde en el negocio de Ripoll.

CXXXIII - Bula del papa Anastasio 4°, confirmando las gracias concedidas por Eugenio a los que acompañasen al conde de Barcelona en la guerra contra los infieles.

CXXXIV - Otra del sumo pontífice Adriano , declarando que nadie pudiese escomulgar al conde sin espreso mandato de Su Santidad o de su legado á latere.

CXXXV - Otra del mismo pontífice, confirmando la escomunion pronunciada por Eugenio contra un conde Gaufredo, por delito de adulterio.

CXXXVI - Escritura de fianza, otorgada por Raimundo Ademaro con sus castillos de Finestres, para el cumplimiento de las obligaciones contraídas por Guillermo, conde de Besalú.

CXXXVII - Carta de Guillermo, patriarca de Jerusalén, y Pedro, prior del Santo Sepulcro, dirigida al conde, anunciándole la cesión que habían otorgado a su favor.

CXXXVIII - Donación de varios derechos y castillos, entre ellos el de Ceboller, otorgada por el conde a favor de Pedro de Estopañá.

CXXXIX - Franquezas concedidas por el conde y ratificadas por Guillermo Raimundo Dapifer a los habitantes de Tortosa.

CXL - Convenio entre los condes de Barcelona y Urgel, en que el primero cede al segundo la tercera parte de la ciudad de Lérida para cuando fuese conquistada.

CXLI - Convenio con que el conde se obligó a dar a los genoveses la tercera parte de lo que conquistase, a cambio de los ausilios quo debían prestarle.

CXLII - Carta de Reverter, vizconde de Barcelona, a su señor el conde y rey de Aragon, haciéndole mil protestas de amor y fidelidad, y noticiándole que le enviaba a su vasallo Roberto para el arreglo de ciertas cuestiones que tenían entre sí acerca los feudos de Granera y Piera.

CXLIII - Juramento con que don Fernando, rey de León y dominador de Galicia, se obligó a ayudar a su tío el conde de Barcelona para la defensa de sus estados.

CXLIV - Promesa que los genoveses hicieron al conde, de ayudarle con su ejército y armada en el sitio de Tortosa y conquista de las Baleares, y de cederle las dos terceras partes de cuanto conquistasen por sí solos desde el Ebro hasta Almería, facilitándoIe además cuantas máquinas se necesitasen para la guerra.

CXLV - Sentencia dada en Barcelona por el arzobispo de Tarragona y otros magnates, dirimiendo las disputas y pleitos que el conde tenía con Bernardode Anglesola.

CXLVI - Otra sentencia dada por la corte de Barcelona, decidiendo las cuestiones que el mismo conde tenía con Galceran deSales.

CXLVII - Otra para decidir el pleito que vertía entre el conde y Guillermo Raimundo Dapifer, con motivo de las partes que se habían señalado en Tortosa a los genoveses y a los religiosos templarios.


CXLVIII - Cambio que hizo el conde con Sancha y su hijo Bernardo de Belloch, de unas casas que tenía establecidas a Guillermo Taberner, situadas en la plaza de la ciudad de Barcelona, por otros que dichos madre e hijo poseían en el foso del castillo nuevo, junto al muro de la ciudad.

CXLIX - Dibitorio de seis mil setecientos maravedises, firmado por el conde a favor de Guillermo Leterico.

CL - Traslado de una escritura en que se hace una larga relación de lo ocurrido en Aragón y Navarra entre los reyes don García Ramírez y don Ramiro el Monje, con varios magnates de uno y otro reino, para la elección de rey después de la muerte de don Alfonso el Batallador en la batalla de Fraga.

CLI - Carta de Pedro, rey y juez de Arborea, a su cuñado el conde, en la que se trata de la espedicion que este proyectaba contra Mallorca.

CLII - Carta del obispo de Barcelona al conde, pidiéndole que amparase al abad de Vall-laura en los daños que estaban causando a dicha iglesia los vecinos de Montagut.

CLIII - Otra del conde de Barcelona, pidiendo al maestre de los templarios que le enviase diez religiosos, a quienes dotaría competentemente, para la fundación de la orden en sus estados.

CLIV - Los cónsules de Pisa escriben al conde, pidiéndole la continuación de la buena amistad y alianza en que siempre habían estado, y que no deje entrometer a los genoveses en el asunto de las Baleares.

CLV - Carta del conde al emperador don Alfonso, prometiéndole no invadir las tierras del rey de Navarra, y rogándole que envié a su hijo don Sancho al frente del ejército, para acordar juntos los medios de combatir a los enemigos de la Cruz.

CLVI - Otra de Raimundo de Molnell al conde, aconsejándole algunas medidas para mejorar el deplorable estado de las salinas de Tarascona.

CLVII - Reverter, vizconde de Barcelona, escribe al conde, protestando de su adhesión, y quejándose de los daños que, según decía, se le habían causado en su honor de Guardia.

CLVIII - Juramento de fidelidad prestado al conde de Barcelona por el de Ampurias, Ponce Hugo.

CLIX - Homenaje que prestaron al conde los vecinos de Jaca y otros pueblos de Aragón.

CLX - Juramento de fidelidad al conde, prestado por Guillermo de San Martín.

CLXI - Memorial de los daños que Berenguer Miron había causado a su señor el conde en diferentes lugares.

CLXII - Donación de los castillos de Monzón, Ceboller y otros, otorgada por el conde a favor de Pedro de Estopañá.

CLXIII - Venta de la mitad de ciertos edificios situados en la plaza del mercado de Barcelona, otorgada por Calvet a favor del conde.

CLXIV - Promesa del conde a Bernardo Ug, de no entregar a otro la encomienda del castillo de Castellet.

CLXV - Testamento sacramental del conde don Ramon Berenguer 4°.

CLXVI - Donación del reino de Aragón, otorgada por la reina viuda doña Petronila a favor de su hijo Alfonso.

CLXVII - Testamento de doña Petronila.

CLXVIII - Testamento de don Alfonso II de Aragón, hijo de don Ramón Berenguer y doña Petronila.

Fin del índice.