COLECCIÓN DE CARTAS ESCRITAS POR LA
DIPUTACIÓN DE CATALUÑA,
CORRESPONDIENTES AL AÑO DE 1463.
ADVERTENCIA.
Hasta la última fecha citada, ocho de
marzo de mil cuatrocientos sesenta y cinco, en que se aprueba la
deliberación tomada en dos del propio mes, ninguna interrupción ha
habido respecto al orden cronológico de los actos, sesiones,
deliberaciones, correspondencias y demás, aun cuando, ya desde algún
tiempo, ha de haberse observado la decadencia del cuerpo que
representaba en cierto modo el espíritu del país, y la
transformación consiguiente que aquel, por la misma causa hubo de
sufrir. Así en un principio se ve obrar a la Diputación con toda su
fuerza e influencia; más adelante, cuando los apuros crecen y
aparecen defecciones inesperadas, aquel cuerpo se da la mano, como
igualándose mutuamente sus poderes, con el concejo de la ciudad de
Barcelona, en términos, que al pie de cada deliberación va la
aprobación o desaprobación de la ciudad, notándose ya en este caso
gran simplificación en lo concerniente a la parte que podría
llamarse ceremonial del cuerpo; y por último, se llega ya al extremo
de prescindirse enteramente de los individuos que componían los
diferentes brazos, cuya asistencia en las sesiones del consejo
general era indispensable para votar y deliberar, y se faculta a un
determinado número de personas que, representando a la Diputación y
a la ciudad, deliberen de común acuerdo con los pocos o muchos
diputados u oidores que se hayan mantenido en su cargo hasta la fecha
a que antes se ha hecho referencia, siendo de esta clase la
última sesión y deliberación con que da fin el registro que
concluye en la página precedente, y con la circunstancia, además,
de llevar al pie una aprobación de la ciudad, cuando las que la
preceden de su clase no la llevan, y de no advertirse al margen,
según era costumbre, que las tres personas facultadas para deliberar
con las que representan a la Diputación pertenezcan al Cuerpo
municipal.
Otras variaciones pueden haberse observado en el
decurso de estos importantes
hechos, sobre todo en los que empiezan en el tomo anterior, a saber,
la desaparición de la correspondencia oficial, desde el agosto del
año mil cuatrocientos sesenta y dos en adelante, de modo que desde
esta fecha quedan consignadas solamente en los registros las
deliberaciones y se prescinde enteramente de toda carta; y luego la
reducción del número de sesiones, en términos que, pasado el mes
de enero de mil cuatrocientos sesenta y cinco, que contiene un número
regular, se reducen las demás a una docena para llegar al julio del
mismo año, o acaso al marzo del siguiente, pues hay que advertir,
que se encuentra este mes con posterioridad al julio de mil
cuatrocientos sesenta y cinco, aunque estas equivocaciones,
frecuentes en las últimas páginas, son fáciles de adivinar en los
demás casos y quizá se deban en gran parte al copista.
Inducen
estas observaciones a pensar si podían haber influido en el ánimo
de las personas que dirigían los negocios públicos, en la marcha de
estos y por consiguiente en el orden y sistema de administrarlos y
regirlos, ya que en todo se observa una transformación decadente,
los fatales sucesos que tuvieron lugar durante el año mil
cuatrocientos sesenta y cuatro, a saber, el hambre y miseria que se
experimentaron en varios puntos del Principado, la inevitable entrega
de Lérida al rey don Juan, la concordia entre este y don Juan
de Beaumont, la batalla de Calaf, donde el condestable de
Portugal, el mismo que habían aclamado por rey los catalanes,
quedó vencido y derrotado,
mientras que hubieron de pasar al
cautiverio la mayor parte de caudillos que representaban y defendían
los principios proclamados por la Diputación; o por otra parte, si,
para adoptar otro sistema menos complicado en la formación de los
registros, se prefirió, desde la fecha ya citada anteriormente,
separar toda la correspondencia de las actas y con ella arreglar otra
colección especial de cartas, instrucciones etc. Por lo primero no
sería de extrañar que los papeles concernientes a una causa vencida
quedaran acaso en cierto desorden, y hubiera poco interés en
coordinarlos o salvarlos: así se encuentra el único registro de
cartas a que se alude presentando la fecha del primer documento que
encierra, posterior de un año a la que lleva la última carta
transcrita en el tomo precedente, y así se observa en la última
página de aquel empezada una
carta que no concluyó, de manera
que por ello no puede deducirse si faltan solamente folios al
registro o si se extraviaron el volumen de cartas pertenecientes al
tiempo intermedio que se indica y los que tal vez seguían al único
salvado; y de lo segundo, ninguna duda puede quedar ya al lector,
cuando el tomo que se conserva ofrece una serie no interrumpida de
cartas, que guarda riguroso orden cronológico, con la particularidad
de ser estas solamente las emitidas por la Diputación, y no a la vez
las emitidas y recibidas, como se había practicado en los registros
anteriores, cuando se copiaban al pie de las deliberaciones, lo que
cuando menos revela un nuevo plan o sistema.
Este interesante
volumen de correspondencia es el que ofrecemos, pues, a los lectores,
con la idea de proporcionar todos los datos que puedan contribuir a poner en claro la turbulenta época en que reinó don Juan II,
y de aglomerar materiales, aun cuando fueron inconexos (inconnexos)
entre sí, para formar un conjunto diplomático sobre la misma
época, con ayuda del cual, (conforme ¡remos acreditando en lo
sucesivo,) pueda después el historiador trazar con toda
imparcialidad y fácilmente el cuadro de los sucesos, y presentar a
los que en ellos intervinieron con los grados de mérito o culpa que
desapasionadamente se les deban atribuir. Sin apartarnos, por
consiguiente, del sistema adoptado (odoptado) en todos los
tomos ya publicados, y trasladando el volumen con la exactitud que
corresponde, esto es, sencillo como puede serlo un copiador de
cartas, sin que le preceda advertencia, portada o prefacio alguno,
daremos principio por la primera carta que encierra, cuyo contenido
es como sigue.
Aragón, Arago, Aragó, Aragona, Aragonum, corona Darago, aragonés, aragoneses, fueros, aragonesa, textos antiguos de la corona de Aragón
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lunes, 30 de agosto de 2021
COLECCIÓN DE CARTAS ESCRITAS POR LA DIPUTACIÓN DE CATALUÑA, CORRESPONDIENTES AL AÑO DE 1463.
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lunes, 17 de febrero de 2020
XXXVI , perg 1630, Jaime I, 20 septiembre 1260
XXXVI
Perg.n°1630. Jai.I. 20 set. 1260.
Al muy noble et mucho ondrado don Jaymes por la gracia de Dios rey de Aragon de Mayorgas et de Valencia comde de Barcilona et de Urgel et sennor de Montpesler don Alfonso por essa mesma gracia rey de Castella de Toledo de Leon de Gallizia de Sevilla de Cordova de Murcia et de Jahen salut assi como a rey et a suegro que tenemos en logar de padre et a amigo que mucho amamos et en qui mucho fiamos et pora quien querriemos mucha de salud et mucha de buena ventura. Rey nos vos embiamos otra nuestra carta abierta de creencia con don Alfonso Tellez nuestro ricoome sobre lo que nos embiastes dezir por vuestras cartas en razon de la vuestra pasada pora Ultramar et del casamiento del inffante don Pedro vuestro fijo con la fija del princeb de Pulla que queriedes fazer: et bien dezimos verdat a Dios et a vos et a todos los omnes del mundo que aquellas cosas que nos vos embiamos decir et aconsejar sobresta razon con don Alfonso Tellez el sobredicho aquello entendemos que es mas a servicio de Dios et mas a vuestra pro et a vuestra ondra de vos et de vuestros vassallos e de vuestros amigos et de todos aquellos que debdo an conbusco et vos assi lo devedes querer. Onde vos rogamos quanto vos podemos rogar et aconsejamosvos que fagades assi como vos dira de nuestra parte don Alfonso Tellez el sobredicho sobresta razon et gradirvoslo emos mucho et tenervoslo emos en grand amor. Et si vos desto non nos quisiesedes creer de consejo et la passada pora Ultramar quisiesedes fazer et el casamiento con la fija del princeb quisiesedes levar adelante daqui nos desculpamos ende que de nenguna cosa non podriedes seer tan mal aconsejado nin en que mas fiziessedes vuestro danno: et quanto en lo nuestro terniemos que nengun omne del mundo tan grande tuerto nunquam recibio de otro como nos recibriemos de vos et vea Dios et los que conbusco son et todos los omnes del mundo que nos todo nuestro debdo avemos complido contra vos et sobresto creed a don Alfonso Tellez de todo quanto vos dixiere de nuestra parte. Fecha la carta en Cordova domingo XX dias de setiembre era de mille et dozientos noventa et ocho anyos. - Garcia Dominguez la fizo.
Perg.n°1630. Jai.I. 20 set. 1260.
Al muy noble et mucho ondrado don Jaymes por la gracia de Dios rey de Aragon de Mayorgas et de Valencia comde de Barcilona et de Urgel et sennor de Montpesler don Alfonso por essa mesma gracia rey de Castella de Toledo de Leon de Gallizia de Sevilla de Cordova de Murcia et de Jahen salut assi como a rey et a suegro que tenemos en logar de padre et a amigo que mucho amamos et en qui mucho fiamos et pora quien querriemos mucha de salud et mucha de buena ventura. Rey nos vos embiamos otra nuestra carta abierta de creencia con don Alfonso Tellez nuestro ricoome sobre lo que nos embiastes dezir por vuestras cartas en razon de la vuestra pasada pora Ultramar et del casamiento del inffante don Pedro vuestro fijo con la fija del princeb de Pulla que queriedes fazer: et bien dezimos verdat a Dios et a vos et a todos los omnes del mundo que aquellas cosas que nos vos embiamos decir et aconsejar sobresta razon con don Alfonso Tellez el sobredicho aquello entendemos que es mas a servicio de Dios et mas a vuestra pro et a vuestra ondra de vos et de vuestros vassallos e de vuestros amigos et de todos aquellos que debdo an conbusco et vos assi lo devedes querer. Onde vos rogamos quanto vos podemos rogar et aconsejamosvos que fagades assi como vos dira de nuestra parte don Alfonso Tellez el sobredicho sobresta razon et gradirvoslo emos mucho et tenervoslo emos en grand amor. Et si vos desto non nos quisiesedes creer de consejo et la passada pora Ultramar quisiesedes fazer et el casamiento con la fija del princeb quisiesedes levar adelante daqui nos desculpamos ende que de nenguna cosa non podriedes seer tan mal aconsejado nin en que mas fiziessedes vuestro danno: et quanto en lo nuestro terniemos que nengun omne del mundo tan grande tuerto nunquam recibio de otro como nos recibriemos de vos et vea Dios et los que conbusco son et todos los omnes del mundo que nos todo nuestro debdo avemos complido contra vos et sobresto creed a don Alfonso Tellez de todo quanto vos dixiere de nuestra parte. Fecha la carta en Cordova domingo XX dias de setiembre era de mille et dozientos noventa et ocho anyos. - Garcia Dominguez la fizo.
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domingo, 16 de febrero de 2020
XXXIV, reg 11, fol 171, 12 abril 1260
XXXIV.
xxxv-perg-1619-jaime-i-28-julio-1260
Reg.
N° 11. fol. 171. 12 abr. 1260. (Alfonso X el sabio, yerno, y
Jaime I el conquistador, suegro).
Al muy noble don Jayme por la gracia de Dios rey Daragon de Mayorgues et de Valencia conde de Barcilona e de Urgel e senor de Monpesler don Alfonso por essa misma gracia rey de Castella de Toledo de Leon de Gallicia de Sibilia de Cordoba de Murcia et de Jahen salut assi como a suegro et a amigo que mucho amamos et que mucho fiamos e que tenemos en logar de padre et por quien querriemos que diesse Dios tanta de salut e de buena ventura como pora nos mesmo. Rey viemos dos cartas vuestras que nos enbiastes la una abierta e la otra cerrada en razon de lo que vos embiamos rogar con don Goceran de Pinos sobrel fecho de la cruzada de que vos enbiamos los traslados encerrados dentro en esta nuestra carta: e bien tenemos que non las viestes vos nin las mandariedes façer atales que en aquello que dize en la carta abierta que sacades al rey de Tunez et a todos aquellos sobre quien el ha sennorio cosas hi a en que nos non pesarie quel sacassedes e chosas en que tenemos que non lo deviedes querer. E otrosi en lo que dize en la otra carta cerrada que nos sacavades richos omens e los cavalleros que non tenyen de vos terra ni honor Rey ben podedes vos veer que por aquesta guiza todos nos los sacavades et mas nos pesa a nos porque los omes lo entendrien assi que por mengua de lajuda que nos ellos podrien fazer por mar. Et dizimos vos que lo que nos vos rogavemos non lo faziamos porque nos oviessemos agora mucho mester otra ajuda gracias a Dios mas porque querriemos que en tal fecho como aqueste que oviessedes vos parte. Onde vos rogamos rey que veades estos traslados e que daqui adelante las cartas que a nos enbiaredes que las veyades vos primeramente o que las fagades leer ante vos. Dada en Soria. El rey la mando lunes XII dies andados de abril. - Alfonso Martinez la fizo en era de mil e dozientos novaenta et ocho annos. - Carissimo et semper tanquam filio plurimum diligendo amico Alfonso Dei gratia illustri regi Castelle Toleti Legionis Gallecie Seville Cordube Murcie et Jahennis Jacobus per eandem rex Aragonum etc. salutem et sincere dileccionis affectum. Viemos vuestra carta en la qual nos enviades a dezir que nos sacavamos del fecho de la cruzada al rey de Tunez et aquellos qui eren de sa senyoria e que cosas hi avia en que non vos pesaria quel sacassemos e cosas en que non lo deviemos querer: e enviastes nos a dezir que en la otra carta cerrada que vos enbiamos vos sachavamos los richos homnes qui no tenien nuestre ben e que ben podiemos nos veer que todos los en sacavemos. On vos respondemos asi a lo de Miralmomonino senor de Tunez que ben sabedes vos que tanto a con nos e tanto faz per nos que non nos seria gent que homnes nuestros naturales que exiessen de nuestra terra e li feziessen mal: e quando nos hi metiemos la sua seynoria entiendese assi que qui fazia mal a la sua seynoria a el faria mal e per la amor que el nos faze per las treuas que avemos con el e la terza porque tanta de gent de nuestra terra a en la sua e tanto de aver que serian a aventura de perder vos nos en devedes catar quando nos nos end quesiessemos catar que la maior valor que entre los reyes es si es fe e sabemos que vos cataredes la nuestra fe assi quemo nos fariemos la vuestra. Al otro capitol de los vassalos nuestros vos respondemos assi que por las conveniencias que son entre vos et nos queremos catar que en neguna manera vos non podades aver razon de fer bien a aquellos a qui nos non queremos bien. A lo de los caveros de nuestro regno qui son vassallos de los richos homnes e de los qui son de nuestra mesnada vos diziemos que nos place muyto que vos ayuden en esta cruzada que vos queredes fer predicar contra moros. E en esto e en otras chosas avemos voluntat de fer por vos quemo por al mellor amigo que nos avemos e en que nos mas fiamos. E femos vos saber que la merce de Deus somos sanos et alegres la qual coza cobdiciamos odir de vos et mas veer. Datum Ilerde III kalendas madii anno Domini M°CC° sexagessimo.
Al muy noble don Jayme por la gracia de Dios rey Daragon de Mayorgues et de Valencia conde de Barcilona e de Urgel e senor de Monpesler don Alfonso por essa misma gracia rey de Castella de Toledo de Leon de Gallicia de Sibilia de Cordoba de Murcia et de Jahen salut assi como a suegro et a amigo que mucho amamos et que mucho fiamos e que tenemos en logar de padre et por quien querriemos que diesse Dios tanta de salut e de buena ventura como pora nos mesmo. Rey viemos dos cartas vuestras que nos enbiastes la una abierta e la otra cerrada en razon de lo que vos embiamos rogar con don Goceran de Pinos sobrel fecho de la cruzada de que vos enbiamos los traslados encerrados dentro en esta nuestra carta: e bien tenemos que non las viestes vos nin las mandariedes façer atales que en aquello que dize en la carta abierta que sacades al rey de Tunez et a todos aquellos sobre quien el ha sennorio cosas hi a en que nos non pesarie quel sacassedes e chosas en que tenemos que non lo deviedes querer. E otrosi en lo que dize en la otra carta cerrada que nos sacavades richos omens e los cavalleros que non tenyen de vos terra ni honor Rey ben podedes vos veer que por aquesta guiza todos nos los sacavades et mas nos pesa a nos porque los omes lo entendrien assi que por mengua de lajuda que nos ellos podrien fazer por mar. Et dizimos vos que lo que nos vos rogavemos non lo faziamos porque nos oviessemos agora mucho mester otra ajuda gracias a Dios mas porque querriemos que en tal fecho como aqueste que oviessedes vos parte. Onde vos rogamos rey que veades estos traslados e que daqui adelante las cartas que a nos enbiaredes que las veyades vos primeramente o que las fagades leer ante vos. Dada en Soria. El rey la mando lunes XII dies andados de abril. - Alfonso Martinez la fizo en era de mil e dozientos novaenta et ocho annos. - Carissimo et semper tanquam filio plurimum diligendo amico Alfonso Dei gratia illustri regi Castelle Toleti Legionis Gallecie Seville Cordube Murcie et Jahennis Jacobus per eandem rex Aragonum etc. salutem et sincere dileccionis affectum. Viemos vuestra carta en la qual nos enviades a dezir que nos sacavamos del fecho de la cruzada al rey de Tunez et aquellos qui eren de sa senyoria e que cosas hi avia en que non vos pesaria quel sacassemos e cosas en que non lo deviemos querer: e enviastes nos a dezir que en la otra carta cerrada que vos enbiamos vos sachavamos los richos homnes qui no tenien nuestre ben e que ben podiemos nos veer que todos los en sacavemos. On vos respondemos asi a lo de Miralmomonino senor de Tunez que ben sabedes vos que tanto a con nos e tanto faz per nos que non nos seria gent que homnes nuestros naturales que exiessen de nuestra terra e li feziessen mal: e quando nos hi metiemos la sua seynoria entiendese assi que qui fazia mal a la sua seynoria a el faria mal e per la amor que el nos faze per las treuas que avemos con el e la terza porque tanta de gent de nuestra terra a en la sua e tanto de aver que serian a aventura de perder vos nos en devedes catar quando nos nos end quesiessemos catar que la maior valor que entre los reyes es si es fe e sabemos que vos cataredes la nuestra fe assi quemo nos fariemos la vuestra. Al otro capitol de los vassalos nuestros vos respondemos assi que por las conveniencias que son entre vos et nos queremos catar que en neguna manera vos non podades aver razon de fer bien a aquellos a qui nos non queremos bien. A lo de los caveros de nuestro regno qui son vassallos de los richos homnes e de los qui son de nuestra mesnada vos diziemos que nos place muyto que vos ayuden en esta cruzada que vos queredes fer predicar contra moros. E en esto e en otras chosas avemos voluntat de fer por vos quemo por al mellor amigo que nos avemos e en que nos mas fiamos. E femos vos saber que la merce de Deus somos sanos et alegres la qual coza cobdiciamos odir de vos et mas veer. Datum Ilerde III kalendas madii anno Domini M°CC° sexagessimo.
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domingo, 9 de junio de 2019
Tomo I, texto XXVII, Rey Martín Sicilia, carta, Rey Martín Aragón
XXVII.
Reg. 2252, fol. 101. 3 de agosto de 1409.
Lo rey Darago. - Rey molt car primogenit. Sabents certament quen haurets molt gran plaer significamvos que som en bona disposicio de nostra persona merce de nostre Senyor Deus pregantsvos affectuosament rey molt car primogenit que com pus sovent porets nos vullats certificar de vostra salut e bon estament e de la ocurrencia del affers de la execucio que fets contra los sards a nos e a vos rebelles quar singular consolacio e plaer ne haurem. Rey molt car primogenit pochs dies ha passats que apres que sabem la victoria que nostre Senyor Deus vos ha donada dels sards vos escrisquem largament de diverses fets: a present als nons occorre de nou queus escrivam rey molt car primogenit sino quels cardenals e anticardenals que son estat aplegats en lo ques diu concili de Pisa han elet en lur papa lo cardenal de Mila lo qual es nadiu de Candia e es appellat Alexandre quint.
Reg. 2252, fol. 101. 3 de agosto de 1409.
Lo rey Darago. - Rey molt car primogenit. Sabents certament quen haurets molt gran plaer significamvos que som en bona disposicio de nostra persona merce de nostre Senyor Deus pregantsvos affectuosament rey molt car primogenit que com pus sovent porets nos vullats certificar de vostra salut e bon estament e de la ocurrencia del affers de la execucio que fets contra los sards a nos e a vos rebelles quar singular consolacio e plaer ne haurem. Rey molt car primogenit pochs dies ha passats que apres que sabem la victoria que nostre Senyor Deus vos ha donada dels sards vos escrisquem largament de diverses fets: a present als nons occorre de nou queus escrivam rey molt car primogenit sino quels cardenals e anticardenals que son estat aplegats en lo ques diu concili de Pisa han elet en lur papa lo cardenal de Mila lo qual es nadiu de Candia e es appellat Alexandre quint.
Los nostres embaxadors rey molt car
primogenit que haviem tramesos a Pisa son huy venguts e
hannos dit que apres quels cardenals los hagren hoits
qualque VIII jorns abans que entrassen en conclau per elegir
lus resposeren que ells havien ja tant procehit en lo
fet de la eleccio faedora que ja no era temps de tornar
atras res que haguessen fet e per conseguent ells elegiren
en lur papa lo dit cardenal: e apres la eleccio los dits nostres
ambaxadors protestaren en nom e per part nostra que no hi consentien
en res ans hi dissentien expressament e sonsen venguts segons
que dessus es dit. En la dita eleccio segons que sabem per relacio
dels dits nostres ambaxadors e per letres havem sabut quey han
dissentit expressament lemperador nostre cosigerma lo
rey de Castella lo comte Darmenyach lo comte de Foix
lo comte de Savoya lo rey de Xipre lo rey Descoçia
lo rey Lançelau lo rey Dongria los venecians lo
duc de Mila e molts princeps de Italia e totes les comunes
daquelles sino Florença e Jenova. Los missatgers del
rey de Portugal qui anaven a Pisa passaren laltre dia per nos
ens dixeren que si novella eleccio si fahia de papa
ells no hi entenien a consentir: no sabem encara de cert si ho han
fet o no. Perqueus pregam affectuosament rey molt car primogenit que
si letres vos eren trameses dalcunes parts e per qualsevol persones
sobrel fet de la dita eleccio ne de alcunes coses tocants aquella no
façats ne permetats esser feta alcuna novitat
per raho daquella tro que nos e vos hajam madurament delliberat ques
hi deura fer: e per cosa del mon rey molt car primogenit no hi
vullats res mudar com sia cosa en que va molt a nos e a vos. Rey molt
car primogenit per tal quen hajats plaer trametemvos ab la present
translat del decret de la dita eleccio e de una letra a nos tramesa
ensemps ab aquell per lo cardenal Despanya e no resmenys
translat de la requesta e procehiment fet sobre aço per lo missatger
del dit emperador nostre molt car cosigerma e ultra aço translat
dels capitols donats laltra dia per los ambaxadors del intrus
de Roma al comu de Florença. E sia lo Sanct Sprit molt
car primogenit vostra continua proteccio. Dada en Barchinona sots
nostre segell secret a III dies dagost del any MCCCCIX. - REX
MARTINUS. - Rey molt car primogenit pregamvos affectuosament que a la
dita reina de Sicilia vostra muller scrivats que no sofira ne
permeta que en lo regne de Sicilia se faça alcuna novitat per
raho de la eleccio dessus dita e quen escrivats semblantment a
aquelles universitats e persones queus plaura per ben avenir del dit
regne. - Dominus rex mandavit michi - Bernardo Medici. - Al rey de
Sicilia nostre molt car primogenit.
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