Mostrando las entradas para la consulta Gállego ordenadas por relevancia. Ordenar por fecha Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas para la consulta Gállego ordenadas por relevancia. Ordenar por fecha Mostrar todas las entradas

domingo, 21 de julio de 2019

EL NACIMIENTO DE LOS ESPARZA

141. EL NACIMIENTO DE LOS ESPARZA (SIGLO XI. PAMPLONA)

EL NACIMIENTO DE LOS ESPARZA (SIGLO XI. PAMPLONA)


En el año 1076, tuvo lugar en el limítrofe reino pamplonés una grave y profunda crisis política, en cuyo origen estaban involucrados los hermanos de su rey Sancho IV, los llamados infantes Ramiro y Ramón. La actitud belicosa de ambos fue tal que acabaron despeñando a su hermano en Peñalén, con la pretensión de sucederle en el trono. Ante aquel criminal proceder, los pamploneses sopesaron las distintas alternativas posibles para tratar de salir de la crisis, aunque ninguna de las barajadas pasaba por nombrar como sucesor a alguno de los hermanos asesinos.

Por fin, tras largas deliberaciones, decidieron proponer como rey de Pamplona al monarca aragonés Sancho Ramírez, descendiente directo de la familia real pamplonesa. Aceptó éste y cuando le alzaron como rey, a la manera que acostumbraban los navarros, tenía veinticinco años y hacía seis que gobernaba en Aragón. Ambos reinos permanecerían unidos y caminarían juntos hasta la muerte de Alfonso I el Batallador.

Juró el rey Sancho Ramírez, como era preceptivo, que guardaría y haría guardar los fueros, las observancias y las costumbres vigentes en Pamplona, e inmediatamente adoptó medidas encaminadas a tratar de cortar de raíz cualquier posible brote de resistencia, de modo que expulsó de sus tierras tanto al infante fratricida don Ramón como a todos aquellos que se habían declarado de su parcialidad.

Fueron momentos tensos y difíciles, pero, según la tradición, de este momento histórico concreto arrancan aquellos que se llamaron y tuvieron por sobrenombre el de Esparza, origen posterior del apellido Esparza, porque fueron echados y «esparcidos» del reino pamplonés para que en él se recuperara la paz perdida, como así sucedió en efecto.

[Ubieto, Agustín, Pedro de Valencia: Crónica, págs. 101-102.]

El Reino de Pamplona en su auge bajo Sancho el Mayor (de 1029 a 1035)
El Reino de Pamplona en su auge bajo Sancho el Mayor (de 1029 a 1035)









  • Besga Marroquín, Armando (Julio de 2003). «Sancho III el Mayor, un rey pamplonés e hispano»Historia 16 (327).

      • Collins, Roger (1989). Los vascos. Madrid: Alianza Editorial.
        ISBN 84-206-2592-2.
      • Jimeno Jurío, José María (2004). ¿Dónde fue la Batalla de "Roncesvalles"?. Pamplona: Pamiela. ISBN 84-7681-392-9.
      • Fortún Pérez de Ciriza, Luis Javier (1993). «El Reino de Pamplona y la Cristiandad Occidental». Historia Ilustrada de Navarra. Pamplona: Diario de Navarra. ISBN 84-604-7413-5.
      • Lacarra y de Miguel, José María (1972). Historia política del reino de Navarra: Desde sus orígenes hasta su incorporación a Castilla. Pamplona: Caja de Ahorros de Navarra. OCLC 626529586.
      • Martín Duque, Ángel J. (1993). «Génesis del reino de Pamplona». Historia Ilustrada de Navarra. Pamplona: Diario de Navarra. ISBN 84-604-7413-5.
      • Martínez Díez, Gonzalo (2005). El Condado de Castilla (711-1038): la historia frente a la leyenda. 2 tomos. Valladolid. ISBN 84-9718-275-8 (obra completa), isbn 84-9718-276-6 (vol. 1), ISBN 84-9718-277-4 (vol. 2) |isbn= incorrecto (ayuda).
      • — (2007). Sancho III el Mayor Rey de Pamplona, Rex Ibericus. Madrid: Marcial Pons Historia. ISBN 978-84-96467-47-7.
      • Miranda García, Fermín (1993). «Del apogeo a la crisis». Historia Ilustrada de Navarra. Pamplona: Diario de Navarra. ISBN 84-604-7413-5.
      • Serrano Izko, Bixente (2006). Navarra. Las tramas de la historia. Pamplona: Euskara Kultur Elkargoa. ISBN 84-932845-9-9.


      El reino de Pamplona fue una entidad política creada en el Pirineo occidental en torno a la ciudad de Pamplona en los primeros siglos de la Reconquista. Su nombre se menciona en los Annales regni Francorum.​ La expresión se siguió utilizando hasta que Sancho VI de Navarra cambió su título de Pampilonensium rex (en español o castellano: rey de los pamploneses) por el de Navarrae rex (en español, rey de Navarra).
      Historiográficamente también se emplean las expresiones condado de Pamplona (durante la época de los reyes navarro-aragoneses) y reino de Nájera o reino de Pamplona-Nájera (a partir de 925, tras la conquista de Nájera, la consolidación del reino de Nájera y el reinado de García Sánchez I de Pamplona).

      La civitas romana de Pompaelo había sido la principal ciudad del impreciso territorio atribuible al pueblo de los vascones, hasta la fundación de Victoriacum por los visigodos (581). Durante el último tercio del siglo VIII, Carlomagno, el rey de los francos, llevó a cabo expediciones en el territorio surpirenáico para crear una marca fronteriza meridional (la posteriormente denominada Marca Hispánica) en el territorio entre los Pirineos y el Ebro que contrarrestara al emirato de Córdoba. Tras el fracaso inicial de tales intentos de expansión, se logró a principios del siglo IX la creación en la parte occidental de los Pirineos de un condado que subsistiría unos diez años. A partir de entonces, de nuevo bajo el control de las autoridades cordobesas (ya con la denominación de emirato de Córdoba), se organizó hacia 824 el reino de Pamplona bajo la dirección de Íñigo Arista, su primer rey, y con el apoyo de sus aliados muladíes de los Banu Qasi, señores de Tudela, y del obispado de Pamplona.

      En el siglo X el reino de Pamplona rompió con Córdoba e inició su expansión tanto militar como diplomática con alianzas selladas con matrimonios de los monarcas y nobles. De esta forma tenía lazos familiares muy próximos con el vecino reino de León. La dinastía Arista-Íñiga, fundadora del Estado, terminó con Fortún Garcés (870-905) quien, según la tradición, abdicó y se retiró al monasterio de Leyre. Fue sustituida por la dinastía Jimena, que comenzó con Sancho Garcés I de Pamplona (905-925) y cuyo reino se denomina tanto reino de Pamplona como reino de Navarra

      Sancho Garcés I y su hijo, García Sánchez I, desarrollaron una labor de repoblación y favorecimiento de las nuevas tierras y de los monasterios allí existentes.
      Sancho Garcés II y García Sánchez II el Temblón se vieron obligados a capitular ante Almanzor y a pagar tributos al califato de Córdoba.

      Con Sancho III el Mayor (1004-1035) el reino de Pamplona alcanza su mayor extensión territorial abarcando casi todo el tercio norte peninsular. Antes de morir (1035) dividió sus territorios entre sus hijos:
      su primogénito, García Sánchez III, reinó en Pamplona y heredó algunas tierras en Aragón y Castilla;
      Fernando I de Castilla obtuvo gran parte del condado de Castilla;
      Ramiro I de Aragón recibió tierras en Aragón y Navarra; y Gonzalo en Sobrarbe y otros puntos distantes de Aragón.
      De este reparto surge la nueva estructura política del siglo XII con los reinos de Navarra, Aragón y Castilla.

      El reino de Pamplona estuvo incorporado entre 1076 y 1134 a los territorios aragoneses. Se segregó en el reinado de García Ramírez y en el de Sancho VI de Navarra (1150-1194) pasó a llamarse reino de Navarra.

      Como recuerda el hispanista Roger Collins, los testimonios que se conservan de la época son muy escasos, de manera que no existe un consenso entre los especialistas para discernir el número preciso de monarcas y la duración de sus mandatos, como tampoco sobre la extensión de su territorio e influencia.

      Si bien durante mucho tiempo se ha afirmado que el germen del Reino de Pamplona es el Ducado de Vasconia, hoy esta afirmación parece descartable, en primer lugar, porque la misma existencia histórica del supuesto ducado es puesta en tela de juicio.​
      Este ducado, transcrito también en latín como Wasconiae, fue -suponiendo que fue real- una entidad de la Alta Edad Media constituida hacia el 601-602 por los reyes francos merovingios sobre la base territorial de la circunscripción o ducatus de la provincia bajoimperial romana de Novempopulania, en la antaño provincia augustiniana de Gallia Aquitania, y que se extendía desde el sur del curso bajo del río Garona hasta la vertiente continental de los Pirineos.

      Pero parece inverosímil que una población tan abrumadoramente rural y dispersa como la vasca de la época fuera capaz de articular formas políticas tan complejas. En este sentido, es significativo que el reino de Pamplona surgiera a partir de una ciudad cuyo propio nombre en vascuence -Iruña, "la ciudad"- da fe de que se trataba de la única ciudad de toda la región. Así pues, parece más acertado afirmar que el futuro reino de Navarra fue el resultado de un indudable origen indígena vasco, pero también de una base urbana y heredera de la Hispania romana (conviene recordar que Pamplona fue fundada por Pompeyo el Grande, de quien toma el nombre). A partir de la alianza entre estas dos realidades históricas y culturales o de la lenta asimilación de ambas, la tradición rural de los vascones y la tradición urbana e hispanorromana -y más tarde hispanogoda- de la ciudad de Pamplona, se fue decantando con el tiempo la personalidad del reino pamplonés. La evidencia indica que esa alianza entre dos mundos enfrentados -el agro vascón y la ciudad hispanogoda- fue posible por la necesidad de sumar fuerzas frente a un poderoso enemigo común: Al-Ándalus.



      Carlomagno, con el proyecto de defender y dilatar el orbe cristiano, realizó una expedición con la intención de ocupar Zaragoza y debilitar al emir cordobés. Esta expedición fue un fracaso y en su retorno destruyó los muros y la ciudad de Pamplona​ para que no se pudiera rebelar. Al pasar por el Pirineo, su retaguardia fue sorprendida y aniquilada por los vascones en la llamada batalla de Roncesvalles el 15 de agosto del 778. El emir cordobés con sus fuerzas armadas recuperó su poder en Zaragoza en el 781, luego en la comarca de Calahorra, dirigiéndose a tierras vasconas y en Pamplona fue acatado por Jimeno el Fuerte. En el 806 la aristocracia pamplonesa se fue organizando en oposición al califato e incorporándose al Imperio carolingio de Ludovico Pío, sin conocer los términos de esta mutación política. La marca hispánica carolingia de la "Navarra nuclear" era un condado de unos 4000–5000 km² y sólo debió de tener un único conde, Velasco al-Yalasqí, ya que en el 816 se produjo el derrumbamiento de estas marcas en el Pirineo occidental, siendo por tanto efímera y sin cambios profundos. Mientras, Álava entró en la órbita de la monarquía asturiana cuando el príncipe Fruela I venció a los rebeldes vascones, capturó a la que sería su futura esposa, Munia y convirtió este territorio en el baluarte oriental de la monarquía asturiana y manteniendo la descripción de vascones para sus habitantes.

      Tras la enérgica reacción sarracena, se volvió a instaurar el sistema de obediencia indirecta a Córdoba, considerándose que se establece el Reino de Pamplona con su primer rey Íñigo Arista, que contaba con el apoyo de los Banu Qasi de la ribera. Debía tributar al emir de Córdoba, pero mantenía su propio gobierno y la religión cristiana.
      En los testimonios árabes lo presentan como «señor, conde o príncipe de los vascones (bashkunish)» y, por tanto, es dudoso que fuera considerado en la época como rey (al igual que sus dos descendientes primeros), dado que el territorio era pequeño, como el de un condado, y con una única sede episcopal.​ Esta sumisión era mantenida mediante expediciones armadas punitivas, sin intención, al parecer, de querer mantener una ocupación permanente.​ El territorio era de unos 5000 km² entre las cumbres del Pirineo occidental y los límites que daban las sierras exteriores. En el 824, tras la "Segunda batalla de Roncesvalles", Navarra y los territorios al sur del Pirineo se separan definitivamente del Ducado e inician su propio recorrido. Tras sofocar las revueltas de las fuerzas nobiliarias en Gascuña, el poder carolingio envía sus tropas a Pamplona capitaneadas por dos de sus condes, con el objeto de restaurar su soberanía sobre el territorio. En el retorno de su misión fueron sorprendidos y capturados en los Pirineos tras perder a su guardia armada de vascones o gascones a manos de los "pérfidos montañeses" (vascones cispirenaicos). El conde Eblo fue enviado a Córdoba como trofeo, y el conde Aznar fue puesto en libertad por ser gascón y ser considerado consanguíneo. En 853, el duque de Vasconia jurará por última vez lealtad a un soberano carolingio, iniciando posteriormente una dinámica regional fuera de los poderes centrales carolingios. Los títulos de duque de Vasconia y Aquitania se reunieron definitivamente en la figura de Guillermo VIII de Aquitania a partir de 1063.

      El hijo de Íñigo Arista, García Iñiguez (851-882) y su nieto, Fortún Garcés (882-905), mantuvieron el mismo territorio sin realizar conquistas.

      Tras arrebatar el poder a Fortún Garcés, Sancho Garcés I (905-925), hijo de Dadilde, una hermana del conde de Pallars Ramón I, y de García Jiménez, se alzó como rey,​ rompió los compromisos con Córdoba y extendió sus dominios por las tierras de Deyo, el curso del río Ega hasta el Ebro y más allá las comarcas de Nájera y Calahorra, éstas con la ayuda del rey leonés Ordoño II que produjeron la decadencia de la dinastía Banu Qasi

      rey leonés Ordoño II
      rey leonés Ordoño II


      La respuesta del emir cordobés Abderramán III fue inmediata y realizó dos expediciones con la victoria en la batalla de Valdejunquera (Valjunquera en Teruel no). Aunque no pudo llegar a la cuenca de Pamplona, sí logró ocupar casi todo el territorio de la Rioja (923). En la siguiente campaña del emir en 924 llegó y arrasó Pamplona. El territorio de Calahorra se adjudicó íntegramente a Sancho Garcés, y por ese motivo casó a su hija Sancha con Ordoño II. Bajo su tutela también quedaron los condados de los valles de los ríos Aragón y Gállego hasta llegar al Sobrarbe.​
      El límite occidental era con el reino ovetense de Álava y Castilla. Todo ello conformaba un territorio de unos 15 000 km².


      Julio Asunción, mapa, batalla, Valdejunquera



      A su muerte le sucedió García Sánchez I (925-970), menor de edad y tutelado por Jimeno Garcés, hermano del monarca y esposo de una hermana de Toda, la reina viuda. Se establecieron lazos matrimoniales con el reino de León, ya que la reina Toda casó a su hija Oneca con el rey Alfonso IV (924-931) y luego a Urraca con Ramiro II

      Por otra parte, el enlace matrimonial de García Sánchez I con Andregoto enlazaba el condado de Aragón. Sin embargo, este matrimonio fue disuelto por parentesco (primos hermanos), aunque Andregoto siguió ostentando el título de reina. Tras la ruptura, García Sánchez I se casó con Teresa Ramírez, posiblemente hija de Ramiro II de León. También se emparentaron con familias de nobles de los territorios dependientes del de León (Castilla, Álava y Vizcaya), como el conde castellano Fernán González casado primero con una hija de Sancho Garcés I y luego en nuevas nupcias con Urraca Garcés, hija de García Sánchez I; y Urraca Fernández, viuda de los reyes Ordoño III y Ordoño IV, que se casará con el primogénito y futuro heredero del reino.


      https://es.wikipedia.org/wiki/Urraca_Fern%C3%A1ndez

      Urraca Fernández, viuda de los reyes Ordoño III y Ordoño IV


      Su heredero Sancho Garcés II (970-994) estuvo asistido por su hermanastro Ramiro. Siguió la política matrimonial con la dinastía gascona con el matrimonio de Urraca Garcés, ya viuda, con el conde Guillermo Sánchez, y para frenar las incursiones de Almanzor a una de sus hijas en 982.​ 

      Campañas militares de Almanzor. En verde oscuro, territorios hostigados por el militar árabe. El mapa muestra las principales aceifas de Almanzor y las fechas en que se llevaron a cabo.

      Campañas militares de Almanzor


      Al finalizar el siglo X, Almanzor lanzaba incursiones en los reinos cristianos y al menos en nueve ocasiones entraron en territorio pamplonés. En el 966 se reanudaron los enfrentamientos, con la pérdida de Calahorra y el valle del río Cidacos.
      Sancho Garcés II en coalición con las milicias del Condado de Castilla sufrió una derrota en Torrevicente (981), y tras ello intentó negociar con el fin de firmar la paz, primero entregando a una de sus hijas y posteriormente a su hijo. Tras el fallecimiento de Sancho Garcés II, en 994, Pamplona tuvo que rendirse tras realizar el califato una expedición. Otras incursiones se producirían con su sucesor García Sánchez II (994-1000), como la efectuada en el 999 en que Pamplona fue completamente arrasada,​ y en una de ellas se produciría su muerte, posiblemente en el año 1000.

      La sucesión fue para el primogénito de unos ocho años de edad Sancho Garcés III (1004-1035), y ésta posiblemente estuvo tutelada por el Califato.​ Los primeros años parece que el reino fue dirigido por su tíos Sancho, y García Ramírez de forma sucesiva,​ y ya en el 1004 asumiría el trono con el asesoramiento de su madre Jimena Fernández. Las relaciones con Castilla se fueron fortaleciendo mediante lazos familiares. La muerte de Almanzor en 1002 y de su sucesor Abd al-Malik en 1008 iniciaron la decadencia del Califato de Córdoba con su división en taifas que Castilla aprovechó para aumentar su territorio, mientras que Sancho aseguró las posiciones en al frontera de la taifa de Zaragoza, en las comarcas de Loarre, Funes, Sos, Uncastillo, Arlas, Caparroso y Boltaña.​

      https://es.wikipedia.org/wiki/Muniadona_de_Castilla

      Antes de 1011 se casó con Muniadona, hija del conde de Castilla Sancho García.​ En 1016 realiza con su tío y suegro Sancho García un acuerdo en cuanto a límites entre el Condado de Castilla y el Reino de Pamplona y los ámbitos de expansión, quedando para Pamplona la expansión hacia el sur y el este, la zona oriental de Soria y el valle del Ebro, incluidas las comarcas zaragozanas.​ No hay documentación directa en cuanto a estos límites exactos.​ El territorio heredado del reino de Pamplona (regnum Pampilonensis) estaba formado por 15 000 km² de Pamplona, Nájera y Aragón con dos círculos de vasallos reales los señores pamploneses y los aragoneses tradicionalmente diferenciados.​

      En 1017 apoyó a su tía la condesa Mayor de Ribagorza en litigios con su antiguo marido el conde de Pallars, que le aseguró los dominios y se expandió hacia la Ribagorza. En 1025, la condesa renunció al título, traspasándoselo al rey pamplonés, e ingresó en un monasterio.​ Tras la muerte del conde Sancho García, Alfonso V de León intentó restablecer su autoridad en la franja de los ríos Cea y Pisuerga.

      Sancho III realizó un arbitraje casando a su hermana Urraca con Alfonso V (1023). En 1029 fue asesinado el García, conde de Castilla y sobrino de Muniadona, por lo que Muniadona se hizo depositaria del condado castellano que sería gobernado por su esposo Sancho III. La herencia del reino de León fue para un menor de edad, Bermudo III (1028), que implicó a Sancho III en la gobernabilidad de este reino, interponiéndose entre las discordias existentes entre el condado de Castilla y el Reino de León, mediante acuerdos matrimoniales. Así una hija de Sancho III, Jimena, se casó con el rey leonés, mientras que la hermana de éste, Sancha se casó con Fernando, segundo hijo de Sancho III y el que tenía encomendado el condado castellano.​ Para ayudar en esta gobernabilidad estuvo durante el año 1034 en tierras leonesas.


      https://es.wikipedia.org/wiki/Labort

      En la reorganización del reino, se supone que creó el vizcondado de Labort,​ entre 1021 y 1023, con residencia del vizconde en Bayona y el de Baztán hacia 1025, si bien no hay constancia documental de ello, ya que no hay ninguna mención ni alusión al vizcondado de Labort o a las tierras de la Baja Navarra en la documentación expedida por Sancho el Mayor.​

      José María Lacarra escribía esto sobre esta teoría:

      Pero debo confesar que para esta teoría tan bien forjada, no encuentro ninguna base documental. Si bien los nombres de los primeros vizcondes de Labourd pueden ser tenidos por navarros, no está comprobado su entronque con ninguna familia conocida de "seniores" navarros; ni en los documentos de Pamplona se cita nunca el vizcondado de Labourd o de Bayona, ni en los documentos de estas tierras se hace ninguna alusión a las "tenencias" o gobiernos que pudieran tener sus vizcondes en el reino de Pamplona. En resumen, ni hay pruebas de que Sancho el Mayor apoyara militarmente al duque de Gascuña contra el conde de Tolosa, ni que luego le despojara del vizcondado de Labort para entregárselo a su mayordomo, ni de que en vida de Sancho Guillermo realizara el menor acto de hostilidad contra él ni se atribuyera autoridad alguna sobre el ducado de Gascuña. Las relaciones entre ambos debieron ser de amistad, más estrecha que con el conde de Barcelona, dados los antecedentes y los lazos de parentesco que les unían.

      Algunos autores defienden que, a la muerte del duque Sancho Guillermo, duque de Vasconia, el 4 de octubre de 1032, extendió su autoridad sobre la antigua Vasconia ultrapirenaica comprendida entre el Pirineo y el Garona, como comenzó a ser mencionado en sus documentos.​ Otros autores, como José María Lacarra, Gonzalo Martínez Díez o Armando Besga opinan lo contrario.​

      Por el Norte, la frontera del reino pamplonés está clara, los Pirineos (caso de haberse extendido la autoridad de los reyes navarros hasta el Baztán, lo que es lo más probable, pero que no se puede acreditar hasta el 1066), y no se modificó. No es cierto, pese a todas las veces que se ha dicho, que Sancho III lograra el dominio de Gascuña (la única Vasconia de entonces, es decir, el territorio entre los Pirineos y el Garona, en el que la población que podemos considerar vasca por su lengua sólo era una minoría).
      El rey navarro únicamente pretendió suceder en 1032 al duque de Gascuña Sancho Guillermo, muerto sin descendencia, lo que bastó para que en algunos documentos se le cite reinando en Gascuña. Pero la verdad es que la herencia recayó en Eudes.


      https://es.wikipedia.org/wiki/Od%C3%B3n_II_de_Vasconia

      Francia al inicio del siglo XI, cuando nació Eudes


      Se puede decir que Sancho III realizó el primer Imperio Hispánico y fue denominado Rex Ibericus y Rex Navarrae Hispaniarum.

      A su muerte en 1035 el reino de Pamplona había alcanzado su máxima extensión. Realizó un testamento que ha tenido una gran polémica historiográfica, considerando que repartió todo el territorio en tres reinos. Sin embargo Sancho III el Mayor siguió la tradición sucesoria reservando al primogénito García el reino de Pamplona, con el título real con todo su patrimonio a él anejo hasta entonces, Pamplona, Aragón y tierras de Nájera. El legado de su esposa Muniadona se debió de entregar de forma repartida entre los hijos legítimos. De esta forma García también recibió el territorio noreste del Condado de Castilla (Castella Vetula, la Bureba, Oca...) y el condado de Álava (las tierras vizcaínas, duranguesas y alavesas). Por parte de la herencia materna para Fernando, que ya tenía encomendado el condado de Castilla, recibió el resto de este territorio; Gonzalo el de Sobrarbe y Ribagorza, que debió estar supeditado al hermano primogénito, procedentes de los derechos de familia materna y de conquistas de su padre; y, por último, para el hermanastro Ramiro el condado de Aragón y ciertas poblaciones dispersas por la geografía pamplonesa, supeditado a García. La muerte precoz y poco aclarada de Gonzalo hizo que los territorios correspondientes pasaran a Ramiro. Por tanto, el patrimonio que ostentaba al subir al trono se concentraron en el primogénito García, mientras que el resto, herencia de su esposa Mayor o derecho de conquista, era de más libre disposición.

      La política exterior del reino de Pamplona con García Sánchez III (1035-1054) estuvo marcada por la relación con sus hermanos. El conflicto armado de su hermano Fernando I, al que apoyó, con su cuñado Bermudo III de León produjo la muerte de este último en la batalla de Tamarón consiguiendo Fernando I la corona leonesa. Esta colaboración se mantuvo durante algunos años. Con el hermanastro Ramiro I de Aragón fue mejor y mantuvo la dependencia teórica del pamplonés, excepto un mal conocido enfrentamiento en Tafalla en 1043 y que fue favorable a García. La alianza entre ellos, y con Ramón Berenguer I, fue eficaz para presionar a la taifa de Zaragoza. Tras la toma de Calahorra en 1044, la frontera pasó a un periodo pacífico en las que se iniciaron relaciones comerciales con la dividida taifa.

      Al conseguir Fernando I el reino de León, convirtió teóricamente a García Sánchez III vasallo de su hermano en lo relativo a los territorios del condado de Castilla que habían sido repartidos por parte de la herencia materna. Sin embargo, el pamplonés probablemente interpretó que esos territorios habían pasado a ser una extensión de su reino, colocando a distintos tenentes de su círculo nobiliario, desplazando a los locales que tenían intereses relacionados con Fernando I, además de realizar otras medidas políticas.​ Las relaciones se deterioraron hasta el punto de enfrentarse los dos hermanos en la batalla de Atapuerca en septiembre de 1054, donde murió el rey de Pamplona.​ La derrota en esta batalla hizo perder a Pamplona las tierras de Castella Vetula, la Bureba y parte de la cuenca del Tirón.

      Sancho Garcés IV (1054-1076) fue proclamado rey y reconocido por su tío Fernando I, rey de León, en el mismo campo de batalla de Atapuerca. Tenía catorce años y fue tutelado en el gobierno por su madre Estefanía, que tenía gran habilidad política, y parece que también por sus tíos Fernando y Ramiro. Cuando murió la madre en 1058 empezó a destacar el difícil carácter del soberano que le granjeó la enemistad de la nobleza que para 1061 provocó un conato de rebelión

      La muerte de Ramiro I de Aragón se produjo en 1063, y su hijo Sancho Ramírez inició un progresivo alejamiento del rey de Pamplona, haciéndose vasallo del papa en 1068, rompiendo, de esta forma, la soberanía del reino de Pamplona, para posteriormente proclamarse rey. Mientras tanto Sancho Garcés IV se alió con Al-Muqtadir de Zaragoza.​ Finalmente se produjo un complot que llevó al asesinato de Sancho Garcés IV al ser despeñado en Peñalén, junto a Funes, el 4 de junio de 1076, por parte de su hermano Ramón y su hermana Ermesinda. En el mismo también debieron de participar los dos reinos vecinos.​ Hasta el momento de su muerte el reino de Pamplona contaba con los territorios de Vizcaya, Álava y la Tierra Najerense.

      Inmediatamente después el reino se lo repartieron sus dos vecinos.
      El rey de León y Castilla Alfonso VI, primo de todos ellos, pasó a controlar La Rioja; el Señorío de Vizcaya, atrayéndose a Lope Iñiguez, a cambio de aceptar el señorío hereditario de Haro;​
      Álava;
      el Duranguesado;
      una gran parte de Guipúzcoa y la orilla derecha del bajo Ega, al parecer con el apoyo de los linajes de la zona.​ Por su parte el rey aragonés, Sancho Ramírez, primo también por línea bastarda, hizo lo propio con el resto del territorio pamplonés, con el apoyo de la nobleza nuclear pamplonesa que le aceptó como rey.
      De esta forma, el río Ega fue la frontera en la que quedó dividido el reino.​ Las pretensiones de Alfonso VI que se alentaron con la conquista de Toledo (1085), fueron frenadas por la derrota en la batalla de Zalaca (1085) contra los almorávides, lo que le llevó a reconocer a su primo Sancho Ramírez como rey de Pamplona, consiguiendo que le prestara vasallaje por un territorio del núcleo originario del reino, denominado "condado de Navarra".
      Sancho Ramírez se centró entonces en expandirse al territorio musulmán en la zona de Ribagorza y con la toma de Arguedas (1084), con el que controlaba gran parte de las Bardenas. A la muerte de Sancho Ramírez, paso el reino a Pedro I (1094-1104) que siguió con la presión al Islam, tomando el Somontano, en cuanto al territorio aragonés, y en cuanto al pamplonés mantuvo el acoso a Tudela con la toma de Sádaba (1096) y de Milagro (1098).

      Su sucesor, Alfonso I el Batallador (1104-1134), rápidamente llevó la frontera con el Islam al río Ebro. En 1109 se esposó con la hija de Alfonso VI de León, Urraca, con la intención de un gobierno conjunto de los reinos acordado en las capitulaciones matrimoniales. La incompatibilidad de caracteres de los cónyuges condujo a una guerra civil en Castilla.
      Urraca y sus partidarios se hicieron fuertes en Galicia y en la parte occidental, coronando en 1111 al primer hijo del primer matrimonio de ésta, Alfonso Raimúndez. Gran parte de la nobleza castellana apoyó a Alfonso el Batallador que, al ver que era imposible unificar los dos reinos, se retiró conservando los territorios que le apoyaron, como fueron Vizcaya, Álava (reunidos en la junta de Argote​), Rioja y otros de Burgos.
      Diego López I en 1116 se rebelará contra Alfonso I por la tenencia de Nájera y manteniendo de nuevo una posición pro castellana.
      Alfonso I había designado a Fortún Garcés Cajal para retener dicha plaza en 1112, que la mantuvo hasta 1134. De nuevo el señor de Vizcaya, Diego López I, junto con el conde Ladrón Íñiguez, se rebelaron en 1124, por lo que el rey sitió Haro y Diego López I se exilió a Castilla, mientras que Ladrón Íñiguez se reconcilió con el Batallador convirtiéndose en señor de Álava. Cuando murió Diego López I, su hijo, Lope Díaz, en 1126 reconoció al nuevo rey de Castilla, Alfonso VII, que estaba reivindicando los territorios vascos y la Rioja.

      Por otra parte se tomó Zaragoza (1118) con apoyo de nobles y tropas procedentes del Mediodía francés y de todo el territorio del reino pamplonés, incluidos los territorios occidentales, y aragonés. Inmediatamente después cayó Tudela, el 25 de febrero de 1119, y Tarazona, y luego Calatayud y Daroca.

      Tras el fallecimiento de Urraca en 1126, su hijo Alfonso VII concentró sus pretensiones en el territorio de Alfonso el batallador. En 1127 mediante mediación se acordó el Pacto de Támara, con el fin de evitar el enfrentamiento de las tropas de Pamplona y Aragón con las castellano-leonesas. En este pacto Alfonso el Batallador renunciaba al título de emperador y se delimitaron las fronteras entre los reinos de Castilla y los de Pamplona y Aragón con devolución de alguno de los territorios a Castilla, retirada ésta que Alfonso I efectúo con lentitud.​ En este pacto quedaba en territorio pamplonés los de Vizcaya, Álava, Guipúzcoa, Belorado, Soria y San Esteban de Gormaz.

      Asedió Bayona, que estaba en manos de Inglaterra, en los años 1130-1131 sin llegar a tomarla. Por otra parte, en Aragón tras conquistar Mequinenza (1132) se centró en la toma de Fraga, que fracasó tras un asedio de un año de duración, gravemente herido se retiró y murió dos meses después por complicaciones de las heridas, el 7 de septiembre de 1134. El territorio por él controlado había pasado de 24 000 km² a unos 52 000 km², de ellos 8 000 ante Castilla para la monarquía pamplonesa y más de 20 000 km² a los almorávides. La muerte sin hijos legítimos y con un testamento que dejaba a las órdenes militares los dos reinos, era algo imposible de cumplir tanto por la nobleza aragonesa como por la pamplonesa ​y esto marcaría la separación de nuevo entre el reino de Pamplona y Aragón.​ En Aragón se coronó a Ramiro II, un hermano de Alfonso el Batallador, mientras que en el territorio pamplonés la nobleza optó por García IV Ramírez (1134-1150), vástago de la dinastía Jimena.
      García Ramírez tuvo que someterse al vasallaje del rey castellano, pero su hijo Sancho VI de Navarra aprovechó la minoridad de Alfonso VIII de Castilla para sacudirse el vasallaje y se intituló como Rex Navarre.


      Batalla de Valdejunquera:

      La batalla de Valdejunquera o Campaña de Muez fue un combate librado el 26 de julio del año 920 entre el ejército del emir cordobés Abderramán III y el formado por las fuerzas conjuntas de los reyes Ordoño II de León y Sancho Garcés I de Pamplona, que tuvo lugar en la fortaleza de Muez en el valle de Junquera, situado a unos 25 km al suroeste de Pamplona.

      No confundir con Valjunquera, Teruel.

      Abderramán salió de Córdoba el 4 de julio, para dirigir una campaña de castigo por la derrota musulmana por parte de la coalición navarro-leonesa en la batalla de Castromoros, y tras tomar la plaza de Calahorra se dirigió hacia la capital del reino navarro. El rey de Navarra aguardaba dentro de Arnedo, pero viendo que las tropas musulmanas, después de tomar Calahorra, se dirigían hacia su capital, se apresuró a ir al norte y unir sus tropas con las del rey de León, quien venía en su ayuda. Los moros siguieron a Viguera, donde derrotaron a las primeras fuerzas conjuntas que les opusieron Ordoño y Sancho, llegando por fin a Muez, en el valle de Junquera, lugar situado a unos 25 km al suroeste de Pamplona. En la subsiguiente batalla, el 26 de julio de 920, el emir cordobés derrotó nuevamente a las escasas huestes reunidas por leoneses y navarros, quedando cautivos los obispos de Tuy y Salamanca, Dulcidio y Hermogio. Los supervivientes se refugiaron en las fortalezas de Muez y Viguera, que fueron cruelmente asediadas por el emir andalusí. Tras tomar las plazas, todos los cautivos fueron degollados, y, finalmente, arrasó los campos antes de volver a Córdoba.

      De tal descalabro se culpó a los condes castellanos Nuño Fernández, Abolmondar Albo y su hijo Diego, y Fernando Ansúrez, por no haber acudido al combate. Convocados por el monarca en el lugar de Tejar, a orillas del Carrión, los condes fueron apresados y encarcelados (aunque según la tradición fueran muertos). En cualquier caso, debieron ser liberados poco tiempo después, ya que la documentación los presenta actuando con normalidad.

      El emir logró una incuestionable victoria el 26 de julio, procediendo seguidamente a devastar los territorios próximos hasta que el 26 de agosto dio la orden de regresar al emirato.

      El historiador y experto en castillos Iñaki Sagredo hace referencia a esta batalla en un trabajo relacionado con las defensas del reino de Pamplona publicado en el 2008. En sus conclusiones anota que hay un claro error a la hora de situar el lugar de la batalla en Muez, localidad situada en el valle de Güesalaz, zona próxima a la Cuenca de Pamplona. Analizando las etapas, zona del combate y toponimia, este autor sitúa el lugar de la batalla en las proximidades de Mues, no lejos del desfiladero del Congosto, en las campas de la Berrueza o en las cercanías de Los Arcos.

      Pérez de Urbel, Justo (1945). Historia del Condado de Castilla. Madrid: Consejo Superior de Investigaciones Científicas.
      Sagredo Garde, Iñaki (2008). Navarra. Castillos que defendieron el Reino. Tomo IV. Ed. Pamiela. ISBN 978-8476815991.

      https://www.txalaparta.eus/es/libreria/autores/inaki-sagredo-garde

      lunes, 22 de junio de 2020

      242. LA PERSECUCIÓN DE ELENA (SIGLOS X-XI. BIESCAS)

      242. LA PERSECUCIÓN DE ELENA (SIGLOS X-XI. BIESCAS)

      242. LA PERSECUCIÓN DE ELENA (SIGLOS X-XI. BIESCAS)


      En nuestros pueblos y ciudades, las relaciones entre los musulmanes, dominadores, y los cristianos mozárabes, sometidos, solían ser generalmente pacíficas, pero, no obstante, en determinados momentos la coexistencia entre ambos pueblos se deterioraba.

      En cierta ocasión, una joven muchacha de la localidad de Biescas, llamada Elena —que había salido a llevar la comida a su padre y hermanos y le aguardaban en la borda alta donde estaban trabajando— fue perseguida enconadamente por un grupo de moros armados. La muchacha, que apenas si mantenía corriendo la distancia que le separaba de sus perseguidores, sintió los efectos del cansancio y se paró para tomar aire y sentarse en una piedra.

      En aquel momento, se sucedieron una serie de hechos absolutamente insólitos. La losa sobre la que descansaba Elena se convirtió en silla cómoda y, junto a ella, brotó una fuente abundante de agua clara que le permitió recuperar fuerzas. En el suelo, humedecido por el agua, quedaron marcadas las huellas de sus pies. Este último detalle no tendría importancia si no fuera por el hecho de que la joven se había puesto las zapatillas al revés para tratar de despistar a sus perseguidores, como así sucedió.

      Esta estratagema le proporcionó una cierta ventaja, aunque al fin los moros perseguidores adivinaron la añagaza que había urdido la joven y volvieron a pisarle los talones.

      Sintiéndose perdida, la muchacha se introdujo en una cueva para esconderse. Sin duda alguna, este hecho hubiera sido inútil si una araña, trabajando con celeridad inusitada, no hubiera cerrado con su tela sutil la entrada del antro. Porque, en efecto, al llegar allí los moros perseguidores y ver la telaraña intacta, dijeron: «Donde la araña tejió, Elena no entró». En ese momento, desorientados sobre el camino que Elena podía haber emprendido, desistieron en su persecución.
      En la actualidad, una ermita y una fuente junto a la cueva delatan el paso de santa Elena, que todavía tiene allí su santuario, en las afueras de Biescas.

      [Datos proporcionados por Isabel Castillo. Colegio «San Vicente de Paúl». Barbastro.]


      Hay lugares que irradian un magnetismo especial, uno de ellos es el entorno de Santa Elena. La magia y el misterio rodean esta zona estratégica, que concentra la religiosidad popular del alto Gállego, que tiene su epicentro en la ermita de Santa Elena y más concretamente en su cabecera, que se encaja en la gruta donde la leyenda ubica la ocultación de la santa y brotan las milagrosas aguas de la gloriosa. En los alrededores el Congosto, las galerías defensivas, el dolmen, el puente del Diablo, la olvidada ermita de Santa Engracia…
      Desnivel: 200 m. Duración: 2 horas. Época recomendada: todas. Punto de partida y de llegada: capilla de Santa Elena. Asentada junto a la carretera A-136, en pleno desfiladero del Río Gallego, se halla esta construcción religiosa ubicada a 4,5 km de Biescas y a 31 KM de Jaca, que permite a sus aledaños el estacionamiento de vehículos. Marca el inicio del Valle de Tena hacia el norte.

      viernes, 13 de marzo de 2020

      Índice, tomos V, VI, VII

      ÍNDICE 
      de los documentos y demás materias que comprenden los tomos V. (es un punto) VI y VII.

      Advertencia preliminar.

      Tomo V.


      Núm. 1. - Códice de las ordinaciones hechas por el rey don Pedro el Ceremonioso de Aragón, para gobierno de los empleados de su casa y corte, en que se marcan el número, grado, denominación y obligaciones de cada uno de ellos, con el ceremonial y oraciones que deben observarse en las consagraciones y coronaciones de los reyes y reinas, cuando lo verifican en la iglesia catedral de Zaragoza. (Nota: La Seo, San Salvador)
      https://historia-aragon.blogspot.com/2020/02/ley-xxxii-rahons-perdre-cavaller-honor-libertat-cavalleria.html

      https://historia-aragon.blogspot.com/2020/02/ley-xxxi-com-cavallers-apartades-honors-libertats.html

      https://historia-aragon.blogspot.com/2020/02/ley-xxx-en-quinya-manera-deuen-esser-honrats-los-cavallers-rahons.html

      https://historia-aragon.blogspot.com/2020/02/ley-xxix-quinyes-coses-deuen-fer-et-guardat-los-cavallers-guerra.html

      https://historia-aragon.blogspot.com/2020/02/ley-xxviii-quinyes-coses-son-tenguts-de-guardar-los-cavallers.html

      https://historia-aragon.blogspot.com/2020/02/ley-xxvii-davant-cavallers-mengen-lestes-istories-fets-darmes.html

      https://historia-aragon.blogspot.com/2020/02/ley-xxvi-cavallers-amesurats-nodrits-menjar-beure-dormir.html

      https://historia-aragon.blogspot.com/2020/02/ley-xxv-en-quinya-manera-se-deuen-vestir-los-cavallers.html

      https://historia-aragon.blogspot.com/2020/01/ley-xxiv-quinyes-coses-deuen-guardar-los-cavallers-quan-cavalgaran.html

      https://historia-aragon.blogspot.com/2020/01/ley-xxiii-quin-deute-han-los-cavallers-ab-aquells-quils-fan-cavallers.html

      https://historia-aragon.blogspot.com/2020/01/ley-xxii-descenyir-lespasa-cavaller-novell-apres-sera-fet-cavaller.html

      https://historia-aragon.blogspot.com/2020/01/ley-xxi-com-deuen-esser-fets-los-cavallers.html

      https://historia-aragon.blogspot.com/2020/01/ley-xx-quinyes-coses-deu-fer-lescuder-donzell-ans-que-reeba-cavalleria.html

      https://historia-aragon.blogspot.com/2020/01/ley-xix-quals-no-deuen-esser-cavallers.html

      https://historia-aragon.blogspot.com/2020/01/ley-xviii-qui-ha-poder-de-fer-cavallers.html

      https://historia-aragon.blogspot.com/2020/01/ley-xvii-com-cavallers-deuen-saber-conexer-cavalls-armes.html

      https://historia-aragon.blogspot.com/2020/01/ley-xvi-com-deuen-esser-leals-los-cavallers.html

      https://historia-aragon.blogspot.com/2020/01/ley-xv-com-deuen-esser-los-cavallers-artechs-ginyoses.html

      https://historia-aragon.blogspot.com/2020/01/ley-xiv-com-los-cavallers-deuen-esser-be-acostumats.html

      https://historia-aragon.blogspot.com/2020/01/ley-xiii-com-los-cavallers-deuen-esser-savis-entenents-sapien-obrar-lur-enteniment.html

      https://historia-aragon.blogspot.com/2020/01/ley-xii-com-los-defensors-deuen-esser-persones-fort-entenents.html

      https://historia-aragon.blogspot.com/2020/01/ley-xi-com-los-cavallers-deuen-haver-en-si-iiii-virtuts-principals.html

      https://historia-aragon.blogspot.com/2020/01/ley-x-com-los-gentils-homens-deuen-deuen-guardar-noblea-gentilesa-paratge.html

      https://historia-aragon.blogspot.com/2020/01/ley-ix-com-deuen-esser-elets-los-cavallers.html

      https://historia-aragon.blogspot.com/2020/01/ley-viii-per-qual-raho-cavalleria-cavallers.html

      https://historia-aragon.blogspot.com/2020/01/ley-vii-dels-cavallers-quinyes-coses-los-conve-a-fer.html

      https://historia-aragon.blogspot.com/2020/01/ley-vi-de-quinyes-coses-deu-estar-lo-poble-apercebut.html

      https://historia-aragon.blogspot.com/2020/01/ley-v-com-lo-poble-se-deu-apoderar-de-la-terra-per-esforc.html

      https://historia-aragon.blogspot.com/2020/01/ley-iv-quiny-et-qual-deu-esser-lo-senyaler-del-rey.html

      https://historia-aragon.blogspot.com/2020/01/ley-iii-com-lo-rey-deu-esser-manyos-et-artech.html

      https://historia-aragon.blogspot.com/2020/01/ley-ii.html

      https://historia-aragon.blogspot.com/2020/01/ley-i.html

      Núm. 2 , 3, 4. Varias otras ordenaciones de los reyes don Pedro I, donPedro II, y don Jaime II, en que se fijan algunas obligaciones del mayordomo y de otros empleados subalternos de la casa real, señalando los emolumentos de cada oficio, especialmente por el derecho de cena que les correspondía en los viajes de S. M., y el lugar que cada uno debía ocupar en la mesa de estado.

      Núm. 5. - Obra ú ordinaciones de mossen sent Jordi e de la cavalleria, hecha por don Pedro el Ceremonioso, en que se fijan las calidades que deben tener los que se armen caballeros, y las de sus caballos, armas, etc.

      Núm. 6. - Ordenanza del rey don Pedro el Ceremonioso, en que se especifica el tratamiento que debe darse a las personas, según su clase, destino, oficio etc., con otras disposiciones sobre trajes y adornos de las damas, modo y circunstancias de sentarse a la mesa del monarca o a las demás de palacio los convidados. 
      https://historia-aragon.blogspot.com/2020/02/vi-ordinacio-publica-de-tot-en-tot-servadora.html

      Núm. 7. - Ordenanza reservada, en la que el rey don Pedro el Ceremonioso estableció la indispensable calidad de haber recibido el orden de caballería, para poder obtener ciertos empleos, con otras aclaraciones sobre las donaciones feudales en el reino de Cerdeña.

      Núm. 8. - Ordenanza en que el mismo don Pedro, en atención a haberle demostrado la experiencia que las tropas de infantería combatían y llevaban ventaja a las de caballería, dispuso que todos los vecinos de los pueblos de realengo de Cataluña, a proporción del valor de sus bienes, debiesen tener tales o cuales armas que especifica, bajo ciertas penas y condiciones que son de ver en este documento.

      Núm. 9. -Institución de la orden de caballería o empresa del bienaventurado mossen sent Jordi, en que se fijan las calidades, traje y obligaciones de los nobles y caballeros que deben ser admitidos

      Núm. 10. - Promesa que hizo el conde don Sancho de Provença como gobernador de Cataluña y Aragón en la menor edad del rey don Jaime I, de satisfacer a Guillermo de Cervera y a Pedro de Ahones todas las expensas que les ocasionase la embajada a la Curia Romana, que les confió, para promover y tratar de todos los negocios concernientes al menor y a la muerte de su difunto padre don Pedro.

      Núm. 11. -Promesa, bajo el más solemne juramento, que hicieron S., arzobispo de Tarragona, G., obispo de Tarazona, P. Ferrando, señor de Santa María de Albarrazin, Gimeno Cornel, Guillermo de Cervera, Guillermo, vizconde de Cardona, y Guillermo de Moncada, de amparar, defender, guardar y aconsejar en todo lo perteneciente a la persona y reino de don Jaime I de Aragón, salva la procuración general del conde don Sancho y los derechos de Guillermo de Cervera.

      Núm. 12. - Escritura que otorgó don Jaime I en el sitio de Albarrazin, recordando a sus caballeros, vegueres, bailes, maestros de moneda y a todos sus vasallos, que habiéndole, como no ignoraban, puesto el papa Inocencio bajo la educación y custodia del maestro del Temple, señalándole varios caballeros o consejeros; deliberaba, con acuerdo de estos, nombrar un religioso templario en Aragón y otro en Cataluña, que administrasen y gobernasen, principalmente en el ramo de hacienda, con señalamiento de la décima: en cuyo documento S. M. hace expresión de fratrem G. virum providum et discretum et quem pater noster bone memorie multum in vita sua dilexit. Sería Guillermo de Monrodon.

      Núm. 13. - Liga o unión que hicieron S.,obispo de Zaragoza, F., infante de Aragón, P. Ferrando, P. Cornel, Ato Orelia y doña Sancha Perez, hermana de dicho Cornel, con los hombres de los consejos y universidades de Zaragoza, Huesca y Jaca, con las más solemnes promesas y juramentos de ayudarse y valerse mutuamente contra todo hombre, sublime, medio e ínfimo, que intentase pecharles, hacerles exacciones o disminuir sus fueros y buenas costumbres y derechos, salvo los que perteneciesen al rey y a la reina.

      Núm. 14. - Documento que manifiesta que entraron en la misma liga o unión que los precedentes G. de Moncada, vizconde de Bearn, G. G. de Cervera, R. de Moncada, W. R., senescal, W. de Cervellón y su hijo Guiralt, R. de Cervera, R. Alaman y W. de Claromonte.

      Núm. 15. - Sentencia arbitral que, para transijir las desavenencias que produjeron las dos ligas anteriores entre el rey don Jaime I y los conjurados, dieron el arzobispo de Tarragona Sparago, B., obispo de Lérida, y F., maestre del Temple.

      Núm. 16. - Promesa del rey don Jaime I a algunos de sus magnates, de recompensarles los auxilios que le prestasen para la conquista de las Baleares, en proporción de su importancia, en los términos que son de ver en dicho documento.

      Núm. 17. - Ratificación de la anterior promesa, hecha en Tarragona por el mismo don Jaime.

      Núm. 18. - Alianza que hicieron don Sancho, rey de Navarra, y don Jaime I de Aragón, con promesa de defenderse mutuamente contra cualquiera hombre que intentase quitarles sus estados o hacerles guerra, y especialmente contra el rey de Castilla, prohijándose el uno al otro bajo el más solemne juramento.

      Núm. 19. - Constituciones de paz y tregua hechas por don Jaime I en las cortes de Tarragona de 1234, ratificando las anteriores que había sancionado en Barcelona.

      Núm. 20. - Alianza ofensiva y defensiva de don Jaime I de Aragón con doña Margarita, reina de Navarra, y su hijo don Tubaldo, con promesa de dar a éste en matrimonio su hija doña Constanza, y demás que expresa el documento.

      Núm. 21. - Carta de hermandad en la orden del Temple, de Guillermo Tomás.

      Núm. 22. - Donación del castillo y villa de Ejérica, hecha por el rey don Jaime I de Aragón a favor de su amada doña Teresa Gil, con facultad de poderle traspasar a los hijos que tuviese de ella.

      Núm. 23. - Ordenación en que el rey don Jaime I de Aragón mandó que todos los hombres rústicos o labradores de varios pueblos de los alrededores de Barcelona se armasen de una ballesta y los tiros necesarios para persecución de los malhechores, siempre que fuesen llamados en sometent.

      Núm. 24. - Carta del rey don Jaime I a su hijo el infante don Alfonso, participándole haber dado orden a los valencianos para que le prestasen juramento y homenaje como a sucesor de la corona de Aragón, y encargando que él les jurase también sus fueros y costumbres.

      Núm. 25. - Nombramiento de procurador general de Cataluña, desde Salsas hasta el Cinca, a favor del infante don Pedro.

      Núm. 26. - Carta del mismo don Jaime I a los nobles y ciudadanos de Valencia y a los nobles de Játiva y a todos los de aquel reino, tanto cristianos como judíos y sarracenos, participándoles el nombramiento de procurador general a favor de Gimeno de Foces.

      Núm. 27. - Tratado celebrado en Corbeil entre los procuradores de don Jaime I de Aragón y el rey de Francia Luis el santo, en virtud del que, dicho rey renunció a favor de aquel todos los derechos que decía tener en los condados de Barcelona, Urgel, Besalú, Rosellón, Ampurdán, Conflent, etc., y este a favor del de Francia todos los que pretendía tener en Carcasona, Carcasez, Redés y otros territorios de dicho pais. Tratado de Corbeil.

      Núm. 28. - Tratado nupcial celebrado entre don Jaime I de Aragón y Luis de Francia, el santo, en que estipularon el casamiento del principe Felipe el audaz de Francia con doña Isabel de Aragón, hija de don Jaime I.

      Núm. 29. - Estatuto que el rey don Jaime II, con aprobación de su hijo y sucesor el infante don Pedro, dictó para remediar los grandes males que causaba al comercio y a los pueblos la escandalosa falsificación de la moneda, mandando que se acuñase en Barcelona otra nueva perpetua de plata, que se llamase de terno barcelonés, en óbolos y dineros, pero de una misma ley, cuño y signo, con solo la diferencia en el peso, a saber, que de cada marco de plata de ley saliesen 18 sueldos de dineros de terno y 20 en los óbolos, y que no corriese en adelante en los condados de Barcelona, Rosellon, Cerdaña, Conflent y Vallespir, mas que esta nueva, con prohibición de la melgarense, y otras disposiciones que vienen expresadas en el estatuto.

      Núm. 30
      . - Concesión o gracia del rey don Jaime I a los sarracenos de Zaragoza, de que los oficiales reales no pudiesen proceder, en sus causas y quejas, sino según ordenaba su açuna.

      Núm. 31. - Franquicia de peyta y de todo servicio por tres años, concedida por don Jaime I a todos los judíos habitantes en la villa de Un-castillo, que permutasen sus casas con otras del castillo del mismo nombre.

      Núm. 32 y 33. - Convocatorias del rey don Jaime I, circuladas a los nobles de Cataluña y Aragón, para que se reúnan en Cervera con sus soldados y armas a prestar sus feudos el día de la Pascua de Resurrección.


      Núm. 34. - Carta del rey don Alfonso de Castilla a su suegro don Jaime de Aragón, en que le acusa el recibo de las dos que le había dirigido sobre el hecho de la cruzada que tenía proyectada contra moros, de la que el de Aragón exceptuaba al rey de Túnez por sus relaciones de amistad, negándose a más de esto a darle la ayuda de los ricoshombres y caballeros que no tuviesen tierras y honores del rey de Aragon; sobre cuya negativa se queja agriamente don Alfonso, diciendo a su suegro «que se conocía muy bien, que dichas dos cartas no las había siquiera visto;» por lo que le rogaba, que en adelante no le enviase ninguna sin leerla antes. A todo lo que contestó don Jaime, manifestando a su yerno las razones en que estaba fundada su negativa.

      Núm. 35. - Promesa que los procuradores del rey Manfredo de Sicilia hicieron al rey don Jaime I de Aragón, a nombre de su soberano, de casar la hija de éste, doña Constanza, con el infante don Pedro de Aragón, dándole en dote la cantidad de 50.000 onzas de oro el día del matrimonio, que debía celebrarse en Monpeller.

      Núm. 36. - Carta del rey don Alfonso de Castilla a su suegro don Jaime I de Aragón, enviada por su embajador don Alfonso Tellez, en que desaprueba altamente su proyectado viaje a ultramar y el casamiento de su hijo el infante don Pedro con la hija del príncipe de Pulla.

      Núm. 37. - Protesta reservada del infante don Pedro de Aragón, en la que manifiesta dar por nula cualesquiera confirmación de testamento, donación o enagenacion hecha por su padre don Jaime I en perjuicio suyo.

      Núm. 38. - Carta del rey don Jaime I al vizconde de Bearn, mandándole que ocho días después de la Pascua de Resurrección se reúna en Alcañiz con sus soldados, caballos y armas, en razón del feudo que le debía.

      Núm. 39. - Franquicia concedida por el rey de Aragon don Jaime I a los sarracenos de Masones de toda exacción real, exceptuando el monedaje y otras, con condición de satisfacerle todos los años en tres plazos la cantidad de 1500 sueldos jaqueses, en los términos que son de ver en la dicha escritura.

      Núm. 40. - Sentencia arbitral de los jueces nombrados para dirimir las disputas que tenía Pedro de Moncada, senescal y mayordomo de don Jaime I de Aragón, sobre los derechos y emolumentos que le correspondían por razón de sus destinos.

      Núm. 41. - Orden a los judíos del reino para que borren de sus libros las blasfemias que contengan contra N. S. Jesucristo o su santísima Madre, bajo la inspección de fray Pablo y a juicio del obispo de Barcelona, de fray Raimundo de Peñafort, de fray A. de Segarra y otros.

      Núm. 42. - Nombramiento de enviado o mensajero a Alejandría a favor de Raimundo de Conques, burgés de Montpeller, hecho por el rey de Aragon D. Jaime I, con facultad de llevar una o más naves de géneros a aquel puerto, de constituir cónsules, y juzgar en las cuestiones que ocurriesen en ella entre los vasallos de Aragón.

      Núm. 43. - Absolución a Bonastrugo de Porta, maestro de los judíos de Gerona, acerca las acusaciones que se le hacían de haber escrito un libro contra la fé católica y propalado ciertas máximas; la que tuvo lugar por los descargos dados por dicho judío, a saber: por el permiso que le había dado el rey para disputar públicamente en Barcelona, y a causa de haberse escrito el mencionado libro a ruego del propio obispo de Gerona.

      Núm. 44. - Guiaje o salvoconducto a las personas y bienes de T. Sánchez, B. G. Dentença, don Ferriz de Liçana y doña Toda Destada, hasta que regresasen de la frontera de Murcia y Granada.

      Núm. 45. - Varias gracias hechas a la aljama de judíos de Lérida y de otros lugares, relativas a su culto, a sus contratos y oficios.

      Núm. 46. - Promesa jurada que Raimundo de Siscar hizo al rey D. Jaime I, de auxiliarle con su persona y un tercio de soldados armados de todas armas y caballos, para embarcarse el día primero de agosto próximo en la expedición de ultramar que tenía proyectada hacer el rey, bajo las condiciones y precio que se expresan.

      Núm. 47. - Promesa jurada que el patrón Paschalino de Monte-Bruno hizo al rey D. Jaime I de Aragón, de poner a su disposición por todo el mes de junio inmediato su nave con todos sus aparejos, marineros y objetos necesarios para la expedición a Turquía o a cualquier otro punto de ultramar, bajo los pactos y condición que expresa la misma.

      Núm. 48. - Estatuto del rey D. Jaime I de Aragón, por el cual concedió a la ciudad de Zaragoza la gracia o privilegio de poder nombrar todos los años el día de la Virgen de agosto, para gobierno de la misma, doce jurados, presentándoselos por cartas cuando S. M. se hallase en Aragón; y cuando estuviese ausente, al baile que tuviese en Zaragoza.

      Núm. 49. - Nombramiento del arzobispo de Tarragona hecho por D. Jaime I, para que decidiese la cuestión que el rey tenía con sus feudatarios de Cataluña, sobre si debían estos o no, en virtud de los feudos y constituciones de Cataluña, auxiliarle en el apoyo que trataba de dar al rey de Castilla en las guerras que este sostenía contra los infieles.

      Núms. 50, 51 y 52. - Escrituras referentes a la sucesión en el reino de Navarra, reclamada por el infante D. Pedro de Aragón, en fuerza del mutuo prohijamiento que hicieron el rey D. Jaime I de Aragón y don Sancho de Navarra, aprobadas por las cortes de este reino.

      Núm. 53. - Promesa del rey D. Jaime I a su hijo el infante D. Pedro, de que mandaría a todos sus súbditos reconocer y jurar como sucesor del reino a su nieto D. Alfonso, antes que su padre el infante mencionado marchase a la expedición de Castilla.

      Núm. 54. - Carta del rey D. Pedro II de Aragón al baile de Montpeller, diciéndole que soltase y le remitiese al consocio del nuncio que le enviaba el Can de Tartaria con cartas, y había muerto en Génova.

      Núm. 55. - Orden a los vegueres, çalmedinas, etc., para que en las solemnidades de los judíos hagan predicar en las sinagogas a los frailes predicadores, y para que eviten las molestias e insultos que pudiesen causarse a los conversos.

      Núm. 56. - Carta del rey D. Pedro II al procurador del reino de Valencia Rodrigo Giménez de Luna, diciéndole que a fin de que los barones y militares de aquel reino pudiesen mejor prepararse para el servicio de la armada, les prorrogaba el plazo de su reunión hasta por todo el mes de abril siguiente.

      Núm. 57. - Carta del mismo rey D. Pedro II a los alemines y aljamas de sarracenos del reino de Valencia, para que aparejasen sus compañías de ballesteros y lanceros para prestarle el servicio en la guerra que tenía en Aragón y Cataluña contra los franceses, con promesa de darles buena soldada.

      Núm. 58. - Carta real de D. Pedro II a los hombres del valle de Andorra, reprendiéndoles por haberse negado a prestar el homenaje que le habían prometido, y diciéndoles que si no lo prestaban a su encargado, les trataría como a rebeldes.

      Núm. 59. - Guiaje y salvoconducto que concedió el rey D. Pedro II a todos los que trabajasen y pidiesen limosna para la reparación del puente de Martorell en el Llobregat.

      Núm. 60. - Título concedido por el papa Bonifacio VIII a D. Jaime II de Aragón, de porta-estandarte, capitán general y almirante de la Iglesia romana, con las circunstancias que en él se expresan.

      Núm. 61. - Concesión del papa Bonifacio VIII al rey D. Jaime II de Aragón, para que pudiese establecer una universidad literaria en la ciudad o lugar de sus reinos que más le acomodase, con los mismos privilegios y gracias que gozaba la de Tolosa.

      Núm. 62. - Establecimiento de los estudios generales o universidad literaria en la ciudad de Lérida por D. Jaime II, a consecuencia de la autorización del papa Bonifacio VIII que precede.

      Núm. 63. - Constituciones privilegios y gracias concedidas por D. Jaime II de Aragón a la universidad literaria de Lérida.

      Núm. 64. - Orden de D. Jaime II al obispo y capítulo de Zaragoza, para que a los clérigos de aquella diócesis que cursen en la universidad de Lérida se les considere como presentes en la percepción de los frutos de sus beneficios.

      Núm. 65. - Orden real de D. Jaime II al veguer de Barcelona, para que mande publicar solemnemente el edicto por el cual dicho monarca prohíbe bajo la pena de mil maravedises el que pueda estudiarse en otro punto fuera de la universidad de Lérida.

      Núm. 66. - Real orden de D. Jaime II para que se paguen puntualmente a los catedráticos de la universidad de Lérida los salarios prometidos.

      Núm. 67. - Real orden del mismo rey para que los paeres de Lérida exijan de sus vecinos la derrama para pagar los sueldos de los catedráticos de la universidad.

      Núm. 68. - Nombramiento de bedel de dicha universidad, hecho por D. Jaime II a favor de Andrés Espenso, clérigo de Lérida.

      Núm. 69. - Nombramiento de sobrejuntero de Ribagorça, Sobrarbe, Valle de Litera hasta el clamor de Almacellas, a favor de Gimeno Pedro de Logran, hecho por D. Jaime II a consecuencia de haberse declarado y resuelto en las cortes de Zaragoza que todo esto pertenecía a Aragón, y no a las veguerías de Cataluña, por las razones que en el capítulo de cortes y real decreto se manifiestan.

      Núm. 70. - Ratificación hecha por el rey D. Jaime II de Aragón, del capítulo de cortes de Zaragoza en que se declara que los pueblos de Ribagorza, Sobrarbe y Valle de Litera, hasta el clamor de Almacellas, pertenezcan al reino de Aragón y se gobiernen por sus fueros, y no a Cataluña.

      Núm. 71. - Real orden de D. Jaime II de Aragón al justicia, jurados y consejo de Sarañena, (
      Sariñena) para que tengan preparados los comestibles que se necesitaban para la cena de la casa real en aquel pueblo.


      Núm. 72. - Dispensa o gracia vitalicia del rey D. Jaime II, con aprobación de su primogénito y sucesor D. Alfonso, al rey de Mallorca don Sancho, de la obligación que tenía de presentarse todos los años a la corte de Aragón, a darle las potestades de las islas de Mallorca, Menorca e Ibiza, de los condados de Rosellón, etc., en virtud del feudo que prestaba, y de los contratos celebrados anteriormente entre los monarcas de Aragón y los de Mallorca.

      Núm. 73. - Licencia que D. Jaime II concedió, con permiso del Pontífice, a Geraldo Olivera, para habilitar una nave y hacer viaje redondo a Alejandría y tierras del Soldán de Babilonia, con mercaderías no prohibidas, y obligación de llevar y traer de su cuenta los embajadores que el rey enviaba a dicho Soldán, y de satisfacer el coste o flete de cinco halcones y varias telas, paños y plumas que S. M. quería se comprasen y regalasen en su nombre al Soldán, con el entendido de que el regalo con que éste le correspondiese perteneciera íntegro al rey.

      Núm. 74. - Donación hecha por D. Jaime II al infante D. Pedro, del castillo de Gallinera, valle de Ebo, castillo de Pego y de otros de Valencia, en atención a que no le era suficiente la renta del condado de Ribagorza para sostenerse en el rango que le competía.

      Núm. 75. - Licencia de D. Jaime II a Strugo, mercader judío de Torruella de Montgrí, para poder tener dos mujeres según su ley.

      Núm. 76. - Súplica de los jurados y prohombres de Valencia al rey don Alfonso, pidiéndole la imposición por cuatro años de una mealla por cada bestia de albarda, para reparar los puentes del río Guadalaviar que habían destruido las avenidas.

      Núm. 77. - Carta del arzobispo de Zaragoza al rey don Alfonso, enviándole cuatro sabuesos para cazar el ciervo.

      Núm. 78. - Carta del rey a Poncio de Vilaregut y a Poncio de Ponce, vecinos de Valencia, pidiéndoles margaritas y perlas que necesitaba para su casamiento.

      Núm. 79. - Carta al merino de la seca de Barcelona, pidiéndole diferentes alhajas.

      Núm. 80. - Otra a Bernardo Sapera, pidiéndole prendas de ropa y armadura para sí y para el infante don Jaime.

      Núm. 81. - Otra al falconero Ramon Juncosa, para que entregue al que se lo reclame el falcon girifalte terçuelo, que era del infante don Jaime, y lo había dado a don Juan, hijo del infante don Manuel.

      Núm. 82. - Otra del obispo de Huesca al rey, dándole noticias de la salud del infante y de lo que pasaba en Nápoles con el conde de la Marcha.

      Núm. 83. - Otra de don Pedro, pidiendo a Lope de Guiester, de su servidumbre y su administrador en Cerdeña, que le mandase ciertas prendas de ropa y de armadura que había recibido de las partes de Toscana.

      Núm. 84. - Otra a su tesorero Pedro Bosch, pidiéndole buena copia de confituras y especies de las superiores para obsequiar a los legados del papa.

      Núm 85. - Comisión real al jurisperito de Barcelona Guillermo Maxella, para proceder contra el judío Samuel Benvenist, en cuya casa se había celebrado el santo sacrificio de la misa.

      Núm. 86. - Orden real al veguer de Barcelona y del Vallés, para que mande pregonar el edicto de que nadie se atreva a cazar perdices sino con ave de rapiña, bajo la pena de 60 sueldos, la mitad para el fisco y la otra para el acusador.

      Núm. 87. - Carta del rey de Granada Alamir Abdalla Ismael a Pedro Lopez Dayala, adelantado de Lorca y de Murcia, para que interceda con el rey de Aragón, a fin de que se lleve a efecto la paz entre ambos.

      Núm. 88. - Real orden de don Pedro el Ceremonioso, prohibiendo que los empleados de su comitiva y de la del infante procurador general se alojasen en sus viajes en las casas de las mujeres casadas, doncellas y viudas jóvenes, a fin de evitar las riñas y heridas que con frecuencia resultaban de esto.

      Núm. 89. - Carta acre al padre santo, quejándose de que haya nombrado para arzobispo de Zaragoza a una persona extraña, y no le haya pedido su consentimiento como de costumbre, siendo así que se tiene por uno de los reyes que más deferencia merecieran por los grandes favores que ha dispensado siempre a la Iglesia.

      Núm. 90. - Carta al gobernador de Barcelona, mandándole inquirir, para providenciar la que fuese conveniente, sobre haber tenido accesion un sarraceno con una cristiana.

      Núm. 91. - Comisión al escribano de la corte Pedro Paseya, para que desde Poblet, donde se hallaba S. M. el rey don Pedro el Ceremonioso, pasase a Barcelona y se encargase de las llaves, custodia y arreglo del real archivo, señalándole el sueldo y emolumentos que debía disfrutar por este encargo.

      Núm. 92, 93, 94 y 95. - Varios documentos relativos a la erección del ducado de Gerona, hecha por el rey don Pedro el Ceremonioso a favor de su primogénito y sucesor el príncipe don Juan, y sobre la instrucción que debía darle don Bernardo de Cabrera, a quien le confió, etc., etc.

      Núm. 96. - Ordenanza del rey don Pedro el Ceremonioso, en que se fija el número de camas que las aljamas de los judíos deben aprontar para los empleados de la casa real, las noches en que SS. MM. pernocten en los pueblos cuando viajen.

      Núm. 97. - Juramento que prestaron los valencianos al infante primogénito don Juan, en las cortes que se celebraron en Valencia el año 1354, en manos de su padre el rey don Pedro el Ceremonioso, de tenerle por rey y sucesor de la corona, cuando éste falleciese.

      Núm. 98. - Contestación del consejo de ciento a una carta del rey en la que encargaba el cuidado de su hijo al infante don Juan a la ciudad de Barcelona, manifestando la satisfacción que cabe a sus representantes por tan especial honor.

      Se repite el número 98.


      Núm. 98. - Capítulos y gracias concedidas por el rey don Pedro a todas las personas que armasen y equipasen las galeras y barcos que les facilitaría para hacer el corso contra los genoveses, sus enemigos, bajo las condiciones que se expresan en dichos capítulos.

      Núm. 99. - Ordenanza que el mismo monarca dictó, prohibiendo a los barcos mercantes de sus dominios toda comunicación con los genoveses y demás enemigos rebeldes de Cerdeña y Córcega, determinando las reglas que debían observarse en las navegaciones y comercio.


      Núm. 100. - Otra ordenanza del mismo monarca para los escribanos de la armada, sobre el modo de llevar la cuenta y razón de los sueldos de la gente y demás empleados en la misma.

      Núm. 101. - Convenio de mutua entrega de malechores entre don Pedro el Ceremonioso de Aragón y don Pedro de Castilla.

      Núm. 102. - Encomienda o nombramiento de conserge del palacio dela reina (Palau) de Barcelona, que fue del Temple, a G. Carbonell, albañil, con sueldo y reglas para su custodia y conservación.

      Núm. 103. - Ordenanza del rey don Pedro el Ceremonioso, en que establece y fija el número de rocines y caballos armados y aforrados que el gobernador y demás oficiales reales que ejercen jurisdicción en Cataluña deberán tener en adelante, para ejecutarla como corresponde.

      Núm. 104, 105. - Dos cartas reales del mismo monarca al abad del monasterio de Poblet, concediéndole licencia para cercar de muros y vallas su recinto, con facultad de hacer contribuir para la obra a los hombres de los pueblos indefensos de su señorío, con condición de poder refugiarse en la nueva fortaleza en caso necesario, y mandando al gobernador de Cataluña su pronta ejecución.

      Núm. 106, 107, 108 y 109. - Cartas del mismo monarca al duque de Lancastre y otros personajes, en que les dice que admite el ser juez y señala campo en la ciudad de Valencia, para el duelo y batalla que debían tener el gran senescal de Aquitania y mossen Ramón de Caussada, señor de Puigcornet, que se habían retado.

      Núm. 110. - Carta del rey don Pedro el Ceremonioso al veguer de Barcelona, diciéndole que los conselleres de dicha ciudad le avisaban que fray Nicolás Aymerich, inquisidor de herejes, había venido de Aviñon para predicar en la Seo de la misma un sermón contra el vicecanciller, y que por consiguiente se lo prohibiese, entregándole la credencial que le incluía, y en caso de insistir, se lo mandase preso a Tortosa en una galera.

      Núm. 111. - Sigue la referida credencial.

      Núm. 112. - Orden del rey don Pedro al veguer y baile de Gerona, encargándoles la publicación y observancia de la constitución hecha en las cortes de Monzón, en que se impone la pena capital y otros castigos a los blasfemos.

      Núm. 113. - Estatuto dado por el mismo don Pedro, en el que manda a su tesorero que todos los martes por la mañana reúna los alguaciles, doctores, procurador fiscal y a otros oficiales de su corte, para tratar y despachar los negocios públicos, a fin de evitar los perjuicios que causaba la lentitud y demora en su despacho, bajo la pena de un mes de quitación a los que no asistiesen a las juntas.

      Núm. 114. - Carta del mismo rey al oficial del arzobispo de Tarragona, previniéndole que si en lo sucesivo no se abstenía de formar procesos contra su real persona, como lo había hecho, le castigaría de modo que sería terror y escarmiento de todo el mundo.

      Núm. 115. - Carta del rey don Pedro el Ceremonioso a su hijo (don Martín), previniéndole que cuide de su salud quebrantada, y enviándole una poesía (cobles) hecha por él, en que manifiesta el modo y lugar en que deben armarse caballeros los que aspiren a entrar en la orden de caballería.

      Núm. 116. - Ordenanza del mismo monarca, en la que impone las penas más severas a las mujeres prostitutas de los lupanares, que después de haberse retirado a su buen vivir, vuelvan a sus torpes excesos.

      Núm. 117, 118. - Dos cartas del mismo rey al Soldán de Babilonia y almirante, enviándole un embajador para que pusiese en libertad al rey de Armenia y a su esposa e hijo que tenía cautivos.

      Núm. 119. - Convocatoria del rey don Pedro el Ceremonioso en el palacio episcopal de Gerona de varios prelados, barones, caballeros y ciudadanos del principado de Cataluña, para que le aconsejasen y auxiliasen en el negocio del usaje princeps namque, que había convocado para resistir la invasión de unas compañías de gente armada que entraban de Francia, con lo demás que es de ver en este documento.

      Núm. 120. - Confirmación por don Juan I de Aragón de los privilegios del monasterio de la Cartuja de Scala-Dei, fundado por don Alfonso I, el Casto.

      Núm. 121. - Prohibición de don Juan I de Aragón, del juego llamado de Grescha o dados, a los vecinos de la villa de Burriana, bajo la pena de 60 sueldos valencianos, o de azotes públicos, en caso de insolvencia.

      Núm. 122. - Ordenación que hizo el rey don Juan I, hijo de don Pedro III, en que se prohíbe a todos los empleados de la casa real el tener mujeres públicas en los bordeles (burdeles) o lupanares, bajo las penas más rigurosas, tanto a los empleados que contravinieren, como a las prostitutas y a los que las hospedaban en sus bordeles.

      Núm. 123. - Permiso que el rey don Juan I concedió a Gilaberto Rovira, oriundo de Tortosa, para que pudiese hacer un armamento de cincuenta hombres, con diez mujeres públicas para su servicio, a fin de hostilizar las tierras y vasallos del rey de Fez.

      Núm. 124. - Confirmación de don Juan I al monasterio de san Victoriano, de la franquicia de lezda, homicidio, pleito y calonia, pontaje, etc., que le había concedido don Alfonso I.

      Núm. 125. - Confirmación hecha por don Juan I de Aragón al monasterio de san Victoriano Asaniense, de todos los privilegios y donaciones, inmunidades y demás gracias concedidas por sus antecesores los reyes de Aragón y Pamplona, en la que se hace una relación histórica de este célebre monasterio.

      Núm. 126. - Permiso de don Juan I de Aragón a los jurados del lugar de Biesches Sobiron (Biescas), para imponerse unos derechos o sisas sobre víveres y artículos de comercio, para reparar el puente sobre el Gállego y atender a las demás necesidades de la villa.

      Núm. 127. - Confirmación por don Juan I de la erección en ciudad de la villa de Calatayud hecha en cortes por su padre el rey don Pedro, en premio de sus grandes servicios prestados durante la guerra que tuvo contra el rey don Pedro de Castilla, y promesa de interceder con el papa para erigir episcopado en la nueva ciudad.

      Núm. 128. - Gracia a la universidad literaria de Lérida para que de tres en tres años se entregue por las autoridades judiciales de aquella ciudad el cadáver de un reo condenado a muerte, después de ahogarlo en agua, para que los estudiantes de medicina aprendan la anatomía.

      Núm. 129. - Concesión de D. Juan I a su escudero Egidio Rodriguez de Liori, para que pueda establecer en la villa de Mora 50 casatas de judíos, que no fuesen de realengo, con la jurisdicción a ellas anexa.

      Núm. 130. - Promesa solemne de D. Juan I de no enagenar jamás de la corona real el lugar o castillo de Tiermas, construido en los confines del reino de Navarra, en consideración a los eminentes servicios prestados por los hombres de dicho pueblo a su padre D. Pedro, durante las guerras que sostuvo con D. Pedro de Castilla y D. Carlos de Navarra; concediéndoles los fueros y costumbres de Exea, y aún amplificándolos, debiendo tener en sus casas todo militar o infanzón del pueblo un hombre dispuesto y
      armado de escudo, lanza y casco de hierro para defensa de la villa en tiempo de guerra, y autorizándoles para resistir, aunque fuese con las armas, toda disposición real en contrario.

      Núm. 131. - Confirmación de D. Juan I de todos los privilegios concedidos a la cofradía de Sta. Maria de Predicadores de Zaragoza, vulgarmente llamada Los Mercaderos, y particularmente los que gozaban tocantes a la navegación y transporte de mercancías por el Ebro desde Navarra a Tortosa.

      Núm. 132. - Privilegio de D. Juan I a los ciudadanos de Zaragoza, de no poder ser encarcelados sino en la cárcel especial de la ciudad, y de proponer para carcelero al rey, y en su defecto al gobernador en Aragón, cuatro personas de las cuales una de ellas debía ser elegida.

      Núm. 133. - Indulto (de D. Juan I) por un año del crimen de haber destruido y saqueado el Call de los judíos de Barcelona, al aventajado lapicida Jaime dez Mas, en atención a hallarse construyendo el refectorio del monasterio de Monserrate. (Hay algún error en la numeración)
      https://historia-aragon.blogspot.com/2020/03/cxxxv-reg-1900-fol-206-27-febrero-1392.html

      Núm. 134. - Decreto de D. Juan I, prohibiendo a los vecinos de Perpiñan bajo las más severas penas pecuniarias los matrimonios clandestinos.

      Núm. 135. - Abolición de la aljama de judíos de Barcelona por el rey D. Juan I, después de su devastación por los amotinados.

      Núm. 136. - El mismo rey D. Juan I, en atención a los muchos y grandes servicios y subsidios que siempre había prestado a los reyes de Aragón la destruida y abolida aljama de judíos de Barcelona, les concedió su nueva erección o restauración, con todas las franquicias, libertades y demás privilegios que gozaban antes de su destrucción y abolición, dándoles para su establecimiento el mismo local que antes tenían y la calle de Sanahuja, con pasaje y ademprivio del castillo Nuevo, y con el cementerio de los judíos situado en Monjuich, llamado lo fossá dels juheus.

      Núm. 137. - El propio monarca, para que la nueva aljama de judíos de Barcelona que acababa de erijir se poblase más fácilmente, la eximió de todo tributo por tres años, y especialmente del servicio de camas para los familiares de la casa real, y de la manutención de los leones y demás animales silvestres que dichos judíos estaban obligados a prestar, y finalmente que por espacio de cinco años no se procediese por los oficiales reales a inquirir contra ellos por sus usuras.

      Núm. 138. - Confirmación del mismo rey del privilegio de D. Jaime II sobre no separar jamás de la corona los reinos de Valencia, Aragón, (ojo al dato, que Bofarull hace de las suyas aquí) Barcelona y demás estados de Aragón, de modo que siempre permaneciesen unidos.

      Núm 139. - Gracia del rey D. Juan I a Blanca, mujer de Bernardo Mulner, y a Blanca, mujer de Juan Blanch, vecinas de Puigcerdá, para que puedan, a pesar de las ordenanzas municipales en contrario, vestir ropas tejidas de oro y plata, pieles y piedras preciosas, por ser de origen militar.

      Núm. 140. - Confirmación por D. Juan I de la prohibición del rey D. Alfonso, su abuelo, a los barberos de la ciudad de Valencia, del uso de sangrar en los 30 días caniculares, en los que son conocidos con la denominación de egipciacos, en los plenilunios y en las
      conjunciones de la luna, sino en casos de necesidad y con orden de los facultativos, bajo la pena de cinco sueldos reales de Valencia, aplicaderos al alumbrado de la lámpara que dichos barberos tenían en la catedral de aquella ciudad.

      Núm. 141. - Concesión real a unos judíos conversos, para fundar una iglesia y convento a honor y gloria de la Sma. Trinidad, en la calle de Sanahuja, situada en la ciudad de Barcelona, en el mismo paraje donde antes tenían los judíos una sinagoga.

      Núm. 142. - Capítulos o nuevas ordenanzas que las iglesias de Vich y de Barcelona, el monasterio de Moyá y varios otros señores presentaron a la real aprocion del rey D. Juan I, para aumento y buena dirección del sacramental o somaten del Vallés, Llobregat y Maresma, que estaba a cargo de la Iglesia y ciudad de Barcelona: con cuyos capítulos se establecen reglas para el armamento, modo y forma con que los vecinos del pueblo deben acudir siempre que sean llamados para la persecución de los malechores, que fue el objeto principal de esta institución en Cataluña.

      Núm. 143. - Asignación anual de 40 florines de oro de Aragón, hecha por el rey D. Martín a los mantenedores de la Gaya ciencia de Barcelona, para que se inviertan en la compra de joyas para premio de los poetas que más se hayan distinguido por sus producciones, a imitación de lo que se practicaba en París y Tolosa.

      Núm. 144. - Gracia de D. Martín a Violante de Soler y a Violante de Siscar, condecoradas con la empresa real de orden de la Correa, de poder usar, a pesar de las ordenaciones de Valencia, perlas y demás piedras preciosas, ropas de oro, plata y seda y demás adornos de esta clase, mientras usen aquel distintivo.


      Núm. 145. - Orden de D. Martín a las autoridades de Gerona, para la expulsión y castigo de los lenones o alcahuetes, (alcavots) que perseguidos en Barcelona, Valencia, Zaragoza y otros puntos, se refugiaban a aquella ciudad y extendían el contagioso mal que resultaba del cóito con las prostitutas, en detrimento de la salud pública y escándalo de las buenas costumbres.

      Núm. 146. - Carta de D. Martín a los conselleres de Barcelona, recomendándoles la protección del estudio de medicina, tan útil y necesario, especialmente en tiempo de peste como la que entonces afligía la ciudad.

      TOMO VII.

      Núm. 147. - Instrucciones dadas por D. Alfonso IV (en algunos textos, según la fecha, es Alfonso V) al pavorde de Iviza, su enviado a la corte romana, sobre algunas provisiones de prebendas ecclesiásticas que debía solicitar de su Santidad.

      Núm. 148. - Real orden del mismo D. Alfonso a los colectores de los derechos de la cámara apostólica en los obispados de Valencia, Segorbe, Tortosa y Cartagena, para que satisfagan ciertas cantidades a diferentes personas enviadas al concilio de Constanza por S. M.

      Núm. 149. - Recibo dado por D. Alfonso IV a los sobredichos, de los tres libros titulados Tertium et quartum Sententiarum et tertium Augustinum de Ancona, que el arcediano Estévan Alberola había legado al antipapa Benedicto Luna.

      Núm. 150. - Albricia de 500 florines de oro de Aragón dada por Alfonso IV a Bernardo Bordil, por haberle traido de Constanza a Valencia la noticia de la elección del nuevo papa.

      Núm. 151. - Congratulación dirigida por D. Alfonso al rey de romanos Segismundo, por la elección del nuevo papa.

      Núm. 152. - Enhorabuena de D. Alfonso al papa electo.

      Núm. 153. - Condecoración de la cruz de S. Jorge, concedida por D. Alfonso a Francisco de Rius, que había ido a visitar la casa santa de Jerusalén y el santo Sepulcro de Ultramar.

      Núm. 154. - Concesión por D. Alfonso IV a los conselleres y ciudad de Barcelona, de establecer en la misma estudios generales o Universidad literaria, con las mismas prerogativas de que gozaban los de Lérida y Perpiñan.

      Núm. 155. - Promesa de D. Alfonso IV a su familiar Baltasar Torrella, de hacer que el papa nombrase para el obispado de Elna y otras prebendas eclesiásticas a los sugetos por quienes dicho Torrella se interesase, en remuneración del préstamo de veinte mil ducados que le había hecho.

      Núm. 156. - Gracia al duque Rogerio Scaremberg de Austria, caballero de la orden de la Stola y Jarra, de que pudiese condecorar en nombre del rey de Aragón a cuatro personas generosas de Alemania, entre las muchas que solicitaban esta distinción.

      Núm. 157. - Relación de los movimientos de Barcelona contra D. Juan II y a favor de su hijo el príncipe D. Carlos de Viana, su prisión y muerte, y guerra que terminó con la capitulación llamada de Pedralbes, entre el consejo de Ciento de Barcelona y el sobredicho rey D. Juan II.

      Núms. 158 y 159. - Carteles de desafío, dirigidos al conde de Iscle por Franci Dezvalls.

      Núm. 160. - Orden del rey D. Juan II, mandando que no fuesen destruidos los registros de cancillería de los gobiernos intrusos que se habían erigido en Cataluña durante la guerra civil, sino que se custodiasen como los demás en el real Archivo; pero poniéndoles una señal exterior, que indicase a primera vista su ilegítima procedencia.


      Núm. 161. - Ordenanza expedida por don Fernando el Católico, para el despacho de los negocios correspondientes al supremo consejo de Aragón.

      APÉNDICE. - BATALLA DEL SALADO.

      Núm. 1. - Carta del rey D. Pedro el Ceremonioso a Galceran Marquet y Arnaldo Ballester, encargándoles la busca y reconocimiento de varios efectos navales necesarios para la escuadra (estol,stolio, galea, etc) que intentaba armar en la próxima primavera.

      Núm. 2. - Nombramiento de almirante, con expresión de todos sus derechos y obligaciones, hecho por el mismo D. Pedro a favor de Jofre Gilaberto de Cruilles.

      Núm. 3. - Carta del rey de Granada al de Aragón, reclamando la libertad de algunos súbditos suyos, que navegando de Almería a Berbería, habían sido hechos cautivos por corsarios aragoneses.

      Núm. 4. - Convocatoria dirigida por el reyD. Pedro al infante D. Jaime, para que con el mayor número de gentes armadas que le fuese posible acudiese luego a Valencia, a fin de concurrir a la empresa contra el rey de Marruecos.

      Núm. 5. - Tratado de alianza entre los reyes de Aragón y Castilla, para guerrear contra los de Marruecos y de Granada.

      Núm. 6. - Carta del rey de Castilla, aprobando el dicho tratado.

      Núm. 7. - Otra carta del mismo rey, declarando que había dado ya las correspondientes órdenes para que el adelantado de Murcia se opusiese al paso de los moros que tal vez intentasen dirigirse contra las tierras de Aragón.

      Núm. 8. - Credencial dada al almirante Cruilles para el del rey de Castilla.

      Núm. 9. - Carta del rey de Aragón al de Castilla, participándole la ratificación del tratado y el envío de algunas de las galeras con las que debía socorrerle.

      Núm. 10. - El rey de Aragón contesta a su almirante que le había dado parte de una victoria alcanzada contra varias galeras de moros.

      Núm. 11. - Credencial e instrucciones dadas a Juan Escrivá, embajador enviado al rey de Castilla.

      Núm. 12. - Carta del rey de Aragón al de Mallorca, pidiéndole que por todo el mes de marzo tuviese dispuestas en Valencia diez de sus galeras, prontas para concurrir a la empresa contra la morisma.

      Núm. 13 . - El rey de Castilla escribe al de Aragón, pidiéndole que dé a sus frontaleros la orden de auxiliar a los castellanos en las correrías contra los moros.

      Núm. 14 . - Carta del rey de Castilla, reclamando con instancia los socorros del de Aragón, por haber sufrido una derrota la flota castellana.

      Núm. 15. - Berenguer de Codinachs da noticia al rey D. Pedro de la derrota sufrida por la escuadra castellana, unida con algunas galeras aragonesas.

      Núm. 16 . - Orden dada por D. Pedro a sus vasallos de que estuviesen dispuestos para rechazar en su caso la invasión de los moros.

      Núm. 17. - Carta del alcaide de Lorca, excusándose de no haber podido avistarse con el rey de Aragon.

      Núm. 18 . - Otra del rey de Aragón al de Castilla, consolándole por la pérdida que había tenido su escuadra.

      Núm. 19. - Nuevo nombramiento de almirante de Aragón a favor de Pedro de Moncada.

      Núm. 20. - Carta del infante de Aragón D. Pedro, manifestando haber dado ya orden para el reparo y abastecimiento de todas sus fortalezas.

      Núm. 21. - El rey de Castilla reclama nuevamente los socorros del aragonés.

      Núm. 22 . - Carta de don Pedro a don Alfonso, pidiéndole que permita la saca de caballos de Castilla.

      Núm. 23. - El rey de Aragón escribe al de Castilla, recomendándole la persona de su almirante Pedro de Moncada.

      Núm. 24. - Carta de don Alfonso, pidiendo al rey de Aragón guiaje para ciertos embajadores que enviaba a Roma.

      Núm. 25. - Otra de Pedro de Moncada, dando cuenta al rey de los armamentos que estaba dirigiendo en Barcelona.

      Núm. 26. - Nombramiento de embajador en Roma a favor de Raimundo Cornel, e instrucciones para el desempeño de su embajada.

      Núm. 27. - Credencial del mismo embajador.

      Núm. 28. - Nuevas instrucciones enviadas a Raimundo Cornel.

      Núm. 29. - Carta del rey de Aragón, dando la enhorabuena al de Castilla por la victoria del Salado.

      Núm. 30. - Otra del mismo, manifestando que había dado orden a su almirante de no abandonar la guarda del estrecho.

      Núm. 31. - Guillermo Lull, cónsul catalán en Sevilla (Xibilia), escribe al rey de Aragón, noticiándole que el de Castilla había concedido algunas patentes de corso, que so pretesto (pretexto) de perseguir a los moros causarían quizás algún daño a los catalanes.

      Núm. 32. - Orden del rey don Pedro a su almirante, mandándole permanecer con sus naves en guarda del estrecho.

      Núm. 33. - Carta del rey de Aragón, excusándose del pago de cierta cantidad que le reclamaba el de Castilla.

      Núm. 34. - Requisitoria expedida por el rey de Aragón, a instancia del de Castilla, contra algunos castellanos, reos de haber cometido varios robos.

      Núm. 35. - Carta de don Pedro a don Alfonso, noticiándole el envío de mayor socorro, y la orden dada a su almirante de no moverse del estrecho.

      Núm. 36. - Orden a los administradores de la Almoyna de Valencia para el armamento de cinco galeras.

      Núm. 37. - Carta del rey de Aragón a su tío, el infante don Pedro, rogándole que perdonase a los administradores de la Almoyna las cantidades que debían satisfacerle por dicho armamento.

      Núm. 38. - Manda el rey a su almirante que por ningún pretexto no se aparte del estrecho de Tarifa.

      Núm. 39. - Carta de don Pedro al Padre Santo, pidiéndole algunos subsidios para resistir a la invasión de los moros.

      Núm. 40. - Otra del mismo a don Alfonso de Castilla, noticiándole la orden que habia dado a su almirante.

      Núm. 41. - Otra del mismo al mismo, explicando por qué motivos el almirante aragonés había abandonado momentáneamente la guarda del estrecho.

      Núm. 42 . - Informes sobre el estado de la escuadra, dados al rey por los administradores de la Almoyna de Valencia; y órdenes comunicadas al almirante y a sus subalternos para que permaneciesen por cuatro meses más en el estrecho.

      Núm. 43. - El rey de Castilla pide al de Aragón nuevos refuerzos, por tener entendido que los reyes de Benimarin y de Granada hacían grandes aprestos para obligarle a levantar el sitio de Algeciras.

      Núm. 44. - Don Alfonso de Castilla renueva sus instancias para que no le abandone el aragonés.

      Núm. 45. - Nueva instancia del rey de Castilla.

      Núm. 46. - Contestación de don Pedro, accediendo a los ruegos de don Alfonso.

      Núm. 47. - El rey de Aragón escribe al de Castilla, diciéndole que espera que tendrá presentes sus compromisos en los tratos que ha entablado con el rey de Granada, y que ha dado ya orden a las ciudades y villas de sus dominios para que continúen llevando víveres a Algeciras.

      Núm. 48. - Carta de don Alfonso de Castilla, noticiando al rey de Aragón su victoria de Palmones.

      Núm. 49. - Contesta el aragonés, felicitando a don Alfonso.

      Núm. 50. - Insta el rey de Castilla que el de Aragón no ponga obstáculo en su reino a la extracción de víveres para el cerco de Algeciras.

      Núm. 51. - Tratado de paz y tregua entre los reyes de Granada y de Castilla.

      Núm. 52. - Carta del rey de Aragón, excusándose de enviar más refuerzos al de Castilla , por haber este ganado ya la plaza de Algeciras.

      Núm. 53. - Embajada confiada a Juan Escrivá, por parte del rey de Aragón, para implorar socorros del de Castilla.

      Núm. 54. - Adhesión del rey de Fez a las paces entre el de Granada y el de Aragón.

      Fin del índice.


      Erratas de numeración romana.

      Pág. 157, dice XXXIII, debe decir XXXVIII.

      Pág. 314 el núm. XCVIII es duplicado.

      Pág. 427, dice CXXXIV, debe decir CXXXII.

      Pág. 430, dice CXXXV, debe decir CXXXIII.

      Debe añadirse una unidad a los números que siguen del primer 98 en adelante, por haberse este duplicado.